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INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD LICITACIÓN ABREVIADA No. 2012LA-000015-PROV CONTRATACIÓN DESERVICIOS DE INVESTIGACIONES DE MERCADO PARA CONOCER LOS USOS Y PREFERENCIAS DE LOS CLIENTES EMPRESARIALES DEL ICE Y ESTIMAR LA DEMANDA DE LOS SERVICIOS APERTURA DE OFERTAS: A LAS 14:00 HORAS DEL 26 DE ABRIL DEL 2012

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INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

LICITACIÓN ABREVIADANo. 2012LA-000015-PROV

CONTRATACIÓN DESERVICIOS DE INVESTIGACIONES DE MERCADOPARA CONOCER LOS USOS Y PREFERENCIAS DE LOS CLIENTES

EMPRESARIALES DEL ICE Y ESTIMAR LA DEMANDA DE LOS SERVICIOS

APERTURA DE OFERTAS:

A LAS 14:00 HORAS DEL 26 DE ABRIL DEL 2012

SAN JOSÉ, COSTA RICA

2012

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ÍNDICECAPÍTULO I 2

CONDICIONES GENERALES 2

CAPITULO II 2

CONDICIONES PARTICULARES 2

1. LICITACIONABREVIADA: NO. 2012LA-000015-PROV 2

2. PRESUPUESTO 2012: ¢ 100000 000,00 2

3. FINANCIAMIENTO: I.C.E. 2

4. APERTURA DE OFERTAS : 2

5. CONSULTAS Y ACLARACIONES 2

6. VIGENCIA DE OFERTA 2

7. PRECIOS 2

8. TIEMPO DE ENTREGA 2

9. LUGAR DE ENTREGA 2

10. FORMA DE PRESTACION DE SERVICIO 2

11. GARANTIA DE PARTICIPACIÓN 2

12. GARANTIA DECUMPLIMIENTO 2

13. VIGENCIA DE LA GARANTÍA DEL SERVICIO 2

14. MODALIDAD DE PAGO 2

15. ESTUDIO Y ADJUDICACION 2

16. CLAUSULA PENAL O MULTAS 2

17. REQUISITOS OBLIGATORIOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS OFERENTES PARA CONSIDERARSE ELEGIBLES 2

18. SISTEMA DE VALORACION Y COMPARACIÓN 2

19. REAJUSTE DE PRECIO 2

20. REAJUSTE Y REVISIÓN DE PRECIO 2

21. CLÁUSULA DE DESCUENTOS. 2

22. CONDICIONES DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO 2

23. OTRAS CONDICIONES 2

24. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA 2

25. CONVENIO DE CONFIDENCIALIDAD 2

26. FINALIZACIÓN DEL CONTRATO 2

27. CONTRATO DE FINIQUITO 2

28. SISTEMA DE CONTROL DE CALIDAD 2

29. CAUSAS DE RESCISION O RESOLUCION 2

CAPÍTULO III 2

REQUERIMIENTOS 2

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS 2

1. OBJETIVO DE LA CONTRATACIÓN 2

2. ESPECIFICACIONES DEL SERVICIO REQUERIDO 2

2

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ANEXO 1 23

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CAPÍTULO I

CONDICIONES GENERALES

Para este concurso regirán las “Condiciones Generales del Cartel Tipo para Licitaciones”, publicadas en el alcance 54 de La Gaceta N° 164 del 26 de agosto del 2011, y Fe de Erratas publicada en la Gaceta No. 173 del 8 de setiembre del 2011.

Estas pueden ser adquiridas en la Proveeduría del I.C.E., sita 400 metros al norte del Edificio Central en Sabana Norte, en el Área de Expedientes y Garantías o accesando a la dirección electrónica: www.grupoice.com/PEL

NOTAPresentar la oferta original y tres copias completas, incluyendo timbre de VEINTE COLONES de la Asociación Ciudad de las Niñas y un timbre de DOSCIENTOS COLONES del Colegio de Profesionales de Ciencias económicas de Costa Rica.

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CAPITULO IICONDICIONES PARTICULARES

El Instituto Costarricense de Electricidad, que en lo sucesivo se denominará ICE empresa ente público de la República de Costa Rica, domiciliado en San José y con cédula jurídica 4-000-042139-02, invita a participar en la Licitación Abreviada No. 2012LA-000015-PROV, para la “CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE INVESTIGACIÓN DE MERCADOS PARA CONOCER LOS USOS Y PREFERENCIAS DE LOS CLIENTES EMPRESARIALES DEL ICE Y ESTIMAR LA DEMANDA DE LOS SERVICIOS”.

INVITACIÓN A CONCURSAR:

1. LICITACIONABREVIADA: NO. 2012LA-000015-PROV

2. PRESUPUESTO 2012: ¢ 100000 000,00

COMPROMISO PRESUPUESTARIO: 9012-0029-2012

CUENTA PRESUPUESTARIA: 70-950-813-084

3. FINANCIAMIENTO: I.C.E.

4. APERTURA DE OFERTAS :

El Instituto Costarricense de Electricidad, recibirá ofertas hasta las 14:00 horas del día 26 de abril del 2012.

La oferta será entregada en sobre cerrado en la Dirección Administrativa Proveeduría Institucional del ICE, sita en Sabana Norte, 400 metros norte de la esquina este de las Oficinas Centrales del ICE, antes de la hora señalada para el acto de apertura de ofertas con la siguiente leyenda:

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDADLICITACION ABREVIADA No. 2012LA-000015-PROV

CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE INVESTIGACIÓNDE MERCADOSPARA CONOCER LOS USOS Y PREFERENCIAS DE LOS CLIENTES

EMPRESARIALES DEL ICE Y ESTIMAR LA DEMANDA DE LOS SERVICIOS

5. CONSULTAS Y ACLARACIONES

5.1.Medios para consulta:

Las consultas y aclaraciones relativas a esta licitación deberán realizarse por carta o facsímil (FAX), a la siguiente dirección, con copia a la dependencia usuaria mencionada en el punto 5.3.

