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PRONTUARIO MANUAL
DE L A S
ATRIBUCIONES MILITARES í
D E L A
M¡LICIA NACIONAL LOCAL,
ÍOR E l CORONEL •
Don Miguel Tenorio • Cordero de Santoj^o, oficial de la inspección general dé infantería, secretario de la diputación permanente de la Sociedad económica de Jaén , y presidente
de la de Alcaudete , de la que es socio de méri to , & c
IN VtHITHTf LIMRTAt • • .
' UNIVERSIDAD SAN PABLO CEU «BIBLIOTECA
G I L MUNILLA
M A D R I D :
Imprenta de la MINERVA. SSTASOLA.
l 8 * I . •
I N T R O D U C C I Ó N .
tuerta un delirio exigir en los cuerpos de
la milicia nacional local aquellos conocimien
tos militares que deben tener los indivi
duos del ejército permanente, pues estos
siguen las armas como una 'pro/ejión; sin
embargo, será un error creer que estos
ciudadanos armados puedan desempeñar
su laudable objeto sin adquirir cierto gra
do de esplendor y. disciplina. Las mismas
armas usan los individuos de la milicia na
cional , que los soldados del ejército , según
el arma á que pertenezcan; necesario es*
pues , que como, ellos aprendan, á mane'
jarlas : ellos tienen por objeto la tran
quilidad de la ciudad que habitan , consef-
var la libertad política, el orden publico y
la ejecución de las leyes > luego es preciso
que se impongan en el modo de llenar este
deber, para no esponerse d que por no
saber las obligaciones en. que están consti
tuidos y ni conocer las ventajas que le resul
tan de la disciplina y obediencia á los ge -
fes, en quienes ellos mismos han depositado
su confianza, deje de sacar la patria de
ellos el fruto 'que espera; y últimamente,
aunque estos cuerpos no estén creados para
disputar inmediatamente la victoria al ene
migo estertor, no por eso sus individuos están
esentos de verse en la sagrada obligación de
defender sus ¡logares; y entonces, cuando
la patria .y el propio interés individual los
pongan- en el caso de batirse como solda
dos , es necesario que conozcan que la unión
•y disciplina es la que constituye la fuerza,
y. que sin aquellas dos cualidades no pueden
subsistir estos cuerpos con la dignidad y
utilidad publica 'que merecen, y.para que
•haré sido creados: asi que aunque en este
Prontuario manual de las atribuciones
de la milicia nacional local se describan
reglas que á primera vista parece quieren
asemejarse á las mismas que se imponen á
U tropa del ejército permanente, es necesa
rio se penetren es solo con el objeto de ha
cerles ver que cuando están de' facción y
en los actos del servicio , serán respetados,
igualmente que aquellos,y que tienen que
desempeñar iguales funciones. Yo, que,
aunque con el mayor sentimiento, no per
tenezco á la milicia nacional por las razo
nes* que espuse al publicar la Breve y me-
6 .
tódica instrucción de táctica militar,
que tuve la' satisfacción de dedicar á los
milicianos•, como ¡o hago.ahora con este cor
to trabajo, tomo el mayor interés en el es
plendor y lustre de \a milicia nacional, en
cuya roca se estrellarán cuantos intenten
ataar. las nuevas instituciones; séame pues
permitido, mis caros conciudadanos, partir
con vosotros vuestras glorias, y ofrecién
doos este pequeño trabajo, rogaros me con
téis como uno de vosotros.
M . T .
OBLIGACIONES. ?
DE LOS INDIVIDUOS
D E L A M I L I C I A N A C I O N A L L O C A L
EN LOS" ACTOS DEL SERVICIO.
C A P Í T U L O I.
Obligación del miliciano.
i L a base principal de un milician o en los actos del servicio ha de ser Ja obediencia i sus g e f e s , t y la exac t i tud en el desempeño del encargo que se le c o m e t a ; es necesario se penetre de c^ue luego que se presente para cua l quier servicio desaparece el rango o clase que le corresponde por su empleo en la soc iedad ; y que la subordinación militar bien entendida es el alma de to d o cuerpo armado'.
• 2 Sus gefes serán cualquier oficial, sargento ó cabo de la mil icia nacional loca l con quien entre de s e r v i c i ó , y
los naturales de su compañía y batallón, cuyos nombres debe .saber, y á .quienes debe estar subordinado en los actos militares.
3 A ningún miliciano se le permitirá entrar de guardia hasta que sepa. de memoria todas las obligaciones fie centinela, l levar bien su a r m a , marchar con soltura y a y r e , y hacer fuego con* prontitud y orden : teniendo presente que el va lo r , la obediencia y grande exact i tud en el servicio es el v e r dadero objeto de la profesión militar.
4 Siendo la educación la que debe distinguir á t o d o mi i ic ianp , saludará^ aunque no esté de facción, i t odo ofic i a l . , ' y a sea del ejército 6 de las m i l ic ias , quienes no "faltando á la suya • corresponderán á la señal de deferencia que le ha demostjado el miliciano; mas no por esto debe imponérseles c o m o ob l i gac ión , pues la educación será en esta parte la reguladora de sus ac ciones.
5 Ninguir i nd iv iduo manifestará tibieza- ó desagrado en el s e r v i c i o , ni se producirá en términos que resfrie el en*
tusiasmo n a c i o n a l , ni ridiculizará el servicio militar que hace.
6 C u a n d o esté sobre las armas no se separará de su fila sin licencia de l que m a n d e , guardará un profundo sil enc io , y sus acciones serán conformes á la d ign idad de un ciudadano español.
7 N o dispara su arma sin espresa o rden del gefe, á cuyas órdenes esté , á no ser en los casos que se prevendrán al centinela. 1
«. C A P I T U L O I I .
De las guardias.
. i L u e g o que los ind iv iduos de este cuerpo reciban la papeleta de aviso n o se escusarán de presentarse á hacer e l s e r v i c i o , á no tener causa muy legí t i ma , que pondrán inmediatamente en conocimiento de su sargento i ?
2 Si se creyese ag rav iado , por n o m brarle sin cor responderé , obedecerá , y luego acudirá al capitán con la queja, y si fuese desatendida acudirá progre-si vanientc á los demás gefes.
I O
3 T o d o mi l i c i ano , Juego que oiga á su gefe la v o z de á las armas, de berá acudir con pront i tud y formarse.
4 Cuando el mi l ic iano l leve algún parte por escrito ó verba l de una guard i a , marchará con su fusil bien puesto al h o m b r o , y . l legando, á la persona á quien fuere d i r ig ido se l o entregará, presentándole las armas si le corresponde , y después de recibir sus órdenes dará media vuel ta á la izquierda, £ se v o l v e r á á su puesto.
5 C u a n d o un mil ic iano mese l lam a d o para entrar de centinela seguirá con su arma bien puesta al h o m b r o , y al llegar á la inmediación de la que debe relevar presentarán ambos las ar-,mas; la saliente esplicará á la entrante, con mucha c la r idad , Jas obligaciones particulares de aquel puesto, las que observará con tanta exact i tud c o m o las generales de toda centinela.
6 E l mil ic iano estando de centinela hará respetar su persona y las ó rde nes que tenga; p rev in iendo , qué se contenga , á cualquiera que le atropel le , y si no le obedeciere llamará al cabo de
Ja'guardia para dar parte á su c o m a n dante ; pero si la persona apercibida insistiese , á pesar de es to , insultando al centinela usará de su arma en cualquier forma.
