Regulación ambiental; responsabiliadad
ambiental del Cluster Químico
Sector de Economía de Economía Verde
Comisión de Desarrollo Sostenible y Cambio Climá8co
Vicepresidencia Nacional de Desarrollo Sostenible y Responsabilidad Social
Lic. Francisco FERNÁNDEZ Asesor de la Presidencia Nacional
Relevancia de la Industria Química
• Extracción de petróleo • Fabricación de
productos petroquímicos
• Construcción • Minero-metalúrgico • Metal-mecánico • Explotación de otros
minerales
INDUSTRIA QUÍMICA
• Textil • Automotriz y
transporte • Detergentes • Cosméticos • Calzado • Empaque/bebidas
y alimentos • Agricultura • Construcción • Vestido
40 Ramas Industriales
30 Ramas Industriales
• Hule • Tela • Adhesivos • Películas • Laminado • Conexiones
de resinas • Artículos de
polietileno • Artículos de
plástico
Fuente: SE, ANIQ e INEGI
Relevancia de la Industria Química
Beneficios
• Inversiones Intensivas en Capital, no volátiles y de largo plazo
• Destina importantes recursos al desarrollo tecnológico
• 2-3 % a ventas
• Genera empleos
De alta especialización y nivel educacional
Intensivo en las etapas de construcción
Tiene un efecto multiplicador
1 8 14
Petroquímica básica
Petroquímica secundaria
Industria Manufacturera
Concentración del Valor de Producción de la Industria Química del País 2012 (en Porcentaje)
Fuente: Elaboración ANIQ con información de INEGI
Características Principales de la región del Bajío
• La región cuenta con 30 ciudades de tamaño medio y grande, destacando León que es la ciudad más industrial de la región.
• Por su posición geográfica la región se consolida entre las de mayor crecimiento económico del país.
• Concentra 17% de la industria nacional, destacando el sector de la manufactura y en su interior la fabricación de productos metálicos, maquinaria y equipo.
• Tiene excelentes vías de comunicación como carreteras, aeropuertos internacionales, transporte en ferrocarril, ciudades y parques industriales, excelentes universidades, una creciente clase media, y alta calidad de vida.
Potencial Económico que aporta el Bajío
El Bajío se está caracterizando por una fuerte reactivación económica.
Los sectores más importantes están relacionados con la actividad agroindustrial, automotriz, metal-mecánica, industria química, cuero y calzado, manufactura, servicios, sector educativo, financiero y de salud.
Guanajuato y SLP son los que cuentan con mayor infraestructura en la región, destacando el número de aeropuertos, vías férreas, unidades médicas, y establecimientos para hospedaje.
Producto Interno Bruto
• La región concentra casi el 9.0% del PIB nacional, y la señal marca la pauta de seguir mejorando.
• La dinámica de crecimiento de la región del Bajío entre 2009 y 2012 fue superior a la media nacional.
• Durante los últimos tres años -después de la recesión 2009-, el PIB del Bajío creció a una tasa promedio de 5.9% mientras que la tasa nacional creció 4.4%
• Por tamaño Guanajuato es el de mayor valor con $ 503 mil millones de pesos, seguido de Querétaro con $ 261 mil millones, pero la dinámica de crecimiento de este Estado es mayor durante los últimos años.
• La mayor contribución al PIB la genera Guanajuato con 3.89% (2012), seguido de Querétaro con 2.1%, SLP con 1.9% y Aguascalientes con 1.1%
• Mientras que la mayor dinámica de crecimiento dentro de los cuatro estados lo registra Querétaro con un promedio de 6.4% entre 2011 y 2012, seguido de SLP con 6.1%, Guanajuato con 5.7% y Aguascalientes con 5.1% La expectativa para los siguientes años genera una proyección de mayor crecimiento en Aguascalientes, seguido de SLP, Querétaro y al final Guanajuato
Parques industriales
En cuanto a parques industriales, Aguascalientes cuenta con 12, Guanajuato con 15, Querétaro tiene 23 y SLP tiene 17 parques.
Clúster
• Aguascalientes y Querétaro son los Estados de la región con más Clústeres establecidos –empresas relacionadas con sectores con importante dinámica exportadora-.
• Los sectores más relevantes, son equipo de transporte (incluye el sector automotriz y aeroespacial), productos electrónicos y aparatos eléctricos.
• Aguascalientes cuenta con 7 Clústeres y Querétaro con 6.
La responsabilidad ambiental de la empresa, frente Al nuevo marco legislativo de justicia ambiental.
