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  • 8/17/2019 Ratio Legis Del D.leg. 1194 e Implementación de Los Tribunales de Flagrancia en El Perú - Bonifacio Meneses

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    RATIO LEGIS DEL D. Leg. 1194

    IMPLEMENTACION DE LOS TRIBUNALES

    DE FLAGRANCIA

    http://www.google.com.pe/url?sa=i&source=images&cd=&cad=rja&docid=NwX003Llv9cP5M&tbnid=cx_eHR97eO3LlM:&ved=0CAgQjRwwAA&url=http://historico.pj.gob.pe/cortesuprema/cepj/museo_pj/WEB-LA%20JOYA%20DE%20LA%20JUSTICIA/CAPIT%20IV.htm&ei=-QtbUqzZPI_S9AT644F4&psig=AFQjCNEdtCfiCICU7ZCySxmiqd7Tojxj_A&ust=1381784954045452

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    ExpositorBONIFACIO MENESES GONZALES

    Juez Superior

    Catedratico de la Academia de la Magistraturay la Escuela de Post grado de la Universidad de San Martín de Porres

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    EFICIENTISMO

     JUDICIAL

    GARANTISMO

    PENAL

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    SUPUESTOS MATERIALES

    Según el artículo 259º del CPP2004, se configura la flagrancia cuando:

    • El agente es descubierto en la realización del hecho punible.

    • El agente acaba de cometer el hecho punible y es descubierto.

    • El agente ha huido y ha sido identificado durante oinmediatamente después de la perpetración del hecho punible,sea por el agraviado o por otra persona que haya presenciado elhecho, o por medio audiovisual, dispositivos o equipos con cuyatecnología se haya registrado su imagen, y es encontrado dentrode las veinticuatro (24) horas de producido el hecho punible.

    • El agente es encontrado dentro de las veinticuatro (24) horasdespués de la perpetración del delito con efectos o instrumentosprocedentes de aquel o que hubieren sido empleados paracometerlo o con señales en sí mismo o en su vestido que indiquensu probable autoría o participación en el hecho delictuoso.

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    • Exp. 9724-2005-PHC/TC, señalan que para

    configurar la flagrancia, se requiere:

    • Inmediatez temporal  , que implica que el delitose esté cometiendo o que se haya cometido

    instantes antes; y

    • Inmediatez personal  , que importa que elpresunto delincuente se encuentre en dicho

    momento en el lugar de los hechos y con los

    instrumentos del delito, y que ello suponga unaprueba evidente de su participación en el hecho

    delictivo;

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    •   SITUACION DE LOS

    PROCESOS PENALESEN LA ACTUALIDAD

    CON EL C.P.P.

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    0  5   10  15   20  25   30 

    Proceso Ordinario 

    Proceso Sumario 

    28 

    23 

    Meses 

    TIEMPO DE DURACIÓN PROMEDIO DE LOS PROCESOSCON EL CODIGO DE PROCEDIMIENTOS PENALES 1940 

    Línea de Base de Tiempos en el Distrito Judicial de Huaura  

    Elaboración: Secretaría Técnica del Equipo Técnico Institutional de Implementación del Código Procesal Penal

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    0.0 2.0 4.0 6.0 8.0 10.0 12.0

    Ica

    Cajamarca

    AmazonasSan Martín

    La Libertad

    Lambayeque

    Moquegua

    HuauraCusco

    Cañete

    Puno

    Tumbes

    Arequipa

    Piura

    Tacna

    Madre de Dios

    6.9

    7.27.3

    7.7

    8.08.2

    8.8

    8.99.1

    9.2

    9.3

    9.59.7

    10.3

    10.9

    10.9

    Meses

    TIEMPO DE DURACIÓN PROMEDIO DE LOS PROCESOS CON EL CODIGOPROCESAL PENAL

    Fuente: 16 Cortes Superiores de JusticiaElaboración: Secretaría Técnica del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal

    REGISTRO DE INGRESO DE PROCESOS PENALES CON ACUSACIÓN DIRECTA Y PROCESO INMEDIATO

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    REGISTRO DE INGRESO DE PROCESOS PENALES CON ACUSACIÓN DIRECTA Y PROCESO INMEDIATO Periodo Enero - Diciembre 2014 Muestra  26 Distritos Judiciales 

    Fecha  Abril -- 2014 Nro.  Sede  Acusación Directa Proceso Inmediato

    1  Lambayeque 2059  34 

    2   Arequipa  933  4 

    3  Tumbes  364  0 4   Amazonas 15  0 

    5   Ancash 13  0 

    6  Cajamarca 381  33 

    7  Cañete 406  3 

    8  Cuzco  326  12 

    9  Huancavelica  6  0 

    10  Huanuco 28  0 

    11  Huaura  674  0 12  Ica 873  128 

    13  La Libertad  1694  0 

    14  Loreto  1  0 

    15  Piura  1218  109 

    16  Puno  140  15 

    17  San Martin 150  1 

    18  Tacna 406  61 

    19  Ucayali  4  0 20  El Santa  101  4 

    21  Lima 5  0 

    22  Madre de Dios  138  0 

    23  Moquegua  98  0 

    24  Cerro de Pasco  8  0 

    25  Lima Sur   1  0 

    26  Sullana  549  64 

    TOTAL 10621  468 

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    RESUMEN DE PROCESOS CON ACUSACION DIRECTA Y PROCESO INMEDIATO,

    POR DELITO 

    (Ingresados durante el año judicial 2014, por delitos) 

    Nro  Delitos  Procesosinmediatos  Acusacióndirecta 

    1  Contra el Patrimonio  22  380 

    2  Conducción de vehículo en estado de ebriedad y otro 125  2545 

    3  Omisión de Asistencia Familiar 282  6910 

    Lesiones, Lesiones graves, Lesiones culposas 

    28 

    509 

    5  Contra la fe pública  1  140 

    6  Contra la salud pública 0  9 

    7  Contra la libertad sexual  0  22 

    8  Contra el Orden Financiero 3  12 

    9  Libramiento indebido 1  27 

    10  Contra la libertad personal 0  25 

    11  Contra la Administración de Justicia 1  1 

    12  Contra la Administración Pública 1  193 

    13  Contra la libertad de trabajo  1  40 

    14  otros 3  108 

    TOTAL 468  10921 

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    3.5%4.4%

    5.2%

    6.6%8.2%8.4%

    11.6%

    12.5%12.6%

    14.3%19.1%19.3%

    25.1% 29.3%

    31.8%34.7%

    0.0% 5.0% 10.0% 15.0% 20.0% 25.0% 30.0% 35.0%

    San MartínLambayeque

    CajamarcaHuaura

    TumbesCañete

    PunoIcaLa Libertad

    Madre de DiosCuscoTacna

    MoqueguaPiura

    AmazonasArequipa

    APLICACIÓN DE LA TERMINACIÓN ANTICIPADA

     

    Fuente: 16 Cortes Superiores de Justicia

    Elaboración: Secretaría Técnica del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal

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    •VI PLENO JURISDICCIONAL DE LAS SALAS PENALES PERMANENTE YTRANSITORIAS- ACUERDO PLENARIO N ° 6-2010/CJ-116

    El pleno tomó como referencia diversos aspectos de la acusación directa y el procesoinmediato, efectuando un análisis de los alcances y diferencias de ambasinstituciones según lo regulado por el Nuevo Código Procesal Penal – NCPP.

     ACUSACION DIRECTA

    •La acusación directa forma parte del proceso común, esun mecanismo de aceleración del proceso que se encuentraregulado por el artículo 336°  , 4 NCPP.

    •Faculta al fiscal a formular acusación si concluída lasdiligencias preliminares o recibido el informe policialconsidera que los elementos obtenidos establecen la

     suficiente realidad del delito y la intervención delimputado.