7 , E l centinela no podrá* dejar el arma de la' m a n o , ni entregarla á persona alguna.
8 N o debe permitir que á su inmediación se haga ruido ni porquería a l guna , alejará de sí t o d o tropel de gent e , y no consentirá se arme pendencia.
9 Es prohibida al centinela toda conversac ión , aunque sea con sus mismos compañeros , pues debe emplear tod o el cu idado en su puesto: no puede sentarse, beber, fum.ir, ni hacer acción alguna que desdiga de la decencia , ni le distraiga.
;- i o E l centinela podrá descansar sobre su arma para mantenerse á pie firme ó ponerla al h o m b r o , y pasearse á d iez pasos, sin perder de vista el objeto á que debe atender.
i i L a centinela de las armas cu i dará de que ninguno las r e c o n o z c a , ni quite alguna de su pues to , y que la
gente que pase no se arrime tanto á ellas que las derribe.
12 C u a n d o por su inmediación pasare algún of ic ia l , se parará con su arma bien puesta al h o m b r o , dando frente á la campaña , si estuviese en la muralla , y si en o t ro puesto al oficial. Si pasase t i R e y , R e i n a , Príncipe ó Princesa ó Infantes, presentará las armas.
13 L a centinela apostada en puerta de plaza,-que viere venir alguna t ropa ó pelotón de gente , llamará á su c a b o , y á proporc ión que se acerquen continuará l lamando ; pero si llegaren antes que el c a b o , cerrará La puerta ó barrera, y les mandará hacer a l to , y si en despreció de este aviso pasaren adelante , defenderá su puesto con fuego y bayoneta hasta perdeF la v ida .
1 4 T o d o centinela de muralla d e be impedir el que se mida con pasos, cuerda, percha, ó de o t ro m o d o la mura l l a , f o so , camino cub ie r to , glasis de la for t i f icación; 6 que alguno con pap e l , pluma ó l á p i z , haga alguna apunt ac ión , ú observación con cualesquiera instrumento, y dará pronto av i so á su
c a b o , y si la persona que hubiese intentado las expresadas medidas ó reconocimiento se fuera a le jando, Je mandará que se de tenga , l l amándole , y si á la tercera v e z no obedeciere , le hará f u e g o , y ejecutará lo mismo c o n el que reconociere la artil lería, minas, escalase la mural la , ó hiciese daño en la estacada.
15 T o d o centinela, en cualesquiera parte que esté, si viere incendios , o y e se t i ros , reparase pendencias , ó cua l quiera desorden , dará pronto aviso 4 su c a b o ; y si entretanto pudiese remediar a l g o , lo hará sin apartarse del puesto.
16 Recib i rá las órdenes por c o n duc to de su cabo* -, y si el comandante de su guardia le diese algunas por sí, las recibirá , obedecerá y reservará , si asi se lo encargase: solo á estos p o d r á comunicar las órdenes que tuviere.
17 Siempre que v ie re 'veni r al santísimo Sacramento, al Rey ú otra persona de la familia real , - al capitán general de la p r o v i n c i a , gobernador ó teniente d e rey de la p l aza , gefes de la
J 4 . . mil icia nacional loca l , gefe de dia y sat> gento mayor de la plaza, avisará á la guardia para hacer los honores á los primeros objetos ind icados , y á los segundos para manifestarles la vigi lancia con que se hace el s e r v i c i o : del mism o m o d o avisará ala guardia siempre que viere venir alguna tropa armada.
1.8 . Desde e l - toque de retreta hasta la diana se'pasará la palabra de cuarto á cuarto de ho ra , de ésta forma: centinela alerta, y sin variar irá de una á otra.
1 9 Desde la retreta hasta la diana dará el centinela el iquién yxoe} á cuantos lleguen á su inmediación , y respondiendo España, dirá i qué gente} y en campaña iqué regimiento? y si los preguntados respondieren mal al centinela, ó dejaren dé. responderle, repetirá éste el iquién w'r¿? 'dos v e c e s , y sucediend o lo minino avisará á la gua rd i a , f en caso de Huir les hará' fuego.
20 Si al quién vive de un centinela respondieren ronda mayor, ronda, contraronda ó rondilla, mandará hacer a l t o , y av i la rá á la guardia para que- se reciba
la persona nombrada conforme-corresponde .
21 C u a n d o pasasen las rondas por la inmediación del centinela presentará ésta las armas, dando frente al campo, si estuviese en la muralla; y si en otra par te , lo dará a i objeto de que estuviese encargado.
22 C u a n d o el mil ic iano esté de guardia y l l u e v a , cubrirá la l l ave de su arma, según se le haya enseñado en el suplemento del manejo.
C A P I T U L O III .
Obligaciones 'del cabo de la milicia nacional local.
• i E l cabo de escuadra de la mi* licia nacional l o c a l , estará ob l igado á obedecer al sargento en t o d o acto de servicio»
2 E l cabo de escuadra debe saber todas las obligaciones del mil ic iano 'es-pl icadas en' los capítulos antecedentes, para enseñarlas y hacerlas cumplir exac-
t amenteá los ciudadanos de su escuadra en Jas guaidías , destacamentos, y demás actos dej^ servicio.
3 L a clase de cabo será elegida á pluralidad de v o t o s por todos Jos c iudadanos que compongan la compañía , c o m o se ha hecho para la elección efe las clases superiores; pero en .-lo suces i v o el que fuere elegido cabo para reemplazar á o t r o , no debe ignorar sus obligaciones en los actos del servicio n i menos las del mil iciano.
4 Las funciones del c abo segundo son las mismas que las del pr imero, aunque en los actos del servicio el cabo segundo debe estarle subord inado: debe v ig i la r el exacto cumplimiento de las órdenes que se den á su escuadra , así-com o 1« observancia de las obligaciones generales de Jos ciudadanos milicianos en los actos del servicio .
5 E l cabo de la milicia nacional local infundirá á los ciudadanps de su escuadra una exacta idea del ob ie to , por el cual deben estar subordinados á sus gefes cuando estén" de facción , y est imulados al desempeño de. la ob l iga-
r 1 7
c i o n que ellos mismos se han impuesto s i rv iendo á la patria ; hablará con muc h o agrado á les ind iv iduos de su escuad r a , y usará cen ellos toda la urbanid a d pos ib le , aun en los actos del serv i c i o en que le es permit ido mandarles.
6 Enseñará á los ciudadanos mi l i c ianos de su escuadra, el m o d o de conservar sus armas en buen estado, c o n o cer las piezas de fusil, poner bien las piedras y apuntar c o n bala.
7 Siempre que la escuadra tomare las armas para ir de guardia ,. para los e jerc ic ios , des tacamentos , ú o t ro m o t i v o del s e r v i c i o , el c abo de ella la formará en alafion anticipación-, revistará el fusil de cada i n d i v i d u o ; mandará armar la bayoneta y poner la baqueta en el cañón para este a c t o , y después de verif icarlo con la mayor escrupulosidad , conducirá su escuadra con unión y orden desde el puesto en que la form ó , hasta el punto en que deba reunirse la compañía .
