ref.: expediente enre n° 46.624/2016portalweb.cammesa.com/documentos...

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( EXll: :-lAClOI'\.U. REGti...ADOR Dt U ELECTR.IClDAD i(,"ciA.CoNTRATOS Y NORMATIVA \ 1 - - 1 \ CAMMESA Señores CAMMESA .. 20 17 -Año de las Energías Reno\·ables·· Nota .( 2 4 1 1O FE8 Z017 BUENOS AIRES, Ref.: Expediente ENRE N° 46.624/2016 Por medio de la presente se remite copia de la Resolución ENRE N° 93/2017 a efectos de su notificación. Queda Usted notificado.

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( EXll: :-lAClOI'\.U. REGti...ADOR

Dt U ELECTR.IClDAD

i(,"ciA.CoNTRATOS Y NORMATIVA \

1 - -1 ~FEB. 20~ \ CAMMESA

Señores CAMMESA

.. 2017 -Año de las Energías Reno\·ables··

Nota f~RE .( 2 4 6~ 1

1 O FE8 Z017 BUENOS AIRES,

Ref.: Expediente ENRE N° 46.624/2016

Por medio de la presente se remite copia de la Resolución ENRE N° 93/2017 a efectos de su notificación. Queda Usted notificado.

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~ .. 20 17 - Año de ta$ Enét¡ías Renovables''

El\ 'TE NACIONALIU:GtlLADOR DI LA 'EUCTRJCJDAD

BUENOS AIRES, 9 DE FEBRERO DE 2017

VISTO el Expediente del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA

ELECTRICIDAD (ENRE) W 46.624/2016, y

CONSIDERANDO:

Que en el Expediente del Visto, mediante Nota W 212/16 (Nota de Entrada W

230.656) la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGIA ELtCTRICA POR DISTRIBUCIÓN

TRONCAL DEL NOROESTE ARGENTINO SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSNOA S.A.), ante el

requerimiento de la EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ELECTRICIDAD DE SANTIAGO DEL

ESTERO SOCIEDAD ANÓNIMA (EDESE S.A.) solicitó al ENRE la emisión del Certificado de

Conveniencia y Necesidad Pública para la realización de la Ampliación del Sistema de

Transporte por Distribución Troncal consistente en: i) la construcción de la nueva Estación

Transformadora (ET) PRIMERA JUNTA 132/13.2 kV- 3 x 30 MVA; ii) nueva ET LIBERTAD

132/13.2 kV- 1 x 30 MVA; iii) Linea Alta Tensión (LAT) 132 kV Santiago-Primera Junta; iv)

Línea en Alta Tensión (LAT) 132 kV que une la ET Primera Junta hasta la intersección con el

Cable Armado Subterráneo (CAS) 132 kV; v) CAS de 132 kV desde el punto de transición de

lfnea a cable hasta la ET LIBERTAD y vi) CAS 132 kV Libertad-Santiago Este.

Que de acuerdo con lo manifestado por EDESE S.A., estas obras obedecen a la

necesidad de distribuir las actuales demandas del área metropolitana de la Ciudad de

SANTIAGO DEL ESTERO aliviando la carga de los vínculos y las ET más solicitadas en dicha

área.

Que posibilitará cerrar un anillo en 132 kV que atravesará la zona central de la

ciudad capital mejorando los niveles de confiabilidad en el abastecimiento.

