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CALIDAD DE SENTENCIAS SOBRE DIVORCIO POR IMPOSIBILIDAD DE HACER VIDA EN COMÚN, EXPEDIENTE N° 01546-2010-0-2501-JR-FC- 02 , DEL DISTRITO JUDICIAL DEL SANTA – CHIMBOTE. 2014 QUALITY OF THE SENTENCES IN DIVORCE BY INABILITY TO LIFE IN COMMON, FILE N°. 01546-2010-0-2501-JR-FC-02 , THE JUDICIAL DISTRICT OF SANTA- CHIMBOTE. 2014 Autor: Samuel Larry Torres Muñoz 1 RESUMEN La investigación fue un estudio de caso basado en estándares de calidad a nivel exploratorio descriptivo y diseño transversal, donde el objetivo fue determinar la calidad de las sentencias de primera y segunda instancia sobre divorcio por imposibilidad de hacer vida en común en el expediente Nº 01546-2010-0-2501-JR-FC-02 del Distrito Judicial del Santa – Chimbote; la unidad de análisis fue un expediente judicial seleccionado mediante muestreo por conveniencia; los datos se recolectaron utilizando una lista de cotejo aplicando las técnicas de observación y el análisis de contenido. Los resultados revelaron que la calidad de la sentencia en su parte expositiva, considerativa y resolutiva, pertenecientes a la sentencia de primera instancia fueron de rango: muy alta, muy alta y muy alta; y de la sentencia de segunda 1 Bachiller en Derecho por la Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote. 1

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Articulo Cientifico - Sltm - Divorcio - Civil

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CALIDAD DE SENTENCIAS SOBRE DIVORCIO POR IMPOSIBILIDAD DE HACER VIDA EN COMN, EXPEDIENTE N 01546-2010-0-2501-JR-FC-02, DEL DISTRITO JUDICIAL DEL SANTA CHIMBOTE. 2014 QUALITY OF THE SENTENCES IN DIVORCE BY INABILITY TO LIFE IN COMMON, FILE N. 01546-2010-0-2501-JR-FC-02, THE JUDICIAL DISTRICT OF SANTA-CHIMBOTE. 2014

Autor: Samuel Larry Torres Muoz

RESUMEN

La investigacin fue un estudio de caso basado en estndares de calidad a nivel exploratorio descriptivo y diseo transversal, donde el objetivo fue determinar la calidad de las sentencias de primera y segunda instancia sobre divorcio por imposibilidad de hacer vida en comn en el expediente N 01546-2010-0-2501-JR-FC-02 del Distrito Judicial del Santa Chimbote; la unidad de anlisis fue un expediente judicial seleccionado mediante muestreo por conveniencia; los datos se recolectaron utilizando una lista de cotejo aplicando las tcnicas de observacin y el anlisis de contenido. Los resultados revelaron que la calidad de la sentencia en su parte expositiva, considerativa y resolutiva, pertenecientes a la sentencia de primera instancia fueron de rango: muy alta, muy alta y muy alta; y de la sentencia de segunda instancia: muy alta, muy alta y muy alta. Finalmente, la calidad de las sentencias de primera y de segunda instancia, fueron de rango muy alta y muy alta, respectivamente.

Palabra clave: calidad, divorcio, imposibilidad de hacer vida en comn, motivacin y rango de las sentencias.ABSTRACT

The research was a case study based on quality standards at the exploratory and descriptive cross-sectional design, where the objective was to determine the quality of judgments of first and second instance on divorce inability to live together in case N. 01546-2010-0-2501-JR-FC-02 Judicial District Santa - Chimbote; the unit of analysis was a court record selected by convenience sampling; Data was collected using a checklist applying the techniques of observation and content analysis. The results revealed that the quality of the judgment in its exhibition, preamble and operative belonging to the judgment of first instance were part of range: very high, high and very high; and the judgment on appeal: very high, high and very high. Finally, the quality of the judgments of first and second instance, were of very high and very high, respectively range.Keyword: quality, divorce, inability to live together, motivation and rank of the sentences.INTRODUCCINLa administracin de justicia es un fenmeno social antiqusima y a su vez presente en todos los pases, por ello requiri ser contextualizada para su comprensin y conocimiento.