8 A s í que se presente el sargento, el cabo le dará noticia exacta de las n o vedades que haya no tado en la revista,
a
i S y de! número de ciudadanos que estén presentes > nombre y destino de los ausentes y estado del a rmamento: las mismas formalidades observará con aquellos milicianos de su escuadra que deban entrar de guardia.
9 L o s cabos de escuadra de la m i l icia nacional local , recibirán las órdenes de su sargento respective , y lueg o de rec ib ida , la formará en ala y Ja comunicará á los c iudadanos que la compongan : éstos, con la mayor atención y si lencio, oirán la orden general que el c a b o haya r ec ib ido , y nombrará les que entren de servicio ,• y les hará las pre-\ endones que juzgue necesarias para la mejor observancia de semejante acto . . 30 T e n d r á una lista de los ciudadanos que c o m p o n g a n su escuadra por estatura , c o n el número de cada fusil y e l nombre de la calle y número de la casa donde habiten Jos milicianos de ella, f U En los ejercicios , c o m o en las demás formaciones , los cabos primeros reemplazarán á los sargentos que faltaren para ei c o m p l e t o , y entonces he varán las armas terciadas.
12 E l cabo de encuadra que v a y a mandando una guardia o destacamento, marchará á la cabeza de su tropa c o a el arma terciada.
1 5 Siempre que los ciudadanos de la milicia nacional local se reúnan en formación , cuidará el c a b o de escuadra que cuantos movimientos del manejo de l arma ejecuten los ciudadanos de la suya, sean con ayre y exac t i t ud , y que en su marcha , formación y puntualidad acrediten buena disciplina.
1 4 C u a n d o un cabo de la mil icia nacional local entre de guard ia , y l legue con ella á formarse frente la salient e , pedirá permiso para entregarse del puesto y mudar las centinelas, á su sargento ó inmediato gefe:consiguiendo éste, numerará los milicianos desde uno hasta que termine la fila , y pasará á verificar el re levo de centinelas c o m o se ha d i c h o en el capí tulo antecedente.
15 E l cabo entrante se acercará al saliente, y se informará de l núme-* ro de centinelas que debe mantener d e dia y de noche ; marcharán juntos á la primera muda que se hará con la for-
malidad espresada, y durante su marcha hasta el puesto del centinela , e l cabo saliente enterará al entrante de las órdenes que aquella tenga, para que instruidos ambos cuando lleguen á m u dar la , presencien la entrega, y se aseguren de que no se equ ivoque la c o n signa que tanto impor ta , repit iendo esta misma formalidad con todas las demás centinelas que relevare.
1 6 Si en la guardia hubiere dos c a b o s , el uno cuidará del re levo de las centinelas, y el o t ro se hará cargo del cuerpo de guardia y de las órdenes particulares que hubiere en él : éste por el conduc to de su inmediato gefe pedirá permiso para entregarse del puesto, y si hubiere un gran número de centinelas , ú éstas estuvieren muy distantes unas de ot ras , ayudará á mudarlas al o t ro cabo que t o m ó .esclu^ivamente el enca rgo ; debiendo ambos al concluir sus funciones, avi lar al gefe de la guard i a , haber mudado las centinelas y con-signádose del puesto , y asimismo dar parte de cualquiera n o v e d a d ó falta que hubiese observado .
1 7 SI el cabo fuese gefe de una guardia y tuviese una centinela separad a á mas de la de las a r m a s , y distanteen disposición de no ser vista desde el pues to , asistirá á la muda de la de las a rmas , y enviará para el re levo de la otra el mil iciano en quien tenga mas satisfacción para supl ir le , sin que por eso se le exima de su centinela cuando le toque , en c u y o caso nombrará á o t ro ciudadano mil iciano para que presencie la entrega y re levo de la centinela distante.
18 C u a n d o en la guardia haya dos c a b o s , uno de e l l o s , alternativamente , estará siempre á la inmediación de las armas.
19 E l cabo de una guardia prevend rá á la- cent inela , cuando la deje en su pues to , que á mas de las órde* nes particulares que le hubiere dado la saliente, observe con exact i tud todas las generales de un centinela.
20 E l cabo de una guardia cuidará de l levar las centinelas entrantes y salientes con la mayor formal idad:antes de marchar reconocerá las armas de las
entrantes, cuidará de que estén cargadas , cebadas y en buen estado de serv i c i o ; y no marchará con las entrantes, ni despedirá á las salientes, sin permiso del gefe de la guardia.
21 Una muda de cuatro centinelas se conducirá en una fila, de seis hasta o c h o en dos 1 , de nueve hasta d o ce en t res , y el c abo seguirá marchand o un p o c o delante del centro de la primera fila, cu idando siempre de que la t ropa le siga en silencio y buen orden.
22 E l c abo de una guardia debe ser la confianza y descanso de los gefes de ella, la vigi lancia del puesto, el de sempeño de las obligaciones de las centinelas, y el puntual cumpl imiento d e todas las órdenes que le d i e r e n , son atenciones indispensables y propias de su obl igación é instituto.
23 L a s centinelas de una guardia se relevarán de dos en dos horas , y solo se alterará esta regla l imitando la muda á cada h o r a , cuando el esceso de l calor ó del frió precise á ejecutarlo.
24 E l cabo de una guardia v i s i -
tara con frecuencia las centinelas de la suya , y de noche lo hará indispensablemente cada media hora , y para esto le dará el c o n u n d m t e una seña que o í da de las centinelas,á distancia c o m p e ten te , les hará conocer que es la visi ta de su c a b o , sargento ú of ic ia l , y á fin de que no la ignoren las guardias c o n finantes , se la comunicarán los gefes de ellas recíprocamente.
25 E l cabo que mandare una guardia , luego que se haya entregado de l pues to , reconocerá las armas y municiones de la t r opa , cu idando de que to^ das estén en el mejor es tado; y conc lu í -d\ esta revista, mandará arrimar las armas y formará su guardia en rueda y les leerá las obl igaciones generales de Ja cent inela , y añadirá las ordenes ó prevenciones particulares de la p laza , y las suyas para aquel pues to , no siendo reservadas.
26 E l c abo que mandare :guard ia que dependa de k p l a z a , en "caso d e oir t i ros, ve r fuego , señal de a larma ó cuaJquier a lboroto la pondrá inmediatamente sobre las armas , y si h u b i e -
re barreras mandará cerrarlas y tomar" las demás precauciones que considere oportunas para no ser sorprendido,-y sin perder un instante enviará un mil ic iano para dar parte de palabra á los gefes de la plaza de la ocurrencia que hubiere n o t a d o , c u y o parte repetirá por escr i to de allí á p o c o : procurando c o r tar , si le fuese pos ib le , los efectos que pueda p r o d u c i r , atendiendo siempre á conservar el orden.
27 Tod© gefe de una guardia sea o f i c i a l , sargento ó cabo llevará papel y tintero para escribir por si mismo los parte* que será con arreglo á los formularios que se insertan al fin de este prontuario manual , pues c o m o gefe que manda el pues to , y en quien recae la responsabilidad debe él solo esplicar las novedades y ocurrencias de que diere cuenta.
