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Micropolíticas de la corrupción

redes de poder y corrupción en el palacio de Justicia

Jaris Mujica

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Micropolíticas de la corrupción redes de poder y corrupción en el palacio de Justicia

edición a cargo de : Asamblea Nacional de Rectores Fondo Editorial Calle Aldabas 337 - Surco Teléf.: 275-4608 Web: www.anr.edu.pe

presidente : Dr. Iván Rodríguez Chávez

autor : © Jaris Mujica Instituto de Estudios Universitarios "José Antonio Encinas"

primera edición : Marzo 2011

Impreso en Perú

Tiraje : 1000 ejemplares Año 2011

Registro de Proyecto Editorial : 11501401101192ISBN : 978-612-4011-53-5Hecho Depósito Legal en laBiblioteca Nacional del Perú N° : 2011-03908

diseño de carátulaJulissa Soriano

imagen de carátula© iStockphoto.com/aristotoo

impresión a cargo de : Instituto Pacífico S.A.C. Jr. Castrovirreyna 224 - Breña Teléf.: 332-5766 E-mail: [email protected] Web: www.aempresarial.com

Queda terminantemente prohibida por la ley del Perú la reproducción total o parcial de esta obra por cualquier medio, ya sea electrónico, mecánico, químico, óptico, incluyendo sistema de fotocopiado, sin autorización escrita de la Asamblea Nacional de Rectores y Autor.

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presentación

esde que se estableció el curso de tesis de posgrado en el 2006, la Asamblea Nacional de Rectores siente la satisfacción de descubrir y D

revelar muy interesantes e importantes investigaciones que con el fin de optar su grado académico de maestría y doctorado llevan a cabo los estudiantes de diferentes universidades nacionales o privadas, de Lima o de provincias.

Reconforta comprobar el talento, la perseverancia, el desafío a las dificultades, el acierto en el tema y el dominio metodológico de hombres y mujeres, en el campo de las ciencias, la tecnología y las humanidades.

Las tesis son la oportunidad y el medio para estudiar asuntos desde médicos, veterinarios, de ingeniería, políticos, jurídicos y administrativos. Son, desde su ángulo, parte y contribución de la realidad peruana.

El concurso completa y compensa el trabajo esforzado de cada uno de los ganadores y lo considera como el aporte de la universidad al conocimiento.

Además de premiarlos, los publica y cada una de las tesis se convierten en libros.

Damos la más cálida bienvenida a cada una de las nuevas publicaciones provenientes del tercer concurso de tesis de posgrado, añadiéndole las feli-citaciones que cada uno se merece por sus estudios y su trabajo académico volcado a la investigación.

Cada libro en nuestras manos renueva nuestra confianza en la universidad, en los alumnos y en su capacidad de concretar sus estudios en una tesis de calidad.

Hasta el nuevo concurso y hasta las nuevas publicaciones.

dr. iVÁn rodríGueZ cHÁVeZPresidente de la Asamblea Nacional de Rectores y

Rector de la Universidad Ricardo Palma

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Para levantar con los libros los árboles caídos por el rayo de la violencia

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A Rocío,a nuestra aventura compartida.

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Ser negligente, ser atraído, es una manera de manifestar y de disimular la ley, de manifestar el repliegue en

que se disimula, de atraerla por consiguiente, a la luz del día que la oculta. ¿Cómo se podría conocer la ley y experimentarla realmente, cómo se podría obligarla a hacerse visible, a ejercer abiertamente sus poderes, a hablar, si no se le provocara,si no se le acosara en sus atrincheramientos, si no se fuera resueltamente

siempre más allá, en dirección al afuera donde ella se encuentra cada vez más retirada?

Michel Foucault

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agradecimientos

Esta investigación se ha realizado gracias al apoyo del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (Concytec) y a la Beca del Instituto Francés de Estudios Andinos (IFEA). Asimismo, el desarrollo de la tesis que ha dado origen a este libro ha sido posible gracias a la ayuda de los profesores de la Escuela de Gobierno de la Universidad Católica: Fernando Tuesta (quien fue mi asesor de tesis), Aldo Panfichi (quien fue coordinador de la Maestría) y Henry Pease (director de la Escuela), quienes de diversos modos han acompañado este proceso, y cuyos valiosos comentarios han permitido repensar varias de las ideas. Agradezco también a María Cangalaya, a Vanessa Rojas, a Julio Arbizu, a Cecilia Rivera, a Oscar Ugarteche, a Nelson Manrique y a los miembros de Casa Sur, quienes han sido importantes interlocutores a lo largo de los diversos periodos de la investigación, y cuya amistad ha sido fundamental para terminarla.

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Introducción ................................................................................................. 19

I. El poder en el Poder Judicial (y los estudios sobre corrupción)1. Estudiar el poder en los aparatos del Estado (una aproximación metodológica) .................................................................. 232. Algunas perspectivas de estudio sobre la corrupción ......................... 283. Las ciencias sociales y los estudios sobre la corrupción .................... 334. Una fenomenología del poder ................................................................ 365. Micropolítica del Estado / Etnografías del Estado ............................ 41

II. Las estructuras formales del Poder Judicial1. La historia del Poder Judicial y su composición actual ...................... 452. Sistemas judiciales y sistemas de gobierno ........................................... 493. La organización formal del Poder Judicial .......................................... 544. La corrupción como problema del Poder Judicial .............................. 605. En los pasillos del Palacio de Justicia ................................................... 64

III. Redes de corrupción en los alrededores del Palacio de Justicia1. ExterioresdelPalacio:tramitadores,falsificadoresyotrosactores ... 692. Laarticulacióndelasprácticasdecorrupciónylafalsificación ........ 763. Técnicas de corrupción en los alrededores del Palacio de Justicia ... 824. Las redes de contactos de los abogados y las estructuras de las redes de corrupción ................................................................................. 875. La corrupción como forma de acceso a la burocracia judicial ......... 93

IV. La burocracia formal y el poder de la corrupción1. La burocracia en el Palacio de Justicia .................................................. 972. CasosyfuncionesdelasoficinasenelPalaciodeJusticia ................. 1033. Las redes de corrupción en las Mesas de Partes .................................. 1074. Tráficodeinfluencias:corrupciónenlasSecretaríasyRelatorías.... 1145. Los padrinazgos como ejes de articulación de la burocracia ............. 121

índice

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V. Las formas de corrupción y el poder de los jueces1. Las tensiones de poder y la conformación de redes .......................... 1252. Los modos de corrupción en las altas esferas del Palacio .................. 1333. Lasoficinasdecontrolyelproblemadelacorrupción ..................... 1404. La estructura de las redes segmentarias en el Palacio ......................... 1455. Poder, autoridad y corrupción ............................................................... 148

VI. La corrupción y las grietas de las estructuras Políticas 1. La función política de la corrupción ..................................................... 1512. La corrupción como vehículo de inserción en el sistema .................. 1533. Autoridades subversivas, ciudadanos transgresores ............................ 1554. Los sistemas políticos y los sistemas sociales ....................................... 1565. La corrupción como performance de la política ................................. 157

Bibliografía .................................................................................................... 161

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La política tiene siempre leyes, y a todas las leyes se le disponen formas de transgresión. La corrupción es uno de esos modos, y funciona como una práctica recurrente en las instituciones políticas y en diversos campos de la estructura social. Pero hay que reconocer que la corrupción no constituye solamente una ruptura del sistema, sino también una manera de relacionarse con la política. Es más, se puede pensar la corrupción como una forma de relacionarse que en la vida cotidiana vincula a las normas, a los funcionarios públicos, a los ciudadanos, en redes de poder no formales que, muchas veces, articulan la práctica concreta de la vida de las instituciones. El Estado no es una unidad, sino que se aparece a los ciudadanos como un conjunto de fragmentos en tensión constante, no siempre coherentes, y en donde sus dispositivos formales no resultan asépticos a la luz de las prácticas cotidianas. La ingeniería política delinea el armazón de la estruc-tura de las instituciones, pero no determina su funcionamiento concreto. Las personas, en su relación cotidiana, en las maneras de relacionarse, de aceptar y de transgredir las normas, le dan una forma particular a las institu-ciones. ¿Cómo acercarse a estas prácticas y comprenderlas en su disposición concreta? Pues a través de la comprensión de lo micropolítico, a través del estudio de la vida cotidiana que permite pensar en hacer Etnografías del Estado. Entonces, ¿cómo pensar la corrupción en la práctica concreta de las instituciones? Pues a través de la comprensión de sus estructuras en la vida cotidiana: ¿cuáles son las prácticas de corrupción que atraviesan el Estado?, ¿cómo se disponen las redes y las estructuras de poder que permiten su práctica

Introducción

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y funcionamiento? Uno de los espacios en donde estas prácticas se disponen es el Palacio de Justicia. Centro simbólico de la administración de justicia en el país, el Palacio, ubicado en el centro de Lima, es un terreno en el que ciudadanos y funcionarios públicos se vinculan constantemente para la realización de los trámites necesarios para dar marcha a los procesos que llevan. Para introducirnos en el campo hemos desplegado un conjunto amplio de herramientas que han hecho posible recoger información de primera mano. A través de un periodo de observación directa no participante, y la aplicación de diversos instrumentos cualitativos, el abanico de herramientas de campo nos ha permitido acceder a espacios de difícil acceso en más de un año de recojo de información. Desde el exterior del Palacio de Justicia, hasta las dinámicas inter-nas de la burocracia, la investigación se dirige a describir y comprender el funcionamiento de las lógicas de corrupción, las redes de poder y los actores que configuran estos sistemas.Para ello, hemosorganizado eltrabajo en seis partes. El primer capítulo, titulado “El poder en el Poder Judicial (y los estudios sobre corrupción)”, nos permite construir una aproximación teórica y metodológica al problema de investigación. Se plantea la pregunta central, la temática y el espacio de campo en el que se ha recogido la información. Asimismo, se presenta de manera resumida la estrategia utilizada para recoger dichos datos y las herramientas. Este capítulo muestra, además, el estado de la cuestión respecto a la investi-gación en temas de corrupción, resumiendo las principales perspectivas de análisis desde la economía, la política y las ciencias sociales. Sobre este panorama hemos encaramado nuestra pregunta de investigación: ¿cómo se pone en práctica el poder y la corrupción en el Palacio de Justicia? El segundo capítulo, al que hemos llamado “Las estructuras formales del Poder Judicial”, se concentra en la descripción de la estructura insti-tucional,laorganizaciónylasfuncionesdesusoficinas,organismosylainterrelación entre estos. Se hace una breve incursión por el sistema judicial peruano y su relación con el sistema de gobierno. Se señalan los principales problemas del Poder Judicial, indicando la importancia de la corrupción en este campo. Después de esto, hacemos una breve descripción de la unidad de observación que ha sido el centro de esta investigación: describimos el espacio físico del Palacio de Justicia del centro de Lima, que nos ha servido como terreno para el análisis de las prácticas de corrupción. Elcapítulotercerohasidotitulado“Redesdecorrupciónenlosalre-dedores del Palacio de Justicia”. En este capítulo estudiamos las dinámicas de corrupción que se practican en los exteriores del Palacio, entreviendo

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laslógicasdelosfalsificadores,tramitadoresydeotrosactoresqueseubi-can en este espacio. Estos permiten entender una serie de dinámicas que se conectan con la acción política del interior del recinto del Palacio y sus dispositivosformales.Enesteterreno,lafalsificaciónesunelementocen-tral. Igualmente, permite entender cómo es que la corrupción constituye un modo de acercarse y penetrar la burocracia judicial. El cuarto capítulo “La burocracia formal y el poder de la corrupción”, se dirige a estudiar las formas de la burocracia dentro del propio Palacio, de modo que se puedan ligar las lógicas exteriores con las interiores. Se trata de entender el poder que ejerce la burocracia intermedia del Palacio, pero también de las otras instituciones del Estado. Para entender con más precisión la articulación de estas lógicas estudiaremos las redes de corrup-ciónenlasMesasdePartes,yeltráficodeinfluenciasenlasSecretaríasyRelatorías.Todoellonospermitiráentenderlaestructuradelasredesdecorrupción en los espacios intermedios y la importancia de los padrinazgos como ejes de articulación de la burocracia. El capítulo quinto, titulado “Las formas de corrupción entre Jueces y Vocales” se concentra en el escalafón más alto de la estructura del Palacio (sin contar al Consejo Ejecutivo, a donde no entraremos en el análisis). El trabajo se concentra en la descripción de las tensiones de poder y de las redesenlasaltasesferasjudiciales.Estollevaaestudiarelpapeldelaofici-na de control que opera en el Palacio (Ocma) y a entender su disposición formal, pero también los problemas que afronta en su situación práctica. Por otro lado, la estructura de las redes nos muestra un campo de acción complejo, que estudiamos bajo la mirada de los sistemas segmentarios: conglomerados de segmentos de red que se unen y separan de acuerdo a las coyunturas locales del Palacio y de la política local. Finalmente, el sexto y último capítulo llamado “La corrupción y las grietas de las estructuras Políticas” sirve como un cierre que sintetiza las ideas centrales. Aquí las ideas se concentran en entender la relación entre la corrup-ción y las estructuras formales de la política. Para ello estudiamos la función que cumple la corrupción en este aparato, tanto mecanismos de construcción de redes, como para la articulación de poderes informales. En este mismo terreno vemos cómo las autoridades y los ciudadanos se relacionan a través de la corrupción, que no resulta ser marginal al sistema, sino parte del mismo. No ha sido fácil penetrar estos espacios. La corrupción no es siempre una lógica abierta al estudio, menos aún en espacios tan complejos como el sistema de justicia. El reto propuesto ha implicado una movilización lenta y profunda de herramientas de campo que nos han permitido introducirnos

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alaestructuradeacciónlocal.Lapolítica,finalmente,nosereducealoscompartimentos de las leyes o a las estructuras formales y su estudio no se refieresolamentealanormativaoalaingenieríadelEstado.Hemostratadode pensar desde los márgenes de la política: en los límites de su ejercicio y de sus normas, en la corrupción y la transgresión que los propios actores del sistema ponen en práctica.

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1. Estudiar el poder en los aparatos del Estado (una aproximación metodológica)

El Estado es un escenario en el que se construyen diversas maneras de ejercer el poder. Desde la burocracia formal, las leyes o la normatividad, hasta el tejido de las múltiples redes informales y sistemas de corrupción, este espacio político es un terreno en tensión constante. De manera que para estudiar estas formas de ejercicio del poder, sobre todo las de la vida cotidiana, es necesario comprender que no se trata de residuos de la formali-dad, sino de sistemas que tienen una lógica entretejida con dicha estructura.

Las instituciones políticas no se reducen a las disposiciones normativas. El Estado no es solamente un conjunto de instituciones. La normatividad siempre produce grietas en su estructura. Una de las instituciones del Es-tado en la cual se producen estas grietas es el Poder Judicial, y las diversas formas de corrupción que en este se llevan a cabo, constituyen prácticas que retan la disposición formal de dicha estructura.

Lo que tenemos es una disposición de prácticas que en la vida coti-diana demarcan también la estructura política, y permiten entender que esta no deviene solamente de un mandato exterior, sino que se construye en la disposición activa de las personas concretas que en este espacio se desenvuelven e interactúan. Las instituciones lo son en tanto las personas las construyen y en tanto las personas las movilizan. Estas instituciones políticas, que las ciencias sociales y la ciencia política han estudiado muchas veces desde el exterior normativo, requieren también ser penetradas en su

I. El poder en el Poder Judicial (y los estudios sobre corrupción)

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disposición práctica, y es ahí a donde nos dirigimos. Se trata de pensar en la manera en que estas se estructuran desde la vida cotidiana.

Estudiaremos uno de los campos más importantes del Poder Judicial peruano (el Palacio de Justicia), tanto desde el exterior, desde su estructura formal, como desde su interior, desde su disposición informal en la vida cotidiana. Por lo tanto, el fenómeno que nos interesa en este campo no es directamente el ejercicio o puesta en práctica de la justicia, sino más bien los sistemas y redes de poder, y los sistemas de corrupción que se generan en dicho escenario. El Poder Judicial –el Palacio de Justicia- es el terreno de estudio, la corrupción y el poder, es el fenómeno que nos interesa de esta arena política.

De ahí que es importante entender las preguntas que delinean la in-vestigación: ¿Cómo se construyen las estructuras de poder en el Palacio de Justicia del centro de Lima? ¿Cómo se desenvuelven y ponen en práctica los sistemas de corrupción en la burocracia del Palacio? Esto exige dos elementos centrales: primero, estudiar la normativa, la estructura formal del Poder Judicial, la manera en que en este conjunto de reglas delinean una manera de acción para los sujetos, así como sus límites y posibilidades. Segundo, estudiar cómo es que en la vida cotidiana se sobrepasa o se nego-cian dichos límites, cómo a través de diferentes redes de poder y sistemas de corrupción se reinventa la normatividad.

Hayqueconsiderarenesteescenarioqueestainvestigaciónpartedelaescasez de estudios sobre el Poder Judicial desde las ciencias sociales o la ciencia política en el Perú. Asimismo, es importante reconocer que existen pocos trabajos de investigación desde estas perspectivas, acerca del tema de la corrupción en el espacio mencionado. La investigación existente en torno al Poder Judicial se ha concentrado en las miradas jurídicas: debates sobre reformas legales, burocracia, estudios desde el derecho que se concentran en las leyes y en los códigos. Empero, no hay investigación sistemática sobre el fenómeno de la corrupción con data empírica o trabajo de campo desde las disciplinas sociales.

Del mismo modo, la ciencia política en el Perú ha mostrado una gran preocupación por los otros Poderes del Estado. El Ejecutivo y el Legislativo han llamado el interés de los investigadores, además de una gran concentra-ción en temas ligados al sistema de partidos políticos, el sistema electoral, y los procesos políticos de formación del Estado, etcétera. Lo mismo sucede con la mirada de las otras disciplinas sociales. La antropología y la sociología poco han aportado en el trabajo de investigación en relación a los Poderes Judiciales formales. Si bien existen estudios sobre sistemas de justicia en

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sociedades tradicionales, no hay trabajo sobre la institución formal de la democracia moderna o sobre los fenómenos que se producen en este campo.

De ahí que nuestro interés haya sido introducirnos en el escenario concreto de las relaciones cotidianas para poder estudiar el fenómeno de la corrupción y el poder en el Poder Judicial. Ello implica hacer una etnografía del Estado, implica estudiar las instituciones que la Ciencia Política aborda, con herramientas de la antropología política. A su vez, esto requiere una premisa de investigación: el poder es pensado como un fenómeno social, un ejercicio práctico y no solamente una disposición exterior de la norma-tividad o del gobierno formal. El poder no es entonces un monopolio del Estado ni de la política. Del mismo modo, la política no es monopolio del Estado (como la antropología lo ha demostrado en el estudio de sociedades sin Estado).

El poder que nos interesa es, justamente, el ejercicio de “acciones sobre otras acciones” (Foucault, 1996b) que funcionan cotidianamente en una estructura de Poder (formas de gobierno por ejemplo). Son acciones que constriñen o permiten otras, acciones que regulan, impiden o determinan otras. Es el poder en el Poder Judicial el que nos interesa, es decir, las ma-neras prácticas de construir acciones, negociaciones, jerarquías, estrategias; quemovilizan,modifican,manipulan,obedecenoreinventanlasestructurasdel Poder exterior (las estructuras del mandato formal).

Al dirigir la investigación sobre ¿cómo están dispuestas y cuáles son las estrategias de corrupción? y ¿cómo se relacionan éstas con las estructuras políticas formales? ha sido necesario construir un aparato metodológico que permita el acceso a campo para registrar datos de primera mano. Como se trata de un fenómeno complejo, de difícil acceso y además ilegal (incluso con implicancias penales) se trata de un trabajo más difícil aún. Por esta razónhemostrabajadoendoslíneas:porunlado,unareflexióndesdelasestructuras formales del aparato judicial, una suerte de descripción breve y general de la ingeniería judicial. Al mismo tiempo, hemos diseñado un abanico de herramientas que nos permitieron el ingreso a campo durante un periodo de tiempo prolongado para recoger la información empírica sobre las prácticas concretas.

El trabajo de campo se ha sostenido en dos periodos. El primero implicó el trabajo directo con informantes clave dentro de las oficinasseleccionadas y se llevó a cabo desde septiembre del año 2006, hasta junio del año 2007. Un primer informante nos permitió el acceso a los datos de este campo; este informante tenía vínculos directos con importantes acto-res dentro de la estructura judicial, y también trabajaba en dicho espacio.

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Además, este actor permitió conseguir otros informantes clave (se man-tendráelnombredelosinformantesydelasoficinasalasqueseaccedióen el anonimato y se utilizarán pseudónimos cuando se haga referencia a estos). Aquí se trata de un mecanismo de arrastre de informantes; ellos permitieron acceder a un conjunto de diferentes actores dentro del sistema que, a su vez, posibilitaron perspectivas diferentes y posiciones diversas que complementaron la información esperada. Dos de estos informantes clave fueron entrenados para el recojo de información, uso de guías de obser-vación y guías de entrevistas informales en campo. Este periodo permitió un acceso a dicho espacio y un sistema amplio para el recojo de técnicas de corrupción, estructura de relaciones, redes internas, sistemas de poder, conflictos, tensionesydesplazamientosde las redespolíticasdentrodelaparato formal.

En el segundo periodo de campo los datos que proveyeron los infor-mantes clave debían ser corroborados. Para ello se utilizaron entrevistas en profundidad semi-estructuradas, las cuales se desarrollaron con diferentes miembrosdelasoficinasestudiadasycondiferentesactoresalrededordeeste sistema. Se complementó la información con entrevistas a personas quehabíanpasadoporprocesosjudiciales,abogados,fiscales,estudiantesde derecho. Asimismo, se logró conversaciones con diferentes secretarias, asistentes, practicantes, personal de seguridad, que dieron importantes datos para la investigación. Dicho periodo duró desde abril del 2007 hasta el último día de junio del mismo año.

Dentro de este periodo se recogió información por medio de entrevistas informales, observación directa no-participante y no-intrusiva, a través de di-versasvisitasalasoficinasdelPalacio.Igualmente,seutilizaroninformantesinternos que se convirtieron en una fuente central de información y corro-boración de datos. En la misma línea se utilizaron mapas de poder, mapas de redes y diagramas de interacción, lo que permitió ordenar gran parte de lainformaciónrecogida.Hay,entonces,unabanicodeherramientasdelainvestigación antropológica que nos han sido de utilidad para el tema que proponemosyquedanflexibilidadalestudiodelopolíticoenestecampo.

Por esta razón, la idea de Política que aparece en esta investigación no serefieresolamentealasestructurasdelEstado,sinoalcomplejoentramadode relaciones de poder que se tejen en la vida cotidiana y que tienen que ver con maneras de gobernar. Por ello, nos interesa la política ahí donde laestructuraformalnopuedeestudiaroactuarconeficiencia,ensuspro-pias grietas. Se intenta estudiar la Política desde los sistemas de poder de la vida cotidiana. Esto quiere decir que se trata de sistemas que son parte de la Política institucional pero que no están determinados totalmente por

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la estructura formal, sino por una serie de factores históricos, sociales y culturales. Es la vida cultural la que se integra a través del fenómeno del poder y la corrupción, que es parte de la estructura de los poderes institu-cionalizados del Estado y de su burocracia. Esto es fundamental, entender que la política es parte de la vida cultural, y que las instituciones políticas están dispuestas en esa vida cultural.

De ahí que el interés esté puesto en las maneras cotidianas de estruc-turar el poder, las redes de corrupción y poder, las estrategias que redirec-cionan la política formal, las normas, pero desde adentro de la institución. Así, estudiamos las formas de poder dentro de la institución; dentro del funcionamiento de la política del Estado.

En este caso, el Poder Judicial no es solamente el entramado de dispo-siciones legales o jurídicas formales determinadas por la ingeniería política, sino un espacio social dentro del cual se producen una serie de fenómenos. Es decir, está atravesado por las formas y fenómenos culturales, sociales y políticos. El Poder Judicial se convierte en un terreno de disposiciones y estructuras sociales, un campo en el que funcionan otros campos de poder (Bourdieu, 1997) y se ponen en escena diversos sistemas de interacción (Goffman, 1970). Asimismo, son estos sistemas de interacción los que constituyen un aparato complejo de relaciones sociales, intereses y nego-ciaciones que movilizan y son parte de la producción de leyes, sentencias y administración de justicia.

De modo que, si bien la justicia no es un tema de interés directo en esta investigación, lo es la formación de redes y sistemas de poder. Es im-portante entender que la ingeniería política y la ingeniería judicial funcionan en un terreno social en el cual las redes de poder y los sistemas de corrup-ción demarcan las posibilidades de ejercicio de la justicia en nuestro país. Y ahí reside justamente el problema central, pues muchos de los intentos de reforma del sistema judicial que se dirigen a la estructura normativa, es decir, a la ingeniería judicial, no necesariamente implican la existencia de los fenómenos que estructuran el ejercicio práctico de la justicia. De modo que estos fenómenos de la vida cotidiana, estas maneras prácticas del poder, permiten o al menos colaboran en la comprensión del espacio político.

Vamos a hacer entonces una micropolítica del Estado, vamos a dirigir-nos al campo de lo político desde sus dos vértices, desde la descripción de su ingeniería, pero sustancialmente desde su disposición práctica; donde la ingeniería, donde la estructura formal de la normatividad exterior, muestran sus grietas más profundas. Es por eso que la institución (y su estructura) no puede ser abordada solamente sobre sí misma, sino desde los fenómenos

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que la atraviesan, la constituyen, la ponen en práctica. Y como el fenómeno que nos atañe para esta labor en el escenario del Poder Judicial (El Palacio de Justicia) es el del poder y la corrupción, es necesario hacer un excurso por este campo, para entender que la corrupción no es siempre una ruptura de lo político, sino más bien una manera diferente de ponerlo en práctica, una manera de relacionarse.

2. Algunas perspectivas de estudio sobre la corrupción

La investigación acerca de la corrupción ha girado fundamentalmente alrededor de dos grandes ejes: el estudio de las implicancias económicas de la corrupción y la mirada jurídica sobre esta. Vamos a hacer un breve esbozo de ambas perspectivas y luego entrever aquello que se ha hecho desde las ciencias sociales para poder situar nuestro propio trabajo.

Los textos sobre corrupción en el espacio económico han venido de dos escuelas importantes: un área que se ha movilizado en una dirección sustancialmente cuantitativa y que tiene como tema central medir las con-secuencias de la corrupción y diseñar sistemas para el control de ésta; y algunos estudios ligados más bien a una mirada desde la economía política con trabajos menos normativos, en donde se ha estudiado el fenómeno económico en relación a las estructuras del Estado. Empero, el punto común es que la mayor parte de las investigaciones se han dirigido a los mismos objetivos: “controlar” y “medir” la corrupción.

Hayunadivisión interesanteentre losestudiosmacroeconómicosylos de corte microeconómico, en el que un enfoque más relacionado a las ciencias sociales ha intentado implementarse, a veces sin mucho éxito debido a la naturaleza de las investigaciones pues en éstas se busca fundamental-mente dar pautas para “eliminar el problema”. En este sentido los autores abundan, pero las temáticas y perspectivas son eminentemente las mismas. EnestassemuestrauninterésespecíficoporlacorrupcióndelEstado,esdecir, por el movimiento económico político de grandes sumas de dinero quebeneficiandirectamentealosfuncionariosdelEstadodealtorango,movidosporincentivosdeempresasoentidadesfinancierasprivadasque“corrompen”adichogrupo(RoseAckerman,2001;Tanzi,1998;Charap,1999). El interés está dirigido, entonces, a implementar el diseño de una serie de herramientas de medición de los movimientos económicos que permitan determinar la cantidad de dinero que se mueve con la corrupción, y a un intento de diseñar sistemas económicos que tengan la corrupción como una variable a tomar en cuenta.

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En este sentido, gran parte de las investigaciones se han centrado en el estudio macroeconómico de la corrupción en dos vértices importantes: el diseño de políticas económicas anticorrupción en el Estado mayor y el control de la variable corrupción respecto de las inversiones de grandes fuentes de dinero; esto no indica el control del problema efectivo, sino de una variable económica que permita dar cuenta de la corrupción como un factorderiesgopredecibleycuantificable.

Estosintentosvandelamanoconlasdefinicionesacercadelacorrup-ciónqueseproponenenelespaciodeinvestigación.Entrelasdefinicionesmás recurrentes se encuentra aquella que indica que la corrupción es “la malautilizacióndeunbienpúblicoenbeneficioprivado”(Zegarra,1999:20),definiciónquedaénfasisalusoymovimientodebienes.Otros,indican,asuvez,quelacorrupciónes“elabusodeuncargopúblicoenbeneficiodeuninterésprivado”(Tanzi,1998:4),movilizandoelejedeladefiniciónal ámbito del poder del cargo. Sin embargo, hay que tener en cuenta que la estructura de funcionamiento de ciertos cargos públicos parece estar penetrada por formas de corrupción, es decir que no necesariamente son antinomias prácticas (mas sí una contradicción normativa). En este sentido el cargo público y la corrupción no están necesariamente disociados, sino que parecen compenetrarse en el funcionamiento práctico.

Lo que sucede es que estamos ante un fenómeno de intereses asi-métricos. Es decir, la corrupción funciona en tanto un actor tiene interés en conseguir determinado bien (simbólico o material) que otro detenta o administra; la relación corruptor-corrompido se da en tanto se construya esta relación en la performance, no hay una entidad estática, sino que cada caso constituye un mapa particular de relaciones y estrategias. Así, tanto la definicióncomolaintervencióndelosactorestienenqueentendersenosoloen sus componentes económicos ni en los bienes que están en discusión, sinoenlalógicaestratégicadelosactoresenlarelación.Así,paralosfinesde esta investigación, no se trata de encontrar culpables de ciertos delitos, sino de entrever cómo es que se toma posición en esta relación de acuerdo alosinteresesycómoesqueestossemanifiestan.

De ahí que la dicotomía público-privado, que la literatura ha esbozado, sea probablemente útil en tanto el fenómeno se reduce al espacio de mo-vimiento de dinero o cifras o una referencia a si se trata de una institución del Estado o una de corte no estatal, pero presenta problemas cuando esta idea se quiere trasplantar al plano de la acción. Es decir que, en primer lugar, la dicotomía público-privado no es respectiva siempre a la de corruptor-corrompido, ésta cambia en la práctica. Esto sugiere que en muchos de estos

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trabajos los actores no han sido tomados en cuenta y la corrupción se ha pensado como la movilización de bienes y dinero, en donde los actores se convierten en agentes de elección racional. Esto va ligado al modo en que se han abordado estas investigaciones: la pregunta central ha sido “cómo afecta este a la economía, a la democracia, al Estado o a la gobernabilidad”, no necesariamente “cómo es que el fenómeno funciona”.

Ensegundolugar,lasdefinicionesmuestranlaperspectivadesdelaquese ha partido, pensando la corrupción en espacios políticos gubernamentales o de movimientos de cifras en el mercado internacional. Ello ha implicado que las prácticas locales sean menos estimadas en los estudios. Asimismo, esta concentración en lo monetario racional tiende a llevar a explicaciones del fenómeno por la necesidad y ambición de dinero y poder (lo que se ha pretendido solucionar con el aumento de salario de los funcionarios) o a las rendijas que el sistema deja (ante lo que se pretende cerrar los canales de fuga, lavado y movimiento de dinero).

Esto lleva a considerar el aporte en una entrada microeconómica. En estas miradas, se ha intentado entender el fenómeno en un esquema que da importancia a la estructura económica y a su relación con el espacio político, sobre todo al orden de las instituciones. Se entiende la corrupción como un contrapeso del sistema político, pero ello ha implicado que se le entiende como una consecuencia del mal funcionamiento de la estructura de gobierno y a la ausencia de vigilancia (Médard, 2000). La corrupción es tratada como un epifenómeno de la democracia o de ciertos sistemas políticos, es decir, como el vacío que deja la ley para poder actuar (Charap, 1999).

Otro punto común entre las perspectivas de estudio es que la dinámica de investigación que asume la idea de la teoría del “principal agente” ha sido recurrentemente tomada como centro (James, 1969). El problema central de esta postura es que el “principal agente” es un recurso hipotético, sustentable en las variables analíticas, pero en el campo es casi imposible determinar la existencia de un agente principal (Ugarteche, 2004). Es decir, enelterrenosocial,elagenteprincipalcambia,semodifica.Enrealidadlo que hay no es un agente principal, sino más bien una red de actores e instituciones funcionando al mismo tiempo.

Por otro lado, en estas miradas, la corrupción ha sido asociada a un actorcentralysubordinados(lafiguradelcorruptor-corrompidos)yatra-vésdeesaideaalafiguradelclientelismo.Así,enestalínea,lacorrupciónfuncionaría bajo la lógica de clientelas (Sajo, 1998), en donde un patrón determina las posibilidades y servicios frente a un cliente (o un conjunto de clientes), esto en lógicas estables de manutención de dicho vínculo asi-

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métrico y de subordinación. Así, se asume que la corrupción funcionaría comounconglomeradoderedespolíticasparalelasalainstituciónoficialyel patrón de la clientela (el principal agente) sería el articulador del sistema. Estaidea,sinembargo,reflejasolamenteunmododecorrupciónytienediversos problemas prácticos.

Por un lado, estas estructuras requieren de estabilidad del sistema de relaciones, pues ello permite la existencia de jerarquías, vínculos asimétricos que permanecen en el tiempo (como en las sociedades agrícolas en donde dicha lógica funciona) (Diez, 2003). Por otro lado, la clientela implica la existencia de clientes estables, cuando la tendencia es que, en las sociedades del capitalismo tardío, aquellos que eran clientes se disponen como arti-culaciones móviles a patrones diferentes según la coyuntura de intereses.

Lo que es importante de reconocer es que muchas de estas lecturas pien-san el asunto de la corrupción como un epifenómeno político-económico sostenido en los incentivos y en las ambiciones económicas personales. No siempre permiten espacio para estudiar la corrupción como un fenómeno, sino que la reducen a un mal de la democracia. Lo mismo sucede en el encierroconceptualdelacorrupciónenlaslógicasdeclientelaydemafiasorganizadas. Se piensa la corrupción como una estructura similar al crimen organizado,comounalógicamafiosa(enanalogíaalaslógicasfamiliares,por lo que uno de los fenómenos más criticados, pero no el más estudiado, sea el nepotismo).

Loimportantedetodoesto,sinembargo,esqueapesardelamodifi-cacióndetemáticas,definicionesyespaciosdeestudio,laconcentracióndelos estudios ha implicado la misma pregunta de base: cómo es que se puede eliminar rápida y efectivamente la corrupción. Estos estudios se dirigen, en suma, a entrever modos en que la corrupción pueda ser medida, y a través de esta las maneras en que la corrupción se puede controlar como una va-riableeconómica,pararegularoplanificarlasinversionesylosmecanismosde control de riesgos, y como una variable en el sentido de la regulación de los mecanismos económicos para combatirla.

Aquellas miradas no han implicado un estudio de prácticas concretas en campo, sino que se ha procedido desde las pautas y premisas del derecho y sustipificaciones,sobrelascualessehatrazadolosestudios,lasdefiniciones,losobjetivosylosejesdetrabajo.Loscódigos,lasleyesylastipificacionessobre la corrupción, delimitan entonces aquello que es considerado como acto de corrupción y la forma en que se aborda el fenómeno. La normativa ha sido el punto de partida.

De ahí que los estudios de corte económico vayan de la mano con los estudios realizados en el terreno del derecho y de las disciplinas jurídicas

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en general. En este espacio, el estudio se ha realizado fundamentalmente en el intento de construir políticas anticorrupción. Así como en el terreno económico se parte de un modo deductivo, las premisas se encuentran en los códigos penales y es desde estos que se estudia lo corrupto, sin entrar al terreno práctico, y agrupándose en entrever las falencias del sistema legal para condenar, procesar o permitir que se lleven a cabo actos corruptos.

Perolasleyesnosiempresonunreflejodelasprácticas,yenlavidaconcretaexistenmuchasformasdecorrupciónquenoestántipificadas.Estaszonasgrises(AtienzayRuizManero,2006)recuerdanqueelderechono tiene el monopolio sobre lo que se puede considerar un acto corrupto. El estudio de casos y legislaciones comparadas evidencia que la ley no es necesariamente un referente de las prácticas y que estas no consideran todas las formas posibles de corrupción (las cuales, además, se transfor-man constantemente). Los estudios de caso permiten, además de partir de las particularidades contextuales, entender que este fenómeno excede las premisas normativas.

De este modo, las miradas jurídicas han girado sustancialmente en torno a tres ejes: el estudio de la corrupción desde las premisas legales para entre-ver las falencias del sistema penal; el modo en que se deben plantear leyes para poder subsanar esos espacios; y el intento de explicar la corrupción desde las ambiciones personales de determinados sujetos, reduciendo el fenómeno a un juego de intereses de individuos, a los que se debe controlar con mecanismos punitivos. La consecuencia es que la corrupción tiende a ser reducida a un epifenómeno del sistema político, “posible en tanto la ley mantenga agujeros franqueables”, explicándola desde tramas individuales en donde es el sistema penal el encargado de poner en ejercicio formas de “vigilar y castigar” estas acciones. Entonces, las preguntas de investigación muestran una vez más una estructura similar: “¿cómo solucionar el proble-ma de la corrupción?”

La corrupción, lejos de ser únicamente un fenómeno jurídico, econó-mico o policial, es también un fenómeno cultural. Es importante, de este modo, entender que el fenómeno no se da en tanto es solo un epifenóme-no del aparato legal, tampoco como un remanente de los problemas que este lleva consigo, de igual modo, es importante entender que no se puede establecer una mirada comprensiva de la corrupción asumiendo esta de un modo negativo, es decir, reduciéndola al marco de la no-legalidad ni al de un fenómenoderuptura.Hayqueintentarentenderlacorrupcióncomosisetratara de un modo de relacionarse, como un vínculo, como la formación de sistemas de relaciones sociales, con un sentido y con una lógica de acción.

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3. Las ciencias sociales y los estudios sobre la corrupción

Aunque no en abundancia, es posible encontrar ciertos trabajos que, desde las ciencias sociales, han abierto vías para el estudio del fenómeno de la corrupción. Los estudios sobre clientelismo (Gellner, 1997) y los estudios etnohistóricosehistóricos sobre lamafia (Hobsbawn,2000;Gambetta,1993) han sido algunos de los aportes. En ellos se ha dado importancia a la idea del orden jerárquico intrafamiliar y a las redes de parentesco como ejes del fenómeno. Pero es claro que la corrupción no se limita al orden regulardelamafianialaaparenteestabilidaddeunaclientela,porloquelasherramientasusadasylasanalogías,nosonsuficientes(AbedyGupta,2002; Médard, 2000).

Laideademafia,nonecesariamentefuncionaenelespaciopolíticolocaldel Perú. Aquí, estas redes no se sostienen siempre en códigos de conducta demarcados casi formalmente, ni hay una suerte de reglas de acción dadas en una manutención del equilibrio económico y en la convivencia entre familias clanes o grupos de poder (Gambetta, 1993). Lo que tenemos en nuestros espacios locales y en nuestras instituciones, como veremos después, es una lógica menos sólida, menos ordenada y más compleja y difusa que elordendeunamafiaodelaregularidadestabledelaclientela.Deestosedesprende que hay que entrever los modos particulares en que se ejercen los actos de corrupción en diversos contextos y las formas en que aparece en la práctica social.

Haciendounamiradapanorámicasobreelestudiodelfenómenodelacorrupción desde las ciencias sociales, es sencillo ver los vacíos que ha de-jado.Laescasezdetrabajosetnográficossobrelacorrupciónydeenfoquesmetodológicos que recojan información de primera mano es una evidencia apesardealgunasexcepciones(HibouyTozy,2000;Médard,2000;Gup-ta, 2000; 2001). Aunque hay un intento de pensar la corrupción como un fenómeno de la vida cotidiana y su relación con el Estado (Médard, 2000), no hay desarrollos sistemáticos desde dicha perspectiva.

En algunos estudios se mira el fenómeno como el intento de los actores de reinventar un Estado que difícilmente se acomoda a las actividades e intereses de los sujetos concretos (Abed y Gupta, 2002). Los argumentos centrales marcan la disposición del Estado occidental implantado en la vida local, que no permite que todos los ciudadanos vean satisfechos sus derechos y necesidades. Un desencuentro entre la práctica tradicional de redes y clanes, y las dinámicas formales del Estado, serían el centro de los desencuentros y de la corrupción.

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Algunos de aquellos trabajos se han realizado a través de la investi-gación sobre los discursos acerca de la corrupción, los imaginarios y las percepciones de los actores (siguiendo la línea de los informes de Transpa-rencia Internacional). Las conclusiones de estos trabajos van en la línea de una corrupción sostenida en el desequilibrio que el Estado genera y en su desconexión con las prácticas de los ciudadanos. Un Estado reinventado por las lógicas posteriores a las colonias y que ha obligado a los sujetos a desarrollar modos para constituir sus instituciones, formas en las que la “dominación hegemónica” de la colonia ha impregnado sus mecanismos que generan vacíos sociales (Médard, 2000; Gupta, 2000); democracias más imaginariasquereales,quesevenreflejadasenlaspercepcionessobrelaburocracia pública y el Estado.

Si bien se intenta ver el fenómeno en el terreno práctico de la vida social, son los discursos sobre la corrupción o, más bien, las percepciones sobre la corrupción, las que han recibido la atención principal. Pero las percepciones noreflejannecesariamenteelfenómenoconcretonisuslógicasdeacción.Del mismo modo, lo que tenemos es un intento de estudiar cómo es que los sujetos toleran la corrupción (Transparencia Internacional, 2010), pero no se pregunta cómo es que esta funciona.

En América Latina el estudio de prácticas concretas de corrupción desde las ciencias sociales también resulta escaso. Abundan los ensayos de carácter ético, los ensayos jurídicos y las propuestas de “solución del problema”, pero no hay preguntas concentradas en el funcionamiento de la práctica. Trabajos en las líneas económicas y políticas en varios países de laregióncomplementanelpanorama(enlalíneadelosestudiosdeRoseAckerman,2001yTanzi,1998).