En el mbito internacional se tuvo conocimiento que:En Espaa, segn la Fundacin Wolters Kluwer (2012) la percepcin que tienen los ciudadanos de la Administracin de Justicia en Espaa el 65% de los encuestados considera mal o muy mal y el 16% bien o muy bien.La situacin muestra que los ciudadanos en general consideran que la Administracin de Justicia necesita evolucionar al ritmo de la sociedad y sus necesidades. El primer Barmetro del Observatorio de la Actividad de la Justicia, elaborado por la Fundacin Wolters Kluwer, manifestaba que, para mejorar la Administracin de Justicia, el 71% de los encuestados consideraba que era preciso mejorar los medios tcnicos ya existentes, el 14% consideraba que era preciso incrementar el nmero de juzgados y otro 14% indicaba que era necesario aumentar tanto los medios tcnicos como el nmero de juzgados.Un cambio hacia la modernizacin y la simplificacin operativa de la Administracin de Justicia para los profesionales que la integran dar lugar a una mejora de la calidad del servicio, lo que propiciar un cambio positivo en la percepcin que los ciudadanos tienen de ella. Las mejoras en los aspectos organizativos y de gestin tambin aportarn nuevos cauces para agilizar la actuacin de la Justicia, lo que potenciar an ms su imagen de eficacia como organismo pblico.Asimismo; en Mxico, para Irma Ramos Salcedo (2012), al hablar de la administracin de justicia, necesariamente tenemos que referirnos al poder judicial, quien tiene como funcin necesaria e indispensable en toda sociedad democrtica y desarrollada, la administracin de la justicia, cosa nada fcil, ya que de sus determinaciones depende la armona y permanencia de la seguridad jurdica para la poblacin; por lo que una justicia pronta, garantiza en todo momento la certeza de los derechos de los habitantes de una nacin.En la actualidad, las cifras de solicitud de justicia y de conclusin de las mismas revelan que cerca de 74 mil asuntos por ao son sometidos a la consideracin de juzgados del fuero comn en el Estado, de los cuales slo cerca del 30%, son dictaminados en el trmino de 2 aos, tiempo en el cual se resuelve la peticin, siempre que no se trate de acciones de peticin de herencia las cuales pueden durar entre 10 y 15 aos incluso ms tiempo si alguna de las partes utiliza algunos mecanismos ilegales para entorpecer la administracin de justicia. Estos datos hacen posible y deseable, la implementacin de mecanismos y propuestas que contribuyan a la satisfaccin y desarrollo adecuado de la administracin de justicia, la cual es una parte importante del satisfactor ciudadano, garante de la seguridad jurdica y de la legalidad de las actuaciones estatales, refleja la certidumbre de todo ciudadano a creer y conservar un rgimen poltico seguro. La justicia debe ser para todos, pronta y expedita.Tambin, Pasara, (2003), refirindose a Mxico expres: existen muy pocos estudios acerca de la calidad de las sentencias judiciales; porque, una de las razones es su carcter cualitativo, que el tema es complejo y sus resultados siempre son discutibles. Admiti, que el diseo de mecanismos transparentes que permitan evaluar las sentencias que dictan los rganos Judiciales es una tarea pendiente de gran urgencia en los procesos de reforma.Por su parte, Jos Ma. RICO y Luis SALAS (s.f), sostienen que existen diversos problemas de ndole normativa, social, econmica y poltica afectan a los sistemas latinoamericanos de justicia. Por ejemplo la legislacin latinoamericana se caracteriza por una tendencia tradicional consistente en copiar modelos forneos, con escasa o nula referencia a las realidades sociales y econmicas del pas en que ha de aplicarse, por la ausencia de coordinacin entre las instituciones que deben participar en su implementacin e, incluso, en numerosos casos, por la existencia de normas contradictorias. Adems, algunas leyes no han sido revisadas desde la fecha de su promulgacin, y ello, aunque las condiciones que presidieron a la misma hayan cambiado radicalmente. Se dan asimismo casos en que la legislacin se refiere a organismos inexistentes; tal ocurre, en Honduras, con la ley sobre la polica de 1906, an vigente, la cual prev organismos que nunca fueron creados y una estructura que no se corresponde con la organizacin actual.Asimismo, en el Per segn Luis Psara (2004), se conoci que el grado de satisfaccin del ciudadano peruano con la administracin de justicia es muy bajo. Segn datos de APOYO, en setiembre de 2003, 78% de entrevistados no confiaba en el Poder Judicial, mientras que slo 15% deca confiar en l. Si se mira en perspectiva, el proceso es de cada pero no demasiado brusca: en 1993, los sondeos de la misma entidad encontraron un nivel de desconfianza de 72%. En una serie histrica construida por APOYO, el Poder Judicial no tiene, desde marzo de 2002, un nivel de aprobacin que supere 25% de entrevistados y la tendencia hasta marzo de 2004 segua siendo decreciente. Para casi uno de cada cuatro (24.1%) encuestados por IMASEN en abril de 2004, el Poder Judicial era la institucin que menos confianza les inspiraba. Pese a que la justicia en Amrica Latina no tiene un alto grado de reconocimiento ni produce niveles importantes de satisfaccin social, el caso peruano est entre los ms graves. El Latino barmetro midi en 2002 el nivel de confianza en el Poder Judicial; entre 17 pases, el Per ocupaba el puesto 14. Ese mismo ao, el Barmetro Iberoamericano de Gobernabilidad (CIMA) efectu igual medicin en 16 pases: el Per comparti con Argentina el ltimo lugar. En este ltimo sondeo tambin se midi la percepcin social sobre la calidad de la justicia; las respuestas positivas dadas en el Per situaron al pas entre los cuatro ltimos, al lado de Bolivia y ligeramente por encima de Ecuador y Guatemala.