28 Eh cabo que estuviere mandand o un puesto, enviará por la orden á un miliciadoral principal de la plaza ó pa-rage señalado para e l l o ; pero si estuviere en un puesto avanzado ó parage dependiente de otra guardia enviará por la
orden al puesto principal de que dependa. A l llegar al puesto señalado para recibir la orden, se formará en el círculo, que para el lo formen los demás cabos y sargentos, y recibirá el santo, que en v o z baja le comunicará el c abo ó sargento, que esté á su inmediación , y sin alterar en nada la palabra la comunicará igualmente al que esté á su l a d o , pues este es el m o d o con que el ayudante ó sargento mayor de la plaza comunica el santo por la derecha del c írculo , hasta que habiendo d a d o la vuelta lo recibe sin equ ivocac ión por la izquierda. Y a rec ib ido el santo , sin comunicarlo á persona alguna, lo l levará al comandante de la guardia juntamente con la orden particular que en el principal se haya d a d o .
2 9 E l cabo de una guardia n o m brado para reconocer la ronda mayor , Jlevará dos milicianos, y calando su arm a , se hará dar por el nombrado la seña, y siendo la m i s m a , mandará dar m e dia vuelta á la izquierda á uno de ellos, para que avise al comandante que v i e ne bien la nombrada , y dejará pasar la ronda , deteniendo la comit iva .
30 L o mismo ha de practicar con un miliciano para el reconocimiento de la ronda ordinaria , no siendo segundo gefe-de guardia ; pero si lo fuere, enviará Ja ordenanza con otro mil iciano á reconocer la , previniéndole que le haga dar la.seña , y siendo la misma , conducirá al nombrado ronda hasta el cent i nela que d io el {quién vive ? á e n y a in mediac ión esperará, y presentando su arma , se hará dar santo y seña, franqueando la entrada al oficial de ronda: con la misma formalidad se reciben las contra-rondas, pero ni para éstas ni las rondas se ha de formar la tropa.
31 C u a n d o se encuentren t ropas yen tesy vinientes , la que v u e l v e de facción debe ceder á la q u e v á , no hab iend o paso , habiéndolo tomará cada uno la izquierda de la otra. L a t ropa que v a y a sin armas cederá á la que las l l e v a , y la que no tiene vanderas , á la que las tiene.
32 Por rondas mayores se entiende el capi tán general , gobernador , teniente rey y sargento mayor de la p la z a , en su primera r o n d a , el co rone l
1 2 7
del regimiento y demás gefes del cuerp o , c o m o asimismo el gefe de dia.
33 C u a n d o una g u a i d i a , sea en t iempo de paz ó de guerra , v iere acercársele tropa a rmada , ó cualquier tropel de gentes , deberá por precaución p o nerse sobre las armas, y si hubiese a lguna desconfianza de ella , reconocerla; no permit iendo entrar en la plaza fuerza armada que pa^e de cuatro hombres, sin orden del comandante de ella , á menos que sea tropa de la guarnición, que haya salido para hacer ejercicio, y haya orden general para su salida y entrada.
C A P I T U L O I V .
Auxilio que deben prestar las guardias y personas á quienes ha de darse.
i T o d a -guardia debe auxiliar á la justicia ordinaria , si l o p idiere , de te ner por sí á los quimeristas ó malhechores conocidos ó acusados ,deb iendo dar luego cuenta á sus gefes: pero en e l caso que dé t i e m p o , debe dirigirse eí ministro de justicia que pide el auxi l io
al comandante de armas, para que este dé Jas órdenes correspondientes.
2 L a urgencia del caso debe graduarla el juez ó ministro que le solicita, y no el comandante de ,1a guardia que Je presta; pero será conducente que éste pregunte á aquel el fin á que se dirige, para graduar la fuerza , y destinar la tropa que c o n v e n g a , cu idando no quede el punto a b a n d o n a d o : y tomando el nombre deJ magis t rado, dará inmediatamente cuenta al comandante de armas. . 3 C o m o los mi l ic ianos , en caso de auxiliar á las justicias, solo v a n con el objeto de que se con c i ga el fin para-que se p ide el aux i l i o , procurarán no separarse de e l la ; pero no se mezclarán en la ejecución de todas las operaciones que dejarán á los ministros inferiores de ella , por consiguiente no deberán emplearse en asegurar á los del incuentes, á no ser en el caso de no poder éstos aprender los , ó temerse resistencia; pues entonces deben ayudar para que se consiga la prisión y seguridad de los delincuentes.
4 E l magistrado no dará órdenes á
. . ' ' *9 ningún i n d i v i d u o de los que le aux i l ien , sino que se dirigirá al comandante de el los, quien dará las que correspondan.
C A P I T U L O V .
Obligaciones del sargento de la milicia nacional local.
1 Sabrá de memoria todas las o b l i gaciones del miliciano y c a b o , esplica-das en los artículos antecedentes, para enseñarlas y hacerlas cumpl i r en su c o m pañía , y las observará él por sí en la parte que le toca.
2 N o tolerará desorden alguno estando de s e r v i c i o , ni á la inmediación de su guard ia , ni en su guardia misma.
3 L o s sargentos segundos de la milicia nacional l o c a l , obedecerán en todos los actos de l se rv ic io á sus sargentos primeros.
4 Siempre que el sargento pr imero no pudiese asistir á los actos del serv i c i o lo remplazará uno de los de segunda clase, que en este caso en la mi licia l o c a l , lo elegirá el capitán ó e l c o -
mandante de la compañía . 5 T e n d r á una lista de los c iudada
nos de su compañía por estatura, con el número ó marca de fusil, calle y casa de sus alojamientos, arreglada al formulario núm. 4.
6 L o s sargentos alternarán entre sí, para tomar la o r d e n , l levar la á sus oficiales, distribuirla á los cabos primeros y segundos que estuviesen encargados de escuadra y revistar los que entran de s e r v i c i o ; pero si el sargento primero tuviese otras ocupaciones á que atender, podrá preveni r lo á los de segunda clase, para que uno de estos desempeñe aquella parte á que no pueda asistir.
7 E l sargento que estuviese de or den irá á comunicarla á su capitán in-mediatamente que la t o m e , recibirá la s u y a , y con la general del cuerpo la l levará al teniente y subteniente, luego la dará á los demás sargentos y cabos encargados de escuadra.
8 Siempre que la compañía tomase las armas concurrirán todos los sargentos con anticipación al parage señalado para la primera f o r m a c i ó n ; esperarán
/ 3 * allí- hasta que cada cabo haya revistado su escuadra , y dé parte al primer sargento de su numero , destino y estado: entonces éste prevendrá á los de segunda clase, las escuadras que han de rev i s t a r , el igiendo para su personal reconoc imien to la escuadra que le parezca: cad a sargento examinará con mucha prolij idad el armamento, municiones, correa-ge y vestuario de los mi l ic ianos , de cual quier falta que notare, y con proporc ión á e l l a hará cargo al c a b o , quien durante este examen le seguirá con su arma terciad a , y conc lu ido se colocará descansando sobre ella á la derecha de su escuadra.
9 ' L o s sargentos de segunda clase darán al pr imero puntual noticia de la escuadra ó escuadras que hayan revistad o ^ éste mandará : compañía, armas al hombro, á formar en ala por estatura, ó por antigüedad; según p e r su gefe se hay a p reven ido ; l o que ejecutado que sea, mandará descansar sobre las armas para esperar á sus oficiales, los sargentos tomarán entonces las suyas, y se pondrán en el Jugar que les corresponde.
