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Señores CAMMESA
.. 2017 -Año de las Energías Reno\·ables··
Nota f~RE .( 2 4 6~ 1
1 O FE8 Z017 BUENOS AIRES,
Ref.: Expediente ENRE N° 46.624/2016
Por medio de la presente se remite copia de la Resolución ENRE N° 93/2017 a efectos de su notificación. Queda Usted notificado.
~ .. 20 17 - Año de ta$ Enét¡ías Renovables''
El\ 'TE NACIONALIU:GtlLADOR DI LA 'EUCTRJCJDAD
BUENOS AIRES, 9 DE FEBRERO DE 2017
VISTO el Expediente del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA
ELECTRICIDAD (ENRE) W 46.624/2016, y
CONSIDERANDO:
Que en el Expediente del Visto, mediante Nota W 212/16 (Nota de Entrada W
230.656) la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGIA ELtCTRICA POR DISTRIBUCIÓN
TRONCAL DEL NOROESTE ARGENTINO SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSNOA S.A.), ante el
requerimiento de la EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ELECTRICIDAD DE SANTIAGO DEL
ESTERO SOCIEDAD ANÓNIMA (EDESE S.A.) solicitó al ENRE la emisión del Certificado de
Conveniencia y Necesidad Pública para la realización de la Ampliación del Sistema de
Transporte por Distribución Troncal consistente en: i) la construcción de la nueva Estación
Transformadora (ET) PRIMERA JUNTA 132/13.2 kV- 3 x 30 MVA; ii) nueva ET LIBERTAD
132/13.2 kV- 1 x 30 MVA; iii) Linea Alta Tensión (LAT) 132 kV Santiago-Primera Junta; iv)
Línea en Alta Tensión (LAT) 132 kV que une la ET Primera Junta hasta la intersección con el
Cable Armado Subterráneo (CAS) 132 kV; v) CAS de 132 kV desde el punto de transición de
lfnea a cable hasta la ET LIBERTAD y vi) CAS 132 kV Libertad-Santiago Este.
Que de acuerdo con lo manifestado por EDESE S.A., estas obras obedecen a la
necesidad de distribuir las actuales demandas del área metropolitana de la Ciudad de
SANTIAGO DEL ESTERO aliviando la carga de los vínculos y las ET más solicitadas en dicha
área.
Que posibilitará cerrar un anillo en 132 kV que atravesará la zona central de la
ciudad capital mejorando los niveles de confiabilidad en el abastecimiento.
,1u& Que corresponde encuadrar la solicitud en los términos del Título 11 - Contrato
~~~entre Partes del Reglamento de Acceso a la Capacidad de Transporte y Ampliación del Sistema
oaw 17 - • .1\.iio de las Energías. Renovabies"
C\"'l: NACIONALREGVI.ADOR DI LA. ELECIRJCD.U>
de Transporte de Energfa Eléctrica del Anexo 16 de Los Procedimientos para la Programación
de la Operación, el Despacho de Cargas y el Cálculo de Precios aprobados por Resolución Ex-
SEE W 61/1992 y sus modificatorias (LOS PROCEDIMIENTOS).
Que las obras constan de la instalación de una LATen 132 KV, simple terna de
AI/Ac 300/50 mm2 entre la ET SANTIAGO 500/132 KV y la ET PRIMERA JUNTA de
aproximadamente NUEVE (9) Kilómetros de longitud.
Que se instalará la ET PRIMERA JUNTA de 132/13,2 KV con sus
correspondientes transformadores de potencia de 3 x 30/30 MVA de 132/13,2 KV, TRES (3)
reactores de Neutro y Transformador de servicios auxiliares, DOS (2) Campos de Entrada en
132 kV - De ET 500/132 KV SANTIAGO y de ET LIBERTAD, TRES (3) Campos de
Transformador en 132 kV (completos}, DIECISIETE (17) celdas de 13,2 kV- TRES (3) entradas
de Transformadores, DOS (2) de acoplamiento longitudinal y DOCE (12) de salidas de
distribuidores- y demás provisión de equipos, materiales, montaje, conexionado y mano de obra,
sistema de comunicaciones SCOM y telecontrol SOTR, Teleprotecciones y SMEC.
Que se instalará una LATen 132 KV, simple tema de AI/Ac 300/50 mm2 entre la
ET PRIMERA JUNTA y el punto de transición de Aéreo a Subterráneo ubicado sobre la Avenida
Colón y Ex Ferrocarril Belgrano de aproximadamente UN KILÓMETRO Y OCHOCIENTOS
METROS (1 ,8 Km) de longitud.