De otro lado, las estadsticas de IPSOS APOYO (2012) revel que las instituciones consideradas ms corruptas en esta medicin son: el Poder Judicial (56%), la Polica Nacional (52%) y el Congreso de la Repblica (47%). En el lado contrario, las instituciones que son consideradas como las que ms luchan efectivamente contra la corrupcin son: la Defensora del Pueblo (55%) y los medios de comunicacin (34%).

Tambin, segn la publicacin del Manual de Redaccin de Resoluciones Judiciales que hizo la Academia de la Magistratura (AMAG), ente conformante del Poder Judicial, en este documento Len, (2008) presenta los resultados de un estudio realizado con sentencias penales, bsicamente. Su contenido se ocupa de la estructura y contenido sugerido para las sentencias, para asegurar el manejo de principios bsicos, la coherencia, la claridad y presenta recomendaciones para la redaccin de la sentencia. Asimismo, Pasara, (2010); al referirse a la administracin de justicia en el Per, expone: en los ltimos aos se observ niveles de desconfianza social y debilidad institucional de la administracin de justicia; alejamiento de la poblacin del sistema; altos ndices de corrupcin; relacin directa entre la justicia y el poder, con efectos negativos. Pertenencia del sistema de justicia a un viejo orden, corrupto en general, y con serios obstculos para el ejercicio real de la ciudadana por parte de las personas. Lo que significa que las resoluciones judiciales, emergen de un mbito ligado a la corrupcin y el trfico de influencias.Tambin, en el Distrito Judicial del Santa Chimbote: Para nadie es ajeno, como a travs de los diferentes medios de comunicacin social (peridicos, revistas, radio y televisin) diariamente, se notician sobre determinadas decisiones judiciales asombrosas y aberrantes, que lgicamente producen escndalos en la opinin pblica. Y cuando se comenta sobre decisiones injustas o ilegales, de hecho comprometen a los actores que administran justicia, como son los seores magistrados del Poder Judicial (jueces) y del Ministerio Pblico (fiscales), que incluye tambin a la Polica Nacional como entidad auxiliar para determinados casos penales, pero no ajenos a permanentes cuestionamientos. Con la precisin de que como en toda entidad pblica, as como hay probos, capaces y honestos, tambin los hay los mprobos, incapaces y deshonestos quienes con su actuar incorrecto o venal, manchan la buena imagen de su institucin. Sino trasladmonos a las encuestas pblicas y peridicas respecto a estas tres instituciones. Muchas veces justificadas, porque es el ciudadano que en su calidad de litigante (justiciable) reclama o se queja cuando sus derechos son preteridos, ante inconductas funcionales, decisiones o resoluciones injustas. (Diario Chimbote, 2014).

Segn Pairazamn Glvez, Homero (2011) sostiene que de igual manera son actores principales en la administracin de justicia el profesional Abogado, quien con su actuar, muchas veces, indebido y reido con la tica, participa o influye en las decisiones de la Polica Nacional, del Ministerio Pblico y del Poder Judicial, en determinados hechos escandalosos, a travs de prebendas y sobornos. Aunque no est dems comentar que, lamentablemente, en la formacin de la Abogaca, aparte de la trascendental formacin personal desde su hogar de familia, compromete muy seriamente a las Universidades, que dan poca importancia al aspecto deontolgico del Abogado, toda vez que se han convertido en instituciones lucrativas, mas destinadas en recaudar, que en la formacin y capacitacin del Abogado, y que decir del negocio en la obtencin de los grados de maestra, que lamentablemente cuando lo obtienen no lo reflejan debidamente en el ejercicio de la profesin. Sino preguntemos al Colegio de Abogados del Santa, que est recibiendo ocho quejas mensuales, por las inconductas profesionales, segn versin del actual Decano; y que sera muy saludable que se haga conocer a la opinin pblica respecto del resultado de sus investigaciones. Por lo expuesto, al instituirse polticas de investigacin en la Universidad Catlica los ngeles de Chimbote, se crearon lneas de investigacin; y el que corresponde a la carrera profesional de derecho, se denomina Anlisis de Sentencias de Procesos Culminados en los Distritos Judiciales del Per, en funcin de la mejora continua de la calidad de las decisiones judiciales (ULADECH Catlica, 2013). La ejecucin de sta lnea, es una labor que integra a docentes y estudiantes; se inicia con la seleccin intencionada de un expediente judicial y el propsito es determinar la calidad de las sentencias basada en las exigencias previstas en fuentes de carcter normativo, doctrinario y jurisprudencial.