10 , C u a n d o llegue el subteniente,
3 2 , saldrá el primer sargento o c h o ó d i ez pasos á recibirle y darle noticia 'del estad o de la compañía , número de los presentes y el de los ausentes, con sus n o m bres y destinos. Durante la revista del subteniente,el primer sargento Je seguirá c o n el fusil terciado, y solo él será responsable al subteniente de las faltas que éste hallare , siendo muy contrario á Ja exacta v igi lancia del sargento primero. C o n c l u i d a la revista del subteniente pasará el primer sargento á ocupar su puesto ; pero si el subteniente no c o m pareciese por ausente ó enfermo, practicará lo d i c h o el primer sargento con el teniente; y si por descuido del !subteniente se atracase el s e rv i c io , y,se hallare y a presente el teniente , b en defecto también de éste el cap i t án , evacuará su oficio con el oficial que se hallare.
11 C u a n d o estuviese de guardia con un oficial, se enterará por el sargento saliente de las órdenes de e l l a , que observará exactamente , y sin ceñir - las funciones del c a b o , vigi lará su deb ido cumpl imiento tanto en Jas obligaciones generales de un cabo de guardia , c o m o
en-los particulares ele aquel puesto. 12 L o s partes que le diere el c abo
los comunicará el sargento al oficial, y de éste recibirá las órdenes que le ocurra dar para la guardia.
13 Hallándose el sargento de guardia bajo of ic ia l ; irá con su permiso en guarnición al principal ó parage destinado por la plaza á la hora precisa, y no voluntaria , para tomar la orden , y cuand o se restituya á su puesto (que será sin pérdida de t i e m p o ) , la comunicará á su oficial : l levándola por escrito para may o r seguridad, y en v o z baja le dará ai c a b o el santo.
1 4 Será vigi lant ís imo en su puesto, fijando su consideración en que este buen ejemplo., en punto tan importante de l servicio de la nac ión , asegurará su desempeño. • : '
15 Es tando de guardia con un^ofi-. c i a l , visitará repetidamente (av i sándole
antes) sus centinelas; pero.sj hubiere al-: guna muy separada cjel cue rpo de gua r dia que no sea importante , fiará este cui* d a d o al cabo. Para que el sargento sea reconocido de sus centinelas en la u o c h ç ,
34 # . . tendrá la contra-señaparticular del puesto , que hará á bastante distancia de ca da una, para darse á conocer y evitar el ¿quién vive?
1 6 C u a n d o conduzca una guardia de que sea gefe, cuidará de que marche con el mejor o rden , l levando las armas al h o m b r o , y á este fin mirará con frecuencia su t ropa , para asegurarse de su si lenció, marcha , buen ayre y unión. D e l mismo m o d o conducirá su guardia saliente al paraje señalado para despedirla.
C A P I T U L O V I .
Obligaciones particulares del comandante de una guardia, que cubra los individuos
de la milicia nacional local.
i C o m o la condescendencia suele ser la puerta de l desorden , y aquella puede haberla por componerse estos cuerpos de ciudadanos entre quienes hay varias relaciones, es necesario se imponga el que v a de comandante de una guard ia , que la nación fia en su v ig i l ancia la defensa y seguridad del puesto que ocupa . .
2 Cu ida rá no se in t roduzca el abuso d e mudarse las centinelas sin la presencia del cabo , y con las formalidades prevenidas ; pues d e c a y e n d o éstas se bu r larán de un c u e r p o , que por todos respetos debe ser tan apreciable.
3 N o permitirá que cualquier indiv i d u o se encargue sin su conocimiento de l puesto de algún centinela, ni c amb ie las horas que le hayan tocado ,* pero t a m p o c o lo rehusará á no haber justos m o t i v o s .
4 Mantendrá d ia y noche las cen t i nelas que le hayan d e s i g n a d o , sin que jamas pueda disminuirlas por el pretesto d e no molestar tanto á los milicianos» pues debe conoce r , que ev i tándoles esta pequeña i n c o m o d i d a d , les espone á que, hallándose mas distantes las centinelas, se ha l len mas indefensos en cualquiera ocurrencia que pueda haber.
5 Si se pone bajo el pie de que los mi l ic ianos v a y a n á sus casas á comer, q u e será Id mejor para evitarles el trasto rno en su famil ia , y aun mayores gast o s , procurará el dar las licencias de naodo que jamas quede la guardia sin
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iiífrijUafc.; ".00 til ní í >¿tí$Müs&¡te-Uübty Parada que debe preceder al repartimiento de guardias , dotación de éstas, y
• modo de despedir las salientes.
1 Se avisará con anticipación á los mil icianos el servicio que. les corresponde hace r , y éstos á la hora señalada se presentarán'con uniforme, y l l evando bien l impio el fusil ( i ) , l a piedra puesta, y otra de reserva, y. la cartuchera con Jos cartuchos que le señalen.
2 Si los sargentos de las compañías observasen de que no se han presentado
( i ) El autor de e c te cuaderno ha publ r cado también otro pequeño, .en que.demuestra el modo de conservar limpio el fusil, reglas para limpiarlo, con< c>. r síis piezas, armarlo y desarmar!.. ; el cual se halla de venta en las mismas librerías.
Jas dos terceras partes de su gente. 6 E l comandante de la guardia no
se separará por pretesto alguno.
todos los milicianos nombrados para el servicio de guardias llegada la ho ra , sacarán de los de imaginaria los que falten para el comple to de aquellas , y despedirán los restantes: los de guardia formarán en una ó dos filas, según su número.
3 E n toda parada se cargarán las armas á la v o z del que manda ; pues la publ ic idad de estos actos hará c o n o cer , que el miliciano v á dispuesto á hacer respetar las órdenes que se le den.
4 Btoas armas se descargarán media hora antes de ser relevada la guardia, mediante á q u e , c o m o sus ind iv iduos deben regresar á sus casas con el las , pudiera ocurrir alguna desgracia, si fuesen cargadas.
5« Para este objeto se tendrá en cada cuerpo de guardia un sacatrapo, que serv i rá para todos .
6 A la v o z de guardias á sus respectivos destinos, marcharán en columna y tambor batiente hasta su puesto.
7 Siempre>que v a y a por calles muy pasageras en poblaciones numerosas, convendrá se marche en desfilada para
3 8 . no incomodar al vec indar io .
8 L u e g o que el comandante de la guardia que ha de ser m u d a d a , reconociese la que viene á relevarle , hará que la suya ponga armas al h o m b r o , y que su tambor toque marcha ; y cuand o el entrante llegue á la igualdad de la saliente,, hará que su tambor toque tropa, y los soldados desfilen siguiendo al comandante para formarse frente de los o t ros , ó por cuartos de convers ión si marcha en columna ( i ) : los comandantes abanzarán para hacerse «la entreg a , y á su imitación lo hará con su permiso el sargento y cabo-: ínterin dure el r e l e v o , estarán cerradas las barreras de l a p laza .
9 T o d o oficial se dejará relevar de l puesto que cubr ie re ,no solo por los oficiales de igual g r a d o , sino por los de in-
( i ) En algunas plazas, y aun en Madrid, 8e acostumbra hoy el relevar las guardias, poniéndose la entrante al costado izquierdo <le la saliente, apoyándose en e l la , y en una misma l ínea , hasta que entregada del puesto, ocupa el lugar que tenia la o t ra , desfilando por su derecha.
fer ior , ó de cualquier otra arma y clase que para ello fuere destinado.
