norma de emergencia 2001 essalud

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Pág . . 0 RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL N° 069-GG-EsSalud-2001 Lima, 06 marzo del 2001 CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 26790, Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N°009-97-SA, establecen que el Seguro Social de Salud otorga cobertura a sus asegurados brindándoles prestaciones de prevención, promoción, recuperación y subsidios para el cuidado de la salud y bienestar social, trabajo y enfermedades profesionales; Que la Ley General de Salud, Ley N° 26842, contempla los derechos, deberes y responsabilidades concernientes a la salud individual; Que, es necesario que el Seguro Social de Salud cuente con una herramienta de gestión actualizada que le permita establecer los procesos para la atención de pacientes en los servicios de Emergencia, a fin de optimizar su calidad y oportunidad; Que, la Gerencia Central de Salud en coordinación con la Gerencia Central de Desarrollo e Informática, ha elaborado la Directiva “Normas para la Atención de Pacientes en los Servicios de Emergencia de EsSalud”; Que, la Ley N° 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud, establece en su artículo 9°, como competencia del Gerente General dirigir el funcionamiento de la Institución, emitir las directivas y los procedimientos internos necesarios, en concordancia con las políticas, lineamientos y demás disposiciones del Consejo Directivo y el Presidente Ejecutivo; En uso de las facultades conferidas; SE RESUELVE: 1. APROBAR la Directiva N° 002-GG-EsSalud-2001 “Normas para la Atención de Pacientes en los Servicios de Emergencia de EsSalud”. 2. ENCARGAR a la Gerencia Central de Salud y Gerencia Central de Operaciones, la supervisión de lo dispuesto en la presente Directiva. 3. DEJAR SIN EFECTO toda disposición que se oponga a la presente Resolución. REGÍSTRESE Y COMUNÍQUESE FDO. LUIS IZAGUIRRE RODRIGUEZ GERENTE GENERAL

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RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL N° 069-GG-EsSalud-2001

Lima, 06 marzo del 2001

CONSIDERANDO:

Que, la Ley N° 26790, Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud, y suReglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N°009-97-SA, establecen que elSeguro Social de Salud otorga cobertura a sus asegurados brindándoles prestacionesde prevención, promoción, recuperación y subsidios para el cuidado de la salud ybienestar social, trabajo y enfermedades profesionales;

Que la Ley General de Salud, Ley N° 26842, contempla los derechos, deberes yresponsabilidades concernientes a la salud individual;

Que, es necesario que el Seguro Social de Salud cuente con una herramienta degestión actualizada que le permita establecer los procesos para la atención depacientes en los servicios de Emergencia, a fin de optimizar su calidad y oportunidad;

Que, la Gerencia Central de Salud en coordinación con la Gerencia Central deDesarrollo e Informática, ha elaborado la Directiva “Normas para la Atención dePacientes en los Servicios de Emergencia de EsSalud”;

Que, la Ley N° 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud, establece en suartículo 9°, como competencia del Gerente General dirigir el funcionamiento de laInstitución, emitir las directivas y los procedimientos internos necesarios, enconcordancia con las políticas, lineamientos y demás disposiciones del ConsejoDirectivo y el Presidente Ejecutivo;

En uso de las facultades conferidas;

SE RESUELVE:

1. APROBAR la Directiva N° 002-GG-EsSalud-2001 “Normas para la Atención dePacientes en los Servicios de Emergencia de EsSalud”.

2. ENCARGAR a la Gerencia Central de Salud y Gerencia Central de Operaciones,la supervisión de lo dispuesto en la presente Directiva.

3. DEJAR SIN EFECTO toda disposición que se oponga a la presente Resolución.

REGÍSTRESE Y COMUNÍQUESE

FDO. LUIS IZAGUIRRE RODRIGUEZGERENTE GENERAL

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DIRECTIVA N° 002-GG-EsSalud-2001

NORMAS PARA LA ATENCIÓN DE PACIENTES EN LOSSERVICIOS DE EMERGENCIA DE EsSalud

INDICE

PAG.

1. OBJETIVO 2

2. FINALIDAD 2

3. BASE LEGAL 2

4. ALCANCE 2

5. RESPONSABILIDAD 2

6. CONCEPTOS DE REFERENCIA 3

7. DISPOSICIONES 4

7.1 DEL INGRESO DE PACIENTES 4

7.2 DE LA ATENCIÓN DE PACIENTES 6

7.3 DE LOS SERVICIOS DE APOYO 8

7.4 DEL EGRESO DE PACIENTES 9

7.5 DE LOS REGISTROS O DEL REPORTE 11

8. PROCEDIMIENTO 12

ANEXOS

Nº1 LISTA DE DAÑOS SEGÚN PRIORIDAD. 13Nº2 FLUJOGRAMA DEL PROCESO DE ATENCIÓN DE PACIENTES EN

LOS SERVICIOS DE EMERGENCIA. 18

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DIRECTIVA N° 002-GG-EsSalud-2001

NORMAS PARA LA ATENCIÓN DE PACIENTES EN LOSSERVICIOS DE EMERGENCIA DE EsSalud

I. OBJETIVOEstablecer las normas y procesos que regulen la atención de pacientes en losservicios de Emergencia de los Centros Asistenciales de EsSalud.

II. FINALIDAD•• Facilitar el acceso y oportunidad de atención a pacientes en situación de

emergencia.•• Utilizar racionalmente la oferta de servicios de emergencia.

III. BASE LEGAL• Ley N° 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud (EsSalud), y su

Reglamento, D.S. N° 002-99-TR.• Ley N° 26790, Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud, y su

Reglamento, Decreto Supremo N° 009-97-SA.• Ley N° 26842, Ley General de Salud.• Resolución de Gerencia General N° 1070-GG-EsSalud-2000, que aprueba la

Directiva N° 018-GG-EsSalud-2000 “Normas para la Formulación deDocumentos Técnicos Normativos de Gestión en el Seguro Social de Salud”.