,1u& Que corresponde encuadrar la solicitud en los términos del Título 11 - Contrato

~~~entre Partes del Reglamento de Acceso a la Capacidad de Transporte y Ampliación del Sistema

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oaw 17 - • .1\.iio de las Energías. Renovabies"

C\"'l: NACIONALREGVI.ADOR DI LA. ELECIRJCD.U>

de Transporte de Energfa Eléctrica del Anexo 16 de Los Procedimientos para la Programación

de la Operación, el Despacho de Cargas y el Cálculo de Precios aprobados por Resolución Ex-

SEE W 61/1992 y sus modificatorias (LOS PROCEDIMIENTOS).

Que las obras constan de la instalación de una LATen 132 KV, simple terna de

AI/Ac 300/50 mm2 entre la ET SANTIAGO 500/132 KV y la ET PRIMERA JUNTA de

aproximadamente NUEVE (9) Kilómetros de longitud.

Que se instalará la ET PRIMERA JUNTA de 132/13,2 KV con sus

correspondientes transformadores de potencia de 3 x 30/30 MVA de 132/13,2 KV, TRES (3)

reactores de Neutro y Transformador de servicios auxiliares, DOS (2) Campos de Entrada en

132 kV - De ET 500/132 KV SANTIAGO y de ET LIBERTAD, TRES (3) Campos de

Transformador en 132 kV (completos}, DIECISIETE (17) celdas de 13,2 kV- TRES (3) entradas

de Transformadores, DOS (2) de acoplamiento longitudinal y DOCE (12) de salidas de

distribuidores- y demás provisión de equipos, materiales, montaje, conexionado y mano de obra,

sistema de comunicaciones SCOM y telecontrol SOTR, Teleprotecciones y SMEC.

Que se instalará una LATen 132 KV, simple tema de AI/Ac 300/50 mm2 entre la

ET PRIMERA JUNTA y el punto de transición de Aéreo a Subterráneo ubicado sobre la Avenida

Colón y Ex Ferrocarril Belgrano de aproximadamente UN KILÓMETRO Y OCHOCIENTOS

METROS (1 ,8 Km) de longitud.

Que se instalará un CASen Alta Tensión (AT) en 132 KV, de 400 mm2- Cu entre

el punto de transición de Aéreo a Subterráneo ubicado sobre la Avenida Colón y Ex Ferrocarril

Belgrano y la ET LIBERTAD, de aproximadamente TRESCIENTOS METROS (0,3 Km) de

longitud.

Que se instalará UNA (1) ET LIBERTAD de 132/13,2 KV con su correspondiente

Transformador de potencia de 30/30 MVA de 132/13,2 KV, UN (1) reactor de Neutro y

Í ·~Transformador de servicios auxilia res, DOS (2) Campos de Entrada en 132 KV~ de ET PR 1M ERA

Jtp-JUNTA y de ET SANTIAGO ESTE, UN (1 ) Campo de Transformador en 132 kV (completo),

~ 2

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~ O "TE NACIOl\ALREGUI..\DOil

DI LA ELECIRJCIDAD

.. 2017.., Año de IÚ Enérgías.Renovabt~·

SIETE (7) celdas de 13,2 kV - UNA (1) entrada de Transformador y SEIS (6) de salidas de

distribuidores- y demás provisión de equipos, materiales, montaje, conexionado y mano de obra,

sistema de comunicaciones SCOM y telecontrol SOTR, Teleprotecciones y SMEC.

Que se instalará un CAS en ATen 132 KV de Cu- 400 mm2 de sección nominal

entre la ET LIBERTAD y la ET SANTIAGO ESTE de aproximadamente DOS KILÓMETROS Y

CUATROCIENTOS METROS (2,4 km) de longitud.

Que TRANSNOA S.A. mediante Nota W 212/2016 hace notar que los estudios

de flujo de carga en condición N muestran un adecuado comportamiento del sistema

descargando la LA T 132kV Santiago-Santiago Sur debida a la redistribución de demandas en

las nuevas Estaciones Transformadoras (EETI).

Que los estudios de contingencias N-1 manifiestan la necesidad de implementar

automatismo de desconexión de demanda para evitar sobrecargas que conduzcan a salidas en

cascada o caídas de tensión inadmisibles para el sistema.

Que el diseño en detalle de los automatismos necesarios (relés de mínima

tensión y lógicas de Desconexión Automática de Demanda por sobre corriente) deberá

presentarse en los Estudios de Etapa 11, procediéndose a la implementación de los mismos antes