Porotro lado, en lasperspectivasmás etnográficas, tampoco sehatenido mayores desarrollos en América Latina en general y en el Perú en particular. A pesar de algunas excepciones (Poole, 2005; Mujica, 2005a; Huber,2008), laconcentraciónhaestadotambiénenelestudiodeper-cepciones. En el Perú también hay interesantes aportes producidos en la última década del siglo XX y en la primera del siglo XXI, pero que no han implicado una línea de trabajo sistemática. Los desarrollos de la investigación entemasdecorrupcióndesdelamacroeconomía(Zegarra,1999;2002)hancontinuado el planteamiento de las líneas de medición de la corrupción y sus componentes económicos, que tratan de proponer herramientas de control (Ugarteche, 2005). Estos intentos de medición apelan a mecanis-mos de accountability vertical y horizontal, y a la reducción del margen de maniobra para los desvíos de fondos del Estado.

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Otros estudios siguen la lógica de entender la corrupción como un epifenómeno fruto de ambiciones personales, frente a la cual hay que dis-poner de leyes más severas. Se trata de miradas que se enfocan en pensar la corrupción como un elemento resultante del encuentro entre las leyes y “las grandes diferencias culturales, económicas y étnicas del Perú”. Del mismo modo, hay trabajos que buscan informar sobre casos de corrupción durantelosúltimosgobiernos(CongresodelaRepública,2004;ComisiónAndina de Juristas, 1998). En estos se exponen casos judicializados y do-cumentos jurídicos para combatir la corrupción, las vulneraciones a la ley, las tipificaciones,etcétera.Setratade inventariosdecasosque implicandocumentación valiosa para la judicialización. El objetivo en estos proce-sossiguesiendoidentificaralosculpablesy“erradicar”elproblemadelacorrupción.

Por otro lado, para completar el panorama de esta síntesis, están los aportes de la “historia de la corrupción en el Perú”. Concentrados en rastrear ciertas prácticas y sus raíces en la Colonia (Quiroz, 2000; Klaiber, 1988)yeliniciodelaRepública(VargasHaya,2005),las“historias”sobrela corrupción se encargan de mostrar el punto de quiebre que explicaría lacorrupcióneneldesfaseentreelEstadoylaciudadanía,entrelasdifi-cultades de acceso a los derechos y a los bienes. Las grandes sumas que la Corona perdía mediante la corrupción, las herencias de los cargos, formas preliminares de nepotismo en la organización de la administración virreinal (Aldana, 1999), así como estudios sobre la encomienda, la inquisición y el fraude comercial en la sierra sur del Perú y la crisis colonial (O´Phelan, 2004) son los aportes de estas investigaciones.

Los trabajos en ciencias sociales se concentran en algunos ensayos históricos y comentarios de coyuntura, algunos ensayos funcionalistas (Oli-vera, 2002), pero el común denominador es la ausencia de la investigación de campo e información de primera mano. Así, aparecen también temas aledaños al asunto de la corrupción que construyen modos de interpretarla, ideas como la “cultura de la viveza” (Olivera, 2002), y las “lógicas de lo pendejo” y de “lo criollo” (Portocarrero, 2004) mostrarían formas culturales que explicarían el origen de la corrupción. Mecanismos de transgresión que se fundan en una suerte de pulsión última.

A su vez, algunas de estas miradas, han estado dispuestas desde ciertas perspectivas psicoanalíticas (Peña, 2005), que si bien resultan interesantes, tampocoaportanmaterialetnográfico.Laideadeunmodo“criollo”decomportamiento o modos de transgresión, más allá de si están sostenidos enestructuraspsíquicasono,aportanpuntosimportantesalareflexión.

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La corrupción se explica, en estos casos, como un acto producto de la am-bición personal, de una patología individual (Peña, 2005). En nuestro caso, sin embargo, de lo que se trata es de entender cómo es que las prácticas funcionan, cómo se ponen en escena, no de dónde surgen o qué relación tienen con la vida psíquica de los individuos.

En síntesis, la historia de los estudios sobre la corrupción es relativa-mente reciente y escasa en las ciencias sociales, pero con una producción importanteenotrasdisciplinas.Lostrabajosempiezanapublicarseafinesde los setenta y es recién en los últimos veinte años que empiezan a cobrar importancia. De ahí que la problemática haya estado concentrada en encon-trar mecanismos para solucionar este problema, más que en trazar estrate-gias comprensivas del fenómeno. Así, los enfoques que hemos reseñado, se sostienen en dos líneas, la del diseño de políticas anticorrupción desde el derecho y la de la regulación y estandarización de la variable corrupción para poder regular los mercados. Un tercer punto se empieza a inscribir en ese campo: el estudio acerca de las percepciones sobre la corrupción.

Se ha estudiado muchas veces la corrupción como un problema del diseño del Estado, lo que ha generado el olvido de observar la cotidianidad del fenómeno (y dar cuenta de que incluso las grandes instituciones se com-ponen de relaciones sociales entre sujetos). Por otro lado, esto ha generado el olvido de la comprensión de la corrupción como un fenómeno. Se le ha reducido a la categoría de “ruptura de la ley” o “fruto de la anomia”, cuando es, en primer lugar, una práctica social compleja, un fenómeno. Lo que se mantiene ausente en la mayor parte de estos trabajos es que no hay énfasis enpensarcómoesquelacorrupciónsemanifiestaenlaactividadsocialcotidiana, en la práctica misma, en las estrategias que los actores disponen para poder trazar relaciones sociales, ni cómo es que esta se constituye o se relaciona con las estructuras de poder.

4. Una fenomenología del poder

Las preguntas que guían esta investigación se dirigen al modo en que los actores construyen sistemas, tecnologías para establecer redes, formas de corrupción y técnicas de poder, y la manera en que estos se relacionan con las estructuras formales de la política local. Es decir: ¿cómo están dis-puestas las estrategias de poder? y ¿cómo se relacionan estas con la política? Ahora, estas preguntas se sostienen en dos premisas fundamentales: primero, que este juego de poder y los mecanismos de interacción constituyen un fenómeno activo, que no se trata solo de un epifenómeno del derecho, de la economía o el remanente de los mecanismos punitivos, sino un fenómeno

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que puede ser abordado desde su propia disposición práctica. Segundo, que al disponerse como un fenómeno, se implica una relación puesta en escena, un sistema de estrategias y, por ende, ciertas técnicas de interacción que pueden ser estudiadas en las prácticas. Ahí donde se ve la negación de la ley, la ruptura de las relaciones o la anulación de la política, hay que rastrear un modo de plantearla, un sistema de relaciones complejas.

El primer paso ha sido fenomenalizar teórica y metodológicamente la práctica (el poder y la corrupción). Al estar dispuestas como fenómeno social no pueden reducirse a la interioridad psíquica de los individuos, sino disponerse y estudiarse en la disposición práctica de su estructura exterior (Mujica, 2006). Es en el terreno social en donde dichas relaciones se trazan y donde se construyen diferentes juegos para ponerlas en escena: se trata de un espacio intersubjetivo. El carácter intersubjetivo no es una conse-cuencia a posteriori de los fenómenos, sino una disposición sine qua non de supropiasituación(Husserl,1999;SanMartin,1992).Seplanteaentoncesun a priori de correlación que permite establecer una posición analítica sobre los fenómenos del mundo de la vida. La condición y la muestra de la correlación es la intersubjetividad; a su vez, el elemento “social” de lo intersubjetivo es el lenguaje.

Ahora, hay que comprender esto en dos sentidos. Primero, se trata de una disposición teórica; es decir, el lenguaje es el modo en que se plantea la intersubjetividad en el mundo de la vida concreta, y es el medio de la interrelación entre los sujetos. Nótese la movilización hacia el sujeto del lenguaje, suspendiendo la idea de un individuo total (este nuevo sujeto es un actor social). Este descentramiento permite que la subjetividad sea entendida como relación activa (intersubjetividad) en el mundo de la vida, es decir, en el mundo social, y no como una unión de mónadas totales (individuos). Así, el sujeto se convierte por lo menos en una díada, en una relación: el sujeto es una relación social, siempre planteándose estratégicamente hacia el otro.

Segundo, el lenguaje es la interrelación y, por ende, la intersubjetividad en el mundo de la vida. La vida social, entonces, está dispuesta como un complejo sistema de lenguajes sociales que constituyen su propio entramado (Wittgenstein, 2000). La tarea consiste en comprender el funcionamiento de estos juegos, los cuales se interceptan, se interpenetran, se mezclan. Esto quiere decir que podemos estudiar las relaciones sociales como sistemas de lenguajes: los fenómenos se pueden, de ese modo, analogar a dichas estruc-turas, a estos juegos del lenguaje y se puede trazar un análisis comprensivo de su disposición.

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Ahora se puede dar el segundo paso. La corrupción, el establecimiento de redes y el juego de poder no solo han sido fenomenalizados, sino que ahora se pueden analogar a juegos del lenguaje. Es decir, se pueden entender estos mecanismos como un fenómeno social con características propias, pero sobre todo como un modo de relacionarse. Esto permite romper la última barrera analítica de esta etapa. Lejos de constituirse como una ruptura, negación o quiebre, al ser un fenómeno, la corrupción, las redes familiares, el nepotismo, etcétera,resultansermásbienunmododerelación(inclusoelconflictoolalucha, como ha indicado Simmel, 1984). Dicha relación, como hemos dicho, tendría características peculiares y se dispone de un modo sistemático.

Ahora que hemos caracterizado el “núcleo” (el fenómeno) del análisis, es necesario indicar el modo en que nos vamos a dirigir a este. Esto nos lleva a dar cuenta de un aparato teórico que liga el análisis de la fenomeno-logía en las ciencias sociales con una mirada postestructural. La idea inicial es que hay un giro en la pregunta analítica; no preguntamos por qué sino cómo se dispone el fenómeno: no se pregunta en primer lugar por qué hay corrupción o por qué hay redes al interior de la institución; sino cómo se practica, cómo funcionan estas redes y como se ejerce el poder.

Regresemosalmodoenquenosvamosadirigiralacomprensióndeeste fenómeno. Este implica un movimiento descriptivo. Este proceso se asemeja a lo que Geertz llama descripción densa (Geertz, 1994). Se trata de establecer una descripción de las estructuras de un fenómeno, reconocer los elementos que se interrelacionan y describir los modos en que se produce esta interrelación. Se trata, pues, de una labor gramática, una gramática de las relaciones sociales, una gramática de la acción y una gramática del poder. Un sistema para deconstruir estructuras.

La descripción densa del fenómeno implica la movilización de un sis-tema de rastreo de técnicas (entendidas como prácticas sociales, un modo derelaciónentresujetosoentresujetosyestructurassociales),querefie-renatecnologías(sistemasdetécnicas),queasuvezrefierenaestrategias(disposiciones ordenadas de tecnologías mediante las que se plantean las interacciones entre los actores y se establece un panorama más o menos recurrente de relaciones). Todo este conglomerado de técnicas, tecnologías y estrategias permite dar cuenta de la disposición de lo que Foucault ha llamado una episteme(Foucault,1972).Dichadisposiciónrefierealmodoen que se ordenan las relaciones y se ponen en juego en un determinado tiempo y espacio (crono-topo). La episteme implica entonces un sistema de estrategias, éstas un sistema de tecnologías y éstas, a su vez, ciertas técnicas. El rastreo se efectúa sobre dichas técnicas, que son prácticas observables:

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el proceso analítico se hace sobre el dato de campo (la técnica efectiva de interacción) (Mujica, 2006).

Después de este proceso, hay que plantear una interpretación del sen-tido de un fenómeno en relación al mundo social (el mundo de la vida). Esto permite salir de las constricciones habituales y dirigirlo al modo en que sus estructuras se ordenan activamente para relacionarse con el mundo, pensando sus funciones en el sistema y su estructura de movilización, pero también las formas de relación internas.

Ahora es posible regresar a nuestras preguntas iniciales: ¿cómo están dispuestas las redes y estrategias de poder y corrupción en el Palacio de Jus-ticia? y ¿cómo se relacionan éstas con la estructura de la institución política? Ambaspreguntasrefierenaunapartedelprocesoanalítico,ysurespuestava a indicar que hemos seguido la pauta planteada. La primera pregunta se dirige a la descripción de las estrategias de poder y de las redes, el modo en que estas se ponen en juego y las maneras en que los actores sociales plantean el juego a través de técnicas cotidianas. La segunda pregunta per-mite dotar de sentido al fenómeno, se dirige al modo en que este conjunto de prácticas se relaciona con la estructura institucional, mostrando así el conjunto de las relaciones que se trazan en el terreno social.

Estonospermite un asuntofinal. Los fenómenos que estudiamostienen características peculiares: se trata de prácticas sociales que tienden a reducirse y considerarse marginales, dependientes de otros elementos. Lo relevante del análisis es que permite mostrar que, justamente, aquello que parece ser la antinomia de un fenómeno, va a constituir su núcleo de acción. Es la aparente contradicción, la negación de su misma condición, lo que va a permitir penetrar el fondo de su disposición.

El establecimiento de redes de poder y formas de corrupción tiende a ser visto como un práctica marginal de las instituciones sociales, elemento escondido de su accionar cotidiano, la antinomia del funcionamiento orde-nado, la negación de su propia acción. Cuando vemos estos asuntos en su fenomenalidad,cuandoseconviertenenlaafirmacióndelsentido,empezamosa comprender que las instituciones funcionan de otra manera, que aquello que parece ser la antinomia radical, la otredad fenoménica, puede incluso llegar a constituir el núcleo interno de aquello que aparentemente contradice.

La idea de la que partimos, por tanto, es que el poder (y sus formas de ordenamiento práctico como la corrupción, las redes y el nepotismo) funciona como si fuera un lenguaje como si fuera una gramática, una prag-mática, un lenguaje en amplio sentido, una performance que se proyecta y se pone en acción constantemente. La corrupción, por ejemplo, se constituye como una relación social, como una manera de comunicarse.

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La idea de entender la corrupción y el juego de redes como si fueran un lenguaje nos permite incorporar una serie de nociones que ayudan a com-prender su multiplicidad, sus dialectos variados y sus estrategias enunciativas. Estas ideas, se relacionan con una mirada sobre la institucionalidad que se refierealaestructurasistematizadaperonoformaldelasrelacionessociales(Giddens, 1984), que, a diferencia de otras posiciones que consideran la institucionalidad como dispositivos formalizados (Weber, 1974), permite darleflexibilidadanalítica,yestudiarformasdeprácticasinstitucionalizadas,incluso dentro de Instituciones formales. Así, la institucionalidad es pensada como la recurrencia ordenada (de diferentes maneras) de una práctica social. Ello, a su vez, permite dar un marco para estudiar aquello que Foucault llama técnicas (prácticas rastreables a través de una búsqueda empírica). De ahí que se trata de dar cuenta de que dichas prácticas obedecen más a la estrategia consciente del sujeto social, que a una inconsciencia habitual. El caso de la corrupción, quizás en la mayor parte de sus variantes, se sostiene enlareflexiónestratégicayconscientesobrelaacción,enunamediciónyun tanteo, en un juego conjunto de indexicalidades y de señales más que en un habitus (Bourdieu, 1990), una inconsciencia psicoanalítica o una pulsión.

Esto permite llevar el aparato compresivo a otro margen, en donde el poder va a ser pieza fundamental. Es sobre el poder, entendido como “una acción sobre otra acción” (Foucault, 1996b), es decir, como un sistema de relaciones dispuestas a través de técnicas, que empezamos a trabajar estos fenómenos. Al ser entendido como acción, el poder no puede entonces asirse, poseerse o detentarse, sino solamente ejercerse: el poder se vuelve a la performance. Al mismo tiempo, el poder se torna distinto de la dominación, que será solo una manera de plantear dichas técnicas. El poder se pone en juego mediante técnicas observables, y va a constituir modos tecnológicos y estratégicos de plantearse en el espacio social.

El sistema de técnicas permite ubicar modos y sistemas de poder, esto en relación con lo que Bourdieu (1990) llama campos. Estos se re-miten a espacios cruzados en donde técnicas y estrategias van a ordenarse construyendo sistemas de interacción y, por ende, un modo de plantear la institución, de reinventarla desde las prácticas cotidianas. El campo de poder permite el estudio de un conglomerado de estrategias y delimita un espacio de acción. Uno de los objetivos de esta investigación es estudiar las técnicas, tecnologías y estrategias, y delimitar los campos de acción y de poder en el terreno local (en este caso, en el aparato judicial). Esto permitirá comprender un modo de ordenar y plantear la institucionalidad práctica.

Dicho modo de entender la institucionalidad requiere entonces de una correlación con una forma de plantear la autoridad. El poder hecho acción

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(performance) obliga a entender la autoridad desde la disposición de las ac-ciones, en el ordenamiento estratégico de los campos, y salir del concepto de la “autoridad formal” como forma unívoca, dispuesta por la legalidad exterior delsistemaoficial.Laautoridadentoncessetornaalaactividadcotidiana,estadebe su posibilidad también al modo de ordenar las acciones y no solamente a la imposición exterior, (Arendt, 1970).

Tenemosasíque,sibienexisteundispositivooficialdelaautoridad(loque llamamos autoridad exterior), provisto por el sistema político formal, existe también una manera de recrear dicha autoridad desde las prácticas sociales, construyendo canales particulares para sostenerla y posibilitar su existencia.Hayunmodode“autoridadpráctica”,puestaenjuegonoporuna imposición exterior, sino por el modo en que se disponen las relacio-nes de poder y el modo en que se organizan los campos en las prácticas cotidianas. La autoridad depende también del modo en que se plantean las relaciones de poder, de las estrategias de los actores, y de las tecnologías queutilizanpararelacionarseentresíyconelsistemaoficial.

El poder, al “ser acción” es eminentemente performativo, lo mismo sucede con la autoridad. Ambas categorías se disponen a través de la per-formance de los actores sociales: su desenvolvimiento, su participación activa en las relaciones. Entendemos performance en dos sentidos. Por un lado, se trata de la constante actividad de los actores, el modo de poner en práctica el poder, de plantear las técnicas y sus características peculiares, de reinventar en cada acción, de re-crear las disposiciones sociales. Por otrolado,laperformanceserefierealaactualidaddelsistema,elcualsetransformaconelmovimientodelosactores.LaPerformancerefieretantoal movimiento de los actores (a la puesta en escena, a la actuación), sus decisiones estratégicas, como a la consecuente movilización de la estructura (Balandier, 1999).

En esta línea, las redes informales y la corrupción, se ponen constan-temente en escena, se practican, activándose para poder permanecer en la estructura política. Se trata de un dispositivo estratégico para relacionarse con la ley y para reinventarla en la acción.

5. Micropolítica del Estado / Etnografías del Estado

Las redes informales y las formas de corrupción que existen en las instituciones judiciales constituyen un mecanismo de relación que permite conectar a los actores con la ley exterior. Se trata de entender que en muchos casos, los grupos sociales se constituyen en tanto construyen formas de sobrepasar la ley, de transgredir. La transgresión resulta una manera práctica,

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una tecnología, un sistema de acción, es una forma de plantear las relaciones de poder y de interactuar. Así como la corrupción resulta ser un lenguaje, es también un modo de transgredir, de ahí que la transgresión pueda ser entendida como un lenguaje, como un acto con sentido. Vale la pena insistir: es la relación con la ley y viceversa (la relación de la ley con lo que ella ha llamado su delito o su transgresión) la que interesa, no su oposición.

La idea es que se puede sugerir que las redes funcionan como un sistema de intercambio de bienes simbólicos y fácticos, estos bienes no obedecen solamente a una lógica económica, sino a un modo de estructurar las re-laciones de poder: la disposición de los intercambios, desvíos y modos de enrumbar los bienes plantean una manera diferente de ordenar el campo económico y consecuentemente el terreno político. El don, entonces, obliga a mirar el modo en que, a través de estas prácticas, intercambios y modos de reciprocidad se crean redes, vínculos y alianzas (Mauss, 1985). El inter-cambio no es entendido solamente como un juego de bienes fácticos, sino también, como como un intercambio de bienes simbólicos (Bourdieu, 1997: 45). Dichos bienes, no solamente poseen una carga económica, sino una disposición en la construcción de valores sociales. Por ende, son parte del juego de construcciones de alianzas, redes y complicidades, creando formas locales de reciprocidad o negociaciones determinadas.

Dichas alianzas, redes o negociaciones pueden ser estudiadas a partir del modo en que se ordena y plantea su forma exterior: hemos tomado la ideade losmecanismosdefusiónyfisióndeEvans-Pritchard (1977)para dar cuenta de los mecanismos y prácticas que utilizan los actores para plantear sus estructuras grupales. El poder de los mecanismos de fusión y fisión,asícomodelosintercambios,implicaunaescenificacióndedichaacción, un modo estratégico de mostrar a los demás la posición relativa en la estructura de sistema.

Estas múltiples alianzas son parte de las formas de ejercicio de poder que nos hacen entender lo político de otra forma. Se trata de descentrar éste de las estructuras del Estado, de llevarlo al terreno de la cultura, de nuestras actividades cotidianas y, por ende, empezar a estudiarla en el terreno delaperformancedelosactores.Estoflexibilizasuposición,remuevesuscimientos y muestra sus partes móviles: aquellas que se transforman con el movimientodelossujetos.Reflexionarsobreestedescentramientodelpoderes fundamental para volver a estudiar el Estado, para reestudiarlo desde adentro. Vamos a investigar sobre las estructuras del Estado a partir de su micropolítica, desde la vidacotidianaendondelanormanoessuficiente,donde la ley se reinventa. Y para ello elaboramos una etnografía del Estado.

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En este sentido la política se vuelve a lo cotidiano y permite abarcar los conceptosquehemosidomarcando:losconflictos,lasdisputas,lanegocia-ción, el movimiento del poder, la autoridad práctica y las técnicas mediante las que éstas se ponen en juego, mediante las que se construyen las estrategias de acción; este conglomerado de prácticas sistemáticas van a mostrar la estructura, el conjunto de campos que demarcan la política. Todas estas actividades, por más pequeñas que sean, van a convertirse a la actividad política recreando, reinventando el poder y sus estructuras de acción.

Esto permite comprender las microrelaciones, las prácticas sociales cotidianas, no como anécdotas de la actividad política, sino como entidades constituyentes de su estructura. El Estado deja entonces de ser el único núcleo de lo político y permite redirigir la mirada a aquello que lo constituye, a las prácticas vivas de los actores; y a su vez, genera campos para estudiar aquello que justamente se construye para relacionarse con el Estado, con sus instituciones y reglas.

Queda entonces una pregunta fundamental: ¿cómo se practica la política en nuestro espacio de estudio, en “nuestras” instituciones? Las preguntas que hemos hecho se dirigen indefectiblemente a aquella: el modo en que las redes se ponen en marcha, y la relación que estas tienen con las estructuras de la política formal, van a mostrarnos el modo de ésta estructura política ensudisposiciónactiva.Setratadecomplementar lamedicióndeflujoseconómicos y los estudios jurídicos sobre el sistema judicial e imbuirse en el terreno práctico de las redes como un conjunto inseparable, al tiempo de entender esta acción como un lenguaje activo. Se trata de comprender unagramáticadeflujos,unagramáticaenmovimiento,diversosjuegosdellenguaje que no solo están cargados de un sentido que hay que interpretar, sino que ofrecen un modo de entender el poder en la vida cotidiana, como unaactividadsignificativaenconstantemovimiento.Lapolítica,entonces,es la parte del proceso y del modo de ordenamiento de estas estructuras, es una actividad práctica.

Esta micropolítica, esta fenomenología del poder, nos lleva a introdu-cirnosalEstado,asusoficinas,asuburocracia,yaestudiarahí,notantocómo es que debería ser, sino cómo es que funciona. Nos dirigimos ahora a estudiar el lugar en el que se ha planteado el análisis. Vamos a entender la estructura formal del Poder Judicial, para poder luego estudiar la manera en que se ejerce el poder y la corrupción en la vida cotidiana.

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1. La historia del Poder Judicial y su composición actual

En losprimerosañosdelaRepública,lasleyesheredadasdelperíodocolonial todavía tenían vigencia y demarcaban el funcionamiento de las estructuras jurídicas. Sin embargo, aparentemente, San Martín no pretendía asumir atribuciones judiciales. Como algunos sugieren “estaba convencido de que todo aquel que administrara justicia debería ser independiente”, es decir, que la responsabilidad de dicha función debía ser ejercida por autori-dadesautónomas(Eguiguren,1945).EstosevioreflejadoenlaConstituciónde 1823, a través de la cual se creó la Corte Suprema, Cortes Superiores y Jueces de Derecho para la primera instancia. Mientras que la Constitución de1828ratificólaindependenciadelPoderJudicial,queseejercíaporlosjueces, que en ese entonces eran perpetuos en su cargo. En efecto, “la Constitución de 1823 se contempla bajo la denominación de derecho ju-diciario, contemplado en el capítulo VIII, existiendo la posibilidad de que los jueces fueran de por vida (Art. 97)” (Gálvez, 1999: 32). Posteriormente, en la Constitución de 1856, se suprimiría el Artículo 125 que establecía el carácter inamovible de los cargos judiciales. La mayoría de los constituyen-tes se pronunció por la inamovilidad, que consideraron indispensable para asegurar la independencia del Poder Judicial y para que los magistrados no quedaran sujetos a las eventualidades de la política (Gálvez, 1999).

En la Constitución de 1920, se consideró que el Poder Judicial no debía participar en los asuntos electorales y “se mantuvo la prohibición de que los Vocales, Fiscales, Jueces y Agentes Fiscales pudiesen ser elegidos Senadores.

II. Las estructuras formales del Poder Judicial

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Además, se reconocía a la Corte Suprema en asuntos judiciales, y el derecho de iniciativa en la formación de las leyes” (Gálvez, 1999). La Constitución de 1920serefiere,porprimeravezenlahistoriadelaRepública,alacarrerajudicial,laqueseríadeterminadaporunaleyquefijaríalascondicionesdelosascensos.

Es hasta la Constitución de 1933 que se establece la “absoluta in-compatibilidad entre la actividad judicial y cualquier cargo dependiente del Poder Ejecutivo o el Poder Legislativo”. Sin embargo, en 1939, se dio inicio a una reforma judicial cuya medida “no solo fue nominal” sino que, a partir de ese momento se produjo la ruptura de la Institución con la in-tención representativa proveniente desde 1828. “En su lugar, se impuso la modalidaddedesignación;elpresidentedelaRepúblicafueautorizadoanombrar, trasladar y remover de su cargo a todo aquel personal del Poder Judicial, cuando lo exigiese la conveniencia pública, criterio relativo que daba nuevamente protagonismo al Ejecutivo” (Gálvez, 1999: 45). Este es un tema importante, pues la intervención del Ejecutivo en la estructura y funcionamiento del Poder Judicial ha sido una característica en el periodo RepublicanoquetieneciertarelaciónconlaformapresidencialistaenelPerú.

A todas luces, la injerencia gubernamental en diferentes regímenes suspendió el principio de institucionalidad en la administración de justicia. La institución burocrática, y entre ella la judicial, no escapó a lo largo del siglo XIX de los vínculos directos con los diferentes gobiernos. Los que se extendieron durante el siglo XX, en donde la manipulación del Poder Judicial ha sido un tema de gran importancia durante varios gobiernos, y elemento fundamental de control de diversas dictaduras. Actualmente, las acusaciones por intento de manipulación sobre el Poder Judicial siguen existiendo, sin embargo, ya no se trata solamente de un asunto del Ejecutivo, sino también de diversos actores de la escena pública y de las esferas económicas.

Es hasta la Constitución del año 1979 que el Poder Judicial adquiere la dimensión de Poder del Estado y adquiere también las facultades que hasta la fecha mantiene (pues la Constitución de 1993 señala que el Poder Judicial se mantiene como había estado funcionando anteriormente, aunque hay algunas excepciones1 ). Asimismo, en el año 1995 comienza a elaborarse un plandereforma(la“ReformaDellepiani”),segúnelcualdebíangenerarsecambios a nivel normativo (“procedimientos relacionados a la elección de jueces y sus prerrogativas, como el caso de los Jueces sin rostro”); admi-nistrativo (se inició el sistema de mesa de partes única); y judicial (el nom-bramientodelosjuecesserealizóinicialmenteporelConsejodeHonor)2 .

1 El modelo judicial, que permite el libre juego del fuero militar para juzgar a los civiles, en caso de traición a la patria y terrorismo, además de las sentencias en el fuero militar, salvo las de muerte, no son revisables por el Poder Judicial, lo cual constituye, sin lugar a dudas, una sensible limitación al aparato jurisdiccional del país.

2 En ese proceso se promulgó La Ley Orgánica Del Poder Judicial. Promulgada por el Decreto Legislativo Nº

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La Constitución Política de 1993 (que actualmente rige) establece que la“RepúblicadelPerúesunaeindivisibleyqueelEstadoesdemocrático,independiente y soberano. El Gobierno Peruano es unitario, representativo y descentralizado, se organiza según el principio de la división de poderes y los representantes de los poderes son elegidos por el pueblo en comicios democráticos.Respectoalapotestaddeadministrarjusticia,señalaqueestaemana del pueblo y, de acuerdo a la Constitución, es ejercida por el Poder Judicial”(CongresodelaRepública,2006:5).Enefecto,laConstituciónPolítica del Perú en su artículo 138º, señala: "La potestad de administrar justicia emana del pueblo y se ejerce por el Poder Judicial a través de sus órganos jerárquicos" y sus diversas instancias, que son los “Juzgados de Paz no Letrados, los Juzgados de Paz Letrados, las Cortes Superiores y la CorteSupremadeJusticiadelaRepública”,(sinembargo,pesealaideadeque la “potestad de administrar justicia emana del pueblo”, la elección de los Jueces no se hace a través de elecciones populares).

Se indica que el Poder Judicial en su ejercicio funcional es autónomo en lo político, administrativo, económico, disciplinario, e independiente en lo jurisdiccional, con sujeción a la Constitución. No existe, ni puede ins-tituirse, ninguna jurisdicción (Monroy, 1996: 213) que pueda cumplir esta misma tarea, con excepción de los organismos de justicia militar y arbitral. El Poder Judicial es parte de los tres Poderes del Estado conformados porelPoderEjecutivo(representadoporelPresidentedelaRepública),elPoder Legislativo (representado por el Presidente del Congreso) y el Poder Judicial (representado por el Presidente de la Corte Suprema de Justicia). Constitucionalmente, estos tres poderes se complementan y establecen, en base a sus competencias, limitaciones para equilibrar la estructura del Estado, de forma tal que el poder no dependa solamente de un órgano o de una persona. Sin embargo, existen otros organismos autónomos, es decir, que no dependen de ninguno de los poderes mencionados, por ejemplo: el Tribunal Constitucional o la ContraloríadelaRepública.

767,posteriormentemodificadaporelDecretoLeyNº25869ycomplementadaporelDecretoSupremo017-93JUS.EstaLeysuponeunanuevaconcepciónestructuraldelPoderJudicialylaratificacióndeprincipiosdemocráticoscomoqueelpuebloesfuentedelpoderdeadministrarjusticia.Hay,enestedocumento,unpropósito de descentralizar la administración de justicia. Después de su emisión, se nombró en noviembre de1995,laComisiónEjecutivadelPoderJudicial,conelencargoderealizar"laReformadelPoderJudicial".Como consecuencia de esta medida, fue suspendida la vigencia de diversos artículos del Texto Único de la Ley Orgánica del Poder Judicial, lo que atentó contra la labor de los magistrados. Al concluir, en diciembre de 1998, el plazo otorgado a la Comisión Ejecutiva para realizar el trabajo que le fue encomendado, la Ley Nº 27009, publicada en el diario "El Peruano", el 5 de diciembre de ese año, amplió su vigencia hasta el 31 de Diciembre del 2000. Sin embargo, se aceleró la desactivación de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, y el 6 de noviembre del 2000, un Consejo Transitorio se hizo cargo de la Administración del Poder Judicial y fue el encargado de preparar la recuperación institucional de ese organismo. (Ministerio Público, 2008)

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De conformidad con el artículo 201 de la Constitución, “el Tribunal Constitucional está integrado por siete magistrados elegidos por el Congreso delaRepública,conelvotofavorabledelosdosterciosdelnúmerolegalde sus miembros”. La Constitución de 1993 establece que “no son revisables en sede judicial las decisiones del Jurado Nacional de Elecciones en materia electoral, así como las del Consejo Nacional de la Magistratura en asuntos como laratificaciónolaimposicióndelasancióndedestitucióndemagistrados”(Consejo Nacional de la Magistratura, 2008: 3). Sin embargo, existe la posibilidad de recurrir a la revisión por el Tribunal Constitucional (supremo intérprete de la Constitución) en caso de falta de motivación o de vulneraciones al debido proceso que produzcan la violación de derechos fundamentales.

Por otro lado, es importante mencionar al Consejo Nacional de la Magistratura, que es el órgano encargado de la selección y nombramiento dejuecesyfiscales(previoconcursopúblico)3 . Cada siete años, el Consejo deberatificarajuecesyfiscales,osepararlosdelainstitución.Correspondeal Consejo Nacional de la Magistratura aplicar la sanción de destitución a vocalesdelaCorteSupremayfiscalessupremos,yasolicituddelaCorteSupremaodelaJuntadeFiscalesSupremos,alosjuecesyfiscalesdetodaslas instancias. El Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura tiene como principales labores “dirigir y supervisar la política institucional, con-vocar y presidir las reuniones del Pleno y ejecutar sus acuerdos, designar a los integrantes de comisiones permanentes, convocar a concurso público paralaseleccióndemagistradosyextenderleseltítulooficial,solicitaralPoderJudicialyalMinisterioPúblicoinformaciónsobrelosjuecesyfis-calesaserratificados,ycoordinarconlostitularesdeotrosorganismospúblicos” (Consejo Nacional de la Magistratura, 2008: 5) . Las resoluciones del Consejo de la Magistratura en materia de nombramiento, evaluación osancióndejuecesyfiscalesnosonrevisablesporelPoderJudicial4. A su vez, la Academia de la Magistratura, encargada de “la formación y ca-pacitacióndelosjuecesyfiscalesformapartedelConsejoNacionaldelaMagistratura”, a pesar de lo cual se le reconoce autonomía administrativa, económica y académica.

3 Los integrantes del CNM son siete y se les denomina consejeros. Son elegidos en votaciones secretas por los miembrostitularesdelaCorteSupremadelaRepública,laJuntadeFiscalesSupremos,rectoresdelasuniver-sidades nacionales, entre otras autoridades. En todos los casos, los candidatos a consejeros que obtengan la segunda mayoría de votos, son escogidos consejeros suplentes.

4 Existe una propuesta de reforma que en el ámbito disciplinario es una novedad respecto a lo regulado en la Constitución vigente, que prescribe en el inciso 3 de su artículo 154° que “el Consejo Nacional de la Magis-tratura es competente para destituir a los jueces de la Corte Suprema y a los Fiscales Supremos, así como a los juecesyfiscalesdeprimeraysegundainstancia,siemprequemedieelpedidodelaCorteSupremadeJusticiao de la Junta de Fiscales Supremos, según sea el caso” (Justicia Viva, 2010).

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Por su parte, El Ministerio Público, al que también se conoce como Fiscalía, “tiene los mismos derechos y prerrogativas y está sujeto a las mismas obligaciones que los del Poder Judicial en la categoría respectiva. Asimismo, le afectan las mismas incompatibilidades”. Su nombramiento está sujeto a requisitos y procedimientos idénticos al de los integrantes del Poder Judicial en su categoría respectiva.

El Poder Judicial, el Tribunal Constitucional, el Consejo Nacional de la Magistratura y el Ministerio Público, “sin perjuicio de la autonomía constitucionalmente reconocida a cada uno de ellos, mantendrán, según lo estipulado, relaciones de coordinación a efectos de asegurar el cumplimien-to adecuado y oportuno de la función estatal de impartir justicia. De este modo, los tres Poderes, y los organismos autónomos, son órganos cons-tituidos del Estado, porque su actuación está supeditada a lo establecido por la Constitución, la cual establece el equilibrio” (Ceriajus, 2004: 450)5.

De manera que, según la normativa, la misión6 que cumple el Poder Judicial es “administrar Justicia a través de sus órganos jurisdiccionales, con arreglo a la Constitución y a las leyes, garantizando la seguridad jurídica y la tutela jurisdiccional, para contribuir al Estado de Derecho, al mantenimiento de la paz social y al desarrollo nacional” (Poder Judicial, 2008).

Ahora, es importante entender que esta disposición del Poder Judicial no es aséptica, y tiene diversas implicancias en su estructura y en su práctica cotidiana. Asimismo, hay que entender que el Poder Judicial tiene ciertas características peculiares dentro de los sistemas de justicia y una disposición dentro del sistema de gobierno del país.

2. Sistemas judiciales y sistemas de gobierno

El sistema jurídico reúne las estructuras y las modalidades de funcio-namiento de las instancias encargadas de la aplicación de reglas del Dere-cho, así como los servicios que provienen de éstas. Los cuatro principales sistemas jurídicos en el mundo son el sistema del Derecho Continental (o CivilLaw);elsistemadeDerechoAnglosajón(oCommonLaw);elsistema

5 Si bien el Poder Legislativo es el encargado de emitir las normas, este no es todopoderoso respecto de esta competencia. Y es que antes de promulgar una ley esta debe ir al Ejecutivo para que dicho Poder, después de estudiarla,lapromulgueoladevuelvaconobservaciones.Sinembargo,siapesardeestedoblefiltroprevistopor la Constitución, resultara que la ley vulnera algún principio constitucional, esta puede ser inaplicada en un caso concreto por el Poder Judicial (mediante el control difuso) sin perjuicio de la expulsión que puede realizar el Tribunal Constitucional de manera general (mediante una acción de inconstitucionalidad).

6 En estrecha dependencia con la misión del Poder Judicial encontramos sus principales objetivos: consolidar la autonomía del Poder Judicial y la independencia de los magistrados, mejorar y ampliar el acceso a la justicia, modernizar la administración de justicia, alcanzar una alta calidad de justicia y optimizar el servicio al ciudadano. Ver:www.pj.gob.pe.

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deDerechoConsuetudinario;yelsistemadeDerechoReligioso(Gascón,1995). No obstante, el sistema jurídico de cada país tiene diferencias o integra ciertas instituciones de otros sistemas. Estos sistemas dan caracte-rísticas peculiares a los procesos judiciales y a la estructura interior de los diferentes Poderes Judiciales.

ElDerechoAnglosajón (oCommonLaw) es el “sistema jurídicoderivado del sistema aplicado en la Inglaterra medieval y que es utilizado engranpartedelosterritoriosquetieneninfluenciaotradiciónbritánica(la mayor parte de las que fueron sus colonias). Se caracteriza por basarse más en la jurisprudencia que en las leyes (códigos). El sistema de Derecho Anglosajón se basa, sobre todo, en el análisis de las sentencias judiciales dic-tadas por el mismo tribunal o alguno de sus tribunales superiores (aquellos a los que se pueden apelar las decisiones tomadas por dicho tribunal) y en las interpretaciones que en estas sentencias se dan de las leyes” (Torres y García Martínez, 2004: 3); por esto las leyes pueden ser ambiguas en muchos aspectos,yaqueseesperaquelostribunaleslasclarifiquenparajuzgarloscasos (o aquellos ya lo han hecho sobre leyes anteriores, pero similares).

Por otro lado, existen interpretaciones judiciales que creanfigurasjurídicas nuevas. En la actualidad, “es mucho más común que las leyes creenfigurasnuevasoqueestandaricenyfijen las reglasanteriormenteestablecidas por las sentencias judiciales”. Un asunto importante es que, en casos posteriores, “la capacidad de decisión a partir de las sentencias previamente dictadas obligan a un tribunal (y todos los tribunales inferiores a éste) a fallar de la misma manera o de forma similar” (Torres y García Martínez, 2004: 10). Por esto, el estudio de este sistema se sostiene en el análisis minucioso de las sentencias de las cuales se induce la norma, estudio que termina en la elaboración de un “caso típico”, el cual se compara con la situación en estudio para ver si es similar o no. “En muchas ocasiones se analizan diversas sentencias que contienen el mismo principio, analizado desdediversoscasos,paraextraerfinalmentelanormaqueseaplicaráalcaso en estudio. De este modo, en el sistema de Derecho Anglosajón se le da mucha importancia a las sentencias, por lo que es muy difícil cambiar un precedente establecido” (Torres y García Martínez, 2004: 22).

A diferencia del Derecho Anglosajón, el Derecho Continental “es el sistema jurídico derivado del sistema aplicado en Europa y que es utilizado en gran parte de los territorios europeos y en aquellos colonizados por és-tos a lo largo de su historia. Se caracteriza por basarse más en la ley que en la jurisprudencia. En el área anglosajona se denomina a este sistema Civil Law.AlcontrariodelsistemaCommonLaw,lassentenciasenelsistemacontinental (CivilLaw)solosientanprecedentesisonvarias,ymáspor

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razones administrativas que legales, ya que cualquier juez puede resolver de otra manera. En ese caso, mediante la apelación, el tribunal superior podría volver a la interpretación anterior, o decidir cambiarla” (Taruffo, 2006: 75). Otro aspecto que caracteriza a este sistema, que es el que fun-cionaenelPerú,eslainfluenciadelaley:enelsistemacontinentallaleyesmuy importante, pues es lo que se interpreta, en el sistema anglosajón se interpretan las sentencias anteriores y, en menor medida, la ley. Por lo tanto, “en el sistema continental, la ley contiene en gran medida la norma, y su estudio puede ayudar a comprender fácilmente cómo funciona el sistema de un estado determinado; mientras que en el sistema anglosajón, las normas están dispersas en varias sentencias, y se deben analizar todas y en conjunto para lograr entender el sistema de la jurisdicción” (Taruffo, 2006: 80).

El sistema de derecho continental se basa, sobre todo, “en la normativa emanada por los Poderes Legislativo y Ejecutivo. De estos órganos provie-nen normas dotadas de una legitimidad democrática que son interpretadas y aplicadas por el Poder Judicial. La norma jurídica, que es genérica, surge de la Ley y es aplicada caso por caso por los tribunales” (Taruffo, 2006: 84).

