socialización de la ley que regula el mercado
DESCRIPTION
www.silviasalgadoandrade.comTRANSCRIPT
LEY ORGÁNICA DE LEY ORGÁNICA DE REGULACIÓN Y REGULACIÓN Y
CONTROL DEL PODER CONTROL DEL PODER DE MERCADODE MERCADO
¿QUÉ ES UNA LEY DE CONTROL DEL PODER DE MERCADO?
Problemas de un mercado con ALTA CONCENTRACIÓN SIN REGULACIÓN
Problemas de un mercado con ALTA CONCENTRACIÓN SIN REGULACIÓN
Beneficios de un mercado con CONCENTRACIÓN REGULADA Y SIN ABUSO
Beneficios de un mercado con CONCENTRACIÓN REGULADA Y SIN ABUSO
Altos precios Poca variedad de oferta de bienes y servicios Menor calidad Pérdida del excedente del consumidor Menor productividad Menor competitividad Perpetúa el patrón de especialización de la economía Aumenta la inequidad
Bajos precios Incrementa la variedad de oferta de bienes y servicios Mayor calidad Repartición más equitativa de los beneficios Mayor productividad Mayor competitividad Permite el florecimiento de industrias nacientesDesarrollo tecnológico
ALTA CONCENTRACIÓN SIN REGULACIÓN > ABUSO Y LUCRO
ALTA CONCENTRACIÓN SIN REGULACIÓN > ABUSO Y LUCRO
CONCENTRACIÓN REGULADA EN CIERTOS SECTORES > EFICIENCIA ECONÓMICA Y
BIENESTAR
CONCENTRACIÓN REGULADA EN CIERTOS SECTORES > EFICIENCIA ECONÓMICA Y
BIENESTAR
LEY QUE REGULA Y CONTROLA EL ABUSO DEL PODER DE MERCADO Y LA CONCENTRACIÓN
Alta Concentración Alta Concentración
Fuente: INEC-Censo Económico 2010
ALGUNOS CASOS DE CONCENTRACIÓN EN LA ECONOMÍA ECUATORIANAALGUNOS CASOS DE CONCENTRACIÓN EN LA ECONOMÍA ECUATORIANA
Fuente: INEC-Censo Económico 2010
LA LEY BUSCALA LEY BUSCA
• ELIMINAR EL ABUSO DE LOS ELIMINAR EL ABUSO DE LOS GRANDES PRODUCTORESGRANDES PRODUCTORES
• MEJORAR LA CALIDAD DE MEJORAR LA CALIDAD DE PRODUCTO EN OFERTA PARA LA PRODUCTO EN OFERTA PARA LA CIUDADANIACIUDADANIA
• PERMITIR EL CRECIMIENTO DE LOS PERMITIR EL CRECIMIENTO DE LOS PEQUEÑOS PRODUCTORES PEQUEÑOS PRODUCTORES
• ESTABILIZAR LOS PRECIOS DE LOS ESTABILIZAR LOS PRECIOS DE LOS PRODUCTOS EN EL MERCADOPRODUCTOS EN EL MERCADO
• BRINDAR ACCESO TECNOLOGICO A BRINDAR ACCESO TECNOLOGICO A LOS PEQUEÑOS PRODUCTORES, LOS PEQUEÑOS PRODUCTORES, PARA LA ELABORACION DE UN PARA LA ELABORACION DE UN PRODUCTO DE CALIDADPRODUCTO DE CALIDAD
• CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES DE LAS EMPRESAS PRODUCTORAS DE LAS EMPRESAS PRODUCTORAS SEAN ESTAS PÚBLICAS O PRIVADASSEAN ESTAS PÚBLICAS O PRIVADAS
• ELIMINAR EL ABUSO DE LOS ELIMINAR EL ABUSO DE LOS GRANDES PRODUCTORESGRANDES PRODUCTORES
• MEJORAR LA CALIDAD DE MEJORAR LA CALIDAD DE PRODUCTO EN OFERTA PARA LA PRODUCTO EN OFERTA PARA LA CIUDADANIACIUDADANIA
• PERMITIR EL CRECIMIENTO DE LOS PERMITIR EL CRECIMIENTO DE LOS PEQUEÑOS PRODUCTORES PEQUEÑOS PRODUCTORES
• ESTABILIZAR LOS PRECIOS DE LOS ESTABILIZAR LOS PRECIOS DE LOS PRODUCTOS EN EL MERCADOPRODUCTOS EN EL MERCADO
• BRINDAR ACCESO TECNOLOGICO A BRINDAR ACCESO TECNOLOGICO A LOS PEQUEÑOS PRODUCTORES, LOS PEQUEÑOS PRODUCTORES, PARA LA ELABORACION DE UN PARA LA ELABORACION DE UN PRODUCTO DE CALIDADPRODUCTO DE CALIDAD
• CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES DE LAS EMPRESAS PRODUCTORAS DE LAS EMPRESAS PRODUCTORAS SEAN ESTAS PÚBLICAS O PRIVADASSEAN ESTAS PÚBLICAS O PRIVADAS
Monopolización de ProductosMonopolización de Productos
• Productora de Leche, la misma empresa productora puede comercializar los siguientes productos: (1)leche,(2)queso, (3)mantequilla,(4)yogurt, además la misma empresa productora realiza la venta de todos y cada unos de los productos adicionales, para la elaboración y preservación de queso, mantequilla, yogurt y demás productos.