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a) Carta. La cual deberá estar dirigida a la siguiente dirección:

Instituto Costarricense de ElectricidadAptdo. 10032-1000San José Costa RicaLicitación Abreviada No. 2012LA-000015-PROVAtención Dirección Administrativa Proveeduría Institucional

b) Facsímil (FAX), a la siguiente dirección, con copia a la dependencia usuaria mencionada en el punto:

Fax: (506) 2220 – 8160 y (506) 2220-8163Aptdo. 10032-1000San José Costa RicaLicitación Abreviada No. 2012LA-000015-PROVAtención Dirección Administrativa Proveeduría Institucional.

c) Medios electrónicos. A través de la plataforma de compras electrónicas Mer-Link.

Se le comunica a todos los potenciales oferentes que la normativa que se indica en el presente pliego de condiciones puede ser accesada en la siguiente dirección electrónica: www.grupoice.com/PEL .

5.2.Toda la correspondencia entre el contratista y el ICE, además de la facturación para efectos de pago, deberá hacerse en idioma español.

5.3.DEPENDENCIA USUARIA

Oficina: Dirección Estrategia de Clientes/Proceso Entendimiento del Consumidor.

Número telefónico: 2000-9976Número de facsímil: 2290-2872Responsable: Ennio Mora AriasCorreo electrónico: [email protected]

6. VIGENCIA DE OFERTA

La vigencia mínima de las ofertas será de 60 días hábiles a partir de la fecha de apertura de ofertas.

7. PRECIOS

Los precios serán unitarios, ciertos y definitivos. Los oferentes podrán cotizar en cualquier tipo de moneda. En caso de recibir ofertas en distintas monedas el ICE las convertirá a una misma para efectos de comparación.

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El oferente deberá cotizar los dos tipos de estudio (cuantitativo y cualitativo), señalados en el capítulo III de especificaciones técnicas y el ICE se reserva el derecho de adjudicar cualquiera de los dos o ambos.

La oferta deberá indicar por separado los impuestos que la afecten. De no hacerlo se le aplicará lo dispuesto en el artículo 26 del Reglamento a la Ley 8660.

8. TIEMPO DE ENTREGA

8.1. El servicio dará inicio un día hábil a partir de la notificación de la orden de servicio.

8.2. El plazo de este contrato será por un periodo de 6 meses (plazo máximo del requerimiento de los resultados del estudio) pudiéndose prorrogar en caso de requerirse.

8.3. Si el ICE determina no prorrogar el contrato, notificará al adjudicatario con al menos 30 días hábiles de anticipación al vencimiento del contrato vigente, dejando constancia del recibo de la notificación.

9. LUGAR DE ENTREGA

9.1. La entrega de los informes de investigación cuantitativos o cualitativos de mercados se realizarán en las oficinas del ICE en la División de Desarrollo de Soluciones o en el lugar que se solicite dentro del territorio nacional, sea así indicado por el administrador del contrato.

10.FORMA DE PRESTACION DE SERVICIO

10.1. Para la entrega de los distintos informes de investigación, estos deberán ser entregados en formatos de la calidad especificada y las especificaciones técnicas que requiera que se utilizarán.

10.2. En caso de la presentación de avances de informes, el contratista deberá entregar el entregable previamente por correo electrónico al administrador de contrato, para verificar los resultados de las salidas estadísticas o del flash reporte de la investigación.

10.3. En caso de realización de sesiones de grupo, el contratista hará las mismas según planeación logística de la actividad, cumpliendo con los plazos definidos por el ICE para la actividad.

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11.GARANTIA DE PARTICIPACIÓN

11.1. La garantía de participación será por un monto fijo del3% del valor total cotizado, con una vigencia no menor de 4 meses contados a partir de la fecha de apertura de las ofertas.

11.2. Para el caso de dinero en efectivo, deberá depositarse en la siguiente cuenta corriente del Banco de Costa Rica, presentando el comprobante del depósito en la Proveeduría del ICE antes de la apertura de ofertas:

US $ DOLARES COLONES ¢ COSTARRICENSES

192916-0 192915-1

12.GARANTIA DECUMPLIMIENTO

12.1. La garantía de cumplimiento será por un monto fijo del 10% del valor total adjudicado, con una vigencia mínima de 12 meses, contado a partir de la firmeza del acto de adjudicación. Si el contrato se prorrogará, la garantía de cumplimiento deberá ampliarse por periodos iguales por cada prórroga. En todo caso, el contratista se compromete a mantener vigente esta garantía durante toda la duración del presente contrato, misma que se devolverá de acuerdo con lo que establece la ley.

12.2. Para el caso de dinero en efectivo, deberá depositarse en la siguiente cuenta corriente del Banco de Costa Rica, presentando el comprobante del depósito en la Proveeduría del ICE antes de la apertura de ofertas:

US $ DOLARES COLONES ¢ COSTARRICENSES

192916-0 192915-1

Si el contratista no cumpliere con el requisito de presentar la garantía de cumplimiento en el tiempo establecido, automáticamente quedará sin efecto la adjudicación.

13.VIGENCIA DE LA GARANTÍA DEL SERVICIO

13.1. Todo oferente debe garantizar en su oferta que en caso de resultar adjudicado, el servicio ofrecido será permanente e ininterrumpido durante un periodo no menor de un año, y debe ser brindado con la más alta calidad, eficacia, eficiencia y por personal capacitado.

14.MODALIDAD DE PAGO

14.1. El pago de los bienes y servicios será por la cantidad de entregables recibidos y aprobados por el ICE o bien, según la oferta presentada por la empresa y aprobada por el ICE. Para los casos en que el bien o servicio no se encuentre

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incluido en el catálogo de servicios, conforme a lo establecido en el capítulo III de especificaciones técnicas, el ICE podrá solicitar al contratista la documentación que demuestra la razonabilidad del precio.

14.2. El pago se realizará contra presentación de facturas una vez finalizado cada entregable, previa aceptación y recibo a satisfacción por el administrador del contrato.

14.3. El pago de los bienes se llevará a cabo mediante GIRO A 30 DÍAS.

14.4. Se pagará un 100% contra recibo conforme el suministro de cada entregable y la presentación de las facturas con todos los requisitos que la ley exige.

15.ESTUDIO Y ADJUDICACION

15.1. El ICE resolverá el presente concurso dentro de los 28 días hábiles contados a partir de la fecha de apertura de ofertas. El ICE se reserva el derecho de prorrogar este plazo en caso de considerarlo necesario.

