reglamento ley 29664 sinagerd

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, . -, E1Peruano 44 3206 W NqRMAS LEGALES Lima, iueves 26 demayo de2011 no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son incorporados. _ Articulo 5°._Dlsposlcl6n derogatorla Der6guese 0 dejese en suspenso toda disposici6n legal o administrativa de igual 0 inferior range que se oponga o limite la aplicaci6n del presente dlspositlvo; asimismo, dEir6guese el Decreto Supremo No. 052-2011-EF. Articulo 6°._Refrendo EI presente Decreto de Urgencia sera refrendado por la Presidenta delConsejo de Ministros, por el Ministro de Economla y Finanzas y por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Dado en la Casa de Gobiemo, en Lima, a los veinticinco dfas del mes de mayo del aflo dos mil once. ALAN GARCiA PEREZ Presidente Constitucional de la Republica ROSARIO DEL PILAR FERNANDEZ FIGUEROA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia - ISMAEL BENAVIDES FERREYROS , Ministro de Economla y Finanzas ENRIQUE CORNEJO RAMIREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 645127-2 PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE Ml,NISTROS ' Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley 29664. que erea el Sistema Nacional de GestioD del Riesgo de Desastres (SINAGERD) _. DECRETO SUPREMO N°048-2011-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPOBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley·N" 29664, se crea el Sistema NClcional de Gesti6n del Riesgo de Desastres (SINAGERD) sistema interinstitucional, sinergico, descentralizado, transversal y participativo, con la finalidad de identificar y reduclr los riesgos asoclados a peligros 0 minlmizar sus efectos, -asl como evitar la generaci6n de nuevos riesgos, y preparaci6n y atenci6n _antesituaciones de desastre medianteel establecimiento de principios, Iineamientos de politica, componentes, procesos e instrumentos dela Gesti6n del Riesgo de Desastres. Que, la niencionada norma dispone que el Poder elabore' su reglamento para ser aprobado mediante decreto supremp, deritro de un plazo de noventa (90) dlas hSbiles contado a partir de la publicaci6n de la Ley. - Que, mediante Resoluci6n Ministerial N" 77-2011- PCM se constituy6 un Grupo de Trabajo adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, con la finalidad de elaborar el reglamento de la Ley N° 29664; siendo el caso que dicho grupo ha concluido su labor a la fecha, entregando una propuesta de reglamento. - Que, en tal sentido, corresponde emitir el reglamento de la Ley N° 29664, que crea el Sistema Nacional de del Riesgo de Desastres (SINAGERD), para desarrollar sus componentes y procesos, asl como los , roles de las entidades conformantes del sistema, entre otros aspectos, sobre la base del texto elaborado por el Grupo de Trabajo constituido mediante la Resoluci6n Ministerial N" 77-2011-PCM. De conformidad con el numeral 8) del artfculo 118° de la Constituci6n Politica del Peru, el numeral 3 del articulo 11° de la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, y la Ley N° 29664, que crea el Sistema Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres (SINAGERD); DECRETA: Articulo 1°._ Aprueba el Reglamento de la ley N° 29664 - Apruebese el Reglamento de la Ley N° 29664, denominado "Reglamento de la Ley N° 29664 Que crea el Sistema Nacional de Gesti6n del Riesgo de Cesastres (SINAGERD)", que en Anexo forma parte integrante del presente Decreto Supremo. 2°._ Publicaci6n - EI presente Oecreto Supremo y el Reglamento aprobado por el articulo anterior, seran publicados en el Diario Oficial EI Peruano, en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el portal institucional de la Presidencia del Consejo de Mir,listros(www.pcm.gob.pe). Articulo 3°._Vigencia y refrendo EI presente Decreto Supremo entrara en vigencia al dta siguiente de su publicaci6n en el Diario Oticial EI Peruano y sera refrendado por la Presidenta del Consejo de Ministros. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- Transferencia de partidas para el CENEPRED De conformidad con la Tercera Disposici6n Complementaria Final de Ia Ley N° 29664, que crea el Sistema Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres (SINAGERD), el Ministerjo de Economfa y Finanzas transferira recursos al Centro Nacional de Estimaci6n, Prevenci6n y Reducci6n del Riesgo de Desastres (CENEPRED). con cargo a la reserva de contingencia, que garanticen su funcionamiento. Segunda.- Transferencia de bienes y acervo documentario del PREVEN Los bienes asignados al PREVEN,_ y el acervo documentario del mismo, seran transferidos al patrimonio del CENEPRED. Dado en la Casa de Gobiemo, en Lima, a los veinticinco dfas del mes de mayo del ana dosmil once. ALAN GARCiA PEREZ Presidente Constitucional de la Republica DEL PILAR FERNANDEZ FIGUEROA Presidenta del Consejo de Ministros y - Ministra de Justicia Reglamento de la ley N° 29664, ley que erea _ -el Sistema Naclonal de Gesti6n del Riesgo de Desastres (SINAGERD) TiTULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1°._Objeto La presente norma tiene por objeto reglamentar la Ley N° 29664, para desarrollar sus componentes, prccesos y procedimientos, as! como los roles de las entidades conformantes del sistema. Articulo 20.- Definiciones y normalizaci6n de terminologla aplicable a las funciones institucionales y procesos de la Gesti6n del Riesgo de Desastres. Para efectos de la Ley y el presente Reglamento, se precisa el significado de los siguiente,sterrninos: 2.1 Analisis de la vulnerabilidad: Proceso mediante el cual se evalua las condiciones existentes de los factores de la vulnerabilidad: exposici6n, fragilidad y resiliencia, de la poblacl6n y de sus medios de vida. 2.2 Asistencia Humanltaria: Es elconjunto de aceiones oportunas, adecuadas y temporales que ejecutan las entidades integrantes del SINAGERD en el marco de sus competencias y funciones. para aliviar el sufrimiento, garantizar la subsistencia, proteger los derechos y

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Reglamento Ley 29664 SINAGERD

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Page 1: Reglamento Ley 29664 SINAGERD

-

E1Peruano

443206 WNqRMAS LEGALES Lima iueves 26demayo de2011

no podran ser destinados bajo responsabilidad a fines distintos para los cuales son incorporados _

Articulo 5deg_Dlsposlcl6n derogatorla Der6guese 0 dejese en suspenso toda disposici6n legal

o administrativa de igual 0 inferior range que se oponga o limite la aplicaci6n del presente dlspositlvo asimismo dEir6guese el Decreto Supremo No 052-2011-EF

Articulo 6deg_Refrendo EI presente Decreto de Urgencia sera refrendado por

la Presidenta delConsejo de Ministros por el Ministro de Economla y Finanzas y por el Ministro de Transportes y Comunicaciones

Dado en la Casa de Gobiemo en Lima a los veinticinco dfas del mes de mayo del aflo dos mil once

ALAN GARCiA PEREZ Presidente Constitucional de la Republica

ROSARIO DEL PILAR FERNANDEZ FIGUEROA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia

- ISMAEL BENAVIDES FERREYROS Ministro de Economla y Finanzas

ENRIQUE CORNEJO RAMIREZ Ministro de Transportes yComunicaciones

645127-2

PRESIDENCIA DEL

CONSEJO DE MlNISTROS

Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley Ndeg 29664 que erea el Sistema Nacional de GestioD del Riesgo de Desastres (SINAGERD)

_ DECRETO SUPREMO Ndeg048-2011-PCM

EL PRESIDENTE DE LA REPOBLICA

CONSIDERANDO

Que mediante la LeymiddotN 29664 se crea el Sistema NClcional de Gesti6n del Riesgo de Desastres (SINAGERD) ~9mo sistema interinstitucional sinergico descentralizado transversal y participativo con la finalidad de identificar y reduclr los riesgos asoclados a peligros 0 minlmizar sus efectos -asl como evitar la generaci6n de nuevos riesgos y preparaci6n y atenci6n _antesituaciones de desastre medianteel establecimiento de principios Iineamientos de politica componentes procesos e instrumentos dela Gesti6n del Riesgo de Desastres

Que la niencionada norma dispone que el Poder Ij~cutivo elabore su reglamento para ser aprobado mediante decreto supremp deritro de un plazo de noventa (90) dlas hSbiles contado a partir de la publicaci6n de la Ley

-Que mediante Resoluci6n Ministerial N 77-2011shyPCM se constituy6 un Grupo de Trabajo adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros con la finalidad de elaborar el reglamento de la Ley Ndeg 29664 siendo el caso que dicho grupo ha concluido su labor a la fecha entregando una propuesta de reglamento - Que en tal sentido corresponde emitir el reglamento

de la Ley Ndeg 29664 que crea el Sistema Nacional de G~sti6n del Riesgo de Desastres (SINAGERD) para desarrollar sus componentes y procesos asl como los

roles de las entidades conformantes del sistema entre otros aspectos sobre la base del texto elaborado por el Grupo de Trabajo constituido mediante la Resoluci6n Ministerial N 77-2011-PCM

De conformidad con el numeral 8) del artfculo 118deg de la Constituci6n Politica del Peru el numeral 3 del articulo 11degde la Ley Ndeg 29158 Ley Organica del Poder Ejecutivo

y la Ley Ndeg 29664 que crea el Sistema Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres (SINAGERD)

DECRETA

Articulo 1deg_ Aprueba el Reglamento de la ley Ndeg 29664 -

Apruebese el Reglamento de la Ley Ndeg 29664 denominado Reglamento de la Ley Ndeg 29664 Que crea el Sistema Nacional de Gesti6n del Riesgo de Cesastres (SINAGERD) que en Anexo forma parte integrante del presente Decreto Supremo

Artl~ulo 2deg_Publicaci6n - EI presente Oecreto Supremo y el Reglamento

aprobado por el articulo anterior seran publicados en el Diario Oficial EI Peruano en el Portal del Estado Peruano (wwwperugobpe) y en el portal institucional de la Presidencia del Consejo de Mirlistros(wwwpcmgobpe)

Articulo 3deg_Vigencia y refrendo EI presente Decreto Supremo entrara en vigencia

al dta siguiente de su publicaci6n en el Diario Oticial EI Peruano y sera refrendado por la Presidenta del Consejo de Ministros

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES

Primera- Transferencia de partidas para el CENEPRED

De conformidad con la Tercera Disposici6n Complementaria Final de Ia Ley Ndeg 29664 que crea el Sistema Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres (SINAGERD) el Ministerjo de Economfa y Finanzas transferira recursos al Centro Nacional de Estimaci6n Prevenci6n y Reducci6n del Riesgo de Desastres (CENEPRED) con cargo a la reserva de contingencia que garanticen su funcionamiento

Segunda- Transferencia de bienes y acervo documentario del PREVEN

Los bienes asignados al PREVEN_ y el acervo documentario del mismo seran transferidos al patrimonio del CENEPRED

Dado en la Casa de Gobiemo en Lima a los veinticinco dfas del mes de mayo del ana dosmil once

ALAN GARCiA PEREZ Presidente Constitucional de la Republica

~OSARIO DEL PILAR FERNANDEZ FIGUEROA Presidenta del Consejo de Ministros y -Ministra de Justicia

Reglamento de la ley Ndeg 29664 ley que erea _ -el Sistema Naclonal de Gesti6n del Riesgo de

Desastres (SINAGERD)

TiTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

Articulo 1deg_Objeto La presente norma tiene por objeto reglamentar la Ley

Ndeg 29664 para desarrollar sus componentes prccesos y procedimientos as como los roles de las entidades conformantes del sistema

Articulo 20- Definiciones y normalizaci6n de terminologla aplicable a las funciones institucionales y procesos de la Gesti6n del Riesgo de Desastres

Para efectos de la Ley y el presente Reglamento se precisa el significado de los siguientesterrninos

21 Analisis de la vulnerabilidad Proceso mediante el cual se evalua las condiciones existentes de los factores de la vulnerabilidad exposici6n fragilidad y resiliencia de la poblacl6n y de sus medios de vida

22 Asistencia Humanltaria Es elconjunto de aceiones oportunas adecuadas y temporales que ejecutan las entidades integrantes del SINAGERD en el marco de sus competencias y funciones para aliviar el sufrimiento garantizar la subsistencia proteger los derechos y

EIPeruano Uma jUllI8S 26demayo de2011 j NORMAS LEGALES 443207

defender la dignidad de las personas damnificadas y afectadas por los desastres

23 Autoayuda Es la respuesta inmediata solidaria y espontanea de la poblaci6n presente en la zona de una emergencia 0 desastrepara brindarayuda a las personas afectadas yo damnificadas Normalmente es la propia poblaci6n la que actua sobre la base de su potencialidad y recursosdisponibles

24 Cultura de prevencl6n Es el conjunto de valores principios conocimientos y actitudes de una sociedad que Ie permiten identificar prevenir reducir prepararse reaccionary recuperarse de las emergencias o desastres La cultura de la prevenci6n se fundamenta en el compromisoy la participaci6n de todos los miembros de la sociedad

25 Damnificadola Condici6n de una persona 0 familia afectada parcial 0 Integramente en su salud 0 sus bienespor unaemerqencla0 desastreque temporalmente no cuenta con capacidades socioecon6micas disponibles para recuperarse

26 Desastre Conjunto de daiios y perdldas en la salud fuentes de sustento habitat fisico infraestructura actividad econ6mica y medio ambiente que ocurre a consecuencia del impacto de un peligro 0 amenaza cuya intensidad genera graves alteraciones en el funcionamiento de las unidades sociales sobrepasando la capacidad de respuesta local para atender eficazmente sus consecuencias pudiendo ser de origen natural 0 inducido por la acei6n humana

27 Desarrollo sostenible Procesode transformaci6n natural economtcosocialcultural e institucional que tiene por objeto asegurar el mejoramiento de las condiciones de vida del ser humano la producclon de bienes y prestaeion deservlclos sin deteriorar el ambiente natural ni comprometer las bases de un desarrollo similar para las futuras generaciones

28 Emergencia Estado de daiios sobre la vida el patrimonio y el medio ambienteocasionados por la ocurrencia de un fen6meno natural 0 inducido por la acclon hurnana que altera el normal desenvolvimiento de las actividades de la zona afectada

29 Evaluacion de danos y anillisis de necesidades (EDAN) IdEmtificaci6n y registro cualitativo y euantitativo de la extension gravedad y localizaclon de los efectos de un evento adverso

2Hj Elementos en riesgo 0 expuestos Es el contexto social material y ambiental presentado por las personas y por los recursos servicios y ecosistemas que pueden ser afectados por un fenorneno fisico

211 Identlficacion de peligros Conjunto de actividades de localizacionestudio y vigilancia de peligros

[i y su potencial de datto que forma parte del proceso de I estimaci6n del riesgo l 212Infraestructura Es elconjunto de estructuras de I ingenieria e instalacionescon su correspondientevida util ~ de disenoqueconstituyenla basesobre lacual se produce

la prestaci6n de servicios considerados necesarios para t el desarrollo de fines productivos politicos sociales y personales

213 Medidas estructurales Cualquier construccicn fislca para reducir 0 evitar los riesgos 0 la aplicaci6n de tecnicas de ingenieria para lograr la resistencia y la resiliencia de las estructuras 0 de los sistemas frente a las peligros

214 Medldas no estrueturates Cualquier medida que no suponga una construcci6n f1sica y que utiliza el conocimiento las pracneas0 los acuerdos existentes para reducir el riesgo y sus impaCtos especialmente a traves de politicas y leyes una mayor concientizaci6n publica la capacitaclon y la educaci6n

215 Peligro Probabilidadde que un fenomeno fisico potencialmente daiiino de origen natural 0 inducido por Ia accion humana se presente en un lugar especffico con una cierta intensidad y en un perlodo de tiempo y frecuehcia definidos

216 Plan de contingencia Son los procedimientos especificos preestablecidos de coordinaci6n alerta movlllzaclon y respuesta ante la ocurrencia o inminencia de un evento particular para el cual se tiene escenarios definidos Se emite a nivel nacional regional y local

217 Primera respuesta Esla intervenci6n mas temprana posible de las organizaciones especializadas en la zona afectada per-una emergencia 0 desastre con la finalidad de salvaguardarvidas y dalios colaterales

218 Resillencla Capacidad de las personas famiJias y comunidades entidades publicae y privadas las actividades econ6micas y las estructuras f1sicas para asimilar absorber adaptarse cambiar resistir y recuperarse del impacto de un peligro 0 amenaza asl como de incrementar su capacidad de aprendizaje y recuperaci6n de los desastres pasados para protegerse mejor en el futuro

219 Riesgo de desastre Es la probabilidad de que la poblaci6n y sus medios de vida sufran dalios y pMdidas a consecuencia de su condici6n de vulnerabilidad y el impacto de un peligro

220 Vulnerabilldad Es la susceptibilidad de la poblaci6n la estructura f1sica o las actividad socioecon6micasde sufrir danos por acclon de un peligro o amenaza

TITULO II

SISTEMA NACIONAL DE GESTION DEL RIESGO DE DESASTRES

CAPiTULO I

COMPONENTES DEL SISTEMA NACIONAL DE GESnON DEL RIESGO DE DESASTRES

Articulo 3deg_ EI CQnsejo Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres

I 31 EI Consejo Nacional de Gesti6n del Riesgo de

Desastres - CONAGERD - regula su funcionamiento a traves de un Reglamento Interno aprobado por sus miembros Este reglamento debera prever un mecanisme de convocatoria de emergencia en situaciones de fuerza mayor en los que no pueda aplicarse el mecanisme regular previsto

32 Para establecer el qu6rum de las sesiones del Consejoy para la adopclon de sus acuerdos se aplicaren las normas pertinentes de la Ley Ndeg 27444 Ley de ProcedsnientoAdministrativo General

33 En casos extraordinarios de ocurrencia de un desastre 0 peligro inminente de gran magnitud el CONAGERD se instala como maxima autoridad para la toma de decisiones politicas y de coordinaci6n estrateglca con la finalidad de orientar e impulsar la atenclon del desastre 0 el peliJro tnmmente a ser ejecutada por las entidades publicas que resulten competentes

Articulo 4deg_ La Presidencia del Consejo de Ministros

41 La Presidencia del Consejo de Ministros en su calidad de ente rector del Sistema Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres y del Sistema Naclonal de Gesti6n del Riesgo de Desastres (SINAGERD) es responsable de conduclr supervisar y fiscalizar el adecuado funcionamiento del Sistema Asimismo dicta los iineamientos e instrumentos para el curiiplimiento de los acuerdos internacionales quehaya suscrito el pals y las Pollticas de Estado dell Acuerdo Nacional

42 Para realizar sus funciones la Presidencia del Consejo de Ministros establece una organizaci6n que facilite los procesos de cocrdinacion y articulaci6n de las entidades integrantes del Sistema ~

Articulo 5deg_ Centro Nacional de Estimaci6n Prevenci6n y Reducci6n del Riesgo de Desastres (CENEPRED)

51 EI Centro Nacional de Estimaci6n Prevencien y Reducci6n del Riesgo de Desastres - CENEPRED es un organismo publico ejecutor que conforma el SINAGERD responsable tecnico de coordinar facilitar y supervisar la formulaci6n e implementaci6n de la PoUtica Nacional y el Plan Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres en los procesos de estimaci6n prevenclon y reduccion del riesqo asl como de reconstrucci6n

52 Propone y asesora al ente rector asi como a los distintos entes pUblicos y privados que integran al SINAGERD sobre la politica Iineamientos y mecanismos referidos a los procesos de esffmacion prevenclen y reducci6n de riesgo y reconstrucclen

t-

EJ Peruano443208 WNORMAS LEGALES Ums jUBYeS 26demayo de2011

Articulo 6deg_Funclones del CENEPRED Son funciones del CENEPRED adicionales a las

establecidas en el articulo 12deg de la Ley Ndeg 29664 las siguientes

61 Asesorar y proponer al ente rector la normativa que asegure y facilite los procesos tecnlccs y administrativos de estimaci6n prevenci6n y reducci6n de riesgo asl como de reconstruccion

62 Establecer indicadores de gesti6n prospectiva y correctiva del riesgo

63 Brindar asistencia tecnlca al gobierno nacional gobiernos regionales y locales en la planificaci6n para el desarrollo con la incorporaci6n de la Gesti6n del Riesgo de Desastres en 10 referente a la gesti6n prospectiva y correctiva en los procesos de estimaci6n prevenci6n y reducci6n del riesgo asl como la reconstrucci6n

64 Coordinar participar y promover con el CEPLAN y demas entidadescompetentes la incorporaci6n transversal de los elementos de la gesti6n prospectiva y la gesti6n correctiva del riesgo en los procesos de forrnulaci6n de los planes esfrateqicos de desarrollo

65 Coordinar con el Ministerio de Educaci6n la Asamblea Nacionalde Rectores y otras entidades las estrategias orientadas a generar una cultura de prevenci6n a fin de evitar la generaci6n de futuros riesgos

66 Realizar a nivel nacionalla supervisi6n rnonitoreo y evaluaci6n de la implementaci6n de los procesos de estimaci6n prevenci6n y reducci6n de riesgo asl como de reconstrucci6n proponiendo mejoras y medidas correspondientes

67 Coordinar la participaci6n de entidades y agencias de cooperaci6nnacional e internacional en los procesos de estimaci6n prevenci6n y reducci6n del riesgo asi como en la reconstrucci6n

68 Diseiiar la polltica para el desarrollo de capacidades en la administraci6n publica en 10 que corresponde a la gesti6n prospectiva y correctiva del riesgo que permita el adecuado ejercicio de sus funciones

69 Establecer espacios de coordinaci6n y participaci6n de las entidades acadernloas y tecnlco cientificas y monitorear el desarrollo de contenidos del proceso de estimaci6n del riesgo

610 Representar al SINAGERD por delegaci6n del ante rector participando en foros y eventos nacionales e intemacionales relacionados con 16s procesos de estimaci6n prevenci6p y reducci6n del riesgo asi como de reconstrucci6n

611 Desarrollar estrategias de comunicaci6n difusi6n y sensibilizaci6n a nivel nacional sobre las politicas normas instrumentos de gesti6n y herramientas tecnicas entre otros en 10 que corresponde a la gesti6n prospectiva y correctiva

612 Promover el desarrollo de capacidades humanas para la estimaci6n prevenci6n y reducci6n del riesgo en las entldades publicas sector privado y la ciudadanfa en general

613 Emitir opini6n tecnlca sobre proyectos norrnativos convenios acuerdos tratados y otros instrumentos nacionales 0 intemacionales ast como proyectos cuya materia este vinculada a los procesos de estimaci6n prevenci6n y reducci6n del riesgo asi como de reconstrucci6n

614 Realizar estudios e investigaciones inherentes a los procesos de estimaci6n prevenci6n y reducci6n de riesgo asl como de reconstrucci6n

615 Emitir opini6n tecnlca en los aspectos de estimaci6n prevenclon reducclon del riesgo y reconstruccion para la elaboracion de la estrategia de gestion financiera a cargo del Ministerio de Economia y Finanzas - MEF

Articulo 7deg_Estructura Organica del CENEPRED EI CENEPRED contara con una estructura orqanlca

que contendra elementos orqanizacionales para desarrollar Iineamientos de politica y planes mecanlsmos relativos a los procesos de esfimacion prevencion reduccion del riesgo y reconstrucci6n asl como de gestion de informaci6n en sus areas de competencia

Articulo 8deg_ Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI)

81 EI Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI es un organismo publico ejecutor que conformael

SINAGERD responsable tecnico de coordinar facilitar y supervisar la fcrmulaclen e implementaci6n de la Politica Nacional y el Plan Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres en los procesos de preparacien respuesta y rehabilitaci6n

82 Desarrolla propone y asesora al ente rector asl como a los distintos entes pUblicos y privados que integran al SINAGERD sobre la polltica y ~neamientos y mecanismos en materia de procesos de preparaclon respuesta y rehabilitaci6n 83Asiste en los procesos de respuesta y rehabilitaci6n en especial cuando el peligro inminente 0 desastre sobrepase la capacidad de respuesta proporcionando a traves de las autoridades competentes el apoyo correspondiente

Articulo 9deg_Funciones dellNDECI Son funclones del INDECI adicionales a las

establecidas en el articulo 13deg de la Ley Ndeg 29664 las siguientes

91 Asesorar y proponer al ente rector la normativa que asegure procesos tecnicos y administrativos que faciliten la preparaclon la respuesta y la rehabilitacion

92 Desarrollar estrategias de comunicaclon difusi6n y sensibilizaci6n a nivel nacional sobre las politicas normas instrumentos de gesti6n y herramientas tecnicas entre otras para la preparaci6n respuesta y rehabilltaclon en coordinacion con las instituciones competentes

93 Realizar a nivel nacional la supervision seguimiento y evaluacion de la implementaclon de los procesos de preparaclon respuesta y rehabilitaci6n proponiendo mejoras y medidas correspondientes

94 Promover la estandarizaclon y articulaclon de los protocolos de operaclon de todas las entidades que participan en el proceso de respuesta as comola elecuclon de simulacros y sirnulaciones efectuando el seguimiento correspondiente y proponer al ente rector las medidas correctivas

95 Promover la instalacion y actualizacion de los sistemas de alerta temprana y los medios de difusi6n y comunicacion sobre emergencias y desastres a la poblacion

96 Coordinar la partlclpacionde entidades y agencias de coopera~in nacional e interml~i~na~ para los procesos de preparacron respuesta y renabilitacion

97 Representar al SINAGERD por delegacion del ente rector participando en foros y eventos nacionales e intemacionales relacionados con los procesos de preparaclon respuesta y rehabilitacicn

98 Coordinar la asistencia humanitaria solicitada por los pafses afectados por desastres en el marco de convenios 0 acuerdos establecidos conforme a la norrnatividad vigente

99 Emitir opinion teenica previa a la Presidencia del Consejo de Ministros sobre los requerimientos de la Declaratoria de Estado de Emergencia ante la ocurrencia de un peligro inminente 0 de un desastre

910 Coordinar con las entldades competentes y participar en el proceso de respuesta cuando el peligro inminente 0 desastre sobrepasen la capacidad de los gobiemos regionales 0 locales y participar en la respuesta cuando el peligro inminente 0 desastre requiera la participaci6n de las entidades nacionales segunlo establecido en los niveles de capacidad de repuesta previstos en este reglamento y sus instrumentos especificos

911 Administrar los Almacenes Nacionales de Defensa Civil proporcionando a traves de las autoridades competentes apoyo a personas damnificadas y afectadas y participar en la respuesta cuando el peligro inminente 0 desastre requiera la partlclpacion de las entidades nacionales segun 10 establecido en los niveles de capacldad de repuesta previstos en este reglamento y sus instrumentos especificos

912 Proponer al ente rector fa normativa para la coordlnaclon y distribuclon de los recursos de ayuda humanitaria

913 Emitir opinion tecnica sobre proyectos norrnativos convenios acuerdos tratados y otros instrumentos nacionales 0 internacionales aSI como proyectos cuya materia este vinculada a los procesos de preparaclcn respuesta y rehabllitacion segun normatividad vigente

914 Diseiiar y proponer la politica para el desarrollo de capacidades en la adminisfracion publica en 10 que

i f - middotL AP-)J4

ElPeruano Urns jueves 26demayo de2011 WNORMAS LEGALES 443209

corresponde a la gesti6n reactiva del riesgo que permita el adecuado ejercicio de sus funciones

915 Promover el desarrollo de capacidades humanas para la preparaci6n respuesta y rehabilitaci6n en las entidades publicae sector pnvado y la ciudadanla en general

916 Realizar estudios e investigaciones inherentes a los procesos de preparaci6n respuesta y rehabilitaci6n y realizar a nivel nacional la supervisi6n monitoreo y evaluacion de la implernentaclon de estos procesos proponiendo mejoras y medidas correspondientes

917 Emitir opinion tecnica en los aspectos de preparaci6n respuesta y rehabilitaci6n para la elaboraci6n de la estrategia de gestion financiera a cargo del Ministerio de Economia y Finanzas - MEF

918 Orientar promover y establecer Iineamientos para armonizar la formacion y entrenamiento del personal operativo que interviene en la preparacion respuesta y rehabilitaci6n en coordinaclcn con las instituciones especializadas

919 Apoyar y facilitar la operacion conjunta de los actores que participan en el proceso de respuesta en el Centro de Operaciones de Emergencia Nacional- COEN y administrar sus instalaciones e instrumentos de soporte

920 Coordinar con el Sistema de Seguridad y Defensa Nacional en representaclen del SINAGERD

Articulo 10deg_Estroctura organics dellNDECI EI INDECI contara con una estruclura organics que

contendra elementos organizacionales para desarrollar Iineamientos de politica planes y mecanismos relativos a los procesos de preparaclon respuesta y rehabilitaci6n asl como de gesti6n de informacion en sus areas de competencia La estructura organica debera contemplar tamblen los elementos organizacionales necesarios para

asegurar una respuesta oportuna y adecuada en las situaciones de desastre que amerilen su intervencion de acuerdo a los principios de subsidiariedad y gradualidad

I Articulo 11deg_ Gobiemos Regionales y Gobiemos Locales

II Los Gobiemos Regionales y Locales cumplen las

siguientes funciones en adicion a las establecidas en el articulo 14deg de la Ley Ndeg 29664 Y conforme a las leyes organicas correspondientes

I 111 Incorporan en sus procesos de planificaci6n de ordenamiento territorial de gesti6n ambiental y de inversion publica la Gestiondel Riesgode Desastres Para esto se realizara un anallsls de los proyectos de desarrollo e inversion con el fin de asegurar que se identifica

r ~

a La vulnerabilidad potencial de losproyectos y el modo de evitarla 0 reducirla

b La vulnerabilidad que los proyectos pueden crear a la sociedad la infraestructura 0 el entomo y las medidas necesarias para su prevenclen reducclen yo control

c La capacidad de los proyectos de reducir vulnerabilidades existentes en su ambito de accion

112 Incorporan en los planes de desarrollo urbano planes de acondicionamiento territorial asl como en las zonificaciones que se realicen las consideraciones pertinentes de existencia de amenazas y condiciones de vulnerabilidad siguiendo los Iineamientos y con el apoyo tecnico del CENEPRED y de las instituciones competentes

113Identifican el nivel de riesgo existenteen sus areas de [urisdiccien y establecen un plan de gestion correctiva del riesgo en el cual se establecen medidas de caracter permanente en el contexto del desarrollo e inversion Para ello cuentan con el apoyo tecnico del CENEPRED y de las instituciones competentes

114 En los casos de peligro inminente establecen los mecanismos necesarios de preparacion para la atencion ala emergencia con el apoyo deIINDECI

115 Prlorizan dentro de su estrategia financiera para la Gestion del Riesgo de Desastres los aspectos de peligro inminente que permitan proteger a la poblaclon de desastres con alta probabilidad de ocurrencia proteger las inversiones y evitar los gastos por impactos recurrentes previsibles

116 Generan informacion sobre peligros vulnerabilidades y riesgo de acuerdo a los Iineamientos emitidos por el ente rector del SINAGERD la cual sera

sistematizada e integrada para la gesti6n prospectiva y correctiva

117 Los Presidentes Regionales y los Alcaldes constituyen y presiden los grupos de trabajo de la Gesti6n del Riesgo de Desastres como espacios intemos de articulaci6n para la formulaci6n de normas y planes evaluaci6n y organizaci6n de los procesos de Gesti6n del Riesgo de Desastres en el ambito de su competencia Estos grupos coordinaran y artieularan la gesti6n prospectiva correctiva y reactiva en el marco del SINAGERD Los grupos de trabajo estaren integrados por los responsables de los 6rganos y unidades organicas competentes de sus respectivos gobiemos

118 Los 6rganos y unidades organicas de los Gobiemos Regionales y Locales deberan incorporar e implementar en su gesti6n los procesos de estimaclon prevenci6n reducci6n de nesgo reconstrucci6n preparacion respuesta y rehabilitaclcn transversalmente en el ambito de sus funciones

119 Los Gobiemos Regionales operan los Almacenes Regionales de Bienes de Ayuda Humanitaria y los Gobiemos Locales en convenio con los Gobiemos Regionales operan los Almacenes Locales o Adelantados

1110 De conformidad con 10 establecido por et articulo 61 de la Ley Organica de Gobiemos Regionales los gobiemos regionales son responsables de

a Formular aprobar ejecutar evaluar dirigir controlar y administrar las politicas en materia de Defensa Civil en concordancia con la Politica Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres y los planes sectoriales y locales correspondientes

b Dirigir el Sistema Regional de Defensa Civil EI Ente Rector establecera los Iineamientos de funcionamiento de estos Sistemas Regionales asegurando la aplicacion integral del enfoque de gestiorr del riesgo de desastres _

c Organizar y ejecutar acciones de prevencien de desastres y brindar ayuda directa e inmediata a los damnificados y la rehabilitaci6n de las poblaciones afectadas Las acciones de prevencion de desastres seran coordinadas a traves de los grupos de trabajo para la gestion del riesgo de desastres y las funciones de brindar ayuda directa e inmediata de los damnificados y la rehabilitaci6n de las poblaciones afectadas seren asumidas a traves de los mecanismos de preparacion respuesta y rehabilitaci6n determinados

1111 Los Sistemas Regionales de Defensa Civil tienen la siguiente estructura

a Los Gobiemos Regionales y los Grupos de Trabajo aludidos por el numeral 162 del articulo 16 de la Ley N~ 29664

b Los Gobiemos Locales y los Grupos de Trabajo aludidos por el numeral 162 del artIculo 16 de la Ley Ndeg 29664 -

c Los Centros de Operaciones de Emergencia Regional (COER) y los Centros de Operaciones deshyEmergencia Local (COEL)

d Las Plataformas de Defensa Civil regionales y_ locales

Articulo 12deg_ Centro Nacional de Planeamientamiddot Estrategico (CEPLAN)

121 En las metodologias e instrumentos tecnicosshyde la planificacion estrateqica del desarrollo nacional elmiddot CEPLAN incluye la Gestion del Riesgo de Desastres shy

122 En el proceso de formulaci6n de los planes estrateqicos nacionales sectoriales institucionales y subnacionales asi como en la ejecucion de los programas y proyectos priorizados en esos arnbltos el CEPLAN promueve el fortalecimiento de capacidades para el planeamiento estrateqicc mediante la cooperacion y acuerdos entre los sectores publico y privado considerando las polfticas en Gestion del Riesgo de Desastres

Articulo 13deg_Entidades publicas Las entidades publicae cumplen las siguientes

funciones en adicion a las establecidas en el articulo 16deg de la Ley Ndeg 29664 Ley que crea el Sistema Nacional de Gesti6n de Riesgo de Desastres - SINAGERD

01

EJPerulrlO443210 j NORMAS LEGALES Uma jueves 26demayo de2011

131 Sobre la base de Ia estimaclon de ries~o en coordlnacien con CENEPRED las entldades publicas generan normas e instrumentos de apoyo para que los gobiernos regionales y locales utilicen los resultados de la estimacion de riesgo a escala nacional en sus procesos respectivos de analisis planificaciony gestion

132 Las entidades publicas identiflcan y priorizan el riesgo en la infraestructura y los procesos econemlcos sociales y ambientales en su ambito de atrlbuciones y establecen un plan de gestion correctiva tomando en conslderaclen los Iineamientos establecidos por el CENEPRED

133 Los 6rganos y unidadesorganicas de los sectores y entidades del Gobierno Nacional deberan incorporar e implementar en su gestion los procesos de estimaclen prevenclon reduccien de riesgo reconsnucclen preparaci6n respuesta y rehabilitacion transversalmente en el ambito de sus funciones

134 Los Titulares de las entidades y sectores del Gobierno Nacional constituyen y presiden los Grupos de Trabajo de la Gestion del Riesgo de Desastres como espacios internos de artioolacion para la formulacion cIe normas y planes evaluaci6n y organizacion de los procesos de Gesti6n del Riesgo de Desastres en el ambito de su competencia Estos grupos coordinaran y artlcularan la gestion prospectiva correctiva y reactiva en el marco del SINAGERD los grupos de trabajo estaran integrados por los responsablesde los organos y unidades organicas competentes

135 Ensituaciones de desastre las entidades pUblicas participan en los procesos de evaluacion de daftos y analisls de necesidades segun los procesos establecidos por ellNDECI y bajo la coordinacion de los Centros de Operaciones de Emergencia establecen los mecanismos necesarios para una rehabilitacion rapida eficiente y articulada En desastres de lJran magnitud evaluan su respectiva capacidad financlera para la atencion del desastre y la fase de reconstrucci6nposterior en el marco de las disposiciones legales vigentes Este proceso sera coordinadocon el CENEPREDy el Ministerio de Economla y Finanzas

Articulo 14deg_ Artlculaci6n entre las distlntas entidades

En el marco de sus respectivas competencias y responsabilidades vinculadas al SINAGERD los Ministros los Presidentes de Gobiemos Regionales y los Alcaldes aseguran el desarrollode adecuados canales de comunicaci6n y construyen las herramientas de gestion necesarias a efecto que los Iineamientos de polltica sectorial y las aceiones operativas en materia de Gestion de Riesgo de Desastres segun corresponda guarden armonia y se ejecuten oportuna y coherentemente en la gesti6n del SINAGERD Para dicho fin materializaran sus responsabilidades y competencias en tareas 0 actividades en los respectivos Planes Sectoriales

Regionales y Locales de Operaciones 0 de Contingencia ltsegun corresponda

Articulo 15deg_Fuerzas Annadas y Policla Nacional del Peru

151 EI Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de pesastres (SINAGERD) coordina con el Sistema de -Seguridad y Defensa Nacional segun corresponda en el ambito de sus eompetencias a traves del INDECI Corresponde al ente rector establecer los mecanismos de coordinacion ~ 152 Las Fuerzas Armadas y la Policia Nacional del Peru participan en la Gestion del Riesgo de Desastres en 10 referente a la preparacion y respuesta ante situaciones de desastre de acuerdo a sus competencias y en coordinacion y apoyo a las autoridades competentes conforme a las normas del SINAGERD EI Ministerio de Defensa establece la mision organizacion y funciones de las FuerzasArmadas para la atenci6n de las emergencias originadas por desastres de acuerdo a los Iineamientos establecidos por el Ente Rector especificando ademas las fuentes para su financiamiento

153 Las Fuerzas Armadas y la Policla Nacional del Peru participan de oficio en la atencion de situaciones de emergencia que requieran acciones inmediatas de respuesta realizando las tareas de urgente necesidad que les compete de acuerdo a los Iineamientos establecidos por el Ente Rector

Articulo 16deg_Entldades Privadas y Sociedad Civil Las entidades privadas y las organizaciones sociales

cuyas actividades se vinculan con los procesos de la Gestlon del Riesgo de Desastres brindan asesoramiento y apoyo al ente rector a los gobiemos regionales y locales y demas entidades que conforman el SINAGERD en el marco de convenios planes nacionales y regionales 0 protocolos para la gestion del riesgo de desastres

I CAPiTULO II

GRUPOS DE TRABAJO Y PLATAFORMAS DE DEFENSA CIVil

Articulo 17deg_ Mecanlsmo de constltucl6n y funclonamlento de grupos de trabaJo para la Gestl6n del Rlesgo de Desastres

171 La maxima autoridad ejecutiva de cada entidad publica de nivel Nacional los Presidentes Regionalesy los Alcaldes constituyen y presiden los grupos de trabajo de la Gestion del Riesgo de Desastres para la formulacion de normas y planes evaluacion orqanlzacion supervision fiscalizacion y ejecucion de los procesos de Gestion del Riesgo de Desastres en el ambito de su competencia Esta funcion es indelegable

172 Los grupos de trabajo estan integrados por funcionarios de los niveles directivos superiores de cada entidad publica 0 gobiemo subnaclonal

Articulo 18deg_ Funclonamiento de los grupos de trabaJo para la articulaci6n y coordlnacl6n del SINAGERD

181 Coordinan y articulan la gestion prospectiva correctiva y reactiva en el marco del SINAGERD

182 Promueven la participaclen e integraci6n de esfuerzos de las entidades publicas el sector privado y la cludadanla en general para la efectiva operatividad de los procesos del SINAGERD

183 Artiooan la Gestion del Riesgo de Desastres dentro de los mecanismos institucionales

184 Coordinan la articulacion de sus decisiones en el marco de la integracion y armomzacien de la Polltica Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres con otras politicas transversales de desarrollo

185 Articulan la gestion reactiva a traVElS de

a EI Sistema Regional de Defensa Civil b Los Centros de Operaciones de Emergencia

Regional (COER) y los Centros de Operaciones de Emergericia Local (COEL)

c Las Plataformas de Defensa Civil regionales y locales

186 Coordinan los procesos de preparacien respuesta y rehabilitacion del SINAGERD con el Sistema de Seguridad y Defensa Nacional

Articulo 19deg_Las Platafonnas de Defensa Civil

191 Las Plataformas de Defensa Civil son espacios permanentesde participacioncoordinaci6n convergencia de esfuerzos e integracion de propuestas que se constituyen en elementos de apoyo para la preparacion respuesta y rehabilitacion

192 Las Plataformas de Defensa Civil funcionan en los ambitos jurisdiccionales regionales y locales

193 EI Presidente del Gobiemo Regional y el Alcalde respectivamente constituyen presiden y convocan las Plataformas

194 Esobligatoria laparticipaci6nde lasorganizaciones sociaes a traves de sus representantes

195 Las organizaciones humanitarias vinculadas a la gestion del riesgo de desastres apoyan y participan en las Plataformas de Defensa Civil

Articulo 20deg_ Funclones de las Platafonnas de Defensa Civil

201 Formulan propuestas para la ejecucion de los procesos de preparacion respuesta y rehabilitacion con el objetivo de integrar capacidades y acciones detodos los actores de la sociedad en su ambito de competencias

-

B Peruano Uma jueves 26demayo de2011 WNORMAS LEGALES 443211

202 Convocan a todas las entidades pnvadas y a las organizaciones sociales promoviendo su participaclon en estncta observancia del principio de partlclpacion y de los derechos y obligaciones que la Ley reconoce a estos actores

203 Proponen normas relativas a los procesos de preparaci6n repuesta y rehabilitaci6n en su respectiva jurisdiccion

TITULO III

POLTICA NACIONAL DE GESTI6N DEL RIESGO DE DESASTRES

Articulo 21deg- La Politica Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres

211 Es responsabilidad prioritariadel Estadola protecci6n de la vida e integridad de las personas como valores constitucionales superiores La Polltica Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres de obligatorio cumplimiento es aprobadaporel PoderEjecutivoatravesde DecretoSupremo con el voto aprobatoriodel Consejo Ministros

212 Las politicas pUblicas y normas en materia de Gesti6n del Riesgo de Desastres de caracter sectorial regional y loeal se diseilan y apliean en concordancia con 10 establecido en la Politica Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres

213 EI articulo 5deg de la Ley Ndeg 29664 establece los lineamientos de la Politica Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres Todos los procesos de formulacion de contenidos estaran sujetos a dichos Iineamientos

214 Asimismo constituyen instrumentos de la Politica Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres

a Los Programas Presupuestales Estrategicos vinculados a la Gestion del Riesgo de Desastres y otros Programas en el marco del enfoque del Presupuesto por Resultados

b EI Plan Nacional de Operaciones de Emergencia c Los Planes Sectoriales Regionales Municipales y

Distritales de Gesti6n del Riesgo de Desastres d Planes de Desarrollo e Planes de Prevenci6n y Reducci6n del Riesgo f) Meeanismos de programaci6n formulacion y

ejecuci6n presupuestal y de protecci6n financiera g Instrumentos de politica estrategia y planificaci6n

relacionados con el ordenamiento territorial el desarrollo urbane protecci6n del ambiente cambio climatico la educaci6n y comunicaci6n

h Mecanismos de supervisi6n evaluaci6n control sanci6n

215 EI ente rector establece el proceso y los mecanismos para la formulaci6n y aprobaci6n de la Politica Nacional que garantice las condiciones de interinstitucionalidad sinergia descentralizaci6n transversalidad y participaci6n De igual forma identlficara el mecanisme de informacion transparencia y difusi6n

TITULO IV

PROCESOS DE LA GESTI6N DEL RIESGO DE DESASTRES

Articulo 22deg_ Implementaci6n de la Politica Nacional de Gesti6n del Rlesgo de Desastres

La implementaci6n de la Politica Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres se logra mediante el planeamiento organizaci6n direcci6n y control de las actividades y acciones relacionadas con los procesos y sus respectivos subprocesos segun los articulos siguientes

Articulo 23deg_Estimacion del Riesgo EI proceso de Estimacien del Riesgo comprende las

acciones y procedimientos que se realizan para generar el conocimiento de los peligros 0 amenazas analizar la vulnerabilidad y establecer los niveles de riesgo que permitan la toma de decisiones en la Gestion del Riesgo de Desastres

Articulo 24deg_ Los Subprocesos de la Estimacion del Riesgo

Son Subprocesos de la Estimaci6n del Riesgo los siguientes

241 Normatividad y Iineamientos Desarrollarlas normas Iineamientos y herramientas tecnicas apropiadas para la generaci6ny difusi6ndel conocimiento delpeligroanalisisde wlnerabilidades y el establecimiento de los nivelesde riesgo de desastres para su aplicaci6n en los demas procesOs constitutivos de la Gesti6ndel Riesgode Desastres

242 Participaci6n social Desarrollar mecanlsmos para la participaci6n de la poblaci6n las entidades privadasy las entidades publicas en la identificaci6n de los peligros y de las vulnerabilidades

243 Generaci6n del conocimiento de peligros 0 amenazas Identificar conocer caracterizar y monitorear los peligros para establecer su area de influencia con el prop6sito de analizar las vulnerabilidades y establecer las medidas preventivas y correctivas del riesgo

244 Analisis de vulnerabilidad En las areas con exposici6n analizar los factores de la vulnerabilidad en el ambito de competencias territoriales 0 sectoriales

245 Valoraci6n y escenarios de riesgo Establecer los niveles del riesgo a partir de la valoraci6n y cuantificaci6n de la vulnerabilidad y del desarrollo de escenarios de riesgo que permitan la toma de decisiones en el proceso Gesti6n del Riesgo de Desastres y del desarrollo sostenible

246 Difusi6n Acopiar y difundir el conocimiento sobre el riesgo de desastres

Articulo 25deg- Prevencion del Riesgo EI proceso de Prevenci6n del Riesgo comprende las

acciones que se orientan a evitar la generaci6n de nuevos riesgos en la sociedad en el contexte de la gesti6n del desarrollo sostenible

Articulo 26deg_ Los Subprocesos de la Prevencion del Riesgo

Son Subprocesos de la Prevenci6n del Riesgo leiS siguientes

261 Normatividad y lineamientos DesarroJlar las normas Iineamientos y herramientas tecnicas apropiadas para evitar la generaci6n de nuevo riesgo en el territorio a traves de su consideraci6n en politicas planes de desarrollo a nivel territorial y sectorial incluyendo c6digos de urbanismo y de construcci6n

262 Planificaci6n preventiva Formular planes de desarrollo territoriales y sectoriales que consideren la no generaci6n de nuevos riesgos

263 Participaci6n social Desarrollar meeanismos para Ia participaci6n de la poblaci6n las entidades privadas y las entidades publicas en el establecimiento de metas de prevenci6n de riesgos y en la formulaci6n de los planes de desarrollo territoriales y sectoriales 264 Indicadores de prevenci6n Con base en la

informaci6n sobre la estimaci6n del riesgo establecsr metas e indicadores para la prevenci6n en el territorio

265 Financiaci6n de la prevenci6n Gestionar 106 recursos financieros para la implementaci6n de los planes formulados

266 Implementaci6n de la prevenci6n a traves de la Planificaci6nterritorialy sectorialAplicar las consideraciones de prevenci6n de riesgos a traves de la implementaci6n de los planes de desarrollo territorialesy sectoriales

267 Implementaci6n de la prevencion a traves de las normas de urbanismo y construcci6n Apliear las consideraciones de prevenci6n de riesgos a traves de los c6digos y reglamentos de urbanismo y construcci6n en el territorio shy

268 Control y evaluaci6n Controlar y monitorear el logro de los objetivos en materia de prevenci6n de nuevm riesgos en el territorio y retroalimentar el proceso

Articulo 27deg_Reducci6n del Riesgo EI proceso de Reducci6n del Riesgo comprende las

acciones que se realizan para reducir las vulnerabilidades y riesgos existentes en el contexto de la gestion del desarrollo sostenible

Articulo 28deg_ Los Subprocesos de la Reducci6n del Riesgo

Son Subprocesos de la Reducci6n del Riesgo los siguientes

281 Normatividad y Lineamientos Desarrollar las normas lineamientos y herramientas tecnicas apropiadas para reducir el riesgo existente en el territorio

BPenJano443212 WNORMAS LEGALES UmaJ- 26de mayo de 2011

282 Diagn6stico e intervenci6n Analizar la situaci6n de los elementos socioecon6micos expuestos en las areas en donde se ha establecido niveles de riesgo con fines de implementar acciones de reducci6n de vulnerabilidad

283 Participaci6n social Determinar los mecanismos de participaci6n de la sociedad civil para establecer las metas de reducci6n del riesgo de desastres

284 Evaluaci6n de programas y proyectos Analizar y evaluar con un enfoque de participaci6n las diferentes altemativas de programas y proyectos que se orienten a la reducci6n del riesgo de desastres

-285 Informaci6n y seguimiento Informar peri6dicamente sobre el desarrollo de las acciones de reducci6n de riesgos fomentando la participaci6n social

286 Planificaci6n participativa Planificar participativamente las acciones concertadas a traves de proyectos de inversi6n publica 0 privada que incluyan reduccion del riesgo de desastres

287 Planificaci6n integral armonizada y transversal Armonizar e incorporar los proyectos de reducci6n del riesgo de desastres en el esquema de planes de desarrollo local procurando la generaci6n de proyectos integrales de desarrollo que consideren la reducci6n del riesgo de desastres

288 Gesti6n de recursos Gestionar los recursos para ta implementaci6n de los proyectos de desarrollo en los que se integra la reducci6n del riesgo de desastres

289 Implementaci6n de la reducci6n del riesgo Ejecutar programas y proyectos de reducclen del riesgo de desastres

2810 Seguimiento y evaluaci6n Monitorear el logro de los objetivos en materia de reducci6n de riesgos en el territorio y retroalimentar el proceso

Articulo 29deg- Preparaci6n La Preparaci6n esta constituida por el conjunto de

acciones de planeamiento de desarrollo de capacidades organizaci6n de la sociedad operaci6n eficiente de las instituciones regionales y locales encargadasde la atenci6n y socorro establecimiento y operaci6n de la red nacional de alerta temprana y de gesti6n de recursos entre otros para anticiparse y responder en forma eficiente y eficaz en caso de desastre 0 situacion de peligro inminente a fin de procurar una optima respuesta en todos los niveles de gobiemo y de la sociedad

Articulo 30deg_Subprocesos de la Preparaci6n Son SUbprocesos de la Preparaci6n los siguientes

301 Informaci6n sobre escenarios de riesgo de desastres Desarrollar un proceso sistematico estandarizado y continuo para recopilar informaci6n existente sobre la tendencia de los riesgos asl como las estadlsticas de dafios producidos por emergencias pasadas a fin de actuar oportunamente en caso de desastre 0 situaci6n de peligro inminente

302 Planeamiento Formular y actualizar permanentemente en concordancia con el Plan Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres el planeamiento de la Preparacien la Respuesta y la Rehabilltacion en los diferentes niveles de gobiemo

303 Desarrollo de capacidades para la Respuesta Promover el desarrollo y fortalecimiento de capacidades humanas organizacionales tecnicas y de investigaci6n en los tres niveles de gobierno entidades privadas y la poblaci6n asi como equipamiento para una respuesta eficiente y eficaz en situaci6n de emergencias y desastre

304 Gesti6n de Recursos para la Respuesta Fortalecer en el ambito nacional regional y local la gesti6n de recursos tanto de infraestructura como de ayuda humanitaria obtenidos mediante fondos publlcos de la movilizaci6n nacional y de la cooperacion intemacional

305 Monitoreo y Alerta Temprana La alerta temprana es parte de los procesos de preparaci6n y de respuesta Para la preparaci6n consiste en recibir informaci6n analizar y actuar organizadamente sobre la base de sistemas de vigilancia y monitoreo de peligros y en establecer y desarrollar las acciones y capacidades locales para actuar con autonomla y resiliencia

306 Informacion Publica y Sensibilizacion Desarrollar y fortalecer medios de comunicaci6n y difusion - en los ambitos Nacional Regional y Local - para que las autoridades y la poblaci6n conozcan los riesgos existentes y las medidas adecuadas para una respuesta optima

Articulo 31deg- Respuesta La Respuesta como parte int~rante de la Gestl6n

del Riesgo de Desastres esta constituida por el conjunto de acciones y actividades gue se ejecutan ante una emergencia 0 desastre lnmedlatamente de ocurrido lIste asl como ante la inminencia del mismo

Articulo 32- Subprocesos de la Respyesta Son Subprocesos de la Respuesta los siguientes

321 conduecicn y coordinaci6n de la atenci6n de la emergencia 0 desastre Actividades transversales orientadas a conducir y coordinar la atenci6n de la emergencia y desastres en los diferentes niveles de gobiemo para generar las decisiones que se transforman en acciones de autoayuda primera respuesta y asistencia humanitaria con base en informaci6n oportuna

322Analisis Operacional Es el conjunto de acciones que permite identificar dalios analizar necesidades y asegurar una oportuna intervenci6n para satisfacer con recursos a la poblaci6n afectada contando para ello con procedimientos pre-establecidos en funci6n a los medios disponibles en los ambitos local regional y nacional

323 Busqueda y Salvamento Salvaguardar vidas controlar eventos secundarios como incendios explosiones y fugas entre otros proteger los bienes y mantener la seguridad publica en los ambltos marltimo aereo y terrestre

324 Salud Brindar la atenci6n de salud en situaciones de emergencias y desastres a las personas afeetadas asl como cubrir necesidades de salud publica

325 Comunicaciones Actividades orientadas a asegurar la disponibilidad y el funcionamiento de los medios de comunicaci6n que permitan la adecuada coordinacion entre los actores del SINAGERD ante la ocurrencia de una emergencia 0 desastre

326 Loglstica en la Respuesta Abastecimiento de suministros adecuados y en cantidades requeridas asi como equipos y personal especializado en los lugares y momentos en que se necesitan para la atenci6n de la emergencia

327 Asistencia Humanitaria Desarrollar y coordinar las acciones relacionadas con la atenci6n que requieren las personas afeetadas por la ocurrencia de una emergencia o desastre en especial 10 relacionado con brindar techo abrigo alimento enseres y herramientas asi como la protecci6n a grupos vulnerables

328 Movilizacion Disponer y emplear recursos y bienes del potencial nacional en concordancia con la Ley Ndeg 28101 Ley de Movilizacion Nacional

Articulo 33deg- Rehabilitaci6n EI proceso de Rehabilitacien es el conjunto de

acetonesconducentes al restablecimiento de los servicios publicos basicos indispensables e inicio de la reparaci6n del dalio fisico ambiental social y econ6mico en la zona afectada por una emergencia 0 desastre Se constituye en el puente entre el proceso de respuesta y el proceso de reconstrucclen

Articulo 34deg- Subprocesos de la Rehabllltaci6n Son Subprocesos de la Rehabilitaci6n los siguientes

341 Restablecimiento de servicios publlcos baslcos e infraestructura Acciones orientadas a restablecer los servicios pUblicos basicos as como la infraestructura que permita a la poblaci6n volver a sus actividades habituales

342 Normalizaclon progresiva de los medios de vida Acciones que permitan normalizar las actividades socioshyeconomlcas en la zona afectada por el desastre mediante la participaci6n coordinada de los tres niveles de gobiemo lncorporando al sector privado y a la poblaclen

343 Continuidad de servicios Para asegurar la continuidad de los servicios publicos baslcos indispensables lasempresasdel Estado losoperadoresde concesiones publicas y los organismos reguladores frente a situaciones de Preparacien Respuesta y Rehabilitaci6n ante desastres formulan evaluan y ejecutan sus planes de contingencia y demas instrumentos de gestion en el marco del Plan Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres manteniendo comunicaci6n y coordinaci6n permanente con la autoridad regional 0 local segun corresponda

--t -I

EIPruano Uma Jueves 26demayo de2011 if NORMAS LEGALES 443213

344 Participaci6n del sector privado Los Gobiemos Regionales y los Gobiemos Locales coordinarim la participaci6n de las empresas del Estado los operadores de concesiones publicas y los organismos reguladores en los procesos de Preparaci6n Respuesta y Rehabilitaci6n en su ambito jurisdiccional

Articulo 35deg- Reconstruccl6n EI Proceso de Reconstrucci6n comprende las acciones

que se realizan para establecer condiciones sostenibles de desarrollo en las areas afectadas reduciendo el riesgo anterior al desastre y asegurando la recuperaci6n flsica y social asl como la reactivaci6n econ6mica de las comunidades afectadas Sus subprocesos principales son

Articulo 36deg_Subprocesos de la Reconstrucci6n Son Subprocesos de la Reconstrucci6n los

siguientes

361 Definici6n del esquema institucional Definir el esquema institucional de gesti6n y de coordinaci6n requerido para la reconstrucci6n con base en los Iineamientos definidos en la Polltica Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres

362 Definici6n de alcances Definir alcances del proceso de reconstrucci6n y establecer canales permanentes de comunicaci6n con las personas afectadas y la comunidad en general

363 Disefio de mecanismos tecnicos y legales Disefiar y formular los mecanismos tecnicos y legales para el proceso de reconstrucci6n que sean requeridos incluyendo la revisi6n de Planes de Desarrollo y de Ordenamiento Territorial

364 Evaluaci6n de impacto Realizar la evaluaci6n del impacto socioecon6mico en el escenario de desastre identificando presiones dinamicas y causas de fondo

365 Desarrollo de informaci6n Desarrollar la informaci6n necesaria para fines de reconstrucci6n incluyendo opciones de reubicaci6n de poblaci6n y anallsls socioecon6micos de las comunidades afectadas

366 Priorizaci6n de intervenciones Priorizar acciones de reconstrucci6n de manera integral incluyendo la recuperaci6n social y la reactivaci6n econ6mica y de forma participativa con los beneficiarios

367 Planificaci6n participativa Formular participativamente el plan integral de reconstrucci6n que no reproduce los riesgos preexistentes definiendo el alcance estrategias de implementaci6n actividades

y responsabilidades presupuestos e indicadores de seguimiento y evaluaci6n

368lnventario de infraestructura danada y priorizaci6n Disenar el procedimiento asi como las herramientas de inventario de la infraestructura publica dariada sobre la cual se procedera a priorizar y programar los proyectos de inversi6n publica para su reconstrucci6n Se debe tener en cuenta la programaci6n de la disponibilidad de recursos presupuestales as como las Unidades Ejecutoras competentes del nivel nacional y subnacional

369 Informaci6n publica Gestionar informaci6n sensibilizar socializar y divulgar los avances del proceso ante la poblaci6n afectada y la comunidad en general

3610 Seguimiento y evaluaci6n Monitorear y evaluar la ejecuci6n de los proyectos verificando que no se regeneren las condiciones inseguras previas al impacto

TiTULO V

INSTRUMENTOS DEL SISTEMA NACIONAl

CAPiTULO I

PLAN NACIONAL DE GESTION DEL RIESGO DE DESASTRES

Articulo 37deg- Definici6n y Objeto

371 EI Plan Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres tiene por objeto establecer las Iineas estrategicas los objetivos y las acciones de caracter plurianual necesarios para concretar 10 establecido en la Ley y la Politica Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres

372 En el disefio del Plan Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres se consideran los programas presupuestales estrategicos y otros programas que forman parte de la Estrategia Financiera para la Gesti6n

del Riesgo de Desastres en el marco del presupuesto por resultado ~

373 EI Plan Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres se articula con los instrumentos de planificaci6n sectorial regional y local Es aprobado por el Poder Ejecutivo mediante Decreto Supremo

Articulo 38deg- Estructura y contenldos I

381 La estructura del Plan Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres estara sustentada en los siguientes procesos

a Estimaci6n del Riesgo b Prevenci6n del Riesgo c Reducci6n del Riesgo d Preparaci6n e Respuesta f Rehabilitaci6n g Reconstrucci6n

382 En el proceso de elaboraci6n del Plan Nacionar de Gesti6n del Riesgo de Desastres se estableceran los indicadores de desempeiio e impacto que serviran de base al mecanismo de seguimiento y evaluaci6n

Articulo 39deg- De los planes especlficos po proceso

391 En concordancia con el Plan Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres las entidades publicas en todcs los niveles de gobiemo formulan aprueban y ejecutan entre otros los siguientes Planes

a Planes de prevenci6n y reducci6n de riesgo deshydesastres

b Planes de preparaci6n c Planes de operaciones de emergencia d Planes de educaci6n comunitaria e Planes de rehabilitaci6n f Planes de contingencia

392 La autoridad correspondiente convocara a las entidades privadas y a la sociedad para el desarrollo de estos instrumentos de planificaci6n

Articulo 40deg- Mecanismos de coordinaci6n participaci6n evaluaci6n y seguimiento

401 EI ente rector promueve la coordinaci6n y articulaci6n con entidades de la sociedad y el sector privado

402 EI ente rector desarrolla el proceso de articulaci6n de todos los elementos constitutivos del Plan Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres

403 EI ente rector establece los mecanismos de evaluaci6n y seguimiento del plan asi como los mecanismos de comunicaci6n y difusi6n

404 CENEPRED establece los Iineamientos y los procesos deforrnulaci6n y particijlaci6nrelativosaestimaci6n prevenci6n reducci6n del riesgo y reconstrucci6n

405 INDECI establece los Iineamientos y los procesos de formulaci6n y participaci6n relativos a la preparaci6n respuesta y rehabilitaci6n

406 CEPLAN identifica loselementosdela planificacion estrategica del desarrollo nacional que deben ser incluidos en el Plan Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres Asimismo establece los compromisos procesos y acciones necesarias para asegurar la implementaci6n de los elementos del Plan Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres dentro de los Programas Estrategicos para el Desarrollo Nacional

407 EI MEF propene los elementos de la Estrategia Financiera para su integraci6n en el Plan Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres de manera que queden adecuadamente vinculados y articulados

CAPiTULO II

ESTRATEGIA DE GESTION FINANCIERA DEL RIESGO DE DESASTRES

Articulo 41deg_ Definici6n

411 Es el conjunto de acciones establecidas para asegurar una adecuada capacidad financiera en los

t-~-

BPerull10

443214 WNORMAS LEGALES Uma jUeves 26de mayo de 2011

~ procesos de la Gesti6n del Riesgo de Desastres asi como il tma mejor cobertura de los riesgos fiscales derivados de

la ocurrencia de desastres r 412 En el diseiio de la Estrategia de Gesti6n Financiera se consideran los programas presupuestales estrategicos vinculados a la Gesti6n del Riesgo de Desastres y otros programas que estuvieran relacionados con el objetivo del plan en el marco del presupuesto por resultados

413 En situaciones de desastres de gran magnitud el ente rector en coordinaci6n con el Ministerio de Economla y Finanzas propone al Consejo Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres el esquema institucional y financiero de reconstrucci6n sobre la base de un tInalisis de vulnerabilidades darios y necesidades Este esquema tiene presente las competencias de los gobiemos regionales y gobiemos locales la existencia de capacidades en la sociedad organizada y el principio de subsidiariedad segun 10 establecido en la Ley - 414 Los gobiemos regionales y locales priorizan la asignaci6n de recursos en la formulaci6n del presupuesto de cada ejercicio fiscal para brindar ayuda directa e inmediata a las personas damnificadas y afectadas para ejecutar las acciones que recuperen rapidamente el servicio basico perdido y la rehabilitaci6n de la infraestructura publica dafiada Asimismo cubnran el reabastecimiento de los almacenes de ayuda humanitaria que administran segun sus arnbitos de competencia a 415 Las entidades publicae priorizan la asignaci6n de ~cursos presupuestales para el desarrollo de los procesos de la Gesti6n del Riesgo de Desastre preferentemente en 10 referido a la atenci6n de emergencias y el proceso de reconstrucci6n ~I 416 En concordancia con el principio de subsidiariedad cuando la emergencia supere la capacidad de respuesta de los gobiemos regionales y locales el Ministerio de Economia y Finanzas en coordinaci6n con el ente rector del SINAGERD establece los mecanismos para transferir oportunamente recursos con cargo a la Reserva de Contingencia a fin de facilitar la ejecuci6n de los procesos de la gesti6n reactiva

417 Los Recursos de la Reserva de Contingencia PBra la Gesti6n del Riesgo de Desastres seran asignados preferentemente para brindar una respuesta oportuna ante desastres de gran magnitud que permitan mitigar los efectos dafiinos por el inminente impacto de un fen6meno natural 0 antr6pico declarado por el organismo publico competente y rehabilitar la infraestructura publica dafiada

Articulo 42deg_Componentes

421 La estrategia de gesti6n financiera se organiza por procesos y considera los programas presupuestales lIinculados asi como otras herramientas financieras que estuvieran relacionadas con la Gesti6n del Riesgo de Desastres

422 Los procesos considerados son los siguientes

a Estimaci6n Prevenci6n y Reducci6n del Riesgo Mecanismos financieros presupuestales y de incentivos que fomenten el desarrollo de los procesos de estimaci6n prevenci6n y reducci6n del riesgo como la eontratacion de deuda el Programa Estrategico con el enfoque de Presupuesto por Resultados y Programas de Transferencias Condicionadas e Incentivos y fondos concursables b Preparaci6n Respuesta y Rehabilitaci6n En aumplimiento del principio de subsidiariedad los mecanismos para responder el impacto de desastres deben tomar en cuenta el siguiente orden de prelaci6n

1 Los recursos de los mismos pliegos presupuestales de las entidades publlcas

2 Los recursos de la Reserva de Contingencia 3 Los recursos del Fondo de Estabilizaci6n Fiscal

- 4 Las Iineas de credlto contingente

c Reconstrucci6n instrumentos de protecci6n financiera y transferencia de riesgo de bienes y servicios publlcos Asimismo se promovera la creaci6n y regulaci6n del mercado de transferencia de riesgo de desastres en bienes y servicios privados

423 Las entidades publicas de todos los niveles de gobiemo evaluan su respectiva capacidad financiera y

presupuestaria para la atenci6n de los dafios producidos por desastres y la fase de reconstruccien posterior en el marco de las disposiciones legales vigentes EI Ministerio de Economla y Finanzas evalua e identifica mecanismos que sean adecuados y costo-eficientes con el objeto de contar con la capacidad financiera complementaria para tal fin

CAPiTULO III

MECANISMOS DE COORDINACION DECISIONl COMUNICACION Y GESTION DE LA INFORMACluN

EN SITUACIONES DE IMPACTO DE DESASTRES

Articulo 43deg_ Niveles de emergencia y capacldad de respuesta

431 La tipificaci6n de la atenci6n de emergencias por medio de niveles permite identificar la capacidad de respuesta para atender las emergencias y desastres

432 La atenci6n de emergencias y dafios por desastres se c1asificanen 5 niveles de la siguiente manera

a Niveles 1 2 Y 3 Alcance Local y Regional Comprende aquellas situaciones que son atendidas directamente por los Gobiemos Locales 0 el Gobiemo Regional con sus propios recursos disponibles

b Nivel 4 Intervenci6n del Gobiemo Nacional Comprende aquellos niveles de impacto de desastres que superan la capacidad de respuesta regional y sustentan la Declaratoria de Estado de Emergencia En este caso interviene el Gobiemo Nacional con los recursos nacionales disponibles y la coordinaci6n del INDECI

c Nivel 5 De Gran Magnitud Comprende aquellos niveles impactos de desastres cuya magnitud 0 circunstancias afecten la vida de la Naci6n y supere 0 pueda superar la capacidad de respuesta del pais y sustentan la Declaratoria de Estado de Emergencia Nacional lnterviene el Gobiemo Nacional con los recursos nacionales disponibles y de ser necesario con el apoyo de la ayuda intemacional En este caso ellNDECI coordina y conduce las operaciones de Respuesta y Rehabilitaci6n

433 La metodologia de c1asificaci6n de los niveles de emergencia estara detallada en el Plan Nacional de Operaciones

Articulo 44deg_ Red Nacional de Alerta Temprana

441 INDECI establece la Red Nacional de Alerta Temprana sobre la base de la participaci6n de las entidades tecnico cientrficas y de las universidades

442 La Red Nacional de Alerta Temprana integrara al menos los siguientes componentes

a Conocimiento y vigilancia permanente y en tiempo real de las amenazas

b Servicio de seguimiento y alerta c Difusi6n y comunicaci6n d Capacidad de respuesta

443 EI diseiio de la Red Nacional de Alerta Temprana debe contemplar los siguientes aspectos

a Gobemabilidad y arreglos institucionales eficaces b Enfoque de amenazas multiples c Participaci6n de las comunidades locales d Consideraci6n de la diversidad cultural

Articulo 45deg- Servicio de Alerta Permanente

451 Mecanismo de caracter permanente realizado por el personal de las entidades que conforman el SINAGERD en el ambito de la gesti6n reactiva como condici6n de trabajo con la finalidad de prepararse difundiry desarrollar las acciones tecnlco - administrativas y de coordinaci6n inmediatas y oportunas ante la presencia de un peligro inminente 0 la ocurrencia de un desastre

452 Los Iineamientos generalespara laimplementaci6n y funcionamiento de dicho mecanismo son establecidos por ellNDECI

453 Los Sectores Nacionales los Gobiemos Regionales Municipalidades Provinciales y Distritales y el INDECI respectivamente aseguran su implementaci6n y funcionamiento

E

_ imiddot

EJ Peruano uma juevas 26de mayo de2011 NORMAS LEGALES 44321()

Articulo 46deg_Primera Respuesta

461 Las entidades de primera respuesta son organizaciones especializadas para intervenir en casos de emergencias 0 desastres que desarrollan acciones inmediatas necesarias en las zonas afectadas en coordinaci6n con la autoridad competente en los respectivos niveles de gobiemo segun 10 establecido en la Ley el presente reglamento y los protocolos correspondientes

462 Se consideran entidades de primera respuesta

a FuerzasArmadas b Policia Nacional c Cuerpo General de BomberosVOluntarios del Peru d Sector Salud (Ministerio de Salud Seguro Social

de SaIud - ESSALUD Instituciones Privadas de Salud Sanidad de las FFAAy Sanidad de la PNP)

e Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social f Cruz Roja Peruana g Poblaci6n organizada h Otras entidades publicae y privadas que resutten

necesarias dependiendo de la emergencia 0 desastre

Articulo 47deg- La Asistencia Humanitaria

471 LaAsistencia Humanitariacomprende actividades como instalaci6n de albergues administraci6n de campamentos reubicaci6n temporal en zonas seguras asistencia de salud fisica y mental distribuci6n de bienes de ayuda humanitariay prestaci6n de servicios

472 La Asistencia Humanitaria donada por entidades privadas nacionales asl como la ayuda intemacional es complementariay de apoyo a la responsabilidad primaria del Estado

473 Las donaciones procedentes de colectas publicas convocadas por particulares son autorizadas y supervisadaspor la autoridad regional 0 local competente segun corresponda

474 Los Gobiernos Regionales tienen a su cargo custodiar los bienes de ayuda humanitaria y distribuirlos a los Gobiemos Locales En aplicaci6n del principio de subsidiariedad la entrega de los bienes de ayuda humanitaria se realiza a traves de los Gobiemos Locales de cada jurisdicci6n

475 Es responsabilidad de los Presidentes de los Gobiemos Regionales la implementaci6n de los mecanismos medios y procedimientos emitidos por el ente rector a propuesta del INDECI para garantizar la custodia conservaci6n distribuci6n y supervisi6n de la entrega de dichos bienes a la poblaci6n afectada 0 damnificada

476 Los bienes de Ayuda Humanitaria se emplean unica y exclusivamente para la atenci6n de las personas damnificadas y afectadas por los desastres y las emergencias

477 Las personas que i1egalmente reciban 0 se apropiende los bienesdeAyuda Humanitariason pasibles de sanci6n penal conforme a la Ley de la materia

478 Las donaciones de bienes procedentes del exterior publicae 0 privadas cuando el Gobiemo Nacional efectua la convocatoria de Ayuda Humanitaria Internacional requisren la participaci6n y control de las entidades del SINAGERD asl como del Ministerio de Relaciones Exteriores y la Agencia Peruana de Cooperaci6n Internacional segun corresponda EI INDECI propondra al Ente Rector un instrumento para la solicitud internalizaci6ny manejode laAyuda Humanitaria Internacional

Articulo 48deg- Transparencia y Rendici6n de Cuentas

EIente rector establece las normas y criterios tecnicos para las rendiciones de cuentas de las donaciones administradas por las entidades que conforman el SINAGERD

Articulo 49deg- Acciones ante situacl6n de peligro inminente

491 La situaci6n de peligro inminente debe ser sustentada por el informe tecnico emitido por la entidad publica competente que sera sustento para la declaratoria del estado de emergencia

492 Las accionesa desarrollarsedebenestar dirigidas unicamente a reducir el impacto del probabledesastre par ocurrir y deben tener nexo directo de causalidad entre las intervenciones y el evento a fin de salvaguardar la seguridad de la poblaci6n sus bienes y la infraestructura publica

V

CAPiTULO IV

CENTROS DE OPERACIONES DE EMERGENCIA

Articulo 50deg- Deflnici6n

501 Los Centros de Operaciones de Emergencia r COE - son 6rganos que funcionan de manera continua en el monitoreo de peligros emergencias y desastres aST como en la administraci6ne intercambiode la informaci6n para la oportuna toma de decisiones de las autoridades del Sistema en sus respectivos ambitos jurisdiccionales

502 EI INDECI elaborara una normativa para la coordinaci6n articulada de los COE en todos los niveles de gobiemo y la propondra al ente rector para so aprobaci6n ~

Articulo 51deg_ Mecanismo de constitucion y funcionamiento de Centros Regionales y Locales deOperaclones de Emergencia

511 Los presidentes regionales y alcaldes instituyen los Centros de Operaciones de Emergencia Regional (COER)y los CentrosdeOperacionesdeEmergenciaLocal (COEL) respectivamente segun las normas requisitosry estimdares que sean establecidos por INDECI

512 Los Centros de Operaciones de Emergencia Regional (COER) y los Centros de Operaciones de Emergencia Local (COEL) contaran con un area fisica adecuadapara trabajarsiguiendo los estandaresmlnimos establecidos por INDECI

513 los Centros de Operaciones de Emergencla Regional (COER) y los Centros de Operaciones de Emergencia Local (COEl) estaran conformados por

a EI Presidente Regional 0 el Alcalde respectivamente

b Directoresy funcionariosde las areas operaclonales quesean determinadasen la normativaestandargeneradapor INDECI -

c Representantesde las FuerzasArmadas - d La Cruz Roja Peruana y el Cuerpo General de

Bomberos Voluntarios del Peru e La Policla Nacional del Peru

514 Los Centros de Operaciones de Emergencia Regional (COER) y los Centros de Operaciones de Emergencia Local (COEL) seran coordinados por uria autoridad local con probada experiencia el manejo de situacionesde emergenciaEIcoordinadorsera nombradO por el Presidente Regional 0 Alcalde respectivo

Articulo 52deg_ COE Sectoriales

521 Los Sectores Nacionales a traves de sus Ministerios actlvaran sus Centros de Operaciones de Emergencia en concordancia con sus competenclas -y los Iineamientos que dicta el Ente Rector a propuesta del INDECI

522 Los Sectores involucrados directamente con las actividades de Respuesta y Rehabilitaci6n designan a sus representantes para su participaci6n en el COElllj constituyendose en los elementos de enlace necesarios para mantener la informaci6n de los COE Sectorialeamp correspondientes

Articulo 53deg_ Manejo de la Informacion para la toma de decisiones

531 Los Centros de Operaciones de Emergencia en todos sus nlveles permanentemente obtienen recaban y comparten informaci6n sobre el desarrollo de las emergencias desastres 0 peligros lnminentesy proporcionan la informaci6n procesada disponible que requieran las autoridades encargadas de conducir io monitorear emergencias asi como a los COE de los niveles inmediatos respectivos para coadyuvar a la toma de decisiones de las autoridadescorrespondientes

EI Peruano443216 WNORMAS LEGALES UmB jueves 26demayo de2011

532 EI COEN proporciona la informacion tecnica dj~penible que requiera el Consejo Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres para la toma de decisiones

533 Los COE para el cumplimiento de sus actividades cuentan con el Sistema de Informacion Nacional para la R~spuesta y Rehabilitacion - SINPAD administrado por elINDECI como componente del Sistema Nacional de Informacion del SINAGERD

534 EI monitoreo de P8ligros y emergencias y admlnistraclon de la informaCion de los Centros Poblados y Comunidades mientras no cuenten con los recursos necesarios sera ejecutado y consolidado per los COEL con la participacien de las autoridades respectivas

CAPiTULO V

EVALUACI6N DE DAAos Y ANALISIS DE NECESIDADES - EDAN

n Articulo 54deg_ Definlci6n

J 541 La Evaluacion de Danos yAnalisis de Necesidades (poundDAN) es el mecanismo de identificacion y registro cualitativo y cuantitativo de la extension gravedad y localizacion de los efectos de un evento adverso

542 La EDAN es la base para el establecimiento de los planes especificos de respuesta a las emergencias a todo nivel y los planes de rehabilitacion Tambien sirve para los procesos de evaluacion y necesidades que se ~tablezcan para la reconstrucclon it

Articulo 55deg- Mecanismo y operatividad

~ 551 EI INDECI establecera un mecanismo nacional para la Evaluacion de Danos y Necesidades siguiendo 106 estandares intemacionales que han side desarrollados para tal fin 552 INDECI desarrollara un proceso permanente de

capacitaci6n a las entidades publlcas y a los gobiemos r~ionales y locales para su utilizacion armonizada EI Sistema de Evaluacion de Danos y Necesidades sera la oase para caracterizar las situaciones de emergencia y tamar las decisiones respectivas

553 EI mecanisme es implementado por los COE locales regionales y nacional segun los mecanismosde capacidad de repuesta y subsidiariedad que se establezcan en su diseno

It CAPiTULO VI

VOLUNTARIADO EN EMERGENCIAS Y REHABILITACION

Articulo 56deg- Constitucion del Voluntariado en liimergencias y Rehabilitaci6n

EIINDECI establecera el mecanismo de voluntariado en emergencias y rehebilitacion el cual incluirala incorporacien de criterios e indicadores minimos y organizacion de brigadistas para la gestion y actualizacion del voluntariado

CAPiTULO VII

SERVICIO DE BUSQlIEDA Y SALVAMENTO

Articulo 57deg- Naturaleza del servicio de busqlleda y salvamento

Es un mecanisme de coordinaclon decision y romunicacionconformado por entidades publicas y privadasde primera respuesta que cuenta con recursos y medios disponibles para intervenir en operaciones especializadas de bUsqueday salvamento con la finalidad de salvaguardar la vida humana en situaciones de emergencia y desastres