Que se instalará un CASen Alta Tensión (AT) en 132 KV, de 400 mm2- Cu entre
el punto de transición de Aéreo a Subterráneo ubicado sobre la Avenida Colón y Ex Ferrocarril
Belgrano y la ET LIBERTAD, de aproximadamente TRESCIENTOS METROS (0,3 Km) de
longitud.
Que se instalará UNA (1) ET LIBERTAD de 132/13,2 KV con su correspondiente
Transformador de potencia de 30/30 MVA de 132/13,2 KV, UN (1) reactor de Neutro y
Í ·~Transformador de servicios auxilia res, DOS (2) Campos de Entrada en 132 KV~ de ET PR 1M ERA
Jtp-JUNTA y de ET SANTIAGO ESTE, UN (1 ) Campo de Transformador en 132 kV (completo),
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DI LA ELECIRJCIDAD
.. 2017.., Año de IÚ Enérgías.Renovabt~·
SIETE (7) celdas de 13,2 kV - UNA (1) entrada de Transformador y SEIS (6) de salidas de
distribuidores- y demás provisión de equipos, materiales, montaje, conexionado y mano de obra,
sistema de comunicaciones SCOM y telecontrol SOTR, Teleprotecciones y SMEC.
Que se instalará un CAS en ATen 132 KV de Cu- 400 mm2 de sección nominal
entre la ET LIBERTAD y la ET SANTIAGO ESTE de aproximadamente DOS KILÓMETROS Y
CUATROCIENTOS METROS (2,4 km) de longitud.
Que TRANSNOA S.A. mediante Nota W 212/2016 hace notar que los estudios
de flujo de carga en condición N muestran un adecuado comportamiento del sistema
descargando la LA T 132kV Santiago-Santiago Sur debida a la redistribución de demandas en
las nuevas Estaciones Transformadoras (EETI).
Que los estudios de contingencias N-1 manifiestan la necesidad de implementar
automatismo de desconexión de demanda para evitar sobrecargas que conduzcan a salidas en
cascada o caídas de tensión inadmisibles para el sistema.
Que el diseño en detalle de los automatismos necesarios (relés de mínima
tensión y lógicas de Desconexión Automática de Demanda por sobre corriente) deberá
presentarse en los Estudios de Etapa 11, procediéndose a la implementación de los mismos antes
de la puesta en servicio de las nuevas instalaciones.
Que los resultados de los estudios de cortocircuito, advierten la necesidad de
operación en barras separadas en Media Tensión (MT), en algunos escenarios de alto despacho
de generación, caso contrario, deberá procederse al reemplazo de los interruptores cuya
capacidad de ruptura se ven comprometidos.
Que TRANSNOA S.A. considera factible la ejecución de la ampliación de
referencia ya que contribuye a: i) La satisfacción del crecimiento de demanda en el área; ii) La
provisión de abastecimiento de acuerdo a los criterios de calidad de servicio vigentes; iii) La
redistribución de demanda de las EETI del área metropolitana de Santiago y iv) La disminución
del intercambio en el vínculo Santiago - Santiago Sur.
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t .. 2017 .., Aíio de.ta.S Enérgías Renovabl~
L''TEN.ACIONALREGUL.\DOB.. DE LAELE.CIRICIDAD
Que se deberán contemplar las necesidades de equipamiento y restricciones
operativas informadas.
Que mediante Nota B-108454-1 (Nota de Entrada W 235.491) la COMPAÑIA
ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA
(CAMMESA) emite su opinión respecto de la solicitud presentada, manifestando que esta nueva
obra permitirá redistribuir las demandas existentes, contribuyendo a mejorar la prestación del
servicio en la zona de influencia de la misma.
Que los estudios eléctricos presentados por el solicitante, indican que en algunos
escenarios con elevados despachos de generación local y con las obras solicitadas en servicio,
se podrían superar las capacidades admisibles de cortocircuito de determinados equipamientos
prexistentes.
Que en los casos que se presenten estas sobre solicitaciones, los mencionados
estudios advierten sobre la necesidad de operar con barras de 33 kV y 13,2 kV separadas en las
ET LA BANDA y ET SANTIAGO CENTRO y/o abrir en algún punto el nuevo vínculo Santiago-
Primera Junta-Libertad-Santiago Este.
Que el Transportista da su opinión favorable para continuar con el trámite de
acceso de esta obra y considera que la misma permite mejorar las condiciones de
abastecimiento actuales siempre y cuando se contemplen las restricciones operativas
mencionadas precedentemente.