15.2. El oferente debe cotizar el requerimiento completo.

15.3. La comparación y adjudicación se hará entre las ofertas admitidas que hayan cotizado la partida completa.

15.4. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 178 del Reglamento al Título II de la Ley de Fortalecimiento y Modernización de la Entidades Públicas, el ICE podrá modificar, aumentar o disminuir la prestación del objeto del contrato, cuando conforme a su interés o por circunstancias especiales se justifique.

16.CLAUSULA PENAL O MULTAS

16.1. Si existiera atraso en la entrega del bien o prestación del servicio de acuerdo con las condiciones del cartel y de la oferta, el contratista deberá pagar al ICE por concepto de cláusula penal (conformados entre un 4% hasta un 6%), según lo indicado en el Anexo 1, por cada día natural del valor de la parte incumplida.

16.2. Igualmente si existe una defectuosa ejecución del objeto contratado, el contratista deberá pagar al ICE por concepto de multa la suma de 0.5% del valor de la parte incumplida, por cada día natural en que persista esta condición. En ambos casos el máximo será el 25% del valor del contrato.

16.3. En caso de que el objeto esté compuesto por distintos entregables el monto máximo para el cobro de multas se considerará sobre el valor de cada uno y no sobre la totalidad del contrato, siempre que el incumplimiento de un entregable no afecte el resto de las obligaciones.

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16.4. El cobro de las multasy/o cláusula penal podrán hacerse con cargo a las retenciones del precio que se hubieran pactado y los saldos pendientes de pago.En caso de que ninguna de esas dos alternativas resulte viable, se podrá ejecutar la garantía de cumplimiento hasta por el monto respectivo.

16.5. Se hará acreedor de cobro por concepto de multa, el contratista que incurra en los siguientes supuestos:

Plazo: o Cuando hayan atrasos en los servicios solicitados.o No garantizar los plazos establecidos de acuerdo a los pactados entre

ambas partes. Riesgo:

o De que la empresa despida personal valioso y se incumpla con el contrato de confidencialidad.

o Mal uso de los resultados de estudios o análisis enumerados en este cartel de propiedad del ICE.

o Las bases de datos suministradas por el ICE sean utilizadas para comercializar.

o Que haga uso de las marcas kölbi, ICE, Grupo ICE o cualquier otra de la estructura marcaria del ICE o sus subsidiarias, sin autorización previa y por escrito por parte del administrador por parte de la Institución.

o No dar acceso a los estudios realizados.o Que subcontraten servicios no autorizados.

Repercusiones de un eventual incumplimiento como que:o Se divulgue información valiosa a la competencia.o Bases de datos e informes inconsistentes o sin la calidad solicitada por parte

del oferente.

16.6. El Administrador del contrato no gestionará el cobro de multa y/o cláusula penal, únicamente en el caso de que el incumplimiento del contratista obedezca a motivos de caso fortuito, fuerza mayor o culpa de la Administración debidamente comprobadas y se haya seguido lo establecido en los artículos 176 y 177 el reglamento al Título II de la Ley 8660.

16.7. En caso de que por causas ajenas al contratista o bien imputables a la Administración, éste no pueda realizar en el plazo estipulado la entrega del objeto pactado o bien el inicio del servicio contratado, podrá solicitar prórroga dentro de los diez días hábiles siguientes al conocimiento del hecho que provoca la solicitud de prórroga, aportando para ello la prueba en la que se sustenta, la cual deberá ser analizada por la Administración

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17.REQUISITOS OBLIGATORIOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS OFERENTES PARA CONSIDERARSE ELEGIBLES

Para que la oferta se considere elegible, los oferentes tendrán que cumplir con cada uno de los requisitos solicitados en este punto. El ICE se reserva el derecho de verificar la información suministrada.

17.1. Demostrar que cuenta como mínimo con 10 años de prestar servicios como investigaciones de mercado, tanto a nivel nacional como internacional.

17.2. Indicar claramente el equipo base de profesionales que el oferente le garantizará al ICE para la atención de los servicios que contempla el presente cartel. Como mínimo dicho equipo contemplará: Director de proyectos, estadístico, mercadólogo, informático, psicólogo o sociólogo. Preferiblemente la tenencia de asesoramiento de profesionales en telecomunicaciones; aportando las certificaciones respectivas. Todos deben poseer el grado académico mínimo de bachillerato en su especialidad.

17.3. Demostrar la idoneidad de todo el personal profesional y técnico de planta que asignen a la atención del ICE, adjuntando el currículo, el cual debe indicar claramente los siguientes aspectos:

Copia del título de la carrera profesional cursada, en alguna de las siguientes áreas: Estadística, Mercadeo y/o Administración de Negocios con énfasis en Mercadeo, Informática, Psicología o Sociología, expedido por una Universidad reconocida en el país o la correspondiente reconocimiento, equiparación, convalidación de títulos internacionales ante el CONARE y la Universidad de Costa Rica.

Copia del título de grado superior obtenido producto de una especialidad, si la tiene.

Cinco años mínimos de experiencia laboral acumulada a la fecha, asociada a los servicios que brindará al ICE.

Tipo de relación laboral con la empresa. Proyectos o estudios que ha tenido a cargo relacionados con los servicios

que brindará al ICE.

17.4. Es imprescindible contar al menos con un estadístico y un conocedor en materia de investigación cualitativa dentro de sus colaboradores oficiales. En ambos casos, deberán no tener menos de cinco años de experiencia en el campo. Se debe demostrar sus conocimientos y experiencia a través de la presentación de atestados de cada uno de ellos.

17.5. Garantizar la disponibilidad inmediata y en horario de tiempo completo del servicio ofrecido al ICE.

17.6. Presentar 5 referencias de clientes de la cartera actual a quienes la empresa les esté prestando servicios similares o afines a los que pretende contratar el ICE, con u año de vigencia como máximo. Por cada cliente deberá presentar una carta original, firmada por el apoderado de la empresa cliente, que indique

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expresamente que es cliente de la empresa, el año en que inició la relación con la empresa, el tipo de servicios que la empresa le ha brindado (de imagen, promocional, de mercadeo, segmentación etc.).

17.7. Entre estas referencias al menos deben aportarse tres donde se demuestre que ha brindado servicios similares en el mercado de las telecomunicaciones (exceptuando cualquiera de los realizados al ICE). Dichas referencias deberán ser de trabajos realizados en un período de tiempo no mayor a dos años en el ámbito local y/o internacional. El ICE se reserva el derecho de confirmar dichas referencias.

