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Regulación ambiental; responsabiliadad ambiental del Cluster Químico Sector de Economía de Economía Verde Comisión de Desarrollo Sostenible y Cambio Climá8co Vicepresidencia Nacional de Desarrollo Sostenible y Responsabilidad Social Lic. Francisco FERNÁNDEZ Asesor de la Presidencia Nacional

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Regulación ambiental; responsabiliadad

ambiental del Cluster Químico

Sector  de  Economía  de  Economía  Verde  

Comisión  de  Desarrollo  Sostenible  y  Cambio  Climá8co  

Vicepresidencia  Nacional  de  Desarrollo  Sostenible  y  Responsabilidad  Social  

Lic.  Francisco  FERNÁNDEZ  Asesor  de  la  Presidencia  Nacional  

Relevancia de la Industria Química

•  Extracción de petróleo •  Fabricación de

productos petroquímicos

•  Construcción •  Minero-metalúrgico •  Metal-mecánico •  Explotación de otros

minerales

INDUSTRIA QUÍMICA

•  Textil •  Automotriz y

transporte •  Detergentes •  Cosméticos •  Calzado •  Empaque/bebidas

y alimentos •  Agricultura •  Construcción •  Vestido

40 Ramas Industriales

30 Ramas Industriales

•  Hule •  Tela •  Adhesivos •  Películas •  Laminado •  Conexiones

de resinas •  Artículos de

polietileno •  Artículos de

plástico

Fuente: SE, ANIQ e INEGI

Cadenas Productivas  

Fuente: Elaboración ANIQ con información de INEGI

Producto Usos Principales

Relevancia de la Industria Química

Beneficios

•  Inversiones Intensivas en Capital, no volátiles y de largo plazo

•  Destina importantes recursos al desarrollo tecnológico

•  2-3 % a ventas

•  Genera empleos

  De alta especialización y nivel educacional

  Intensivo en las etapas de construcción

  Tiene un efecto multiplicador

1   8   14  

Petroquímica básica

Petroquímica secundaria

Industria Manufacturera

Concentración del Valor de Producción de la Industria Química del País 2012 (en Porcentaje)

Fuente: Elaboración ANIQ con información de INEGI

Características Principales de la región del Bajío

•  La región cuenta con 30 ciudades de tamaño medio y grande, destacando León que es la ciudad más industrial de la región.

•  Por su posición geográfica la región se consolida entre las de mayor crecimiento económico del país.

•  Concentra 17% de la industria nacional, destacando el sector de la manufactura y en su interior la fabricación de productos metálicos, maquinaria y equipo.

•  Tiene excelentes vías de comunicación como carreteras, aeropuertos internacionales, transporte en ferrocarril, ciudades y parques industriales, excelentes universidades, una creciente clase media, y alta calidad de vida.

Potencial Económico que aporta el Bajío  

El Bajío se está caracterizando por una fuerte reactivación económica.

Los sectores más importantes están relacionados con la actividad agroindustrial, automotriz, metal-mecánica, industria química, cuero y calzado, manufactura, servicios, sector educativo, financiero y de salud.

Guanajuato y SLP son los que cuentan con mayor infraestructura en la región, destacando el número de aeropuertos, vías férreas, unidades médicas, y establecimientos para hospedaje.

Principales actividades económicas dentro del PIB  

Fuente: INEGI

Producto Interno Bruto  

•  La región concentra casi el 9.0% del PIB nacional, y la señal marca la pauta de seguir mejorando.

•  La dinámica de crecimiento de la región del Bajío entre 2009 y 2012 fue superior a la media nacional.

•  Durante los últimos tres años -después de la recesión 2009-, el PIB del Bajío creció a una tasa promedio de 5.9% mientras que la tasa nacional creció 4.4%

•  Por tamaño Guanajuato es el de mayor valor con $ 503 mil millones de pesos, seguido de Querétaro con $ 261 mil millones, pero la dinámica de crecimiento de este Estado es mayor durante los últimos años.