    •La acusación directa faculta al Ministerio Público acusardirectamente, siempre que estén presente los

     presupuestos de punibilidad y persiguibilidad y los supuestos contemplados en el art. 336°  , 4 NCPP.

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    Procesos

    Inmediatos en la

    Legislación

     

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    PROCEDIMIENTOS ANALOGOS

    • Alemania, la Ordenanza Procesal Penal regula

    un "procedimiento por orden penal" para

    faltas y un "procedimiento acelerado" para

    causas en las que se advierta una clarasituación probatoria y no se imponga una

    pena superior al año de prisión. El trámite

    suprime el procedimiento intermedio.

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    • En España, tras diversas experiencias fallidas, la

    ley 38/2002 incorpora la "sentencia de

    conformidad"  

    similar a nuestroprocedimiento abreviado, con la particularidad

    de que la dicta el mismo juez de instrucción   y

    el "procedimiento para el enjuiciamiento rápido

    e inmediato de determinados delitos", de

    aplicación a hechos castigados con pena de

    prisión no superior a cinco años, que debían

    además ser delitos flagrantes, o estar incluidosen una lista cerrada o cuya instrucción sea

    presumiblemente sencilla.

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    • En Francia, se contempla un "procedimiento

    simplificado" para determinados delitos,

    condicionado a que de la investigación policial

    surjan con claridad los hechos y la informaciónnecesaria para la individualización de la pena.

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    • En Italia, el Código prevé un

    "procedimiento por decreto".

    En Portugal se establece un"proceso sumarísimo" para

    delitos sancionados con pena de

    prisión no superior a tres años.

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    • En los países del common law  se distingue

    entre summary offenses, indictable offences o

     felonies e hybrid o dual procedure offences.

    Las primeras son delitos leves y puedenenjuiciarse sin necesidad de indictment  una

    acusación preparada por el fiscal y que se ha

    sometido a un grand jury , el cual la haconsiderado suficiente para que el proceso

    continúe.

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    • En Estados Unidos de Norteamérica, las

    normas federales de procedimiento penal

    incluyen un "procedimiento por delitos menos

    graves y leves".

    E C dá l C i i l C d f C dá bié

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    • En Canadá, el Criminal Code of Canadá también

    diferencia las ofensas en tres categorías  se considera

    que, siendo obvio que los delitos no tienen todos la

    misma gravedad, la ley debe reconocer esacircunstancia, cada una objeto de un proceso ante

    distintos tribunales: Summary Conviction Court  (para

    todas las summary convictions offenses, que prevén

    una pena máxima de seis meses de prisión o una multa

    de 2000 dólares), Court of Criminal Jurisdiction (para

    algunas ofensas del Código y otras bajo elección) y la

    Superior Court  of Criminal Jurisdiction (para todas lasindictable offences), en el que debe haber un

     preliminary inquiry  y un juicio por jurado.

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    • Chile incorporó un "procedimiento simplificado"

    para faltas y delitos en los que el Ministerio

    Público requiera una pena privativa de la libertaden su grado mínimo. También creó un

    "procedimiento monitorio" aplicable a las faltas y

    un procedimiento para faltas o delitos flagrantes,

    en los cuales el fiscal pone al imputado a

    disposición del juez de garantía para que, en la

    audiencia de control, se le comunique de la

    detención del requerimiento.

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    • En Uruguay, el Código establece un

    "procedimiento extraordinario" para los casos

    en que, concluida la etapa preliminar, se

    entendiera que la actividad probatoria quedócompleta.

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    • En Costa Rica ha sido aplicado e

    institucionalizado el TRIBUNAL DE

    FLAGRANCIAS, con resultados del 99% de

    efectividad, aunado con el desarrollo delproyecto “cero papel” y digitalización de los

    procesos, procede en todos y para todos los

    delitos.

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    • En México, el Código Federal de

    Procedimientos Penales y el Código del

    Distrito Federal prevén dicha vía para delitos

    cuya pena no exceda de dos años de prisión ydonde exista flagrancia o confesión, y en los

    casos en que las partes acuerden que no

    tienen más pruebas por ofrecer salvo lasconducentes a la individualización de la pena.