17.8. Demostrar que en su cartera de clientes actuales cuenta con al menos cuatro marcas cuya inversión en investigaciones de mercado en el año 2010 ó 2011 es igual o superior a $200.000 por cada una. Lo que se busca es constatar que es una empresa que puede manejar contratos grandes. Esto se podrá demostrar mediante un reporte emitido por la empresa o bien otro mecanismo similar.

17.9. El contratista se compromete a hacer uso adecuado y exclusivo de la información de los clientes facilitada por el ICE. El contratista deberá utilizar la información de las bases de datos, sistemas de información y/o, archivos a que tenga acceso, con absoluta confidencialidad y discrecionalidad. El mismo tratamiento debe dársele a cualquier otro tipo de información o documentación que el ICE deba brindarle o poner a su disposición para la ejecución satisfactoria de este contrato. El mal uso o su divulgación faculta al ICE a rescindir el contrato. En caso de no corregirse el problema la Institución queda facultada para el cobro al contratista por los daños y perjuicios, que debe resarcir por este motivo.

17.10. Aceptar que la empresa en caso de ser adjudicada, dará exclusividad de sus servicios al ICE en el mercado nacional y no ofrecerá servicios a otras empresas que sean competencia del ICE, salvo que el mismo ICE lo autorice por escrito. Dicha autorización deberá ser dada por el Jefe de División de Desarrollo de Soluciones de la Gerencia de Clientes.

17.11. Conforme a las especificaciones técnicas solicitadas por el ICE en el capítulo III, presentar la propuesta de precios correspondiente.

17.12. El contratista deberá contar con la capacidad de realizar tres o más estudios simultáneamente, según lo requiera el ICE.

17.13. Los resultados de los estudios enumerados en este cartel, realizados por la empresa adjudicada, son para uso exclusivo del ICE. En caso de confirmarse otro uso se estará aplicando las multas indicadas en el artículo 16 de este mismo cartel.

17.14. El contratista debe contar con todas las herramientas necesarias en software y equipo, para realizar la tabulación y el análisis de los resultados de manera precisa y oportuna.

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17.15. El contratista no podrá subcontratar bajo ningún motivo los servicios de estudios de mercado objeto de esta contratación, si durante la prestación del servicio al ICE no cumple con esta condición. El ICE podrá resolver el contrato de considerar afectados sus intereses institucionales a falta de no cumplir con los entregables en los tiempos establecidos, como de la presentación del detalle del cronograma de trabajo.

18.SISTEMA DE VALORACION Y COMPARACIÓN

El método de evaluación y selección de las ofertas será (100%) precio.

19.REAJUSTE DE PRECIO

El oferente deberá presentar el desglose de la estructura del precio junto con un presupuesto detallado y completo con todos los elementos que lo componen, integrados como mínimo con los siguientes rubros:

Desglose de costos directos Desglose de costos indirectos La utilidad o ganancia proyectada Imprevistos en caso de que correspondan Presupuesto detallado del precio cotizado.

20.REAJUSTE Y REVISIÓN DE PRECIO

El ICE hará una revisión del precio según el comportamiento del mercado, con el cual reajustará sea en aumento o disminución, los precios adjudicados o a solicitud del contratista de acuerdo con el artículo 26 del Reglamento a la Ley 8660.

Con el fin de garantizar el mantenimiento del equilibrio económico del contrato, se debe indicar la fórmula de reajuste de precio en aquellos casos que corresponda.

El reajuste de precios aplicará únicamente para ofertas en colones costarricenses.

El reajuste de precios procederá una vez se reciba a satisfacción el servicio solicitado. Todo calculo de reajuste de precios debe realizarse tomando en consideración la fecha en que efectivamente se realizó el servicio contratado por lo tanto no se reajustaran los precios con la fecha de facturación u otras fechas que difieran con el momento real de las variaciones en el precio.

Cuando proceda la presentación de una solicitud de reajuste de precios deberá ser planteado con la aplicación de la fórmula matemática establecida por la Contraloría General de la República la cual se detalla a continuación:

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Donde:PV= Precio variado.PC= Precio de cotización.MO= Porcentaje de Mano de ObraiMOtm= Índice de costo de mano de obra en el momento considerado para la variación.iMOtc = Índice de costo de Mano de obra vigente al momento de la cotización o al último reajuste.I= Porcentaje de InsumosiIti= Índice de costo de Insumos en el momento considerado para la variación.iItc= Índice de costo de Insumos vigente al momento de la cotización ó al último reajuste.GA= Porcentaje de Gastos AdministrativosiGAtg= Índice de costo de gastos administrativos en el momento   considerado   para   la variación.iGAtc= Índice de costo de gastos administrativos vigente al momento de la cotización o al último reajusteU= Utilidad

Estructura porcentual del precio:

Para los efectos respectivos, la estructura porcentual del precio es una condición mínima que deberán presentar los participantes en su oferta.

Donde:MO = porcentaje costo mano de obra del precio de cotización. Se deberá  detallar en la oferta por separado: A) El monto correspondiente a salarios B) El porcentaje detallado de cargas sociales y su correspondiente monto.  Lo anterior involucra que se detalle en forma clara los salarios mensuales a pagar a cada trabajador,  así como las cargas sociales relacionadas.  Todo lo  anterior de conformidad con los horarios de trabajo a cumplir estipulados en el presente cartel.

I =   porcentaje costo de Insumos del precio de cotización.

GA = porcentaje costo Gastos Administrativos del precio de cotización.

U = porcentaje de utilidad del precio de cotización.

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Índices oficiales a utilizarGastos Administrativos= Índice de Precios al Consumidor categoría Servicios, Publicado en el Banco Central de Costa Rica.Insumos= Índice de Precios de Servicios categoría General, Publicado en el Banco Central de Costa Rica.Mano de Obra= Índice se Salarios Mínimos nominales categoría Servicios, Publicado en el Banco Central de Costa Rica.

En la oferta cada oferente debe presentar estructura de precio de su oferta, estableciendo los siguientes rubros: costos directos, costos indirectos, utilidad, e imprevistos en caso de que correspondan, así como indicar el presupuesto detallado del precio cotizado.

Cada oferente deber presentar un cronograma de trabajo.

21.CLÁUSULA DE DESCUENTOS.