de la puesta en servicio de las nuevas instalaciones.

Que los resultados de los estudios de cortocircuito, advierten la necesidad de

operación en barras separadas en Media Tensión (MT), en algunos escenarios de alto despacho

de generación, caso contrario, deberá procederse al reemplazo de los interruptores cuya

capacidad de ruptura se ven comprometidos.

Que TRANSNOA S.A. considera factible la ejecución de la ampliación de

referencia ya que contribuye a: i) La satisfacción del crecimiento de demanda en el área; ii) La

provisión de abastecimiento de acuerdo a los criterios de calidad de servicio vigentes; iii) La

redistribución de demanda de las EETI del área metropolitana de Santiago y iv) La disminución

del intercambio en el vínculo Santiago - Santiago Sur.

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t .. 2017 .., Aíio de.ta.S Enérgías Renovabl~

L''TEN.ACIONALREGUL.\DOB.. DE LAELE.CIRICIDAD

Que se deberán contemplar las necesidades de equipamiento y restricciones

operativas informadas.

Que mediante Nota B-108454-1 (Nota de Entrada W 235.491) la COMPAÑIA

ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA

(CAMMESA) emite su opinión respecto de la solicitud presentada, manifestando que esta nueva

obra permitirá redistribuir las demandas existentes, contribuyendo a mejorar la prestación del

servicio en la zona de influencia de la misma.

Que los estudios eléctricos presentados por el solicitante, indican que en algunos

escenarios con elevados despachos de generación local y con las obras solicitadas en servicio,

se podrían superar las capacidades admisibles de cortocircuito de determinados equipamientos

prexistentes.

Que en los casos que se presenten estas sobre solicitaciones, los mencionados

estudios advierten sobre la necesidad de operar con barras de 33 kV y 13,2 kV separadas en las

ET LA BANDA y ET SANTIAGO CENTRO y/o abrir en algún punto el nuevo vínculo Santiago-

Primera Junta-Libertad-Santiago Este.

Que el Transportista da su opinión favorable para continuar con el trámite de

acceso de esta obra y considera que la misma permite mejorar las condiciones de

abastecimiento actuales siempre y cuando se contemplen las restricciones operativas

mencionadas precedentemente.

Que se requiere que, como parte de la Ampliación, TRANSNOA S.A. acuerde

con el solicitante la instalación y/o adecuación de los sistemas de protecciones y recierres

existentes para compatibilizarlos con la nueva configuración eléctrica de la red.

Que es necesario que el solicitante analice e incorpore automatismos de

Desconexión Automática de Demanda (DAD) y/o por minima tensión ante perturbaciones en los

(. 1 transformadores de las nuevas EETT o en lineas de 132 kV en el área de influencia de la

~{)W Á Ampliación que puedan provocar sobrecargas de equipamiento y/o fuertes caídas de tensión, a 1

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~ .. 20 17 - Año de la.S E.Ílergías Reno va bies"

E:\ 'TI: NAC104'iAL R.ECUL.\DOB. DI LA IL'ECI'RJCIDAD

fin de permitir la continuidad del abastecimiento, aunque sea parcial de la demanda del área

involucrada por la contingencia.

Que los ajustes de estos automatismos tendrán que ser coordinados entre

TRANSNOA S.A. y EDESE S.A.

Que el solicitante deberá presentar ante CAMMESA la información necesaria

para conformar la base de datos eléctricos del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM). Los datos a

considerar deben tener en cuenta parámetros eléctricos del equipamiento a ingresar,

(transformadores, interruptores, esquemas unifilares, etcétera) que formen parte de la

Ampliación solicitada.

Que teniendo en cuenta la opinión de TRANSNOA S.A., CAMMESA opina que la