IV. ALCANCELas normas de la presente Directiva son de aplicación en todos los CentrosAsistenciales del Seguro Social de Salud que cuenten con Servicios o áreas deEmergencia.

V. RESPONSABILIDADSon responsables de dar cumplimiento a la presente Directiva los funcionariosque a continuación se señalan:• Gerente General de Hospital Nacional.• Gerente de Red Asistencial.• Gerente Departamental.• Sub-Gerente de Producción de Servicios de Salud.• Director de Centro Asistencial.• Jefe de Departamento y/o Servicio de Emergencia.• Jefe de Guardia.• Profesionales y personal técnico que labora en los Servicios o áreas de

Emergencia.

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VI. CONCEPTOS DE REFERENCIA

6.1 Servicio o Área de Emergencia.-Es aquel ambiente dependiente de un Centro Asistencial, donde se otorganprestaciones de salud a pacientes que demandan atención inmediata.

6.2 Situación de Emergencia.-Toda alteración o compromiso del estado de salud de una persona, que sepresente súbitamente y ponga en peligro la vida o el funcionamiento de órganosy sistemas vitales.

6.3 Daño.-Compromiso del estado de salud en grado diverso. Los daños en el Servicio deEmergencia se clasifican de acuerdo a las prioridades tipificadas en Anexo N°1.

6.4 Triaje.-Proceso de evaluación, mediante el cual se prioriza el daño y se orientaacertadamente para su atención a los pacientes que llegan al Servicio deEmergencia.

6.5 Sala de Reanimación (Shock Trauma).-Área destinada para evaluación, diagnóstico y tratamiento de pacientes quepresentan daños de Prioridad I. (Anexo N°1)

6.6 Tópico de Emergencia II-Área para atención, evaluación, diagnóstico y tratamiento de pacientes condaños de prioridad II. (Anexo N°1)

6.7 Tópico de Emergencia III-Área para la atención, evaluación, diagnóstico y tratamiento de pacientes condaños de prioridad III. (Anexo N°1)

6.8 Sala de Observación.-Área de hospitalización de corta estancia para la atención, tratamiento,reevaluación y observación permanente de pacientes con daños de prioridad I yII. (Anexo N°1)

6.9 Monitoreo.-Registro y control de las funciones vitales del paciente, en forma permanente operiódica de acuerdo a la severidad del daño, debe ser realizado por unprofesional de salud y puede incluir equipo tecnológico especializado. El objetivoes prevenir complicaciones y detectar tempranamente descompensaciones quepueden poner en riesgo la salud del paciente.

6.10 Interconsulta.-Proceso mediante el cual se solicita la segunda opinión de un médicoespecialista, para definir el diagnóstico, tratamiento, así como el destino de unpaciente (hospitalización, referencia o alta).

6.11 Junta Médica.-Equipo médico convocado por el Médico Jefe de Guardia, integrado por variosespecialistas que se constituyen para toma de decisiones en casos deproblemas diagnósticos, terapéuticos o con implicancias legales.

6.12 Constancia de Atención.-Documento que el Médico expide a solicitud del paciente, indicando eldiagnóstico, la fecha y hora de la atención prestada.

6.13 Certificado de Incapacidad Temporal para el Trabajo (CITT).-Documento oficial por el cual se hace constar el tipo de contingencia y laduración del período de descanso médico de todo asegurado que se atienda porenfermedad, accidente o maternidad en un centro asistencial de ESSALUD, deEntidades Prestadoras de Salud –EPS- ó de Entidades Empleadoras conCentros Asistenciales Propios –ECAP. Este documento debe ser emitido

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obligatoriamente por el profesional de la salud autorizado y acreditado porESSALUD y debe ser registrado en la historia clínica.

6.14 Paciente Estabilizado.-Paciente atendido en el Servicio o área de Emergencia, con funciones vitalescontroladas que permiten su traslado a otro servicio o Establecimiento de Salud,para la resolución de las causas que desencadenaron el estado de emergencia.

6.15 Alta Administrativa.-Acción administrativa que da por concluida la atención de un pacienteestabilizado, por razones de necesidad institucional, incluyendo las faltasdisciplinarias de los pacientes que vulneran los reglamentos operativos internos.

6.16 Alta Voluntaria.Alta a solicitud del paciente o familiar responsable por convenir a sus intereses,debiendo quedar una constancia escrita y firmada por el solicitante.

6.17 Accidente de Trabajo.-Toda lesión corporal producida en el centro de trabajo o con ocasión de laslabores para las cuales ha sido contratado el trabajador causadas por acciónimprevista fortuita u ocasional de una fuerza externa, repentina y violenta queobra súbitamente sobre la persona, independientemente de su voluntad y quepuede ser determinada por los médicos de una manera cierta.

VII. DISPOSICIONES

7.1 DEL INGRESO DE PACIENTES

7.1.1 Los Centros Asistenciales de EsSalud que cuenten con el Servicio o área deEmergencia están obligados a brindar atención médico quirúrgica a todapersona en situación de emergencia, sea o no asegurada. (Artículo 3° de laLey General de Salud).

7.1.2 Todo paciente que llega al servicio de emergencia, a través de PADOMI oSTAE, debe ser admitido y atendido integralmente, posteriormente seprocederá a referirlo a otro Centro Asistencial si el caso lo amerita.

7.1.3 Las situaciones de emergencia son identificadas y calificadas como talesexclusivamente por el profesional de salud que realiza el Triaje.