21.1. Una vez efectuado el análisis de ofertas, el Área Técnica responsable de la evaluación de las ofertas, confeccionará un cuadro comparativo de precios de las ofertas que cumplan legal y técnicamente y solicitará a la Proveeduría comunicar a los representantes con capacidad legal suficiente de las tres primeras en precio. La dependencia técnica deberá presentar su solicitud ante la Proveeduría dentro del plazo establecido por la misma para los procedimientos de contratación.

21.2. La Proveeduría citará a los primeros tres proponentes elegidos técnica y legalmente, concediéndole un plazo de cinco días hábiles y fijando la fecha y hora para presentar en sobre cerrado, el descuento a su oferta sin que se afecten los demás términos de la propuesta efectuada. Deberá dejar constancia en el expediente de la invitación realizada vía fax, correo electrónico o página WEB de la Proveeduría.

21.3. El documento de descuento deberá ser presentado en sobre cerrado siempre y cuando se realice hasta la fecha límite fijada al efecto debidamente identificado con la siguiente leyenda:

Oferta de descuento

No. de Licitación

Fecha de presentación

Nombre de la firma

21.4. En la convocatoria de descuento estarán presentes por parte del ICE el Coordinador de Contratación Administrativa de la dependencia respectiva, un representante del Área Legal y un representante de la Proveeduría.

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21.5. El representante de la Proveeduría levantará un acta donde se anotará la lista de participantes en el acto presencial y el nombre de la empresa que representa

21.6. El representante de la Proveeduría procederá a leer en voz alta ante los presentes los alcances de la propuesta de descuento y la incluirá en el acta que se levanta al efecto.

21.7. La Proveeduría firmará el acta de apertura por los participantes del ICE.

21.8. El descuento debe estar exento de condicionamientos para que sea sujeto de aceptación.

21.9. No se aceptarán propuestas de descuento que no hubiesen sido presentadas en la audiencia fijada por la Proveeduría del ICE al efecto, sin embargo, los descuentos que se ofrezcan una vez abiertas las ofertas si serán tomados en cuenta para efectos de comparación de precios y eventual adjudicación.

21.10. Este procedimiento de descuentos se podrá realizar en forma electrónica por plataforma Mer-Link.

22.CONDICIONES DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO

22.1. Para el trabajo solicitado por el ICE, la empresa deberá presentar la propuesta de desarrollo de trabajo, conforme a lo establecido en el capítulo III de especificaciones técnicas.

22.2. La empresa adjudicada emitirá un informe de intentos fallidos o acertado de llamadas o entrevistas según la muestra empleada.

22.3. Durante el proceso de desarrollo de las investigaciones todo el trabajo solicitado, quedará sujeto a la revisión y aceptación en términos de calidad por parte del ICE, quién podrá rechazarlos cuando no cumplan las expectativas.

22.4. Es responsabilidad del ICE supervisar y controlar la calidad de los trabajos que realice y que este haya aprobado, sean estos cálculos de muestras, metodologías de medición, desarrollo de instrumentos (sean guías, cuestionarios, material de apoyo, etc.) o de cualquier otro tipo.

22.5. En el caso de requerir más de otro material que se requiera, la empresa asumirá la responsabilidad por lo que el ICE no asumirá ningún costo asociado.

22.6. La fecha de prestación del servicio será definida de común acuerdo según requerimientos y conveniencia, por lo que para cada trabajo a realizar, el contratista deberá ajustarse a los requerimientos técnicos, detallados en el capítulo III de este cartel, cuyos plazos de ejecución serán analizados y aprobados por el ICE.

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22.7. El contratista deberá presentar un informe de estatus con el detalle de los trabajos y actividades realizados durante el mes.

22.8. El contratista deberá asistir a las reuniones a las cuales convoque el ICE en el desarrollo del contrato.

22.9. El ICE a través del personal debidamente autorizado por la administración, podrá realizar en el momento que considere necesario, una auditoría al contratista en lo concerniente al servicio adjudicado.

22.10. El ICE podrá solicitarle al contratista, la aplicación de los instrumentos de investigación en determinados días (sean estos hábiles o no) y franjas horarias, cuando así se disponga.

22.11. El ICE se reserva el derecho de solicitarle a la empresa la utilización de técnicas estadísticas especiales, para darle respuesta a variables e indicadores incluidos en el perfil de investigación entregado, cuando así se amerite y sin costo adicional.

22.12. Diseñar -en función de los objetivos o temas de estudio- el instrumento a ser utilizado, así como la propuesta metodológica para llevar a cabo la investigación; y presentarlo al ICE en un plazo no mayor de 36 horas, después de recibida la solicitud por parte del ICE. En casos excepcionales el ICE podrá facilitar la entrega de dichos instrumentos.

22.13. Tanto el instrumento como la metodología serán revisados por el ICE y rectificados las veces que sea necesario, hasta que sean avalados finalmente para su respectiva aplicación. Por tanto, será deber de la empresa adjudicada realizar las correcciones que los representantes del ICE hayan señalado, siempre y cuando estos no impliquen inconsistencias técnicas. En caso que éstas se den, es responsabilidad ética de la empresa hacer las observaciones del caso para reducir sesgos o errores de interpretación en los resultados del estudio.

22.14. Según las necesidades del ICE, la investigación deberá desarrollarse de acuerdo con la clasificación de la población de estudio que se considere conveniente a nivel nacional, sea por zona geográfica, región de planificación, por provincias u otras propias de la Institución.

22.15. El informe final (impreso y digital) deberá contener al menos los siguientes apartados:a. Resumen ejecutivo. b. Introducción y objetivos. c. Metodología empleada. d. Fórmula estadística y cálculo de la muestra (error muestral y nivel de

confianza). e. Ficha técnica (diseño muestral, variables e indicadores del estudio,

unidad del estudio, población del estudio, fecha del trabajo de campo,

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tamaño de la muestra, error muestral, nivel de confianza, cobertura geográfica).

f. Instrumento: Debe presentarse un cuadro de características sociodemográficas de la muestra que indique al menos: género, edad, estado civil, nivel educativo y zona geográfica (distribución por provincia).

g. Gráficas, cuadros, diagramas, infogramas y/o tablas de datos con los resultados obtenidos.

h. Se deberán adjuntar todos los cruces realizados como anexos del documento.

i. Análisis de los resultados y hallazgos relevantes.j. Conclusiones y recomendaciones de la investigación realizada.k. Deberá capturarse el número de teléfono del entrevistado en la base de

datos del SPSS (Statistical Package for the Social Sciences), así como otros datos de oficina (entendiéndose éstos como: nombre del encuestador, nombre del supervisor, fecha y hora de la entrevista, número de teléfono, nombre del entrevistado).

l. Informe de intentos fallidos o acertados de llamadas o entrevistas según la muestra empleada.

