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Producción Audiovisual

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  • Diseo:Kairos&Cronos | www.kyc.com.uyFotografas:Lucas Malcuori

    Impreso y encuadernado en Mastergraf srlDepsito Legal 359.052 - Comisin del PapelEdicin Amparada al Decreto 218/96

    Intendencia de MontevideoMontevideo, UruguayQueda prohibida la reproduccin total o parcial de este libro sin autorizacin escrita del titular del copyright.

    ANA OLIVERAIntendenta de Montevideo

    RICARDO PRATOSecretario General

    HCTOR GUIDODirector General Departamento de Cultura

    GISELLA PREVITALICoordinadora Oficina de Locaciones Montevideanas

    Oficina de Locaciones Montevideanas: Gabriela Gonzlez, Soledad Sasso, Pablo Mayta, Virginia Chappe.

    Realizado por la Oficina de Locaciones Montevideanas del Departamento de Cultura en colaboracin con el Servicio de Planificacin, Gestin y Diseo de la Divisin Espacios Pblicos y Edificaciones, la Divisin Trnsito y Transporte, la Unidad de Inspeccin y Radar, el Comit Participativo de Playas, la Unidad Tcnica de Alumbrado Pblico, el Servicio de Instalaciones Mecnicas y Elctricas y el Equipo Tcnico de Actualizacin Normativa e Informacin Jurdica.

    Mayo 2012

    Oficina de Locaciones MontevideanasDepartamento de CulturaIntendencia de MontevideoJuan Carlos Gmez 1276, MontevideoTel.: 2915 3353 - 2916 [email protected]@gmail.comwww.montevideo.gub.uy/locaciones

  • MONTEVIDEO

  • MANUAL PRODUCCIONES AUDIOVISUALES

  • NDICE

    PRESENTACIN

    PROCEDIMIENTO PARASOLICITAR LOCACIONES

    PRODUCCIONES AUDIOVISUALES EN ESPACIOS PBLICOS

    PRODUCCIONES AUDIOVISUALES EN PLAYAS

    SERVICIOS DE ALUMBRADO PBLICO

    TRNSITO

    DATOS TILES

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  • MANUAL PRODUCCIONES AUDIOVISUALES

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  • MANUAL PRODUCCIONES AUDIOVISUALES

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    PRESENTACIN

    La Oficina de Locaciones Montevideanas de la Intendencia de Montevideo es la oficina que recibe, gestiona y coordina las autorizaciones de uso de espacios y edificios de propiedad de la Intendencia para los diversos rodajes de cine y publi-cidad que se dan a lo largo de la ciudad.

    El presente manual de buenas prcticas de filmacin tiene como finalidad orien-tar a los realizadores audiovisuales que requieren permisos para filmar en los espacios y va pblica de Montevideo.

    En esta gua el usuario encontrar los requisitos y el procedimiento a realizarse para obtener de forma fcil y prctica sus autorizaciones para filmar. Con este trabajo se busca tambin sistematizar la informacin acerca del uso de los espa-cios pblicos para rodajes, as como de las vas de trnsito de Montevideo.

  • MANUAL PRODUCCIONES AUDIOVISUALES

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  • MANUAL PRODUCCIONES AUDIOVISUALES

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    PROCEDIMIENTO PARASOLICITAR LOCACIONES

    PERMISOSLa realizacin de actividades audiovi-suales en va pblica, parques, plazas y monumentos de Montevideo, as como edificios de propiedad de la Intenden-cia, requiere de autorizacin de esta y, en caso de ser necesario, de permisos adicionales (municipios, polica, bombe-ros, organismos con competencia en el lugar).

    La dependencia encargada de coordi-nar los permisos de rodaje es la Oficina de Locaciones Montevideanas, quien tambin realiza una labor de informa-cin y asesoramiento a productoras y realizadores audiovisuales. Para hacer una solicitud se brinda un formulario que debe ser completado con los datos de las locaciones, caractersticas del ro-daje, escenas a desarrollar, cantidad de personas, fechas y horarios, intervencio-nes de arte, cortes o desvos de trnsito.

    Desde la Oficina de Locaciones se realiza un seguimiento personalizado, controlando que se cumplan los proce-dimientos administrativos y coordinan-do con las dependencias implicadas.