•  La mayor contribución al PIB la genera Guanajuato con 3.89% (2012), seguido de Querétaro con 2.1%, SLP con 1.9% y Aguascalientes con 1.1%

•  Mientras que la mayor dinámica de crecimiento dentro de los cuatro estados lo registra Querétaro con un promedio de 6.4% entre 2011 y 2012, seguido de SLP con 6.1%, Guanajuato con 5.7% y Aguascalientes con 5.1% La expectativa para los siguientes años genera una proyección de mayor crecimiento en Aguascalientes, seguido de SLP, Querétaro y al final Guanajuato

Parques industriales  

En cuanto a parques industriales, Aguascalientes cuenta con 12, Guanajuato con 15, Querétaro tiene 23 y SLP tiene 17 parques.  

Clúster  

•  Aguascalientes y Querétaro son los Estados de la región con más Clústeres establecidos –empresas relacionadas con sectores con importante dinámica exportadora-.

•  Los sectores más relevantes, son equipo de transporte (incluye el sector automotriz y aeroespacial), productos electrónicos y aparatos eléctricos.

•  Aguascalientes cuenta con 7 Clústeres y Querétaro con 6.  

La responsabilidad ambiental de la empresa, frente Al nuevo marco legislativo de justicia ambiental.

Objetivo:

Proporcionar elementos básicos para prevenir y atender los conflictos y contingencias jurídicas

ambientales que puedan impactar a la empresa y a su personal.

DECLARACIONES  QUE  NO  DEBEMOS  ASUMIR:    

1.   Nunca  podré  ser  sujeto  de  una  invesBgación  ambiental  en  México…    (El  15  de  diciembre  del  2000  se  cumplió  la  primera  orden  de  aprehensión  contra  el  administrador  de  una  empresa,  por  disposición  inadecuada  de  residuos  peligrosos,  en  N.L.).    

2.   Una  conBngencia  industrial  sólo  consBtuye  un  accidente…  Muchos  de  los  delitos  contra  el  ambiente  come?dos  como  resultado  del  desarrollo  de  ac?vidades  industriales  o  produc?vas,  devienen  de  negligencias  o  violación  a  deberes  de  cuidado  previstos  en  la  legislación  ambiental  administra?va,  arAculo  7°  del  Código  Penal  Federal.      

3.   Al  Ministerio  Público  no  le  interesan  los  delitos  contra  el  ambiente…  La  PGR  cuenta  desde    el  24  de  julio  de  2003  con  la  Unidad  Especializada  en  Inves?gación  de  Delitos  Contra  el  Ambiente  y  Previstos  en  Leyes  Especiales,  El  13  de  octubre  del  2004,  la  SEMARNAT,  la  PROFEPA  y  la  PGR  suscribieron  el  Convenio  de  Colaboración  para  la  Atención  y  Persecución  de  los  Delitos  Contra  el  Ambiente  y  la  Ges?ón  Ambiental,  así  como  las  Bases  de  Operación  para  la  atención  de  esos  ilícitos.        

LA RESPONSABILIDAD AMBIENTAL SE

ORIGINA:

•    Al   realizar   ciertas   acciones  prohibidas,  o  bien,  

•    Al   omiBr   ejecutar   aquellas   a  las   que   la   ley   nos   obliga   a  llevar   a   cabo   con   el   fin   de  proteger  el  medio  ambiente.  

En  el  Código  Penal  se  8pifican  dos  8pos  de  delitos,  en  materia  ambiental:    

•  Contra  el  ambiente,  se  persiguen  de  oficio  o  a  pe8ción  de  parte…  

•  Contra  la  gesBón  ambiental,  se  persiguen  por  querella  

Los delitos pueden ser:

DOLOSO:   El   que   conociendo   los   elementos   del   8po   penal  quiere   o   acepta   la   realización   del   hecho   descrito   por   la   ley  como  delito.  

CULPOSO:   El   que   produce   el   resultado   Npico,   que   no   previó  siendo  previsible  o  actuó  confiando  en  que  no  se  produciría,  en  virtud   de   la   violación   a   un   deber   de   cuidado   y   debía   o   podía  observar  según  las  circunstancias  y  condiciones  personales.  

ArAculo  9°  del  Código  Penal  Federal.  

COMO PREVENIR DELITOS AMBIENTALES:

1.  Conocer   la   importancia  del   cumplimiento  de   las  obligaciones  en  materia  ambiental,  la  responsabilidad  y  los  conflictos.  