Objetivo:
Proporcionar elementos básicos para prevenir y atender los conflictos y contingencias jurídicas
ambientales que puedan impactar a la empresa y a su personal.
DECLARACIONES QUE NO DEBEMOS ASUMIR:
1. Nunca podré ser sujeto de una invesBgación ambiental en México… (El 15 de diciembre del 2000 se cumplió la primera orden de aprehensión contra el administrador de una empresa, por disposición inadecuada de residuos peligrosos, en N.L.).
2. Una conBngencia industrial sólo consBtuye un accidente… Muchos de los delitos contra el ambiente come?dos como resultado del desarrollo de ac?vidades industriales o produc?vas, devienen de negligencias o violación a deberes de cuidado previstos en la legislación ambiental administra?va, arAculo 7° del Código Penal Federal.
3. Al Ministerio Público no le interesan los delitos contra el ambiente… La PGR cuenta desde el 24 de julio de 2003 con la Unidad Especializada en Inves?gación de Delitos Contra el Ambiente y Previstos en Leyes Especiales, El 13 de octubre del 2004, la SEMARNAT, la PROFEPA y la PGR suscribieron el Convenio de Colaboración para la Atención y Persecución de los Delitos Contra el Ambiente y la Ges?ón Ambiental, así como las Bases de Operación para la atención de esos ilícitos.
LA RESPONSABILIDAD AMBIENTAL SE
ORIGINA:
• Al realizar ciertas acciones prohibidas, o bien,
• Al omiBr ejecutar aquellas a las que la ley nos obliga a llevar a cabo con el fin de proteger el medio ambiente.
En el Código Penal se 8pifican dos 8pos de delitos, en materia ambiental:
• Contra el ambiente, se persiguen de oficio o a pe8ción de parte…
• Contra la gesBón ambiental, se persiguen por querella
Los delitos pueden ser:
DOLOSO: El que conociendo los elementos del 8po penal quiere o acepta la realización del hecho descrito por la ley como delito.
CULPOSO: El que produce el resultado Npico, que no previó siendo previsible o actuó confiando en que no se produciría, en virtud de la violación a un deber de cuidado y debía o podía observar según las circunstancias y condiciones personales.
ArAculo 9° del Código Penal Federal.
COMO PREVENIR DELITOS AMBIENTALES:
1. Conocer la importancia del cumplimiento de las obligaciones en materia ambiental, la responsabilidad y los conflictos.
2. Iden8ficar las ac8vidades de la empresa reguladas por la norma8vidad ambiental.
3. Tener presente las consecuencias jurídicas del incumplimiento de las obligaciones ambientales y la responsabilidad por daños.
4. Prever los alcances jurídicos de las con8ngencias industriales, los conflictos sociales y los accidentes ambientales.
5. Asumir la importancia del trabajo proac8vo y el desarrollo de una estrategia de cumplimiento ambiental y prevención de responsabilidades y conflictos ambientales.
6. Saber actuar frente a las ac8vidades de inves8gación de las autoridades ambientales.
Acciones básicas:
Programa interno de cumplimiento de la normaBvidad. • Iden8ficar las leyes, reglamentos y normas que aplican a la operación
de sus empresas, • Desglosar responsabilidades y supervisión de las obligaciones, • Revisar el estado actual de cumplimiento, • Revisión jurídica • Hacer un programa de lo que aún falta por cumplir, con fechas
específicas de cumplimiento. • Seguimiento • Mismo para una lista en materia de ges8ón: licencias, permisos,
autorizaciones, incluyendo el cumplimiento de las condicionantes.
IdenBficación de las áreas y acBvidades de riesgo desde la perspecBva de la responsabilidad ambiental.
• Manejo de materiales y residuos peligrosos, listado de sustancias peligrosos que se manejan, incluyendo los volúmenes de uso normal.
• Prevención de accidentes, programa para minimizar los impactos.
Marco legislativo aplicable a la justicia ambiental en México.
1. Reforma ConsBtucional arSculo 4 (Derechos Humanos) 2. Reforma ConsBtucional arSculo 17 (Acciones colec8vas) 3. Reforma Cons?tucional arAculo 103 (Amparo) 4. Ley Federal de Responsabilidad Ambiental 5. Código Federal de Procedimientos Civiles 6. Código Penal Federal, 7. Código de Procedimientos Penales Federales, 8. Tratados internacionales en materia ambiental 9. Marco legisla8vo en materia ambiental 10. Ley de la Comisión Nacional de Derechos Humanos 11. Disposiciones emanadas del poder ejecu8vo en materia federal 12. Disposiciones locales
Por aprobarse: 1. Ley Orgánica de la PROFEPA (Preparando dictamen)
DECRETO por el que se Declara reformado el artículo 4o. de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos. (8/02/2012)
Artículo Único.- Se reforma el párrafo quinto y se adiciona un párrafo sexto recorriéndose en su orden los subsecuentes, al artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue: Artículo 4o. ... Toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar. El Estado garantizará el respeto a este derecho. … El daño y deterioro ambiental generará responsabilidad para quien lo provoque en términos de lo dispuesto por la ley.