Por estas razones, el estudio intenta avanzar en un contexto poco frecuentado, la unidad de anlisis fue el expediente N 01546-2010-0-2501-JR-FC-02 perteneciente a un rgano jurisdiccional de la ciudad de Chimbote, del Distrito Judicial del Santa, comprende un proceso de divorcio por causal de imposibilidad de hacer vida en comn; la sentencia de primera instancia resuelve declarar infundada la demanda; sta resolucin fue impugnada, por ello el demandante apel ante el rgano superior jerrquico; en la sentencia de segunda instancia se resolvi confirmando la sentencia de primera instancia.sta situacin motiv el planteamiento del siguiente problema:

Cul es la calidad de las sentencias de primera y segunda instancia sobre divorcio por la causal de imposibilidad de hacer vida en comn segn los parmetros normativos, doctrinarios y jurisprudenciales pertinentes, en el expediente N 01546-2010-0-2501-JR-FC-02, del Distrito Judicial del Santa Chimbote; 2014?

Para responder a sta interrogante se traz como objetivo general:

Determinar la calidad de las sentencias de primera y segunda instancia sobre divorcio por la causal de imposibilidad de hacer vida en comn, segn los parmetros normativos, doctrinarios y jurisprudenciales pertinentes, en el expediente N 01546-2010-0-2501-JR-FC-02, del Distrito Judicial del Santa Chimbote; 2014.

Asimismo, para alcanzar el objetivo general se trazaron seis objetivos especficos:

1. Respecto de la sentencia de primera instancia: a) Determinar la calidad de la parte expositiva, con nfasis en la introduccin y la postura de las partes; b) Determinar la calidad de la parte considerativa, con nfasis en la motivacin de los hechos y el derecho; c) Determinar la calidad de parte resolutiva, con nfasis en la aplicacin del principio de congruencia y la descripcin de la decisin.

2. Respecto a la sentencia de segunda instancia: a) Determinar la calidad de la parte expositiva, con nfasis en la introduccin y la postura de las partes; b) Determinar la calidad de la parte considerativa, con nfasis en la motivacin de los hechos y el derecho; c) Determinar la calidad de parte resolutiva, con nfasis en la aplicacin del principio de congruencia y la descripcin de la decisin.El estudio se justifica por las siguientes razones:

En base a la problemtica que existe en cuanto a la administracin de justicia en el Per, lo cual se ve que al da de hoy todos los ciudadanos lo ven ms como una institucin corrupta o no creble, por lo tanto la difusin de los resultados de la investigacin servirn para motivar a quienes tengan vnculos con los asuntos de justicia: autoridades profesionales, estudiantes de la carrera de derecho, y la sociedad en general, es decir los resultados de la investigacin servirn para, incentivar el ejercicio de la funcin jurisdiccional responsable en tanto que los representantes de los rganos jurisdiccionales tendrn mayor cuidado al momento de aplicar los criterios tericos y normativos para cada caso concreto, lo cual contribuir a mejorar la calidad de la administracin de justicia y por ende a mejorar la imagen del Poder Judicial.

Asimismo, tomando en cuenta los resultados el trabajo se justifica porque los resultados servirn de base para disear polticas de mejora en la calidad de las decisiones judiciales, asimismo para sensibilizar a los operadores jurisdiccionales respecto de la responsabilidad que asumen al tomar las decisiones que se explicitan en el contenido de las decisiones judiciales.En suma, la realizacin del presente trabajo es una forma de ejercer un derecho establecido en la propia Constitucin Poltica del Per; cuya norma prevista en el inciso 20 del artculo 139, reconoce a toda persona, el derecho de analizar y criticar las resoluciones y sentencias judiciales, con las limitaciones de ley (Chaname, 2009).