La jurisprudencia se limita al ámbito de interpretación de la normativa vigente. Las sentencias sólo obligan a los tribunales inferiores a aplicar la norma según esa interpretación. De todos modos, “el precedente jurispru-dencial ha ido adquiriendo especial importancia en el derecho continental, en especial ante la necesidad de otorgar predictibilidad a los procesos ju-diciales. De hecho, en ciertos ámbitos del derecho continental, como los procesos constitucionales o contenciosos-administrativos, el precedente puede resultar obligatorio” (Taruffo, 2006: 90).

Estos sistemas judiciales se enmarcan en espacios políticos más amplios. Es decir, en un sistema político que ordena normativamente la estructuradelapolíticadeunEstado(lafiguradelpresidencialismo,ladelparlamentarismo o la del semi-presidencialismo). El Perú tiene un sistema presidencialista, como la mayor parte de los países del continente, en el que el Ejecutivo tiene una gran importancia tanto en la construcción de la ingeniera política, pero también desde los imaginarios populares. Se deno-mina presidencialismo o sistema presidencial a aquella forma de gobierno en el que la Constitución establece una división de poderes entre el Poder Legislativo y el Poder Ejecutivo. “El Jefe de Estado, además de ostentar la representación formal del país, es también parte activa del Poder Ejecutivo, como Presidente del Gobierno. Es al mismo tiempo jefe de Estado y Jefe de Gobierno” (Sartori, 1996: 97).

Los organismos del Estado conviven en el sistema pero de manera separada. Por ello, “dichos regímenes políticos han desarrollado mecanis-

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mos que se traducen en las instituciones contraloras y en las autoridades fiscalizadorasqueregulanelpoderdistribuidoenlasesferasdelEstado.Con esto buscan evitar que uno de ellos adquiera preponderancia sobre los otros” (Sartori, 1996: 78), riesgo particularmente frecuente, sustancialmente con el Poder Ejecutivo. Entonces el régimen presidencial se caracteriza en particular por: “un Jefe de Estado que es al mismo tiempo Jefe de Gobierno, pues promulga las leyes, dirige la política interna o externa de la Nación y nombra a sus asesores prácticamente sin interferencia alguna de otro poder del Estado” (Sartori, 1996: 97). Asimismo, existe “independencia entre los órganos que desempeñan las funciones ejecutivas y legislativas, que pro-viene inclusive de la propia elección de los mismos por el pueblo, a través del sufragio directo”. Asimismo, tienen “un Órgano Legislativo, llamado Congreso, que aprueba las leyes, pero que no tiene injerencia directa en el Gobierno de la Nación. La cooperación con el Ejecutivo es puntual y sin mediar dependencia” (Sartori, 1996).

En este sentido, en los gobiernos presidencialistas de América Latina, simétricamente al crecimiento del Poder Ejecutivo ha correspondido un debilitamiento del Legislativo y del Judicial, lo que históricamente ha desem-bocado en autoritarismos, caudillismos y en muchas ocasiones en gobiernos dictatoriales. Esto es importante, pues la ingeniería política considera como parte del sistema de gobierno la relación entre Ejecutivo y Legislativo, pero el Judicial no tiene mayor relevancia para esta discusión. Sin embargo, si bien en términos del diseño normativo de las ingenierías constitucionales el Poder Judicial resulta marginal a esta estructura, en realidad, es importante tener en cuenta que el sistema de gobierno permite intervenciones dentro de los poderes del Estado con criterios diferentes. De modo que en los presiden-cialismos latinoamericanos la gran importancia y el poder del Ejecutivo ha tenido un énfasis en la intervención del Poder Judicial, que si bien parece estar protegido por la formalidad de la ingeniería, es intervenido por los espacios informales y a través de sistemas de corrupción, clientelas, etcétera.

Lo que queda claro es que en el Presidencialismo la interrelación entre los poderes tiende a dar un peso especial al Ejecutivo. Aunque en las cons-tituciones, la separación de poderes esté escrita, en la práctica suele haber un predominio del Ejecutivo. Así, se ha, dado ciertas características de los sistemas presidenciales latinoamericanos que permiten que el Ejecutivo tengaciertainfluenciasobrelaestructurapolítica:“posibilidaddereelec-ción en varios países; inamovilidad política del Presidente; imposibilidad de formar bancadas decisorias y una larga tradición de indisciplina partidista”. Esto se suma a partidos débiles, fragmentados e indisciplinados, muchas

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veces dependientes del Ejecutivo, sin jerarquización clara o formalizada ni estructura interna. Asimismo, “la iniciativa presidencial tiene gran impor-tancia en la presentación de proyectos de ley y en ciertas materias como presupuesto e impuestos” (Sartori, 1996) (aunque también puede darse el caso de que el Legislativo bloquee las posibilidades de acción del presidente, lo que ha llevado a una polaridad entre inmovilismo o autoritarismo del Ejecutivo).HayentoncesunadependenciadelEstadohaciaelpresidente,lo que, aunado al clientelismo político, produce gobiernos y burocracias ineficientes,corrupciónydesajustefiscal(McClintock,1994).

Así, si bien en la normativa se entiende que “el Poder Judicial en cual-quier sistema democrático, es un poder autónomo y goza de la independen-cia y la liberalidad en su actuar; es decir que en ningún caso, los otros dos poderes plenamente reconocidos en la Constitución pueden interferir en sus decisiones por ser estas soberanas y constituir un bastión que servirá como pilar de garantía de todos los ciudadanos que conforman un país” (Sartori, 1996), es claro que en la estructura práctica de estos sistemas, se generan manerasdeinfluenciaeinterferenciarespectoaloestipuladoenlasnormasformales. Es por ello que en principio, entre los sistemas de gobierno, no debería encontrarse alguna diferencia sustancial en su relación con el Poder Judicial, puesto que éste actúa de manera independiente. Pero en las prác-ticas existen severos problemas, pues el Poder Judicial, tiende en ocasiones a ser intervenido por intereses del Ejecutivo, ciertos actores del Legislativo o por actores de la esfera pública o de los sectores empresariales privados.

Una vez más: “teniendo en cuenta además que las diferencias teóricas de la ingeniería política entre los sistemas de gobierno se vienen a constituir principalmente entre el Poder Ejecutivo y el Poder Legislativo, es importante entender que ninguna de las formas de gobierno es mala o buena en su totalidad” (Sartori, 1996), está claro que algunas son más fuertes en deter-minados puntos y son más débiles en otros. Y, por ende, normativamente el sistema de gobierno no condiciona el sistema judicial, y en las democracias formales del mundo moderno no hay una intervención del Poder Judicial desde las estructuras formales del Ejecutivo y del Legislativo.

Por ejemplo, en los Estados Unidos tienen el sistema Presidencialista yestá regidoen suestructura judicialporel sistemadelCommonLaw(sistema de jurados), su Poder Judicial es uno de los más sólidos y se pue-deobservarindependenciaconlosdemáspoderes.EnelcasodelReinoUnido, a diferencia de Estados Unidos, se practica un sistema Parlamenta-rista, y al igual que Estados Unidos, su estructura judicial está basada por elCommonLaw.Muchosdelospaíseseuropeosparlamentaristasutilizan elsistemaCivilLaw,mientrasqueenelPerú,desistemapresidencialista,

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laestructuraJudicialestábasadatambiénenelmodeloCivilLaw,queespropio de España y los países que fueron sus colonias.

En suma, es posible indicar que formalmente, desde la normativa dispuesta por la ingeniería política, no hay una relación directa entre la estructura del sistema de gobierno con la de los sistemas judiciales; sin embargo, en el plano no-normativo, en la informalidad y en las relaciones culturales y socialmente establecidas, hay una marcada relación entre “la independencia” del Poder Judicial y la estructura presidencialista. Es claro que este sistema de gobierno da gran importancia al Ejecutivo y al partido que en ese momento está en el gobierno, de ahí que muchas veces, a través de mecanismos no formales, se construyen sistemas que gestan redes de poder que escapan a la norma.

Por otro lado, el sistema judicial, en este caso el Derecho Continen-tal, no tiene tampoco una relación directa formal con los problemas del Poder Judicial en un sistema presidencialista, pues es evidente que existen sistemas que utilizan este sistema del derecho que no acarrean los mismos problemas que en nuestro país. Sin embargo, también aquí se puede ver la importancia de la adecuación del sistema formal en el terreno social y en sus habitualidades estructurales. La problemática judicial y la construcción de sus redes informales de poder y corrupción, no son fruto de la inmanencia de una estructura política aséptica, sino más bien de un sistema adecuado a los fenómenos sociales. De ahí que la ingeniería política vea sus límites justamente en donde los actores sociales construyen sus propias maneras de ejercer el poder. Por supuesto, la normatividad y la formalidad resultan importantes, pues constituyen los marcos de acción, dentro de los cuales se construyen estos sistemas locales. Por eso es fundamental entender cuál es la estructura formal del Poder Judicial, pues a partir de esto, y a partir de la lectura de los fenómenos de poder en la vida cotidiana, podremos abordar nuevamente la relación entre la estructura de la ingeniería política y judicial, y su adecuación a la problemática local.

3. La organización formal del Poder Judicial

El funcionamiento del Poder Judicial se rige por la Ley Orgánica del Poder Judicial7 que establece su estructura orgánica y sus funciones. Esta ley“definelosderechosydeberesdelosmagistrados(encargadosdeadmi-nistrar justicia); de los justiciables (que están siendo juzgados o están solici-

7 La Ley Orgánica del Poder Judicial vigente, tiene su origen en el Decreto Supremo N° 017-93-JUS promul-gado el 28 de Mayo de 1993 y publicado el 2 de Junio del mismo año. Consta de 304 Artículos, 1 Disposición Complementaria Única y 33 Disposiciones Finales y Transitorias.

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tando justicia); y de los auxiliares jurisdiccionales (las personas encargadas de brindar apoyo a la labor de los integrantes de la magistratura)” (Poder Judicial, 1993). Se han creado “distritos judiciales” para descentralizar el Poder Judicial. En la actualidad, existen veintisiete distritos judiciales y cada unode loscuales requierediferentes recursos (HernándezBreña,2003:9). En la mayoría de casos, estas jurisdicciones toman el nombre de los departamentos del Perú, pero no necesariamente coinciden con su misma áreageográfica,por loquenoesraroencontrarqueundistrito judicialcomprenda provincias de más de un departamento.

En el Perú, la administración judicial empieza a nivel de los Juzgados de Paz, Letrados o no Letrados, que solucionan casos de faltas a la ley; no obstante, en la estructura jurisdiccional se diferencian cinco niveles (Poder Judicial, 1993), pero a nivel administrativo, se cuenta con diferentes órganos, como El Consejo Ejecutivo, la Gerencia, entre otros. Veamos el organigrama:

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Cuadro 1Organigrama del Poder Judicial

Fuente: Poder Judicial, 2006.

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De acuerdo a este organigrama, hay cinco niveles en donde se ejerce jurisdicción (órganos jurisdiccionales), los cuales dependen de la presidencia de la Corte Suprema: Juzgados de Paz No Letrados, Juzgado de Paz Letra-dos, Juzgados Especializados o Mixtos, Cortes Superiores y Corte Suprema.

Los Juzgados de Paz No Letrados “investigan y sentencian en casos de faltas menores, manteniendo una función ligada a la conciliación. Suelen estar dispuestos donde la presencia del Poder Judicial es escasa” (caseríos, comunidades o poblados menores). Estos juzgados operan con jueces (ac-tores prestigiosos de la localidad), estos no son remunerados, y son elegidos mediante voto popular (no necesariamente son abogados).

Los Juzgados de Paz Letrados resuelven las apelaciones realizadas sobre las sentencias de los juzgados de Paz No Letrados. Investigan y sentencian en casos de faltas, “de acuerdo con su competencia”. Su sede se determina por el Consejo Ejecutivo Distrital; “extiende su competencia generalmente al nivel del distrito. Los Juzgados de Paz Letrados son creados para admi-nistrar justicia en ciertas zonas rurales y urbanas y su ámbito de acción, generalmente, son uno, dos o más distritos” (Ceriajus, 2004).

Los Juzgados Especializados o Mixtos “investigan o realizan instrucción de los casos que les son presentados como los procesos ordinarios. Asimis-mo, investigan y sentencian en los procesos sumarios y especiales”. Y por su jerarquía, “resuelven las apelaciones realizadas sobre las sentencias de los Juzgados de Paz Letrados”. Tienen como sede las capitales de provincias y extienden su área de competencias a ese ámbito. Estos “dependen de la Corte Superior. Los Juzgados Mixtos despachan sobre dos o tres de estos temas y se establecen en zonas donde no hay Juzgados Especializados”.

Las Cortes Superiores “realizan el juicio oral en los procesos ordinarios donde hay delito”. Su “competencia se circunscribe al nivel de los distritos judiciales” (existe una Corte Superior por cada distrito judicial) siendo sus órganos operativos las Salas Especializadas y Mixtas. “Las Salas especiali-zadas ven especialmente casos de tipo penal, civil, laboral o familiar siendo facultad de la Corte Suprema, sobre la base de las necesidades del servicio judicial y la carga procesal crear otras Salas de distinta especialidad”.

La Corte Suprema es la última instancia ante la cual se pueden apelar todos los procesos judiciales que provienen de cualquier Corte Superior de justicia.“Tienecompetenciaanivelnacional, loquesignificaquebajosujurisdicciónseencuentratodoelterritoriodelaRepúblicayeselórganodemáxima jerarquía del Poder Judicial”, con sede en Lima. Esta instancia “resuel-ve fundamentalmente los recursos de casación sobre la correcta aplicación de laleyenuncasoconcretoylaunificacióndejurisprudencia.Asimismo,tienecompetencias para resolver sobre el fondo cuando se trata de controversias

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iniciadas ante las Cortes Superiores, las referidas a materia constitucional y las originadas en la propia Corte Suprema” (Justicia Viva, 2003).

La Corte Suprema está conformada por “Vocales Supremos, quienes integran las Salas Supremas Especializadas y el actual Presidente de la Corte SupremadeJusticiadelaRepúblicaeselVocalSupremo.LaCorteSupre-ma no solo ejerce jurisdicción, sino que también vela por el resguardo del Estado de Derecho y se preocupa por el fortalecimiento del Poder Judicial” (Poder Judicial, 2007b). Para ello, “una de las medidas dictadas por la Corte Suprema para reestructurar la administración de justicia” (25 de setiembre del2006)fuequelos jefesdelaOdicma(Oficinasdistritalesdecontrolde la Magistratura) efectúen visitas diarias a los órganos jurisdiccionales, paraverificarlapermanenciadelosmagistradosypersonalauxiliaryad-ministrativo en sus respectivos despachos; así como integrar los sistemas deinformaciónjudicialalaOficinadeControldelaMagistratura,OcmayOdicma(HernándezBreña,2006).

LaOcma,OficinadeControldelaMagistratura,tieneasucargo“lafunción disciplinaria al interior del aparato de administración de justicia, y ejerce atribuciones tanto sobre los jueces y los auxiliares de justicia” (Justicia Viva,2003:50-51).LasprincipalesfuncionesdelaOcmason:verificarquelos magistrados cumplan las normas; realizar inspecciones a los órganos jurisdiccional y administrativo; procesar las quejas contra los Magistrados; etcétera (Justicia Viva, 2003: 51).

Por otro lado, la Academia de la Magistratura es la institución encargada deformaciónycapacitacióndejuecesyfiscales.“Esunapersonajurídicadederecho público interno que forma parte del Poder Judicial y goza de auto-nomíaadministrativa,académicayeconómica”(CongresodelaRepública,2005). El Consejo Directivo es el “más alto órgano de la Academia. integrado por siete Consejeros designados del siguiente modo: tres por el Consejo Eje-cutivo del Poder Judicial, dos por la Junta de Fiscales Supremos del Ministerio Público, uno por el Consejo Nacional de la Magistratura y uno por la Junta deDecanosdelosColegiosdeAbogadosdelaRepública”,comoseindicaelartículo5delaLeyNúmero26335(CongresodelaRepública,2005).

Empero, existen otros órganos, además de los señalados, que son pieza determinante del Poder Judicial y de sus funciones internas. Un ejemplo claro es el Consejo Ejecutivo, el cual de conformidad con el artículo 72 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, “es el órgano de Gestión y Dirección del Poder Judicial juntamente con la Sala Plena y el Presidente de la Corte Suprema, contando para ello con una Gerencia General para el ejercicio de las funciones que le son propias”. Dichos órganos son órganos de Gobierno y Gerencia (los órganos de gobierno o de dirección del Poder

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Judicial peruano son el Presidente del Poder Judicial, la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia y el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial) (Ley Orgánica del Poder Judicial, artículo 72).

Conforme a la Constitución vigente “el Presidente de la Corte Suprema lo es también del Poder Judicial” (Constitución Política del Perú, artículo 144) y como tal, le corresponde la categoría de titular de uno de los poderes del Estado (Ley Orgánica del Poder Judicial, artículo 73). El Presidente de la Corte Suprema de Justicia y del Poder Judicial es entonces la primera autoridad ejecutiva de la institución (Justicia Viva, 2003: 41). Es elegido entre los vocales supremos titulares reunidos en Sala Plena por mayoría absoluta, por un periodo de dos años, mediante votación secreta, hallándose prohibida la reelección (según lo indicado en el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, Decreto Supremo número 017-93-JUS, artículo 74, párrafo 1).8

“La Sala Plena de la Corte Suprema es el órgano máximo de delibe-ración del Poder Judicial” (Constitución Política del Perú, artículo 144). En tal sentido, “decide sobre la marcha institucional de dicho Poder y en relación con los asuntos que no sean de competencia exclusiva de otros órganos”9 La Sala Plena del máximo tribunal es presidida por el Presidente de la Corte Suprema e integrada por los vocales titulares de la misma. Entre las atribuciones de esta Sala se encuentran: aprobar la política general del Poder Judicial a propuesta del Consejo Ejecutivo; elegir al representante de la Corte Suprema ante el Jurado Nacional de Elecciones; elegir al repre-sentante ante el Consejo Nacional de la Magistratura; designar a los vocales supremos integrantes del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; designar al VocalJefedelaOficinadeControldelaMagistratura;etcétera.

Finalmente, el Consejo Ejecutivo es el tercer órgano de gobierno del Poder Judicial. Está compuesto por el Presidente del Poder Judicial, quien lo preside; dos vocales supremos; un vocal superior titular, un juez titular especializado o mixto y, a partir de 2001, un representante escogido por la Junta de Decanos de los Colegios de Abogados del Perú (artículo mo-dificadoporelartículo2delaLeyNro.27.465,publicadael30demayode 2001). Entre sus atribuciones destacan: “proponer a la Sala Plena de la

8 Entre las atribuciones del Presidente del Poder Judicial se encuentran: representar a la institución judicial; con-vocar y presidir la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia; disponer la ejecución de los acuerdos adoptados por la Sala Plena de su Corte; ejercer la titularidad del Pliego del Presupuesto del Poder Judicial, designar a los vocales integrantes de las salas especializadas de la Corte Suprema y designar a los vocales supremos. De igual modo, solicitar al Consejo Nacional de la Magistratura, en nombre y representación de la Corte Suprema, la aplicacióndelasmedidasdeseparaciónodestituciónpropuestasporlaOficinadeControldelaMagistraturadel Poder Judicial. Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial (Decreto Supremo Nro. 017-93-JUS),artículo76.(CongresodelaRepública,2006)

9 LeyOrgánicadelPoderJudicial,artículo79,conformealamodificaciónintroducidaporelartículo4delaLey Nro. 27.362, publicada el 31 de octubre de 2000.

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Corte Suprema la política general del Poder Judicial y aprobar su Plan de Desarrollo; determinar el número de salas especializadas; aprobar el pro-yecto de presupuesto institucional. De acuerdo al organigrama del Poder Judicial, dependen del Consejo Ejecutivo la Gerencia General, Inspectoría General, Procuraduría, Secretaría General, Centro de Investigaciones Judi-ciales,OficinadeInformación,yAsesoríaLegal”(PoderJudicial,2007b).

Estaestructurayestasoficinas,demarcanlaformalidaddeunsistemapolítico que está determinado por la ley, sin embargo, esta formalidad no escapa a los problemas prácticos. Por el contrario, en nuestros países la formalidad ha sido estructurada sobre una serie de elementos de la vida política y cultural que en lugar de solucionar los problemas, han creado canalesdesolidificaciónysedimentacióndeciertasprácticas.Unadelasmás importantes es la corrupción. Queda entonces revisar los principales problemas que se han detectado en el Poder Judicial para entender la fun-ción de la corrupción y el lugar que ocupa en este aparato.

4. La corrupción como problema del Poder Judicial

Los problemas que presenta el sistema judicial no son nuevos. Las presiones exteriores, las que vienen del Ejecutivo o de otros márgenes, las presionesinterioresydediversosactores,constituyenunflujoconstanteque es parte de la construcción de redes de poder. éstas están inmersas en una serie de problemas de las que son parte activa.

UnodelosproblemasquesehaidentificadoenelPoderJudicialesque las necesidades y expectativas de los sectores de menores recursos económicos (la gran mayoría del país), no siempre son cubiertas. Es más, muchas personas temen entrar en un proceso judicial pues resulta costoso y lento, implica una serie de gastos formales (papeleos) y no formales (coi-mas, sobornos, etcétera). En suma, muchas personas no solo no pueden acceder a la justicia, sino que en algunos casos “son víctimas de ella”. Esto se debe, en gran medida, a la existencia de sistemas de corrupción dentro del aparato de justicia, que demarcan muchas veces su estructura de acción. Estosevereflejadoenlasensacióndelaciudadanía,quepercibealPoderJudicialcomounainstituciónpococonfiableycorrupta(InstitutodeOpi-nión Pública de la Universidad Católica, 2010: 4).

Para resolver el asunto de la corrupción se han intentado llevar a cabo diversos programas. Por ejemplo, el Programa “Administración de Justicia”, ejecutado en 1991, en consorcio con la Escuela de Administración de Ne-gocios para Graduados (ESAN), para la evaluación de tres componentes del sistema judicial considerados de importancia estratégica: el proceso penal,

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la administración interna del Poder Judicial y los problemas de información en la administración de justicia. Otro ejemplo es el Programa de “Apoyo al Fortalecimiento de la Institucionalidad e Independencia del Sistema Judicial en el Perú”, ejecutado en el período 2000-2002, con incidencia en tresaspectosdefinidoscomodeprimeraimportancia:sistemadegobiernoy administración judicial, carrera judicial, y competencias jurisdiccionales de la Corte Suprema de Justicia. La estrategia de intervención ha incluido diagnósticos e investigaciones, propuestas, talleres y seminarios de valida-ción e intercambio, así como actividades de capacitación para miembros del sistema judicial, tanto en Lima como en provincias. Estos programas10 evidencian las falencias de la administración de justicia en el Perú y también la manera en que han sido abordados, es decir, desde la mirada normativa.

Otros proyectos de reforma fueron planteados de manera más integral. EselcasodelaComisiónEspecialparalaReformaIntegraldelaAdmi-nistración de Justicia11 (Ceriajus), que para el tema anticorrupción tuvo una misión mucho más amplia y encaminada hacia el control externo, al punto que la participación de la sociedad civil en los órganos de control de la judicatura no fue un proyecto en sí mismo, sino una de las acciones que formaron parte de un proyecto del área de “políticas anticorrupción, eticidad y transparencia en la administración de justicia”, que propuso como parte de un plan de prevención y sanción de actos de corrupción en el sistema de justicia y mejora de los órganos de control disciplinario en tránsito a un único órgano de control de carácter externo (Ceriajus, 2004. 155).

El importante documento elaborado por la Ceriajus contiene una serie de propuestas de carácter normativo, que van desde la reforma parcial de la Constitución hasta la reforma a las leyes orgánicas, códigos y normas conexas, así como temas de recursos humanos, políticas anticorrupción, acceso a la justicia, entre otros que son considerados fundamentales para la sociedad (Ceriajus, 2004). Por falta de presupuesto y la burocracia es que este plan, que cuenta con 170 propuestas de reforma de carácter sistémico, no se ha concretado. De los 52 proyectos de reformas legales planteadas, se avanzaron apenas 15 (hasta el año 2008).

10 OtrointentoquebuscóquelajusticiaseamáseficienteycercanaalaspoblacionesmáspobresdelpaísfuelaCorporativización de la Justicia, a través de los Módulos básicos de justicia y Módulos Corporativos. Este es un proyecto que se plantea como una solución a la creciente carga judicial, pero que en la mayoría de los casos no tuvo los resultados esperados.

11 LaCeriajusfuecreadaporelCongresodelaRepúblicamedianteLeyN°28083del4deoctubrede2003,conlafinalidaddeelaborarelPlanNacionaldeReformaIntegraldelaAdministracióndeJusticia.El24deabrildel 2004, la Ceriajus, cumpliendo el encargo encomendado por su Ley de creación, concluyó con el mandato conferidoehizoentregaalPresidentedelaRepúblicaelPlanNacionaldeReformaIntegraldelaAdminis-tración de Justicia, como propuesta concertada de un acuerdo político institucional, logrado entre todas las entidades que conforman el sistema de justicia.

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Estos intentos de reforma se han enfrentado a diversos problemas que resultan ser parte del propio proceso. Las redes y sistemas de poder dentro del Poder Judicial, y en los otros poderes del Estado, han interferido en la reforma y han puesto diversas trabas en el proceso. Esto está unido a diver-sos factores que resultan importantes en este asunto. Algunos indican que el tema del personal y el del presupuesto resultan fundamentales en este campo.

Poresarazónalgunosplanteanque“esvitalrevalorarlafiguradeljuez”,ya que en la actualidad tiene un gran protagonismo en el ejercicio del poder político (Monroy, 2003: 50). Uno de los problemas que condicionó el desem-peño judicial en los últimos años fue el restar independencia a los jueces, lo que en la década pasada estuvo ligado a manipulaciones políticas. Se expresan una serie de objeciones a la idoneidad de criterios empleados por el Consejo Nacional de la Magistratura. Ya que se indica que los concursos cuentan con un escaso nivel (Monroy, 2003: 50-51). Otro de los temas que resulta constante sobre la reforma del accionar judicial está en el factor remunerativo, muchos indican “que los trabajadores se sentirán más dispuestos o incentivados a tener un mejor desempeño si sus necesidades económicas están cubiertas”.

El asunto es que para la Ceriajus el tema de corrupción resulta transversal a los problemas del Poder Judicial. No es solamente una cuestión de logísti-ca, personal o remuneraciones, pues estas no funcionan de manera aislada. El problema central es justamente que hay una estructura de prácticas que hacen que los bajos salarios, los problemas logísticos y el gran volumen de casos existentes se maximicen; este problema central es el de la corrupción.

Así, el propio Poder Judicial ha generado intentos de producir polí-ticas internas anticorrupción. Bajo este título el Poder Judicial incluyó el financiamientode16,8millonesdenuevossolesparahacerefectivalapar-ticipación de la Sociedad Civil en la Ocma y en la Odicma, pues se arguye que la falta de presupuesto ha impedido hasta la fecha el cumplimiento de estamedida(HernándezBreña,2006).LapropuestatieneraícesenelPlande la Ceriajus (Portocarrero, 2005: 14-15).

Más allá de todo eso, la organización política que mantiene el Poder Judicialhamostradopocaeficaciaparasolucionarelproblemadelaco-rrupción. Como lo mencionamos, una de las causas principales de este problema es la debilidad política que tiene este Poder del Estado (Binder, 2002:4).Además,comosehaseñalado,hayqueañadirlafaltadeeficien-cia del sistema judicial, pues la lentitud y la falta de recursos favorecen el alargamiento de los procesos judiciales.

Como respuesta institucional a este problema, el ex presidente del Poder Judicial (Sivina, 2006), planteó tres acciones en materia de política anticorrupción.Laprimeraserefierealaprevención,paralacualpropone

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la creación de un Consejo Nacional y Consejos Distritales de Promoción de la ética Judicial. La segunda acción es que exista un control concurrente para que todos los organismos controlen la corrupción. Finalmente, se pro-pone un control posterior con la generación de una unidad de investigación patrimonial, para saber si existe una correcta relación entre el sueldo de los jueces y su patrimonio (Ministerio de Justicia, 2001: 54).

Una de las consecuencias más sobresalientes en el tema es lo relacionado alasconsecuenciassociales.LadesconfianzadelaspersonashaciaelPoderJudicial “se debe a que los jueces han perdido sus valores (comentan que el sueldoquerecibennoessuficienteparaeltrabajoquerealizan)ylosguíaha-cia la corrupción” (Vega, 2002: 1), indican algunos. “Los jueces se enriquecen ilícitamentefavoreciendoaciertogrupoconeconomíaestableofija(entreloscuales se encuentran empresarios, políticos, congresistas y, también, se cubren las espaldas)” (García, 2008) opinan otros. La corrupción afecta también las formas de acceso a la justicia en este caso, pues genera diferencias entre quie-nes tienen posibilidades económicas y son favorecidos por una estructura de corrupción, y quienes no la tienen y no pueden pasar por un proceso justo. La corrupción, como veremos después, se convierte en una inversión que ciertas personas pueden hacer para poder atravesar un proceso justo (por paradójico que parezca) o para torcer los fallos y sentencias a su favor.

Ahora, no todos los problemas del sistema de justicia se deben a la corrupción, pero es importante entender que ésta no es un tema aislado y no es un fenómeno que funciona en los remanentes o márgenes del siste-ma, sino en su propio centro, en el núcleo de acción política y social que lo articula en la vida práctica.

De este modo, el problema de la corrupción no resulta ser una excepción, sino más bien una recurrente reconocida por la propia institución. El asunto es que la corrupción, como hemos señalado en el capítulo primero, ha sido estudiada desde la mirada económica, y en efecto puede llegar a ser una de sus causas; resulta también claro que ver el tema solo desde esta perspectiva esreduccionista: lossalariosdelosjuecesydelosfiscalesnodeterminannecesariamentelaexistenciadelacorrupción.Porende,noessuficienteúni-camenteunareformacuantitativapresupuestaria(HernándezBreña,2003).

A pesar del incremento del presupuesto nacional en los últimos años, el espacio del sistema de justicia ha sido cada vez menor frente a los demás sectores.12 Del mismo modo, el personal dentro del sistema de justicia ha

12 Si analizamos el presupuesto de cada institución del sistema de justicia, se puede observar las diferencias existentes, dispuestas por el tamaño de las mismas. El Poder Judicial es el que concentra más de la mitad del total de los recursos del sistema de justicia (66%). Le sigue el Ministerio Público (31%), mientras que el restante 3% se reparteentreelConsejoNacionaldelaMagistraturayelTribunalConstitucional.(HernándezBreña,2003).

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estado concentrado por el Poder Judicial, mientras que las otras instituciones dentro del sistema de justicia cuentan con pocos trabajadores.13 El aumen-to de presupuesto o de personal no es tampoco una explicación única del fenómeno de la corrupción o para evitar su existencia.

Para estudiar el funcionamiento de las lógicas de corrupción en el Poder Judicial es necesario entonces estudiar los sistemas que la integran, la relación entre la burocracia formal del Estado y la estructura de las relaciones sociales. A este punto tenemos que dirigirnos entonces. Estudiar este problema en relación directa con la formación de la burocracia y los poderes locales en el aparato de justicia. Para ello necesitamos centrar una unidad de observación: el Palacio de Justicia. Allí estudiaremos, in situ, las formas de ejercicio de la corrupción desde el terreno mismo, en contraste con la estructura del poder formal de la burocracia, la forma de disponer el orden del Estado y aquellas grietas que la ley y la norma dejan para las prácticas que las transgreden.

5. En los pasillos del Palacio de Justicia

Desde su inauguración el 5 de diciembre del 1939 hasta el día de hoy, el Palacio de Justicia constituye la sede principal del Poder Judicial. Es el lugar en donde la Corte Suprema del Perú ejerce su función jurisdiccional y funcional, pero además es la sede del más importante de los distritos judiciales del país. Además de ser sede del máximo órgano jurisdiccional delPoderJudicial;enestelocalencontramoslaOficinadeControldeMa-gistrados y Auxiliares de Justicia y del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. Igualmente, es sede de la Corte Superior de Justicia del Distrito Judicial de Lima (el más grande y complejo de los distritos judiciales del país).

LaRealAudiencia,máximoórganodejusticiadesuépoca,fueinstituidaporlaRealCéduladeCarlosVenmarzode1543,seinstalóensusiniciosenlosambientes en los que hoy se encuentra el Palacio de Gobierno (Vicens Vives, 1985). Luego de sucesivos traslados, en 1925 el Presidente Leguía decidió la construccióndeunlocaldefinitivo;tresañosdespuésseaprobaronlosplanosasícomolapropuestatécnicadelafirmaTheH.G.GildredCompany.Sinembargo, después de una serie de problemas, el Palacio se inauguraría recién en 1937 por el Presidente Benavides, siendo Presidente de la Corte Suprema Manuel Benigno Valdivia y Ministro de Justicia José Félix Aramburú.

13 El Poder Judicial y el Ministerio Público poseen el personal más numeroso (18,729 en total, en comparación con los 68 y 47 trabajadores del Consejo Nacional de la Magistratura y del Tribunal Constitucional). Estas características hacen que haya una mayor exigencia presupuestal tanto en el Poder Judicial como en el Mi-nisterioPúblico.Porotrolado,elPerúesunodelospaísesquemenosdensidaddedefensoresdeoficiotiene.Con lo cual se resta la posibilidad de que la gente pobre pueda acceder al derecho de defensa gratuita conforme lo estipula la Constitución del Perú.

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La sede de Palacio de Justicia, ubicada en la primera cuadra de la Ave-nidaPaseodelaRepública(hoyPaseodelosHéroesNavales),constituyeunosdelosprincipalesmonumentosarquitectónicosdelCentroHistóricode Lima, está delimitado por las calles Manuel Cuadros, Miguel Aljovín y el pasaje Buenaventura. Entre sus columnas grecorromanas, una larga escali-nata custodiada por dos leones de mármol, conduce hacia grandes puertas de bronce macizo, que revela su estilo neoclásico. Las puertas ubicadas enloslateralesenelprimerniveldeledificiopermiteningresosauxiliares.

Los vitrales interiores, que representan la justicia, se imponen en el Salón Principal denominado Salón Vidaurre, donde las escalinatas y sus balaustres de mármol de Carrara, los mosaicos, las lámparas, los faroles y la cerrajería de bronce integran el ya mencionado estilo neoclásico. En lo alto,unacúpulagestalailuminaciónqueseimprimeenlasoficinascolin-dantes. Los Salones de Embajadores, Bolívar, Acuerdos y la Biblioteca de la Corte Suprema, son amplios ambientes decorados con pinturas, muebles de madera y grandes arañas de cristal.

En cada uno de sus cuatro pisos podemos encontrar largos corredores de pisos de mármol por donde litigantes y abogados caminan esperando llegarasusdiligenciasjudicialesylasoficinasquedanpequeñasporlacan-tidad de expedientes apilados. Pero las cosas han cambiado en el Palacio. Los sucesivos intentos de reformar el sistema de justicia han tenido avan-ces poco satisfactorios. Sin embargo, se puede reconocer que la tarea de descongestionar el Palacio de Justicia ha sido tal vez uno de los objetivos medianamente alcanzados. De ahí que los juzgados penales y civiles han sidotrasladoaotroslocales,comoaledificiodelaFiscalíadelaNación(exlocaldelMinisteriodeEconomía)oenelEdificioAlzamora(exMinisteriode Educación). De esta manera, se inició un proceso de reubicación, no solo en cuanto a los espacios físicos, sino para concentrar los juzgados por especialidad, de modo que en el Palacio de Justicia solo queden la Corte Suprema,laCorteSuperiordelDistritoJudicialdeLimaylasoficinasad-ministrativas del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.

¿QuéhaydentrodelPalacio?¿DóndeestánfísicamentelasoficinasquequedanenPalacio?PuessetrataporunladodeOficinasAdministrativasyporotro,deoficinasjurisdiccionales.Sinembargo,nohayunReglamentodeOrganizaciónyFunciones(ROF)quearticuleformalmentelaestructurajerárquicaenél.Porello,conelfindeproporcionarunaideamásclaraso-bre las labores que se desarrollan dentro de las instalaciones del Palacio de Justicia, se hará una breve descripción de los ambientes y dependencias que funcionan dentro de dicho local.

El primer piso. El Palacio de Justicia cuenta con siete puertas laterales de acceso, dos de ellas con frente a la calle Miguel Aljovín, una a la calle

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Manuel Cuadros, una hacia la calle Buenaventura y tres puertas principales debroncefrentelaAvenidaPaseodelaRepública.Lapuertadeacerogrisde la calle Aljovín, que sirve de ingreso al público en general, nos introduce aunprimerpasadizodondeencontramoslaoficinadeConsultoríaGratuitadel litigante encargada de orientar a este en relación a sus procesos; colin-dante a ella, están aquellas denominadas dependencias externas, es decir, aquellasoficinasquenoperteneciendoalaparatoinstitucionalprestanalgúnserviciovinculadoaella.AsíencontramoslaoficinadeServiciosPostalesdel Perú y a continuación una del Banco de la Nación.

El pasadizo continúa distribuyendo los Juzgados Penales de Instrucción quefinalmentelleganadesembocaralaCarceletaJudicial,alasoficinasdelInstitutoPenitenciariodestacadosenlasedeylaoficinadeSeguridadInterna; todas estas dependencias con frente al pasaje Buenaventura. A la altura de la segunda puerta de la calle Aljovín, por la cual solo ingresa y sale el personal que labora dentro de la entidad, encontramos un pasaje de distribución que se corta por tres patios. En el primero de ellos hallamos seis grandes ventanas acondicionadas como Mesas de Partes de la Sala Cons-titucional y Social Transitoria, de la Sala Constitucional y Social Permanente, de las Salas Civiles y de las Salas Penales de la Corte Suprema de Justicia.

Hayunsegundopatioconochocolumnas,quecasiocultanalfondola puerta de la Biblioteca Central del Poder Judicial, y una pequeña puerta enrejada que sirve de acceso al personal que labora en las Mesas de Partes. Finalmente,seencuentraeltercerpatiofrentealacualseubicandosoficinas:una ocupada por la Asociación de Damas del Poder Judicial y la otra por los encargadosdelaProtecciónInternadeMagistrados.Regresandoanuestropunto de referencia, la puerta de acceso de Manuel Aljovín, encontramos al ladoizquierdo,unaoficinaocupadaporlaDefensoríadeOficio,encargadade orientar a los litigantes solo para los casos penales de reos libres que se encuentrenenJuzgadosdeInstrucción.Haciaelladoderechodelpasadizo,podemos ver un pequeño patio de distribución donde encontramos un Oratorio,elCentroMédicodelPoderJudicial,adicionalmenteunaoficinadelConvenioconEssalud,unaoficinaocupadaporlaAsociacióndeMa-gistradosy,porúltimo,algunasoficinasadministrativascomolaGerenciade la Corte Superior y su departamento de logística y de personal.

Elsegundopisosiguelasiguientelógica:lasoficinassedistribuyenapartiry alrededor del Salón Vidaurre (denominado así en honor a Manuel Lorenzo Vidaurre,primerPresidentedelaCorteSuprema).Haciaelladoderecho,en-contramos la Sala de Audiencia de la Sala Constitucional y Social Permanente, la Sala de Audiencia de las Salas Civil Permanente y la Sala de Audiencias de

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la Sala Penal Permanente, todas de la Corte Suprema. Entre estas dos últimas sehallanlasoficinasprivadasdelaPresidenciadelaCorteSuprema.

ValeanotarquelaRelatoría,SecretariayMesadePartesdelasSalasSu-premadeDerechoConstitucionalySocial,seubicanjustamenteenlasoficinasposteriores a la Sala de Audiencias, en las que aproximadamente laboran más decuarentapersonas.HaciaelladoizquierdodelSalónVidaurrehallamoslasOficinasdelConsejoEjecutivodelPoderJudicial.Enesamismadirección,yalfinaldellargocorredor,encontramoslaOficinadeInformación,elCentrode Investigaciones Judiciales, la Secretaria General y la Asesoría Legal, que son parte de las dependencias administrativas. Un pequeño pasadizo que giraaladerechanosconducehacialasMesasdePartesdelaOcma(OficinadeControldelaMagistratura)yasusoficinasadministrativaspropiamentedichas.MásadelanteencontramoslasOficinasdelaSecretariaGeneraldelaCorte Suprema distribuidas en varios ambientes.

Eneltercerpisoencontramosquelasoficinasestánubicadasigual-mente, en torno al Salón Vidaurre. Si tomamos como referencia la puerta principal del Palacio encontraremos, al lado derecho, las Salas de Audiencias de la Primera y Segunda Sala Penal de procesos ordinarios, reos libres de la CorteSuperiordeLima.Másadelante,unpasadizoquesedirigealasOfici-nas de la Presidencia de la Corte Superior. Siguiendo esa dirección ubicamos la Sala de Audiencias de la Segunda Sala Penal Transitoria e igualmente la Sala de Audiencias de la Sala Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema.HaciaelladoizquierdodelSalónhallamoslaSaladeAudienciasde la Sala Civil Transitoria, enseguida la Segunda Sala Penal Transitoria de laCorteSuprema,estaúltimacondosoficinasadicionalesdondefuncionalaRelatoríaylaSecretaria.Másadelante,ycruzandounpequeñopasajeque desemboca a otro corredor de distribución aun más grande, ubicamos el Despacho Privado de la Vocalía Suprema, a continuación la Secretaria, laRelatoríaylaOficinadeAtenciónyDebatedelaSalaCivilTransitoria.

En el cuarto piso, subiendo por las escaleras de la Calle Manuel Aljovín, encontramos un ancho y largo pasaje ocupado casi en su totalidad por las oficinasdelaOcma,lasúltimasoficinassonocupadasporlaUnidaddeSupervisión y Proyecto y la Unidad Operativa Móvil adscritas a la Ocma. Siguiendo esta dirección encontramos los únicos dos Juzgados de Ins-trucción (42° y 43°) frente a los cuales se ubican los Despachos Privados de los Vocales de la Corte Suprema. En cada Despacho Privado laboran dos secretarias de confianza propuestas por el propioVocal Supremo.MásadelantehallamoslasoficinasdelosproyectosdeJusper-ProyectodeApoyoalaReformadelSistemadeJusticiaPenal(AcuerdoconlaUniónEuropea) y la del Proyecto de Mejoramiento de los Servicios de Justicia,

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auspiciadosporelBancoMundial,adscritasalaOficinadeCooperaciónTécnicaInternacionaldelConsejoEjecutivodelPoderJudicial.Laoficinaadministrativa de la Gerencia de Administración de la Corte Suprema se ubicaenunsegundopasadizodeestecuartonivel,pasadizoquefinalmentenos conduce hacia las instalaciones del Colegio de Abogados de Lima.