2.  Iden8ficar   las   ac8vidades   de   la   empresa   reguladas   por   la   norma8vidad  ambiental.  

3.  Tener   presente   las   consecuencias   jurídicas   del   incumplimiento   de   las  obligaciones  ambientales  y  la  responsabilidad  por  daños.  

4.  Prever   los   alcances   jurídicos   de   las   con8ngencias   industriales,   los  conflictos  sociales  y  los  accidentes  ambientales.    

5.  Asumir     la   importancia   del   trabajo   proac8vo   y   el   desarrollo   de   una  estrategia  de  cumplimiento  ambiental  y  prevención  de  responsabilidades  y  conflictos  ambientales.    

6.  Saber   actuar   frente   a   las   ac8vidades  de   inves8gación  de   las   autoridades  ambientales.    

Acciones básicas:

Programa  interno  de  cumplimiento  de  la  normaBvidad.  •  Iden8ficar   las   leyes,  reglamentos  y  normas  que  aplican  a   la  operación  

de  sus  empresas,    •  Desglosar  responsabilidades  y  supervisión  de  las  obligaciones,    •  Revisar  el  estado  actual  de  cumplimiento,    •  Revisión  jurídica  •  Hacer   un   programa   de   lo   que   aún   falta   por   cumplir,   con   fechas  

específicas  de  cumplimiento.    •  Seguimiento  •  Mismo   para   una   lista   en   materia   de   ges8ón:   licencias,   permisos,  

autorizaciones,  incluyendo  el  cumplimiento  de  las  condicionantes.    

 IdenBficación  de  las  áreas  y  acBvidades  de  riesgo  desde  la  perspecBva  de  la  responsabilidad  ambiental.    

•  Manejo   de   materiales   y   residuos   peligrosos,   listado   de   sustancias  peligrosos  que  se  manejan,  incluyendo  los  volúmenes  de  uso  normal.  

•  Prevención  de  accidentes,  programa  para  minimizar  los  impactos.    

Marco legislativo aplicable a la justicia ambiental en México.

1.   Reforma  ConsBtucional  arSculo  4  (Derechos  Humanos)  2.   Reforma  ConsBtucional  arSculo  17  (Acciones  colec8vas)  3.  Reforma  Cons?tucional  arAculo  103  (Amparo)  4.   Ley  Federal  de  Responsabilidad  Ambiental  5.  Código  Federal  de  Procedimientos  Civiles  6.  Código  Penal  Federal,    7.  Código  de  Procedimientos  Penales  Federales,    8.  Tratados  internacionales  en  materia  ambiental  9.  Marco  legisla8vo  en  materia  ambiental  10. Ley  de  la  Comisión  Nacional  de  Derechos  Humanos  11. Disposiciones  emanadas  del  poder  ejecu8vo  en  materia  federal  12. Disposiciones  locales  

Por  aprobarse:    1.  Ley  Orgánica  de  la  PROFEPA  (Preparando  dictamen)  

DECRETO por el que se Declara reformado el artículo 4o. de la Constitución Política de los

Estados Unidos Mexicanos. (8/02/2012)

Artículo Único.- Se reforma el párrafo quinto y se adiciona un párrafo sexto recorriéndose en su orden los subsecuentes, al artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue: Artículo 4o. ... Toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar. El Estado garantizará el respeto a este derecho. … El  daño  y  deterioro  ambiental  generará  responsabilidad  para  quien  lo  provoque  en  términos  de  lo  dispuesto  por  la  ley.  

TRANSITORIOS

Primero.- ... Segundo.- El Congreso de la Unión, contará con un plazo de 180 días para incorporar las disposiciones relativas al derecho a un medio ambiente sano y las responsabilidades por el daño y deterioro ambiental.  

La reforma del artículo 17 párrafo tercero de la Constitución, y la creación del nuevo Libro Quinto del Código Federal de Procedimientos Civiles, significa la culminación de un arduo proceso legislativo que tuvo por objeto desarrollar el sistema de Justicia mexicano, a efecto de hacer posible la defensa de los intereses colectivos en lo general.

Sin embargo, la reforma no incluyó la parte sustantiva de elementos normativos como la definición de Daño Ambiental y más importante tal vez, que no es daño ambiental, entre otra serie de elementos relevantes.