22.16. Después de entregado el informe final, la empresa adjudicada deberá estar disponible para una presentación ejecutiva de los resultados del estudio, en caso que el cliente así lo requiera. Adicionalmente la empresa deberá estar en la mejor disposición de atender cualquier duda, consulta o solicitud de mejora de parte del ICE, incluso tiempo después de haberse entregado el trabajo.

22.17. Al final de cada etapa de la investigación, cada entregable podrá ser sometido a corrección, para lo cual la empresa tendrá cinco días hábiles para volver a presentar el documento.

22.18. El informe final deberá ser entregado en un plazo no mayor al establecido, en formato digital CD y con una copia impresa. El CD deberá contener: el informe completo en formato Word, la salida de resultados y la base de datos para SPSS (Statistical Package for the Social Sciences) programa estadístico informático de la Empresa IBM y/o Excel; y una presentación ejecutiva en Power Point, con la síntesis de los resultados.

22.19. Debe de existir un acto de recepción del informe final de la investigación.

22.20. La empresa deberá entregar una presentación ejecutiva en Power Point (ppt). Con los resultados del estudio, la cual deberá elaborarse con suma preocupación y de la manera más gráfica posible, de forma tal que la misma pueda ser usada para explicar los principales resultados del estudio en mención. En este particular y a fin de cumplir con lo anterior, el ICE estará facultado a solicitarle mejores productos a la empresa, cada vez que lo considere conveniente.

22.21. Con la información recopilada, la empresa deberá ofrecerle al ICE un valor agregado en el informe de resultados remitido, de manera que a través de diversos cruces estadísticos y técnicas en general, se permitan explicar

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fenómenos que con el análisis descriptivo de datos, no es posible. Para ello, el ICE estará facultado a solicitarlo, cada vez que lo considere conveniente.

22.22. La empresa deberá estar en disposición de laborar en horario no hábil, para cumplir con los requerimientos de tiempos de entrega solicitados por el ICE.

23.OTRAS CONDICIONES

23.1. El contratista no podrá ejercer cobro alguno al ICE por concepto de comisión de intermediación.

23.2. El contratista será el responsable por el pago de los impuestos directos e indirectos, cargas sociales, contribuciones o cualquier otro tipo de obligación tributaria. Si se omiten se tendrán por incluidos en el precio cotizado. Para el caso de los pagos en el extranjero, el ICE realizará la retención del impuesto sobre la renta, de conformidad con lo dispuesto en la Ley.

23.3. El ICE no queda obligado a trabajar en carácter de exclusividad con la empresa de investigación de mercados que se adjudique en este concurso. El ICE puede tener otras empresas de investigaciones de mercado para el desarrollo de sus otras necesidades, sin que sea necesariamente la que se adjudicó.

23.4. Todo material elaborado por el contratista, así como la propiedad intelectual, derechos de autor y conexos del mismo, una vez pagado, pasará a ser propiedad del ICE. El material empleado (cuestionarios, instrumentos, metodologías, presentaciones, imágenes, etc.) recopilado durante la elaboración del trabajo, será propiedad del ICE, de manera que el contratista no estará autorizada a ceder, vender o alquilar dicho material a terceros.

23.5. El contratista deberá entregar las bases de información obtenidas a través de las mediciones o cualquier material correspondiente a los trabajos desarrollados, además de los informes finales.

23.6. El contratista deberá respetar y aplicar los lineamientos estipulados en el Libro de Marca del ICE y sus marcas; en caso de ser necesario. El contratista no podrá reproducir ni divulgar parcial o total la información contenida en estos documentos.

23.7. Los derechos de explotación de cualquier dato o información creada por la empresa adjudicada, al amparo del presente cartel, corresponden únicamente al ICE. Toda creación intelectual resultante de este contrato será propiedad del ICE, por la naturaleza del contrato suscrito, por lo cual no se reconocerá pago adicional, ni derecho alguno sobre ella. El contratista autorizará expresamente al ICE para que en caso de ser requerido se pueda modificar, adicionar, reformar, actualizar, adaptar, variar, renovar, divulgar, reproducir y difundir dicha creación intelectual para que la funcionalidad de la obra no sea perjudicada ni disminuida.

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24.OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA

24.1. El personal que utilice el contratista no tendrá en lo absoluto ninguna relación laboral con la Institución; por tanto, todos los salarios, cargas sociales y otros beneficios sociales regulados por la Ley deberán ser pagados por el contratista, de acuerdo con el ordenamiento jurídico.

24.2. El contratista deberá informar inmediatamente al ICE cualquier situación o acontecimiento que impida o retarde el normal cumplimiento del objeto del contrato.

24.3. Cualquier cambio de personal que se deba realizar por parte del contratista al inicio o durante el transcurso de la relación contractual, deberá ser presentado previamente para la aprobación del ICE, con un mínimo de quince días naturales. El personal que se integra al equipo de servicio no podrá, bajo ningún término, tener menos experiencia, conocimientos, ni menor capacidad comprobada que su antecesor. Se exceptúa del supuesto anterior, los casos de fuerza mayor o caso fortuito, en donde sea imposible prever el retiro de un miembro del equipo de trabajo. En tal caso, el contratista deberá sustituir al personal que se retire dentro de los cinco días naturales y ese nuevo recurso, deberá ser aprobado previamente por el ICE y deberá reunir iguales o superiores condiciones en cuanto a experiencia y formación del personal a quien sustituye.

24.4. El equipo de trabajo asignado por el contratista deberá tener disponibilidad permanente, para la realización de trabajos solicitados por parte del ICE, de forma tal que cumpla con los plazos de entrega indicados por éste.

24.5. El oferente debe especificar claramente en su oferta que el ICE queda libre de toda responsabilidad civil directa o indirecta o laboral como consecuencia de la contratación.