  • MANUAL PRODUCCIONES AUDIOVISUALES

    PLAZOSLas solicitudes de permisos de pro-ducciones audiovisuales se deben ingresar con al menos seis das hbiles de antelacin al rodaje, dependiendo de la complejidad del mismo. Sin perjucio de ello, en aquellos casos en que las caractersticas del rodaje lo permitan, se aceptar un plazo inferior.

    DATOS NECESARIOS PARA SOLICITAR LOCACIONES:

    fechas

    horarios

    caractersticas del rodaje y escenas a desarrollar

    cantidad de personas

    intervenciones de arte

    cortes o desvos de trnsito requeridos.

    El uso de cualquier elemento de caractersticas peculiares requiere de autorizacin especial y debe declararse tambin al momento de presentar la solicitud. A modo de ejemplo se pueden sealar fuego, armas, vehculos de polica o emergencia simulados, globos aerostticos entre muchos otros.

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  • MANUAL PRODUCCIONES AUDIOVISUALES

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    TARIFAS

    La Intendencia de Montevideo tiene establecidas tarifas para produccio-nes publicitarias, que varan segn el tipo de espacio o edificio.

    En algunos casos ser necesario analizar individualmente la solicitud cuando la misma pueda implicar gastos extra, como por ejemplo el servicio de limpieza, vigilancia o posibles reparaciones, que corrern a cargo de la productora.

    Las producciones de cine nacional y los trabajos de las instituciones de enseanza estn exonerados del pago de las tarifas de locaciones. En este ltimo caso, se deber presentar constancia de estudios emitida por la institucin.

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    MANUAL PRODUCCIONES AUDIOVISUALES

    PRODUCCIONES AUDIOVISUALES EN ESPACIOS PBLICOS

    Montevideo ofrece una diversidad de locaciones entre las que se encuentran parques, plazas, playas, barrios residen-ciales, una rambla nica en el mundo y una amplia variedad de estilos arquitec-tnicos. El creciente desarrollo del sector audiovisual en la ciudad ha puesto de manifiesto la necesidad de regular el uso de estos espacios.

    A continuacin se detallan las condiciones generales para filmar en espacios pblicos:

    Ser total responsabilidad de la produc-tora las afectaciones que se produzcan a las infraestructuras de cualquier ndole.

    En caso que el montaje lo requiera, por las dimensiones del equipamiento y las reas a ocupar, deber depositarse una garanta de fiel cumplimiento de las obligaciones (en efectivo) por un monto que se determinar en cada ocasin, a favor de la Intendencia de Montevideo.

    Sern de responsabilidad exclusiva del solicitante los daos contra terceros que pueda provocar la actividad.

    De utilizarse equipos de amplificacin sonora, los decibeles producidos debe-rn ajustarse a la normativa vigente.

    Se procurar no entorpecer la circula-cin peatonal mientras se desarrolla el rodaje.

    Se procurar colocar carteles que indi-quen que se est realizando un rodaje.

  • MANUAL PRODUCCIONES AUDIOVISUALES

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    La fijacin de estructuras, cualquie-ra sea su tipo (ej. tensores de panta-llas u otros), no podr realizarse en base a perforacin, pegamentos u otros sistemas que impliquen rotu-ras o deterioro de los pavimentos. En caso de requerirse algn tipo de fijacin de estructuras, deber reali-zarse mediante apropiados muertos de hormign.

    En caso de usar el equipamiento urbano existente (bancos, juegos infantiles, papeleras, bolardos o mojones, luminarias) se tendr que cuidar de los mismos y entregarlos en buen estado. Cuando el rodaje requiera pintar alguno de esos elementos, se tendr que solicitar autorizacin y asesoramiento tc-nico a la dependencia competente en la rbita de la Divisin Espacios Pblicos y Edificaciones, a travs de la Oficina de Locaciones.

    INTERVENCIONES DE ARTEPara armado de escenografa o utilizacin de elementos de arte y ambientacin, las condiciones son las siguientes:

    Sobre aceras y pavimentos peato-nales solo se permite colocar equi-pos elevadores de menor porte, dependiendo del lugar.

