modifican la directiva nº 018

Post on 08-Nov-2015

234 Views

Category:

Documents

0 Downloads

Preview:

Click to see full reader

DESCRIPTION

directiva

TRANSCRIPT

Modifican la Directiva N 018-2013-MINEDU/VMGP-DIGEDD denominada Normas para el Concurso de Acceso a Cargos de Director y Subdirector de Instituciones Educativas Pblicas de Educacin Bsica Regular-2013

RESOLUCIN MINISTERIAL N 0460-2013-ED

Lima, 17 de setiembre de 2013

CONSIDERANDO:

Que, segn el artculo 32 de la Ley N 29944,Ley de Reforma Magisterial, y el artculo 57 de su Reglamento, aprobado por elDecreto Supremo N 004-2013-ED, el Ministerio deEducacin, en coordinacin con los gobiernos regionales, convoca a concursos para el acceso a cargos, cada dos aos, los que se implementan en forma descentralizada, de acuerdo a normas, especificaciones tcnicas y criterios de buen desempeo exigibles para cada cargo;

Que, de conformidad con la Quinta Disposicin Complementaria, Transitoria y Final de laLey de Reforma Magisterial, en la primera convocatoria de concurso pblico para acceso a cargos de director y subdirector de instituciones educativas, podrn participar excepcionalmente profesores de la segunda escala magisterial, profesores que se encontraban en el tercer nivel de la Ley N 24029 y los profesores del segundo nivel que se encontraban encargados como directores pertenecientes a la Ley N 24029, que cumplan el tiempo de servicios y los requisitos sealados al momento de la convocatoria. Su permanencia en el cargo se sujeta a las reglas contempladas en dicha Ley;

Que, el literal b) del numeral 8.1 del artculo 8 de la Ley N 29951, Ley de Presupuesto del Sector Pblico para el Ao Fiscal 2013, prohbe el ingreso de personal en el sector pblico por servicios personales y el nombramiento, salvo en caso de nombramiento en plaza presupuestada de docentes del magisterio nacional;

Que, medianteResolucin Ministerial N 0262-2013-ED, de fecha 29 de mayo de 2013, se ha aprobado laDirectiva N 018-2013-MINEDU/VMGP-DIGEDDdenominada "Normas para el Concurso de Acceso a cargos de Director y Subdirector de Instituciones Educativas Pblicas de Educacin Bsica Regular - 2013", la cual contiene los lineamientos para la organizacin, implementacin y ejecucin del citado concurso, sus etapas, instrumentos de evaluacin, y las competencias de las diversas instancias de gestin educativa descentralizada en el desarrollo del mismo; respecto de las cuales es pertinente efectuar algunas modificaciones;

Que, de conformidad con la indicada Directiva, los cargos en concurso corresponden a plazas financiadas y de naturaleza orgnica de director y subdirector de institucin educativa pblica de Educacin Bsica Regular, las cuales pertenecen al rea de Gestin Institucional;

correspondiendo al Ministerio de Educacin consolidar, aprobar y publicar la relacin de plazas orgnicas de director y subdirector puestas a concurso a nivel nacional;

y aprobar el cronograma del concurso;

Que, medianteDecreto Supremo N 227-2013-EFpublicado en elDiario Oficial "El Peruano"el 14 de setiembre de 2013, se establece el monto de la Asignacin Temporal por desempeo de cargo de director y subdirector de institucin educativa pblica de Educacin Bsica y Educacin Tcnico Productiva en el marco de la Carrera Pblica Magisterial de laLey de Reforma Magisterial;

De conformidad con el Decreto Ley N 25762, Ley Orgnica del Ministerio de Educacin, modificado por la Ley N 26510; la Ley N 29944, Ley de Reforma Magisterial y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N 004-2013-ED; el Decreto Supremo N 006-2012-ED que aprueba el Reglamento de Organizacin y Funciones (ROF) y el Cuadro para Asignacin de Personal (CAP) del Ministerio de Educacin; y el Decreto Supremo N 227-2013-EF que establece el monto de la asignacin temporal por desempeo de cargo de Director y Subdirector de institucin educativa pblica de Educacin Bsica y Educacin Tcnico Productiva;

SE RESUELVE:

Artculo 1.-Modificar los numerales 5.2.1, 6.2.2 y 6.4.4 de la Directiva N 018-2013-MINEDU/VMGPDIGEDD denominada "Normas para el Concurso de Acceso a Cargos de Director y Subdirector de Instituciones Educativas Pblicas de Educacin Bsica Regular-2013", aprobada por Resolucin Ministerial N 0262-2013-ED, en los siguientes trminos:

"5.2.1 Los cargos en concurso, corresponden a plazas orgnicas financiadas de director y subdirector de instituciones educativas pblicas de Educacin Bsica Regular, que pertenecen al rea de Gestin Institucional, hasta el lmite de quince mil (15 000) plazas.

Se exceptuar de todo el concurso a las instituciones educativas unidocentes, en convenio y fiscalizadas".

"6.2.2 En el momento de la inscripcin el postulante selecciona, de la relacin de plazas puestas a concurso, una institucin educativa y un nico cargo directivo al que postula. La institucin educativa puede estar ubicada en cualquier regin o provincia del pas. El postulante debe presentarse a una plaza directiva en una institucin del mismo nivel al que corresponde su ttulo profesional o en el nivel que acredite haberse desempeado como docente nombrado durante un perodo mnimo de diez aos, con excepcin de las instituciones educativas que integran dos o tres niveles, a cuyas plazas directivas pueden presentarse profesores de los niveles educativos correspondientes de la Educacin Bsica Regular, o que acrediten haberse desempeado como docente nombrado en el nivel correspondiente durante un perodo mnimo de diez aos. Cada postulante tiene derecho solo a una eleccin".

"6.4.4 Los reclamos debern ser presentados por los postulantes dentro de los cinco (5) das hbiles posteriores a la fecha de publicacin de los resultados finales del concurso y sern atendidos por el Comit de Evaluacin".

Artculo 2.-Incorporar un segundo prrafo al numeral 7.2 de la Directiva N 018-2013-MINEDU/VMGP-DIGEDD, el que quedar redactado de la siguiente manera:

(...)

"Asimismo, podrn participar en el concurso, los docentes que se encuentren con licencia sin goce de remuneracin con motivo de desempear los cargos de Director de Unidad de Gestin Educativa Local, y Director o Jefe de Gestin Pedaggica de la Unidad de Gestin Educativa Local o de la Direccin Regional de Educacin.

El Director de Unidad de Gestin Educativa Local que se presente como postulante al concurso objeto de esta convocatoria, se encuentra impedido de ser miembro del Comit de Evaluacin para este concurso. En ese caso deber procederse conforme a lo dispuesto en el artculo 72 del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, aprobado por el Decreto Supremo N 004-2013-ED".

Artculo 3.-Modificar el Anexo 4 "Matriz para la Valoracin de la Trayectoria Profesional" de la Directiva N 018-2013-MINEDU/VMGP-DIGEDD, el cual forma parte de la presente Resolucin, como Anexo 1.

Artculo 4.-Convocar al Concurso de Acceso a Cargos de Director y Subdirector de Instituciones Educativas Pblicas de Educacin Bsica Regular, cargos considerados directivos del rea de desempeo Gestin Institucional, correspondiente al ao 2013, el cual se llevar a cabo de conformidad con lo establecido en la Directiva N 018-2013-MINEDU/VMGP-DIGEDD y su modificatoria aprobada mediante la presente Resolucin.