Articulo 58deg- Alcance del servicio de busqueda y sslvamento r Tiene alcance nacional y articula sus actividades en ejmarco del Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Oesastres En determinadas situaciones se amplia su accionar al ambito internacional

Articulo 59deg- Ambito de Accion del servicio de bilsqueda y salvamento

591 La busqueda y salvamento se ejecutan en los arnbitos terrestre maritimo y aereo

592 EIente rectordel SINAGERD dicta los Iineamientos generales que permitan la integracion de esfuerzos y la operaclon coordinada de las instituciones responsables a fin de optimizar los recursos para las operaciones de busqueda y salvamento

CAPiTULO IX

MECANISMOS DE COORDINACI6N INTERNACIONAL Y PARTICIPACI6N EN INSTANCIAS Y ACUERDOS

REGIONALES DE ASISTENCIA HUMANITARIA

Articulo 60deg- Definicl6n La cooperacien intemacional en Gestion del

Riesgo de Desastres es el conjunto de acciones y herramientas desarrolladas por los gobiemos y entidades intemacionales orientadas a movilizar recursos e intercambiarexperiencias y conocimientos con la finalidad de contribuir allegro de los objetivos del SINAGERD y al cumplimiento de los compromisos intemacionales

Articulo 61deg_ Mecanismos

611 EI ente rector solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la elsboracion de un mecanisme de coordinacien de la asistencia humanitaria para las sedes diplomaticas en el extranjero y para las entidades de asistencia aereditadas en el pais

612 EI ente rector con el apoyo del Sistema de Naciones Unidas establece los mecanismos para la asistencia intemacional segun los compromisos y tratados que existan al efecto

613 EI INDECI elabora y propone al ente rector una normativa y procesos para brindar asistencia a desastres en el extranjero

614 EI ente rector con el apoyo tecnico de INDECI y las entidades intemacionales especializadas elabora una normativa para facilitar las operaciones de asistencia humanitaria en el pals en concordancia con la iniciativa de la Ley Internacional para la Respuesta ante Desastres

Articulo 62- Red Humanitaria Nacional - RHN

621 La Red Humanitaria Nacional - RHN - constituye un mecanismo de coordinacion entre eI Estado Peruano la Cooperacion Intemacional y los Organismos No Gubemamentales debidamente registrados en la Agencia Peruana de Cooperacion Intemacional-APCI - Ycontribuye en la preparacion y respuesta a emergencias y desastres para fortalecerla accion del SINAGERD Esta organizada en el marco del Comite Interagencial Permanente establecido per la Asamblea General de Naciones Unidas

622 La RHN esta co-presidida por ellla Coordinador Residente del Sistema de las Naciones Unidas en el Peru y ellla Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil

CAPiTULO X

COORDINACI6N CON EL SISTEMA DE SEGURIDAD Y DEFENSA NACIONAL

Articulo 63deg_Coordinacion

631 EI Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres(SINAGERD)coordinaconel Sistemade Seguridad y Defensa Nacional a traves del INDECI los aspectos que correspondan a sus respectivas competencias para proteger a la poblacion mediante los procesos de preparacion respuestay rehabilitacionen los cases de desastres

632 Asimismo el Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres a traves del Instituto Nacional de Defensa Civil seguira cumpliendo las funciones relativas a movilizaclon y desmovilizaci6n para casos de emergencia producidos por desastres

CAPiTULO XI

SISTEMA NACIONAL DE INFORMACI6N PARA LA GESTI6N DEL RIESGO DE DESASTRES

Articulo 64deg_ Descripci6n

641 EI Sistema Nacional de Informacion para la Gestion del Riesgo de Desastres es un instrumento del SINAGERD

EJ Peruano Lima juevea 26dB mayo de2011 WNORMAS LEGALES 443217

)

642 EI Sistema Nacional de Informaci6n para la Gesti6n del Riesgo de Desastres tiene dos componentes Ia informaci6n para la gesti6n prospectiva y correctiva e informaci6n la para la gesti6n reactiva

ArtIculo 65deg_Rectorfa y coordlnacl6n

651 Con el objeto de organizar administrar y mantener actualizado el Sistema Nacional de Informaci6n de Gesti6n del Riesgo de Desastres la Presidencia del Consejo de Ministros establece las directivas y Iineamientos de aplicaci6n nacional sobre estandares para el usc intercambio y acceso a la informaci6n requerida para la Gesti6n del RiesQo de Desastres asl como en los mecanlsrnos para la Integraci6h de dicha informacion requiriendo la opini6n previa del CENEPRED en 10 referente a la informaci6n para la gesti6n prospectiva y correctiva y dellNDECI en 10 referente a la informaci6n para la gesti6n reactiva

652 La Presidencia del Consejo de Ministros supervisa que la informaci6n para la Gesti6n del Riesgo de Desastres generada bajo los estandares establecidos por CENEPRED e INDECI respectlvarnente este dlsponible para todas las entidades pUblicas y la sociedad civil

CAPiTULO XII

RADIO NACIONAL DE DEFENSA CIVIL Y DEL MEDIO AMBIENTE

Articulo 66deg_ Radio Naclonal de Defensa Civil y Medio Amblente

EI INDECI es responsable de desarroilar coordinar y asesorar los contenidos a difundirse en Radio Nacional de Defensa Civil y del Medio Ambiente en 10 referido a la Preparaci6n Respuesta y Rehabilitaci6n

TITULO VI

DECLARATORIA DE ESTADO DE EMERGENCIA

Articulo 67deg-Declaratoria de Estado de Emergencla por Desastre

671 EI Presidente de la Republica con acuerdo del Consejo de Ministros puede decretar por un plazo de sesenta (60) dlas calendario en todo el territorio de la Republica 0 en parte de ai el Estado de Emergencia por desasfre dando cuenta al Congreso de la Republica 0 a la Comisi6n Permanente

672 La Declaratoria del Estado de Emergencia tiene por finalidad la ejecuci6n de medidas de excepci6n inmediatas y necesarias frente a un peligro inminente o a la ocurrencia de un desastre de gran magnitud o cuando sobrepasa la capacidad de respuesta del Gobierno Regional protegiendo la vida e integridad de las personas el patrimonio publico y privado y restableciendo los servicios basicoa indispensables

Articulo 68deg- Procedimiento

681 La solicitud de Declaratoria de Estado de Emergencia por peligro inmlnente opor la ocurrencia de un desastre es presentada por el Gobiemo Regional al INDECI con la debida sustentaci6n adjuntando el informe de estimaci6n del riesgo 061 informe EDAN asi como la opini6n tecnlca de los Sectores involucrados en los casos que corresponda

682 EIINDECI emite opini6n sobre la procedencia de la solicitud a cuyo fin emite el informe tecnico respectivo

683 EI expediente de la solicitud de Declaratoria de Estado de Emergencia se presenta a la Presidencia del Consejo de Ministros con la recomendaci6n correspondiente

684La declaratoria del Estado de Emergencia podra ser requeridacon la debida sustentaci6n por los titulares de los Ministerios y Organismos Publicos Descentrelizados comprometidos por la emergencia los que canalizaran su solicitud a traves dellNDECI

685 Excepcionalmente la Presidencia del Consejo de Ministros puede presentar de oficio al donsejo de Ministros la declaratoria de Estado de Emergencia de la zona afectada por un peligro inminente 0 la ocurrencia de un desastre previa comunicaci6n de la situaci6n

y propuesta de medidas yo acciones inmediatas que correspondan efectuado por ellNDECI

686 EI Ente Rector a propuesta deIINDECI apruebashymediante Decreto Supremo las normas complementarias respecto de la declaratoria de Estado de Emergencia

LI

Articulo 69deg_PI6rroga del Estado de Emergencli~ EI Gobierno Regional presenta al INDECI ja

solicitud de pr6rroga del Estado deEmergencia la que no debera exceder de sesenta (60) dlas calendario adjuntando los informes tecnicos que fundanienten dicha solicitud asl como las medidas de caracter presupuestal necesarias

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES

Primera- Sobre el Sistema Naclonal de Defensa Civil

Las responsabilidades que hayan side asignadas en otras normas al Sistema Nacional de Defensa Civil relacionadas con aspectos de preparaci6nrespuesta y rehabilitaci6n seguiran siendo ejercidas por el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) siempre que no Ife opongan a 10 dispueetc por la Ley Ndeg 29664 Yel presenta Reglamento

Segunda- Infracciones y sanciones ~ Losaspectosrelacionadoscon infraccionesy sanciones

Iigados a responsabilidades administrativas yfuncionales se rigen de acuerdo a 10 establecido en la Ley Ndeg 29622 Ley que modifica la Ley Num 27785 Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contralorla General de la Republica y amplia las facultades en el proceso para sancionar en materia de responsabilidad administrativa funcional y el Reglamento de infracciones y sanciones para la responsabilidad administrativa funcional derivaqB de los informes emitidos por los 6rganos del Sistema Nacionalde Controlaprobadomediante DecretoSupremq Ndeg 023-2011-PCM ~_

Las sanciones relacionadas con aspectos ete lncumphrnlento de la regulaci6n sobre Licencias ltJe Funcionamiento construcci6n y habilitaci6n se apli~n conforme a la normativa correspondiente ~

Tercera- EJecuci6nde las Inspecclones Tecnic~ de Seguridad en Defensa Civil - ITSDC -

1 EI Ente Rector aprueba las reformas en materia de Seguridad en Defensa Civil referidas a las Inspecciones Tecnicas de Seguridad en Defensa Civil asl comoen la acreditaci6n y administraci6n del Registro de los Inspectores incluida su actualizaci6n y capacitaci6n

2 Las InspeccionesTecnicas de Seguridaden Defensa Civil son ejecutadas por los Gobiernos Regionales~ Locales en sus ambitos deiurisdicci6n respectivos

Cuarta- Proceso de Adecuaci6n de las Nonnas de Seguridad en Defensa Civil

EI INDECI en un plazo maximo de sesenta (60) dlas habiles de publicado el presente Reglamento propone al Ente Rector la adecuaci6n de la legislaci6n vigente en materia de Segllridady Defensa Civil ala Ley del Sistema Nacional de la Gesti6n del Riesgo Desastres

En el proceso tiene especial anfasis la Ley Marco de Licencia de Funcionamiento el Reglamento de lnspeccionesTecnlces de Seguridad en Defensa Civil) demas normas vinculadas con las Inspecciones Tacnic8S de Seguridad en Defensa Civil ~~~

Quinta- Vigencia de los Convenios Nacionales~~ Internacionales suscritos en el Marco del SINADECI

Los convenios de caracter nacional 0 internacional suscritos por el Instituto Nacional de Defensa Civil eAo representaci6n del SINADECI vigentes al momento de entrada en vigor de la Ley Ndeg 29664 continuaren siende conducidos y administrados por el INDECI hasta el cerre del presente ejercicio presupuestal debiendo informar al Ente Rector respecto de aquellos casos en que exceda su competencia La Presidencia del Consejo de Ministros establecera las condiciones y responsabilidades para su ratificaci6n modificaci6n 0 Iiquidaci6n segun corresponda

i

j

ElPeruano443218 WNORMAS LEGALES Lima jUevas 26cia mayo da2011

DISPOSICIONES TRAN~ITORIAS

Prlmera- Regulacl6n del funclonamlento del ConseJo Naclonal de Gestl6n del Rlesgo de Desastres

EI Consejo Naclonal de Gesti6n del Riesgo de Desastres regula su funcionamieno a traves de un Reglamento Intemo aprobado por sus miembros en un plazo maximo de treinta (30) dias calendario contados desde la fecha de su instalaci6n

Segunda- Transltorledad de competenclas sobre Inspecclones T6cnlcas de Segurldad en Deensa Civil

Transitoriamente el INDECI rnantiene las competenclas referidas a las Inspecciones Tecnicas de Seguridad en Defensa Civil reguladas en el Reglamento de Inspecciones Tecnicas de Seguridad en Defensa Civil en los casos en que aun no se hayan transferido a los Gobiernos Regionales

645127-3

Autorizan viaje del Ministro de Relaeiones Exteiiores a Japon y EEUU yencargan su DespaCho ala Presidenta d~1 Consejo de Ministros y Ministra de Justieia

RESOLUCI6N SUPREMA Ndeg 133-2011-PCM

lima 25 de mayo de 2011

CONSIDERANDO

Que es objetivo de la PollticaExterior del Peru promover los intereses del pals tanto a nivel bilateral como multilateral conmiras a consolidar su presencia regional e internacional fortaleciendo su procesode inserci6n a nivel qlobal

Que el Mimstro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores Jose Antonio Garcia Belaunde efectuara una visita de trabajo al Jap6n del 29 al 31 de tnayo a fin de sostener un encuentro con su hom610go elCanciller Takeaki Matsumoto y suscribir el Acuerdo de Asociaci6n Econ6mica con ese pais Adicionalmente se ha previsto su participaci6n en distintas actividades con otras autoridades del gobierno de ese pals asl comomiddot una reuni6n con representantes del Consejo Empresarial Peruano Japones

Que asirnismo se ha previsto la participaci6n del Canciller en la Asamblea General Extraordinaria de la Organizaci61) de los Estados Americanos convocada para elide junio de 2011 con el prop6sito de tratar el asunto de la reincorporaci6n de Honduras a la citada organizaci6n

Que por representar actividades de la mayor importancia para la politica exterior del Peru es necesario autorizar el viaje del Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores Jose Antonio Garcia Belaunde a la ciudad de Tokio Jap6n y a la cludad de Washington DCEstad9sUnidos de America a fin de participar en las reuniones precltadas considerando que por razones de itinerario estara ausente del pals desde el 28 de mayo y hasta elide junio inclusive

De conformidad con el articulo 127deg de la Constituci6n Politica del Peru la Ley Ndeg 29158 Ley Organica del Poder Ejecutivo Ley Ndeg 29357 Ley de Organizaci6ny Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores en concordancia con el articulo 83deg del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa aprobado mediante el Decreto Supremo Ndeg 005-90-PCM la Ley Ndeg 27619 modificada por la Ley Ndeg 28807 Y su reglamento aprobado por el Decreto Supremo Ndeg 047-2002-PCM su modificatoria el Decreto Supremo Ndeg 005-2006-PCM el numeral 101 del artIculo 10deg de la Ley Ndeg 29626 Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Allo Fiscal 2011

SE RESUELVE

Articulo 1deg_Autorizarel viaje del Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores Jose Antonio

Garcia Belaunde a la ciudad de TokioJap6n y a la ciudad de Washington DC Estados Unidos de America entre los dias 28 de mayo y 1 de junio de 2011 de acuerdo a 10 expuesto en la parte considerativa

Articulo 2deg_ Los gastos que irrogue la participaci6n del Ministro de Estado en e) Despacho de Relaciones por concepto de pasajes USD$ 445000 Y viaticos USD$ 152000 seran cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores deblendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) dias calendario al termino de la referida comisi6n

Articulo 3deg_ Encargar el Despacho de Relaciones Exteriores a la Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Estado en el Despacho de Justicia sellora Rosario Fernandez Figueroa en tanto dure la ausencia del titular

Articulo 4deg_La presente Resoluci6n sera refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y el Ministrode Relaciones Exteriores

Registrese comunlquese y publlquese

ALAN GARCiA PJREZ Presidente Constitucional de la Republica

ROSARIO DEL PILAR FERNANDEZ FIGUEROA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia

JOSJANTONIO GARCiA BELAONDE Ministro de Relaciones Exteriores

645127-10

Crean Cowsion Multiseetorial de Naturaleza Temporal encargada de analizar las opciones y a1temativas teenicas para la formulaeion del estudio de factibilidad para la ejecueion de Ia Tereera Etapa del Proyecto Especial Chavimoehie del Gobiemo Regional de LaLibertad

RESOLUCI6N SUPREMA Ndeg 134middot2011-PCNi

lima 25 de mayo de 2011

CONSIDERANDO

Que la ejecuci6n de la Tercera Etapa del Proyecto Especial Chavimochic es de gran lnteres para el Gobierno Nacional y para el Gobierno Regional de La Libertad en la medida que permitira brindar seguridad en el suministro de agua de riego a los actuales usuarios de I~ Primera y Segunda Etapa del indicado Proyecto posibilitandose la incorporaci6n de hasta treinta mil hectareas ubicadas dentro del ambito de las referidas etapas que han sido transferidas al sector privado

Que en ese sentido resulta necesario evaluar la ejecuci6n de la Tercera Etapa del Proyecto Especial Chavimochicmediante promoci6n de la inversi6n privada a efectos de contribuir con la consolidaci6n del desarrollo agroexportador del norte del pais

Que de acuerdo a 10 dispuesto por la Ley Ndeg 29158 Ley Organica del Poder Ejecutivo las Comisiones Multisectoriales decaracter temporal son creadas con fines especificos para cumplir fundones de fiscalizaci6n propuesta 0 emisi6nde informes tecnicos las que se crean formalmente mediante resolucion suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y los Titulares de los sectores involucrados

Que a fin de analizar las opciones y alternativas tecnicas para la formulaci6n del estudiode factibilidad para la ejecuci6n de la Tercera Etapa del Proyecto Especial Chavimochic del Gobierno Regional La Libertad se ha visto por conveniente crear una Comisi6n Multisectorial encargada de proponer las recomendaciones tecnicas para la viabilidad del mencionado proyecto

De conformidad con 10 establecido en el numeral 8) del articulo 118deg de la Constituci6n Polltica del Peru y 10

Page 2: Reglamento Ley 29664 SINAGERD

EIPeruano Uma jUllI8S 26demayo de2011 j NORMAS LEGALES 443207

defender la dignidad de las personas damnificadas y afectadas por los desastres

23 Autoayuda Es la respuesta inmediata solidaria y espontanea de la poblaci6n presente en la zona de una emergencia 0 desastrepara brindarayuda a las personas afectadas yo damnificadas Normalmente es la propia poblaci6n la que actua sobre la base de su potencialidad y recursosdisponibles

24 Cultura de prevencl6n Es el conjunto de valores principios conocimientos y actitudes de una sociedad que Ie permiten identificar prevenir reducir prepararse reaccionary recuperarse de las emergencias o desastres La cultura de la prevenci6n se fundamenta en el compromisoy la participaci6n de todos los miembros de la sociedad

25 Damnificadola Condici6n de una persona 0 familia afectada parcial 0 Integramente en su salud 0 sus bienespor unaemerqencla0 desastreque temporalmente no cuenta con capacidades socioecon6micas disponibles para recuperarse

26 Desastre Conjunto de daiios y perdldas en la salud fuentes de sustento habitat fisico infraestructura actividad econ6mica y medio ambiente que ocurre a consecuencia del impacto de un peligro 0 amenaza cuya intensidad genera graves alteraciones en el funcionamiento de las unidades sociales sobrepasando la capacidad de respuesta local para atender eficazmente sus consecuencias pudiendo ser de origen natural 0 inducido por la acei6n humana

27 Desarrollo sostenible Procesode transformaci6n natural economtcosocialcultural e institucional que tiene por objeto asegurar el mejoramiento de las condiciones de vida del ser humano la producclon de bienes y prestaeion deservlclos sin deteriorar el ambiente natural ni comprometer las bases de un desarrollo similar para las futuras generaciones

28 Emergencia Estado de daiios sobre la vida el patrimonio y el medio ambienteocasionados por la ocurrencia de un fen6meno natural 0 inducido por la acclon hurnana que altera el normal desenvolvimiento de las actividades de la zona afectada

29 Evaluacion de danos y anillisis de necesidades (EDAN) IdEmtificaci6n y registro cualitativo y euantitativo de la extension gravedad y localizaclon de los efectos de un evento adverso

2Hj Elementos en riesgo 0 expuestos Es el contexto social material y ambiental presentado por las personas y por los recursos servicios y ecosistemas que pueden ser afectados por un fenorneno fisico

211 Identlficacion de peligros Conjunto de actividades de localizacionestudio y vigilancia de peligros

[i y su potencial de datto que forma parte del proceso de I estimaci6n del riesgo l 212Infraestructura Es elconjunto de estructuras de I ingenieria e instalacionescon su correspondientevida util ~ de disenoqueconstituyenla basesobre lacual se produce

la prestaci6n de servicios considerados necesarios para t el desarrollo de fines productivos politicos sociales y personales

213 Medidas estructurales Cualquier construccicn fislca para reducir 0 evitar los riesgos 0 la aplicaci6n de tecnicas de ingenieria para lograr la resistencia y la resiliencia de las estructuras 0 de los sistemas frente a las peligros

214 Medldas no estrueturates Cualquier medida que no suponga una construcci6n f1sica y que utiliza el conocimiento las pracneas0 los acuerdos existentes para reducir el riesgo y sus impaCtos especialmente a traves de politicas y leyes una mayor concientizaci6n publica la capacitaclon y la educaci6n

215 Peligro Probabilidadde que un fenomeno fisico potencialmente daiiino de origen natural 0 inducido por Ia accion humana se presente en un lugar especffico con una cierta intensidad y en un perlodo de tiempo y frecuehcia definidos

216 Plan de contingencia Son los procedimientos especificos preestablecidos de coordinaci6n alerta movlllzaclon y respuesta ante la ocurrencia o inminencia de un evento particular para el cual se tiene escenarios definidos Se emite a nivel nacional regional y local

217 Primera respuesta Esla intervenci6n mas temprana posible de las organizaciones especializadas en la zona afectada per-una emergencia 0 desastre con la finalidad de salvaguardarvidas y dalios colaterales

218 Resillencla Capacidad de las personas famiJias y comunidades entidades publicae y privadas las actividades econ6micas y las estructuras f1sicas para asimilar absorber adaptarse cambiar resistir y recuperarse del impacto de un peligro 0 amenaza asl como de incrementar su capacidad de aprendizaje y recuperaci6n de los desastres pasados para protegerse mejor en el futuro

219 Riesgo de desastre Es la probabilidad de que la poblaci6n y sus medios de vida sufran dalios y pMdidas a consecuencia de su condici6n de vulnerabilidad y el impacto de un peligro

220 Vulnerabilldad Es la susceptibilidad de la poblaci6n la estructura f1sica o las actividad socioecon6micasde sufrir danos por acclon de un peligro o amenaza

TITULO II

SISTEMA NACIONAL DE GESTION DEL RIESGO DE DESASTRES

CAPiTULO I

COMPONENTES DEL SISTEMA NACIONAL DE GESnON DEL RIESGO DE DESASTRES

Articulo 3deg_ EI CQnsejo Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres

I 31 EI Consejo Nacional de Gesti6n del Riesgo de

Desastres - CONAGERD - regula su funcionamiento a traves de un Reglamento Interno aprobado por sus miembros Este reglamento debera prever un mecanisme de convocatoria de emergencia en situaciones de fuerza mayor en los que no pueda aplicarse el mecanisme regular previsto

32 Para establecer el qu6rum de las sesiones del Consejoy para la adopclon de sus acuerdos se aplicaren las normas pertinentes de la Ley Ndeg 27444 Ley de ProcedsnientoAdministrativo General

33 En casos extraordinarios de ocurrencia de un desastre 0 peligro inminente de gran magnitud el CONAGERD se instala como maxima autoridad para la toma de decisiones politicas y de coordinaci6n estrateglca con la finalidad de orientar e impulsar la atenclon del desastre 0 el peliJro tnmmente a ser ejecutada por las entidades publicas que resulten competentes

Articulo 4deg_ La Presidencia del Consejo de Ministros

41 La Presidencia del Consejo de Ministros en su calidad de ente rector del Sistema Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres y del Sistema Naclonal de Gesti6n del Riesgo de Desastres (SINAGERD) es responsable de conduclr supervisar y fiscalizar el adecuado funcionamiento del Sistema Asimismo dicta los iineamientos e instrumentos para el curiiplimiento de los acuerdos internacionales quehaya suscrito el pals y las Pollticas de Estado dell Acuerdo Nacional

42 Para realizar sus funciones la Presidencia del Consejo de Ministros establece una organizaci6n que facilite los procesos de cocrdinacion y articulaci6n de las entidades integrantes del Sistema ~

Articulo 5deg_ Centro Nacional de Estimaci6n Prevenci6n y Reducci6n del Riesgo de Desastres (CENEPRED)

51 EI Centro Nacional de Estimaci6n Prevencien y Reducci6n del Riesgo de Desastres - CENEPRED es un organismo publico ejecutor que conforma el SINAGERD responsable tecnico de coordinar facilitar y supervisar la formulaci6n e implementaci6n de la PoUtica Nacional y el Plan Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres en los procesos de estimaci6n prevenclon y reduccion del riesqo asl como de reconstrucci6n

52 Propone y asesora al ente rector asi como a los distintos entes pUblicos y privados que integran al SINAGERD sobre la politica Iineamientos y mecanismos referidos a los procesos de esffmacion prevenclen y reducci6n de riesgo y reconstrucclen

t-

EJ Peruano443208 WNORMAS LEGALES Ums jUBYeS 26demayo de2011

Articulo 6deg_Funclones del CENEPRED Son funciones del CENEPRED adicionales a las

establecidas en el articulo 12deg de la Ley Ndeg 29664 las siguientes

61 Asesorar y proponer al ente rector la normativa que asegure y facilite los procesos tecnlccs y administrativos de estimaci6n prevenci6n y reducci6n de riesgo asl como de reconstruccion

62 Establecer indicadores de gesti6n prospectiva y correctiva del riesgo

63 Brindar asistencia tecnlca al gobierno nacional gobiernos regionales y locales en la planificaci6n para el desarrollo con la incorporaci6n de la Gesti6n del Riesgo de Desastres en 10 referente a la gesti6n prospectiva y correctiva en los procesos de estimaci6n prevenci6n y reducci6n del riesgo asl como la reconstrucci6n

64 Coordinar participar y promover con el CEPLAN y demas entidadescompetentes la incorporaci6n transversal de los elementos de la gesti6n prospectiva y la gesti6n correctiva del riesgo en los procesos de forrnulaci6n de los planes esfrateqicos de desarrollo

65 Coordinar con el Ministerio de Educaci6n la Asamblea Nacionalde Rectores y otras entidades las estrategias orientadas a generar una cultura de prevenci6n a fin de evitar la generaci6n de futuros riesgos

66 Realizar a nivel nacionalla supervisi6n rnonitoreo y evaluaci6n de la implementaci6n de los procesos de estimaci6n prevenci6n y reducci6n de riesgo asl como de reconstrucci6n proponiendo mejoras y medidas correspondientes

67 Coordinar la participaci6n de entidades y agencias de cooperaci6nnacional e internacional en los procesos de estimaci6n prevenci6n y reducci6n del riesgo asi como en la reconstrucci6n

68 Diseiiar la polltica para el desarrollo de capacidades en la administraci6n publica en 10 que corresponde a la gesti6n prospectiva y correctiva del riesgo que permita el adecuado ejercicio de sus funciones

69 Establecer espacios de coordinaci6n y participaci6n de las entidades acadernloas y tecnlco cientificas y monitorear el desarrollo de contenidos del proceso de estimaci6n del riesgo

610 Representar al SINAGERD por delegaci6n del ante rector participando en foros y eventos nacionales e intemacionales relacionados con 16s procesos de estimaci6n prevenci6p y reducci6n del riesgo asi como de reconstrucci6n

611 Desarrollar estrategias de comunicaci6n difusi6n y sensibilizaci6n a nivel nacional sobre las politicas normas instrumentos de gesti6n y herramientas tecnicas entre otros en 10 que corresponde a la gesti6n prospectiva y correctiva

612 Promover el desarrollo de capacidades humanas para la estimaci6n prevenci6n y reducci6n del riesgo en las entldades publicas sector privado y la ciudadanfa en general

613 Emitir opini6n tecnlca sobre proyectos norrnativos convenios acuerdos tratados y otros instrumentos nacionales 0 intemacionales ast como proyectos cuya materia este vinculada a los procesos de estimaci6n prevenci6n y reducci6n del riesgo asi como de reconstrucci6n

614 Realizar estudios e investigaciones inherentes a los procesos de estimaci6n prevenci6n y reducci6n de riesgo asl como de reconstrucci6n

615 Emitir opini6n tecnlca en los aspectos de estimaci6n prevenclon reducclon del riesgo y reconstruccion para la elaboracion de la estrategia de gestion financiera a cargo del Ministerio de Economia y Finanzas - MEF

Articulo 7deg_Estructura Organica del CENEPRED EI CENEPRED contara con una estructura orqanlca

que contendra elementos orqanizacionales para desarrollar Iineamientos de politica y planes mecanlsmos relativos a los procesos de esfimacion prevencion reduccion del riesgo y reconstrucci6n asl como de gestion de informaci6n en sus areas de competencia

Articulo 8deg_ Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI)

81 EI Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI es un organismo publico ejecutor que conformael

SINAGERD responsable tecnico de coordinar facilitar y supervisar la fcrmulaclen e implementaci6n de la Politica Nacional y el Plan Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres en los procesos de preparacien respuesta y rehabilitaci6n

82 Desarrolla propone y asesora al ente rector asl como a los distintos entes pUblicos y privados que integran al SINAGERD sobre la polltica y ~neamientos y mecanismos en materia de procesos de preparaclon respuesta y rehabilitaci6n 83Asiste en los procesos de respuesta y rehabilitaci6n en especial cuando el peligro inminente 0 desastre sobrepase la capacidad de respuesta proporcionando a traves de las autoridades competentes el apoyo correspondiente

Articulo 9deg_Funciones dellNDECI Son funclones del INDECI adicionales a las

establecidas en el articulo 13deg de la Ley Ndeg 29664 las siguientes

91 Asesorar y proponer al ente rector la normativa que asegure procesos tecnicos y administrativos que faciliten la preparaclon la respuesta y la rehabilitacion

92 Desarrollar estrategias de comunicaclon difusi6n y sensibilizaci6n a nivel nacional sobre las politicas normas instrumentos de gesti6n y herramientas tecnicas entre otras para la preparaci6n respuesta y rehabilltaclon en coordinacion con las instituciones competentes

93 Realizar a nivel nacional la supervision seguimiento y evaluacion de la implementaclon de los procesos de preparaclon respuesta y rehabilitaci6n proponiendo mejoras y medidas correspondientes

94 Promover la estandarizaclon y articulaclon de los protocolos de operaclon de todas las entidades que participan en el proceso de respuesta as comola elecuclon de simulacros y sirnulaciones efectuando el seguimiento correspondiente y proponer al ente rector las medidas correctivas

95 Promover la instalacion y actualizacion de los sistemas de alerta temprana y los medios de difusi6n y comunicacion sobre emergencias y desastres a la poblacion

96 Coordinar la partlclpacionde entidades y agencias de coopera~in nacional e interml~i~na~ para los procesos de preparacron respuesta y renabilitacion

97 Representar al SINAGERD por delegacion del ente rector participando en foros y eventos nacionales e intemacionales relacionados con los procesos de preparaclon respuesta y rehabilitacicn

98 Coordinar la asistencia humanitaria solicitada por los pafses afectados por desastres en el marco de convenios 0 acuerdos establecidos conforme a la norrnatividad vigente

99 Emitir opinion teenica previa a la Presidencia del Consejo de Ministros sobre los requerimientos de la Declaratoria de Estado de Emergencia ante la ocurrencia de un peligro inminente 0 de un desastre

910 Coordinar con las entldades competentes y participar en el proceso de respuesta cuando el peligro inminente 0 desastre sobrepasen la capacidad de los gobiemos regionales 0 locales y participar en la respuesta cuando el peligro inminente 0 desastre requiera la participaci6n de las entidades nacionales segunlo establecido en los niveles de capacidad de repuesta previstos en este reglamento y sus instrumentos especificos

911 Administrar los Almacenes Nacionales de Defensa Civil proporcionando a traves de las autoridades competentes apoyo a personas damnificadas y afectadas y participar en la respuesta cuando el peligro inminente 0 desastre requiera la partlclpacion de las entidades nacionales segun 10 establecido en los niveles de capacldad de repuesta previstos en este reglamento y sus instrumentos especificos

912 Proponer al ente rector fa normativa para la coordlnaclon y distribuclon de los recursos de ayuda humanitaria

913 Emitir opinion tecnica sobre proyectos norrnativos convenios acuerdos tratados y otros instrumentos nacionales 0 internacionales aSI como proyectos cuya materia este vinculada a los procesos de preparaclcn respuesta y rehabllitacion segun normatividad vigente

914 Diseiiar y proponer la politica para el desarrollo de capacidades en la adminisfracion publica en 10 que

i f - middotL AP-)J4

ElPeruano Urns jueves 26demayo de2011 WNORMAS LEGALES 443209

corresponde a la gesti6n reactiva del riesgo que permita el adecuado ejercicio de sus funciones

915 Promover el desarrollo de capacidades humanas para la preparaci6n respuesta y rehabilitaci6n en las entidades publicae sector pnvado y la ciudadanla en general

916 Realizar estudios e investigaciones inherentes a los procesos de preparaci6n respuesta y rehabilitaci6n y realizar a nivel nacional la supervisi6n monitoreo y evaluacion de la implernentaclon de estos procesos proponiendo mejoras y medidas correspondientes

917 Emitir opinion tecnica en los aspectos de preparaci6n respuesta y rehabilitaci6n para la elaboraci6n de la estrategia de gestion financiera a cargo del Ministerio de Economia y Finanzas - MEF

918 Orientar promover y establecer Iineamientos para armonizar la formacion y entrenamiento del personal operativo que interviene en la preparacion respuesta y rehabilitaci6n en coordinaclcn con las instituciones especializadas

919 Apoyar y facilitar la operacion conjunta de los actores que participan en el proceso de respuesta en el Centro de Operaciones de Emergencia Nacional- COEN y administrar sus instalaciones e instrumentos de soporte

920 Coordinar con el Sistema de Seguridad y Defensa Nacional en representaclen del SINAGERD

Articulo 10deg_Estroctura organics dellNDECI EI INDECI contara con una estruclura organics que

contendra elementos organizacionales para desarrollar Iineamientos de politica planes y mecanismos relativos a los procesos de preparaclon respuesta y rehabilitaci6n asl como de gesti6n de informacion en sus areas de competencia La estructura organica debera contemplar tamblen los elementos organizacionales necesarios para

asegurar una respuesta oportuna y adecuada en las situaciones de desastre que amerilen su intervencion de acuerdo a los principios de subsidiariedad y gradualidad

I Articulo 11deg_ Gobiemos Regionales y Gobiemos Locales

II Los Gobiemos Regionales y Locales cumplen las

siguientes funciones en adicion a las establecidas en el articulo 14deg de la Ley Ndeg 29664 Y conforme a las leyes organicas correspondientes

I 111 Incorporan en sus procesos de planificaci6n de ordenamiento territorial de gesti6n ambiental y de inversion publica la Gestiondel Riesgode Desastres Para esto se realizara un anallsls de los proyectos de desarrollo e inversion con el fin de asegurar que se identifica

r ~

a La vulnerabilidad potencial de losproyectos y el modo de evitarla 0 reducirla

b La vulnerabilidad que los proyectos pueden crear a la sociedad la infraestructura 0 el entomo y las medidas necesarias para su prevenclen reducclen yo control

c La capacidad de los proyectos de reducir vulnerabilidades existentes en su ambito de accion

112 Incorporan en los planes de desarrollo urbano planes de acondicionamiento territorial asl como en las zonificaciones que se realicen las consideraciones pertinentes de existencia de amenazas y condiciones de vulnerabilidad siguiendo los Iineamientos y con el apoyo tecnico del CENEPRED y de las instituciones competentes

113Identifican el nivel de riesgo existenteen sus areas de [urisdiccien y establecen un plan de gestion correctiva del riesgo en el cual se establecen medidas de caracter permanente en el contexto del desarrollo e inversion Para ello cuentan con el apoyo tecnico del CENEPRED y de las instituciones competentes

114 En los casos de peligro inminente establecen los mecanismos necesarios de preparacion para la atencion ala emergencia con el apoyo deIINDECI

115 Prlorizan dentro de su estrategia financiera para la Gestion del Riesgo de Desastres los aspectos de peligro inminente que permitan proteger a la poblaclon de desastres con alta probabilidad de ocurrencia proteger las inversiones y evitar los gastos por impactos recurrentes previsibles

116 Generan informacion sobre peligros vulnerabilidades y riesgo de acuerdo a los Iineamientos emitidos por el ente rector del SINAGERD la cual sera

sistematizada e integrada para la gesti6n prospectiva y correctiva

117 Los Presidentes Regionales y los Alcaldes constituyen y presiden los grupos de trabajo de la Gesti6n del Riesgo de Desastres como espacios intemos de articulaci6n para la formulaci6n de normas y planes evaluaci6n y organizaci6n de los procesos de Gesti6n del Riesgo de Desastres en el ambito de su competencia Estos grupos coordinaran y artieularan la gesti6n prospectiva correctiva y reactiva en el marco del SINAGERD Los grupos de trabajo estaren integrados por los responsables de los 6rganos y unidades organicas competentes de sus respectivos gobiemos

118 Los 6rganos y unidades organicas de los Gobiemos Regionales y Locales deberan incorporar e implementar en su gesti6n los procesos de estimaclon prevenci6n reducci6n de nesgo reconstrucci6n preparacion respuesta y rehabilitaclcn transversalmente en el ambito de sus funciones

119 Los Gobiemos Regionales operan los Almacenes Regionales de Bienes de Ayuda Humanitaria y los Gobiemos Locales en convenio con los Gobiemos Regionales operan los Almacenes Locales o Adelantados

1110 De conformidad con 10 establecido por et articulo 61 de la Ley Organica de Gobiemos Regionales los gobiemos regionales son responsables de

a Formular aprobar ejecutar evaluar dirigir controlar y administrar las politicas en materia de Defensa Civil en concordancia con la Politica Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres y los planes sectoriales y locales correspondientes

b Dirigir el Sistema Regional de Defensa Civil EI Ente Rector establecera los Iineamientos de funcionamiento de estos Sistemas Regionales asegurando la aplicacion integral del enfoque de gestiorr del riesgo de desastres _

c Organizar y ejecutar acciones de prevencien de desastres y brindar ayuda directa e inmediata a los damnificados y la rehabilitaci6n de las poblaciones afectadas Las acciones de prevencion de desastres seran coordinadas a traves de los grupos de trabajo para la gestion del riesgo de desastres y las funciones de brindar ayuda directa e inmediata de los damnificados y la rehabilitaci6n de las poblaciones afectadas seren asumidas a traves de los mecanismos de preparacion respuesta y rehabilitaci6n determinados

1111 Los Sistemas Regionales de Defensa Civil tienen la siguiente estructura

a Los Gobiemos Regionales y los Grupos de Trabajo aludidos por el numeral 162 del articulo 16 de la Ley N~ 29664

b Los Gobiemos Locales y los Grupos de Trabajo aludidos por el numeral 162 del artIculo 16 de la Ley Ndeg 29664 -

c Los Centros de Operaciones de Emergencia Regional (COER) y los Centros de Operaciones deshyEmergencia Local (COEL)

d Las Plataformas de Defensa Civil regionales y_ locales

Articulo 12deg_ Centro Nacional de Planeamientamiddot Estrategico (CEPLAN)

121 En las metodologias e instrumentos tecnicosshyde la planificacion estrateqica del desarrollo nacional elmiddot CEPLAN incluye la Gestion del Riesgo de Desastres shy

122 En el proceso de formulaci6n de los planes estrateqicos nacionales sectoriales institucionales y subnacionales asi como en la ejecucion de los programas y proyectos priorizados en esos arnbltos el CEPLAN promueve el fortalecimiento de capacidades para el planeamiento estrateqicc mediante la cooperacion y acuerdos entre los sectores publico y privado considerando las polfticas en Gestion del Riesgo de Desastres

Articulo 13deg_Entidades publicas Las entidades publicae cumplen las siguientes

funciones en adicion a las establecidas en el articulo 16deg de la Ley Ndeg 29664 Ley que crea el Sistema Nacional de Gesti6n de Riesgo de Desastres - SINAGERD

01

EJPerulrlO443210 j NORMAS LEGALES Uma jueves 26demayo de2011

131 Sobre la base de Ia estimaclon de ries~o en coordlnacien con CENEPRED las entldades publicas generan normas e instrumentos de apoyo para que los gobiernos regionales y locales utilicen los resultados de la estimacion de riesgo a escala nacional en sus procesos respectivos de analisis planificaciony gestion

132 Las entidades publicas identiflcan y priorizan el riesgo en la infraestructura y los procesos econemlcos sociales y ambientales en su ambito de atrlbuciones y establecen un plan de gestion correctiva tomando en conslderaclen los Iineamientos establecidos por el CENEPRED

133 Los 6rganos y unidadesorganicas de los sectores y entidades del Gobierno Nacional deberan incorporar e implementar en su gestion los procesos de estimaclen prevenclon reduccien de riesgo reconsnucclen preparaci6n respuesta y rehabilitacion transversalmente en el ambito de sus funciones

134 Los Titulares de las entidades y sectores del Gobierno Nacional constituyen y presiden los Grupos de Trabajo de la Gestion del Riesgo de Desastres como espacios internos de artioolacion para la formulacion cIe normas y planes evaluaci6n y organizacion de los procesos de Gesti6n del Riesgo de Desastres en el ambito de su competencia Estos grupos coordinaran y artlcularan la gestion prospectiva correctiva y reactiva en el marco del SINAGERD los grupos de trabajo estaran integrados por los responsablesde los organos y unidades organicas competentes

135 Ensituaciones de desastre las entidades pUblicas participan en los procesos de evaluacion de daftos y analisls de necesidades segun los procesos establecidos por ellNDECI y bajo la coordinacion de los Centros de Operaciones de Emergencia establecen los mecanismos necesarios para una rehabilitacion rapida eficiente y articulada En desastres de lJran magnitud evaluan su respectiva capacidad financlera para la atencion del desastre y la fase de reconstrucci6nposterior en el marco de las disposiciones legales vigentes Este proceso sera coordinadocon el CENEPREDy el Ministerio de Economla y Finanzas

Articulo 14deg_ Artlculaci6n entre las distlntas entidades

En el marco de sus respectivas competencias y responsabilidades vinculadas al SINAGERD los Ministros los Presidentes de Gobiemos Regionales y los Alcaldes aseguran el desarrollode adecuados canales de comunicaci6n y construyen las herramientas de gestion necesarias a efecto que los Iineamientos de polltica sectorial y las aceiones operativas en materia de Gestion de Riesgo de Desastres segun corresponda guarden armonia y se ejecuten oportuna y coherentemente en la gesti6n del SINAGERD Para dicho fin materializaran sus responsabilidades y competencias en tareas 0 actividades en los respectivos Planes Sectoriales

Regionales y Locales de Operaciones 0 de Contingencia ltsegun corresponda

Articulo 15deg_Fuerzas Annadas y Policla Nacional del Peru

151 EI Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de pesastres (SINAGERD) coordina con el Sistema de -Seguridad y Defensa Nacional segun corresponda en el ambito de sus eompetencias a traves del INDECI Corresponde al ente rector establecer los mecanismos de coordinacion ~ 152 Las Fuerzas Armadas y la Policia Nacional del Peru participan en la Gestion del Riesgo de Desastres en 10 referente a la preparacion y respuesta ante situaciones de desastre de acuerdo a sus competencias y en coordinacion y apoyo a las autoridades competentes conforme a las normas del SINAGERD EI Ministerio de Defensa establece la mision organizacion y funciones de las FuerzasArmadas para la atenci6n de las emergencias originadas por desastres de acuerdo a los Iineamientos establecidos por el Ente Rector especificando ademas las fuentes para su financiamiento

153 Las Fuerzas Armadas y la Policla Nacional del Peru participan de oficio en la atencion de situaciones de emergencia que requieran acciones inmediatas de respuesta realizando las tareas de urgente necesidad que les compete de acuerdo a los Iineamientos establecidos por el Ente Rector

Articulo 16deg_Entldades Privadas y Sociedad Civil Las entidades privadas y las organizaciones sociales

cuyas actividades se vinculan con los procesos de la Gestlon del Riesgo de Desastres brindan asesoramiento y apoyo al ente rector a los gobiemos regionales y locales y demas entidades que conforman el SINAGERD en el marco de convenios planes nacionales y regionales 0 protocolos para la gestion del riesgo de desastres

I CAPiTULO II

GRUPOS DE TRABAJO Y PLATAFORMAS DE DEFENSA CIVil

Articulo 17deg_ Mecanlsmo de constltucl6n y funclonamlento de grupos de trabaJo para la Gestl6n del Rlesgo de Desastres

171 La maxima autoridad ejecutiva de cada entidad publica de nivel Nacional los Presidentes Regionalesy los Alcaldes constituyen y presiden los grupos de trabajo de la Gestion del Riesgo de Desastres para la formulacion de normas y planes evaluacion orqanlzacion supervision fiscalizacion y ejecucion de los procesos de Gestion del Riesgo de Desastres en el ambito de su competencia Esta funcion es indelegable

172 Los grupos de trabajo estan integrados por funcionarios de los niveles directivos superiores de cada entidad publica 0 gobiemo subnaclonal

Articulo 18deg_ Funclonamiento de los grupos de trabaJo para la articulaci6n y coordlnacl6n del SINAGERD

181 Coordinan y articulan la gestion prospectiva correctiva y reactiva en el marco del SINAGERD

182 Promueven la participaclen e integraci6n de esfuerzos de las entidades publicas el sector privado y la cludadanla en general para la efectiva operatividad de los procesos del SINAGERD

183 Artiooan la Gestion del Riesgo de Desastres dentro de los mecanismos institucionales

184 Coordinan la articulacion de sus decisiones en el marco de la integracion y armomzacien de la Polltica Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres con otras politicas transversales de desarrollo

185 Articulan la gestion reactiva a traVElS de

a EI Sistema Regional de Defensa Civil b Los Centros de Operaciones de Emergencia

Regional (COER) y los Centros de Operaciones de Emergericia Local (COEL)

c Las Plataformas de Defensa Civil regionales y locales

186 Coordinan los procesos de preparacien respuesta y rehabilitacion del SINAGERD con el Sistema de Seguridad y Defensa Nacional

Articulo 19deg_Las Platafonnas de Defensa Civil

191 Las Plataformas de Defensa Civil son espacios permanentesde participacioncoordinaci6n convergencia de esfuerzos e integracion de propuestas que se constituyen en elementos de apoyo para la preparacion respuesta y rehabilitacion

192 Las Plataformas de Defensa Civil funcionan en los ambitos jurisdiccionales regionales y locales

193 EI Presidente del Gobiemo Regional y el Alcalde respectivamente constituyen presiden y convocan las Plataformas

194 Esobligatoria laparticipaci6nde lasorganizaciones sociaes a traves de sus representantes

195 Las organizaciones humanitarias vinculadas a la gestion del riesgo de desastres apoyan y participan en las Plataformas de Defensa Civil

Articulo 20deg_ Funclones de las Platafonnas de Defensa Civil

201 Formulan propuestas para la ejecucion de los procesos de preparacion respuesta y rehabilitacion con el objetivo de integrar capacidades y acciones detodos los actores de la sociedad en su ambito de competencias

-

B Peruano Uma jueves 26demayo de2011 WNORMAS LEGALES 443211

202 Convocan a todas las entidades pnvadas y a las organizaciones sociales promoviendo su participaclon en estncta observancia del principio de partlclpacion y de los derechos y obligaciones que la Ley reconoce a estos actores

203 Proponen normas relativas a los procesos de preparaci6n repuesta y rehabilitaci6n en su respectiva jurisdiccion

TITULO III

POLTICA NACIONAL DE GESTI6N DEL RIESGO DE DESASTRES

Articulo 21deg- La Politica Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres

211 Es responsabilidad prioritariadel Estadola protecci6n de la vida e integridad de las personas como valores constitucionales superiores La Polltica Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres de obligatorio cumplimiento es aprobadaporel PoderEjecutivoatravesde DecretoSupremo con el voto aprobatoriodel Consejo Ministros

212 Las politicas pUblicas y normas en materia de Gesti6n del Riesgo de Desastres de caracter sectorial regional y loeal se diseilan y apliean en concordancia con 10 establecido en la Politica Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres

213 EI articulo 5deg de la Ley Ndeg 29664 establece los lineamientos de la Politica Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres Todos los procesos de formulacion de contenidos estaran sujetos a dichos Iineamientos

214 Asimismo constituyen instrumentos de la Politica Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres

a Los Programas Presupuestales Estrategicos vinculados a la Gestion del Riesgo de Desastres y otros Programas en el marco del enfoque del Presupuesto por Resultados

b EI Plan Nacional de Operaciones de Emergencia c Los Planes Sectoriales Regionales Municipales y

Distritales de Gesti6n del Riesgo de Desastres d Planes de Desarrollo e Planes de Prevenci6n y Reducci6n del Riesgo f) Meeanismos de programaci6n formulacion y

ejecuci6n presupuestal y de protecci6n financiera g Instrumentos de politica estrategia y planificaci6n

relacionados con el ordenamiento territorial el desarrollo urbane protecci6n del ambiente cambio climatico la educaci6n y comunicaci6n

h Mecanismos de supervisi6n evaluaci6n control sanci6n

215 EI ente rector establece el proceso y los mecanismos para la formulaci6n y aprobaci6n de la Politica Nacional que garantice las condiciones de interinstitucionalidad sinergia descentralizaci6n transversalidad y participaci6n De igual forma identlficara el mecanisme de informacion transparencia y difusi6n

TITULO IV

PROCESOS DE LA GESTI6N DEL RIESGO DE DESASTRES

Articulo 22deg_ Implementaci6n de la Politica Nacional de Gesti6n del Rlesgo de Desastres

La implementaci6n de la Politica Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres se logra mediante el planeamiento organizaci6n direcci6n y control de las actividades y acciones relacionadas con los procesos y sus respectivos subprocesos segun los articulos siguientes

Articulo 23deg_Estimacion del Riesgo EI proceso de Estimacien del Riesgo comprende las

acciones y procedimientos que se realizan para generar el conocimiento de los peligros 0 amenazas analizar la vulnerabilidad y establecer los niveles de riesgo que permitan la toma de decisiones en la Gestion del Riesgo de Desastres

Articulo 24deg_ Los Subprocesos de la Estimacion del Riesgo

Son Subprocesos de la Estimaci6n del Riesgo los siguientes

241 Normatividad y Iineamientos Desarrollarlas normas Iineamientos y herramientas tecnicas apropiadas para la generaci6ny difusi6ndel conocimiento delpeligroanalisisde wlnerabilidades y el establecimiento de los nivelesde riesgo de desastres para su aplicaci6n en los demas procesOs constitutivos de la Gesti6ndel Riesgode Desastres

242 Participaci6n social Desarrollar mecanlsmos para la participaci6n de la poblaci6n las entidades privadasy las entidades publicas en la identificaci6n de los peligros y de las vulnerabilidades

243 Generaci6n del conocimiento de peligros 0 amenazas Identificar conocer caracterizar y monitorear los peligros para establecer su area de influencia con el prop6sito de analizar las vulnerabilidades y establecer las medidas preventivas y correctivas del riesgo

244 Analisis de vulnerabilidad En las areas con exposici6n analizar los factores de la vulnerabilidad en el ambito de competencias territoriales 0 sectoriales

245 Valoraci6n y escenarios de riesgo Establecer los niveles del riesgo a partir de la valoraci6n y cuantificaci6n de la vulnerabilidad y del desarrollo de escenarios de riesgo que permitan la toma de decisiones en el proceso Gesti6n del Riesgo de Desastres y del desarrollo sostenible

246 Difusi6n Acopiar y difundir el conocimiento sobre el riesgo de desastres

Articulo 25deg- Prevencion del Riesgo EI proceso de Prevenci6n del Riesgo comprende las

acciones que se orientan a evitar la generaci6n de nuevos riesgos en la sociedad en el contexte de la gesti6n del desarrollo sostenible

Articulo 26deg_ Los Subprocesos de la Prevencion del Riesgo

Son Subprocesos de la Prevenci6n del Riesgo leiS siguientes

261 Normatividad y lineamientos DesarroJlar las normas Iineamientos y herramientas tecnicas apropiadas para evitar la generaci6n de nuevo riesgo en el territorio a traves de su consideraci6n en politicas planes de desarrollo a nivel territorial y sectorial incluyendo c6digos de urbanismo y de construcci6n

262 Planificaci6n preventiva Formular planes de desarrollo territoriales y sectoriales que consideren la no generaci6n de nuevos riesgos

263 Participaci6n social Desarrollar meeanismos para Ia participaci6n de la poblaci6n las entidades privadas y las entidades publicas en el establecimiento de metas de prevenci6n de riesgos y en la formulaci6n de los planes de desarrollo territoriales y sectoriales 264 Indicadores de prevenci6n Con base en la

informaci6n sobre la estimaci6n del riesgo establecsr metas e indicadores para la prevenci6n en el territorio

265 Financiaci6n de la prevenci6n Gestionar 106 recursos financieros para la implementaci6n de los planes formulados

266 Implementaci6n de la prevenci6n a traves de la Planificaci6nterritorialy sectorialAplicar las consideraciones de prevenci6n de riesgos a traves de la implementaci6n de los planes de desarrollo territorialesy sectoriales

267 Implementaci6n de la prevencion a traves de las normas de urbanismo y construcci6n Apliear las consideraciones de prevenci6n de riesgos a traves de los c6digos y reglamentos de urbanismo y construcci6n en el territorio shy

268 Control y evaluaci6n Controlar y monitorear el logro de los objetivos en materia de prevenci6n de nuevm riesgos en el territorio y retroalimentar el proceso

Articulo 27deg_Reducci6n del Riesgo EI proceso de Reducci6n del Riesgo comprende las

acciones que se realizan para reducir las vulnerabilidades y riesgos existentes en el contexto de la gestion del desarrollo sostenible

Articulo 28deg_ Los Subprocesos de la Reducci6n del Riesgo

Son Subprocesos de la Reducci6n del Riesgo los siguientes

281 Normatividad y Lineamientos Desarrollar las normas lineamientos y herramientas tecnicas apropiadas para reducir el riesgo existente en el territorio

BPenJano443212 WNORMAS LEGALES UmaJ- 26de mayo de 2011

282 Diagn6stico e intervenci6n Analizar la situaci6n de los elementos socioecon6micos expuestos en las areas en donde se ha establecido niveles de riesgo con fines de implementar acciones de reducci6n de vulnerabilidad

283 Participaci6n social Determinar los mecanismos de participaci6n de la sociedad civil para establecer las metas de reducci6n del riesgo de desastres

284 Evaluaci6n de programas y proyectos Analizar y evaluar con un enfoque de participaci6n las diferentes altemativas de programas y proyectos que se orienten a la reducci6n del riesgo de desastres

-285 Informaci6n y seguimiento Informar peri6dicamente sobre el desarrollo de las acciones de reducci6n de riesgos fomentando la participaci6n social

286 Planificaci6n participativa Planificar participativamente las acciones concertadas a traves de proyectos de inversi6n publica 0 privada que incluyan reduccion del riesgo de desastres

287 Planificaci6n integral armonizada y transversal Armonizar e incorporar los proyectos de reducci6n del riesgo de desastres en el esquema de planes de desarrollo local procurando la generaci6n de proyectos integrales de desarrollo que consideren la reducci6n del riesgo de desastres

288 Gesti6n de recursos Gestionar los recursos para ta implementaci6n de los proyectos de desarrollo en los que se integra la reducci6n del riesgo de desastres

289 Implementaci6n de la reducci6n del riesgo Ejecutar programas y proyectos de reducclen del riesgo de desastres

2810 Seguimiento y evaluaci6n Monitorear el logro de los objetivos en materia de reducci6n de riesgos en el territorio y retroalimentar el proceso

Articulo 29deg- Preparaci6n La Preparaci6n esta constituida por el conjunto de

acciones de planeamiento de desarrollo de capacidades organizaci6n de la sociedad operaci6n eficiente de las instituciones regionales y locales encargadasde la atenci6n y socorro establecimiento y operaci6n de la red nacional de alerta temprana y de gesti6n de recursos entre otros para anticiparse y responder en forma eficiente y eficaz en caso de desastre 0 situacion de peligro inminente a fin de procurar una optima respuesta en todos los niveles de gobiemo y de la sociedad

Articulo 30deg_Subprocesos de la Preparaci6n Son SUbprocesos de la Preparaci6n los siguientes

301 Informaci6n sobre escenarios de riesgo de desastres Desarrollar un proceso sistematico estandarizado y continuo para recopilar informaci6n existente sobre la tendencia de los riesgos asl como las estadlsticas de dafios producidos por emergencias pasadas a fin de actuar oportunamente en caso de desastre 0 situaci6n de peligro inminente

302 Planeamiento Formular y actualizar permanentemente en concordancia con el Plan Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres el planeamiento de la Preparacien la Respuesta y la Rehabilltacion en los diferentes niveles de gobiemo

303 Desarrollo de capacidades para la Respuesta Promover el desarrollo y fortalecimiento de capacidades humanas organizacionales tecnicas y de investigaci6n en los tres niveles de gobierno entidades privadas y la poblaci6n asi como equipamiento para una respuesta eficiente y eficaz en situaci6n de emergencias y desastre

304 Gesti6n de Recursos para la Respuesta Fortalecer en el ambito nacional regional y local la gesti6n de recursos tanto de infraestructura como de ayuda humanitaria obtenidos mediante fondos publlcos de la movilizaci6n nacional y de la cooperacion intemacional

305 Monitoreo y Alerta Temprana La alerta temprana es parte de los procesos de preparaci6n y de respuesta Para la preparaci6n consiste en recibir informaci6n analizar y actuar organizadamente sobre la base de sistemas de vigilancia y monitoreo de peligros y en establecer y desarrollar las acciones y capacidades locales para actuar con autonomla y resiliencia

306 Informacion Publica y Sensibilizacion Desarrollar y fortalecer medios de comunicaci6n y difusion - en los ambitos Nacional Regional y Local - para que las autoridades y la poblaci6n conozcan los riesgos existentes y las medidas adecuadas para una respuesta optima

Articulo 31deg- Respuesta La Respuesta como parte int~rante de la Gestl6n

del Riesgo de Desastres esta constituida por el conjunto de acciones y actividades gue se ejecutan ante una emergencia 0 desastre lnmedlatamente de ocurrido lIste asl como ante la inminencia del mismo

Articulo 32- Subprocesos de la Respyesta Son Subprocesos de la Respuesta los siguientes

321 conduecicn y coordinaci6n de la atenci6n de la emergencia 0 desastre Actividades transversales orientadas a conducir y coordinar la atenci6n de la emergencia y desastres en los diferentes niveles de gobiemo para generar las decisiones que se transforman en acciones de autoayuda primera respuesta y asistencia humanitaria con base en informaci6n oportuna

322Analisis Operacional Es el conjunto de acciones que permite identificar dalios analizar necesidades y asegurar una oportuna intervenci6n para satisfacer con recursos a la poblaci6n afectada contando para ello con procedimientos pre-establecidos en funci6n a los medios disponibles en los ambitos local regional y nacional

323 Busqueda y Salvamento Salvaguardar vidas controlar eventos secundarios como incendios explosiones y fugas entre otros proteger los bienes y mantener la seguridad publica en los ambltos marltimo aereo y terrestre

324 Salud Brindar la atenci6n de salud en situaciones de emergencias y desastres a las personas afeetadas asl como cubrir necesidades de salud publica

325 Comunicaciones Actividades orientadas a asegurar la disponibilidad y el funcionamiento de los medios de comunicaci6n que permitan la adecuada coordinacion entre los actores del SINAGERD ante la ocurrencia de una emergencia 0 desastre

326 Loglstica en la Respuesta Abastecimiento de suministros adecuados y en cantidades requeridas asi como equipos y personal especializado en los lugares y momentos en que se necesitan para la atenci6n de la emergencia

327 Asistencia Humanitaria Desarrollar y coordinar las acciones relacionadas con la atenci6n que requieren las personas afeetadas por la ocurrencia de una emergencia o desastre en especial 10 relacionado con brindar techo abrigo alimento enseres y herramientas asi como la protecci6n a grupos vulnerables

328 Movilizacion Disponer y emplear recursos y bienes del potencial nacional en concordancia con la Ley Ndeg 28101 Ley de Movilizacion Nacional

Articulo 33deg- Rehabilitaci6n EI proceso de Rehabilitacien es el conjunto de

acetonesconducentes al restablecimiento de los servicios publicos basicos indispensables e inicio de la reparaci6n del dalio fisico ambiental social y econ6mico en la zona afectada por una emergencia 0 desastre Se constituye en el puente entre el proceso de respuesta y el proceso de reconstrucclen

Articulo 34deg- Subprocesos de la Rehabllltaci6n Son Subprocesos de la Rehabilitaci6n los siguientes

341 Restablecimiento de servicios publlcos baslcos e infraestructura Acciones orientadas a restablecer los servicios pUblicos basicos as como la infraestructura que permita a la poblaci6n volver a sus actividades habituales

342 Normalizaclon progresiva de los medios de vida Acciones que permitan normalizar las actividades socioshyeconomlcas en la zona afectada por el desastre mediante la participaci6n coordinada de los tres niveles de gobiemo lncorporando al sector privado y a la poblaclen

343 Continuidad de servicios Para asegurar la continuidad de los servicios publicos baslcos indispensables lasempresasdel Estado losoperadoresde concesiones publicas y los organismos reguladores frente a situaciones de Preparacien Respuesta y Rehabilitaci6n ante desastres formulan evaluan y ejecutan sus planes de contingencia y demas instrumentos de gestion en el marco del Plan Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres manteniendo comunicaci6n y coordinaci6n permanente con la autoridad regional 0 local segun corresponda

--t -I

EIPruano Uma Jueves 26demayo de2011 if NORMAS LEGALES 443213

344 Participaci6n del sector privado Los Gobiemos Regionales y los Gobiemos Locales coordinarim la participaci6n de las empresas del Estado los operadores de concesiones publicas y los organismos reguladores en los procesos de Preparaci6n Respuesta y Rehabilitaci6n en su ambito jurisdiccional

Articulo 35deg- Reconstruccl6n EI Proceso de Reconstrucci6n comprende las acciones

que se realizan para establecer condiciones sostenibles de desarrollo en las areas afectadas reduciendo el riesgo anterior al desastre y asegurando la recuperaci6n flsica y social asl como la reactivaci6n econ6mica de las comunidades afectadas Sus subprocesos principales son

Articulo 36deg_Subprocesos de la Reconstrucci6n Son Subprocesos de la Reconstrucci6n los

siguientes

361 Definici6n del esquema institucional Definir el esquema institucional de gesti6n y de coordinaci6n requerido para la reconstrucci6n con base en los Iineamientos definidos en la Polltica Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres

362 Definici6n de alcances Definir alcances del proceso de reconstrucci6n y establecer canales permanentes de comunicaci6n con las personas afectadas y la comunidad en general

363 Disefio de mecanismos tecnicos y legales Disefiar y formular los mecanismos tecnicos y legales para el proceso de reconstrucci6n que sean requeridos incluyendo la revisi6n de Planes de Desarrollo y de Ordenamiento Territorial

364 Evaluaci6n de impacto Realizar la evaluaci6n del impacto socioecon6mico en el escenario de desastre identificando presiones dinamicas y causas de fondo

365 Desarrollo de informaci6n Desarrollar la informaci6n necesaria para fines de reconstrucci6n incluyendo opciones de reubicaci6n de poblaci6n y anallsls socioecon6micos de las comunidades afectadas

366 Priorizaci6n de intervenciones Priorizar acciones de reconstrucci6n de manera integral incluyendo la recuperaci6n social y la reactivaci6n econ6mica y de forma participativa con los beneficiarios

367 Planificaci6n participativa Formular participativamente el plan integral de reconstrucci6n que no reproduce los riesgos preexistentes definiendo el alcance estrategias de implementaci6n actividades

y responsabilidades presupuestos e indicadores de seguimiento y evaluaci6n

368lnventario de infraestructura danada y priorizaci6n Disenar el procedimiento asi como las herramientas de inventario de la infraestructura publica dariada sobre la cual se procedera a priorizar y programar los proyectos de inversi6n publica para su reconstrucci6n Se debe tener en cuenta la programaci6n de la disponibilidad de recursos presupuestales as como las Unidades Ejecutoras competentes del nivel nacional y subnacional

369 Informaci6n publica Gestionar informaci6n sensibilizar socializar y divulgar los avances del proceso ante la poblaci6n afectada y la comunidad en general

3610 Seguimiento y evaluaci6n Monitorear y evaluar la ejecuci6n de los proyectos verificando que no se regeneren las condiciones inseguras previas al impacto

TiTULO V

INSTRUMENTOS DEL SISTEMA NACIONAl

CAPiTULO I

PLAN NACIONAL DE GESTION DEL RIESGO DE DESASTRES

Articulo 37deg- Definici6n y Objeto

371 EI Plan Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres tiene por objeto establecer las Iineas estrategicas los objetivos y las acciones de caracter plurianual necesarios para concretar 10 establecido en la Ley y la Politica Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres

372 En el disefio del Plan Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres se consideran los programas presupuestales estrategicos y otros programas que forman parte de la Estrategia Financiera para la Gesti6n

del Riesgo de Desastres en el marco del presupuesto por resultado ~

373 EI Plan Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres se articula con los instrumentos de planificaci6n sectorial regional y local Es aprobado por el Poder Ejecutivo mediante Decreto Supremo

Articulo 38deg- Estructura y contenldos I

381 La estructura del Plan Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres estara sustentada en los siguientes procesos

a Estimaci6n del Riesgo b Prevenci6n del Riesgo c Reducci6n del Riesgo d Preparaci6n e Respuesta f Rehabilitaci6n g Reconstrucci6n

382 En el proceso de elaboraci6n del Plan Nacionar de Gesti6n del Riesgo de Desastres se estableceran los indicadores de desempeiio e impacto que serviran de base al mecanismo de seguimiento y evaluaci6n

Articulo 39deg- De los planes especlficos po proceso

391 En concordancia con el Plan Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres las entidades publicas en todcs los niveles de gobiemo formulan aprueban y ejecutan entre otros los siguientes Planes

a Planes de prevenci6n y reducci6n de riesgo deshydesastres

b Planes de preparaci6n c Planes de operaciones de emergencia d Planes de educaci6n comunitaria e Planes de rehabilitaci6n f Planes de contingencia

392 La autoridad correspondiente convocara a las entidades privadas y a la sociedad para el desarrollo de estos instrumentos de planificaci6n

Articulo 40deg- Mecanismos de coordinaci6n participaci6n evaluaci6n y seguimiento

401 EI ente rector promueve la coordinaci6n y articulaci6n con entidades de la sociedad y el sector privado

402 EI ente rector desarrolla el proceso de articulaci6n de todos los elementos constitutivos del Plan Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres

403 EI ente rector establece los mecanismos de evaluaci6n y seguimiento del plan asi como los mecanismos de comunicaci6n y difusi6n

404 CENEPRED establece los Iineamientos y los procesos deforrnulaci6n y particijlaci6nrelativosaestimaci6n prevenci6n reducci6n del riesgo y reconstrucci6n

405 INDECI establece los Iineamientos y los procesos de formulaci6n y participaci6n relativos a la preparaci6n respuesta y rehabilitaci6n

406 CEPLAN identifica loselementosdela planificacion estrategica del desarrollo nacional que deben ser incluidos en el Plan Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres Asimismo establece los compromisos procesos y acciones necesarias para asegurar la implementaci6n de los elementos del Plan Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres dentro de los Programas Estrategicos para el Desarrollo Nacional

407 EI MEF propene los elementos de la Estrategia Financiera para su integraci6n en el Plan Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres de manera que queden adecuadamente vinculados y articulados

CAPiTULO II

ESTRATEGIA DE GESTION FINANCIERA DEL RIESGO DE DESASTRES

Articulo 41deg_ Definici6n

411 Es el conjunto de acciones establecidas para asegurar una adecuada capacidad financiera en los

t-~-

BPerull10

443214 WNORMAS LEGALES Uma jUeves 26de mayo de 2011

~ procesos de la Gesti6n del Riesgo de Desastres asi como il tma mejor cobertura de los riesgos fiscales derivados de

la ocurrencia de desastres r 412 En el diseiio de la Estrategia de Gesti6n Financiera se consideran los programas presupuestales estrategicos vinculados a la Gesti6n del Riesgo de Desastres y otros programas que estuvieran relacionados con el objetivo del plan en el marco del presupuesto por resultados

413 En situaciones de desastres de gran magnitud el ente rector en coordinaci6n con el Ministerio de Economla y Finanzas propone al Consejo Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres el esquema institucional y financiero de reconstrucci6n sobre la base de un tInalisis de vulnerabilidades darios y necesidades Este esquema tiene presente las competencias de los gobiemos regionales y gobiemos locales la existencia de capacidades en la sociedad organizada y el principio de subsidiariedad segun 10 establecido en la Ley - 414 Los gobiemos regionales y locales priorizan la asignaci6n de recursos en la formulaci6n del presupuesto de cada ejercicio fiscal para brindar ayuda directa e inmediata a las personas damnificadas y afectadas para ejecutar las acciones que recuperen rapidamente el servicio basico perdido y la rehabilitaci6n de la infraestructura publica dafiada Asimismo cubnran el reabastecimiento de los almacenes de ayuda humanitaria que administran segun sus arnbitos de competencia a 415 Las entidades publicae priorizan la asignaci6n de ~cursos presupuestales para el desarrollo de los procesos de la Gesti6n del Riesgo de Desastre preferentemente en 10 referido a la atenci6n de emergencias y el proceso de reconstrucci6n ~I 416 En concordancia con el principio de subsidiariedad cuando la emergencia supere la capacidad de respuesta de los gobiemos regionales y locales el Ministerio de Economia y Finanzas en coordinaci6n con el ente rector del SINAGERD establece los mecanismos para transferir oportunamente recursos con cargo a la Reserva de Contingencia a fin de facilitar la ejecuci6n de los procesos de la gesti6n reactiva

417 Los Recursos de la Reserva de Contingencia PBra la Gesti6n del Riesgo de Desastres seran asignados preferentemente para brindar una respuesta oportuna ante desastres de gran magnitud que permitan mitigar los efectos dafiinos por el inminente impacto de un fen6meno natural 0 antr6pico declarado por el organismo publico competente y rehabilitar la infraestructura publica dafiada

Articulo 42deg_Componentes

421 La estrategia de gesti6n financiera se organiza por procesos y considera los programas presupuestales lIinculados asi como otras herramientas financieras que estuvieran relacionadas con la Gesti6n del Riesgo de Desastres

422 Los procesos considerados son los siguientes

a Estimaci6n Prevenci6n y Reducci6n del Riesgo Mecanismos financieros presupuestales y de incentivos que fomenten el desarrollo de los procesos de estimaci6n prevenci6n y reducci6n del riesgo como la eontratacion de deuda el Programa Estrategico con el enfoque de Presupuesto por Resultados y Programas de Transferencias Condicionadas e Incentivos y fondos concursables b Preparaci6n Respuesta y Rehabilitaci6n En aumplimiento del principio de subsidiariedad los mecanismos para responder el impacto de desastres deben tomar en cuenta el siguiente orden de prelaci6n

1 Los recursos de los mismos pliegos presupuestales de las entidades publlcas

2 Los recursos de la Reserva de Contingencia 3 Los recursos del Fondo de Estabilizaci6n Fiscal

- 4 Las Iineas de credlto contingente

c Reconstrucci6n instrumentos de protecci6n financiera y transferencia de riesgo de bienes y servicios publlcos Asimismo se promovera la creaci6n y regulaci6n del mercado de transferencia de riesgo de desastres en bienes y servicios privados

423 Las entidades publicas de todos los niveles de gobiemo evaluan su respectiva capacidad financiera y

presupuestaria para la atenci6n de los dafios producidos por desastres y la fase de reconstruccien posterior en el marco de las disposiciones legales vigentes EI Ministerio de Economla y Finanzas evalua e identifica mecanismos que sean adecuados y costo-eficientes con el objeto de contar con la capacidad financiera complementaria para tal fin

CAPiTULO III

MECANISMOS DE COORDINACION DECISIONl COMUNICACION Y GESTION DE LA INFORMACluN

EN SITUACIONES DE IMPACTO DE DESASTRES

Articulo 43deg_ Niveles de emergencia y capacldad de respuesta

431 La tipificaci6n de la atenci6n de emergencias por medio de niveles permite identificar la capacidad de respuesta para atender las emergencias y desastres

432 La atenci6n de emergencias y dafios por desastres se c1asificanen 5 niveles de la siguiente manera

a Niveles 1 2 Y 3 Alcance Local y Regional Comprende aquellas situaciones que son atendidas directamente por los Gobiemos Locales 0 el Gobiemo Regional con sus propios recursos disponibles

b Nivel 4 Intervenci6n del Gobiemo Nacional Comprende aquellos niveles de impacto de desastres que superan la capacidad de respuesta regional y sustentan la Declaratoria de Estado de Emergencia En este caso interviene el Gobiemo Nacional con los recursos nacionales disponibles y la coordinaci6n del INDECI

c Nivel 5 De Gran Magnitud Comprende aquellos niveles impactos de desastres cuya magnitud 0 circunstancias afecten la vida de la Naci6n y supere 0 pueda superar la capacidad de respuesta del pais y sustentan la Declaratoria de Estado de Emergencia Nacional lnterviene el Gobiemo Nacional con los recursos nacionales disponibles y de ser necesario con el apoyo de la ayuda intemacional En este caso ellNDECI coordina y conduce las operaciones de Respuesta y Rehabilitaci6n

433 La metodologia de c1asificaci6n de los niveles de emergencia estara detallada en el Plan Nacional de Operaciones

Articulo 44deg_ Red Nacional de Alerta Temprana

441 INDECI establece la Red Nacional de Alerta Temprana sobre la base de la participaci6n de las entidades tecnico cientrficas y de las universidades

442 La Red Nacional de Alerta Temprana integrara al menos los siguientes componentes

a Conocimiento y vigilancia permanente y en tiempo real de las amenazas

b Servicio de seguimiento y alerta c Difusi6n y comunicaci6n d Capacidad de respuesta

443 EI diseiio de la Red Nacional de Alerta Temprana debe contemplar los siguientes aspectos

a Gobemabilidad y arreglos institucionales eficaces b Enfoque de amenazas multiples c Participaci6n de las comunidades locales d Consideraci6n de la diversidad cultural

Articulo 45deg- Servicio de Alerta Permanente

451 Mecanismo de caracter permanente realizado por el personal de las entidades que conforman el SINAGERD en el ambito de la gesti6n reactiva como condici6n de trabajo con la finalidad de prepararse difundiry desarrollar las acciones tecnlco - administrativas y de coordinaci6n inmediatas y oportunas ante la presencia de un peligro inminente 0 la ocurrencia de un desastre

452 Los Iineamientos generalespara laimplementaci6n y funcionamiento de dicho mecanismo son establecidos por ellNDECI

453 Los Sectores Nacionales los Gobiemos Regionales Municipalidades Provinciales y Distritales y el INDECI respectivamente aseguran su implementaci6n y funcionamiento

E

_ imiddot

EJ Peruano uma juevas 26de mayo de2011 NORMAS LEGALES 44321()

Articulo 46deg_Primera Respuesta

461 Las entidades de primera respuesta son organizaciones especializadas para intervenir en casos de emergencias 0 desastres que desarrollan acciones inmediatas necesarias en las zonas afectadas en coordinaci6n con la autoridad competente en los respectivos niveles de gobiemo segun 10 establecido en la Ley el presente reglamento y los protocolos correspondientes

462 Se consideran entidades de primera respuesta

a FuerzasArmadas b Policia Nacional c Cuerpo General de BomberosVOluntarios del Peru d Sector Salud (Ministerio de Salud Seguro Social

de SaIud - ESSALUD Instituciones Privadas de Salud Sanidad de las FFAAy Sanidad de la PNP)

e Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social f Cruz Roja Peruana g Poblaci6n organizada h Otras entidades publicae y privadas que resutten

necesarias dependiendo de la emergencia 0 desastre

Articulo 47deg- La Asistencia Humanitaria

471 LaAsistencia Humanitariacomprende actividades como instalaci6n de albergues administraci6n de campamentos reubicaci6n temporal en zonas seguras asistencia de salud fisica y mental distribuci6n de bienes de ayuda humanitariay prestaci6n de servicios

472 La Asistencia Humanitaria donada por entidades privadas nacionales asl como la ayuda intemacional es complementariay de apoyo a la responsabilidad primaria del Estado

473 Las donaciones procedentes de colectas publicas convocadas por particulares son autorizadas y supervisadaspor la autoridad regional 0 local competente segun corresponda

474 Los Gobiernos Regionales tienen a su cargo custodiar los bienes de ayuda humanitaria y distribuirlos a los Gobiemos Locales En aplicaci6n del principio de subsidiariedad la entrega de los bienes de ayuda humanitaria se realiza a traves de los Gobiemos Locales de cada jurisdicci6n

475 Es responsabilidad de los Presidentes de los Gobiemos Regionales la implementaci6n de los mecanismos medios y procedimientos emitidos por el ente rector a propuesta del INDECI para garantizar la custodia conservaci6n distribuci6n y supervisi6n de la entrega de dichos bienes a la poblaci6n afectada 0 damnificada

476 Los bienes de Ayuda Humanitaria se emplean unica y exclusivamente para la atenci6n de las personas damnificadas y afectadas por los desastres y las emergencias

477 Las personas que i1egalmente reciban 0 se apropiende los bienesdeAyuda Humanitariason pasibles de sanci6n penal conforme a la Ley de la materia

478 Las donaciones de bienes procedentes del exterior publicae 0 privadas cuando el Gobiemo Nacional efectua la convocatoria de Ayuda Humanitaria Internacional requisren la participaci6n y control de las entidades del SINAGERD asl como del Ministerio de Relaciones Exteriores y la Agencia Peruana de Cooperaci6n Internacional segun corresponda EI INDECI propondra al Ente Rector un instrumento para la solicitud internalizaci6ny manejode laAyuda Humanitaria Internacional

Articulo 48deg- Transparencia y Rendici6n de Cuentas

EIente rector establece las normas y criterios tecnicos para las rendiciones de cuentas de las donaciones administradas por las entidades que conforman el SINAGERD

Articulo 49deg- Acciones ante situacl6n de peligro inminente

491 La situaci6n de peligro inminente debe ser sustentada por el informe tecnico emitido por la entidad publica competente que sera sustento para la declaratoria del estado de emergencia

492 Las accionesa desarrollarsedebenestar dirigidas unicamente a reducir el impacto del probabledesastre par ocurrir y deben tener nexo directo de causalidad entre las intervenciones y el evento a fin de salvaguardar la seguridad de la poblaci6n sus bienes y la infraestructura publica

V

CAPiTULO IV

CENTROS DE OPERACIONES DE EMERGENCIA

Articulo 50deg- Deflnici6n

501 Los Centros de Operaciones de Emergencia r COE - son 6rganos que funcionan de manera continua en el monitoreo de peligros emergencias y desastres aST como en la administraci6ne intercambiode la informaci6n para la oportuna toma de decisiones de las autoridades del Sistema en sus respectivos ambitos jurisdiccionales