7.1.4 Luego del ingreso, el Triaje es la primera área donde el paciente debe seratendido y evaluado.

7.1.5 El médico que brinda atención médica a una persona por herida de armablanca, herida de bala, accidente de tránsito o por causa de otro tipo deviolencia que constituya delito perseguible de oficio o cuando existan indiciosde aborto criminal, está obligado a poner el hecho en conocimiento de laautoridad competente.

Recepción7.1.6 La recepción y orientación de los usuarios se realizará a través de los

Relacionistas Públicos o personal de apoyo, en coordinación con los servidoresde Admisión y Triaje.

7.1.7 A la recepción de un paciente en situación de emergencia, el personal devigilancia facilitará el ingreso al Servicio o área de Emergencia de un familiar oacompañante de acuerdo a la necesidad.

7.1.8 Las camillas y sillas de ruedas permanecerán en la entrada del Servicio o áreade Emergencia para un rápido traslado del paciente, la Enfermera jefedesignará al personal de apoyo responsable de esta área.

7.1.9 El acceso al Servicio o área de Emergencia debe ser directo y libre deobstáculos, con señalizaciones claras.

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Admisión7.1.10 Luego de ser evaluado en el Triaje, el paciente será derivado al área de

Admisión. Si se tratara de un caso crítico, el familiar o acompañante realizarálos trámites respectivos en la Admisión.

7.1.11 El área de Admisión se encarga de la identificación y verificación deacreditación del derecho de atención, de acuerdo a las normas institucionalesvigentes.

7.1.12 Todos los Servicios o áreas de Emergencia, deben de contar con personal deAdmisión mientras se brinde atención en el servicio. Esta área debe teneracceso a información actualizada del Host Central.

7.1.13 Ninguna persona en situación de emergencia quedará sin recibir los serviciosmédicos de emergencia por carencia de documentos.

7.1.14 Cuando el paciente es referido, es válida la verificación de la acreditación delderecho realizada por el Centro Asistencial de origen.

Pacientes Asegurados7.1.15 La atención de emergencia se otorgará en el Centro Asistencial donde acudió

el paciente, mientras subsista el estado de gravedad que motivó el ingreso. Asímismo, de acuerdo a la complejidad del daño se procederá a referirlo a otroestablecimiento si fuera necesario.

7.1.16 Los asegurados titulares o derechohabientes que han sufrido un accidente detránsito tienen derecho a recibir atención sean o no responsables del mismo.

Pacientes no Asegurados7.1.17 La atención de pacientes no asegurados se rige por la Ley General de Salud,

se debe tener en cuenta las tarifas establecidas, las mismas que deben serpuestas en conocimiento de los usuarios y podrá ser cancelada luego deotorgada la atención.

7.1.18 Estabilizado el paciente y en caso de no poder cumplir con las normasadministrativas, se procederá a otorgar Alta Administrativa, trasladando alpaciente a un Establecimiento de Salud del MINSA u otro que la familiadetermine.

7.1.19 La atención de todo paciente no asegurado deberá contar con la autorizacióndel Médico Jefe de Guardia, con conocimiento del personal responsable delárea de Admisión.

7.1.20 El Jefe de Guardia debe reportar los pacientes no asegurados que han sidoatendidos, haciéndolo de conocimiento a las instancias administrativasrespectivas.

Accidentes de Trabajo7.1.21 El asegurado accidentado por un siniestro de tipo laboral, se presentará al

servicio de emergencia con el Formulario “Aviso de Accidente de Trabajo” conlos datos completos, firmado y sellado por el empleador. En caso de no contarcon los documentos completos, la persona que acompaña al aseguradoaccidentado al servicio de Emergencia, deberá llenar en el acto y en el mismoservicio en forma provisional el Formulario “Aviso de Accidente de Trabajo”.

7.1.22 El Formulario “Aviso de Accidente de Trabajo” reemplaza a la carta de garantíaque suscribe el acompañante del asegurado accidentado, cuando no puededemostrar la afiliación ante nuestra Institución.

7.1.23 El Formulario “Aviso de Accidente de Trabajo”, se llena en original y una (01)copia, se presenta en el Servicio o área de Emergencia del Centro Asistencialde EsSalud donde fue atendido el asegurado accidentado.

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7.1.24 La atención de asegurados con Accidente de Trabajo, deberá consignarsecomo tal en todos los documentos que se generen para su diagnóstico ytratamiento.

7.1.25 Los Servicios o áreas de Emergencia de los Centros Asistenciales de EsSalud,serán los únicos encargados de la recepción, registro informático y trámite delos Avisos de Accidentes de Trabajo.

7.2 DE LA ATENCIÓN DE PACIENTES

7.2.1 El Médico Jefe de Guardia definirá el rol y los responsables de las diferentesáreas de la Emergencia por turnos debiendo publicarlo en cada área paraconocimiento.

Triaje7.2.2 El profesional de salud encargado del Triaje, realiza el control de las funciones

vitales del paciente y determina la prioridad del daño del mismo, a fin dederivarlo al área correspondiente de acuerdo al Protocolo del Triaje (ver lista dedaños según prioridad en Anexo N°1):

− Prioridad I a Sala de Reanimación.− Prioridad II a Tópico de Emergencia II.− Prioridad III a Tópico de Emergencia III.− Prioridad IV a Consulta Externa u otros servicios ambulatorios.

7.2.3 El profesional de salud encargado del Triaje, estará permanentemente encoordinación con el Médico Jefe de Guardia o quien esté programado comoresponsable.

7.2.4 En el área Triaje se activará el código de alarma de emergencia ante la llegadade un paciente de Prioridad I, para que el equipo de reanimación se constituyaen el acto, en la Sala de Shock Trauma.

Sala de Reanimación (Shock Trauma)7.2.5 La atención en este servicio se realiza por un equipo multidisciplinario, liderado

por el Médico responsable del área.7.2.6 El tiempo de permanencia del paciente en la Sala de Shock Trauma, debe ser

el estrictamente necesario, hasta conseguir la estabilidad del paciente quepermita su traslado a otro Servicio que corresponda, para su tratamientodefinitivo.