No es extraño ver a Magistrados, abogados, auxiliares jurisdiccionales, operadores judiciales y al personal administrativo transitar por los pasillos o en lasoficinasdePalacio.PerocuandoingresamosporlacalleManuelAljovin,yluego de pasar la zona de seguridad, nos encontramos con abogados “al paso” que ofrecen sus servicios de asesoramiento legal en pleno pasillo. Estos abo-gados o presuntos abogados independientes (que en muchos casos tienen sus oficinasalrededordelPalacioosimplementenotienenoficina)interceptanalpúblico con el objetivo de captar clientes, conseguir un caso judicial o brindar unaorientaciónlegalquefinalmentelessignifiqueuningresoeconómico.

Es importante destacar que las labores de los magistrados y trabajadores de la administración de justicia son apoyadas por un gran número de “se-cigristas” (estudiantes de último año de las facultades de derecho que han optado por el Servicio Civil de Graduandos, Secigra Derecho) distribuidos en todas las instancias y a quienes se les asigna actividades puntuales: se trata de practicantes de derecho. Como ya lo hemos indicado, el Palacio de Justicia también es el centro de labores del personal de otras dependencias públicas: por ejemplo los trabajadores del Instituto Nacional Penitenciario, responsables de la tarea de la ubicación y traslado de los detenidos en la Carceleta Judicial. Así como de los empleados del Banco de Nación, los miembros de la Policía Nacional y del servicio de vigilancia. Como resulta obvio, son los litigantes los mayores usuarios y visitantes del Palacio, se les ven transitando por los pasillos, muchas veces desorientados y en busca de algunaoficinaparaasistirasudiligenciajudicialoparasolicitarinformaciónsobre el estado de sus procesos.

Este campo micropolítico tiene, sin embargo, diversas aristas. No se trata de un terreno uniforme de acciones predecibles, pero tampoco de un espacio anárquico. Se trata más bien de un espacio en el que las estrategias de transgresión y corrupción se construyen en referencia a las normas, con-siderando los campos legales, la formalidad y la estructura de dispositivos legales que existen el Palacio. De este modo, los sistemas de corrupción en el Palacio de Justicia del Centro de Lima no constituyen un entramado unidireccional, sino una estructura compleja de segmentos que iremos describiendo en los siguientes capítulos: desde el exterior del Palacio de Justicia, la burocracia de los mandos medios, y los intereses y formas de corrupción en las altas esferas de Poder Político.

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1. ExterioresdelPalacio:tramitadores,falsificadoresyotrosactores

Los sistemas de corrupción no son estructuras que funcionen fuera del campo político, sino que se integran de diversas maneras a él. Del mismo modo, la política no se limita a los campos formales del Estado, sino que se articula con diversos elementos y prácticas de la vida cotidiana de las personas. Los sistemas de corrupción en las instituciones públicas tampoco se limitan a sus fronteras físicas, es decir, no están encerradas en los recintos públicos solamente, sino que se extienden fuera de estos, a través de redes complejas y sistemas de técnicas de corrupción.

Así vamos a estudiar la conformación de redes de corrupción desde los espacios exteriores del Palacio de Justicia. Ello nos ha permitido desde la interacción directa en campo, recoger información sobre técnicas, redes, estrategias y formas de corrupción que vinculan actores del exterior del Palacio con diversos sujetos dentro del aparato burocrático. En este sentido, el estudio de las redes exteriores nos permite una primera aproximación a las redes interiores de corrupción de la burocracia formal; se trata de un índice de acción que nos muestra una trama compleja de prácticas que exceden considerablemente las normas y las leyes formales. Y es que la corrupción no está limitada a la burocracia o a los funcionarios o servidores públicos, implica un entramado más complejo que implica a diversos sujetos, a los ciudadanos, negocios, actividades y funciones diversas en la vida de la ciudad.

El Palacio de Justicia se erige frente la gran Estación Central de auto-buses del centro de Lima. La puerta principal, que mira a dicho espacio,

III. Redes de corrupción en los alrededores del Palacio de Justicia

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es también puerta de un lugar reinventado y que ha sido asignado para ciertas labores formales, pero que al mismo tiempo ha sido apropiado por un conjunto de actores con diversas ocupaciones (legales e ilegales) que constituyen un elemento importante de la estructura de relaciones sociales que ahí se teje. La ciudad, como escenario complejo, se ha rearticulado y su administración ha cambiado. Sin embargo, se ha mantenido, en lo que fue sucascocentral,unaseriedeedificiospúblicosquesimbolizanlaestruc-tura del gobierno, y que permanecen dentro de los límites de lo que fue la antigua ciudad cercada. El Palacio de Gobierno, el Congreso y el Palacio de Justicia están todos en el centro de Lima.

Pero así como aquellos elementos se han constituido como núcleo de lo político formal, la propia vida social de las personas ha reestructurado su interior y su exterior. Afuera del Palacio de Justicia se erige un hotel, que fue antaño uno de los más importantes de la ciudad, y que si bien aún mantiene cierta categoría, no se trata ya de los más prestigiosos. Símbolo del poder económico, ya no está solo en esas calles que bordean el Palacio de Justicia. A pocas cuadras está el jirón Lampa, lo que es hoy un centro de comercialización de artefactos eléctricos, muchos de ellos robados, así comoelementosparalagasfitería.Variascallesdisponenlamercaderíaenlas vitrinas, que hasta hace unos diez años fuera una zona de comercio de objetos robados, y una de las zonas de reventa de diversos productos del contrabando. Un mercado negro enorme se extendía en esas calles. Cono-cidocomoTacoraoLaCachina,estemercadoflanqueabaporelnortealPalacio de Justicia.

Pero hay calles cercanas al Palacio que se mantienen y que siguen siendo campos de trabajos que vinculan a la población local, a los antiguos ladrones, asaltantes, carteristasy falsificadores, con lasdinámicasde“lajusticia”ydediferentesoficinasyburocracialocal.EljirónAzángaroporejemplo–queuneatravésdeunadecenadecuadraselPaseodelosHéroesNavales, frente a la cual se encuentra el Palacio de Justicia, y la Iglesia de SanFrancisco–esunacallemuyconocida,debidoalosfalsificadoresdedocumentosylasimprentasquellenansuscallesfinales,porcierto,lasmáscercanas al Palacio.

Tabernas, restaurantes, hostales y algunas casas de citas conocidas de la zona se ubican también alrededor del Palacio de Justicia del Centro de la ciudad. Asimismo, a pocas calles de sus laterales este y oeste se ubican dos centros de comercio importantes: por un lado, el complejo de galerías y tiendas que se ubican entre la avenida Wilson y la avenida Bolivia, a es-casas cuadras del Palacio, en donde el comercio de “piratería” informática,

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tráficode información, falsificaciónde documentos y software esmuyconocido (además de ser un centro de reventa de equipos de computadoras y contrabando). Por el otro lado, el Campo Ferial Polvos Azules, cruzando la avenida Grau, muestra un centro de venta de objetos de contrabando, “piratería”, objetos robados, etcétera. En suma, el Palacio de Justicia está bordeado por un nuevo cerco. No es más la muralla que protegía Lima a finalesdelsigloXVI,sinomásbienunamurallasimbólicadecomercio,falsificación,“piratería”ycontrabando,quelodisponecomounarticuladorsimbólico de estas actividades.

Ahora, estos espacios reinventados en los alrededores del Palacio de Justicia no son un mero accesorio de las redes que ahí se tejen, sino más bien elementos que se articulan a la vida de las personas que trabajan y acuden alPalacio.Resultanentonces,lomásexteriortopográficodelaestructurainterna de acción y de las redes y recursos que se demandan para acceder a la justicia. La pregunta es ¿cuál es la relación entre estos elementos que constituyen el cerco exterior del Palacio y el funcionamiento de las lógicas de corrupción?

La respuesta gira en torno a los actores que se disponen en el escena-rio exterior y que gestan canales de conexión con las redes interiores del Palacio de Justicia. Estos actores y las lógicas de interacción, así como los servicios que ofrecen no resultan marginales al sistema político, sino más bien, se integran (inicialmente) de manera aparentemente tangencial a este. Es decir, la estructura formal del Poder Judicial, y en este caso, del Palacio de Justicia, no funcionan de manera aislada del acontecer de la ciudad ni de sus alrededores físicos, no resulta una mónada separada de la estructura de relaciones sociales que existen en los exteriores de sus muros.

En este sentido, los actores formales del Palacio de Justicia, los abo-gados,losfiscales,losjuecesysecretariassevinculandediversasmanerascon las lógicas exteriores del propio Palacio gestando redes informales: lo informal es parte de este sistema formal. ¿Quiénes son entonces estos acto-res y cuáles son los servicios que ofrecen al exterior del Palacio de Justicia?

Los actores que desempeñan funciones vinculadas con la administra-ción de justicia de manera informal, y en muchos casos de manera ilegal, son sustancialmente los tramitadores (y “tipeadores”), los falsificadoresy los abogados que ofrecen servicios de asesoría legal (y los estudios de abogados informales o “al paso”) que circundan el Palacio.

Los tramitadores y “tipeadores” desempeñan sus labores en los al-rededoresdelPalacio,enlascallesaledañasalapartetraseradeledificiocentral, y en los jirones Azángaro y las bocacalles que se conectan con él.

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Asimismo, algunos de ellos incluso ofrecen sus servicios en el interior del Palacio de manera discreta, para no ser detectados por los vigilantes o a través de ciertos contactos que logran hacer con estos (por amistad, a través del cobro de cupos o por intercambio monetario).

Los tramitadores y “tipeadores” se encargan de transcribir manuscritos (con una máquina de escribir o con una computadora) de las personas que atraviesan un proceso legal. Asimismo, estos integran redes informales sostenidas en la amistad o en el tiempo en que se conocen entre sí, de modo que no solamente conocen a los actores que se ubican en las calles, sino también a aquellos que trabajan en los límites o dentro del Palacio de Justicia: los vigilantes, algunos policías, abogados, etcétera.

Los tramitadores constituyen un grupo de actores que no tienen acre-ditación formal de abogados, pero que conocen los procedimientos que las personas deben seguir para llevar sus casos. Indican cuáles son los pasos, en términos de la burocracia, pero además conocen cuáles son las maneras de sobrepasar las propias trabas burocráticas y llevar a cabo un proceso “más ágil”. En este sentido, no solamente conocen las lógicas formales, sino las trabas que estas tienen y las maneras informales de evitarlas, “destrabarlas” o sobrepasarlas. Para ello es necesario entender que estas lógicas informales funcionan, incluso, desde afuera del Palacio de Justicia. Las personas que ne-cesitan, por alguna razón, acudir a esta instancia, y que no tienen maneras para informarse o ser asesoradas formalmente, acuden a los tramitadores que les darán no solamente consejos prácticos o indicaciones sobre el procedimiento, sino también contactos puntuales, nombres de trabajadores del Palacio que puedan ayudar a “agilizar” los procesos, siempre a cambio de una determinada cantidad de dinero. La información y el conocimiento de los procedimientos formales y de los informales (las redes de funcionarios, por ejemplo) tienen precio. Los tramitadores y los “tipeadores” conocen dicha información y son la última parte de una compleja red informal de interconexión de actores.

Claro,cuandoyomefuiparahacermijuicio,nadiemequeríaatender.ReciénconelseñorRoldán[unconocidotramitador]meayudó,porqueélconocecómofuncionan las cosas allá. Si no conoces no te hacen caso, él me asesoró para que yo supiera donde ir. (Diana, 50 años)

Estos actores no son los únicos en el campo exterior del Palacio de Justicia. Los tramitadores constituyen uno de los elementos importantes de información y de conexión con redes internas en el espacio local; sin embargo, funcionan junto a las redes de otros actores que tienen una labor paralela y complementaria, pero que, además, ofrecen un servicio más, sumamenteimportante:setrataderedesdefalsificadoresdedocumentos.

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Lamayorpartedeestosfalsificadoresrealizansuslaboresendoscen-tros: las últimas cuadras del jirón Azángaro, a doscientos metros del Palacio de Justicia; y en la parte trasera del Palacio, en donde ofrecen sus servicios “al paso” o a través de “jaladores” (agentes contratados por las casas de falsificación de documentos para ofrecer públicamente los servicios, ycuando alguien se muestra interesado, llevarlo al centro o tienda en el que se hacen las transacciones y se determinan los costos de los documentos quesefraguarán).Losfalsificadoresdedocumentosllamanasuservicio“trámite”. Incluso se encuentra en los alrededores del Palacio a diversas personas gritando a modo de pregón: “¡Trámites, trámites, documentos!”.

Siempre los encuentras ahí a sus jaladores, diciendo “trámite, trámite, trámite”, peroloqueofrecenespuesfalsificado,bamba.Perolohacenigualitoesosí.(Carlos, 35 años)

Losespaciosenloscualeslosdocumentossonfalsificadosseencuen-tran sustancialmente en el Jirón Azángaro y están la mayor parte de veces dentro de una imprenta o un “estudio de abogados informal o al paso”. Sepuedenfalsificarpartidasdenacimiento,DNI,partidasmatrimoniales,registrosdevivienda,documentosdepropiedad,cartasnotariales,firmas,sellos,etcétera.Cualquierdocumentopuedeser, literalmente, falsificadoahí.Existen,además,diversostiposycalidadesdefalsificación.Desdelas“sencillas”, que implican el escaneado de algún documento original y el retoque electrónico de éste, a través de una computadora y un programa dediseño,hastalasfalsificacionescomplejas,queimplicanlasustracciónde documentos originales en blanco, que pueden ser llenados directamen-teporelpersonaldeestas“imprentas”oredesdefalsificadores.Enestecaso, no se trata de documentos falsos en sentido estricto, sino más bien de documentos ilegalmente obtenidos.

Haydistintascalidades[defalsificacióndeunapartidadenacimiento].Siquiereste consigo una igualita, pero de computadora nomás. Si quieres, pero ya es más inversión[…]unos100puntos[100dólares],tepuedoconseguirunalegallegal,pero ya la arreglamos aquí. (Freddy, trabajador del jirón Azángaro)

Elasuntoesquelosfalsificadoressonactoresquetambiénbrindanasesoría en los trámites que las personas deben seguir para continuar o iniciar sus proceso judiciales (es importante indicar que en muchos casos losfalsificadoresdedocumentosy losabogados informalesresultanserestafadoresqueprefierenaletargarlosprocesosparaganarmásdineroacostadelaspersonasquepagansusservicios).Losfalsificadorestramitantambién documentos, organizan la información, indican cuáles son los

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procesos formales, cuáles son los informales, e indican también qué tipos de redes pueden utilizar las personas para conseguir “agilizar”, “demorar”, “suspender” un proceso, o “extraviar”, “fabricar” o conseguir algún docu-mento.Losfalsificadores,lamayorpartedeveces,sontambiéntramitadores,peronotodoslostramitadoressonfalsificadores.

Estos actores no pueden realizar sus funciones solos, en el espacio exterior del Palacio, sino que requieren de redes de otros actores que les permitan construir dinámicas de imbricación con dicho interior formal. Estos espacios de intermediación están dados, principalmente, por los abo-gados que trabajan en los alrededores del Palacio y que brindan “asesoría jurídica” a las personas que lo requieren. Cabe acotar que muchas de las personas que trabajan como tramitadores han tenido un vínculo directo con abogados o con el interior del sistema judicial. Muchos han trabajado como asistentes, como conserjes, vigilantes, secretarios, etcétera. Del mis-momodo,muchosdelosfalsificadoreshantenidoestudiosdederechoendiversas universidades, muchos no han terminado las carreras y las dejaron ya hace varios años; otros, conocen las dinámicas internas del sistema por-que han trabajado en él como asistentes, practicantes o vienen de familias en las que hay abogados.

AntestrabajabaconeldoctorCastilloensudespacho.Eracomo…leayudabaalaslaboresdeldespacho,losoficios,lascartas,diversasfunciones[…]peroluegoya no, y como ya sabía cuáles eran los trámites, me vine aquí con mi máquina de escribir. (Ignacio, 56 años, tramitador)

YoeratrabajadordelPalacio,eraasistentedeldespacho[…],yaprendí,comoconocía ya todo desde adentro, y a las personas que trabajan años, entonces con todo eso uno ya sabe cómo moverse. (Fernando, 52 años, tramitador)

Abogado de carrera. Estudié en la Villarreal, pero no terminé porque me faltaba un curso y ya lo dejé, pero ya conozco cómo es pues, ya no me ganan en eso y puedotrabajaracá[…]ymevabien.(Daniel,38años,“abogado”)

Lo importante, sin embargo, es que las lógicas de acción de los trami-tadoresyfalsificadoresnofuncionansinoenellenguaje,enlacodificacióny en la estructura de acción de los abogados. Y al mismo tiempo, los abo-gados, resultan ser el canal de conexión inmediata entre los tramitadores y losfalsificadores,yelinteriordelPalaciodeJusticia.Perosucedetambiéna la inversa, pues los tramitadores y falsificadores resultan ser un canalimportante de conexión entre las dinámicas informales de los abogados y los usuarios del sistema de justicia y del Palacio.

Los estudios de abogados de los alrededores de Palacio funcionan en la mayor parte de los casos como espacios informales, sin licencia. Muchos de

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losabogadosqueahítrabajannotienentítulosreales,sinoquesonfalsifica-dos. No pueden entablar una demanda formal porque no están colegiados, sinembargo,utilizanlafiguradel“asesorlegal”.Esdecir,brindanserviciosde asesoría a las personas que ahí deciden acudir. Indican de manera más precisa los procedimientos legales, pues los conocen bien; asimismo, indican cuál es la estructura del proceso, el tiempo, los costos, etcétera. Otros, que sí están colegiados, brindan además el servicio jurídico de abogados forma-les, no solo asesoran a las personas, sino que además siguen los procesos formalesyoficialmente.Ademásdeconstituirunespaciodeapoyolegal,constituyen también un canal de acceso a redes informales de información y de movilización de datos, intereses y actos de corrupción.

Muchas personas indican, que lo más importante de uno de estos abo-gados, no es tanto los conocimientos que tengan del proceso o del propio sistema, sino más bien las redes que pueden llegar a movilizar para que este proceso sea ganado y llegue a buen curso. Lo que las personas valoran deestosabogados,entonces,norefiereúnicamenteasushabilidadesenelplano jurídico formal, al conocimiento académico, sino a la extensión de sus redes y de las técnicas de corrupción que puedan ejercer para lograr los resultados esperados. Esto es fundamental, pues en el campo exterior de Palacio estos abogados constituyen la formalidad jurídica, pero también la conexión con lo informal y lo ilegal.

Lo que quiero es que el doctor me solucione mi problema rápido. Eso es lo que me interesa más, porque si lo hago por la vía legal eso demora años; años de verdad a la legal. Con el doctor es más rápido, porque él tiene sus contactos, ellos ayudan porque saben cómo es la cosa adentro. (Fernando, 35 años)

Es claro además que estos actores tienen redes inmediatas y conocidos yamigosentrelosgruposyredesdetramitadoresyfalsificadores.Estasredesqueconectanabogados(formaleseinformales),tramitadoresyfalsifi-cadoressemanifiestan,porejemplo,cuandounapersonasolicitaelserviciode“tipeo”aalgúntramitador.Estelerecomiendaaalgúnfalsificadorparaconseguir un determinado documento faltante o que pueda ayudar en su proceso y a algún abogado que lo pueda asesorar formalmente. Es interesan-tequelosabogadosyfalsificadorestenganredessimilares.Esdecir,cuandoalguna persona se acerca a estos para solicitar sus servicios recomiendan aalgúnfalsificador“amigo”oaalgúntramitadorquepuedaayudarleconlos papeleos menos complejos. Se construyen, en dicho campo, sistemas de reciprocidad local y redes delictivas que funcionan en un microcosmos, que en sumatoria, resulta ser enorme.

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Sí, para hacer ese servicio, mejor con el doctor Soto, él es el mejor y yo siempre lerecomiendoaél.[…]Bueno,sí,escomoqueyolerecomiendoaélporquelo conozco, de ahí el también como que me da sus clientes, o por ahí podemos haceralgopues.(Ricardo,34años,trabajadordelJirónAzángaro)

2. Laarticulacióndelasprácticasdecorrupciónylafalsificación

El espacio exterior del Palacio está articulado por un grupo de acto-res que conocen el funcionamiento interno de la estructura judicial y que manejan un complejo entramado de contactos. Por ahora, estos aparecen como un conglomerado de agentes que se conocen entre sí, pero que no parecen integrar un conjunto de imbricaciones sistemáticas con lo formal. Muchos de aquellos espacios, como se ha indicado antes, están delimitados porlostramitadores,losfalsificadoresdedocumentos,yporlosabogadosinformales que habitan los alrededores del Palacio.

Lasprácticasdefalsificacióndedocumentos,laasesoríalegal,oeltra-bajo de asistencia en los trámites documentarios a los usuarios del Poder Judicial constituyen entonces no solamente prácticas delictivas o ilegales en algunos casos, sino también elementos de imbricación del sistema de las redes informales que funcionan al exterior del sistema de justicia, en este caso, simbolizados, por el Palacio de Justicia. El punto reside en que estas dinámicas ilegalesmanifiestan los poderes exteriores, los sistemasde transgresiones sistemáticas muestran una estructura de relaciones, y al mismo tiempo, gestan canales para el encuentro constante de los actores que muestran de manera más evidente y exterior esta lógica.

Sin embargo, como hemos indicado también, el asunto muestra que las personas acceden al espacio de la justicia no solamente a través de la vía legal y formal, sino también a través de canales informales y en muchos casos ilegales. Esto resulta un tema importante, puesto que muestra que para acceder a la justicia, para acceder a lo legal, en muchos casos hay que hacerlo de manera ilegal.

¿Quiénes son las personas que acuden o demandan los servicios de los tramitadores,falsificadoresoabogadosinformales?¿Quéobjetivotienenestaspersonas?¿Cuáleslaeficienciadelosserviciosqueofrecendichosactores? ¿Qué mecanismos utilizan para lograr estos objetivos? Las perso-nas que acuden a este servicio parecen ser inicialmente aquellas que vienen de espacios de bajos recursos económicos, sin embargo, una observación más precisa muestra que son diversos los ciudadanos que requieren estos servicios. Por un lado, se puede encontrar personas de bajos recursos; por otro lado, sujetos que cuentan con posibilidades económicas pero que ne-

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cesitan “agilizar” los procesos en los que se encuentran, (y para eso la vía legal resulta lenta y engorrosa).

Asimismo, se pueden encontrar personas que indican que demandan justicia para sus casos (y aparentemente tienen la certeza de que son ellos quienes deberían ganar los casos, pues tienen la razón y las pruebas), pero quehantenidodificultadespararecibiruntratojusto.Enestesentido,dicenacudir a los espacios informales, pues a pesar de que sean en muchos casos ilegales, les permite acceder a una red de contactos y a otras redes que faci-litan y aceleran los procesos. Del mismo modo, indican que en este terreno pueden tener un panorama más amplio de lo que ocurre en los procesos judiciales y que “sin ello” no podrían tener un juicio justo. Por otro lado, se encuentran sujetos que saben que no tienen “la razón” en sus juicios o casos, y que deberían perderlos. Y es justamente por eso que acceden a estos espacios(falsificacióndedocumentos,abogadosinformalesoformalesqueles permitan tener ventajas en los procesos a través de coimas, sobornos otráficodeinfluencias).

Con mi proceso estoy como diez meses. Toditas las pruebas he entregado y no me hacen caso. Porque ya la primera instancia no me ha dado razón, tengo que volver al juicio, porque es injusto. Entonces mejor me asesoro con el doctor porque con él que conoce cómo es adentro me ayuda mejor. Sabe, tiene sus contactos. (Leandro, 55 años, usuario del Palacio de Justicia)

Así es la cosa pues, si no tienes contacto, si no pones plata, así tengas la razón, igualito te cae. Con más razón, si tú quieres justicia y tienes todo para demostrarlo, mejordefrentetevasconlostigres[falsificadores,abogadosalpaso,etcétera],losquesabenmoverlasfichasyrápidosaletujuicio.Sinotefriegasyelotroteganaelvivo,seteadelanta,meteplataytegana.(Roberto,30años,tramitador)

No sé hermanito, yo sé que tengo que hacer lo que sea para que no me den duro eneljuicio.Micompadre[unabogadodelazona]yasabedequésetrata,asíquevaamoverasugenteadentroparaquepodamosganarle.[…]Todosevale.Yosé que tengo las de perder, pero con contactos uno puede llevársela. (Fernando, 32 años, usuario del Palacio de Justicia)

No hay, entonces, uniformidad en las personas que solicitan los servi-cios de estos actores informales en los exteriores del Palacio de Justicia. Se trata de un conglomerado disímil de personas que acceden a estos servicios informales e ilegales en busca de ayuda, asesoría o ventajas para sus juicios y procesos. No se trata de un recurso solo de los criminales o de las per-sonas que han cometido un delito, sino también de aquellas que requieren un proceso justo (por paradójico que parezca).

De este modo, tampoco se trata de un conocimiento marginal, es de-cir, estos sujetos no desconocen las lógicas internas de funcionamiento de

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la justicia, ni de los procesos judiciales. Como hemos dicho antes, se trata de actores que han estado vinculados a dichos proceso de manera formal e incluso han trabajado en el Palacio de Justicia, de modo que se trata no solamente de un conocimiento de los procedimientos, sino también de las maneras en que estos pueden ser transgredidos, quebrantados, manipu-lados. Asimismo, se trata de un conocimiento directo de los actores que trabajan en el interior del Palacio, a quienes conocen de antemano, con quienesmantienenrelacionesdetrabajooredesdetráficodeinfluencias,corrupción y sobornos.

Pero estos vínculos, entre los actores exteriores y los que trabajan dentro del Palacio de Justicia, no son elementos tangenciales del sistema. Como hemos indicado, queda claro para la mayor parte de ciudadanos, que las lógicas de acción del Palacio de Justicia no terminan en sus límites físicos. Son conscientes de que el sistema no termina en la formalidad interior de los reglamentos, sino que integra las lógicas informales e ilegales y las vincula como parte de su propio funcionamiento. No se trata, entonces, de una casualidad que las personas accedan y demanden servicios de trami-tadoresyfalsificadoresdedocumentos,oquedemandenlaventaytráficodeinfluenciasdelosabogadosqueofrecensusserviciosenlosalrededoresdel Palacio. Saben que el sistema está compuesto también por estas formas de corrupción y que no conocer su funcionamiento, en muchas ocasiones, no demandar su ejercicio, implica perder un juicio, entorpecer un proceso o simplemente no recibir justicia.

En este mismo sentido, queda claro que ninguno de estos actores re-sulta un margen intrascendente del propio sistema de funcionamiento de la justicia formal. Asimismo, queda claro que se trata de un conocimiento común, incluso de los propios usuarios del sistema. A esta lógica se integran una serie de actores informales que son también parte de este conglome-rado de redes aún difusas. Por ejemplo, los vendedores ambulantes, los vendedoresdediarios,dekioscos,aquellosquealquilanlíneasdeteléfonoo venden minutos de sus teléfonos móviles, etcétera, parecen ser actores que no tienen relación alguna con este sistema. No queda claro a simple vista si es que existe una relación entre estos y las redes informales que se integran de manera informal al sistema de justicia del Palacio. Sin embargo, un seguimiento profundo y denso (en el sentido de Geertz) de sus prácticas y redes sociales, muestra que hay un canal directo de relación entre estos actores y aquellos que se desenvuelven en el plano informal-ilegal directo (tramitadores,falsificadores,abogadosinformales).

Las relaciones entre estos y los vendedores ambulantes y aquellos ac-tores que transitan constantemente los alrededores del Palacio, se demarca

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por tres ejes: primero, hay una relación que se sostiene en la información y la publicidadqueestosvendedoreshacensobrelostramitadores,falsificadoresy abogados. Muchas veces, los vendedores ambulantes y aquellos que alquilan línea de telefonía móvil son también los “jaladores” o quienes reparten publi-cidad de los estudios de abogados informales o “al paso”, de los alrededores del Palacio de Justicia. Asimismo, muchos de estos venden elementos que se relacionan de algún modo con los procesos judiciales: carpetas, lápices y lapice-ros, archivadores para documentos, etcétera. Cuando las personas se acercan a comprarles alguno de los productos, reparten publicidad o recomiendan alguno de los servicios. Asimismo, pueden llevarlos hasta la puerta de alguno de los localesdefalsificacióndedocumentosodelasoficinasdelosabogados(luegorecibirán una comisión por llevar a un cliente, dicha comisión no pasa nunca de los S/. 5.00). Se trata entonces de un canal de información y publicidad que permite generar nexos entre la población que demanda o accede al Palacio de Justiciaylasredesinformalesdeabogadosyfalsificadores.

Segundo, existe una relación entre los vendedores ambulantes y los deloskioscos(ventadegolosinas,diarios,etcétera)conlosfalsificadoresy abogados informales, puesto que muchas veces aquellos (sobre todo los vendedoresqueestánenkioscos)guardandocumentaciónacambiodedi-nero. Es decir, pueden almacenar ciertos documentos, o tener formularios y al mismo tiempo funcionar como actores que brindan información para los usuarios del Palacio. En esta lógica, actúan no solamente como agentes de información o direccionamiento de las demandas de los usuarios (aconsejan a qué abogado acudir, dándole la tarjeta previamente sellada, para que este reconozca desde dónde fue enviado y pueda hacer el pago correspondiente de la comisión), sino también como vendedores de formularios y otro tipo de documentos (incluso pueden actuar y funcionar como tramitadores).

Tercero, muchos de los vendedores, sobre todo los vendedores am-bulantes, resultan actuar como mensajeros de diferentes actores. Llevan documentosque losfalsificadoresenvíanasuscontactosdentrodePa-lacio,asimismo,cartas,mensajes,documentosparaserfirmadosporlosabogados informales. Esto no quiere decir que haya una especialización del trabajo, sino que muchos de estos vendedores ambulantes se imbrican en lalógicaatravésdelconocimientodirectooamistad,yeltráficoconstantededocumentos.Seconviertenenactoresdeconfianzaparalosabogadosyfalsificadoresypuedeninclusollevardocumentación(justamenteporquenopuedenseridentificadosformalmentecomopartedeunareddefalsifica-ción). En este sentido, la dinámica de mensajería requiere de un campo*1en

* Complejo campo de interacciones

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donde, en muchas ocasiones, se tiene que sobrepasar las fronteras exteriores del Palacio y entrar en él.

En este conglomerado, cada vez más complejo, los actores empiezan a cimentar sistemas de interacción de redes que implican diversas capas de prácticas. Como hemos indicado, en el campo más exterior del Palacio seubicanlostramitadores,falsificadoresyabogados.Enuncampodein-termediaciónseubicanvendedoresambulantes,vendedoresdekioscosyvendedores de línea móvil, que se articulan a través de diversas funciones conlaslógicasdelosfalsificadoresyabogados.Enestecamposerequiereestablecer estrategias de ingreso al Palacio, pues el campo exterior no fun-ciona sin el interior del sistema. Asimismo, en dicho campo se requiere de la existencia y contacto con actores que movilizan información y que estén en relación directa con el sistema formal de justicia.

En el intermedio, en el campo que constituye un tránsito liminar entre el exterior informal y el interior formal, se ubican un tipo de actores funda-mentales en esta lógica: los vigilantes (o guachimanes). Estos, contratados la mayor parte de veces a través de services, permanecen por varios meses, inclusoaños,comovigilantesdelaspuertasdeacceso,delasoficinas,delospropios pasillos del Palacio de Justicia. Luego veremos que estos son algunos de los actores más estables del sistema de justicia, pues hay una dinámica de rotaciónymovilizacióndeoficinasquehasidodesplegadaenlosúltimosaños. Incluso diversos juzgados están en el Palacio de Justicia del Centro de Lima solo de manera provisional, esperando ser reubicados.

Los vigilantes determinan el acceso a diferentes espacios del Palacio, gestan un tipo de autoridad ambigua, pues si bien no pertenecen a la for-malidad normativa institucional del aparato de justicia, resultan ser actores que se relacionan de modo directo con esta estructura y que determinan en muchas ocasiones el desempeño de su funcionamiento micropolítico. Si bien las funciones de los vigilantes resultan más o menos claras en la formalidad, en el terreno práctico son muchas más las funciones y mucho másflexibles.Porejemplo,puedendeterminarsiesqueunapersonaentrao no en una sala, pueden incluso recibir dinero para dejar entrar a alguien a una sala determinada o a un piso determinado. Del mismo modo, los vi-gilantes son los que conocen la rutina del Palacio (quiénes entran, quiénes salen, a qué hora llegan); pero también conocen los sistemas de redes que funcionan en el interior de este campo.

Quieredecirqueconocenlosconflictosqueexisten,loshorariosenque se puede ingresar con más facilidad a ciertos espacios, las personas que están dispuesta a agilizar trámites, “encontrar o perder expedientes” a

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cambio de una cantidad de dinero, aquellos que se niegan a los actos de co-rrupción, etcétera. Conocen por su nombre a las secretarias, a los abogados, a los jueces que tienen amistades con abogados en el exterior de Palacio, del mismo modo que las redes que existen entre los actores exteriores y las lógicas interiores del Palacio de Justicia. Asimismo, son estos los actores quetienenaccesoadiferentesoficinasdelPalaciocuandonadiemásestá,y pueden movilizar documentación de manera informal. Los vigilantes, en este sentido, no son solamente actores que funcionan como un vínculo intermedio entre el exterior informal y el interior normativo formal, sino también informantes centrales en esta dinámica de acción y actores que, en su aparente marginalidad respecto del sistema formal, articulan una compleja red de información sobre las dinámicas sociales del Palacio de Justicia, y forman parte importante de diversas redes de microcorrupción.

Acánosotrossabemosaquéhoraentraoaquéhorasale.[…]Tambiénmeheganado con hartos pases de gente que mete plata para arreglar sus juicios. Si yo quisiera hago caer a cualquiera, por eso me tratan bien aquí. (Abel, 29 años, vigilante)

Los jueces de acá me los conozco a toditos. Los saludo, me saludan; doctor, cómo está les he dicho siempre. Les ayudo con sus cosas y de ahí me cae mi propina. Haygentebuena,haygentemala,comoentodolugar.(Carlos,36años,vigilante)

Cuando se puede se ayuda a la gente. Uno le dice donde tiene que ir, ya conoce uno pues, les indicas quién es quién aquí, con quién tiene que hablar. Les pongo todo como en bandeja, delante de las colas para que vaya más rápido, y me cae mipropina.(Ramón,40años,vigilante)

Los vigilantes constituyen un campo central en la construcción de redes y un campo de vínculos con los actores exteriores. Son quienes dan infor-mación sobre los acontecimientos de Palacio a los abogados informales o alosfalsificadores.Muchosdeellosseconocen,enelplanomáspersonal,o buscan conocerse entre sí, construyendo dinámicas de complicidad. Es común ver que algún vigilante es amigo o conocido de algún agente en el espacio exterior cercano a Palacio. Asimismo, esto se gesta no necesaria-mente por un preconocimiento, sino por una lógica de demanda de redes y de contactos desde la parte exterior del Palacio, pero también como un sistema de maximizar redes y ganancias fruto de los actos de corrupción desde el interior. Los vigilantes reciben ofertas de sobornos para ayudar en ciertos trámites y uno de los modos que utilizan es redirigir estos sobornos hacialosfalsificadoresyabogadosdeljirónAzángaro.Enotrasocasiones,redirigirán las ofertas de sobornos a alguna secretaria, practicante o asistente de los juzgados que se encuentran dentro de Palacio.

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Los vigilantes son entonces un vínculo entre el campo exterior y las dinámicas interiores de corrupción en el Palacio de Justicia. Pero, como todo en este sistema, no pueden funcionar solos, requieren de un entra-mado mayor que los soporte. Por un lado, se trata de mantener vínculos conlosfalsificadoresyabogados,vínculosquepermitenuningresoextra;por otro lado se trata de vincularse también con las secretarias, practican-tes y asistentes de los juzgados del interior para lubricar sus redes y tener ganancias de los sobornos y otros actos de corrupción que ahí se ponen en práctica. Este campo es el que permite entrar con más profundidad a las lógicas de corrupción al interior de la institución. Pero aún queda por estudiar las lógicas de corrupción que imbrican a los sistemas exteriores con las dinámicas formales de Palacio, estas técnicas de corrupción, resultan de sistemas complejos de interacción y nos dan una pauta importante para rastrear las rutas que siguen estos procesos desde el exterior.

3. Técnicas de corrupción en los alrededores del Palacio de Justicia

El sistema de justicia, en este caso las dinámicas del Palacio de Justicia, están atravesadas por sistemas de corrupción. Estos sistemas están constitui-dos por conglomerados de actividades de una serie de actores que se repiten constantemente. Estas actividades gestan técnicas muy puntuales de acción con objetivos comunes. Una técnica muestra un modo de corrupción en el escenario práctico, de ahí que podamos hablar de técnicas de corrupción (Mujica, 2005a). Entonces, estas técnicas resultan parte de las actividades de los sujetos y son, además, las que constituyen en su repetición constante un sistema. Asimismo, en el ejercicio, la puesta en escena de dichas acciones es en donde las redes de actores y los sistemas de interacción sostenidos en actos de corrupción cobran consistencia práctica.

De manera que lo que nos interesa en esta sección es describir de modo sintético las técnicas de corrupción más importantes, que son alentadas, pro-movidas y practicadas por los agentes externos a las dinámicas del Palacio de Justicia que hemos visto en los acápites anteriores (sustancialmente por las redesdefalsificadoresyabogadosinformaleso“alpaso”).Elasuntoesquela descripción de estas prácticas desde el exterior permite una aproximación profunda a lo que sucede en el interior, puesto que muestra un primer eje de conexión de las dinámicas que (como se ha indicado desde el comienzo) no corresponden solamente al campo de lo formal. La mirada analítica cobra aquí mayor orden y permite fundamentar no solamente la conexión entre los actores de la descripción, sino también fundamentar la metodología, en donde lo exterior informal, es una canal de acceso a lo interior formal (tanto para los usuarios del sistema, como para el recojo de datos y la investigación).

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Vamos a ver brevemente los mecanismos centrales de corrupción (técnicas) que son puestos en práctica constantemente por los actores ex-ternos(falsificadoresyabogados)enreferenciaalasdinámicasdelPalaciode Justicia. Se trata primero de dos tipos de actores a los cuales se dirigen estas técnicas: por un lado, los vigilantes; por otro lado, las secretarias, prac-ticantes, asistentes y personal administrativo. El objetivo de estas técnicas reside en sobornar a estos actores para “extraviar documentación” (expe-dientes en la mayor parte de casos), de modo que los casos que se siguen se aletarguen, se bloqueen o se consigan fallos, anulaciones o reinicio de ciertos procesos. En otros casos, estas técnicas implican dirigirse a estos actorespara que logren aceptar documentaciónqueha sido falsificada,como si fuera verdadera y válida para los casos que se siguen. Es decir, enmuchas ocasiones los documentos falsificados por los tramitadoresofalsificadoresdelaparteexteriordelPalacionosonaceptadosporlasinstancias judiciales, sin embargo, pueden, a través de un pago de dinero, ser aceptados e incluidos en los archivos o expedientes judiciales, lo mismo que en los archivos personales de los procesados.

El centro de estas técnicas entonces es el soborno. Los sujetos so-bornados son los vigilantes o las secretarias y asistentes. El objetivo del soborno, en el primer caso, es ayudar a “robar” un expediente o hacer que este se “extravíe”. En el segundo caso, se trata de hacer que los archivos o documentos se “extravíen”, o que se logre hacer pasar documentos falsos como verdaderos. Para esto es necesario que los actores externos cuenten con una red informal de contactos con los vigilantes o secretarias y asis-tentes, de modo que puedan lograrse estos objetivos. Sin embargo, también es importante entender que se trata de redes que buscan cierta estabilidad, puestoquenosetratadeununiversoinfinitodeposibilidadesdeaccesoalos documentos, y puesto a que el riesgo que implica ofrecer un soborno, que podría eventualmente ser rechazado, es considerablemente alto. El temor, como indican los actores del espacio ilegal-informal exterior (falsi-ficadoresyabogados),esquealgúnvigilanteoalgunasecretariaoasistentelos denuncien o revelen sus intenciones ante las autoridades encargadas del control y vigilancia de los procesos.

No pues, es difícil, no es como que con cualquiera uno puede ir. Ya uno conoce con quién ir, ya sé yo quién recibe, a quién le gusta recibir para agilizar o para quesepierdaalgo.(Raúl,29años,trabajadordeljirónAzángaro)Es bastante riesgo, porque si te agarran te friegas. Por eso ya tengo contactos, conlosquesiempretrabajamos,conelloshayconfianzayya lascosasestánclaras. No hay que andar buscando con quién hacer, o que se hagan de rogar, siyatengoya.LaseñoraJuliaporejemplo[…]ellaescontactoyasabes,escon

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ella para hablar de frente y te hace la ayuda, con el documento o para que pase rápido nomás sin fedatario. (Federico, 39 años, trabajador del jirón Azángaro)

La idea, entonces, es que los sobornos no se efectúan con cualquier persona. Los vigilantes y las secretarias y asistentes son muchos y diversos. No todos aceptan sobornos con rapidez, o no todos aceptan sobornos decualquierpersona.Hayunasuertedeorganizaciónyserviciosdirectosconciertosactores.Estoquieredecirqueciertosfalsificadoresociertosabogados pedirán servicios y ofrecerán sobornos a determinados vigilantes ysecretariasoasistentes,previamenteidentificados.Laseleccióndeestosactores no tiene una lógica homogénea, pero la mayor parte de veces se debe a una recomendación, a un contacto vía un tercero (amigo o compañero) o a través de la prueba y error (aunque este mecanismo sea poco preferido puesto que implica delatar las redes de corrupción abiertamente).