Artculo 5.-Aprobar el cronograma del concurso a que se refiere el artculo precedente, el cual forma parte de la presente Resolucin como Anexo 2.

Artculo 6.-Aprobar la relacin consolidada de plazas objeto del presente concurso y disponer que la Oficina de Prensa publique la misma en el Portal Institucional del Ministerio deEducacin(www.minedu.gob.pe), en la fecha de publicacin de la presente Resolucin en elDiario Oficial El Peruano.

Artculo 7.-Las designaciones en el cargo de director o subdirector, que se efecten como resultado de este concurso pblico, tendrn vigencia a partir del 1 de enero de 2014 y un perodo de tres (3) aos, segn lo establecido en el artculo 33 de la Ley N 29944 - Ley de Reforma Magisterial. El acto resolutivo ser ingresado al Sistema de Administracin y Control de Plazas NEXUS por la respectiva instancia de gestin educativa descentralizada, bajo responsabilidad.

Artculo 8.-Disponer que la Oficina de Apoyo a la Administracin de la Educacin publique la presente Resolucin Ministerial y sus anexos, en el Sistema de Informacin Jurdica de Educacin - SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educacin (www.minedu.gob.pe).

Regstrese, comunquese y publquese.

PATRICIA SALAS O'BRIENMinistra de Educacin

ANEXO 1

MATRIZ PARA LA VALORACIN DE LA TRAYECTORIA PROFESIONAL

La trayectoria profesional comprende el historial profesional de los postulantes, en funcin de su formacin, mritos y experiencia laboral.

La Matriz para la Valoracin de la Trayectoria Profesional tiene por finalidad recoger la ms amplia gama de evidencias de formacin, mritos y experiencia de los postulantes al cargo de director y subdirector como medio de alentar a los profesores a involucrarse en proyectos de formacin en servicio y en diversas experiencias profesionales asociadas a las competencias exigibles a todo docente segn lo establece el Marco de Buen Desempeo Docente, sabiendo que sern valorados por el MINEDU a travs de sus diversos procesos de evaluacin.

1. Indicaciones generales

a.La trayectoria profesional se reporta a travs de tres rubros: I. Formacin acadmica y profesional, II. Mritos y III. Experiencia profesional

b.Cada rubro est desagregado en criterios. Cada criterio tiene un valor asignado. Los puntajes obtenidos por criterio en cada rubro se suman hasta el lmite de 13 puntos, que es el puntaje mximo por rubro.

c.Los puntajes totales obtenidos en cada rubro se suman hasta el lmite de 25 puntos, establecido como puntaje mximo total de la Matriz.

d.Para cada criterio la Matriz establece el nmero mximo de evidencias que puede presentar el postulante.

Ejemplo:si el postulantes tiene cinco Diplomados acreditables solo puede hacer valer hasta tres, si tiene dos Maestras no concluidas solo podr hacer valer una).

e.No se puede utilizar un mismo documento (resoluciones, producciones, certificados y otros) para acreditar ms de un criterio.

2. Indicaciones especficas

2.1. Formacin acadmica y profesional

a)Los Diplomados y capacitaciones solo asignan puntaje cuando se hayan concluido dentro de los ltimos cinco aos

b)Las segundas especializaciones, ttulos profesionales, y los postgrados son vlidas sin considerar su antigedad

c)Los ttulos profesionales y grados acadmicos asignan puntaje siempre que sea otorgados por instituciones de educacin superior reconocidas legalmente en el pas.

d)Los ttulos profesionales no pedaggicos vinculados al rea de gestin corresponden a especialidades tales como: administrador (en todas sus menciones), ciencias administrativas, contables o financieras, derecho, Ingeniera industrial, psicologa organizacional, recursos humanos, auditoria, economa, y similares

2.2. Mritos

a)Los libros y las revistas impresas para asignar puntaje debe contar con el N de registro de INDECOPI o el N de depsito legal de la Biblioteca Nacional (ISBN).

Estas especificaciones no son aplicables a los artculos en revistas electrnicas ni a los Blog personales o colectivos.

b)Las guas o manuales deben contar con la validacin de laDRE, laUGELo la Direccin de la IE.

c)El software para asignar puntaje requiere la constancia de la Direccin General de Tecnologas Educativas (DIGETE).

d)Los reconocimientos y distinciones debern registrarse con el N de resolucin de la instancia de gestin educativa descentralizada (DREoUGEL) de la que haya recibido el reconocimiento.

2.3. Experiencia profesional

a)Todas las experiencias profesionales deben ser de por lo menos un ao y haber sido ejercidas con anterioridad al 31 de diciembre de 2012. En el caso de experiencias desarrolladas en instituciones educativas se entiende como ao lectivo los servicios prestados de enero a marzo y en los dems casos como ao calendario.

b)Se considera innovacin educativa al conjunto de ideas, procesos y estrategias creados y sistematizados por el docente que tienen por objetivo generar un cambio en las prcticas educativas de la escuela.

c)Los cargos jerrquicos y otras experiencias que representen manejo de personas se acreditan con constancias emitidas por la autoridad de la instancia de gestin educativa descentralizada indicando la funcin y el plazo de ejecucin el cual debe ser por lo menos de un ao lectivo y anterior al 31 de diciembre de 2012.

MATRIZ PARA LA VALORACIN DE LA TRAYECTORIA PROFESIONALRUBROCRITERIOSPuntajeN mximo de evidencias por criterioPuntaje mximo por rubro

FORMACIN ACADMICA Y PROFESIONALEstudios y grados acadmicos

Doctorado con grado obtenido en cualquier disciplina siempre que la tesis est directamente vinculada a educacin81

Estudios doctorales concluidos sin grado61

Maestra con grado obtenido en cualquier disciplina siempre que la tesis est directamente vinculada a la educacin62

Estudios de maestra concluidos sin grado51

Ttulos y Diplomados

Ttulo de segunda especialidad en temas pedaggicos.62

Estudios de segunda especialidad concluidos sin ttulo.51

Ttulos profesionales no pedaggicos vinculados al rea de gestin.41

Estudios de segunda especialidad, maestra o doctorado inconclusos en temas de gestin educativa o pedaggica de por lo menos dos semestres.4113

Diplomados en gestin educativa o pedagoga de duracin no menor a un semestre, realizados en instituciones de educacin superior legalmente reconocidas por el Ministerio de Educacin o la Asamblea Nacional de Rectores.43

Otros ttulos profesionales no pedaggico vinculado al rea curricular de docencia del postulante21

Capacitaciones

Capacitaciones en pedagoga o gestin educativa de 200 horas a ms, acumuladas en los ltimos cinco aos, no consignadas como requisito para la postulacin41

RUBROCRITERIOSPuntajeNmero mximo de evidencias por criterioPuntaje mximo por rubro

MRITOSProduccin Intelectual

Libros sobre gestin educativa o pedagoga en autora o coautora61

Guas y/o manuales con fi nes didcticos o de gestin educativa publicados antes del 31 de diciembre de 2012.42

Artculos en revistas impresas o electrnicas dedicadas a temas educativos publicados antes del 31 de diciembre de 2012.22

Software educativo creado con fi nes pedaggicos.21

Blog personal o colectivo dedicado a temas educativos creado antes del 31 de diciembre de 201221