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    • En Brasil, la "Ley de los Juizados Cíveis y

    Criminales" establece un procedimiento para

    los delitos de menor potencial ofensivo

      aquellos cuya pena máxima no exceda dos

    años (conforme a la ley 11.313 de 2006)

    • En Ecuador ha revolucionado el sistema

    procesal debidamente aceptado por lapoblación y es en la actualidad el sistema que

    cuenta con mayor credibilidad.

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    En El Salvador, conforme al nuevo Código Procesal Penal

    salvadoreño, los hechos punibles se dividen en: delitos yfaltas; y el conocimiento de las faltas es competenciaexclusiva de los jueces de paz.La ley define flagrancias al decir: “es cuando el autor delhecho punible es sorprendido en el momento de

    intentarlo o cometerlo, o inmediatamente después dehaberlo consumado o dentro de las veinticuatro horassiguientes al hecho, o cuando sea sorprendido conobjetos o elementos con los cuales se ha cometido el

    delito o sean producto del mismo o cuando se le persigapor las autoridades o particulares”.

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    RATIO LEGIS DEL D.Leg. N° 1194

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    DIAGRAMA DE FLUJO DE LA UNIDAD DE FLAGRANCIA –  DL 1194 

    CIUDADANIA  POLICIA NACIONAL  FUNCIÓN JURISDICCIONAL 

    FISCALIA  DEFENSORIA PUBLICA 

    INICIO 

    POLICÍA DETIENE ALSOSPECHOSO EN DELITO

    FLAGRANTE

    SOSPECHOSO ES ENTREGADO ALMINISTERIO PÚBLICO POR LA POLICIA

    NACIONAL(Max : 24 horas) 

    ¿SE TRATADE DELITO

    FLAGRANTE ?  

    SI  

    NO 

    FIN  

    DEFENSOR JURIDICO ASISTE JUDICALMENTE AL

    PROCESADO DESDE EL

    PRIMER MOMENTO

    SOLICITA INCOACIÒN DE

    PROCESO INMEDIATO

    (De ser el caso presentaRequerimiento

    de MedidaCoercitiva)

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    RECHAZA ELPROCESO

    INMEDIATO?  

    SI  

     AUDIENCIA UNICA DE INCOACIÓN DEPROCESO INMEDIATO EN CASO DE

    FLAGRANCIA DELICTIVA(Max : 48 horas) 

    CUMPLIMIENTO DEGARANTIAS DEL

    PROCESO

    SI  

    SOLICITA INCOACIÒNDE PROCESO INMEDIATO

    (De ser el caso presenta

    Requerimientode MedidaCoercitiva)

    DEFENSOR JURIDICO ASISTE JUDICALMENTE

     AL PROCESADO DESDEEL PRIMER MOMENTO

    ¿SE TRATADE DELITO

    FLAGRANTE 

    ?  

    FIN  

    NO 

    NO 

    ¿ACUERDOREPARATORIO?¿PRINCIPIO DE

    OPORTUNIDAD?¿TERMINACIÒN ANTICIPADA??  

    DISPOSICIÒN QUECORRESPONDA O

    FORMALIZACIÒN IP

    SI  

    NO 

  • 8/17/2019 Ratio Legis Del D.leg. 1194 e Implementación de Los Tribunales de Flagrancia en El Perú - Bonifacio Meneses

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     JUZGADO DE INVESTIGACIÓN

    PREPARATORIA (Auto deEnjuiciamiento) ENVIA A JUZGADO COMPETENTE

    UNIPERSONAL /COLEGIADO

    (Citación a Juicio)

    MINISTERIO PUBLICOFORMULA ACUSACIÒN

    Máx. 24 horas NO 

    Recibido el requerimiento,

    en el día 

    Máx.. 72 horas desde larecepción 

     AUDIENCIA UNICA DE JUICIO INMEDIATO

    FIN  

  • 8/17/2019 Ratio Legis Del D.leg. 1194 e Implementación de Los Tribunales de Flagrancia en El Perú - Bonifacio Meneses

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    Previo a ello el 1 de agosto se

    constituye el juzgado de flagrancia

    de Tumbes

    Ó

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    CREACIÓN DE LA UNIDAD DE FLAGRANCIA ENTUMBES

    • Se espera en promedio 25 casos por

    flagrancia delictiva.