MATERIAL Y MTODOS

Es un estudio de caso, basado en parmetros de calidad extrados de la revisin de la literatura, de nivel exploratorio descriptivo; diseo transversal; (Hernndez, Fernndez & Batista, 2010), la unidad de anlisis es el expediente N 01546-2010-0-2501-JR-FC-02 de la ciudad de Chimbote, Distrito Judicial del Santa, seleccionado mediante muestreo por conveniencia (Casal y Mateu; 2003) los criterios de inclusin fueron: proceso concluido con interaccin de ambas partes y con sentencias de primera y segunda instancia; en la recoleccin de datos se aplic las tcnicas de la observacin y el anlisis de contenido; el instrumento utilizado es una lista de cotejo (Valderrama, s.f); la recoleccin y plan de anlisis de datos pas por tres etapas: abierta y exploratoria; sistematizada, en trminos de recoleccin de datos y el anlisis sistemtico (Lenise Do Prado; Quelopana Del Valle; Compean Ortiz, y Resndiz Gonzles, 2008). La variable de investigacin fue la calidad de las sentencias, al ser operacionalizada present tres dimensiones, seis sub dimensiones y cinco indicadores (parmetros) por cada sub dimensin. La recoleccin de datos estuvo orientada por los objetivos especficos, se inici con la bsqueda de los parmetros en el texto de las sentencias, verificando si se cumplen o no; luego se agruparon y la condicin fue: si se cumplen los cinco parmetros la calidad ser muy alta; si 4 alta; si 3 mediana; si 2 baja, y si 1 o ninguno, muy baja; respectivamente. Finalmente, los resultados de la calidad de las sub dimensiones conducen a la determinacin de la calidad de las dimensiones y las de aquellas, a la determinacin de la variable: calidad de las sentencias en estudio. Los cinco parmetros de calidad fueron:1. Para la parte considerativa. En la introduccin, de ambas sentencias los parmetros fueron: el encabezamiento; el asunto; la individualizacin de las partes; los aspectos del proceso y la claridad. En cambio, para la postura de las partes, en la primera sentencia fueron: congruencia con la pretensin del demandante; congruencia con la pretensin del demandado; explicitud de los puntos controvertidos; congruencia con los fundamentos fcticos expuestos por las partes y la claridad. Mientras que, para la segunda sentencia los parmetros fueron: evidencia el objeto de impugnacin; evidencia congruencia con los fundamentos de la impugnacin; evidencia el propsito o pretensin de la consulta; explicita la conducta procesal mostrada por las partes en segunda instancia y la claridad.

2. Para la parte considerativa. De ambas sentencias, en la motivacin de los hechos los parmetros fueron: las razones evidencian la seleccin de los hechos probados o improbadas; las razones evidencian la fiabilidad de las pruebas; las razones evidencian aplicacin de la valoracin conjunta; las razones evidencia aplicacin de las reglas de la sana crtica y las mximas de la experiencia y la claridad. Por su parte, en la motivacin del derecho fueron: las razones se orientan a evidenciar que la(s) norma(s) aplicada(s) fue (ron) seleccionada(s) de acuerdo a los hechos y pretensiones; las razones se orientan a establecer la conexin entre los hechos y las normas que justifican la decisin; las razones se orientan a interpretar las normas aplicadas; las razones se orientan a respetar los derechos fundamentales y la claridad

3. De la parte resolutiva. De ambas sentencias, en la aplicacin del principio de congruencia los parmetros fueron: el pronunciamiento evidencia resolucin de todas las pretensiones oportunamente ejercitadas; el pronunciamiento evidencia resolucin nada ms que de las pretensiones ejercitadas; el pronunciamiento evidencia aplicacin de las dos reglas precedentes a las cuestiones introducidas y sometidas al debate, en primera instancia y segunda instancia; respectivamente; el pronunciamiento evidencia correspondencia (relacin recproca) con la parte expositiva y considerativa respectivamente, y la claridad. Finalmente, en la descripcin de la decisin fueron: mencin expresa de lo que se decide u ordena; mencin clara de lo que se decide u ordena; evidencia a quin corresponde la pretensin planteada; evidencia mencin expresa y clara de la exoneracin o fijacin de las costas y costos y la claridad.RESULTADOS

Cuadro 1: Calidad de la sentencia de primera instancia sobre divorcio por causal imposibilidad de hacer vida en comn; segn los parmetros normativos, doctrinarios y jurisprudenciales, pertinentes, en el expediente N 01546-2010-0-2501-JR-FC-02, Distrito Judicial del Santa - Chimbote; 2014Variable en estudio

Dimensiones de la variableSub dimensiones de la variableCalificacin de las sub dimensiones Calificacin de las dimensiones