En este sentido, tenemos que los objetivos (extraviar un documento o archivo, o permitir el ingreso de un documento falso) dependen de lógicas y actores que permanecen en la escena o que al menos tienen cierta estabi-lidad. No se puede ir con cualquier persona debido al riesgo señalado, sino conformar una suerte de red informal que integre, a través de determinados actos, los sistemas de corrupción.

En el caso del robo o “extravío” de documentos, archivos o expedientes, el objetivo suele ser demandado por algún cliente que tenga temor de perder un juicio o demanda y ve en esta acción una salida rápida para retrasar o aletargar el proceso. En este sentido, quienes ofrecen los sobornos son los abogados formales de los procesos judiciales. éstos contactan normalmente a un segundo abogado de las cercanías de Palacio de Justicia, que genera el contacto con alguno de los actores dentro del Palacio (pues un abogado de renombre o que esté simplemente fuera del circuito inmediato al Palacio no siempre tiene acceso a las redes preconstruidas), en este caso vigilantes, secretarias, asistentes o personal administrativo que esté cerca al documento que se quiera sustraer. Una vez hecho el contacto el pago es realizado. La mayor parte de las veces se ofrece un adelanto y se termina de pagar contra entrega de la documentación.

En estas lógicas los precios pueden variar considerablemente depen-diendo del tipo de documento que se busque o de la cercanía del actor a un cargo de importancia. A un vigilante que puede funcionar como contacto interno o como actor para sustraer la documentación se le pueden pagar entre S/. 100.00 y S/. 300.00 (si se hace un pago directo al sujeto que sustrae los documentos), pues a pesar de que se trate de un trabajo ilegal y punible, no se trata de un riesgo demasiado alto como para subir los precios, pues

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los espacios ya están dispuestos para hacer estas tareas. Es decir, las redes ya existen y los canales de acción previamente determinados, de modo que el pago se hace en realidad para movilizar a dicha red y no para crearla.

El pago puede variar también dependiendo de la cercanía que se tiene al documento que se sustraerá: un contacto cercano a la documentación solo hará un cobro, pues será este directamente quien se encargue de sus-traer la documentación. En el caso de un robo de documentos con una mayor intermediación, las ganancias para el primer contacto disminuyen pues deberá hacer pagos a las personas más cercanas a dicho documento, de modo que la ganancia termina siendo considerablemente menor (son varios cobros). En ese caso, muchos de los intermediarios optan por cobrar porelcontactoydejarelcobrofinaldirectamenteaestecontacto,esdecir,cobran por dar a conocer a un personaje que está cerca de la información requerida y que además está dispuesto a recibir un soborno (“cobran por el dato”).

El asunto entonces indica que en muchos casos el primer pago a un vigilante, por ejemplo, no es necesariamente para que él mismo sustraiga la información o la extravíe, sino más bien para que utilice sus redes inter-nas y consiga a alguien que esté dispuesto a recibir el soborno. Se trabaja con varias capas de contactos, los cuales se maximizan en la medida de lo posible para tener redes articuladas y minimizar el riesgo frente a actores nuevos que podrían delatar los actos corruptos.

Mira,siquiereseso[robodedocumentacióndeunexpediente]tevaacostar,como500puntos[S/.500.00]porqueesoestámásdifícil.Notengogenteahíytengoquehacerundepósito[soborno]conFélix[vigilante],túloconoces,paraquemehagaunrastrillo[seleccióndeactordispuestoasersobornado]dequiénpuede ser el dato de adentro. (Darío, 42 años, abogado)

Del mismo modo, en los casos en que el objetivo es introducir un documento falso dentro de un expediente, o que esta documentación fra-guada sea admitida, los actos de corrupción mantienen una lógica similar (lo que abona a la idea de que se trata de un sistema regular). En estos ca-sos,losfalsificadoresdedocumentosolosabogadosquehancontratadounfalsificadordedocumentosdebenacudiralasredespreexistentesparalograr que documentos como estos sean introducidos en un expediente. Sucede muchas veces que los documentos falsos son detectados por las personas encargadas de aceptarlos y sellarlos, y demandan un soborno para que puedan “pasar”. En otras ocasiones, las propias personas que están interesadas en que el documento entre en el expediente deben buscar los canales para que dicho documento sea aceptado, para ello deben sobornar

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a algún vigilante que indique cuál es la secretaria o asistente que se puede sobornar para que selle el documento y sea admitido en los legajos. Se trata de sobornos que, en la misma lógica anterior, pueden variar entre los S/. 100.00 y S/. 300.00 si se hace un pago directo, o hasta S/. 600.00 si se trata de pagar intermediarios también.

Paraqueteacepteneldocumentorenovado[falsificado]tampocoestanfácil.Tú puedes ir por tu cuenta si quieres, pero ahí te pueden detener y te pueden decir que no es original, no por la calidad del trabajo, sino porque ya saben re-conocer o se hacen los vivos. A veces te pueden pedir una propina para dejarlo pasar pero si no otras veces te pueden acusar de frente. Para eso mejor no hacer peligrartujuicio,mejoryavaspreparadoparaquetesellen.(Renato,30años,trabajador del jirón Azángaro)

Enestesentido,losdocumentosfraguadosofalsificados,másalládelacalidaddelafalsificación,requierendeunsoporteparaseradmitidos.Se corre el riesgo de ser detectados o acusados formalmente si es que no se tiene previamente un contacto interno que pueda aceptar los documen-tos. Dichos contactos implican también un precio determinado para este intercambio. Para acudir a entregar los documentos falsos como si fueran verdaderos, no se puede apelar a una coincidencia o casualidad, en la que la secretaria, el asistente o trabajador de mesa de partes estén dispuestos a aceptar un soborno o demande una coima para aceptar dicho documento. Como ya hemos dicho, se trata de un riesgo demasiado grande, tanto para lapersonaqueentregaeldocumentocomoparalareddefalsificadoresqueestá tras de este. Es por eso que se debe pagar a un contacto preestablecido o a un informante que pueda conseguir un contacto determinado y aceptar el documento y aceptar el soborno. En estos casos, los sobornos para ingresar documentación falsa con conciencia de ello marchan entre los S/. 50.00 y los S/. 150.00 cuando se trata de documentos de poca importancia, y en casos de mayor importancia o relevancia puede llegar a costar sumas que superan los S/. 1000.00 (la importancia depende de su pertinencia para el caso juzgado, aunque los documentos que se suelen introducir son certi-ficadosdesalud,partesmédicos,certificadosdetrabajo,boletasdepago,etcétera). Los sobornos dependerán de la cantidad de documentación, la calidaddelafalsificaciónylaimportanciaoavancedeljuicio.

En suma, en este primer campo, las técnicas de corrupción resultan complejos sistemas de integración de prácticas. Asimismo, esta integración y coordinación de prácticas delictivas, complicidades y técnicas de corrupción gestan una lógica de intercambio sostenida en redes informales que se im-brican constantemente. La reactivación rutinaria de dichos canales –las redes

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informales–, se gesta justamente en la puesta en práctica de los actos que permiten la corrupción. Este intercambio no resulta casual, no se da entre sujetos que se encuentran por casualidad, el sistema no es consecuencia de una yuxtaposición arbitraria de prácticas, sino más bien de una conjunción sistemática y claramente consciente de éstas.

Estas técnicas de corrupción, alentadas o practicadas por los agentes externos, gestan también una suerte de división del trabajo en el sistema, cada actor tiene funciones y “responsabilidades”, de modo que también estas tienen diferentes remuneraciones (dependiendo también de la complejidad de la tarea dispuesta y de la cantidad de intermediarios que se deben utilizar para llevarla a cabo). Esto no quiere decir que estas técnicas de corrupción sean exclusivas de los actores del campo exterior del Palacio, pero sí es importante señalar que son actividades cotidianas y regulares.

El asunto es que para lograr estos objetivos, para que estas prácticas complejas y sistemáticamente efectuadas tengan consistencia y puedan llevarse a cabo; y, del mismo modo, para que otras prácticas de corrupción sean posibles, es necesario que el sistema funcione de un modo más amplio que desde las redes exteriores informales-ilegales. Esto quiere decir que estas redes son parte importante del sistema, que además están integradas a él de manera consistente; asimismo, indica que es un canal de acceso, pero también muestra que no se trata de la única parte, ni el único terreno detransgresión.Hayuncampofundamentaldeactoressinloscualeselsistema legal no marcharía tal y como está estructurado, y sin los cuales las lógicas informales y los sistemas de corrupción no podrían funcionar. Se trata del campo de acción de los abogados, que integran lógicas formales e informales dentro y fuera del Palacio de Justicia.

4. Las redes de contactos de los abogados y las estructuras de las redes de corrupción

El campo de acción de los abogados, formales e informales, los que ofrecen sus servicios “al paso” y aquellos que tienen cierto renombre, se construye a través de la formación de redes sociales. éstas se construyen en diversos espacios: las familias, las universidades, a través de los amigos. Y es justamente el camino de formación de esas redes, el que gesta un campo de poder simbólico, un tipo de “capital” particular dentro del sistema formal. Esto se puede ver incluso en las formas de corrupción con las que los abogados informales o “al paso” del exterior del Palacio de Justicia intentan penetrar el sistema formal. Es decir, las técnicas de corrupción constituyen un canal de análisis para deconstruir las redes de contactos que los abogados tejen.

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¿Qué tipo de redes de corrupción integran los abogados? En el campo exterior de Palacio de Justicia, los abogados informales y aquellos que ha-cen labores “al paso” ejercen diferentes tipos de prácticas para integrarse al campo formal del Palacio de Justicia. Las estrategias que requieren para integrarse a esas dinámicas dependen en gran medida de aquellas redes que han tejido en otro tiempo, sustancialmente en el período universitario, con actores que conocen o que trabajan en el propio Poder Judicial. Es el período universitario el que se recuerda con más efervescencia y el que determina en gran medida los contactos que pueden tener y, por ende, las vías que se pueden seguir para introducirse con mecanismos de corrupción en el sistema. Como hemos dicho, los sistemas de corrupción y las propias redes de corrupción no se sostienen en un simple intercambio de dinero, sino que esto debe soportarse en una relación previamente constituida que garantice en cierta medida que la transacción (soborno, coima, cupo, etcétera) será directa, clara y “sin interferencias del campo legal”.

Es, entonces, el espacio de la universidad el punto de encuentro central en este campo. Sin embargo, este resulta un escenario en el que las relaciones se construyen o reacomodan, pero es solamente eso, un escenario. Depende de ciertos modos de interacción entre los actores. De manera que, en el campouniversitario,selogranreafirmarlasrelacionesfamiliares(primos,hermanos, padres e hijos, etcétera) o ciertas relaciones amicales, o también ciertascomplicidades.Muchosdelosfalsificadores,queestudiaronalgúntiempoDerechoenalgunauniversidadlocal,manifiestantenerrelacionesde amistad o familiares con algunos funcionarios del Palacio de Justicia. Lo mismo sucede con la mayor parte de los abogados que trabajan alrededor de Palacio de Justicia, esos indican que trabajan ahí justamente porque tie-nen algún amigo, familiar, pariente o cómplice, que conocían de antemano. Como hemos señalado, se trata la mayor parte de veces de familiares o de amigos que se conocieron en la vida universitaria.

Delauniversidad,sonamigosdejuerga,dejarana,deestudios.[Mantengorela-ciones]convariosquesonpuescontactos.Cuandounonecesitaunfavorcitoaellosselessolicita,[…]claro,tambiénhayquedarlessuparte[deldinerodelosactosdecorrupción].Unporcentajeparaquetodostengansuganancia,esoesbásico, porque hay que mantener las amistades. (Francisco, 42 años, abogado)Aquí llegué justo porque mi hermano está trabajando adentro, y me dijo para que yo tomara los casos que él me pasa. él sabe cómo es adentro y me dice quéesloquetengoquehacer.Yaunodeahíejercedesdeahí[…]porélvineyalquilamoslaoficinaqueconoces[ubicadaadoscuadrasdelPalaciodeJusticia]yconsusamigostambiénestamosacá,[…]seconocendesdelauniversidad.(Rafael,34años,abogado)

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Enestalógica,lasredesdelosabogadosqueocupanlasoficinasylosedificiosaledañosalPalaciodeJusticiamovilizanunpatróndeasentamientoconstituido por un conocimiento previo de los actores que se ubican dentro del propio Palacio. La idea, entonces, no es que estos abogados informales o “al paso” lleguen arbitrariamente buscando suerte en este terreno, sino que muchosdeellos,sobretodolosquetienenunapresenciamássolidificada,han llegado a estos espacios justamente porque ya contaban con un primer contacto o eran parte de una red familiar, de amistades o de complicidades respecto a algún actor del Palacio de Justicia. Estas primeras redes les per-miten a los actores disponer de un pivote de contactos, que le permitirán a su vez generar otros contactos para ampliar la red. En este sentido hay que entender que las redes que se forman en estos campos (tanto en el exterior informal como en el interior) no tienen un centro articulador es-table:nosetratademafiasorganizadasconunaestructuramonocéfala,nide estructuras de una jerarquía estable (no se trata de crimen organizado), sino más bien redes compuestas por la integración de segmentos a través de prácticas rutinarias, los que constituyen un sistema en ejercicio. Es decir, no hay conciencia de pertenencia a un grupo (ni comunidad imaginada), sino complicidades sistemáticas y sostenidas en el ejercicio de la corrupción querenuevaysolidificalasinteraccionesdesegmentos.

Entonces, las redes de corrupción que articulan estos abogados del cam-po exterior se sostienen (están demarcadas) por este conocimiento previo y por la existencia de vínculos con otros abogados del Poder Judicial. La utilización de ambos en el juego político local resulta clara: a los abogados informales del campo exterior les sirven los contactos internos pues son los que les permiten la información, la manipulación de fallos, las redes de sobornos para cumplir sus objetivos o los de sus clientes; y a la inversa, a los trabajadores del Palacio les sirven estos vínculos pues obtienen ganan-cias económicas (a través de los sobornos y cupos), pero también gestan la posibilidad de tener una red de contactos informales que puedan interferir en otros casos sin verse involucrados directamente (es decir, utilizar la red exterior de corrupción para solicitar movilización de información con redes a las que no tienen contacto desde adentro, pero sus redes exteriores sí).

Paradejarlascosasclaras.Amímeconvienequeestéallá[unprimoquetrabajaenelPalacio]yporesomevineatrabajaraestaoficina.Meconvieneporqueconélpuedoconfiaryhacernegociosdefrente.Peroaéltambiénleconvieneporque yo le ayudo en cosas que él no puede hacer desde adentro porque es muchopeligroquelochapen[…][porejemplo]pedirleaunasistentedeljuzgadoque pierda un expediente, él no lo puede hacer, porque le pueden coger. Pero mediceamí,élyasacasunegocioymedamiparteyahíhacemostrato.[…]yo

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voy y le digo al asistente o me busco a alguien que lo conozca para tantear y si atracahaynegocioyyomellevomipartey[elprimo]nosemeteenproblemas.(Ricardo,38años,abogado)

De manera que el modo en que se construyen estas redes está dispuesto por la repetición sistemática de las acciones de corrupción, que funcionan no como un quiebre del sistema, sino más bien como la argamasa que se-dimenta las relaciones y los vínculos entre los actores. En este escenario, los abogados del campo exterior al Palacio performan utilizando las redes preexistentesylassolidificanutilizándolascadavezquepueden,nosola-menteporelbeneficioeconómicoqueestoimplica,sinoporquesilaredno se lubrica, deja de funcionar. Si es que no se está al tanto de las acciones, movimientos y transformaciones de los vínculos de poder, las posiciones y cargos dentro del Palacio de Justicia será muy difícil mantener un sistema y una red de acceso.

¿Cuál es el mecanismo a través del cual las redes son reactivadas cada vez? Pues las técnicas de corrupción, que vinculan de diversas maneras a los actores en el sistema. La corrupción obliga a movilizar los contactos conocidos de antemano, asimismo, obliga a regenerar las amistades o complicidadesenesteterreno,gestacontratostácitosdeconfidenciaydesecreto de las acciones. Asimismo, permite discriminar a los actores que no están involucrados en las redes de corrupción y estar al tanto de quienes sí lo están, pues funcionan como espacios tangenciales de la red.

¿Qué mecanismos de corrupción se ponen en práctica en estas redes? Lasformassondiversas,peroseconcentraneneltráficodedocumenta-ciónyeneltráficodeinfluencias.Demodoquelastécnicasdecorrupciónadquieren cierta función dentro del sistema y no son solamente remanentes de la estructura. En este sentido, el conglomerado político del Palacio de Justicia debe entender, en su exterioridad, no las fronteras de su propia constitución, sino más bien una continuidad de su estructura. Y del mismo modo, en los actos de corrupción que se practican en su interior, es posible leer un campo que constituye no su ruptura sino más bien un componente de su funcionamiento práctico.

De este modo, las redes que los abogados del campo exterior del Palacio tejen, no se deben a simples intercambios monetarios, sino a la consoli-dación de redes y elementos de poder. La relación que estos tejen con el campo interior del propio Palacio no resulta ser una coincidencia, sino una necesidad en sus funciones y para el desarrollo de sus actividades ilegales. Es paradójico también que, para estos actores, las actividades ilegales re-quieran de un contacto directo con la legalidad para hacerlas funcionar. La

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corrupción, por ahora, ha sido vista desde el margen externo del Palacio; sin embargo, queda claro que éste no funciona sino junto al marco interno de las acciones y a la legalidad. De tal manera, es imposible pensar un lado sin el otro. Pero no hay que entender que la corrupción nace de fuera del sistema, sino que es un ejercicio constante que desde adentro y desde afuera parecen ser un continuum de prácticas que lubrican las relaciones de poder y que muestran las articulaciones y vínculos entre los sujetos.

Ahora, estas redes no funcionan como un todo complejo, sino más bien como fragmentos que se unen y separan de acuerdo con las coyunturas. Se tratadefragmentosmóviles,quesefusionanyfisionandeacuerdoconlosintereses de los actores o de quienes disponen del objetivo que moviliza la estructura.Porlotanto,notienenlaformadeunamafia,puestoquenoestán soportadas sobre codificaciones estables sedimentadas jerárquica-mente y que implican la pertenencia a un grupo de referencia. En efecto, la mafiaesunmododeorganizaciónqueimplicaciertoscódigoscomunesyelrespetoaestos(algunosserefierenaestoscomocódigosdeconducta);lasmafiasrequierenademásdelaverticalidaddeunaestructurademandoque determine las acciones, los modos de movilización en el escalafón y la pertenencia práctica o simbólica a una familia. Este elemento es impor-tante,puesmásalládelafiguraconsanguíneaimaginada,lamafiaimplicaconciencia-de-ser-parte,implicalaidentificaciónconelgrupo.Encambio,en las redes de corrupción que se tejen en el Palacio de Justicia, es difícil encontrarunacodificacióncomún,ounordenjerárquicoolaidentificacióncon un grupo de pertenencia (no son una comunidad).

Estas redes tampoco tienen la forma de un cártel, que es una organiza-ción criminal que funciona de manera análoga a una empresa. Es decir, se sostienen en la disposición de una estructura del mercado, un negocio que se soporta sobre la oferta y la demanda de un producto. El cártel tiene la forma de un directorio de empresa, con accionistas, miembros del directorio, asesores, economistas, contadores, banqueros, abogados: es una empresa, dedicada al crimen. Justamente por ello, requiere de niveles de organización complejos,planificación,estrategiasdeacción,inversiónytomadedecisiónconjunta (implica la capacidad de reunión y toma de decisiones estratégicas). Las redes de corrupción del Palacio de Justicia tampoco funcionan bajo esta lógica,puesnotienenunniveldeplanificacióncentral,nooperanenunamediaciónplanificadadetodalaestructuraynohay“reunión”paralatomade decisiones. Se trata de redes menos organizadas, menos estructuradas y sinplanificaciónconjunta.

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Por otro lado, si bien existen clientelas, tampoco son la estructura más importante al interior del Palacio (y probablemente no es la forma más común en las estructuras del Estado). Las clientelas implican una relación asimétrica entre un patrón y un cliente que se mantiene en el tiempo. Es esta manutención de la relación la que permite justamente la asimetría y la forma de dominación que engancha al cliente. Estas lógicas son posibles en espacios en donde los actores permanecen en el mismo escenario y donde hay cierta estabilidad del sistema. En el Palacio de Justicia, los cambios de personal son ciertamente constantes, las ofertas de actos de corrupción vienen de diversos frentes y, al no existir una relación de jerarquías que se correlacione efectivamente con las capacidades de ejercicio del poder dentro de la institución, las posibilidades de mantener una relación estable con un cliente son escasas.

Loqueexistesonflujosconstantesdeofertasydemandasqueprovie-nen de diferentes campos y que apelan al mejor postor. Al mismo tiempo se trata de jerarquías que cambian con rapidez. En un contexto como este, las formas de corrupción y las redes que las ponen en práctica están mo-vilizándose con gran versatilidad y buscando contactos para poder operar, no se trata de un patrón que posee todas las redes, puesto que estas son móviles, y quien es hoy el patrón puede ser después subordinado; del mismo modo, quien es cliente de uno, puede serlo fácilmente de otro, dependiendo de sus requerimientos y posibilidades.

En el Palacio de Justicia se trata entonces de un sistema de organización de segmentos sin una cabeza estable (acéfala) y sin una organización vertical. No hay sentido de pertenencia, ni comunidad de respaldo. No hay estabilidad enlaestructuraderedes,lasalidadeunsujetodeuncargopuedemodificartoda la estructura, lo mismo el ingreso de un nuevo miembro, el rechazo de uno a participar de los actos de corrupción, etcétera. Sin embargo, que estas redes no sean estables y funcionen como segmentos que se acomo-dan entre sí de acuerdo con las coyunturas, no quiere decir que funcionen abiertamente o que “cualquiera puede contactarse con cualquiera”. Como hemos visto, se requiere de la existencia de canales latentes para ejercer actos de corrupción. Por lo tanto, la construcción de estas redes, contactos, complicidades y alianzas resultan ser uno de los elementos fundamentales de los actores en el terreno social, pues se trata del “capital” sobre el cual articularán sus movimientos futuros. En el Palacio de Justicia no se ofrece una coima a cualquiera, se necesita un cierto nivel de conocimiento del otro para poder iniciar dicha negociación.

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Esto quiere decir que en ciertas ocasiones hay una suerte de organi-zación para delinquir, organización que puede funcionar para elaborar do-cumentosfalsos,paraemitirfallos,paratraficardocumentos,etcétera.Sinembargo, se trata de objetivos concretos y no objetivos de organizaciones que funcionen establemente bajo esa lógica. En algunos casos, los mismos actoressereunificanparavolverarealizarunmismoactodecorrupción,pero no quiere decir que lo hagan todo el tiempo. La movilidad del personal, de los jueces, asistentes, secretarias y demás, aunque no sean despedidos sino solo movilizados dentro de la institución resulta un elemento funda-mental para comprender esta estructura; donde no solamente es muy difícil mantenerse en el mismo puesto, sino también ejercer siempre los mismos actos de corrupción.

Pensar la corrupción como una sustancia que pervierte a los sujetos desde su interior, puede resultar radical en este contexto. Decir que un individuo es corrupto per se, o que siempre comete actos de corrupción puede también resultar exagerado (lo que no quiere decir que sea inexis-tente). La idea es que en el seno del sistema de justicia la corrupción resulta una herramienta fundamental, un instrumento que puede ser utilizado con diversosfinesyquesemantienelatente.

Las redes de corrupción en el exterior y en el interior del Palacio de Justicianooperanconlalógicadeunamafia,nideuncártelnideclientelasestables,sinomásbienatravésdelareunificacióndesegmentosqueoperanfusionándoseyfisionándosedeacuerdoconlosobjetivosycoyunturas.

5. La corrupción como forma de acceso a la burocracia judicial La corrupción no es una ruptura de las relaciones de poder, sino una

manera de ejercer el poder. La corrupción no se limita al campo de lo formal, sino que teje relaciones entre lo formal y lo informal, lo legal y lo ilegal. “Justamente”, la corrupción es un sistema de prácticas que transgreden lo formal desde adentro de su propia estructura, utilizando sus propias herra-mientas, sus propios bienes y sus propios funcionarios. En este sentido, lo que hemos hecho es un acercamiento desde afuera hacia adentro, desde lo más ilegal-exterior del sistema. El asunto, sin embargo, no ha residido en mostrar las fallas de la estructura, ni los orígenes exteriores de la corrupción, sino, más bien, en mostrar los elementos de la corrupción que se conectan con las dinámicas exteriores prácticas del Palacio de Justicia. Esto porque es importante entender que no se trata de un fenómeno que se circunscribe a la burocracia (a los servidores y funcionarios públicos), sino que se trata de una práctica que se extiende de manera amplia y compleja por una gran parte del entramado social (y del que son partícipes los ciudadanos).

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La corrupción, como hemos visto en los ejemplos, no funciona tam-poco al margen de las relaciones sociales de las personas, sino que requiere de éstas. Las relaciones sociales, las amistades, las relaciones familiares, las complicidades son un campo de acción sobre el cual la corrupción se moviliza, y no un remanente marginal de estas. La corrupción no funcio-na escondiéndose de estas relaciones, sino que depende de las redes que se tejen. Esto no quiere decir que no existan formas de corrupción que funcionen fuera del sistema de redes, que sucedan como un acontecer eventual en las lógicas de acción política. Lo que sí quiere decir es que la corrupción se integra en las prácticas sociales de la vida de las personas y gran parte de ella, depende de unas redes sociales. Esto es fundamental, pues no se trata solamente de una práctica coyuntural, que obedece a pulsiones internas, a ambiciones momentáneas, a respuestas patológicas (como algunos aseguran); sino que también se trata de un fenómeno social de integración de redes.

En muchas ocasiones la política ha sido pensada sustancialmente en su forma normativa institucional, a través de las leyes que sedimentan la formalidad. Mediante la revisión de las prácticas de corrupción y las redes informales e ilegales que funcionan al exterior inmediato del Palacio de Justicia, mostramos que es necesario estudiar las dinámicas políticas en conjunto, y que la vida de las personas no está fuera del funcionamiento práctico de la política, sino que se integra de manera directa, a través del uso de las instituciones, de la demanda de servicios y de derechos, de la búsqueda de la justicia; pero también en su campo radical, en el ejercicio constante de las prácticas de corrupción, en formas de transgresión que rearticulan y reordenan el funcionamiento de las estructuras formales. La formalidad interior del Palacio se ve reinventada por las reglas de lo exterior informal, por un sistema de redes que no lo acorrala, sino más bien lo atraviesa y lo penetra de modo transversal. Esto, que funciona al exterior del sistema, es una muestra de aquello que funciona en el interior del propio Palacio.

Entonces, la corrupción se convierte en un modo de acceso a la buro-cracia judicial. Por un lado, porque muestra las maneras en que se articulan las estructuras de poder dentro del sistema formal del Palacio de Justicia. Por otro lado, porque permite un acceso metodológico profundo, puesto que el exterior ilegal nos ha permitido detectar con precisión una serie de redes que funcionan al interior y que es preciso seguir. En la misma línea de análisis, esas redes interiores permiten comprender el funcionamiento de otras redes que no son visibles desde el exterior informal.

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En otras palabras, los sistemas de corrupción que hemos podido entrever desde las lógicas exteriores requieren actores desde adentro. En ese campo, los abogados que se desempeñan como funcionarios públicos son los actores centrales, pero no los únicos. Es necesario comprender cuál es la dinámica de conformación de la estructura de relaciones de los funcionarios del Palacio de Justicia, para luego ver con más detenimiento las redes de actores que se integran a éstos (secretarias, asistentes, practi-cantes, etcétera). Se trata de un “mundo” complejo que no empieza en las salas del Palacio de Justicia, sino mucho antes, incluso en la vida familiar y universitaria de estas personas: en el campo exterior del propio Palacio, en las formas delictivas que se ponen en práctica en la ciudad.

Pero hemos aprendido a ver estas redes. No son redes que se inven-tan a cada momento, sino sistemas y actores (Crozier, 1977) que buscan mantener cierta estabilidad dentro del aparato formal. Son canales que semantieneneneltiempoyquepuedenmodificarseensusextremosomarcos tangentes, integrar a nuevos actores (con mucha cautela), pero nosemodificantotalmenteensusistemadeacción,puesesoimplicaríauna transformación radical de la estructura y la obligación de rearmar la relación de contactos con los que se cuenta. Es decir, se estructuran en la continuidad de las prácticas de corrupción por parte de actores estables: algunos de estos actores se reemplazan, se cambian o renuncian, pero nuncatodosalmismotiempo.Lamodificacióndeunactornomodificael sistema, sino que obliga a buscar un nuevo engranaje cautelosamente. La dinámica no se sostiene en la selección al azar y constante de nuevos contactos e intermediarios, sino en el intento de mantener cierta estabili-dad con los que se tienen para maximizar sus funciones, sus posibilidades de acción y las complicidades tejidas. Esto último es lo que “garantiza la seguridad” de las relaciones de corrupción, pues protegen la construc-ción de redes que se transforman, pero que mantienen en sus conductos interiores cierta recurrencia.

¿Cómo se construyen las relaciones entre los abogados del margen exterior y los funcionarios públicos del Palacio de Justicia? Es necesario ahora penetrar el sistema. Estudiar los pivotes que comunican los intereses de ciertos actores, las demandas de actos de corrupción y las dinámicas internasdelpropioPalaciodeJusticia.Falsificadores,abogadosinformales,tramitadores, dan paso ahora al estudio de campos de intermediación entre los actos de corrupción ligados a la burocracia del Estado. Las secretarias, los asistentes y los practicantes, son un encadenamiento de actores que funcionan como pivotes de las redes de corrupción, así como otros

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funcionarios. Vamos a entrar desde ahí para poder estudiar las dinámicas más complejas e ir subiendo en el escalafón de la burocracia del Palacio de Justicia.

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IV. La burocracia formal y el poder de la corrupción

1. La burocracia en el Palacio de Justicia

Los sistemas políticos formales funcionan en las sociedades de la mo-dernidad tardía como conglomerados orgánicos, los cuales integran una organización sistematizada de actores con funciones determinadas por estatutos, normas, reglamentos. Estos sistemas políticos han visto en la formación burocrática, la manera de establecer modos de relacionarse con los actores de la ciudadanía, demarcando procedimientos formales para acceder a los servicios del Estado.

Así, el campo de poder que se forma al interior del Palacio de Justicia está dispuesto por una serie de relaciones mediadas por ciertos elementos de la formalidad de la estructura política. El Palacio de Justicia no es un campo social abierto al albedrío, como otros en la vida social de las per-sonas. Es más bien una estructura que debe articularse sobre dispositivos puntuales y reconocidos por sus integrantes: leyes, normas, reglamentos formalizados y escritos. Asimismo, códigos de comportamiento, códigos de ética y, además, la estructura de las relaciones sociales construida sobre un margen de jerarquías formales, en donde está delimitada con claridad lafiguradelaautoridadlegal.Esdecir,nosetratadeunterrenoinformal,sino una estructura construida por la formalidad, demarcada claramente por niveles, escalafones, jurídicamente dispuestos. En este sentido, la forma política determina el campo social: la política institucional ha inventado este campo y lo mantiene tanto como forma de acción, como en su estructura jerárquica y su orden de funcionamiento. La política en este sentido no es

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solamente la consecuencia de un sistema de relaciones, sino más bien un articulador formal de estas relaciones sociales.

Ahora, aquello que ordena la estructura de poder en el sistema político, sustancialmente en la construcción de la democracia formal, es justamente su campo procedimental. Este sistema de pasos y procedimientos es el que organiza la formación de la justicia, pero también de gran parte de los trá-mites del sistema. Las demandas de la población son organizadas a través defiltrosformalizadosquelastipifican,lasorganizan,lasclasificanylesdan curso. Las acciones que los funcionarios y servidores públicos deben tomar,estándeterminadastambiénporesascodificaciones,organizaciónde pasos, fórmulas estables que gestan una ruta de trámites. Este camino estandarizado, implica, además, la formalización sistematizada de la delibe-ración: las personas que están ubicadas en esta cadena de procedimientos deben decidir, sosteniendo sus decisiones en los códigos formales. Y a su vez,estascodificacionesestandarizanlosprocedimientos.

Teóricamente, la formación de este sistema, los procedimientos sistema-tizados, los códigos de acción, demarcan la acción del Estado. Sin embargo, este sistema no puede “sostenerse en el aire”, requiere de una infraestructura práctica,suescenificaciónconcreta,ydeunaseriedeactoresqueejerzanel poder de estos procedimientos. De ahí que la regulación de este sistema se llame burocracia. Esto quiere decir que la sucesión de pasos, el propio procedimiento, debe ponerse en acción con los sujetos concretos: queda claro que el sistema no funciona sin los actores. En este caso, la burocracia es el sistema y los burócratas –lo servidores públicos- los actores.

Así, la burocracia se constituye como una forma de regular, sistema-tizar, ordenar y demarcar los procedimientos de los sistemas políticos. Se convierteenelfiltrodeladeliberaciónyenelnúcleodelacercamientodelos ciudadanos al sistema. Es decir, las personas no se acercan directamente al sistema de justicia (que es abstracto), sino a la burocracia del sistema de justicia (su praxis). Este asunto resulta fundamental en el tema que nos interesa, puesto que si el poder formal del Estado y, en este caso, el poder formal del sistema de justicia (y del propio Palacio) no está dispuesto pú-blicamente en una estructura directamente relacionada con los actores de la vida cotidiana (los ciudadanos), esta estructura está dispuesta a través de la burocracia y sus burócratas. En la misma línea, las formas de la corrupción no están estructuradas directamente sobre la forma de la administración delajusticiaenelcamporeflexivodeladeliberación,sinomásbienenelcampo de la burocracia. Pero para llegar a este punto hay que recorrer aún otro trecho de la ruta.

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La corrupción y la estructura de las redes informales que funcionan fuera del Palacio de Justicia, no están dirigidas entonces a atacar el centro de la democracia moderna. Las formas de corrupción no se dirigen únicamente o de manera central, al campo de la deliberación de los jueces, a hacerlos reconstruir sus argumentaciones, las formas de sus acciones y sus puntos de deliberación intelectual. El centro de la acción de estas redes exteriores, asícomodelasformasdecorrupciónqueseponenenpráctica(falsifica-ción y sustracción de documentos), se dirigen al campo de la burocracia intermedia, que se encarga de organizar el campo de los procedimientos del mundo judicial.

Esto muestra la fuerza del aparato de la burocracia formal, pero también su estrecha relación con las estructuras de acción de lo informal. El asunto es que las estrategias informales y las técnicas de corrupción, al no dirigirse al campo de la deliberación no representan aparentemente un grave problema para los actores involucrados en ella, que ven tan solo una movilización de acciones sobre procedimientos puntuales, sobre elementos fragmentarios que representan solamente “un paso en un sistema”.

No pues, eso no es así, sería maldad ya. Lo que uno hace para ganarse algo extra es pues ayudar en que el expediente se demore, en que el papel se extravíe, pero ya meterse directamente con el juicio no, eso es perjudicar, es maldad. (Julia, 36 años, trabajadora de Mesa de Partes)Mira, con sinceridad te digo, aquí nadie quiere perjudicar a nadie. Lo que uno hace es simplemente con los documentos. Finalmente no es nada decisivo. Eso ya va a depender de la maña de los abogados, si es que pueden arreglar por ahí, aquísolocolaboramosconlosdocumentos.(Ricardo,39años,trabajadordeMesa de Partes)

La burocracia no es pensada entonces en su relación directa a las personas, sino más bien en su relación directa a los procedimientos, a los pasosformalesycodificadosquesedebenseguir.Enestemismosentido,elasunto de la corrupción es que marcha, incluso en sus técnicas al exterior del Palacio de Justicia, no directamente sobre las personas, sino más bien sobre los procedimientos, aletargando los pasos que se deben seguir, extraviando documentos, insertando documentos falsos, etcétera. Pero es el campo de la documentación formal el que resulta el centro de este fenómeno, y es la burocracia del “funcionariado” la que resulta su eje de poder.

Pero si bien formalmente la burocracia debe seguir ciertos pasos y vigilar los procedimientos del propio sistema, en el mundo de la vida cotidiana, estos pasos y esta sucesión de procedimientos son constantemente sobre-pasados, quebrantados, suspendidos o manipulados por la propia burocracia

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del Palacio de Justicia. Y esto se debe justamente a que el sistema está com-puesto por actores; personas que viven el acontecer cotidiano y que toman decisiones en ese campo. No se trata de una maquinaria robotizada, el campo de la burocracia intermedia es también un terreno de decisiones que puede seguironolosprocedimientos,yquetienelacapacidaddemodificarlosen la práctica. Esto es importante en la dirección a la cual apuntamos: a entender que la política no es un compartimiento separado de la vida de las personas, sino que es parte de ésta y viceversa. Aquí el sistema ve grietas complejas de salvar y permite entender que la burocracia está construida sobre una serie de redes sociales, amicales, familiares y de reciprocidades locales, que no le permiten ser aséptica a las tensiones de la vida diaria.

Regresandoalanálisisdelasestructurasformales,esimportanteen-tender que el debate más amplio que se ha gestado sobre las formas de gobierno, no ha tomado en cuenta la estructura sobre las cuales se han tejido las relaciones que permiten el ejercicio del poder formal. Si bien hemos indicado, por ejemplo, que en la lógica del presidencialismo latinoamericano, la estructura de poder del aparato judicial está separada de la relación entre el Legislativo y el Ejecutivo (como elemento de la ingeniería política), es claro también que las relaciones informales entre los actores demarcan una estructura de relaciones de poder que se traducen muchas veces en estilos y formas de gobernar. Sucede lo mismo en la vida local del aparato de justicia. Si bien la estructura del organigrama de la estructura de la burocracia y las jerarquías dispuestas por la norma determina un orden de funcionamiento, queda claro que las redes sociales y las maneras de relacionarse determinan un orden diferente de la estructura que no se limita a la norma formal.

En la política institucional la burocracia resulta fundamental. Esto por dos razones. Primero, porque la burocracia representa la puesta en acción de la deliberación formalizada. Es decir, la puesta en orden de los procedi-mientos que resultan ser la praxis reglamentada de las decisiones políticas. Segundo, porque la burocracia, en términos teóricos, debe ser la estructura aséptica, sustancialmente procedimental, en donde sean las formas y las formalidades las que determinen el “debido proceso de las cosas”, y no las decisiones contingentes de los actores. En términos formales de la teoría, la burocracia representa el ideal hiper-formalizado de la acción política en las personas. Asimismo, resulta ser el rostro que se presenta ante los ciu-dadanos de la vida cotidiana. Ellos no se enfrentan directamente al campo de deliberación, sino al asentamiento de los procedimientos organizados y a los actores que resguardan y lubrican dichos engranajes.

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Estepuntopermiteentenderelterrenocentraldelproceso:lafiguraprocedimental, es decir, la regulación de los procedimientos de la burocracia y de la vida pública cotidiana de la política. En este sentido, lo interesante resulta ser que estos procedimientos no son llevados a cabo por las gran-des estructuras del poder político formal, o por la vida deliberativa de la democracia, sino más bien por actores que normalmente han sido margi-nadosdeltrabajodeinvestigaciónyreflexióndelacienciapolíticaydelasciencias sociales, pero que resultan personajes fundamentales y centrales de esta estructura: se trata de quienes algunos llaman “los mandos medios y bajos de la burocracia formal”.

La burocracia, así, es un intermediario constante y permanente no solamente de las demandas de los ciudadanos en sus “procesos” judiciales, sino también de las redes de corrupción: estas no pueden funcionar sin los burócratas.Lasredesinformalesdefalsificadoresyabogadosquefuncionanal exterior del Palacio se relacionan con la burocracia, intermediaria de esos mecanismos. En este sentido, la burocracia intermedia también es punto nodal de acción de las redes de corrupción y se integra en estas redes a través de sus propios procedimientos.

Ahora, esta burocracia intermedia no resulta ser un campo exclusivo y excluyente de actores, tampoco un núcleo central monocéfalo; sino que se trata de un terreno con muchas aristas y campos de acción. Y en este campo, son los profesionales intermedios y los mandos medios los que ejercen el poder en la vida cotidiana del sistema político localizado. Esto quiere decir que son estos actores quienes generan la intermediación constante entre la ciudadanía y la justicia formal, entre la vida de los abogados públicos y los jueces que toman las decisiones. Así, este es un campo fundamental, pues para llegar a la deliberación racional de la democracia moderna, deben sobrepasar el campo de la burocracia procedimental y de las redes de poder que se fundan y asientan en ella, las cuales muchas veces son mediadas por decisiones y acciones contingentes y arbitrarias.

Entonces, las formas de corrupción se dirigen en gran medida a este campo. La micropolítica de la corrupción permite, en esta lógica, una pene-tración profunda en los campos de acción de este sistema y de estas redes de poder. En dicho sentido, también resulta interesante que los mandos medios -estos profesionales que ocupan cargos de la burocracia formal, pero que no ejercen poderes ejecutivos, sino que más bien son los que se encargan de los procedimientos, de las operaciones puntuales-, son los que determinan las maneras de acceso a la justicia, a la estructura de poder formal y a las jerarquías mayores del propio sistema.

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Si bien estos mandos medios de la burocracia formal no toman las decisiones políticas -pero tampoco las decisiones ejecutivas de los sectores políticosodelosPoderesdelEstado-,sonlosquefiltranlasdemandasycondicionan la toma de decisiones, sobre todo en los casos de la vida coti-diana y en situaciones que no tienen relevancia mediática (la gran mayoría de los casos). En otras palabras, son los mandos medios, la burocracia intermediaria, la que determina la posibilidad de acceso de la ciudadanía al campo de la deliberación; y ese proceso de discernimiento y de trámite no solo es largo y complejo, sino que además no está siempre sometido a la reglamentación hiper-formalizada de la burocracia moderna. Por lo tanto, lo importante es que ese campo de intermediación, en el que los mandos medios ejercen el poder, está demarcado por complejas redes de corrupción y procedimientos informales.