24.6. El contratista deberá tomar y mantener, por la duración de la contratación las siguientes pólizas:

24.6.1 Póliza de riesgos del trabajador que cubra a todo el personal empleado en la prestación del servicio.

24.6.2 Se debe cumplir con lo que indica la Norma Técnica del Seguro de Riesgos del Trabajo. Gaceta No. 86 del 05 de mayo del 2011.“16.2 Responsabilidad de los Entes Públicos que contratan servicios. Todo contrato de compra de servicios que celebre el Estado con terceros y para participar en licitaciones públicas y/o privadas, se debe incluir dentro de los requisitos la presentación de la constancia emitida por el Instituto que valide la existencia del seguro de Riesgos del Trabajo vigente al momento de la solicitud y acorde con los trabajos a realizar en concordancia con la actividad económica que ampare los trabajos a realizar. El recibo de la póliza no sustituye la constancia indicada anteriormente.”

24.6.3 Además se debe aplicar lo establecido en la Norma de Seguridad e Higiene Ocupacional para la elaboración del Cartel de Contratación de

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Obras y Servicios y el Control del cumplimiento de las Cláusulas Cartelarias y Contractuales Código 32.04.002.2008.

24.6.4El seguro o la cobertura de seguridad civil debe de solicitarse para efectos de los daños que la empresa contratada por el ICE vaya a ocasionar a un tercero, no para efectos del ICE. Para el caso de la cobertura de responsabilidad civil deberá solicitarse por un único límite combinado de ¢ 50.000.000,00.

24.6.5Es obligación ineludible del contratista presentar al administrador del contrato, antes de iniciar el servicio, las antes mencionadas pólizas de riesgos de trabajo y de responsabilidad civil totalmente a derecho.

24.6.6El contratista asumirá todas las obligaciones derivadas de la ejecución del trabajo, tales como: cuotas de seguro social, riesgos profesionales y obligaciones obrero – patronales, entre otras.

25.CONVENIO DE CONFIDENCIALIDAD

25.1. Una vez en firme la adjudicación, el contratista deberá suscribir un convenio de confidencialidad con el ICE sobre el manejo de toda la información y estrategias que le sean suministradas para efectos de cumplir el objeto de la contratación, así como el manejo de la información que generará el contratista producto de todos los trabajos que realice para el ICE.

25.2. Además, asumirá toda la responsabilidad y consecuencias propias por incumplimiento ante algún daño que resulte para el ICE por el uso irregular, abusivo, delictivo o genéricamente lesivo que se haga de esa información tanto por parte de sus empleados, colaboradores o personas que hayan tenido acceso a la misma por descuidos o negligencia; para lo cual no podrá divulgar dicha información confidencial, directa o indirectamente a cualquier otra persona y/o empresa; y no deberá hacer uso o copiar dicha información o permitir que la misma sea utilizada para un propósito distinto.

25.3. El convenio de confidencialidad, será por el plazo de la contratación respectiva y hasta por dos años posteriores a la finalización del mismo.

26.FINALIZACIÓN DEL CONTRATO

26.1. En el caso de que alguna de las dos partes requiera finalizar el contrato antes del plazo establecido, deberán comunicarlo a la parte contraria por escrito con al menos 2 meses calendario de anticipación.

26.2. En el caso de que alguna de las dos partes no esté de acuerdo o anuente a prorrogar el contrato, deberán comunicarlo a la parte contraria por escrito con al menos 30 días naturales de anticipación.

27.CONTRATO DE FINIQUITO

27.1. El contratista y la administración se comprometen a firmar el contrato del finiquito, una vez que se reciba el objeto contractual en forma total a plena

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satisfacción y con el visto bueno del Administrador de Contrato de acuerdo con lo establecido en el artículo 131 del Reglamento a la Ley 8660.

28.SISTEMA DE CONTROL DE CALIDAD

28.1. El administrador de contrato verificará que los servicios contratados, se ejecuten conforme está estipulado en el presente cartel.

29.CAUSAS DE RESCISION O RESOLUCION

29.1. El incumplimiento injustificado y la violación de las disposiciones legales o reglamentarias que rigen la contratación, así como, del clausulado establecido en el futuro contrato de prestación de servicios, se considerará falta grave y facultará al ICE a rescindir o resolver la contratación, sin perjuicio de la responsabilidad civil y penal que pudiera existir, previo desarrollo y aplicación del procedimiento administrativo, el cual deberá respetar por lo menos, los derechos de audiencia y de defensa de los afectados.

29.2. El administrador del contrato velará por el cumplimiento en la prestación del servicio de las normas y procedimientos vigentes y aplicables al ICE; además de los requerimientos técnicos de esta contratación. En caso de incumplimiento de cualquiera de las condiciones establecidas notificará por escrito al adjudicatario y le solicitará tomar las medidas correctivas en un plazo no mayor a 2 días hábiles. Si posterior a este plazo se continúa con la misma situación, se procederá a rescindir o resolver el contrato, sin perjuicio de aplicar otras disposiciones establecidas en el presente cartel.

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29.3.CAPÍTULO III

REQUERIMIENTOSESPECIFICACIONES TÉCNICAS

CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE INVESTIGACIÓNDE MERCADOSPARA CONOCER LOS USOS Y PREFERENCIAS DE LOS CLIENTES

EMPRESARIALES DEL ICE Y ESTIMAR LA DEMANDA DE LOS SERVICIOS

REQUERIMIENTOS POR PARTIDA COMPLETA

Partida No. Cantidad Unidad Código

armonizado

Descripción bien, servicio u

obra

Material químico Precio

estimado ICE

Ob. Gasto ICESI NO

1 01 c/u 99252300000Contratación de servicios para

investigaciones de mercado

  X ¢ 100.000.000,00 084

1. OBJETIVO DE LA CONTRATACIÓN

El ICE requiere la contratación de servicios para realizar investigaciones de mercado para estudiar a los clientes empresariales del ICE con el fin de obtener información de este importante segmento para retenerlos y satisfacerlos con el servicio que se les brinda.

Al lograr conocer los gustos y preferencias de los consumidores, permitirá al ICE estar comunicándose, escuchando e interactuando con los clientes, logrando con esto fortalecer la marca ICE en el segmento empresarial.