    No se podr utilizar sal como inter-vencin de arte en ningn espacio pblico de la ciudad.

    Los elementos publicitarios tendrn que cumplir con el Decreto 33.071 de la Junta Departamental de Montevideo, de la Publicidad y Propaganda.

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  • MANUAL PRODUCCIONES AUDIOVISUALES

    CUIDADOS A TENER EN CUENTA EN LAS INTERVENCIONES

    No se permite aplicar pinturas en pavimentos de parques, plazas y peatonales que puedan ocasio-nar deterioro a los mismos o cuya remocin requiera procedimientos dificultosos y costosos.

    No se permite usar o aplicar produc-tos lquidos, gaseosos o slidos que afecten los materiales utilizados en el espacio pblico. En ese sentido, la reposicin total de elementos afectados por el uso incorrecto de productos ser responsabilidad de la productora.

    No se permite afectar las especies vegetales en general y las reas parquizadas. Se tomarn las medidas necesarias con el cuidado ambiental de los espacios pblicos, instalando reci-pientes para residuos en cantidad y dimensiones adecuadas. Esto se aplicar en aquellos casos que el ro-daje lo requiera por la envergadura en cuanto a personas involucradas y tiempo.

    Una vez autorizado el uso de la loca-cin, la productora asumir la respon-sabilidad sobre el estado del lugar. El uso de los espacios solicitados se condicionar a que las productoras sean responsables de:

    a) cumplir con las disposiciones depar-tamentales vigentes, tomando todas las medidas necesarias para que no se ponga en riesgo la seguridad de las personas que intervengan en la actividad y de los all presentes, siendo los nicos responsables de todo dao, perjuicio o accidente que se pudiera ocasionar en las personas o en los ele-mentos materiales que se utilicen en el rodaje o en las visitas tcnicas previas al mismo, exonerando a la Intendencia y a sus departamentos de toda respon-sabilidad al respecto;

    b) todo deterioro que se produzca en los espacios solicitados, debiendo restituirlos en el mismo estado en que los recibe y en correctas condiciones de higiene, limpieza y mantenimien-to siendo a su cargo los daos que se produzcan al mobiliario urbano, pavimentos, csped, plantas y dems instalaciones, tanto de superficie, areas o subterrneas.

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  • MANUAL PRODUCCIONES AUDIOVISUALES

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    Normativa a tener en cuenta

    Decreto 33.071 de la Junta Departamental de Montevideo relativa a la Publicidad y Propaganda.

    Artculos D.1899 al D.1911 del Digesto Departamental, Volumen VI - Higiene y Asistencia Social, Ttulo IV - De la higiene y limpieza pblicas, Captulo I - De la limpieza pblica, Seccin II - De las obligaciones de los particulares.

    RUIDOS MOLESTOS

    Est prohibido provocar ruidos molestos, innecesarios o excesivos tanto en espacios pblicos como privados, cuando por razones de horario, lugar o intensidad, dichos ruidos afecten o sean capaces de afectar a la poblacin, en su tranquilidad, en su reposo y cuando determinen perjuicios al medio ambiente. La normativa vigente en lo que respecta a ruidos molestos se encuentra en los artculos D.1991 a D.2017 del Di-gesto Departamental, Volumen VI Higiene y Asistencia Social, Ttulo V De la profilaxis y previsin, Captulo IX De los ruidos molestos y en lo pertinente tambin en el De-creto N 16.018 de la Junta de Montevideo. Se consideran ruidos innecesarios los que pueden ser objeto de supresin total o de una modificacin que los haga inofensivos (Artculo D.1995). Se consideran ruidos excesivos aquellos que afectan, al pasar ciertos lmites, el bienestar y la tranquilidad de los habitantes de la ciudad (Artculo D.2007).

    Los niveles promedio mximos tolerables de inmisin de ruido en horas de la noche (22 a 6 horas) no pueden exceder los 35-39 decibeles en zonas habitacionales y los 55 decibeles en zonas industriales. De 6 a 22 horas los niveles promedio no pueden exceder los 45 decibeles en las zonas habitacionales y de los 65 en zonas industriales. (Artculo 20 del Decreto N 16.081 y Circular del Servicio de Instalaciones Mecnicas y Elctricas de fecha 20/10/98).Los lmites de emisin de ruidos de instalaciones mecnicas estn regidos por el De-creto N 16.556 y limitados por lo anterior. De todas maneras, en algunas actividades especficas donde sea necesaria la produccin de sonidos por encima de los niveles ya mencionados, los mismos no podrn superar los decibeles que posea el entorno.