Reconocimientos13

Palmas Magisteriales61

Otros premios en el campo educativo por acciones destacadas en la gestin educativa o la pedagoga, a nivel nacional y regional, que cuenten con el respaldo del Ministerio deEducacino los Gobiernos Regionales a travs de las Direcciones Regionales de Educacin o UGEL32

Resoluciones de reconocimiento o felicitacin por acciones destacadas en gestin educativa o pedagoga otorgadas por los Gobiernos Regionales a travs de sus instancias de gestin educativa descentralizada hasta el 31 de diciembre de 201223

RUBROCRITERIOSPuntajeNmero mximo de evidencias por criterioPuntaje mximo por rubro

EXPERIENCIA PROFESIONALCargos en instituciones educativas pblicas

Cargo de director o subdirector (un punto por cada ao de gestin hasta nueve puntos)91

Cargo jerrquico32

Asesores de municipio y defensoras escolares o proyectos similares en Instituciones educativas o coordinacin de tutora. Deben estar reconocidas mediante documento emitido por la autoridad correspondiente.22

Docente (2 puntos por cada quinquenio adicional a los 10 aos de servicio establecidos como requisito).24

Otros cargos en la educacin pblica

Director de DRE o UGEL61

Director o Jefe de gestin pedaggica en DRE o UGEL51

Especialista rea de Gestin Pedaggica o de Gestin Institucional4113

Formador de docentes de EBR en servicio o experiencia como profesores de institutos pedaggicos o facultades o escuelas de educacin de las universidades ofi cialmente reconocidas en el Per.32

Jefe o coordinador de equipo de proyectos del sector educacin32

Cargos en el sector privado

Director o subdirector de instituciones educativas privadas41

Jefe o coordinador de equipo de proyecto educativos del sector privado32

Investigacin e innovacin

Conduccin de proyectos de investigacin en sector pblico o privado publicados por instituciones (impreso o digital)32

Conduccin en proyectos de innovacin educativa en sector pblico o privado publicado (impreso o digital)32

Participacin en proyectos de investigacin educativa o innovacin pedaggica en sector pblico o privado publicados (impreso o digital)12

-------------------------------------------------

PUNTAJE MAXIMO TOTAL25

ANEXO 2

"CRONOGRAMA DEL CONCURSO DE ACCESO A CARGOS DE DIRECTOR Y SUBDIRECTOR DE INSTITUCIONES EDUCATIVAS PBLICAS DE EDUCACIN BSICA REGULAR -2013"

NCONCURSO DE ACCESO A CARGOS DIRECTIVOSDuracinComienzoFin

1Convocatoria y publicacin de plazas.1 da18-0918-09

2Conformacin de Comits de Evaluacin4 das18-0923-09

3Conformacin de Comits de Vigilancia4 das18-0923-09

4Inscripcin automatizada de postulantes25 das*18-0912-10

5Confirmacin de la inscripcin del postulante, en el Banco de la Nacin25 das*18-0912-10

6Publicacin de los centros de evaluacin.4 das28-1031-10

7Etapa Nacional de la Evaluacin: Aplicacin de la Prueba Nacional Clasificatoria2 das*02-1103-11

8Publicacin de resultados de la Prueba Nacional Clasificatoria1 da06-1106-11

9Etapa de Evaluacin Local:

9.1Registro y calificacin automatizados de la trayectoria profesional del postulante.15 das*06-1120-11

9.2Publicacin de los centros de evaluacin3 das06-1108-11

9.3Evaluacin: Solucin de caso.2 das*09-1110-11

10Calificacin de solucin de caso a cargo de los Comits de Evaluacin.15 das11-1129-11

11Publicacin de resultados de la etapa local1 da02-1202-12

12Remisin de lasUGELa laDRE, de la lista de profesores seleccionados1 da02-1202-12

13Remisin de lasDREal MINEDU de la lista de profesores seleccionados - informacin regional consolidada1 da03-1203-12

14Publicacin de los resultados nacionales en el portal institucional del MINEDU.1 da04-1204-12

15Presentacin de reclamos5 das05-1211-12

16Eleccin voluntaria y adjudicacin de plazas no cubiertas.3 das04-1206-12

17Publicacin de relacin de plazas adjudicadas.1 da09-1209-12

18Presentacin de documentacin sustentatoria.3 das04-1206-12

19Verificacin de documentacin por parte del Comit de Evaluacin.9 das04-1216-12

20Emisin de resoluciones de designacin.5 das17-1223-12

21Informe final del Comit de evaluacin precisando declaracin de plazas desiertas; y disolucin del Comit de Evaluacin.3 das24-1227-12

* Estos plazos se consideran en das calendario porque los postulantes pueden realizar: i) la inscripcin, ii) confirmacin, iii) registro y calificacin de la trayectoria, cualquier da de la semana.

Asimismo, la aplicacin de las evaluaciones se realizar en da sbado y domingo.

[El Peruano: 18/09/2013]

Texto copiado dehttp://www.educacionenred.com/Noticia/?portada=42870#ixzz2fTDPStc3Modifican la Directiva N 018-2013-MINEDU/VMGP-DIGEDD denominada Normas para el Concurso de Acceso a Cargos de Director y Subdirector de Instituciones Educativas Pblicas de Educacin Bsica Regular-2013

RESOLUCIN MINISTERIAL N 0460-2013-ED

Lima, 17 de setiembre de 2013

CONSIDERANDO:

Que, segn el artculo 32 de la Ley N 29944,Ley de Reforma Magisterial, y el artculo 57 de su Reglamento, aprobado por elDecreto Supremo N 004-2013-ED, el Ministerio deEducacin, en coordinacin con los gobiernos regionales, convoca a concursos para el acceso a cargos, cada dos aos, los que se implementan en forma descentralizada, de acuerdo a normas, especificaciones tcnicas y criterios de buen desempeo exigibles para cada cargo;

Que, de conformidad con la Quinta Disposicin Complementaria, Transitoria y Final de laLey de Reforma Magisterial, en la primera convocatoria de concurso pblico para acceso a cargos de director y subdirector de instituciones educativas, podrn participar excepcionalmente profesores de la segunda escala magisterial, profesores que se encontraban en el tercer nivel de la Ley N 24029 y los profesores del segundo nivel que se encontraban encargados como directores pertenecientes a la Ley N 24029, que cumplan el tiempo de servicios y los requisitos sealados al momento de la convocatoria. Su permanencia en el cargo se sujeta a las reglas contempladas en dicha Ley;

Que, el literal b) del numeral 8.1 del artculo 8 de la Ley N 29951, Ley de Presupuesto del Sector Pblico para el Ao Fiscal 2013, prohbe el ingreso de personal en el sector pblico por servicios personales y el nombramiento, salvo en caso de nombramiento en plaza presupuestada de docentes del magisterio nacional;

Que, medianteResolucin Ministerial N 0262-2013-ED, de fecha 29 de mayo de 2013, se ha aprobado laDirectiva N 018-2013-MINEDU/VMGP-DIGEDDdenominada "Normas para el Concurso de Acceso a cargos de Director y Subdirector de Instituciones Educativas Pblicas de Educacin Bsica Regular - 2013", la cual contiene los lineamientos para la organizacin, implementacin y ejecucin del citado concurso, sus etapas, instrumentos de evaluacin, y las competencias de las diversas instancias de gestin educativa descentralizada en el desarrollo del mismo; respecto de las cuales es pertinente efectuar algunas modificaciones;

