ley 29090-ley de regulacion de habilitaciones urbanas y edificaciones.pdf
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1. Asegurar que las Municipalidades, efecten
acciones de fiscalizacin y control urbano,
acorde a lo establecido en la LOM (LEY
ORGANICA DE MUNICIPALIDADES.)
2. Dotar de celeridad al procedimiento de
inscripcin de los Revisores Urbanos y
otorgar responsabilidad a los colegios
profesionales CAP y CIP para su acreditacin.
3. Dotar al procedimiento de mayor seguridad,
que garantice la ejecucin de las obras y
brindar garantas que salvaguarden los
intereses de los posibles afectados ante
cualquier accidente producido en la obra
(EMS, Proyecto de Calzadura y Pliza CAR).
4. Perfeccionamiento de la norma.
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1. Resalta la competencia municipal de fiscalizacin y
control para garantizar la seguridad privada y
pblica.
2. Todos los procedimientos estn sujetos al Silencio
Administrativo Positivo, a excepcin de los
inmuebles que formen parte del patrimonio cultural
de la nacin, (Art. 2.2-d Ley / 56.4)
3. Modifica el procedimiento de seleccin de los
Revisores Urbanos, ya no por de
sino mediante de los
colegios profesionales (Art 6 2 Ley).
4. Se pueden establecer otros requisitos en el
Reglamento, solo en las modalidades de
aprobacin con evaluacin previa de proyectos,
(Art. 10, num. 3 Ley)
5. Precisa participacin de INDECI (edificaciones de
vivienda de 5 a 10 pisos) y del CGBVP
(edificaciones de vivienda mayor a 10 Ley 29090,
otros fines contemplados en las modalidades y
y de concurrencia masiva), (Art. 4, num. 7-b y
7d Ley)
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7. Se modifican las Modalidades de aprobacin:
Modalidad aprobacin automtica con firma de
profesionales, (art. 10, num. 1 ley) .
Modalidad se establece la
la cual despus de la Verificacin Administrativa (15
y 20 das tiles) se convierte en
(art. 10, num. 2 ley).
Modalidad y con evaluacin de la Comisin
Tcnica, se establece la con
dictamen Conforme en la Licencia Temporal
especialidad de Arquitectura. (art. 51-d)
8. Se precisa que el 40% de la licencia ser destinado
para Verificacin Tcnica (monto intangible), (art. 10,
num. 6-c ley)
9. Se exige el plano de Sostenimiento de las
Excavaciones, Estudio de Suelos y Pliza Car (todo
riesgo contratista), modalidades y (art. 25
ley).
10. Se define obras provisionales (Caseta de Ventas y
Mdulo Piloto), deben retirarse antes de conformidad
de obra (4 disp comp final) .
11. Se precisan requisitos para obras de demolicin,
(art. 54.4-e)