marco legal para capacitacion

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Page 1: Marco legal para capacitacion

MARCO LEGAL PARALA EDUCACIÓN Y LA

CAPACITACIÓN

Page 2: Marco legal para capacitacion

. EL CONGRESO DE LA UNION

• DISTRIBUIR LA FUNCION SOCIAL EDUCATIVA ENTRE LA FEDERACION, LOS ESTADOS Y LOS MUNICIPIOS

• FIJAR LAS APORTACIONES ECONOMICAS

• SEÑALAR LAS SANCIONES APLICABLES A LOS FUNCIONARIOS QUE NO CUMPLAN O NO HAGAN CUMPLIR LAS DISPOSICIONES RELATIVAS

Page 3: Marco legal para capacitacion

PARA GARANTIZAR LA PRESTACION DE SERVICIOS EDUCATIVOS DE CALIDAD, SE CREA EL SISTEMA NACIONAL DE EVALUACION EDUCATIVA

• CARGO DEL INSTITUTO NACIONAL PARA LA EVALUACION DE LA EDUCACION

• www.inee.edu.mx

• EVALUAR LA CALIDAD, EL DESEMPEÑO Y RESULTADOS DEL SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL

• DISEÑAR Y REALIZAR LAS MEDICIONES

• EXPEDIR LOS LINEAMIENTOS

• CONTRIBUIR A LAS DECISIONES TENDIENTES A MEJORAR LA CALIDAD DE LA EDUCACION Y SU EQUIDAD

Page 4: Marco legal para capacitacion

ARTÍCULO 3°• DERECHO A RECIBIR EDUCACION

• LA EDUCACION BASICA Y LA MEDIA SUPERIOR SERAN OBLIGATORIAS.

• DESARROLLAR ARMONICAMENTE, TODAS LAS FACULTADES DEL SER HUMANO

• EL ESTADO GARANTIZARA LA CALIDAD EN LA EDUCACION OBLIGATORIA

• LA EDUCACION SERA LAICA

• LA EDUCACION SE BASARA EN LOS RESULTADOS DEL PROGRESO CIENTIFICO

• CONSIDERANDO A LA DEMOCRACIA COMO UN SISTEMA DE VIDA FUNDADO EN EL CONSTANTE MEJORAMIENTO ECONOMICO, SOCIAL Y CULTURAL DEL PUEBLO;

• SERA NACIONAL

• CONTRIBUIRA A LA MEJOR CONVIVENCIA HUMANA

• SERA DE CALIDAD, CON BASE EN EL MEJORAMIENTO CONSTANTE Y EL MAXIMO LOGRO ACADEMICO DE LOS EDUCANDOS

• EL EJECUTIVO FEDERAL DETERMINARA LOS PLANES Y PROGRAMAS DE ESTUDIO DE LA EDUCACION

• EL EJECUTIVO FEDERAL CONSIDERARA LA OPINION DE LOS GOBIERNOS DE LOS ESTADOS Y DEL DISTRITO FEDERAL, ASI COMO DE LOS DIVERSOS SECTORES SOCIALES INVOLUCRADOS EN LA EDUCACION, LOS MAESTROS Y LOS PADRES DE FAMILIA

• CONCURSOS DE OPOSICION

• TODA LA EDUCACION QUE EL ESTADO IMPARTA SERA GRATUITA

• EL ESTADO PROMOVERA Y ATENDERA TODOS LOS TIPOS Y MODALIDADES EDUCATIVOS -INCLUYENDO LA EDUCACION INICIAL Y A LA EDUCACION SUPERIOR

• LOS PARTICULARES PODRAN IMPARTIR EDUCACION EN TODOS SUS TIPOS Y MODALIDADES. EN LOS TERMINOS QUE ESTABLEZCA LA LEY, EL ESTADO OTORGARA Y RETIRARA EL RECONOCIMIENTO DE VALIDEZ OFICIAL

• LAS UNIVERSIDADES Y LAS DEMAS INSTITUCIONES DE EDUCACION SUPERIOR A LAS QUE LA LEY OTORGUE AUTONOMIA

• . EL CONGRESO DE LA UNION

• PARA GARANTIZAR LA PRESTACION DE SERVICIOS EDUCATIVOS DE CALIDAD, SE CREA EL SISTEMA NACIONAL DE EVALUACION EDUCATIVA

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Artículos

Page 6: Marco legal para capacitacion

ARTÍCULO 153°

• Todo trabajador tiene el derecho a que su patrón le proporcione capacitación o adiestramiento

• podrán convenir con los trabajadores en que la capacitación o adiestramiento, se proporcione a éstos dentro de la misma empresa o fuera de ella

• Las instituciones o escuelas que deseen impartir capacitación o adiestramiento, así como su personal docente, deberán estar autorizadas y registradas

• Comisiones mixtas de capacitación

• Al celebrar el contratro colectivo tienen 15 día para presentar programa de capacitación en la STPS, quienes no celebran contrato tienen 60 días.

• Para registrarse como capacitador

• Especificar el nombre y número de registro en la Secretaría del Trabajo y Previsión Social

• Los trabajadores que se

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Objeto

• Actualizar y perfeccionar los conocimientos y habilidades

• para ocupar una vacante o puesto de nueva creación

• Prevenir riesgos de trabajo

• Incrementar la productividad

• mejorar las aptitudes del trabajador

Page 8: Marco legal para capacitacion

Obligaciones del trabajador

• Asistir puntualmente

• Cumplir con actividades y programas

• Realizar exámenes

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Comisiones mixtas de capacitación

• Atribuciones

• La conforman personal patronal, sindicatos y/o trabajadores

• Coordinados por la STPS

• mejorar las aptitudes del trabajador

• Participar en requerimeintos de capacitación

• Colaborar en la elaboración del Catálogo Nacional de Ocupaciones

• Evaluar los efectos de las acciones de capacitación y adiestrameinto

• La Secretaría del Trabajo y Previsión Social fijará las bases para la designación de los integrantes de los Comités

• contratos colectivos deberán incluirse cláusulas relativas a la obligación patronal de realziar capacitación

Page 10: Marco legal para capacitacion

Para registrarse como capacitador

• Comprobar que quienes capacitarán o adiestrarán a los trabajadores, están preparados.

• Acreditar satisfactoriamente que se tienen conocimientos

• No estar ligadas con personas o instituciones que propaguen algún credo religioso

• podrá ser revocado si se contravienen las disposiciones