Que, de conformidad con la indicada Directiva, los cargos en concurso corresponden a plazas financiadas y de naturaleza orgnica de director y subdirector de institucin educativa pblica de Educacin Bsica Regular, las cuales pertenecen al rea de Gestin Institucional;

correspondiendo al Ministerio de Educacin consolidar, aprobar y publicar la relacin de plazas orgnicas de director y subdirector puestas a concurso a nivel nacional;

y aprobar el cronograma del concurso;

Que, medianteDecreto Supremo N 227-2013-EFpublicado en elDiario Oficial "El Peruano"el 14 de setiembre de 2013, se establece el monto de la Asignacin Temporal por desempeo de cargo de director y subdirector de institucin educativa pblica de Educacin Bsica y Educacin Tcnico Productiva en el marco de la Carrera Pblica Magisterial de laLey de Reforma Magisterial;

De conformidad con el Decreto Ley N 25762, Ley Orgnica del Ministerio de Educacin, modificado por la Ley N 26510; la Ley N 29944, Ley de Reforma Magisterial y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N 004-2013-ED; el Decreto Supremo N 006-2012-ED que aprueba el Reglamento de Organizacin y Funciones (ROF) y el Cuadro para Asignacin de Personal (CAP) del Ministerio de Educacin; y el Decreto Supremo N 227-2013-EF que establece el monto de la asignacin temporal por desempeo de cargo de Director y Subdirector de institucin educativa pblica de Educacin Bsica y Educacin Tcnico Productiva;

SE RESUELVE:

Artculo 1.-Modificar los numerales 5.2.1, 6.2.2 y 6.4.4 de la Directiva N 018-2013-MINEDU/VMGPDIGEDD denominada "Normas para el Concurso de Acceso a Cargos de Director y Subdirector de Instituciones Educativas Pblicas de Educacin Bsica Regular-2013", aprobada por Resolucin Ministerial N 0262-2013-ED, en los siguientes trminos:

"5.2.1 Los cargos en concurso, corresponden a plazas orgnicas financiadas de director y subdirector de instituciones educativas pblicas de Educacin Bsica Regular, que pertenecen al rea de Gestin Institucional, hasta el lmite de quince mil (15 000) plazas.

Se exceptuar de todo el concurso a las instituciones educativas unidocentes, en convenio y fiscalizadas".

"6.2.2 En el momento de la inscripcin el postulante selecciona, de la relacin de plazas puestas a concurso, una institucin educativa y un nico cargo directivo al que postula. La institucin educativa puede estar ubicada en cualquier regin o provincia del pas. El postulante debe presentarse a una plaza directiva en una institucin del mismo nivel al que corresponde su ttulo profesional o en el nivel que acredite haberse desempeado como docente nombrado durante un perodo mnimo de diez aos, con excepcin de las instituciones educativas que integran dos o tres niveles, a cuyas plazas directivas pueden presentarse profesores de los niveles educativos correspondientes de la Educacin Bsica Regular, o que acrediten haberse desempeado como docente nombrado en el nivel correspondiente durante un perodo mnimo de diez aos. Cada postulante tiene derecho solo a una eleccin".

"6.4.4 Los reclamos debern ser presentados por los postulantes dentro de los cinco (5) das hbiles posteriores a la fecha de publicacin de los resultados finales del concurso y sern atendidos por el Comit de Evaluacin".

Artculo 2.-Incorporar un segundo prrafo al numeral 7.2 de la Directiva N 018-2013-MINEDU/VMGP-DIGEDD, el que quedar redactado de la siguiente manera:

(...)

"Asimismo, podrn participar en el concurso, los docentes que se encuentren con licencia sin goce de remuneracin con motivo de desempear los cargos de Director de Unidad de Gestin Educativa Local, y Director o Jefe de Gestin Pedaggica de la Unidad de Gestin Educativa Local o de la Direccin Regional de Educacin.

El Director de Unidad de Gestin Educativa Local que se presente como postulante al concurso objeto de esta convocatoria, se encuentra impedido de ser miembro del Comit de Evaluacin para este concurso. En ese caso deber procederse conforme a lo dispuesto en el artculo 72 del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, aprobado por el Decreto Supremo N 004-2013-ED".

Artculo 3.-Modificar el Anexo 4 "Matriz para la Valoracin de la Trayectoria Profesional" de la Directiva N 018-2013-MINEDU/VMGP-DIGEDD, el cual forma parte de la presente Resolucin, como Anexo 1.

Artculo 4.-Convocar al Concurso de Acceso a Cargos de Director y Subdirector de Instituciones Educativas Pblicas de Educacin Bsica Regular, cargos considerados directivos del rea de desempeo Gestin Institucional, correspondiente al ao 2013, el cual se llevar a cabo de conformidad con lo establecido en la Directiva N 018-2013-MINEDU/VMGP-DIGEDD y su modificatoria aprobada mediante la presente Resolucin.

Artculo 5.-Aprobar el cronograma del concurso a que se refiere el artculo precedente, el cual forma parte de la presente Resolucin como Anexo 2.

Artculo 6.-Aprobar la relacin consolidada de plazas objeto del presente concurso y disponer que la Oficina de Prensa publique la misma en el Portal Institucional del Ministerio deEducacin(www.minedu.gob.pe), en la fecha de publicacin de la presente Resolucin en elDiario Oficial El Peruano.

Artculo 7.-Las designaciones en el cargo de director o subdirector, que se efecten como resultado de este concurso pblico, tendrn vigencia a partir del 1 de enero de 2014 y un perodo de tres (3) aos, segn lo establecido en el artculo 33 de la Ley N 29944 - Ley de Reforma Magisterial. El acto resolutivo ser ingresado al Sistema de Administracin y Control de Plazas NEXUS por la respectiva instancia de gestin educativa descentralizada, bajo responsabilidad.

Artculo 8.-Disponer que la Oficina de Apoyo a la Administracin de la Educacin publique la presente Resolucin Ministerial y sus anexos, en el Sistema de Informacin Jurdica de Educacin - SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educacin (www.minedu.gob.pe).

Regstrese, comunquese y publquese.

PATRICIA SALAS O'BRIENMinistra de Educacin

ANEXO 1

MATRIZ PARA LA VALORACIN DE LA TRAYECTORIA PROFESIONAL

La trayectoria profesional comprende el historial profesional de los postulantes, en funcin de su formacin, mritos y experiencia laboral.

La Matriz para la Valoracin de la Trayectoria Profesional tiene por finalidad recoger la ms amplia gama de evidencias de formacin, mritos y experiencia de los postulantes al cargo de director y subdirector como medio de alentar a los profesores a involucrarse en proyectos de formacin en servicio y en diversas experiencias profesionales asociadas a las competencias exigibles a todo docente segn lo establece el Marco de Buen Desempeo Docente, sabiendo que sern valorados por el MINEDU a travs de sus diversos procesos de evaluacin.

1. Indicaciones generales

a.La trayectoria profesional se reporta a travs de tres rubros: I. Formacin acadmica y profesional, II. Mritos y III. Experiencia profesional

b.Cada rubro est desagregado en criterios. Cada criterio tiene un valor asignado. Los puntajes obtenidos por criterio en cada rubro se suman hasta el lmite de 13 puntos, que es el puntaje mximo por rubro.

c.Los puntajes totales obtenidos en cada rubro se suman hasta el lmite de 25 puntos, establecido como puntaje mximo total de la Matriz.

d.Para cada criterio la Matriz establece el nmero mximo de evidencias que puede presentar el postulante.