solicitud es factible desde el punto de vista técnico, debiendo cumplirse con los requerimientos

mencionados en la presente.

Que el Departamento Ambiental (D.AMB.) del ENRE, mediante Memorándum

D.AMB. N" 285/2016 manifiesta que analizada la documentación presentada y en función de lo

estipulado por las Resoluciones ENRE W 122/2014 y N" 27 4/2015, no se advierten cuestiones

que deban ser observadas.

Que una vez finalizadas las obras, TRANSNOA S.A. deberá proceder a realizar

los ajustes a su Sistema de Gestión Ambiental incorporando las nuevas instalaciones y

realizando los monitoreos de campos electromagnéticos para verificar el cumplimiento de los

estándares fijados por la Resolución de la EX SECRETARIA DE ENERGIA (SE) W 77/1998

incluyendo los generados sobre las fosas de empalme y puntos de transición (LA T- CAS).

Que al momento de solicitar la afectación a Servidumbre Administrativa de

Electroducto (SAE) la Transportista deberá presentar el georreferenciamiento de las trazas de

los Electroductos (LA T y CAS) aprobada por la autoridad provincial correspondiente.

~ Que mediante Informe Técnico N" 3.946/2016, el Departamento de Seguridad

r Pública (DSP) del ENRE manifiesta que acerca de las obras solicitadas por la Transportista,

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.. 2017 -Año de ta5 Energíis Renovabl~ .

)!

L'\"TJ: NAClONALREGm.ADOR DE LA ELECIIUCJDAD

desde el punto de vista de la Seguridad Pública no se advierten cuestiones que deban ser

observadas, siempre y cuando las instalaciones involucradas en las mismas cumplan con las

Resoluciones ENRE W 37/2010, W 400/2011 , No 163/2013, W 129/2009 y W 190/2012.

Que por Resolución W 1.14 7 del MINISTERIO DEL AGUA Y MEDIO AMBIENTE

de la Provincia de SANTIAGO DEL ESTERO se otorga el Certificado de Aptitud Ambiental al

proyecto "Linea de 132 kV ET 500/162 kV Santiago-ET Primera Junta-ET Libertad-ET Santiago

Este" con vencimiento el? de octubre del año 2017.

Que de las constancias obrantes en el Expediente se desprende que se ha dado

cumplimiento con los requisitos establecidos en LOS PROCEDIMIENTOS y en el Reglamento

para las Ampliaciones de los Sistemas Eléctricos aprobado por Resolución ENRE W 122/2014

y se ha verificado que la Ampliación es beneficiosa para el Sistema.

Que de acuerdo con el referido Reglamento, corresponde publicar la solicitud en

el portal de internet del ENRE y solicitar a CAMMESA que haga lo propio durante CINCO (5)

días; asimismo se deberá publicar por DOS (2) días en un diario de amplia difusión del lugar

donde la obra se va a realizar o pueda afectar eléctricamente y otorgar un plazo de DIEZ (1 O)

días hábiles administrativos desde la última publicación para que, quien considere que la obra

pueda afectarlo en cuanto a las prestaciones eléctricas recibidas o sus intereses económicos,

plantee su oposición fundada por escrito ante el ENRE.

Que TRANSNOA S.A. y EDESE S.A. deberán dar estricto cumplimiento a la

normativa de "Compre Trabajo Argentino", establecida por la Ley W 25.551 y su Decreto

Reglamentario W 1.600/2002, como asr también a la Resolución ENRE W 302/2003 del 11 de

septiembre de 2003, corregida en su Anexo por la Resolución ENRE W 378/2003.

Que corresponde publicar la solicitud para la emisión del Certificado de

L)f Conveniencia y Necesidad Pública para la obra consistente en la construcción de la nueva ET

(J. PRIMERA JUNTA 132/13.2 kV - 3 x 30 MVA; nueva ET LIBERTAD 132/13.2 kV -1 x 30 MVA;

¿ r LAT 132 kV Santiago-Primera Junta; LAT 132 kV entre la ET PRIMERA JUNTA hasta

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~ D -rt: SACIO~REGVL.\DOR

DILA.El.E.CilUCIDAD

""2017- Año de .laS Energías. Renovables''

intersección CAS 132 kV; CAS de 132 kV desde el punto de transición de lfnea a cable hasta la