10 Relevadas las centinelas y encargado en el pues to , la saliente desfilará hasta ponerse distante algunos pasos , se mandará envaynar la bayoneta; y mediante á que los fusiles deben tener lo cada uno en su çasa, marcharán indistintamente , según les acomode , pues no hay necesidad que regresen al sitio de la parada.
1 1 E n la infantería se arregla la fuerza de la guardia á razón de cuatro hombres por cent ine la , pe ro ' en la milicia debe ser mayor el numero , tanto para que no falten, si v a n á comer , ó alguna otra urgencia , el que corresponde , c o m o para que sea mayor el descanso.
12 L o s cuerpos de guardia estarán aseados, no solo en lo interior, sino a l gunas varas en lo esterior.
13 Siempre que tropa armada pase por la inmediación de un p u e r t o , t o mará la que lo guirnece sus armas, p o niéndolas al hombro . ; si l levare ciía, corresponderá el tambor de la guardia c o n el toque de marcha, y no tocará s i n o
4-0
l leva tambor la otra;, pero sí la «que pasa , aunque la firme no lo tenga.
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Rondas.
1 E l sargento de la milicia nacional local t]ue esté de guardia con oficial, saldrá á reconocer las rondas mayores con cuatro mil ic ianos, lo que ha de ejecutar del mismo m o d o que se esplicó para ei cabo .
2 Para el reconocimiento de la rbnda ordinar ia , enviará ai cabo c o n dos mi i e i anos , y éste la conducirá hasta la centinela que d io el {quién w ? , á Cuya innu'diaeion esperará el sargento, y presí iumd'd su arma se hará dar el santo y seña, franqueando la entrada al Oficia! de ronda ó centra-ronda.
' 3 C u a n d o se halle el sargento de guardia , de comandante de -e l l a , y la centinela d i e re ' av i so viene ronda m a y o r , hará que salga á-reconocer la el c abo con unoótcios mil icianos, según su
4 i fuerza, el que liará el reconocimiento y a esplicado en la obl igación del c a b o , y luego que el sargento tenga el av i so que viene bien, saldrá d iez pasos de su t r o p a , que estará con las armas present a d a s ; y rendirá á la ronda-mayor el santo y seña, franqueándole el puesto, y permitiendo le siga la comi t i va .
4 Si avilase que viene ronda ord i naria ó contra-ronda, hará que el c a b o con un mil iciano salga á reconocer la , y l legando á la centinela que d io el {quién zive ? y la mandó hacer a l t o , el c a b o presentará su a r m a , y se hará dar por la ronda santo y seña, y á la ronda o r -Úlniria y contra-ronda no formará la t ropa.
5 T o d o comandante de guardia deberá tener una relación que señale los cuartos de ronda , conforme al mode lo nú%. 2 , para que después de recibida, firmen en el cuarto que á cada una co r responda ; y si hubiere caja'para recibir marrones , l o tomará del . que v in ie re haciendo la ronda , y en stf presencia lo hará echar en la caja dest inada, cu idand o de enviarla al gobe/nador ó puesto
principal de la p l a z a , con la relación donde haya firmado la ronda.
HONORES.
i T o d o honor se hará con las armas en el estado en que se ha l l en , do bayoneta puesta ó quitada.
2, A l Santísimo Sacramento se presentarán las a r m a s , y batirá marcha desde que se av i s t e , y al pasar por de -Jante se le rendirán; luego que haya pasado, se levantarán los milicianos mante-
, niendo Jas armas presentadas, y t ocando marcha hasta que se pierda de v i s t a ; saldrán inmediatamente dos milicianos, que le acompañarán con el sombrero q u i tado hasta el inmediato cuerpo de guardia , que serán relevados por otros dos de ella.
3 L o s dos milicianos que acompañasen i D i o s rendirán las armas al entrar y salir del templo y casa del enfermo.
4 Para toda procesión de imagen de santísimo'Cristo , la V i r g e n ú o t ro san to , las tropas por donde pasare des cansarán sobre las armas desde su pr inc i -
p ío hasta el fin , y el tambor tendrá la caja al h o m b r o .
5 A l R e y y á la R e y n a se les presentarán las armas y batirá marcha , d i ferenciando á los infantes con el toque de llamada.
6 A l capitán general de ejército se le presentarán las armas y batirá marcha.
7 A l general de ejército en campañ a , se le tocará marcha con armas al h o m b r o .
8 A l capitán general de provincia , si fuese teniente general , se le harán los mismos honores.
9 A l teniente general se le tocará l lamada con armas al hombro .
10 A l mariscal de c a m p o se le pon drán armas al h o m b r o , y el tambor con la caja á la espalda.
1 1 A l brigadier que sea coronel de un c u e r p o , su guardia se le presentará en a l a , descansando sobre las armas. As imismo le harán honores las guardias de la plaza á t o d o brigadier que tenga m a n d o , c o m o gefe ó letras de servicio .
1 2 A l coronel que no tenga grad o de brigadier y demás gefes de l re-
4 4 t
gimiento que cubran puestos, se presentará la guardia en ala para el primero, 'y en pelotón para los demás.
13 A los demás oficiales generales de la armada se Jes harán los honores pertenecientes á su grado.
J4 L a guardia de un gobernador ó comandante de una p l a z a , ha r i i los honores respectivos á todas las personas de grado superior ; y las guardias de todos al gobernador , los q u e , según el s u y o , le competan.
15 Las demás guardias de oficiales generales, brigadieres y coroneles , han de hacer solamente honores á quien los goce iguales y rendirlos á quien los tenga mayores.
16 A las mugeres de los generales ó v iudas , mientras no muden de est a d o , se les harán los mismos honores que á sus maridos.
17 A los grandes de España y sus mugeres , consejeros de es tado , caballeros del toisón y grandes cruces de Cár-Jos 1 1 1 , que no sirvan en las tropas*, ^e les presentarán las armas y tocará marc h a solo por veinte y 'cuatro horas.
18 A l N u n c i o de S. S . , embajadores , sus mugeres y cardenales se les presentarán las armas y tocará marcha.
1 9 A l v ica r io general de los ejérci tos , á los arzobispos y o b i s p o s , en su d ióces i s , tendrán honores de mariscales de campo .
20 L o s intendentes de ejército, en Ja p rov inc ia ó ejército de su ministerio, tendrán los mismos honores, y su guard i a los hará á todos los generales sin derecho á la recíproca.
21 L a guardia de p revenc ión , c u y o objeto es la quietud del cuartel y l a atención de que se observen las órdenes de p o l i c í a , se presentará en ala al .capitán general y gobernador , si pasase por delante de ella : igualmente hará h o n o res al Santís imo Sacramento , al R e y , R e y na y Pr íncipe de Asturias: cuando por delante de ella pase tropa con bande ras , pondrá armas y tocará marcha; y por precaución se pondrá descansando sobre las a rmas , cuando viere que se le
,acerca alguna tropa ó pelotón de gente con armas ó sin ellas.