Determinacin de la variable: Calidad de la sentencia de segunda instancia

Muy BajaBajaMedianaAltaMuy alta

Muy bajaBajaMedianaAltaMuy Alta[1 - 8][9 - 16][17 -24][25-32][33 - 40]

12345

Calidad de la sentencia de primera instanciaParte expositivaIntroduccin

X9

[9 - 10] Muy alta38

[7 - 8]Alta

Postura de las partesX[5 - 6]Mediana

[3 - 4]Baja

[1 - 2]Muy baja

Parte considerativa2

4681020

[17 - 20] Muy alta

[13 - 16]Alta

Motivacinde los hechosX[9- 12]Mediana

Motivacin del derechoX[5 -8]Baja

[1 - 4]Muy baja

Parte resolutivaAplicacin del Principio de congruencia12345 98[9 - 10] Muy alta

X

[7 - 8]Alta

Descripcin de la decisinX[5 - 6]Mediana

[3 - 4]Baja

[1 - 2]Muy baja

Cuadro 1: elaborado por la abog. Dionee Muoz Rosas Docente Universitaria ULADECH Catlica. Las ponderaciones de los parmetros de calidad, pertenecientes a las sub dimensiones parte expositiva y resolutiva fue uno; mientras que, de la parte considerativa fue dos, porque es compleja su elaboracin en la redaccin de las sentencias. Se deja constancia que la parte expositiva comprende la cabecera de la sentencia.Cuadro 2: Calidad de la sentencia de segunda instancia sobre divorcio por causal imposibilidad de hacer vida en comn; segn los parmetros normativos, doctrinarios y jurisprudenciales, pertinentes, en el expediente N 01546-2010-0-2501-JR-FC-02, Distrito Judicial del Santa - Chimbote; 2014Variable en estudio

Dimensiones de la variableSub dimensiones de la variableCalificacin de las sub dimensiones Calificacin de las dimensiones

Determinacin de la variable: Calidad de la sentencia de segunda instancia

Muy bajaBajaMedianaAltaMuy alta

Muy bajaBajaMedianaAltaMuy Alta[1 - 8][9 - 16][17 -24][25-32][33 - 40]

12345

Calidad de la sentencia de segunda instanciaParte expositivaIntroduccin

X9

[9 - 10] Muy alta38

[7 - 8]Alta

Postura de las partesX[5 - 6]Mediana

[3 - 4]Baja

[1 - 2]Muy baja

Parte considerativa24681020

[17 - 20]Muy alta

[13 - 16]Alta

Motivacinde los hechosX[9 - 12]Mediana

Motivacin del derechoX[5 - 8]Baja

[1 - 4]Muy baja

Parte resolutivaAplicacin del Principio de congruencia123459[9 - 10] Muy alta

X

[7 - 8]Alta

Descripcin de la decisinX[5 - 6]Mediana

[3 - 4]Baja

[1 - 2]Muy baja

Cuadro 2: elaborado por la abog. Dionee Muoz Rosas Docente Universitaria ULADECH Catlica. Las ponderaciones de los parmetros de calidad, pertenecientes a las sub dimensiones parte expositiva y resolutiva fue uno; mientras que, de la parte considerativa fue dos, porque es compleja su elaboracin en la redaccin de las sentencias. Se deja constancia que la parte expositiva comprende la cabecera de la sentencia.

DISCUSIN

De acuerdo los resultados la calidad de ambas sentencias de primera y segunda instancia fue de rango muy alta; respectivamente. Se derivaron de la calidad de sus respectivas partes expositiva, considerativa y resolutiva, de la primera que fueron: muy alta, muy alta y alta; mientras que de la segunda: alta, muy alta y alta (Cuadro 1 y 2). De la calidad en la parte expositiva de la sentencia de primera y segunda instancia. Fue de rango muy alta y muy alta; respectivamente. Se derivaron de la calidad de la introduccin y de la postura de las partes, de cada sentencia. Las pertenecientes a la primera y segunda instancia ambas fueron de rango muy alta y alta, respectivamente. Respecto a la introduccin se evidenci una tendencia a cumplir los parmetros establecidos en la norma procesal, entre los que se encuentran: el N del expediente, el lugar y la fecha, y otros datos que individualizan a la sentencia; asimismo especifica el asunto, y destaca los aspectos del proceso; permite afirmar que los juzgadores se han ceido o han aplicado, los requisitos que debe tener una sentencia, conforme se indica en el art. 122 del Cdigo Procesal Civil, esto probablemente es as; porque hay cumplimiento de las formalidades para la creacin de una resolucin, pero tambin que el juzgador ha examinado el proceso antes de pronunciarse sobre los puntos impugnados. Este hallazgo es concordarte con Len, (2008) quien sostiene que lo importante es que se defina el asunto materia de pronunciamiento con toda la claridad que sea posible.

