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JORGE LUIS PÉREZ FLORES Congresista de la República LEY QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 33° DE LA LEY 28044 “LEY GENERAL DE EDUCACIÓN”. El Grupo Parlamentario SOMOS PERÚ, a iniciativa del Congresista JORGE LUIS PÉREZ FLORES, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 107° de la Constitución Política del Estado, concordante con los artículos 22° inciso c), 75° y 76° del Reglamento del Congreso de la República, propone el siguiente proyecto de Ley: El Congreso de la República Ha dado la siguiente Ley; LEY QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 33° DE LA LEY 28044 “LEY GENERAL DE EDUCACIÓN” Artículo Único. - Modificatoria Modificase el artículo 33° de la Ley N° 28044 “Ley General de Educación”, el cual queda redactado de la siguiente manera: Artículo 33°. - Currículo de la Educación Básica El currículo de la Educación Básica es abierto, flexible, integrador y diversificado. Se sustenta en los principios y fines de la educación peruana. El Ministerio de Educación es responsable de diseñar los currículos básicos nacionales. En la instancia regional y local se diversifican a fin de responder a las características de los estudiantes y del entorno; en ese marco, cada Institución Educativa construye su propuesta curricular, que tiene valor oficial. En todos los casos, se debe incluir cursos formativos en: nutrición, educación para el trabajo y educación vial. Las Direcciones Regionales de Educación y las Unidades de Gestión Educativa desarrollan metodologías, sistemas de evaluación, formas de gestión, organización escolar y horarios diferenciados, según las características del medio y de la población atendida, siguiendo las normas básicas emanadas del Ministerio de Educación. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA y FINAL UNICA. - Adecúese el currículo nacional a lo establecido por la presente norma. Lima, setiembre de 2020 JORGE LUIS PÉREZ FLORES CONGRESISTA DE LA REPÚBLICA

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JORGE LUIS PÉREZ FLORES Congresista de la República

LEY QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 33° DE LA

LEY 28044 “LEY GENERAL DE

EDUCACIÓN”.

El Grupo Parlamentario SOMOS PERÚ, a iniciativa del Congresista JORGE LUIS PÉREZ

FLORES, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 107° de la Constitución Política

del Estado, concordante con los artículos 22° inciso c), 75° y 76° del Reglamento del Congreso

de la República, propone el siguiente proyecto de Ley:

El Congreso de la República

Ha dado la siguiente Ley;

LEY QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 33° DE LA LEY 28044 “LEY GENERAL DE

EDUCACIÓN”

Artículo Único. - Modificatoria

Modificase el artículo 33° de la Ley N° 28044 “Ley General de Educación”, el cual queda

redactado de la siguiente manera:

Artículo 33°. - Currículo de la Educación Básica

El currículo de la Educación Básica es abierto, flexible, integrador y diversificado. Se sustenta en los principios y fines de la educación peruana.

El Ministerio de Educación es responsable de diseñar los currículos básicos nacionales. En la instancia regional y local se diversifican a fin de responder a las características de los estudiantes y del entorno; en ese marco, cada Institución Educativa construye su propuesta curricular, que tiene valor oficial. En todos los casos, se debe incluir cursos formativos en: nutrición, educación para el trabajo y educación vial.

Las Direcciones Regionales de Educación y las Unidades de Gestión Educativa desarrollan metodologías, sistemas de evaluación, formas de gestión, organización escolar y horarios diferenciados, según las características del medio y de la población atendida, siguiendo las normas básicas emanadas del Ministerio de Educación.

DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA y FINAL

UNICA. - Adecúese el currículo nacional a lo establecido por la presente norma.