  • SOLICITUD DE EDIFICIOS PBLICOS

    La Oficina de Locaciones Montevideanas tambin puede actuar como interlocutor para solicitar el uso de edificios pblicos como locaciones, ya sean de la rbita departamental o estatal.Para eso, los realizadores debern presentar una carta de solicitud indican-do espacios a utilizar, fechas, horarios, caractersticas del rodaje, escenas a desarrollar, cantidad de personas que participan, intervenciones de arte y uso de cualquier elemento de caractersticas peculiares. En estos casos, la tarea de esta Oficina es de articulacin y coordinacin, pero la aprobacin de un permiso de rodaje estar sujeta al organismo correspon-diente. Los responsables del edificio establecern las condiciones y directivas acerca del uso de la locacin.

    MANUAL PRODUCCIONES AUDIOVISUALES

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  • MANUAL PRODUCCIONES AUDIOVISUALES

    El departamento de Montevideo tiene 13 kilmetros de playas. Si se toma como referencia el Puerto de Montevi-deo, las playas del sector oeste son ms pequeas, mientras que las del este son ms extensas, adems de ser las ms frecuentadas.

    Montevideo es una de las pocas capita-les del mundo que cuenta con una faja costera de playas integrada al centro urbano. Adems, es la primera gran ciudad en haber logrado la certificacin por las normas ISO 14.001, en reconoci-miento a su desempeo ambiental en la gestin de sus playas, con el consi-guiente aporte al desarrollo ambiental y turstico de la ciudad.

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    PRODUCCIONES AUDIOVISUALES EN PLAYAS

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    Toda produccin audiovisual a reali-zarse en playas de Montevideo debe ser comunicada al Comit Partici-pativo de Playas que funciona en la rbita del Departamento de Desarro-llo Ambiental de la Intendencia de Montevideo, a travs de la Oficina de Locaciones Montevideanas.

    Para cada solicitud se debe com-pletar un formulario en el que se describe detalladamente la actividad a realizar, indicando en qu playa, qu sector, permetro a utilizar y cantidad de personas involucradas en la actividad (fecha del rodaje, horario del armado del set, duracin del rodaje, horario del desarmado del set).

    PROCEDIMIENTOLa Certificacin por las normas ISO 14.001 implica un estricto control de las acti-vidades que se realizan y requiere un procedimiento a seguir, que se describe a continuacin:

    El solicitante es el responsable de la gestin de los residuos que se generen, los que deben ser recogi-dos y dispuestos en los lugares que corresponda de la manera que el Comit lo indique. A tales efectos, se debe presentar un plan de ges-tin de residuos conjuntamente con el formulario.

    Para el caso de intervenciones de arte se solicita un plano o croquis de las estructuras a instalar, con su ubicacin referenciada.

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  • MANUAL PRODUCCIONES AUDIOVISUALES

    CONDICIONES GENERALES

    Solo se permite el montaje de es-tructuras de andamios tubulares. Se prohbe el armado con elemen-tos punzantes y cortantes. En caso de necesitarse, podr armarse la estructura fuera de la playa y situar-la en la misma, con previa autoriza-cin del Comit de Playas.

    Se debe permitir el libre movi-miento de la arena a travs de la infraestructura.

    Se debe establecer el lugar y rea a ocupar por el evento. El rea no debe superar un determinado por-centaje del rea total de la playa, que se indicar en cada caso, a efec-tos de contemplar los diferentes espacios pblicos y actividades que all se desarrollan. La productora debe restituir la playa en las mismas o mejores condiciones en que la recibe y en correcto estado de higiene y man-tenimiento, siendo de su cargo los daos que se produzcan al mobi-liario urbano, pavimento y dems instalaciones.