En relacin a la postura de las partes se puede identificar con claridad la descripcin de los hechos y los planteamientos de las partes, esto se cie a lo que sostiene Bacre, (1986), que esta primera parte de la sentencia debe de haber una exposicin de las cuestiones planteadas, es decir, el juez sintetiza el objeto del proceso, su causa, seala quines intervienen en l, y menciona las etapas ms importantes del trmite; sin embargo se puede inferir que el juez omiti consignar o explicitar los puntos controvertidos, teniendo que en cuenta que cada parte de una sentencia debe de ser clara y completa en s misma; ms, por el contrario ordena remitirse al proceso, por lo que contrastando estos hallazgos con lo que afirma Gmez, R (2008) para quien una sentencia debe ser exhaustiva; que, equivale a resolver todas las cuestiones planteadas en la demanda y la contestacin de la demanda puede afirmarse que hay aproximacin. Por otro lado en la postura de las partes de la sentencia de segunda instancia se puede se puede observar que no evidencia la(s) pretensin(es) de la parte contraria al impugnante. Continuando con Gmez, R (2008) sostiene que debe de haber congruencia entre las partes, debiendo existir conformidad de extensin, concepto y alcance entre el fallo y las pretensiones formuladas por las partes en juicio.

2. De la calidad en la parte considerativa de la sentencia de primera y segunda instancia. En ambas sentencias fue de rango muy alta. Se derivaron de la calidad de la motivacin de los hechos y del derecho, cuya calidad en ambas, tambin, fueron de rango muy alta, respectivamente.

En cuanto a la motivacin de los hechos se observ que las afirmaciones expuestas por las partes han sido contrastados con los medios probatorios que son: desde documentales, testimoniales, declaracin de parte; en cuanto al actor no se pudo acreditar los medios probatorios que present en la demanda. Respecto a la motivacin de los hechos Gmez, R. (2008): sostiene que es necesario hacer un anlisis crtico de las pruebas alegadas por las partes, con el propsito de constatar la existencia de los hechos.

En relacin a la motivacin del derecho, se evidencia que la norma aplicada ha sido seleccionada de acuerdo a los hechos y pretensiones de las partes; se explican las reglas de interpretacin utilizadas; se respetan los derechos fundamentales; se establece conexin entre los hechos y las normas que justifican la decisin; y la claridad. Respecto a la motivacin del derecho Len, (2008) afirma que lo relevante en la parte considerativa de una sentencia no es slo que se contemple la valoracin de los medios probatorios para un establecimiento razonado de los hechos materia de imputacin, sino tambin las razones que desde el punto de vista de las normas aplicables fundamentan la calificacin de los hechos establecidos. Debido a ello se puede considerar que el juez al momento de analizar se ha bas en cada punto solicitado, haciendo buen uso del cdigo civil y procesal civil, argumentando en forma clara en base a la doctrina para obtener un criterio ms acertado.

3. De la calidad en la parte resolutiva de la sentencia de primera y segunda instancia. En ambas sentencias fue de rango muy alta. Se derivaron de la calidad de la aplicacin del principio de congruencia y de la descripcin de la decisin, cuya calidad en ambas, fue de rango muy alta y alta, respectivamente.En relacin a la aplicacin del principio de congruencia, el hecho de pronunciarse exclusivamente y nada ms respecto de las pretensiones planteadas, en el presente caso de estudio evidencia su proximidad a los alcances manifestados por Gmez, R. (2008), quien sostiene que el fallo de una sentencia debe de ser congruente; quiere decir que sea conveniente, y oportuna. Evidenciando conformidad de extensin, concepto y alcance entre el fallo y las pretensiones formuladas por las partes en juicio.

Respecto, a la descripcin de la decisin; al igual que la claridad hallada en el texto de la sentencia, puede afirmarse que se ha garantizado la tutela jurisdiccional efectiva, su lectura es clara, entendible, no exagera en el uso de trminos extremadamente tcnicos y jurdicos, con lo cual se asemeja a la exposicin que se observa en la norma del inciso 4 del artculo 122 del Cdigo Procesal Civil, en dicha norma se indica que la resolucin deber contener la mencin clara y precisa de lo que se decide y ordena respecto de todos los puntos controvertidos; en la misma lnea se ubica a Len (2008), quien sostiene que la claridad es fundamental, por esas razones se puede inferir que dicho pronunciamiento es comprensible en lo que se decide u ordena. Dentro de este contexto tratndose de un proceso de divorcio, el juez se pronunci de acuerdo a la pretensin de la parte demandante quien requiri la disolucin del vnculo matrimonial; es por este motivo que la sentencia evidencia una adecuada fundamentacin de los hechos y a su vez la aplicacin del derecho, consecuentemente congruencia entre los hechos y las normas que sostuvieron su decisin. Sin embargo de los hallazgos se puede observar que no se tuvo en cuenta el tema del pago de costos y costas del proceso, tomando en cuenta que De Oliva y Fernndez, en Hinostroza (2004) acotan que en el fallo tambin se har referencia al tema de las costas, ya sea para condenar (por el criterio objetivo o por apreciar temeridad o mala fe), ya sea para expresar que no procede un especial pronunciamiento en esa materia (p. 91).