Lima, setiembre de 2020

JORGE LUIS PÉREZ FLORES

CONGRESISTA DE LA REPÚBLICA

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JORGE LUIS PÉREZ FLORES Congresista de la República

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

En nuestro país desde hace décadas, se han venido implementando políticas públicas

destinadas a prevenir y combatir la desnutrición infantil, que se refleja en el retardo de la

velocidad de crecimiento del niño, generada muchas veces por la baja ingesta de proteínas de

origen animal, calcio y zinc. Sin embargo, “gracias a los programas nutricionales y al desarrollo

socioeconómico del país, la prevalencia de niños con bajo peso para su talla es menor al 1% y

los cuadros clínicos severos casi no se ven” 1.

Establecer desde una edad temprana el hábito de la ingesta adecuada de frutas y verduras, así

como proteínas de origen animal (pescados o carnes), deben constituir los pilares de una

alimentación saludable que evite tanto la talla baja y desnutrición infantil como el sobrepeso y

la obesidad, para ello resulta imprescindible recibir la formación adecuada durante toda la etapa

escolar, que garantice la creación de conciencia acerca de su importancia y el mantenerla así

durante todo la vida de la persona. Tenemos que, de acuerdo a lo expresado por Claudio F.

Lanatta2 gran parte de las enfermedades crónicas no transmisibles, como la obesidad de deben

fundamentalmente a que el obeso en nuestro país come el mismo tipo de alimentos que el no

obeso, solo que come más, con raciones más grandes. Por otro lado, considera que promover

del ejercicio físico y evitar el sedentarismo debe ser otro elemento muy importante que debería

realizarse tanto en las escuelas, como por las municipalidades y los padres de familia en el

hogar.

A este respecto tenemos, que la mala alimentación, genera una alta incidencia de

enfermedades metabólicas como la diabetes mellitus tipo 2, prediabetes, síndrome metabólico,

hígado graso, dislipidemia, hipertensión arterial, son las principales patologías que van

directamente relacionadas con el sobrepeso y la obesidad, especialmente en la distribución

abdominal de una persona y todo ello conlleva al incremento del gasto por parte del Estado y

los propios ciudadanos, en Atención y tratamiento de las referidas dolencias, sin contar con la

pérdida de horas de estudio o trabajo, que se ocasionan como consecuencia de las mismas.

De lo expuesto tenemos que, resulta de vital importancia crear conciencia desde la infancia,

respecto a recibir una alimentación saludable y en las proporciones correctas, puesto que todo

ello va a incidir no solo en la mejora de la calidad de vida de la población, sino que además va

a representar un importante ahorro en el Presupuesto Nacional para el Estado al reducir sino

eliminar el gasto en el diagnóstico y tratamiento de las enfermedades relacionadas a la mala

alimentación y las enfermedades metabólicas, así como reducir o eliminar las pérdidas en horas

hombre para industria nacional, a consecuencia de afecciones a la salud de los trabajadores.

Con la finalidad de dotar al sector público de las herramientas necesarias para elaborar políticas

públicas, programas de atención de enfermedades metabólicas no transmisibles, presupuesto

del sector salud para atención de las enfermedades vinculadas a la mala o inadecuada

“alimentación” entre otros, el Instituto Nacional de Estadística e Informática ha elaborado los

siguientes cuadros:

1 Lanatta, Claudio F. El problema del sobrepeso y la obesidad en el Perú: la urgencia de una política de Salud Pública para controlarla. https://www.scielosp.org/article/rpmesp/2012.v29n3/299-300/ 2 Op cit

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Cuadro 1

Hipertensión Arterial y tratamiento médico en los últimos 12 meses

3

Cuadro 2

Diabetes Mellitus y tratamiento médico en los últimos 12 meses

4

3 https://www.inei.gob.pe/media/MenuRecursivo/publicaciones_digitales/Est/Lib1734/cap01.pdf Pág. 29 4 Ibídem. Pág. 34

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JORGE LUIS PÉREZ FLORES Congresista de la República

Cuadro 3

Consumos de frutas y verduras

5

Cuadro 4

Población con sobrepeso

6

5 Ibídem. Pág. 47 6 Ibídem. Pág. 52

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JORGE LUIS PÉREZ FLORES Congresista de la República

