11 ciclo laboral y previsional (2).pdf

Upload: gddrrhh5031

Post on 05-Jul-2018

222 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

  • 8/16/2019 11 Ciclo laboral y previsional (2).pdf

    1/18

    17/05/2016

    1

    Ciclo Laboral y Previsional 2016

    CP Celeste G. Gómez([email protected])

    CP/LA Melisa Gómez([email protected])

    Mar del Plata – 18 de Mayo de 2016

    Retenciones Impuesto a las Ganancias sobre rentasdel trabajo personal en relación de dependencia,

    jubilaciones, pensiones y otras rentas

    1

    Sujetos obligados a presentardeclaraciones juradas

    2

  • 8/16/2019 11 Ciclo laboral y previsional (2).pdf

    2/18

    17/05/2016

    2

    Sujetos obligados a presentar

    declaraciones juradas Impuesto a las Ganancias Artículo 1 Decreto 1344/98

    Toda persona de existencia visible, residente en el país, cuyasganancias superen las ganancias no imponibles y las deduccionespor cargas de familia, está obligada a presentar ante AFIP , unadeclaración jurada del conjunto de sus ganancias, que se establecerásumando los beneficios y deduciendo los quebrantos.

    Igual obligación rige para los responsables indicados en el inciso d)del artículo 2º de este reglamento, por las ganancias obtenidas por lassucesiones indivisas que se encuentren en las condiciones señaladasen el artículo 33 de la ley.

    3

    Sujetos obligados a presentardeclaraciones juradas Impuesto a las Ganancias

    Artículo 1 Decreto 1344/98Están exentos de la obligación de presentar declaración jurada,

    mientras no medie requerimiento de AFIP, los contribuyentes que sóloobtengan ganancias:

    b) que hubieren sufrido la retención del impuesto con carácter definitivo.

    a) provenientes del trabajo personal en relación de dependencia -incisos a), b)y c) del artículo 79 de la ley-, siempre que al pagárseles esas ganancias sehubiese retenido el impuesto correspondiente

    4

  • 8/16/2019 11 Ciclo laboral y previsional (2).pdf

    3/18

    17/05/2016

    3

    Sujetos obligados a presentardeclaraciones informativas

    Artículo 12 RG 2437/08 – Modificado por RG 3839/16

    Perciban gananciasbrutas determinadasiguales o superiores a$200.000 (antes$96.000)

    El detalle de sus bienes al 31 de diciembre decada año, valuados conforme a las normas delimpuesto sobre los bienes personales queresulten aplicables a esa fecha.

    5

    Perciban gananciasbrutas determinadasiguales o superiores a$300.000 (antes$144.000)

    El detalle de sus bienes al 31 de diciembrede cada año, valuados conforme a las normasdel impuesto sobre los bienes personales queresulten aplicables a esa fecha.

    El total de ingresos, gastos, deduccionesadmitidas y retenciones sufridas, de acuerdocon lo previsto en la LIG.

    Sujetos obligados a presentardeclaraciones informativas

    Artículo 12 RG 2437/08

    Presentación

    Aplicativo unificado denominado "GANANCIAS PERSONASFISICAS - BIENESPERSONALES“ .

    Tratándose de la obligación prevista en el punto 2. del incisob), el beneficiario de las rentas podrá optar por elaborar lainformación a transmitir mediante el servicio denominado"REGIMEN SIMPLIFICADO GANANCIAS PERSONASFISICAS“ .

    6

    VencimientoPodrán ser presentadas hasta el día 30 junio, inclusive, del

    año siguiente a aquel al cual corresponde la información que sedeclara.

  • 8/16/2019 11 Ciclo laboral y previsional (2).pdf

    4/18

  • 8/16/2019 11 Ciclo laboral y previsional (2).pdf

    5/18

    17/05/2016

    5

    Presentación de declaraciones juradasinformativas

    Régimen simplificadoGanancias Personas Físicas

    9

    Régimen simplificado Ganancias

    10

  • 8/16/2019 11 Ciclo laboral y previsional (2).pdf

    6/18

    17/05/2016

    6

    Régimen simplificado Ganancias

    11

    Régimen simplificado Ganancias

    12

  • 8/16/2019 11 Ciclo laboral y previsional (2).pdf

    7/18

    17/05/2016

    7

    Régimen simplificado Ganancias

    13

    Régimen simplificado Ganancias

    14

  • 8/16/2019 11 Ciclo laboral y previsional (2).pdf

    8/18

  • 8/16/2019 11 Ciclo laboral y previsional (2).pdf

    9/18

    17/05/2016

    9

    Régimen simplificado Ganancias

    17

    Régimen simplificado Ganancias

    18

  • 8/16/2019 11 Ciclo laboral y previsional (2).pdf

    10/18

    17/05/2016

    10

    Novedades RG 2437/08

    Modificaciones introducidaspor la RG 3839/16

    19

    RG 2437 - Modificaciones introducidas por la RG 3839

    Se incrementan a partir de la declaración jurada del año2015 los importes a partir de los cuales los beneficiaros debenpresentar las declaraciones juradas.