Ejemplo:si el postulantes tiene cinco Diplomados acreditables solo puede hacer valer hasta tres, si tiene dos Maestras no concluidas solo podr hacer valer una).

e.No se puede utilizar un mismo documento (resoluciones, producciones, certificados y otros) para acreditar ms de un criterio.

2. Indicaciones especficas

2.1. Formacin acadmica y profesional

a)Los Diplomados y capacitaciones solo asignan puntaje cuando se hayan concluido dentro de los ltimos cinco aos

b)Las segundas especializaciones, ttulos profesionales, y los postgrados son vlidas sin considerar su antigedad

c)Los ttulos profesionales y grados acadmicos asignan puntaje siempre que sea otorgados por instituciones de educacin superior reconocidas legalmente en el pas.

d)Los ttulos profesionales no pedaggicos vinculados al rea de gestin corresponden a especialidades tales como: administrador (en todas sus menciones), ciencias administrativas, contables o financieras, derecho, Ingeniera industrial, psicologa organizacional, recursos humanos, auditoria, economa, y similares

2.2. Mritos

a)Los libros y las revistas impresas para asignar puntaje debe contar con el N de registro de INDECOPI o el N de depsito legal de la Biblioteca Nacional (ISBN).

Estas especificaciones no son aplicables a los artculos en revistas electrnicas ni a los Blog personales o colectivos.

b)Las guas o manuales deben contar con la validacin de laDRE, laUGELo la Direccin de la IE.

c)El software para asignar puntaje requiere la constancia de la Direccin General de Tecnologas Educativas (DIGETE).

d)Los reconocimientos y distinciones debern registrarse con el N de resolucin de la instancia de gestin educativa descentralizada (DREoUGEL) de la que haya recibido el reconocimiento.

2.3. Experiencia profesional

a)Todas las experiencias profesionales deben ser de por lo menos un ao y haber sido ejercidas con anterioridad al 31 de diciembre de 2012. En el caso de experiencias desarrolladas en instituciones educativas se entiende como ao lectivo los servicios prestados de enero a marzo y en los dems casos como ao calendario.

b)Se considera innovacin educativa al conjunto de ideas, procesos y estrategias creados y sistematizados por el docente que tienen por objetivo generar un cambio en las prcticas educativas de la escuela.

c)Los cargos jerrquicos y otras experiencias que representen manejo de personas se acreditan con constancias emitidas por la autoridad de la instancia de gestin educativa descentralizada indicando la funcin y el plazo de ejecucin el cual debe ser por lo menos de un ao lectivo y anterior al 31 de diciembre de 2012.

MATRIZ PARA LA VALORACIN DE LA TRAYECTORIA PROFESIONALRUBROCRITERIOSPuntajeN mximo de evidencias por criterioPuntaje mximo por rubro

FORMACIN ACADMICA Y PROFESIONALEstudios y grados acadmicos

Doctorado con grado obtenido en cualquier disciplina siempre que la tesis est directamente vinculada a educacin81

Estudios doctorales concluidos sin grado61

Maestra con grado obtenido en cualquier disciplina siempre que la tesis est directamente vinculada a la educacin62

Estudios de maestra concluidos sin grado51

Ttulos y Diplomados

Ttulo de segunda especialidad en temas pedaggicos.62

Estudios de segunda especialidad concluidos sin ttulo.51

Ttulos profesionales no pedaggicos vinculados al rea de gestin.41

Estudios de segunda especialidad, maestra o doctorado inconclusos en temas de gestin educativa o pedaggica de por lo menos dos semestres.4113

Diplomados en gestin educativa o pedagoga de duracin no menor a un semestre, realizados en instituciones de educacin superior legalmente reconocidas por el Ministerio de Educacin o la Asamblea Nacional de Rectores.43

Otros ttulos profesionales no pedaggico vinculado al rea curricular de docencia del postulante21

Capacitaciones

Capacitaciones en pedagoga o gestin educativa de 200 horas a ms, acumuladas en los ltimos cinco aos, no consignadas como requisito para la postulacin41

RUBROCRITERIOSPuntajeNmero mximo de evidencias por criterioPuntaje mximo por rubro

MRITOSProduccin Intelectual

Libros sobre gestin educativa o pedagoga en autora o coautora61

Guas y/o manuales con fi nes didcticos o de gestin educativa publicados antes del 31 de diciembre de 2012.42

Artculos en revistas impresas o electrnicas dedicadas a temas educativos publicados antes del 31 de diciembre de 2012.22

Software educativo creado con fi nes pedaggicos.21

Blog personal o colectivo dedicado a temas educativos creado antes del 31 de diciembre de 201221

Reconocimientos13

Palmas Magisteriales61

Otros premios en el campo educativo por acciones destacadas en la gestin educativa o la pedagoga, a nivel nacional y regional, que cuenten con el respaldo del Ministerio deEducacino los Gobiernos Regionales a travs de las Direcciones Regionales de Educacin o UGEL32

Resoluciones de reconocimiento o felicitacin por acciones destacadas en gestin educativa o pedagoga otorgadas por los Gobiernos Regionales a travs de sus instancias de gestin educativa descentralizada hasta el 31 de diciembre de 201223

RUBROCRITERIOSPuntajeNmero mximo de evidencias por criterioPuntaje mximo por rubro

EXPERIENCIA PROFESIONALCargos en instituciones educativas pblicas

Cargo de director o subdirector (un punto por cada ao de gestin hasta nueve puntos)91

Cargo jerrquico32

Asesores de municipio y defensoras escolares o proyectos similares en Instituciones educativas o coordinacin de tutora. Deben estar reconocidas mediante documento emitido por la autoridad correspondiente.22

Docente (2 puntos por cada quinquenio adicional a los 10 aos de servicio establecidos como requisito).24

Otros cargos en la educacin pblica

Director de DRE o UGEL61

Director o Jefe de gestin pedaggica en DRE o UGEL51

Especialista rea de Gestin Pedaggica o de Gestin Institucional4113

Formador de docentes de EBR en servicio o experiencia como profesores de institutos pedaggicos o facultades o escuelas de educacin de las universidades ofi cialmente reconocidas en el Per.32

Jefe o coordinador de equipo de proyectos del sector educacin32

Cargos en el sector privado

Director o subdirector de instituciones educativas privadas41

Jefe o coordinador de equipo de proyecto educativos del sector privado32

Investigacin e innovacin

Conduccin de proyectos de investigacin en sector pblico o privado publicados por instituciones (impreso o digital)32

Conduccin en proyectos de innovacin educativa en sector pblico o privado publicado (impreso o digital)32

Participacin en proyectos de investigacin educativa o innovacin pedaggica en sector pblico o privado publicados (impreso o digital)12

-------------------------------------------------

PUNTAJE MAXIMO TOTAL25

ANEXO 2

"CRONOGRAMA DEL CONCURSO DE ACCESO A CARGOS DE DIRECTOR Y SUBDIRECTOR DE INSTITUCIONES EDUCATIVAS PBLICAS DE EDUCACIN BSICA REGULAR -2013"