Que se requiere que, como parte de la Ampliación, TRANSNOA S.A. acuerde
con el solicitante la instalación y/o adecuación de los sistemas de protecciones y recierres
existentes para compatibilizarlos con la nueva configuración eléctrica de la red.
Que es necesario que el solicitante analice e incorpore automatismos de
Desconexión Automática de Demanda (DAD) y/o por minima tensión ante perturbaciones en los
(. 1 transformadores de las nuevas EETT o en lineas de 132 kV en el área de influencia de la
~{)W Á Ampliación que puedan provocar sobrecargas de equipamiento y/o fuertes caídas de tensión, a 1
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~ .. 20 17 - Año de la.S E.Ílergías Reno va bies"
E:\ 'TI: NAC104'iAL R.ECUL.\DOB. DI LA IL'ECI'RJCIDAD
fin de permitir la continuidad del abastecimiento, aunque sea parcial de la demanda del área
involucrada por la contingencia.
Que los ajustes de estos automatismos tendrán que ser coordinados entre
TRANSNOA S.A. y EDESE S.A.
Que el solicitante deberá presentar ante CAMMESA la información necesaria
para conformar la base de datos eléctricos del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM). Los datos a
considerar deben tener en cuenta parámetros eléctricos del equipamiento a ingresar,
(transformadores, interruptores, esquemas unifilares, etcétera) que formen parte de la
Ampliación solicitada.
Que teniendo en cuenta la opinión de TRANSNOA S.A., CAMMESA opina que la
solicitud es factible desde el punto de vista técnico, debiendo cumplirse con los requerimientos
mencionados en la presente.
Que el Departamento Ambiental (D.AMB.) del ENRE, mediante Memorándum
D.AMB. N" 285/2016 manifiesta que analizada la documentación presentada y en función de lo
estipulado por las Resoluciones ENRE W 122/2014 y N" 27 4/2015, no se advierten cuestiones
que deban ser observadas.
Que una vez finalizadas las obras, TRANSNOA S.A. deberá proceder a realizar
los ajustes a su Sistema de Gestión Ambiental incorporando las nuevas instalaciones y
realizando los monitoreos de campos electromagnéticos para verificar el cumplimiento de los
estándares fijados por la Resolución de la EX SECRETARIA DE ENERGIA (SE) W 77/1998
incluyendo los generados sobre las fosas de empalme y puntos de transición (LA T- CAS).
Que al momento de solicitar la afectación a Servidumbre Administrativa de
Electroducto (SAE) la Transportista deberá presentar el georreferenciamiento de las trazas de
los Electroductos (LA T y CAS) aprobada por la autoridad provincial correspondiente.
~ Que mediante Informe Técnico N" 3.946/2016, el Departamento de Seguridad
r Pública (DSP) del ENRE manifiesta que acerca de las obras solicitadas por la Transportista,
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.. 2017 -Año de ta5 Energíis Renovabl~ .
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L'\"TJ: NAClONALREGm.ADOR DE LA ELECIIUCJDAD
desde el punto de vista de la Seguridad Pública no se advierten cuestiones que deban ser
observadas, siempre y cuando las instalaciones involucradas en las mismas cumplan con las
Resoluciones ENRE W 37/2010, W 400/2011 , No 163/2013, W 129/2009 y W 190/2012.
Que por Resolución W 1.14 7 del MINISTERIO DEL AGUA Y MEDIO AMBIENTE
de la Provincia de SANTIAGO DEL ESTERO se otorga el Certificado de Aptitud Ambiental al
proyecto "Linea de 132 kV ET 500/162 kV Santiago-ET Primera Junta-ET Libertad-ET Santiago
Este" con vencimiento el? de octubre del año 2017.
Que de las constancias obrantes en el Expediente se desprende que se ha dado
cumplimiento con los requisitos establecidos en LOS PROCEDIMIENTOS y en el Reglamento
para las Ampliaciones de los Sistemas Eléctricos aprobado por Resolución ENRE W 122/2014
y se ha verificado que la Ampliación es beneficiosa para el Sistema.
Que de acuerdo con el referido Reglamento, corresponde publicar la solicitud en
el portal de internet del ENRE y solicitar a CAMMESA que haga lo propio durante CINCO (5)
días; asimismo se deberá publicar por DOS (2) días en un diario de amplia difusión del lugar
donde la obra se va a realizar o pueda afectar eléctricamente y otorgar un plazo de DIEZ (1 O)
días hábiles administrativos desde la última publicación para que, quien considere que la obra
pueda afectarlo en cuanto a las prestaciones eléctricas recibidas o sus intereses económicos,
plantee su oposición fundada por escrito ante el ENRE.