    No se pueden hacer movimientos de arena ni dejar objetos enterra-dos. La productora tiene que retirar todo el equipamiento utilizado sin dejar nada sobre o bajo la superfi-cie de la arena, agua o vereda.

    Se debe considerar el relacio-namiento con los usuarios de la playa a efectos de compatibilizar las actividades planteadas con las desarrolladas normalmente.

    Una vez finalizado el rodaje, se debe entregar en la Oficina de Lo-caciones Montevideanas el cuestio-nario de evaluacin, con el objetivo de sistematizar la informacin de cada rodaje.

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  • MANUAL PRODUCCIONES AUDIOVISUALES

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    Est prohibido el ingreso de vehcu-los y animales a la playa. Se contem-plarn excepciones siempre que se presenten con al menos seis das de anticipacin al Comit de Playas a travs de la Oficina de Locaciones Montevideanas.

    Est prohibido modificar la ubica-cin de mobiliario o similares y/o daar infraestructuras (recipientes para residuos, cartelera, baos, barreras para arena, etc.).

    Est prohibida la realizacin de fuego. Se podrn contemplar excepciones siempre y cuando se presenten con antelacin. En caso de autorizarse, se debe colocar una plancha de metal debajo.

    El incumplimiento de las condicio-nes establecidas ser sancionado y se tendr en cuenta para prximas autorizaciones.

    PARA TENER EN CUENTA

    El control sobre el cumplimiento de estas condiciones ser realizado por la Unidad de Playas, Emergencias y Necropsias. Para esto se realizarn las coordinaciones a travs de la Oficina de Locaciones para trasladar al inspec-tor hasta el sitio del rodaje.

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  • MANUAL PRODUCCIONES AUDIOVISUALES

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    Normativa que prohbe el ingreso de vehiculos y animales a la playa:

    Decreto 100/91 art. 129 del Poder Ejecutivo.

    Ley 16.736 del 5/1/96 art. 452.

    Ordenanza 1/96 del 6/2/96 del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente.

    Digesto Departamental, Volumen X - De los Espacios Pblicos y de Acceso al Pblico.

    QU SON LAS NORMAS UNIT-ISO PARA GESTIN AMBIENTAL?

    Se trata de un conjunto de normas que permite establecer un sistema efecti-vo de gestin ambiental mediante un procedimiento y unas pautas a aplicar. Comprende una serie de procedimientos estndares internacionalmente aceptados que, una vez implantados, ayudan a las organizaciones a tratar sistemticamente los asuntos ambientales. Sus mtodos de ensayo permiten realizar una evaluacin seria de la calidad del ambiente as como demostrar el cumplimiento de las metas ambientales.El Instituto Uruguayo de Normas Tcnicas es el responsable de la normaliza-cin tcnica sobre esta materia en nuestro pas. Por ms informacin: www.unit.org.uy

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  • SERVICIOS DE ALUMBRADO PBLICO

    Entre los servicios solicitados por las productoras se encuentran los relacio-nados con el alumbrado pblico. A continuacin se detallan las condicio-nes para solicitar bajadas de energa, prendido y apagado de luminaria, etc.

    BAJADAS DE ENERGALas solicitudes de bajadas de energa se deben realizar con cinco das de anticipacin. La gestin se realiza ante el Departamento de Acondicionamien-to Urbano a travs de la Ofi cina de Locaciones Montevideanas.

    Se deber indicar el lugar con plano detallado, carga en Kw necesarios, tiempo de utilizacin, si es en 220 V o 400 V, si es un solo tablero o si son ms de uno (en ese caso, cantidad y distri-bucin de los mismos). Una vez que se cuente con todos los datos requeridos, se estimarn los costos.

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    MANUAL PRODUCCIONES AUDIOVISUALES

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    La solicitud se deber realizar con al menos 72 horas de antelacin, indi-cando los puntos de luz requeridos por medio de planos de ubicacin.

    Se indicar el tipo de maniobra y tiempo previsto para la misma (por ejemplo, cunto tiempo se requiere mantener el apagado o encendido de luces para saber si debe perma-necer un equipo de funcionarios durante la actividad).