• Productora de Leche, la misma empresa productora puede comercializar los siguientes productos: (1)leche,(2)queso, (3)mantequilla,(4)yogurt, además la misma empresa productora realiza la venta de todos y cada unos de los productos adicionales, para la elaboración y preservación de queso, mantequilla, yogurt y demás productos.
Ley de Protección de las Libertades EconómicasLey de Protección de las Libertades Económicas
Ley de Protección de las Libertades EconómicasLey de Protección de las Libertades EconómicasLey de Protección de las Libertades EconómicasLey de Protección de las Libertades Económicas
Ley Orgánica Regulatoria de la Actividad y Competencia EconómicaLey Orgánica Regulatoria de la Actividad y Competencia EconómicaLey Orgánica Regulatoria de la Actividad y Competencia EconómicaLey Orgánica Regulatoria de la Actividad y Competencia Económica
19981998
20012001
20052005
Ley Orgánica de Libre Competencia EconómicaLey Orgánica de Libre Competencia EconómicaLey Orgánica de Libre Competencia EconómicaLey Orgánica de Libre Competencia Económica
Ley Orgánica de Defensa de la CompetenciaLey Orgánica de Defensa de la CompetenciaLey Orgánica de Defensa de la CompetenciaLey Orgánica de Defensa de la Competencia
Ley Orgánica de Libre Competencia EconómicaLey Orgánica de Libre Competencia EconómicaLey Orgánica de Libre Competencia EconómicaLey Orgánica de Libre Competencia Económica
20072007
20092009
20052005
INICIATIVAS LEGALES INICIATIVAS LEGALES FALLIDAS EN EL FALLIDAS EN EL
ECUADORECUADOR1.-
2.-
3.-
4.-
5.-
6.-
Para controlar los Abusos de Poder del Mercado se crea una Institucionalidad pública
INSTITUCIONALIDAD
EJECUTIVO
Terna
Consejo de Participación Ciudadana y
Control Social
JUNTA DE REGULACIÓN
Superintendencia de Control de Poder de
Mercado
Ámbito investigativo
Ámbito resolutivo
REGULADOR DE POLÍTICAS DE CONTROL DE MERCADO Y
COMPETENCIA
Control y ejecución de sanciones
CREACIÓN INSTITUCIONALCREACIÓN INSTITUCIONAL
PASADO
NO EXISTIAREGULACION
NI CONTRL
ACTUALIDAD• El Presidente de la
Republica, propone al Consejo de Participación Ciudadana, una terna que estará sujeta al cumplimiento de méritos pero sobre todo, que la ciudadanía intervendrá en el caso de no estar de acuerdo a través de impugnaciones ciudadanas para nombrar al Superintendente de Control del Poder del Mercado.
EJEMPLOS DE PRÁCTICAS SANCIONADAS EN LA LEY
BARRERAS DE ENTRADA (Art.8, No. 1)
Un grupo de supermercados o comercializadores presionan a sus proveedores para no vender a un nuevo competidor e impedir su entrada.
RESTRINGIR NIVELES DE PRODUCCIÓN Y EXTRACCIÓN DEL EXCEDENTE DEL CONSUMIDOR (Art.8, No. 2)
Bajar la producción u ocultar producto para sacar provecho de la especulación de precios (gas, azúcar, arroz).
CONCENTRACIÓN DE MEDIOS DE PRODUCCIÓN YNEGATIVA INJUSTIFICADA DE ACCESO A OTROS OPERADORES (Art.8, No. 3)
Acaparamiento de canal de riego para perjudicar a otros productores y competidores.Embotelladora compra todos los envases a los fabricantes con el fin de perjudicar a otra (Caso Pepsi –7Up Argentina).