22 . Por punto genera l , no se harán
honores , sino á D i o s , después del toque de oraciones; pero al capitán general ó gobernador de la p l a z a , se le presentará la tropa en ala sin armas.
Q u a n d o alguna guardia ó t ropa fuese marchando y encontrase a l -Sant í s imo S a c r a m e n t o , hará a l to , . formará en b a talla y hará los honores espresados.
Si marchase con armas á la funerala, n o mudará esta posición para hacer honores á persona alguna, observando lo misma en la guardia.
C A P I T U L O I X .
Sobre tratamientos.
i C o m o podrá suceder muy bien que los mil icianos, en la nueva carrera que han abrazado, tendrán ocasiones en que sea necesario el t rato con los generales, gefes y oficiales del e jérc i to ; me ha parec ido opor tuno indicarles el tratamiento que por sus grados y condecoraciones les corresponden , c o m o también e l que debe dárseles á otros particulares.
Tratamientos de los grados militares.
A l capitán general de . e j e r c i t o , Esce -lencia entera (*).
A l tenienre general, Escelencia. A l mariscal de c a n p o , brigadier y co
ronel , Señoría. A los demás grados menores, M e r c e d . A los caballeros del T o y s o n de O r o ,
Grandes Cruces de Ca r lo s 1 1 1 , S. F e r -n a d o , Isabel la Ca tó l i ca y S. Hermeneg i l d o , Escelencia entera.
A los secretarios del despcho aunque sus graduaciones sean inferiores, Esce lencia entera.
A los intendentes de ejército y p r o v i n c i a , y comisarios o rdenadores , Señoría.
A los secretarios del R e y con ejercicio de dec re tos , Señoría.
A los consejeros del tribunal especial de guerra y mar ina , Señoría.
(*) Por Excelencia entera se entiende el que al escribirle debe ponérsele Excelentísimo Señor «n la cabeza del escrito y en la antefirma.
C A P I T U L O X .
Formalidades para hacer la descubierta de abrir y cerrar las puertas. '
i L a s puertas de las plazas en tiemp o de paz , se cerrarán, media hora precisa después de puesto el so l , y en el punto de ponerse éste subirá á la
Tratamientos particulares.
A los consejeros de estado, Escelencia entera. *
A los grandes de España, hijo p r imogénito,, embajadores y nuncio , Escelencia entera.
A los consejeros de los demás tribuna? Jes, Señoría. ftut
A los títulos é hijos segundos de grandes , Señoría.
A los arzobispos, y o b i s p o s , Señoría ilustrísimá.
Nota.' Las mugeres tienen el tratamiento que-*corresponde á sus maridos.
muralla el tambor de la guardia de ca da puerta y tocará la llamada que serv i r á de aviso para que los que estuvieren fuera se retiren al recinto. A l p rop io t iempo se cerrarán las barreras, dejando aviertos solo los postigos, sin permitir que por ellos salga so ldado alguno que no sea mandado por el gobernador ; pero sí los paisanos del c a m p o , y sus carruages y acémilas, c o m o también entrar los mismos en la propia forma, hasta echar las l laves abriendo la barrera, ó rastrillo para t o d o carruage y acémi la , y quedand o el postigo en uso para los de á pie. L a tropa descansando sobre las arma*:, formará calle en dos filas para que pase por ella el*avudante ó capitán de l lav e s , acompañado de un cabo y cuatro so ldados , que tomará en el principal , luego que en casa del gobernador las haya r e c i b i d o ; pero no obstante esta regla podrán los gobernadores , en cuyos exteriores hubiese labranza ó c u l t i v o , retardar una de las puertas que viniese mas á m a n o , para que la gente del campo algo mas dictantes
5° . en sus labores puedan retirarse.
2 Apenas llegue el ayudante ó ca pi tán de llaves á la puerta, lo a c o m pañará el oficial ó gefe de la guardia, para empezar á cerrar por la primera barrera esterior, el tambor tocará marc h a , presentando las armas los mil ic ianos de la guardia. L a que cubre la barrera se incorporará al puesto mas inmedia to , y asi los puentes levadizos , c o m o las demás puertas que hubiere hasta la últ ima interior, se cerrarán con la minina formalidad que la primera.
3 Conforme se fueren cerrando las barreras, puentes levadizos y puertas, irá el oficial comandante de la guardia {en presencia del ayudante, ó c a p i tán de l l aves ) , reconociendo si quedan cerradas á su satisfacción; y en caso de que tenga que representar al gobernad o r lo ejecutará inmediatamente, t o - . mando por sí la providencia interina que conduzca á su seguridad. | 4 Conc lu ida esta d i l igencia , y satisfecho de su reconocimiento, el oficial de guardia la mandará arrimar las armas , y el capitán de llaves se di r igí -
rá á casa del gobernador para entregárselas, acompañado del cabo y cua tro so ldados , hasta al l í , desde donde se restituirán al principal.
5 L u e g o que las puertas queden cerradas, mandará el oficial de guardia se provean las centinelas y puestos que haya orden de aumentarse ó reforzarse de noche ; y dada esta providencia se retirará al cuerpo de guardia, con los dos cuartos de su gente, y enviará al sargento por la orden al parage destinado á distribuirla.
6 A l amanecer, de m o d o que ya se distingan los objetos, se tocará la diana en la guardia del principal , y sucesivamente en todos los demás puestos y cuarteles de la plaza; y al aviso de este toque harán la descubierta las patrullas de caballería, que quedasen fuera por la noche , registrando los parages que el gobernador hubiese seña lado , avisando de su reconocimiento al oficial de la respectiva puerta que se le hubiese prevenido .
7 Las centinelas de Jos baluartes inmediatos á las puertas de la plaza,
reconocerán con observación y cuidad o la campaña que les corresponde, hasta donde alcanzare la v is ta , y a v i sarán por su cabo de escuadra a l o f i cial de si hay novedad ó no.
8 En las plazas donde haya c a b a llería, registrarán la campaña , desde los baluartes, los oficiales que mandan las guardias que haya en ellos, y con el sargento pasarán aviso al oficial de la puerta de si hay novedad ó n o ; pe-ro si la guardia de ella tuviese en la muralla centinelas, harán el- reconoci miento los subalternos, y en caso de guerra ó sospecha, lo ejecutará personalmente el comandante de la guardia.
9. Hecha la descubierta, y satisfecho el o ' lcial de guardia de la puerta de no haber n o v e d a d , mandará tocar l l amada , para que á este aviso se in
corporen en la guardia las centinelas y puestos establecidos para la noche , y se pondrá toda la tropa sobre las armas, aguardando al capitán de llaves que ha de abrir las puertas, el que se dir igirá para recibirlas (cuando sea ya de dia claro) á casa del gobernador,
acompañado de un cabo y cuatro soldados del principal.
10 T o m a d a s las l laves marchará á la puerta, y si el oficial de guardia de ella advirtiese alguna n o v e d a d , no permitirá se abra hasta participarla al g o bernador y tener su o rden ; pero si no ocurriese cosa especial abrirá un post i g o , saldrá el inmediato subalterno del que manda con seis mil icianos para hacer nuevamente la descubierta, y á proporc ión que v a y a n fuera de una puerta ó puente l e v a d i z o , se irá cerrando y l evan tando , hasta que reconocido por d icha partida el terreno del frente de la puerta, barrancos y zanjas, ruinas, r ibazos , casas y demás parages que el gobernador haya m a n d a d o , envié el subalterno que salió un soldado al c o mandante de la guardia, dándole* parte de quedar, seguro el c a m p o .