Reforma Constitucional en materia de Acciones Colectivas

Las reformas procesales de acción colectiva abren la puerta del Poder Judicial de la Federación a los afectados en sus intereses colectivos;

¿cuándo se daña el interés ambiental colectivo o al derecho de los mexicanos a un medio ambiente adecuado?;

¿qué es el daño ambiental?, y quizá de igual importancia, ¿qué no es daño ambiental?;

Inseguridad Jurídica, ante la falta de elementos sustantivos en las reformas

  ¿Debe cuantificarse económicamente el daño?

 ¿cómo se cuantifica ambientalmente y se repara ese daño?;

 ¿cómo y cuándo debe compensarse?;

 ¿qué debe prevalecer, la reparación material del daño in natura o la compensación de los elementos naturales en otros sitio y por otros medios no económicos?;

 ¿qué lugar tiene la reparación ambiental de los elementos naturales, respecto a la reparación del patrimonio de sus propietarios?; entre muchos otros tópicos.

DECRETO DE PROYECTO POR EL QUE SE EXPIDE la Ley de Responsabilidad Federal Ambiental

DECRETO DE PROYECTO POR EL QUE SE EXPIDE LA Ley Federal de Responsabilidad Ambiental

Principales  caracterísBcas:    

•  Es  una  ley  que  regula  adecuadamente  el  sistema  de  Jus8cia  en  su  conjunto,    se  trata  de  una  Ley  integradora  

•  Generará  seguridad  jurídica  a  los  afectados,  disminuyendo  riesgos  innecesarios,    

•  Prevé  incen8vos  y  beneficios  para  empresas  que  demuestran  haber  tenido  interés  en  el  cumplimiento  de  su  desempeño  ambiental,  

•  Mecanismos  alterna8vos  de  solución  de  controversias,  para  llegar  a  Acuerdo  de  Reparación/Compensación.  

•  El  Acuerdo  se  revisa  por  SEMARNAT  para  que  cumpla  con  la  ley  y  de  ser  así,  el  juez  8ene  la  obligación  de  elevarlo  a  sentencia  en  las  tres  vías:  colec8va,  penal  y  administra8va.  

•  Las  multas  aplican  para  quienes  actúan  de  manera  dolosa  y  no  desean  acordar  (mecanismos  alterna8vos)  la  reparación  del  daño.  

•  No  hay  sanciones  económicas,  todas  dictarán  la  reparación  y/o  compensación  del  daño  ambiental.  

TRES PREMISAS EN MATERIA DE RESPONSABILIDAD AMBIENTAL

1.  El   cumplimiento   de   las   obligaciones   ambientales   de   la  empresa,  es  la  mejor  forma  de  prevenir  conflictos  jurídicos  y  sociales  de  naturaleza  ambiental.    

2.  Por  ello,  toda  empresa  que  realice  ac8vidades,  operaciones  o  procesos   produc8vos   relevantes   para   la   protección   del  entorno,  debe  contar  con  algún  procedimiento  o  sistema  de  administración  ambiental  (SAA)  adecuado  a  sus  necesidades.      

3.  No   obstante   lo   anterior,   los   conflictos   ambientales   pueden  surgir   produciendo   responsabilidades   y   con8ngencias   que  impactan  los  procesos,  patrimonio  e  imagen  de  la  empresa  

CONCLUSIONES

La  aplicación  de  la  responsabilidad  penal  ambiental,  debe  de  ser   el   ul8mo   mecanismo   para   hacer   cumplir   las   leyes  ambientales  de  nuestro  país.    

La  responsabilidad  penal  no  resuelve  por  si  sola  los  conflictos,  requiere  de  un  marco  legal,  sistémico  y  congruente.    

La  primera  solución  nace  de  un  sistema  de  ges8ón  ambiental  que   oriente   las   ac8vidades   económicas   hacia   formas  sustentables   de   desarrollo,   y   de   la   difusión   de   una   efec8va  educación  ambiental.    

La   Ley   representa   los   elementos   para   otorgar   seguridad  jurídica  a   las   inversiones,  de   forma   integradora  ante   los   tres  mecanismos  de  denuncia:  colec8vo,  penal  y  administra8vo.