    Si la complejidad del apagado o la cantidad de focos afectados puede significar peligros a terceros por falta de luz, se deber contar con autorizacin especial. Adems, la productora solicitante se har cargo de la seguridad extraordinaria en la zona y asumir por escrito la responsabilidad plena ante posibles perjuicios.

    APAGADO O ENCENDIDO DE ALUMBRADO FUERA DE SUS HORARIOS HABITUALES

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  • APOYO DE EQUIPOS DE ELEVACIN PARA FILMACIONES

    Se deben solicitar con al menos 48 horas de antelacin, indican-do la altura requerida y cuntos operarios deben ser elevados, as como tiempos y horarios en que se necesitan los equipos.

    El solicitante deber presentar una nota responsabilizndose de sus operarios en cuanto al conoci-miento del uso de dichos equipos de elevacin. De no contar con conocimiento o experiencia, debe-rn concurrir con antelacin a la Unidad Tcnica de Alumbrado P-blico (UTAP), ubicada en Marcelino Sosa 2477, de forma de recibir una instruccin mnima. El funcionario que concurre a prestar el servicio es quien tiene la ltima palabra en cuanto a la utilizacin y posibilidad de operar en las distintas situacio-nes planteadas por los solicitantes.

    Asimismo, el solicitante deber aceptar las condiciones y la utiliza-cin de los equipos de seguridad (cinturn de arns completo, casco, etc.). En caso de que el solicitante no cuente con ellos, debe aclararlo para que la UTAP se los suministre.

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  • MANUAL PRODUCCIONES AUDIOVISUALES

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    TRNSITO

    Toda intervencin sobre el trnsito debe ser autorizada por la Divisin Trnsito y Transporte de la Intenden-cia de Montevideo en coordinacin con la Oficina de Locaciones Montevi-deanas, de acuerdo con la normativa vigente.

    Se aplicarn las normas y medidas de seguridad necesarias para velar por la seguridad pblica, por lo que cada solicitud se estudiar con la responsa-bilidad y consideracin que cada caso en particular merece. Se buscar con-ciliar la dinmica de la ciudad con la actividad audiovisual, de manera que la afectacin del trnsito sea solo la necesaria pero que los rodajes puedan llevarse a cabo, haciendo primar el inters general sobre el particular.

  • Los cortes se limitarn a lo estricta-mente necesario, preferentemente concentrados en fines de semana.

    En todo momento se permitir y facilitar el paso de ambulancias, bomberos y otros vehculos de urgencias.

    Se permitir el acceso y salida de los vecinos que posean entradas de garages.

    No se podr impedir la circulacin de peatones salvo en casos excep-cionales, canalizando la circulacin con elementos de seguridad que se indicarn en cada caso.

    CORTES DE TRNSITOEn caso de que el rodaje requiera cortes de trnsito se seguirn las siguientes normas:

    Los cortes o desvos deben desarro-llarse con las mximas garantas de sealizacin exigidas por la Inten-dencia de Montevideo. La Divisin Trnsito y Transporte determinar las seales y el apoyo de efectivos necesarios en cada situacin. El costo de los efectivos, as como la sealizacin con balizas, estar a cargo del solicitante.

    En la medida de lo posible se evi-tar realizar cortes en lugares en los que circula transporte urbano y suburbano.

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    RESERVA DE ESTACIONAMIENTOCuando sea necesario reservar estacionamiento se seguirn las siguientes normas:

    La reserva, una vez autorizada, ser realizada por la productora mediante la instalacin de vallas, conos y/o cintas.

    No se podr estacionar en lugares prohibidos ni hacer uso de zonas de carga y descarga, paradas de mnibus o cruces peatonales.

    En las zonas tarifadas se deber pagar el costo correspondiente.

    En aquellos espacios de la va pblica que sean reservados para uso exclusivo de la productora, la Divisin Trnsito y Transporte podr cobrar por su uso en caso de as considerarlo.

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    SEALES DE TRNSITOPara alterar cualquier sealizacin de trnsito se requiere autorizacin especfica, la que se solicitar en el formulario a travs de la Oficina de Locaciones Montevideanas. Una vez autorizada, se tomarn los recaudos necesarios para garantizar la segu-ridad del trnsito y, terminado el rodaje, se proceder a restablecer la sealizacin a su estado anterior.