NCONCURSO DE ACCESO A CARGOS DIRECTIVOSDuracinComienzoFin

1Convocatoria y publicacin de plazas.1 da18-0918-09

2Conformacin de Comits de Evaluacin4 das18-0923-09

3Conformacin de Comits de Vigilancia4 das18-0923-09

4Inscripcin automatizada de postulantes25 das*18-0912-10

5Confirmacin de la inscripcin del postulante, en el Banco de la Nacin25 das*18-0912-10

6Publicacin de los centros de evaluacin.4 das28-1031-10

7Etapa Nacional de la Evaluacin: Aplicacin de la Prueba Nacional Clasificatoria2 das*02-1103-11

8Publicacin de resultados de la Prueba Nacional Clasificatoria1 da06-1106-11

9Etapa de Evaluacin Local:

9.1Registro y calificacin automatizados de la trayectoria profesional del postulante.15 das*06-1120-11

9.2Publicacin de los centros de evaluacin3 das06-1108-11

9.3Evaluacin: Solucin de caso.2 das*09-1110-11

10Calificacin de solucin de caso a cargo de los Comits de Evaluacin.15 das11-1129-11

11Publicacin de resultados de la etapa local1 da02-1202-12

12Remisin de lasUGELa laDRE, de la lista de profesores seleccionados1 da02-1202-12

13Remisin de lasDREal MINEDU de la lista de profesores seleccionados - informacin regional consolidada1 da03-1203-12

14Publicacin de los resultados nacionales en el portal institucional del MINEDU.1 da04-1204-12

15Presentacin de reclamos5 das05-1211-12

16Eleccin voluntaria y adjudicacin de plazas no cubiertas.3 das04-1206-12

17Publicacin de relacin de plazas adjudicadas.1 da09-1209-12

18Presentacin de documentacin sustentatoria.3 das04-1206-12

19Verificacin de documentacin por parte del Comit de Evaluacin.9 das04-1216-12

20Emisin de resoluciones de designacin.5 das17-1223-12

21Informe final del Comit de evaluacin precisando declaracin de plazas desiertas; y disolucin del Comit de Evaluacin.3 das24-1227-12

* Estos plazos se consideran en das calendario porque los postulantes pueden realizar: i) la inscripcin, ii) confirmacin, iii) registro y calificacin de la trayectoria, cualquier da de la semana.

Asimismo, la aplicacin de las evaluaciones se realizar en da sbado y domingo.

[El Peruano: 18/09/2013]

Texto copiado dehttp://www.educacionenred.com/Noticia/?portada=42870#ixzz2fTDPStc3Modifican la Directiva N 018-2013-MINEDU/VMGP-DIGEDD denominada Normas para el Concurso de Acceso a Cargos de Director y Subdirector de Instituciones Educativas Pblicas de Educacin Bsica Regular-2013

RESOLUCIN MINISTERIAL N 0460-2013-ED

Lima, 17 de setiembre de 2013

CONSIDERANDO:

Que, segn el artculo 32 de la Ley N 29944, Ley de Reforma Magisterial, y el artculo 57 de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N 004-2013-ED, el Ministerio de Educacin, en coordinacin con los gobiernos regionales, convoca a concursos para el acceso a cargos, cada dos aos, los que se implementan en forma descentralizada, de acuerdo a normas, especificaciones tcnicas y criterios de buen desempeo exigibles para cada cargo;

Que, de conformidad con la Quinta Disposicin Complementaria, Transitoria y Final de la Ley de Reforma Magisterial, en la primera convocatoria de concurso pblico para acceso a cargos de director y subdirector de instituciones educativas, podrn participar excepcionalmente profesores de la segunda escala magisterial, profesores que se encontraban en el tercer nivel de la Ley N 24029 y los profesores del segundo nivel que se encontraban encargados como directores pertenecientes a la Ley N 24029, que cumplan el tiempo de servicios y los requisitos sealados al momento de la convocatoria. Su permanencia en el cargo se sujeta a las reglas contempladas en dicha Ley;

Que, el literal b) del numeral 8.1 del artculo 8 de la Ley N 29951, Ley de Presupuesto del Sector Pblico para el Ao Fiscal 2013, prohbe el ingreso de personal en el sector pblico por servicios personales y el nombramiento, salvo en caso de nombramiento en plaza presupuestada de docentes del magisterio nacional;

Que, mediante Resolucin Ministerial N 0262-2013-ED, de fecha 29 de mayo de 2013, se ha aprobado la Directiva N 018-2013-MINEDU/VMGP-DIGEDD denominada "Normas para el Concurso de Acceso a cargos de Director y Subdirector de Instituciones Educativas Pblicas de Educacin Bsica Regular - 2013", la cual contiene los lineamientos para la organizacin, implementacin y ejecucin del citado concurso, sus etapas, instrumentos de evaluacin, y las competencias de las diversas instancias de gestin educativa descentralizada en el desarrollo del mismo; respecto de las cuales es pertinente efectuar algunas modificaciones;

Que, de conformidad con la indicada Directiva, los cargos en concurso corresponden a plazas financiadas y de naturaleza orgnica de director y subdirector de institucin educativa pblica de Educacin Bsica Regular, las cuales pertenecen al rea de Gestin Institucional;

correspondiendo al Ministerio de Educacin consolidar, aprobar y publicar la relacin de plazas orgnicas de director y subdirector puestas a concurso a nivel nacional;

y aprobar el cronograma del concurso;

Que, mediante Decreto Supremo N 227-2013-EF publicado en el Diario Oficial "El Peruano" el 14 de setiembre de 2013, se establece el monto de la Asignacin Temporal por desempeo de cargo de director y subdirector de institucin educativa pblica de Educacin Bsica y Educacin Tcnico Productiva en el marco de la Carrera Pblica Magisterial de la Ley de Reforma Magisterial;

De conformidad con el Decreto Ley N 25762, Ley Orgnica del Ministerio de Educacin, modificado por la Ley N 26510; la Ley N 29944, Ley de Reforma Magisterial y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N 004-2013-ED; el Decreto Supremo N 006-2012-ED que aprueba el Reglamento de Organizacin y Funciones (ROF) y el Cuadro para Asignacin de Personal (CAP) del Ministerio de Educacin; y el Decreto Supremo N 227-2013-EF que establece el monto de la asignacin temporal por desempeo de cargo de Director y Subdirector de institucin educativa pblica de Educacin Bsica y Educacin Tcnico Productiva;

SE RESUELVE:

Artculo 1.- Modificar los numerales 5.2.1, 6.2.2 y 6.4.4 de la Directiva N 018-2013-MINEDU/VMGPDIGEDD denominada "Normas para el Concurso de Acceso a Cargos de Director y Subdirector de Instituciones Educativas Pblicas de Educacin Bsica Regular-2013", aprobada por Resolucin Ministerial N 0262-2013-ED, en los siguientes trminos:

"5.2.1 Los cargos en concurso, corresponden a plazas orgnicas financiadas de director y subdirector de instituciones educativas pblicas de Educacin Bsica Regular, que pertenecen al rea de Gestin Institucional, hasta el lmite de quince mil (15 000) plazas.

Se exceptuar de todo el concurso a las instituciones educativas unidocentes, en convenio y fiscalizadas".