502 EI INDECI elaborara una normativa para la coordinaci6n articulada de los COE en todos los niveles de gobiemo y la propondra al ente rector para so aprobaci6n ~

Articulo 51deg_ Mecanismo de constitucion y funcionamiento de Centros Regionales y Locales deOperaclones de Emergencia

511 Los presidentes regionales y alcaldes instituyen los Centros de Operaciones de Emergencia Regional (COER)y los CentrosdeOperacionesdeEmergenciaLocal (COEL) respectivamente segun las normas requisitosry estimdares que sean establecidos por INDECI

512 Los Centros de Operaciones de Emergencia Regional (COER) y los Centros de Operaciones de Emergencia Local (COEL) contaran con un area fisica adecuadapara trabajarsiguiendo los estandaresmlnimos establecidos por INDECI

513 los Centros de Operaciones de Emergencla Regional (COER) y los Centros de Operaciones de Emergencia Local (COEl) estaran conformados por

a EI Presidente Regional 0 el Alcalde respectivamente

b Directoresy funcionariosde las areas operaclonales quesean determinadasen la normativaestandargeneradapor INDECI -

c Representantesde las FuerzasArmadas - d La Cruz Roja Peruana y el Cuerpo General de

Bomberos Voluntarios del Peru e La Policla Nacional del Peru

514 Los Centros de Operaciones de Emergencia Regional (COER) y los Centros de Operaciones de Emergencia Local (COEL) seran coordinados por uria autoridad local con probada experiencia el manejo de situacionesde emergenciaEIcoordinadorsera nombradO por el Presidente Regional 0 Alcalde respectivo

Articulo 52deg_ COE Sectoriales

521 Los Sectores Nacionales a traves de sus Ministerios actlvaran sus Centros de Operaciones de Emergencia en concordancia con sus competenclas -y los Iineamientos que dicta el Ente Rector a propuesta del INDECI

522 Los Sectores involucrados directamente con las actividades de Respuesta y Rehabilitaci6n designan a sus representantes para su participaci6n en el COElllj constituyendose en los elementos de enlace necesarios para mantener la informaci6n de los COE Sectorialeamp correspondientes

Articulo 53deg_ Manejo de la Informacion para la toma de decisiones

531 Los Centros de Operaciones de Emergencia en todos sus nlveles permanentemente obtienen recaban y comparten informaci6n sobre el desarrollo de las emergencias desastres 0 peligros lnminentesy proporcionan la informaci6n procesada disponible que requieran las autoridades encargadas de conducir io monitorear emergencias asi como a los COE de los niveles inmediatos respectivos para coadyuvar a la toma de decisiones de las autoridadescorrespondientes

EI Peruano443216 WNORMAS LEGALES UmB jueves 26demayo de2011

532 EI COEN proporciona la informacion tecnica dj~penible que requiera el Consejo Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres para la toma de decisiones

533 Los COE para el cumplimiento de sus actividades cuentan con el Sistema de Informacion Nacional para la R~spuesta y Rehabilitacion - SINPAD administrado por elINDECI como componente del Sistema Nacional de Informacion del SINAGERD

534 EI monitoreo de P8ligros y emergencias y admlnistraclon de la informaCion de los Centros Poblados y Comunidades mientras no cuenten con los recursos necesarios sera ejecutado y consolidado per los COEL con la participacien de las autoridades respectivas

CAPiTULO V

EVALUACI6N DE DAAos Y ANALISIS DE NECESIDADES - EDAN

n Articulo 54deg_ Definlci6n

J 541 La Evaluacion de Danos yAnalisis de Necesidades (poundDAN) es el mecanismo de identificacion y registro cualitativo y cuantitativo de la extension gravedad y localizacion de los efectos de un evento adverso

542 La EDAN es la base para el establecimiento de los planes especificos de respuesta a las emergencias a todo nivel y los planes de rehabilitacion Tambien sirve para los procesos de evaluacion y necesidades que se ~tablezcan para la reconstrucclon it

Articulo 55deg- Mecanismo y operatividad

~ 551 EI INDECI establecera un mecanismo nacional para la Evaluacion de Danos y Necesidades siguiendo 106 estandares intemacionales que han side desarrollados para tal fin 552 INDECI desarrollara un proceso permanente de

capacitaci6n a las entidades publlcas y a los gobiemos r~ionales y locales para su utilizacion armonizada EI Sistema de Evaluacion de Danos y Necesidades sera la oase para caracterizar las situaciones de emergencia y tamar las decisiones respectivas

553 EI mecanisme es implementado por los COE locales regionales y nacional segun los mecanismosde capacidad de repuesta y subsidiariedad que se establezcan en su diseno

It CAPiTULO VI

VOLUNTARIADO EN EMERGENCIAS Y REHABILITACION

Articulo 56deg- Constitucion del Voluntariado en liimergencias y Rehabilitaci6n

EIINDECI establecera el mecanismo de voluntariado en emergencias y rehebilitacion el cual incluirala incorporacien de criterios e indicadores minimos y organizacion de brigadistas para la gestion y actualizacion del voluntariado

CAPiTULO VII

SERVICIO DE BUSQlIEDA Y SALVAMENTO

Articulo 57deg- Naturaleza del servicio de busqlleda y salvamento

Es un mecanisme de coordinaclon decision y romunicacionconformado por entidades publicas y privadasde primera respuesta que cuenta con recursos y medios disponibles para intervenir en operaciones especializadas de bUsqueday salvamento con la finalidad de salvaguardar la vida humana en situaciones de emergencia y desastres

Articulo 58deg- Alcance del servicio de busqueda y sslvamento r Tiene alcance nacional y articula sus actividades en ejmarco del Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Oesastres En determinadas situaciones se amplia su accionar al ambito internacional

Articulo 59deg- Ambito de Accion del servicio de bilsqueda y salvamento

591 La busqueda y salvamento se ejecutan en los arnbitos terrestre maritimo y aereo

592 EIente rectordel SINAGERD dicta los Iineamientos generales que permitan la integracion de esfuerzos y la operaclon coordinada de las instituciones responsables a fin de optimizar los recursos para las operaciones de busqueda y salvamento

CAPiTULO IX

MECANISMOS DE COORDINACI6N INTERNACIONAL Y PARTICIPACI6N EN INSTANCIAS Y ACUERDOS

REGIONALES DE ASISTENCIA HUMANITARIA

Articulo 60deg- Definicl6n La cooperacien intemacional en Gestion del

Riesgo de Desastres es el conjunto de acciones y herramientas desarrolladas por los gobiemos y entidades intemacionales orientadas a movilizar recursos e intercambiarexperiencias y conocimientos con la finalidad de contribuir allegro de los objetivos del SINAGERD y al cumplimiento de los compromisos intemacionales

Articulo 61deg_ Mecanismos

611 EI ente rector solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la elsboracion de un mecanisme de coordinacien de la asistencia humanitaria para las sedes diplomaticas en el extranjero y para las entidades de asistencia aereditadas en el pais

612 EI ente rector con el apoyo del Sistema de Naciones Unidas establece los mecanismos para la asistencia intemacional segun los compromisos y tratados que existan al efecto

613 EI INDECI elabora y propone al ente rector una normativa y procesos para brindar asistencia a desastres en el extranjero

614 EI ente rector con el apoyo tecnico de INDECI y las entidades intemacionales especializadas elabora una normativa para facilitar las operaciones de asistencia humanitaria en el pals en concordancia con la iniciativa de la Ley Internacional para la Respuesta ante Desastres

Articulo 62- Red Humanitaria Nacional - RHN

621 La Red Humanitaria Nacional - RHN - constituye un mecanismo de coordinacion entre eI Estado Peruano la Cooperacion Intemacional y los Organismos No Gubemamentales debidamente registrados en la Agencia Peruana de Cooperacion Intemacional-APCI - Ycontribuye en la preparacion y respuesta a emergencias y desastres para fortalecerla accion del SINAGERD Esta organizada en el marco del Comite Interagencial Permanente establecido per la Asamblea General de Naciones Unidas

622 La RHN esta co-presidida por ellla Coordinador Residente del Sistema de las Naciones Unidas en el Peru y ellla Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil

CAPiTULO X

COORDINACI6N CON EL SISTEMA DE SEGURIDAD Y DEFENSA NACIONAL

Articulo 63deg_Coordinacion

631 EI Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres(SINAGERD)coordinaconel Sistemade Seguridad y Defensa Nacional a traves del INDECI los aspectos que correspondan a sus respectivas competencias para proteger a la poblacion mediante los procesos de preparacion respuestay rehabilitacionen los cases de desastres

632 Asimismo el Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres a traves del Instituto Nacional de Defensa Civil seguira cumpliendo las funciones relativas a movilizaclon y desmovilizaci6n para casos de emergencia producidos por desastres

CAPiTULO XI

SISTEMA NACIONAL DE INFORMACI6N PARA LA GESTI6N DEL RIESGO DE DESASTRES

Articulo 64deg_ Descripci6n

641 EI Sistema Nacional de Informacion para la Gestion del Riesgo de Desastres es un instrumento del SINAGERD

EJ Peruano Lima juevea 26dB mayo de2011 WNORMAS LEGALES 443217

)

642 EI Sistema Nacional de Informaci6n para la Gesti6n del Riesgo de Desastres tiene dos componentes Ia informaci6n para la gesti6n prospectiva y correctiva e informaci6n la para la gesti6n reactiva

ArtIculo 65deg_Rectorfa y coordlnacl6n

651 Con el objeto de organizar administrar y mantener actualizado el Sistema Nacional de Informaci6n de Gesti6n del Riesgo de Desastres la Presidencia del Consejo de Ministros establece las directivas y Iineamientos de aplicaci6n nacional sobre estandares para el usc intercambio y acceso a la informaci6n requerida para la Gesti6n del RiesQo de Desastres asl como en los mecanlsrnos para la Integraci6h de dicha informacion requiriendo la opini6n previa del CENEPRED en 10 referente a la informaci6n para la gesti6n prospectiva y correctiva y dellNDECI en 10 referente a la informaci6n para la gesti6n reactiva

652 La Presidencia del Consejo de Ministros supervisa que la informaci6n para la Gesti6n del Riesgo de Desastres generada bajo los estandares establecidos por CENEPRED e INDECI respectlvarnente este dlsponible para todas las entidades pUblicas y la sociedad civil

CAPiTULO XII

RADIO NACIONAL DE DEFENSA CIVIL Y DEL MEDIO AMBIENTE

Articulo 66deg_ Radio Naclonal de Defensa Civil y Medio Amblente

EI INDECI es responsable de desarroilar coordinar y asesorar los contenidos a difundirse en Radio Nacional de Defensa Civil y del Medio Ambiente en 10 referido a la Preparaci6n Respuesta y Rehabilitaci6n

TITULO VI

DECLARATORIA DE ESTADO DE EMERGENCIA

Articulo 67deg-Declaratoria de Estado de Emergencla por Desastre

671 EI Presidente de la Republica con acuerdo del Consejo de Ministros puede decretar por un plazo de sesenta (60) dlas calendario en todo el territorio de la Republica 0 en parte de ai el Estado de Emergencia por desasfre dando cuenta al Congreso de la Republica 0 a la Comisi6n Permanente

672 La Declaratoria del Estado de Emergencia tiene por finalidad la ejecuci6n de medidas de excepci6n inmediatas y necesarias frente a un peligro inminente o a la ocurrencia de un desastre de gran magnitud o cuando sobrepasa la capacidad de respuesta del Gobierno Regional protegiendo la vida e integridad de las personas el patrimonio publico y privado y restableciendo los servicios basicoa indispensables

Articulo 68deg- Procedimiento

681 La solicitud de Declaratoria de Estado de Emergencia por peligro inmlnente opor la ocurrencia de un desastre es presentada por el Gobiemo Regional al INDECI con la debida sustentaci6n adjuntando el informe de estimaci6n del riesgo 061 informe EDAN asi como la opini6n tecnlca de los Sectores involucrados en los casos que corresponda

682 EIINDECI emite opini6n sobre la procedencia de la solicitud a cuyo fin emite el informe tecnico respectivo

683 EI expediente de la solicitud de Declaratoria de Estado de Emergencia se presenta a la Presidencia del Consejo de Ministros con la recomendaci6n correspondiente

684La declaratoria del Estado de Emergencia podra ser requeridacon la debida sustentaci6n por los titulares de los Ministerios y Organismos Publicos Descentrelizados comprometidos por la emergencia los que canalizaran su solicitud a traves dellNDECI

685 Excepcionalmente la Presidencia del Consejo de Ministros puede presentar de oficio al donsejo de Ministros la declaratoria de Estado de Emergencia de la zona afectada por un peligro inminente 0 la ocurrencia de un desastre previa comunicaci6n de la situaci6n

y propuesta de medidas yo acciones inmediatas que correspondan efectuado por ellNDECI

686 EI Ente Rector a propuesta deIINDECI apruebashymediante Decreto Supremo las normas complementarias respecto de la declaratoria de Estado de Emergencia

LI

Articulo 69deg_PI6rroga del Estado de Emergencli~ EI Gobierno Regional presenta al INDECI ja

solicitud de pr6rroga del Estado deEmergencia la que no debera exceder de sesenta (60) dlas calendario adjuntando los informes tecnicos que fundanienten dicha solicitud asl como las medidas de caracter presupuestal necesarias

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES

Primera- Sobre el Sistema Naclonal de Defensa Civil

Las responsabilidades que hayan side asignadas en otras normas al Sistema Nacional de Defensa Civil relacionadas con aspectos de preparaci6nrespuesta y rehabilitaci6n seguiran siendo ejercidas por el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) siempre que no Ife opongan a 10 dispueetc por la Ley Ndeg 29664 Yel presenta Reglamento

Segunda- Infracciones y sanciones ~ Losaspectosrelacionadoscon infraccionesy sanciones

Iigados a responsabilidades administrativas yfuncionales se rigen de acuerdo a 10 establecido en la Ley Ndeg 29622 Ley que modifica la Ley Num 27785 Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contralorla General de la Republica y amplia las facultades en el proceso para sancionar en materia de responsabilidad administrativa funcional y el Reglamento de infracciones y sanciones para la responsabilidad administrativa funcional derivaqB de los informes emitidos por los 6rganos del Sistema Nacionalde Controlaprobadomediante DecretoSupremq Ndeg 023-2011-PCM ~_

Las sanciones relacionadas con aspectos ete lncumphrnlento de la regulaci6n sobre Licencias ltJe Funcionamiento construcci6n y habilitaci6n se apli~n conforme a la normativa correspondiente ~

Tercera- EJecuci6nde las Inspecclones Tecnic~ de Seguridad en Defensa Civil - ITSDC -

1 EI Ente Rector aprueba las reformas en materia de Seguridad en Defensa Civil referidas a las Inspecciones Tecnicas de Seguridad en Defensa Civil asl comoen la acreditaci6n y administraci6n del Registro de los Inspectores incluida su actualizaci6n y capacitaci6n

2 Las InspeccionesTecnicas de Seguridaden Defensa Civil son ejecutadas por los Gobiernos Regionales~ Locales en sus ambitos deiurisdicci6n respectivos

Cuarta- Proceso de Adecuaci6n de las Nonnas de Seguridad en Defensa Civil

EI INDECI en un plazo maximo de sesenta (60) dlas habiles de publicado el presente Reglamento propone al Ente Rector la adecuaci6n de la legislaci6n vigente en materia de Segllridady Defensa Civil ala Ley del Sistema Nacional de la Gesti6n del Riesgo Desastres

En el proceso tiene especial anfasis la Ley Marco de Licencia de Funcionamiento el Reglamento de lnspeccionesTecnlces de Seguridad en Defensa Civil) demas normas vinculadas con las Inspecciones Tacnic8S de Seguridad en Defensa Civil ~~~

Quinta- Vigencia de los Convenios Nacionales~~ Internacionales suscritos en el Marco del SINADECI

Los convenios de caracter nacional 0 internacional suscritos por el Instituto Nacional de Defensa Civil eAo representaci6n del SINADECI vigentes al momento de entrada en vigor de la Ley Ndeg 29664 continuaren siende conducidos y administrados por el INDECI hasta el cerre del presente ejercicio presupuestal debiendo informar al Ente Rector respecto de aquellos casos en que exceda su competencia La Presidencia del Consejo de Ministros establecera las condiciones y responsabilidades para su ratificaci6n modificaci6n 0 Iiquidaci6n segun corresponda

i

j

ElPeruano443218 WNORMAS LEGALES Lima jUevas 26cia mayo da2011

DISPOSICIONES TRAN~ITORIAS

Prlmera- Regulacl6n del funclonamlento del ConseJo Naclonal de Gestl6n del Rlesgo de Desastres

EI Consejo Naclonal de Gesti6n del Riesgo de Desastres regula su funcionamieno a traves de un Reglamento Intemo aprobado por sus miembros en un plazo maximo de treinta (30) dias calendario contados desde la fecha de su instalaci6n

Segunda- Transltorledad de competenclas sobre Inspecclones T6cnlcas de Segurldad en Deensa Civil

Transitoriamente el INDECI rnantiene las competenclas referidas a las Inspecciones Tecnicas de Seguridad en Defensa Civil reguladas en el Reglamento de Inspecciones Tecnicas de Seguridad en Defensa Civil en los casos en que aun no se hayan transferido a los Gobiernos Regionales

645127-3

Autorizan viaje del Ministro de Relaeiones Exteiiores a Japon y EEUU yencargan su DespaCho ala Presidenta d~1 Consejo de Ministros y Ministra de Justieia

RESOLUCI6N SUPREMA Ndeg 133-2011-PCM

lima 25 de mayo de 2011

CONSIDERANDO

Que es objetivo de la PollticaExterior del Peru promover los intereses del pals tanto a nivel bilateral como multilateral conmiras a consolidar su presencia regional e internacional fortaleciendo su procesode inserci6n a nivel qlobal

Que el Mimstro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores Jose Antonio Garcia Belaunde efectuara una visita de trabajo al Jap6n del 29 al 31 de tnayo a fin de sostener un encuentro con su hom610go elCanciller Takeaki Matsumoto y suscribir el Acuerdo de Asociaci6n Econ6mica con ese pais Adicionalmente se ha previsto su participaci6n en distintas actividades con otras autoridades del gobierno de ese pals asl comomiddot una reuni6n con representantes del Consejo Empresarial Peruano Japones

Que asirnismo se ha previsto la participaci6n del Canciller en la Asamblea General Extraordinaria de la Organizaci61) de los Estados Americanos convocada para elide junio de 2011 con el prop6sito de tratar el asunto de la reincorporaci6n de Honduras a la citada organizaci6n

Que por representar actividades de la mayor importancia para la politica exterior del Peru es necesario autorizar el viaje del Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores Jose Antonio Garcia Belaunde a la ciudad de Tokio Jap6n y a la cludad de Washington DCEstad9sUnidos de America a fin de participar en las reuniones precltadas considerando que por razones de itinerario estara ausente del pals desde el 28 de mayo y hasta elide junio inclusive

De conformidad con el articulo 127deg de la Constituci6n Politica del Peru la Ley Ndeg 29158 Ley Organica del Poder Ejecutivo Ley Ndeg 29357 Ley de Organizaci6ny Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores en concordancia con el articulo 83deg del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa aprobado mediante el Decreto Supremo Ndeg 005-90-PCM la Ley Ndeg 27619 modificada por la Ley Ndeg 28807 Y su reglamento aprobado por el Decreto Supremo Ndeg 047-2002-PCM su modificatoria el Decreto Supremo Ndeg 005-2006-PCM el numeral 101 del artIculo 10deg de la Ley Ndeg 29626 Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Allo Fiscal 2011

SE RESUELVE

Articulo 1deg_Autorizarel viaje del Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores Jose Antonio

Garcia Belaunde a la ciudad de TokioJap6n y a la ciudad de Washington DC Estados Unidos de America entre los dias 28 de mayo y 1 de junio de 2011 de acuerdo a 10 expuesto en la parte considerativa

Articulo 2deg_ Los gastos que irrogue la participaci6n del Ministro de Estado en e) Despacho de Relaciones por concepto de pasajes USD$ 445000 Y viaticos USD$ 152000 seran cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores deblendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) dias calendario al termino de la referida comisi6n

Articulo 3deg_ Encargar el Despacho de Relaciones Exteriores a la Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Estado en el Despacho de Justicia sellora Rosario Fernandez Figueroa en tanto dure la ausencia del titular

Articulo 4deg_La presente Resoluci6n sera refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y el Ministrode Relaciones Exteriores

Registrese comunlquese y publlquese

ALAN GARCiA PJREZ Presidente Constitucional de la Republica

ROSARIO DEL PILAR FERNANDEZ FIGUEROA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia

JOSJANTONIO GARCiA BELAONDE Ministro de Relaciones Exteriores

645127-10

Crean Cowsion Multiseetorial de Naturaleza Temporal encargada de analizar las opciones y a1temativas teenicas para la formulaeion del estudio de factibilidad para la ejecueion de Ia Tereera Etapa del Proyecto Especial Chavimoehie del Gobiemo Regional de LaLibertad

RESOLUCI6N SUPREMA Ndeg 134middot2011-PCNi

lima 25 de mayo de 2011

CONSIDERANDO

Que la ejecuci6n de la Tercera Etapa del Proyecto Especial Chavimochic es de gran lnteres para el Gobierno Nacional y para el Gobierno Regional de La Libertad en la medida que permitira brindar seguridad en el suministro de agua de riego a los actuales usuarios de I~ Primera y Segunda Etapa del indicado Proyecto posibilitandose la incorporaci6n de hasta treinta mil hectareas ubicadas dentro del ambito de las referidas etapas que han sido transferidas al sector privado

Que en ese sentido resulta necesario evaluar la ejecuci6n de la Tercera Etapa del Proyecto Especial Chavimochicmediante promoci6n de la inversi6n privada a efectos de contribuir con la consolidaci6n del desarrollo agroexportador del norte del pais

Que de acuerdo a 10 dispuesto por la Ley Ndeg 29158 Ley Organica del Poder Ejecutivo las Comisiones Multisectoriales decaracter temporal son creadas con fines especificos para cumplir fundones de fiscalizaci6n propuesta 0 emisi6nde informes tecnicos las que se crean formalmente mediante resolucion suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y los Titulares de los sectores involucrados

Que a fin de analizar las opciones y alternativas tecnicas para la formulaci6n del estudiode factibilidad para la ejecuci6n de la Tercera Etapa del Proyecto Especial Chavimochic del Gobierno Regional La Libertad se ha visto por conveniente crear una Comisi6n Multisectorial encargada de proponer las recomendaciones tecnicas para la viabilidad del mencionado proyecto

De conformidad con 10 establecido en el numeral 8) del articulo 118deg de la Constituci6n Polltica del Peru y 10

Page 3: Reglamento Ley 29664 SINAGERD

t-

EJ Peruano443208 WNORMAS LEGALES Ums jUBYeS 26demayo de2011

Articulo 6deg_Funclones del CENEPRED Son funciones del CENEPRED adicionales a las

establecidas en el articulo 12deg de la Ley Ndeg 29664 las siguientes

61 Asesorar y proponer al ente rector la normativa que asegure y facilite los procesos tecnlccs y administrativos de estimaci6n prevenci6n y reducci6n de riesgo asl como de reconstruccion

62 Establecer indicadores de gesti6n prospectiva y correctiva del riesgo

63 Brindar asistencia tecnlca al gobierno nacional gobiernos regionales y locales en la planificaci6n para el desarrollo con la incorporaci6n de la Gesti6n del Riesgo de Desastres en 10 referente a la gesti6n prospectiva y correctiva en los procesos de estimaci6n prevenci6n y reducci6n del riesgo asl como la reconstrucci6n

64 Coordinar participar y promover con el CEPLAN y demas entidadescompetentes la incorporaci6n transversal de los elementos de la gesti6n prospectiva y la gesti6n correctiva del riesgo en los procesos de forrnulaci6n de los planes esfrateqicos de desarrollo

65 Coordinar con el Ministerio de Educaci6n la Asamblea Nacionalde Rectores y otras entidades las estrategias orientadas a generar una cultura de prevenci6n a fin de evitar la generaci6n de futuros riesgos

66 Realizar a nivel nacionalla supervisi6n rnonitoreo y evaluaci6n de la implementaci6n de los procesos de estimaci6n prevenci6n y reducci6n de riesgo asl como de reconstrucci6n proponiendo mejoras y medidas correspondientes

67 Coordinar la participaci6n de entidades y agencias de cooperaci6nnacional e internacional en los procesos de estimaci6n prevenci6n y reducci6n del riesgo asi como en la reconstrucci6n

68 Diseiiar la polltica para el desarrollo de capacidades en la administraci6n publica en 10 que corresponde a la gesti6n prospectiva y correctiva del riesgo que permita el adecuado ejercicio de sus funciones

69 Establecer espacios de coordinaci6n y participaci6n de las entidades acadernloas y tecnlco cientificas y monitorear el desarrollo de contenidos del proceso de estimaci6n del riesgo

610 Representar al SINAGERD por delegaci6n del ante rector participando en foros y eventos nacionales e intemacionales relacionados con 16s procesos de estimaci6n prevenci6p y reducci6n del riesgo asi como de reconstrucci6n

611 Desarrollar estrategias de comunicaci6n difusi6n y sensibilizaci6n a nivel nacional sobre las politicas normas instrumentos de gesti6n y herramientas tecnicas entre otros en 10 que corresponde a la gesti6n prospectiva y correctiva

612 Promover el desarrollo de capacidades humanas para la estimaci6n prevenci6n y reducci6n del riesgo en las entldades publicas sector privado y la ciudadanfa en general

613 Emitir opini6n tecnlca sobre proyectos norrnativos convenios acuerdos tratados y otros instrumentos nacionales 0 intemacionales ast como proyectos cuya materia este vinculada a los procesos de estimaci6n prevenci6n y reducci6n del riesgo asi como de reconstrucci6n

614 Realizar estudios e investigaciones inherentes a los procesos de estimaci6n prevenci6n y reducci6n de riesgo asl como de reconstrucci6n

615 Emitir opini6n tecnlca en los aspectos de estimaci6n prevenclon reducclon del riesgo y reconstruccion para la elaboracion de la estrategia de gestion financiera a cargo del Ministerio de Economia y Finanzas - MEF

Articulo 7deg_Estructura Organica del CENEPRED EI CENEPRED contara con una estructura orqanlca

que contendra elementos orqanizacionales para desarrollar Iineamientos de politica y planes mecanlsmos relativos a los procesos de esfimacion prevencion reduccion del riesgo y reconstrucci6n asl como de gestion de informaci6n en sus areas de competencia

Articulo 8deg_ Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI)

81 EI Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI es un organismo publico ejecutor que conformael

SINAGERD responsable tecnico de coordinar facilitar y supervisar la fcrmulaclen e implementaci6n de la Politica Nacional y el Plan Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres en los procesos de preparacien respuesta y rehabilitaci6n

82 Desarrolla propone y asesora al ente rector asl como a los distintos entes pUblicos y privados que integran al SINAGERD sobre la polltica y ~neamientos y mecanismos en materia de procesos de preparaclon respuesta y rehabilitaci6n 83Asiste en los procesos de respuesta y rehabilitaci6n en especial cuando el peligro inminente 0 desastre sobrepase la capacidad de respuesta proporcionando a traves de las autoridades competentes el apoyo correspondiente

Articulo 9deg_Funciones dellNDECI Son funclones del INDECI adicionales a las

establecidas en el articulo 13deg de la Ley Ndeg 29664 las siguientes

91 Asesorar y proponer al ente rector la normativa que asegure procesos tecnicos y administrativos que faciliten la preparaclon la respuesta y la rehabilitacion

92 Desarrollar estrategias de comunicaclon difusi6n y sensibilizaci6n a nivel nacional sobre las politicas normas instrumentos de gesti6n y herramientas tecnicas entre otras para la preparaci6n respuesta y rehabilltaclon en coordinacion con las instituciones competentes

93 Realizar a nivel nacional la supervision seguimiento y evaluacion de la implementaclon de los procesos de preparaclon respuesta y rehabilitaci6n proponiendo mejoras y medidas correspondientes

94 Promover la estandarizaclon y articulaclon de los protocolos de operaclon de todas las entidades que participan en el proceso de respuesta as comola elecuclon de simulacros y sirnulaciones efectuando el seguimiento correspondiente y proponer al ente rector las medidas correctivas

95 Promover la instalacion y actualizacion de los sistemas de alerta temprana y los medios de difusi6n y comunicacion sobre emergencias y desastres a la poblacion

96 Coordinar la partlclpacionde entidades y agencias de coopera~in nacional e interml~i~na~ para los procesos de preparacron respuesta y renabilitacion

97 Representar al SINAGERD por delegacion del ente rector participando en foros y eventos nacionales e intemacionales relacionados con los procesos de preparaclon respuesta y rehabilitacicn

98 Coordinar la asistencia humanitaria solicitada por los pafses afectados por desastres en el marco de convenios 0 acuerdos establecidos conforme a la norrnatividad vigente

99 Emitir opinion teenica previa a la Presidencia del Consejo de Ministros sobre los requerimientos de la Declaratoria de Estado de Emergencia ante la ocurrencia de un peligro inminente 0 de un desastre

910 Coordinar con las entldades competentes y participar en el proceso de respuesta cuando el peligro inminente 0 desastre sobrepasen la capacidad de los gobiemos regionales 0 locales y participar en la respuesta cuando el peligro inminente 0 desastre requiera la participaci6n de las entidades nacionales segunlo establecido en los niveles de capacidad de repuesta previstos en este reglamento y sus instrumentos especificos

911 Administrar los Almacenes Nacionales de Defensa Civil proporcionando a traves de las autoridades competentes apoyo a personas damnificadas y afectadas y participar en la respuesta cuando el peligro inminente 0 desastre requiera la partlclpacion de las entidades nacionales segun 10 establecido en los niveles de capacldad de repuesta previstos en este reglamento y sus instrumentos especificos

912 Proponer al ente rector fa normativa para la coordlnaclon y distribuclon de los recursos de ayuda humanitaria

913 Emitir opinion tecnica sobre proyectos norrnativos convenios acuerdos tratados y otros instrumentos nacionales 0 internacionales aSI como proyectos cuya materia este vinculada a los procesos de preparaclcn respuesta y rehabllitacion segun normatividad vigente

914 Diseiiar y proponer la politica para el desarrollo de capacidades en la adminisfracion publica en 10 que

i f - middotL AP-)J4

ElPeruano Urns jueves 26demayo de2011 WNORMAS LEGALES 443209

corresponde a la gesti6n reactiva del riesgo que permita el adecuado ejercicio de sus funciones

915 Promover el desarrollo de capacidades humanas para la preparaci6n respuesta y rehabilitaci6n en las entidades publicae sector pnvado y la ciudadanla en general

916 Realizar estudios e investigaciones inherentes a los procesos de preparaci6n respuesta y rehabilitaci6n y realizar a nivel nacional la supervisi6n monitoreo y evaluacion de la implernentaclon de estos procesos proponiendo mejoras y medidas correspondientes

917 Emitir opinion tecnica en los aspectos de preparaci6n respuesta y rehabilitaci6n para la elaboraci6n de la estrategia de gestion financiera a cargo del Ministerio de Economia y Finanzas - MEF

918 Orientar promover y establecer Iineamientos para armonizar la formacion y entrenamiento del personal operativo que interviene en la preparacion respuesta y rehabilitaci6n en coordinaclcn con las instituciones especializadas

919 Apoyar y facilitar la operacion conjunta de los actores que participan en el proceso de respuesta en el Centro de Operaciones de Emergencia Nacional- COEN y administrar sus instalaciones e instrumentos de soporte

920 Coordinar con el Sistema de Seguridad y Defensa Nacional en representaclen del SINAGERD

Articulo 10deg_Estroctura organics dellNDECI EI INDECI contara con una estruclura organics que

contendra elementos organizacionales para desarrollar Iineamientos de politica planes y mecanismos relativos a los procesos de preparaclon respuesta y rehabilitaci6n asl como de gesti6n de informacion en sus areas de competencia La estructura organica debera contemplar tamblen los elementos organizacionales necesarios para

asegurar una respuesta oportuna y adecuada en las situaciones de desastre que amerilen su intervencion de acuerdo a los principios de subsidiariedad y gradualidad

I Articulo 11deg_ Gobiemos Regionales y Gobiemos Locales

II Los Gobiemos Regionales y Locales cumplen las

siguientes funciones en adicion a las establecidas en el articulo 14deg de la Ley Ndeg 29664 Y conforme a las leyes organicas correspondientes

I 111 Incorporan en sus procesos de planificaci6n de ordenamiento territorial de gesti6n ambiental y de inversion publica la Gestiondel Riesgode Desastres Para esto se realizara un anallsls de los proyectos de desarrollo e inversion con el fin de asegurar que se identifica

r ~

a La vulnerabilidad potencial de losproyectos y el modo de evitarla 0 reducirla

b La vulnerabilidad que los proyectos pueden crear a la sociedad la infraestructura 0 el entomo y las medidas necesarias para su prevenclen reducclen yo control

c La capacidad de los proyectos de reducir vulnerabilidades existentes en su ambito de accion

112 Incorporan en los planes de desarrollo urbano planes de acondicionamiento territorial asl como en las zonificaciones que se realicen las consideraciones pertinentes de existencia de amenazas y condiciones de vulnerabilidad siguiendo los Iineamientos y con el apoyo tecnico del CENEPRED y de las instituciones competentes

113Identifican el nivel de riesgo existenteen sus areas de [urisdiccien y establecen un plan de gestion correctiva del riesgo en el cual se establecen medidas de caracter permanente en el contexto del desarrollo e inversion Para ello cuentan con el apoyo tecnico del CENEPRED y de las instituciones competentes

114 En los casos de peligro inminente establecen los mecanismos necesarios de preparacion para la atencion ala emergencia con el apoyo deIINDECI

115 Prlorizan dentro de su estrategia financiera para la Gestion del Riesgo de Desastres los aspectos de peligro inminente que permitan proteger a la poblaclon de desastres con alta probabilidad de ocurrencia proteger las inversiones y evitar los gastos por impactos recurrentes previsibles

116 Generan informacion sobre peligros vulnerabilidades y riesgo de acuerdo a los Iineamientos emitidos por el ente rector del SINAGERD la cual sera

sistematizada e integrada para la gesti6n prospectiva y correctiva

117 Los Presidentes Regionales y los Alcaldes constituyen y presiden los grupos de trabajo de la Gesti6n del Riesgo de Desastres como espacios intemos de articulaci6n para la formulaci6n de normas y planes evaluaci6n y organizaci6n de los procesos de Gesti6n del Riesgo de Desastres en el ambito de su competencia Estos grupos coordinaran y artieularan la gesti6n prospectiva correctiva y reactiva en el marco del SINAGERD Los grupos de trabajo estaren integrados por los responsables de los 6rganos y unidades organicas competentes de sus respectivos gobiemos

118 Los 6rganos y unidades organicas de los Gobiemos Regionales y Locales deberan incorporar e implementar en su gesti6n los procesos de estimaclon prevenci6n reducci6n de nesgo reconstrucci6n preparacion respuesta y rehabilitaclcn transversalmente en el ambito de sus funciones

119 Los Gobiemos Regionales operan los Almacenes Regionales de Bienes de Ayuda Humanitaria y los Gobiemos Locales en convenio con los Gobiemos Regionales operan los Almacenes Locales o Adelantados

1110 De conformidad con 10 establecido por et articulo 61 de la Ley Organica de Gobiemos Regionales los gobiemos regionales son responsables de

a Formular aprobar ejecutar evaluar dirigir controlar y administrar las politicas en materia de Defensa Civil en concordancia con la Politica Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres y los planes sectoriales y locales correspondientes

b Dirigir el Sistema Regional de Defensa Civil EI Ente Rector establecera los Iineamientos de funcionamiento de estos Sistemas Regionales asegurando la aplicacion integral del enfoque de gestiorr del riesgo de desastres _

c Organizar y ejecutar acciones de prevencien de desastres y brindar ayuda directa e inmediata a los damnificados y la rehabilitaci6n de las poblaciones afectadas Las acciones de prevencion de desastres seran coordinadas a traves de los grupos de trabajo para la gestion del riesgo de desastres y las funciones de brindar ayuda directa e inmediata de los damnificados y la rehabilitaci6n de las poblaciones afectadas seren asumidas a traves de los mecanismos de preparacion respuesta y rehabilitaci6n determinados

1111 Los Sistemas Regionales de Defensa Civil tienen la siguiente estructura

a Los Gobiemos Regionales y los Grupos de Trabajo aludidos por el numeral 162 del articulo 16 de la Ley N~ 29664

b Los Gobiemos Locales y los Grupos de Trabajo aludidos por el numeral 162 del artIculo 16 de la Ley Ndeg 29664 -

c Los Centros de Operaciones de Emergencia Regional (COER) y los Centros de Operaciones deshyEmergencia Local (COEL)

d Las Plataformas de Defensa Civil regionales y_ locales

Articulo 12deg_ Centro Nacional de Planeamientamiddot Estrategico (CEPLAN)

121 En las metodologias e instrumentos tecnicosshyde la planificacion estrateqica del desarrollo nacional elmiddot CEPLAN incluye la Gestion del Riesgo de Desastres shy

122 En el proceso de formulaci6n de los planes estrateqicos nacionales sectoriales institucionales y subnacionales asi como en la ejecucion de los programas y proyectos priorizados en esos arnbltos el CEPLAN promueve el fortalecimiento de capacidades para el planeamiento estrateqicc mediante la cooperacion y acuerdos entre los sectores publico y privado considerando las polfticas en Gestion del Riesgo de Desastres

Articulo 13deg_Entidades publicas Las entidades publicae cumplen las siguientes

funciones en adicion a las establecidas en el articulo 16deg de la Ley Ndeg 29664 Ley que crea el Sistema Nacional de Gesti6n de Riesgo de Desastres - SINAGERD

01

EJPerulrlO443210 j NORMAS LEGALES Uma jueves 26demayo de2011

131 Sobre la base de Ia estimaclon de ries~o en coordlnacien con CENEPRED las entldades publicas generan normas e instrumentos de apoyo para que los gobiernos regionales y locales utilicen los resultados de la estimacion de riesgo a escala nacional en sus procesos respectivos de analisis planificaciony gestion

132 Las entidades publicas identiflcan y priorizan el riesgo en la infraestructura y los procesos econemlcos sociales y ambientales en su ambito de atrlbuciones y establecen un plan de gestion correctiva tomando en conslderaclen los Iineamientos establecidos por el CENEPRED

133 Los 6rganos y unidadesorganicas de los sectores y entidades del Gobierno Nacional deberan incorporar e implementar en su gestion los procesos de estimaclen prevenclon reduccien de riesgo reconsnucclen preparaci6n respuesta y rehabilitacion transversalmente en el ambito de sus funciones

134 Los Titulares de las entidades y sectores del Gobierno Nacional constituyen y presiden los Grupos de Trabajo de la Gestion del Riesgo de Desastres como espacios internos de artioolacion para la formulacion cIe normas y planes evaluaci6n y organizacion de los procesos de Gesti6n del Riesgo de Desastres en el ambito de su competencia Estos grupos coordinaran y artlcularan la gestion prospectiva correctiva y reactiva en el marco del SINAGERD los grupos de trabajo estaran integrados por los responsablesde los organos y unidades organicas competentes

135 Ensituaciones de desastre las entidades pUblicas participan en los procesos de evaluacion de daftos y analisls de necesidades segun los procesos establecidos por ellNDECI y bajo la coordinacion de los Centros de Operaciones de Emergencia establecen los mecanismos necesarios para una rehabilitacion rapida eficiente y articulada En desastres de lJran magnitud evaluan su respectiva capacidad financlera para la atencion del desastre y la fase de reconstrucci6nposterior en el marco de las disposiciones legales vigentes Este proceso sera coordinadocon el CENEPREDy el Ministerio de Economla y Finanzas

Articulo 14deg_ Artlculaci6n entre las distlntas entidades

En el marco de sus respectivas competencias y responsabilidades vinculadas al SINAGERD los Ministros los Presidentes de Gobiemos Regionales y los Alcaldes aseguran el desarrollode adecuados canales de comunicaci6n y construyen las herramientas de gestion necesarias a efecto que los Iineamientos de polltica sectorial y las aceiones operativas en materia de Gestion de Riesgo de Desastres segun corresponda guarden armonia y se ejecuten oportuna y coherentemente en la gesti6n del SINAGERD Para dicho fin materializaran sus responsabilidades y competencias en tareas 0 actividades en los respectivos Planes Sectoriales

Regionales y Locales de Operaciones 0 de Contingencia ltsegun corresponda

Articulo 15deg_Fuerzas Annadas y Policla Nacional del Peru

151 EI Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de pesastres (SINAGERD) coordina con el Sistema de -Seguridad y Defensa Nacional segun corresponda en el ambito de sus eompetencias a traves del INDECI Corresponde al ente rector establecer los mecanismos de coordinacion ~ 152 Las Fuerzas Armadas y la Policia Nacional del Peru participan en la Gestion del Riesgo de Desastres en 10 referente a la preparacion y respuesta ante situaciones de desastre de acuerdo a sus competencias y en coordinacion y apoyo a las autoridades competentes conforme a las normas del SINAGERD EI Ministerio de Defensa establece la mision organizacion y funciones de las FuerzasArmadas para la atenci6n de las emergencias originadas por desastres de acuerdo a los Iineamientos establecidos por el Ente Rector especificando ademas las fuentes para su financiamiento

153 Las Fuerzas Armadas y la Policla Nacional del Peru participan de oficio en la atencion de situaciones de emergencia que requieran acciones inmediatas de respuesta realizando las tareas de urgente necesidad que les compete de acuerdo a los Iineamientos establecidos por el Ente Rector

Articulo 16deg_Entldades Privadas y Sociedad Civil Las entidades privadas y las organizaciones sociales

cuyas actividades se vinculan con los procesos de la Gestlon del Riesgo de Desastres brindan asesoramiento y apoyo al ente rector a los gobiemos regionales y locales y demas entidades que conforman el SINAGERD en el marco de convenios planes nacionales y regionales 0 protocolos para la gestion del riesgo de desastres

I CAPiTULO II

GRUPOS DE TRABAJO Y PLATAFORMAS DE DEFENSA CIVil

Articulo 17deg_ Mecanlsmo de constltucl6n y funclonamlento de grupos de trabaJo para la Gestl6n del Rlesgo de Desastres

171 La maxima autoridad ejecutiva de cada entidad publica de nivel Nacional los Presidentes Regionalesy los Alcaldes constituyen y presiden los grupos de trabajo de la Gestion del Riesgo de Desastres para la formulacion de normas y planes evaluacion orqanlzacion supervision fiscalizacion y ejecucion de los procesos de Gestion del Riesgo de Desastres en el ambito de su competencia Esta funcion es indelegable

172 Los grupos de trabajo estan integrados por funcionarios de los niveles directivos superiores de cada entidad publica 0 gobiemo subnaclonal

Articulo 18deg_ Funclonamiento de los grupos de trabaJo para la articulaci6n y coordlnacl6n del SINAGERD

181 Coordinan y articulan la gestion prospectiva correctiva y reactiva en el marco del SINAGERD

182 Promueven la participaclen e integraci6n de esfuerzos de las entidades publicas el sector privado y la cludadanla en general para la efectiva operatividad de los procesos del SINAGERD

183 Artiooan la Gestion del Riesgo de Desastres dentro de los mecanismos institucionales

184 Coordinan la articulacion de sus decisiones en el marco de la integracion y armomzacien de la Polltica Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres con otras politicas transversales de desarrollo

185 Articulan la gestion reactiva a traVElS de

a EI Sistema Regional de Defensa Civil b Los Centros de Operaciones de Emergencia

Regional (COER) y los Centros de Operaciones de Emergericia Local (COEL)

c Las Plataformas de Defensa Civil regionales y locales

186 Coordinan los procesos de preparacien respuesta y rehabilitacion del SINAGERD con el Sistema de Seguridad y Defensa Nacional

Articulo 19deg_Las Platafonnas de Defensa Civil

191 Las Plataformas de Defensa Civil son espacios permanentesde participacioncoordinaci6n convergencia de esfuerzos e integracion de propuestas que se constituyen en elementos de apoyo para la preparacion respuesta y rehabilitacion

192 Las Plataformas de Defensa Civil funcionan en los ambitos jurisdiccionales regionales y locales

193 EI Presidente del Gobiemo Regional y el Alcalde respectivamente constituyen presiden y convocan las Plataformas

194 Esobligatoria laparticipaci6nde lasorganizaciones sociaes a traves de sus representantes

195 Las organizaciones humanitarias vinculadas a la gestion del riesgo de desastres apoyan y participan en las Plataformas de Defensa Civil

Articulo 20deg_ Funclones de las Platafonnas de Defensa Civil

201 Formulan propuestas para la ejecucion de los procesos de preparacion respuesta y rehabilitacion con el objetivo de integrar capacidades y acciones detodos los actores de la sociedad en su ambito de competencias

-

B Peruano Uma jueves 26demayo de2011 WNORMAS LEGALES 443211

202 Convocan a todas las entidades pnvadas y a las organizaciones sociales promoviendo su participaclon en estncta observancia del principio de partlclpacion y de los derechos y obligaciones que la Ley reconoce a estos actores

203 Proponen normas relativas a los procesos de preparaci6n repuesta y rehabilitaci6n en su respectiva jurisdiccion

TITULO III

POLTICA NACIONAL DE GESTI6N DEL RIESGO DE DESASTRES

Articulo 21deg- La Politica Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres

211 Es responsabilidad prioritariadel Estadola protecci6n de la vida e integridad de las personas como valores constitucionales superiores La Polltica Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres de obligatorio cumplimiento es aprobadaporel PoderEjecutivoatravesde DecretoSupremo con el voto aprobatoriodel Consejo Ministros

212 Las politicas pUblicas y normas en materia de Gesti6n del Riesgo de Desastres de caracter sectorial regional y loeal se diseilan y apliean en concordancia con 10 establecido en la Politica Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres

213 EI articulo 5deg de la Ley Ndeg 29664 establece los lineamientos de la Politica Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres Todos los procesos de formulacion de contenidos estaran sujetos a dichos Iineamientos

214 Asimismo constituyen instrumentos de la Politica Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres

a Los Programas Presupuestales Estrategicos vinculados a la Gestion del Riesgo de Desastres y otros Programas en el marco del enfoque del Presupuesto por Resultados

b EI Plan Nacional de Operaciones de Emergencia c Los Planes Sectoriales Regionales Municipales y

Distritales de Gesti6n del Riesgo de Desastres d Planes de Desarrollo e Planes de Prevenci6n y Reducci6n del Riesgo f) Meeanismos de programaci6n formulacion y

ejecuci6n presupuestal y de protecci6n financiera g Instrumentos de politica estrategia y planificaci6n

relacionados con el ordenamiento territorial el desarrollo urbane protecci6n del ambiente cambio climatico la educaci6n y comunicaci6n

h Mecanismos de supervisi6n evaluaci6n control sanci6n

215 EI ente rector establece el proceso y los mecanismos para la formulaci6n y aprobaci6n de la Politica Nacional que garantice las condiciones de interinstitucionalidad sinergia descentralizaci6n transversalidad y participaci6n De igual forma identlficara el mecanisme de informacion transparencia y difusi6n

TITULO IV

PROCESOS DE LA GESTI6N DEL RIESGO DE DESASTRES

Articulo 22deg_ Implementaci6n de la Politica Nacional de Gesti6n del Rlesgo de Desastres

La implementaci6n de la Politica Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres se logra mediante el planeamiento organizaci6n direcci6n y control de las actividades y acciones relacionadas con los procesos y sus respectivos subprocesos segun los articulos siguientes

Articulo 23deg_Estimacion del Riesgo EI proceso de Estimacien del Riesgo comprende las

acciones y procedimientos que se realizan para generar el conocimiento de los peligros 0 amenazas analizar la vulnerabilidad y establecer los niveles de riesgo que permitan la toma de decisiones en la Gestion del Riesgo de Desastres

Articulo 24deg_ Los Subprocesos de la Estimacion del Riesgo

Son Subprocesos de la Estimaci6n del Riesgo los siguientes

241 Normatividad y Iineamientos Desarrollarlas normas Iineamientos y herramientas tecnicas apropiadas para la generaci6ny difusi6ndel conocimiento delpeligroanalisisde wlnerabilidades y el establecimiento de los nivelesde riesgo de desastres para su aplicaci6n en los demas procesOs constitutivos de la Gesti6ndel Riesgode Desastres

242 Participaci6n social Desarrollar mecanlsmos para la participaci6n de la poblaci6n las entidades privadasy las entidades publicas en la identificaci6n de los peligros y de las vulnerabilidades

243 Generaci6n del conocimiento de peligros 0 amenazas Identificar conocer caracterizar y monitorear los peligros para establecer su area de influencia con el prop6sito de analizar las vulnerabilidades y establecer las medidas preventivas y correctivas del riesgo

244 Analisis de vulnerabilidad En las areas con exposici6n analizar los factores de la vulnerabilidad en el ambito de competencias territoriales 0 sectoriales

245 Valoraci6n y escenarios de riesgo Establecer los niveles del riesgo a partir de la valoraci6n y cuantificaci6n de la vulnerabilidad y del desarrollo de escenarios de riesgo que permitan la toma de decisiones en el proceso Gesti6n del Riesgo de Desastres y del desarrollo sostenible

246 Difusi6n Acopiar y difundir el conocimiento sobre el riesgo de desastres

Articulo 25deg- Prevencion del Riesgo EI proceso de Prevenci6n del Riesgo comprende las

acciones que se orientan a evitar la generaci6n de nuevos riesgos en la sociedad en el contexte de la gesti6n del desarrollo sostenible

Articulo 26deg_ Los Subprocesos de la Prevencion del Riesgo

Son Subprocesos de la Prevenci6n del Riesgo leiS siguientes

261 Normatividad y lineamientos DesarroJlar las normas Iineamientos y herramientas tecnicas apropiadas para evitar la generaci6n de nuevo riesgo en el territorio a traves de su consideraci6n en politicas planes de desarrollo a nivel territorial y sectorial incluyendo c6digos de urbanismo y de construcci6n

262 Planificaci6n preventiva Formular planes de desarrollo territoriales y sectoriales que consideren la no generaci6n de nuevos riesgos

263 Participaci6n social Desarrollar meeanismos para Ia participaci6n de la poblaci6n las entidades privadas y las entidades publicas en el establecimiento de metas de prevenci6n de riesgos y en la formulaci6n de los planes de desarrollo territoriales y sectoriales 264 Indicadores de prevenci6n Con base en la

informaci6n sobre la estimaci6n del riesgo establecsr metas e indicadores para la prevenci6n en el territorio

265 Financiaci6n de la prevenci6n Gestionar 106 recursos financieros para la implementaci6n de los planes formulados

266 Implementaci6n de la prevenci6n a traves de la Planificaci6nterritorialy sectorialAplicar las consideraciones de prevenci6n de riesgos a traves de la implementaci6n de los planes de desarrollo territorialesy sectoriales

267 Implementaci6n de la prevencion a traves de las normas de urbanismo y construcci6n Apliear las consideraciones de prevenci6n de riesgos a traves de los c6digos y reglamentos de urbanismo y construcci6n en el territorio shy

268 Control y evaluaci6n Controlar y monitorear el logro de los objetivos en materia de prevenci6n de nuevm riesgos en el territorio y retroalimentar el proceso

Articulo 27deg_Reducci6n del Riesgo EI proceso de Reducci6n del Riesgo comprende las

acciones que se realizan para reducir las vulnerabilidades y riesgos existentes en el contexto de la gestion del desarrollo sostenible

Articulo 28deg_ Los Subprocesos de la Reducci6n del Riesgo

Son Subprocesos de la Reducci6n del Riesgo los siguientes

281 Normatividad y Lineamientos Desarrollar las normas lineamientos y herramientas tecnicas apropiadas para reducir el riesgo existente en el territorio

BPenJano443212 WNORMAS LEGALES UmaJ- 26de mayo de 2011

282 Diagn6stico e intervenci6n Analizar la situaci6n de los elementos socioecon6micos expuestos en las areas en donde se ha establecido niveles de riesgo con fines de implementar acciones de reducci6n de vulnerabilidad

283 Participaci6n social Determinar los mecanismos de participaci6n de la sociedad civil para establecer las metas de reducci6n del riesgo de desastres

284 Evaluaci6n de programas y proyectos Analizar y evaluar con un enfoque de participaci6n las diferentes altemativas de programas y proyectos que se orienten a la reducci6n del riesgo de desastres

-285 Informaci6n y seguimiento Informar peri6dicamente sobre el desarrollo de las acciones de reducci6n de riesgos fomentando la participaci6n social

286 Planificaci6n participativa Planificar participativamente las acciones concertadas a traves de proyectos de inversi6n publica 0 privada que incluyan reduccion del riesgo de desastres

287 Planificaci6n integral armonizada y transversal Armonizar e incorporar los proyectos de reducci6n del riesgo de desastres en el esquema de planes de desarrollo local procurando la generaci6n de proyectos integrales de desarrollo que consideren la reducci6n del riesgo de desastres

288 Gesti6n de recursos Gestionar los recursos para ta implementaci6n de los proyectos de desarrollo en los que se integra la reducci6n del riesgo de desastres

289 Implementaci6n de la reducci6n del riesgo Ejecutar programas y proyectos de reducclen del riesgo de desastres

2810 Seguimiento y evaluaci6n Monitorear el logro de los objetivos en materia de reducci6n de riesgos en el territorio y retroalimentar el proceso

Articulo 29deg- Preparaci6n La Preparaci6n esta constituida por el conjunto de

acciones de planeamiento de desarrollo de capacidades organizaci6n de la sociedad operaci6n eficiente de las instituciones regionales y locales encargadasde la atenci6n y socorro establecimiento y operaci6n de la red nacional de alerta temprana y de gesti6n de recursos entre otros para anticiparse y responder en forma eficiente y eficaz en caso de desastre 0 situacion de peligro inminente a fin de procurar una optima respuesta en todos los niveles de gobiemo y de la sociedad

Articulo 30deg_Subprocesos de la Preparaci6n Son SUbprocesos de la Preparaci6n los siguientes

301 Informaci6n sobre escenarios de riesgo de desastres Desarrollar un proceso sistematico estandarizado y continuo para recopilar informaci6n existente sobre la tendencia de los riesgos asl como las estadlsticas de dafios producidos por emergencias pasadas a fin de actuar oportunamente en caso de desastre 0 situaci6n de peligro inminente

302 Planeamiento Formular y actualizar permanentemente en concordancia con el Plan Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres el planeamiento de la Preparacien la Respuesta y la Rehabilltacion en los diferentes niveles de gobiemo

303 Desarrollo de capacidades para la Respuesta Promover el desarrollo y fortalecimiento de capacidades humanas organizacionales tecnicas y de investigaci6n en los tres niveles de gobierno entidades privadas y la poblaci6n asi como equipamiento para una respuesta eficiente y eficaz en situaci6n de emergencias y desastre

304 Gesti6n de Recursos para la Respuesta Fortalecer en el ambito nacional regional y local la gesti6n de recursos tanto de infraestructura como de ayuda humanitaria obtenidos mediante fondos publlcos de la movilizaci6n nacional y de la cooperacion intemacional

305 Monitoreo y Alerta Temprana La alerta temprana es parte de los procesos de preparaci6n y de respuesta Para la preparaci6n consiste en recibir informaci6n analizar y actuar organizadamente sobre la base de sistemas de vigilancia y monitoreo de peligros y en establecer y desarrollar las acciones y capacidades locales para actuar con autonomla y resiliencia

306 Informacion Publica y Sensibilizacion Desarrollar y fortalecer medios de comunicaci6n y difusion - en los ambitos Nacional Regional y Local - para que las autoridades y la poblaci6n conozcan los riesgos existentes y las medidas adecuadas para una respuesta optima

Articulo 31deg- Respuesta La Respuesta como parte int~rante de la Gestl6n

del Riesgo de Desastres esta constituida por el conjunto de acciones y actividades gue se ejecutan ante una emergencia 0 desastre lnmedlatamente de ocurrido lIste asl como ante la inminencia del mismo

Articulo 32- Subprocesos de la Respyesta Son Subprocesos de la Respuesta los siguientes

321 conduecicn y coordinaci6n de la atenci6n de la emergencia 0 desastre Actividades transversales orientadas a conducir y coordinar la atenci6n de la emergencia y desastres en los diferentes niveles de gobiemo para generar las decisiones que se transforman en acciones de autoayuda primera respuesta y asistencia humanitaria con base en informaci6n oportuna

322Analisis Operacional Es el conjunto de acciones que permite identificar dalios analizar necesidades y asegurar una oportuna intervenci6n para satisfacer con recursos a la poblaci6n afectada contando para ello con procedimientos pre-establecidos en funci6n a los medios disponibles en los ambitos local regional y nacional

323 Busqueda y Salvamento Salvaguardar vidas controlar eventos secundarios como incendios explosiones y fugas entre otros proteger los bienes y mantener la seguridad publica en los ambltos marltimo aereo y terrestre

324 Salud Brindar la atenci6n de salud en situaciones de emergencias y desastres a las personas afeetadas asl como cubrir necesidades de salud publica

325 Comunicaciones Actividades orientadas a asegurar la disponibilidad y el funcionamiento de los medios de comunicaci6n que permitan la adecuada coordinacion entre los actores del SINAGERD ante la ocurrencia de una emergencia 0 desastre

326 Loglstica en la Respuesta Abastecimiento de suministros adecuados y en cantidades requeridas asi como equipos y personal especializado en los lugares y momentos en que se necesitan para la atenci6n de la emergencia

327 Asistencia Humanitaria Desarrollar y coordinar las acciones relacionadas con la atenci6n que requieren las personas afeetadas por la ocurrencia de una emergencia o desastre en especial 10 relacionado con brindar techo abrigo alimento enseres y herramientas asi como la protecci6n a grupos vulnerables

328 Movilizacion Disponer y emplear recursos y bienes del potencial nacional en concordancia con la Ley Ndeg 28101 Ley de Movilizacion Nacional

Articulo 33deg- Rehabilitaci6n EI proceso de Rehabilitacien es el conjunto de

acetonesconducentes al restablecimiento de los servicios publicos basicos indispensables e inicio de la reparaci6n del dalio fisico ambiental social y econ6mico en la zona afectada por una emergencia 0 desastre Se constituye en el puente entre el proceso de respuesta y el proceso de reconstrucclen

Articulo 34deg- Subprocesos de la Rehabllltaci6n Son Subprocesos de la Rehabilitaci6n los siguientes

341 Restablecimiento de servicios publlcos baslcos e infraestructura Acciones orientadas a restablecer los servicios pUblicos basicos as como la infraestructura que permita a la poblaci6n volver a sus actividades habituales

342 Normalizaclon progresiva de los medios de vida Acciones que permitan normalizar las actividades socioshyeconomlcas en la zona afectada por el desastre mediante la participaci6n coordinada de los tres niveles de gobiemo lncorporando al sector privado y a la poblaclen

343 Continuidad de servicios Para asegurar la continuidad de los servicios publicos baslcos indispensables lasempresasdel Estado losoperadoresde concesiones publicas y los organismos reguladores frente a situaciones de Preparacien Respuesta y Rehabilitaci6n ante desastres formulan evaluan y ejecutan sus planes de contingencia y demas instrumentos de gestion en el marco del Plan Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres manteniendo comunicaci6n y coordinaci6n permanente con la autoridad regional 0 local segun corresponda

--t -I

EIPruano Uma Jueves 26demayo de2011 if NORMAS LEGALES 443213

344 Participaci6n del sector privado Los Gobiemos Regionales y los Gobiemos Locales coordinarim la participaci6n de las empresas del Estado los operadores de concesiones publicas y los organismos reguladores en los procesos de Preparaci6n Respuesta y Rehabilitaci6n en su ambito jurisdiccional

Articulo 35deg- Reconstruccl6n EI Proceso de Reconstrucci6n comprende las acciones

que se realizan para establecer condiciones sostenibles de desarrollo en las areas afectadas reduciendo el riesgo anterior al desastre y asegurando la recuperaci6n flsica y social asl como la reactivaci6n econ6mica de las comunidades afectadas Sus subprocesos principales son

Articulo 36deg_Subprocesos de la Reconstrucci6n Son Subprocesos de la Reconstrucci6n los

siguientes

361 Definici6n del esquema institucional Definir el esquema institucional de gesti6n y de coordinaci6n requerido para la reconstrucci6n con base en los Iineamientos definidos en la Polltica Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres

362 Definici6n de alcances Definir alcances del proceso de reconstrucci6n y establecer canales permanentes de comunicaci6n con las personas afectadas y la comunidad en general

363 Disefio de mecanismos tecnicos y legales Disefiar y formular los mecanismos tecnicos y legales para el proceso de reconstrucci6n que sean requeridos incluyendo la revisi6n de Planes de Desarrollo y de Ordenamiento Territorial

364 Evaluaci6n de impacto Realizar la evaluaci6n del impacto socioecon6mico en el escenario de desastre identificando presiones dinamicas y causas de fondo

365 Desarrollo de informaci6n Desarrollar la informaci6n necesaria para fines de reconstrucci6n incluyendo opciones de reubicaci6n de poblaci6n y anallsls socioecon6micos de las comunidades afectadas

366 Priorizaci6n de intervenciones Priorizar acciones de reconstrucci6n de manera integral incluyendo la recuperaci6n social y la reactivaci6n econ6mica y de forma participativa con los beneficiarios

367 Planificaci6n participativa Formular participativamente el plan integral de reconstrucci6n que no reproduce los riesgos preexistentes definiendo el alcance estrategias de implementaci6n actividades

y responsabilidades presupuestos e indicadores de seguimiento y evaluaci6n

368lnventario de infraestructura danada y priorizaci6n Disenar el procedimiento asi como las herramientas de inventario de la infraestructura publica dariada sobre la cual se procedera a priorizar y programar los proyectos de inversi6n publica para su reconstrucci6n Se debe tener en cuenta la programaci6n de la disponibilidad de recursos presupuestales as como las Unidades Ejecutoras competentes del nivel nacional y subnacional

369 Informaci6n publica Gestionar informaci6n sensibilizar socializar y divulgar los avances del proceso ante la poblaci6n afectada y la comunidad en general

3610 Seguimiento y evaluaci6n Monitorear y evaluar la ejecuci6n de los proyectos verificando que no se regeneren las condiciones inseguras previas al impacto

TiTULO V

INSTRUMENTOS DEL SISTEMA NACIONAl

CAPiTULO I

PLAN NACIONAL DE GESTION DEL RIESGO DE DESASTRES

Articulo 37deg- Definici6n y Objeto

371 EI Plan Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres tiene por objeto establecer las Iineas estrategicas los objetivos y las acciones de caracter plurianual necesarios para concretar 10 establecido en la Ley y la Politica Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres

372 En el disefio del Plan Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres se consideran los programas presupuestales estrategicos y otros programas que forman parte de la Estrategia Financiera para la Gesti6n

del Riesgo de Desastres en el marco del presupuesto por resultado ~

373 EI Plan Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres se articula con los instrumentos de planificaci6n sectorial regional y local Es aprobado por el Poder Ejecutivo mediante Decreto Supremo

Articulo 38deg- Estructura y contenldos I

381 La estructura del Plan Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres estara sustentada en los siguientes procesos

a Estimaci6n del Riesgo b Prevenci6n del Riesgo c Reducci6n del Riesgo d Preparaci6n e Respuesta f Rehabilitaci6n g Reconstrucci6n

382 En el proceso de elaboraci6n del Plan Nacionar de Gesti6n del Riesgo de Desastres se estableceran los indicadores de desempeiio e impacto que serviran de base al mecanismo de seguimiento y evaluaci6n

Articulo 39deg- De los planes especlficos po proceso

391 En concordancia con el Plan Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres las entidades publicas en todcs los niveles de gobiemo formulan aprueban y ejecutan entre otros los siguientes Planes

a Planes de prevenci6n y reducci6n de riesgo deshydesastres

b Planes de preparaci6n c Planes de operaciones de emergencia d Planes de educaci6n comunitaria e Planes de rehabilitaci6n f Planes de contingencia

392 La autoridad correspondiente convocara a las entidades privadas y a la sociedad para el desarrollo de estos instrumentos de planificaci6n

Articulo 40deg- Mecanismos de coordinaci6n participaci6n evaluaci6n y seguimiento

401 EI ente rector promueve la coordinaci6n y articulaci6n con entidades de la sociedad y el sector privado

402 EI ente rector desarrolla el proceso de articulaci6n de todos los elementos constitutivos del Plan Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres

403 EI ente rector establece los mecanismos de evaluaci6n y seguimiento del plan asi como los mecanismos de comunicaci6n y difusi6n

404 CENEPRED establece los Iineamientos y los procesos deforrnulaci6n y particijlaci6nrelativosaestimaci6n prevenci6n reducci6n del riesgo y reconstrucci6n

405 INDECI establece los Iineamientos y los procesos de formulaci6n y participaci6n relativos a la preparaci6n respuesta y rehabilitaci6n

406 CEPLAN identifica loselementosdela planificacion estrategica del desarrollo nacional que deben ser incluidos en el Plan Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres Asimismo establece los compromisos procesos y acciones necesarias para asegurar la implementaci6n de los elementos del Plan Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres dentro de los Programas Estrategicos para el Desarrollo Nacional

407 EI MEF propene los elementos de la Estrategia Financiera para su integraci6n en el Plan Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres de manera que queden adecuadamente vinculados y articulados

CAPiTULO II

ESTRATEGIA DE GESTION FINANCIERA DEL RIESGO DE DESASTRES

Articulo 41deg_ Definici6n

411 Es el conjunto de acciones establecidas para asegurar una adecuada capacidad financiera en los

t-~-

BPerull10

443214 WNORMAS LEGALES Uma jUeves 26de mayo de 2011

~ procesos de la Gesti6n del Riesgo de Desastres asi como il tma mejor cobertura de los riesgos fiscales derivados de

la ocurrencia de desastres r 412 En el diseiio de la Estrategia de Gesti6n Financiera se consideran los programas presupuestales estrategicos vinculados a la Gesti6n del Riesgo de Desastres y otros programas que estuvieran relacionados con el objetivo del plan en el marco del presupuesto por resultados

413 En situaciones de desastres de gran magnitud el ente rector en coordinaci6n con el Ministerio de Economla y Finanzas propone al Consejo Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres el esquema institucional y financiero de reconstrucci6n sobre la base de un tInalisis de vulnerabilidades darios y necesidades Este esquema tiene presente las competencias de los gobiemos regionales y gobiemos locales la existencia de capacidades en la sociedad organizada y el principio de subsidiariedad segun 10 establecido en la Ley - 414 Los gobiemos regionales y locales priorizan la asignaci6n de recursos en la formulaci6n del presupuesto de cada ejercicio fiscal para brindar ayuda directa e inmediata a las personas damnificadas y afectadas para ejecutar las acciones que recuperen rapidamente el servicio basico perdido y la rehabilitaci6n de la infraestructura publica dafiada Asimismo cubnran el reabastecimiento de los almacenes de ayuda humanitaria que administran segun sus arnbitos de competencia a 415 Las entidades publicae priorizan la asignaci6n de ~cursos presupuestales para el desarrollo de los procesos de la Gesti6n del Riesgo de Desastre preferentemente en 10 referido a la atenci6n de emergencias y el proceso de reconstrucci6n ~I 416 En concordancia con el principio de subsidiariedad cuando la emergencia supere la capacidad de respuesta de los gobiemos regionales y locales el Ministerio de Economia y Finanzas en coordinaci6n con el ente rector del SINAGERD establece los mecanismos para transferir oportunamente recursos con cargo a la Reserva de Contingencia a fin de facilitar la ejecuci6n de los procesos de la gesti6n reactiva

417 Los Recursos de la Reserva de Contingencia PBra la Gesti6n del Riesgo de Desastres seran asignados preferentemente para brindar una respuesta oportuna ante desastres de gran magnitud que permitan mitigar los efectos dafiinos por el inminente impacto de un fen6meno natural 0 antr6pico declarado por el organismo publico competente y rehabilitar la infraestructura publica dafiada

Articulo 42deg_Componentes

421 La estrategia de gesti6n financiera se organiza por procesos y considera los programas presupuestales lIinculados asi como otras herramientas financieras que estuvieran relacionadas con la Gesti6n del Riesgo de Desastres

422 Los procesos considerados son los siguientes

a Estimaci6n Prevenci6n y Reducci6n del Riesgo Mecanismos financieros presupuestales y de incentivos que fomenten el desarrollo de los procesos de estimaci6n prevenci6n y reducci6n del riesgo como la eontratacion de deuda el Programa Estrategico con el enfoque de Presupuesto por Resultados y Programas de Transferencias Condicionadas e Incentivos y fondos concursables b Preparaci6n Respuesta y Rehabilitaci6n En aumplimiento del principio de subsidiariedad los mecanismos para responder el impacto de desastres deben tomar en cuenta el siguiente orden de prelaci6n

1 Los recursos de los mismos pliegos presupuestales de las entidades publlcas

2 Los recursos de la Reserva de Contingencia 3 Los recursos del Fondo de Estabilizaci6n Fiscal

- 4 Las Iineas de credlto contingente

c Reconstrucci6n instrumentos de protecci6n financiera y transferencia de riesgo de bienes y servicios publlcos Asimismo se promovera la creaci6n y regulaci6n del mercado de transferencia de riesgo de desastres en bienes y servicios privados

423 Las entidades publicas de todos los niveles de gobiemo evaluan su respectiva capacidad financiera y

presupuestaria para la atenci6n de los dafios producidos por desastres y la fase de reconstruccien posterior en el marco de las disposiciones legales vigentes EI Ministerio de Economla y Finanzas evalua e identifica mecanismos que sean adecuados y costo-eficientes con el objeto de contar con la capacidad financiera complementaria para tal fin

CAPiTULO III

MECANISMOS DE COORDINACION DECISIONl COMUNICACION Y GESTION DE LA INFORMACluN

EN SITUACIONES DE IMPACTO DE DESASTRES

Articulo 43deg_ Niveles de emergencia y capacldad de respuesta

431 La tipificaci6n de la atenci6n de emergencias por medio de niveles permite identificar la capacidad de respuesta para atender las emergencias y desastres

432 La atenci6n de emergencias y dafios por desastres se c1asificanen 5 niveles de la siguiente manera

a Niveles 1 2 Y 3 Alcance Local y Regional Comprende aquellas situaciones que son atendidas directamente por los Gobiemos Locales 0 el Gobiemo Regional con sus propios recursos disponibles

b Nivel 4 Intervenci6n del Gobiemo Nacional Comprende aquellos niveles de impacto de desastres que superan la capacidad de respuesta regional y sustentan la Declaratoria de Estado de Emergencia En este caso interviene el Gobiemo Nacional con los recursos nacionales disponibles y la coordinaci6n del INDECI

c Nivel 5 De Gran Magnitud Comprende aquellos niveles impactos de desastres cuya magnitud 0 circunstancias afecten la vida de la Naci6n y supere 0 pueda superar la capacidad de respuesta del pais y sustentan la Declaratoria de Estado de Emergencia Nacional lnterviene el Gobiemo Nacional con los recursos nacionales disponibles y de ser necesario con el apoyo de la ayuda intemacional En este caso ellNDECI coordina y conduce las operaciones de Respuesta y Rehabilitaci6n

433 La metodologia de c1asificaci6n de los niveles de emergencia estara detallada en el Plan Nacional de Operaciones

Articulo 44deg_ Red Nacional de Alerta Temprana

441 INDECI establece la Red Nacional de Alerta Temprana sobre la base de la participaci6n de las entidades tecnico cientrficas y de las universidades

442 La Red Nacional de Alerta Temprana integrara al menos los siguientes componentes

a Conocimiento y vigilancia permanente y en tiempo real de las amenazas

b Servicio de seguimiento y alerta c Difusi6n y comunicaci6n d Capacidad de respuesta

443 EI diseiio de la Red Nacional de Alerta Temprana debe contemplar los siguientes aspectos

a Gobemabilidad y arreglos institucionales eficaces b Enfoque de amenazas multiples c Participaci6n de las comunidades locales d Consideraci6n de la diversidad cultural

Articulo 45deg- Servicio de Alerta Permanente

451 Mecanismo de caracter permanente realizado por el personal de las entidades que conforman el SINAGERD en el ambito de la gesti6n reactiva como condici6n de trabajo con la finalidad de prepararse difundiry desarrollar las acciones tecnlco - administrativas y de coordinaci6n inmediatas y oportunas ante la presencia de un peligro inminente 0 la ocurrencia de un desastre

452 Los Iineamientos generalespara laimplementaci6n y funcionamiento de dicho mecanismo son establecidos por ellNDECI

453 Los Sectores Nacionales los Gobiemos Regionales Municipalidades Provinciales y Distritales y el INDECI respectivamente aseguran su implementaci6n y funcionamiento

E

_ imiddot

EJ Peruano uma juevas 26de mayo de2011 NORMAS LEGALES 44321()

Articulo 46deg_Primera Respuesta

461 Las entidades de primera respuesta son organizaciones especializadas para intervenir en casos de emergencias 0 desastres que desarrollan acciones inmediatas necesarias en las zonas afectadas en coordinaci6n con la autoridad competente en los respectivos niveles de gobiemo segun 10 establecido en la Ley el presente reglamento y los protocolos correspondientes

462 Se consideran entidades de primera respuesta

a FuerzasArmadas b Policia Nacional c Cuerpo General de BomberosVOluntarios del Peru d Sector Salud (Ministerio de Salud Seguro Social

de SaIud - ESSALUD Instituciones Privadas de Salud Sanidad de las FFAAy Sanidad de la PNP)

e Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social f Cruz Roja Peruana g Poblaci6n organizada h Otras entidades publicae y privadas que resutten

necesarias dependiendo de la emergencia 0 desastre

Articulo 47deg- La Asistencia Humanitaria

471 LaAsistencia Humanitariacomprende actividades como instalaci6n de albergues administraci6n de campamentos reubicaci6n temporal en zonas seguras asistencia de salud fisica y mental distribuci6n de bienes de ayuda humanitariay prestaci6n de servicios

472 La Asistencia Humanitaria donada por entidades privadas nacionales asl como la ayuda intemacional es complementariay de apoyo a la responsabilidad primaria del Estado

473 Las donaciones procedentes de colectas publicas convocadas por particulares son autorizadas y supervisadaspor la autoridad regional 0 local competente segun corresponda

474 Los Gobiernos Regionales tienen a su cargo custodiar los bienes de ayuda humanitaria y distribuirlos a los Gobiemos Locales En aplicaci6n del principio de subsidiariedad la entrega de los bienes de ayuda humanitaria se realiza a traves de los Gobiemos Locales de cada jurisdicci6n

475 Es responsabilidad de los Presidentes de los Gobiemos Regionales la implementaci6n de los mecanismos medios y procedimientos emitidos por el ente rector a propuesta del INDECI para garantizar la custodia conservaci6n distribuci6n y supervisi6n de la entrega de dichos bienes a la poblaci6n afectada 0 damnificada

476 Los bienes de Ayuda Humanitaria se emplean unica y exclusivamente para la atenci6n de las personas damnificadas y afectadas por los desastres y las emergencias

477 Las personas que i1egalmente reciban 0 se apropiende los bienesdeAyuda Humanitariason pasibles de sanci6n penal conforme a la Ley de la materia

478 Las donaciones de bienes procedentes del exterior publicae 0 privadas cuando el Gobiemo Nacional efectua la convocatoria de Ayuda Humanitaria Internacional requisren la participaci6n y control de las entidades del SINAGERD asl como del Ministerio de Relaciones Exteriores y la Agencia Peruana de Cooperaci6n Internacional segun corresponda EI INDECI propondra al Ente Rector un instrumento para la solicitud internalizaci6ny manejode laAyuda Humanitaria Internacional

Articulo 48deg- Transparencia y Rendici6n de Cuentas

EIente rector establece las normas y criterios tecnicos para las rendiciones de cuentas de las donaciones administradas por las entidades que conforman el SINAGERD

Articulo 49deg- Acciones ante situacl6n de peligro inminente

491 La situaci6n de peligro inminente debe ser sustentada por el informe tecnico emitido por la entidad publica competente que sera sustento para la declaratoria del estado de emergencia

492 Las accionesa desarrollarsedebenestar dirigidas unicamente a reducir el impacto del probabledesastre par ocurrir y deben tener nexo directo de causalidad entre las intervenciones y el evento a fin de salvaguardar la seguridad de la poblaci6n sus bienes y la infraestructura publica

V

CAPiTULO IV

CENTROS DE OPERACIONES DE EMERGENCIA

Articulo 50deg- Deflnici6n

501 Los Centros de Operaciones de Emergencia r COE - son 6rganos que funcionan de manera continua en el monitoreo de peligros emergencias y desastres aST como en la administraci6ne intercambiode la informaci6n para la oportuna toma de decisiones de las autoridades del Sistema en sus respectivos ambitos jurisdiccionales

502 EI INDECI elaborara una normativa para la coordinaci6n articulada de los COE en todos los niveles de gobiemo y la propondra al ente rector para so aprobaci6n ~

Articulo 51deg_ Mecanismo de constitucion y funcionamiento de Centros Regionales y Locales deOperaclones de Emergencia

511 Los presidentes regionales y alcaldes instituyen los Centros de Operaciones de Emergencia Regional (COER)y los CentrosdeOperacionesdeEmergenciaLocal (COEL) respectivamente segun las normas requisitosry estimdares que sean establecidos por INDECI

512 Los Centros de Operaciones de Emergencia Regional (COER) y los Centros de Operaciones de Emergencia Local (COEL) contaran con un area fisica adecuadapara trabajarsiguiendo los estandaresmlnimos establecidos por INDECI

513 los Centros de Operaciones de Emergencla Regional (COER) y los Centros de Operaciones de Emergencia Local (COEl) estaran conformados por

a EI Presidente Regional 0 el Alcalde respectivamente

b Directoresy funcionariosde las areas operaclonales quesean determinadasen la normativaestandargeneradapor INDECI -

c Representantesde las FuerzasArmadas - d La Cruz Roja Peruana y el Cuerpo General de

Bomberos Voluntarios del Peru e La Policla Nacional del Peru

514 Los Centros de Operaciones de Emergencia Regional (COER) y los Centros de Operaciones de Emergencia Local (COEL) seran coordinados por uria autoridad local con probada experiencia el manejo de situacionesde emergenciaEIcoordinadorsera nombradO por el Presidente Regional 0 Alcalde respectivo

Articulo 52deg_ COE Sectoriales

521 Los Sectores Nacionales a traves de sus Ministerios actlvaran sus Centros de Operaciones de Emergencia en concordancia con sus competenclas -y los Iineamientos que dicta el Ente Rector a propuesta del INDECI

522 Los Sectores involucrados directamente con las actividades de Respuesta y Rehabilitaci6n designan a sus representantes para su participaci6n en el COElllj constituyendose en los elementos de enlace necesarios para mantener la informaci6n de los COE Sectorialeamp correspondientes