7.2.7 Todo traslado del paciente a otra área o Servicio será indicado por el Médicotratante, así también determinará al personal encargado del traslado deacuerdo al estado del paciente y previa coordinación con el área de destino.

7.2.8 En aquellos servicios donde no se cuente con soporte informático, lospacientes atendidos serán consignados en libro de registros de atención,especificándose los siguientes datos: fecha, hora, nombre, edad, documentode identidad, número de seguro, diagnóstico, tratamiento, destino, nombre yfirma del Médico tratante.

Tópico de Emergencia II7.2.9 Los pacientes con daños de prioridad II, permanecerán en éste Tópico el

tiempo suficiente para definir su destino final, que podría ser: Hospitalización,Centro Quirúrgico, Sala de Observación, referencia a otro Centro Asistencial,Alta Médica o Alta Administrativa.

7.2.10 La atención del paciente será registrada en todos sus aspectos en ladenominada Historia Clínica de Emergencia, debiendo constar la firma y elsello del Médico asistente responsable.

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7.2.11 En aquellos servicios donde no se cuente con soporte informático, lospacientes atendidos serán registrados en el parte diario de atención dondequedará consignados los siguientes datos: fecha, hora, nombre, edad,documento de identidad, número de seguro, diagnóstico, tratamiento, destino,nombre y firma del Médico tratante.

7.2.12 El Médico tratante determinará el traslado y continuidad del tratamiento delpaciente en el área respectiva, previa comunicación.

Sala de Observación7.2.13 El ingreso de todo paciente a Sala de Observación implica la máxima

coordinación entre el personal médico y el de enfermería que traslada y recibeal paciente, debe ingresar con Historia Clínica de Emergencia haciendo énfasisen el motivo de ingreso, estado actual, tratamiento u otros datos clínicos deimportancia, con la finalidad de asegurar la atención integral y continua delmismo.

7.2.14 A los pacientes de mayor riesgo se les ubicará físicamente cerca a la Estaciónde Enfermería.

7.2.15 La periodicidad de evaluación de los pacientes se realizará de acuerdo a suestado clínico, debiendo como mínimo tener dos evaluaciones por turno. Losresultados serán registrados en las notas de evolución e incluirán el estadoactual, apreciaciones diagnósticas y comentarios respectivos en concordanciacon los resultados de los exámenes solicitados; así como apreciaciones de lasrespuestas terapéuticas.

7.2.16 La estancia del paciente en la Sala de Observación está en relación directa a ladecisión médica de acuerdo a la evolución de su estado de salud. El pacienteno debe permanecer por un tiempo mayor de 12 horas para prioridad I y de 24horas para prioridad II.

7.2.17 Cuando no exista el soporte informático, la Enfermera encargada de Sala deObservación, debe registrar todos los pacientes que ingresan y egresan deSala de Observación, consignando en el Libro de Registro: fecha y hora deingreso y egreso, nombre del paciente, edad, número de seguro, diagnóstico,destino, médico que indicó el ingreso y el egreso.

Tópico de Emergencia III7.2.18 La atención de pacientes categorizados como prioridad III, se realiza en el

Tópico de Emergencia III y se registrará en el parte diario de atención, dondequeda consignado los siguientes datos: fecha, hora, nombre, edad, documentode identidad, número de seguro, diagnóstico, tratamiento, destino, nombre yfirma del Médico tratante.

7.2.19 Las medicinas se prescribirán hasta por 48 horas, salvo criterio médico deacuerdo a la patología que presente el paciente. Si es necesario se orientará alpaciente para continuar el tratamiento en su Centro Asistencial de adscripción.

Interconsulta7.2.20 En caso de requerirse la opinión de otro especialista, el Médico tratante solicita

una interconsulta, registrando en la Historia Clínica la fecha y hora en quesolicitó la interconsulta, precisando el diagnóstico, el motivo de la evaluación yla especialidad requerida.

7.2.21 La respuesta del especialista solicitado debe ser realizada en un tiempo nomayor a los 30 minutos de generada.

7.2.22 La interconsulta solicitada por el Servicio o área de Emergencia, tiene prioridadde atención y debe ser contestada inmediatamente al ser recibida por elespecialista requerido.

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Junta Médica7.2.23 En caso de indeterminación diagnóstica o discrepancia terapéutica médica ó

quirúrgica respecto a un paciente, el Médico tratante solicitará una JuntaMédica, haciendo de conocimiento del Jefe de Guardia.

7.2.24 La Junta Médica es presidida por el Jefe de Guardia, quien designa y convocaa los Médicos asistentes de las especialidades afines al caso.

7.2.25 La realización de la Junta Médica deberá quedar consignada en la HistoriaClínica, registrándose: la fecha, hora, objetivo de la convocatoria, conclusionesy recomendaciones a seguir y la firma de todos los participantes.

Información7.2.26 Los Servicios o áreas de Emergencia deben contar con normas definidas

respecto al otorgamiento de información y visita de familiares, de acuerdo a lascaracterísticas climatológicos y culturales de la localidad. Deben estarpublicadas y expuestas en lugares visibles, para conocimiento del paciente yfamiliares responsables o acompañantes, al ingreso del Servicio o área.

7.2.27 El paciente que se atiende en el Servicio o área de Emergencia tiene derecho arecibir información oportuna, previo a todo acto o procedimiento diagnóstico oterapéutico a realizarle. Si el paciente se encuentra inconsciente, es menor deedad o tiene problemas de salud que impidan la correcta toma de decisiones,la información se pondrá en conocimiento del familiar directo o representantelegal.