No sé pues señor, yo no sé quién decide las cosas, yo no sé cómo deciden nada, yo lo único que sé es que aquí, si no pones plata estás perdido. El señor ese que ustedmevio,mepideplata,otramásallámepideplata…yparaqué:paraqueagiliceelproceso,paraquesehagamásrápido[…]yyonomevoyaquedaresperando pues, así que les tengo que dar, sino yo pierdo. (Señora Lucía, 54 años, usuaria del Palacio de Justicia)Esos que están ahí no tienen voz ni voto, ni son los jueces ni nada, ellos no más quieren la plata. Pero si tú no les das puedes estar años aquí, ¡uf! Muchos años así en litigio. Mejor es hacerse amigos de ellos, darles su propina, para la gaseosa yteayudan[…]asísonpues,comounfiltrodetodo[…]porahítienesquepasar si quieres ir a algún lado, por mesa de partes, por la secretaría, por alguno de ellos. (Emilio, 45 años, usuario del Palacio de Justicia)

En ese campo intermedio, en esa zona gris de relaciones políticas y de relaciones personales, se tejen entramados complejos de acciones, formas no estandarizadas de negociaciones políticas informales que abonan en di-reccióndelaconstruccióndetécnicascadavezmáscomplejasysofisticadasde corrupción. A su vez, las estrategias de corrupción puestas en escena por los actores que pueblan el campo exterior del Palacio de Justicia, se imbrican de manera directa con los actores del campo de la burocracia de los mandos medios. Pero ¿de quiénes se trata?, ¿quiénes son estos actores?, ¿cuál es la relación entre estos? Pues la burocracia intermedia está compuesta por dos tipos de actores: aquellos que están ligados a los procedimientos administrativos, sobre todo los trabajadores de mesas de partes, logística, trámites internos, archivo, etcétera; y los que están dedicados a los proce-dimientos judiciales, es decir, las secretarias, los asistentes, los practicantes, los asesores y los propios jueces (que resultan ser el escalafón más alto de este micro sistema de poderes intermedios).

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Lo importante es que en la estructura del Palacio de Justicia, su pro-pia burocracia resulta un campo fundamental para el desenvolvimiento y ejercicio de prácticas de corrupción, que requieren de esta zona intermedia para poder disponer su funcionamiento práctico. Asimismo, dentro de esta estructura, la burocracia de los procedimientos administrativos y judiciales seunificaenunaseriederelacionesdesegmentosdered,quenoarticulanun conglomerado consciente, ni una comunidad imaginada (no son ma-fias,nicárteles,niclientelas),sinomásbienunsistemasincentroformal,una red sin cabezas reconocibles y separadas en la acción de la forma y la estructura de las cúpulas deliberativas del Poder Formal. Pero ¿qué tipo de casos se tratan en estos campos de intermediación y cómo se componen en el Palacio de Justicia?

2. CasosyfuncionesdelasoficinasenelPalaciodeJusticia

Los problemas de la burocracia del Palacio de Justicia se deben a la complejidad del sistema de administración de justicia. A su vez, esto se debe al gran número de procesos que se llevan a cabo. En efecto, el problema del sistema no solo encuentra razones en la falta de presupuesto, en la insuficiencialogística,enlosbajossalariosdelosoperadoressinotambiénen el número excesivo de procesos y expedientes que sobrepasan su capa-cidad operativa. Pero, además, como hemos indicado ya, en los complejos sistemas de corrupción que lo atraviesan. De este modo, la burocracia, la administración y la corrupción, resultan ser sistemas que se interpenetran. Pero ¿qué casos se tratan en el Palacio de Justicia?, ¿qué tipo de casos deben atravesar por la burocracia formal?

Los Juzgados Penales resultan ser los más cercanos a la vida de los ciudadanos. Dentro del Palacio de Justicia encontramos veinte Juzgados Penales (algunos están en la espera de ser trasladados a otra sede judicial enelEdificioAlzamoraoeneldelMinisterioPúblico);cadaunoestácom-puesto por Secretarías donde trabajan cerca de diez personas: el Secretario, asistentes y auxiliares, además del personal encargado de la Mesa de Partes y los sesigristas. ¿Qué casos se tramitan en los Juzgados Penales?14 Los Juzgados Penales tienen entre su competencia la de instruir los procesos ordinarios15 (que son múltiples y afectan a la ciudadanía y que van desde

14 El Código de Procedimientos Penales (en vigencia desde el año 1940) establece dos tipos de procesos: uno Ordinario y otro Sumario. El primero se desarrolla en dos etapas: la instrucción y el juicio. En el Proceso SumarioseotorgaalJuezlaatribucióndeinvestigaryfallar,loquesejustificaenlograrunaadministracióndejusticia más breve.

15 Son tramitados como Proceso Ordinario los delitos contra la libertad, el cuerpo y la salud, asesinato (artículo 108º del Código Penal), delitos contra la libertad (152º) y delitos contra la libertad sexual (173º y 173ºA); los

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robo,tráficodedrogas,violación,hastacorrupción),instruirysentenciarlosprocesos sumarios, los procesos “contra el honor”, los delitos en medios, yresolverlasaccionesdeHábeasCorpus.

A diferencia de los Juzgados Penales, en la Corte Superior se tratan otros casos. Las Salas Penales de las Cortes Superiores son competentes para juzgar y sentenciar los delitos cometidos por prefectos, jueces de primera instancia, así como para juzgar en los procesos ordinarios; resolver las ape-laciones interpuestas contra las sentencias emitidas por los jueces penales en los procesos sumarios, así como los incidentes promovidos en el curso de la instrucción en los procesos ordinarios. De otro lado, las Salas Supremas PenalestienencomoatribuciónladecisiónsobrelosRecursosdeapelaciónen procesos sentenciados por las Cortes Superiores en materia penal.

Los casos en materia civil que se tratan en las Salas Civiles Supremas son diversos. El Código Procesal Civil en su artículo 475º; establece que se tramitará por el Proceso de Conocimiento aquellos casos cuando su estima-ciónseamayorde30UnidadesdeReferenciaProcesal,losmismosqueseinician en los Juzgados Civiles y a mérito de la doble instancia pueden ser resueltosfinalmenteporlaCorteSuperior16. En el Proceso No Contencioso se tramitan una gran cantidad de casos que van desde la adopción, hasta los procesos por testamentos.17

De esta enorme lista, las Salas Supremas Civiles conocen los casos a través de casación, responsabilidad civil de Jueces, responsabilidad civil contra los Vocales de la Corte Suprema, de las Cortes Superiores y contra miembros del Consejo Supremo de Justicia Militar. Las Salas Supremas CivilesresolveránlosRecursosdeapelaciónporimpugnacióndelasre-

delitoscontraelPatrimonioeneltipodeRoboagravado(189º),delitoscontralasaludpúblicaeneltipodeTráficoIlícitodeDrogastipificadosenlosartículos296º,296ºA,296ºB,296ºCy297º,losdelitoscontraelEstado y la Defensa Nacional, por delitos que se cometen por medios de comunicación social y los delitos contra la Administración Pública (concusión, peculado y corrupción) y aquellos que se han impuesto pena privativa de libertad mayor de diez años.

16 EnelProcesoAbreviado(artículo446ºCódigoProcesalCivil)tramitaloscasosdeRetracto,TituloSupletorio,PrescripciónAdquisitivayRectificacióndeáreas,Expropiación,Tercería,ImpugnacióndelactooResoluciónAdministrativa. Igualmente dentro de esta vía procedimental comprende aquellos que tengan una propia, sean inapreciables, o aquellos procesos cuya estimación patrimonial es mayor de 20 y hasta 300 Unidades de ReferenciaProcesalendineroohaydudasobresumontoodebidoalaurgenciadetutelajurisdiccional,elJuez considere atendible.

17 Se ven casos de Inventario, administración judicial de bienes, adopción, autorización para disponer derechos de incapaces, declaración de desaparición, ausencia o muerte presunta. Además, los casos de patrimonio familiar,ofrecimientodepagoyconsignación,comprobacióndetestamento,inscripciónyrectificacióndepartida. Finalmente, los casos de sucesión intestada, reconocimiento de resolución judicial y laudos expedidos en el extranjero y otros. Casos como el de alimentos, separación convencional y divorcio ulterior, interdicción, desalojo,interdictoyaquelloscuyaestimaciónpatrimonialseamayorde20UnidadesdeReferenciaProcesalo cuando existe duda sobre esta estimación, serán tramitados en el Proceso Sumarísimo. En una segunda ins-tanciasonverificablesporlaCorteSuperior,losProcesosEjecutivosylosProcesosCautelares,losProcesosNo Contenciosos que se encuentren dentro de la Ley 26662 Ley de Competencia Notarial en Asuntos No Contenciosos y los Procesos Sumarísimos.

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soluciones administrativas (Indecopi, Sunarp, Osinerg, Conasev, Tribunal Fiscal, Consejo de Minería, Sunass) presentadas ante la Sala Civil Superior.18

Por otro lado, en las instalaciones del Palacio de Justicia funciona la Corte Suprema, cuya competencia se extiende a todo el país. El Presidente de la Corte preside el Consejo Ejecutivo y designa los Vocales de las Salas Especializadas, entre otras funciones (acorde a lo establecido en los artí-culos 76° al 81° de la Ley Orgánica del Poder Judicial.). La Corte Suprema está integrada por dieciocho Vocales Supremos, quienes componen siete Salas de cinco miembros, y su labor se distribuye en varias salas.19 La Corte Suprema debe actuar básicamente como Corte de Casación y como órga-no de instancia de fallo superior en los siguientes procesos: los iniciados en las Cortes Superiores; los de materia constitucional; los originados en lapropiaCorteSuprema;entreotrosqueseñalalaLey.LasoficinasdelaCorte Suprema que alberga en el Palacio de Justicia están ordenadas de la siguiente manera:

18 Así como en los casos de responsabilidad civil de los Ministros de Estado, en los de ejecución de sentencias expedidas en el extranjero y en los que se discuta la competencia de los Jueces y Tribunales Peruanos. En materia de derecho constitucional y social las Salas Supremas de Derecho Constitucional y Social tienen la potestadderesolverlosRecursosdeapelacióndelasresolucionesdictadasporlasSalasCivilesSupremasySuperiores.

19 Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente; Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria; Sala Civil Permanente; Sala Civil Transitoria; Sala Penal Permanente; Primera Sala Transitoria; Segunda Sala Penal Transitoria. Sin embargo, a la fecha, solo hay trece Vocales Supremos Titulares de ahí que para completar las Salas Supremas permanentes y las creadas con carácter provisional, se han designado cerca de 28 Vocales SupremosProvisionales, loquedificulta la función jurisdiccional todavezque laprovisionalidad siempreconstituye una situación de riesgo y de inseguridad laboral y jurisdiccional.

Fuente: (Poder Judicial, 2007)

Cuadro 2Organigrama de las cortes supremas

PRESIDENCIA

Vocalía Suprema

Secretaría deConfianza

Relatoría Secretaría Mesa de Partes

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Cada una de las Salas Supremas está presidida por el Vocal Supremo Titular, designado por el Presidente de la Corte Suprema. La Presidencia tiene como responsabilidad la dirección de la Sala, además de la supervisión de labores administrativas. La Vocalía Suprema es el Despacho de los Magis-trados Supremos, quienes son los encargados del estudio, análisis jurídico y de la ponencia de expedientes, así como de la redacción de las resoluciones. LaSecretaríadeConfianzabrindaapoyoalosMagistrados,suslaboressonla preparación de los resúmenes, informes y la redacción de los proyectos de resoluciones.LaoficinadelaRelatoríaeslaencargadadelaprogramaciónde la vista de las causas, de los expedientes y la atención a los usuarios. La SecretaríadelaSalaeslaresponsabledelarevisiónycertificacióndelasresoluciones,delenvíodelasnotificacionesasícomodetramitarelpedidodecopiascertificadasydelasresolucionesqueemitelaSala.Finalmente,laMesadeParteseslaoficinaresponsabledelarecepcióndetodoslosdocumentosyexpedientesparaserremitidosalaRelatoría,asícomodelaatenciónalpúblico.Entodasestasoficinaslaborancercadecincuentapersonas entre abogados, asistentes, auxiliares jurisdiccionales y secigristas.

Finalmente, el Consejo Ejecutivo de la Corte Suprema tiene algunas desusoficinasenelPalaciodeJusticiadelCentrodeLima.Segúnlaes-tructura orgánica del Poder Judicial, la dirección institucional y de control de gestión está a cargo del Consejo Ejecutivo, conjuntamente con la Sala Plena y el Presidente de la Corte Suprema.20 En la sede de Palacio de Justicia funcionan las siguientes dependencias del Consejo Ejecutivo: Centro de InvestigacionesJudiciales,laOficinadeInformática,laSecretaríaGeneral,laOficinadeCooperaciónTécnica Internacional y laAsesoría Jurídica.RespectodelaGerenciaGeneralpodemosencontrarlaOficinadeProto-colo (donde trabajan quince personas aproximadamente), la de Bienestar Social (con seis trabajadores), la de Administración (con veinte personas aproximadamente), la Biblioteca y Archivo (con cerca de quince personas).

Tenemos entonces que el nivel intermedio de la burocracia está con-formado por los diversos Juzgados Penales, ubicados en el segundo y tercer pisodeledificio;mientrasquelaesferamásaltadelainstitución,ubicadaen los mismos pisos, está centralizado en La Corte Suprema, las Salas de

20 Esto resulta evidente en la diversidad de sus atribuciones que van desde la aprobación del Proyecto de Pre-supuesto del Poder Judicial propuesto por la Gerencia General o establecer el horario del Despacho Judicial delaCorteSupremaoaprobarelReglamentodeOrganizaciónyFuncionesdelPoderjudicial,pasandoporel desarrollo de actividades de capacitación para los magistrados en concordancia con la Academia de la Ma-gistratura, hasta determinar el número de Salas Especializadas Permanentes o el número de Salas Transitorias de la Corte Suprema o la de proponer a la Sala Plena de la Corte Suprema la distribución de causas entre las Salas Especializadas, pudiendo conformar Salas Transitorias o la de crear y suprimir Distritos Judiciales, Salas de Cortes Superiores y Juzgados. Como se puede apreciar sus facultades son tan amplias que bien podría confundirse con el desempeño jurisdiccional propio de los Magistrados.

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la Corte Suprema y el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. La estructura de los sistemas de corrupción, en estos dos niveles, es diferente y se debe al tipo de casos que ven y a la dinámica de la burocracia que ahí se maneja. En los sistemas intermedios, es decir, en los diversos Juzgados Penales, la estructura está demarcada por tres ejes: la Mesa de Partes (en donde ocurren diversasformasdecorrupción);lasSecretaríasyRelatorías(endondetra-bajan abogados, secretarias y practicantes); y la función judicial (los jueces).

3. Las redes de corrupción en las Mesas de Partes

La burocracia está conformada por actores que constantemente la sobrepasan. Estos son funcionarios y servidores públicos que están relacio-nados de manera directa con estos procedimientos y son quienes se hacen cargo de ellos. En el Palacio de Justicia del centro de Lima, los funciona-rios han llegado de diferentes espacios; algunos de ellos abogados, otros practicantes de derecho, se relacionan constantemente en la vida diaria con administradores, contadores y secretarias, quienes pueblan la estructura bu-rocrática intermedia. Este conglomerado de actores, en relaciones diversas y complejas, permite la construcción y reconstrucción de un sistema de tramas de negociación y de poder micropolítico.

El primer eje de acción de la forma burocrática está dispuesto en las Mesas de Partes, que constituyen un primer acceso a la estructura judicial. Por un lado está la Mesa de Partes de los Juzgados Penales (que recoge y procesa la documentación y luego la reenvía a los Juzgados correspondien-tes). Por otro lado, están La Mesa de Partes de las Salas Penales y la Mesa de Partes de las Salas Civiles. A éstas, se le suman las siete Mesas de Partes que corresponden cada una a las Salas Supremas. Más allá de hacer una revisión pormenorizada de cada una de éstas, lo importante es entender la lógica común que demarca su funcionamiento. En el Palacio de Justicia, las Mesas de Partes constituyen un núcleo de acción de las prácticas de corrupción y tienen una lógica común.

En el Palacio, estas Mesas tienen la labor de recibir los documentos de los procesos judiciales (penales de primera instancia, de las Salas Penales y Civiles de segunda instancia y de las Salas Supremas). Dicha recepción implica además, la introducción de la documentación a expedientes y la derivación a los respectivos Juzgados o Salas correspondientes y respon-sables (asusSecretaríasoRelatorías).DichasMesasestánconformadasnormalmente por dos o tres personas que reciben los documentos en las ventanillas, secretarias, y asistentes. En el caso de la Mesa de Partes de los Juzgados Penales, estas personas deben recibir la documentación y luego

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desellarlayvisarla,debenclasificarlaparaqueseanderivadasalosjuzga-dos correspondientes. En las otras Mesas de Partes la intermediación es menor, y las Mesas de Partes tienen solo un nivel importante en el proceso de entrega de la documentación. Sin embargo, más allá de los procesos posteriores y los diversos niveles de intermediación, las mesas de partes sonelcampodondesemodificanlosexpedientes,dondelosdocumentosson introducidos, sacados, robados o se ingresa documentación falsa, fuera de tiempo, etcétera.

Además del personal de las ventanillas, cuyas profesiones varían –pues hay contadores, secretarias, administradores, ingenieros o personas que no tienen un título universitario- las Mesas de Partes tienen una secretaria y al menosdospersonasmásqueayudanenelprocesamientoyclasificacióndelos documentos. Muchos de estos trabajadores tienen varios años trabajando en el sistema de justicia y otros tantos en el propio Palacio. Son personal de planilla(esdecir,trabajadoresestables)ysuspuestosestánfijosenelsistema(aunque rotan de función con cierta frecuencia). Asimismo, son sujetos que tienen redes asentadas y que conocen personalmente a los actores de las áreas de logística, limpieza, vigilancia y a los miembros de las Secretarías de losJuzgadosylasRelatorías.Enestecampo,sibiensufunciónsedirigeala documentación formal, esta no se limita a este punto, y se extiende en redesdecorrupciónydetráficodedocumentación.

Es interesante, pues algunas de las personas que trabajan en las Mesas dePartesmanifiestanhaberllegadoasuspuestosgraciasainfluenciasdefamiliares o amigos, conocidos del barrio o de la universidad, que traba-jaban en el Palacio. Se trata de redes que sobrepasan la localidad de la es-tructura formal, y que extienden brazos más largos. Esto ha gestado redes de reciprocidad que funcionan no solamente en las lógicas exteriores, sino en redes interiores del propio Palacio. Es decir, cadenas de favores, dones y contra-dones que funcionan como la cadena que lubrica los sistemas constantes de corrupción.

La recomendación del Doctor, con esa recomendación he ingresado a trabajar aquí, desde hace muchos años ya, como ocho años. Ahora con el Doctor somos amigos,élmeayudayyotambién[…].Cuandonecesitaalgo,algúndocumentoyoleagilizo.(Erik,43años,trabajadordeMesadePartes)Mi tío me dijo: “ven a trabajar aquí, yo te consigo un puesto con unos amigos que tengo”. Y así vine un día, me presentó a unas personas. Luego presenté mi documentación,milibretaelectoral,esascosas,ydeahífirméyyadeahíentré.Aprendí rápido las cosas y me quedé con un contrato más largo por el año entero, ydeahípaséaplanilla.[…]Mitíoyanotrabajaaquí,perotodossusamigossiestányconellosmehicecomoqueamigo.[…]conellosnosayudamosen

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algunascosas,noscolaboramoseneltrabajo[…]porejemploparaagilizarlostrámites,paraquesalgamásrápido,paralasfirmas,paralosfedateados,paraesascosas.(Román,40años,trabajadordeMesadePartes)

De este modo, las lógicas de trabajo en las Mesas de Partes están im-bricadas con sistemas de favores que preexisten y que pueden ser activados según las coyunturas. El asunto es que este espacio es central y constituye un pivote de acción respecto a las estructuras de corrupción. Por un lado, constituyeunnúcleodeacciónrespectoa lasdinámicasdefalsificaciónquelosabogadosyfalsificadoresdelcampoexteriordePalacio llevanacabo. Como hemos indicado, es a través de las Mesas de Partes que aque-llos pueden actuar. Solo a través de las Mesas de Partes los documentos falsificadospuedeningresaralosexpedientesyesatravésdeestosactoresquelosdocumentospuedensersustraídosomodificados.Porotrolado,lalógica de pivote de Mesa de Partes permite una conexión directa también con la burocracia más alta de los Juzgados o de las Salas Penales y Civiles del Palacio: esto se produce a través del contacto que tienen con las personas quetrabajanenlasSecretaríasoenlasRelatorías.

¿Cuáles son las lógicas de acción de los sistemas de corrupción en las MesasdePartes?AdiferenciadelasSecretaríasydelasRelatoríasquetie-nencomocentroeltráficodeinfluencias,enlasMesasdePartessetraficacon la documentación. De ese modo, las redes quedan estructuradas de la siguiente forma: los encargados de las ventanillas cumplen la función de filtrodelainformaciónydelosdocumentos,deellosdependeelprimerfiltrode acceso de la documentación (por ejemplo el caso de documentos falsos que pretenden ser ingresados en los expedientes o en los archivos). Estos actores deben poner las fechas y visar la documentación. Sin embargo no pueden funcionar solos, requieren de la acción conjunta de los responsables del archivo. Estos se encargan de organizar la información y los documentos e insertarlos en los expedientes, tienen acceso a la documentación y pueden modificarla.Asimismo,estosnopuedentrabajarsolos,sinoquetienenunabarrera de control: el encargado de la regulación de los trámites, un sujeto que vigila que estos estén desarrollándose de manera correcta.

Ahora, los dos tipos de actos de corrupción centrales en esta lógica son la extracción, hurto, o “pérdida” de expedientes o de documentación; y la introducción de documentación falsa en los expedientes o archivos (estas dos técnicas se corresponden directamente con las dinámicas que hemos estudiado en el capítulo anterior). De ahí que la demanda de hurto de documentación venga sustancialmente desde los usuarios relacionados conabogados“alpaso”oconredesdefalsificadores.

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Los modos de demanda de este servicio pueden darse a través de dos modalidades: por un lado, a través de una red preexistente en donde los abogados“alpaso”olosfalsificadoressolicitandirectamenteelservicio(enpersona o por teléfono) a un actor de la ventanilla a quien conocen antes; por otro lado, a través de intermediarios conocidos dentro del Palacio que tienen un vínculo con alguno de los trabajadores de Mesa de Partes. En elprimercaso, losabogados“alpaso”o losfalsificadoresutilizanasuscontactos dentro de Mesa de Partes para lograr acceder a un documento, de modo que el juicio se dilate. Para ello es usual pagar a uno de esos ser-vidores públicos para que hurte el expediente o los documentos y los haga desaparecer, esto genera, en muchos casos, que el juicio se aletargue hasta que se pueda reconstruir el expediente.

Noventa soles y te hago que le saquen un documento. Si quieres que lo extravíen, tú sabes. Si quieres que lo pierdan para siempre es un precio distinto. Para ti, queteconozco,lodejamosenS/.120.00[…].Fácil,llamoahoramismoamicontactoyhacemostrato,yadependedeti.[…]uncompadre,esdeconfianza,labora en la Mesa de Partes, acceso a la información de primera. Es al toque. (Isidro, 48 años, abogado)

Arreglamos ahora, si quieres son S/. 150.00. Son S/. 100.00 para él, y 50.00 S/. paraaquí.Yoarregloelasuntoahorita.[…]esaeslatarifa,yaestáfijadapues.Nosepuedenegociar,porqueyasabemoscómoes[…].Ellos[lostrabajadoresdeMesadePartes]pidenfijoS/.100.00mínimo.Bueno,dependiendodeltrabajo.(Rafael,52años,abogado)

La existencia de tarifas predeterminadas muestra el asentamiento de unsistemadecorrupciónydetécnicasusualesyespecíficasporsector.Esdecir, los actores de las Mesas de Partes pueden efectuar ciertos actos de corrupción, pero no todos. La tarifa estándar para el hurto de documenta-ción varía entre S/. 150.00 y S/. 200.00 (si se trata de extraer documentos de fácil acceso para los trabajadores vinculados a la red de corrupción). En estos casos, los documentos solicitados no tienen gran relevancia en el proceso y representan elementos de fácil acceso, del mismo modo, el juicio y las personas involucradas no tienen ni “relevancia mediática” ni el caso representa un tema de potencial “escándalo”. Eso quiere decir que se trata de los precios más bajos del tarifario, y que éstos se movilizan hacia arriba dependiendodeloscasosydeladificultaddeaccesoaladocumentación.

Estas tarifas implican la distribución del dinero entre diferentes acto-res dentro del sistema. Por un lado, el primer contacto se queda con un porcentaje de alrededor del 30% del pago total. El cobro es por generar el contacto o el acceso a la red. El resto del dinero se entrega como un

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soborno o coima a los funcionarios de la Mesa de Partes. Una vez que éste recibe el dinero, tendrá que estudiar la documentación requerida y deter-minar si es que este dinero debe ser repartido en más partes de acuerdo a los intermediarios que tenga que pagar para acceder a algún documento. Es decir que, si es que el documento que se requiere no está a la mano o no corresponde al acceso directo de dicho funcionario, éste deberá buscar en su red de compañeros a alguien que esté dispuesto a recibir un soborno para acceder a la documentación (y por lo tanto el precio será más alto). Esto genera cadenas de favores, de dones y pagos, que gestan complicidades y organizan esta lógica. Cada soborno implica un ejercicio de lubricación delsistemaydegestaciónderamificacionesdecontactosqueluegopodránser reutilizados.

Las transacciones y pagos se hacen normalmente en el horario de almuerzo, en los restaurantes de los alrededores del Palacio, en encuentros rápidos en las calles cercanas. Para esto es necesaria una coordinación pre-via. Las redes preexistentes permiten que los contactos sean más veloces: utilizan el teléfono móvil como canal de comunicación y pactan tarifas, tareas y puntos de encuentro (durante el trabajo de campo hemos sido partedediversosintercambiosmonetariosentreabogadosofalsificadoresy funcionarios y los hemos registrado en la observación directa).

Contraloquepodríaparecerinicialmente,losabogadosofalsificadoresno tienen demasiados reparos para que los clientes los acompañen a las citas o reuniones que pactan con los trabajadores de las Mesas de Partes. Es más, suele ser que los clientes demandan acompañarlos, pues no quieren ceder el dinero directamente al intermediario porque temen ser estafados. De este modo, los clientes no dan el dinero sino hasta que, en el momento de la reunión, se demanda éste: se entrega la suma al contacto inicial (abogado ofalsificador)yluegoéstetomasuparteyentregaelrestodelasumaalfuncionario. Desde ese punto, el dinero del soborno no tiene retorno al usuario (se logre o no el hurto del documento).

Esta condición, implica que las redes de corrupción estén sedimentadas, y que se trata de un asunto y procedimiento regular. Sin embargo, si bien es claro que los funcionarios no se dedican todo el tiempo a estos actos de co-rrupción, queda claro también que se trata de un acto regular y que depende de la demanda de sus contactos. Por otro lado, es evidente que los abogados “alpaso”ylasredesdefalsificadorestienendiversoscontactosdentrodelPalacio, los cuales son requeridos según la demanda del cliente. No se trata en este caso de una organización criminal dedicada a tiempo completo a estas tareas, sino más bien de un sistema de engranajes y segmentos que se activan

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según las demandas, y que tienen canales asentados de acción. Asimismo, es importante recalcar la idea de que, si es que no se reactiva la red con actos de corrupción cada cierto tiempo, estas pueden diluirse. Por ende, los actores externos utilizan cada vez que pueden estos canales.

El otro modo de contacto, cuando no hay un conocimiento directo de alguno de los trabajadores de las mesas de partes, es la recurrencia a otros actores que permitan dicho contacto. Esto se da sustancialmente, como hemos esbozado en el capítulo anterior, a través de los vigilantes del Palacio. Estos conocen directamente a los trabajadores de las Mesas de Partes y, además, tienen un conocimiento de los actos de corrupción que se suelen cometer. De esta manera, la transacción se efectúa, en estos casos, a través de los vigilantes, a quienes se les da un pago para establecer el contacto.

Es importante indicar que los trabajadores de las Mesas de Partes tienen muchos reparos y celo en efectuar actos de corrupción o aceptar sobornos deactoresdesconocidos.Eltemoraunainfiltraciónoalapolicía,generaque no acepten estos sobornos de cualquier persona. La corrupción en estos casos requiere de un conocimiento previo del actor intermediario, por ende, es sumamente importante acceder a través de un conocido y gestar redes de complicidad (formas de reciprocidad negativa, es decir, a través del conocimiento de actos ilícitos).

Ahora, una vez efectuado el contacto y el pago del soborno para con-seguir la documentación, el funcionario deberá llevar a cabo el trabajo. Si esquenolohace,nosolamenteperderála“confianza”ola“complicidad”coneldemandante(abogadoofalsificador),sinoquecorreelriesgoderepresalias por parte de estos, las cuales van desde las denuncias anónimas, hasta las amenazas verbales, cobro de cupos, chantajes, etcétera. El acto de corrupción debe ser efectuado a través del diseño estratégico que permita el acceso a la documentación requerida. Si el funcionario es un trabajador de la ventanilla deberá utilizar sus redes con aquellos encargados del archivo. Si el trabajador es un responsable del archivo interno o de la derivación de documentos dentro de la Mesa de Partes, deberá utilizar sus contactos y redes entre los trabajadores del archivo de los Juzgados o de las Salas. Los responsables del Archivo cobrarán una comisión de cerca del 30% de la suma total para llegar a la información requerida.

Es interesante notar que, si bien los contactos exteriores se “muestran” al usuario, la red de contactos interiores nunca se exhibe ni a los usuarios ni alosabogadosofalsificadores,quesirvencomocontactosexternos.Estalógica obedece al cuidado y maximización de los recursos humanos y de las redes, que constituyen el capital de estos actores en relación a los actos de

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corrupción. En otras palabras, la idea es que la existencia de redes implica un capital que no puede ser mostrado, pues se corre el riesgo de que en el futuro los contactos exteriores ya no utilicen a estos pivotes, sino que se di-rijan directamente a los sujetos que tienen el acceso directo a la información o documentación buscada (es decir, que se elimine la función del intermedia-rio). Esto haría que, quienes no tienen este acceso directo, sean rechazados o sobrepasados en la cadena de sobornos y sus ganancias disminuyan.

Así, aquello brega una vez más en la idea de la existencia de segmentos que no necesariamente se conocen entre sí, y que se rearman y conectan a través de nodos de acción, pivotes que se conectan y utilizan para llevar a caboestossobornos.Hayunalógicadecuidado,quenosolamenterefierea la atención y temor respecto de la ley y del posible castigo, sino también al cuidado de las ganancias y de los ingresos que se pueden obtener.

No le puedo decir quiénes son mis contactos, porque sino ya no me va tocar miparte[delsoborno].Yopierdo.Lacosaesnorevelartufuentepues,comolos periodistas, porque si no te pasan por encima y ellos reciben su ganancia y aunoyanoletocanada.[…]Hayqueverlamaneradequetodosganenpues.(Francisco, 32 años, trabajador de Mesa de Partes)

Ahora, si la dinámica de acción del hurto de documentación funciona del modo descrito, las técnicas relativas al ingreso de documentación falsa requie-ren un canal más sencillo. Esto se hace a través de contactos sustancialmente en las ventanillas y no a través de redes tan complejas como las anteriores. En este caso, los contactos se hacen también a través de los abogados o de los falsificadores,quienescuentanconconocidosoamigosenestosespacios.Lospagos son menores. No se requiere ingresar la documentación directamente al expediente, sino más bien hacer que esta siga el canal formal de visado, yparaelloessuficiente,lamayorpartedelasveces,queseaelsujetodelasventanillas el que selle y vise el documento. Luego este seguirá su curso y se insertará en los expedientes o archivos respectivos. Es importante el contacto con los actores de la ventanilla, pues estos son los que ponen las fechas y la primerafirma.Encambio,enelrestodelprocesodeldocumento,estesuelenoserrevisadoantesdeserselladoporlasotrasoficinas, inclusoporlosarchiveros, quienes tienen una enorme cantidad de documentos que archivar y difícilmente revisan detalladamente cada uno de estos.

Si lo paso con la fecha de ayer no hay problema. Porque ya tienen sello de aquí y lafirma.Despuésyasiguesucursonomás.Yanosepreocupe.[¿Perosialguienlorevisaysedacuentaqueesfalso?]Nohayproblema,porquenuncalomiran,nosedancuenta,sitieneelsellopasanomás.(Rafael,34años,trabajadordeventanilla de Mesa de Partes)

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De este modo, las Mesas de Partes del Palacio constituyen un campo central de actos de corrupción, y los actores de este terreno permiten el encadenamiento de las redes de segmentos. Ahora, debe quedar claro que no todos los funcionarios son corruptos, y no todos acceden a llevar a cabo estos actos de corrupción; eso hace que las redes de contactos sean “bienes escasos” o “limitados” que deben re-conocerse, lubricarse y maximizarse. Las personas conocen más o menos quiénes son los actores que pertenecen a alguna de estas redes o que suelen efectuar estos actos corruptos, pero nointerfierenenestos.¿Porquéesquenosedenunciainternamenteesto?Pues, porque la mayor parte de los sujetos que pertenecen a alguna de estas redes o que efectúan dichos actos, utilizan sus redes de corrupción y las complicidades tejidas para proteger sus propios puestos: se trata de un canal de seguridad interna y de reconocimiento de la posición de poder.

Sí, aquí se conoce quién es quién, pero por eso mismo no hacen nada por eso. Porqué si decimos lo que hacen entonces como que recurren a sus contactos que tienen y nos ganamos problemas. Así que mejor no nos metemos, cada uno con su tema. (Gerardo, 39 años, trabajador de Mesa de Partes)

Los trabajadores de las Mesas de Partes de los Juzgados Penales, los de las Salas Civiles o Penales y los de la Corte Suprema no trabajan solos. Las redes de corrupción no son endogrupales, ni se pueden limitar al cam-po exterior. Si estos funcionarios son pivotes de las demandas exteriores, también lo son de campos interiores que constituyen un siguiente nivel de la burocracia intermediaria, de los procesos administrativos y los judiciales. EstoscamposestánconstituidosporlasSecretaríasyporlasRelatoríasdelos Juzgados, de las Salas y de la Corte.

4. Tráficodeinfluencias:corrupciónenlasSecretaríasyRelatorías

LasSecretaríasylasRelatoríasconstituyendosejesdeaccióndelastécnicasdecorrupciónenelPalaciodeJusticia.LasdiferentesoficinasdelPalacio deben tener no solo una Mesa de Partes para recibir y redirigir la documentación necesaria para los procesos judiciales, además deben contar con una Secretaría, que se encarga de las funciones administrativas (la buro-craciainternadelaoficina,lostrámites,pedidos,logística,personal,control,movimientodelosdocumentos,etcétera)yunaRelatoría(encargadadelainvestigación de los casos, del seguimiento de los procesos y directamente de las cuestiones judiciales). Si las Secretarías están conformadas normalmente por un Secretario, un practicante, una secretaria, un asistente de logística o administrativoyauxiliares;lasRelatoríasestánconformadaspordosotres

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abogados, un practicante de derecho y una secretaria. Existe una Secretaría yunaRelatoríaencadaJuzgadoPenaldelPalacio,encadaSalaPenaloCivil,y en la Corte Suprema, de modo que, de la misma manera que las Mesas de Partes, constituyen estructuras formales que se adscriben de modo regular acadaunadelasoficinasjudicialesdelPalacio.Ysibientienendiferentesmaneras de acción y actores propios, tienen una estructura común respecto a los actos de corrupción y a las redes que las integran.

Delmismomodo, las redesqueseconstruyenenestasoficinasnofuncionan separadas del sistema de segmentos que tienen técnicas de acción en la parte exterior del Palacio y en las Mesas de Partes (o a través de las redes de vigilantes), sino que son una parte integrada a ellas. Las estructuras de poder funcionan aquí como un encadenamiento informal de acciones y de jerarquías. Lo interesante es que hay un cruce entre las disposiciones formales de la jerarquía, que determina la posición de los sujetos en una pirámide de funciones, y las redes que funcionan construyendo autoridades informales y sistemas de contactos entre actores que reorganizan de esa manera sus posiciones de poder en el Sistema. Para los actores de las Mesas de Partes, el contacto y el conocimiento de ciertos actores dentro de las Secretaríasy,sobretodo,delasRelatorías,ofrecenunnexoconposicionesde poder más altas en el escalafón formal. El asunto, sin embargo, es que esos nexos se tejen a través de redes informales y redes de corrupción.

En la misma lógica de lo que hemos venido argumentando, las redes informales y las redes de corrupción constituyen un engranaje del sistema. Contra lo que parece inicialmente, estas formas de corrupción gestan un sistema de poder que funciona dentro del sistema y no fuera de él, utiliza sus reglas, sus funcionarios, sus mecanismos de acción y sus procedimientos: pretenden insertarse en la lógica del sistema. Constituye un mecanismo de acción que organiza un modo de articulación de los poderes, de las autori-dades, de la propia justicia dentro del Palacio.

Las redes de corrupción que funcionan en este campo muestran un sistema de poder complejo que tiene una estabilidad particular: no se solidificaenlarecurrenciadeunamismavíayunosactoresdefinitivoseinamovibles,sinoenlareunificaciónymovilizacióndesegmentosquesedistribuyen en diversos espacios dentro del Palacio. Cada uno de ellos se separa y se reúne con otros segmentos para gestar actos de corrupción y generan así un sistema regular pero no estable en sí mismo, pues se reinventa encadaactodecorrupción.Redesdesegmentosque,además,permitenlaexistencia de diferentes núcleos sin una cabeza central. Sistemas acéfalos quesefusionanyfisionancadaciertotiempoydeacuerdoalascoyunturaspolíticas, económicas y a la estructura de poderes internos.

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LasformasdecorrupciónenlasSecretaríasyenlasRelatoríastienenquevertambiénconeltráficodedocumentación(sobornos,coimas,chan-tajes, ligados al hurto de documentos o a la inclusión de documentación falsificada), pero tienen, además, un centro en las lógicas de tráficodeinfluenciasyformasdenepotismo.AdiferenciadelasMesasdePartes,enlas que los trabajadores no tienen un Poder formal superior, en las Secre-taríasyRelatorías,lajerarquíaoficialubicaaestosfuncionariosenunadelas cúpulas más altas de los mandos medios, que tienen como punto mayor a los jueces de los Juzgados y a los Vocales de las Salas y Cortes. Esto es importante,puesenlasMesasdeParteseltráficodeinfluenciasesdifícilen la medida de que estos funcionarios no tienen mayor relevancia formal en la estructura del Poder formal (del organigrama). Sin embargo, en las SecretaríasyRelatoríasnosolosecuentaconciertoniveljerárquico,sinoqueademássetieneunvínculocercanoconlasoficinasqueseencargande los mecanismos de administración (en el caso de las Secretarías); y un contacto directo con los encargados formales de la justicia, es decir con losJuecesyVocales(enelcasodelasRelatorías).Ahísetejenrelacionesdeconfianza,amistades,favoresyreciprocidadquepermitenredescomplejasy segmentos que se integran en las cadenas de actos de corrupción que hemos ido describiendo.

Las Secretarías articulan sistemas complejos de redes que se vinculan, por un lado, con las Mesas de Partes, pues deben coordinar los trámites, la búsquedadearchivosydocumentosylacodificacióndelainformación.Porotrolado,tienenunarelacióndirectaconlasoficinasadministrativasdel Palacio de Justicia (control de personal, logística, etcétera). Además, tienenunnexodirecto con las laboresde laRelatoría yde lospropiosJueces y Vocales. Por lo tanto, tienen un puesto importante porque se co-nectan estratégicamente con diversos campos de poder y de acción dentro del Palacio. Sin embargo, este eje de conexión que aparentaría un nodo de actosdecorrupciónabiertoatodoslosflancostienediversasrestricciones.

LasSecretarías,contraloquepodríaparecerenunamiradasuperfi-cial, no son partícipes de actos de corrupción sin restricción, sino que en realidad efectúan estos actos de acuerdo a las demandas de los actores de la jerarquía superior, es decir, de acuerdo a las demandas de los jefes de lasRelatoríasyenalgunoscasosdelospropiosJuecesyVocales(aunqueesto es difícil de probar y parece ser un tipo de demanda muy sutil). El punto es que, si bien las Secretarías de los Juzgados o de las Salas tienen un nivel jerárquico mayor que las Mesas de Partes, su ubicación física y su relacióndedependenciaconlasRelatoríasnolespermiteindependencia

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para dirigirse a los campos anteriores y fundar sus propias redes de co-rrupción. Estas redes están pre-determinadas por los contactos que los actoresdelasRelatoríasgestanysostienen.Porsupuesto,estonoquieredecir que no existan actos de corrupción en las Secretarías, sino, más bien, que la mayor parte de estos están mediados por la demanda de sus superiores y por las redes que éstos construyen. Son, en todo sentido, una secretaría de servicios.

LasRelatorías,encambio,tienenunsistemadiferente,puessuarti-culación con el sistema tiene dos ejes centrales: a través de sus Secretarías se conectan con la estructura inferior de la burocracia formal del Palacio (Mesas de Partes, logística, Administración), y en su propia constitución formal se relacionan con las cúpulas más altas de la administración de justicia (Jueces y Vocales). Estas relaciones informales, pero dispuestas también en su jerarquía formal, permiten un escenario para estructurar los actos de corrupción. En esta lógica, las demandas de actos de corrupción quelasRelatoríashacenalasSecretarías,sesostienensustancialmenteeneltráficodedocumentosqueyahemosestudiadoyenformasdecorrupciónadministrativa. El fenómeno suele soportarse en la relación entre alguno delosabogadosdelaRelatoríaylasecretariaresponsabledelaSecretaríao el encargado de la asistencia administrativa.