Articulo 53deg_ Manejo de la Informacion para la toma de decisiones

531 Los Centros de Operaciones de Emergencia en todos sus nlveles permanentemente obtienen recaban y comparten informaci6n sobre el desarrollo de las emergencias desastres 0 peligros lnminentesy proporcionan la informaci6n procesada disponible que requieran las autoridades encargadas de conducir io monitorear emergencias asi como a los COE de los niveles inmediatos respectivos para coadyuvar a la toma de decisiones de las autoridadescorrespondientes

EI Peruano443216 WNORMAS LEGALES UmB jueves 26demayo de2011

532 EI COEN proporciona la informacion tecnica dj~penible que requiera el Consejo Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres para la toma de decisiones

533 Los COE para el cumplimiento de sus actividades cuentan con el Sistema de Informacion Nacional para la R~spuesta y Rehabilitacion - SINPAD administrado por elINDECI como componente del Sistema Nacional de Informacion del SINAGERD

534 EI monitoreo de P8ligros y emergencias y admlnistraclon de la informaCion de los Centros Poblados y Comunidades mientras no cuenten con los recursos necesarios sera ejecutado y consolidado per los COEL con la participacien de las autoridades respectivas

CAPiTULO V

EVALUACI6N DE DAAos Y ANALISIS DE NECESIDADES - EDAN

n Articulo 54deg_ Definlci6n

J 541 La Evaluacion de Danos yAnalisis de Necesidades (poundDAN) es el mecanismo de identificacion y registro cualitativo y cuantitativo de la extension gravedad y localizacion de los efectos de un evento adverso

542 La EDAN es la base para el establecimiento de los planes especificos de respuesta a las emergencias a todo nivel y los planes de rehabilitacion Tambien sirve para los procesos de evaluacion y necesidades que se ~tablezcan para la reconstrucclon it

Articulo 55deg- Mecanismo y operatividad

~ 551 EI INDECI establecera un mecanismo nacional para la Evaluacion de Danos y Necesidades siguiendo 106 estandares intemacionales que han side desarrollados para tal fin 552 INDECI desarrollara un proceso permanente de

capacitaci6n a las entidades publlcas y a los gobiemos r~ionales y locales para su utilizacion armonizada EI Sistema de Evaluacion de Danos y Necesidades sera la oase para caracterizar las situaciones de emergencia y tamar las decisiones respectivas

553 EI mecanisme es implementado por los COE locales regionales y nacional segun los mecanismosde capacidad de repuesta y subsidiariedad que se establezcan en su diseno

It CAPiTULO VI

VOLUNTARIADO EN EMERGENCIAS Y REHABILITACION

Articulo 56deg- Constitucion del Voluntariado en liimergencias y Rehabilitaci6n

EIINDECI establecera el mecanismo de voluntariado en emergencias y rehebilitacion el cual incluirala incorporacien de criterios e indicadores minimos y organizacion de brigadistas para la gestion y actualizacion del voluntariado

CAPiTULO VII

SERVICIO DE BUSQlIEDA Y SALVAMENTO

Articulo 57deg- Naturaleza del servicio de busqlleda y salvamento

Es un mecanisme de coordinaclon decision y romunicacionconformado por entidades publicas y privadasde primera respuesta que cuenta con recursos y medios disponibles para intervenir en operaciones especializadas de bUsqueday salvamento con la finalidad de salvaguardar la vida humana en situaciones de emergencia y desastres

Articulo 58deg- Alcance del servicio de busqueda y sslvamento r Tiene alcance nacional y articula sus actividades en ejmarco del Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Oesastres En determinadas situaciones se amplia su accionar al ambito internacional

Articulo 59deg- Ambito de Accion del servicio de bilsqueda y salvamento

591 La busqueda y salvamento se ejecutan en los arnbitos terrestre maritimo y aereo

592 EIente rectordel SINAGERD dicta los Iineamientos generales que permitan la integracion de esfuerzos y la operaclon coordinada de las instituciones responsables a fin de optimizar los recursos para las operaciones de busqueda y salvamento

CAPiTULO IX

MECANISMOS DE COORDINACI6N INTERNACIONAL Y PARTICIPACI6N EN INSTANCIAS Y ACUERDOS

REGIONALES DE ASISTENCIA HUMANITARIA

Articulo 60deg- Definicl6n La cooperacien intemacional en Gestion del

Riesgo de Desastres es el conjunto de acciones y herramientas desarrolladas por los gobiemos y entidades intemacionales orientadas a movilizar recursos e intercambiarexperiencias y conocimientos con la finalidad de contribuir allegro de los objetivos del SINAGERD y al cumplimiento de los compromisos intemacionales

Articulo 61deg_ Mecanismos

611 EI ente rector solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la elsboracion de un mecanisme de coordinacien de la asistencia humanitaria para las sedes diplomaticas en el extranjero y para las entidades de asistencia aereditadas en el pais

612 EI ente rector con el apoyo del Sistema de Naciones Unidas establece los mecanismos para la asistencia intemacional segun los compromisos y tratados que existan al efecto

613 EI INDECI elabora y propone al ente rector una normativa y procesos para brindar asistencia a desastres en el extranjero

614 EI ente rector con el apoyo tecnico de INDECI y las entidades intemacionales especializadas elabora una normativa para facilitar las operaciones de asistencia humanitaria en el pals en concordancia con la iniciativa de la Ley Internacional para la Respuesta ante Desastres

Articulo 62- Red Humanitaria Nacional - RHN

621 La Red Humanitaria Nacional - RHN - constituye un mecanismo de coordinacion entre eI Estado Peruano la Cooperacion Intemacional y los Organismos No Gubemamentales debidamente registrados en la Agencia Peruana de Cooperacion Intemacional-APCI - Ycontribuye en la preparacion y respuesta a emergencias y desastres para fortalecerla accion del SINAGERD Esta organizada en el marco del Comite Interagencial Permanente establecido per la Asamblea General de Naciones Unidas

622 La RHN esta co-presidida por ellla Coordinador Residente del Sistema de las Naciones Unidas en el Peru y ellla Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil

CAPiTULO X

COORDINACI6N CON EL SISTEMA DE SEGURIDAD Y DEFENSA NACIONAL

Articulo 63deg_Coordinacion

631 EI Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres(SINAGERD)coordinaconel Sistemade Seguridad y Defensa Nacional a traves del INDECI los aspectos que correspondan a sus respectivas competencias para proteger a la poblacion mediante los procesos de preparacion respuestay rehabilitacionen los cases de desastres

632 Asimismo el Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres a traves del Instituto Nacional de Defensa Civil seguira cumpliendo las funciones relativas a movilizaclon y desmovilizaci6n para casos de emergencia producidos por desastres

CAPiTULO XI

SISTEMA NACIONAL DE INFORMACI6N PARA LA GESTI6N DEL RIESGO DE DESASTRES

Articulo 64deg_ Descripci6n

641 EI Sistema Nacional de Informacion para la Gestion del Riesgo de Desastres es un instrumento del SINAGERD

EJ Peruano Lima juevea 26dB mayo de2011 WNORMAS LEGALES 443217

)

642 EI Sistema Nacional de Informaci6n para la Gesti6n del Riesgo de Desastres tiene dos componentes Ia informaci6n para la gesti6n prospectiva y correctiva e informaci6n la para la gesti6n reactiva

ArtIculo 65deg_Rectorfa y coordlnacl6n

651 Con el objeto de organizar administrar y mantener actualizado el Sistema Nacional de Informaci6n de Gesti6n del Riesgo de Desastres la Presidencia del Consejo de Ministros establece las directivas y Iineamientos de aplicaci6n nacional sobre estandares para el usc intercambio y acceso a la informaci6n requerida para la Gesti6n del RiesQo de Desastres asl como en los mecanlsrnos para la Integraci6h de dicha informacion requiriendo la opini6n previa del CENEPRED en 10 referente a la informaci6n para la gesti6n prospectiva y correctiva y dellNDECI en 10 referente a la informaci6n para la gesti6n reactiva

652 La Presidencia del Consejo de Ministros supervisa que la informaci6n para la Gesti6n del Riesgo de Desastres generada bajo los estandares establecidos por CENEPRED e INDECI respectlvarnente este dlsponible para todas las entidades pUblicas y la sociedad civil

CAPiTULO XII

RADIO NACIONAL DE DEFENSA CIVIL Y DEL MEDIO AMBIENTE

Articulo 66deg_ Radio Naclonal de Defensa Civil y Medio Amblente

EI INDECI es responsable de desarroilar coordinar y asesorar los contenidos a difundirse en Radio Nacional de Defensa Civil y del Medio Ambiente en 10 referido a la Preparaci6n Respuesta y Rehabilitaci6n

TITULO VI

DECLARATORIA DE ESTADO DE EMERGENCIA

Articulo 67deg-Declaratoria de Estado de Emergencla por Desastre

671 EI Presidente de la Republica con acuerdo del Consejo de Ministros puede decretar por un plazo de sesenta (60) dlas calendario en todo el territorio de la Republica 0 en parte de ai el Estado de Emergencia por desasfre dando cuenta al Congreso de la Republica 0 a la Comisi6n Permanente

672 La Declaratoria del Estado de Emergencia tiene por finalidad la ejecuci6n de medidas de excepci6n inmediatas y necesarias frente a un peligro inminente o a la ocurrencia de un desastre de gran magnitud o cuando sobrepasa la capacidad de respuesta del Gobierno Regional protegiendo la vida e integridad de las personas el patrimonio publico y privado y restableciendo los servicios basicoa indispensables

Articulo 68deg- Procedimiento

681 La solicitud de Declaratoria de Estado de Emergencia por peligro inmlnente opor la ocurrencia de un desastre es presentada por el Gobiemo Regional al INDECI con la debida sustentaci6n adjuntando el informe de estimaci6n del riesgo 061 informe EDAN asi como la opini6n tecnlca de los Sectores involucrados en los casos que corresponda

682 EIINDECI emite opini6n sobre la procedencia de la solicitud a cuyo fin emite el informe tecnico respectivo

683 EI expediente de la solicitud de Declaratoria de Estado de Emergencia se presenta a la Presidencia del Consejo de Ministros con la recomendaci6n correspondiente

684La declaratoria del Estado de Emergencia podra ser requeridacon la debida sustentaci6n por los titulares de los Ministerios y Organismos Publicos Descentrelizados comprometidos por la emergencia los que canalizaran su solicitud a traves dellNDECI

685 Excepcionalmente la Presidencia del Consejo de Ministros puede presentar de oficio al donsejo de Ministros la declaratoria de Estado de Emergencia de la zona afectada por un peligro inminente 0 la ocurrencia de un desastre previa comunicaci6n de la situaci6n

y propuesta de medidas yo acciones inmediatas que correspondan efectuado por ellNDECI

686 EI Ente Rector a propuesta deIINDECI apruebashymediante Decreto Supremo las normas complementarias respecto de la declaratoria de Estado de Emergencia

LI

Articulo 69deg_PI6rroga del Estado de Emergencli~ EI Gobierno Regional presenta al INDECI ja

solicitud de pr6rroga del Estado deEmergencia la que no debera exceder de sesenta (60) dlas calendario adjuntando los informes tecnicos que fundanienten dicha solicitud asl como las medidas de caracter presupuestal necesarias

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES

Primera- Sobre el Sistema Naclonal de Defensa Civil

Las responsabilidades que hayan side asignadas en otras normas al Sistema Nacional de Defensa Civil relacionadas con aspectos de preparaci6nrespuesta y rehabilitaci6n seguiran siendo ejercidas por el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) siempre que no Ife opongan a 10 dispueetc por la Ley Ndeg 29664 Yel presenta Reglamento

Segunda- Infracciones y sanciones ~ Losaspectosrelacionadoscon infraccionesy sanciones

Iigados a responsabilidades administrativas yfuncionales se rigen de acuerdo a 10 establecido en la Ley Ndeg 29622 Ley que modifica la Ley Num 27785 Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contralorla General de la Republica y amplia las facultades en el proceso para sancionar en materia de responsabilidad administrativa funcional y el Reglamento de infracciones y sanciones para la responsabilidad administrativa funcional derivaqB de los informes emitidos por los 6rganos del Sistema Nacionalde Controlaprobadomediante DecretoSupremq Ndeg 023-2011-PCM ~_

Las sanciones relacionadas con aspectos ete lncumphrnlento de la regulaci6n sobre Licencias ltJe Funcionamiento construcci6n y habilitaci6n se apli~n conforme a la normativa correspondiente ~

Tercera- EJecuci6nde las Inspecclones Tecnic~ de Seguridad en Defensa Civil - ITSDC -

1 EI Ente Rector aprueba las reformas en materia de Seguridad en Defensa Civil referidas a las Inspecciones Tecnicas de Seguridad en Defensa Civil asl comoen la acreditaci6n y administraci6n del Registro de los Inspectores incluida su actualizaci6n y capacitaci6n

2 Las InspeccionesTecnicas de Seguridaden Defensa Civil son ejecutadas por los Gobiernos Regionales~ Locales en sus ambitos deiurisdicci6n respectivos

Cuarta- Proceso de Adecuaci6n de las Nonnas de Seguridad en Defensa Civil

EI INDECI en un plazo maximo de sesenta (60) dlas habiles de publicado el presente Reglamento propone al Ente Rector la adecuaci6n de la legislaci6n vigente en materia de Segllridady Defensa Civil ala Ley del Sistema Nacional de la Gesti6n del Riesgo Desastres

En el proceso tiene especial anfasis la Ley Marco de Licencia de Funcionamiento el Reglamento de lnspeccionesTecnlces de Seguridad en Defensa Civil) demas normas vinculadas con las Inspecciones Tacnic8S de Seguridad en Defensa Civil ~~~

Quinta- Vigencia de los Convenios Nacionales~~ Internacionales suscritos en el Marco del SINADECI

Los convenios de caracter nacional 0 internacional suscritos por el Instituto Nacional de Defensa Civil eAo representaci6n del SINADECI vigentes al momento de entrada en vigor de la Ley Ndeg 29664 continuaren siende conducidos y administrados por el INDECI hasta el cerre del presente ejercicio presupuestal debiendo informar al Ente Rector respecto de aquellos casos en que exceda su competencia La Presidencia del Consejo de Ministros establecera las condiciones y responsabilidades para su ratificaci6n modificaci6n 0 Iiquidaci6n segun corresponda

i

j

ElPeruano443218 WNORMAS LEGALES Lima jUevas 26cia mayo da2011

DISPOSICIONES TRAN~ITORIAS

Prlmera- Regulacl6n del funclonamlento del ConseJo Naclonal de Gestl6n del Rlesgo de Desastres

EI Consejo Naclonal de Gesti6n del Riesgo de Desastres regula su funcionamieno a traves de un Reglamento Intemo aprobado por sus miembros en un plazo maximo de treinta (30) dias calendario contados desde la fecha de su instalaci6n

Segunda- Transltorledad de competenclas sobre Inspecclones T6cnlcas de Segurldad en Deensa Civil

Transitoriamente el INDECI rnantiene las competenclas referidas a las Inspecciones Tecnicas de Seguridad en Defensa Civil reguladas en el Reglamento de Inspecciones Tecnicas de Seguridad en Defensa Civil en los casos en que aun no se hayan transferido a los Gobiernos Regionales

645127-3

Autorizan viaje del Ministro de Relaeiones Exteiiores a Japon y EEUU yencargan su DespaCho ala Presidenta d~1 Consejo de Ministros y Ministra de Justieia

RESOLUCI6N SUPREMA Ndeg 133-2011-PCM

lima 25 de mayo de 2011

CONSIDERANDO

Que es objetivo de la PollticaExterior del Peru promover los intereses del pals tanto a nivel bilateral como multilateral conmiras a consolidar su presencia regional e internacional fortaleciendo su procesode inserci6n a nivel qlobal

Que el Mimstro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores Jose Antonio Garcia Belaunde efectuara una visita de trabajo al Jap6n del 29 al 31 de tnayo a fin de sostener un encuentro con su hom610go elCanciller Takeaki Matsumoto y suscribir el Acuerdo de Asociaci6n Econ6mica con ese pais Adicionalmente se ha previsto su participaci6n en distintas actividades con otras autoridades del gobierno de ese pals asl comomiddot una reuni6n con representantes del Consejo Empresarial Peruano Japones

Que asirnismo se ha previsto la participaci6n del Canciller en la Asamblea General Extraordinaria de la Organizaci61) de los Estados Americanos convocada para elide junio de 2011 con el prop6sito de tratar el asunto de la reincorporaci6n de Honduras a la citada organizaci6n

Que por representar actividades de la mayor importancia para la politica exterior del Peru es necesario autorizar el viaje del Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores Jose Antonio Garcia Belaunde a la ciudad de Tokio Jap6n y a la cludad de Washington DCEstad9sUnidos de America a fin de participar en las reuniones precltadas considerando que por razones de itinerario estara ausente del pals desde el 28 de mayo y hasta elide junio inclusive

De conformidad con el articulo 127deg de la Constituci6n Politica del Peru la Ley Ndeg 29158 Ley Organica del Poder Ejecutivo Ley Ndeg 29357 Ley de Organizaci6ny Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores en concordancia con el articulo 83deg del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa aprobado mediante el Decreto Supremo Ndeg 005-90-PCM la Ley Ndeg 27619 modificada por la Ley Ndeg 28807 Y su reglamento aprobado por el Decreto Supremo Ndeg 047-2002-PCM su modificatoria el Decreto Supremo Ndeg 005-2006-PCM el numeral 101 del artIculo 10deg de la Ley Ndeg 29626 Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Allo Fiscal 2011

SE RESUELVE

Articulo 1deg_Autorizarel viaje del Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores Jose Antonio

Garcia Belaunde a la ciudad de TokioJap6n y a la ciudad de Washington DC Estados Unidos de America entre los dias 28 de mayo y 1 de junio de 2011 de acuerdo a 10 expuesto en la parte considerativa

Articulo 2deg_ Los gastos que irrogue la participaci6n del Ministro de Estado en e) Despacho de Relaciones por concepto de pasajes USD$ 445000 Y viaticos USD$ 152000 seran cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores deblendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) dias calendario al termino de la referida comisi6n

Articulo 3deg_ Encargar el Despacho de Relaciones Exteriores a la Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Estado en el Despacho de Justicia sellora Rosario Fernandez Figueroa en tanto dure la ausencia del titular

Articulo 4deg_La presente Resoluci6n sera refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y el Ministrode Relaciones Exteriores

Registrese comunlquese y publlquese

ALAN GARCiA PJREZ Presidente Constitucional de la Republica

ROSARIO DEL PILAR FERNANDEZ FIGUEROA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia

JOSJANTONIO GARCiA BELAONDE Ministro de Relaciones Exteriores

645127-10

Crean Cowsion Multiseetorial de Naturaleza Temporal encargada de analizar las opciones y a1temativas teenicas para la formulaeion del estudio de factibilidad para la ejecueion de Ia Tereera Etapa del Proyecto Especial Chavimoehie del Gobiemo Regional de LaLibertad

RESOLUCI6N SUPREMA Ndeg 134middot2011-PCNi

lima 25 de mayo de 2011

CONSIDERANDO

Que la ejecuci6n de la Tercera Etapa del Proyecto Especial Chavimochic es de gran lnteres para el Gobierno Nacional y para el Gobierno Regional de La Libertad en la medida que permitira brindar seguridad en el suministro de agua de riego a los actuales usuarios de I~ Primera y Segunda Etapa del indicado Proyecto posibilitandose la incorporaci6n de hasta treinta mil hectareas ubicadas dentro del ambito de las referidas etapas que han sido transferidas al sector privado

Que en ese sentido resulta necesario evaluar la ejecuci6n de la Tercera Etapa del Proyecto Especial Chavimochicmediante promoci6n de la inversi6n privada a efectos de contribuir con la consolidaci6n del desarrollo agroexportador del norte del pais

Que de acuerdo a 10 dispuesto por la Ley Ndeg 29158 Ley Organica del Poder Ejecutivo las Comisiones Multisectoriales decaracter temporal son creadas con fines especificos para cumplir fundones de fiscalizaci6n propuesta 0 emisi6nde informes tecnicos las que se crean formalmente mediante resolucion suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y los Titulares de los sectores involucrados

Que a fin de analizar las opciones y alternativas tecnicas para la formulaci6n del estudiode factibilidad para la ejecuci6n de la Tercera Etapa del Proyecto Especial Chavimochic del Gobierno Regional La Libertad se ha visto por conveniente crear una Comisi6n Multisectorial encargada de proponer las recomendaciones tecnicas para la viabilidad del mencionado proyecto

De conformidad con 10 establecido en el numeral 8) del articulo 118deg de la Constituci6n Polltica del Peru y 10

Page 4: Reglamento Ley 29664 SINAGERD

i f - middotL AP-)J4

ElPeruano Urns jueves 26demayo de2011 WNORMAS LEGALES 443209

corresponde a la gesti6n reactiva del riesgo que permita el adecuado ejercicio de sus funciones

915 Promover el desarrollo de capacidades humanas para la preparaci6n respuesta y rehabilitaci6n en las entidades publicae sector pnvado y la ciudadanla en general

916 Realizar estudios e investigaciones inherentes a los procesos de preparaci6n respuesta y rehabilitaci6n y realizar a nivel nacional la supervisi6n monitoreo y evaluacion de la implernentaclon de estos procesos proponiendo mejoras y medidas correspondientes

917 Emitir opinion tecnica en los aspectos de preparaci6n respuesta y rehabilitaci6n para la elaboraci6n de la estrategia de gestion financiera a cargo del Ministerio de Economia y Finanzas - MEF

918 Orientar promover y establecer Iineamientos para armonizar la formacion y entrenamiento del personal operativo que interviene en la preparacion respuesta y rehabilitaci6n en coordinaclcn con las instituciones especializadas

919 Apoyar y facilitar la operacion conjunta de los actores que participan en el proceso de respuesta en el Centro de Operaciones de Emergencia Nacional- COEN y administrar sus instalaciones e instrumentos de soporte

920 Coordinar con el Sistema de Seguridad y Defensa Nacional en representaclen del SINAGERD

Articulo 10deg_Estroctura organics dellNDECI EI INDECI contara con una estruclura organics que

contendra elementos organizacionales para desarrollar Iineamientos de politica planes y mecanismos relativos a los procesos de preparaclon respuesta y rehabilitaci6n asl como de gesti6n de informacion en sus areas de competencia La estructura organica debera contemplar tamblen los elementos organizacionales necesarios para

asegurar una respuesta oportuna y adecuada en las situaciones de desastre que amerilen su intervencion de acuerdo a los principios de subsidiariedad y gradualidad

I Articulo 11deg_ Gobiemos Regionales y Gobiemos Locales

II Los Gobiemos Regionales y Locales cumplen las

siguientes funciones en adicion a las establecidas en el articulo 14deg de la Ley Ndeg 29664 Y conforme a las leyes organicas correspondientes

I 111 Incorporan en sus procesos de planificaci6n de ordenamiento territorial de gesti6n ambiental y de inversion publica la Gestiondel Riesgode Desastres Para esto se realizara un anallsls de los proyectos de desarrollo e inversion con el fin de asegurar que se identifica

r ~

a La vulnerabilidad potencial de losproyectos y el modo de evitarla 0 reducirla

b La vulnerabilidad que los proyectos pueden crear a la sociedad la infraestructura 0 el entomo y las medidas necesarias para su prevenclen reducclen yo control

c La capacidad de los proyectos de reducir vulnerabilidades existentes en su ambito de accion

112 Incorporan en los planes de desarrollo urbano planes de acondicionamiento territorial asl como en las zonificaciones que se realicen las consideraciones pertinentes de existencia de amenazas y condiciones de vulnerabilidad siguiendo los Iineamientos y con el apoyo tecnico del CENEPRED y de las instituciones competentes

113Identifican el nivel de riesgo existenteen sus areas de [urisdiccien y establecen un plan de gestion correctiva del riesgo en el cual se establecen medidas de caracter permanente en el contexto del desarrollo e inversion Para ello cuentan con el apoyo tecnico del CENEPRED y de las instituciones competentes

114 En los casos de peligro inminente establecen los mecanismos necesarios de preparacion para la atencion ala emergencia con el apoyo deIINDECI

115 Prlorizan dentro de su estrategia financiera para la Gestion del Riesgo de Desastres los aspectos de peligro inminente que permitan proteger a la poblaclon de desastres con alta probabilidad de ocurrencia proteger las inversiones y evitar los gastos por impactos recurrentes previsibles

116 Generan informacion sobre peligros vulnerabilidades y riesgo de acuerdo a los Iineamientos emitidos por el ente rector del SINAGERD la cual sera

sistematizada e integrada para la gesti6n prospectiva y correctiva

117 Los Presidentes Regionales y los Alcaldes constituyen y presiden los grupos de trabajo de la Gesti6n del Riesgo de Desastres como espacios intemos de articulaci6n para la formulaci6n de normas y planes evaluaci6n y organizaci6n de los procesos de Gesti6n del Riesgo de Desastres en el ambito de su competencia Estos grupos coordinaran y artieularan la gesti6n prospectiva correctiva y reactiva en el marco del SINAGERD Los grupos de trabajo estaren integrados por los responsables de los 6rganos y unidades organicas competentes de sus respectivos gobiemos

118 Los 6rganos y unidades organicas de los Gobiemos Regionales y Locales deberan incorporar e implementar en su gesti6n los procesos de estimaclon prevenci6n reducci6n de nesgo reconstrucci6n preparacion respuesta y rehabilitaclcn transversalmente en el ambito de sus funciones

119 Los Gobiemos Regionales operan los Almacenes Regionales de Bienes de Ayuda Humanitaria y los Gobiemos Locales en convenio con los Gobiemos Regionales operan los Almacenes Locales o Adelantados

1110 De conformidad con 10 establecido por et articulo 61 de la Ley Organica de Gobiemos Regionales los gobiemos regionales son responsables de

a Formular aprobar ejecutar evaluar dirigir controlar y administrar las politicas en materia de Defensa Civil en concordancia con la Politica Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres y los planes sectoriales y locales correspondientes

b Dirigir el Sistema Regional de Defensa Civil EI Ente Rector establecera los Iineamientos de funcionamiento de estos Sistemas Regionales asegurando la aplicacion integral del enfoque de gestiorr del riesgo de desastres _

c Organizar y ejecutar acciones de prevencien de desastres y brindar ayuda directa e inmediata a los damnificados y la rehabilitaci6n de las poblaciones afectadas Las acciones de prevencion de desastres seran coordinadas a traves de los grupos de trabajo para la gestion del riesgo de desastres y las funciones de brindar ayuda directa e inmediata de los damnificados y la rehabilitaci6n de las poblaciones afectadas seren asumidas a traves de los mecanismos de preparacion respuesta y rehabilitaci6n determinados

1111 Los Sistemas Regionales de Defensa Civil tienen la siguiente estructura

a Los Gobiemos Regionales y los Grupos de Trabajo aludidos por el numeral 162 del articulo 16 de la Ley N~ 29664

b Los Gobiemos Locales y los Grupos de Trabajo aludidos por el numeral 162 del artIculo 16 de la Ley Ndeg 29664 -

c Los Centros de Operaciones de Emergencia Regional (COER) y los Centros de Operaciones deshyEmergencia Local (COEL)

d Las Plataformas de Defensa Civil regionales y_ locales

Articulo 12deg_ Centro Nacional de Planeamientamiddot Estrategico (CEPLAN)

121 En las metodologias e instrumentos tecnicosshyde la planificacion estrateqica del desarrollo nacional elmiddot CEPLAN incluye la Gestion del Riesgo de Desastres shy

122 En el proceso de formulaci6n de los planes estrateqicos nacionales sectoriales institucionales y subnacionales asi como en la ejecucion de los programas y proyectos priorizados en esos arnbltos el CEPLAN promueve el fortalecimiento de capacidades para el planeamiento estrateqicc mediante la cooperacion y acuerdos entre los sectores publico y privado considerando las polfticas en Gestion del Riesgo de Desastres

Articulo 13deg_Entidades publicas Las entidades publicae cumplen las siguientes

funciones en adicion a las establecidas en el articulo 16deg de la Ley Ndeg 29664 Ley que crea el Sistema Nacional de Gesti6n de Riesgo de Desastres - SINAGERD

01

EJPerulrlO443210 j NORMAS LEGALES Uma jueves 26demayo de2011

131 Sobre la base de Ia estimaclon de ries~o en coordlnacien con CENEPRED las entldades publicas generan normas e instrumentos de apoyo para que los gobiernos regionales y locales utilicen los resultados de la estimacion de riesgo a escala nacional en sus procesos respectivos de analisis planificaciony gestion

132 Las entidades publicas identiflcan y priorizan el riesgo en la infraestructura y los procesos econemlcos sociales y ambientales en su ambito de atrlbuciones y establecen un plan de gestion correctiva tomando en conslderaclen los Iineamientos establecidos por el CENEPRED

133 Los 6rganos y unidadesorganicas de los sectores y entidades del Gobierno Nacional deberan incorporar e implementar en su gestion los procesos de estimaclen prevenclon reduccien de riesgo reconsnucclen preparaci6n respuesta y rehabilitacion transversalmente en el ambito de sus funciones

134 Los Titulares de las entidades y sectores del Gobierno Nacional constituyen y presiden los Grupos de Trabajo de la Gestion del Riesgo de Desastres como espacios internos de artioolacion para la formulacion cIe normas y planes evaluaci6n y organizacion de los procesos de Gesti6n del Riesgo de Desastres en el ambito de su competencia Estos grupos coordinaran y artlcularan la gestion prospectiva correctiva y reactiva en el marco del SINAGERD los grupos de trabajo estaran integrados por los responsablesde los organos y unidades organicas competentes

135 Ensituaciones de desastre las entidades pUblicas participan en los procesos de evaluacion de daftos y analisls de necesidades segun los procesos establecidos por ellNDECI y bajo la coordinacion de los Centros de Operaciones de Emergencia establecen los mecanismos necesarios para una rehabilitacion rapida eficiente y articulada En desastres de lJran magnitud evaluan su respectiva capacidad financlera para la atencion del desastre y la fase de reconstrucci6nposterior en el marco de las disposiciones legales vigentes Este proceso sera coordinadocon el CENEPREDy el Ministerio de Economla y Finanzas

Articulo 14deg_ Artlculaci6n entre las distlntas entidades

En el marco de sus respectivas competencias y responsabilidades vinculadas al SINAGERD los Ministros los Presidentes de Gobiemos Regionales y los Alcaldes aseguran el desarrollode adecuados canales de comunicaci6n y construyen las herramientas de gestion necesarias a efecto que los Iineamientos de polltica sectorial y las aceiones operativas en materia de Gestion de Riesgo de Desastres segun corresponda guarden armonia y se ejecuten oportuna y coherentemente en la gesti6n del SINAGERD Para dicho fin materializaran sus responsabilidades y competencias en tareas 0 actividades en los respectivos Planes Sectoriales

Regionales y Locales de Operaciones 0 de Contingencia ltsegun corresponda

Articulo 15deg_Fuerzas Annadas y Policla Nacional del Peru

151 EI Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de pesastres (SINAGERD) coordina con el Sistema de -Seguridad y Defensa Nacional segun corresponda en el ambito de sus eompetencias a traves del INDECI Corresponde al ente rector establecer los mecanismos de coordinacion ~ 152 Las Fuerzas Armadas y la Policia Nacional del Peru participan en la Gestion del Riesgo de Desastres en 10 referente a la preparacion y respuesta ante situaciones de desastre de acuerdo a sus competencias y en coordinacion y apoyo a las autoridades competentes conforme a las normas del SINAGERD EI Ministerio de Defensa establece la mision organizacion y funciones de las FuerzasArmadas para la atenci6n de las emergencias originadas por desastres de acuerdo a los Iineamientos establecidos por el Ente Rector especificando ademas las fuentes para su financiamiento

153 Las Fuerzas Armadas y la Policla Nacional del Peru participan de oficio en la atencion de situaciones de emergencia que requieran acciones inmediatas de respuesta realizando las tareas de urgente necesidad que les compete de acuerdo a los Iineamientos establecidos por el Ente Rector

Articulo 16deg_Entldades Privadas y Sociedad Civil Las entidades privadas y las organizaciones sociales

cuyas actividades se vinculan con los procesos de la Gestlon del Riesgo de Desastres brindan asesoramiento y apoyo al ente rector a los gobiemos regionales y locales y demas entidades que conforman el SINAGERD en el marco de convenios planes nacionales y regionales 0 protocolos para la gestion del riesgo de desastres

I CAPiTULO II

GRUPOS DE TRABAJO Y PLATAFORMAS DE DEFENSA CIVil

Articulo 17deg_ Mecanlsmo de constltucl6n y funclonamlento de grupos de trabaJo para la Gestl6n del Rlesgo de Desastres

171 La maxima autoridad ejecutiva de cada entidad publica de nivel Nacional los Presidentes Regionalesy los Alcaldes constituyen y presiden los grupos de trabajo de la Gestion del Riesgo de Desastres para la formulacion de normas y planes evaluacion orqanlzacion supervision fiscalizacion y ejecucion de los procesos de Gestion del Riesgo de Desastres en el ambito de su competencia Esta funcion es indelegable

172 Los grupos de trabajo estan integrados por funcionarios de los niveles directivos superiores de cada entidad publica 0 gobiemo subnaclonal

Articulo 18deg_ Funclonamiento de los grupos de trabaJo para la articulaci6n y coordlnacl6n del SINAGERD

181 Coordinan y articulan la gestion prospectiva correctiva y reactiva en el marco del SINAGERD

182 Promueven la participaclen e integraci6n de esfuerzos de las entidades publicas el sector privado y la cludadanla en general para la efectiva operatividad de los procesos del SINAGERD

183 Artiooan la Gestion del Riesgo de Desastres dentro de los mecanismos institucionales

184 Coordinan la articulacion de sus decisiones en el marco de la integracion y armomzacien de la Polltica Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres con otras politicas transversales de desarrollo

185 Articulan la gestion reactiva a traVElS de

a EI Sistema Regional de Defensa Civil b Los Centros de Operaciones de Emergencia

Regional (COER) y los Centros de Operaciones de Emergericia Local (COEL)

c Las Plataformas de Defensa Civil regionales y locales

186 Coordinan los procesos de preparacien respuesta y rehabilitacion del SINAGERD con el Sistema de Seguridad y Defensa Nacional

Articulo 19deg_Las Platafonnas de Defensa Civil

191 Las Plataformas de Defensa Civil son espacios permanentesde participacioncoordinaci6n convergencia de esfuerzos e integracion de propuestas que se constituyen en elementos de apoyo para la preparacion respuesta y rehabilitacion

192 Las Plataformas de Defensa Civil funcionan en los ambitos jurisdiccionales regionales y locales

193 EI Presidente del Gobiemo Regional y el Alcalde respectivamente constituyen presiden y convocan las Plataformas

194 Esobligatoria laparticipaci6nde lasorganizaciones sociaes a traves de sus representantes

195 Las organizaciones humanitarias vinculadas a la gestion del riesgo de desastres apoyan y participan en las Plataformas de Defensa Civil

Articulo 20deg_ Funclones de las Platafonnas de Defensa Civil

201 Formulan propuestas para la ejecucion de los procesos de preparacion respuesta y rehabilitacion con el objetivo de integrar capacidades y acciones detodos los actores de la sociedad en su ambito de competencias

-

B Peruano Uma jueves 26demayo de2011 WNORMAS LEGALES 443211

202 Convocan a todas las entidades pnvadas y a las organizaciones sociales promoviendo su participaclon en estncta observancia del principio de partlclpacion y de los derechos y obligaciones que la Ley reconoce a estos actores

203 Proponen normas relativas a los procesos de preparaci6n repuesta y rehabilitaci6n en su respectiva jurisdiccion

TITULO III

POLTICA NACIONAL DE GESTI6N DEL RIESGO DE DESASTRES

Articulo 21deg- La Politica Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres

211 Es responsabilidad prioritariadel Estadola protecci6n de la vida e integridad de las personas como valores constitucionales superiores La Polltica Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres de obligatorio cumplimiento es aprobadaporel PoderEjecutivoatravesde DecretoSupremo con el voto aprobatoriodel Consejo Ministros

212 Las politicas pUblicas y normas en materia de Gesti6n del Riesgo de Desastres de caracter sectorial regional y loeal se diseilan y apliean en concordancia con 10 establecido en la Politica Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres

213 EI articulo 5deg de la Ley Ndeg 29664 establece los lineamientos de la Politica Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres Todos los procesos de formulacion de contenidos estaran sujetos a dichos Iineamientos

214 Asimismo constituyen instrumentos de la Politica Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres

a Los Programas Presupuestales Estrategicos vinculados a la Gestion del Riesgo de Desastres y otros Programas en el marco del enfoque del Presupuesto por Resultados

b EI Plan Nacional de Operaciones de Emergencia c Los Planes Sectoriales Regionales Municipales y

Distritales de Gesti6n del Riesgo de Desastres d Planes de Desarrollo e Planes de Prevenci6n y Reducci6n del Riesgo f) Meeanismos de programaci6n formulacion y

ejecuci6n presupuestal y de protecci6n financiera g Instrumentos de politica estrategia y planificaci6n

relacionados con el ordenamiento territorial el desarrollo urbane protecci6n del ambiente cambio climatico la educaci6n y comunicaci6n

h Mecanismos de supervisi6n evaluaci6n control sanci6n

215 EI ente rector establece el proceso y los mecanismos para la formulaci6n y aprobaci6n de la Politica Nacional que garantice las condiciones de interinstitucionalidad sinergia descentralizaci6n transversalidad y participaci6n De igual forma identlficara el mecanisme de informacion transparencia y difusi6n

TITULO IV

PROCESOS DE LA GESTI6N DEL RIESGO DE DESASTRES

Articulo 22deg_ Implementaci6n de la Politica Nacional de Gesti6n del Rlesgo de Desastres

La implementaci6n de la Politica Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres se logra mediante el planeamiento organizaci6n direcci6n y control de las actividades y acciones relacionadas con los procesos y sus respectivos subprocesos segun los articulos siguientes

Articulo 23deg_Estimacion del Riesgo EI proceso de Estimacien del Riesgo comprende las

acciones y procedimientos que se realizan para generar el conocimiento de los peligros 0 amenazas analizar la vulnerabilidad y establecer los niveles de riesgo que permitan la toma de decisiones en la Gestion del Riesgo de Desastres

Articulo 24deg_ Los Subprocesos de la Estimacion del Riesgo

Son Subprocesos de la Estimaci6n del Riesgo los siguientes

241 Normatividad y Iineamientos Desarrollarlas normas Iineamientos y herramientas tecnicas apropiadas para la generaci6ny difusi6ndel conocimiento delpeligroanalisisde wlnerabilidades y el establecimiento de los nivelesde riesgo de desastres para su aplicaci6n en los demas procesOs constitutivos de la Gesti6ndel Riesgode Desastres

242 Participaci6n social Desarrollar mecanlsmos para la participaci6n de la poblaci6n las entidades privadasy las entidades publicas en la identificaci6n de los peligros y de las vulnerabilidades

243 Generaci6n del conocimiento de peligros 0 amenazas Identificar conocer caracterizar y monitorear los peligros para establecer su area de influencia con el prop6sito de analizar las vulnerabilidades y establecer las medidas preventivas y correctivas del riesgo

244 Analisis de vulnerabilidad En las areas con exposici6n analizar los factores de la vulnerabilidad en el ambito de competencias territoriales 0 sectoriales

245 Valoraci6n y escenarios de riesgo Establecer los niveles del riesgo a partir de la valoraci6n y cuantificaci6n de la vulnerabilidad y del desarrollo de escenarios de riesgo que permitan la toma de decisiones en el proceso Gesti6n del Riesgo de Desastres y del desarrollo sostenible

246 Difusi6n Acopiar y difundir el conocimiento sobre el riesgo de desastres

Articulo 25deg- Prevencion del Riesgo EI proceso de Prevenci6n del Riesgo comprende las

acciones que se orientan a evitar la generaci6n de nuevos riesgos en la sociedad en el contexte de la gesti6n del desarrollo sostenible

Articulo 26deg_ Los Subprocesos de la Prevencion del Riesgo

Son Subprocesos de la Prevenci6n del Riesgo leiS siguientes

261 Normatividad y lineamientos DesarroJlar las normas Iineamientos y herramientas tecnicas apropiadas para evitar la generaci6n de nuevo riesgo en el territorio a traves de su consideraci6n en politicas planes de desarrollo a nivel territorial y sectorial incluyendo c6digos de urbanismo y de construcci6n

262 Planificaci6n preventiva Formular planes de desarrollo territoriales y sectoriales que consideren la no generaci6n de nuevos riesgos

263 Participaci6n social Desarrollar meeanismos para Ia participaci6n de la poblaci6n las entidades privadas y las entidades publicas en el establecimiento de metas de prevenci6n de riesgos y en la formulaci6n de los planes de desarrollo territoriales y sectoriales 264 Indicadores de prevenci6n Con base en la

informaci6n sobre la estimaci6n del riesgo establecsr metas e indicadores para la prevenci6n en el territorio

265 Financiaci6n de la prevenci6n Gestionar 106 recursos financieros para la implementaci6n de los planes formulados

266 Implementaci6n de la prevenci6n a traves de la Planificaci6nterritorialy sectorialAplicar las consideraciones de prevenci6n de riesgos a traves de la implementaci6n de los planes de desarrollo territorialesy sectoriales

267 Implementaci6n de la prevencion a traves de las normas de urbanismo y construcci6n Apliear las consideraciones de prevenci6n de riesgos a traves de los c6digos y reglamentos de urbanismo y construcci6n en el territorio shy

268 Control y evaluaci6n Controlar y monitorear el logro de los objetivos en materia de prevenci6n de nuevm riesgos en el territorio y retroalimentar el proceso

Articulo 27deg_Reducci6n del Riesgo EI proceso de Reducci6n del Riesgo comprende las

acciones que se realizan para reducir las vulnerabilidades y riesgos existentes en el contexto de la gestion del desarrollo sostenible

Articulo 28deg_ Los Subprocesos de la Reducci6n del Riesgo

Son Subprocesos de la Reducci6n del Riesgo los siguientes

281 Normatividad y Lineamientos Desarrollar las normas lineamientos y herramientas tecnicas apropiadas para reducir el riesgo existente en el territorio

BPenJano443212 WNORMAS LEGALES UmaJ- 26de mayo de 2011

282 Diagn6stico e intervenci6n Analizar la situaci6n de los elementos socioecon6micos expuestos en las areas en donde se ha establecido niveles de riesgo con fines de implementar acciones de reducci6n de vulnerabilidad

283 Participaci6n social Determinar los mecanismos de participaci6n de la sociedad civil para establecer las metas de reducci6n del riesgo de desastres

284 Evaluaci6n de programas y proyectos Analizar y evaluar con un enfoque de participaci6n las diferentes altemativas de programas y proyectos que se orienten a la reducci6n del riesgo de desastres

-285 Informaci6n y seguimiento Informar peri6dicamente sobre el desarrollo de las acciones de reducci6n de riesgos fomentando la participaci6n social

286 Planificaci6n participativa Planificar participativamente las acciones concertadas a traves de proyectos de inversi6n publica 0 privada que incluyan reduccion del riesgo de desastres

287 Planificaci6n integral armonizada y transversal Armonizar e incorporar los proyectos de reducci6n del riesgo de desastres en el esquema de planes de desarrollo local procurando la generaci6n de proyectos integrales de desarrollo que consideren la reducci6n del riesgo de desastres

288 Gesti6n de recursos Gestionar los recursos para ta implementaci6n de los proyectos de desarrollo en los que se integra la reducci6n del riesgo de desastres

289 Implementaci6n de la reducci6n del riesgo Ejecutar programas y proyectos de reducclen del riesgo de desastres

2810 Seguimiento y evaluaci6n Monitorear el logro de los objetivos en materia de reducci6n de riesgos en el territorio y retroalimentar el proceso

Articulo 29deg- Preparaci6n La Preparaci6n esta constituida por el conjunto de

acciones de planeamiento de desarrollo de capacidades organizaci6n de la sociedad operaci6n eficiente de las instituciones regionales y locales encargadasde la atenci6n y socorro establecimiento y operaci6n de la red nacional de alerta temprana y de gesti6n de recursos entre otros para anticiparse y responder en forma eficiente y eficaz en caso de desastre 0 situacion de peligro inminente a fin de procurar una optima respuesta en todos los niveles de gobiemo y de la sociedad

Articulo 30deg_Subprocesos de la Preparaci6n Son SUbprocesos de la Preparaci6n los siguientes

301 Informaci6n sobre escenarios de riesgo de desastres Desarrollar un proceso sistematico estandarizado y continuo para recopilar informaci6n existente sobre la tendencia de los riesgos asl como las estadlsticas de dafios producidos por emergencias pasadas a fin de actuar oportunamente en caso de desastre 0 situaci6n de peligro inminente

302 Planeamiento Formular y actualizar permanentemente en concordancia con el Plan Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres el planeamiento de la Preparacien la Respuesta y la Rehabilltacion en los diferentes niveles de gobiemo

303 Desarrollo de capacidades para la Respuesta Promover el desarrollo y fortalecimiento de capacidades humanas organizacionales tecnicas y de investigaci6n en los tres niveles de gobierno entidades privadas y la poblaci6n asi como equipamiento para una respuesta eficiente y eficaz en situaci6n de emergencias y desastre

304 Gesti6n de Recursos para la Respuesta Fortalecer en el ambito nacional regional y local la gesti6n de recursos tanto de infraestructura como de ayuda humanitaria obtenidos mediante fondos publlcos de la movilizaci6n nacional y de la cooperacion intemacional

305 Monitoreo y Alerta Temprana La alerta temprana es parte de los procesos de preparaci6n y de respuesta Para la preparaci6n consiste en recibir informaci6n analizar y actuar organizadamente sobre la base de sistemas de vigilancia y monitoreo de peligros y en establecer y desarrollar las acciones y capacidades locales para actuar con autonomla y resiliencia

306 Informacion Publica y Sensibilizacion Desarrollar y fortalecer medios de comunicaci6n y difusion - en los ambitos Nacional Regional y Local - para que las autoridades y la poblaci6n conozcan los riesgos existentes y las medidas adecuadas para una respuesta optima

Articulo 31deg- Respuesta La Respuesta como parte int~rante de la Gestl6n

del Riesgo de Desastres esta constituida por el conjunto de acciones y actividades gue se ejecutan ante una emergencia 0 desastre lnmedlatamente de ocurrido lIste asl como ante la inminencia del mismo

Articulo 32- Subprocesos de la Respyesta Son Subprocesos de la Respuesta los siguientes

321 conduecicn y coordinaci6n de la atenci6n de la emergencia 0 desastre Actividades transversales orientadas a conducir y coordinar la atenci6n de la emergencia y desastres en los diferentes niveles de gobiemo para generar las decisiones que se transforman en acciones de autoayuda primera respuesta y asistencia humanitaria con base en informaci6n oportuna

322Analisis Operacional Es el conjunto de acciones que permite identificar dalios analizar necesidades y asegurar una oportuna intervenci6n para satisfacer con recursos a la poblaci6n afectada contando para ello con procedimientos pre-establecidos en funci6n a los medios disponibles en los ambitos local regional y nacional

323 Busqueda y Salvamento Salvaguardar vidas controlar eventos secundarios como incendios explosiones y fugas entre otros proteger los bienes y mantener la seguridad publica en los ambltos marltimo aereo y terrestre

324 Salud Brindar la atenci6n de salud en situaciones de emergencias y desastres a las personas afeetadas asl como cubrir necesidades de salud publica

325 Comunicaciones Actividades orientadas a asegurar la disponibilidad y el funcionamiento de los medios de comunicaci6n que permitan la adecuada coordinacion entre los actores del SINAGERD ante la ocurrencia de una emergencia 0 desastre

326 Loglstica en la Respuesta Abastecimiento de suministros adecuados y en cantidades requeridas asi como equipos y personal especializado en los lugares y momentos en que se necesitan para la atenci6n de la emergencia

327 Asistencia Humanitaria Desarrollar y coordinar las acciones relacionadas con la atenci6n que requieren las personas afeetadas por la ocurrencia de una emergencia o desastre en especial 10 relacionado con brindar techo abrigo alimento enseres y herramientas asi como la protecci6n a grupos vulnerables

328 Movilizacion Disponer y emplear recursos y bienes del potencial nacional en concordancia con la Ley Ndeg 28101 Ley de Movilizacion Nacional

Articulo 33deg- Rehabilitaci6n EI proceso de Rehabilitacien es el conjunto de

acetonesconducentes al restablecimiento de los servicios publicos basicos indispensables e inicio de la reparaci6n del dalio fisico ambiental social y econ6mico en la zona afectada por una emergencia 0 desastre Se constituye en el puente entre el proceso de respuesta y el proceso de reconstrucclen

Articulo 34deg- Subprocesos de la Rehabllltaci6n Son Subprocesos de la Rehabilitaci6n los siguientes

341 Restablecimiento de servicios publlcos baslcos e infraestructura Acciones orientadas a restablecer los servicios pUblicos basicos as como la infraestructura que permita a la poblaci6n volver a sus actividades habituales

342 Normalizaclon progresiva de los medios de vida Acciones que permitan normalizar las actividades socioshyeconomlcas en la zona afectada por el desastre mediante la participaci6n coordinada de los tres niveles de gobiemo lncorporando al sector privado y a la poblaclen

343 Continuidad de servicios Para asegurar la continuidad de los servicios publicos baslcos indispensables lasempresasdel Estado losoperadoresde concesiones publicas y los organismos reguladores frente a situaciones de Preparacien Respuesta y Rehabilitaci6n ante desastres formulan evaluan y ejecutan sus planes de contingencia y demas instrumentos de gestion en el marco del Plan Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres manteniendo comunicaci6n y coordinaci6n permanente con la autoridad regional 0 local segun corresponda

--t -I

EIPruano Uma Jueves 26demayo de2011 if NORMAS LEGALES 443213

344 Participaci6n del sector privado Los Gobiemos Regionales y los Gobiemos Locales coordinarim la participaci6n de las empresas del Estado los operadores de concesiones publicas y los organismos reguladores en los procesos de Preparaci6n Respuesta y Rehabilitaci6n en su ambito jurisdiccional

Articulo 35deg- Reconstruccl6n EI Proceso de Reconstrucci6n comprende las acciones

que se realizan para establecer condiciones sostenibles de desarrollo en las areas afectadas reduciendo el riesgo anterior al desastre y asegurando la recuperaci6n flsica y social asl como la reactivaci6n econ6mica de las comunidades afectadas Sus subprocesos principales son

Articulo 36deg_Subprocesos de la Reconstrucci6n Son Subprocesos de la Reconstrucci6n los

siguientes

361 Definici6n del esquema institucional Definir el esquema institucional de gesti6n y de coordinaci6n requerido para la reconstrucci6n con base en los Iineamientos definidos en la Polltica Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres

362 Definici6n de alcances Definir alcances del proceso de reconstrucci6n y establecer canales permanentes de comunicaci6n con las personas afectadas y la comunidad en general

363 Disefio de mecanismos tecnicos y legales Disefiar y formular los mecanismos tecnicos y legales para el proceso de reconstrucci6n que sean requeridos incluyendo la revisi6n de Planes de Desarrollo y de Ordenamiento Territorial

364 Evaluaci6n de impacto Realizar la evaluaci6n del impacto socioecon6mico en el escenario de desastre identificando presiones dinamicas y causas de fondo

365 Desarrollo de informaci6n Desarrollar la informaci6n necesaria para fines de reconstrucci6n incluyendo opciones de reubicaci6n de poblaci6n y anallsls socioecon6micos de las comunidades afectadas

366 Priorizaci6n de intervenciones Priorizar acciones de reconstrucci6n de manera integral incluyendo la recuperaci6n social y la reactivaci6n econ6mica y de forma participativa con los beneficiarios

367 Planificaci6n participativa Formular participativamente el plan integral de reconstrucci6n que no reproduce los riesgos preexistentes definiendo el alcance estrategias de implementaci6n actividades

y responsabilidades presupuestos e indicadores de seguimiento y evaluaci6n

368lnventario de infraestructura danada y priorizaci6n Disenar el procedimiento asi como las herramientas de inventario de la infraestructura publica dariada sobre la cual se procedera a priorizar y programar los proyectos de inversi6n publica para su reconstrucci6n Se debe tener en cuenta la programaci6n de la disponibilidad de recursos presupuestales as como las Unidades Ejecutoras competentes del nivel nacional y subnacional

369 Informaci6n publica Gestionar informaci6n sensibilizar socializar y divulgar los avances del proceso ante la poblaci6n afectada y la comunidad en general

3610 Seguimiento y evaluaci6n Monitorear y evaluar la ejecuci6n de los proyectos verificando que no se regeneren las condiciones inseguras previas al impacto

TiTULO V

INSTRUMENTOS DEL SISTEMA NACIONAl

CAPiTULO I

PLAN NACIONAL DE GESTION DEL RIESGO DE DESASTRES

Articulo 37deg- Definici6n y Objeto

371 EI Plan Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres tiene por objeto establecer las Iineas estrategicas los objetivos y las acciones de caracter plurianual necesarios para concretar 10 establecido en la Ley y la Politica Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres

372 En el disefio del Plan Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres se consideran los programas presupuestales estrategicos y otros programas que forman parte de la Estrategia Financiera para la Gesti6n

del Riesgo de Desastres en el marco del presupuesto por resultado ~

373 EI Plan Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres se articula con los instrumentos de planificaci6n sectorial regional y local Es aprobado por el Poder Ejecutivo mediante Decreto Supremo

Articulo 38deg- Estructura y contenldos I

381 La estructura del Plan Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres estara sustentada en los siguientes procesos

a Estimaci6n del Riesgo b Prevenci6n del Riesgo c Reducci6n del Riesgo d Preparaci6n e Respuesta f Rehabilitaci6n g Reconstrucci6n

382 En el proceso de elaboraci6n del Plan Nacionar de Gesti6n del Riesgo de Desastres se estableceran los indicadores de desempeiio e impacto que serviran de base al mecanismo de seguimiento y evaluaci6n

Articulo 39deg- De los planes especlficos po proceso

391 En concordancia con el Plan Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres las entidades publicas en todcs los niveles de gobiemo formulan aprueban y ejecutan entre otros los siguientes Planes

a Planes de prevenci6n y reducci6n de riesgo deshydesastres

b Planes de preparaci6n c Planes de operaciones de emergencia d Planes de educaci6n comunitaria e Planes de rehabilitaci6n f Planes de contingencia

392 La autoridad correspondiente convocara a las entidades privadas y a la sociedad para el desarrollo de estos instrumentos de planificaci6n

Articulo 40deg- Mecanismos de coordinaci6n participaci6n evaluaci6n y seguimiento

401 EI ente rector promueve la coordinaci6n y articulaci6n con entidades de la sociedad y el sector privado

402 EI ente rector desarrolla el proceso de articulaci6n de todos los elementos constitutivos del Plan Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres

403 EI ente rector establece los mecanismos de evaluaci6n y seguimiento del plan asi como los mecanismos de comunicaci6n y difusi6n

404 CENEPRED establece los Iineamientos y los procesos deforrnulaci6n y particijlaci6nrelativosaestimaci6n prevenci6n reducci6n del riesgo y reconstrucci6n

405 INDECI establece los Iineamientos y los procesos de formulaci6n y participaci6n relativos a la preparaci6n respuesta y rehabilitaci6n

406 CEPLAN identifica loselementosdela planificacion estrategica del desarrollo nacional que deben ser incluidos en el Plan Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres Asimismo establece los compromisos procesos y acciones necesarias para asegurar la implementaci6n de los elementos del Plan Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres dentro de los Programas Estrategicos para el Desarrollo Nacional

407 EI MEF propene los elementos de la Estrategia Financiera para su integraci6n en el Plan Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres de manera que queden adecuadamente vinculados y articulados

CAPiTULO II

ESTRATEGIA DE GESTION FINANCIERA DEL RIESGO DE DESASTRES

Articulo 41deg_ Definici6n

411 Es el conjunto de acciones establecidas para asegurar una adecuada capacidad financiera en los

t-~-

BPerull10

443214 WNORMAS LEGALES Uma jUeves 26de mayo de 2011

~ procesos de la Gesti6n del Riesgo de Desastres asi como il tma mejor cobertura de los riesgos fiscales derivados de

la ocurrencia de desastres r 412 En el diseiio de la Estrategia de Gesti6n Financiera se consideran los programas presupuestales estrategicos vinculados a la Gesti6n del Riesgo de Desastres y otros programas que estuvieran relacionados con el objetivo del plan en el marco del presupuesto por resultados

413 En situaciones de desastres de gran magnitud el ente rector en coordinaci6n con el Ministerio de Economla y Finanzas propone al Consejo Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres el esquema institucional y financiero de reconstrucci6n sobre la base de un tInalisis de vulnerabilidades darios y necesidades Este esquema tiene presente las competencias de los gobiemos regionales y gobiemos locales la existencia de capacidades en la sociedad organizada y el principio de subsidiariedad segun 10 establecido en la Ley - 414 Los gobiemos regionales y locales priorizan la asignaci6n de recursos en la formulaci6n del presupuesto de cada ejercicio fiscal para brindar ayuda directa e inmediata a las personas damnificadas y afectadas para ejecutar las acciones que recuperen rapidamente el servicio basico perdido y la rehabilitaci6n de la infraestructura publica dafiada Asimismo cubnran el reabastecimiento de los almacenes de ayuda humanitaria que administran segun sus arnbitos de competencia a 415 Las entidades publicae priorizan la asignaci6n de ~cursos presupuestales para el desarrollo de los procesos de la Gesti6n del Riesgo de Desastre preferentemente en 10 referido a la atenci6n de emergencias y el proceso de reconstrucci6n ~I 416 En concordancia con el principio de subsidiariedad cuando la emergencia supere la capacidad de respuesta de los gobiemos regionales y locales el Ministerio de Economia y Finanzas en coordinaci6n con el ente rector del SINAGERD establece los mecanismos para transferir oportunamente recursos con cargo a la Reserva de Contingencia a fin de facilitar la ejecuci6n de los procesos de la gesti6n reactiva

417 Los Recursos de la Reserva de Contingencia PBra la Gesti6n del Riesgo de Desastres seran asignados preferentemente para brindar una respuesta oportuna ante desastres de gran magnitud que permitan mitigar los efectos dafiinos por el inminente impacto de un fen6meno natural 0 antr6pico declarado por el organismo publico competente y rehabilitar la infraestructura publica dafiada

Articulo 42deg_Componentes

421 La estrategia de gesti6n financiera se organiza por procesos y considera los programas presupuestales lIinculados asi como otras herramientas financieras que estuvieran relacionadas con la Gesti6n del Riesgo de Desastres

422 Los procesos considerados son los siguientes

a Estimaci6n Prevenci6n y Reducci6n del Riesgo Mecanismos financieros presupuestales y de incentivos que fomenten el desarrollo de los procesos de estimaci6n prevenci6n y reducci6n del riesgo como la eontratacion de deuda el Programa Estrategico con el enfoque de Presupuesto por Resultados y Programas de Transferencias Condicionadas e Incentivos y fondos concursables b Preparaci6n Respuesta y Rehabilitaci6n En aumplimiento del principio de subsidiariedad los mecanismos para responder el impacto de desastres deben tomar en cuenta el siguiente orden de prelaci6n

1 Los recursos de los mismos pliegos presupuestales de las entidades publlcas

2 Los recursos de la Reserva de Contingencia 3 Los recursos del Fondo de Estabilizaci6n Fiscal

- 4 Las Iineas de credlto contingente

c Reconstrucci6n instrumentos de protecci6n financiera y transferencia de riesgo de bienes y servicios publlcos Asimismo se promovera la creaci6n y regulaci6n del mercado de transferencia de riesgo de desastres en bienes y servicios privados

423 Las entidades publicas de todos los niveles de gobiemo evaluan su respectiva capacidad financiera y

presupuestaria para la atenci6n de los dafios producidos por desastres y la fase de reconstruccien posterior en el marco de las disposiciones legales vigentes EI Ministerio de Economla y Finanzas evalua e identifica mecanismos que sean adecuados y costo-eficientes con el objeto de contar con la capacidad financiera complementaria para tal fin

CAPiTULO III

MECANISMOS DE COORDINACION DECISIONl COMUNICACION Y GESTION DE LA INFORMACluN

EN SITUACIONES DE IMPACTO DE DESASTRES

Articulo 43deg_ Niveles de emergencia y capacldad de respuesta

431 La tipificaci6n de la atenci6n de emergencias por medio de niveles permite identificar la capacidad de respuesta para atender las emergencias y desastres

432 La atenci6n de emergencias y dafios por desastres se c1asificanen 5 niveles de la siguiente manera

a Niveles 1 2 Y 3 Alcance Local y Regional Comprende aquellas situaciones que son atendidas directamente por los Gobiemos Locales 0 el Gobiemo Regional con sus propios recursos disponibles

b Nivel 4 Intervenci6n del Gobiemo Nacional Comprende aquellos niveles de impacto de desastres que superan la capacidad de respuesta regional y sustentan la Declaratoria de Estado de Emergencia En este caso interviene el Gobiemo Nacional con los recursos nacionales disponibles y la coordinaci6n del INDECI

c Nivel 5 De Gran Magnitud Comprende aquellos niveles impactos de desastres cuya magnitud 0 circunstancias afecten la vida de la Naci6n y supere 0 pueda superar la capacidad de respuesta del pais y sustentan la Declaratoria de Estado de Emergencia Nacional lnterviene el Gobiemo Nacional con los recursos nacionales disponibles y de ser necesario con el apoyo de la ayuda intemacional En este caso ellNDECI coordina y conduce las operaciones de Respuesta y Rehabilitaci6n

433 La metodologia de c1asificaci6n de los niveles de emergencia estara detallada en el Plan Nacional de Operaciones

Articulo 44deg_ Red Nacional de Alerta Temprana

441 INDECI establece la Red Nacional de Alerta Temprana sobre la base de la participaci6n de las entidades tecnico cientrficas y de las universidades

442 La Red Nacional de Alerta Temprana integrara al menos los siguientes componentes

a Conocimiento y vigilancia permanente y en tiempo real de las amenazas

b Servicio de seguimiento y alerta c Difusi6n y comunicaci6n d Capacidad de respuesta

443 EI diseiio de la Red Nacional de Alerta Temprana debe contemplar los siguientes aspectos

a Gobemabilidad y arreglos institucionales eficaces b Enfoque de amenazas multiples c Participaci6n de las comunidades locales d Consideraci6n de la diversidad cultural

Articulo 45deg- Servicio de Alerta Permanente

451 Mecanismo de caracter permanente realizado por el personal de las entidades que conforman el SINAGERD en el ambito de la gesti6n reactiva como condici6n de trabajo con la finalidad de prepararse difundiry desarrollar las acciones tecnlco - administrativas y de coordinaci6n inmediatas y oportunas ante la presencia de un peligro inminente 0 la ocurrencia de un desastre

452 Los Iineamientos generalespara laimplementaci6n y funcionamiento de dicho mecanismo son establecidos por ellNDECI

453 Los Sectores Nacionales los Gobiemos Regionales Municipalidades Provinciales y Distritales y el INDECI respectivamente aseguran su implementaci6n y funcionamiento

E

_ imiddot

EJ Peruano uma juevas 26de mayo de2011 NORMAS LEGALES 44321()

Articulo 46deg_Primera Respuesta

461 Las entidades de primera respuesta son organizaciones especializadas para intervenir en casos de emergencias 0 desastres que desarrollan acciones inmediatas necesarias en las zonas afectadas en coordinaci6n con la autoridad competente en los respectivos niveles de gobiemo segun 10 establecido en la Ley el presente reglamento y los protocolos correspondientes

462 Se consideran entidades de primera respuesta

a FuerzasArmadas b Policia Nacional c Cuerpo General de BomberosVOluntarios del Peru d Sector Salud (Ministerio de Salud Seguro Social

de SaIud - ESSALUD Instituciones Privadas de Salud Sanidad de las FFAAy Sanidad de la PNP)

e Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social f Cruz Roja Peruana g Poblaci6n organizada h Otras entidades publicae y privadas que resutten

necesarias dependiendo de la emergencia 0 desastre

Articulo 47deg- La Asistencia Humanitaria

471 LaAsistencia Humanitariacomprende actividades como instalaci6n de albergues administraci6n de campamentos reubicaci6n temporal en zonas seguras asistencia de salud fisica y mental distribuci6n de bienes de ayuda humanitariay prestaci6n de servicios

472 La Asistencia Humanitaria donada por entidades privadas nacionales asl como la ayuda intemacional es complementariay de apoyo a la responsabilidad primaria del Estado

473 Las donaciones procedentes de colectas publicas convocadas por particulares son autorizadas y supervisadaspor la autoridad regional 0 local competente segun corresponda

474 Los Gobiernos Regionales tienen a su cargo custodiar los bienes de ayuda humanitaria y distribuirlos a los Gobiemos Locales En aplicaci6n del principio de subsidiariedad la entrega de los bienes de ayuda humanitaria se realiza a traves de los Gobiemos Locales de cada jurisdicci6n

475 Es responsabilidad de los Presidentes de los Gobiemos Regionales la implementaci6n de los mecanismos medios y procedimientos emitidos por el ente rector a propuesta del INDECI para garantizar la custodia conservaci6n distribuci6n y supervisi6n de la entrega de dichos bienes a la poblaci6n afectada 0 damnificada

476 Los bienes de Ayuda Humanitaria se emplean unica y exclusivamente para la atenci6n de las personas damnificadas y afectadas por los desastres y las emergencias

477 Las personas que i1egalmente reciban 0 se apropiende los bienesdeAyuda Humanitariason pasibles de sanci6n penal conforme a la Ley de la materia

478 Las donaciones de bienes procedentes del exterior publicae 0 privadas cuando el Gobiemo Nacional efectua la convocatoria de Ayuda Humanitaria Internacional requisren la participaci6n y control de las entidades del SINAGERD asl como del Ministerio de Relaciones Exteriores y la Agencia Peruana de Cooperaci6n Internacional segun corresponda EI INDECI propondra al Ente Rector un instrumento para la solicitud internalizaci6ny manejode laAyuda Humanitaria Internacional

Articulo 48deg- Transparencia y Rendici6n de Cuentas

EIente rector establece las normas y criterios tecnicos para las rendiciones de cuentas de las donaciones administradas por las entidades que conforman el SINAGERD

Articulo 49deg- Acciones ante situacl6n de peligro inminente

491 La situaci6n de peligro inminente debe ser sustentada por el informe tecnico emitido por la entidad publica competente que sera sustento para la declaratoria del estado de emergencia

492 Las accionesa desarrollarsedebenestar dirigidas unicamente a reducir el impacto del probabledesastre par ocurrir y deben tener nexo directo de causalidad entre las intervenciones y el evento a fin de salvaguardar la seguridad de la poblaci6n sus bienes y la infraestructura publica

V

CAPiTULO IV

CENTROS DE OPERACIONES DE EMERGENCIA

Articulo 50deg- Deflnici6n

501 Los Centros de Operaciones de Emergencia r COE - son 6rganos que funcionan de manera continua en el monitoreo de peligros emergencias y desastres aST como en la administraci6ne intercambiode la informaci6n para la oportuna toma de decisiones de las autoridades del Sistema en sus respectivos ambitos jurisdiccionales

502 EI INDECI elaborara una normativa para la coordinaci6n articulada de los COE en todos los niveles de gobiemo y la propondra al ente rector para so aprobaci6n ~

Articulo 51deg_ Mecanismo de constitucion y funcionamiento de Centros Regionales y Locales deOperaclones de Emergencia

511 Los presidentes regionales y alcaldes instituyen los Centros de Operaciones de Emergencia Regional (COER)y los CentrosdeOperacionesdeEmergenciaLocal (COEL) respectivamente segun las normas requisitosry estimdares que sean establecidos por INDECI

512 Los Centros de Operaciones de Emergencia Regional (COER) y los Centros de Operaciones de Emergencia Local (COEL) contaran con un area fisica adecuadapara trabajarsiguiendo los estandaresmlnimos establecidos por INDECI

513 los Centros de Operaciones de Emergencla Regional (COER) y los Centros de Operaciones de Emergencia Local (COEl) estaran conformados por

a EI Presidente Regional 0 el Alcalde respectivamente

b Directoresy funcionariosde las areas operaclonales quesean determinadasen la normativaestandargeneradapor INDECI -

c Representantesde las FuerzasArmadas - d La Cruz Roja Peruana y el Cuerpo General de

Bomberos Voluntarios del Peru e La Policla Nacional del Peru

514 Los Centros de Operaciones de Emergencia Regional (COER) y los Centros de Operaciones de Emergencia Local (COEL) seran coordinados por uria autoridad local con probada experiencia el manejo de situacionesde emergenciaEIcoordinadorsera nombradO por el Presidente Regional 0 Alcalde respectivo

Articulo 52deg_ COE Sectoriales

521 Los Sectores Nacionales a traves de sus Ministerios actlvaran sus Centros de Operaciones de Emergencia en concordancia con sus competenclas -y los Iineamientos que dicta el Ente Rector a propuesta del INDECI

522 Los Sectores involucrados directamente con las actividades de Respuesta y Rehabilitaci6n designan a sus representantes para su participaci6n en el COElllj constituyendose en los elementos de enlace necesarios para mantener la informaci6n de los COE Sectorialeamp correspondientes

Articulo 53deg_ Manejo de la Informacion para la toma de decisiones

531 Los Centros de Operaciones de Emergencia en todos sus nlveles permanentemente obtienen recaban y comparten informaci6n sobre el desarrollo de las emergencias desastres 0 peligros lnminentesy proporcionan la informaci6n procesada disponible que requieran las autoridades encargadas de conducir io monitorear emergencias asi como a los COE de los niveles inmediatos respectivos para coadyuvar a la toma de decisiones de las autoridadescorrespondientes

EI Peruano443216 WNORMAS LEGALES UmB jueves 26demayo de2011

532 EI COEN proporciona la informacion tecnica dj~penible que requiera el Consejo Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres para la toma de decisiones

533 Los COE para el cumplimiento de sus actividades cuentan con el Sistema de Informacion Nacional para la R~spuesta y Rehabilitacion - SINPAD administrado por elINDECI como componente del Sistema Nacional de Informacion del SINAGERD

534 EI monitoreo de P8ligros y emergencias y admlnistraclon de la informaCion de los Centros Poblados y Comunidades mientras no cuenten con los recursos necesarios sera ejecutado y consolidado per los COEL con la participacien de las autoridades respectivas

CAPiTULO V

EVALUACI6N DE DAAos Y ANALISIS DE NECESIDADES - EDAN

n Articulo 54deg_ Definlci6n

J 541 La Evaluacion de Danos yAnalisis de Necesidades (poundDAN) es el mecanismo de identificacion y registro cualitativo y cuantitativo de la extension gravedad y localizacion de los efectos de un evento adverso

542 La EDAN es la base para el establecimiento de los planes especificos de respuesta a las emergencias a todo nivel y los planes de rehabilitacion Tambien sirve para los procesos de evaluacion y necesidades que se ~tablezcan para la reconstrucclon it

Articulo 55deg- Mecanismo y operatividad

~ 551 EI INDECI establecera un mecanismo nacional para la Evaluacion de Danos y Necesidades siguiendo 106 estandares intemacionales que han side desarrollados para tal fin 552 INDECI desarrollara un proceso permanente de

capacitaci6n a las entidades publlcas y a los gobiemos r~ionales y locales para su utilizacion armonizada EI Sistema de Evaluacion de Danos y Necesidades sera la oase para caracterizar las situaciones de emergencia y tamar las decisiones respectivas

553 EI mecanisme es implementado por los COE locales regionales y nacional segun los mecanismosde capacidad de repuesta y subsidiariedad que se establezcan en su diseno

It CAPiTULO VI

VOLUNTARIADO EN EMERGENCIAS Y REHABILITACION

Articulo 56deg- Constitucion del Voluntariado en liimergencias y Rehabilitaci6n

EIINDECI establecera el mecanismo de voluntariado en emergencias y rehebilitacion el cual incluirala incorporacien de criterios e indicadores minimos y organizacion de brigadistas para la gestion y actualizacion del voluntariado

CAPiTULO VII

SERVICIO DE BUSQlIEDA Y SALVAMENTO

Articulo 57deg- Naturaleza del servicio de busqlleda y salvamento

Es un mecanisme de coordinaclon decision y romunicacionconformado por entidades publicas y privadasde primera respuesta que cuenta con recursos y medios disponibles para intervenir en operaciones especializadas de bUsqueday salvamento con la finalidad de salvaguardar la vida humana en situaciones de emergencia y desastres

Articulo 58deg- Alcance del servicio de busqueda y sslvamento r Tiene alcance nacional y articula sus actividades en ejmarco del Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Oesastres En determinadas situaciones se amplia su accionar al ambito internacional

Articulo 59deg- Ambito de Accion del servicio de bilsqueda y salvamento

591 La busqueda y salvamento se ejecutan en los arnbitos terrestre maritimo y aereo

592 EIente rectordel SINAGERD dicta los Iineamientos generales que permitan la integracion de esfuerzos y la operaclon coordinada de las instituciones responsables a fin de optimizar los recursos para las operaciones de busqueda y salvamento

CAPiTULO IX

MECANISMOS DE COORDINACI6N INTERNACIONAL Y PARTICIPACI6N EN INSTANCIAS Y ACUERDOS

REGIONALES DE ASISTENCIA HUMANITARIA

Articulo 60deg- Definicl6n La cooperacien intemacional en Gestion del

Riesgo de Desastres es el conjunto de acciones y herramientas desarrolladas por los gobiemos y entidades intemacionales orientadas a movilizar recursos e intercambiarexperiencias y conocimientos con la finalidad de contribuir allegro de los objetivos del SINAGERD y al cumplimiento de los compromisos intemacionales

Articulo 61deg_ Mecanismos

611 EI ente rector solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la elsboracion de un mecanisme de coordinacien de la asistencia humanitaria para las sedes diplomaticas en el extranjero y para las entidades de asistencia aereditadas en el pais

612 EI ente rector con el apoyo del Sistema de Naciones Unidas establece los mecanismos para la asistencia intemacional segun los compromisos y tratados que existan al efecto

613 EI INDECI elabora y propone al ente rector una normativa y procesos para brindar asistencia a desastres en el extranjero

614 EI ente rector con el apoyo tecnico de INDECI y las entidades intemacionales especializadas elabora una normativa para facilitar las operaciones de asistencia humanitaria en el pals en concordancia con la iniciativa de la Ley Internacional para la Respuesta ante Desastres

Articulo 62- Red Humanitaria Nacional - RHN

621 La Red Humanitaria Nacional - RHN - constituye un mecanismo de coordinacion entre eI Estado Peruano la Cooperacion Intemacional y los Organismos No Gubemamentales debidamente registrados en la Agencia Peruana de Cooperacion Intemacional-APCI - Ycontribuye en la preparacion y respuesta a emergencias y desastres para fortalecerla accion del SINAGERD Esta organizada en el marco del Comite Interagencial Permanente establecido per la Asamblea General de Naciones Unidas

622 La RHN esta co-presidida por ellla Coordinador Residente del Sistema de las Naciones Unidas en el Peru y ellla Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil

CAPiTULO X

COORDINACI6N CON EL SISTEMA DE SEGURIDAD Y DEFENSA NACIONAL

Articulo 63deg_Coordinacion

631 EI Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres(SINAGERD)coordinaconel Sistemade Seguridad y Defensa Nacional a traves del INDECI los aspectos que correspondan a sus respectivas competencias para proteger a la poblacion mediante los procesos de preparacion respuestay rehabilitacionen los cases de desastres

632 Asimismo el Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres a traves del Instituto Nacional de Defensa Civil seguira cumpliendo las funciones relativas a movilizaclon y desmovilizaci6n para casos de emergencia producidos por desastres

CAPiTULO XI

SISTEMA NACIONAL DE INFORMACI6N PARA LA GESTI6N DEL RIESGO DE DESASTRES

Articulo 64deg_ Descripci6n

641 EI Sistema Nacional de Informacion para la Gestion del Riesgo de Desastres es un instrumento del SINAGERD

EJ Peruano Lima juevea 26dB mayo de2011 WNORMAS LEGALES 443217

)

642 EI Sistema Nacional de Informaci6n para la Gesti6n del Riesgo de Desastres tiene dos componentes Ia informaci6n para la gesti6n prospectiva y correctiva e informaci6n la para la gesti6n reactiva

ArtIculo 65deg_Rectorfa y coordlnacl6n

651 Con el objeto de organizar administrar y mantener actualizado el Sistema Nacional de Informaci6n de Gesti6n del Riesgo de Desastres la Presidencia del Consejo de Ministros establece las directivas y Iineamientos de aplicaci6n nacional sobre estandares para el usc intercambio y acceso a la informaci6n requerida para la Gesti6n del RiesQo de Desastres asl como en los mecanlsrnos para la Integraci6h de dicha informacion requiriendo la opini6n previa del CENEPRED en 10 referente a la informaci6n para la gesti6n prospectiva y correctiva y dellNDECI en 10 referente a la informaci6n para la gesti6n reactiva

652 La Presidencia del Consejo de Ministros supervisa que la informaci6n para la Gesti6n del Riesgo de Desastres generada bajo los estandares establecidos por CENEPRED e INDECI respectlvarnente este dlsponible para todas las entidades pUblicas y la sociedad civil

CAPiTULO XII

RADIO NACIONAL DE DEFENSA CIVIL Y DEL MEDIO AMBIENTE

Articulo 66deg_ Radio Naclonal de Defensa Civil y Medio Amblente

EI INDECI es responsable de desarroilar coordinar y asesorar los contenidos a difundirse en Radio Nacional de Defensa Civil y del Medio Ambiente en 10 referido a la Preparaci6n Respuesta y Rehabilitaci6n

TITULO VI

DECLARATORIA DE ESTADO DE EMERGENCIA

Articulo 67deg-Declaratoria de Estado de Emergencla por Desastre

671 EI Presidente de la Republica con acuerdo del Consejo de Ministros puede decretar por un plazo de sesenta (60) dlas calendario en todo el territorio de la Republica 0 en parte de ai el Estado de Emergencia por desasfre dando cuenta al Congreso de la Republica 0 a la Comisi6n Permanente

672 La Declaratoria del Estado de Emergencia tiene por finalidad la ejecuci6n de medidas de excepci6n inmediatas y necesarias frente a un peligro inminente o a la ocurrencia de un desastre de gran magnitud o cuando sobrepasa la capacidad de respuesta del Gobierno Regional protegiendo la vida e integridad de las personas el patrimonio publico y privado y restableciendo los servicios basicoa indispensables

Articulo 68deg- Procedimiento

681 La solicitud de Declaratoria de Estado de Emergencia por peligro inmlnente opor la ocurrencia de un desastre es presentada por el Gobiemo Regional al INDECI con la debida sustentaci6n adjuntando el informe de estimaci6n del riesgo 061 informe EDAN asi como la opini6n tecnlca de los Sectores involucrados en los casos que corresponda

