ley intercultural bilingue por paul tibanta

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Universidad Central del Ecuador FACULTAD DE FILOSOFIA LETRAS Y CIENCIAS DE LA EDUCACION CUARTO SEMESTRE LEY INTERCULTURAL BILINGÜE Darwin Tibanta

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  • 1. Universidad Central del EcuadorFACULTAD DE FILOSOFIA LETRAS Y CIENCIASDE LA EDUCACION CUARTO SEMESTRE LEY INTERCULTURAL BILINGEDarwin Tibanta

2. IntroduccinEl Ecuador es un pas multilinge, pluricultural,conformado por pueblos indgenas, poblacinnegra y poblacin mestiza. Los pueblosindgenas se encuentran en tres regiones delpas: en la Costa, los awa, chachi, tschila ypera; en la Sierra los quichuas; en la ReginAmaznica, los ais (cofanes), sionas, secoyas,zparos, huaos, quichuas y los shuaras-achuaras, y mantienen una lengua y unacultura propia, que constituyen una de lasriquezas culturales de la nacin ecuatoriana. 3. La educacin que se ha ofrecido a los pueblosindgenashaestado orientadatradicionalmente a promover su asimilacinindiscriminada, lo que ha contribuido alimitar su desarrollo socio-cultural yeconmico. Este tipo de educacin, adems,ha fomentado la ruptura de la identidad delos pueblos indgenas y el desarrollo desituaciones de racismo perjudiciales para elpas 4. AntecedentesLa propuesta de Educacin Intercultural Bilingetiene como referencia el resultado de lasexperiencias que se han desarrollado en el pasen educacin indgena en el transcurso de lasltimas dcadas, y junto con ello, las accioneslegales desarrolladas para la ejecucin de estapropuesta general de educacin de la poblacinindgena 5. Principios de la Educacin Intercultural BilingeLos principios que sustentan el modelo de educacinintercultural bilinge son los siguientes: el eje principal del proceso educativo es la persona a cuyoservicio debe estar el sistema de educacin; la familia representa la base del proceso de formacin de lapersona y es la principal responsable de su educacin; la comunidad y la organizacin comunitaria soncorresponsables, junto con el Estado, de la formacin yeducacin de sus miembros; la lengua nativa constituye la lengua principal de educacin,y el espaol tiene el rolde segunda lengua y lengua derelacin intercultural; 6. La educacin intercultural bilinge delEcuador, enfatiza su formacin en la relacinhombre-naturaleza, rescate del conocimientosy de la identidad cultural ancestral, de lasnacionalidades y pueblos indgenas de laSierra y Oriente. La educacin bilinge est garantizada, en laConstitucin Poltica del Ecuador y en la LeyOrgnica de Educacin Intercultural desde elartculo 77 hasta el 92, ratifica la utilizacin dela lengua de la nacionalidad respectiva. 7. Art 57 de la Constitucin Numeral 14 Desarrollar, fortalecer y potenciar el sistema deeducacin intercultural bilinge, con criterios decalidad, desde la estimulacin temprana hasta elnivel superior, conforme a la diversidad cultural,para el cuidado y preservacin de lasidentidadesenconsonancia con susmetodologas de enseanza y aprendizaje. Segarantizar una carrera docente digna. Laadministracin de este sistema ser colectiva yparticipativa, con alternancia temporal yespacial, basada en veedura comunitaria yrendicin de cuentas. 8. Art .-77 Sistema de EducacinIntercultural Bilinge.-El Sistema de Educacin Intercultural Bilinge (SEIB) esparte sustancial del Sistema Nacional de Educacin, a travsde la Subsecretaria de Educacin Intercultural Bilinge, demanera desconcentrada y con respeto a los derechos de lascomunas, comunidades, pueblos y nacionalidades indgenas.El Sistema de Educacin Intercultural Bilinge comprendeel conjunto articulado de todas las polticas, normas eintegrantes de la comunidad educativa desde el nivelcomunitario, circuitos educativos, distrital y zonal, quetengan relacin directa con los procesos de aprendizajes enidiomas ancestrales y oficiales. 9. Art. 79.- Fundamentos.