Cuadro 5

Población con Obesidad

7

Cuadro 6

Población con Exceso de Peso

8

En la experiencia comparada, el gobierno del Japón para lograr tener uno de los índices más

bajos de obesidad en el mundo, invirtió importantes recursos en programas de nutrición y de

educación para la salud que les permitieron a sus estudiantes, incrementar su información

sobre la cadena alimentaria, la procedencia y producción de sus alimentos. En ese país, se

“define la educación sobre nutrición desde los primeros años pre escolares hasta la secundaria”

Asimismo, normas9 como la “Ley Shuku Iku” para la educación de los niños vigente desde el

año 2005 y la “Ley Metabo” para controlar el peso en adultos en adultos, han permitido generar

importantes cambios en torno a la toma de conciencia sobre los beneficios y ventajas de tener

el peso adecuado.

Mientras que la Ley Shuku Iku, promueve la implementación de menús saludables en las

escuelas, la contratación de nutricionistas profesionales que además tienen titulación de

profesores y dan clases específicas sobre alimentación y la promoción de una cultura social

alrededor de la comida; la Ley Metabo, anima a los adultos entre 40 y 75 años a hacerse una

medición anual del contorno de cintura (grasa abdominal), para hacerlos más conscientes de

lo que es un peso saludable y ser físicamente activos.

7 Ibídem. Pág. 55 8 Ibídem. Pág. 57 9 https://www.bbc.com/mundo/noticias-39143212

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JORGE LUIS PÉREZ FLORES Congresista de la República

Con relación a las horas asignadas a la educación para el trabajo, no obstante lo establecido

en el artículo 9 de la Ley N° 28044, tenemos que la diferentes ediciones del Currículo Nacional

para la Educación Básica, han ido reduciendo las horas para el dictado de las asignaturas

pertinentes, con lo cual no se estaría cumpliendo desde la educación pública con garantizar a

los egresados de la Educación Básica Regular, contar con las herramientas necesarias para

afrontar la creciente demanda de mano de obra capacitada por el mercado laboral nacional.

De acuerdo a la “ENAHO 2018, a 5 millones 856 mil 100 personas (24,2%) asciende la PET

que alcanzó a lo más estudiar educación primaria o no tienen nivel educativo alguno; 10

millones 948 mil 600 personas (45,4%) logró estudiar algún año de educación secundaria,

3 millones 235 mil personas (13,4%) cuentan con nivel superior no universitaria y 4 millones 98

mil 300 (17,0%) cuentan con superior universitaria. A diferencia, en el año 2007 la estructura

de la población según nivel educativo fue diferente, 30,3% contaba con nivel primaria o menor

nivel, 44,6% contaba con secundaria, 11,9% tenía nivel superior no universitaria y 13,2%

contaba con superior universitaria”10.

Cuadro 7

11

En un reciente Boletín elaborado por el Instituto Nacional de Estadística e Informática – INEI,

tenemos que con relación a los meses de enero a marzo de 2019, durante los mismos meses

del presente año, “la población ocupada con educación superior no universitaria aumentó en

13,2% (331 mil 500); mientras la población con primaria o menor nivel disminuyó en 3,7% (139

mil 100), la población con educación secundaria en 4,9% (342 mil 500) y la población ocupada

con superior universitaria en 5,9% (210 mil 100).

El 22,1% de la población ocupada del país tiene a lo más educación primaria o menor nivel

educativo, el 40,1% educación secundaria, el 17,3% superior no universitaria y el 20,5% cuenta

con educación universitaria”12. Por lo que, en virtud a los resultados obtenidos de las

evaluaciones estadísticas, resulta de gran importancia para la generación de empleo y el

desarrollo nacional, brindar a los egresados de la secundaria la capacitación pertinente que le

permita contar con los recursos técnicos suficientes para aspirar a empleo digno.