"6.2.2 En el momento de la inscripcin el postulante selecciona, de la relacin de plazas puestas a concurso, una institucin educativa y un nico cargo directivo al que postula. La institucin educativa puede estar ubicada en cualquier regin o provincia del pas. El postulante debe presentarse a una plaza directiva en una institucin del mismo nivel al que corresponde su ttulo profesional o en el nivel que acredite haberse desempeado como docente nombrado durante un perodo mnimo de diez aos, con excepcin de las instituciones educativas que integran dos o tres niveles, a cuyas plazas directivas pueden presentarse profesores de los niveles educativos correspondientes de la Educacin Bsica Regular, o que acrediten haberse desempeado como docente nombrado en el nivel correspondiente durante un perodo mnimo de diez aos. Cada postulante tiene derecho solo a una eleccin".

"6.4.4 Los reclamos debern ser presentados por los postulantes dentro de los cinco (5) das hbiles posteriores a la fecha de publicacin de los resultados finales del concurso y sern atendidos por el Comit de Evaluacin".

Artculo 2.- Incorporar un segundo prrafo al numeral 7.2 de la Directiva N 018-2013-MINEDU/VMGP-DIGEDD, el que quedar redactado de la siguiente manera:

(...)

"Asimismo, podrn participar en el concurso, los docentes que se encuentren con licencia sin goce de remuneracin con motivo de desempear los cargos de Director de Unidad de Gestin Educativa Local, y Director o Jefe de Gestin Pedaggica de la Unidad de Gestin Educativa Local o de la Direccin Regional de Educacin.

El Director de Unidad de Gestin Educativa Local que se presente como postulante al concurso objeto de esta convocatoria, se encuentra impedido de ser miembro del Comit de Evaluacin para este concurso. En ese caso deber procederse conforme a lo dispuesto en el artculo 72 del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, aprobado por el Decreto Supremo N 004-2013-ED".

Artculo 3.- Modificar el Anexo 4 "Matriz para la Valoracin de la Trayectoria Profesional" de la Directiva N 018-2013-MINEDU/VMGP-DIGEDD, el cual forma parte de la presente Resolucin, como Anexo 1.

Artculo 4.- Convocar al Concurso de Acceso a Cargos de Director y Subdirector de Instituciones Educativas Pblicas de Educacin Bsica Regular, cargos considerados directivos del rea de desempeo Gestin Institucional, correspondiente al ao 2013, el cual se llevar a cabo de conformidad con lo establecido en la Directiva N 018-2013-MINEDU/VMGP-DIGEDD y su modificatoria aprobada mediante la presente Resolucin.

Artculo 5.- Aprobar el cronograma del concurso a que se refiere el artculo precedente, el cual forma parte de la presente Resolucin como Anexo 2.

Artculo 6.- Aprobar la relacin consolidada de plazas objeto del presente concurso y disponer que la Oficina de Prensa publique la misma en el Portal Institucional del Ministerio de Educacin (www.minedu.gob.pe), en la fecha de publicacin de la presente Resolucin en el Diario Oficial El Peruano.

Artculo 7.- Las designaciones en el cargo de director o subdirector, que se efecten como resultado de este concurso pblico, tendrn vigencia a partir del 1 de enero de 2014 y un perodo de tres (3) aos, segn lo establecido en el artculo 33 de la Ley N 29944 - Ley de Reforma Magisterial. El acto resolutivo ser ingresado al Sistema de Administracin y Control de Plazas NEXUS por la respectiva instancia de gestin educativa descentralizada, bajo responsabilidad.

Artculo 8.- Disponer que la Oficina de Apoyo a la Administracin de la Educacin publique la presente Resolucin Ministerial y sus anexos, en el Sistema de Informacin Jurdica de Educacin - SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educacin (www.minedu.gob.pe).

Regstrese, comunquese y publquese.

PATRICIA SALAS O'BRIEN

Ministra de Educacin

ANEXO 1

MATRIZ PARA LA VALORACIN DE LA TRAYECTORIA PROFESIONAL

La trayectoria profesional comprende el historial profesional de los postulantes, en funcin de su formacin, mritos y experiencia laboral.

La Matriz para la Valoracin de la Trayectoria Profesional tiene por finalidad recoger la ms amplia gama de evidencias de formacin, mritos y experiencia de los postulantes al cargo de director y subdirector como medio de alentar a los profesores a involucrarse en proyectos de formacin en servicio y en diversas experiencias profesionales asociadas a las competencias exigibles a todo docente segn lo establece el Marco de Buen Desempeo Docente, sabiendo que sern valorados por el MINEDU a travs de sus diversos procesos de evaluacin.

1. Indicaciones generales

a. La trayectoria profesional se reporta a travs de tres rubros: I. Formacin acadmica y profesional, II. Mritos y III. Experiencia profesional

b. Cada rubro est desagregado en criterios. Cada criterio tiene un valor asignado. Los puntajes obtenidos por criterio en cada rubro se suman hasta el lmite de 13 puntos, que es el puntaje mximo por rubro.

c. Los puntajes totales obtenidos en cada rubro se suman hasta el lmite de 25 puntos, establecido como puntaje mximo total de la Matriz.

d. Para cada criterio la Matriz establece el nmero mximo de evidencias que puede presentar el postulante.

Ejemplo: si el postulantes tiene cinco Diplomados acreditables solo puede hacer valer hasta tres, si tiene dos Maestras no concluidas solo podr hacer valer una).

e. No se puede utilizar un mismo documento (resoluciones, producciones, certificados y otros) para acreditar ms de un criterio.

2. Indicaciones especficas

2.1. Formacin acadmica y profesional

a) Los Diplomados y capacitaciones solo asignan puntaje cuando se hayan concluido dentro de los ltimos cinco aos

b) Las segundas especializaciones, ttulos profesionales, y los postgrados son vlidas sin considerar su antigedad

c) Los ttulos profesionales y grados acadmicos asignan puntaje siempre que sea otorgados por instituciones de educacin superior reconocidas legalmente en el pas.

d) Los ttulos profesionales no pedaggicos vinculados al rea de gestin corresponden a especialidades tales como: administrador (en todas sus menciones), ciencias administrativas, contables o financieras, derecho, Ingeniera industrial, psicologa organizacional, recursos humanos, auditoria, economa, y similares

2.2. Mritos

a) Los libros y las revistas impresas para asignar puntaje debe contar con el N de registro de INDECOPI o el N de depsito legal de la Biblioteca Nacional (ISBN).

Estas especificaciones no son aplicables a los artculos en revistas electrnicas ni a los Blog personales o colectivos.

b) Las guas o manuales deben contar con la validacin de la DRE, la UGEL o la Direccin de la IE.

c) El software para asignar puntaje requiere la constancia de la Direccin General de Tecnologas Educativas (DIGETE).

d) Los reconocimientos y distinciones debern registrarse con el N de resolucin de la instancia de gestin educativa descentralizada (DRE o UGEL) de la que haya recibido el reconocimiento.

2.3. Experiencia profesional

a) Todas las experiencias profesionales deben ser de por lo menos un ao y haber sido ejercidas con anterioridad al 31 de diciembre de 2012. En el caso de experiencias desarrolladas en instituciones educativas se entiende como ao lectivo los servicios prestados de enero a marzo y en los dems casos como ao calendario.

b) Se considera innovacin educativa al conjunto de ideas, procesos y estrategias creados y sistematizados por el docente que tienen por objetivo generar un cambio en las prcticas educativas de la escuela.

c) Los cargos jerrquicos y otras experiencias que representen manejo de personas se acreditan con constancias emitidas por la autoridad de la instancia de gestin educativa descentralizada indicando la funcin y el plazo de ejecucin el cual debe ser por lo menos de un ao lectivo y anterior al 31 de diciembre de 2012.