DISCRIMINACIÓN DE PRECIOS (Art.8, No. 6)
Una empresa vende el mismo producto a precios diferentes a distintos distribuidores/consumidores de manera injustificada.
COACCIÓN PARA LIMITAR O IMPEDIR LA COMPRA, VENTA, MOVILIZACIÓN O ENTREGA DE BIENES O LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS A OTROS (Art.8, No. 10)
Amenaza de dejar de comprar a un proveedor si le vende el mismo producto a otro competidor.
VENTA CONDICIONADA O ATADA (Art.8, No. 8)
Crédito de consumo para la adquisición de aun automóvil condicionado a una aseguradora vinculada a la empresa que otorga el crédito. Contrato de venta de inmueble condicionado a uso de un operador de televisión por cable, etc. sin opción a cambio.ACUERDOS DE REPARTO (Art.10, No. 3)
Acordar la repartición geográfica del mercado de proveedores, distribuidores o clientes.
GARANTIASGARANTIAS
POR PRIMERA VEZ EN EL PAÍS CONTAMOS CON UNA LEY QUE
GARANTICE A LAS EMPRESAS LA ENTRADA Y PERMANENCIA EN EL MERCADO, EVITANDO QUE LOS AGENTES YA EXISTETES ABUSEN Y OBSTACULICEN SU PARTICIPACIÓN. PROMUEVE LA EFICIENCIA, DESESTIMULA LAS PRACTICAS DE ABUSO DE PODER DE MERCADO, LOS ACUERDOS COLUSORIOS Y EL COMPORTAMIENTO DESLEAL. BUSCA EN ULTIMO TERMINO EL EL BIENESTAR GENERAL.BIENESTAR GENERAL.
POR PRIMERA VEZ EN EL PAÍS CONTAMOS CON UNA LEY QUE
GARANTICE A LAS EMPRESAS LA ENTRADA Y PERMANENCIA EN EL MERCADO, EVITANDO QUE LOS AGENTES YA EXISTETES ABUSEN Y OBSTACULICEN SU PARTICIPACIÓN. PROMUEVE LA EFICIENCIA, DESESTIMULA LAS PRACTICAS DE ABUSO DE PODER DE MERCADO, LOS ACUERDOS COLUSORIOS Y EL COMPORTAMIENTO DESLEAL. BUSCA EN ULTIMO TERMINO EL EL BIENESTAR GENERAL.BIENESTAR GENERAL.
ALGUNAS DE LAS INFRACCIONESALGUNAS DE LAS INFRACCIONES
• Las conductas de uno o varios operadores económicos que les permitan afectar, efectiva o potencialmente, la participación de otros competidores y la capacidad de entrada o expansión de estos últimos en un mercado relevante, a través de cualquier medio ajeno a su propia competitividad o eficiencia.
•Las conductas de uno o varios operadores económicos con poder de mercado, que les permitan aumentar sus márgenes de ganancia mediante la extracción injustificada del excedente del consumidor.
• Las conductas de uno o varios operadores económicos con poder de mercado, en condiciones en que debido a la concentración de los medios de producción o comercialización, dichas conductas afecten o puedan afectar, limitar o impedir la participación de sus competidores o perjudicar a los productores directos, los consumidores y/o usuarios.
• La fijación de precios predatorios o explotativos.
• La alteración injustificada de los niveles de producción, del mercado o del desarrollo técnico o tecnológico que afecten negativamente a los operadores económicos o a los consumidores.
•La negativa injustificada del acceso para otro operador económico a redes u otra infraestructura a cambio de una remuneración razonable; siempre y cuando dichas redes o infraestructura constituyan una facilidad esencial.
• La discriminación injustificada de precios, condiciones o modalidades de fijación de precios.
• Las conductas de uno o varios operadores económicos que les permitan afectar, efectiva o potencialmente, la participación de otros competidores y la capacidad de entrada o expansión de estos últimos en un mercado relevante, a través de cualquier medio ajeno a su propia competitividad o eficiencia.
•Las conductas de uno o varios operadores económicos con poder de mercado, que les permitan aumentar sus márgenes de ganancia mediante la extracción injustificada del excedente del consumidor.
• Las conductas de uno o varios operadores económicos con poder de mercado, en condiciones en que debido a la concentración de los medios de producción o comercialización, dichas conductas afecten o puedan afectar, limitar o impedir la participación de sus competidores o perjudicar a los productores directos, los consumidores y/o usuarios.
• La fijación de precios predatorios o explotativos.