Que TRANSNOA S.A. y EDESE S.A. deberán dar estricto cumplimiento a la
normativa de "Compre Trabajo Argentino", establecida por la Ley W 25.551 y su Decreto
Reglamentario W 1.600/2002, como asr también a la Resolución ENRE W 302/2003 del 11 de
septiembre de 2003, corregida en su Anexo por la Resolución ENRE W 378/2003.
Que corresponde publicar la solicitud para la emisión del Certificado de
L)f Conveniencia y Necesidad Pública para la obra consistente en la construcción de la nueva ET
(J. PRIMERA JUNTA 132/13.2 kV - 3 x 30 MVA; nueva ET LIBERTAD 132/13.2 kV -1 x 30 MVA;
¿ r LAT 132 kV Santiago-Primera Junta; LAT 132 kV entre la ET PRIMERA JUNTA hasta
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DILA.El.E.CilUCIDAD
""2017- Año de .laS Energías. Renovables''
intersección CAS 132 kV; CAS de 132 kV desde el punto de transición de lfnea a cable hasta la
ET LIBERTAD y CAS 132 kV Libertad-Santiago Este, en la Provincia de SANTIAGO DEL
ESTERO.
Que se ha emitido el correspondiente Dictamen Legal conforme lo requerido por
el Inciso d) del Artículo 7 de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos W 19.549.
Que el Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
es competente para el dictado de la presente Resolución en virtud de lo dispuesto en los Artículos
11, 56 Incisos a) y j) y 63 Incisos a) y g) de la Ley W 24.065.
Por ello,
EL DIRECTORIO DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD RESUELVE:
ARTICULO 1.- Dar a publicidad el pedido de otorgamiento del Certificado de Conveniencia y
Necesidad Pública para la solicitud de Ampliación de la Capacidad de Transporte existente
presentada por la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGfA EL~CTRICA POR
DISTRIBUCIÓN TRONCAL DEL NOROESTE ARGENTINO SOCIEDAD ANÓNIMA
(TRANSNOA S.A.), a requerimiento de la EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ELECTRICIDAD DE
SANTIAGO DEL ESTERO SOCIEDAD ANÓNIMA (E DESE S.A.) para las obras consistentes en:
i) la construcción de la nueva Estación Transformadora (ET} PRIMERA JUNTA 132/13.2 kV- 3
x 30 MVA; ii) nueva ET LIBERTAD 132/13.2 kV- 1 x 30 MVA; iii) Unea de Alta Tensión (LAT)
132 kV Santiago-Primera Junta; iv) LAT 132 kV ET PRIMERA JUNTA hasta intersección CAS
132 kV; v) CAS de 132 kV desde el punto de transición de línea a cable hasta la ET LIBERTAD
y vi) CAS 132 kV Libertad-Santiago Este.
~ ARTICULO 2.- Publicar dicha solicitud mediante un AVISO en la página web del ENRE y solicitar
' '( ~ a la COMPAI'liA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA EL~CTRICO SOCIEDAD
JfrANÓNIMA (CAMMESA) que haga lo propio, por el plazo de CINCO (5) dlas; también se publicará
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~ f:\"''l:NACIONALREGUL.\DOR
])ELAD.E.ClRJCIDAD
"20 17 - Año de lu Energías Renovables"
por DOS (2) días en un diario de amplia difusión del lugar en que la obra vaya a realizarse o
pueda afectar eléctricamente, advirtiéndose en dichas publicaciones que se otorga un plazo de
DIEZ (10) días hábiles administrativos desde la última publicación para que, quien considere que
la obra pueda afectarlo en cuanto a las prestaciones eléctricas recibidas o sus intereses
económicos, plantee su oposición fundada por escrito ante el Ente.
ARTICULO 3.- Disponer que, en caso de que no hubiera ninguna presentación fundada, vencido
el plazo señalado, se considerará emitido el Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública
para la Ampliación referidas en el Artículo 1 de la presente Resolución.
ARTICULO 4.- Establecer que en caso de que existan presentaciones fundadas comunes entre
distintos usuarios se convocará a Audiencia Pública para analizarlas, recibir las oposiciones y
permitir a TRANSNOA S.A. contestar las mismas y exponer sus argumentos.
ARTICULO 5.- El Solicitante deberá incorporar en la Ampliación solicitada todas las
observaciones presentadas por CAMMESA y TRANSNOA S.A. a efectos de garantizar el
funcionamiento del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM).