10 Instituto Nacional de Estadística e Informática. Perú: Evolución de los Indicadores de Empleo e Ingreso por Departamento, 2007-2018. Lima, agosto 2019. Pág. 37 11 Ídem 12 https://www.inei.gob.pe/media/MenuRecursivo/boletines/infome_empleo_nacional.pdf Pág. 7

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JORGE LUIS PÉREZ FLORES Congresista de la República

Cuadro 8

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Finalmente, con relación a la educación vial las estadísticas son alarmantes, tan solo en el año

2018 se han producido 87,480 accidentes de tránsito con 3,244 víctimas fatales;

desafortunadamente gran parte de ellos se deben a factores humanos y en muy poca

proporción debido a factores mecánicos. En este aspecto, se concluye que debemos trabajar

en concientizar acerca de la importancia de la educación vial y reforzar la educación cívica en

atención a lo dispuesto por el artículo 6 de la Ley 28044.

Cuadro 9

Tipo de accidentes de tránsito – Año 201814

13 Op cit 14 https://www.inei.gob.pe/estadisticas/indice-tematico/traffic-accidents/

0

5000

10000

15000

20000

25000

30000

35000

40000

45000

Series1 Series2

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Cuadro 10

Víctimas de accidentes de tránsito fatales

Años 2012 – 2018

15

Cuadro 1116

15 Idem 16 https://www.dge.gob.pe/portal/docs/vigilancia/sala/2019/SE24/transito.pdf

0

500

1 000

1 500

2 000

2 500

3 000

3 500

4 000

4 500

2012 2013 2014 2015 2016 2017 2018

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ANÁLISIS COSTO BENEFICIO

1. Problema

La alarmante cifra de compatriotas que sufren de enfermedades crónicas no transmisibles

debido a una inadecuada o mala alimentación, sin contar las muertes que se generan a

consecuencia de ellas y las cifras de pobladores con lesiones o muerte a causa de accidentes

de tránsito que pudieron evitarse; esto aunado a la necesidad de dotar a nuestros educandos

de las mínimas herramientas que le permitan insertarse en el mercado laboral nos han llevado

a considerar que se deben hacer cambios en la currículo nacional.

2. De los mecanismos de solución

Reformular el currículo nacional, incluyéndose las materias de nutrición, formación para el

trabajo y educación vial, para reducir la posibilidad de ocurrencia de las patologías y muertes

que se generan por el escaso o vago conocimiento de las mismas. Tratándose de la formación

para el trabajo, no solo va a redundar en la mejora de los ingresos del ciudadano, sino del

empresariado y el país.

3. De la mejor alternativa

Nuestra propuesta, pretende no solo mejorar la calidad de vida de todos los peruanos, sino

también generar un importante ahorro para el Estado, que en su mayoría tiene que asumir el

costo del tratamiento de los males generados (dotar de infraestructura hospitalaria, personal

médico y asistencial, medicamentos, tratamiento psicológico u otros) o el costo de tener altas

tasas de desempleo (drogadicciones, delincuencia u otros). La inclusión de las materias

mencionadas, constituyen un paso importante para crear conciencia en la ciudadanía desde

muy temprana edad y durante toda la etapa escolar, el cual nos permitirá lograr a través del

cambio generacional, una nueva conciencia de ciudadanía.

4. Costo cuantitativo

La presente iniciativa legislativa permitirá al Estado, en el corto plazo, realizar una efectiva labor

de prevención para el desarrollo de enfermedades metabólicas, desnutrición, prevención de

accidentes de tránsito, así como la capacitación para el trabajo de la población y en el mediano

plazo la reducción de los recursos destinados a atender el diagnóstico, atención y tratamiento

de las enfermedades metabólicas transmisibles y no transmisibles, a la atención y tratamiento

de las víctimas de accidentes de tránsito y en el largo plazo, mejorar la distribución de los

recursos públicos.