• La alteración injustificada de los niveles de producción, del mercado o del desarrollo técnico o tecnológico que afecten negativamente a los operadores económicos o a los consumidores.
•La negativa injustificada del acceso para otro operador económico a redes u otra infraestructura a cambio de una remuneración razonable; siempre y cuando dichas redes o infraestructura constituyan una facilidad esencial.
• La discriminación injustificada de precios, condiciones o modalidades de fijación de precios.
Algunas de las Ayudas Públicas.Algunas de las Ayudas Públicas.
• Las ayudas de carácter social concedidas a un sector de consumidores, siempre que se otorguen sin discriminaciones basadas en quien provea los bienes y servicios que se puedan adquirir con dichas ayudas;
• • Las ayudas destinadas a la garantía de derechos para personas o grupos de atención
prioritaria, o que de acuerdo con la Constitución requieran de medidas de acción afirmativa.
• • Las ayudas destinadas a reparar los perjuicios ocasionados por fenómenos naturales o
por otros acontecimientos de carácter excepcional;• • Las ayudas concedidas con el objeto de favorecer la economía de determinadas
regiones de la República, en la medida en que sean necesarias para compensar las desventajas económicas que las aquejen.
• • Las ayudas destinadas a favorecer el desarrollo económico de regiones y grupos
sociales en los que el nivel de vida sea anormalmente bajo o en las que exista una grave situación de desempleo o subempleo;
•
• Las ayudas de carácter social concedidas a un sector de consumidores, siempre que se otorguen sin discriminaciones basadas en quien provea los bienes y servicios que se puedan adquirir con dichas ayudas;
• • Las ayudas destinadas a la garantía de derechos para personas o grupos de atención
prioritaria, o que de acuerdo con la Constitución requieran de medidas de acción afirmativa.
• • Las ayudas destinadas a reparar los perjuicios ocasionados por fenómenos naturales o
por otros acontecimientos de carácter excepcional;• • Las ayudas concedidas con el objeto de favorecer la economía de determinadas
regiones de la República, en la medida en que sean necesarias para compensar las desventajas económicas que las aquejen.
• • Las ayudas destinadas a favorecer el desarrollo económico de regiones y grupos
sociales en los que el nivel de vida sea anormalmente bajo o en las que exista una grave situación de desempleo o subempleo;
•
Facultad de la Superintendencia de Control
del Poder de Mercado
• Corresponde a la Superintendencia de Control del Poder de Mercado asegurar la transparencia y eficiencia en los mercados y fomentar la competencia; la prevención, investigación, conocimiento, corrección, sanción y eliminación del abuso de poder de mercado, de los acuerdos y prácticas restrictivas, de las conductas desleales contrarias al régimen previsto en esta Ley; y el control, la autorización, y de ser el caso la sanción de la concentración económica.
• La Superintendencia de Control del Poder de Mercado
tendrá facultad para expedir normas con el carácter de generalmente obligatorias en las materias propias de su competencia, sin que puedan alterar o innovar las disposiciones legales y las regulaciones expedidas por la Junta de Regulación.
Obligación de colaborar con los órganos de la Superintendencia de Control del Poder de
Mercado
• Toda persona natural o jurídica, pública o privada, así como las autoridades, funcionarios y agentes de la Administración Pública estamos obligados, sin necesidad de requerimiento judicial alguno, a suministrar los datos, la documentación, la información verdadera, veraz y oportuna, que requiera la Superintendencia de Control del Poder de Mercado.
Publicidad de SancionesPublicidad de Sanciones
• Serán de conocimiento público y difundidas en medios de comunicación social en la forma y condiciones que se prevea reglamentariamente, las sanciones en firme impuestas en aplicación de esta Ley, su cuantía, el nombre de los infractores y la infracción cometida.
Beneficios finales
MARCO PREVENTIVO Y SANCIONATORIO
SUPERINTENDENCIA
OPERADOR ECONÓMICO
INICIO DE INVESTIGACIÓN
FIN DE INVESTIGACIÓN
Medidas Correctivas:- Cese- Condicionamiento- Obligaciones
Medidas Correctivas:- Cese- Condicionamiento- Obligaciones
Compromiso de CeseCompromiso de Cese
- Medidas restitutivas- Multas pecuniarias- Coactiva - Intervención - Desinversión- División o escisión
- Medidas restitutivas- Multas pecuniarias- Coactiva - Intervención - Desinversión- División o escisión
Multas coercitivasMultas coercitivas
COSTO PARA EL OPERADOR ECONÓMICOCese