TRANSITORIOS
Primero.- ... Segundo.- El Congreso de la Unión, contará con un plazo de 180 días para incorporar las disposiciones relativas al derecho a un medio ambiente sano y las responsabilidades por el daño y deterioro ambiental.
La reforma del artículo 17 párrafo tercero de la Constitución, y la creación del nuevo Libro Quinto del Código Federal de Procedimientos Civiles, significa la culminación de un arduo proceso legislativo que tuvo por objeto desarrollar el sistema de Justicia mexicano, a efecto de hacer posible la defensa de los intereses colectivos en lo general.
Sin embargo, la reforma no incluyó la parte sustantiva de elementos normativos como la definición de Daño Ambiental y más importante tal vez, que no es daño ambiental, entre otra serie de elementos relevantes.
Reforma Constitucional en materia de Acciones Colectivas
Las reformas procesales de acción colectiva abren la puerta del Poder Judicial de la Federación a los afectados en sus intereses colectivos;
¿cuándo se daña el interés ambiental colectivo o al derecho de los mexicanos a un medio ambiente adecuado?;
¿qué es el daño ambiental?, y quizá de igual importancia, ¿qué no es daño ambiental?;
Inseguridad Jurídica, ante la falta de elementos sustantivos en las reformas
¿Debe cuantificarse económicamente el daño?
¿cómo se cuantifica ambientalmente y se repara ese daño?;
¿cómo y cuándo debe compensarse?;
¿qué debe prevalecer, la reparación material del daño in natura o la compensación de los elementos naturales en otros sitio y por otros medios no económicos?;
¿qué lugar tiene la reparación ambiental de los elementos naturales, respecto a la reparación del patrimonio de sus propietarios?; entre muchos otros tópicos.
DECRETO DE PROYECTO POR EL QUE SE EXPIDE LA Ley Federal de Responsabilidad Ambiental
Principales caracterísBcas:
• Es una ley que regula adecuadamente el sistema de Jus8cia en su conjunto, se trata de una Ley integradora
• Generará seguridad jurídica a los afectados, disminuyendo riesgos innecesarios,
• Prevé incen8vos y beneficios para empresas que demuestran haber tenido interés en el cumplimiento de su desempeño ambiental,
• Mecanismos alterna8vos de solución de controversias, para llegar a Acuerdo de Reparación/Compensación.
• El Acuerdo se revisa por SEMARNAT para que cumpla con la ley y de ser así, el juez 8ene la obligación de elevarlo a sentencia en las tres vías: colec8va, penal y administra8va.
• Las multas aplican para quienes actúan de manera dolosa y no desean acordar (mecanismos alterna8vos) la reparación del daño.
• No hay sanciones económicas, todas dictarán la reparación y/o compensación del daño ambiental.
TRES PREMISAS EN MATERIA DE RESPONSABILIDAD AMBIENTAL
1. El cumplimiento de las obligaciones ambientales de la empresa, es la mejor forma de prevenir conflictos jurídicos y sociales de naturaleza ambiental.
2. Por ello, toda empresa que realice ac8vidades, operaciones o procesos produc8vos relevantes para la protección del entorno, debe contar con algún procedimiento o sistema de administración ambiental (SAA) adecuado a sus necesidades.
3. No obstante lo anterior, los conflictos ambientales pueden surgir produciendo responsabilidades y con8ngencias que impactan los procesos, patrimonio e imagen de la empresa
CONCLUSIONES
La aplicación de la responsabilidad penal ambiental, debe de ser el ul8mo mecanismo para hacer cumplir las leyes ambientales de nuestro país.
La responsabilidad penal no resuelve por si sola los conflictos, requiere de un marco legal, sistémico y congruente.
La primera solución nace de un sistema de ges8ón ambiental que oriente las ac8vidades económicas hacia formas sustentables de desarrollo, y de la difusión de una efec8va educación ambiental.
La Ley representa los elementos para otorgar seguridad jurídica a las inversiones, de forma integradora ante los tres mecanismos de denuncia: colec8vo, penal y administra8vo.