- El Sistema de EducacinIntercultural Bilinge se sustenta en los siguientesfundamentos, que se transversalizan en el SistemaNacional de Educacin:a. Respeto y cuidado a la Pacha mama;b. Respeto a los derechos individuales, colectivos,culturales y lingsticos de las personas;c. Reconocimiento de la familia y la comunidadcomo el sustento de la identidad cultural ylingstica; 10. d. Reconocimiento de la Interculturalidad, entendidacomo la coexistencia e interaccin equitativa, quefomenta la unidad en la diversidad, la valoracinmutua entre las personas, nacionalidades y pueblos enel contexto nacional e internacional;e. Reconocimiento de la reciprocidad como un elementoque articula la gestin educativa a travs de laconvivencia y desarrollo integral de la comunidadvinculada con el centro educativo comunitario; y,f. Reconocimiento de la autodeterminacin como elDerecho de las nacionalidades y pueblos que garantizala educacin como eje fundamental en la continuidaddel desarrollo socio-econmico, cultural y lingstico. 11. Art.-78 Finesa. El fortalecimiento de la plurinacionalidad y lainterculturalidad para lograr el Buen Vivir;b. El fortalecimiento de la identidad, lengua ycultura de las nacionalidades y pueblos indgenas;c. El fomento, desarrollo y fortalecimiento de lossistemasde vidadelascomunas, comunidades, pueblos y nacionalidades;d. La recuperacin, desarrollo y socializacin de lasabidura, el conocimiento, la ciencia y la tecnologadelos pueblos y nacionalidades ancestrales; 12. f. La recuperacin, desarrollo y fortalecimientode los valores propios de las comunas,comunidades, pueblos y nacionalidades; y,g. La formacin de personas con identidadpropia, con un nivel cientfico que conviva conlos avances tecnolgicos y los saberes de otrospueblos.- La administracin de este sistema sercolectiva y participativa,con alternanciatemporal y espacial, basada en veedurascomunitarias y rendicin de cuentas 13. ObjetivosDesarrollar,fortalecer y potenciar la educacinintercultural bilinge, con criterios de calidad, desde elnivel inicial hasta el bachillerato y educacin superioresta ltima regulada por la legislacin pertinente,conforme a la diversidad cultural, para el cuidado,preservacin y convivencia armnica con laPacha mama, para el desarrollo integral de las personas,la familia y la comunidad; 14. Garantizar que la educacin intercultural bilingeaplique un modelo de educacin pertinente a ladiversidad de los pueblos y nacionalidades; valore yutilice como idioma principal de educacin elidioma de la nacionalidad respectiva y el castellanocomo idioma de relacin intercultural; y,c. Potenciar desde el Sistema Educativo el uso deidiomas ancestrales, de ser posible, en todos loscontextos sociales 15. Obligaciones del EstadoGarantizar una distribucin equitativa en el PresupuestoGeneral del Estado que asegure el funcionamiento delSistema de Educacin Intercultural Bilinge, a fin defortalecer la calidad de la educacin;b. Garantizar el cumplimiento de los principios y finessealados en la Constitucin de la Repblica, en lostratados e instrumentos internacionales y en esta Ley;c. Garantizar el fortalecimiento institucional y eldesarrollo del Sistema de Educacin InterculturalBilinge; 16. Procurar la creacin de instituciones educativasinterculturales bilinges, garantizando sufuncionamiento de acuerdo con las necesidadesespecficas y tcnicas;e. Promover la formacin de profesionalesinterculturalesbilinges y plurilinges, en las especialidadesrequeridas por las comunas,comunidades,pueblos y nacionalidades del Pas; y,f. Cumplir los tratados e instrumentosinternacionales para la ejecucin de programaseducativos interculturales bilinges. 17. Art. 83.- Estructura del Sistema de EducacinIntercultural Bilinge (SEIB).- El Sistema de EducacinIntercultural Bilinge tiene la siguiente estructura:a. La Autoridad Educativa Nacional;b. El Consejo Plurinacional del Sistema InterculturalBilinge;c. Subsecretara del Sistema de Educacin InterculturalBilinge, con sus niveles desconcentrados: zonal,distrital, circuital y comunitario; y los organismos decoordinacin en los respectivos niveles;d. La Direccin Nacional de Educacin InterculturalBilinge; y,e. El Instituto de Idiomas, Ciencias y Saberes Ancestralesdel Ecuador.