7.2.28 El familiar directo o representante legal del paciente será informado por elMédico tratante o por el Jefe de Guardia acerca de la situación del paciente,inmediatamente después de la atención en cualquiera de las áreas del Serviciode Emergencia.

7.2.29 Para los pacientes hospitalizados en Sala de Observación, se fija como mínimotres horarios por día para la información médica. Para los casos de pacientescríticos, la información al familiar directo o representante legal se realizarátodas las veces que el caso lo amerite. El ingreso a la Sala de Observación delfamiliar responsable será en los horarios establecidos por el Centro Asistencialy de acuerdo al estado del paciente.

7.2.30 Si el paciente o representante legal no autoriza la realización deprocedimientos o medidas terapéuticas que sean indispensables para la vidadel paciente, el Jefe de Guardia notificará a la autoridad judicial competente.

7.3 DE LOS SERVICIOS DE APOYO

Exámenes Auxiliares7.3.1 El área de Emergencia debe contar permanentemente con oferta de servicios

de Ayuda al Diagnóstico que aseguren atención inmediata, de acuerdo a suNivel de Complejidad.

7.3.2 Las solicitudes de exámenes auxiliares deben registrar: fecha, hora, nombredel paciente, edad, número de seguro, diagnóstico, área donde se encuentra elpaciente, así como nombre y firma del Médico tratante.

7.3.3 Los resultados de laboratorio se expiden en el menor tiempo posible y deberánincluir valores normales y sus unidades respectivas. Una vez obtenido elresultado debe ser inmediatamente entregado al médico tratante, quién anotaráen la Historia Clínica el resultado comentado.

7.3.4 Solicitado un examen de imágenes, el paciente será trasladado por el personalde salud designado, de ser el caso irá acompañado del Médico tratante, deacuerdo a la gravedad del paciente. El Médico responsable debe reportar en laHistoria Clínica del paciente, el informe del examen de imágenes realizado asícomo el número de registro.

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7.3.5 El archivo de placas radiográficas debe mantenerse accesible al personal desalud las 24 horas del día.

7.3.6 El Jefe del Servicio de Emergencia es responsable de supervisar el usoracional de exámenes auxiliares en emergencia, estableciendo para ello losmecanismos necesarios de control y evaluación.

Archivo de Historia Clínica7.3.7 A pedido del Médico tratante, el área de Archivo e Historia Clínica provee la

Historia Clínica del paciente. La solicitud se realiza en el formulario “Solicitudde Historia Clínica”, debidamente anotado y firmado.

7.3.8 El paciente con indicación de internamiento, debe hacerlo con su HistoriaClínica antigua, si la tuviera.

7.4 DEL EGRESO DE PACIENTES

Sala de Operaciones7.4.1 Cuando exista indicación de intervención quirúrgica, el paciente o

representante legal debe firmar el Formulario “Consentimiento Informado”. Enausencia del representante legal o incapacidad del paciente para realizarlo, sila intervención quirúrgica es de alta prioridad la indicación será dada por unaJunta Médica de Emergencia.

7.4.2 La determinación de la prioridad para la intervención de pacientes quirúrgicosde emergencia y uso de la Sala de Operaciones, la realiza el Jefe de Guardiaprevia coordinación con el Jefe de Equipo de Cirugía de Guardia. Ante laeventualidad de cirugías de emergencia simultáneas, se habilitará una Sala deOperaciones teniendo los pacientes de emergencia prioridad sobre losprogramados.

7.4.3 En caso que el paciente o representante legal no autoriza la realización delacto quirúrgico y tratándose de una intervención de emergencia, se comunicaráa un representante del Ministerio Público para dejar expeditas las acciones aque hubiere lugar en salvaguarda de la vida y la salud del paciente. Además esnecesario que el paciente y familiar responsable firmen el formulario“Exoneración de Responsabilidad”.

7.4.4 Si el paciente en el Servicio o área de Emergencia tiene indicación deintervención quirúrgica, deberá ser preparado por el personal de enfermería delárea donde se decidió el acto (Sala de Reanimación, Tópico de Emergencia,Sala de Observación), y se efectúa conservando la privacidad y pudor delpaciente.

7.4.5 El paciente que es derivado a Sala de Operaciones no deberá retornar alServicio o área de Emergencia en la etapa Post-Operatoria.

Ingreso a Servicios de Hospitalización7.4.6 El ingreso de un paciente del Servicio o área de Emergencia en otro servicio

(Unidad de Cuidados Intensivos, Unidad de Vigilancia Intensiva, Servicios deInternamiento), se realiza previa coordinación con el servicio de destino,informándose sobre la situación del paciente y motivo de ingreso, debe portarla Historia Clínica de Emergencia y la antigua Historia si la tuviera.

7.4.7 De acuerdo a su estado, el paciente será trasladado, además de la Enfermeray Camillero, en compañía del Médico tratante.

7.4.8 Los pacientes del servicio de emergencia tendrán prioridad para lahospitalización, pudiendo implementarse medidas de contingenciaintrahospitalarias cuando la demanda excede la oferta del Servicio deEmergencia.

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Referencia7.4.9 La referencia del paciente en situación de emergencia a otro Centro Asistencial

se realiza de acuerdo a criterios de oportunidad, accesibilidad y capacidadresolutiva del Centro Asistencial de destino. En las primeras 24 horas luego deser referido el paciente, se remitirá a la Unidad de Referencia yContrarreferencia los Formularios de referencia para el registro y trámitecorrespondiente.

7.4.10 La referencia es coordinada entre los Jefes de Guardia de los CentrosAsistenciales de origen y destino, teniendo en cuenta las redes local y regionalde los Servicios de Emergencia.

7.4.11 Solicitada la referencia, el paciente será trasladado por el personal de saluddesignado, de ser el caso irá acompañado del Médico tratante, de acuerdo a lagravedad del paciente.