ET LIBERTAD y CAS 132 kV Libertad-Santiago Este, en la Provincia de SANTIAGO DEL

ESTERO.

Que se ha emitido el correspondiente Dictamen Legal conforme lo requerido por

el Inciso d) del Artículo 7 de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos W 19.549.

Que el Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

es competente para el dictado de la presente Resolución en virtud de lo dispuesto en los Artículos

11, 56 Incisos a) y j) y 63 Incisos a) y g) de la Ley W 24.065.

Por ello,

EL DIRECTORIO DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD RESUELVE:

ARTICULO 1.- Dar a publicidad el pedido de otorgamiento del Certificado de Conveniencia y

Necesidad Pública para la solicitud de Ampliación de la Capacidad de Transporte existente

presentada por la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGfA EL~CTRICA POR

DISTRIBUCIÓN TRONCAL DEL NOROESTE ARGENTINO SOCIEDAD ANÓNIMA

(TRANSNOA S.A.), a requerimiento de la EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ELECTRICIDAD DE

SANTIAGO DEL ESTERO SOCIEDAD ANÓNIMA (E DESE S.A.) para las obras consistentes en:

i) la construcción de la nueva Estación Transformadora (ET} PRIMERA JUNTA 132/13.2 kV- 3

x 30 MVA; ii) nueva ET LIBERTAD 132/13.2 kV- 1 x 30 MVA; iii) Unea de Alta Tensión (LAT)

132 kV Santiago-Primera Junta; iv) LAT 132 kV ET PRIMERA JUNTA hasta intersección CAS

132 kV; v) CAS de 132 kV desde el punto de transición de línea a cable hasta la ET LIBERTAD

y vi) CAS 132 kV Libertad-Santiago Este.

~ ARTICULO 2.- Publicar dicha solicitud mediante un AVISO en la página web del ENRE y solicitar

' '( ~ a la COMPAI'liA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA EL~CTRICO SOCIEDAD

JfrANÓNIMA (CAMMESA) que haga lo propio, por el plazo de CINCO (5) dlas; también se publicará

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~ f:\"''l:NACIONALREGUL.\DOR

])ELAD.E.ClRJCIDAD

"20 17 - Año de lu Energías Renovables"

por DOS (2) días en un diario de amplia difusión del lugar en que la obra vaya a realizarse o

pueda afectar eléctricamente, advirtiéndose en dichas publicaciones que se otorga un plazo de

DIEZ (10) días hábiles administrativos desde la última publicación para que, quien considere que

la obra pueda afectarlo en cuanto a las prestaciones eléctricas recibidas o sus intereses

económicos, plantee su oposición fundada por escrito ante el Ente.

ARTICULO 3.- Disponer que, en caso de que no hubiera ninguna presentación fundada, vencido

el plazo señalado, se considerará emitido el Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública

para la Ampliación referidas en el Artículo 1 de la presente Resolución.

ARTICULO 4.- Establecer que en caso de que existan presentaciones fundadas comunes entre

distintos usuarios se convocará a Audiencia Pública para analizarlas, recibir las oposiciones y

permitir a TRANSNOA S.A. contestar las mismas y exponer sus argumentos.

ARTICULO 5.- El Solicitante deberá incorporar en la Ampliación solicitada todas las

observaciones presentadas por CAMMESA y TRANSNOA S.A. a efectos de garantizar el

funcionamiento del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM).

ARTICULO 6.- Notificar a TRANSNOA S.A., a EDESE S.A., y a CAMMESA.

ARTICULO 7.- Regístrese, comunfquese, publíquese en extracto, dése a la Dirección Nacional

del Registro Oficial y archívese.

o C)3/2017

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..

L'\11: ~ActO;'\Al.JU:Ct..UDOR DI: LA D..E.CTRJctDAD

· GCiACoNTRA ros ~1A.Ti"VA l r-

1 ¡_ 1 5 FEB. 2017 -· CA M MESA ----

ACAMMESA

De m1 consideración:

··2017- A.ño de las Energías Renovables"

Nota éNRf ~ z lf618

BUENOS AIRES, 13 FEB 2017

