ley 29090-ley de regulacion de habilitaciones urbanas y edificaciones.pdf

Download LEY 29090-LEY DE REGULACION  DE HABILITACIONES URBANAS Y EDIFICACIONES.pdf

If you can't read please download the document

Upload: aldrin

Post on 16-Dec-2015

49 views

Category:

Documents


3 download

TRANSCRIPT

  • 1. Asegurar que las Municipalidades, efecten

    acciones de fiscalizacin y control urbano,

    acorde a lo establecido en la LOM (LEY

    ORGANICA DE MUNICIPALIDADES.)

    2. Dotar de celeridad al procedimiento de

    inscripcin de los Revisores Urbanos y

    otorgar responsabilidad a los colegios

    profesionales CAP y CIP para su acreditacin.

    3. Dotar al procedimiento de mayor seguridad,

    que garantice la ejecucin de las obras y

    brindar garantas que salvaguarden los

    intereses de los posibles afectados ante

    cualquier accidente producido en la obra

    (EMS, Proyecto de Calzadura y Pliza CAR).

    4. Perfeccionamiento de la norma.

  • 1. Resalta la competencia municipal de fiscalizacin y

    control para garantizar la seguridad privada y

    pblica.

    2. Todos los procedimientos estn sujetos al Silencio

    Administrativo Positivo, a excepcin de los

    inmuebles que formen parte del patrimonio cultural

    de la nacin, (Art. 2.2-d Ley / 56.4)

    3. Modifica el procedimiento de seleccin de los

    Revisores Urbanos, ya no por de

    sino mediante de los

    colegios profesionales (Art 6 2 Ley).

    4. Se pueden establecer otros requisitos en el

    Reglamento, solo en las modalidades de

    aprobacin con evaluacin previa de proyectos,

    (Art. 10, num. 3 Ley)

    5. Precisa participacin de INDECI (edificaciones de

    vivienda de 5 a 10 pisos) y del CGBVP

    (edificaciones de vivienda mayor a 10 Ley 29090,

    otros fines contemplados en las modalidades y

    y de concurrencia masiva), (Art. 4, num. 7-b y

    7d Ley)

  • 7. Se modifican las Modalidades de aprobacin:

    Modalidad aprobacin automtica con firma de

    profesionales, (art. 10, num. 1 ley) .

    Modalidad se establece la

    la cual despus de la Verificacin Administrativa (15

    y 20 das tiles) se convierte en

    (art. 10, num. 2 ley).

    Modalidad y con evaluacin de la Comisin

    Tcnica, se establece la con

    dictamen Conforme en la Licencia Temporal

    especialidad de Arquitectura. (art. 51-d)

    8. Se precisa que el 40% de la licencia ser destinado

    para Verificacin Tcnica (monto intangible), (art. 10,

    num. 6-c ley)

    9. Se exige el plano de Sostenimiento de las

    Excavaciones, Estudio de Suelos y Pliza Car (todo

    riesgo contratista), modalidades y (art. 25

    ley).

    10. Se define obras provisionales (Caseta de Ventas y

    Mdulo Piloto), deben retirarse antes de conformidad

    de obra (4 disp comp final) .

    11. Se precisan requisitos para obras de demolicin,

    (art. 54.4-e)