LosabogadosquetrabajanenlasRelatoríassuelentenervínculosdeamistad entre sí. Conforman grupos endógenos de relaciones sociales con codificacionesyritospropios(almuerzanjuntos,salenjuntosadivertirse,establecen vínculos de empatía). Estos llegan a esos puestos, supuestamente, atravésdelosconcursospúblicos,perolamayoríamanifiestahaberllegadogracias a una recomendación de un Juez (amigo, familiar o profesor) a quien ledebensolidaridadyreciprocidad.ConstruyendentrodelaRelatoríaunespacio de seguridad y de protección sostenido en la complicidad.

PorrecomendacióndelDoctor[…].Enrealidadtodosllegamosporrecomen-dación. Es raro que veas alguien que vino solo por concurso. O sea, claro, todos pasan por el concurso, pero también sabes quién es quién y quién te recomienda. (Roberto,38años,abogadodeRelatoría)Todostienensupadrino.Sinotienenpadrinonollegasalpuesto.[…]Poresoes que depende de quién sea tu padrino puedes subir o bajar. Te da tu seguridad, tuprotecciónporqueacáescomounaselva[…].Perotambiénelproblemaesquetienesdeudasytienesquepagarlas[…].Todossabencómosepaganesascosas:unsilencio,unafirma,uncargo,unpuestoparaunfamiliar,paraunamigo.(Rafael,39años,abogadodeRelatoría)

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Dos elementos se producen en este campo. Por un lado, un sistema de reciprocidad adquirido en el propio ingreso. Este “padrinazgo” implica, además,lafiliaciónaunaredyauntipodeaccionespolíticas,ytambiénactos de corrupción. Incluso la propia llegada al cargo de los abogados quepertenecenalasRelatoríasestámediadaporunactodecorrupción:lapreferencia en el concurso público o la omisión de méritos de alguno para elbeneficiodeunparticular.Estepuntodepartidasimboliza,ademásdelafiliaciónaunareddepodermicropolítico,larelacióndirectaconuntipodeactos de corrupción que se empiezan a aprender antes del ingreso al puesto detrabajo.Asimismo,estemismoactomanifiestaunodelosnúcleosdeaccióndelacorrupciónenestenivel:eltráficodeinfluenciasresultaserlamaneradeconstruirestosnexosydedemarcarlafiliaciónyrelaciónqueinscribe a los actores en las redes. Por otro lado, así como los abogados delasRelatoríaslleganasuspuestospordemandasinternas,padrinazgos,“varas”, influencias (pues estos sujetos serán funcionariosde confianzade los Jueces y Vocales), los funcionarios de las Secretarías llegan por un canal similar, llamados la mayor parte de veces no por los propios Jueces oVocales,sinomásbienporlosabogadosdelasRelatorías.Ahísefundaotro encadenamiento organizado de redes.

Tenemos entonces una estructura que tiene varias aristas y redes que interpenetranalasdiferentesoficinas.LasRelatoríassedebenalospadri-nazgos de los niveles superiores de los Juzgados y Salas, las Secretarías se debenasuvezalasinfluenciasdelosabogadosdelasRelatorías.Hayunasuerte de conglomerado orgánico de funciones políticas y de ejercicio del poder, incluso en la conformación de la estructura. De ahí que las funciones enlasprácticasdecorrupcióndelasSecretaríasydelasRelatoríasesténfuertemente imbricadas.

Aquí todos trabajamos unidos, hay mucho trabajo, muchas responsabilidades. Por eso necesitamos ser compañeros, para apoyarnos en lo que necesitan. Cuando los doctores necesitan un trámite, una documentación, una asistencia, entonces estamosdispuestos[…].(SeñoritaCecilia,45años,secretariadeJuzgado)Para eso también están unidos. Si las secretarias se las saben todas. Ellas son las cutreras, que el jefe por aquí, por allá. Ellas son las que se conocen todo lo que hacen. Las coimas, las trafas, la cochinada. No hay secretaria o los secigristas que no estén enterados de la coima. ¿Quién contrata por ejemplo? A sus amigos, a susfamiliares.(Gabriel,26años,practicantedeRelatoría)

En el caso de las Secretarías los actos de corrupción se fundan de maneracentralendostécnicaspuntuales:laasistenciaeneltráficodedo-cumentación y la dilación de los casos; y la ayuda a los abogados en modos

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de corrupción administrativa (mal uso de fondos de caja chica, utilización de influencias inter-secretarías para trámites fuera de tiempo, ayuda encontratacionesotráficodeinfluencias).Ahora,enlugardeformasespecí-ficasdeacciónsegúnelpuesto,eltrabajoenlasformasdecorrupcióndelos funcionarios de las Secretarías está relacionado directamente con sus funciones formales: deben cumplir estas formalidades, pero con objetivos corruptos (cohecho pasivo). En este sentido, obedecen a las demandas y a lospedidosquehacenlasRelatoríasylospropiosJuecesoVocales.Enton-ces, como hemos indicado antes, las Secretarías funcionan como centros articuladores formales, pero en el campo de los actos de corrupción, en realidad, cumplen también la función secretarial. En estas ocasiones se produce una relación asimétrica que proviene de la jerarquía formal; pero a la inversa, se gesta un poder de información por parte de las secretarias y asistentes que obliga a los jefes a mantenerlas en sus redes y a proteger sus cargos. Una vez más, se trata de cadenas de reciprocidad bi-direccionales en las que la corrupción es un lubricante fundamental.

EnelcasodelasRelatoríaslasformasdecorrupciónsonmáscomplejas,puesto que no están totalmente determinadas por la estructura jerárquica. Si bien tienen la labor de atender a los requerimientos de los Jueces o Vo-calesrespectivos,asistirlosenlainvestigaciónjudicial;nosonunaoficinade asistencia secretarial, sino más bien de asesoría formal. En este punto es donde las formas de corrupción adquieren dinámicas más complejas, pues los abogados de las relatorías están directamente relacionados con los casos que se están juzgando y con las opiniones, intereses y demandas de los Jueces y Vocales. Entonces, si bien tienen una posición de subordina-ción formal en la jerarquía, tienen también cargos que se sostienen en la confianzaconesaautoridadvertical.

Losabogadosde lasRelatoríassonpartetambiénderedesdeco-rrupciónque llevanacaboprácticasdirigidasal tráficode influencias:sobornosparapresionarporfallos,contactoconlosjuecesparabeneficiara terceros a cambio de dinero, ocultamiento o venta de información sobre los procesos, etcétera. Estos tres tipos de prácticas permiten entender la relaciónquetienenlosabogadosdelasRelatoríasconloscamposexte-riores, con las Secretarías y sustancialmente con los Jueces y Vocales que constituyen el nexo fundamental con la deliberación judicial y la decisión de sentencia.

Nosotrossomoslosquevemoslascosas.Haydetodoaquí,perosomoslosqueordenamos los casos, los que hacemos los procesos, el juez a veces se la lleva fácil, peroporquetambiénestáspagandotuderechodepiso.[…]Perotambiénhay

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losquepagansuderechoconotrascosas[…]comoqueayudanenlostrámites,¿entiendes?. De ahí sacan su parte, y reparten también, de esos hay un montón. (Rodrigo,34años,abogadodeRelatoría)

EltráficodeinfluenciasenestecampopuededarseatravésdelcontactoconunodelosabogadosdelasRelatorías,quien,graciasasusrelacionesconelJuezoVocalpuedesugerirmodificacionesenlosfallos,preferenciasenlas sentencias, o aminorar las mismas. Para ello, las redes se conforman en relación directa con los abogados, que son contactados por otros abogados, gestando sistemas de conocidos dentro del Palacio. En este caso, la idea es que más allá de los endogrupos que se forman en el Palacio, los abogados de las relatorías tienen también cadenas de conocidos con abogados litigantes de diversas esferas: campos relativos a los abogados “al paso” en algunos casos o de Estudios conocidos en el otro polo. El escenario se reordena en estadinámicaendondeunaredparalelafuncionaenestenivel:eltráficodeinfluenciasnoobedeceaunareddepasosquedebeatravesarsedesdela estructura inferior, sino más bien a una red de contactos entre abogados que constituyen una lógica entrecruzada con el propio sistema. Los costos de estos servicios son considerablemente más altos que los que se pueden pagarporeltráficodedocumentación.ElpagoporlacontratacióndeunapersonapuedefluctuarentrelosS/.400.00yS/.1000.00soles(comouncosto referencial mínimo señalado por los propios informantes); el pago para aconsejar a un juez o para hacer llegar un pedido puede rondar las mismas cifras mínimas, dependiendo del caso.

En este sentido, para lograr pagar a uno de los abogados para que in-fluencieenunadecisión,paraqueasesorecontendenciaspre-fijadasoparaque condicione los fallos, no resulta de un ascenso en la estructura jerárquica formal, sino más bien en una red que los abogados integran dentro del Palacio y a través de las estructuras de redes de abogados, que se han ido construyendo incluso en la vida universitaria y familiar. El asunto es que, paramuchosEstudiosdeAbogados,laeficienciaesrequeridanosoloentanto las capacidades académicas de los abogados, sino también de manera precisa en las redes que estos abogados tienen dentro del sistema de justicia.

Para algunos de los abogados de lasRelatorías, recibir sobornos acambio de “hablar con el juez” para ayudar en un determinado caso resulta un punto importante. Esto dependerá de la relación que mantenga con su jefe, la autoridad judicial del Juzgado, Sala o Corte y si es que existen prác-ticas que se han realizado antes, tejiendo complicidades. Si es así entonces la solicitud vendrá por el mismo canal antecedente, si no, deberá construir una estrategia para solicitar el favor a cambio de otros servicios, compli-

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cidades o el mantenimiento de una deuda simbólica. El punto está en que estas relaciones están determinadas por lógicas de poder soportadas en la complicidad y en los “padrinazgos” que se tejen dentro de la estructura del Palacio de Justicia y del sistema judicial en general.

5. Los padrinazgos como ejes de articulación de la burocracia

En las dinámicas de corrupción que se tejen en las Secretarías y en las RelatoríashayunadinámicadiferentealasdelasMesasdePartes.Éstasestán construidas sustancialmente en redes de corrupción dirigidas hacia el exterior y a las demandas de los actores de fuera del sistema. El soporte de esta estructura de corrupción está demarcado por prácticas regulares que sonrequeridasporlosfalsificadores,abogados“alpaso”otramitadores.Enalgunos casos, por los contactos que tejen dentro del sistema y que permi-tiráneltráficodedocumentación.Encambio,enlaslógicasdecorrupcióndelasRelatoríasylasSecretarías,lossistemasestándemarcadosporunasredes de padrinazgos que determinan la posición de los actores en el sistema.

La reciprocidad que se genera en las recomendaciones, “varas” e in-fluenciasesfundamentalenlaconformaciónderedesinformales.Enestecampo, los padrinazgos constituyen el mecanismo más común y, al mismo tiempo, más efectivo para generar sistemas de integración de endogrupos de poder dentro del Palacio. Estos “padrinos” no constituyen, sin embargo, cabezas de direccionamiento de redes de crimen organizado. Son referencias en una red de segmentos y un centro de articulación, pero no actores domi-nantes y determinantes. Las formas de dominación vertical unidireccional no son posibles (o al menos son difíciles de mantener debido a la inestabilidad del sistema y a la alta rotación del personal), por ende, no se puede hablar de una clientela (como hemos visto en los capítulos anteriores, la clientela implica una jerarquía vertical unidireccional y asimétrica que está marcada por la existencia de un patrón que determina las acciones, servicios y de-mandas, y un cliente que debe obedecerlas). En este sentido, el “padrino” no funda un segmento uniforme y bajo su dominio total, sino que genera atravésdelatécnicadelainfluencia,delpadrinazgomismo,unacadenade reciprocidad que debe ser lubricada regularmente. Esto se debe a que no existe otro modo de garantizar la asociación y la “solidaridad orgánica” en un terreno de incertidumbre laboral, de competitividad y de tensiones políticas internas permanentes.

Muchos de los abogados de lasRelatorías, los trabajadores de lassecretarias, los asistentes y los practicantes llegan a trabajar al Palacio por influencias,porrecomendacionesypadrinazgosquesonreconocidospor

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los trabajadores y que implican un cuidado sistemático. En esta lógica, las cadenas de favores se tienen que poner en movimiento para que la red y el sistema puedan funcionar. Los favores no están ligados solamente a una estructura formal, sino justamente a una dinámica informal. Las formas de corrupción resultan ser una argamasa muy fuerte, que logra que estos favores permitan el tejido de complicidades, que integra de manera más eficiente las redes, y quehacemás sólidos los padrinazgos. Sin el actomismo, que parece disponerse en este escenario como un ritual de acceso al sistema, la red no tiene la consistencia ni el conocimiento de los canales demovimientodelasinfluencias.Enestesentido,lacorrupciónsirvenosolamente como aprovechamiento del puesto, sino como una manera de conocer los alcances del ejercicio de poder determinado por una posición en el sistema, pero también de las redes y canales con los que se cuenta. Se trata de una manera de conocer el funcionamiento del sistema.

Esparaconocer,sinohacesnoconoces.Hayquesaberquiénesquién,esotevaadarposibilidadesdemoverte.Hayqueserpolíticosaquí.Unfavorcitoquehaces a alguien te dice quién es, te permite conectarte con otros, y te permite pedirotrofavoracambio.(Rafael,34años,abogadodeRelatoría)

En este camino, los padrinos resultan entonces articuladores de las redes, pero no jefes de una organización. En este sentido es posible indicar nuevamente que las formas de corrupción que funcionan en el Palacio no tienenlamismaestructuradeunamafia.Noescrimenorganizado,nohayun líder absoluto. Los padrinos, que son muchos, de diversas jerarquías y de diversas posiciones en la estructura formal, permiten el ingreso de nuevos actoresytejensegmentosderedquedebenserrenovadosyafirmadosatravés de actos de corrupción. ¿Cómo se articulan estos segmentos entre sí? ¿QuénivelesdearticulacióntienenenelPalacio?¿Hayunarelaciónentretodos los segmentos?

Los segmentos que se construyen desde los padrinazgos no tienen una articulación sistemática entre sí. No todos se conocen, no todos tienen un vínculo, sino que se unen y separan de acuerdo a intereses y tensiones cotidianas, gestando caminos internos de conexión a través de nodos. Los niveles inferiores del aparato tienen una relación fundada en dinámicas instrumentalesconactoresexternosalPalacio(finesinstrumentalesquedeterminan los medios). Por ejemplo, los trabajadores de Mesas de Partes, vinculadosconlasdinámicasexterioresdelosfalsificadoresyabogadosin-formales, llevan a cabo prácticas de corrupción que se vinculan con intereses puntuales y demandas de los usuarios. Esto es diferente de los actores de lasSecretaríasydelasRelatorías,quedeterminanensuposiciónactosde

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corrupción que obedecen a la estructura de reciprocidad de los padrinazgos construidos dentro del sistema y como canal de acceso al mismo.

La burocracia del Palacio de Justicia tiene entonces, dentro de su propia estructura de acción y funcionamiento, una serie de dinámicas de corrupción que atraviesan su accionar diario. Sin embargo, estos sistemas de corrupción no implican la existencia de una organización cimentada. Más bien, obedecen a cadenas de reciprocidad que articulan segmentos de red. El punto está en que la burocracia intermedia determina una serie de actos de corrupción que tienen que ver con la parte procedimental, como hemos indicado al comienzo. Estos procedimientos, los trámites, la docu-mentación, constituyen el centro de las prácticas de corrupción en estos niveles.EsreciénenlaestructuradeaccióndelasRelatoríasquelosactosdecorrupción tienen que ver menos con el procedimiento, que con el carácter deliberativo de la justicia. Sin embargo, esto implica una estructura diferente del sistema. Un canal distinto y con pocos vínculos con aquello que hemos visto hasta ahora. Las esferas judiciales, el campo deliberativo de los Jueces o de los Vocales, implican esferas separadas del resto de la estructura; su conexiónestádemarcadaporlasredesfundadasenlasRelatorías,quesonlos canales que se utilizan para vincularse con la estructura exterior y con las redes de la burocracia inferior. Vamos entonces a salir de la burocracia intermedia y a mirar el funcionamiento de las esferas dedicadas con más precisión al asunto judicial.

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1. Las tensiones de poder y la conformación de redes

Los Jueces y Vocales son las autoridades formales que encabezan los Juzgados y las Salas en el Palacio de Justicia. Sin embargo, estos actores no están fuera del sistema de poder informal que se teje en esta estructura, sino que son parte integrante de dichas dinámicas. Ahora, esto no implica que sostengan relaciones con todos los miembros de las redes de corrupción del sistema, sino que construyen mecanismos propios para ejercer actos de corrupción de acuerdo al cargo que ejercen.

Por ello, para estudiar las formas de construcción de la autoridad y del poder en el Palacio, es necesario entender los modos de acción de los Jueces y Vocales en relación al conjunto de redes; asimismo, esto nos permitirá estudiar la estructura de segmentos acéfalos que se ubican en el escenario, gestandomodosdefusiónyfisióndesegmentos,loqueconstituyeunaes-tructura de poder informal compleja y abierta. Las tensiones que se generan, la competencia entre redes, y la estructura de sus relaciones nos muestra un modo particular de pensar y practicar el poder y la autoridad, que lejos derepelerlafiguradelatransgresiónylacorrupción,parecenvincularseaellas de diversas maneras.

El Palacio de Justicia no se limita a la burocracia de los niveles inter-medios, sino que los sistemas de redes y las lógicas de corrupción penetran también las esferas más altas de su estructura. Sin embargo, las lógicas de corrupción de las cúpulas judiciales tienen una lógica diferente y no tienen siempre una conexión directa con las formas exteriores de corrupción o

V. Las formas de corrupción y el poder de los jueces

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con las lógicas intermedias de las Mesas de Partes. En ese sentido, no se trata de una red vertical, sino de diversos encadenamientos que no siempre están relacionados entre sí.

EnlasoficinasdelosJuecesdelosJuzgadosPenalesquefuncionanenPalacio,asícomoenlasoficinasdelosVocalesdelasSalasPenalesyCivilesodelosVocalesdelaCorteSuprema,existencodificacionesparageneraractos de corrupción y para el ordenamiento de las redes que conforman la estructura informal, que atraviesa la institución desde adentro. Ahora, para entender la lógica de estas acciones, es necesario estudiar antes el modo en que las redes se conforman. Es decir, la manera en que llegaron a ese lugar los Magistrados y cuál es la naturaleza de las relaciones que tejen entre sí. De igual modo, estas estructuras informales requieren ser comprendidas a la luz de una serie de tensiones que ocurren en el Palacio de Justicia y que tienen que ver no solamente con factores políticos formales –que son po-siblemente los que menos afectan a estas redes- sino más bien por intereses construidos sobre elementos puntuales, competencias o incompatibilidades personales,conflictospersonales,etcétera.Esinteresantequemásalládela estructura política, los partidos, las “ideologías”, permanezca también una disposición de relaciones personales que demarca gran parte de los conflictosylastensionesdentrodelossistemasinstitucionales.

¿Quiénes son los Magistrados que pueblan las cúpulas más altas del Palacio de Justicia? Pues son abogados que han estudiado, una gran parte de ellos al menos, en universidades del Estado (como la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, y la Universidad Federico Villarreal, aunque ya no en pocos casos hay actores de la Universidad Privada San Martín de Porres). Asimismo, algunos de ellos han llegado al Poder Judicial gracias a una serie de contactos entre abogados, que han logrado tejer a lo largo del paso por sus vidas universitarias. Del mismo modo, también hay magistrados que vienen de familias que han estado en el Poder Judicial ocupando diversos cargos.HayunimaginariopopulardentrodelPalaciodeJusticia,queindicaque hay cargos que son hereditarios, y que hay familias que se ubican de generación en generación dentro del sistema de justicia, creando lógicas de estructuración del aparato y de las redes de poder.

Lo importante es que en los casos en que las dinámicas de inserción al sistema de justicia están sostenidas en preferencias por provenir de deter-minada familia o por tener o pertenecer a una determinada red de amigos, nonecesariamenterompelasleyesolastransgrededirectamente.Lafiguradelnepotismotipificadoenelcódigopenalcomolacontrataciónenuncargo público de un familiar hasta el cuarto grado de consanguinidad o

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de un afín hasta el segundo grado, no implica que estas contrataciones se puedandarfueradelasoficinaspuntuales.Sucedeenciertoscasosqueloshijos, sobrinos u otros parientes de los Jueces o Vocales, entran a trabajar al Palacio de Justicia (o al sistema de justicia en general) a través de una lógica de trueque. ¿Qué quiere decir esto? Se trata de trocar la contratación de un familiarenlaoficinadeunodelosamigos,mientrasqueunocontrataaunode los familiares de aquel. Así no se transgrede formalmente la ley de nepo-tismo, pero se mantienen las preferencias por los familiares. Igualmente, se crean lógicas de intercambios y de contra-dones, constituyendo elementos de interpenetración que permiten establecer patrones de seguridad entre las redes que se forman al interior de la estructura.

ElDoctorRicardohahechocontratarparasuRelatoríadelJuzgadoalhijodelDoctor Carmona. Y por eso el Doctor Carmona ha contratado al hijo del Doctor RicardoparaquetrabajeeneldespachodelaSala.Sonbienconchudos.Comoquetodossabenquesoncompadres.(Rodrigo,34años,trabajadordeRelatoría)No vas a ver como que contratan a sus familiares directamente, porque eso ya está tipificadoypuedentenergravesconsecuencias,perosíhaybastantelaslógicasde la contratación del familiar de un amigo a cambio de que le contrates a su familiar también. Es una manera de sacarle la vuelta a la ley, pero sin perjudicarte. (Fernando, 35 años, trabajador de Secretaría)A veces encuentras que los hijos, los sobrinos, los nietos, las amantes, trabajan en uno de los Juzgados y nadie sabía. Porque son discretos. Y por eso les hacen favores también. Si uno contrata a un familiar de un amigo, para evitar que sea punible, entonces es porque hay un amarrado ahí. De eso puedes encontrar acá, peroesoabundaentodoslados,enlosGobiernosRegionales,enlasMunicipa-lidades.(Daniel,38años,trabajadordeRelatoría)

De este modo, una de las formas de corrupción que aparecen en la demarcación de los cargos del Poder Judicial, y en este caso del Palacio de Justicia, está sostenido en la construcción de formas de reciprocidad que permiten contrataciones de personal que es familiar algún miembro del sistema (es al menos lo que indican sistemáticamente los informantes y los miembros del interior del sistema de justicia). Para ello, se recurre a cade-nas de amistades construidas en el espacio personal y privado o en la vida universitaria. Ahora, es importante indicar que algunos de los trueques de personal en el Palacio de Justicia, no mantienen una lógica dentro del propio Palacio, sino que se corresponden a cadenas de favores más amplias y que escapan a la localidad de esta institución. En este sentido, encontramos actores que son familiares de personas que trabajan en Juzgados de otras partesdelaciudadoenoficinasdelSistemadeJusticiadescentralizadoyque mantienen esta lógica de intercambio con actores de dentro del Palacio.

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¿Qué implica está lógica? El sistema de trueque permite una grieta de las leyes sobre el nepotismo que impiden las contrataciones de familiares, y les dan una salida más amplia y sin caer en su área de sanción. Del mismo modo, este sistema es una muestra de cadenas de reciprocidad más grandes y profundas, y que implica en última instancia una forma endogámica de la formación de la estructura de poder. Los cargos, como hemos dicho, son en algunas ocasiones hereditarios y los funcionarios reconocen esa disposición; pero para que aquello suceda es necesario que exista una serie de redes que permitan estructurar un soporte para la llegada de nuevos miembros al sistema de poder. Asimismo, la lógica de trueques demarca el extremo de un sistema que se sostiene en favores personales y en una dinámica de complicidades, que busca mantenerse a través de este mecanismo.

Si ves bien vas a encontrar a los amigos, los hijos, a los familiares, son como dinastíasquehayaquí.Eljefedeunaoficinatieneunhijoqueesabogado,quetambiéntrabajaaquí,oqueundíaserájefe[…].Sonfamilias,yademásseco-nocen,sonamigos.(Emilio,39años,trabajadordeRelatoría)

Es conocido por todo el mundo que hay familias, que el padre le da el puesto al hijo,quesemuevenfavores[…].Esonotienennadademalo,peronohayquesertanfresco[…]oseaquesielhijoesincompetentenolovasatraer,perosiescompetentepuesentoncessí.[…]cadaunotienesusrecursosyclaro,lafamilia es importante para eso, te la vara, que otros no tienen. (Mario, 41 años, abogado de Estudio privado)

Si bien el sistema de trueques de personal integra una parte relevante del sistema, no necesariamente lo hace por la cantidad de trueques existente, sino más bien por la importancia de los actores que se ubican en este in-tercambio, que pugnan por puestos de gran nivel dentro del sistema (y que posiblemente logren acceder en algún momento a un alto puesto gracias a las cadenas de contactos y redes que han logrado tejer). No se trata de redes que funcionan arbitrariamente y continuamente, no es un mercado abierto, se trata de intercambios puntuales y estratégicos de actores y funciones. Del mismo modo, este patrón permite hilvanar la estructura junto a las lógicas de padrinazgo y compadrazgo que hemos descrito en los capítulos anteriores. Los actores que se movilizan dentro de los espacios de poder del sistema de justicia, requieren de una serie de apoyos que les permitan establecer canales de movilización y ascenso. Estos actores, que funcionan como protectores, establecen sistemas de padrinazgos que funcionan como enganchesquefijanlosengranajesdelasredesdeconfianzaycomplicidaden el Palacio de Justicia.

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Los abogados de los cargos más altos han llegado ahí justamente a través de la lubricación de las redes que conforman la estructura de pode-res (esto no quiere decir que funcione siempre así o que no haya méritos profesionales, académicos o personales en las personas que ocupan puestos de importancia, pero sí que se trata de reconocer que las redes de amigos, deinfluenciasyde“contactos”,sonunmodorecurrenteyconocidoporcasi todos los actores del sistema como mecanismos de inserción y acceso a los puestos de poder). Esto muestra que existe una correlación coherente entre el puesto más alto y los padrinazgos que se tejen dentro del aparato formal. La lógica indica, en estos casos, que para poder movilizarse dentro de los cargos de poder es necesario mantener contactos con los actores de las jerarquías superiores, quienes escogen a los jueces, quienes controlan los procesos y quienes se encargan de los sistemas de control interno y las formas de accountability.

Dentro de este sistema de competencia, los padrinazgos y los trueques funcionan como índices de acción: un determinado padrino y la inserción a un determinado puesto de trabajo por un trueque de personal, por un contacto o recomendación, determina de antemano la posición del sujeto dentro de una red de poder y de competencia. Esto constituye una marca, un símbolo de la posición de poder y la ubicación en la estructura de redes. Empero, en este sentido, la demarcación de pertenencia no resulta ser un criterio identitario, no se trata de una comunidad de valores compartidos ni un sistema de clanes, sino más bien de una referencia a estrategias de poder y a amistades que permiten mecanismos de solidaridades orgánicas, intercambio y protección en las tensiones que se generan en la dinámica cotidiana de la política institucional. Pero, hay que indicar que esto implica también que los actores asociados o relativos a una red determinada de influenciaydecontactos,seubiquetambiénfrenteaquienespertenecenaotrosgrupos,otrasredesdeinfluenciayotrosgruposenconstantetensióny competencia por los cargos de poder.

El punto importante es que en los trueques de personal para evitar el nepotismo, así como los padrinazgos y compadrazgos que se establecen dentro del Palacio y en sus campos formales exteriores (los otros brazos del sistema de justicia), lo que tenemos es un sistema de técnicas que bregan en la construcción de redes informales dentro de la estructura formal de la institución. Pero ¿cuál es la relación entre la formación de estas estructuras y los sistemas de corrupción? Pues hay un vínculo directo entre éstas en las altas esferas de poder en el Palacio de Justicia (y en las otras instituciones del Poder Judicial y del Sistema de Justicia en general). Este vínculo está

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determinado por dos ejes: primero, porque la construcción de estas redes, enlosnivelessuperiores,estásostenidanotantoenformasdeconfianzatotal, sino más bien a través de la interpenetración informal de los poderes (simbolizada y representada en los trueques de familiares para su contrata-ción). Esto resulta ser un modo de control de las estructuras informales de poder, una suerte de garantía. Asimismo, dicho vínculo está dispuesto por las complicidades gestadas justamente a través de las prácticas de corrupción (incluso desde la llegada de los sujetos al espacio político se pueden estudiar formasdecorrupciónytráficodeinfluenciasenlascontrataciones,prefe-rencias en los concursos, omisión de méritos, etcétera). Segundo, porque estasformasdecorrupciónsostienenlareunificaciónderedesdepoderfrente a una dinámica de tensión constante entre los propios actores del sistema de justicia, en nuestro caso, en el Palacio de Justicia.

Las tensiones que se construyen dentro de las altas esferas del Palacio de Justicia están marcadas por el interés de ascenso de los cargos y por la ma-nutención del puesto. Los concursos públicos y los ascensos determinados por méritos en los Juzgados y, en el caso de los Vocales, si bien dependen de una elección o nombramiento (en el que interviene tanto el Colegio de Abogados, como la Academia de la Magistratura y el propio Poder Judicial, por lo que excede la estructura interna del Palacio de Justicia), no están necesariamente determinadas solamente por estructuras procedimentales asépticas, sino que parecen estar atravesadas por una serie de preferencias y elementos coyunturales que no pueden ser concentradas ni totalmente eliminadas por la estructura formal o por la burocracia. Es en la informa-lidad, en la formación de redes y amistades en donde esta movilización es posible y es manipulada o reordenada por los propios actores del sistema, que no se mantienen pasivos frente al funcionamiento de la burocracia, sino que intervienen directamente en su estructuración, sobre todo desde el espacio informal y a través de las dinámicas de corrupción.

Aquí las cosas se determinan por los contactos que tienes. Si tienes un buen padrino entonces seguro que llegas alto; si eres bueno y no tienen padrino no tienen garantizado nada. Tienes que saber combinar un buen padrino y tus ca-pacidades.(Freddy,32años,abogadodeRelatoría)Claro, si es que eres bueno, competente, tienes muchas posibilidades, pero siempreycuandotengasalguienqueteapoye[…].Esquesítienesopcionessi es que demuestras capacidad, pero es mejor garantizar que vas a lograr las cosas si tienes el respaldo de alguien de más arriba, ellos te ayudan, te puedes hacerconocido,movertemejor,másrápido[…].Haygentequeestalentosa,peroquesinsurespaldonopuedellegarlejos[…]lamentablementeasísonlascosas. (Ignacio, 45 años, abogado de Estudio privado)

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El ascenso en los cargos determina entonces una de las razones de la búsqueda de padrinazgos dentro del sistema formal. Sin embargo, esta de-manda no es solamente de abajo hacia arriba, sino también de arriba hacia abajo. Es decir, no se trata de una lógica que esté determinada solamente por el ascenso, sino también por la construcción de redes de información, seguridad,protección,soporteyeficienciadeltrabajoquevadearribahaciaabajo. Se trata de una dinámica bi-direccional, con intereses creados que se establecen para ambos lados.

Ahora, si bien hay una dinámica de formación de los compadrazgos, padrinazgos y trueques para las contrataciones que aparecen en el apren-dizaje de capacidades informales de los sujetos con más altos rangos, tam-bién existe, y de manera extendida, formas de participación honesta en los procesos, y un interés por el aprendizaje del correcto funcionamiento de las cosas. Sin embargo, lo que es importante reconocer es que es evidente que existe una dinámica de aprendizaje de los modos de transgresión, de los sistemas informales, de la construcción de redes de poder y de actos de corrupción, y que hay un amplio reconocimiento de la importancia de estos mecanismos. Estos existen siempre en referencia a los sistemas formales, pues son estos los que se buscan evadir, quebrantar o transgredir. Tenemos entonces redes y padrinazgos que implican un aprendizaje sistemático de los dos extremos del sistema: su parte formal legal, y su parte informal.

Aprendemos de todo. Desde que llegas aprendes a que las cosas no son como en el libro. Ya desde la universidad nos enseñaban que las cosas no son ideales, o que no vas a ser como los abogados de las películas. Aquí hay que aprender las mañas, las cosas por lo bajo, los negociados. Si no aprendes también a eso entonces estás perdido. No digo que lo hagas todo el tiempo, yo mismo trato de no meterme en esto; pero es inevitable, tienes que hacer algunas cosas para poder mantenerte[…].Sinoconocesalagente,sinotienestucontacto,tupadrino,estás fuera, eso sí de hecho, estás fuera de todo. (Aníbal, 39 años, asistente de Despacho)

Este aprendizaje se centra en las dinámicas informales que articulan la disposición de acción del interior del aparato formal. Dentro del Palacio es conocido por todos los actores que las formas de corrupción están vincula-das de una manera u otra con las formas de estructuración de las redes. En este sentido, el propio ingreso al sistema está mediado, en muchos casos, por las formas de compadrazgo, padrinazgo y trueques. Como veremos después, es difícil que alguna de las personas que ha logrado subir en el es-calafón del Sistema de Justicia haya estado libre de alguno de estos procesos informales (lo que no quiere decir que no existan personas honestas o que estasformasimpliquenactosdecorrupcióntipificados).Elpuntoexcede

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las condiciones éticas personales y tiene que ver más con una estructura de funcionamiento de las cosas, dispositivos exteriores que demarcan el funcionamiento del sistema (no se trata entonces de una patología, de una acción perversa que busca destruir el sistema, se trata paradójicamente de un modo de relacionarse con los sujetos, con las instituciones, con la política).

Yo sé que hay gente honesta. Yo me consideraría una persona honesta, pero que hemos tenido que hacer algunas cosas que no son del todo legales para poder movilizar algunos casos o para lograr algunos puestos, hay que admitirlo, no creo que ninguno de los que trabajan aquí esté libre de esto. No por malas personas, sino porque así es el sistema, qué vamos a hacer si el sistema es así desde arranque. (Eduardo, 40 años, abogado de Despacho)Nosesihayalguienquenuncahayahechoalgoporlobajo[…].Laleyescomoun chicle, que se estira, que se estira mucho para poder hacer que las cosas pasen o no pasen, así que claro, hay quienes no son tan honestos pero no han rotoningunaley[…]sonmásvivos[…]¿acasoesilegaltenerpadrino?,¿acasoes ilegal recomendar a alguien para un puesto? Todos lo hacen, todos lo hemos hecho, seguramente a ti también te recomendaron para algún puesto alguna vez. (Ángel, 38 años, abogado de Despacho)

Pero ¿Cuál es la función de estas dinámicas de transgresión y de aquellas que implican formas de corrupción en particular? ¿Se trata de acciones que están determinadas solamente por las ambiciones personales, por ambi-ciones económicas? ¿Cuál es la relación entre estas lógicas y la estructura de funcionamiento del sistema? Lo interesante es que en estos casos las dinámicas de corrupción no representan una salida del sistema, sino más bien una forma de entrar en él. Como hemos indicado antes, lo paradójico de estas prácticas es que son una manera de ingresar al propio sistema, de pertenecer a la lógica de la formalidad y no solamente de transgredirla. Una vez más, parece contradictorio, pero estas formas de corrupción, en las esferas más altas del aparato de justicia, tienen que ver más con las for-mas de redes y grupos de poder, que con la satisfacción individual fruto de sobornos.

Aquellasdinámicasseconstruyensobreunterrenoquetienedificulta-des para mantener la estabilidad. Es decir, si bien existe un aparato soportado en la formalidad de las normas de la democracia, en las leyes, en los códigos formalizados; en las prácticas reales, en muchas ocasiones las lógicas infor-males son las que otorgan posibilidades de ascenso, de mantenimiento de los puestos y de posibilidades para escalar en la jerarquía formal. Para ello es necesario pertenecer a una red de contactos que permita esta posibilidad de escalar, de movilizarse. Ello se consigue a través de la formación de vínculos de reciprocidad, cuyo centro está demarcado por las prácticas de

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corrupción y formas de transgresión; pero también sirven para proteger a losactoresdelosconflictosytensionesproductodelenfrentamientoentreredes de poder o entre actores con poder formal dentro de la estructura.

En muchos casos, las redes informales de reciprocidad gestan segmen-tos que evitan que otros actores puedan sacar a un sujeto de un puesto, mo-verlo de su red o impedir su ascenso. Se trata de tensiones que se sostienen la mayor parte de las veces en dinámicas personales, en enfrentamientos yconflictospersonales,ynosiempreenenfrentamientossoportadosporpolíticos, ideológicos o de posición partidaria. Se trata de un campo en constante tensión, en donde la estabilidad del sistema se construye no tantoenlaformalizacióndelasjerarquíasoenlascodificaciones,sinoenla protección de los actores en las redes informarles.

Si no te proteges no te salvas, es como una selva. Aquí todos están contra ti. Si no tienes aliados entonces tienes que buscarte alguno, sino estás frito. Si te ven desprotegido o sin padrino entonces o te unes o te vas. Así nomás no te das cuenta, pero así son las cosas aquí, es difícil, hay bastante estrés. Uno nunca sabequiéntepuedeestarserruchando.(Paul,39años,abogadodeRelatoría)

Se trata de un campo que está atravesado constantemente por tensiones internas, por la movilización de puestos, por la inserción de nuevos actores y la variación de funcionarios, por el alto nivel de rotación de miembros de sus puestos; por lo tanto, por cambios en el ordenamiento de las jerarquías formales e informales. En un sistema inestable, las lógicas informales pa-recen mostrar cierto nivel de integración y mecanismos de protección de los miembros de sus redes.

2. Los modos de corrupción en las altas esferas del Palacio

Las formas de construcción de las redes en los poderes más altos del Palacio están integradas a intereses que rebasan los muros de la institución y se sostienen en contactos y redes amplias dentro del sistema de justicia en general, y en el propio Estado (y su estructura social de funcionamiento). Ahora, las formas de corrupción funcionan aquí como un elemento que vincula a los actores. No es una forma de separación o de ruptura, sino más bien una dinámica que constituye un lenguaje complejo. Este lenguaje integra a los actores de un modo diferente al lenguaje burocrático y los dispone en un escenario de transgresión que gesta complicidades, punto referencial para la formación de contactos y, por ende, para la formación de las redes informales que integran a los sujetos en este escenario.

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Ahora, lo interesante es justamente que el propio escenario tiene carac-terísticas peculiares. Se trata de un sistema político que excede a la propia política institucional. Una sociedad que funciona dentro del sistema, pero que la excede al mismo tiempo. El escenario formal, más allá de su estabili-dadentérminosinstitucionales,esdébilinternamente.Estadebilidadrefierea la incertidumbre del propio sistema, que gesta para sus usuarios lógicas que no son siempre coherentes, y para los trabajadores (funcionarios, servidores, personal judicial) modos de estructurar los poderes que no son formales. Frente al primer elemento, el propio sistema ha reconocido debilidad: los juicios no son siempre coherentes entre sí, “no hay predictibilidad”, lo que quiere decir que casos con las mismas pruebas y características pueden ser fallados de manera diferente. Esto se debe a que existen dinámicas, que más allá de lo formal, generan el desvío de los fallos. Por ejemplo y de manera central, las prácticas de corrupción. Esto ha sido incluso señalado por las recomendacionescentralesdelaComisiónIntegralparalaReformaIntegralde la Administración de Justicia (Ceriajus, 2004).

Por otro lado, la incertidumbre está marcada por las percepciones sobre la irregularidad en los procesos de contratación, de ascensos, de nombramientos, en los concursos.Hayundiscurso extendidodentro yfuera del sistema de justicia acerca de que dichos procesos implican redes informales para lograr el éxito (el puesto o un resultado satisfactorio en un concurso). Asimismo, existe también una percepción extendida acerca de la presencia de actores que transgreden las normas y que permanecen en el escenario formal de manera impune. En este sentido, se trata de un escenario que no tiene la solidez que debería estar demarcada por la lógi-ca formal y por los estatutos que lo soportan legalmente. En la práctica concreta, la alta volatilidad de los cargos, la alta rotación de personal y el intercambiodelpersonaldeconfianza,muestraunciertocampoinestablepara los actores que participan cotidianamente en estas lógicas. Es decir, la incertidumbre existe, para los propios funcionarios, en un sistema en el que existe la percepción de que los méritos no determinan la movilidad o los ascensos y en donde la impunidad parece ser menos infrecuente de lo que se piensa exteriormente.

No garantiza nada cumplir tus obligaciones. Acá es inestable, no tienes planilla, sino contratos por meses en algunas ocasiones. Si quieres ser personal de planta hay que entrar por concurso, por selección o por nombramiento, pero para eso hay que tener vara, hay que tener padrino. Así a la legal no se puede. (Darío, 42 años, abogado de Juzgado) Acá pocos son estables, te pueden sacar de la noche a la mañana. Algunos son nombrados, perono todos,muchos sonpor recibos, pocos de planilla […]

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pero ellos también [los que están nombrados] rotanmucho, depende deljefe que tengan, los pueden cambiar de puesto. (Miguel, 38 años, abogado de Despacho)

En este campo de incertidumbre, es necesario establecer dinámicas que permitan construir nexos que permitan, a su vez, mantenerse en el sistema y construir posibilidades para ascender en la jerarquía. Es decir, se trata de pertenecer a una red informal dentro de la estructura formal: una red de poder que permita la estabilidad en el terreno endeble del propio sistema político, en un clima de debilidad institucional. Para ello, como hemos señalado antes en las otras esferas de la estructura del Palacio de Justicia, las técnicas de corrupción y las redes informales sobre las que se apoyan, resultan ser uno de los elementos centrales que forman conglomerados de actores, fundando formas de fusión entre actores y segmentos.

Pero las lógicas de corrupción son diferentes según las esferas y los niveles dentro de la estructura. No todos los actores efectúan todos los tipos de actos de corrupción, puesto que esto sería un riesgo si es que se estáenunpuestoalto.Haymásbien,comoyahemosvenidoesbozandoen los capítulos anteriores, una suerte de especialización o centralización de las técnicas de corrupción según la posición relativa dentro de la estructura formal. En otras palabras, la posición dentro de la jerarquía formal deter-mina en gran medida la posibilidad de ejercicio de actos de corrupción y desustécnicasespecíficas.