    • La PNP Tumbes detuvo 23 personas en 14

    hechos delictivos de flagrancia.

    •  Ministerio Publico solo ha formalizado ante el

    Poder Judicial 5 casos, los 9 casos restantes

    han sido puesto en libertad por la autoridad

    fiscal.

  • 8/17/2019 Ratio Legis Del D.leg. 1194 e Implementación de Los Tribunales de Flagrancia en El Perú - Bonifacio Meneses

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    00.5

    11.5

    22.5

    33.5

    44.55

    5

    4

    3

    1

    3 3

    2

    1 1

    N° PERSONAS DETENIDAS POR DELITOS DE FLAGRANCIADISTRITO JUDICIAL DE TUMBES

    Agosto 2015

    PJ5

    35%

    LIBERTADMEDIANTE

     ACTA FISCAL9

    65%

    FLAGRANCIA DELICTIVAAgosto 2015

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    BENEFICIOS DE LA UNIDAD DE FLAGRANCIA DELICTIVA

    La creación de las unidades de flagrancia delictiva en la CSJ deTumbes fue bien recibida por la población

    Se obtuvo sentencias de forma inmediata.

    El índice de criminalidad se ha reducido.

    Permite que el sentenciado sea insertado en un programa deresocialización.

    Oportuna intervención del estado.

    PROBLEMÁTICA EN EL FUNCIONAMIENTO DE LA UNIDAD DEFLAGRANCIA DELICTIVA

    Necesidad de un mayor numero de Fiscales.

    La PNP no cuenta con un laboratorio criminalística implementado

    Falta de capacitación interinstitucional.

    Demora en la obtención de los resultados de las pericias.

    Falta de personal especializado

    ACCIONES DEL PODER JUDICIAL PARA IMPLEMENTAR

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    ACCIONES DEL PODER JUDICIAL PARA IMPLEMENTAREL DECRETO LEGISLATIVO 1194

    • Dimensionamiento para determinar el numero de juzgadosque atenderán los requerimientos de proceso inmediato encaso de flagrancia.

    • Designación formal del coordinador de agendamiento deaudiencias del Poder Judicial

    • Implementación del sistema interoperable de agendamientode audiencias.

    • Creación del observatorio de proceso inmediato y flagranciadelictiva.

    • Elaboración de los protocolos interinstitucionales paraproceso inmediato.

    • Desarrollo de actividades de capacitación en la aplicacióndel D.L. 1194.

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    ACCIONES CONJUNTAS PARA REDUCIR EL INDICE DE

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    ACCIONES CONJUNTAS PARA REDUCIR EL INDICE DECRIMINALIDAD Y OPTIMIZAR LA IMPLEMENTACION DEL

    D.L. 1194.

    Designación formal del coordinador de agendamiento deaudiencias del Poder Judicial, Ministerio Publico, DefensoríaPublica, PNP.

    Promover que todas las instituciones vinculadas a laadministración de justicia en relación a los casos de flagrancia

    estén concentradas en una sola instalación. Uso de las tecnologías de la información para la coordinación.

    La atención de los casos de flagrancia debe ser atendido porórganos especializados, del PJ, MP, PNP y Defensoría Publica.

     Es necesario requerir al MEF mayor disposición presupuestalpara el fortalecimiento de la implementación del NCPP y del D.Leg. 1194.

    Protocolo de actuación inter institucional Nuevo MOF para OOJJ de Flagrancia Nuevo MAPROS para OO de Flagrancia

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