682 EIINDECI emite opini6n sobre la procedencia de la solicitud a cuyo fin emite el informe tecnico respectivo

683 EI expediente de la solicitud de Declaratoria de Estado de Emergencia se presenta a la Presidencia del Consejo de Ministros con la recomendaci6n correspondiente

684La declaratoria del Estado de Emergencia podra ser requeridacon la debida sustentaci6n por los titulares de los Ministerios y Organismos Publicos Descentrelizados comprometidos por la emergencia los que canalizaran su solicitud a traves dellNDECI

685 Excepcionalmente la Presidencia del Consejo de Ministros puede presentar de oficio al donsejo de Ministros la declaratoria de Estado de Emergencia de la zona afectada por un peligro inminente 0 la ocurrencia de un desastre previa comunicaci6n de la situaci6n

y propuesta de medidas yo acciones inmediatas que correspondan efectuado por ellNDECI

686 EI Ente Rector a propuesta deIINDECI apruebashymediante Decreto Supremo las normas complementarias respecto de la declaratoria de Estado de Emergencia

LI

Articulo 69deg_PI6rroga del Estado de Emergencli~ EI Gobierno Regional presenta al INDECI ja

solicitud de pr6rroga del Estado deEmergencia la que no debera exceder de sesenta (60) dlas calendario adjuntando los informes tecnicos que fundanienten dicha solicitud asl como las medidas de caracter presupuestal necesarias

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES

Primera- Sobre el Sistema Naclonal de Defensa Civil

Las responsabilidades que hayan side asignadas en otras normas al Sistema Nacional de Defensa Civil relacionadas con aspectos de preparaci6nrespuesta y rehabilitaci6n seguiran siendo ejercidas por el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) siempre que no Ife opongan a 10 dispueetc por la Ley Ndeg 29664 Yel presenta Reglamento

Segunda- Infracciones y sanciones ~ Losaspectosrelacionadoscon infraccionesy sanciones

Iigados a responsabilidades administrativas yfuncionales se rigen de acuerdo a 10 establecido en la Ley Ndeg 29622 Ley que modifica la Ley Num 27785 Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contralorla General de la Republica y amplia las facultades en el proceso para sancionar en materia de responsabilidad administrativa funcional y el Reglamento de infracciones y sanciones para la responsabilidad administrativa funcional derivaqB de los informes emitidos por los 6rganos del Sistema Nacionalde Controlaprobadomediante DecretoSupremq Ndeg 023-2011-PCM ~_

Las sanciones relacionadas con aspectos ete lncumphrnlento de la regulaci6n sobre Licencias ltJe Funcionamiento construcci6n y habilitaci6n se apli~n conforme a la normativa correspondiente ~

Tercera- EJecuci6nde las Inspecclones Tecnic~ de Seguridad en Defensa Civil - ITSDC -

1 EI Ente Rector aprueba las reformas en materia de Seguridad en Defensa Civil referidas a las Inspecciones Tecnicas de Seguridad en Defensa Civil asl comoen la acreditaci6n y administraci6n del Registro de los Inspectores incluida su actualizaci6n y capacitaci6n

2 Las InspeccionesTecnicas de Seguridaden Defensa Civil son ejecutadas por los Gobiernos Regionales~ Locales en sus ambitos deiurisdicci6n respectivos

Cuarta- Proceso de Adecuaci6n de las Nonnas de Seguridad en Defensa Civil

EI INDECI en un plazo maximo de sesenta (60) dlas habiles de publicado el presente Reglamento propone al Ente Rector la adecuaci6n de la legislaci6n vigente en materia de Segllridady Defensa Civil ala Ley del Sistema Nacional de la Gesti6n del Riesgo Desastres

En el proceso tiene especial anfasis la Ley Marco de Licencia de Funcionamiento el Reglamento de lnspeccionesTecnlces de Seguridad en Defensa Civil) demas normas vinculadas con las Inspecciones Tacnic8S de Seguridad en Defensa Civil ~~~

Quinta- Vigencia de los Convenios Nacionales~~ Internacionales suscritos en el Marco del SINADECI

Los convenios de caracter nacional 0 internacional suscritos por el Instituto Nacional de Defensa Civil eAo representaci6n del SINADECI vigentes al momento de entrada en vigor de la Ley Ndeg 29664 continuaren siende conducidos y administrados por el INDECI hasta el cerre del presente ejercicio presupuestal debiendo informar al Ente Rector respecto de aquellos casos en que exceda su competencia La Presidencia del Consejo de Ministros establecera las condiciones y responsabilidades para su ratificaci6n modificaci6n 0 Iiquidaci6n segun corresponda

i

j

ElPeruano443218 WNORMAS LEGALES Lima jUevas 26cia mayo da2011

DISPOSICIONES TRAN~ITORIAS

Prlmera- Regulacl6n del funclonamlento del ConseJo Naclonal de Gestl6n del Rlesgo de Desastres

EI Consejo Naclonal de Gesti6n del Riesgo de Desastres regula su funcionamieno a traves de un Reglamento Intemo aprobado por sus miembros en un plazo maximo de treinta (30) dias calendario contados desde la fecha de su instalaci6n

Segunda- Transltorledad de competenclas sobre Inspecclones T6cnlcas de Segurldad en Deensa Civil

Transitoriamente el INDECI rnantiene las competenclas referidas a las Inspecciones Tecnicas de Seguridad en Defensa Civil reguladas en el Reglamento de Inspecciones Tecnicas de Seguridad en Defensa Civil en los casos en que aun no se hayan transferido a los Gobiernos Regionales

645127-3

Autorizan viaje del Ministro de Relaeiones Exteiiores a Japon y EEUU yencargan su DespaCho ala Presidenta d~1 Consejo de Ministros y Ministra de Justieia

RESOLUCI6N SUPREMA Ndeg 133-2011-PCM

lima 25 de mayo de 2011

CONSIDERANDO

Que es objetivo de la PollticaExterior del Peru promover los intereses del pals tanto a nivel bilateral como multilateral conmiras a consolidar su presencia regional e internacional fortaleciendo su procesode inserci6n a nivel qlobal

Que el Mimstro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores Jose Antonio Garcia Belaunde efectuara una visita de trabajo al Jap6n del 29 al 31 de tnayo a fin de sostener un encuentro con su hom610go elCanciller Takeaki Matsumoto y suscribir el Acuerdo de Asociaci6n Econ6mica con ese pais Adicionalmente se ha previsto su participaci6n en distintas actividades con otras autoridades del gobierno de ese pals asl comomiddot una reuni6n con representantes del Consejo Empresarial Peruano Japones

Que asirnismo se ha previsto la participaci6n del Canciller en la Asamblea General Extraordinaria de la Organizaci61) de los Estados Americanos convocada para elide junio de 2011 con el prop6sito de tratar el asunto de la reincorporaci6n de Honduras a la citada organizaci6n

Que por representar actividades de la mayor importancia para la politica exterior del Peru es necesario autorizar el viaje del Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores Jose Antonio Garcia Belaunde a la ciudad de Tokio Jap6n y a la cludad de Washington DCEstad9sUnidos de America a fin de participar en las reuniones precltadas considerando que por razones de itinerario estara ausente del pals desde el 28 de mayo y hasta elide junio inclusive

De conformidad con el articulo 127deg de la Constituci6n Politica del Peru la Ley Ndeg 29158 Ley Organica del Poder Ejecutivo Ley Ndeg 29357 Ley de Organizaci6ny Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores en concordancia con el articulo 83deg del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa aprobado mediante el Decreto Supremo Ndeg 005-90-PCM la Ley Ndeg 27619 modificada por la Ley Ndeg 28807 Y su reglamento aprobado por el Decreto Supremo Ndeg 047-2002-PCM su modificatoria el Decreto Supremo Ndeg 005-2006-PCM el numeral 101 del artIculo 10deg de la Ley Ndeg 29626 Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Allo Fiscal 2011

SE RESUELVE

Articulo 1deg_Autorizarel viaje del Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores Jose Antonio

Garcia Belaunde a la ciudad de TokioJap6n y a la ciudad de Washington DC Estados Unidos de America entre los dias 28 de mayo y 1 de junio de 2011 de acuerdo a 10 expuesto en la parte considerativa

Articulo 2deg_ Los gastos que irrogue la participaci6n del Ministro de Estado en e) Despacho de Relaciones por concepto de pasajes USD$ 445000 Y viaticos USD$ 152000 seran cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores deblendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) dias calendario al termino de la referida comisi6n

Articulo 3deg_ Encargar el Despacho de Relaciones Exteriores a la Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Estado en el Despacho de Justicia sellora Rosario Fernandez Figueroa en tanto dure la ausencia del titular

Articulo 4deg_La presente Resoluci6n sera refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y el Ministrode Relaciones Exteriores

Registrese comunlquese y publlquese

ALAN GARCiA PJREZ Presidente Constitucional de la Republica

ROSARIO DEL PILAR FERNANDEZ FIGUEROA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia

JOSJANTONIO GARCiA BELAONDE Ministro de Relaciones Exteriores

645127-10

Crean Cowsion Multiseetorial de Naturaleza Temporal encargada de analizar las opciones y a1temativas teenicas para la formulaeion del estudio de factibilidad para la ejecueion de Ia Tereera Etapa del Proyecto Especial Chavimoehie del Gobiemo Regional de LaLibertad

RESOLUCI6N SUPREMA Ndeg 134middot2011-PCNi

lima 25 de mayo de 2011

CONSIDERANDO

Que la ejecuci6n de la Tercera Etapa del Proyecto Especial Chavimochic es de gran lnteres para el Gobierno Nacional y para el Gobierno Regional de La Libertad en la medida que permitira brindar seguridad en el suministro de agua de riego a los actuales usuarios de I~ Primera y Segunda Etapa del indicado Proyecto posibilitandose la incorporaci6n de hasta treinta mil hectareas ubicadas dentro del ambito de las referidas etapas que han sido transferidas al sector privado

Que en ese sentido resulta necesario evaluar la ejecuci6n de la Tercera Etapa del Proyecto Especial Chavimochicmediante promoci6n de la inversi6n privada a efectos de contribuir con la consolidaci6n del desarrollo agroexportador del norte del pais

Que de acuerdo a 10 dispuesto por la Ley Ndeg 29158 Ley Organica del Poder Ejecutivo las Comisiones Multisectoriales decaracter temporal son creadas con fines especificos para cumplir fundones de fiscalizaci6n propuesta 0 emisi6nde informes tecnicos las que se crean formalmente mediante resolucion suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y los Titulares de los sectores involucrados

Que a fin de analizar las opciones y alternativas tecnicas para la formulaci6n del estudiode factibilidad para la ejecuci6n de la Tercera Etapa del Proyecto Especial Chavimochic del Gobierno Regional La Libertad se ha visto por conveniente crear una Comisi6n Multisectorial encargada de proponer las recomendaciones tecnicas para la viabilidad del mencionado proyecto

De conformidad con 10 establecido en el numeral 8) del articulo 118deg de la Constituci6n Polltica del Peru y 10

Page 5: Reglamento Ley 29664 SINAGERD

01

EJPerulrlO443210 j NORMAS LEGALES Uma jueves 26demayo de2011

131 Sobre la base de Ia estimaclon de ries~o en coordlnacien con CENEPRED las entldades publicas generan normas e instrumentos de apoyo para que los gobiernos regionales y locales utilicen los resultados de la estimacion de riesgo a escala nacional en sus procesos respectivos de analisis planificaciony gestion

132 Las entidades publicas identiflcan y priorizan el riesgo en la infraestructura y los procesos econemlcos sociales y ambientales en su ambito de atrlbuciones y establecen un plan de gestion correctiva tomando en conslderaclen los Iineamientos establecidos por el CENEPRED

133 Los 6rganos y unidadesorganicas de los sectores y entidades del Gobierno Nacional deberan incorporar e implementar en su gestion los procesos de estimaclen prevenclon reduccien de riesgo reconsnucclen preparaci6n respuesta y rehabilitacion transversalmente en el ambito de sus funciones

134 Los Titulares de las entidades y sectores del Gobierno Nacional constituyen y presiden los Grupos de Trabajo de la Gestion del Riesgo de Desastres como espacios internos de artioolacion para la formulacion cIe normas y planes evaluaci6n y organizacion de los procesos de Gesti6n del Riesgo de Desastres en el ambito de su competencia Estos grupos coordinaran y artlcularan la gestion prospectiva correctiva y reactiva en el marco del SINAGERD los grupos de trabajo estaran integrados por los responsablesde los organos y unidades organicas competentes

135 Ensituaciones de desastre las entidades pUblicas participan en los procesos de evaluacion de daftos y analisls de necesidades segun los procesos establecidos por ellNDECI y bajo la coordinacion de los Centros de Operaciones de Emergencia establecen los mecanismos necesarios para una rehabilitacion rapida eficiente y articulada En desastres de lJran magnitud evaluan su respectiva capacidad financlera para la atencion del desastre y la fase de reconstrucci6nposterior en el marco de las disposiciones legales vigentes Este proceso sera coordinadocon el CENEPREDy el Ministerio de Economla y Finanzas

Articulo 14deg_ Artlculaci6n entre las distlntas entidades

En el marco de sus respectivas competencias y responsabilidades vinculadas al SINAGERD los Ministros los Presidentes de Gobiemos Regionales y los Alcaldes aseguran el desarrollode adecuados canales de comunicaci6n y construyen las herramientas de gestion necesarias a efecto que los Iineamientos de polltica sectorial y las aceiones operativas en materia de Gestion de Riesgo de Desastres segun corresponda guarden armonia y se ejecuten oportuna y coherentemente en la gesti6n del SINAGERD Para dicho fin materializaran sus responsabilidades y competencias en tareas 0 actividades en los respectivos Planes Sectoriales

Regionales y Locales de Operaciones 0 de Contingencia ltsegun corresponda

Articulo 15deg_Fuerzas Annadas y Policla Nacional del Peru

151 EI Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de pesastres (SINAGERD) coordina con el Sistema de -Seguridad y Defensa Nacional segun corresponda en el ambito de sus eompetencias a traves del INDECI Corresponde al ente rector establecer los mecanismos de coordinacion ~ 152 Las Fuerzas Armadas y la Policia Nacional del Peru participan en la Gestion del Riesgo de Desastres en 10 referente a la preparacion y respuesta ante situaciones de desastre de acuerdo a sus competencias y en coordinacion y apoyo a las autoridades competentes conforme a las normas del SINAGERD EI Ministerio de Defensa establece la mision organizacion y funciones de las FuerzasArmadas para la atenci6n de las emergencias originadas por desastres de acuerdo a los Iineamientos establecidos por el Ente Rector especificando ademas las fuentes para su financiamiento

153 Las Fuerzas Armadas y la Policla Nacional del Peru participan de oficio en la atencion de situaciones de emergencia que requieran acciones inmediatas de respuesta realizando las tareas de urgente necesidad que les compete de acuerdo a los Iineamientos establecidos por el Ente Rector

Articulo 16deg_Entldades Privadas y Sociedad Civil Las entidades privadas y las organizaciones sociales

cuyas actividades se vinculan con los procesos de la Gestlon del Riesgo de Desastres brindan asesoramiento y apoyo al ente rector a los gobiemos regionales y locales y demas entidades que conforman el SINAGERD en el marco de convenios planes nacionales y regionales 0 protocolos para la gestion del riesgo de desastres

I CAPiTULO II

GRUPOS DE TRABAJO Y PLATAFORMAS DE DEFENSA CIVil

Articulo 17deg_ Mecanlsmo de constltucl6n y funclonamlento de grupos de trabaJo para la Gestl6n del Rlesgo de Desastres

171 La maxima autoridad ejecutiva de cada entidad publica de nivel Nacional los Presidentes Regionalesy los Alcaldes constituyen y presiden los grupos de trabajo de la Gestion del Riesgo de Desastres para la formulacion de normas y planes evaluacion orqanlzacion supervision fiscalizacion y ejecucion de los procesos de Gestion del Riesgo de Desastres en el ambito de su competencia Esta funcion es indelegable

172 Los grupos de trabajo estan integrados por funcionarios de los niveles directivos superiores de cada entidad publica 0 gobiemo subnaclonal

Articulo 18deg_ Funclonamiento de los grupos de trabaJo para la articulaci6n y coordlnacl6n del SINAGERD

181 Coordinan y articulan la gestion prospectiva correctiva y reactiva en el marco del SINAGERD

182 Promueven la participaclen e integraci6n de esfuerzos de las entidades publicas el sector privado y la cludadanla en general para la efectiva operatividad de los procesos del SINAGERD

183 Artiooan la Gestion del Riesgo de Desastres dentro de los mecanismos institucionales

184 Coordinan la articulacion de sus decisiones en el marco de la integracion y armomzacien de la Polltica Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres con otras politicas transversales de desarrollo

185 Articulan la gestion reactiva a traVElS de

a EI Sistema Regional de Defensa Civil b Los Centros de Operaciones de Emergencia

Regional (COER) y los Centros de Operaciones de Emergericia Local (COEL)

c Las Plataformas de Defensa Civil regionales y locales

186 Coordinan los procesos de preparacien respuesta y rehabilitacion del SINAGERD con el Sistema de Seguridad y Defensa Nacional

Articulo 19deg_Las Platafonnas de Defensa Civil

191 Las Plataformas de Defensa Civil son espacios permanentesde participacioncoordinaci6n convergencia de esfuerzos e integracion de propuestas que se constituyen en elementos de apoyo para la preparacion respuesta y rehabilitacion

192 Las Plataformas de Defensa Civil funcionan en los ambitos jurisdiccionales regionales y locales

193 EI Presidente del Gobiemo Regional y el Alcalde respectivamente constituyen presiden y convocan las Plataformas

194 Esobligatoria laparticipaci6nde lasorganizaciones sociaes a traves de sus representantes

195 Las organizaciones humanitarias vinculadas a la gestion del riesgo de desastres apoyan y participan en las Plataformas de Defensa Civil

Articulo 20deg_ Funclones de las Platafonnas de Defensa Civil

201 Formulan propuestas para la ejecucion de los procesos de preparacion respuesta y rehabilitacion con el objetivo de integrar capacidades y acciones detodos los actores de la sociedad en su ambito de competencias

-

B Peruano Uma jueves 26demayo de2011 WNORMAS LEGALES 443211

202 Convocan a todas las entidades pnvadas y a las organizaciones sociales promoviendo su participaclon en estncta observancia del principio de partlclpacion y de los derechos y obligaciones que la Ley reconoce a estos actores

203 Proponen normas relativas a los procesos de preparaci6n repuesta y rehabilitaci6n en su respectiva jurisdiccion

TITULO III

POLTICA NACIONAL DE GESTI6N DEL RIESGO DE DESASTRES

Articulo 21deg- La Politica Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres

211 Es responsabilidad prioritariadel Estadola protecci6n de la vida e integridad de las personas como valores constitucionales superiores La Polltica Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres de obligatorio cumplimiento es aprobadaporel PoderEjecutivoatravesde DecretoSupremo con el voto aprobatoriodel Consejo Ministros

212 Las politicas pUblicas y normas en materia de Gesti6n del Riesgo de Desastres de caracter sectorial regional y loeal se diseilan y apliean en concordancia con 10 establecido en la Politica Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres

213 EI articulo 5deg de la Ley Ndeg 29664 establece los lineamientos de la Politica Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres Todos los procesos de formulacion de contenidos estaran sujetos a dichos Iineamientos

214 Asimismo constituyen instrumentos de la Politica Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres

a Los Programas Presupuestales Estrategicos vinculados a la Gestion del Riesgo de Desastres y otros Programas en el marco del enfoque del Presupuesto por Resultados

b EI Plan Nacional de Operaciones de Emergencia c Los Planes Sectoriales Regionales Municipales y

Distritales de Gesti6n del Riesgo de Desastres d Planes de Desarrollo e Planes de Prevenci6n y Reducci6n del Riesgo f) Meeanismos de programaci6n formulacion y

ejecuci6n presupuestal y de protecci6n financiera g Instrumentos de politica estrategia y planificaci6n

relacionados con el ordenamiento territorial el desarrollo urbane protecci6n del ambiente cambio climatico la educaci6n y comunicaci6n

h Mecanismos de supervisi6n evaluaci6n control sanci6n

215 EI ente rector establece el proceso y los mecanismos para la formulaci6n y aprobaci6n de la Politica Nacional que garantice las condiciones de interinstitucionalidad sinergia descentralizaci6n transversalidad y participaci6n De igual forma identlficara el mecanisme de informacion transparencia y difusi6n

TITULO IV

PROCESOS DE LA GESTI6N DEL RIESGO DE DESASTRES

Articulo 22deg_ Implementaci6n de la Politica Nacional de Gesti6n del Rlesgo de Desastres

La implementaci6n de la Politica Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres se logra mediante el planeamiento organizaci6n direcci6n y control de las actividades y acciones relacionadas con los procesos y sus respectivos subprocesos segun los articulos siguientes

Articulo 23deg_Estimacion del Riesgo EI proceso de Estimacien del Riesgo comprende las

acciones y procedimientos que se realizan para generar el conocimiento de los peligros 0 amenazas analizar la vulnerabilidad y establecer los niveles de riesgo que permitan la toma de decisiones en la Gestion del Riesgo de Desastres

Articulo 24deg_ Los Subprocesos de la Estimacion del Riesgo

Son Subprocesos de la Estimaci6n del Riesgo los siguientes

241 Normatividad y Iineamientos Desarrollarlas normas Iineamientos y herramientas tecnicas apropiadas para la generaci6ny difusi6ndel conocimiento delpeligroanalisisde wlnerabilidades y el establecimiento de los nivelesde riesgo de desastres para su aplicaci6n en los demas procesOs constitutivos de la Gesti6ndel Riesgode Desastres

242 Participaci6n social Desarrollar mecanlsmos para la participaci6n de la poblaci6n las entidades privadasy las entidades publicas en la identificaci6n de los peligros y de las vulnerabilidades

243 Generaci6n del conocimiento de peligros 0 amenazas Identificar conocer caracterizar y monitorear los peligros para establecer su area de influencia con el prop6sito de analizar las vulnerabilidades y establecer las medidas preventivas y correctivas del riesgo

244 Analisis de vulnerabilidad En las areas con exposici6n analizar los factores de la vulnerabilidad en el ambito de competencias territoriales 0 sectoriales

245 Valoraci6n y escenarios de riesgo Establecer los niveles del riesgo a partir de la valoraci6n y cuantificaci6n de la vulnerabilidad y del desarrollo de escenarios de riesgo que permitan la toma de decisiones en el proceso Gesti6n del Riesgo de Desastres y del desarrollo sostenible

246 Difusi6n Acopiar y difundir el conocimiento sobre el riesgo de desastres

Articulo 25deg- Prevencion del Riesgo EI proceso de Prevenci6n del Riesgo comprende las

acciones que se orientan a evitar la generaci6n de nuevos riesgos en la sociedad en el contexte de la gesti6n del desarrollo sostenible

Articulo 26deg_ Los Subprocesos de la Prevencion del Riesgo

Son Subprocesos de la Prevenci6n del Riesgo leiS siguientes

261 Normatividad y lineamientos DesarroJlar las normas Iineamientos y herramientas tecnicas apropiadas para evitar la generaci6n de nuevo riesgo en el territorio a traves de su consideraci6n en politicas planes de desarrollo a nivel territorial y sectorial incluyendo c6digos de urbanismo y de construcci6n

262 Planificaci6n preventiva Formular planes de desarrollo territoriales y sectoriales que consideren la no generaci6n de nuevos riesgos

263 Participaci6n social Desarrollar meeanismos para Ia participaci6n de la poblaci6n las entidades privadas y las entidades publicas en el establecimiento de metas de prevenci6n de riesgos y en la formulaci6n de los planes de desarrollo territoriales y sectoriales 264 Indicadores de prevenci6n Con base en la

informaci6n sobre la estimaci6n del riesgo establecsr metas e indicadores para la prevenci6n en el territorio

265 Financiaci6n de la prevenci6n Gestionar 106 recursos financieros para la implementaci6n de los planes formulados

266 Implementaci6n de la prevenci6n a traves de la Planificaci6nterritorialy sectorialAplicar las consideraciones de prevenci6n de riesgos a traves de la implementaci6n de los planes de desarrollo territorialesy sectoriales

267 Implementaci6n de la prevencion a traves de las normas de urbanismo y construcci6n Apliear las consideraciones de prevenci6n de riesgos a traves de los c6digos y reglamentos de urbanismo y construcci6n en el territorio shy

268 Control y evaluaci6n Controlar y monitorear el logro de los objetivos en materia de prevenci6n de nuevm riesgos en el territorio y retroalimentar el proceso

Articulo 27deg_Reducci6n del Riesgo EI proceso de Reducci6n del Riesgo comprende las

acciones que se realizan para reducir las vulnerabilidades y riesgos existentes en el contexto de la gestion del desarrollo sostenible

Articulo 28deg_ Los Subprocesos de la Reducci6n del Riesgo

Son Subprocesos de la Reducci6n del Riesgo los siguientes

281 Normatividad y Lineamientos Desarrollar las normas lineamientos y herramientas tecnicas apropiadas para reducir el riesgo existente en el territorio

BPenJano443212 WNORMAS LEGALES UmaJ- 26de mayo de 2011

282 Diagn6stico e intervenci6n Analizar la situaci6n de los elementos socioecon6micos expuestos en las areas en donde se ha establecido niveles de riesgo con fines de implementar acciones de reducci6n de vulnerabilidad

283 Participaci6n social Determinar los mecanismos de participaci6n de la sociedad civil para establecer las metas de reducci6n del riesgo de desastres

284 Evaluaci6n de programas y proyectos Analizar y evaluar con un enfoque de participaci6n las diferentes altemativas de programas y proyectos que se orienten a la reducci6n del riesgo de desastres

-285 Informaci6n y seguimiento Informar peri6dicamente sobre el desarrollo de las acciones de reducci6n de riesgos fomentando la participaci6n social

286 Planificaci6n participativa Planificar participativamente las acciones concertadas a traves de proyectos de inversi6n publica 0 privada que incluyan reduccion del riesgo de desastres

287 Planificaci6n integral armonizada y transversal Armonizar e incorporar los proyectos de reducci6n del riesgo de desastres en el esquema de planes de desarrollo local procurando la generaci6n de proyectos integrales de desarrollo que consideren la reducci6n del riesgo de desastres

288 Gesti6n de recursos Gestionar los recursos para ta implementaci6n de los proyectos de desarrollo en los que se integra la reducci6n del riesgo de desastres

289 Implementaci6n de la reducci6n del riesgo Ejecutar programas y proyectos de reducclen del riesgo de desastres

2810 Seguimiento y evaluaci6n Monitorear el logro de los objetivos en materia de reducci6n de riesgos en el territorio y retroalimentar el proceso

Articulo 29deg- Preparaci6n La Preparaci6n esta constituida por el conjunto de

acciones de planeamiento de desarrollo de capacidades organizaci6n de la sociedad operaci6n eficiente de las instituciones regionales y locales encargadasde la atenci6n y socorro establecimiento y operaci6n de la red nacional de alerta temprana y de gesti6n de recursos entre otros para anticiparse y responder en forma eficiente y eficaz en caso de desastre 0 situacion de peligro inminente a fin de procurar una optima respuesta en todos los niveles de gobiemo y de la sociedad

Articulo 30deg_Subprocesos de la Preparaci6n Son SUbprocesos de la Preparaci6n los siguientes

301 Informaci6n sobre escenarios de riesgo de desastres Desarrollar un proceso sistematico estandarizado y continuo para recopilar informaci6n existente sobre la tendencia de los riesgos asl como las estadlsticas de dafios producidos por emergencias pasadas a fin de actuar oportunamente en caso de desastre 0 situaci6n de peligro inminente

302 Planeamiento Formular y actualizar permanentemente en concordancia con el Plan Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres el planeamiento de la Preparacien la Respuesta y la Rehabilltacion en los diferentes niveles de gobiemo

303 Desarrollo de capacidades para la Respuesta Promover el desarrollo y fortalecimiento de capacidades humanas organizacionales tecnicas y de investigaci6n en los tres niveles de gobierno entidades privadas y la poblaci6n asi como equipamiento para una respuesta eficiente y eficaz en situaci6n de emergencias y desastre

304 Gesti6n de Recursos para la Respuesta Fortalecer en el ambito nacional regional y local la gesti6n de recursos tanto de infraestructura como de ayuda humanitaria obtenidos mediante fondos publlcos de la movilizaci6n nacional y de la cooperacion intemacional

305 Monitoreo y Alerta Temprana La alerta temprana es parte de los procesos de preparaci6n y de respuesta Para la preparaci6n consiste en recibir informaci6n analizar y actuar organizadamente sobre la base de sistemas de vigilancia y monitoreo de peligros y en establecer y desarrollar las acciones y capacidades locales para actuar con autonomla y resiliencia

306 Informacion Publica y Sensibilizacion Desarrollar y fortalecer medios de comunicaci6n y difusion - en los ambitos Nacional Regional y Local - para que las autoridades y la poblaci6n conozcan los riesgos existentes y las medidas adecuadas para una respuesta optima

Articulo 31deg- Respuesta La Respuesta como parte int~rante de la Gestl6n

del Riesgo de Desastres esta constituida por el conjunto de acciones y actividades gue se ejecutan ante una emergencia 0 desastre lnmedlatamente de ocurrido lIste asl como ante la inminencia del mismo

Articulo 32- Subprocesos de la Respyesta Son Subprocesos de la Respuesta los siguientes

321 conduecicn y coordinaci6n de la atenci6n de la emergencia 0 desastre Actividades transversales orientadas a conducir y coordinar la atenci6n de la emergencia y desastres en los diferentes niveles de gobiemo para generar las decisiones que se transforman en acciones de autoayuda primera respuesta y asistencia humanitaria con base en informaci6n oportuna

322Analisis Operacional Es el conjunto de acciones que permite identificar dalios analizar necesidades y asegurar una oportuna intervenci6n para satisfacer con recursos a la poblaci6n afectada contando para ello con procedimientos pre-establecidos en funci6n a los medios disponibles en los ambitos local regional y nacional

323 Busqueda y Salvamento Salvaguardar vidas controlar eventos secundarios como incendios explosiones y fugas entre otros proteger los bienes y mantener la seguridad publica en los ambltos marltimo aereo y terrestre

324 Salud Brindar la atenci6n de salud en situaciones de emergencias y desastres a las personas afeetadas asl como cubrir necesidades de salud publica

325 Comunicaciones Actividades orientadas a asegurar la disponibilidad y el funcionamiento de los medios de comunicaci6n que permitan la adecuada coordinacion entre los actores del SINAGERD ante la ocurrencia de una emergencia 0 desastre

326 Loglstica en la Respuesta Abastecimiento de suministros adecuados y en cantidades requeridas asi como equipos y personal especializado en los lugares y momentos en que se necesitan para la atenci6n de la emergencia

327 Asistencia Humanitaria Desarrollar y coordinar las acciones relacionadas con la atenci6n que requieren las personas afeetadas por la ocurrencia de una emergencia o desastre en especial 10 relacionado con brindar techo abrigo alimento enseres y herramientas asi como la protecci6n a grupos vulnerables

328 Movilizacion Disponer y emplear recursos y bienes del potencial nacional en concordancia con la Ley Ndeg 28101 Ley de Movilizacion Nacional

Articulo 33deg- Rehabilitaci6n EI proceso de Rehabilitacien es el conjunto de

acetonesconducentes al restablecimiento de los servicios publicos basicos indispensables e inicio de la reparaci6n del dalio fisico ambiental social y econ6mico en la zona afectada por una emergencia 0 desastre Se constituye en el puente entre el proceso de respuesta y el proceso de reconstrucclen

Articulo 34deg- Subprocesos de la Rehabllltaci6n Son Subprocesos de la Rehabilitaci6n los siguientes

341 Restablecimiento de servicios publlcos baslcos e infraestructura Acciones orientadas a restablecer los servicios pUblicos basicos as como la infraestructura que permita a la poblaci6n volver a sus actividades habituales

342 Normalizaclon progresiva de los medios de vida Acciones que permitan normalizar las actividades socioshyeconomlcas en la zona afectada por el desastre mediante la participaci6n coordinada de los tres niveles de gobiemo lncorporando al sector privado y a la poblaclen

343 Continuidad de servicios Para asegurar la continuidad de los servicios publicos baslcos indispensables lasempresasdel Estado losoperadoresde concesiones publicas y los organismos reguladores frente a situaciones de Preparacien Respuesta y Rehabilitaci6n ante desastres formulan evaluan y ejecutan sus planes de contingencia y demas instrumentos de gestion en el marco del Plan Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres manteniendo comunicaci6n y coordinaci6n permanente con la autoridad regional 0 local segun corresponda

--t -I

EIPruano Uma Jueves 26demayo de2011 if NORMAS LEGALES 443213

344 Participaci6n del sector privado Los Gobiemos Regionales y los Gobiemos Locales coordinarim la participaci6n de las empresas del Estado los operadores de concesiones publicas y los organismos reguladores en los procesos de Preparaci6n Respuesta y Rehabilitaci6n en su ambito jurisdiccional

Articulo 35deg- Reconstruccl6n EI Proceso de Reconstrucci6n comprende las acciones

que se realizan para establecer condiciones sostenibles de desarrollo en las areas afectadas reduciendo el riesgo anterior al desastre y asegurando la recuperaci6n flsica y social asl como la reactivaci6n econ6mica de las comunidades afectadas Sus subprocesos principales son

Articulo 36deg_Subprocesos de la Reconstrucci6n Son Subprocesos de la Reconstrucci6n los

siguientes

361 Definici6n del esquema institucional Definir el esquema institucional de gesti6n y de coordinaci6n requerido para la reconstrucci6n con base en los Iineamientos definidos en la Polltica Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres

362 Definici6n de alcances Definir alcances del proceso de reconstrucci6n y establecer canales permanentes de comunicaci6n con las personas afectadas y la comunidad en general

363 Disefio de mecanismos tecnicos y legales Disefiar y formular los mecanismos tecnicos y legales para el proceso de reconstrucci6n que sean requeridos incluyendo la revisi6n de Planes de Desarrollo y de Ordenamiento Territorial

364 Evaluaci6n de impacto Realizar la evaluaci6n del impacto socioecon6mico en el escenario de desastre identificando presiones dinamicas y causas de fondo

365 Desarrollo de informaci6n Desarrollar la informaci6n necesaria para fines de reconstrucci6n incluyendo opciones de reubicaci6n de poblaci6n y anallsls socioecon6micos de las comunidades afectadas

366 Priorizaci6n de intervenciones Priorizar acciones de reconstrucci6n de manera integral incluyendo la recuperaci6n social y la reactivaci6n econ6mica y de forma participativa con los beneficiarios

367 Planificaci6n participativa Formular participativamente el plan integral de reconstrucci6n que no reproduce los riesgos preexistentes definiendo el alcance estrategias de implementaci6n actividades

y responsabilidades presupuestos e indicadores de seguimiento y evaluaci6n

368lnventario de infraestructura danada y priorizaci6n Disenar el procedimiento asi como las herramientas de inventario de la infraestructura publica dariada sobre la cual se procedera a priorizar y programar los proyectos de inversi6n publica para su reconstrucci6n Se debe tener en cuenta la programaci6n de la disponibilidad de recursos presupuestales as como las Unidades Ejecutoras competentes del nivel nacional y subnacional

369 Informaci6n publica Gestionar informaci6n sensibilizar socializar y divulgar los avances del proceso ante la poblaci6n afectada y la comunidad en general

3610 Seguimiento y evaluaci6n Monitorear y evaluar la ejecuci6n de los proyectos verificando que no se regeneren las condiciones inseguras previas al impacto

TiTULO V

INSTRUMENTOS DEL SISTEMA NACIONAl

CAPiTULO I

PLAN NACIONAL DE GESTION DEL RIESGO DE DESASTRES

Articulo 37deg- Definici6n y Objeto

371 EI Plan Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres tiene por objeto establecer las Iineas estrategicas los objetivos y las acciones de caracter plurianual necesarios para concretar 10 establecido en la Ley y la Politica Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres

372 En el disefio del Plan Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres se consideran los programas presupuestales estrategicos y otros programas que forman parte de la Estrategia Financiera para la Gesti6n

del Riesgo de Desastres en el marco del presupuesto por resultado ~

373 EI Plan Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres se articula con los instrumentos de planificaci6n sectorial regional y local Es aprobado por el Poder Ejecutivo mediante Decreto Supremo

Articulo 38deg- Estructura y contenldos I

381 La estructura del Plan Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres estara sustentada en los siguientes procesos

a Estimaci6n del Riesgo b Prevenci6n del Riesgo c Reducci6n del Riesgo d Preparaci6n e Respuesta f Rehabilitaci6n g Reconstrucci6n

382 En el proceso de elaboraci6n del Plan Nacionar de Gesti6n del Riesgo de Desastres se estableceran los indicadores de desempeiio e impacto que serviran de base al mecanismo de seguimiento y evaluaci6n

Articulo 39deg- De los planes especlficos po proceso

391 En concordancia con el Plan Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres las entidades publicas en todcs los niveles de gobiemo formulan aprueban y ejecutan entre otros los siguientes Planes

a Planes de prevenci6n y reducci6n de riesgo deshydesastres

b Planes de preparaci6n c Planes de operaciones de emergencia d Planes de educaci6n comunitaria e Planes de rehabilitaci6n f Planes de contingencia

392 La autoridad correspondiente convocara a las entidades privadas y a la sociedad para el desarrollo de estos instrumentos de planificaci6n

Articulo 40deg- Mecanismos de coordinaci6n participaci6n evaluaci6n y seguimiento

401 EI ente rector promueve la coordinaci6n y articulaci6n con entidades de la sociedad y el sector privado

402 EI ente rector desarrolla el proceso de articulaci6n de todos los elementos constitutivos del Plan Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres

403 EI ente rector establece los mecanismos de evaluaci6n y seguimiento del plan asi como los mecanismos de comunicaci6n y difusi6n

404 CENEPRED establece los Iineamientos y los procesos deforrnulaci6n y particijlaci6nrelativosaestimaci6n prevenci6n reducci6n del riesgo y reconstrucci6n

405 INDECI establece los Iineamientos y los procesos de formulaci6n y participaci6n relativos a la preparaci6n respuesta y rehabilitaci6n

406 CEPLAN identifica loselementosdela planificacion estrategica del desarrollo nacional que deben ser incluidos en el Plan Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres Asimismo establece los compromisos procesos y acciones necesarias para asegurar la implementaci6n de los elementos del Plan Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres dentro de los Programas Estrategicos para el Desarrollo Nacional

407 EI MEF propene los elementos de la Estrategia Financiera para su integraci6n en el Plan Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres de manera que queden adecuadamente vinculados y articulados

CAPiTULO II

ESTRATEGIA DE GESTION FINANCIERA DEL RIESGO DE DESASTRES

Articulo 41deg_ Definici6n

411 Es el conjunto de acciones establecidas para asegurar una adecuada capacidad financiera en los

t-~-

BPerull10

443214 WNORMAS LEGALES Uma jUeves 26de mayo de 2011

~ procesos de la Gesti6n del Riesgo de Desastres asi como il tma mejor cobertura de los riesgos fiscales derivados de

la ocurrencia de desastres r 412 En el diseiio de la Estrategia de Gesti6n Financiera se consideran los programas presupuestales estrategicos vinculados a la Gesti6n del Riesgo de Desastres y otros programas que estuvieran relacionados con el objetivo del plan en el marco del presupuesto por resultados

413 En situaciones de desastres de gran magnitud el ente rector en coordinaci6n con el Ministerio de Economla y Finanzas propone al Consejo Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres el esquema institucional y financiero de reconstrucci6n sobre la base de un tInalisis de vulnerabilidades darios y necesidades Este esquema tiene presente las competencias de los gobiemos regionales y gobiemos locales la existencia de capacidades en la sociedad organizada y el principio de subsidiariedad segun 10 establecido en la Ley - 414 Los gobiemos regionales y locales priorizan la asignaci6n de recursos en la formulaci6n del presupuesto de cada ejercicio fiscal para brindar ayuda directa e inmediata a las personas damnificadas y afectadas para ejecutar las acciones que recuperen rapidamente el servicio basico perdido y la rehabilitaci6n de la infraestructura publica dafiada Asimismo cubnran el reabastecimiento de los almacenes de ayuda humanitaria que administran segun sus arnbitos de competencia a 415 Las entidades publicae priorizan la asignaci6n de ~cursos presupuestales para el desarrollo de los procesos de la Gesti6n del Riesgo de Desastre preferentemente en 10 referido a la atenci6n de emergencias y el proceso de reconstrucci6n ~I 416 En concordancia con el principio de subsidiariedad cuando la emergencia supere la capacidad de respuesta de los gobiemos regionales y locales el Ministerio de Economia y Finanzas en coordinaci6n con el ente rector del SINAGERD establece los mecanismos para transferir oportunamente recursos con cargo a la Reserva de Contingencia a fin de facilitar la ejecuci6n de los procesos de la gesti6n reactiva

417 Los Recursos de la Reserva de Contingencia PBra la Gesti6n del Riesgo de Desastres seran asignados preferentemente para brindar una respuesta oportuna ante desastres de gran magnitud que permitan mitigar los efectos dafiinos por el inminente impacto de un fen6meno natural 0 antr6pico declarado por el organismo publico competente y rehabilitar la infraestructura publica dafiada

Articulo 42deg_Componentes

421 La estrategia de gesti6n financiera se organiza por procesos y considera los programas presupuestales lIinculados asi como otras herramientas financieras que estuvieran relacionadas con la Gesti6n del Riesgo de Desastres

422 Los procesos considerados son los siguientes

a Estimaci6n Prevenci6n y Reducci6n del Riesgo Mecanismos financieros presupuestales y de incentivos que fomenten el desarrollo de los procesos de estimaci6n prevenci6n y reducci6n del riesgo como la eontratacion de deuda el Programa Estrategico con el enfoque de Presupuesto por Resultados y Programas de Transferencias Condicionadas e Incentivos y fondos concursables b Preparaci6n Respuesta y Rehabilitaci6n En aumplimiento del principio de subsidiariedad los mecanismos para responder el impacto de desastres deben tomar en cuenta el siguiente orden de prelaci6n

1 Los recursos de los mismos pliegos presupuestales de las entidades publlcas

2 Los recursos de la Reserva de Contingencia 3 Los recursos del Fondo de Estabilizaci6n Fiscal

- 4 Las Iineas de credlto contingente

c Reconstrucci6n instrumentos de protecci6n financiera y transferencia de riesgo de bienes y servicios publlcos Asimismo se promovera la creaci6n y regulaci6n del mercado de transferencia de riesgo de desastres en bienes y servicios privados

423 Las entidades publicas de todos los niveles de gobiemo evaluan su respectiva capacidad financiera y

presupuestaria para la atenci6n de los dafios producidos por desastres y la fase de reconstruccien posterior en el marco de las disposiciones legales vigentes EI Ministerio de Economla y Finanzas evalua e identifica mecanismos que sean adecuados y costo-eficientes con el objeto de contar con la capacidad financiera complementaria para tal fin

CAPiTULO III

MECANISMOS DE COORDINACION DECISIONl COMUNICACION Y GESTION DE LA INFORMACluN

EN SITUACIONES DE IMPACTO DE DESASTRES

Articulo 43deg_ Niveles de emergencia y capacldad de respuesta

431 La tipificaci6n de la atenci6n de emergencias por medio de niveles permite identificar la capacidad de respuesta para atender las emergencias y desastres

432 La atenci6n de emergencias y dafios por desastres se c1asificanen 5 niveles de la siguiente manera

a Niveles 1 2 Y 3 Alcance Local y Regional Comprende aquellas situaciones que son atendidas directamente por los Gobiemos Locales 0 el Gobiemo Regional con sus propios recursos disponibles

b Nivel 4 Intervenci6n del Gobiemo Nacional Comprende aquellos niveles de impacto de desastres que superan la capacidad de respuesta regional y sustentan la Declaratoria de Estado de Emergencia En este caso interviene el Gobiemo Nacional con los recursos nacionales disponibles y la coordinaci6n del INDECI

c Nivel 5 De Gran Magnitud Comprende aquellos niveles impactos de desastres cuya magnitud 0 circunstancias afecten la vida de la Naci6n y supere 0 pueda superar la capacidad de respuesta del pais y sustentan la Declaratoria de Estado de Emergencia Nacional lnterviene el Gobiemo Nacional con los recursos nacionales disponibles y de ser necesario con el apoyo de la ayuda intemacional En este caso ellNDECI coordina y conduce las operaciones de Respuesta y Rehabilitaci6n

433 La metodologia de c1asificaci6n de los niveles de emergencia estara detallada en el Plan Nacional de Operaciones

Articulo 44deg_ Red Nacional de Alerta Temprana

441 INDECI establece la Red Nacional de Alerta Temprana sobre la base de la participaci6n de las entidades tecnico cientrficas y de las universidades

442 La Red Nacional de Alerta Temprana integrara al menos los siguientes componentes

a Conocimiento y vigilancia permanente y en tiempo real de las amenazas

b Servicio de seguimiento y alerta c Difusi6n y comunicaci6n d Capacidad de respuesta

443 EI diseiio de la Red Nacional de Alerta Temprana debe contemplar los siguientes aspectos

a Gobemabilidad y arreglos institucionales eficaces b Enfoque de amenazas multiples c Participaci6n de las comunidades locales d Consideraci6n de la diversidad cultural

Articulo 45deg- Servicio de Alerta Permanente

451 Mecanismo de caracter permanente realizado por el personal de las entidades que conforman el SINAGERD en el ambito de la gesti6n reactiva como condici6n de trabajo con la finalidad de prepararse difundiry desarrollar las acciones tecnlco - administrativas y de coordinaci6n inmediatas y oportunas ante la presencia de un peligro inminente 0 la ocurrencia de un desastre

452 Los Iineamientos generalespara laimplementaci6n y funcionamiento de dicho mecanismo son establecidos por ellNDECI

453 Los Sectores Nacionales los Gobiemos Regionales Municipalidades Provinciales y Distritales y el INDECI respectivamente aseguran su implementaci6n y funcionamiento

E

_ imiddot

EJ Peruano uma juevas 26de mayo de2011 NORMAS LEGALES 44321()

Articulo 46deg_Primera Respuesta

461 Las entidades de primera respuesta son organizaciones especializadas para intervenir en casos de emergencias 0 desastres que desarrollan acciones inmediatas necesarias en las zonas afectadas en coordinaci6n con la autoridad competente en los respectivos niveles de gobiemo segun 10 establecido en la Ley el presente reglamento y los protocolos correspondientes

462 Se consideran entidades de primera respuesta

a FuerzasArmadas b Policia Nacional c Cuerpo General de BomberosVOluntarios del Peru d Sector Salud (Ministerio de Salud Seguro Social

de SaIud - ESSALUD Instituciones Privadas de Salud Sanidad de las FFAAy Sanidad de la PNP)

e Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social f Cruz Roja Peruana g Poblaci6n organizada h Otras entidades publicae y privadas que resutten

necesarias dependiendo de la emergencia 0 desastre

Articulo 47deg- La Asistencia Humanitaria

471 LaAsistencia Humanitariacomprende actividades como instalaci6n de albergues administraci6n de campamentos reubicaci6n temporal en zonas seguras asistencia de salud fisica y mental distribuci6n de bienes de ayuda humanitariay prestaci6n de servicios

472 La Asistencia Humanitaria donada por entidades privadas nacionales asl como la ayuda intemacional es complementariay de apoyo a la responsabilidad primaria del Estado

473 Las donaciones procedentes de colectas publicas convocadas por particulares son autorizadas y supervisadaspor la autoridad regional 0 local competente segun corresponda

474 Los Gobiernos Regionales tienen a su cargo custodiar los bienes de ayuda humanitaria y distribuirlos a los Gobiemos Locales En aplicaci6n del principio de subsidiariedad la entrega de los bienes de ayuda humanitaria se realiza a traves de los Gobiemos Locales de cada jurisdicci6n

475 Es responsabilidad de los Presidentes de los Gobiemos Regionales la implementaci6n de los mecanismos medios y procedimientos emitidos por el ente rector a propuesta del INDECI para garantizar la custodia conservaci6n distribuci6n y supervisi6n de la entrega de dichos bienes a la poblaci6n afectada 0 damnificada

476 Los bienes de Ayuda Humanitaria se emplean unica y exclusivamente para la atenci6n de las personas damnificadas y afectadas por los desastres y las emergencias

477 Las personas que i1egalmente reciban 0 se apropiende los bienesdeAyuda Humanitariason pasibles de sanci6n penal conforme a la Ley de la materia

478 Las donaciones de bienes procedentes del exterior publicae 0 privadas cuando el Gobiemo Nacional efectua la convocatoria de Ayuda Humanitaria Internacional requisren la participaci6n y control de las entidades del SINAGERD asl como del Ministerio de Relaciones Exteriores y la Agencia Peruana de Cooperaci6n Internacional segun corresponda EI INDECI propondra al Ente Rector un instrumento para la solicitud internalizaci6ny manejode laAyuda Humanitaria Internacional

Articulo 48deg- Transparencia y Rendici6n de Cuentas

EIente rector establece las normas y criterios tecnicos para las rendiciones de cuentas de las donaciones administradas por las entidades que conforman el SINAGERD

Articulo 49deg- Acciones ante situacl6n de peligro inminente

491 La situaci6n de peligro inminente debe ser sustentada por el informe tecnico emitido por la entidad publica competente que sera sustento para la declaratoria del estado de emergencia

492 Las accionesa desarrollarsedebenestar dirigidas unicamente a reducir el impacto del probabledesastre par ocurrir y deben tener nexo directo de causalidad entre las intervenciones y el evento a fin de salvaguardar la seguridad de la poblaci6n sus bienes y la infraestructura publica

V

CAPiTULO IV

CENTROS DE OPERACIONES DE EMERGENCIA

Articulo 50deg- Deflnici6n

501 Los Centros de Operaciones de Emergencia r COE - son 6rganos que funcionan de manera continua en el monitoreo de peligros emergencias y desastres aST como en la administraci6ne intercambiode la informaci6n para la oportuna toma de decisiones de las autoridades del Sistema en sus respectivos ambitos jurisdiccionales

502 EI INDECI elaborara una normativa para la coordinaci6n articulada de los COE en todos los niveles de gobiemo y la propondra al ente rector para so aprobaci6n ~

Articulo 51deg_ Mecanismo de constitucion y funcionamiento de Centros Regionales y Locales deOperaclones de Emergencia

511 Los presidentes regionales y alcaldes instituyen los Centros de Operaciones de Emergencia Regional (COER)y los CentrosdeOperacionesdeEmergenciaLocal (COEL) respectivamente segun las normas requisitosry estimdares que sean establecidos por INDECI

512 Los Centros de Operaciones de Emergencia Regional (COER) y los Centros de Operaciones de Emergencia Local (COEL) contaran con un area fisica adecuadapara trabajarsiguiendo los estandaresmlnimos establecidos por INDECI

513 los Centros de Operaciones de Emergencla Regional (COER) y los Centros de Operaciones de Emergencia Local (COEl) estaran conformados por

a EI Presidente Regional 0 el Alcalde respectivamente

b Directoresy funcionariosde las areas operaclonales quesean determinadasen la normativaestandargeneradapor INDECI -

c Representantesde las FuerzasArmadas - d La Cruz Roja Peruana y el Cuerpo General de

Bomberos Voluntarios del Peru e La Policla Nacional del Peru

514 Los Centros de Operaciones de Emergencia Regional (COER) y los Centros de Operaciones de Emergencia Local (COEL) seran coordinados por uria autoridad local con probada experiencia el manejo de situacionesde emergenciaEIcoordinadorsera nombradO por el Presidente Regional 0 Alcalde respectivo

Articulo 52deg_ COE Sectoriales

521 Los Sectores Nacionales a traves de sus Ministerios actlvaran sus Centros de Operaciones de Emergencia en concordancia con sus competenclas -y los Iineamientos que dicta el Ente Rector a propuesta del INDECI

522 Los Sectores involucrados directamente con las actividades de Respuesta y Rehabilitaci6n designan a sus representantes para su participaci6n en el COElllj constituyendose en los elementos de enlace necesarios para mantener la informaci6n de los COE Sectorialeamp correspondientes

Articulo 53deg_ Manejo de la Informacion para la toma de decisiones

531 Los Centros de Operaciones de Emergencia en todos sus nlveles permanentemente obtienen recaban y comparten informaci6n sobre el desarrollo de las emergencias desastres 0 peligros lnminentesy proporcionan la informaci6n procesada disponible que requieran las autoridades encargadas de conducir io monitorear emergencias asi como a los COE de los niveles inmediatos respectivos para coadyuvar a la toma de decisiones de las autoridadescorrespondientes

EI Peruano443216 WNORMAS LEGALES UmB jueves 26demayo de2011

532 EI COEN proporciona la informacion tecnica dj~penible que requiera el Consejo Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres para la toma de decisiones

533 Los COE para el cumplimiento de sus actividades cuentan con el Sistema de Informacion Nacional para la R~spuesta y Rehabilitacion - SINPAD administrado por elINDECI como componente del Sistema Nacional de Informacion del SINAGERD

534 EI monitoreo de P8ligros y emergencias y admlnistraclon de la informaCion de los Centros Poblados y Comunidades mientras no cuenten con los recursos necesarios sera ejecutado y consolidado per los COEL con la participacien de las autoridades respectivas

CAPiTULO V

EVALUACI6N DE DAAos Y ANALISIS DE NECESIDADES - EDAN

n Articulo 54deg_ Definlci6n

J 541 La Evaluacion de Danos yAnalisis de Necesidades (poundDAN) es el mecanismo de identificacion y registro cualitativo y cuantitativo de la extension gravedad y localizacion de los efectos de un evento adverso

542 La EDAN es la base para el establecimiento de los planes especificos de respuesta a las emergencias a todo nivel y los planes de rehabilitacion Tambien sirve para los procesos de evaluacion y necesidades que se ~tablezcan para la reconstrucclon it

Articulo 55deg- Mecanismo y operatividad

~ 551 EI INDECI establecera un mecanismo nacional para la Evaluacion de Danos y Necesidades siguiendo 106 estandares intemacionales que han side desarrollados para tal fin 552 INDECI desarrollara un proceso permanente de

capacitaci6n a las entidades publlcas y a los gobiemos r~ionales y locales para su utilizacion armonizada EI Sistema de Evaluacion de Danos y Necesidades sera la oase para caracterizar las situaciones de emergencia y tamar las decisiones respectivas

553 EI mecanisme es implementado por los COE locales regionales y nacional segun los mecanismosde capacidad de repuesta y subsidiariedad que se establezcan en su diseno

It CAPiTULO VI

VOLUNTARIADO EN EMERGENCIAS Y REHABILITACION

Articulo 56deg- Constitucion del Voluntariado en liimergencias y Rehabilitaci6n

EIINDECI establecera el mecanismo de voluntariado en emergencias y rehebilitacion el cual incluirala incorporacien de criterios e indicadores minimos y organizacion de brigadistas para la gestion y actualizacion del voluntariado

CAPiTULO VII

SERVICIO DE BUSQlIEDA Y SALVAMENTO

Articulo 57deg- Naturaleza del servicio de busqlleda y salvamento

Es un mecanisme de coordinaclon decision y romunicacionconformado por entidades publicas y privadasde primera respuesta que cuenta con recursos y medios disponibles para intervenir en operaciones especializadas de bUsqueday salvamento con la finalidad de salvaguardar la vida humana en situaciones de emergencia y desastres

Articulo 58deg- Alcance del servicio de busqueda y sslvamento r Tiene alcance nacional y articula sus actividades en ejmarco del Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Oesastres En determinadas situaciones se amplia su accionar al ambito internacional

Articulo 59deg- Ambito de Accion del servicio de bilsqueda y salvamento

591 La busqueda y salvamento se ejecutan en los arnbitos terrestre maritimo y aereo

592 EIente rectordel SINAGERD dicta los Iineamientos generales que permitan la integracion de esfuerzos y la operaclon coordinada de las instituciones responsables a fin de optimizar los recursos para las operaciones de busqueda y salvamento

CAPiTULO IX

MECANISMOS DE COORDINACI6N INTERNACIONAL Y PARTICIPACI6N EN INSTANCIAS Y ACUERDOS

REGIONALES DE ASISTENCIA HUMANITARIA

Articulo 60deg- Definicl6n La cooperacien intemacional en Gestion del

Riesgo de Desastres es el conjunto de acciones y herramientas desarrolladas por los gobiemos y entidades intemacionales orientadas a movilizar recursos e intercambiarexperiencias y conocimientos con la finalidad de contribuir allegro de los objetivos del SINAGERD y al cumplimiento de los compromisos intemacionales

Articulo 61deg_ Mecanismos

611 EI ente rector solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la elsboracion de un mecanisme de coordinacien de la asistencia humanitaria para las sedes diplomaticas en el extranjero y para las entidades de asistencia aereditadas en el pais

612 EI ente rector con el apoyo del Sistema de Naciones Unidas establece los mecanismos para la asistencia intemacional segun los compromisos y tratados que existan al efecto

613 EI INDECI elabora y propone al ente rector una normativa y procesos para brindar asistencia a desastres en el extranjero

614 EI ente rector con el apoyo tecnico de INDECI y las entidades intemacionales especializadas elabora una normativa para facilitar las operaciones de asistencia humanitaria en el pals en concordancia con la iniciativa de la Ley Internacional para la Respuesta ante Desastres

Articulo 62- Red Humanitaria Nacional - RHN

621 La Red Humanitaria Nacional - RHN - constituye un mecanismo de coordinacion entre eI Estado Peruano la Cooperacion Intemacional y los Organismos No Gubemamentales debidamente registrados en la Agencia Peruana de Cooperacion Intemacional-APCI - Ycontribuye en la preparacion y respuesta a emergencias y desastres para fortalecerla accion del SINAGERD Esta organizada en el marco del Comite Interagencial Permanente establecido per la Asamblea General de Naciones Unidas

622 La RHN esta co-presidida por ellla Coordinador Residente del Sistema de las Naciones Unidas en el Peru y ellla Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil

CAPiTULO X

COORDINACI6N CON EL SISTEMA DE SEGURIDAD Y DEFENSA NACIONAL

Articulo 63deg_Coordinacion

631 EI Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres(SINAGERD)coordinaconel Sistemade Seguridad y Defensa Nacional a traves del INDECI los aspectos que correspondan a sus respectivas competencias para proteger a la poblacion mediante los procesos de preparacion respuestay rehabilitacionen los cases de desastres

632 Asimismo el Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres a traves del Instituto Nacional de Defensa Civil seguira cumpliendo las funciones relativas a movilizaclon y desmovilizaci6n para casos de emergencia producidos por desastres

CAPiTULO XI

SISTEMA NACIONAL DE INFORMACI6N PARA LA GESTI6N DEL RIESGO DE DESASTRES

Articulo 64deg_ Descripci6n

641 EI Sistema Nacional de Informacion para la Gestion del Riesgo de Desastres es un instrumento del SINAGERD

EJ Peruano Lima juevea 26dB mayo de2011 WNORMAS LEGALES 443217

)

642 EI Sistema Nacional de Informaci6n para la Gesti6n del Riesgo de Desastres tiene dos componentes Ia informaci6n para la gesti6n prospectiva y correctiva e informaci6n la para la gesti6n reactiva

ArtIculo 65deg_Rectorfa y coordlnacl6n

651 Con el objeto de organizar administrar y mantener actualizado el Sistema Nacional de Informaci6n de Gesti6n del Riesgo de Desastres la Presidencia del Consejo de Ministros establece las directivas y Iineamientos de aplicaci6n nacional sobre estandares para el usc intercambio y acceso a la informaci6n requerida para la Gesti6n del RiesQo de Desastres asl como en los mecanlsrnos para la Integraci6h de dicha informacion requiriendo la opini6n previa del CENEPRED en 10 referente a la informaci6n para la gesti6n prospectiva y correctiva y dellNDECI en 10 referente a la informaci6n para la gesti6n reactiva

652 La Presidencia del Consejo de Ministros supervisa que la informaci6n para la Gesti6n del Riesgo de Desastres generada bajo los estandares establecidos por CENEPRED e INDECI respectlvarnente este dlsponible para todas las entidades pUblicas y la sociedad civil

CAPiTULO XII

RADIO NACIONAL DE DEFENSA CIVIL Y DEL MEDIO AMBIENTE

Articulo 66deg_ Radio Naclonal de Defensa Civil y Medio Amblente

EI INDECI es responsable de desarroilar coordinar y asesorar los contenidos a difundirse en Radio Nacional de Defensa Civil y del Medio Ambiente en 10 referido a la Preparaci6n Respuesta y Rehabilitaci6n

TITULO VI

DECLARATORIA DE ESTADO DE EMERGENCIA

Articulo 67deg-Declaratoria de Estado de Emergencla por Desastre

671 EI Presidente de la Republica con acuerdo del Consejo de Ministros puede decretar por un plazo de sesenta (60) dlas calendario en todo el territorio de la Republica 0 en parte de ai el Estado de Emergencia por desasfre dando cuenta al Congreso de la Republica 0 a la Comisi6n Permanente

672 La Declaratoria del Estado de Emergencia tiene por finalidad la ejecuci6n de medidas de excepci6n inmediatas y necesarias frente a un peligro inminente o a la ocurrencia de un desastre de gran magnitud o cuando sobrepasa la capacidad de respuesta del Gobierno Regional protegiendo la vida e integridad de las personas el patrimonio publico y privado y restableciendo los servicios basicoa indispensables

Articulo 68deg- Procedimiento

681 La solicitud de Declaratoria de Estado de Emergencia por peligro inmlnente opor la ocurrencia de un desastre es presentada por el Gobiemo Regional al INDECI con la debida sustentaci6n adjuntando el informe de estimaci6n del riesgo 061 informe EDAN asi como la opini6n tecnlca de los Sectores involucrados en los casos que corresponda

682 EIINDECI emite opini6n sobre la procedencia de la solicitud a cuyo fin emite el informe tecnico respectivo

683 EI expediente de la solicitud de Declaratoria de Estado de Emergencia se presenta a la Presidencia del Consejo de Ministros con la recomendaci6n correspondiente

684La declaratoria del Estado de Emergencia podra ser requeridacon la debida sustentaci6n por los titulares de los Ministerios y Organismos Publicos Descentrelizados comprometidos por la emergencia los que canalizaran su solicitud a traves dellNDECI

685 Excepcionalmente la Presidencia del Consejo de Ministros puede presentar de oficio al donsejo de Ministros la declaratoria de Estado de Emergencia de la zona afectada por un peligro inminente 0 la ocurrencia de un desastre previa comunicaci6n de la situaci6n

y propuesta de medidas yo acciones inmediatas que correspondan efectuado por ellNDECI

686 EI Ente Rector a propuesta deIINDECI apruebashymediante Decreto Supremo las normas complementarias respecto de la declaratoria de Estado de Emergencia

LI

Articulo 69deg_PI6rroga del Estado de Emergencli~ EI Gobierno Regional presenta al INDECI ja

solicitud de pr6rroga del Estado deEmergencia la que no debera exceder de sesenta (60) dlas calendario adjuntando los informes tecnicos que fundanienten dicha solicitud asl como las medidas de caracter presupuestal necesarias

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES

Primera- Sobre el Sistema Naclonal de Defensa Civil

Las responsabilidades que hayan side asignadas en otras normas al Sistema Nacional de Defensa Civil relacionadas con aspectos de preparaci6nrespuesta y rehabilitaci6n seguiran siendo ejercidas por el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) siempre que no Ife opongan a 10 dispueetc por la Ley Ndeg 29664 Yel presenta Reglamento

Segunda- Infracciones y sanciones ~ Losaspectosrelacionadoscon infraccionesy sanciones

Iigados a responsabilidades administrativas yfuncionales se rigen de acuerdo a 10 establecido en la Ley Ndeg 29622 Ley que modifica la Ley Num 27785 Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contralorla General de la Republica y amplia las facultades en el proceso para sancionar en materia de responsabilidad administrativa funcional y el Reglamento de infracciones y sanciones para la responsabilidad administrativa funcional derivaqB de los informes emitidos por los 6rganos del Sistema Nacionalde Controlaprobadomediante DecretoSupremq Ndeg 023-2011-PCM ~_

Las sanciones relacionadas con aspectos ete lncumphrnlento de la regulaci6n sobre Licencias ltJe Funcionamiento construcci6n y habilitaci6n se apli~n conforme a la normativa correspondiente ~

Tercera- EJecuci6nde las Inspecclones Tecnic~ de Seguridad en Defensa Civil - ITSDC -

1 EI Ente Rector aprueba las reformas en materia de Seguridad en Defensa Civil referidas a las Inspecciones Tecnicas de Seguridad en Defensa Civil asl comoen la acreditaci6n y administraci6n del Registro de los Inspectores incluida su actualizaci6n y capacitaci6n

2 Las InspeccionesTecnicas de Seguridaden Defensa Civil son ejecutadas por los Gobiernos Regionales~ Locales en sus ambitos deiurisdicci6n respectivos

Cuarta- Proceso de Adecuaci6n de las Nonnas de Seguridad en Defensa Civil

EI INDECI en un plazo maximo de sesenta (60) dlas habiles de publicado el presente Reglamento propone al Ente Rector la adecuaci6n de la legislaci6n vigente en materia de Segllridady Defensa Civil ala Ley del Sistema Nacional de la Gesti6n del Riesgo Desastres

En el proceso tiene especial anfasis la Ley Marco de Licencia de Funcionamiento el Reglamento de lnspeccionesTecnlces de Seguridad en Defensa Civil) demas normas vinculadas con las Inspecciones Tacnic8S de Seguridad en Defensa Civil ~~~

Quinta- Vigencia de los Convenios Nacionales~~ Internacionales suscritos en el Marco del SINADECI

Los convenios de caracter nacional 0 internacional suscritos por el Instituto Nacional de Defensa Civil eAo representaci6n del SINADECI vigentes al momento de entrada en vigor de la Ley Ndeg 29664 continuaren siende conducidos y administrados por el INDECI hasta el cerre del presente ejercicio presupuestal debiendo informar al Ente Rector respecto de aquellos casos en que exceda su competencia La Presidencia del Consejo de Ministros establecera las condiciones y responsabilidades para su ratificaci6n modificaci6n 0 Iiquidaci6n segun corresponda

i

j

ElPeruano443218 WNORMAS LEGALES Lima jUevas 26cia mayo da2011

DISPOSICIONES TRAN~ITORIAS

Prlmera- Regulacl6n del funclonamlento del ConseJo Naclonal de Gestl6n del Rlesgo de Desastres

EI Consejo Naclonal de Gesti6n del Riesgo de Desastres regula su funcionamieno a traves de un Reglamento Intemo aprobado por sus miembros en un plazo maximo de treinta (30) dias calendario contados desde la fecha de su instalaci6n

Segunda- Transltorledad de competenclas sobre Inspecclones T6cnlcas de Segurldad en Deensa Civil

Transitoriamente el INDECI rnantiene las competenclas referidas a las Inspecciones Tecnicas de Seguridad en Defensa Civil reguladas en el Reglamento de Inspecciones Tecnicas de Seguridad en Defensa Civil en los casos en que aun no se hayan transferido a los Gobiernos Regionales

645127-3

Autorizan viaje del Ministro de Relaeiones Exteiiores a Japon y EEUU yencargan su DespaCho ala Presidenta d~1 Consejo de Ministros y Ministra de Justieia

RESOLUCI6N SUPREMA Ndeg 133-2011-PCM

lima 25 de mayo de 2011

CONSIDERANDO

Que es objetivo de la PollticaExterior del Peru promover los intereses del pals tanto a nivel bilateral como multilateral conmiras a consolidar su presencia regional e internacional fortaleciendo su procesode inserci6n a nivel qlobal

Que el Mimstro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores Jose Antonio Garcia Belaunde efectuara una visita de trabajo al Jap6n del 29 al 31 de tnayo a fin de sostener un encuentro con su hom610go elCanciller Takeaki Matsumoto y suscribir el Acuerdo de Asociaci6n Econ6mica con ese pais Adicionalmente se ha previsto su participaci6n en distintas actividades con otras autoridades del gobierno de ese pals asl comomiddot una reuni6n con representantes del Consejo Empresarial Peruano Japones

Que asirnismo se ha previsto la participaci6n del Canciller en la Asamblea General Extraordinaria de la Organizaci61) de los Estados Americanos convocada para elide junio de 2011 con el prop6sito de tratar el asunto de la reincorporaci6n de Honduras a la citada organizaci6n

Que por representar actividades de la mayor importancia para la politica exterior del Peru es necesario autorizar el viaje del Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores Jose Antonio Garcia Belaunde a la ciudad de Tokio Jap6n y a la cludad de Washington DCEstad9sUnidos de America a fin de participar en las reuniones precltadas considerando que por razones de itinerario estara ausente del pals desde el 28 de mayo y hasta elide junio inclusive

De conformidad con el articulo 127deg de la Constituci6n Politica del Peru la Ley Ndeg 29158 Ley Organica del Poder Ejecutivo Ley Ndeg 29357 Ley de Organizaci6ny Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores en concordancia con el articulo 83deg del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa aprobado mediante el Decreto Supremo Ndeg 005-90-PCM la Ley Ndeg 27619 modificada por la Ley Ndeg 28807 Y su reglamento aprobado por el Decreto Supremo Ndeg 047-2002-PCM su modificatoria el Decreto Supremo Ndeg 005-2006-PCM el numeral 101 del artIculo 10deg de la Ley Ndeg 29626 Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Allo Fiscal 2011

SE RESUELVE

Articulo 1deg_Autorizarel viaje del Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores Jose Antonio

Garcia Belaunde a la ciudad de TokioJap6n y a la ciudad de Washington DC Estados Unidos de America entre los dias 28 de mayo y 1 de junio de 2011 de acuerdo a 10 expuesto en la parte considerativa

Articulo 2deg_ Los gastos que irrogue la participaci6n del Ministro de Estado en e) Despacho de Relaciones por concepto de pasajes USD$ 445000 Y viaticos USD$ 152000 seran cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores deblendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) dias calendario al termino de la referida comisi6n

Articulo 3deg_ Encargar el Despacho de Relaciones Exteriores a la Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Estado en el Despacho de Justicia sellora Rosario Fernandez Figueroa en tanto dure la ausencia del titular

Articulo 4deg_La presente Resoluci6n sera refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y el Ministrode Relaciones Exteriores

Registrese comunlquese y publlquese

ALAN GARCiA PJREZ Presidente Constitucional de la Republica

ROSARIO DEL PILAR FERNANDEZ FIGUEROA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia

JOSJANTONIO GARCiA BELAONDE Ministro de Relaciones Exteriores

645127-10

Crean Cowsion Multiseetorial de Naturaleza Temporal encargada de analizar las opciones y a1temativas teenicas para la formulaeion del estudio de factibilidad para la ejecueion de Ia Tereera Etapa del Proyecto Especial Chavimoehie del Gobiemo Regional de LaLibertad

RESOLUCI6N SUPREMA Ndeg 134middot2011-PCNi

lima 25 de mayo de 2011

CONSIDERANDO

Que la ejecuci6n de la Tercera Etapa del Proyecto Especial Chavimochic es de gran lnteres para el Gobierno Nacional y para el Gobierno Regional de La Libertad en la medida que permitira brindar seguridad en el suministro de agua de riego a los actuales usuarios de I~ Primera y Segunda Etapa del indicado Proyecto posibilitandose la incorporaci6n de hasta treinta mil hectareas ubicadas dentro del ambito de las referidas etapas que han sido transferidas al sector privado

Que en ese sentido resulta necesario evaluar la ejecuci6n de la Tercera Etapa del Proyecto Especial Chavimochicmediante promoci6n de la inversi6n privada a efectos de contribuir con la consolidaci6n del desarrollo agroexportador del norte del pais

Que de acuerdo a 10 dispuesto por la Ley Ndeg 29158 Ley Organica del Poder Ejecutivo las Comisiones Multisectoriales decaracter temporal son creadas con fines especificos para cumplir fundones de fiscalizaci6n propuesta 0 emisi6nde informes tecnicos las que se crean formalmente mediante resolucion suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y los Titulares de los sectores involucrados

Que a fin de analizar las opciones y alternativas tecnicas para la formulaci6n del estudiode factibilidad para la ejecuci6n de la Tercera Etapa del Proyecto Especial Chavimochic del Gobierno Regional La Libertad se ha visto por conveniente crear una Comisi6n Multisectorial encargada de proponer las recomendaciones tecnicas para la viabilidad del mencionado proyecto

De conformidad con 10 establecido en el numeral 8) del articulo 118deg de la Constituci6n Polltica del Peru y 10

Page 6: Reglamento Ley 29664 SINAGERD

-

B Peruano Uma jueves 26demayo de2011 WNORMAS LEGALES 443211

202 Convocan a todas las entidades pnvadas y a las organizaciones sociales promoviendo su participaclon en estncta observancia del principio de partlclpacion y de los derechos y obligaciones que la Ley reconoce a estos actores

203 Proponen normas relativas a los procesos de preparaci6n repuesta y rehabilitaci6n en su respectiva jurisdiccion

TITULO III

POLTICA NACIONAL DE GESTI6N DEL RIESGO DE DESASTRES

Articulo 21deg- La Politica Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres

211 Es responsabilidad prioritariadel Estadola protecci6n de la vida e integridad de las personas como valores constitucionales superiores La Polltica Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres de obligatorio cumplimiento es aprobadaporel PoderEjecutivoatravesde DecretoSupremo con el voto aprobatoriodel Consejo Ministros

212 Las politicas pUblicas y normas en materia de Gesti6n del Riesgo de Desastres de caracter sectorial regional y loeal se diseilan y apliean en concordancia con 10 establecido en la Politica Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres

213 EI articulo 5deg de la Ley Ndeg 29664 establece los lineamientos de la Politica Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres Todos los procesos de formulacion de contenidos estaran sujetos a dichos Iineamientos

214 Asimismo constituyen instrumentos de la Politica Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres

a Los Programas Presupuestales Estrategicos vinculados a la Gestion del Riesgo de Desastres y otros Programas en el marco del enfoque del Presupuesto por Resultados

b EI Plan Nacional de Operaciones de Emergencia c Los Planes Sectoriales Regionales Municipales y

Distritales de Gesti6n del Riesgo de Desastres d Planes de Desarrollo e Planes de Prevenci6n y Reducci6n del Riesgo f) Meeanismos de programaci6n formulacion y

ejecuci6n presupuestal y de protecci6n financiera g Instrumentos de politica estrategia y planificaci6n

relacionados con el ordenamiento territorial el desarrollo urbane protecci6n del ambiente cambio climatico la educaci6n y comunicaci6n

h Mecanismos de supervisi6n evaluaci6n control sanci6n

215 EI ente rector establece el proceso y los mecanismos para la formulaci6n y aprobaci6n de la Politica Nacional que garantice las condiciones de interinstitucionalidad sinergia descentralizaci6n transversalidad y participaci6n De igual forma identlficara el mecanisme de informacion transparencia y difusi6n

TITULO IV

PROCESOS DE LA GESTI6N DEL RIESGO DE DESASTRES

Articulo 22deg_ Implementaci6n de la Politica Nacional de Gesti6n del Rlesgo de Desastres

La implementaci6n de la Politica Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres se logra mediante el planeamiento organizaci6n direcci6n y control de las actividades y acciones relacionadas con los procesos y sus respectivos subprocesos segun los articulos siguientes

Articulo 23deg_Estimacion del Riesgo EI proceso de Estimacien del Riesgo comprende las

acciones y procedimientos que se realizan para generar el conocimiento de los peligros 0 amenazas analizar la vulnerabilidad y establecer los niveles de riesgo que permitan la toma de decisiones en la Gestion del Riesgo de Desastres

Articulo 24deg_ Los Subprocesos de la Estimacion del Riesgo

Son Subprocesos de la Estimaci6n del Riesgo los siguientes

241 Normatividad y Iineamientos Desarrollarlas normas Iineamientos y herramientas tecnicas apropiadas para la generaci6ny difusi6ndel conocimiento delpeligroanalisisde wlnerabilidades y el establecimiento de los nivelesde riesgo de desastres para su aplicaci6n en los demas procesOs constitutivos de la Gesti6ndel Riesgode Desastres

242 Participaci6n social Desarrollar mecanlsmos para la participaci6n de la poblaci6n las entidades privadasy las entidades publicas en la identificaci6n de los peligros y de las vulnerabilidades

243 Generaci6n del conocimiento de peligros 0 amenazas Identificar conocer caracterizar y monitorear los peligros para establecer su area de influencia con el prop6sito de analizar las vulnerabilidades y establecer las medidas preventivas y correctivas del riesgo

244 Analisis de vulnerabilidad En las areas con exposici6n analizar los factores de la vulnerabilidad en el ambito de competencias territoriales 0 sectoriales

245 Valoraci6n y escenarios de riesgo Establecer los niveles del riesgo a partir de la valoraci6n y cuantificaci6n de la vulnerabilidad y del desarrollo de escenarios de riesgo que permitan la toma de decisiones en el proceso Gesti6n del Riesgo de Desastres y del desarrollo sostenible

246 Difusi6n Acopiar y difundir el conocimiento sobre el riesgo de desastres

Articulo 25deg- Prevencion del Riesgo EI proceso de Prevenci6n del Riesgo comprende las

acciones que se orientan a evitar la generaci6n de nuevos riesgos en la sociedad en el contexte de la gesti6n del desarrollo sostenible

Articulo 26deg_ Los Subprocesos de la Prevencion del Riesgo

Son Subprocesos de la Prevenci6n del Riesgo leiS siguientes

261 Normatividad y lineamientos DesarroJlar las normas Iineamientos y herramientas tecnicas apropiadas para evitar la generaci6n de nuevo riesgo en el territorio a traves de su consideraci6n en politicas planes de desarrollo a nivel territorial y sectorial incluyendo c6digos de urbanismo y de construcci6n

262 Planificaci6n preventiva Formular planes de desarrollo territoriales y sectoriales que consideren la no generaci6n de nuevos riesgos

263 Participaci6n social Desarrollar meeanismos para Ia participaci6n de la poblaci6n las entidades privadas y las entidades publicas en el establecimiento de metas de prevenci6n de riesgos y en la formulaci6n de los planes de desarrollo territoriales y sectoriales 264 Indicadores de prevenci6n Con base en la

informaci6n sobre la estimaci6n del riesgo establecsr metas e indicadores para la prevenci6n en el territorio

265 Financiaci6n de la prevenci6n Gestionar 106 recursos financieros para la implementaci6n de los planes formulados

266 Implementaci6n de la prevenci6n a traves de la Planificaci6nterritorialy sectorialAplicar las consideraciones de prevenci6n de riesgos a traves de la implementaci6n de los planes de desarrollo territorialesy sectoriales

267 Implementaci6n de la prevencion a traves de las normas de urbanismo y construcci6n Apliear las consideraciones de prevenci6n de riesgos a traves de los c6digos y reglamentos de urbanismo y construcci6n en el territorio shy