MATRIZ PARA LA VALORACIN DE LA TRAYECTORIA PROFESIONAL

RUBROCRITERIOSPuntajeN mximo de evidencias por criterioPuntaje mximo por rubro

FORMACIN ACADMICA Y PROFESIONALEstudios y grados acadmicos

Doctorado con grado obtenido en cualquier disciplina siempre que la tesis est directamente vinculada a educacin81

Estudios doctorales concluidos sin grado61

Maestra con grado obtenido en cualquier disciplina siempre que la tesis est directamente vinculada a la educacin62

Estudios de maestra concluidos sin grado51

Ttulos y Diplomados

Ttulo de segunda especialidad en temas pedaggicos.62

Estudios de segunda especialidad concluidos sin ttulo.51

Ttulos profesionales no pedaggicos vinculados al rea de gestin.41

Estudios de segunda especialidad, maestra o doctorado inconclusos en temas de gestin educativa o pedaggica de por lo menos dos semestres.4113

Diplomados en gestin educativa o pedagoga de duracin no menor a un semestre, realizados en instituciones de educacin superior legalmente reconocidas por el Ministerio de Educacin o la Asamblea Nacional de Rectores.43

Otros ttulos profesionales no pedaggico vinculado al rea curricular de docencia del postulante21

Capacitaciones

Capacitaciones en pedagoga o gestin educativa de 200 horas a ms, acumuladas en los ltimos cinco aos, no consignadas como requisito para la postulacin41

RUBROCRITERIOSPuntajeNmero mximo de evidencias por criterioPuntaje mximo por rubro

MRITOSProduccin Intelectual

Libros sobre gestin educativa o pedagoga en autora o coautora61

Guas y/o manuales con fi nes didcticos o de gestin educativa publicados antes del 31 de diciembre de 2012.42

Artculos en revistas impresas o electrnicas dedicadas a temas educativos publicados antes del 31 de diciembre de 2012.22

Software educativo creado con fi nes pedaggicos.21

Blog personal o colectivo dedicado a temas educativos creado antes del 31 de diciembre de 201221

Reconocimientos 13

Palmas Magisteriales61

Otros premios en el campo educativo por acciones destacadas en la gestin educativa o la pedagoga, a nivel nacional y regional, que cuenten con el respaldo del Ministerio de Educacin o los Gobiernos Regionales a travs de las Direcciones Regionales de Educacin o UGEL32

Resoluciones de reconocimiento o felicitacin por acciones destacadas en gestin educativa o pedagoga otorgadas por los Gobiernos Regionales a travs de sus instancias de gestin educativa descentralizada hasta el 31 de diciembre de 201223

RUBROCRITERIOSPuntajeNmero mximo de evidencias por criterioPuntaje mximo por rubro

EXPERIENCIA PROFESIONALCargos en instituciones educativas pblicas

Cargo de director o subdirector (un punto por cada ao de gestin hasta nueve puntos)91

Cargo jerrquico32

Asesores de municipio y defensoras escolares o proyectos similares en Instituciones educativas o coordinacin de tutora. Deben estar reconocidas mediante documento emitido por la autoridad correspondiente.22

Docente (2 puntos por cada quinquenio adicional a los 10 aos de servicio establecidos como requisito).24

Otros cargos en la educacin pblica

Director de DRE o UGEL61

Director o Jefe de gestin pedaggica en DRE o UGEL51

Especialista rea de Gestin Pedaggica o de Gestin Institucional4113

Formador de docentes de EBR en servicio o experiencia como profesores de institutos pedaggicos o facultades o escuelas de educacin de las universidades ofi cialmente reconocidas en el Per.32

Jefe o coordinador de equipo de proyectos del sector educacin32

Cargos en el sector privado

Director o subdirector de instituciones educativas privadas41

Jefe o coordinador de equipo de proyecto educativos del sector privado32

Investigacin e innovacin

Conduccin de proyectos de investigacin en sector pblico o privado publicados por instituciones (impreso o digital)32

Conduccin en proyectos de innovacin educativa en sector pblico o privado publicado (impreso o digital)32

Participacin en proyectos de investigacin educativa o innovacin pedaggica en sector pblico o privado publicados (impreso o digital)12

-------------------------------------------------

PUNTAJE MAXIMO TOTAL 25

ANEXO 2

"CRONOGRAMA DEL CONCURSO DE ACCESO A CARGOS DE DIRECTOR Y SUBDIRECTOR DE INSTITUCIONES EDUCATIVAS PBLICAS DE EDUCACIN BSICA REGULAR -2013"

NCONCURSO DE ACCESO A CARGOS DIRECTIVOSDuracinComienzoFin

1Convocatoria y publicacin de plazas.1 da18-0918-09

2Conformacin de Comits de Evaluacin4 das18-0923-09

3Conformacin de Comits de Vigilancia4 das18-0923-09

4Inscripcin automatizada de postulantes25 das*18-0912-10

5Confirmacin de la inscripcin del postulante, en el Banco de la Nacin25 das*18-0912-10

6Publicacin de los centros de evaluacin.4 das28-1031-10

7Etapa Nacional de la Evaluacin: Aplicacin de la Prueba Nacional Clasificatoria2 das*02-1103-11

8Publicacin de resultados de la Prueba Nacional Clasificatoria1 da06-1106-11

9Etapa de Evaluacin Local:

9.1Registro y calificacin automatizados de la trayectoria profesional del postulante.15 das*06-1120-11

9.2Publicacin de los centros de evaluacin3 das06-1108-11

9.3Evaluacin: Solucin de caso.2 das*09-1110-11

10Calificacin de solucin de caso a cargo de los Comits de Evaluacin.15 das11-1129-11

11Publicacin de resultados de la etapa local1 da02-1202-12

12Remisin de las UGEL a la DRE, de la lista de profesores seleccionados1 da02-1202-12

13Remisin de las DRE al MINEDU de la lista de profesores seleccionados - informacin regional consolidada1 da03-1203-12

14Publicacin de los resultados nacionales en el portal institucional del MINEDU.1 da04-1204-12

15Presentacin de reclamos5 das05-1211-12

16Eleccin voluntaria y adjudicacin de plazas no cubiertas.3 das04-1206-12

17Publicacin de relacin de plazas adjudicadas.1 da09-1209-12

18Presentacin de documentacin sustentatoria.3 das04-1206-12

19Verificacin de documentacin por parte del Comit de Evaluacin.9 das04-1216-12

20Emisin de resoluciones de designacin.5 das17-1223-12

21Informe final del Comit de evaluacin precisando declaracin de plazas desiertas; y disolucin del Comit de Evaluacin.3 das24-1227-12

* Estos plazos se consideran en das calendario porque los postulantes pueden realizar: i) la inscripcin, ii) confirmacin, iii) registro y calificacin de la trayectoria, cualquier da de la semana.

Asimismo, la aplicacin de las evaluaciones se realizar en da sbado y domingo.

[El Peruano: 18/09/2013]

Texto copiado de http://www.educacionenred.com/Noticia/?portada=42870#ixzz2fTDPStc3

top related