1 1 A d q u i í i d a esta noticia , empezarán á tocar marcha los tambores, y se irán abriendo las puertas y bajando los puentes l e v a d i z o s , de forma que para abrir la segunda, quedará cerrada la primera ó levantado el puente, y asi
de las demás hasta abrir el rastrillo de la campaña , en c u y o caso se in t roducirá el subalterno y quedarán abiertas todas las puertas,' y pasará el capi tán de l laves á entregarlas al gobernador , y darle cuenta de t o d o , acompañado del c abo y so 'dados que sacó del princ i p a l , que deberán retirarse á él desde all i .
C A P I T U L O X I .
Obligaciones particulares de esta milicia.
1 Dará un principal de guardia, donde lo permita la fuerza y sea necesario, colocándose en las casas capitulares"© parage mas p roporc ionado , y las demás que se consideren necesarias para la tranquilidad púb ' ica .
2 Dará también patrullas para la seguridad pública , v concurrirá á Jas funciones de regocijo ú otras que se tengan por conven ien te , para el mism o fin.
$ Perseguirá y aprehenderá en ei pueblo y su termino los desertores y malhechores.
4 Escoltará en defecto de otra t ropa las conduciones de presos y caudales nacionales, desde su pueblo hasta el inmediato donde haya milicia l o cal que lo continúe.
5 Si el pueblo que hubiese de relevar le tuviese cor to número de soldados, locales , pedirá le auxilie con los que necesite al pueblo ó pueblos comarcanos que estén fuera de la carrera de l tránsito.
6 Últimamente será de su obl igación defender los hogares y términos de sus p u e b l o s , de los-enemigos exteriores ó interiores de la seguridad y t ranquil l idad.
7 E n la conducion de los desertores deben tener entendido los milicianos, que por las ordenanzas del ejército son responsables de la seguridad del desertor desde su en t rega , puesto que está declarado aun con respecto á los paisanos , que si el desertor hiciere fuga en el c a m i n o , se ha de remplazar de los
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De las penas correccionales con arreglo al Reglamento.
1 T o d o i n d i v i d u o de esta mil icia solo está sujeto á las leyes de subordinación en los actos del servicio .
2 L a pena de desobediencia simple será eJ arresto, que no pasará de dos dias : si es acompañada de injuria ó falta de respeto, será el arresto por tres d í a s , ó de prisión por veinte quatro horas : si Ja injuria es grave , el arresto será por o c h o d ias , ó de prisión po r quatro.
3 L a pena por falta de servicio ó cumplimiento de alguna orden , será suspensión por dos ó tres dias de hacer e l servicio.
4 E l mil iciano que estando de cen-tineJa abandone su puesto será cast igado
mismos conductores , con el que le t o care la suerte.
con o c h o dias de pr is ión , con seis si se halla do rmido y con quatro si se dejase relevar por otro que no sea el c a b o , ó no avisase de alguna n o v e d a d : si se separase sin licencia será con cuatro dias de arresto ó dos de prisión.
5 Si t o d a una guardia abandonase el puesto serán todos castigados c o n o c h o dias de prisión , y el comandante será también depuesto de su g rado , sino prueba que h i zo lo posible para e v i tarlo.
6 E l que pusiese mano á las armas para o t r o , estando de f acc ión , sufrirá o c h o dias de pr is ión; pero si estuviese á él subordinado será arrestado inmediatamente y procesado por la autor idad c i v i l competente.
7 E l que escitase i la insubordinación y no tenga resultado será castigado c o n , o c h o dias de prisión; pero si hubiese algún desorden será con d i e z , y pena pecuniaria.
8 L a reincidencia en cualquiera de estos delitos será castigada con doble pena.
9 L a imposición de las p T i s c o r -
5 8 , responde al comandante de la fuerza a rmada en el ac to de l servicio en que fuere cometida la fa l ta ; pero al mi l i ciano se le reserva el derecho para después reclamar.
10 Si el de l i to mereciese mayores penas , no sepa cast igado con mas rigor domo mi l i c i ano ; mas entrará bajo la general de los c iudadanos , para c u y o efecto será remit ido con Ja sumaria á disposición de la jurisdicción ordinaria á quien corresponda para su c o n d i g n o cast igo.
11 Estas penas son solo cuando la mi l ic ia no salga formada de su p rov inc ia , ó dentro de ella no se reúna contra los enemigos de la libertad c i v i l ó de la independencia nacional ; pues en estos dos casos las penas serán las d e la ordenanza militar.
12 Las penas que prescribe esta para los que insultan á centinelas y patrul l a s , comprenderán también á los que5 insultasen á los i nd iv iduos de la m i licia nacional empleados eji d i c h o serv i c i o .
N ú m . i ?
Guard ia de T .
E l c a b o , ó sargento comandante de d icha guardia, da parte al pr incipal , (se espresarán aqui las novedades con toda c l a r i d a d ) , y si no las hubiere d i r á , de no haber ocurr ido n o v e d a d . Fecha .
Firma.
Si el parte se dirigiese al gobernador de la plaza ó gefe de dia en derechura , se d i rá : da parte al señor gobernador de la plaza ó gefe de d i a , & c . n o m b r a n d o , si es general, coronel ó teniente coronel tíe dia.
Si el parte fuese para gefe del cuerpo se espresará, da parte al señor comandante.
6o
N ú m . J2?
Guard ia de T . San Ped ro y R o m a .
Relac ión de las rondas y contra- ron- , d a s , que han firmado en d i c h o puesto en la noche d e T . a l T . d e T . mes y año .
RONDAS. HORAS. CONTRA-RONDAS.
Firma. . . . de 10 i 1 2 . . . F i rma . F i rma . . . . de 12 á 2. . . F i rma . F i rma . . . . de 2 á 4. . . F i rma .
E l c abo comandante de dicha guardia da parte al principal ( ó al señor g o bernador de la plaza) de haber ocur r i d o ésta ó h otra n o v e d a d , ó ninguna si asi fuese.
Firma.
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Í N D I C E
de las materias contenidas en este prontuario manual.
atribuciones ú obligaciones del miliciano . 7
Obligaciones de los que se hallan de guardia, y atribuciones del que está de centinela. . ¿ v 9
Obligaciones del cabo de la milicia na-cional local / 5
'Auxilio que deben prestar las guardias y personas á quienes ha de darse 27
Obligaciones del sargento de milicia nacional local ± 29
Obligaciones particulares del comaw dante de una guardia que cubran los individuos de la milicia nacional local. J4
Parada que debe preceder al repartimiento de guardias, dotación de estas, y modo de despedir las salientes 3cT
Rondas 40 Honores 42
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Sobre tratamientos 46 Tratamientos de los grados militares. 47 Tratamientos particulares 48 Formalidades para hacer la descubier
ta de abrir y cerrar las puertas. 48 Obligaciones particulares de esta mi-
liria 54 De las penas correccionales con arreglo *
al reglamento 56* Modelo del modo fie dar parte un co
mandante de guardia . 57 Otro del modo de hacer la relación de
las rondas 5 5 Otro de la lista de una escuadra. . . $9 Otro de la de una compañía 61
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