Tenemos que el gasto a nivel del gobierno central para el tratamiento y control de personas con

diabetes se ha ido incrementando año a año, con excepción del presente, gasto que se podría

reducir con la implementación del presente proyecto:

GASTO PARA EL TRATAMIENTO Y CONTROL DE PERSONAS CON DIABETES POR AÑO (Consulta amigable del MEF)

Entidad 2017 2018 2019 2020

M. Salud 8,447,237 20,288,450 27,491,062 10,119,394

Seguro Integral de Salud 15,200,467 12,336,308 15,702,523 8,875,908

Instituto de Servicios de Salud 1,406,380 0 0 0

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JORGE LUIS PÉREZ FLORES Congresista de la República

En materia de nutrición para éste año 2020, observamos que se continúa con el criterio dotación

de más infraestructura, la misma que por un criterio de optimización de recursos sabemos que

no se podría destinar exclusivamente a enfrentar los grandes problemas ocasionados por la

mala o deficiente nutrición:

Por otro lado, tenemos que desde el 2017 se ha ido incrementando el gasto que realiza el

Estado a través del Programa Articulado Nutricional, el mismo que cuenta con diversos

proyectos o productos destinados a la atención de enfermedades generadas por la inadecuada

o deficiente alimentación, es decir intervienen cuando el problema ya existe y continúa sin

atender la prevención, que representa menos costo.

GASTO EN EL PROGRAMA ARTICULADO NUTRICIONAL POR AÑO EN EL SEGURO INTEGRAL DE

SALUD (Consulta amigable del MEF)

2017 2018 2019 202017

130,614,307 163,369,887 143,851,650 116,277,136

17 Cabe precisar que la cifra registrada corresponde al 09 de agosto de 2020, de acuerdo con la consulta amigable del MEF.

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JORGE LUIS PÉREZ FLORES Congresista de la República

Por lo expuesto, tenemos que la aprobación de la presente iniciativa legislativa, no sólo va a

incidir en la mejora de la salud de nuestra población, sino de su calidad de vida y la reducción

del gasto del Estado en el tratamiento generado por la alimentación inadecuada, también la

reducción del gasto en el tratamiento de víctimas de accidentes de tránsito y la mejor

capacitación de nuestros egresados de la Educación Básica Regular, para desarrollar

actividades técnicas al egreso de su etapa escolar; con lo cual el gasto destinado al sector

educación se transforma en inversión del Estado en educación, se reducirá el gasto en

recuperación de la salud y asimismo mismo se beneficiará con el impacto positivo en la

economía nacional, por la generación de autoempleo de la población en especialidades

técnicas.

EFECTO DE LA VIGENCIA DE LA NORMA SOBRE LA LEGISLACION NACIONAL

La presente iniciativa legislativa pretende a través de la inclusión en el currículo nacional de las

materias de nutrición, formación para el trabajo y educación vial, se realicen acciones concretas

de prevención y preservación de la salud y capacitación para el desarrollo de ocupaciones

técnicas, que contribuyan efectivamente a la mejora de la calidad de vida de la población.

VINCULACIÓN CON EL ACUERDO NACIONAL

La presente propuesta legislativa se enmarca fundamentalmente en la Décimo Cuarta y Décimo

Quinta Política del Acuerdo Nacional e involucra transversalmente la Sétima, Décima, Décimo

Primera, Décimo Segunda y Décimo Tercera Política del mismo instrumento legal.

Política de Estado 14: Acceso al empleo pleno, digno y productivo

Política de Estado 15: Promoción de la seguridad alimentaria y nutrición

Política de Estado 7: Erradicación de la violencia y fortalecimiento del civismo y de la seguridad

ciudadana

Política de Estado 10: Reducción de la pobreza

Política de Estado 11: Promoción de la igualdad de oportunidades sin discriminación

Política de Estado 12: Acceso universal a una educación pública gratuita y de calidad y

promoción y defensa de la cultura y del deporte

Política de Estado 13: Acceso universal a los servicios de salud y a la seguridad social