Ref. Resolución ENRE W 93/2017

Expediente ENRE W 46.624/2016

Me dirijo a ustedes a fin de solicitarles la publicación en su página WEB (MEMNet)

por el término de CINCO (5) días, del aviso que adjunto a la presente y corresponde al pedido de

otorgamiento del Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública para la solicitud de Ampliación

de la Capacidad de Transporte existente presentada por la EMPRESA DE TRANSPORTE DE

ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DEL NOROESTE ARGENTINO

SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSNOA S.A.), a requerimiento de la EMPRESA DISTRIBUIDORA DE

ELECTRICIDAD DE SANTIAGO DEL ESTERO SOCIEDAD ANÓNIMA (EDESE S.A.) para las obras

consistentes en: i) la construcción de la nueva Estación Transformadora (ET) PRIMERA JUNTA

132/13.2 kV- 3 x 30 MVA; ii) nueva ET LIBERTAD 132/13.2 kV - 1 x 30 MVA; iii) Linea de Alta

Tensión (LAT) 132 kV Santiago-Primera Junta; iv) LAT 132 kV ET PRIMERA JUNTA hasta

intersección CAS 132 kV; v) CAS de 132 kV desde el punto de transición de línea a cable hasta la

ET LIBERTAD y vi) CAS 132 kV Libertad-Santiago Este.

La publicación solicitada se realizará asimismo en la página web del ENRE con el

fin de que su contenido se encuentre a disposición de los distintos agentes del MEM.

Muy atentamente.

Jiilf~(} ENTE NACIONAl REGULADOR Of lA ELECTRICIDAD

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:

..

E.'l.·n: ~AClO:S :U. JU:ct.'l...ADOR DI: U.D.E.CTRJCID.U>

AVISO

..2017- Año de las Energías Reno\·ables··

RESOLUCION ENRE No 93/2017; EXPEDIENTE ENRE N° 46.624/2016

CERTIFICADO DE CONVENIENCIA Y NECESIDAD PÚBLICA.

Por Resolución ENRE W 93/2017 dictada en el Expediente ENRE W 46.624/2016, el

Directorio del ENRE resuelve dar a publicidad el pedido de otorgamiento del Certificado de

Conveniencia y Necesidad Pública para la solicitud de Ampliación de la Capacidad de

Transporte existente presentada por la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGIA

ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DEL NOROESTE ARGENTINO SOCIEDAD

ANÓNIMA (TRANSNOA S.A.), a requerimiento de la EMPRESA DISTRIBUIDORA DE

ELECTRICIDAD DE SANTIAGO DEL ESTERO SOCIEDAD ANÓNIMA (EDESE S.A.) para

las obras consistentes en: i) la construcción de la nueva Estación Transformadora (ET)

PRIMERA JUNTA 132/13.2 kV- 3 x 30 MVA; ii) nueva ET LIBERTAD 132/13.2 kV- 1 x 30

MVA; iii) Línea de Alta Tensión (LAT) 132 kV Santiago-Primera Junta; iv) LAT 132 kV ET

PRIMERA JUNTA hasta intersección CAS 132 kV; v) CAS de 132 kV desde el punto de

transición de línea a cable hasta la ET LIBERTAD y vi) CAS 132 kV Libertad-Santiago Este.

La difusión de este pedido se extiende por el plazo de CINCO (5) días en los portales de

Internet del ENRE y de CAMMESA, y por DOS (2) días en un diario de amplia difusión del

lugar donde la obra se va a realizar, o pueda afectar eléctricamente, otorgando un plazo de

DIEZ {1 O) días desde la última publicación para que quien considere que la obra pueda

afectarlo en cuanto a las prestaciones eléctricas recibidas o sus intereses económicos,

plantee su oposición fundada por escrito ante el ENRE. De registrarse oposición común a

varios usuarios, se convocará a Audiencia Pública, a fin de permitir al solicitante del

Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública contestar las mismas y exponer sus

argumentos. En caso de que no hubiera ninguna presentación fundada, vencido el plazo

señalado, se considerará emitido el Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública para

la obra referida.

El Expediente ENRE No 46.624/2016 podrá consultarse en Avenida Madero 1020, go piso,

p de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.