    AVISO A VECINOS Y COMERCIANTES

    La productora informar a ve-cinos y comerciantes de la zona afectados por estas interven-ciones, mediante el envo de un escrito en el que se informe fecha, horario, ubicacin y ca-ractersticas del rodaje, reservas de estacionamiento y cortes pre-vistos, telfono de contacto del responsable de la produccin, as como cualquier otra informacin que pueda resultar de inters.

    MANUAL PRODUCCIONES AUDIOVISUALES

  • MANUAL PRODUCCIONES AUDIOVISUALES

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    SEALIZACIN

    Todo rodaje que se realice en una calle deber ser debidamente sealizado con carteles indicadores y balizas.

    Se utlizarn carteles indicadores de media calzada, desvo o calle cerrada, ubicados de 20 a 50 metros antes, segn el caso.

    Dichos carteles indicadores debern ser reflectivos y con iluminacin propia visible y estar acompaados de dos balizas como mnimo.

    Los cortes de calle debern realizarse con cartel indicador y balizas. Sin perjuicio de ello, dependiendo del lugar y de las caractersticas del rodaje, se podrn utilizar conos.

    Para canalizar el trnsito se utilizarn balizas, las cuales tendrn como mximo una distancia de 3 metros entre s.

    Adems de la sealizacin mencionada, la presencia de agentes de trnsito para garantizar la seguridad y regular el trnsito quedar a criterio de la Divisin Trnsito y Transporte.

    A continuacin se presentan algunos esquemas como ejemplo de sealizacin, teniendo en cuenta que la misma siempre ser planificada y supervisada por la Divisin Trnsito y Transporte.

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    MANUAL PRODUCCIONES AUDIOVISUALES

    CUARTA Y MEDIA CALZADA

    Sealizacin segn la velocidad del lugar en donde se est trabajando

    20m

    45km

    /h

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    BALIZASETFLECHA BALIZA

    REFERENCIAS

    PROHIBICIN DE ESTACIONAR

    CARTEL INDICADOR

    30m

    60km

    /h

    MANUAL PRODUCCIONES AUDIOVISUALES

  • MANUAL PRODUCCIONES AUDIOVISUALES

    4675

    km/h

    50m

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    MANUAL PRODUCCIONES AUDIOVISUALES

    SEALIZACIN DEL SET

  • MANUAL PRODUCCIONES AUDIOVISUALES

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    CIERRE DE CALLES

    A 50m CALLE CERRADA

    CALLE CERRADA

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    CIRCULACIN EN DOBLE SENTIDO

    DOBLEMANO

    MANUAL PRODUCCIONES AUDIOVISUALES

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  • MANUAL PRODUCCIONES AUDIOVISUALES

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    DATOS TILES

    OFICINA DE LOCACIONES MONTEVIDEANAS / 2915 3353, 2916 6197 / www.montevideo.gub.uy/locaciones

    INSTITUTO DEL CINE Y EL AUDIOVISUAL DEL URUGUAY / icau.mec.gub.uy

    AUDIOVISUAL URUGUAY / www.audiovisual.com.uy

    URUGUAY FILM COMMISSION / www.uruguayfi lmcommission.com.uy

    CMARA AUDIOVISUAL DEL URUGUAY / www.cadu.org.uy

    INTENDENCIA DE MONTEVIDEO / 1950 / www.montevideo.gub.uy

    CMO IR / www.montevideo.gub.uy/aplicacion/como-ir

    PRESIDENCIA DE LA REPBLICA / www.presidencia.gub.uy

    MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTE / www.turismo.gub.uy

    TELECOMUNICACIONES / www.antel.com.uy

    CLIMA / www.meteorologia.gub.uy

    EMERGENCIA, PATRULLEROS / 911

    AMBULANCIAS / 105

    BOMBEROS / 104

    PREFECTURA / 106

    POLICA TURSTICA / 0800 8226

  • TODA SITUACIN NO PREVISTA EN ESTE MANUAL QUEDA SUJETA A ESTUDIO DE VIABILIDAD POR PARTE DE LAS DEPENDENCIAS INVOLUCRADAS EN COORDINACIN CON LA OFICINA DE LOCACIONES MONTEVIDEANAS.