7.4.12 La referencia debe estar acompañada por una Epicrisis donde figuren datos deFiliación, breve resumen de la Historia Clínica, examen físico completo,diagnósticos establecidos al momento de la Referencia, tratamientosefectuados, así como los resultados originales de exámenes auxiliares delaboratorio e imágenes. Toda la documentación será entregada al personalresponsable del traslado del paciente.

7.4.13 Una copia del formulario de Referencia se enviará a la Unidad de Referenciadel Centro Asistencial para las acciones correspondientes.

7.4.14 La acreditación del derecho debe realizarse sin perjuicio de la atención delpaciente y lo realizará el área de Admisión. Para ello las Unidades de Admisiónde Emergencia procederán de acuerdo a las normas vigentes.

7.4.15 Los pacientes que ingresan al Servicio o área de Emergencia de un CentroAsistencial diferente al de su adscripción, que sean hospitalizados y no hayansido referidos, deberán regularizar su situación a través del intercambio decomunicaciones entre las Unidades de Referencias respectivas.Las áreas de Admisión deberán notificar este tipo de ingresos a los Jefes de lasUnidades de Referencia, a fin de que se efectúen las comunicaciones descritasy se emita al formulario de Referencia correspondiente.

Determinación de Alta7.4.16 La fecha y hora de Alta, las indicaciones y recomendaciones médicas, así

como la hora en que el paciente se retira del Servicio o área, deben quedarregistrados en la Historia Clínica.

7.4.17 El Médico tratante explicará al paciente y/o familiar responsable los aspectosrelacionados con su autocuidado y le entregará el formulario de Alta,indicaciones médicas y el Certificado de Incapacidad Temporal de Trabajo(CITT) correspondiente, si el caso lo amerita.

7.4.18 Dentro de las 24 horas siguientes al Alta se devuelve la Historia Clínica yplacas radiográficas del paciente al área de Archivo correspondiente, debiendoregistrar dicha acción en un cuaderno de cargos.

7.4.19 Cuando el paciente es usuario del Programa de Atención Domiciliaria seprocederá, de acuerdo a la normatividad vigente.

7.4.20 Cuando el paciente requiera continuar la atención ambulatoria, se debe dar laorientación respectiva.

7.4.21 En caso de Alta Voluntaria, el Médico tratante informará al paciente y familiaressobre el estado de salud y los riesgos de su condición clínica, si se tratara deun paciente con un alto riesgo. Bajo estas condiciones, el alta se deberácomunicar a la autoridad competente, ante cuya presencia se procederá. Antesdel alta voluntaria, el paciente o el representante legal, firmará el documentocorrespondiente.

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Certificado de Incapacidad Temporal para el Trabajo7.4.22 El Médico que emite el Certificado de Incapacidad Temporal para el Trabajo

(CITT) es responsable directo del contenido del mismo, y se otorga al pacienteque sale de Alta de la Sala de Observación o de los Tópicos de Emergencia.

7.4.23 La expedición del CITT debe quedar registrada en la Historia Clínica deEmergencia, consignando el diagnóstico, el número de certificado, el periodode descanso otorgado; la fecha de expedición así como el nombre y firma delMédico tratante. Esta información luego será remitida al área de HistoriaClínica del Centro Asistencial para su procesamiento y posterior archivo.

7.4.24 Por procesos agudos se otorgará descanso médico hasta por 48 horas.7.4.25 En el caso de asegurados que permanezcan más de 48 horas en los ambientes

de observación, se otorgará el CITT desde el ingreso hasta la fecha de suinternamiento en hospitalización o alta de la emergencia.

7.4.26 Para los casos de procedimientos quirúrgicos menores, atencionestraumatológicas y otros que pudieran ser resueltos durante la atención de laemergencia se otorgará el CITT por los días que fuere necesario hasta unmáximo de 30 días.

Constancia de Atención7.4.27 La Constancia de Atención es emitida por el Médico tratante, en ella consta los

nombres y apellidos del paciente, fecha y hora de atención, diagnóstico, firma ysello respectivo.

7.4.28 La Constancia de Atención se debe consignar en la Historia Clínica o en elLibro de Registro.

Fallecimiento7.4.29 En caso de ocurrir un fallecimiento y de producirse alguna de las causales

establecidas en la normatividad legal vigente, se procederá a solicitarnecropsia de ley.

7.4.30 Si existiera en los Registros Médicos información que explique que elfallecimiento es producto del proceso evolutivo de una enfermedad yadiagnosticada, es procedente extender el Certificado de Defunción.

7.4.31 Cuando en los Registros Médicos del Centro Asistencial no exista informacióndel fallecido, el médico tratante, que puede o no ser de la Institución, puedeapersonarse y extender el Certificado de Defunción, el mismo que seráconsiderado válido en toda su extensión.

7.4.32 En caso de muerte por actos de violencia, el Jefe de Guardia comunica a laPolicía Nacional para la necropsia de ley. En estos casos el Certificado deDefunción será emitido por los médicos que realizan la necropsia.

7.5 DE LOS REGISTROS O DEL REPORTE

7.5.1 Los Jefes de Departamento, de Servicio y los Médicos Jefes de Guardia sonresponsables de realizar el informe basados en datos estadísticos, perfilesepidemiológicos e indicadores, que reflejen la calidad de servicios médicosbrindados. Estos deben ser remitidos a la instancia inmediata superior.

7.5.2 En caso de falta de soporte informático, se debe registrar en el Libro deRegistros o en el Parte Diario: la fecha y hora de atención, nombre delpaciente, documento de identidad, diagnóstico, prioridad de atención, nombredel Médico y destino, de todos los pacientes atendidos. Se registra con letralegible evitando borrones y enmendaduras.