ARTICULO 6.- Notificar a TRANSNOA S.A., a EDESE S.A., y a CAMMESA.
ARTICULO 7.- Regístrese, comunfquese, publíquese en extracto, dése a la Dirección Nacional
del Registro Oficial y archívese.
o C)3/2017
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De m1 consideración:
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Nota éNRf ~ z lf618
BUENOS AIRES, 13 FEB 2017
Ref. Resolución ENRE W 93/2017
Expediente ENRE W 46.624/2016
Me dirijo a ustedes a fin de solicitarles la publicación en su página WEB (MEMNet)
por el término de CINCO (5) días, del aviso que adjunto a la presente y corresponde al pedido de
otorgamiento del Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública para la solicitud de Ampliación
de la Capacidad de Transporte existente presentada por la EMPRESA DE TRANSPORTE DE
ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DEL NOROESTE ARGENTINO
SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSNOA S.A.), a requerimiento de la EMPRESA DISTRIBUIDORA DE
ELECTRICIDAD DE SANTIAGO DEL ESTERO SOCIEDAD ANÓNIMA (EDESE S.A.) para las obras
consistentes en: i) la construcción de la nueva Estación Transformadora (ET) PRIMERA JUNTA
132/13.2 kV- 3 x 30 MVA; ii) nueva ET LIBERTAD 132/13.2 kV - 1 x 30 MVA; iii) Linea de Alta
Tensión (LAT) 132 kV Santiago-Primera Junta; iv) LAT 132 kV ET PRIMERA JUNTA hasta
intersección CAS 132 kV; v) CAS de 132 kV desde el punto de transición de línea a cable hasta la
ET LIBERTAD y vi) CAS 132 kV Libertad-Santiago Este.
La publicación solicitada se realizará asimismo en la página web del ENRE con el
fin de que su contenido se encuentre a disposición de los distintos agentes del MEM.
Muy atentamente.
Jiilf~(} ENTE NACIONAl REGULADOR Of lA ELECTRICIDAD
:
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E.'l.·n: ~AClO:S :U. JU:ct.'l...ADOR DI: U.D.E.CTRJCID.U>
AVISO
..2017- Año de las Energías Reno\·ables··
RESOLUCION ENRE No 93/2017; EXPEDIENTE ENRE N° 46.624/2016
CERTIFICADO DE CONVENIENCIA Y NECESIDAD PÚBLICA.
Por Resolución ENRE W 93/2017 dictada en el Expediente ENRE W 46.624/2016, el
Directorio del ENRE resuelve dar a publicidad el pedido de otorgamiento del Certificado de
Conveniencia y Necesidad Pública para la solicitud de Ampliación de la Capacidad de
Transporte existente presentada por la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGIA
ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DEL NOROESTE ARGENTINO SOCIEDAD
ANÓNIMA (TRANSNOA S.A.), a requerimiento de la EMPRESA DISTRIBUIDORA DE
ELECTRICIDAD DE SANTIAGO DEL ESTERO SOCIEDAD ANÓNIMA (EDESE S.A.) para
las obras consistentes en: i) la construcción de la nueva Estación Transformadora (ET)
PRIMERA JUNTA 132/13.2 kV- 3 x 30 MVA; ii) nueva ET LIBERTAD 132/13.2 kV- 1 x 30
MVA; iii) Línea de Alta Tensión (LAT) 132 kV Santiago-Primera Junta; iv) LAT 132 kV ET
PRIMERA JUNTA hasta intersección CAS 132 kV; v) CAS de 132 kV desde el punto de
transición de línea a cable hasta la ET LIBERTAD y vi) CAS 132 kV Libertad-Santiago Este.
La difusión de este pedido se extiende por el plazo de CINCO (5) días en los portales de
Internet del ENRE y de CAMMESA, y por DOS (2) días en un diario de amplia difusión del
lugar donde la obra se va a realizar, o pueda afectar eléctricamente, otorgando un plazo de
DIEZ {1 O) días desde la última publicación para que quien considere que la obra pueda
afectarlo en cuanto a las prestaciones eléctricas recibidas o sus intereses económicos,
plantee su oposición fundada por escrito ante el ENRE. De registrarse oposición común a
varios usuarios, se convocará a Audiencia Pública, a fin de permitir al solicitante del
Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública contestar las mismas y exponer sus
argumentos. En caso de que no hubiera ninguna presentación fundada, vencido el plazo
señalado, se considerará emitido el Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública para
la obra referida.
El Expediente ENRE No 46.624/2016 podrá consultarse en Avenida Madero 1020, go piso,
p de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.