mineria 2012

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PDT 699 - REGIMEN MINERO

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mineria

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  • PDT 699 - REGIMEN MINERO

  • Agenda

    Base legalObligadosCaso prctico

  • BASE LEGALLey 29788 que modifica la Ley 28258 Ley de Regala MineraLey 29789 que crea el Impuesto Especial a la Minera (IEM)Ley 29790 que crea el Gravamen Especial a la Minera (GEM)D.S. 180-2011-EF Modifica el Reglamento de la Ley 28258D.S. 181-2011-EF Reglamento de la Ley 29789 (IEM)D.S. 173-2011-EF Reglamento de la Ley 29790 (GEM)R.S.N 110-2012/SUNAT Aprueban el PDT 699 Rgimen Minero

  • Obligados

    Conceptos ComunesConceptoRegala Minera Ley 28528 Modificada por la Ley 29788Impuesto Especial a la Minera Ley 29789Gravamen Especial a la Minera Ley 29790Sujetos Obligados al PagoTitulares de las concesiones mineras, empresas integradas y cesionarios que realizan actividades de explotacin de recursos minerales metlicos o no metlicos.

    Art. 2 num.2.2 Titulares de las concesiones mineras, empresas integradas y cesionarios que realizan actividades de explotacin de recursos minerales metlicos.

    Art. 1 num.1.2 Art. 1 num.1.2 (Anexo I inc a) ) Sujetos No ComprendidosPequeos Productores Mineros y mineros artesanales.

    Art. 4 num.4.4 Art. 5 num.5.3No Aplicable

  • www.sunat.gob.pe

  • Ingresar RUC, USUARIO Y CLAVE

  • Utilizacin del PDT 699 como Boleta de PagoEl pago de los siguientes conceptos:Regala Minera, IEM y GEM, correspondientes al primer trimestre de 2012 en adelante, cuando su pago se efectu con posterioridad a la determinacin de los mismos.Multas por infracciones vinculadas a la Regala Minera y al IEM correspondientes al primer trimestre 2012 en adelante.Los sujetos de la actividad minera debern usar una boleta de pago por cada perodo y concepto a pagar.

    Base Legal: Art. 9 R.S. N 110-2012/SUNAT

  • Medios y Formularios para el Pago de Multas por infracciones vinculadas al GEMLos sujetos de la actividad minera debern realizar el pago de las multas por infracciones vinculadas al Gravamen a travs del Sistema Pago Fcil o mediante SUNAT Virtual o en los Bancos Habilitados utilizando el NPS, los cuales generaran el Formulario N 1662 Boleta de Pago, el Formulario Virtual N 1662 Boleta de Pago o el Formulario N 1663 Boleta de Pago respectivamente. Base Legal: Art. 10 R.S. N 110-2012/SUNAT

  • CONSTANCIA DE PRESENTACION PRICO

  • CONSTANCIA DE PRESENTACION MEPECO

  • El DPT 699 debe ser llenado en Moneda Nacional.

    Los sujetos de la actividad minera que se encuentren autorizados a llevar contabilidad en moneda extranjera debern convertir cada uno de los componentes a ser considerados en la declaracin a moneda nacional utilizando el tipo de cambio promedio ponderado venta publicado por la SBSAFP, en la fecha de vencimiento o pago lo que ocurra primero.Si en la fecha de vencimiento o pago no hubiera publicacin sobre el tipo de cambio, se tomara como referencia la publicacin inmediata anterior.El pago se realizara en Moneda Nacional

    Base Legal: Art. 11 R.S.N 110-2012/SUNAT

  • UTILIZACIN DEL FORMULARIO VIRTUAL N. 699 - PDT RGIMEN MINERO VERSIN 1.0 PARA LA REGULARIZACIN DE LA DECLARACIN DEL ULTIMO TRIMESTRE DE 2011

    La declaracin de la Regala Minera, el Impuesto y el Gravamen correspondiente al ltimo trimestre de 2011, incluyendo sus declaraciones rectificatorias, debern ser realizadas nicamente mediante el Formulario Virtual N. 699 PDT Rgimen Minero versin 1.0, consignando el perodo 2011-04.

    Tratndose de las declaraciones rectificatorias, debern ingresarse nuevamente todos los datos del concepto cuya declaracin se rectifica, inclusive aquella informacin que no se desea rectificar; pudindose rectificar ms de un concepto a la vez.

  • UTILIZACIN DEL FORMULARIO VIRTUAL N. 699 - PDT RGIMEN MINERO VERSIN 1.0 COMO BOLETA DE PAGO, PARA LA REGULARIZACIN DE LOS PAGOS DE PERIODOS ANTERIORES

    El pago de los siguientes conceptos, deber ser realizado nicamente a travs del Formulario Virtual N. 699 PDT Rgimen Minero versin 1.0, para lo cual los sujetos de la actividad minera debern indicar, en dicho formulario, su uso como boleta de pago:

    A) Anticipos mensuales de la Regala Minera, Impuesto y Gravamen correspondientes a los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2011, cuando su pago se efecte con posterioridad a la determinacin de los mismos.B) Regala Minera, Impuesto y Gravamen correspondiente al ltimo trimestre de 2011, consignando el perodo 2011-04, cuando su pago se efecte con posterioridad a la determinacin de los mismos.C) Multas por infracciones vinculadas a los anticipos mensuales de la Regala Minera y el Impuesto, correspondientes a los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2011, y al pago definitivo de dichos conceptos correspondiente al ltimo trimestre de ese ao.Los sujetos de la actividad minera debern usar una boleta de pago por cada periodo y concepto a pagar.

  • GRACIAS