7.5.3 El responsable del área de Admisión en emergencia deberá asegurarse quetodos los pacientes que han sido atendidos, queden registrados, así comoanotar la fuente de aportación: Seguro Regular, Seguro Potestativo, Seguro

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Escolar, Seguro Agrario, Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo,Cobertura Especial por Desempleo y también los Accidentes de Trabajo,Accidente Común, Procesos Dependientes de Enfermedades Profesionalesque ocurren en trabajadores de empresas que no tienen obligación de tomar elSeguro Complementario por Trabajo de Riesgo.

7.5.4 En cada cambio de turno se debe realizar la entrega de Guardia, a través de unreporte verbal y escrito de los pacientes que quedan en Sala de Observación,Tópicos de Emergencia y otras áreas del Servicio o área de Emergencia; elreporte debe realizarlo el Médico responsable de cada área al Médico queingresa.

VIII PROCEDIMIENTO

En el Anexo N° 02 figura el flujograma del Proceso de Atención de Pacientes en losServicios de Emergencia.

ANEXOSNº1: Lista de Daños según Prioridad.Nº2: Flujograma del Proceso de Atención de Pacientes en los Servicios de

Emergencia.

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Anexo Nº1LISTA DE DAÑOS SEGÚN PRIORIDAD

MODELO REFERENCIAL

Se enumeran las patologías más frecuentes relacionadas con cada una de lasPrioridades establecidas en el Triaje:

Prioridad IPacientes con alteración súbita y crítica del estado de salud, en riesgo inminente demuerte y que requieren atención inmediata en la Sala de Reanimación – ShockTrauma.

1.- Paro Cardio Respiratorio.2.- Dolor Torácico de posible origen cardiogénico con o sin hipotensión.3.- Arritmia con compromiso hemodinámico.4.- Hemorragia profusa.5.- Dificultad respiratoria (evidenciada por polipnea, taquipnea, tiraje, sibilantes,

estridor, cianosis).6.- Obstrucción de vía respiratoria alta.7.- Inestabilidad Hemodinámica ( hipotensión / shock / crisis hipertensiva).8.- Paciente inconsciente que no responde a estímulos.9.- Paciente con trauma severo como:

• Víctima de accidente de tránsito.• Quemaduras con extensión mayor del 20%.• Precipitación.• Dos o más fracturas de huesos largos proximales.• Injurias en extremidades con compromiso neurovascular.• Herida de bala o arma blanca.• Sospecha de traumatismo vertebro medular.• Evisceración.• Amputación con sangrado no controlado.• Traumatismo encéfalo craneano.

10.- Status Convulsivo.11.- Sobredosis de drogas o alcohol más depresión respiratoria.12.- Ingesta de órgano fosforados, ácidos, álcalis, otras intoxicaciones o

envenenamientos.13.- Signos y síntomas de abdomen agudo con descompensación hemodinámica.14.- Signos y síntomas de embarazo ectópico roto.15.- Signos vitales anormales:

ADULTO• Frecuencia Cardiaca < 50 x min.• Frecuencia Cardiaca > 150 x min.• Presión Arterial Sistólica < 90mmHg.• Presión Arterial Sistólica > 220mmHg.• Presión Arterial Diastólica > 110mmHg ó 30mmHg por encima de su basal.• Frecuencia Respiratoria > 35 x min.• Frecuencia Respiratoria < 10 x min.

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PEDIÁTRICOLactante• Frecuencia Cardiaca ≤ 60 x min.• Frecuencia Cardiaca ≥ 200 x min.• Presión Arterial Sistólica < 60 mmHg.• Frecuencia Respiratoria ≥ a 60 x min. (hasta los 2 meses).• Frecuencia Respiratoria ≥ a 50 x min (desde los 2 meses al año)• Saturación de oxigeno ≤ a 85%.Pre Escolar• Frecuencia Cardiaca ≤ 60 x min.• Frecuencia Cardiaca ≥ 180 x min.• Presión Arterial Sistólica < 80 mmHg.• Frecuencia Respiratoria > a 40 x min. (sin fiebre).• Saturación de oxigeno ≤ a 85%.

16.- Suicidio frustro.17.- Intento suicida.18.- Crisis de agitación psicomotora con conducta heteroagresiva.19.- Problemas específicos en pacientes pediátricos.

• Intoxicaciones por ingesta o contacto.• Períodos de apnea.• Cambios en el estado mental: letargia, delirio, alucinaciones, llanto débil.• Deshidratación con Shock: Llenado capilar mayor de tres segundos.• Sangrado: Hematemesis, sangrado rectal, vaginal, epistaxis severa.• Quemaduras en cara o más del 10% de área corporal.• Quemaduras por fuego en ambiente cerrado.• Acontecimiento de aspiración u obstrucción con cuerpo extraño.• Status convulsivo.• Status asmático.• Hipertermia maligna.• Trastornos de sensorio.• Politraumatismo.• Herida por arma de fuego.

Cualquier otro caso que amerite atención inmediata en la Sala de Reanimación.

Prioridad IIPacientes portadores de cuadro súbito, agudo con riesgo de muerte o complicacionesserias, cuya atención debe realizar en un tiempo de espera no mayor o igual de 10minutos desde su ingreso, serán atendidos en Consultorios de Emergencia.

1.- Frecuencia respiratoria ≥ de 24 por minuto.2.- Crisis asmática con broncoespasmo moderado.3.- Diabetes Mellitus Descompensada.4.- Hemoptisis.5.- Signos y síntomas de Abdomen Agudo.6.- Convulsión reciente en paciente consciente.7.- Dolor torácico no cardiogénico sin compromiso hemodinámico.8.- Arritmias sin compromiso hemodinámico.9.- Sangrado gastrointestinal, con signos vitales estables.