    Se incorporan como deducciones computables a los fines dedeterminar la retención correspondiente, los aportes a las cajasde previsión para profesionales como así también los aportespara cajas complementarias de previsión, fondoscompensadores, y todo otro aporte que se destine a unaprestación de índole previsional que resulte obligatorio para el

    beneficiario de las rentas. Vigencia: desde 23/03/2016.20

  • 8/16/2019 11 Ciclo laboral y previsional (2).pdf

    11/18

    17/05/2016

    11

    RG 2437 - Modificaciones introducidas por la RG 3839

    Se crea la "Liquidación de impuesto a las ganancias 4ªcategoría relación de dependencia" en reemplazo del F 649 oplanilla efectuada al efecto.Vigencia:-Para las liquidaciones anuales: aplicable a las liquidacionescorrespondientes a los períodos fiscales 2015 y siguientes .Con carácter de excepción y únicamente con relación a las

    liquidaciones anuales del 2015, podrán practicar las mismasutilizando la “Liquidación de Impuesto a las Ganancias - 4ta.Categoría Relación de Dependencia”, o el Formulario F. 649 ofacsímil del mismo, o planillados confeccionados manualmenteo por sistemas computadorizados.- Para liquidaciones finales: aplicable a todas aquellas que sepractiquen a partir del 23/03/2016. 21

    Novedades en materia de deduccionespersonales

    22

  • 8/16/2019 11 Ciclo laboral y previsional (2).pdf

    12/18

    17/05/2016

    12

    Deducciones personales periodo fiscal 2015

    Normativa aplicable:

    Ley del Impuesto a las Ganancias y su decretoreglamentario.

    Decreto 1242/13. Complementado con RG 3525/13.

    RG 3770/15.Decreto 152/15.

    23

    Deducciones personales periodo fiscal 2016

    Normativa aplicable:

    Decreto 394/16

    RG 3831/16

    24

  • 8/16/2019 11 Ciclo laboral y previsional (2).pdf

    13/18

  • 8/16/2019 11 Ciclo laboral y previsional (2).pdf

    14/18

    17/05/2016

    14

    Deducciones personales periodo fiscal 2016

    27

    Ganancia no imponible $42.318,00

    Cónyuge $39.778

    2 hijos $19.889 x 2 = $39.778

    Deducción especial $203.126,40

    Total deducciones $325.000,40

    Remuneración netamensual a partir de la

    cual soporta retenciones325.000,40/13 = $25.000,03

    Casado con 2 hijos:

    Decreto 394/16 - Aplicación

    Sus modificaciones tienen efecto desde el 01/01/2016.

    S/ RG 3831:Devolución de las retenciones practicadas en exceso sobre

    las rentas percibidas en enero y febrero: deberá ser efectuadaal realizarse la primera liquidación posterior a la fecha depublicación de la RG 3831/16 (25/02/2016).

    Las retenciones que deban practicarse por las rentas deenero y febrero del 2016, a los sujetos alcanzados por elimpuesto a raíz de la derogación del Decreto N ° 1242, deberánefectuarse en cuotas mensuales e iguales hasta la finalizaciónde dicho período, a partir de la primera liquidación posterior al25/02/2016.

    28

  • 8/16/2019 11 Ciclo laboral y previsional (2).pdf

    15/18

    17/05/2016

    15

    Determinación del monto a reteneren concepto de Impuesto a lasGanancias en cada liquidación

    RG 2437/2008

    29

    RG 2437/2008 – Artículo 7

    A.1) Determinación de laganancia neta del mes :

    30

    Ganancia bruta del mes + Ganancia no habitual de meses anterioresMENOS

    Deducciones admitidas en s/ Anexo III

    A.2) Determinación de laganancia neta acumulada :

    Ganancia neta del mes (punto A1)MÁS

    Ganancias netas de meses anteriores dentro del mismo periodo fiscal

  • 8/16/2019 11 Ciclo laboral y previsional (2).pdf

    16/18

    17/05/2016

    16

    RG 2437/2008 –

    Artículo 7

    B) Determinación de laganancia neta sujeta a impuesto :

    31

    Ganancia neta acumulada (punto A2)MENOS

    Deducciones personales hasta la suma acumulada, según las tablasprevistas en el Apartado A del Anexo IV para el mes del pago

    C) Determinación del importe a retener :

    Sobre la Ganancia neta sujeta a impuesto (punto B)Se aplica:

    Escala Art. 90 LIG – según tabla del Apartado B del Anexo IV,acumulada para el mes en el que se efectúe el pago.

    C. 1

    RG 2437/2008 – Artículo 7

    C) Determinación del importe a retener : :

    32

    Resultado del punto C.1MENOS

    Importes que de acuerdo con las normas que los establezcan,puedan computarse a cuenta del respectivo impuesto

    Resultado del punto C.2MENOS

    Retenciones anteriores dentro del mismo periodo fiscalMÁS

    Retenciones reintegradas dentro del mismo periodo fiscal

    C. 2

    C. 3

  • 8/16/2019 11 Ciclo laboral y previsional (2).pdf

    17/18

    17/05/2016

    17

    RG 2437/2008 –

    Artículo 7

    Del procedimiento descripto surgirá:

    33

    Importe a retener

    Importe a reintegrar

    OJO! Límite : Nopodrá ser superioral monto queresulte de aplicarla alícuotamáxima delgravamen, vigentea la fecha de laretención, sobre laremuneraciónbrutacorrespondiente alpago de que setrate

    o

    Debe estarconsignado en elrespectivo recibode sueldoindicando entodos los casos elperíodo fiscal alque correspondeel mismo.

    Otras cuestiones a tener en cuenta

    34

  • 8/16/2019 11 Ciclo laboral y previsional (2).pdf

    18/18

    17/05/2016

    Otras cuestiones a tener en cuentaSiradig F.572 Web – RG 3418. Obligaciones para empleados

    y para empleadores.

    Artículo 100 de la ley del Impuesto a las Ganancias.

    35

    MUCHAS GRACIAS!!!

    36Mar del Plata – 18 de Mayo de 2016

    CP Celeste G. Gómez([email protected])

    CP/LA Melisa Gómez([email protected])