CONCLUSINDe acuerdo a los parmetros normativos, doctrinarios y jurisprudenciales aplicados en el estudio la calidad de las sentencias sobre divorcio por la causal de imposibilidad de hacer vida en comn en el expediente N 01546-2010-0-2501-JR-FC-02 del Distrito Judicial del Santa; Chimbote, ambas fueron de rango muy alta, respectivamente. La sentencia de primera instancia alcanz un rango: muy alta en su parte expositiva, muy alta en la considerativa, y muy alta en la resolutiva; de la misma forma que la sentencia de segunda instancia alcanz el rango de muy alta en su parte expositiva y considerativa, y muy alta en su parte resolutiva. AGRADECIMIENTOA Dios:Por haberme dado la oportunidad de vivir y por mostrarme da a da que con humildad, paciencia y Su sabidura todo es posible.

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Samuel Larry Torres MuozReferencias bibliogrficas

Bacre A. (1986). Teora General del Proceso. Tomo I. Buenos Aires: Abeledo Perrot.

Casal, J. y Mateu, E. (2003). En Rev. Epidem. Med. Prev. 1: 3-7. Tipos de Muestreo. CReSA. Centre de Recerca en Sanitat Animal / Dep. Sanitat i Anatomia Animals, Universitat Autnoma de Barcelona, 08193-Bellaterra, Barcelona. Recuperado en: http://minnie.uab.es/~veteri/21216/TiposMuestreo1.pdf .

Fundacin Wolters Kluwer (2010), Situacin actual de la Administracin de Justicia en Espaa. Recuperado de www.consultoras.org/frontend/aec/descargar.php?idf=23763 (17.05.2014)

Gmez, R. (2008). Juez, sentencia, confeccin y motivacin. Recuperado de: http://works.bepress.com/cgi/viewcontent.cgi?article=1007&context=derecho_canon

HYPERLINK "http://works.bepress.com/cgi/viewcontent.cgi?article=1007&context=derecho_canonico" icoHernndez-Sampieri, R., Fernndez, C. y Batista, P. (2010). Metodologa de la Investigacin. (5ta. Edicin). Mxico: Editorial Mc Graw Hill.Hinostroza, A. (2004). Sujetos del Proceso Civil. (1ra. Edicin). Lima: Gaceta Jurdica.Ipsos apoyo (2012) VII Encuesta Nacional sobre percepciones de la corrupcin en el Per 2012. Recuperado de http://www.proetica.org.pe/wp-content/uploads/2012/07/Pro%C3%A9tica-VII-Encuesta-Nacional-sobre-percepciones-de-la-corrupci%C3%B3n-en-el-Per%C3%BA-2012.pdf (17.05.2014)

Irma Ramos Salcedo (2012), La administracin de justicia en lnea en Mxico. Recuperado de http://148.202.18.157/sitios/publicacionesite/pperiod/jurjal/ano22no1/4.pdfLenise Do Prado, M., Quelopana Del Valle, A., Compean Ortiz, L. y Resndiz Gonzles, E. (2008). El diseo en la investigacin cualitativa. En: Lenise Do Prado, M., De Souza, M. y Carraro, T. Investigacin cualitativa en enfermera: contexto y bases conceptuales. Serie PALTEX Salud y Sociedad 2000 N 9. (pp.87-100). Washington: Organizacin Panamericana de la Salud.

Len, R. (2008). Manual de Redaccin de Resoluciones Judiciales. Lima: Academia de la Magistratura (AMAG).

Supo, J. (2012). Seminarios de investigacin cientfica. Tipos de investigacin.Recuperadodehttp://seminariosdeinvestigacion.com/tipos-de- investigac io n/. (23.11.2013)

Valderrama, S. (s.f.). Pasos para elaborar proyectos y tesis de investigacin cientfica. (1ra Ed.). Lima: Editorial San Marcos. Bachiller en Derecho por la Universidad Catlica Los ngeles de Chimbote.

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