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10.- Paciente con trastornos en el sensorio.11.- Hipotonía, flacidez muscular aguda y de evolución progresiva.12.- Descompensación Hepática.13.- Hernia umbilical o inguinal incarcerada.14.- Signos y síntomas de descompensación tiroidea.15.- Contusiones o traumatismos con sospecha de fractura o luxación.16.- Herida cortante que requiere sutura.17.- Injuria en ojos perforación, laceración, avulsión.18.- Desprendimiento de retina.19.- Fiebre y signos inflamatorios en articulaciones.20.- Síntomas y signos de cólera.21.- Deshidratación Aguda sin descompensación hemodinámica.22.- Hematuria macroscópica.23.- Reacción alérgica, sin compromiso respiratorio.24.- Síndrome febril o Infección en paciente Inmunosuprimido (Ejemplo: Paciente

diabético con infección urinaria).25.- Pacientes Post-Operados de Cirugía altamente Especializada o pacientes en

programa de Hemodiálisis, con síntomas y signos agudos.26.- Coagulopatía sin descompensación hemodinámica.27.- Sobredosis de drogas y alcohol sin depresión respiratoria.28.- Cefalea con antecedentes de trauma craneal.29.- Síndrome Meníngeo.30.- Síntomas y signos de enfermedades vasculares agudas.31.- Cólico renal sin respuesta a la analgesia mayor de 06 horas.32.- Retención urinaria.33.- Síndrome de abstinencia de drogas y alcohol.34.- Cuerpos extraños en orificios corporales.35.- Cuerpos extraños en esófago y estómago.36.- Pacientes con ideación suicida.37.- Pacientes con crisis de ansiedad.38.- Pacientes con reagudización de su cuadro sicótico sin conducta suicida ni

agitación psicomotora fuera de control.39.- Cuadro de demencia con conducta sicótica.40.- Esguinces.41.- Contusiones o traumatismos leves sin signos o síntomas de fractura o luxación.42.- Enfermedad Inflamatoria de la pelvis.43.- Coagulopatía.44.- Flebitis o Tromboflebitis.45.- Herpes Zoster ocular.46.- Enfermedad eruptiva aguda complicada.47.- Cefalea mayor de 12 horas.48.- Problemas específicos en pacientes Obstétricas:

• Hemorragia de cualquier trimestre del embarazo.• Aborto provocado no terapéutico o intento fallido de aborto.• Amenaza de parto prematuro.• Gestante de 2º y 3º trimestre que reporta ausencia de movimiento fetales.• Sangrado post-parto.• Hipertensión que complica el embarazo.• Signos y síntomas de toxemia severa.• Bradicardia (menor de 120 x min.) y taquicardia (> de 160 x min.) Fetal.• Traumatismo Abdominal.• Deshidratación por hiperemesis.• Cefalea.

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• Epigastralgia.• Edema Generalizado.

49.- Problemas Pediátricos Específicos.• Cualquier enfermedad en niños menores de 3 meses.• Dolor Abdominal.• Trauma craneano sin cambios en el estado mental o fracturas obvias.• Niños con fiebre y petequias o púrpura.• Niños menores de 3 meses con T° ≥ que 38° C.• Niños menores de 2 años con T° ≥ que 39° C.• Niños con síntomas de infección urinaria.• Convulsiones recientes, sincope o mareos.• Cefalea / epistaxis no controlada.• Quemaduras en menos del 10% de área corporal.• Trauma ocular no penetrante.• Laceración que requiere sutura con sangrado activo.• Niños que han sufrido agresión física.• Odontalgia.• Otalgia.

Cualquier otro caso que a criterio del Médico tratante considere necesario la atenciónen algún Tópico de Emergencia.

Prioridad IIIPaciente que no presentan riesgo de muerte ni secuelas invalidantes. Amerita atenciónen el Tópico de Emergencia III, teniendo prioridad la atención de casos I y II.

1.- Dolor abdominal leve con nauseas, vómitos, diarrea, signos vitales estables.2.- Herida que no requiere sutura.3.- Intoxicación alimentaria.4.- Trastornos de músculos y ligamentos.5.- Otitis Media Aguda.6.- Deshidratación Hidroelectrólitica leve.7.- Osteocondropatia aguda.8.- Sinusitis aguda.9.- Hiperemesis gravídica sin compromiso metabólico.10.- Urticaria.11.- Fiebre > de 39º sin síntomas asociados.12.- Síndrome vertiginoso y trastorno vascular.13.- Celulitis o absceso con fiebre.14.- Funcionamiento defectuoso de colostomía, ureterostomía, talla vesical u otros

similares.15.- Lumbalgia aguda.16.- Broncoespasmo leve.17.- Hipertensión arterial leve no controlada.18.- Signos y síntomas de Depresión.19.- Crisis de Ansiedad o Disociativas.20.- Signos y síntomas de infección urinaria alta.21.- Pacientes con neurosis de ansiedad.22.- Pacientes sicóticos con reagudización de sus síntomas pero aún sin conducta

psicótica.

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Cualquier otro caso que el Médico tratante considere que la atención puede serpostergada sólo con relación a las anteriores prioridades de atención.

Prioridad IVPacientes sin compromiso de funciones vitales ni riesgo de complicación inmediata,que puede ser atendido en Consulta Externa, Consultorio PAAD (Programa deAtención Ambulatoria Descentralizado) o PADOMI.

1.- Faringitis aguda.2.- Amigdalitis aguda.3.- Enfermedades diarreica aguda sin deshidratación o vómitos.4.- Absceso sin fiebre.5.- Sangrado vaginal leve en no gestante, con funciones vitales estables.6.- Fiebre sin síntomas asociados.7.- Resfrío común.8.- Dolor de oído leve.9.- Dolor de garganta sin disfagia.10.- Enfermedades crónicas no descompensadas.

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