268 Control y evaluaci6n Controlar y monitorear el logro de los objetivos en materia de prevenci6n de nuevm riesgos en el territorio y retroalimentar el proceso

Articulo 27deg_Reducci6n del Riesgo EI proceso de Reducci6n del Riesgo comprende las

acciones que se realizan para reducir las vulnerabilidades y riesgos existentes en el contexto de la gestion del desarrollo sostenible

Articulo 28deg_ Los Subprocesos de la Reducci6n del Riesgo

Son Subprocesos de la Reducci6n del Riesgo los siguientes

281 Normatividad y Lineamientos Desarrollar las normas lineamientos y herramientas tecnicas apropiadas para reducir el riesgo existente en el territorio

BPenJano443212 WNORMAS LEGALES UmaJ- 26de mayo de 2011

282 Diagn6stico e intervenci6n Analizar la situaci6n de los elementos socioecon6micos expuestos en las areas en donde se ha establecido niveles de riesgo con fines de implementar acciones de reducci6n de vulnerabilidad

283 Participaci6n social Determinar los mecanismos de participaci6n de la sociedad civil para establecer las metas de reducci6n del riesgo de desastres

284 Evaluaci6n de programas y proyectos Analizar y evaluar con un enfoque de participaci6n las diferentes altemativas de programas y proyectos que se orienten a la reducci6n del riesgo de desastres

-285 Informaci6n y seguimiento Informar peri6dicamente sobre el desarrollo de las acciones de reducci6n de riesgos fomentando la participaci6n social

286 Planificaci6n participativa Planificar participativamente las acciones concertadas a traves de proyectos de inversi6n publica 0 privada que incluyan reduccion del riesgo de desastres

287 Planificaci6n integral armonizada y transversal Armonizar e incorporar los proyectos de reducci6n del riesgo de desastres en el esquema de planes de desarrollo local procurando la generaci6n de proyectos integrales de desarrollo que consideren la reducci6n del riesgo de desastres

288 Gesti6n de recursos Gestionar los recursos para ta implementaci6n de los proyectos de desarrollo en los que se integra la reducci6n del riesgo de desastres

289 Implementaci6n de la reducci6n del riesgo Ejecutar programas y proyectos de reducclen del riesgo de desastres

2810 Seguimiento y evaluaci6n Monitorear el logro de los objetivos en materia de reducci6n de riesgos en el territorio y retroalimentar el proceso

Articulo 29deg- Preparaci6n La Preparaci6n esta constituida por el conjunto de

acciones de planeamiento de desarrollo de capacidades organizaci6n de la sociedad operaci6n eficiente de las instituciones regionales y locales encargadasde la atenci6n y socorro establecimiento y operaci6n de la red nacional de alerta temprana y de gesti6n de recursos entre otros para anticiparse y responder en forma eficiente y eficaz en caso de desastre 0 situacion de peligro inminente a fin de procurar una optima respuesta en todos los niveles de gobiemo y de la sociedad

Articulo 30deg_Subprocesos de la Preparaci6n Son SUbprocesos de la Preparaci6n los siguientes

301 Informaci6n sobre escenarios de riesgo de desastres Desarrollar un proceso sistematico estandarizado y continuo para recopilar informaci6n existente sobre la tendencia de los riesgos asl como las estadlsticas de dafios producidos por emergencias pasadas a fin de actuar oportunamente en caso de desastre 0 situaci6n de peligro inminente

302 Planeamiento Formular y actualizar permanentemente en concordancia con el Plan Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres el planeamiento de la Preparacien la Respuesta y la Rehabilltacion en los diferentes niveles de gobiemo

303 Desarrollo de capacidades para la Respuesta Promover el desarrollo y fortalecimiento de capacidades humanas organizacionales tecnicas y de investigaci6n en los tres niveles de gobierno entidades privadas y la poblaci6n asi como equipamiento para una respuesta eficiente y eficaz en situaci6n de emergencias y desastre

304 Gesti6n de Recursos para la Respuesta Fortalecer en el ambito nacional regional y local la gesti6n de recursos tanto de infraestructura como de ayuda humanitaria obtenidos mediante fondos publlcos de la movilizaci6n nacional y de la cooperacion intemacional

305 Monitoreo y Alerta Temprana La alerta temprana es parte de los procesos de preparaci6n y de respuesta Para la preparaci6n consiste en recibir informaci6n analizar y actuar organizadamente sobre la base de sistemas de vigilancia y monitoreo de peligros y en establecer y desarrollar las acciones y capacidades locales para actuar con autonomla y resiliencia

306 Informacion Publica y Sensibilizacion Desarrollar y fortalecer medios de comunicaci6n y difusion - en los ambitos Nacional Regional y Local - para que las autoridades y la poblaci6n conozcan los riesgos existentes y las medidas adecuadas para una respuesta optima

Articulo 31deg- Respuesta La Respuesta como parte int~rante de la Gestl6n

del Riesgo de Desastres esta constituida por el conjunto de acciones y actividades gue se ejecutan ante una emergencia 0 desastre lnmedlatamente de ocurrido lIste asl como ante la inminencia del mismo

Articulo 32- Subprocesos de la Respyesta Son Subprocesos de la Respuesta los siguientes

321 conduecicn y coordinaci6n de la atenci6n de la emergencia 0 desastre Actividades transversales orientadas a conducir y coordinar la atenci6n de la emergencia y desastres en los diferentes niveles de gobiemo para generar las decisiones que se transforman en acciones de autoayuda primera respuesta y asistencia humanitaria con base en informaci6n oportuna

322Analisis Operacional Es el conjunto de acciones que permite identificar dalios analizar necesidades y asegurar una oportuna intervenci6n para satisfacer con recursos a la poblaci6n afectada contando para ello con procedimientos pre-establecidos en funci6n a los medios disponibles en los ambitos local regional y nacional

323 Busqueda y Salvamento Salvaguardar vidas controlar eventos secundarios como incendios explosiones y fugas entre otros proteger los bienes y mantener la seguridad publica en los ambltos marltimo aereo y terrestre

324 Salud Brindar la atenci6n de salud en situaciones de emergencias y desastres a las personas afeetadas asl como cubrir necesidades de salud publica

325 Comunicaciones Actividades orientadas a asegurar la disponibilidad y el funcionamiento de los medios de comunicaci6n que permitan la adecuada coordinacion entre los actores del SINAGERD ante la ocurrencia de una emergencia 0 desastre

326 Loglstica en la Respuesta Abastecimiento de suministros adecuados y en cantidades requeridas asi como equipos y personal especializado en los lugares y momentos en que se necesitan para la atenci6n de la emergencia

327 Asistencia Humanitaria Desarrollar y coordinar las acciones relacionadas con la atenci6n que requieren las personas afeetadas por la ocurrencia de una emergencia o desastre en especial 10 relacionado con brindar techo abrigo alimento enseres y herramientas asi como la protecci6n a grupos vulnerables

328 Movilizacion Disponer y emplear recursos y bienes del potencial nacional en concordancia con la Ley Ndeg 28101 Ley de Movilizacion Nacional

Articulo 33deg- Rehabilitaci6n EI proceso de Rehabilitacien es el conjunto de

acetonesconducentes al restablecimiento de los servicios publicos basicos indispensables e inicio de la reparaci6n del dalio fisico ambiental social y econ6mico en la zona afectada por una emergencia 0 desastre Se constituye en el puente entre el proceso de respuesta y el proceso de reconstrucclen

Articulo 34deg- Subprocesos de la Rehabllltaci6n Son Subprocesos de la Rehabilitaci6n los siguientes

341 Restablecimiento de servicios publlcos baslcos e infraestructura Acciones orientadas a restablecer los servicios pUblicos basicos as como la infraestructura que permita a la poblaci6n volver a sus actividades habituales

342 Normalizaclon progresiva de los medios de vida Acciones que permitan normalizar las actividades socioshyeconomlcas en la zona afectada por el desastre mediante la participaci6n coordinada de los tres niveles de gobiemo lncorporando al sector privado y a la poblaclen

343 Continuidad de servicios Para asegurar la continuidad de los servicios publicos baslcos indispensables lasempresasdel Estado losoperadoresde concesiones publicas y los organismos reguladores frente a situaciones de Preparacien Respuesta y Rehabilitaci6n ante desastres formulan evaluan y ejecutan sus planes de contingencia y demas instrumentos de gestion en el marco del Plan Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres manteniendo comunicaci6n y coordinaci6n permanente con la autoridad regional 0 local segun corresponda

--t -I

EIPruano Uma Jueves 26demayo de2011 if NORMAS LEGALES 443213

344 Participaci6n del sector privado Los Gobiemos Regionales y los Gobiemos Locales coordinarim la participaci6n de las empresas del Estado los operadores de concesiones publicas y los organismos reguladores en los procesos de Preparaci6n Respuesta y Rehabilitaci6n en su ambito jurisdiccional

Articulo 35deg- Reconstruccl6n EI Proceso de Reconstrucci6n comprende las acciones

que se realizan para establecer condiciones sostenibles de desarrollo en las areas afectadas reduciendo el riesgo anterior al desastre y asegurando la recuperaci6n flsica y social asl como la reactivaci6n econ6mica de las comunidades afectadas Sus subprocesos principales son

Articulo 36deg_Subprocesos de la Reconstrucci6n Son Subprocesos de la Reconstrucci6n los

siguientes

361 Definici6n del esquema institucional Definir el esquema institucional de gesti6n y de coordinaci6n requerido para la reconstrucci6n con base en los Iineamientos definidos en la Polltica Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres

362 Definici6n de alcances Definir alcances del proceso de reconstrucci6n y establecer canales permanentes de comunicaci6n con las personas afectadas y la comunidad en general

363 Disefio de mecanismos tecnicos y legales Disefiar y formular los mecanismos tecnicos y legales para el proceso de reconstrucci6n que sean requeridos incluyendo la revisi6n de Planes de Desarrollo y de Ordenamiento Territorial

364 Evaluaci6n de impacto Realizar la evaluaci6n del impacto socioecon6mico en el escenario de desastre identificando presiones dinamicas y causas de fondo

365 Desarrollo de informaci6n Desarrollar la informaci6n necesaria para fines de reconstrucci6n incluyendo opciones de reubicaci6n de poblaci6n y anallsls socioecon6micos de las comunidades afectadas

366 Priorizaci6n de intervenciones Priorizar acciones de reconstrucci6n de manera integral incluyendo la recuperaci6n social y la reactivaci6n econ6mica y de forma participativa con los beneficiarios

367 Planificaci6n participativa Formular participativamente el plan integral de reconstrucci6n que no reproduce los riesgos preexistentes definiendo el alcance estrategias de implementaci6n actividades

y responsabilidades presupuestos e indicadores de seguimiento y evaluaci6n

368lnventario de infraestructura danada y priorizaci6n Disenar el procedimiento asi como las herramientas de inventario de la infraestructura publica dariada sobre la cual se procedera a priorizar y programar los proyectos de inversi6n publica para su reconstrucci6n Se debe tener en cuenta la programaci6n de la disponibilidad de recursos presupuestales as como las Unidades Ejecutoras competentes del nivel nacional y subnacional

369 Informaci6n publica Gestionar informaci6n sensibilizar socializar y divulgar los avances del proceso ante la poblaci6n afectada y la comunidad en general

3610 Seguimiento y evaluaci6n Monitorear y evaluar la ejecuci6n de los proyectos verificando que no se regeneren las condiciones inseguras previas al impacto

TiTULO V

INSTRUMENTOS DEL SISTEMA NACIONAl

CAPiTULO I

PLAN NACIONAL DE GESTION DEL RIESGO DE DESASTRES

Articulo 37deg- Definici6n y Objeto

371 EI Plan Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres tiene por objeto establecer las Iineas estrategicas los objetivos y las acciones de caracter plurianual necesarios para concretar 10 establecido en la Ley y la Politica Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres

372 En el disefio del Plan Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres se consideran los programas presupuestales estrategicos y otros programas que forman parte de la Estrategia Financiera para la Gesti6n

del Riesgo de Desastres en el marco del presupuesto por resultado ~

373 EI Plan Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres se articula con los instrumentos de planificaci6n sectorial regional y local Es aprobado por el Poder Ejecutivo mediante Decreto Supremo

Articulo 38deg- Estructura y contenldos I

381 La estructura del Plan Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres estara sustentada en los siguientes procesos

a Estimaci6n del Riesgo b Prevenci6n del Riesgo c Reducci6n del Riesgo d Preparaci6n e Respuesta f Rehabilitaci6n g Reconstrucci6n

382 En el proceso de elaboraci6n del Plan Nacionar de Gesti6n del Riesgo de Desastres se estableceran los indicadores de desempeiio e impacto que serviran de base al mecanismo de seguimiento y evaluaci6n

Articulo 39deg- De los planes especlficos po proceso

391 En concordancia con el Plan Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres las entidades publicas en todcs los niveles de gobiemo formulan aprueban y ejecutan entre otros los siguientes Planes

a Planes de prevenci6n y reducci6n de riesgo deshydesastres

b Planes de preparaci6n c Planes de operaciones de emergencia d Planes de educaci6n comunitaria e Planes de rehabilitaci6n f Planes de contingencia

392 La autoridad correspondiente convocara a las entidades privadas y a la sociedad para el desarrollo de estos instrumentos de planificaci6n

Articulo 40deg- Mecanismos de coordinaci6n participaci6n evaluaci6n y seguimiento

401 EI ente rector promueve la coordinaci6n y articulaci6n con entidades de la sociedad y el sector privado

402 EI ente rector desarrolla el proceso de articulaci6n de todos los elementos constitutivos del Plan Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres

403 EI ente rector establece los mecanismos de evaluaci6n y seguimiento del plan asi como los mecanismos de comunicaci6n y difusi6n

404 CENEPRED establece los Iineamientos y los procesos deforrnulaci6n y particijlaci6nrelativosaestimaci6n prevenci6n reducci6n del riesgo y reconstrucci6n

405 INDECI establece los Iineamientos y los procesos de formulaci6n y participaci6n relativos a la preparaci6n respuesta y rehabilitaci6n

406 CEPLAN identifica loselementosdela planificacion estrategica del desarrollo nacional que deben ser incluidos en el Plan Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres Asimismo establece los compromisos procesos y acciones necesarias para asegurar la implementaci6n de los elementos del Plan Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres dentro de los Programas Estrategicos para el Desarrollo Nacional

407 EI MEF propene los elementos de la Estrategia Financiera para su integraci6n en el Plan Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres de manera que queden adecuadamente vinculados y articulados

CAPiTULO II

ESTRATEGIA DE GESTION FINANCIERA DEL RIESGO DE DESASTRES

Articulo 41deg_ Definici6n

411 Es el conjunto de acciones establecidas para asegurar una adecuada capacidad financiera en los

t-~-

BPerull10

443214 WNORMAS LEGALES Uma jUeves 26de mayo de 2011

~ procesos de la Gesti6n del Riesgo de Desastres asi como il tma mejor cobertura de los riesgos fiscales derivados de

la ocurrencia de desastres r 412 En el diseiio de la Estrategia de Gesti6n Financiera se consideran los programas presupuestales estrategicos vinculados a la Gesti6n del Riesgo de Desastres y otros programas que estuvieran relacionados con el objetivo del plan en el marco del presupuesto por resultados

413 En situaciones de desastres de gran magnitud el ente rector en coordinaci6n con el Ministerio de Economla y Finanzas propone al Consejo Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres el esquema institucional y financiero de reconstrucci6n sobre la base de un tInalisis de vulnerabilidades darios y necesidades Este esquema tiene presente las competencias de los gobiemos regionales y gobiemos locales la existencia de capacidades en la sociedad organizada y el principio de subsidiariedad segun 10 establecido en la Ley - 414 Los gobiemos regionales y locales priorizan la asignaci6n de recursos en la formulaci6n del presupuesto de cada ejercicio fiscal para brindar ayuda directa e inmediata a las personas damnificadas y afectadas para ejecutar las acciones que recuperen rapidamente el servicio basico perdido y la rehabilitaci6n de la infraestructura publica dafiada Asimismo cubnran el reabastecimiento de los almacenes de ayuda humanitaria que administran segun sus arnbitos de competencia a 415 Las entidades publicae priorizan la asignaci6n de ~cursos presupuestales para el desarrollo de los procesos de la Gesti6n del Riesgo de Desastre preferentemente en 10 referido a la atenci6n de emergencias y el proceso de reconstrucci6n ~I 416 En concordancia con el principio de subsidiariedad cuando la emergencia supere la capacidad de respuesta de los gobiemos regionales y locales el Ministerio de Economia y Finanzas en coordinaci6n con el ente rector del SINAGERD establece los mecanismos para transferir oportunamente recursos con cargo a la Reserva de Contingencia a fin de facilitar la ejecuci6n de los procesos de la gesti6n reactiva

417 Los Recursos de la Reserva de Contingencia PBra la Gesti6n del Riesgo de Desastres seran asignados preferentemente para brindar una respuesta oportuna ante desastres de gran magnitud que permitan mitigar los efectos dafiinos por el inminente impacto de un fen6meno natural 0 antr6pico declarado por el organismo publico competente y rehabilitar la infraestructura publica dafiada

Articulo 42deg_Componentes

421 La estrategia de gesti6n financiera se organiza por procesos y considera los programas presupuestales lIinculados asi como otras herramientas financieras que estuvieran relacionadas con la Gesti6n del Riesgo de Desastres

422 Los procesos considerados son los siguientes

a Estimaci6n Prevenci6n y Reducci6n del Riesgo Mecanismos financieros presupuestales y de incentivos que fomenten el desarrollo de los procesos de estimaci6n prevenci6n y reducci6n del riesgo como la eontratacion de deuda el Programa Estrategico con el enfoque de Presupuesto por Resultados y Programas de Transferencias Condicionadas e Incentivos y fondos concursables b Preparaci6n Respuesta y Rehabilitaci6n En aumplimiento del principio de subsidiariedad los mecanismos para responder el impacto de desastres deben tomar en cuenta el siguiente orden de prelaci6n

1 Los recursos de los mismos pliegos presupuestales de las entidades publlcas

2 Los recursos de la Reserva de Contingencia 3 Los recursos del Fondo de Estabilizaci6n Fiscal

- 4 Las Iineas de credlto contingente

c Reconstrucci6n instrumentos de protecci6n financiera y transferencia de riesgo de bienes y servicios publlcos Asimismo se promovera la creaci6n y regulaci6n del mercado de transferencia de riesgo de desastres en bienes y servicios privados

423 Las entidades publicas de todos los niveles de gobiemo evaluan su respectiva capacidad financiera y

presupuestaria para la atenci6n de los dafios producidos por desastres y la fase de reconstruccien posterior en el marco de las disposiciones legales vigentes EI Ministerio de Economla y Finanzas evalua e identifica mecanismos que sean adecuados y costo-eficientes con el objeto de contar con la capacidad financiera complementaria para tal fin

CAPiTULO III

MECANISMOS DE COORDINACION DECISIONl COMUNICACION Y GESTION DE LA INFORMACluN

EN SITUACIONES DE IMPACTO DE DESASTRES

Articulo 43deg_ Niveles de emergencia y capacldad de respuesta

431 La tipificaci6n de la atenci6n de emergencias por medio de niveles permite identificar la capacidad de respuesta para atender las emergencias y desastres

432 La atenci6n de emergencias y dafios por desastres se c1asificanen 5 niveles de la siguiente manera

a Niveles 1 2 Y 3 Alcance Local y Regional Comprende aquellas situaciones que son atendidas directamente por los Gobiemos Locales 0 el Gobiemo Regional con sus propios recursos disponibles

b Nivel 4 Intervenci6n del Gobiemo Nacional Comprende aquellos niveles de impacto de desastres que superan la capacidad de respuesta regional y sustentan la Declaratoria de Estado de Emergencia En este caso interviene el Gobiemo Nacional con los recursos nacionales disponibles y la coordinaci6n del INDECI

c Nivel 5 De Gran Magnitud Comprende aquellos niveles impactos de desastres cuya magnitud 0 circunstancias afecten la vida de la Naci6n y supere 0 pueda superar la capacidad de respuesta del pais y sustentan la Declaratoria de Estado de Emergencia Nacional lnterviene el Gobiemo Nacional con los recursos nacionales disponibles y de ser necesario con el apoyo de la ayuda intemacional En este caso ellNDECI coordina y conduce las operaciones de Respuesta y Rehabilitaci6n

433 La metodologia de c1asificaci6n de los niveles de emergencia estara detallada en el Plan Nacional de Operaciones

Articulo 44deg_ Red Nacional de Alerta Temprana

441 INDECI establece la Red Nacional de Alerta Temprana sobre la base de la participaci6n de las entidades tecnico cientrficas y de las universidades

442 La Red Nacional de Alerta Temprana integrara al menos los siguientes componentes

a Conocimiento y vigilancia permanente y en tiempo real de las amenazas

b Servicio de seguimiento y alerta c Difusi6n y comunicaci6n d Capacidad de respuesta

443 EI diseiio de la Red Nacional de Alerta Temprana debe contemplar los siguientes aspectos

a Gobemabilidad y arreglos institucionales eficaces b Enfoque de amenazas multiples c Participaci6n de las comunidades locales d Consideraci6n de la diversidad cultural

Articulo 45deg- Servicio de Alerta Permanente

451 Mecanismo de caracter permanente realizado por el personal de las entidades que conforman el SINAGERD en el ambito de la gesti6n reactiva como condici6n de trabajo con la finalidad de prepararse difundiry desarrollar las acciones tecnlco - administrativas y de coordinaci6n inmediatas y oportunas ante la presencia de un peligro inminente 0 la ocurrencia de un desastre

452 Los Iineamientos generalespara laimplementaci6n y funcionamiento de dicho mecanismo son establecidos por ellNDECI

453 Los Sectores Nacionales los Gobiemos Regionales Municipalidades Provinciales y Distritales y el INDECI respectivamente aseguran su implementaci6n y funcionamiento

E

_ imiddot

EJ Peruano uma juevas 26de mayo de2011 NORMAS LEGALES 44321()

Articulo 46deg_Primera Respuesta

461 Las entidades de primera respuesta son organizaciones especializadas para intervenir en casos de emergencias 0 desastres que desarrollan acciones inmediatas necesarias en las zonas afectadas en coordinaci6n con la autoridad competente en los respectivos niveles de gobiemo segun 10 establecido en la Ley el presente reglamento y los protocolos correspondientes

462 Se consideran entidades de primera respuesta

a FuerzasArmadas b Policia Nacional c Cuerpo General de BomberosVOluntarios del Peru d Sector Salud (Ministerio de Salud Seguro Social

de SaIud - ESSALUD Instituciones Privadas de Salud Sanidad de las FFAAy Sanidad de la PNP)

e Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social f Cruz Roja Peruana g Poblaci6n organizada h Otras entidades publicae y privadas que resutten

necesarias dependiendo de la emergencia 0 desastre

Articulo 47deg- La Asistencia Humanitaria

471 LaAsistencia Humanitariacomprende actividades como instalaci6n de albergues administraci6n de campamentos reubicaci6n temporal en zonas seguras asistencia de salud fisica y mental distribuci6n de bienes de ayuda humanitariay prestaci6n de servicios

472 La Asistencia Humanitaria donada por entidades privadas nacionales asl como la ayuda intemacional es complementariay de apoyo a la responsabilidad primaria del Estado

473 Las donaciones procedentes de colectas publicas convocadas por particulares son autorizadas y supervisadaspor la autoridad regional 0 local competente segun corresponda

474 Los Gobiernos Regionales tienen a su cargo custodiar los bienes de ayuda humanitaria y distribuirlos a los Gobiemos Locales En aplicaci6n del principio de subsidiariedad la entrega de los bienes de ayuda humanitaria se realiza a traves de los Gobiemos Locales de cada jurisdicci6n

475 Es responsabilidad de los Presidentes de los Gobiemos Regionales la implementaci6n de los mecanismos medios y procedimientos emitidos por el ente rector a propuesta del INDECI para garantizar la custodia conservaci6n distribuci6n y supervisi6n de la entrega de dichos bienes a la poblaci6n afectada 0 damnificada

476 Los bienes de Ayuda Humanitaria se emplean unica y exclusivamente para la atenci6n de las personas damnificadas y afectadas por los desastres y las emergencias

477 Las personas que i1egalmente reciban 0 se apropiende los bienesdeAyuda Humanitariason pasibles de sanci6n penal conforme a la Ley de la materia

478 Las donaciones de bienes procedentes del exterior publicae 0 privadas cuando el Gobiemo Nacional efectua la convocatoria de Ayuda Humanitaria Internacional requisren la participaci6n y control de las entidades del SINAGERD asl como del Ministerio de Relaciones Exteriores y la Agencia Peruana de Cooperaci6n Internacional segun corresponda EI INDECI propondra al Ente Rector un instrumento para la solicitud internalizaci6ny manejode laAyuda Humanitaria Internacional

Articulo 48deg- Transparencia y Rendici6n de Cuentas

EIente rector establece las normas y criterios tecnicos para las rendiciones de cuentas de las donaciones administradas por las entidades que conforman el SINAGERD

Articulo 49deg- Acciones ante situacl6n de peligro inminente

491 La situaci6n de peligro inminente debe ser sustentada por el informe tecnico emitido por la entidad publica competente que sera sustento para la declaratoria del estado de emergencia

492 Las accionesa desarrollarsedebenestar dirigidas unicamente a reducir el impacto del probabledesastre par ocurrir y deben tener nexo directo de causalidad entre las intervenciones y el evento a fin de salvaguardar la seguridad de la poblaci6n sus bienes y la infraestructura publica

V

CAPiTULO IV

CENTROS DE OPERACIONES DE EMERGENCIA

Articulo 50deg- Deflnici6n

501 Los Centros de Operaciones de Emergencia r COE - son 6rganos que funcionan de manera continua en el monitoreo de peligros emergencias y desastres aST como en la administraci6ne intercambiode la informaci6n para la oportuna toma de decisiones de las autoridades del Sistema en sus respectivos ambitos jurisdiccionales

502 EI INDECI elaborara una normativa para la coordinaci6n articulada de los COE en todos los niveles de gobiemo y la propondra al ente rector para so aprobaci6n ~

Articulo 51deg_ Mecanismo de constitucion y funcionamiento de Centros Regionales y Locales deOperaclones de Emergencia

511 Los presidentes regionales y alcaldes instituyen los Centros de Operaciones de Emergencia Regional (COER)y los CentrosdeOperacionesdeEmergenciaLocal (COEL) respectivamente segun las normas requisitosry estimdares que sean establecidos por INDECI

512 Los Centros de Operaciones de Emergencia Regional (COER) y los Centros de Operaciones de Emergencia Local (COEL) contaran con un area fisica adecuadapara trabajarsiguiendo los estandaresmlnimos establecidos por INDECI

513 los Centros de Operaciones de Emergencla Regional (COER) y los Centros de Operaciones de Emergencia Local (COEl) estaran conformados por

a EI Presidente Regional 0 el Alcalde respectivamente

b Directoresy funcionariosde las areas operaclonales quesean determinadasen la normativaestandargeneradapor INDECI -

c Representantesde las FuerzasArmadas - d La Cruz Roja Peruana y el Cuerpo General de

Bomberos Voluntarios del Peru e La Policla Nacional del Peru

514 Los Centros de Operaciones de Emergencia Regional (COER) y los Centros de Operaciones de Emergencia Local (COEL) seran coordinados por uria autoridad local con probada experiencia el manejo de situacionesde emergenciaEIcoordinadorsera nombradO por el Presidente Regional 0 Alcalde respectivo

Articulo 52deg_ COE Sectoriales

521 Los Sectores Nacionales a traves de sus Ministerios actlvaran sus Centros de Operaciones de Emergencia en concordancia con sus competenclas -y los Iineamientos que dicta el Ente Rector a propuesta del INDECI

522 Los Sectores involucrados directamente con las actividades de Respuesta y Rehabilitaci6n designan a sus representantes para su participaci6n en el COElllj constituyendose en los elementos de enlace necesarios para mantener la informaci6n de los COE Sectorialeamp correspondientes

Articulo 53deg_ Manejo de la Informacion para la toma de decisiones

531 Los Centros de Operaciones de Emergencia en todos sus nlveles permanentemente obtienen recaban y comparten informaci6n sobre el desarrollo de las emergencias desastres 0 peligros lnminentesy proporcionan la informaci6n procesada disponible que requieran las autoridades encargadas de conducir io monitorear emergencias asi como a los COE de los niveles inmediatos respectivos para coadyuvar a la toma de decisiones de las autoridadescorrespondientes

EI Peruano443216 WNORMAS LEGALES UmB jueves 26demayo de2011

532 EI COEN proporciona la informacion tecnica dj~penible que requiera el Consejo Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres para la toma de decisiones

533 Los COE para el cumplimiento de sus actividades cuentan con el Sistema de Informacion Nacional para la R~spuesta y Rehabilitacion - SINPAD administrado por elINDECI como componente del Sistema Nacional de Informacion del SINAGERD

534 EI monitoreo de P8ligros y emergencias y admlnistraclon de la informaCion de los Centros Poblados y Comunidades mientras no cuenten con los recursos necesarios sera ejecutado y consolidado per los COEL con la participacien de las autoridades respectivas

CAPiTULO V

EVALUACI6N DE DAAos Y ANALISIS DE NECESIDADES - EDAN

n Articulo 54deg_ Definlci6n

J 541 La Evaluacion de Danos yAnalisis de Necesidades (poundDAN) es el mecanismo de identificacion y registro cualitativo y cuantitativo de la extension gravedad y localizacion de los efectos de un evento adverso

542 La EDAN es la base para el establecimiento de los planes especificos de respuesta a las emergencias a todo nivel y los planes de rehabilitacion Tambien sirve para los procesos de evaluacion y necesidades que se ~tablezcan para la reconstrucclon it

Articulo 55deg- Mecanismo y operatividad

~ 551 EI INDECI establecera un mecanismo nacional para la Evaluacion de Danos y Necesidades siguiendo 106 estandares intemacionales que han side desarrollados para tal fin 552 INDECI desarrollara un proceso permanente de

capacitaci6n a las entidades publlcas y a los gobiemos r~ionales y locales para su utilizacion armonizada EI Sistema de Evaluacion de Danos y Necesidades sera la oase para caracterizar las situaciones de emergencia y tamar las decisiones respectivas

553 EI mecanisme es implementado por los COE locales regionales y nacional segun los mecanismosde capacidad de repuesta y subsidiariedad que se establezcan en su diseno

It CAPiTULO VI

VOLUNTARIADO EN EMERGENCIAS Y REHABILITACION

Articulo 56deg- Constitucion del Voluntariado en liimergencias y Rehabilitaci6n

EIINDECI establecera el mecanismo de voluntariado en emergencias y rehebilitacion el cual incluirala incorporacien de criterios e indicadores minimos y organizacion de brigadistas para la gestion y actualizacion del voluntariado

CAPiTULO VII

SERVICIO DE BUSQlIEDA Y SALVAMENTO

Articulo 57deg- Naturaleza del servicio de busqlleda y salvamento

Es un mecanisme de coordinaclon decision y romunicacionconformado por entidades publicas y privadasde primera respuesta que cuenta con recursos y medios disponibles para intervenir en operaciones especializadas de bUsqueday salvamento con la finalidad de salvaguardar la vida humana en situaciones de emergencia y desastres

Articulo 58deg- Alcance del servicio de busqueda y sslvamento r Tiene alcance nacional y articula sus actividades en ejmarco del Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Oesastres En determinadas situaciones se amplia su accionar al ambito internacional

Articulo 59deg- Ambito de Accion del servicio de bilsqueda y salvamento

591 La busqueda y salvamento se ejecutan en los arnbitos terrestre maritimo y aereo

592 EIente rectordel SINAGERD dicta los Iineamientos generales que permitan la integracion de esfuerzos y la operaclon coordinada de las instituciones responsables a fin de optimizar los recursos para las operaciones de busqueda y salvamento

CAPiTULO IX

MECANISMOS DE COORDINACI6N INTERNACIONAL Y PARTICIPACI6N EN INSTANCIAS Y ACUERDOS

REGIONALES DE ASISTENCIA HUMANITARIA

Articulo 60deg- Definicl6n La cooperacien intemacional en Gestion del

Riesgo de Desastres es el conjunto de acciones y herramientas desarrolladas por los gobiemos y entidades intemacionales orientadas a movilizar recursos e intercambiarexperiencias y conocimientos con la finalidad de contribuir allegro de los objetivos del SINAGERD y al cumplimiento de los compromisos intemacionales

Articulo 61deg_ Mecanismos

611 EI ente rector solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la elsboracion de un mecanisme de coordinacien de la asistencia humanitaria para las sedes diplomaticas en el extranjero y para las entidades de asistencia aereditadas en el pais

612 EI ente rector con el apoyo del Sistema de Naciones Unidas establece los mecanismos para la asistencia intemacional segun los compromisos y tratados que existan al efecto

613 EI INDECI elabora y propone al ente rector una normativa y procesos para brindar asistencia a desastres en el extranjero

614 EI ente rector con el apoyo tecnico de INDECI y las entidades intemacionales especializadas elabora una normativa para facilitar las operaciones de asistencia humanitaria en el pals en concordancia con la iniciativa de la Ley Internacional para la Respuesta ante Desastres

Articulo 62- Red Humanitaria Nacional - RHN

621 La Red Humanitaria Nacional - RHN - constituye un mecanismo de coordinacion entre eI Estado Peruano la Cooperacion Intemacional y los Organismos No Gubemamentales debidamente registrados en la Agencia Peruana de Cooperacion Intemacional-APCI - Ycontribuye en la preparacion y respuesta a emergencias y desastres para fortalecerla accion del SINAGERD Esta organizada en el marco del Comite Interagencial Permanente establecido per la Asamblea General de Naciones Unidas

622 La RHN esta co-presidida por ellla Coordinador Residente del Sistema de las Naciones Unidas en el Peru y ellla Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil

CAPiTULO X

COORDINACI6N CON EL SISTEMA DE SEGURIDAD Y DEFENSA NACIONAL

Articulo 63deg_Coordinacion

631 EI Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres(SINAGERD)coordinaconel Sistemade Seguridad y Defensa Nacional a traves del INDECI los aspectos que correspondan a sus respectivas competencias para proteger a la poblacion mediante los procesos de preparacion respuestay rehabilitacionen los cases de desastres

632 Asimismo el Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres a traves del Instituto Nacional de Defensa Civil seguira cumpliendo las funciones relativas a movilizaclon y desmovilizaci6n para casos de emergencia producidos por desastres

CAPiTULO XI

SISTEMA NACIONAL DE INFORMACI6N PARA LA GESTI6N DEL RIESGO DE DESASTRES

Articulo 64deg_ Descripci6n

641 EI Sistema Nacional de Informacion para la Gestion del Riesgo de Desastres es un instrumento del SINAGERD

EJ Peruano Lima juevea 26dB mayo de2011 WNORMAS LEGALES 443217

)

642 EI Sistema Nacional de Informaci6n para la Gesti6n del Riesgo de Desastres tiene dos componentes Ia informaci6n para la gesti6n prospectiva y correctiva e informaci6n la para la gesti6n reactiva

ArtIculo 65deg_Rectorfa y coordlnacl6n

651 Con el objeto de organizar administrar y mantener actualizado el Sistema Nacional de Informaci6n de Gesti6n del Riesgo de Desastres la Presidencia del Consejo de Ministros establece las directivas y Iineamientos de aplicaci6n nacional sobre estandares para el usc intercambio y acceso a la informaci6n requerida para la Gesti6n del RiesQo de Desastres asl como en los mecanlsrnos para la Integraci6h de dicha informacion requiriendo la opini6n previa del CENEPRED en 10 referente a la informaci6n para la gesti6n prospectiva y correctiva y dellNDECI en 10 referente a la informaci6n para la gesti6n reactiva

652 La Presidencia del Consejo de Ministros supervisa que la informaci6n para la Gesti6n del Riesgo de Desastres generada bajo los estandares establecidos por CENEPRED e INDECI respectlvarnente este dlsponible para todas las entidades pUblicas y la sociedad civil

CAPiTULO XII

RADIO NACIONAL DE DEFENSA CIVIL Y DEL MEDIO AMBIENTE

Articulo 66deg_ Radio Naclonal de Defensa Civil y Medio Amblente

EI INDECI es responsable de desarroilar coordinar y asesorar los contenidos a difundirse en Radio Nacional de Defensa Civil y del Medio Ambiente en 10 referido a la Preparaci6n Respuesta y Rehabilitaci6n

TITULO VI

DECLARATORIA DE ESTADO DE EMERGENCIA

Articulo 67deg-Declaratoria de Estado de Emergencla por Desastre

671 EI Presidente de la Republica con acuerdo del Consejo de Ministros puede decretar por un plazo de sesenta (60) dlas calendario en todo el territorio de la Republica 0 en parte de ai el Estado de Emergencia por desasfre dando cuenta al Congreso de la Republica 0 a la Comisi6n Permanente

672 La Declaratoria del Estado de Emergencia tiene por finalidad la ejecuci6n de medidas de excepci6n inmediatas y necesarias frente a un peligro inminente o a la ocurrencia de un desastre de gran magnitud o cuando sobrepasa la capacidad de respuesta del Gobierno Regional protegiendo la vida e integridad de las personas el patrimonio publico y privado y restableciendo los servicios basicoa indispensables

Articulo 68deg- Procedimiento

681 La solicitud de Declaratoria de Estado de Emergencia por peligro inmlnente opor la ocurrencia de un desastre es presentada por el Gobiemo Regional al INDECI con la debida sustentaci6n adjuntando el informe de estimaci6n del riesgo 061 informe EDAN asi como la opini6n tecnlca de los Sectores involucrados en los casos que corresponda

682 EIINDECI emite opini6n sobre la procedencia de la solicitud a cuyo fin emite el informe tecnico respectivo

683 EI expediente de la solicitud de Declaratoria de Estado de Emergencia se presenta a la Presidencia del Consejo de Ministros con la recomendaci6n correspondiente

684La declaratoria del Estado de Emergencia podra ser requeridacon la debida sustentaci6n por los titulares de los Ministerios y Organismos Publicos Descentrelizados comprometidos por la emergencia los que canalizaran su solicitud a traves dellNDECI

685 Excepcionalmente la Presidencia del Consejo de Ministros puede presentar de oficio al donsejo de Ministros la declaratoria de Estado de Emergencia de la zona afectada por un peligro inminente 0 la ocurrencia de un desastre previa comunicaci6n de la situaci6n

y propuesta de medidas yo acciones inmediatas que correspondan efectuado por ellNDECI

686 EI Ente Rector a propuesta deIINDECI apruebashymediante Decreto Supremo las normas complementarias respecto de la declaratoria de Estado de Emergencia

LI

Articulo 69deg_PI6rroga del Estado de Emergencli~ EI Gobierno Regional presenta al INDECI ja

solicitud de pr6rroga del Estado deEmergencia la que no debera exceder de sesenta (60) dlas calendario adjuntando los informes tecnicos que fundanienten dicha solicitud asl como las medidas de caracter presupuestal necesarias

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES

Primera- Sobre el Sistema Naclonal de Defensa Civil

Las responsabilidades que hayan side asignadas en otras normas al Sistema Nacional de Defensa Civil relacionadas con aspectos de preparaci6nrespuesta y rehabilitaci6n seguiran siendo ejercidas por el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) siempre que no Ife opongan a 10 dispueetc por la Ley Ndeg 29664 Yel presenta Reglamento

Segunda- Infracciones y sanciones ~ Losaspectosrelacionadoscon infraccionesy sanciones

Iigados a responsabilidades administrativas yfuncionales se rigen de acuerdo a 10 establecido en la Ley Ndeg 29622 Ley que modifica la Ley Num 27785 Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contralorla General de la Republica y amplia las facultades en el proceso para sancionar en materia de responsabilidad administrativa funcional y el Reglamento de infracciones y sanciones para la responsabilidad administrativa funcional derivaqB de los informes emitidos por los 6rganos del Sistema Nacionalde Controlaprobadomediante DecretoSupremq Ndeg 023-2011-PCM ~_

Las sanciones relacionadas con aspectos ete lncumphrnlento de la regulaci6n sobre Licencias ltJe Funcionamiento construcci6n y habilitaci6n se apli~n conforme a la normativa correspondiente ~

Tercera- EJecuci6nde las Inspecclones Tecnic~ de Seguridad en Defensa Civil - ITSDC -

1 EI Ente Rector aprueba las reformas en materia de Seguridad en Defensa Civil referidas a las Inspecciones Tecnicas de Seguridad en Defensa Civil asl comoen la acreditaci6n y administraci6n del Registro de los Inspectores incluida su actualizaci6n y capacitaci6n

2 Las InspeccionesTecnicas de Seguridaden Defensa Civil son ejecutadas por los Gobiernos Regionales~ Locales en sus ambitos deiurisdicci6n respectivos

Cuarta- Proceso de Adecuaci6n de las Nonnas de Seguridad en Defensa Civil

EI INDECI en un plazo maximo de sesenta (60) dlas habiles de publicado el presente Reglamento propone al Ente Rector la adecuaci6n de la legislaci6n vigente en materia de Segllridady Defensa Civil ala Ley del Sistema Nacional de la Gesti6n del Riesgo Desastres

En el proceso tiene especial anfasis la Ley Marco de Licencia de Funcionamiento el Reglamento de lnspeccionesTecnlces de Seguridad en Defensa Civil) demas normas vinculadas con las Inspecciones Tacnic8S de Seguridad en Defensa Civil ~~~

Quinta- Vigencia de los Convenios Nacionales~~ Internacionales suscritos en el Marco del SINADECI

Los convenios de caracter nacional 0 internacional suscritos por el Instituto Nacional de Defensa Civil eAo representaci6n del SINADECI vigentes al momento de entrada en vigor de la Ley Ndeg 29664 continuaren siende conducidos y administrados por el INDECI hasta el cerre del presente ejercicio presupuestal debiendo informar al Ente Rector respecto de aquellos casos en que exceda su competencia La Presidencia del Consejo de Ministros establecera las condiciones y responsabilidades para su ratificaci6n modificaci6n 0 Iiquidaci6n segun corresponda

i

j

ElPeruano443218 WNORMAS LEGALES Lima jUevas 26cia mayo da2011

DISPOSICIONES TRAN~ITORIAS

Prlmera- Regulacl6n del funclonamlento del ConseJo Naclonal de Gestl6n del Rlesgo de Desastres

EI Consejo Naclonal de Gesti6n del Riesgo de Desastres regula su funcionamieno a traves de un Reglamento Intemo aprobado por sus miembros en un plazo maximo de treinta (30) dias calendario contados desde la fecha de su instalaci6n

Segunda- Transltorledad de competenclas sobre Inspecclones T6cnlcas de Segurldad en Deensa Civil

Transitoriamente el INDECI rnantiene las competenclas referidas a las Inspecciones Tecnicas de Seguridad en Defensa Civil reguladas en el Reglamento de Inspecciones Tecnicas de Seguridad en Defensa Civil en los casos en que aun no se hayan transferido a los Gobiernos Regionales

645127-3

Autorizan viaje del Ministro de Relaeiones Exteiiores a Japon y EEUU yencargan su DespaCho ala Presidenta d~1 Consejo de Ministros y Ministra de Justieia

RESOLUCI6N SUPREMA Ndeg 133-2011-PCM

lima 25 de mayo de 2011

CONSIDERANDO

Que es objetivo de la PollticaExterior del Peru promover los intereses del pals tanto a nivel bilateral como multilateral conmiras a consolidar su presencia regional e internacional fortaleciendo su procesode inserci6n a nivel qlobal

Que el Mimstro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores Jose Antonio Garcia Belaunde efectuara una visita de trabajo al Jap6n del 29 al 31 de tnayo a fin de sostener un encuentro con su hom610go elCanciller Takeaki Matsumoto y suscribir el Acuerdo de Asociaci6n Econ6mica con ese pais Adicionalmente se ha previsto su participaci6n en distintas actividades con otras autoridades del gobierno de ese pals asl comomiddot una reuni6n con representantes del Consejo Empresarial Peruano Japones

Que asirnismo se ha previsto la participaci6n del Canciller en la Asamblea General Extraordinaria de la Organizaci61) de los Estados Americanos convocada para elide junio de 2011 con el prop6sito de tratar el asunto de la reincorporaci6n de Honduras a la citada organizaci6n

Que por representar actividades de la mayor importancia para la politica exterior del Peru es necesario autorizar el viaje del Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores Jose Antonio Garcia Belaunde a la ciudad de Tokio Jap6n y a la cludad de Washington DCEstad9sUnidos de America a fin de participar en las reuniones precltadas considerando que por razones de itinerario estara ausente del pals desde el 28 de mayo y hasta elide junio inclusive

De conformidad con el articulo 127deg de la Constituci6n Politica del Peru la Ley Ndeg 29158 Ley Organica del Poder Ejecutivo Ley Ndeg 29357 Ley de Organizaci6ny Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores en concordancia con el articulo 83deg del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa aprobado mediante el Decreto Supremo Ndeg 005-90-PCM la Ley Ndeg 27619 modificada por la Ley Ndeg 28807 Y su reglamento aprobado por el Decreto Supremo Ndeg 047-2002-PCM su modificatoria el Decreto Supremo Ndeg 005-2006-PCM el numeral 101 del artIculo 10deg de la Ley Ndeg 29626 Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Allo Fiscal 2011

SE RESUELVE

Articulo 1deg_Autorizarel viaje del Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores Jose Antonio

Garcia Belaunde a la ciudad de TokioJap6n y a la ciudad de Washington DC Estados Unidos de America entre los dias 28 de mayo y 1 de junio de 2011 de acuerdo a 10 expuesto en la parte considerativa

Articulo 2deg_ Los gastos que irrogue la participaci6n del Ministro de Estado en e) Despacho de Relaciones por concepto de pasajes USD$ 445000 Y viaticos USD$ 152000 seran cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores deblendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) dias calendario al termino de la referida comisi6n

Articulo 3deg_ Encargar el Despacho de Relaciones Exteriores a la Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Estado en el Despacho de Justicia sellora Rosario Fernandez Figueroa en tanto dure la ausencia del titular

Articulo 4deg_La presente Resoluci6n sera refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y el Ministrode Relaciones Exteriores

Registrese comunlquese y publlquese

ALAN GARCiA PJREZ Presidente Constitucional de la Republica

ROSARIO DEL PILAR FERNANDEZ FIGUEROA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia

JOSJANTONIO GARCiA BELAONDE Ministro de Relaciones Exteriores

645127-10

Crean Cowsion Multiseetorial de Naturaleza Temporal encargada de analizar las opciones y a1temativas teenicas para la formulaeion del estudio de factibilidad para la ejecueion de Ia Tereera Etapa del Proyecto Especial Chavimoehie del Gobiemo Regional de LaLibertad

RESOLUCI6N SUPREMA Ndeg 134middot2011-PCNi

lima 25 de mayo de 2011

CONSIDERANDO

Que la ejecuci6n de la Tercera Etapa del Proyecto Especial Chavimochic es de gran lnteres para el Gobierno Nacional y para el Gobierno Regional de La Libertad en la medida que permitira brindar seguridad en el suministro de agua de riego a los actuales usuarios de I~ Primera y Segunda Etapa del indicado Proyecto posibilitandose la incorporaci6n de hasta treinta mil hectareas ubicadas dentro del ambito de las referidas etapas que han sido transferidas al sector privado

Que en ese sentido resulta necesario evaluar la ejecuci6n de la Tercera Etapa del Proyecto Especial Chavimochicmediante promoci6n de la inversi6n privada a efectos de contribuir con la consolidaci6n del desarrollo agroexportador del norte del pais

Que de acuerdo a 10 dispuesto por la Ley Ndeg 29158 Ley Organica del Poder Ejecutivo las Comisiones Multisectoriales decaracter temporal son creadas con fines especificos para cumplir fundones de fiscalizaci6n propuesta 0 emisi6nde informes tecnicos las que se crean formalmente mediante resolucion suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y los Titulares de los sectores involucrados

Que a fin de analizar las opciones y alternativas tecnicas para la formulaci6n del estudiode factibilidad para la ejecuci6n de la Tercera Etapa del Proyecto Especial Chavimochic del Gobierno Regional La Libertad se ha visto por conveniente crear una Comisi6n Multisectorial encargada de proponer las recomendaciones tecnicas para la viabilidad del mencionado proyecto

De conformidad con 10 establecido en el numeral 8) del articulo 118deg de la Constituci6n Polltica del Peru y 10

Page 7: Reglamento Ley 29664 SINAGERD

BPenJano443212 WNORMAS LEGALES UmaJ- 26de mayo de 2011

282 Diagn6stico e intervenci6n Analizar la situaci6n de los elementos socioecon6micos expuestos en las areas en donde se ha establecido niveles de riesgo con fines de implementar acciones de reducci6n de vulnerabilidad

283 Participaci6n social Determinar los mecanismos de participaci6n de la sociedad civil para establecer las metas de reducci6n del riesgo de desastres

284 Evaluaci6n de programas y proyectos Analizar y evaluar con un enfoque de participaci6n las diferentes altemativas de programas y proyectos que se orienten a la reducci6n del riesgo de desastres

-285 Informaci6n y seguimiento Informar peri6dicamente sobre el desarrollo de las acciones de reducci6n de riesgos fomentando la participaci6n social

286 Planificaci6n participativa Planificar participativamente las acciones concertadas a traves de proyectos de inversi6n publica 0 privada que incluyan reduccion del riesgo de desastres

287 Planificaci6n integral armonizada y transversal Armonizar e incorporar los proyectos de reducci6n del riesgo de desastres en el esquema de planes de desarrollo local procurando la generaci6n de proyectos integrales de desarrollo que consideren la reducci6n del riesgo de desastres

288 Gesti6n de recursos Gestionar los recursos para ta implementaci6n de los proyectos de desarrollo en los que se integra la reducci6n del riesgo de desastres

289 Implementaci6n de la reducci6n del riesgo Ejecutar programas y proyectos de reducclen del riesgo de desastres

2810 Seguimiento y evaluaci6n Monitorear el logro de los objetivos en materia de reducci6n de riesgos en el territorio y retroalimentar el proceso

Articulo 29deg- Preparaci6n La Preparaci6n esta constituida por el conjunto de

acciones de planeamiento de desarrollo de capacidades organizaci6n de la sociedad operaci6n eficiente de las instituciones regionales y locales encargadasde la atenci6n y socorro establecimiento y operaci6n de la red nacional de alerta temprana y de gesti6n de recursos entre otros para anticiparse y responder en forma eficiente y eficaz en caso de desastre 0 situacion de peligro inminente a fin de procurar una optima respuesta en todos los niveles de gobiemo y de la sociedad

Articulo 30deg_Subprocesos de la Preparaci6n Son SUbprocesos de la Preparaci6n los siguientes

301 Informaci6n sobre escenarios de riesgo de desastres Desarrollar un proceso sistematico estandarizado y continuo para recopilar informaci6n existente sobre la tendencia de los riesgos asl como las estadlsticas de dafios producidos por emergencias pasadas a fin de actuar oportunamente en caso de desastre 0 situaci6n de peligro inminente

302 Planeamiento Formular y actualizar permanentemente en concordancia con el Plan Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres el planeamiento de la Preparacien la Respuesta y la Rehabilltacion en los diferentes niveles de gobiemo

303 Desarrollo de capacidades para la Respuesta Promover el desarrollo y fortalecimiento de capacidades humanas organizacionales tecnicas y de investigaci6n en los tres niveles de gobierno entidades privadas y la poblaci6n asi como equipamiento para una respuesta eficiente y eficaz en situaci6n de emergencias y desastre

304 Gesti6n de Recursos para la Respuesta Fortalecer en el ambito nacional regional y local la gesti6n de recursos tanto de infraestructura como de ayuda humanitaria obtenidos mediante fondos publlcos de la movilizaci6n nacional y de la cooperacion intemacional

305 Monitoreo y Alerta Temprana La alerta temprana es parte de los procesos de preparaci6n y de respuesta Para la preparaci6n consiste en recibir informaci6n analizar y actuar organizadamente sobre la base de sistemas de vigilancia y monitoreo de peligros y en establecer y desarrollar las acciones y capacidades locales para actuar con autonomla y resiliencia

306 Informacion Publica y Sensibilizacion Desarrollar y fortalecer medios de comunicaci6n y difusion - en los ambitos Nacional Regional y Local - para que las autoridades y la poblaci6n conozcan los riesgos existentes y las medidas adecuadas para una respuesta optima

Articulo 31deg- Respuesta La Respuesta como parte int~rante de la Gestl6n

del Riesgo de Desastres esta constituida por el conjunto de acciones y actividades gue se ejecutan ante una emergencia 0 desastre lnmedlatamente de ocurrido lIste asl como ante la inminencia del mismo

Articulo 32- Subprocesos de la Respyesta Son Subprocesos de la Respuesta los siguientes

321 conduecicn y coordinaci6n de la atenci6n de la emergencia 0 desastre Actividades transversales orientadas a conducir y coordinar la atenci6n de la emergencia y desastres en los diferentes niveles de gobiemo para generar las decisiones que se transforman en acciones de autoayuda primera respuesta y asistencia humanitaria con base en informaci6n oportuna

322Analisis Operacional Es el conjunto de acciones que permite identificar dalios analizar necesidades y asegurar una oportuna intervenci6n para satisfacer con recursos a la poblaci6n afectada contando para ello con procedimientos pre-establecidos en funci6n a los medios disponibles en los ambitos local regional y nacional

323 Busqueda y Salvamento Salvaguardar vidas controlar eventos secundarios como incendios explosiones y fugas entre otros proteger los bienes y mantener la seguridad publica en los ambltos marltimo aereo y terrestre

324 Salud Brindar la atenci6n de salud en situaciones de emergencias y desastres a las personas afeetadas asl como cubrir necesidades de salud publica

325 Comunicaciones Actividades orientadas a asegurar la disponibilidad y el funcionamiento de los medios de comunicaci6n que permitan la adecuada coordinacion entre los actores del SINAGERD ante la ocurrencia de una emergencia 0 desastre

326 Loglstica en la Respuesta Abastecimiento de suministros adecuados y en cantidades requeridas asi como equipos y personal especializado en los lugares y momentos en que se necesitan para la atenci6n de la emergencia

327 Asistencia Humanitaria Desarrollar y coordinar las acciones relacionadas con la atenci6n que requieren las personas afeetadas por la ocurrencia de una emergencia o desastre en especial 10 relacionado con brindar techo abrigo alimento enseres y herramientas asi como la protecci6n a grupos vulnerables

328 Movilizacion Disponer y emplear recursos y bienes del potencial nacional en concordancia con la Ley Ndeg 28101 Ley de Movilizacion Nacional

Articulo 33deg- Rehabilitaci6n EI proceso de Rehabilitacien es el conjunto de

acetonesconducentes al restablecimiento de los servicios publicos basicos indispensables e inicio de la reparaci6n del dalio fisico ambiental social y econ6mico en la zona afectada por una emergencia 0 desastre Se constituye en el puente entre el proceso de respuesta y el proceso de reconstrucclen

Articulo 34deg- Subprocesos de la Rehabllltaci6n Son Subprocesos de la Rehabilitaci6n los siguientes

341 Restablecimiento de servicios publlcos baslcos e infraestructura Acciones orientadas a restablecer los servicios pUblicos basicos as como la infraestructura que permita a la poblaci6n volver a sus actividades habituales

342 Normalizaclon progresiva de los medios de vida Acciones que permitan normalizar las actividades socioshyeconomlcas en la zona afectada por el desastre mediante la participaci6n coordinada de los tres niveles de gobiemo lncorporando al sector privado y a la poblaclen

343 Continuidad de servicios Para asegurar la continuidad de los servicios publicos baslcos indispensables lasempresasdel Estado losoperadoresde concesiones publicas y los organismos reguladores frente a situaciones de Preparacien Respuesta y Rehabilitaci6n ante desastres formulan evaluan y ejecutan sus planes de contingencia y demas instrumentos de gestion en el marco del Plan Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres manteniendo comunicaci6n y coordinaci6n permanente con la autoridad regional 0 local segun corresponda

--t -I

EIPruano Uma Jueves 26demayo de2011 if NORMAS LEGALES 443213

344 Participaci6n del sector privado Los Gobiemos Regionales y los Gobiemos Locales coordinarim la participaci6n de las empresas del Estado los operadores de concesiones publicas y los organismos reguladores en los procesos de Preparaci6n Respuesta y Rehabilitaci6n en su ambito jurisdiccional

Articulo 35deg- Reconstruccl6n EI Proceso de Reconstrucci6n comprende las acciones

que se realizan para establecer condiciones sostenibles de desarrollo en las areas afectadas reduciendo el riesgo anterior al desastre y asegurando la recuperaci6n flsica y social asl como la reactivaci6n econ6mica de las comunidades afectadas Sus subprocesos principales son

Articulo 36deg_Subprocesos de la Reconstrucci6n Son Subprocesos de la Reconstrucci6n los

siguientes

361 Definici6n del esquema institucional Definir el esquema institucional de gesti6n y de coordinaci6n requerido para la reconstrucci6n con base en los Iineamientos definidos en la Polltica Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres

362 Definici6n de alcances Definir alcances del proceso de reconstrucci6n y establecer canales permanentes de comunicaci6n con las personas afectadas y la comunidad en general

363 Disefio de mecanismos tecnicos y legales Disefiar y formular los mecanismos tecnicos y legales para el proceso de reconstrucci6n que sean requeridos incluyendo la revisi6n de Planes de Desarrollo y de Ordenamiento Territorial

364 Evaluaci6n de impacto Realizar la evaluaci6n del impacto socioecon6mico en el escenario de desastre identificando presiones dinamicas y causas de fondo

365 Desarrollo de informaci6n Desarrollar la informaci6n necesaria para fines de reconstrucci6n incluyendo opciones de reubicaci6n de poblaci6n y anallsls socioecon6micos de las comunidades afectadas

366 Priorizaci6n de intervenciones Priorizar acciones de reconstrucci6n de manera integral incluyendo la recuperaci6n social y la reactivaci6n econ6mica y de forma participativa con los beneficiarios

367 Planificaci6n participativa Formular participativamente el plan integral de reconstrucci6n que no reproduce los riesgos preexistentes definiendo el alcance estrategias de implementaci6n actividades

y responsabilidades presupuestos e indicadores de seguimiento y evaluaci6n

368lnventario de infraestructura danada y priorizaci6n Disenar el procedimiento asi como las herramientas de inventario de la infraestructura publica dariada sobre la cual se procedera a priorizar y programar los proyectos de inversi6n publica para su reconstrucci6n Se debe tener en cuenta la programaci6n de la disponibilidad de recursos presupuestales as como las Unidades Ejecutoras competentes del nivel nacional y subnacional

369 Informaci6n publica Gestionar informaci6n sensibilizar socializar y divulgar los avances del proceso ante la poblaci6n afectada y la comunidad en general

3610 Seguimiento y evaluaci6n Monitorear y evaluar la ejecuci6n de los proyectos verificando que no se regeneren las condiciones inseguras previas al impacto

TiTULO V

INSTRUMENTOS DEL SISTEMA NACIONAl

CAPiTULO I

PLAN NACIONAL DE GESTION DEL RIESGO DE DESASTRES

Articulo 37deg- Definici6n y Objeto

371 EI Plan Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres tiene por objeto establecer las Iineas estrategicas los objetivos y las acciones de caracter plurianual necesarios para concretar 10 establecido en la Ley y la Politica Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres

372 En el disefio del Plan Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres se consideran los programas presupuestales estrategicos y otros programas que forman parte de la Estrategia Financiera para la Gesti6n

del Riesgo de Desastres en el marco del presupuesto por resultado ~

373 EI Plan Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres se articula con los instrumentos de planificaci6n sectorial regional y local Es aprobado por el Poder Ejecutivo mediante Decreto Supremo

Articulo 38deg- Estructura y contenldos I

381 La estructura del Plan Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres estara sustentada en los siguientes procesos

a Estimaci6n del Riesgo b Prevenci6n del Riesgo c Reducci6n del Riesgo d Preparaci6n e Respuesta f Rehabilitaci6n g Reconstrucci6n

382 En el proceso de elaboraci6n del Plan Nacionar de Gesti6n del Riesgo de Desastres se estableceran los indicadores de desempeiio e impacto que serviran de base al mecanismo de seguimiento y evaluaci6n

Articulo 39deg- De los planes especlficos po proceso

391 En concordancia con el Plan Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres las entidades publicas en todcs los niveles de gobiemo formulan aprueban y ejecutan entre otros los siguientes Planes

a Planes de prevenci6n y reducci6n de riesgo deshydesastres

b Planes de preparaci6n c Planes de operaciones de emergencia d Planes de educaci6n comunitaria e Planes de rehabilitaci6n f Planes de contingencia

392 La autoridad correspondiente convocara a las entidades privadas y a la sociedad para el desarrollo de estos instrumentos de planificaci6n

Articulo 40deg- Mecanismos de coordinaci6n participaci6n evaluaci6n y seguimiento

401 EI ente rector promueve la coordinaci6n y articulaci6n con entidades de la sociedad y el sector privado

402 EI ente rector desarrolla el proceso de articulaci6n de todos los elementos constitutivos del Plan Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres

403 EI ente rector establece los mecanismos de evaluaci6n y seguimiento del plan asi como los mecanismos de comunicaci6n y difusi6n

404 CENEPRED establece los Iineamientos y los procesos deforrnulaci6n y particijlaci6nrelativosaestimaci6n prevenci6n reducci6n del riesgo y reconstrucci6n

405 INDECI establece los Iineamientos y los procesos de formulaci6n y participaci6n relativos a la preparaci6n respuesta y rehabilitaci6n

406 CEPLAN identifica loselementosdela planificacion estrategica del desarrollo nacional que deben ser incluidos en el Plan Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres Asimismo establece los compromisos procesos y acciones necesarias para asegurar la implementaci6n de los elementos del Plan Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres dentro de los Programas Estrategicos para el Desarrollo Nacional

407 EI MEF propene los elementos de la Estrategia Financiera para su integraci6n en el Plan Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres de manera que queden adecuadamente vinculados y articulados

CAPiTULO II

ESTRATEGIA DE GESTION FINANCIERA DEL RIESGO DE DESASTRES

Articulo 41deg_ Definici6n

411 Es el conjunto de acciones establecidas para asegurar una adecuada capacidad financiera en los

t-~-

BPerull10

443214 WNORMAS LEGALES Uma jUeves 26de mayo de 2011

~ procesos de la Gesti6n del Riesgo de Desastres asi como il tma mejor cobertura de los riesgos fiscales derivados de

la ocurrencia de desastres r 412 En el diseiio de la Estrategia de Gesti6n Financiera se consideran los programas presupuestales estrategicos vinculados a la Gesti6n del Riesgo de Desastres y otros programas que estuvieran relacionados con el objetivo del plan en el marco del presupuesto por resultados

413 En situaciones de desastres de gran magnitud el ente rector en coordinaci6n con el Ministerio de Economla y Finanzas propone al Consejo Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres el esquema institucional y financiero de reconstrucci6n sobre la base de un tInalisis de vulnerabilidades darios y necesidades Este esquema tiene presente las competencias de los gobiemos regionales y gobiemos locales la existencia de capacidades en la sociedad organizada y el principio de subsidiariedad segun 10 establecido en la Ley - 414 Los gobiemos regionales y locales priorizan la asignaci6n de recursos en la formulaci6n del presupuesto de cada ejercicio fiscal para brindar ayuda directa e inmediata a las personas damnificadas y afectadas para ejecutar las acciones que recuperen rapidamente el servicio basico perdido y la rehabilitaci6n de la infraestructura publica dafiada Asimismo cubnran el reabastecimiento de los almacenes de ayuda humanitaria que administran segun sus arnbitos de competencia a 415 Las entidades publicae priorizan la asignaci6n de ~cursos presupuestales para el desarrollo de los procesos de la Gesti6n del Riesgo de Desastre preferentemente en 10 referido a la atenci6n de emergencias y el proceso de reconstrucci6n ~I 416 En concordancia con el principio de subsidiariedad cuando la emergencia supere la capacidad de respuesta de los gobiemos regionales y locales el Ministerio de Economia y Finanzas en coordinaci6n con el ente rector del SINAGERD establece los mecanismos para transferir oportunamente recursos con cargo a la Reserva de Contingencia a fin de facilitar la ejecuci6n de los procesos de la gesti6n reactiva

417 Los Recursos de la Reserva de Contingencia PBra la Gesti6n del Riesgo de Desastres seran asignados preferentemente para brindar una respuesta oportuna ante desastres de gran magnitud que permitan mitigar los efectos dafiinos por el inminente impacto de un fen6meno natural 0 antr6pico declarado por el organismo publico competente y rehabilitar la infraestructura publica dafiada

Articulo 42deg_Componentes

421 La estrategia de gesti6n financiera se organiza por procesos y considera los programas presupuestales lIinculados asi como otras herramientas financieras que estuvieran relacionadas con la Gesti6n del Riesgo de Desastres

422 Los procesos considerados son los siguientes

a Estimaci6n Prevenci6n y Reducci6n del Riesgo Mecanismos financieros presupuestales y de incentivos que fomenten el desarrollo de los procesos de estimaci6n prevenci6n y reducci6n del riesgo como la eontratacion de deuda el Programa Estrategico con el enfoque de Presupuesto por Resultados y Programas de Transferencias Condicionadas e Incentivos y fondos concursables b Preparaci6n Respuesta y Rehabilitaci6n En aumplimiento del principio de subsidiariedad los mecanismos para responder el impacto de desastres deben tomar en cuenta el siguiente orden de prelaci6n

1 Los recursos de los mismos pliegos presupuestales de las entidades publlcas

2 Los recursos de la Reserva de Contingencia 3 Los recursos del Fondo de Estabilizaci6n Fiscal

- 4 Las Iineas de credlto contingente

c Reconstrucci6n instrumentos de protecci6n financiera y transferencia de riesgo de bienes y servicios publlcos Asimismo se promovera la creaci6n y regulaci6n del mercado de transferencia de riesgo de desastres en bienes y servicios privados

423 Las entidades publicas de todos los niveles de gobiemo evaluan su respectiva capacidad financiera y

presupuestaria para la atenci6n de los dafios producidos por desastres y la fase de reconstruccien posterior en el marco de las disposiciones legales vigentes EI Ministerio de Economla y Finanzas evalua e identifica mecanismos que sean adecuados y costo-eficientes con el objeto de contar con la capacidad financiera complementaria para tal fin

CAPiTULO III

MECANISMOS DE COORDINACION DECISIONl COMUNICACION Y GESTION DE LA INFORMACluN

EN SITUACIONES DE IMPACTO DE DESASTRES

Articulo 43deg_ Niveles de emergencia y capacldad de respuesta

431 La tipificaci6n de la atenci6n de emergencias por medio de niveles permite identificar la capacidad de respuesta para atender las emergencias y desastres

432 La atenci6n de emergencias y dafios por desastres se c1asificanen 5 niveles de la siguiente manera

a Niveles 1 2 Y 3 Alcance Local y Regional Comprende aquellas situaciones que son atendidas directamente por los Gobiemos Locales 0 el Gobiemo Regional con sus propios recursos disponibles

b Nivel 4 Intervenci6n del Gobiemo Nacional Comprende aquellos niveles de impacto de desastres que superan la capacidad de respuesta regional y sustentan la Declaratoria de Estado de Emergencia En este caso interviene el Gobiemo Nacional con los recursos nacionales disponibles y la coordinaci6n del INDECI

c Nivel 5 De Gran Magnitud Comprende aquellos niveles impactos de desastres cuya magnitud 0 circunstancias afecten la vida de la Naci6n y supere 0 pueda superar la capacidad de respuesta del pais y sustentan la Declaratoria de Estado de Emergencia Nacional lnterviene el Gobiemo Nacional con los recursos nacionales disponibles y de ser necesario con el apoyo de la ayuda intemacional En este caso ellNDECI coordina y conduce las operaciones de Respuesta y Rehabilitaci6n

433 La metodologia de c1asificaci6n de los niveles de emergencia estara detallada en el Plan Nacional de Operaciones

Articulo 44deg_ Red Nacional de Alerta Temprana

441 INDECI establece la Red Nacional de Alerta Temprana sobre la base de la participaci6n de las entidades tecnico cientrficas y de las universidades

442 La Red Nacional de Alerta Temprana integrara al menos los siguientes componentes

a Conocimiento y vigilancia permanente y en tiempo real de las amenazas

b Servicio de seguimiento y alerta c Difusi6n y comunicaci6n d Capacidad de respuesta

443 EI diseiio de la Red Nacional de Alerta Temprana debe contemplar los siguientes aspectos

a Gobemabilidad y arreglos institucionales eficaces b Enfoque de amenazas multiples c Participaci6n de las comunidades locales d Consideraci6n de la diversidad cultural

Articulo 45deg- Servicio de Alerta Permanente

451 Mecanismo de caracter permanente realizado por el personal de las entidades que conforman el SINAGERD en el ambito de la gesti6n reactiva como condici6n de trabajo con la finalidad de prepararse difundiry desarrollar las acciones tecnlco - administrativas y de coordinaci6n inmediatas y oportunas ante la presencia de un peligro inminente 0 la ocurrencia de un desastre

452 Los Iineamientos generalespara laimplementaci6n y funcionamiento de dicho mecanismo son establecidos por ellNDECI

453 Los Sectores Nacionales los Gobiemos Regionales Municipalidades Provinciales y Distritales y el INDECI respectivamente aseguran su implementaci6n y funcionamiento

E

_ imiddot

EJ Peruano uma juevas 26de mayo de2011 NORMAS LEGALES 44321()

Articulo 46deg_Primera Respuesta

461 Las entidades de primera respuesta son organizaciones especializadas para intervenir en casos de emergencias 0 desastres que desarrollan acciones inmediatas necesarias en las zonas afectadas en coordinaci6n con la autoridad competente en los respectivos niveles de gobiemo segun 10 establecido en la Ley el presente reglamento y los protocolos correspondientes

462 Se consideran entidades de primera respuesta

a FuerzasArmadas b Policia Nacional c Cuerpo General de BomberosVOluntarios del Peru d Sector Salud (Ministerio de Salud Seguro Social

de SaIud - ESSALUD Instituciones Privadas de Salud Sanidad de las FFAAy Sanidad de la PNP)

e Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social f Cruz Roja Peruana g Poblaci6n organizada h Otras entidades publicae y privadas que resutten

necesarias dependiendo de la emergencia 0 desastre

Articulo 47deg- La Asistencia Humanitaria

471 LaAsistencia Humanitariacomprende actividades como instalaci6n de albergues administraci6n de campamentos reubicaci6n temporal en zonas seguras asistencia de salud fisica y mental distribuci6n de bienes de ayuda humanitariay prestaci6n de servicios

472 La Asistencia Humanitaria donada por entidades privadas nacionales asl como la ayuda intemacional es complementariay de apoyo a la responsabilidad primaria del Estado

473 Las donaciones procedentes de colectas publicas convocadas por particulares son autorizadas y supervisadaspor la autoridad regional 0 local competente segun corresponda

474 Los Gobiernos Regionales tienen a su cargo custodiar los bienes de ayuda humanitaria y distribuirlos a los Gobiemos Locales En aplicaci6n del principio de subsidiariedad la entrega de los bienes de ayuda humanitaria se realiza a traves de los Gobiemos Locales de cada jurisdicci6n

475 Es responsabilidad de los Presidentes de los Gobiemos Regionales la implementaci6n de los mecanismos medios y procedimientos emitidos por el ente rector a propuesta del INDECI para garantizar la custodia conservaci6n distribuci6n y supervisi6n de la entrega de dichos bienes a la poblaci6n afectada 0 damnificada

476 Los bienes de Ayuda Humanitaria se emplean unica y exclusivamente para la atenci6n de las personas damnificadas y afectadas por los desastres y las emergencias

477 Las personas que i1egalmente reciban 0 se apropiende los bienesdeAyuda Humanitariason pasibles de sanci6n penal conforme a la Ley de la materia

478 Las donaciones de bienes procedentes del exterior publicae 0 privadas cuando el Gobiemo Nacional efectua la convocatoria de Ayuda Humanitaria Internacional requisren la participaci6n y control de las entidades del SINAGERD asl como del Ministerio de Relaciones Exteriores y la Agencia Peruana de Cooperaci6n Internacional segun corresponda EI INDECI propondra al Ente Rector un instrumento para la solicitud internalizaci6ny manejode laAyuda Humanitaria Internacional

Articulo 48deg- Transparencia y Rendici6n de Cuentas

EIente rector establece las normas y criterios tecnicos para las rendiciones de cuentas de las donaciones administradas por las entidades que conforman el SINAGERD

Articulo 49deg- Acciones ante situacl6n de peligro inminente

491 La situaci6n de peligro inminente debe ser sustentada por el informe tecnico emitido por la entidad publica competente que sera sustento para la declaratoria del estado de emergencia

492 Las accionesa desarrollarsedebenestar dirigidas unicamente a reducir el impacto del probabledesastre par ocurrir y deben tener nexo directo de causalidad entre las intervenciones y el evento a fin de salvaguardar la seguridad de la poblaci6n sus bienes y la infraestructura publica

V

CAPiTULO IV

CENTROS DE OPERACIONES DE EMERGENCIA

Articulo 50deg- Deflnici6n

501 Los Centros de Operaciones de Emergencia r COE - son 6rganos que funcionan de manera continua en el monitoreo de peligros emergencias y desastres aST como en la administraci6ne intercambiode la informaci6n para la oportuna toma de decisiones de las autoridades del Sistema en sus respectivos ambitos jurisdiccionales

502 EI INDECI elaborara una normativa para la coordinaci6n articulada de los COE en todos los niveles de gobiemo y la propondra al ente rector para so aprobaci6n ~

Articulo 51deg_ Mecanismo de constitucion y funcionamiento de Centros Regionales y Locales deOperaclones de Emergencia

511 Los presidentes regionales y alcaldes instituyen los Centros de Operaciones de Emergencia Regional (COER)y los CentrosdeOperacionesdeEmergenciaLocal (COEL) respectivamente segun las normas requisitosry estimdares que sean establecidos por INDECI

512 Los Centros de Operaciones de Emergencia Regional (COER) y los Centros de Operaciones de Emergencia Local (COEL) contaran con un area fisica adecuadapara trabajarsiguiendo los estandaresmlnimos establecidos por INDECI

513 los Centros de Operaciones de Emergencla Regional (COER) y los Centros de Operaciones de Emergencia Local (COEl) estaran conformados por

a EI Presidente Regional 0 el Alcalde respectivamente

b Directoresy funcionariosde las areas operaclonales quesean determinadasen la normativaestandargeneradapor INDECI -

c Representantesde las FuerzasArmadas - d La Cruz Roja Peruana y el Cuerpo General de

Bomberos Voluntarios del Peru e La Policla Nacional del Peru

514 Los Centros de Operaciones de Emergencia Regional (COER) y los Centros de Operaciones de Emergencia Local (COEL) seran coordinados por uria autoridad local con probada experiencia el manejo de situacionesde emergenciaEIcoordinadorsera nombradO por el Presidente Regional 0 Alcalde respectivo

Articulo 52deg_ COE Sectoriales

521 Los Sectores Nacionales a traves de sus Ministerios actlvaran sus Centros de Operaciones de Emergencia en concordancia con sus competenclas -y los Iineamientos que dicta el Ente Rector a propuesta del INDECI

522 Los Sectores involucrados directamente con las actividades de Respuesta y Rehabilitaci6n designan a sus representantes para su participaci6n en el COElllj constituyendose en los elementos de enlace necesarios para mantener la informaci6n de los COE Sectorialeamp correspondientes

Articulo 53deg_ Manejo de la Informacion para la toma de decisiones

531 Los Centros de Operaciones de Emergencia en todos sus nlveles permanentemente obtienen recaban y comparten informaci6n sobre el desarrollo de las emergencias desastres 0 peligros lnminentesy proporcionan la informaci6n procesada disponible que requieran las autoridades encargadas de conducir io monitorear emergencias asi como a los COE de los niveles inmediatos respectivos para coadyuvar a la toma de decisiones de las autoridadescorrespondientes

EI Peruano443216 WNORMAS LEGALES UmB jueves 26demayo de2011

532 EI COEN proporciona la informacion tecnica dj~penible que requiera el Consejo Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres para la toma de decisiones

533 Los COE para el cumplimiento de sus actividades cuentan con el Sistema de Informacion Nacional para la R~spuesta y Rehabilitacion - SINPAD administrado por elINDECI como componente del Sistema Nacional de Informacion del SINAGERD

534 EI monitoreo de P8ligros y emergencias y admlnistraclon de la informaCion de los Centros Poblados y Comunidades mientras no cuenten con los recursos necesarios sera ejecutado y consolidado per los COEL con la participacien de las autoridades respectivas

CAPiTULO V

EVALUACI6N DE DAAos Y ANALISIS DE NECESIDADES - EDAN

n Articulo 54deg_ Definlci6n

J 541 La Evaluacion de Danos yAnalisis de Necesidades (poundDAN) es el mecanismo de identificacion y registro cualitativo y cuantitativo de la extension gravedad y localizacion de los efectos de un evento adverso

542 La EDAN es la base para el establecimiento de los planes especificos de respuesta a las emergencias a todo nivel y los planes de rehabilitacion Tambien sirve para los procesos de evaluacion y necesidades que se ~tablezcan para la reconstrucclon it

Articulo 55deg- Mecanismo y operatividad

~ 551 EI INDECI establecera un mecanismo nacional para la Evaluacion de Danos y Necesidades siguiendo 106 estandares intemacionales que han side desarrollados para tal fin 552 INDECI desarrollara un proceso permanente de

capacitaci6n a las entidades publlcas y a los gobiemos r~ionales y locales para su utilizacion armonizada EI Sistema de Evaluacion de Danos y Necesidades sera la oase para caracterizar las situaciones de emergencia y tamar las decisiones respectivas

553 EI mecanisme es implementado por los COE locales regionales y nacional segun los mecanismosde capacidad de repuesta y subsidiariedad que se establezcan en su diseno

It CAPiTULO VI

VOLUNTARIADO EN EMERGENCIAS Y REHABILITACION

Articulo 56deg- Constitucion del Voluntariado en liimergencias y Rehabilitaci6n

EIINDECI establecera el mecanismo de voluntariado en emergencias y rehebilitacion el cual incluirala incorporacien de criterios e indicadores minimos y organizacion de brigadistas para la gestion y actualizacion del voluntariado

CAPiTULO VII

SERVICIO DE BUSQlIEDA Y SALVAMENTO

Articulo 57deg- Naturaleza del servicio de busqlleda y salvamento

Es un mecanisme de coordinaclon decision y romunicacionconformado por entidades publicas y privadasde primera respuesta que cuenta con recursos y medios disponibles para intervenir en operaciones especializadas de bUsqueday salvamento con la finalidad de salvaguardar la vida humana en situaciones de emergencia y desastres

Articulo 58deg- Alcance del servicio de busqueda y sslvamento r Tiene alcance nacional y articula sus actividades en ejmarco del Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Oesastres En determinadas situaciones se amplia su accionar al ambito internacional