1.1 OBJETIVOS ESPECIFICOS

Evaluar la percepción acerca de los servicios empresariales que le ofrece ICE. Conocer los hábitos de uso de los servicios empresariales. Establecer los factores determinantes de la demanda de los servicios

empresariales. Conocer la industria, así como, necesidades de productos y servicios del

segmento empresarial. Visualizar oportunidades de negocios, considerando necesidades a corto (1 año),

mediano (2 años) y largo plazo (3 años) de los clientes empresariales. Evaluar la disposición a continuar con el ICE. Establecer el perfil de las empresas estudiadas, mediante la actualización de la

base de datos de los clientes Empresariales del ICE.

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1.2El detalle de los temas y las variables a evaluar solo se dará a la empresa adjudicada. Se le entregará un perfil detallado de la investigación a realizar.

2. ESPECIFICACIONES DEL SERVICIO REQUERIDO

El instrumento a utilizar (llámese cuestionario, guía, tabla, entre otros), debe ser diseñado por la empresa adjudicada.

La empresa debe indicar si se requiere más de un estudio y de qué tipo, para lograr los objetivos enumerados anteriormente.

El ICE de requerir más de una investigación de mercado para conocer a sus clientes empresariales, deberá utilizar la metodología cualitativa (deberán hacer registros narrativos de los fenómenos que son estudiados mediante técnicas como la observación participante y las entrevistas no estructuradas) o la metodología cuantitativa (trata de determinar la fuerza de asociación o correlación entre variables, la generalización y objetivación de los resultados a través de una muestra para hacer inferencia a una población de la cual toda muestra procede) cuyo fin es la retención y fidelización de los clientes con la oferta comercial ofrecida por la institución.

La diferencia fundamental entre ambas metodologías es que la cuantitativa estudia la asociación o relación entre variables cuantificadas y la cualitativa lo hace en contextos estructurales y situacionales.

PARA CONOCER EL DETALLE DE LOS ESTUDIOS SE REQUIERE PROCEDER SEGÚN DETALLE:

Ficha técnica del estudio a realizarse

Tamaño de la muestra: 2.640 (empresas o comercios). Contacto: Cara a cara, aplicable a altos ejecutivos o tomadores de decisiones,

principalmente a los encargados de TI (gerentes, administradores, propietarios, expertos, entre otros).

Aplicable a empresas o comercios en todo el territorio nacional.

La metodología de investigación dependerá de la necesidad del mercado:

a. Tipo de estudio: cualitativo o cuantitativo.

Este tema dependerá de la gama de servicios o productos utilizados por los clientes de los servicios de telecomunicaciones, así como de la propuesta en particular que lleve a cabo la empresa participante. Sin embargo, quedará abierta a que se puedan aplicar ambas.

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b. Población de interés:

Los grandes clientes de los servicios de telecomunicaciones del ICE.

c. Marco muestral el ICE lo proporciona.

Las más usuales son las muestras aleatorias y estratificadas, pero la administración ICE podrá solicitar cualquier otra y dependerá de la conveniencia e interés institucional, donde estas tendrán la intención de buscar especificar propiedades, características o rasgos importantes del tema estudiado, con la intención de describir tendencias de un grupo o población hacia nuestros productos o servicios.

Requerimientos específicos

Cruces de variables: se indicarán los cruces requeridos en su momento. Tipo de información que desea:

(X) PRESENTACIÓN (X) INFORME (X) BASE DE DATOS OTRO.

Características del informe: según lo indicado en el ítem 24.16. Base de datos: Se determinará de acuerdo a las variables que se van a

evaluar.

ANEXO 1

1.1.Los entregables que se entreguen con más de 7 días hábiles de retraso serán castigados (de conformidad a lo que señala este anexo ), según el monto de cada entregable.

1.2.Cuando se presenten más de cinco atrasos que ameriten la aplicación de una multa, el ICE podrá dar por terminado el contrato y proceder según la normativa aplicable.

TABLA ESTIMACION DE CLAUSULA PENAL

FACTOR PUNTOS

1 .-Repercusiones de eventual incumplimiento (30, 20 o 10 puntos, según corresponda) 30

2.- Riesgos del incumplimiento del plazo (30, 20 o 10 puntos, 30

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según corresponda)

3.- Preponderancia del plazo de entrega (15, 10 o 5 puntos, según corresponda) 10

4.- Monto del contrato (15, 10 o 5 puntos, según corresponda) 5

Indicar monto estimado de la licitación:

100 millones de colones

TOTAL DE PUNTOS: 75

Metodología de evaluación

Factor 1 Repercusiones= Alta igual a 30 puntos si el incumplimiento afecta un proyecto o programa estratégico para la dependencia; Media igual a 20 puntos si el proyecto afecta un proyecto o programa importante para el cumplimiento de objetivos de la dependencia; Moderada igual a 10 puntos si el incumplimiento afecta un proyecto o programa con medio o bajo impacto sobre la estrategia y objetivos de la dependencia.

Factor 2 Riesgos. Alto igual a 30 puntos si el incumplimiento pone en riesgo muy alto la eficacia, eficiencia o la continuidad de los servicios que se brindan a los clientes internos o externos así como los ingresos o imagen institucional. Medio igual a 20 puntos cuando el incumplimiento pone en riesgo alto la eficacia, eficiencia o la continuidad de los servicios que se brindan a los clientes internos o externos así como los ingresos o imagen institucional. Moderado igual a 10 puntos cuando el incumplimiento pone en riesgo medio o bajo la eficacia, eficiencia o la continuidad de los servicios que se brindan a los clientes internos o externos así como os ingresos o imagen institucional.

Factor 3 Preponderancia del plazo. Alto igual a 15 puntos cuando el plazo de entrega es fundamental para el cumplimiento de las metas de la dependencia. Medio igual a 10 puntos cuando el plazo de entrega es importante para el cumplimiento de las metas de la dependencia. Moderado igual a 5 puntos cuando el plazo de entrega es de importancia media o baja para el cumplimiento de las metas de la dependencia.

Factor 4 Monto del contrato. Alto igual a 15 puntos cuando es igual o excede el límite inferior del monto de la licitación pública. Medio igual a 10 puntos en montos iguales o superiores a 6 millones de dólares e inferiores al límite inferior de la licitación pública. Moderado igual a 5 puntos en montos inferiores a los 6 millones de dólares.

Calificación de importancia de la cláusula y porcentaje a aplicar.

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Puntaje Importancia de la Cláusula penal

Porcentaje multa a aplicar por día

De 90 a 70 puntos Alta 0.6 %

De menos de 70 a 50 puntos

Media 0.5%

Menos de 50 puntos Moderada 0.4%

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