Articulo 59deg- Ambito de Accion del servicio de bilsqueda y salvamento

591 La busqueda y salvamento se ejecutan en los arnbitos terrestre maritimo y aereo

592 EIente rectordel SINAGERD dicta los Iineamientos generales que permitan la integracion de esfuerzos y la operaclon coordinada de las instituciones responsables a fin de optimizar los recursos para las operaciones de busqueda y salvamento

CAPiTULO IX

MECANISMOS DE COORDINACI6N INTERNACIONAL Y PARTICIPACI6N EN INSTANCIAS Y ACUERDOS

REGIONALES DE ASISTENCIA HUMANITARIA

Articulo 60deg- Definicl6n La cooperacien intemacional en Gestion del

Riesgo de Desastres es el conjunto de acciones y herramientas desarrolladas por los gobiemos y entidades intemacionales orientadas a movilizar recursos e intercambiarexperiencias y conocimientos con la finalidad de contribuir allegro de los objetivos del SINAGERD y al cumplimiento de los compromisos intemacionales

Articulo 61deg_ Mecanismos

611 EI ente rector solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la elsboracion de un mecanisme de coordinacien de la asistencia humanitaria para las sedes diplomaticas en el extranjero y para las entidades de asistencia aereditadas en el pais

612 EI ente rector con el apoyo del Sistema de Naciones Unidas establece los mecanismos para la asistencia intemacional segun los compromisos y tratados que existan al efecto

613 EI INDECI elabora y propone al ente rector una normativa y procesos para brindar asistencia a desastres en el extranjero

614 EI ente rector con el apoyo tecnico de INDECI y las entidades intemacionales especializadas elabora una normativa para facilitar las operaciones de asistencia humanitaria en el pals en concordancia con la iniciativa de la Ley Internacional para la Respuesta ante Desastres

Articulo 62- Red Humanitaria Nacional - RHN

621 La Red Humanitaria Nacional - RHN - constituye un mecanismo de coordinacion entre eI Estado Peruano la Cooperacion Intemacional y los Organismos No Gubemamentales debidamente registrados en la Agencia Peruana de Cooperacion Intemacional-APCI - Ycontribuye en la preparacion y respuesta a emergencias y desastres para fortalecerla accion del SINAGERD Esta organizada en el marco del Comite Interagencial Permanente establecido per la Asamblea General de Naciones Unidas

622 La RHN esta co-presidida por ellla Coordinador Residente del Sistema de las Naciones Unidas en el Peru y ellla Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil

CAPiTULO X

COORDINACI6N CON EL SISTEMA DE SEGURIDAD Y DEFENSA NACIONAL

Articulo 63deg_Coordinacion

631 EI Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres(SINAGERD)coordinaconel Sistemade Seguridad y Defensa Nacional a traves del INDECI los aspectos que correspondan a sus respectivas competencias para proteger a la poblacion mediante los procesos de preparacion respuestay rehabilitacionen los cases de desastres

632 Asimismo el Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres a traves del Instituto Nacional de Defensa Civil seguira cumpliendo las funciones relativas a movilizaclon y desmovilizaci6n para casos de emergencia producidos por desastres

CAPiTULO XI

SISTEMA NACIONAL DE INFORMACI6N PARA LA GESTI6N DEL RIESGO DE DESASTRES

Articulo 64deg_ Descripci6n

641 EI Sistema Nacional de Informacion para la Gestion del Riesgo de Desastres es un instrumento del SINAGERD

EJ Peruano Lima juevea 26dB mayo de2011 WNORMAS LEGALES 443217

)

642 EI Sistema Nacional de Informaci6n para la Gesti6n del Riesgo de Desastres tiene dos componentes Ia informaci6n para la gesti6n prospectiva y correctiva e informaci6n la para la gesti6n reactiva

ArtIculo 65deg_Rectorfa y coordlnacl6n

651 Con el objeto de organizar administrar y mantener actualizado el Sistema Nacional de Informaci6n de Gesti6n del Riesgo de Desastres la Presidencia del Consejo de Ministros establece las directivas y Iineamientos de aplicaci6n nacional sobre estandares para el usc intercambio y acceso a la informaci6n requerida para la Gesti6n del RiesQo de Desastres asl como en los mecanlsrnos para la Integraci6h de dicha informacion requiriendo la opini6n previa del CENEPRED en 10 referente a la informaci6n para la gesti6n prospectiva y correctiva y dellNDECI en 10 referente a la informaci6n para la gesti6n reactiva

652 La Presidencia del Consejo de Ministros supervisa que la informaci6n para la Gesti6n del Riesgo de Desastres generada bajo los estandares establecidos por CENEPRED e INDECI respectlvarnente este dlsponible para todas las entidades pUblicas y la sociedad civil

CAPiTULO XII

RADIO NACIONAL DE DEFENSA CIVIL Y DEL MEDIO AMBIENTE

Articulo 66deg_ Radio Naclonal de Defensa Civil y Medio Amblente

EI INDECI es responsable de desarroilar coordinar y asesorar los contenidos a difundirse en Radio Nacional de Defensa Civil y del Medio Ambiente en 10 referido a la Preparaci6n Respuesta y Rehabilitaci6n

TITULO VI

DECLARATORIA DE ESTADO DE EMERGENCIA

Articulo 67deg-Declaratoria de Estado de Emergencla por Desastre

671 EI Presidente de la Republica con acuerdo del Consejo de Ministros puede decretar por un plazo de sesenta (60) dlas calendario en todo el territorio de la Republica 0 en parte de ai el Estado de Emergencia por desasfre dando cuenta al Congreso de la Republica 0 a la Comisi6n Permanente

672 La Declaratoria del Estado de Emergencia tiene por finalidad la ejecuci6n de medidas de excepci6n inmediatas y necesarias frente a un peligro inminente o a la ocurrencia de un desastre de gran magnitud o cuando sobrepasa la capacidad de respuesta del Gobierno Regional protegiendo la vida e integridad de las personas el patrimonio publico y privado y restableciendo los servicios basicoa indispensables

Articulo 68deg- Procedimiento

681 La solicitud de Declaratoria de Estado de Emergencia por peligro inmlnente opor la ocurrencia de un desastre es presentada por el Gobiemo Regional al INDECI con la debida sustentaci6n adjuntando el informe de estimaci6n del riesgo 061 informe EDAN asi como la opini6n tecnlca de los Sectores involucrados en los casos que corresponda

682 EIINDECI emite opini6n sobre la procedencia de la solicitud a cuyo fin emite el informe tecnico respectivo

683 EI expediente de la solicitud de Declaratoria de Estado de Emergencia se presenta a la Presidencia del Consejo de Ministros con la recomendaci6n correspondiente

684La declaratoria del Estado de Emergencia podra ser requeridacon la debida sustentaci6n por los titulares de los Ministerios y Organismos Publicos Descentrelizados comprometidos por la emergencia los que canalizaran su solicitud a traves dellNDECI

685 Excepcionalmente la Presidencia del Consejo de Ministros puede presentar de oficio al donsejo de Ministros la declaratoria de Estado de Emergencia de la zona afectada por un peligro inminente 0 la ocurrencia de un desastre previa comunicaci6n de la situaci6n

y propuesta de medidas yo acciones inmediatas que correspondan efectuado por ellNDECI

686 EI Ente Rector a propuesta deIINDECI apruebashymediante Decreto Supremo las normas complementarias respecto de la declaratoria de Estado de Emergencia

LI

Articulo 69deg_PI6rroga del Estado de Emergencli~ EI Gobierno Regional presenta al INDECI ja

solicitud de pr6rroga del Estado deEmergencia la que no debera exceder de sesenta (60) dlas calendario adjuntando los informes tecnicos que fundanienten dicha solicitud asl como las medidas de caracter presupuestal necesarias

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES

Primera- Sobre el Sistema Naclonal de Defensa Civil

Las responsabilidades que hayan side asignadas en otras normas al Sistema Nacional de Defensa Civil relacionadas con aspectos de preparaci6nrespuesta y rehabilitaci6n seguiran siendo ejercidas por el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) siempre que no Ife opongan a 10 dispueetc por la Ley Ndeg 29664 Yel presenta Reglamento

Segunda- Infracciones y sanciones ~ Losaspectosrelacionadoscon infraccionesy sanciones

Iigados a responsabilidades administrativas yfuncionales se rigen de acuerdo a 10 establecido en la Ley Ndeg 29622 Ley que modifica la Ley Num 27785 Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contralorla General de la Republica y amplia las facultades en el proceso para sancionar en materia de responsabilidad administrativa funcional y el Reglamento de infracciones y sanciones para la responsabilidad administrativa funcional derivaqB de los informes emitidos por los 6rganos del Sistema Nacionalde Controlaprobadomediante DecretoSupremq Ndeg 023-2011-PCM ~_

Las sanciones relacionadas con aspectos ete lncumphrnlento de la regulaci6n sobre Licencias ltJe Funcionamiento construcci6n y habilitaci6n se apli~n conforme a la normativa correspondiente ~

Tercera- EJecuci6nde las Inspecclones Tecnic~ de Seguridad en Defensa Civil - ITSDC -

1 EI Ente Rector aprueba las reformas en materia de Seguridad en Defensa Civil referidas a las Inspecciones Tecnicas de Seguridad en Defensa Civil asl comoen la acreditaci6n y administraci6n del Registro de los Inspectores incluida su actualizaci6n y capacitaci6n

2 Las InspeccionesTecnicas de Seguridaden Defensa Civil son ejecutadas por los Gobiernos Regionales~ Locales en sus ambitos deiurisdicci6n respectivos

Cuarta- Proceso de Adecuaci6n de las Nonnas de Seguridad en Defensa Civil

EI INDECI en un plazo maximo de sesenta (60) dlas habiles de publicado el presente Reglamento propone al Ente Rector la adecuaci6n de la legislaci6n vigente en materia de Segllridady Defensa Civil ala Ley del Sistema Nacional de la Gesti6n del Riesgo Desastres

En el proceso tiene especial anfasis la Ley Marco de Licencia de Funcionamiento el Reglamento de lnspeccionesTecnlces de Seguridad en Defensa Civil) demas normas vinculadas con las Inspecciones Tacnic8S de Seguridad en Defensa Civil ~~~

Quinta- Vigencia de los Convenios Nacionales~~ Internacionales suscritos en el Marco del SINADECI

Los convenios de caracter nacional 0 internacional suscritos por el Instituto Nacional de Defensa Civil eAo representaci6n del SINADECI vigentes al momento de entrada en vigor de la Ley Ndeg 29664 continuaren siende conducidos y administrados por el INDECI hasta el cerre del presente ejercicio presupuestal debiendo informar al Ente Rector respecto de aquellos casos en que exceda su competencia La Presidencia del Consejo de Ministros establecera las condiciones y responsabilidades para su ratificaci6n modificaci6n 0 Iiquidaci6n segun corresponda

i

j

ElPeruano443218 WNORMAS LEGALES Lima jUevas 26cia mayo da2011

DISPOSICIONES TRAN~ITORIAS

Prlmera- Regulacl6n del funclonamlento del ConseJo Naclonal de Gestl6n del Rlesgo de Desastres

EI Consejo Naclonal de Gesti6n del Riesgo de Desastres regula su funcionamieno a traves de un Reglamento Intemo aprobado por sus miembros en un plazo maximo de treinta (30) dias calendario contados desde la fecha de su instalaci6n

Segunda- Transltorledad de competenclas sobre Inspecclones T6cnlcas de Segurldad en Deensa Civil

Transitoriamente el INDECI rnantiene las competenclas referidas a las Inspecciones Tecnicas de Seguridad en Defensa Civil reguladas en el Reglamento de Inspecciones Tecnicas de Seguridad en Defensa Civil en los casos en que aun no se hayan transferido a los Gobiernos Regionales

645127-3

Autorizan viaje del Ministro de Relaeiones Exteiiores a Japon y EEUU yencargan su DespaCho ala Presidenta d~1 Consejo de Ministros y Ministra de Justieia

RESOLUCI6N SUPREMA Ndeg 133-2011-PCM

lima 25 de mayo de 2011

CONSIDERANDO

Que es objetivo de la PollticaExterior del Peru promover los intereses del pals tanto a nivel bilateral como multilateral conmiras a consolidar su presencia regional e internacional fortaleciendo su procesode inserci6n a nivel qlobal

Que el Mimstro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores Jose Antonio Garcia Belaunde efectuara una visita de trabajo al Jap6n del 29 al 31 de tnayo a fin de sostener un encuentro con su hom610go elCanciller Takeaki Matsumoto y suscribir el Acuerdo de Asociaci6n Econ6mica con ese pais Adicionalmente se ha previsto su participaci6n en distintas actividades con otras autoridades del gobierno de ese pals asl comomiddot una reuni6n con representantes del Consejo Empresarial Peruano Japones

Que asirnismo se ha previsto la participaci6n del Canciller en la Asamblea General Extraordinaria de la Organizaci61) de los Estados Americanos convocada para elide junio de 2011 con el prop6sito de tratar el asunto de la reincorporaci6n de Honduras a la citada organizaci6n

Que por representar actividades de la mayor importancia para la politica exterior del Peru es necesario autorizar el viaje del Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores Jose Antonio Garcia Belaunde a la ciudad de Tokio Jap6n y a la cludad de Washington DCEstad9sUnidos de America a fin de participar en las reuniones precltadas considerando que por razones de itinerario estara ausente del pals desde el 28 de mayo y hasta elide junio inclusive

De conformidad con el articulo 127deg de la Constituci6n Politica del Peru la Ley Ndeg 29158 Ley Organica del Poder Ejecutivo Ley Ndeg 29357 Ley de Organizaci6ny Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores en concordancia con el articulo 83deg del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa aprobado mediante el Decreto Supremo Ndeg 005-90-PCM la Ley Ndeg 27619 modificada por la Ley Ndeg 28807 Y su reglamento aprobado por el Decreto Supremo Ndeg 047-2002-PCM su modificatoria el Decreto Supremo Ndeg 005-2006-PCM el numeral 101 del artIculo 10deg de la Ley Ndeg 29626 Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Allo Fiscal 2011

SE RESUELVE

Articulo 1deg_Autorizarel viaje del Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores Jose Antonio

Garcia Belaunde a la ciudad de TokioJap6n y a la ciudad de Washington DC Estados Unidos de America entre los dias 28 de mayo y 1 de junio de 2011 de acuerdo a 10 expuesto en la parte considerativa

Articulo 2deg_ Los gastos que irrogue la participaci6n del Ministro de Estado en e) Despacho de Relaciones por concepto de pasajes USD$ 445000 Y viaticos USD$ 152000 seran cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores deblendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) dias calendario al termino de la referida comisi6n

Articulo 3deg_ Encargar el Despacho de Relaciones Exteriores a la Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Estado en el Despacho de Justicia sellora Rosario Fernandez Figueroa en tanto dure la ausencia del titular

Articulo 4deg_La presente Resoluci6n sera refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y el Ministrode Relaciones Exteriores

Registrese comunlquese y publlquese

ALAN GARCiA PJREZ Presidente Constitucional de la Republica

ROSARIO DEL PILAR FERNANDEZ FIGUEROA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia

JOSJANTONIO GARCiA BELAONDE Ministro de Relaciones Exteriores

645127-10

Crean Cowsion Multiseetorial de Naturaleza Temporal encargada de analizar las opciones y a1temativas teenicas para la formulaeion del estudio de factibilidad para la ejecueion de Ia Tereera Etapa del Proyecto Especial Chavimoehie del Gobiemo Regional de LaLibertad

RESOLUCI6N SUPREMA Ndeg 134middot2011-PCNi

lima 25 de mayo de 2011

CONSIDERANDO

Que la ejecuci6n de la Tercera Etapa del Proyecto Especial Chavimochic es de gran lnteres para el Gobierno Nacional y para el Gobierno Regional de La Libertad en la medida que permitira brindar seguridad en el suministro de agua de riego a los actuales usuarios de I~ Primera y Segunda Etapa del indicado Proyecto posibilitandose la incorporaci6n de hasta treinta mil hectareas ubicadas dentro del ambito de las referidas etapas que han sido transferidas al sector privado

Que en ese sentido resulta necesario evaluar la ejecuci6n de la Tercera Etapa del Proyecto Especial Chavimochicmediante promoci6n de la inversi6n privada a efectos de contribuir con la consolidaci6n del desarrollo agroexportador del norte del pais

Que de acuerdo a 10 dispuesto por la Ley Ndeg 29158 Ley Organica del Poder Ejecutivo las Comisiones Multisectoriales decaracter temporal son creadas con fines especificos para cumplir fundones de fiscalizaci6n propuesta 0 emisi6nde informes tecnicos las que se crean formalmente mediante resolucion suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y los Titulares de los sectores involucrados

Que a fin de analizar las opciones y alternativas tecnicas para la formulaci6n del estudiode factibilidad para la ejecuci6n de la Tercera Etapa del Proyecto Especial Chavimochic del Gobierno Regional La Libertad se ha visto por conveniente crear una Comisi6n Multisectorial encargada de proponer las recomendaciones tecnicas para la viabilidad del mencionado proyecto

De conformidad con 10 establecido en el numeral 8) del articulo 118deg de la Constituci6n Polltica del Peru y 10

Page 8: Reglamento Ley 29664 SINAGERD

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EIPruano Uma Jueves 26demayo de2011 if NORMAS LEGALES 443213

344 Participaci6n del sector privado Los Gobiemos Regionales y los Gobiemos Locales coordinarim la participaci6n de las empresas del Estado los operadores de concesiones publicas y los organismos reguladores en los procesos de Preparaci6n Respuesta y Rehabilitaci6n en su ambito jurisdiccional

Articulo 35deg- Reconstruccl6n EI Proceso de Reconstrucci6n comprende las acciones

que se realizan para establecer condiciones sostenibles de desarrollo en las areas afectadas reduciendo el riesgo anterior al desastre y asegurando la recuperaci6n flsica y social asl como la reactivaci6n econ6mica de las comunidades afectadas Sus subprocesos principales son

Articulo 36deg_Subprocesos de la Reconstrucci6n Son Subprocesos de la Reconstrucci6n los

siguientes

361 Definici6n del esquema institucional Definir el esquema institucional de gesti6n y de coordinaci6n requerido para la reconstrucci6n con base en los Iineamientos definidos en la Polltica Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres

362 Definici6n de alcances Definir alcances del proceso de reconstrucci6n y establecer canales permanentes de comunicaci6n con las personas afectadas y la comunidad en general

363 Disefio de mecanismos tecnicos y legales Disefiar y formular los mecanismos tecnicos y legales para el proceso de reconstrucci6n que sean requeridos incluyendo la revisi6n de Planes de Desarrollo y de Ordenamiento Territorial

364 Evaluaci6n de impacto Realizar la evaluaci6n del impacto socioecon6mico en el escenario de desastre identificando presiones dinamicas y causas de fondo

365 Desarrollo de informaci6n Desarrollar la informaci6n necesaria para fines de reconstrucci6n incluyendo opciones de reubicaci6n de poblaci6n y anallsls socioecon6micos de las comunidades afectadas

366 Priorizaci6n de intervenciones Priorizar acciones de reconstrucci6n de manera integral incluyendo la recuperaci6n social y la reactivaci6n econ6mica y de forma participativa con los beneficiarios

367 Planificaci6n participativa Formular participativamente el plan integral de reconstrucci6n que no reproduce los riesgos preexistentes definiendo el alcance estrategias de implementaci6n actividades

y responsabilidades presupuestos e indicadores de seguimiento y evaluaci6n

368lnventario de infraestructura danada y priorizaci6n Disenar el procedimiento asi como las herramientas de inventario de la infraestructura publica dariada sobre la cual se procedera a priorizar y programar los proyectos de inversi6n publica para su reconstrucci6n Se debe tener en cuenta la programaci6n de la disponibilidad de recursos presupuestales as como las Unidades Ejecutoras competentes del nivel nacional y subnacional

369 Informaci6n publica Gestionar informaci6n sensibilizar socializar y divulgar los avances del proceso ante la poblaci6n afectada y la comunidad en general

3610 Seguimiento y evaluaci6n Monitorear y evaluar la ejecuci6n de los proyectos verificando que no se regeneren las condiciones inseguras previas al impacto

TiTULO V

INSTRUMENTOS DEL SISTEMA NACIONAl

CAPiTULO I

PLAN NACIONAL DE GESTION DEL RIESGO DE DESASTRES

Articulo 37deg- Definici6n y Objeto

371 EI Plan Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres tiene por objeto establecer las Iineas estrategicas los objetivos y las acciones de caracter plurianual necesarios para concretar 10 establecido en la Ley y la Politica Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres

372 En el disefio del Plan Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres se consideran los programas presupuestales estrategicos y otros programas que forman parte de la Estrategia Financiera para la Gesti6n

del Riesgo de Desastres en el marco del presupuesto por resultado ~

373 EI Plan Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres se articula con los instrumentos de planificaci6n sectorial regional y local Es aprobado por el Poder Ejecutivo mediante Decreto Supremo

Articulo 38deg- Estructura y contenldos I

381 La estructura del Plan Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres estara sustentada en los siguientes procesos

a Estimaci6n del Riesgo b Prevenci6n del Riesgo c Reducci6n del Riesgo d Preparaci6n e Respuesta f Rehabilitaci6n g Reconstrucci6n

382 En el proceso de elaboraci6n del Plan Nacionar de Gesti6n del Riesgo de Desastres se estableceran los indicadores de desempeiio e impacto que serviran de base al mecanismo de seguimiento y evaluaci6n

Articulo 39deg- De los planes especlficos po proceso

391 En concordancia con el Plan Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres las entidades publicas en todcs los niveles de gobiemo formulan aprueban y ejecutan entre otros los siguientes Planes

a Planes de prevenci6n y reducci6n de riesgo deshydesastres

b Planes de preparaci6n c Planes de operaciones de emergencia d Planes de educaci6n comunitaria e Planes de rehabilitaci6n f Planes de contingencia

392 La autoridad correspondiente convocara a las entidades privadas y a la sociedad para el desarrollo de estos instrumentos de planificaci6n

Articulo 40deg- Mecanismos de coordinaci6n participaci6n evaluaci6n y seguimiento

401 EI ente rector promueve la coordinaci6n y articulaci6n con entidades de la sociedad y el sector privado

402 EI ente rector desarrolla el proceso de articulaci6n de todos los elementos constitutivos del Plan Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres

403 EI ente rector establece los mecanismos de evaluaci6n y seguimiento del plan asi como los mecanismos de comunicaci6n y difusi6n

404 CENEPRED establece los Iineamientos y los procesos deforrnulaci6n y particijlaci6nrelativosaestimaci6n prevenci6n reducci6n del riesgo y reconstrucci6n

405 INDECI establece los Iineamientos y los procesos de formulaci6n y participaci6n relativos a la preparaci6n respuesta y rehabilitaci6n

406 CEPLAN identifica loselementosdela planificacion estrategica del desarrollo nacional que deben ser incluidos en el Plan Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres Asimismo establece los compromisos procesos y acciones necesarias para asegurar la implementaci6n de los elementos del Plan Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres dentro de los Programas Estrategicos para el Desarrollo Nacional

407 EI MEF propene los elementos de la Estrategia Financiera para su integraci6n en el Plan Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres de manera que queden adecuadamente vinculados y articulados

CAPiTULO II

ESTRATEGIA DE GESTION FINANCIERA DEL RIESGO DE DESASTRES

Articulo 41deg_ Definici6n

411 Es el conjunto de acciones establecidas para asegurar una adecuada capacidad financiera en los

t-~-

BPerull10

443214 WNORMAS LEGALES Uma jUeves 26de mayo de 2011

~ procesos de la Gesti6n del Riesgo de Desastres asi como il tma mejor cobertura de los riesgos fiscales derivados de

la ocurrencia de desastres r 412 En el diseiio de la Estrategia de Gesti6n Financiera se consideran los programas presupuestales estrategicos vinculados a la Gesti6n del Riesgo de Desastres y otros programas que estuvieran relacionados con el objetivo del plan en el marco del presupuesto por resultados

413 En situaciones de desastres de gran magnitud el ente rector en coordinaci6n con el Ministerio de Economla y Finanzas propone al Consejo Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres el esquema institucional y financiero de reconstrucci6n sobre la base de un tInalisis de vulnerabilidades darios y necesidades Este esquema tiene presente las competencias de los gobiemos regionales y gobiemos locales la existencia de capacidades en la sociedad organizada y el principio de subsidiariedad segun 10 establecido en la Ley - 414 Los gobiemos regionales y locales priorizan la asignaci6n de recursos en la formulaci6n del presupuesto de cada ejercicio fiscal para brindar ayuda directa e inmediata a las personas damnificadas y afectadas para ejecutar las acciones que recuperen rapidamente el servicio basico perdido y la rehabilitaci6n de la infraestructura publica dafiada Asimismo cubnran el reabastecimiento de los almacenes de ayuda humanitaria que administran segun sus arnbitos de competencia a 415 Las entidades publicae priorizan la asignaci6n de ~cursos presupuestales para el desarrollo de los procesos de la Gesti6n del Riesgo de Desastre preferentemente en 10 referido a la atenci6n de emergencias y el proceso de reconstrucci6n ~I 416 En concordancia con el principio de subsidiariedad cuando la emergencia supere la capacidad de respuesta de los gobiemos regionales y locales el Ministerio de Economia y Finanzas en coordinaci6n con el ente rector del SINAGERD establece los mecanismos para transferir oportunamente recursos con cargo a la Reserva de Contingencia a fin de facilitar la ejecuci6n de los procesos de la gesti6n reactiva

417 Los Recursos de la Reserva de Contingencia PBra la Gesti6n del Riesgo de Desastres seran asignados preferentemente para brindar una respuesta oportuna ante desastres de gran magnitud que permitan mitigar los efectos dafiinos por el inminente impacto de un fen6meno natural 0 antr6pico declarado por el organismo publico competente y rehabilitar la infraestructura publica dafiada

Articulo 42deg_Componentes

421 La estrategia de gesti6n financiera se organiza por procesos y considera los programas presupuestales lIinculados asi como otras herramientas financieras que estuvieran relacionadas con la Gesti6n del Riesgo de Desastres

422 Los procesos considerados son los siguientes

a Estimaci6n Prevenci6n y Reducci6n del Riesgo Mecanismos financieros presupuestales y de incentivos que fomenten el desarrollo de los procesos de estimaci6n prevenci6n y reducci6n del riesgo como la eontratacion de deuda el Programa Estrategico con el enfoque de Presupuesto por Resultados y Programas de Transferencias Condicionadas e Incentivos y fondos concursables b Preparaci6n Respuesta y Rehabilitaci6n En aumplimiento del principio de subsidiariedad los mecanismos para responder el impacto de desastres deben tomar en cuenta el siguiente orden de prelaci6n

1 Los recursos de los mismos pliegos presupuestales de las entidades publlcas

2 Los recursos de la Reserva de Contingencia 3 Los recursos del Fondo de Estabilizaci6n Fiscal

- 4 Las Iineas de credlto contingente

c Reconstrucci6n instrumentos de protecci6n financiera y transferencia de riesgo de bienes y servicios publlcos Asimismo se promovera la creaci6n y regulaci6n del mercado de transferencia de riesgo de desastres en bienes y servicios privados

423 Las entidades publicas de todos los niveles de gobiemo evaluan su respectiva capacidad financiera y

presupuestaria para la atenci6n de los dafios producidos por desastres y la fase de reconstruccien posterior en el marco de las disposiciones legales vigentes EI Ministerio de Economla y Finanzas evalua e identifica mecanismos que sean adecuados y costo-eficientes con el objeto de contar con la capacidad financiera complementaria para tal fin

CAPiTULO III

MECANISMOS DE COORDINACION DECISIONl COMUNICACION Y GESTION DE LA INFORMACluN

EN SITUACIONES DE IMPACTO DE DESASTRES

Articulo 43deg_ Niveles de emergencia y capacldad de respuesta

431 La tipificaci6n de la atenci6n de emergencias por medio de niveles permite identificar la capacidad de respuesta para atender las emergencias y desastres

432 La atenci6n de emergencias y dafios por desastres se c1asificanen 5 niveles de la siguiente manera

a Niveles 1 2 Y 3 Alcance Local y Regional Comprende aquellas situaciones que son atendidas directamente por los Gobiemos Locales 0 el Gobiemo Regional con sus propios recursos disponibles

b Nivel 4 Intervenci6n del Gobiemo Nacional Comprende aquellos niveles de impacto de desastres que superan la capacidad de respuesta regional y sustentan la Declaratoria de Estado de Emergencia En este caso interviene el Gobiemo Nacional con los recursos nacionales disponibles y la coordinaci6n del INDECI

c Nivel 5 De Gran Magnitud Comprende aquellos niveles impactos de desastres cuya magnitud 0 circunstancias afecten la vida de la Naci6n y supere 0 pueda superar la capacidad de respuesta del pais y sustentan la Declaratoria de Estado de Emergencia Nacional lnterviene el Gobiemo Nacional con los recursos nacionales disponibles y de ser necesario con el apoyo de la ayuda intemacional En este caso ellNDECI coordina y conduce las operaciones de Respuesta y Rehabilitaci6n

433 La metodologia de c1asificaci6n de los niveles de emergencia estara detallada en el Plan Nacional de Operaciones

Articulo 44deg_ Red Nacional de Alerta Temprana

441 INDECI establece la Red Nacional de Alerta Temprana sobre la base de la participaci6n de las entidades tecnico cientrficas y de las universidades

442 La Red Nacional de Alerta Temprana integrara al menos los siguientes componentes

a Conocimiento y vigilancia permanente y en tiempo real de las amenazas

b Servicio de seguimiento y alerta c Difusi6n y comunicaci6n d Capacidad de respuesta

443 EI diseiio de la Red Nacional de Alerta Temprana debe contemplar los siguientes aspectos

a Gobemabilidad y arreglos institucionales eficaces b Enfoque de amenazas multiples c Participaci6n de las comunidades locales d Consideraci6n de la diversidad cultural

Articulo 45deg- Servicio de Alerta Permanente

451 Mecanismo de caracter permanente realizado por el personal de las entidades que conforman el SINAGERD en el ambito de la gesti6n reactiva como condici6n de trabajo con la finalidad de prepararse difundiry desarrollar las acciones tecnlco - administrativas y de coordinaci6n inmediatas y oportunas ante la presencia de un peligro inminente 0 la ocurrencia de un desastre

452 Los Iineamientos generalespara laimplementaci6n y funcionamiento de dicho mecanismo son establecidos por ellNDECI

453 Los Sectores Nacionales los Gobiemos Regionales Municipalidades Provinciales y Distritales y el INDECI respectivamente aseguran su implementaci6n y funcionamiento

E

_ imiddot

EJ Peruano uma juevas 26de mayo de2011 NORMAS LEGALES 44321()

Articulo 46deg_Primera Respuesta

461 Las entidades de primera respuesta son organizaciones especializadas para intervenir en casos de emergencias 0 desastres que desarrollan acciones inmediatas necesarias en las zonas afectadas en coordinaci6n con la autoridad competente en los respectivos niveles de gobiemo segun 10 establecido en la Ley el presente reglamento y los protocolos correspondientes

462 Se consideran entidades de primera respuesta

a FuerzasArmadas b Policia Nacional c Cuerpo General de BomberosVOluntarios del Peru d Sector Salud (Ministerio de Salud Seguro Social

de SaIud - ESSALUD Instituciones Privadas de Salud Sanidad de las FFAAy Sanidad de la PNP)

e Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social f Cruz Roja Peruana g Poblaci6n organizada h Otras entidades publicae y privadas que resutten

necesarias dependiendo de la emergencia 0 desastre

Articulo 47deg- La Asistencia Humanitaria

471 LaAsistencia Humanitariacomprende actividades como instalaci6n de albergues administraci6n de campamentos reubicaci6n temporal en zonas seguras asistencia de salud fisica y mental distribuci6n de bienes de ayuda humanitariay prestaci6n de servicios

472 La Asistencia Humanitaria donada por entidades privadas nacionales asl como la ayuda intemacional es complementariay de apoyo a la responsabilidad primaria del Estado

473 Las donaciones procedentes de colectas publicas convocadas por particulares son autorizadas y supervisadaspor la autoridad regional 0 local competente segun corresponda

474 Los Gobiernos Regionales tienen a su cargo custodiar los bienes de ayuda humanitaria y distribuirlos a los Gobiemos Locales En aplicaci6n del principio de subsidiariedad la entrega de los bienes de ayuda humanitaria se realiza a traves de los Gobiemos Locales de cada jurisdicci6n

475 Es responsabilidad de los Presidentes de los Gobiemos Regionales la implementaci6n de los mecanismos medios y procedimientos emitidos por el ente rector a propuesta del INDECI para garantizar la custodia conservaci6n distribuci6n y supervisi6n de la entrega de dichos bienes a la poblaci6n afectada 0 damnificada

476 Los bienes de Ayuda Humanitaria se emplean unica y exclusivamente para la atenci6n de las personas damnificadas y afectadas por los desastres y las emergencias

477 Las personas que i1egalmente reciban 0 se apropiende los bienesdeAyuda Humanitariason pasibles de sanci6n penal conforme a la Ley de la materia

478 Las donaciones de bienes procedentes del exterior publicae 0 privadas cuando el Gobiemo Nacional efectua la convocatoria de Ayuda Humanitaria Internacional requisren la participaci6n y control de las entidades del SINAGERD asl como del Ministerio de Relaciones Exteriores y la Agencia Peruana de Cooperaci6n Internacional segun corresponda EI INDECI propondra al Ente Rector un instrumento para la solicitud internalizaci6ny manejode laAyuda Humanitaria Internacional

Articulo 48deg- Transparencia y Rendici6n de Cuentas

EIente rector establece las normas y criterios tecnicos para las rendiciones de cuentas de las donaciones administradas por las entidades que conforman el SINAGERD

Articulo 49deg- Acciones ante situacl6n de peligro inminente

491 La situaci6n de peligro inminente debe ser sustentada por el informe tecnico emitido por la entidad publica competente que sera sustento para la declaratoria del estado de emergencia

492 Las accionesa desarrollarsedebenestar dirigidas unicamente a reducir el impacto del probabledesastre par ocurrir y deben tener nexo directo de causalidad entre las intervenciones y el evento a fin de salvaguardar la seguridad de la poblaci6n sus bienes y la infraestructura publica

V

CAPiTULO IV

CENTROS DE OPERACIONES DE EMERGENCIA

Articulo 50deg- Deflnici6n

501 Los Centros de Operaciones de Emergencia r COE - son 6rganos que funcionan de manera continua en el monitoreo de peligros emergencias y desastres aST como en la administraci6ne intercambiode la informaci6n para la oportuna toma de decisiones de las autoridades del Sistema en sus respectivos ambitos jurisdiccionales

502 EI INDECI elaborara una normativa para la coordinaci6n articulada de los COE en todos los niveles de gobiemo y la propondra al ente rector para so aprobaci6n ~

Articulo 51deg_ Mecanismo de constitucion y funcionamiento de Centros Regionales y Locales deOperaclones de Emergencia

511 Los presidentes regionales y alcaldes instituyen los Centros de Operaciones de Emergencia Regional (COER)y los CentrosdeOperacionesdeEmergenciaLocal (COEL) respectivamente segun las normas requisitosry estimdares que sean establecidos por INDECI

512 Los Centros de Operaciones de Emergencia Regional (COER) y los Centros de Operaciones de Emergencia Local (COEL) contaran con un area fisica adecuadapara trabajarsiguiendo los estandaresmlnimos establecidos por INDECI

513 los Centros de Operaciones de Emergencla Regional (COER) y los Centros de Operaciones de Emergencia Local (COEl) estaran conformados por

a EI Presidente Regional 0 el Alcalde respectivamente

b Directoresy funcionariosde las areas operaclonales quesean determinadasen la normativaestandargeneradapor INDECI -

c Representantesde las FuerzasArmadas - d La Cruz Roja Peruana y el Cuerpo General de

Bomberos Voluntarios del Peru e La Policla Nacional del Peru

514 Los Centros de Operaciones de Emergencia Regional (COER) y los Centros de Operaciones de Emergencia Local (COEL) seran coordinados por uria autoridad local con probada experiencia el manejo de situacionesde emergenciaEIcoordinadorsera nombradO por el Presidente Regional 0 Alcalde respectivo

Articulo 52deg_ COE Sectoriales

521 Los Sectores Nacionales a traves de sus Ministerios actlvaran sus Centros de Operaciones de Emergencia en concordancia con sus competenclas -y los Iineamientos que dicta el Ente Rector a propuesta del INDECI

522 Los Sectores involucrados directamente con las actividades de Respuesta y Rehabilitaci6n designan a sus representantes para su participaci6n en el COElllj constituyendose en los elementos de enlace necesarios para mantener la informaci6n de los COE Sectorialeamp correspondientes

Articulo 53deg_ Manejo de la Informacion para la toma de decisiones

531 Los Centros de Operaciones de Emergencia en todos sus nlveles permanentemente obtienen recaban y comparten informaci6n sobre el desarrollo de las emergencias desastres 0 peligros lnminentesy proporcionan la informaci6n procesada disponible que requieran las autoridades encargadas de conducir io monitorear emergencias asi como a los COE de los niveles inmediatos respectivos para coadyuvar a la toma de decisiones de las autoridadescorrespondientes

EI Peruano443216 WNORMAS LEGALES UmB jueves 26demayo de2011

532 EI COEN proporciona la informacion tecnica dj~penible que requiera el Consejo Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres para la toma de decisiones

533 Los COE para el cumplimiento de sus actividades cuentan con el Sistema de Informacion Nacional para la R~spuesta y Rehabilitacion - SINPAD administrado por elINDECI como componente del Sistema Nacional de Informacion del SINAGERD

534 EI monitoreo de P8ligros y emergencias y admlnistraclon de la informaCion de los Centros Poblados y Comunidades mientras no cuenten con los recursos necesarios sera ejecutado y consolidado per los COEL con la participacien de las autoridades respectivas

CAPiTULO V

EVALUACI6N DE DAAos Y ANALISIS DE NECESIDADES - EDAN

n Articulo 54deg_ Definlci6n

J 541 La Evaluacion de Danos yAnalisis de Necesidades (poundDAN) es el mecanismo de identificacion y registro cualitativo y cuantitativo de la extension gravedad y localizacion de los efectos de un evento adverso

542 La EDAN es la base para el establecimiento de los planes especificos de respuesta a las emergencias a todo nivel y los planes de rehabilitacion Tambien sirve para los procesos de evaluacion y necesidades que se ~tablezcan para la reconstrucclon it

Articulo 55deg- Mecanismo y operatividad

~ 551 EI INDECI establecera un mecanismo nacional para la Evaluacion de Danos y Necesidades siguiendo 106 estandares intemacionales que han side desarrollados para tal fin 552 INDECI desarrollara un proceso permanente de

capacitaci6n a las entidades publlcas y a los gobiemos r~ionales y locales para su utilizacion armonizada EI Sistema de Evaluacion de Danos y Necesidades sera la oase para caracterizar las situaciones de emergencia y tamar las decisiones respectivas

553 EI mecanisme es implementado por los COE locales regionales y nacional segun los mecanismosde capacidad de repuesta y subsidiariedad que se establezcan en su diseno

It CAPiTULO VI

VOLUNTARIADO EN EMERGENCIAS Y REHABILITACION

Articulo 56deg- Constitucion del Voluntariado en liimergencias y Rehabilitaci6n

EIINDECI establecera el mecanismo de voluntariado en emergencias y rehebilitacion el cual incluirala incorporacien de criterios e indicadores minimos y organizacion de brigadistas para la gestion y actualizacion del voluntariado

CAPiTULO VII

SERVICIO DE BUSQlIEDA Y SALVAMENTO

Articulo 57deg- Naturaleza del servicio de busqlleda y salvamento

Es un mecanisme de coordinaclon decision y romunicacionconformado por entidades publicas y privadasde primera respuesta que cuenta con recursos y medios disponibles para intervenir en operaciones especializadas de bUsqueday salvamento con la finalidad de salvaguardar la vida humana en situaciones de emergencia y desastres

Articulo 58deg- Alcance del servicio de busqueda y sslvamento r Tiene alcance nacional y articula sus actividades en ejmarco del Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Oesastres En determinadas situaciones se amplia su accionar al ambito internacional

Articulo 59deg- Ambito de Accion del servicio de bilsqueda y salvamento

591 La busqueda y salvamento se ejecutan en los arnbitos terrestre maritimo y aereo

592 EIente rectordel SINAGERD dicta los Iineamientos generales que permitan la integracion de esfuerzos y la operaclon coordinada de las instituciones responsables a fin de optimizar los recursos para las operaciones de busqueda y salvamento

CAPiTULO IX

MECANISMOS DE COORDINACI6N INTERNACIONAL Y PARTICIPACI6N EN INSTANCIAS Y ACUERDOS

REGIONALES DE ASISTENCIA HUMANITARIA

Articulo 60deg- Definicl6n La cooperacien intemacional en Gestion del

Riesgo de Desastres es el conjunto de acciones y herramientas desarrolladas por los gobiemos y entidades intemacionales orientadas a movilizar recursos e intercambiarexperiencias y conocimientos con la finalidad de contribuir allegro de los objetivos del SINAGERD y al cumplimiento de los compromisos intemacionales

Articulo 61deg_ Mecanismos

611 EI ente rector solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la elsboracion de un mecanisme de coordinacien de la asistencia humanitaria para las sedes diplomaticas en el extranjero y para las entidades de asistencia aereditadas en el pais

612 EI ente rector con el apoyo del Sistema de Naciones Unidas establece los mecanismos para la asistencia intemacional segun los compromisos y tratados que existan al efecto

613 EI INDECI elabora y propone al ente rector una normativa y procesos para brindar asistencia a desastres en el extranjero

614 EI ente rector con el apoyo tecnico de INDECI y las entidades intemacionales especializadas elabora una normativa para facilitar las operaciones de asistencia humanitaria en el pals en concordancia con la iniciativa de la Ley Internacional para la Respuesta ante Desastres

Articulo 62- Red Humanitaria Nacional - RHN

621 La Red Humanitaria Nacional - RHN - constituye un mecanismo de coordinacion entre eI Estado Peruano la Cooperacion Intemacional y los Organismos No Gubemamentales debidamente registrados en la Agencia Peruana de Cooperacion Intemacional-APCI - Ycontribuye en la preparacion y respuesta a emergencias y desastres para fortalecerla accion del SINAGERD Esta organizada en el marco del Comite Interagencial Permanente establecido per la Asamblea General de Naciones Unidas

622 La RHN esta co-presidida por ellla Coordinador Residente del Sistema de las Naciones Unidas en el Peru y ellla Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil

CAPiTULO X

COORDINACI6N CON EL SISTEMA DE SEGURIDAD Y DEFENSA NACIONAL

Articulo 63deg_Coordinacion

631 EI Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres(SINAGERD)coordinaconel Sistemade Seguridad y Defensa Nacional a traves del INDECI los aspectos que correspondan a sus respectivas competencias para proteger a la poblacion mediante los procesos de preparacion respuestay rehabilitacionen los cases de desastres

632 Asimismo el Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres a traves del Instituto Nacional de Defensa Civil seguira cumpliendo las funciones relativas a movilizaclon y desmovilizaci6n para casos de emergencia producidos por desastres

CAPiTULO XI

SISTEMA NACIONAL DE INFORMACI6N PARA LA GESTI6N DEL RIESGO DE DESASTRES

Articulo 64deg_ Descripci6n

641 EI Sistema Nacional de Informacion para la Gestion del Riesgo de Desastres es un instrumento del SINAGERD

EJ Peruano Lima juevea 26dB mayo de2011 WNORMAS LEGALES 443217

)

642 EI Sistema Nacional de Informaci6n para la Gesti6n del Riesgo de Desastres tiene dos componentes Ia informaci6n para la gesti6n prospectiva y correctiva e informaci6n la para la gesti6n reactiva

ArtIculo 65deg_Rectorfa y coordlnacl6n

651 Con el objeto de organizar administrar y mantener actualizado el Sistema Nacional de Informaci6n de Gesti6n del Riesgo de Desastres la Presidencia del Consejo de Ministros establece las directivas y Iineamientos de aplicaci6n nacional sobre estandares para el usc intercambio y acceso a la informaci6n requerida para la Gesti6n del RiesQo de Desastres asl como en los mecanlsrnos para la Integraci6h de dicha informacion requiriendo la opini6n previa del CENEPRED en 10 referente a la informaci6n para la gesti6n prospectiva y correctiva y dellNDECI en 10 referente a la informaci6n para la gesti6n reactiva

652 La Presidencia del Consejo de Ministros supervisa que la informaci6n para la Gesti6n del Riesgo de Desastres generada bajo los estandares establecidos por CENEPRED e INDECI respectlvarnente este dlsponible para todas las entidades pUblicas y la sociedad civil

CAPiTULO XII

RADIO NACIONAL DE DEFENSA CIVIL Y DEL MEDIO AMBIENTE

Articulo 66deg_ Radio Naclonal de Defensa Civil y Medio Amblente

EI INDECI es responsable de desarroilar coordinar y asesorar los contenidos a difundirse en Radio Nacional de Defensa Civil y del Medio Ambiente en 10 referido a la Preparaci6n Respuesta y Rehabilitaci6n

TITULO VI

DECLARATORIA DE ESTADO DE EMERGENCIA

Articulo 67deg-Declaratoria de Estado de Emergencla por Desastre

671 EI Presidente de la Republica con acuerdo del Consejo de Ministros puede decretar por un plazo de sesenta (60) dlas calendario en todo el territorio de la Republica 0 en parte de ai el Estado de Emergencia por desasfre dando cuenta al Congreso de la Republica 0 a la Comisi6n Permanente

672 La Declaratoria del Estado de Emergencia tiene por finalidad la ejecuci6n de medidas de excepci6n inmediatas y necesarias frente a un peligro inminente o a la ocurrencia de un desastre de gran magnitud o cuando sobrepasa la capacidad de respuesta del Gobierno Regional protegiendo la vida e integridad de las personas el patrimonio publico y privado y restableciendo los servicios basicoa indispensables

Articulo 68deg- Procedimiento

681 La solicitud de Declaratoria de Estado de Emergencia por peligro inmlnente opor la ocurrencia de un desastre es presentada por el Gobiemo Regional al INDECI con la debida sustentaci6n adjuntando el informe de estimaci6n del riesgo 061 informe EDAN asi como la opini6n tecnlca de los Sectores involucrados en los casos que corresponda

682 EIINDECI emite opini6n sobre la procedencia de la solicitud a cuyo fin emite el informe tecnico respectivo

683 EI expediente de la solicitud de Declaratoria de Estado de Emergencia se presenta a la Presidencia del Consejo de Ministros con la recomendaci6n correspondiente

684La declaratoria del Estado de Emergencia podra ser requeridacon la debida sustentaci6n por los titulares de los Ministerios y Organismos Publicos Descentrelizados comprometidos por la emergencia los que canalizaran su solicitud a traves dellNDECI

685 Excepcionalmente la Presidencia del Consejo de Ministros puede presentar de oficio al donsejo de Ministros la declaratoria de Estado de Emergencia de la zona afectada por un peligro inminente 0 la ocurrencia de un desastre previa comunicaci6n de la situaci6n

y propuesta de medidas yo acciones inmediatas que correspondan efectuado por ellNDECI

686 EI Ente Rector a propuesta deIINDECI apruebashymediante Decreto Supremo las normas complementarias respecto de la declaratoria de Estado de Emergencia

LI

Articulo 69deg_PI6rroga del Estado de Emergencli~ EI Gobierno Regional presenta al INDECI ja

solicitud de pr6rroga del Estado deEmergencia la que no debera exceder de sesenta (60) dlas calendario adjuntando los informes tecnicos que fundanienten dicha solicitud asl como las medidas de caracter presupuestal necesarias

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES

Primera- Sobre el Sistema Naclonal de Defensa Civil

Las responsabilidades que hayan side asignadas en otras normas al Sistema Nacional de Defensa Civil relacionadas con aspectos de preparaci6nrespuesta y rehabilitaci6n seguiran siendo ejercidas por el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) siempre que no Ife opongan a 10 dispueetc por la Ley Ndeg 29664 Yel presenta Reglamento

Segunda- Infracciones y sanciones ~ Losaspectosrelacionadoscon infraccionesy sanciones

Iigados a responsabilidades administrativas yfuncionales se rigen de acuerdo a 10 establecido en la Ley Ndeg 29622 Ley que modifica la Ley Num 27785 Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contralorla General de la Republica y amplia las facultades en el proceso para sancionar en materia de responsabilidad administrativa funcional y el Reglamento de infracciones y sanciones para la responsabilidad administrativa funcional derivaqB de los informes emitidos por los 6rganos del Sistema Nacionalde Controlaprobadomediante DecretoSupremq Ndeg 023-2011-PCM ~_

Las sanciones relacionadas con aspectos ete lncumphrnlento de la regulaci6n sobre Licencias ltJe Funcionamiento construcci6n y habilitaci6n se apli~n conforme a la normativa correspondiente ~

Tercera- EJecuci6nde las Inspecclones Tecnic~ de Seguridad en Defensa Civil - ITSDC -

1 EI Ente Rector aprueba las reformas en materia de Seguridad en Defensa Civil referidas a las Inspecciones Tecnicas de Seguridad en Defensa Civil asl comoen la acreditaci6n y administraci6n del Registro de los Inspectores incluida su actualizaci6n y capacitaci6n

2 Las InspeccionesTecnicas de Seguridaden Defensa Civil son ejecutadas por los Gobiernos Regionales~ Locales en sus ambitos deiurisdicci6n respectivos

Cuarta- Proceso de Adecuaci6n de las Nonnas de Seguridad en Defensa Civil

EI INDECI en un plazo maximo de sesenta (60) dlas habiles de publicado el presente Reglamento propone al Ente Rector la adecuaci6n de la legislaci6n vigente en materia de Segllridady Defensa Civil ala Ley del Sistema Nacional de la Gesti6n del Riesgo Desastres

En el proceso tiene especial anfasis la Ley Marco de Licencia de Funcionamiento el Reglamento de lnspeccionesTecnlces de Seguridad en Defensa Civil) demas normas vinculadas con las Inspecciones Tacnic8S de Seguridad en Defensa Civil ~~~

Quinta- Vigencia de los Convenios Nacionales~~ Internacionales suscritos en el Marco del SINADECI

Los convenios de caracter nacional 0 internacional suscritos por el Instituto Nacional de Defensa Civil eAo representaci6n del SINADECI vigentes al momento de entrada en vigor de la Ley Ndeg 29664 continuaren siende conducidos y administrados por el INDECI hasta el cerre del presente ejercicio presupuestal debiendo informar al Ente Rector respecto de aquellos casos en que exceda su competencia La Presidencia del Consejo de Ministros establecera las condiciones y responsabilidades para su ratificaci6n modificaci6n 0 Iiquidaci6n segun corresponda

i

j

ElPeruano443218 WNORMAS LEGALES Lima jUevas 26cia mayo da2011

DISPOSICIONES TRAN~ITORIAS

Prlmera- Regulacl6n del funclonamlento del ConseJo Naclonal de Gestl6n del Rlesgo de Desastres

EI Consejo Naclonal de Gesti6n del Riesgo de Desastres regula su funcionamieno a traves de un Reglamento Intemo aprobado por sus miembros en un plazo maximo de treinta (30) dias calendario contados desde la fecha de su instalaci6n

Segunda- Transltorledad de competenclas sobre Inspecclones T6cnlcas de Segurldad en Deensa Civil

Transitoriamente el INDECI rnantiene las competenclas referidas a las Inspecciones Tecnicas de Seguridad en Defensa Civil reguladas en el Reglamento de Inspecciones Tecnicas de Seguridad en Defensa Civil en los casos en que aun no se hayan transferido a los Gobiernos Regionales

645127-3

Autorizan viaje del Ministro de Relaeiones Exteiiores a Japon y EEUU yencargan su DespaCho ala Presidenta d~1 Consejo de Ministros y Ministra de Justieia

RESOLUCI6N SUPREMA Ndeg 133-2011-PCM

lima 25 de mayo de 2011

CONSIDERANDO

Que es objetivo de la PollticaExterior del Peru promover los intereses del pals tanto a nivel bilateral como multilateral conmiras a consolidar su presencia regional e internacional fortaleciendo su procesode inserci6n a nivel qlobal

Que el Mimstro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores Jose Antonio Garcia Belaunde efectuara una visita de trabajo al Jap6n del 29 al 31 de tnayo a fin de sostener un encuentro con su hom610go elCanciller Takeaki Matsumoto y suscribir el Acuerdo de Asociaci6n Econ6mica con ese pais Adicionalmente se ha previsto su participaci6n en distintas actividades con otras autoridades del gobierno de ese pals asl comomiddot una reuni6n con representantes del Consejo Empresarial Peruano Japones

Que asirnismo se ha previsto la participaci6n del Canciller en la Asamblea General Extraordinaria de la Organizaci61) de los Estados Americanos convocada para elide junio de 2011 con el prop6sito de tratar el asunto de la reincorporaci6n de Honduras a la citada organizaci6n

Que por representar actividades de la mayor importancia para la politica exterior del Peru es necesario autorizar el viaje del Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores Jose Antonio Garcia Belaunde a la ciudad de Tokio Jap6n y a la cludad de Washington DCEstad9sUnidos de America a fin de participar en las reuniones precltadas considerando que por razones de itinerario estara ausente del pals desde el 28 de mayo y hasta elide junio inclusive

De conformidad con el articulo 127deg de la Constituci6n Politica del Peru la Ley Ndeg 29158 Ley Organica del Poder Ejecutivo Ley Ndeg 29357 Ley de Organizaci6ny Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores en concordancia con el articulo 83deg del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa aprobado mediante el Decreto Supremo Ndeg 005-90-PCM la Ley Ndeg 27619 modificada por la Ley Ndeg 28807 Y su reglamento aprobado por el Decreto Supremo Ndeg 047-2002-PCM su modificatoria el Decreto Supremo Ndeg 005-2006-PCM el numeral 101 del artIculo 10deg de la Ley Ndeg 29626 Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Allo Fiscal 2011

SE RESUELVE

Articulo 1deg_Autorizarel viaje del Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores Jose Antonio

Garcia Belaunde a la ciudad de TokioJap6n y a la ciudad de Washington DC Estados Unidos de America entre los dias 28 de mayo y 1 de junio de 2011 de acuerdo a 10 expuesto en la parte considerativa

Articulo 2deg_ Los gastos que irrogue la participaci6n del Ministro de Estado en e) Despacho de Relaciones por concepto de pasajes USD$ 445000 Y viaticos USD$ 152000 seran cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores deblendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) dias calendario al termino de la referida comisi6n

Articulo 3deg_ Encargar el Despacho de Relaciones Exteriores a la Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Estado en el Despacho de Justicia sellora Rosario Fernandez Figueroa en tanto dure la ausencia del titular

Articulo 4deg_La presente Resoluci6n sera refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y el Ministrode Relaciones Exteriores

Registrese comunlquese y publlquese

ALAN GARCiA PJREZ Presidente Constitucional de la Republica

ROSARIO DEL PILAR FERNANDEZ FIGUEROA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia

JOSJANTONIO GARCiA BELAONDE Ministro de Relaciones Exteriores

645127-10

Crean Cowsion Multiseetorial de Naturaleza Temporal encargada de analizar las opciones y a1temativas teenicas para la formulaeion del estudio de factibilidad para la ejecueion de Ia Tereera Etapa del Proyecto Especial Chavimoehie del Gobiemo Regional de LaLibertad

RESOLUCI6N SUPREMA Ndeg 134middot2011-PCNi

lima 25 de mayo de 2011

CONSIDERANDO

Que la ejecuci6n de la Tercera Etapa del Proyecto Especial Chavimochic es de gran lnteres para el Gobierno Nacional y para el Gobierno Regional de La Libertad en la medida que permitira brindar seguridad en el suministro de agua de riego a los actuales usuarios de I~ Primera y Segunda Etapa del indicado Proyecto posibilitandose la incorporaci6n de hasta treinta mil hectareas ubicadas dentro del ambito de las referidas etapas que han sido transferidas al sector privado

Que en ese sentido resulta necesario evaluar la ejecuci6n de la Tercera Etapa del Proyecto Especial Chavimochicmediante promoci6n de la inversi6n privada a efectos de contribuir con la consolidaci6n del desarrollo agroexportador del norte del pais

Que de acuerdo a 10 dispuesto por la Ley Ndeg 29158 Ley Organica del Poder Ejecutivo las Comisiones Multisectoriales decaracter temporal son creadas con fines especificos para cumplir fundones de fiscalizaci6n propuesta 0 emisi6nde informes tecnicos las que se crean formalmente mediante resolucion suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y los Titulares de los sectores involucrados

Que a fin de analizar las opciones y alternativas tecnicas para la formulaci6n del estudiode factibilidad para la ejecuci6n de la Tercera Etapa del Proyecto Especial Chavimochic del Gobierno Regional La Libertad se ha visto por conveniente crear una Comisi6n Multisectorial encargada de proponer las recomendaciones tecnicas para la viabilidad del mencionado proyecto

De conformidad con 10 establecido en el numeral 8) del articulo 118deg de la Constituci6n Polltica del Peru y 10

Page 9: Reglamento Ley 29664 SINAGERD

t-~-

BPerull10

443214 WNORMAS LEGALES Uma jUeves 26de mayo de 2011

~ procesos de la Gesti6n del Riesgo de Desastres asi como il tma mejor cobertura de los riesgos fiscales derivados de

la ocurrencia de desastres r 412 En el diseiio de la Estrategia de Gesti6n Financiera se consideran los programas presupuestales estrategicos vinculados a la Gesti6n del Riesgo de Desastres y otros programas que estuvieran relacionados con el objetivo del plan en el marco del presupuesto por resultados

413 En situaciones de desastres de gran magnitud el ente rector en coordinaci6n con el Ministerio de Economla y Finanzas propone al Consejo Nacional de Gesti6n del Riesgo de Desastres el esquema institucional y financiero de reconstrucci6n sobre la base de un tInalisis de vulnerabilidades darios y necesidades Este esquema tiene presente las competencias de los gobiemos regionales y gobiemos locales la existencia de capacidades en la sociedad organizada y el principio de subsidiariedad segun 10 establecido en la Ley - 414 Los gobiemos regionales y locales priorizan la asignaci6n de recursos en la formulaci6n del presupuesto de cada ejercicio fiscal para brindar ayuda directa e inmediata a las personas damnificadas y afectadas para ejecutar las acciones que recuperen rapidamente el servicio basico perdido y la rehabilitaci6n de la infraestructura publica dafiada Asimismo cubnran el reabastecimiento de los almacenes de ayuda humanitaria que administran segun sus arnbitos de competencia a 415 Las entidades publicae priorizan la asignaci6n de ~cursos presupuestales para el desarrollo de los procesos de la Gesti6n del Riesgo de Desastre preferentemente en 10 referido a la atenci6n de emergencias y el proceso de reconstrucci6n ~I 416 En concordancia con el principio de subsidiariedad cuando la emergencia supere la capacidad de respuesta de los gobiemos regionales y locales el Ministerio de Economia y Finanzas en coordinaci6n con el ente rector del SINAGERD establece los mecanismos para transferir oportunamente recursos con cargo a la Reserva de Contingencia a fin de facilitar la ejecuci6n de los procesos de la gesti6n reactiva

417 Los Recursos de la Reserva de Contingencia PBra la Gesti6n del Riesgo de Desastres seran asignados preferentemente para brindar una respuesta oportuna ante desastres de gran magnitud que permitan mitigar los efectos dafiinos por el inminente impacto de un fen6meno natural 0 antr6pico declarado por el organismo publico competente y rehabilitar la infraestructura publica dafiada

Articulo 42deg_Componentes

421 La estrategia de gesti6n financiera se organiza por procesos y considera los programas presupuestales lIinculados asi como otras herramientas financieras que estuvieran relacionadas con la Gesti6n del Riesgo de Desastres

422 Los procesos considerados son los siguientes

a Estimaci6n Prevenci6n y Reducci6n del Riesgo Mecanismos financieros presupuestales y de incentivos que fomenten el desarrollo de los procesos de estimaci6n prevenci6n y reducci6n del riesgo como la eontratacion de deuda el Programa Estrategico con el enfoque de Presupuesto por Resultados y Programas de Transferencias Condicionadas e Incentivos y fondos concursables b Preparaci6n Respuesta y Rehabilitaci6n En aumplimiento del principio de subsidiariedad los mecanismos para responder el impacto de desastres deben tomar en cuenta el siguiente orden de prelaci6n

1 Los recursos de los mismos pliegos presupuestales de las entidades publlcas

2 Los recursos de la Reserva de Contingencia 3 Los recursos del Fondo de Estabilizaci6n Fiscal

- 4 Las Iineas de credlto contingente

c Reconstrucci6n instrumentos de protecci6n financiera y transferencia de riesgo de bienes y servicios publlcos Asimismo se promovera la creaci6n y regulaci6n del mercado de transferencia de riesgo de desastres en bienes y servicios privados

423 Las entidades publicas de todos los niveles de gobiemo evaluan su respectiva capacidad financiera y

presupuestaria para la atenci6n de los dafios producidos por desastres y la fase de reconstruccien posterior en el marco de las disposiciones legales vigentes EI Ministerio de Economla y Finanzas evalua e identifica mecanismos que sean adecuados y costo-eficientes con el objeto de contar con la capacidad financiera complementaria para tal fin

CAPiTULO III

MECANISMOS DE COORDINACION DECISIONl COMUNICACION Y GESTION DE LA INFORMACluN

EN SITUACIONES DE IMPACTO DE DESASTRES

Articulo 43deg_ Niveles de emergencia y capacldad de respuesta

431 La tipificaci6n de la atenci6n de emergencias por medio de niveles permite identificar la capacidad de respuesta para atender las emergencias y desastres

432 La atenci6n de emergencias y dafios por desastres se c1asificanen 5 niveles de la siguiente manera

a Niveles 1 2 Y 3 Alcance Local y Regional Comprende aquellas situaciones que son atendidas directamente por los Gobiemos Locales 0 el Gobiemo Regional con sus propios recursos disponibles

b Nivel 4 Intervenci6n del Gobiemo Nacional Comprende aquellos niveles de impacto de desastres que superan la capacidad de respuesta regional y sustentan la Declaratoria de Estado de Emergencia En este caso interviene el Gobiemo Nacional con los recursos nacionales disponibles y la coordinaci6n del INDECI

c Nivel 5 De Gran Magnitud Comprende aquellos niveles impactos de desastres cuya magnitud 0 circunstancias afecten la vida de la Naci6n y supere 0 pueda superar la capacidad de respuesta del pais y sustentan la Declaratoria de Estado de Emergencia Nacional lnterviene el Gobiemo Nacional con los recursos nacionales disponibles y de ser necesario con el apoyo de la ayuda intemacional En este caso ellNDECI coordina y conduce las operaciones de Respuesta y Rehabilitaci6n

433 La metodologia de c1asificaci6n de los niveles de emergencia estara detallada en el Plan Nacional de Operaciones

Articulo 44deg_ Red Nacional de Alerta Temprana

441 INDECI establece la Red Nacional de Alerta Temprana sobre la base de la participaci6n de las entidades tecnico cientrficas y de las universidades

442 La Red Nacional de Alerta Temprana integrara al menos los siguientes componentes

a Conocimiento y vigilancia permanente y en tiempo real de las amenazas

b Servicio de seguimiento y alerta c Difusi6n y comunicaci6n d Capacidad de respuesta

443 EI diseiio de la Red Nacional de Alerta Temprana debe contemplar los siguientes aspectos

a Gobemabilidad y arreglos institucionales eficaces b Enfoque de amenazas multiples c Participaci6n de las comunidades locales d Consideraci6n de la diversidad cultural

Articulo 45deg- Servicio de Alerta Permanente

451 Mecanismo de caracter permanente realizado por el personal de las entidades que conforman el SINAGERD en el ambito de la gesti6n reactiva como condici6n de trabajo con la finalidad de prepararse difundiry desarrollar las acciones tecnlco - administrativas y de coordinaci6n inmediatas y oportunas ante la presencia de un peligro inminente 0 la ocurrencia de un desastre

452 Los Iineamientos generalespara laimplementaci6n y funcionamiento de dicho mecanismo son establecidos por ellNDECI

453 Los Sectores Nacionales los Gobiemos Regionales Municipalidades Provinciales y Distritales y el INDECI respectivamente aseguran su implementaci6n y funcionamiento

E

_ imiddot

EJ Peruano uma juevas 26de mayo de2011 NORMAS LEGALES 44321()

Articulo 46deg_Primera Respuesta

461 Las entidades de primera respuesta son organizaciones especializadas para intervenir en casos de emergencias 0 desastres que desarrollan acciones inmediatas necesarias en las zonas afectadas en coordinaci6n con la autoridad competente en los respectivos niveles de gobiemo segun 10 establecido en la Ley el presente reglamento y los protocolos correspondientes

462 Se consideran entidades de primera respuesta

a FuerzasArmadas b Policia Nacional c Cuerpo General de BomberosVOluntarios del Peru d Sector Salud (Ministerio de Salud Seguro Social

de SaIud - ESSALUD Instituciones Privadas de Salud Sanidad de las FFAAy Sanidad de la PNP)

e Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social f Cruz Roja Peruana g Poblaci6n organizada h Otras entidades publicae y privadas que resutten

necesarias dependiendo de la emergencia 0 desastre

Articulo 47deg- La Asistencia Humanitaria

471 LaAsistencia Humanitariacomprende actividades como instalaci6n de albergues administraci6n de campamentos reubicaci6n temporal en zonas seguras asistencia de salud fisica y mental distribuci6n de bienes de ayuda humanitariay prestaci6n de servicios

472 La Asistencia Humanitaria donada por entidades privadas nacionales asl como la ayuda intemacional es complementariay de apoyo a la responsabilidad primaria del Estado

473 Las donaciones procedentes de colectas publicas convocadas por particulares son autorizadas y supervisadaspor la autoridad regional 0 local competente segun corresponda

474 Los Gobiernos Regionales tienen a su cargo custodiar los bienes de ayuda humanitaria y distribuirlos a los Gobiemos Locales En aplicaci6n del principio de subsidiariedad la entrega de los bienes de ayuda humanitaria se realiza a traves de los Gobiemos Locales de cada jurisdicci6n

475 Es responsabilidad de los Presidentes de los Gobiemos Regionales la implementaci6n de los mecanismos medios y procedimientos emitidos por el ente rector a propuesta del INDECI para garantizar la custodia conservaci6n distribuci6n y supervisi6n de la entrega de dichos bienes a la poblaci6n afectada 0 damnificada

476 Los bienes de Ayuda Humanitaria se emplean unica y exclusivamente para la atenci6n de las personas damnificadas y afectadas por los desastres y las emergencias

477 Las personas que i1egalmente reciban 0 se apropiende los bienesdeAyuda Humanitariason pasibles de sanci6n penal conforme a la Ley de la materia

478 Las donaciones de bienes procedentes del exterior publicae 0 privadas cuando el Gobiemo Nacional efectua la convocatoria de Ayuda Humanitaria Internacional requisren la participaci6n y control de las entidades del SINAGERD asl como del Ministerio de Relaciones Exteriores y la Agencia Peruana de Cooperaci6n Internacional segun corresponda EI INDECI propondra al Ente Rector un instrumento para la solicitud internalizaci6ny manejode laAyuda Humanitaria Internacional

Articulo 48deg- Transparencia y Rendici6n de Cuentas

EIente rector establece las normas y criterios tecnicos para las rendiciones de cuentas de las donaciones administradas por las entidades que conforman el SINAGERD

Articulo 49deg- Acciones ante situacl6n de peligro inminente

491 La situaci6n de peligro inminente debe ser sustentada por el informe tecnico emitido por la entidad publica competente que sera sustento para la declaratoria del estado de emergencia

492 Las accionesa desarrollarsedebenestar dirigidas unicamente a reducir el impacto del probabledesastre par ocurrir y deben tener nexo directo de causalidad entre las intervenciones y el evento a fin de salvaguardar la seguridad de la poblaci6n sus bienes y la infraestructura publica

V

CAPiTULO IV

CENTROS DE OPERACIONES DE EMERGENCIA

Articulo 50deg- Deflnici6n

501 Los Centros de Operaciones de Emergencia r COE - son 6rganos que funcionan de manera continua en el monitoreo de peligros emergencias y desastres aST como en la administraci6ne intercambiode la informaci6n para la oportuna toma de decisiones de las autoridades del Sistema en sus respectivos ambitos jurisdiccionales

502 EI INDECI elaborara una normativa para la coordinaci6n articulada de los COE en todos los niveles de gobiemo y la propondra al ente rector para so aprobaci6n ~

Articulo 51deg_ Mecanismo de constitucion y funcionamiento de Centros Regionales y Locales deOperaclones de Emergencia

511 Los presidentes regionales y alcaldes instituyen los Centros de Operaciones de Emergencia Regional (COER)y los CentrosdeOperacionesdeEmergenciaLocal (COEL) respectivamente segun las normas requisitosry estimdares que sean establecidos por INDECI

512 Los Centros de Operaciones de Emergencia Regional (COER) y los Centros de Operaciones de Emergencia Local (COEL) contaran con un area fisica adecuadapara trabajarsiguiendo los estandaresmlnimos establecidos por INDECI

513 los Centros de Operaciones de Emergencla Regional (COER) y los Centros de Operaciones de Emergencia Local (COEl) estaran conformados por

a EI Presidente Regional 0 el Alcalde respectivamente

b Directoresy funcionariosde las areas operaclonales quesean determinadasen la normativaestandargeneradapor INDECI -

c Representantesde las FuerzasArmadas - d La Cruz Roja Peruana y el Cuerpo General de

Bomberos Voluntarios del Peru e La Policla Nacional del Peru

514 Los Centros de Operaciones de Emergencia Regional (COER) y los Centros de Operaciones de Emergencia Local (COEL) seran coordinados por uria autoridad local con probada experiencia el manejo de situacionesde emergenciaEIcoordinadorsera nombradO por el Presidente Regional 0 Alcalde respectivo

Articulo 52deg_ COE Sectoriales

521 Los Sectores Nacionales a traves de sus Ministerios actlvaran sus Centros de Operaciones de Emergencia en concordancia con sus competenclas -y los Iineamientos que dicta el Ente Rector a propuesta del INDECI

522 Los Sectores involucrados directamente con las actividades de Respuesta y Rehabilitaci6n designan a sus representantes para su participaci6n en el COElllj constituyendose en los elementos de enlace necesarios para mantener la informaci6n de los COE Sectorialeamp correspondientes

Articulo 53deg_ Manejo de la Informacion para la toma de decisiones

531 Los Centros de Operaciones de Emergencia en todos sus nlveles permanentemente obtienen recaban y comparten informaci6n sobre el desarrollo de las emergencias desastres 0 peligros lnminentesy proporcionan la informaci6n procesada disponible que requieran las autoridades encargadas de conducir io monitorear emergencias asi como a los COE de los niveles inmediatos respectivos para coadyuvar a la toma de decisiones de las autoridadescorrespondientes

EI Peruano443216 WNORMAS LEGALES UmB jueves 26demayo de2011

532 EI COEN proporciona la informacion tecnica dj~penible que requiera el Consejo Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres para la toma de decisiones

533 Los COE para el cumplimiento de sus actividades cuentan con el Sistema de Informacion Nacional para la R~spuesta y Rehabilitacion - SINPAD administrado por elINDECI como componente del Sistema Nacional de Informacion del SINAGERD

534 EI monitoreo de P8ligros y emergencias y admlnistraclon de la informaCion de los Centros Poblados y Comunidades mientras no cuenten con los recursos necesarios sera ejecutado y consolidado per los COEL con la participacien de las autoridades respectivas

CAPiTULO V

EVALUACI6N DE DAAos Y ANALISIS DE NECESIDADES - EDAN

n Articulo 54deg_ Definlci6n

J 541 La Evaluacion de Danos yAnalisis de Necesidades (poundDAN) es el mecanismo de identificacion y registro cualitativo y cuantitativo de la extension gravedad y localizacion de los efectos de un evento adverso

542 La EDAN es la base para el establecimiento de los planes especificos de respuesta a las emergencias a todo nivel y los planes de rehabilitacion Tambien sirve para los procesos de evaluacion y necesidades que se ~tablezcan para la reconstrucclon it

Articulo 55deg- Mecanismo y operatividad

~ 551 EI INDECI establecera un mecanismo nacional para la Evaluacion de Danos y Necesidades siguiendo 106 estandares intemacionales que han side desarrollados para tal fin 552 INDECI desarrollara un proceso permanente de

capacitaci6n a las entidades publlcas y a los gobiemos r~ionales y locales para su utilizacion armonizada EI Sistema de Evaluacion de Danos y Necesidades sera la oase para caracterizar las situaciones de emergencia y tamar las decisiones respectivas

553 EI mecanisme es implementado por los COE locales regionales y nacional segun los mecanismosde capacidad de repuesta y subsidiariedad que se establezcan en su diseno

It CAPiTULO VI

VOLUNTARIADO EN EMERGENCIAS Y REHABILITACION

Articulo 56deg- Constitucion del Voluntariado en liimergencias y Rehabilitaci6n

EIINDECI establecera el mecanismo de voluntariado en emergencias y rehebilitacion el cual incluirala incorporacien de criterios e indicadores minimos y organizacion de brigadistas para la gestion y actualizacion del voluntariado

CAPiTULO VII

SERVICIO DE BUSQlIEDA Y SALVAMENTO

Articulo 57deg- Naturaleza del servicio de busqlleda y salvamento

Es un mecanisme de coordinaclon decision y romunicacionconformado por entidades publicas y privadasde primera respuesta que cuenta con recursos y medios disponibles para intervenir en operaciones especializadas de bUsqueday salvamento con la finalidad de salvaguardar la vida humana en situaciones de emergencia y desastres

Articulo 58deg- Alcance del servicio de busqueda y sslvamento r Tiene alcance nacional y articula sus actividades en ejmarco del Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Oesastres En determinadas situaciones se amplia su accionar al ambito internacional

Articulo 59deg- Ambito de Accion del servicio de bilsqueda y salvamento

591 La busqueda y salvamento se ejecutan en los arnbitos terrestre maritimo y aereo

592 EIente rectordel SINAGERD dicta los Iineamientos generales que permitan la integracion de esfuerzos y la operaclon coordinada de las instituciones responsables a fin de optimizar los recursos para las operaciones de busqueda y salvamento

CAPiTULO IX

MECANISMOS DE COORDINACI6N INTERNACIONAL Y PARTICIPACI6N EN INSTANCIAS Y ACUERDOS

REGIONALES DE ASISTENCIA HUMANITARIA

Articulo 60deg- Definicl6n La cooperacien intemacional en Gestion del

Riesgo de Desastres es el conjunto de acciones y herramientas desarrolladas por los gobiemos y entidades intemacionales orientadas a movilizar recursos e intercambiarexperiencias y conocimientos con la finalidad de contribuir allegro de los objetivos del SINAGERD y al cumplimiento de los compromisos intemacionales

Articulo 61deg_ Mecanismos

611 EI ente rector solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la elsboracion de un mecanisme de coordinacien de la asistencia humanitaria para las sedes diplomaticas en el extranjero y para las entidades de asistencia aereditadas en el pais

612 EI ente rector con el apoyo del Sistema de Naciones Unidas establece los mecanismos para la asistencia intemacional segun los compromisos y tratados que existan al efecto

613 EI INDECI elabora y propone al ente rector una normativa y procesos para brindar asistencia a desastres en el extranjero

614 EI ente rector con el apoyo tecnico de INDECI y las entidades intemacionales especializadas elabora una normativa para facilitar las operaciones de asistencia humanitaria en el pals en concordancia con la iniciativa de la Ley Internacional para la Respuesta ante Desastres

Articulo 62- Red Humanitaria Nacional - RHN

621 La Red Humanitaria Nacional - RHN - constituye un mecanismo de coordinacion entre eI Estado Peruano la Cooperacion Intemacional y los Organismos No Gubemamentales debidamente registrados en la Agencia Peruana de Cooperacion Intemacional-APCI - Ycontribuye en la preparacion y respuesta a emergencias y desastres para fortalecerla accion del SINAGERD Esta organizada en el marco del Comite Interagencial Permanente establecido per la Asamblea General de Naciones Unidas

622 La RHN esta co-presidida por ellla Coordinador Residente del Sistema de las Naciones Unidas en el Peru y ellla Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil

CAPiTULO X

COORDINACI6N CON EL SISTEMA DE SEGURIDAD Y DEFENSA NACIONAL

Articulo 63deg_Coordinacion

631 EI Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres(SINAGERD)coordinaconel Sistemade Seguridad y Defensa Nacional a traves del INDECI los aspectos que correspondan a sus respectivas competencias para proteger a la poblacion mediante los procesos de preparacion respuestay rehabilitacionen los cases de desastres

632 Asimismo el Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres a traves del Instituto Nacional de Defensa Civil seguira cumpliendo las funciones relativas a movilizaclon y desmovilizaci6n para casos de emergencia producidos por desastres

CAPiTULO XI

SISTEMA NACIONAL DE INFORMACI6N PARA LA GESTI6N DEL RIESGO DE DESASTRES

Articulo 64deg_ Descripci6n

641 EI Sistema Nacional de Informacion para la Gestion del Riesgo de Desastres es un instrumento del SINAGERD

EJ Peruano Lima juevea 26dB mayo de2011 WNORMAS LEGALES 443217

)

642 EI Sistema Nacional de Informaci6n para la Gesti6n del Riesgo de Desastres tiene dos componentes Ia informaci6n para la gesti6n prospectiva y correctiva e informaci6n la para la gesti6n reactiva

ArtIculo 65deg_Rectorfa y coordlnacl6n

651 Con el objeto de organizar administrar y mantener actualizado el Sistema Nacional de Informaci6n de Gesti6n del Riesgo de Desastres la Presidencia del Consejo de Ministros establece las directivas y Iineamientos de aplicaci6n nacional sobre estandares para el usc intercambio y acceso a la informaci6n requerida para la Gesti6n del RiesQo de Desastres asl como en los mecanlsrnos para la Integraci6h de dicha informacion requiriendo la opini6n previa del CENEPRED en 10 referente a la informaci6n para la gesti6n prospectiva y correctiva y dellNDECI en 10 referente a la informaci6n para la gesti6n reactiva

652 La Presidencia del Consejo de Ministros supervisa que la informaci6n para la Gesti6n del Riesgo de Desastres generada bajo los estandares establecidos por CENEPRED e INDECI respectlvarnente este dlsponible para todas las entidades pUblicas y la sociedad civil

CAPiTULO XII

RADIO NACIONAL DE DEFENSA CIVIL Y DEL MEDIO AMBIENTE

Articulo 66deg_ Radio Naclonal de Defensa Civil y Medio Amblente

EI INDECI es responsable de desarroilar coordinar y asesorar los contenidos a difundirse en Radio Nacional de Defensa Civil y del Medio Ambiente en 10 referido a la Preparaci6n Respuesta y Rehabilitaci6n

TITULO VI

DECLARATORIA DE ESTADO DE EMERGENCIA

Articulo 67deg-Declaratoria de Estado de Emergencla por Desastre

671 EI Presidente de la Republica con acuerdo del Consejo de Ministros puede decretar por un plazo de sesenta (60) dlas calendario en todo el territorio de la Republica 0 en parte de ai el Estado de Emergencia por desasfre dando cuenta al Congreso de la Republica 0 a la Comisi6n Permanente

672 La Declaratoria del Estado de Emergencia tiene por finalidad la ejecuci6n de medidas de excepci6n inmediatas y necesarias frente a un peligro inminente o a la ocurrencia de un desastre de gran magnitud o cuando sobrepasa la capacidad de respuesta del Gobierno Regional protegiendo la vida e integridad de las personas el patrimonio publico y privado y restableciendo los servicios basicoa indispensables

Articulo 68deg- Procedimiento

681 La solicitud de Declaratoria de Estado de Emergencia por peligro inmlnente opor la ocurrencia de un desastre es presentada por el Gobiemo Regional al INDECI con la debida sustentaci6n adjuntando el informe de estimaci6n del riesgo 061 informe EDAN asi como la opini6n tecnlca de los Sectores involucrados en los casos que corresponda

682 EIINDECI emite opini6n sobre la procedencia de la solicitud a cuyo fin emite el informe tecnico respectivo

683 EI expediente de la solicitud de Declaratoria de Estado de Emergencia se presenta a la Presidencia del Consejo de Ministros con la recomendaci6n correspondiente

684La declaratoria del Estado de Emergencia podra ser requeridacon la debida sustentaci6n por los titulares de los Ministerios y Organismos Publicos Descentrelizados comprometidos por la emergencia los que canalizaran su solicitud a traves dellNDECI

685 Excepcionalmente la Presidencia del Consejo de Ministros puede presentar de oficio al donsejo de Ministros la declaratoria de Estado de Emergencia de la zona afectada por un peligro inminente 0 la ocurrencia de un desastre previa comunicaci6n de la situaci6n

y propuesta de medidas yo acciones inmediatas que correspondan efectuado por ellNDECI

686 EI Ente Rector a propuesta deIINDECI apruebashymediante Decreto Supremo las normas complementarias respecto de la declaratoria de Estado de Emergencia

LI

Articulo 69deg_PI6rroga del Estado de Emergencli~ EI Gobierno Regional presenta al INDECI ja

solicitud de pr6rroga del Estado deEmergencia la que no debera exceder de sesenta (60) dlas calendario adjuntando los informes tecnicos que fundanienten dicha solicitud asl como las medidas de caracter presupuestal necesarias

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES

Primera- Sobre el Sistema Naclonal de Defensa Civil

Las responsabilidades que hayan side asignadas en otras normas al Sistema Nacional de Defensa Civil relacionadas con aspectos de preparaci6nrespuesta y rehabilitaci6n seguiran siendo ejercidas por el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) siempre que no Ife opongan a 10 dispueetc por la Ley Ndeg 29664 Yel presenta Reglamento

Segunda- Infracciones y sanciones ~ Losaspectosrelacionadoscon infraccionesy sanciones

Iigados a responsabilidades administrativas yfuncionales se rigen de acuerdo a 10 establecido en la Ley Ndeg 29622 Ley que modifica la Ley Num 27785 Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contralorla General de la Republica y amplia las facultades en el proceso para sancionar en materia de responsabilidad administrativa funcional y el Reglamento de infracciones y sanciones para la responsabilidad administrativa funcional derivaqB de los informes emitidos por los 6rganos del Sistema Nacionalde Controlaprobadomediante DecretoSupremq Ndeg 023-2011-PCM ~_

Las sanciones relacionadas con aspectos ete lncumphrnlento de la regulaci6n sobre Licencias ltJe Funcionamiento construcci6n y habilitaci6n se apli~n conforme a la normativa correspondiente ~

Tercera- EJecuci6nde las Inspecclones Tecnic~ de Seguridad en Defensa Civil - ITSDC -

1 EI Ente Rector aprueba las reformas en materia de Seguridad en Defensa Civil referidas a las Inspecciones Tecnicas de Seguridad en Defensa Civil asl comoen la acreditaci6n y administraci6n del Registro de los Inspectores incluida su actualizaci6n y capacitaci6n

2 Las InspeccionesTecnicas de Seguridaden Defensa Civil son ejecutadas por los Gobiernos Regionales~ Locales en sus ambitos deiurisdicci6n respectivos

Cuarta- Proceso de Adecuaci6n de las Nonnas de Seguridad en Defensa Civil

EI INDECI en un plazo maximo de sesenta (60) dlas habiles de publicado el presente Reglamento propone al Ente Rector la adecuaci6n de la legislaci6n vigente en materia de Segllridady Defensa Civil ala Ley del Sistema Nacional de la Gesti6n del Riesgo Desastres

En el proceso tiene especial anfasis la Ley Marco de Licencia de Funcionamiento el Reglamento de lnspeccionesTecnlces de Seguridad en Defensa Civil) demas normas vinculadas con las Inspecciones Tacnic8S de Seguridad en Defensa Civil ~~~

Quinta- Vigencia de los Convenios Nacionales~~ Internacionales suscritos en el Marco del SINADECI

Los convenios de caracter nacional 0 internacional suscritos por el Instituto Nacional de Defensa Civil eAo representaci6n del SINADECI vigentes al momento de entrada en vigor de la Ley Ndeg 29664 continuaren siende conducidos y administrados por el INDECI hasta el cerre del presente ejercicio presupuestal debiendo informar al Ente Rector respecto de aquellos casos en que exceda su competencia La Presidencia del Consejo de Ministros establecera las condiciones y responsabilidades para su ratificaci6n modificaci6n 0 Iiquidaci6n segun corresponda

i

j

ElPeruano443218 WNORMAS LEGALES Lima jUevas 26cia mayo da2011

DISPOSICIONES TRAN~ITORIAS

Prlmera- Regulacl6n del funclonamlento del ConseJo Naclonal de Gestl6n del Rlesgo de Desastres

EI Consejo Naclonal de Gesti6n del Riesgo de Desastres regula su funcionamieno a traves de un Reglamento Intemo aprobado por sus miembros en un plazo maximo de treinta (30) dias calendario contados desde la fecha de su instalaci6n

Segunda- Transltorledad de competenclas sobre Inspecclones T6cnlcas de Segurldad en Deensa Civil

Transitoriamente el INDECI rnantiene las competenclas referidas a las Inspecciones Tecnicas de Seguridad en Defensa Civil reguladas en el Reglamento de Inspecciones Tecnicas de Seguridad en Defensa Civil en los casos en que aun no se hayan transferido a los Gobiernos Regionales

645127-3

Autorizan viaje del Ministro de Relaeiones Exteiiores a Japon y EEUU yencargan su DespaCho ala Presidenta d~1 Consejo de Ministros y Ministra de Justieia

RESOLUCI6N SUPREMA Ndeg 133-2011-PCM

lima 25 de mayo de 2011

CONSIDERANDO

Que es objetivo de la PollticaExterior del Peru promover los intereses del pals tanto a nivel bilateral como multilateral conmiras a consolidar su presencia regional e internacional fortaleciendo su procesode inserci6n a nivel qlobal

Que el Mimstro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores Jose Antonio Garcia Belaunde efectuara una visita de trabajo al Jap6n del 29 al 31 de tnayo a fin de sostener un encuentro con su hom610go elCanciller Takeaki Matsumoto y suscribir el Acuerdo de Asociaci6n Econ6mica con ese pais Adicionalmente se ha previsto su participaci6n en distintas actividades con otras autoridades del gobierno de ese pals asl comomiddot una reuni6n con representantes del Consejo Empresarial Peruano Japones

Que asirnismo se ha previsto la participaci6n del Canciller en la Asamblea General Extraordinaria de la Organizaci61) de los Estados Americanos convocada para elide junio de 2011 con el prop6sito de tratar el asunto de la reincorporaci6n de Honduras a la citada organizaci6n

Que por representar actividades de la mayor importancia para la politica exterior del Peru es necesario autorizar el viaje del Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores Jose Antonio Garcia Belaunde a la ciudad de Tokio Jap6n y a la cludad de Washington DCEstad9sUnidos de America a fin de participar en las reuniones precltadas considerando que por razones de itinerario estara ausente del pals desde el 28 de mayo y hasta elide junio inclusive

De conformidad con el articulo 127deg de la Constituci6n Politica del Peru la Ley Ndeg 29158 Ley Organica del Poder Ejecutivo Ley Ndeg 29357 Ley de Organizaci6ny Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores en concordancia con el articulo 83deg del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa aprobado mediante el Decreto Supremo Ndeg 005-90-PCM la Ley Ndeg 27619 modificada por la Ley Ndeg 28807 Y su reglamento aprobado por el Decreto Supremo Ndeg 047-2002-PCM su modificatoria el Decreto Supremo Ndeg 005-2006-PCM el numeral 101 del artIculo 10deg de la Ley Ndeg 29626 Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Allo Fiscal 2011

SE RESUELVE

Articulo 1deg_Autorizarel viaje del Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores Jose Antonio

Garcia Belaunde a la ciudad de TokioJap6n y a la ciudad de Washington DC Estados Unidos de America entre los dias 28 de mayo y 1 de junio de 2011 de acuerdo a 10 expuesto en la parte considerativa

Articulo 2deg_ Los gastos que irrogue la participaci6n del Ministro de Estado en e) Despacho de Relaciones por concepto de pasajes USD$ 445000 Y viaticos USD$ 152000 seran cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores deblendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) dias calendario al termino de la referida comisi6n

Articulo 3deg_ Encargar el Despacho de Relaciones Exteriores a la Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Estado en el Despacho de Justicia sellora Rosario Fernandez Figueroa en tanto dure la ausencia del titular

Articulo 4deg_La presente Resoluci6n sera refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y el Ministrode Relaciones Exteriores

Registrese comunlquese y publlquese

ALAN GARCiA PJREZ Presidente Constitucional de la Republica

ROSARIO DEL PILAR FERNANDEZ FIGUEROA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia

JOSJANTONIO GARCiA BELAONDE Ministro de Relaciones Exteriores

645127-10

Crean Cowsion Multiseetorial de Naturaleza Temporal encargada de analizar las opciones y a1temativas teenicas para la formulaeion del estudio de factibilidad para la ejecueion de Ia Tereera Etapa del Proyecto Especial Chavimoehie del Gobiemo Regional de LaLibertad

RESOLUCI6N SUPREMA Ndeg 134middot2011-PCNi

lima 25 de mayo de 2011

CONSIDERANDO

Que la ejecuci6n de la Tercera Etapa del Proyecto Especial Chavimochic es de gran lnteres para el Gobierno Nacional y para el Gobierno Regional de La Libertad en la medida que permitira brindar seguridad en el suministro de agua de riego a los actuales usuarios de I~ Primera y Segunda Etapa del indicado Proyecto posibilitandose la incorporaci6n de hasta treinta mil hectareas ubicadas dentro del ambito de las referidas etapas que han sido transferidas al sector privado

Que en ese sentido resulta necesario evaluar la ejecuci6n de la Tercera Etapa del Proyecto Especial Chavimochicmediante promoci6n de la inversi6n privada a efectos de contribuir con la consolidaci6n del desarrollo agroexportador del norte del pais

Que de acuerdo a 10 dispuesto por la Ley Ndeg 29158 Ley Organica del Poder Ejecutivo las Comisiones Multisectoriales decaracter temporal son creadas con fines especificos para cumplir fundones de fiscalizaci6n propuesta 0 emisi6nde informes tecnicos las que se crean formalmente mediante resolucion suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y los Titulares de los sectores involucrados

Que a fin de analizar las opciones y alternativas tecnicas para la formulaci6n del estudiode factibilidad para la ejecuci6n de la Tercera Etapa del Proyecto Especial Chavimochic del Gobierno Regional La Libertad se ha visto por conveniente crear una Comisi6n Multisectorial encargada de proponer las recomendaciones tecnicas para la viabilidad del mencionado proyecto

De conformidad con 10 establecido en el numeral 8) del articulo 118deg de la Constituci6n Polltica del Peru y 10

Page 10: Reglamento Ley 29664 SINAGERD

E

_ imiddot

EJ Peruano uma juevas 26de mayo de2011 NORMAS LEGALES 44321()

Articulo 46deg_Primera Respuesta

461 Las entidades de primera respuesta son organizaciones especializadas para intervenir en casos de emergencias 0 desastres que desarrollan acciones inmediatas necesarias en las zonas afectadas en coordinaci6n con la autoridad competente en los respectivos niveles de gobiemo segun 10 establecido en la Ley el presente reglamento y los protocolos correspondientes

462 Se consideran entidades de primera respuesta

a FuerzasArmadas b Policia Nacional c Cuerpo General de BomberosVOluntarios del Peru d Sector Salud (Ministerio de Salud Seguro Social

de SaIud - ESSALUD Instituciones Privadas de Salud Sanidad de las FFAAy Sanidad de la PNP)

e Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social f Cruz Roja Peruana g Poblaci6n organizada h Otras entidades publicae y privadas que resutten

necesarias dependiendo de la emergencia 0 desastre

Articulo 47deg- La Asistencia Humanitaria

471 LaAsistencia Humanitariacomprende actividades como instalaci6n de albergues administraci6n de campamentos reubicaci6n temporal en zonas seguras asistencia de salud fisica y mental distribuci6n de bienes de ayuda humanitariay prestaci6n de servicios

472 La Asistencia Humanitaria donada por entidades privadas nacionales asl como la ayuda intemacional es complementariay de apoyo a la responsabilidad primaria del Estado

473 Las donaciones procedentes de colectas publicas convocadas por particulares son autorizadas y supervisadaspor la autoridad regional 0 local competente segun corresponda

474 Los Gobiernos Regionales tienen a su cargo custodiar los bienes de ayuda humanitaria y distribuirlos a los Gobiemos Locales En aplicaci6n del principio de subsidiariedad la entrega de los bienes de ayuda humanitaria se realiza a traves de los Gobiemos Locales de cada jurisdicci6n

475 Es responsabilidad de los Presidentes de los Gobiemos Regionales la implementaci6n de los mecanismos medios y procedimientos emitidos por el ente rector a propuesta del INDECI para garantizar la custodia conservaci6n distribuci6n y supervisi6n de la entrega de dichos bienes a la poblaci6n afectada 0 damnificada

476 Los bienes de Ayuda Humanitaria se emplean unica y exclusivamente para la atenci6n de las personas damnificadas y afectadas por los desastres y las emergencias

477 Las personas que i1egalmente reciban 0 se apropiende los bienesdeAyuda Humanitariason pasibles de sanci6n penal conforme a la Ley de la materia

478 Las donaciones de bienes procedentes del exterior publicae 0 privadas cuando el Gobiemo Nacional efectua la convocatoria de Ayuda Humanitaria Internacional requisren la participaci6n y control de las entidades del SINAGERD asl como del Ministerio de Relaciones Exteriores y la Agencia Peruana de Cooperaci6n Internacional segun corresponda EI INDECI propondra al Ente Rector un instrumento para la solicitud internalizaci6ny manejode laAyuda Humanitaria Internacional

Articulo 48deg- Transparencia y Rendici6n de Cuentas

EIente rector establece las normas y criterios tecnicos para las rendiciones de cuentas de las donaciones administradas por las entidades que conforman el SINAGERD

Articulo 49deg- Acciones ante situacl6n de peligro inminente

491 La situaci6n de peligro inminente debe ser sustentada por el informe tecnico emitido por la entidad publica competente que sera sustento para la declaratoria del estado de emergencia

492 Las accionesa desarrollarsedebenestar dirigidas unicamente a reducir el impacto del probabledesastre par ocurrir y deben tener nexo directo de causalidad entre las intervenciones y el evento a fin de salvaguardar la seguridad de la poblaci6n sus bienes y la infraestructura publica

V

CAPiTULO IV

CENTROS DE OPERACIONES DE EMERGENCIA

Articulo 50deg- Deflnici6n

501 Los Centros de Operaciones de Emergencia r COE - son 6rganos que funcionan de manera continua en el monitoreo de peligros emergencias y desastres aST como en la administraci6ne intercambiode la informaci6n para la oportuna toma de decisiones de las autoridades del Sistema en sus respectivos ambitos jurisdiccionales

502 EI INDECI elaborara una normativa para la coordinaci6n articulada de los COE en todos los niveles de gobiemo y la propondra al ente rector para so aprobaci6n ~

Articulo 51deg_ Mecanismo de constitucion y funcionamiento de Centros Regionales y Locales deOperaclones de Emergencia

511 Los presidentes regionales y alcaldes instituyen los Centros de Operaciones de Emergencia Regional (COER)y los CentrosdeOperacionesdeEmergenciaLocal (COEL) respectivamente segun las normas requisitosry estimdares que sean establecidos por INDECI

512 Los Centros de Operaciones de Emergencia Regional (COER) y los Centros de Operaciones de Emergencia Local (COEL) contaran con un area fisica adecuadapara trabajarsiguiendo los estandaresmlnimos establecidos por INDECI

513 los Centros de Operaciones de Emergencla Regional (COER) y los Centros de Operaciones de Emergencia Local (COEl) estaran conformados por

a EI Presidente Regional 0 el Alcalde respectivamente

b Directoresy funcionariosde las areas operaclonales quesean determinadasen la normativaestandargeneradapor INDECI -

c Representantesde las FuerzasArmadas - d La Cruz Roja Peruana y el Cuerpo General de

Bomberos Voluntarios del Peru e La Policla Nacional del Peru

514 Los Centros de Operaciones de Emergencia Regional (COER) y los Centros de Operaciones de Emergencia Local (COEL) seran coordinados por uria autoridad local con probada experiencia el manejo de situacionesde emergenciaEIcoordinadorsera nombradO por el Presidente Regional 0 Alcalde respectivo

Articulo 52deg_ COE Sectoriales

521 Los Sectores Nacionales a traves de sus Ministerios actlvaran sus Centros de Operaciones de Emergencia en concordancia con sus competenclas -y los Iineamientos que dicta el Ente Rector a propuesta del INDECI

522 Los Sectores involucrados directamente con las actividades de Respuesta y Rehabilitaci6n designan a sus representantes para su participaci6n en el COElllj constituyendose en los elementos de enlace necesarios para mantener la informaci6n de los COE Sectorialeamp correspondientes

Articulo 53deg_ Manejo de la Informacion para la toma de decisiones

531 Los Centros de Operaciones de Emergencia en todos sus nlveles permanentemente obtienen recaban y comparten informaci6n sobre el desarrollo de las emergencias desastres 0 peligros lnminentesy proporcionan la informaci6n procesada disponible que requieran las autoridades encargadas de conducir io monitorear emergencias asi como a los COE de los niveles inmediatos respectivos para coadyuvar a la toma de decisiones de las autoridadescorrespondientes

EI Peruano443216 WNORMAS LEGALES UmB jueves 26demayo de2011

532 EI COEN proporciona la informacion tecnica dj~penible que requiera el Consejo Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres para la toma de decisiones

533 Los COE para el cumplimiento de sus actividades cuentan con el Sistema de Informacion Nacional para la R~spuesta y Rehabilitacion - SINPAD administrado por elINDECI como componente del Sistema Nacional de Informacion del SINAGERD

534 EI monitoreo de P8ligros y emergencias y admlnistraclon de la informaCion de los Centros Poblados y Comunidades mientras no cuenten con los recursos necesarios sera ejecutado y consolidado per los COEL con la participacien de las autoridades respectivas

CAPiTULO V

EVALUACI6N DE DAAos Y ANALISIS DE NECESIDADES - EDAN

n Articulo 54deg_ Definlci6n

J 541 La Evaluacion de Danos yAnalisis de Necesidades (poundDAN) es el mecanismo de identificacion y registro cualitativo y cuantitativo de la extension gravedad y localizacion de los efectos de un evento adverso

542 La EDAN es la base para el establecimiento de los planes especificos de respuesta a las emergencias a todo nivel y los planes de rehabilitacion Tambien sirve para los procesos de evaluacion y necesidades que se ~tablezcan para la reconstrucclon it

Articulo 55deg- Mecanismo y operatividad

~ 551 EI INDECI establecera un mecanismo nacional para la Evaluacion de Danos y Necesidades siguiendo 106 estandares intemacionales que han side desarrollados para tal fin 552 INDECI desarrollara un proceso permanente de

capacitaci6n a las entidades publlcas y a los gobiemos r~ionales y locales para su utilizacion armonizada EI Sistema de Evaluacion de Danos y Necesidades sera la oase para caracterizar las situaciones de emergencia y tamar las decisiones respectivas

553 EI mecanisme es implementado por los COE locales regionales y nacional segun los mecanismosde capacidad de repuesta y subsidiariedad que se establezcan en su diseno

It CAPiTULO VI

VOLUNTARIADO EN EMERGENCIAS Y REHABILITACION

Articulo 56deg- Constitucion del Voluntariado en liimergencias y Rehabilitaci6n

EIINDECI establecera el mecanismo de voluntariado en emergencias y rehebilitacion el cual incluirala incorporacien de criterios e indicadores minimos y organizacion de brigadistas para la gestion y actualizacion del voluntariado

CAPiTULO VII

SERVICIO DE BUSQlIEDA Y SALVAMENTO

Articulo 57deg- Naturaleza del servicio de busqlleda y salvamento

Es un mecanisme de coordinaclon decision y romunicacionconformado por entidades publicas y privadasde primera respuesta que cuenta con recursos y medios disponibles para intervenir en operaciones especializadas de bUsqueday salvamento con la finalidad de salvaguardar la vida humana en situaciones de emergencia y desastres

Articulo 58deg- Alcance del servicio de busqueda y sslvamento r Tiene alcance nacional y articula sus actividades en ejmarco del Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Oesastres En determinadas situaciones se amplia su accionar al ambito internacional

Articulo 59deg- Ambito de Accion del servicio de bilsqueda y salvamento

591 La busqueda y salvamento se ejecutan en los arnbitos terrestre maritimo y aereo

592 EIente rectordel SINAGERD dicta los Iineamientos generales que permitan la integracion de esfuerzos y la operaclon coordinada de las instituciones responsables a fin de optimizar los recursos para las operaciones de busqueda y salvamento

CAPiTULO IX

MECANISMOS DE COORDINACI6N INTERNACIONAL Y PARTICIPACI6N EN INSTANCIAS Y ACUERDOS

REGIONALES DE ASISTENCIA HUMANITARIA

Articulo 60deg- Definicl6n La cooperacien intemacional en Gestion del

Riesgo de Desastres es el conjunto de acciones y herramientas desarrolladas por los gobiemos y entidades intemacionales orientadas a movilizar recursos e intercambiarexperiencias y conocimientos con la finalidad de contribuir allegro de los objetivos del SINAGERD y al cumplimiento de los compromisos intemacionales

Articulo 61deg_ Mecanismos

611 EI ente rector solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la elsboracion de un mecanisme de coordinacien de la asistencia humanitaria para las sedes diplomaticas en el extranjero y para las entidades de asistencia aereditadas en el pais

612 EI ente rector con el apoyo del Sistema de Naciones Unidas establece los mecanismos para la asistencia intemacional segun los compromisos y tratados que existan al efecto

613 EI INDECI elabora y propone al ente rector una normativa y procesos para brindar asistencia a desastres en el extranjero

614 EI ente rector con el apoyo tecnico de INDECI y las entidades intemacionales especializadas elabora una normativa para facilitar las operaciones de asistencia humanitaria en el pals en concordancia con la iniciativa de la Ley Internacional para la Respuesta ante Desastres

Articulo 62- Red Humanitaria Nacional - RHN

621 La Red Humanitaria Nacional - RHN - constituye un mecanismo de coordinacion entre eI Estado Peruano la Cooperacion Intemacional y los Organismos No Gubemamentales debidamente registrados en la Agencia Peruana de Cooperacion Intemacional-APCI - Ycontribuye en la preparacion y respuesta a emergencias y desastres para fortalecerla accion del SINAGERD Esta organizada en el marco del Comite Interagencial Permanente establecido per la Asamblea General de Naciones Unidas

622 La RHN esta co-presidida por ellla Coordinador Residente del Sistema de las Naciones Unidas en el Peru y ellla Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil

CAPiTULO X

COORDINACI6N CON EL SISTEMA DE SEGURIDAD Y DEFENSA NACIONAL

Articulo 63deg_Coordinacion

631 EI Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres(SINAGERD)coordinaconel Sistemade Seguridad y Defensa Nacional a traves del INDECI los aspectos que correspondan a sus respectivas competencias para proteger a la poblacion mediante los procesos de preparacion respuestay rehabilitacionen los cases de desastres

632 Asimismo el Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres a traves del Instituto Nacional de Defensa Civil seguira cumpliendo las funciones relativas a movilizaclon y desmovilizaci6n para casos de emergencia producidos por desastres

CAPiTULO XI

SISTEMA NACIONAL DE INFORMACI6N PARA LA GESTI6N DEL RIESGO DE DESASTRES

Articulo 64deg_ Descripci6n

641 EI Sistema Nacional de Informacion para la Gestion del Riesgo de Desastres es un instrumento del SINAGERD

EJ Peruano Lima juevea 26dB mayo de2011 WNORMAS LEGALES 443217

)

642 EI Sistema Nacional de Informaci6n para la Gesti6n del Riesgo de Desastres tiene dos componentes Ia informaci6n para la gesti6n prospectiva y correctiva e informaci6n la para la gesti6n reactiva

ArtIculo 65deg_Rectorfa y coordlnacl6n

651 Con el objeto de organizar administrar y mantener actualizado el Sistema Nacional de Informaci6n de Gesti6n del Riesgo de Desastres la Presidencia del Consejo de Ministros establece las directivas y Iineamientos de aplicaci6n nacional sobre estandares para el usc intercambio y acceso a la informaci6n requerida para la Gesti6n del RiesQo de Desastres asl como en los mecanlsrnos para la Integraci6h de dicha informacion requiriendo la opini6n previa del CENEPRED en 10 referente a la informaci6n para la gesti6n prospectiva y correctiva y dellNDECI en 10 referente a la informaci6n para la gesti6n reactiva

652 La Presidencia del Consejo de Ministros supervisa que la informaci6n para la Gesti6n del Riesgo de Desastres generada bajo los estandares establecidos por CENEPRED e INDECI respectlvarnente este dlsponible para todas las entidades pUblicas y la sociedad civil

CAPiTULO XII

RADIO NACIONAL DE DEFENSA CIVIL Y DEL MEDIO AMBIENTE

Articulo 66deg_ Radio Naclonal de Defensa Civil y Medio Amblente

EI INDECI es responsable de desarroilar coordinar y asesorar los contenidos a difundirse en Radio Nacional de Defensa Civil y del Medio Ambiente en 10 referido a la Preparaci6n Respuesta y Rehabilitaci6n

TITULO VI

DECLARATORIA DE ESTADO DE EMERGENCIA

Articulo 67deg-Declaratoria de Estado de Emergencla por Desastre

671 EI Presidente de la Republica con acuerdo del Consejo de Ministros puede decretar por un plazo de sesenta (60) dlas calendario en todo el territorio de la Republica 0 en parte de ai el Estado de Emergencia por desasfre dando cuenta al Congreso de la Republica 0 a la Comisi6n Permanente

672 La Declaratoria del Estado de Emergencia tiene por finalidad la ejecuci6n de medidas de excepci6n inmediatas y necesarias frente a un peligro inminente o a la ocurrencia de un desastre de gran magnitud o cuando sobrepasa la capacidad de respuesta del Gobierno Regional protegiendo la vida e integridad de las personas el patrimonio publico y privado y restableciendo los servicios basicoa indispensables

Articulo 68deg- Procedimiento

681 La solicitud de Declaratoria de Estado de Emergencia por peligro inmlnente opor la ocurrencia de un desastre es presentada por el Gobiemo Regional al INDECI con la debida sustentaci6n adjuntando el informe de estimaci6n del riesgo 061 informe EDAN asi como la opini6n tecnlca de los Sectores involucrados en los casos que corresponda

682 EIINDECI emite opini6n sobre la procedencia de la solicitud a cuyo fin emite el informe tecnico respectivo

683 EI expediente de la solicitud de Declaratoria de Estado de Emergencia se presenta a la Presidencia del Consejo de Ministros con la recomendaci6n correspondiente

684La declaratoria del Estado de Emergencia podra ser requeridacon la debida sustentaci6n por los titulares de los Ministerios y Organismos Publicos Descentrelizados comprometidos por la emergencia los que canalizaran su solicitud a traves dellNDECI

685 Excepcionalmente la Presidencia del Consejo de Ministros puede presentar de oficio al donsejo de Ministros la declaratoria de Estado de Emergencia de la zona afectada por un peligro inminente 0 la ocurrencia de un desastre previa comunicaci6n de la situaci6n

y propuesta de medidas yo acciones inmediatas que correspondan efectuado por ellNDECI

686 EI Ente Rector a propuesta deIINDECI apruebashymediante Decreto Supremo las normas complementarias respecto de la declaratoria de Estado de Emergencia

LI

Articulo 69deg_PI6rroga del Estado de Emergencli~ EI Gobierno Regional presenta al INDECI ja

solicitud de pr6rroga del Estado deEmergencia la que no debera exceder de sesenta (60) dlas calendario adjuntando los informes tecnicos que fundanienten dicha solicitud asl como las medidas de caracter presupuestal necesarias

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES

Primera- Sobre el Sistema Naclonal de Defensa Civil

Las responsabilidades que hayan side asignadas en otras normas al Sistema Nacional de Defensa Civil relacionadas con aspectos de preparaci6nrespuesta y rehabilitaci6n seguiran siendo ejercidas por el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) siempre que no Ife opongan a 10 dispueetc por la Ley Ndeg 29664 Yel presenta Reglamento

Segunda- Infracciones y sanciones ~ Losaspectosrelacionadoscon infraccionesy sanciones

Iigados a responsabilidades administrativas yfuncionales se rigen de acuerdo a 10 establecido en la Ley Ndeg 29622 Ley que modifica la Ley Num 27785 Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contralorla General de la Republica y amplia las facultades en el proceso para sancionar en materia de responsabilidad administrativa funcional y el Reglamento de infracciones y sanciones para la responsabilidad administrativa funcional derivaqB de los informes emitidos por los 6rganos del Sistema Nacionalde Controlaprobadomediante DecretoSupremq Ndeg 023-2011-PCM ~_

Las sanciones relacionadas con aspectos ete lncumphrnlento de la regulaci6n sobre Licencias ltJe Funcionamiento construcci6n y habilitaci6n se apli~n conforme a la normativa correspondiente ~

Tercera- EJecuci6nde las Inspecclones Tecnic~ de Seguridad en Defensa Civil - ITSDC -

1 EI Ente Rector aprueba las reformas en materia de Seguridad en Defensa Civil referidas a las Inspecciones Tecnicas de Seguridad en Defensa Civil asl comoen la acreditaci6n y administraci6n del Registro de los Inspectores incluida su actualizaci6n y capacitaci6n

2 Las InspeccionesTecnicas de Seguridaden Defensa Civil son ejecutadas por los Gobiernos Regionales~ Locales en sus ambitos deiurisdicci6n respectivos

Cuarta- Proceso de Adecuaci6n de las Nonnas de Seguridad en Defensa Civil

EI INDECI en un plazo maximo de sesenta (60) dlas habiles de publicado el presente Reglamento propone al Ente Rector la adecuaci6n de la legislaci6n vigente en materia de Segllridady Defensa Civil ala Ley del Sistema Nacional de la Gesti6n del Riesgo Desastres

En el proceso tiene especial anfasis la Ley Marco de Licencia de Funcionamiento el Reglamento de lnspeccionesTecnlces de Seguridad en Defensa Civil) demas normas vinculadas con las Inspecciones Tacnic8S de Seguridad en Defensa Civil ~~~

Quinta- Vigencia de los Convenios Nacionales~~ Internacionales suscritos en el Marco del SINADECI

Los convenios de caracter nacional 0 internacional suscritos por el Instituto Nacional de Defensa Civil eAo representaci6n del SINADECI vigentes al momento de entrada en vigor de la Ley Ndeg 29664 continuaren siende conducidos y administrados por el INDECI hasta el cerre del presente ejercicio presupuestal debiendo informar al Ente Rector respecto de aquellos casos en que exceda su competencia La Presidencia del Consejo de Ministros establecera las condiciones y responsabilidades para su ratificaci6n modificaci6n 0 Iiquidaci6n segun corresponda

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ElPeruano443218 WNORMAS LEGALES Lima jUevas 26cia mayo da2011

DISPOSICIONES TRAN~ITORIAS

Prlmera- Regulacl6n del funclonamlento del ConseJo Naclonal de Gestl6n del Rlesgo de Desastres

EI Consejo Naclonal de Gesti6n del Riesgo de Desastres regula su funcionamieno a traves de un Reglamento Intemo aprobado por sus miembros en un plazo maximo de treinta (30) dias calendario contados desde la fecha de su instalaci6n

Segunda- Transltorledad de competenclas sobre Inspecclones T6cnlcas de Segurldad en Deensa Civil

Transitoriamente el INDECI rnantiene las competenclas referidas a las Inspecciones Tecnicas de Seguridad en Defensa Civil reguladas en el Reglamento de Inspecciones Tecnicas de Seguridad en Defensa Civil en los casos en que aun no se hayan transferido a los Gobiernos Regionales

645127-3

Autorizan viaje del Ministro de Relaeiones Exteiiores a Japon y EEUU yencargan su DespaCho ala Presidenta d~1 Consejo de Ministros y Ministra de Justieia

RESOLUCI6N SUPREMA Ndeg 133-2011-PCM

lima 25 de mayo de 2011

CONSIDERANDO

Que es objetivo de la PollticaExterior del Peru promover los intereses del pals tanto a nivel bilateral como multilateral conmiras a consolidar su presencia regional e internacional fortaleciendo su procesode inserci6n a nivel qlobal

Que el Mimstro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores Jose Antonio Garcia Belaunde efectuara una visita de trabajo al Jap6n del 29 al 31 de tnayo a fin de sostener un encuentro con su hom610go elCanciller Takeaki Matsumoto y suscribir el Acuerdo de Asociaci6n Econ6mica con ese pais Adicionalmente se ha previsto su participaci6n en distintas actividades con otras autoridades del gobierno de ese pals asl comomiddot una reuni6n con representantes del Consejo Empresarial Peruano Japones

Que asirnismo se ha previsto la participaci6n del Canciller en la Asamblea General Extraordinaria de la Organizaci61) de los Estados Americanos convocada para elide junio de 2011 con el prop6sito de tratar el asunto de la reincorporaci6n de Honduras a la citada organizaci6n

Que por representar actividades de la mayor importancia para la politica exterior del Peru es necesario autorizar el viaje del Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores Jose Antonio Garcia Belaunde a la ciudad de Tokio Jap6n y a la cludad de Washington DCEstad9sUnidos de America a fin de participar en las reuniones precltadas considerando que por razones de itinerario estara ausente del pals desde el 28 de mayo y hasta elide junio inclusive

De conformidad con el articulo 127deg de la Constituci6n Politica del Peru la Ley Ndeg 29158 Ley Organica del Poder Ejecutivo Ley Ndeg 29357 Ley de Organizaci6ny Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores en concordancia con el articulo 83deg del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa aprobado mediante el Decreto Supremo Ndeg 005-90-PCM la Ley Ndeg 27619 modificada por la Ley Ndeg 28807 Y su reglamento aprobado por el Decreto Supremo Ndeg 047-2002-PCM su modificatoria el Decreto Supremo Ndeg 005-2006-PCM el numeral 101 del artIculo 10deg de la Ley Ndeg 29626 Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Allo Fiscal 2011

SE RESUELVE

Articulo 1deg_Autorizarel viaje del Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores Jose Antonio

Garcia Belaunde a la ciudad de TokioJap6n y a la ciudad de Washington DC Estados Unidos de America entre los dias 28 de mayo y 1 de junio de 2011 de acuerdo a 10 expuesto en la parte considerativa

Articulo 2deg_ Los gastos que irrogue la participaci6n del Ministro de Estado en e) Despacho de Relaciones por concepto de pasajes USD$ 445000 Y viaticos USD$ 152000 seran cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores deblendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) dias calendario al termino de la referida comisi6n

Articulo 3deg_ Encargar el Despacho de Relaciones Exteriores a la Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Estado en el Despacho de Justicia sellora Rosario Fernandez Figueroa en tanto dure la ausencia del titular

Articulo 4deg_La presente Resoluci6n sera refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y el Ministrode Relaciones Exteriores

Registrese comunlquese y publlquese

ALAN GARCiA PJREZ Presidente Constitucional de la Republica

ROSARIO DEL PILAR FERNANDEZ FIGUEROA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia

JOSJANTONIO GARCiA BELAONDE Ministro de Relaciones Exteriores

645127-10

Crean Cowsion Multiseetorial de Naturaleza Temporal encargada de analizar las opciones y a1temativas teenicas para la formulaeion del estudio de factibilidad para la ejecueion de Ia Tereera Etapa del Proyecto Especial Chavimoehie del Gobiemo Regional de LaLibertad

RESOLUCI6N SUPREMA Ndeg 134middot2011-PCNi

lima 25 de mayo de 2011

CONSIDERANDO

Que la ejecuci6n de la Tercera Etapa del Proyecto Especial Chavimochic es de gran lnteres para el Gobierno Nacional y para el Gobierno Regional de La Libertad en la medida que permitira brindar seguridad en el suministro de agua de riego a los actuales usuarios de I~ Primera y Segunda Etapa del indicado Proyecto posibilitandose la incorporaci6n de hasta treinta mil hectareas ubicadas dentro del ambito de las referidas etapas que han sido transferidas al sector privado

Que en ese sentido resulta necesario evaluar la ejecuci6n de la Tercera Etapa del Proyecto Especial Chavimochicmediante promoci6n de la inversi6n privada a efectos de contribuir con la consolidaci6n del desarrollo agroexportador del norte del pais

Que de acuerdo a 10 dispuesto por la Ley Ndeg 29158 Ley Organica del Poder Ejecutivo las Comisiones Multisectoriales decaracter temporal son creadas con fines especificos para cumplir fundones de fiscalizaci6n propuesta 0 emisi6nde informes tecnicos las que se crean formalmente mediante resolucion suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y los Titulares de los sectores involucrados

Que a fin de analizar las opciones y alternativas tecnicas para la formulaci6n del estudiode factibilidad para la ejecuci6n de la Tercera Etapa del Proyecto Especial Chavimochic del Gobierno Regional La Libertad se ha visto por conveniente crear una Comisi6n Multisectorial encargada de proponer las recomendaciones tecnicas para la viabilidad del mencionado proyecto

De conformidad con 10 establecido en el numeral 8) del articulo 118deg de la Constituci6n Polltica del Peru y 10

Page 11: Reglamento Ley 29664 SINAGERD

EI Peruano443216 WNORMAS LEGALES UmB jueves 26demayo de2011

532 EI COEN proporciona la informacion tecnica dj~penible que requiera el Consejo Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres para la toma de decisiones

533 Los COE para el cumplimiento de sus actividades cuentan con el Sistema de Informacion Nacional para la R~spuesta y Rehabilitacion - SINPAD administrado por elINDECI como componente del Sistema Nacional de Informacion del SINAGERD

534 EI monitoreo de P8ligros y emergencias y admlnistraclon de la informaCion de los Centros Poblados y Comunidades mientras no cuenten con los recursos necesarios sera ejecutado y consolidado per los COEL con la participacien de las autoridades respectivas

CAPiTULO V

EVALUACI6N DE DAAos Y ANALISIS DE NECESIDADES - EDAN

n Articulo 54deg_ Definlci6n

J 541 La Evaluacion de Danos yAnalisis de Necesidades (poundDAN) es el mecanismo de identificacion y registro cualitativo y cuantitativo de la extension gravedad y localizacion de los efectos de un evento adverso

542 La EDAN es la base para el establecimiento de los planes especificos de respuesta a las emergencias a todo nivel y los planes de rehabilitacion Tambien sirve para los procesos de evaluacion y necesidades que se ~tablezcan para la reconstrucclon it

Articulo 55deg- Mecanismo y operatividad

~ 551 EI INDECI establecera un mecanismo nacional para la Evaluacion de Danos y Necesidades siguiendo 106 estandares intemacionales que han side desarrollados para tal fin 552 INDECI desarrollara un proceso permanente de

capacitaci6n a las entidades publlcas y a los gobiemos r~ionales y locales para su utilizacion armonizada EI Sistema de Evaluacion de Danos y Necesidades sera la oase para caracterizar las situaciones de emergencia y tamar las decisiones respectivas

553 EI mecanisme es implementado por los COE locales regionales y nacional segun los mecanismosde capacidad de repuesta y subsidiariedad que se establezcan en su diseno

It CAPiTULO VI

VOLUNTARIADO EN EMERGENCIAS Y REHABILITACION

Articulo 56deg- Constitucion del Voluntariado en liimergencias y Rehabilitaci6n

EIINDECI establecera el mecanismo de voluntariado en emergencias y rehebilitacion el cual incluirala incorporacien de criterios e indicadores minimos y organizacion de brigadistas para la gestion y actualizacion del voluntariado

CAPiTULO VII

SERVICIO DE BUSQlIEDA Y SALVAMENTO

Articulo 57deg- Naturaleza del servicio de busqlleda y salvamento

Es un mecanisme de coordinaclon decision y romunicacionconformado por entidades publicas y privadasde primera respuesta que cuenta con recursos y medios disponibles para intervenir en operaciones especializadas de bUsqueday salvamento con la finalidad de salvaguardar la vida humana en situaciones de emergencia y desastres

Articulo 58deg- Alcance del servicio de busqueda y sslvamento r Tiene alcance nacional y articula sus actividades en ejmarco del Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Oesastres En determinadas situaciones se amplia su accionar al ambito internacional

Articulo 59deg- Ambito de Accion del servicio de bilsqueda y salvamento

591 La busqueda y salvamento se ejecutan en los arnbitos terrestre maritimo y aereo

592 EIente rectordel SINAGERD dicta los Iineamientos generales que permitan la integracion de esfuerzos y la operaclon coordinada de las instituciones responsables a fin de optimizar los recursos para las operaciones de busqueda y salvamento

CAPiTULO IX

MECANISMOS DE COORDINACI6N INTERNACIONAL Y PARTICIPACI6N EN INSTANCIAS Y ACUERDOS

REGIONALES DE ASISTENCIA HUMANITARIA

Articulo 60deg- Definicl6n La cooperacien intemacional en Gestion del

Riesgo de Desastres es el conjunto de acciones y herramientas desarrolladas por los gobiemos y entidades intemacionales orientadas a movilizar recursos e intercambiarexperiencias y conocimientos con la finalidad de contribuir allegro de los objetivos del SINAGERD y al cumplimiento de los compromisos intemacionales

Articulo 61deg_ Mecanismos

611 EI ente rector solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la elsboracion de un mecanisme de coordinacien de la asistencia humanitaria para las sedes diplomaticas en el extranjero y para las entidades de asistencia aereditadas en el pais

612 EI ente rector con el apoyo del Sistema de Naciones Unidas establece los mecanismos para la asistencia intemacional segun los compromisos y tratados que existan al efecto

613 EI INDECI elabora y propone al ente rector una normativa y procesos para brindar asistencia a desastres en el extranjero

614 EI ente rector con el apoyo tecnico de INDECI y las entidades intemacionales especializadas elabora una normativa para facilitar las operaciones de asistencia humanitaria en el pals en concordancia con la iniciativa de la Ley Internacional para la Respuesta ante Desastres

Articulo 62- Red Humanitaria Nacional - RHN

621 La Red Humanitaria Nacional - RHN - constituye un mecanismo de coordinacion entre eI Estado Peruano la Cooperacion Intemacional y los Organismos No Gubemamentales debidamente registrados en la Agencia Peruana de Cooperacion Intemacional-APCI - Ycontribuye en la preparacion y respuesta a emergencias y desastres para fortalecerla accion del SINAGERD Esta organizada en el marco del Comite Interagencial Permanente establecido per la Asamblea General de Naciones Unidas

622 La RHN esta co-presidida por ellla Coordinador Residente del Sistema de las Naciones Unidas en el Peru y ellla Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil

CAPiTULO X

COORDINACI6N CON EL SISTEMA DE SEGURIDAD Y DEFENSA NACIONAL

Articulo 63deg_Coordinacion

631 EI Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres(SINAGERD)coordinaconel Sistemade Seguridad y Defensa Nacional a traves del INDECI los aspectos que correspondan a sus respectivas competencias para proteger a la poblacion mediante los procesos de preparacion respuestay rehabilitacionen los cases de desastres

632 Asimismo el Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres a traves del Instituto Nacional de Defensa Civil seguira cumpliendo las funciones relativas a movilizaclon y desmovilizaci6n para casos de emergencia producidos por desastres

CAPiTULO XI

SISTEMA NACIONAL DE INFORMACI6N PARA LA GESTI6N DEL RIESGO DE DESASTRES

Articulo 64deg_ Descripci6n

641 EI Sistema Nacional de Informacion para la Gestion del Riesgo de Desastres es un instrumento del SINAGERD

EJ Peruano Lima juevea 26dB mayo de2011 WNORMAS LEGALES 443217

)

642 EI Sistema Nacional de Informaci6n para la Gesti6n del Riesgo de Desastres tiene dos componentes Ia informaci6n para la gesti6n prospectiva y correctiva e informaci6n la para la gesti6n reactiva

ArtIculo 65deg_Rectorfa y coordlnacl6n

651 Con el objeto de organizar administrar y mantener actualizado el Sistema Nacional de Informaci6n de Gesti6n del Riesgo de Desastres la Presidencia del Consejo de Ministros establece las directivas y Iineamientos de aplicaci6n nacional sobre estandares para el usc intercambio y acceso a la informaci6n requerida para la Gesti6n del RiesQo de Desastres asl como en los mecanlsrnos para la Integraci6h de dicha informacion requiriendo la opini6n previa del CENEPRED en 10 referente a la informaci6n para la gesti6n prospectiva y correctiva y dellNDECI en 10 referente a la informaci6n para la gesti6n reactiva

652 La Presidencia del Consejo de Ministros supervisa que la informaci6n para la Gesti6n del Riesgo de Desastres generada bajo los estandares establecidos por CENEPRED e INDECI respectlvarnente este dlsponible para todas las entidades pUblicas y la sociedad civil

CAPiTULO XII

RADIO NACIONAL DE DEFENSA CIVIL Y DEL MEDIO AMBIENTE

Articulo 66deg_ Radio Naclonal de Defensa Civil y Medio Amblente

EI INDECI es responsable de desarroilar coordinar y asesorar los contenidos a difundirse en Radio Nacional de Defensa Civil y del Medio Ambiente en 10 referido a la Preparaci6n Respuesta y Rehabilitaci6n

TITULO VI

DECLARATORIA DE ESTADO DE EMERGENCIA

Articulo 67deg-Declaratoria de Estado de Emergencla por Desastre

671 EI Presidente de la Republica con acuerdo del Consejo de Ministros puede decretar por un plazo de sesenta (60) dlas calendario en todo el territorio de la Republica 0 en parte de ai el Estado de Emergencia por desasfre dando cuenta al Congreso de la Republica 0 a la Comisi6n Permanente

672 La Declaratoria del Estado de Emergencia tiene por finalidad la ejecuci6n de medidas de excepci6n inmediatas y necesarias frente a un peligro inminente o a la ocurrencia de un desastre de gran magnitud o cuando sobrepasa la capacidad de respuesta del Gobierno Regional protegiendo la vida e integridad de las personas el patrimonio publico y privado y restableciendo los servicios basicoa indispensables

Articulo 68deg- Procedimiento

681 La solicitud de Declaratoria de Estado de Emergencia por peligro inmlnente opor la ocurrencia de un desastre es presentada por el Gobiemo Regional al INDECI con la debida sustentaci6n adjuntando el informe de estimaci6n del riesgo 061 informe EDAN asi como la opini6n tecnlca de los Sectores involucrados en los casos que corresponda

682 EIINDECI emite opini6n sobre la procedencia de la solicitud a cuyo fin emite el informe tecnico respectivo

683 EI expediente de la solicitud de Declaratoria de Estado de Emergencia se presenta a la Presidencia del Consejo de Ministros con la recomendaci6n correspondiente

684La declaratoria del Estado de Emergencia podra ser requeridacon la debida sustentaci6n por los titulares de los Ministerios y Organismos Publicos Descentrelizados comprometidos por la emergencia los que canalizaran su solicitud a traves dellNDECI

685 Excepcionalmente la Presidencia del Consejo de Ministros puede presentar de oficio al donsejo de Ministros la declaratoria de Estado de Emergencia de la zona afectada por un peligro inminente 0 la ocurrencia de un desastre previa comunicaci6n de la situaci6n

y propuesta de medidas yo acciones inmediatas que correspondan efectuado por ellNDECI

686 EI Ente Rector a propuesta deIINDECI apruebashymediante Decreto Supremo las normas complementarias respecto de la declaratoria de Estado de Emergencia

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Articulo 69deg_PI6rroga del Estado de Emergencli~ EI Gobierno Regional presenta al INDECI ja

solicitud de pr6rroga del Estado deEmergencia la que no debera exceder de sesenta (60) dlas calendario adjuntando los informes tecnicos que fundanienten dicha solicitud asl como las medidas de caracter presupuestal necesarias

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES

Primera- Sobre el Sistema Naclonal de Defensa Civil

Las responsabilidades que hayan side asignadas en otras normas al Sistema Nacional de Defensa Civil relacionadas con aspectos de preparaci6nrespuesta y rehabilitaci6n seguiran siendo ejercidas por el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) siempre que no Ife opongan a 10 dispueetc por la Ley Ndeg 29664 Yel presenta Reglamento

Segunda- Infracciones y sanciones ~ Losaspectosrelacionadoscon infraccionesy sanciones

Iigados a responsabilidades administrativas yfuncionales se rigen de acuerdo a 10 establecido en la Ley Ndeg 29622 Ley que modifica la Ley Num 27785 Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contralorla General de la Republica y amplia las facultades en el proceso para sancionar en materia de responsabilidad administrativa funcional y el Reglamento de infracciones y sanciones para la responsabilidad administrativa funcional derivaqB de los informes emitidos por los 6rganos del Sistema Nacionalde Controlaprobadomediante DecretoSupremq Ndeg 023-2011-PCM ~_

Las sanciones relacionadas con aspectos ete lncumphrnlento de la regulaci6n sobre Licencias ltJe Funcionamiento construcci6n y habilitaci6n se apli~n conforme a la normativa correspondiente ~

Tercera- EJecuci6nde las Inspecclones Tecnic~ de Seguridad en Defensa Civil - ITSDC -

1 EI Ente Rector aprueba las reformas en materia de Seguridad en Defensa Civil referidas a las Inspecciones Tecnicas de Seguridad en Defensa Civil asl comoen la acreditaci6n y administraci6n del Registro de los Inspectores incluida su actualizaci6n y capacitaci6n

2 Las InspeccionesTecnicas de Seguridaden Defensa Civil son ejecutadas por los Gobiernos Regionales~ Locales en sus ambitos deiurisdicci6n respectivos

Cuarta- Proceso de Adecuaci6n de las Nonnas de Seguridad en Defensa Civil

EI INDECI en un plazo maximo de sesenta (60) dlas habiles de publicado el presente Reglamento propone al Ente Rector la adecuaci6n de la legislaci6n vigente en materia de Segllridady Defensa Civil ala Ley del Sistema Nacional de la Gesti6n del Riesgo Desastres

En el proceso tiene especial anfasis la Ley Marco de Licencia de Funcionamiento el Reglamento de lnspeccionesTecnlces de Seguridad en Defensa Civil) demas normas vinculadas con las Inspecciones Tacnic8S de Seguridad en Defensa Civil ~~~

Quinta- Vigencia de los Convenios Nacionales~~ Internacionales suscritos en el Marco del SINADECI

Los convenios de caracter nacional 0 internacional suscritos por el Instituto Nacional de Defensa Civil eAo representaci6n del SINADECI vigentes al momento de entrada en vigor de la Ley Ndeg 29664 continuaren siende conducidos y administrados por el INDECI hasta el cerre del presente ejercicio presupuestal debiendo informar al Ente Rector respecto de aquellos casos en que exceda su competencia La Presidencia del Consejo de Ministros establecera las condiciones y responsabilidades para su ratificaci6n modificaci6n 0 Iiquidaci6n segun corresponda

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ElPeruano443218 WNORMAS LEGALES Lima jUevas 26cia mayo da2011

DISPOSICIONES TRAN~ITORIAS

Prlmera- Regulacl6n del funclonamlento del ConseJo Naclonal de Gestl6n del Rlesgo de Desastres

EI Consejo Naclonal de Gesti6n del Riesgo de Desastres regula su funcionamieno a traves de un Reglamento Intemo aprobado por sus miembros en un plazo maximo de treinta (30) dias calendario contados desde la fecha de su instalaci6n

Segunda- Transltorledad de competenclas sobre Inspecclones T6cnlcas de Segurldad en Deensa Civil

Transitoriamente el INDECI rnantiene las competenclas referidas a las Inspecciones Tecnicas de Seguridad en Defensa Civil reguladas en el Reglamento de Inspecciones Tecnicas de Seguridad en Defensa Civil en los casos en que aun no se hayan transferido a los Gobiernos Regionales

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Autorizan viaje del Ministro de Relaeiones Exteiiores a Japon y EEUU yencargan su DespaCho ala Presidenta d~1 Consejo de Ministros y Ministra de Justieia

RESOLUCI6N SUPREMA Ndeg 133-2011-PCM

lima 25 de mayo de 2011

CONSIDERANDO

Que es objetivo de la PollticaExterior del Peru promover los intereses del pals tanto a nivel bilateral como multilateral conmiras a consolidar su presencia regional e internacional fortaleciendo su procesode inserci6n a nivel qlobal

Que el Mimstro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores Jose Antonio Garcia Belaunde efectuara una visita de trabajo al Jap6n del 29 al 31 de tnayo a fin de sostener un encuentro con su hom610go elCanciller Takeaki Matsumoto y suscribir el Acuerdo de Asociaci6n Econ6mica con ese pais Adicionalmente se ha previsto su participaci6n en distintas actividades con otras autoridades del gobierno de ese pals asl comomiddot una reuni6n con representantes del Consejo Empresarial Peruano Japones

Que asirnismo se ha previsto la participaci6n del Canciller en la Asamblea General Extraordinaria de la Organizaci61) de los Estados Americanos convocada para elide junio de 2011 con el prop6sito de tratar el asunto de la reincorporaci6n de Honduras a la citada organizaci6n

Que por representar actividades de la mayor importancia para la politica exterior del Peru es necesario autorizar el viaje del Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores Jose Antonio Garcia Belaunde a la ciudad de Tokio Jap6n y a la cludad de Washington DCEstad9sUnidos de America a fin de participar en las reuniones precltadas considerando que por razones de itinerario estara ausente del pals desde el 28 de mayo y hasta elide junio inclusive

De conformidad con el articulo 127deg de la Constituci6n Politica del Peru la Ley Ndeg 29158 Ley Organica del Poder Ejecutivo Ley Ndeg 29357 Ley de Organizaci6ny Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores en concordancia con el articulo 83deg del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa aprobado mediante el Decreto Supremo Ndeg 005-90-PCM la Ley Ndeg 27619 modificada por la Ley Ndeg 28807 Y su reglamento aprobado por el Decreto Supremo Ndeg 047-2002-PCM su modificatoria el Decreto Supremo Ndeg 005-2006-PCM el numeral 101 del artIculo 10deg de la Ley Ndeg 29626 Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Allo Fiscal 2011

SE RESUELVE

Articulo 1deg_Autorizarel viaje del Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores Jose Antonio

Garcia Belaunde a la ciudad de TokioJap6n y a la ciudad de Washington DC Estados Unidos de America entre los dias 28 de mayo y 1 de junio de 2011 de acuerdo a 10 expuesto en la parte considerativa

Articulo 2deg_ Los gastos que irrogue la participaci6n del Ministro de Estado en e) Despacho de Relaciones por concepto de pasajes USD$ 445000 Y viaticos USD$ 152000 seran cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores deblendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) dias calendario al termino de la referida comisi6n

Articulo 3deg_ Encargar el Despacho de Relaciones Exteriores a la Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Estado en el Despacho de Justicia sellora Rosario Fernandez Figueroa en tanto dure la ausencia del titular

Articulo 4deg_La presente Resoluci6n sera refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y el Ministrode Relaciones Exteriores

Registrese comunlquese y publlquese

ALAN GARCiA PJREZ Presidente Constitucional de la Republica

ROSARIO DEL PILAR FERNANDEZ FIGUEROA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia

JOSJANTONIO GARCiA BELAONDE Ministro de Relaciones Exteriores

645127-10

Crean Cowsion Multiseetorial de Naturaleza Temporal encargada de analizar las opciones y a1temativas teenicas para la formulaeion del estudio de factibilidad para la ejecueion de Ia Tereera Etapa del Proyecto Especial Chavimoehie del Gobiemo Regional de LaLibertad

RESOLUCI6N SUPREMA Ndeg 134middot2011-PCNi

lima 25 de mayo de 2011

CONSIDERANDO

Que la ejecuci6n de la Tercera Etapa del Proyecto Especial Chavimochic es de gran lnteres para el Gobierno Nacional y para el Gobierno Regional de La Libertad en la medida que permitira brindar seguridad en el suministro de agua de riego a los actuales usuarios de I~ Primera y Segunda Etapa del indicado Proyecto posibilitandose la incorporaci6n de hasta treinta mil hectareas ubicadas dentro del ambito de las referidas etapas que han sido transferidas al sector privado

Que en ese sentido resulta necesario evaluar la ejecuci6n de la Tercera Etapa del Proyecto Especial Chavimochicmediante promoci6n de la inversi6n privada a efectos de contribuir con la consolidaci6n del desarrollo agroexportador del norte del pais

Que de acuerdo a 10 dispuesto por la Ley Ndeg 29158 Ley Organica del Poder Ejecutivo las Comisiones Multisectoriales decaracter temporal son creadas con fines especificos para cumplir fundones de fiscalizaci6n propuesta 0 emisi6nde informes tecnicos las que se crean formalmente mediante resolucion suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y los Titulares de los sectores involucrados

Que a fin de analizar las opciones y alternativas tecnicas para la formulaci6n del estudiode factibilidad para la ejecuci6n de la Tercera Etapa del Proyecto Especial Chavimochic del Gobierno Regional La Libertad se ha visto por conveniente crear una Comisi6n Multisectorial encargada de proponer las recomendaciones tecnicas para la viabilidad del mencionado proyecto

De conformidad con 10 establecido en el numeral 8) del articulo 118deg de la Constituci6n Polltica del Peru y 10

Page 12: Reglamento Ley 29664 SINAGERD

EJ Peruano Lima juevea 26dB mayo de2011 WNORMAS LEGALES 443217

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642 EI Sistema Nacional de Informaci6n para la Gesti6n del Riesgo de Desastres tiene dos componentes Ia informaci6n para la gesti6n prospectiva y correctiva e informaci6n la para la gesti6n reactiva

ArtIculo 65deg_Rectorfa y coordlnacl6n

651 Con el objeto de organizar administrar y mantener actualizado el Sistema Nacional de Informaci6n de Gesti6n del Riesgo de Desastres la Presidencia del Consejo de Ministros establece las directivas y Iineamientos de aplicaci6n nacional sobre estandares para el usc intercambio y acceso a la informaci6n requerida para la Gesti6n del RiesQo de Desastres asl como en los mecanlsrnos para la Integraci6h de dicha informacion requiriendo la opini6n previa del CENEPRED en 10 referente a la informaci6n para la gesti6n prospectiva y correctiva y dellNDECI en 10 referente a la informaci6n para la gesti6n reactiva

652 La Presidencia del Consejo de Ministros supervisa que la informaci6n para la Gesti6n del Riesgo de Desastres generada bajo los estandares establecidos por CENEPRED e INDECI respectlvarnente este dlsponible para todas las entidades pUblicas y la sociedad civil

CAPiTULO XII

RADIO NACIONAL DE DEFENSA CIVIL Y DEL MEDIO AMBIENTE

Articulo 66deg_ Radio Naclonal de Defensa Civil y Medio Amblente

EI INDECI es responsable de desarroilar coordinar y asesorar los contenidos a difundirse en Radio Nacional de Defensa Civil y del Medio Ambiente en 10 referido a la Preparaci6n Respuesta y Rehabilitaci6n

TITULO VI

DECLARATORIA DE ESTADO DE EMERGENCIA

Articulo 67deg-Declaratoria de Estado de Emergencla por Desastre

671 EI Presidente de la Republica con acuerdo del Consejo de Ministros puede decretar por un plazo de sesenta (60) dlas calendario en todo el territorio de la Republica 0 en parte de ai el Estado de Emergencia por desasfre dando cuenta al Congreso de la Republica 0 a la Comisi6n Permanente

672 La Declaratoria del Estado de Emergencia tiene por finalidad la ejecuci6n de medidas de excepci6n inmediatas y necesarias frente a un peligro inminente o a la ocurrencia de un desastre de gran magnitud o cuando sobrepasa la capacidad de respuesta del Gobierno Regional protegiendo la vida e integridad de las personas el patrimonio publico y privado y restableciendo los servicios basicoa indispensables

Articulo 68deg- Procedimiento

681 La solicitud de Declaratoria de Estado de Emergencia por peligro inmlnente opor la ocurrencia de un desastre es presentada por el Gobiemo Regional al INDECI con la debida sustentaci6n adjuntando el informe de estimaci6n del riesgo 061 informe EDAN asi como la opini6n tecnlca de los Sectores involucrados en los casos que corresponda

682 EIINDECI emite opini6n sobre la procedencia de la solicitud a cuyo fin emite el informe tecnico respectivo

683 EI expediente de la solicitud de Declaratoria de Estado de Emergencia se presenta a la Presidencia del Consejo de Ministros con la recomendaci6n correspondiente

684La declaratoria del Estado de Emergencia podra ser requeridacon la debida sustentaci6n por los titulares de los Ministerios y Organismos Publicos Descentrelizados comprometidos por la emergencia los que canalizaran su solicitud a traves dellNDECI

685 Excepcionalmente la Presidencia del Consejo de Ministros puede presentar de oficio al donsejo de Ministros la declaratoria de Estado de Emergencia de la zona afectada por un peligro inminente 0 la ocurrencia de un desastre previa comunicaci6n de la situaci6n

y propuesta de medidas yo acciones inmediatas que correspondan efectuado por ellNDECI

686 EI Ente Rector a propuesta deIINDECI apruebashymediante Decreto Supremo las normas complementarias respecto de la declaratoria de Estado de Emergencia

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Articulo 69deg_PI6rroga del Estado de Emergencli~ EI Gobierno Regional presenta al INDECI ja

solicitud de pr6rroga del Estado deEmergencia la que no debera exceder de sesenta (60) dlas calendario adjuntando los informes tecnicos que fundanienten dicha solicitud asl como las medidas de caracter presupuestal necesarias

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES

Primera- Sobre el Sistema Naclonal de Defensa Civil

Las responsabilidades que hayan side asignadas en otras normas al Sistema Nacional de Defensa Civil relacionadas con aspectos de preparaci6nrespuesta y rehabilitaci6n seguiran siendo ejercidas por el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) siempre que no Ife opongan a 10 dispueetc por la Ley Ndeg 29664 Yel presenta Reglamento

Segunda- Infracciones y sanciones ~ Losaspectosrelacionadoscon infraccionesy sanciones

Iigados a responsabilidades administrativas yfuncionales se rigen de acuerdo a 10 establecido en la Ley Ndeg 29622 Ley que modifica la Ley Num 27785 Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contralorla General de la Republica y amplia las facultades en el proceso para sancionar en materia de responsabilidad administrativa funcional y el Reglamento de infracciones y sanciones para la responsabilidad administrativa funcional derivaqB de los informes emitidos por los 6rganos del Sistema Nacionalde Controlaprobadomediante DecretoSupremq Ndeg 023-2011-PCM ~_

Las sanciones relacionadas con aspectos ete lncumphrnlento de la regulaci6n sobre Licencias ltJe Funcionamiento construcci6n y habilitaci6n se apli~n conforme a la normativa correspondiente ~

Tercera- EJecuci6nde las Inspecclones Tecnic~ de Seguridad en Defensa Civil - ITSDC -

1 EI Ente Rector aprueba las reformas en materia de Seguridad en Defensa Civil referidas a las Inspecciones Tecnicas de Seguridad en Defensa Civil asl comoen la acreditaci6n y administraci6n del Registro de los Inspectores incluida su actualizaci6n y capacitaci6n

2 Las InspeccionesTecnicas de Seguridaden Defensa Civil son ejecutadas por los Gobiernos Regionales~ Locales en sus ambitos deiurisdicci6n respectivos

Cuarta- Proceso de Adecuaci6n de las Nonnas de Seguridad en Defensa Civil

EI INDECI en un plazo maximo de sesenta (60) dlas habiles de publicado el presente Reglamento propone al Ente Rector la adecuaci6n de la legislaci6n vigente en materia de Segllridady Defensa Civil ala Ley del Sistema Nacional de la Gesti6n del Riesgo Desastres

En el proceso tiene especial anfasis la Ley Marco de Licencia de Funcionamiento el Reglamento de lnspeccionesTecnlces de Seguridad en Defensa Civil) demas normas vinculadas con las Inspecciones Tacnic8S de Seguridad en Defensa Civil ~~~

Quinta- Vigencia de los Convenios Nacionales~~ Internacionales suscritos en el Marco del SINADECI

Los convenios de caracter nacional 0 internacional suscritos por el Instituto Nacional de Defensa Civil eAo representaci6n del SINADECI vigentes al momento de entrada en vigor de la Ley Ndeg 29664 continuaren siende conducidos y administrados por el INDECI hasta el cerre del presente ejercicio presupuestal debiendo informar al Ente Rector respecto de aquellos casos en que exceda su competencia La Presidencia del Consejo de Ministros establecera las condiciones y responsabilidades para su ratificaci6n modificaci6n 0 Iiquidaci6n segun corresponda

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ElPeruano443218 WNORMAS LEGALES Lima jUevas 26cia mayo da2011

DISPOSICIONES TRAN~ITORIAS

Prlmera- Regulacl6n del funclonamlento del ConseJo Naclonal de Gestl6n del Rlesgo de Desastres

EI Consejo Naclonal de Gesti6n del Riesgo de Desastres regula su funcionamieno a traves de un Reglamento Intemo aprobado por sus miembros en un plazo maximo de treinta (30) dias calendario contados desde la fecha de su instalaci6n

Segunda- Transltorledad de competenclas sobre Inspecclones T6cnlcas de Segurldad en Deensa Civil

Transitoriamente el INDECI rnantiene las competenclas referidas a las Inspecciones Tecnicas de Seguridad en Defensa Civil reguladas en el Reglamento de Inspecciones Tecnicas de Seguridad en Defensa Civil en los casos en que aun no se hayan transferido a los Gobiernos Regionales

645127-3

Autorizan viaje del Ministro de Relaeiones Exteiiores a Japon y EEUU yencargan su DespaCho ala Presidenta d~1 Consejo de Ministros y Ministra de Justieia

RESOLUCI6N SUPREMA Ndeg 133-2011-PCM

lima 25 de mayo de 2011

CONSIDERANDO

Que es objetivo de la PollticaExterior del Peru promover los intereses del pals tanto a nivel bilateral como multilateral conmiras a consolidar su presencia regional e internacional fortaleciendo su procesode inserci6n a nivel qlobal

Que el Mimstro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores Jose Antonio Garcia Belaunde efectuara una visita de trabajo al Jap6n del 29 al 31 de tnayo a fin de sostener un encuentro con su hom610go elCanciller Takeaki Matsumoto y suscribir el Acuerdo de Asociaci6n Econ6mica con ese pais Adicionalmente se ha previsto su participaci6n en distintas actividades con otras autoridades del gobierno de ese pals asl comomiddot una reuni6n con representantes del Consejo Empresarial Peruano Japones

Que asirnismo se ha previsto la participaci6n del Canciller en la Asamblea General Extraordinaria de la Organizaci61) de los Estados Americanos convocada para elide junio de 2011 con el prop6sito de tratar el asunto de la reincorporaci6n de Honduras a la citada organizaci6n

Que por representar actividades de la mayor importancia para la politica exterior del Peru es necesario autorizar el viaje del Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores Jose Antonio Garcia Belaunde a la ciudad de Tokio Jap6n y a la cludad de Washington DCEstad9sUnidos de America a fin de participar en las reuniones precltadas considerando que por razones de itinerario estara ausente del pals desde el 28 de mayo y hasta elide junio inclusive

De conformidad con el articulo 127deg de la Constituci6n Politica del Peru la Ley Ndeg 29158 Ley Organica del Poder Ejecutivo Ley Ndeg 29357 Ley de Organizaci6ny Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores en concordancia con el articulo 83deg del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa aprobado mediante el Decreto Supremo Ndeg 005-90-PCM la Ley Ndeg 27619 modificada por la Ley Ndeg 28807 Y su reglamento aprobado por el Decreto Supremo Ndeg 047-2002-PCM su modificatoria el Decreto Supremo Ndeg 005-2006-PCM el numeral 101 del artIculo 10deg de la Ley Ndeg 29626 Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Allo Fiscal 2011

SE RESUELVE

Articulo 1deg_Autorizarel viaje del Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores Jose Antonio

Garcia Belaunde a la ciudad de TokioJap6n y a la ciudad de Washington DC Estados Unidos de America entre los dias 28 de mayo y 1 de junio de 2011 de acuerdo a 10 expuesto en la parte considerativa

Articulo 2deg_ Los gastos que irrogue la participaci6n del Ministro de Estado en e) Despacho de Relaciones por concepto de pasajes USD$ 445000 Y viaticos USD$ 152000 seran cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores deblendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) dias calendario al termino de la referida comisi6n

Articulo 3deg_ Encargar el Despacho de Relaciones Exteriores a la Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Estado en el Despacho de Justicia sellora Rosario Fernandez Figueroa en tanto dure la ausencia del titular

Articulo 4deg_La presente Resoluci6n sera refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y el Ministrode Relaciones Exteriores

Registrese comunlquese y publlquese

ALAN GARCiA PJREZ Presidente Constitucional de la Republica

ROSARIO DEL PILAR FERNANDEZ FIGUEROA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia

JOSJANTONIO GARCiA BELAONDE Ministro de Relaciones Exteriores

645127-10

Crean Cowsion Multiseetorial de Naturaleza Temporal encargada de analizar las opciones y a1temativas teenicas para la formulaeion del estudio de factibilidad para la ejecueion de Ia Tereera Etapa del Proyecto Especial Chavimoehie del Gobiemo Regional de LaLibertad

RESOLUCI6N SUPREMA Ndeg 134middot2011-PCNi

lima 25 de mayo de 2011

CONSIDERANDO

Que la ejecuci6n de la Tercera Etapa del Proyecto Especial Chavimochic es de gran lnteres para el Gobierno Nacional y para el Gobierno Regional de La Libertad en la medida que permitira brindar seguridad en el suministro de agua de riego a los actuales usuarios de I~ Primera y Segunda Etapa del indicado Proyecto posibilitandose la incorporaci6n de hasta treinta mil hectareas ubicadas dentro del ambito de las referidas etapas que han sido transferidas al sector privado

Que en ese sentido resulta necesario evaluar la ejecuci6n de la Tercera Etapa del Proyecto Especial Chavimochicmediante promoci6n de la inversi6n privada a efectos de contribuir con la consolidaci6n del desarrollo agroexportador del norte del pais

Que de acuerdo a 10 dispuesto por la Ley Ndeg 29158 Ley Organica del Poder Ejecutivo las Comisiones Multisectoriales decaracter temporal son creadas con fines especificos para cumplir fundones de fiscalizaci6n propuesta 0 emisi6nde informes tecnicos las que se crean formalmente mediante resolucion suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y los Titulares de los sectores involucrados

Que a fin de analizar las opciones y alternativas tecnicas para la formulaci6n del estudiode factibilidad para la ejecuci6n de la Tercera Etapa del Proyecto Especial Chavimochic del Gobierno Regional La Libertad se ha visto por conveniente crear una Comisi6n Multisectorial encargada de proponer las recomendaciones tecnicas para la viabilidad del mencionado proyecto

De conformidad con 10 establecido en el numeral 8) del articulo 118deg de la Constituci6n Polltica del Peru y 10

Page 13: Reglamento Ley 29664 SINAGERD

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ElPeruano443218 WNORMAS LEGALES Lima jUevas 26cia mayo da2011

DISPOSICIONES TRAN~ITORIAS

Prlmera- Regulacl6n del funclonamlento del ConseJo Naclonal de Gestl6n del Rlesgo de Desastres

EI Consejo Naclonal de Gesti6n del Riesgo de Desastres regula su funcionamieno a traves de un Reglamento Intemo aprobado por sus miembros en un plazo maximo de treinta (30) dias calendario contados desde la fecha de su instalaci6n

Segunda- Transltorledad de competenclas sobre Inspecclones T6cnlcas de Segurldad en Deensa Civil

Transitoriamente el INDECI rnantiene las competenclas referidas a las Inspecciones Tecnicas de Seguridad en Defensa Civil reguladas en el Reglamento de Inspecciones Tecnicas de Seguridad en Defensa Civil en los casos en que aun no se hayan transferido a los Gobiernos Regionales

645127-3

Autorizan viaje del Ministro de Relaeiones Exteiiores a Japon y EEUU yencargan su DespaCho ala Presidenta d~1 Consejo de Ministros y Ministra de Justieia

RESOLUCI6N SUPREMA Ndeg 133-2011-PCM

lima 25 de mayo de 2011

CONSIDERANDO

Que es objetivo de la PollticaExterior del Peru promover los intereses del pals tanto a nivel bilateral como multilateral conmiras a consolidar su presencia regional e internacional fortaleciendo su procesode inserci6n a nivel qlobal

Que el Mimstro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores Jose Antonio Garcia Belaunde efectuara una visita de trabajo al Jap6n del 29 al 31 de tnayo a fin de sostener un encuentro con su hom610go elCanciller Takeaki Matsumoto y suscribir el Acuerdo de Asociaci6n Econ6mica con ese pais Adicionalmente se ha previsto su participaci6n en distintas actividades con otras autoridades del gobierno de ese pals asl comomiddot una reuni6n con representantes del Consejo Empresarial Peruano Japones

Que asirnismo se ha previsto la participaci6n del Canciller en la Asamblea General Extraordinaria de la Organizaci61) de los Estados Americanos convocada para elide junio de 2011 con el prop6sito de tratar el asunto de la reincorporaci6n de Honduras a la citada organizaci6n

Que por representar actividades de la mayor importancia para la politica exterior del Peru es necesario autorizar el viaje del Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores Jose Antonio Garcia Belaunde a la ciudad de Tokio Jap6n y a la cludad de Washington DCEstad9sUnidos de America a fin de participar en las reuniones precltadas considerando que por razones de itinerario estara ausente del pals desde el 28 de mayo y hasta elide junio inclusive

De conformidad con el articulo 127deg de la Constituci6n Politica del Peru la Ley Ndeg 29158 Ley Organica del Poder Ejecutivo Ley Ndeg 29357 Ley de Organizaci6ny Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores en concordancia con el articulo 83deg del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa aprobado mediante el Decreto Supremo Ndeg 005-90-PCM la Ley Ndeg 27619 modificada por la Ley Ndeg 28807 Y su reglamento aprobado por el Decreto Supremo Ndeg 047-2002-PCM su modificatoria el Decreto Supremo Ndeg 005-2006-PCM el numeral 101 del artIculo 10deg de la Ley Ndeg 29626 Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Allo Fiscal 2011

SE RESUELVE

Articulo 1deg_Autorizarel viaje del Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores Jose Antonio

Garcia Belaunde a la ciudad de TokioJap6n y a la ciudad de Washington DC Estados Unidos de America entre los dias 28 de mayo y 1 de junio de 2011 de acuerdo a 10 expuesto en la parte considerativa

Articulo 2deg_ Los gastos que irrogue la participaci6n del Ministro de Estado en e) Despacho de Relaciones por concepto de pasajes USD$ 445000 Y viaticos USD$ 152000 seran cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores deblendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) dias calendario al termino de la referida comisi6n

Articulo 3deg_ Encargar el Despacho de Relaciones Exteriores a la Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Estado en el Despacho de Justicia sellora Rosario Fernandez Figueroa en tanto dure la ausencia del titular

Articulo 4deg_La presente Resoluci6n sera refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y el Ministrode Relaciones Exteriores

Registrese comunlquese y publlquese

ALAN GARCiA PJREZ Presidente Constitucional de la Republica

ROSARIO DEL PILAR FERNANDEZ FIGUEROA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia

JOSJANTONIO GARCiA BELAONDE Ministro de Relaciones Exteriores

645127-10

Crean Cowsion Multiseetorial de Naturaleza Temporal encargada de analizar las opciones y a1temativas teenicas para la formulaeion del estudio de factibilidad para la ejecueion de Ia Tereera Etapa del Proyecto Especial Chavimoehie del Gobiemo Regional de LaLibertad

RESOLUCI6N SUPREMA Ndeg 134middot2011-PCNi

lima 25 de mayo de 2011

CONSIDERANDO

Que la ejecuci6n de la Tercera Etapa del Proyecto Especial Chavimochic es de gran lnteres para el Gobierno Nacional y para el Gobierno Regional de La Libertad en la medida que permitira brindar seguridad en el suministro de agua de riego a los actuales usuarios de I~ Primera y Segunda Etapa del indicado Proyecto posibilitandose la incorporaci6n de hasta treinta mil hectareas ubicadas dentro del ambito de las referidas etapas que han sido transferidas al sector privado

Que en ese sentido resulta necesario evaluar la ejecuci6n de la Tercera Etapa del Proyecto Especial Chavimochicmediante promoci6n de la inversi6n privada a efectos de contribuir con la consolidaci6n del desarrollo agroexportador del norte del pais

Que de acuerdo a 10 dispuesto por la Ley Ndeg 29158 Ley Organica del Poder Ejecutivo las Comisiones Multisectoriales decaracter temporal son creadas con fines especificos para cumplir fundones de fiscalizaci6n propuesta 0 emisi6nde informes tecnicos las que se crean formalmente mediante resolucion suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y los Titulares de los sectores involucrados

Que a fin de analizar las opciones y alternativas tecnicas para la formulaci6n del estudiode factibilidad para la ejecuci6n de la Tercera Etapa del Proyecto Especial Chavimochic del Gobierno Regional La Libertad se ha visto por conveniente crear una Comisi6n Multisectorial encargada de proponer las recomendaciones tecnicas para la viabilidad del mencionado proyecto

De conformidad con 10 establecido en el numeral 8) del articulo 118deg de la Constituci6n Polltica del Peru y 10