Si en los espacios exteriores los abogados litigantes informales y los falsificadores,establecendinámicasdefalsificaciónysustraccióndedocu-mentos sobornando a trabajadores de las Mesas de Partes; y en las diná-micasdelasSecretaríasyRelatoríasseestablecenformasdemodificaciónde documentación y sobornos para ejercer presión para la dilación de un proceso o tendencia en un fallo; en las esferas más altas las dinámicas de corrupción son diferentes.

Los Jueces, que efectúan actos de corrupción desde los Juzgados Pe-nales del Palacio de Justicia, no centran “su trabajo” en la manipulación de documentaciónoeneltráficodeexpedientes,cuyocentrodearticulaciónestá demarcado por las Mesas de Partes y las Secretarías del Juzgado -lo que no quiere decir que existan formas de cohecho pasivo o de complicidad enestemododetráficoporpartedealgunosjueces-,sinomásbienenlaventa de fallos, en los sobornos para establecer determinadas sentencias o en la preferencia en los procesos, alterando de ese modo la objetividad de los juicios y la demandada predictibilidad de los procesos. Asimismo, se establecenmanerasparaagilizaroaletargarlosprocesosjudiciales,benefi-

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ciando a alguna de las partes. El punto es que se trata de una lógica que no resulta escasa en los procesos judiciales, sobre todo en la primera instancia (puesto que se puede apelar). Es más, se han conocido diversos casos en los medios de comunicación en los últimos años en los que jueces han sido atrapados cobrando sobornos para tener preferencias en los procesos, y laOficinadeControldelaMagistraturadelPoderJudicialhadetectadoyhecho operativos en varios de estos casos.

Eso es normal. Acá hay muchos que hacen eso, cobran coimas, venden los resultados[…].Sobretodoenlosjuzgados,losJueces,losVocalesnotanto.Esmenos común. (Pedro, 45 años, trabajador de Mesa de Partes)Bueno, si te dijera todos los jueces que cobran por tirarse para un lado, no ter-minaría nunca. Eso es algo que pasa bastante. Aquí dentro sabemos, pero tiene que ser discreto para afuera. Sino sale en prensa. En prensa ha salido bastante de eso, aquí en Palacio, pero también del Poder Judicial. (Manuel, 38 años, tra-bajadordeRelatoría)Los corruptos están en todas partes, en todo el país, son la lacra que nos hunde. Entre estas paredes también hay personas que son parte de esas costumbres, que cobran para dar preferencias en los procesos, que cobran paracualquiercosa,coimas.Ysonsobretodolosqueestánenlasoficinasdeestepiso[JuzgadosPenales].Nopuedodecirtenombres,porquehayquetener cuidado con esas cosas, pero si averiguas más vas a darte cuenta de quiénesmerefiero.Todossabenynadiesabe.(Diana,48años,trabajadorade Secretaría)

La venta de fallos o el cobro de sobornos para tener preferencias en un proceso judicial, resulta entonces una técnica común dentro de las di-námicas de acción de algunos jueces de los Juzgados Penales del Palacio (esto no quiere decir que se trate de una dinámica constante extendida en todos los sujetos del sistema, o cuya cantidad se pueda estimar, sino de una técnica regular dispuesta por la situación de dichos actores en la estructura). El modo de contacto tiende a producirse a través de los abogados de con-fianzadelasRelatoríasquelescorrespondenodelasSecretarías,losquegeneran una intermediación entre los jueces y los demandantes (que suelen ser abogados litigantes de estudios que conocen de antemano a alguno de lostrabajadoresdelasRelatoríasoalosasistentesdirectosdelpropioJuez).Heahíunaformadelasredesquesetejenenestesistema.

Para contactar al Juez hay quienes lo hacen mediante su asistente, o mediante la secretaría. Para hacer las ofertas de coima lo hacen mediante los asistentes de confianzadelaRelatoríadelJuzgado.Nosearriesganairdefrente,esatravésde ellos o a través del libro. (Gustavo, 50 años, abogado de Estudio privado)

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La intermediación en esta lógica permite el establecimiento de sistemas de negociación de los actos de corrupción. Los sobornos no son siempre entregados directamente (son muy pocas las ocasiones, aparentemente, en que un Juez corrupto acepta un soborno directamente), sino a través de unintermediario(asistentedeconfianza,secretaria)oatravésdediversosmecanismos de ocultamiento de los sobornos. Uno de ellos es el mecanismo conocido como “el libro”.

Estemecanismorefiereaunaofertadesobornodedineroenefec-tivo puesto entre las páginas de un libro, suele ser un Código Penal. Este libro es ofrecido al Juez como un regalo, indicando la página “favorita de lectura”, en la que se encontrará el dinero del soborno. Este libro puede ser aceptado o no. Si es aceptado, implica que el soborno también, lo que significaqueeltratoestásellado.Siesrechazado,significaqueelsujetoque ofrece el soborno debe retirarse inmediatamente (la oferta es hecha en esta modalidad sustancialmente por los abogados litigantes). Según lo indicado por varios informantes, la mayor parte de las veces la tarifa para unsobornoenestecampofluctúaentre los$300.00y$800.00(comoprecios mínimos), dependiendo del tipo de acción que se deba tomar o de la importancia del caso. Sin embargo, más allá de esto, lo interesante de la técnica de “el libro” es que se ha generado un nivel complejo de sistema-tización de los códigos, de modo que se ha ritualizado el evento y se le ha construido índices de interpretación.

Lo del libro es común. Pero es justamente para guardar las apariencias. No pue-des ir de frente y ofrecer una coima, tienes que hacerlo tranquilo, guardando las formas,sinotepuedesarriesgarmucho[…].Yatodossabenquésignificaeso,asíqueestateatentositeregalanunlibro[risas].(Daniel,32años,abogadodeSecretaría)

Ahora, más allá de la existencia de dinámicas regulares y de sistemas concodificacionesestablesyasentadasenelpropio imaginarioyen lasprácticas informales, estas no pueden ponerse en práctica todo el tiempo. Es decir, si un determinado actor (Juez) pone en práctica demasiados actos de corrupción, o lo hace demasiado seguido, estos actos dejan de ser una posibilidaddeacciónestratégicaparaconseguirlasolidificaciónderedesuobtener ciertas ganancias coyunturales, y se convierten en un riesgo para el propio sistema de redes informales. De ese modo, los jueces que utilizan los actos de corrupción (los sobornos para preferencias en los procesos) como un elemento excesivo o rutinario, son expulsados simbólicamente del sistema informal de redes y difícilmente podrán acceder a dinámicas más altas de relaciones sociales o de poder.

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!Uf¡Sitecontaradecadauno.[…]ElJuez[nombre]eselmáscorruptodetodos.No hay caso que pase que no cobre su porcentaje. Pero también por eso se quema, yanoesdeconfianza,esdemasiado.(Ezequiel,28años,asistentedeRelatoría)

Esto quiere decir que los actos de corrupción en estas esferas, si bien constituyen una posibilidad regular, no son elementos que funden en su constancia un mayor prestigio: más actos corruptos no implican más po-sibilidades de acción en las esferas informales de poder. La idea es que los actores puedan realizar ciertos actos de corrupción como demostración de sus redes y sus poderes, pero no demasiados, no arbitrariamente, no ante cualquier oferta; porque podrían poner al descubierto los sistemas informales y poner en peligro a todos los engranajes del sistema. En efec-to, eso es lo que sucede cuando se captura a alguno de los jueces en actos in fraganti: todo el sistema se pone en riesgo (incluso hay quienes indican que las capturas que se hacen de jueces de primera instancia en actos de corrupción están previamente coordinadas con otros jueces o personas que están relacionadas con los ejes de poder internos).

En este sentido, la idea es que las prácticas de corrupción, como hemos esbozado al comienzo de esta sección, no constituyen elementos margi-nales del sistema, sino una manera de organizar las acciones y de mostrar el funcionamiento de las redes y de los poderes informales, un modo de lubricar los contactos existentes que son los engranajes del sistema. Pero también funcionan para mostrar al conjunto que se trata de actores que son parte de la dinámica informal común. Sin embargo, esto no puede ser realizado en exceso, sino que se debe mostrar solo como un sistema de ejemplificacióndepertenenciaoposibilidad.Ello,porsupuesto,noquieredecir que la satisfacción individual por las ganancias obtenidas en términos económicos esté fuera de los intereses. De lo que se trata, es que estas ga-nancias económicas por los sobornos, tienen también una función dentro de la formación de las estructuras de poder y de las redes informales.

Ahora, a diferencia de las técnicas de corrupción que ponen en práctica algunos de los Jueces de los Juzgados Penales, en la siguiente esfera de la jerarquía formal, las dinámicas de transgresión y corrupción son diferentes. Los Vocales de las Salas Penales o Civiles (la segunda instancia en este caso) no pueden vender abiertamente sentencias, pues resultaría sumamente com-prometedor para estos disponer una dinámica de corrupción sostenida en un negociado de este tipo, y sumamente riesgoso debido a la posición que tienen en la jerarquía (aunque esto no quiere decir que no lo hayan hecho nunca). Es posible que algunos de estos Vocales hayan sido antes Jueces de algún Juzgado y hayan efectuado o al menos conocido esta lógica de

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acción. Sin embargo, en la situación de las Salas es difícil encontrar este tipo de casos con tal facilidad.

Sinembargo,sibienexistedificultadenlaSalasPenalesoCivilesdePalacio, para encontrar casos de venta de fallos o de sobornos para obtener preferencias en los procesos a comparación de los Juzgados, esto no quiere decir que esta dinámica no exista, sino más bien que los casos son mucho más herméticos. Esto sucede debido a que en este nivel de la jerarquía se tiene una mayor posición y las redes ya están formadas: no es necesario ventilar las posibilidades de acción y las formas de poder puesto que ya se han consolidado.

Aparece como una lógica menos irregular, aquella que muestra a los Vocales de segunda instancia relacionados más claramente con casos de nepotismooconeltráficodeinfluencias,para la integracióndenuevosmiembros dentro del sistema de justicia. El trueque o los padrinazgos a los que nos hemos referido antes son una muestra de estas dinámicas que tienen que ver con un escalafón más alto de la estructura.

No es tan común encontrar o sobornar al Vocal, porque ya saben con quién tratar. Es diferente con un juez, con ellos es más sencillo. Pero también hay los Vocalesqueaccedenaunbuendepósito.[…]loquesívasaencontraresqueellosestánmásrelacionadosaloqueeslasinfluencias,máscercadelospadrinos.(Elmer, 54 años, abogado de Estudio privado)

LarelacióndelosVocalesconeltráficodeinfluencias,estárelacio-nada entonces con su propia posición de poder en el sistema. Tenemos una forma en la que la posición determina, de algún modo, los modos de ejercicio de la corrupción: en este sentido no es ajena al sistema, sino, una vez más, parte relacionada e imbricada de modo directo con la estructura de la función formal.

Queda claro que las formas de soborno están más relacionadas, o más bien son más comunes en las partes más públicas del sistema, en las que los funcionarios están más relacionados con la vida cotidiana de los ciudadanos y sus procesos judiciales. Mientras más alto se esté en el sistema, los sobornos sonmenosevidentesyeltráficodeinfluenciasseconvierteenunadinámicamás activa, justamente porque tiene que ver con redes de contactos que se han logrado establecer durante un largo periodo de aprendizaje (y que son mucho más difíciles de ser rastreadas, procesadas, juzgadas y sentenciadas, puesto que las pruebas materiales no son fáciles de hallar).

Empero, no hay que pensar estos cargos como desconectados entre sí en la vida de los actores, sino reconocer que se trata de procesos longi-tudinales, que atraviesan la vida de los sujetos en un aprendizaje complejo.

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Por ende, es posible sugerir que muchos de los Jueces o Vocales han tenido que pasar por el aprendizaje de una serie de técnicas de corrupción antes de llegar a sus posiciones, a vincularse y construir sus propias redes de poder informal dentro del sistema. Sin embargo, es importante entender que dentro de esa lógica, hay una disposición formal que trata de regular el funcionamiento de estas prácticas, que trata de impedir que los modos de corrupción y la transgresión de las normas sean un elemento tan común en lasprácticaspolíticas.LaOficinadeControldelaMagistratura(OCMA) es esta organización, pero también tiene una serie de trabas y problemas dentro de la estructura del sistema formal e informal.

3. Lasoficinasdecontrolyelproblemadelacorrupción

Los sistemas de corrupción que hemos ido describiendo a lo largo de estas páginas no resultan un problema reciente. Ante esta situación el sistema de justicia ha creado un aparato formal que se encarga de regular las lógicas informales y las prácticas de corrupción que se llevan a cabo en el Poder Judicial, las que hemos estudiado en el campo del Palacio de Justicia.LaOficinadeControldelaMagistraturaeselorganismodispuestopara esta labor.

LaOficinadeControldelaMagistratura(OCMA)supervisa la idoneidad, laconducta, y el desempeño funcional de los magistrados y auxiliares jurisdiccio-nalesconelpropósitodealcanzaruneficienteserviciodejusticia.Seencuentrainvestida de facultades disciplinarias y preventivas. De ahí que pueda recibir y procesar las quejas sobre inconducta funcional de los magistrados o sobre aque-llos casos en los que se resuma una violación a sus deberes y obligaciones (con excepción de los de la Corte Suprema). Se puede decir que la OCMA cuenta con facultades controladoras tanto preventivas como concurrentes y posteriores dentro del Poder Judicial. (Defensoría del Pueblo, 2008: 5)

Es decir, la OCMA tiene facultades para establecer procesos disciplina-rios para los Magistrados de los Juzgados Penales, y las Salas Penales y Civiles del Palacio de Justicia; así como para prevenir los actos que estén reñidos con el reglamento y con la ley que ocurran respecto a dichos funcionarios. En esas situaciones, la OCMA actúa como un sistema de control interno en el propio Poder Judicial y se encargaría de evitar que la corrupción se practique y se expanda por las estructuras del sistema formal. Se trata de un sistema de accountability vertical, que debería penetrar y vigilar la acción de los servidores y funcionarios públicos.

La existencia de la OCMA resulta ser el centro de los órganos de control institucional de la corrupción en el Poder Judicial. Sin embargo,

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resultasertambiénunamedidaenmuchasocasionesinsuficiente.Enestesentido es fácil reconocer que las estructuras de vigilancia, control y regu-lación dentro del Poder Judicial se han restringido a formas verticales del accountability, pero no necesariamente se ha construido alternativas hori-zontales (O`Donnell, 2007: 85). De esta manera, los modos de proceder implican medidas disciplinarias que van desde la emisión de memorandums que se insertan en los legajos de servicio de los funcionarios, jueces y vo-cales –magistrados en general- hasta suspensiones o la posible expulsión del sistema y denuncias penales. De este modo, la presencia de la OCMA parecería, en primera instancia, disponer de un mecanismo de cuidado para los funcionarios corruptos y una forma disuasiva de este tipo de prácticas.

Sin embargo, en el Palacio de Justicia, la presencia de la OCMA no resulta siempre un disuasivo verdadero para la práctica de formas de co-rrupción, como las que hemos descrito en los diferentes ejes de poder y en las diferentes esferas del escalafón jerárquico. La OCMA, más bien, genera, por un lado, un elemento a tener en cuenta para cuando se gestan actos de corrupción (pues debe evitarse ser interceptado por sus funcionarios). Por otro lado, genera un espacio que resulta estratégico para la construcción de redesdepoder.Esdecir,losfuncionariosdeesaoficinasonactoresmuyimportantes, cuya rutina, posibilidad de acción, redes sociales y contactos, resulta fundamental para ejercer el control y el ejercicio de poder. Los fun-cionariosdelaoficinadecontrolsontambiénpartederedessociales,hansido educados en las mismas universidades que los jueces y los funcionarios del sistema de justicia, han pasado por los mismos cursos de la Academia de laMagistratura,yademás,tienensuoficinaprincipalenelmismoedificio.

Esto es importante, pues en el Palacio, la OCMA funciona en el se-gundo piso, en el mismo piso que varios Juzgados y Salas Penales. En este sentido, las dinámicas que implican el control de los espacios judiciales, están dispuestas en un escenario de relaciones personales que sobrepasan las propias medidas de control. Muchos de los funcionarios que trabajan enlaOCMAenelPalacio,inclusolosdelasoficinasadministrativas,tienenrelaciones de amistad con funcionarios de los Juzgados o de las Salas, así como con los de las Mesas de Partes. Ello no implica que se ejerzan actos decorrupciónenestaoficina,perosíimplicareconocerquehayespaciosdeconexiónevidentes.Enefecto,estarenelmismoedificioyenrelaciónconstante con los otros funcionarios, hace que exista la posibilidad de que se teja algún tipo de vínculo.

Claro, los de la OCMA se conocen con los jueces y los vocales de acá. ¿Cómo los controlan entonces, si son sus amigos? Yo mismo he visto que son amigos, que

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se van a almorzar, que salen para sus reuniones. No hay independencia. (Jorge 45años,abogadodeRelatoría)

No sé si son los de control mismo de la OCMA, porque tienen sus funciones disciplinarias, pero al menos con los administrativos tienen relaciones con los funcionariosquesesuponequetienenquevigilar.[…]Total,igualhayunasuntode sus intereses, ya no se sabe qué hacer para controlar, porque no hay quien controle a los controladores. (Walter, 39 años, asistente de Despacho)

Igual se ven acá, pueden ser los que vigilan, pero igualito tienen como amistad. […]Perocomonovaaserasísiesqueestánenelmismolugar,siesquetomansu cafecito en el mismo lugar, si es que almuerzan en el mismo restaurante, ahí nacenlasamistades,ahíseconocen,entoncescómolevasadecirquefiscalice.(José, 50 años, abogado de Estudio privado)

Es en el encuentro en espacios informales que los actores de la OCMA que trabajan en el Palacio, tienen la posibilidad de entrar en contacto con los trabajadores del sistema judicial a quienes deberían vigilar. Esto no se da necesariamente por intereses perversos, pero la permanencia en el mismo espacio, y atravesar campos de formación, universidades, redes de amigos similares,permiteestadisposiciónderelaciones.Recordemosquealgunosde los actores que trabajan en el Palacio entran en ciertos puestos a través de la activación de redes informales y, en otros casos, a través de cadenas de favores, de preferencias que no siempre son mediadas por la normatividad y ahí también se construyen los nexos y las redes de poder informal.

Ahora, lo importante es que las medidas de control vertical establecidas por el aparato formal no encuentran siempre repercusión en la estructura práctica, pues en el Palacio se enfrentan con redes que tienen la capacidad potencial de penetrar incluso a la propia OCMA y generan espacios de protección para ciertos actores. Asimismo, se trata de redes que se movili-zan con facilidad, núcleos que cambian de forma y de actores, que no son estables, y por lo tanto son más difíciles de combatir. Las dinámicas que permiten los actos de corrupción están, entonces, incluso en los sistemas de control, que son penetrados por las dinámicas de las redes informales. No olvidemos que la OCMA, si bien tiene cierta independencia, no está fuera del espacio físico en este campo, y es en este terreno en el que las amistades y las redes extienden sus modos de anclaje de las relaciones sociales que agrietan las medidas de control.

De esta manera, entrar en contacto con los actores de la OCMA dentro del Palacio resulta un punto importante para las redes de funcionarios que ahí trabajan. Tener un amigo, conocido, padrino o “ahijado” en este campo resulta fundamental; no solamente por las preferencias que se tendrán en la aplicación de las medidas de control, sino por la información a la que

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pueden acceder desde ese terreno, lo que puede ayudar, en ocasiones, a construir estrategias de acción frente a redes en competencia o tensión, tener acceso a información privilegiada y alertas tempranas de posibles intervenciones u operativos.

Los casos en los que se aplican las medidas de control resultan dirigirse sobre actores que han sobrepasado las normas fehacientemente y de modo evidente para la sanción (aquellos que se “exceden”). Se trata también de sujetos que no tienen redes de protección de otros actores y un espacio de soporte.

Losdecontrol[OCMA]estánatentosaverquépasa,peronosancionantodo,sino solo lo que les conviene. Ahí se ve pues eso de a mis amigos todo, a mis enemigoslaley.[…]Hayalgunosquetienensusamistades,suscontactosyqueles convienen que así sea para que no los sancionen. (Eduardo, 43 años, abogado deRelatoría)

En este campo se vuelve a ver que los ejes de poder se forman también alrededordelasmedidasdecontrol,quesoninsuficientesantelaslógicasde redes que se abren e integran en el sistema. Esto no es un elemento exclusivo del Poder Judicial, sino una lógica que se pone en práctica en diferentes estructuras del Estado, en la vida política y en la vida cotidiana de las personas (Mujica, 2005). De esta manera, la corrupción permite la integración de redes más amplias que organizan sistemas de protección, no solo ante la incertidumbre, sino también ante la posibilidad del castigo.

La forma disciplinaria que se pretende en las medidas de accountability vertical, que han funcionado como una estructura de vigilancia y punición en gran parte de Occidente, no se integran de la misma manera en el modo de producir relaciones sociales en nuestros países: vigilar y castigar resulta ser insuficientedesdelaestructuraverticalyladisciplina,queproducegrietaspara transgredir desde adentro la estructura de control y utilizarla a su favor. Esto funciona así pues las redes no tienen centros verticales de control ni cabezas que articulen una comunidad transgresora; asimismo, porque las redes no implican una organización estable con estructuras demarcadas, ni tienen formas que estén diseñadas para destruir directamente la articulación del sistema formal. En este sentido, cuando los actores no tienen un líder central, cuando no se trata de una organización criminal, cuando además se trata de prácticas al interior del sistema, la vigilancia y el castigo resultan considerablemente más complejos.

Por otro lado, la OCMA no tiene como centro de acción ni de regu-lación el trabajo de los funcionarios inferiores a los magistrados, en donde se construyen y tejen la mayor parte de los actos de la microcorrupción en

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el Palacio de Justicia. Como hemos indicado antes, hay una serie de actos de corrupción que se producen en las esferas inferiores de la jerarquía y en la burocracia intermedia, así como en los espacios administrativos que no tienen un espacio de control formalizado dentro del propio Poder Judicial. Esto resulta un problema, puesto que la mayor parte de actos proviene de esos microsistemas que se reproducen en la vida cotidiana, mientras que las esferas más altas de la burocracia intermedia y de los propios funcionarios judiciales resultan ser espacios con actos de corrupción más bien centraliza-dos, posiblemente menos frecuentes y más controlados (la microcorrupción es un problema macro).

En este sentido, queda claro que el control no tiene balance entre la horizontalidad del accountability y la verticalidad, lo que gesta diferentes grietas en la posibilidad de vigilancia del sistema. Por otro lado, queda claro también que las medidas de control no pueden funcionar de manera correctayeficientesiesquenohayindependenciaenlasacciones,loqueresulta difícil en el Palacio, puesto que los trabajadores se conocen entre sí y forman redes informales comunes, dispositivos locales, de interacción que demarcan las formas prácticas del poder político. Debe quedar claro que la independencia de funciones no se puede limitar solamente a la ingeniería del Estado, sino que requiere tomar en cuenta la disposición de la vida social y la estructura de las relaciones.

Es entonces la estructura de poderes informales y las redes tejidas en la vida cotidiana las que constituyen un margen interno de la política ins-titucional, que sobrepasa y reinventa la estructura formal, la normativa, la ley, los códigos y muchas veces los principios “éticos” sobre los que debería soportarse la política del Estado. En estas instituciones, organizaciones crea-dasparasuperarelconflicto“detodoscontratodos”,elpactoquefundala institucionalidad debería ser la marca que sostiene todas las relaciones; pero es evidente ahora, que incluso después de la producción de Estado, losconflictosylasalianzasdelaspersonassonlasquedancontenidoalasleyes y a las instituciones que pretendían ser estructura asépticas.

Resultatambiénparadójicoquelosmodosdetransgresión,lasformasde corrupción, permiten a los actores acercarse a la autoridad, incluso a la que está encargada de la vigilancia, en lugar de alejarla. Es decir, en lugar de repelerse, los actores encargados del control formal y aquellos que ponen en práctica los actos de transgresión y corrupción, se acercan y vinculan en la vida práctica. La corrupción en este caso, es una manera de acercarse a las autoridades de control de una manera distinta, es una manera de gestar redes de protección dentro de esas estructuras.

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¿Cómo es que están dispuestas entonces las redes de poder en el Palacio? No se trata de un conjunto sencillo de verticalidades estables que gestan mafiasorganizadas.Setratadeunconjuntoderedesqueestánenconstantemovimiento (su forma entrópica), y cuya estructura de acción es compleja, debido a las estrategias que se ponen en práctica frente a la tensión política y de las redes que se ubican al interior de Palacio.

4. La estructura de las redes segmentarias en el Palacio

Las formas de corrupción que se producen en las esferas superiores (con los Jueces de los Juzgados o los Vocales de las Salas) del Palacio de Justicia corresponden a dinámicas diferentes de las que se llevan a cabo en las esferas inferiores de la estructura jerárquica del recinto. Es así que podemos reconocer tres ejes de acción: por un lado, las dinámicas de corrupción que tienen como centro de articulación a los actores de las Mesas de Partes, que actúan como pivotes de las demandas de agentes externos (abogados “al paso”,falsificadores)ycomoarticuladoresdeltráficodedocumentación(juntoconlaslaboresquesedesempeñanenlasoficinasdearchivoyenlas Secretarías). Por otro lado, el segundo eje está dispuesto por la relación quesetejeentrelasSecretaríasylasRelatorías,comodispositivosdeacciónde microredes que obedecen a las demandas de los Juzgados; es decir, de ciertos Jueces de primera instancia que efectúan actos de corrupción. En esa mismaposición,lasSecretaríasyRelatoríasconstituyentantounescalafónaltodeltráficodedocumentación,comouncentrodecontactosqueactúacomounpivote,unaestructuranodaleneltráficodeinfluenciasyenlasformas de acceso para ofrecer sobornos a los jueces.

El tercer eje está compuesto por la doble estructura de los Jueces de los Juzgados Penales del Palacio y de los Vocales de las Salas. Estos dos tipos de actores demarcan formas de corrupción ligadas a la toma de decisión –la figuradeladeliberaciónjudicialenlapolíticainstitucional,elcriterioyelbuen juicio para decidir sobre los procesos-. En este caso, los jueces ejercen formas de corrupción ligadas con más frecuencia a los sobornos para tomar partido en los procesos que llevan a cabo; y los vocales están más ligados (o selesidentificamás)conlafiguradeltráficodeinfluenciasyelnepotismo.Esenesteúltimoeje,sobretodoenlafiguradelosVocales,queaparecenconmásclaridadlafiguradellos“padrinos”ydelos“compadres”,comoformas de gestar sistemas de reciprocidad y encadenamientos de las redes de poder.

Ahora, el asunto es que estos tres ejes, si bien tienen un modo de rela-ción en tanto funcionan en el mismo espacio, el propio Palacio de Justicia,

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están divididos por el tipo de técnica utilizada, la movilización de personal y el tipo de actor que demanda el servicio. Lo que tratamos de señalar es que si bien son ejes que funcionan en el mismo espacio, no necesariamente están interconectados entre sí. Esto en dos sentidos: primero, los actos de corrupción efectuados en los niveles más altos de la jerarquía descrita, ligados, por ejemplo, a los sobornos, no requieren de la movilización de las Mesas de Partes, ni de los actores que ahí trabajan. Del mismo modo, losactosdecorrupciónenlosquesevinculanlosfalsificadoresdelcampoexterno del Palacio con los trabajadores de archivo o de Mesa de Partes, no tienen relación directa con las funciones de los Vocales. Los trabajos y actos de corrupción de las secretarias de los Juzgados, que ayudan a “agilizar trámites”, no tienen vínculo directo con las acciones de los propios Jueces. Es decir, se trata, en todos estos ejemplos, de esferas de acción que tienen lógicas comunes, pero que en cada acto particular no requieren siempre, o necesariamente, de la presencia de todos los actores ligados a las formas y prácticas de corrupción en el sistema. No es correcto entonces pensar el Palacio de Justicia como un terreno de imbricaciones necesarias entre todos los actores.

Segundo, si bien las redes de corrupción que se construyen en el sistema han sido pensadas analítica y metodológicamente como una institución total (Goffman, 1970) el asunto radica en que no todas las redes se necesitan o se interconectan directamente en este campo. Así, si bien las instituciones totales implican regulación y control completo de la vida interior del recinto, organización de las funciones de los actores y reglamentos estandarizados, es claro que en el Palacio de Justicia dicha pretensión se excede a cada mo-mento. La existencia de varios niveles no quiere decir que exista un solo actor por nivel o actores homogéneos entre sí, sino que se trata de conglo-merados amplios y con diversos sujetos en cada uno de ellos. En algunas ocasiones los tres niveles que hemos descrito pueden interconectar actores en redes transversales, pero, en otros casos, los endogrupos que actúan en cada nivel solo tienen relaciones con un solo lado de la estructura.

Este punto, la formación de grupos que no tienen una correlación di-recta entre sí, permite mostrar la idea de un espacio que tiene varios ejes de red, varias cadenas de grupos que funcionan al mismo tiempo y, por ende, entranenconflictooalmenosencompetencia.Comohemosvistoantes,las tensiones se producen de manera regular y parecen ser un telón de fondo del escenario: hay tensiones permanentes por la posición de poder relativa que permite a los grupos acercarse a las capacidades de decisión sobre los puestos, sobre la movilidad de los actores, sobre las contrataciones, etcétera.

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¿Cómo están estructuradas estas redes? ¿Cuál es la relación entre ellas? ¿Cómo se forman? Estas redes están estructuradas como un sistema seg-mentario (Evans-Pritchard, 1977), cuestión que habíamos ido esbozando en los capítulos anteriores. Esto quiere decir que se trata de la articulación de diversos segmentos que funcionan sin una articulación permanente entre sí, pero que tienen canales que les permiten establecer nodos de conexión, deunificaciónydeseparación(mecanismosdefusiónyfisión).

Los grupos se segmentos son modos de organización en donde no hay una sola cabeza o liderazgo, o en donde existen muchas jefaturas locales sin un centro articulador (lo que es un intento de adecuación a la idea de sociedades acéfalas descritas por Evans-Pritchard respecto de las sociedad Nuer). Los conglomerados se disponen como unidades separadas entre sí, formas de clanes, núcleos familiares o linajes, dentro de cada uno hay liderazgos verticales hacia los compartimentos inferiores. Así, si bien cada uno forma parte de un conglomerado más amplio, no necesariamente hay conexión, asociación o reunión si es que no es para enfrentar un problema coyuntural(unconflicto,escases,etcétera).Deestemodo,siesqueexis-tentensionesentregruposasimétricos,existelacapacidaddeunificaciónde segmentos equivalentes para equiparar las fuerzas; una vez terminado elconflictolossegmentosseseparan.Esadinámica,quefuncionacomomecánicadereunificación(fusión)enconflictosytensionespolíticas,noimplica que los segmentos sean estables.

La relación que se teje entre los segmentos de red implica un conjunto de prácticas ocasionales que le dan lubricación a los canales de conexión: no olvidemos que se trata de relaciones interpersonales que se fundan en códigosdeempatía,enconfianzaycomplicidad,enamistadespersonalesy en el cultivo de vínculos sociales. La política no funciona solamente en el código formalizado, sino que este requiere de una infraestructura social que lo ponga en práctica. Son las personas las que estructuran la acción política, incluso en el seno más formal del Estado.

Estas redes se fusionan justamente tanto para establecer posiciones de poder entre ellas, es decir, para mostrar la unidad frente a un opositor in-terno: enemigo político, personal, etcétera; pero también y sustancialmente, para efectuar actos de corrupción. Como hemos indicado, la existencia de estos segmentos da la imagen de un conglomerado total e hiper-estructu-rado, pero en realidad se trata de fragmentos en competencia. La imagen exterior muestra una red vertical estable, la mirada desde adentro muestra unconjuntoinestablederedesenconflictoyunificación,quenotienenun centro ni una articulación organizada en ejes verticales ni en mandatos

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explícitos. Parecen, más bien, estructuras que funcionan sistemáticamente, pero sin organización central, prácticas “estructurantes”, que se reconstru-yen a cada momento (con el ingreso de nuevos actores, con el ejercicio de nuevasprácticasdecorrupción,conlamodificacióndelanormativa,delos liderazgos relativos, etcétera).

Nosetrataentoncesdeunamafia,nideclientelasestables,nideunaorganizacióncriminalvertical,nideuncartel,sinodesistemasdeunificaciónconstante de prácticas comunes y de intereses particulares que se comparten coyunturalmente.Porende,laslógicasdeunificaciónyseparaciónvanaimplicar un aprendizaje constante, y que no siempre sigue el mismo camino. Como hemos visto desde los capítulos anteriores: la utilización de contactos, que es un ejemplo pertinente para este tema, depende de la coyuntura y de las respuestas anteriores que los actores han dado respecto a demandas, incluyendo los actos de corrupción. La respuesta a la demanda implica la acumulación de un cierto capital simbólico y político, pero también de un capital que brega en relación a las prácticas de transgresión y corrupción, permite saber “quién es quién” en el sistema y ubicarse estratégicamente en el campo.

5. Poder, autoridad y corrupción

¿Qué es el poder? Pues como hemos dicho en el primer capítulo, el podernoesunasustanciaquesepuedadefinirporsímisma,sinomásbienun ejercicio, una “acción sobre otra acción” (Foucault 1996b: 40) y, por ende, tiene que ponerse en práctica. En el Palacio, el poder al que nos he-mos referido no está solamente dispuesto por las formas del Poder Político Institucional,queresultaunelementofundamental,peronosuficienteparacomprender el funcionamiento de la política. Es fundamental porque constituye el escenario de acción, la arena donde se tejen las formas de interacción, los límites formales del propio sistema y el esbozo de las reglas de juego. Pero esinsuficienteporqueelpoderesunejercicioy,porlotanto,losactores,las personas que desarrollan sus vidas en este espacio, siempre son las que deben decidir y practicar la Política Institucional. El asunto es que no siem-pre lo hacen siguiendo y respetando al “pie de la letra” todas las normas.

El poder es un ejercicio, requiere ser constantemente llevado a la prácti-ca, mostrado a los demás para poder mantenerse. Sin embargo, estas formas no siempre están encadenadas con la legalidad, y muchas veces construyen formas de trasgresión para poder mostrarse y encaramarse en la autoridad tejida y reinventada en la localidad. En el Palacio de Justicia, estos modos de transgresión se centran en las formas de corrupción.

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¿Qué es entonces la autoridad? ¿Cómo se pone en práctica la autori-dad? Pues la autoridad implica, en uno de sus sentidos, la disposición de un puesto formalizado de Poder que permita el gobierno o la dirección de los actores. En la política formal, la autoridad ha sido estudiada y entendida sustancialmente desde esta posición, que implica una mirada normativa que esimportante,perotambiéninsuficiente.DelmismomodoqueelPoder,esta manera de pensar la autoridad es importante en la medida que permite generar dispositivos de ingeniería política, que estructuran las reglas de juego yfuncionamientodelsistema.Peroesinsuficienteenlamedidaenquelaspersonas construyen autoridades que sobrepasan la estructura formal, y generan autoridades sostenidas en modos de transgresión: los sujetos son considerados autoridades no solamente en la medida de sus capacidades para respetar y hacer cumplir las normas, sino también en la medida en que logran construir mecanismos para transgredir las normas –ejercer actos de corrupción- y no ser sancionados.

Pero la autoridad no está determinada por la cantidad de actos de co-rrupción que se ejerzan. Más corrupción no garantiza mayor autoridad para un sujeto. Por el contrario, como hemos indicado en las secciones anteriores, la corrupción es una manera de poner en práctica el poder, de ejercerlo. Pero si se pone en evidencia, si se practica en exceso, resulta un riesgo para el sujeto y para las redes que existen dentro de la institución (incluso aquellas que no tienen una relación directa con el sujeto determinado en laorganizacióndesegmentos).Delmismomodo,lasinfluenciassonunode esos bienes que no pueden ser utilizados en exceso, pues se pierde la posibilidad del contra-don o la forma de reciprocidad. “Si pides demasia-dos favores”, en lugar de quedar encadenado a un sistema de reciprocidad, sepierdelaconfianzarelativaenelotroysedejaelencadenamientoparabuscar nuevos contactos.

La autoridad, en este espacio, se intenta construir en el balance entre el conocimiento de la ley y de la norma, el discurso sobre el cumplimiento de la misma, las prácticas de corrupción y la construcción de cadenas de influenciayredesinformalesdepoder.

Un funcionario completo, más allá de la moralina, es el que sabe cómo hacer las cosaseficientemente.Eselqueconocebienelsistema,elprocedimiento,conocelo legal, pero también el que conoce las mañas, tiene sus contactos, sabe utilizarlos, es rápido, es pendejo. Sin esa mañosería, sin la pendejada, no funciona. Tienes queencontrarelpuntomedio.(Roberto,42años,abogadodeEstudioprivado)

¿Qué nos dice todo esto, la corrupción, respecto a las maneras de pen-sar y de estructurar el Estado y la Política en nuestro país? ¿Qué es lo que

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significaquelaautoridadenelcampolocaldelasinstitucionesseapensadacomounbalanceentrelalegalidadylatransgresión?¿Quésignificaquelapolítica dependa en gran medida de las redes informales que se disponen dentro de su estructura formal? En este campo, las preguntas que plan-teamos nos muestran un rumbo para pensar las instituciones y la política, desde adentro. Es desde su campo más radical, desde sus contradicciones internas, en donde este modo de hacer política requiere una lectura más precisa. Las instituciones, lo son en tanto las personas están en ellas, con sus conflictosycontradicciones,quenoresultanuncaminofueradelapolítica,sino su carga fundamental, la que dirige en gran medida su funcionamiento y sus características prácticas.

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1. La función política de la corrupción

En el Palacio de Justicia los días nunca son tranquilos. Las situaciones tensas son parte de un juego cotidiano por el que los funcionarios, servidores y empleados del Estado deben atravesar: la gran demanda de trámites, la sobrecarga de los procesos, la saturación del personal. Este juego es también parte de la actividad de los ciudadanos que por diversos motivos se acercan al sistema judicial, quienes muchas veces no ven satisfechas sus demandas y para quienes la justicia es un proceso lento. En este campo de tensiones la corrupción aparece como un mecanismo práctico que funda modos de relacionarse, maneras de acceder a grupos de poder, redes sociales, redes políticas y amistades, que se movilizan dentro de una estructura que aparenta la asepsia que la formalidad de ley sugiere.

En la dinámica de acción de las múltiples redes, en los modos de relacio-narse de los actores, las formas de corrupción tienen un papel importante. Esteestáconfigurado,porunlado,porlasmanerasenqueconstituyeelcanal para que los actores quiebren las normas establecidas o jueguen con loslímitesdelascodificacioneslegales.Peroporelotrolado,lacorrupcióncumpleelpapeldereunificadordesegmentosdered,enunespacioqueestáatravesado por la tensión y la fragmentación. La corrupción en el Palacio de Justicia, tiene también una función práctica, que excede con mucho las miradaspsicologistasoaquellasqueladefinencomounapatología,“anor-malidad” intrínseca o la reducen a la “falta de valores”.

VI. La corrupción y las grietas de las estructuras Políticas

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Esta función práctica es la de organizar -en su ejercicio- los canales de comunicación de las redes informales de poder, redes que se tejen dentro de la estructura política formal. Es paradójico que en un sistema que debe determinar la administración de la justicia de la manera más formal posible, que en el centro del campo sobre la deliberación democrática de la justicia, el ejercicio del poder no dependa solamente de la forma de la estructura normativa, sino también de las formas de corrupción y sus redes. Esto nos permiteentender,“comolohaexplicadoZizek,[que]lastransgresionesperiódicas del orden establecido son inherentes al propio orden social y muchas veces funcionan como condiciones para su propia estabilidad. Por ello,Zizekhaafirmadoqueloquemantieneunidoaungruposocial,esdecir, lo que le proporciona la cohesión necesaria para su existencia, no estantolaidentificaciónconlaley,sino,másbien, la identificaciónconformasespecificasdetransgresiónydeevasióndeesasnormas”(Zizek,1997 citado por Vich, 2001: 177).

Cada uno de los sujetos que pone en práctica las diversas formas de corrupción en el Palacio de Justicia está recreando y sosteniendo su perte-nencia a la red que le da seguridad y que, al mismo tiempo, constituye una estructura de poder que penetra al sistema formal. Por lo tanto, el trabajo está en comprender que estas estrategias de corrupción, lejos de romper las redes estructurales o la organización misma, generan prácticas de unión (fusión), generan mecanismos para constituir estructuras de poder y, quizás, sean una de las partes más importantes del funcionamiento de los poderes políticos en su vida local, cotidiana. La corrupción, por tanto, cobra un sentido fundamental, pues funciona no solo como una mera actividad eco-nómica y de interés personal, sino que es un mecanismo de construcción de redes y, a su vez, uno de los canales que deben ser lubricados para poder recrear y mantener las uniones entre estas.

El poder y la autoridad se construyen, entonces, sobre estas redes y deben performar en esa dirección. De ahí que la corrupción sea una estra-tegia y el poder local sea un campo para el uso de sus tecnologías. Como hemos dicho, más que una simple ruptura, la corrupción parece ser un lenguaje complejo que fecunda las prácticas políticas y le da consistencia a la estructura de relaciones al interior de la política formal (aunque debe quedar claro que no se trata del único factor).

Como en las sociedades de la guerra perpetua (Clastres, 1981), en dondelaguerramisma,elconflictosiemprepuestoenacción,eselquedetermina el sentido y la solidez de un sistema que aparenta debilidad e incoherencia; en el ámbito de nuestros poderes locales, en nuestras institu-ciones políticas, las diferentes estrategias de transgresión, la corrupción en

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sus múltiples tecnologías, le otorga al sistema ciertas características, cierta solidez a las redes informales que lo penetran y, a través de ellas, un cierto orden (perversamente distinto al que la norma busca). Le dan un carácter diferente que hay que comprender como una lógica propia y particular de hacer política.

Lo que tenemos, en suma, es un modo de relacionarnos con lo político en la vida cotidiana. Esto sugiere que la transgresión y que la corrupción, no solo forman parte importante de nuestra actividad política sino que, aveces,lalubrican,laperfilan.Lacorrupciónseconvierte,entonces,nosimplemente en una manera de transgredir la política, sino, justamente, en un modo de ponerla en práctica.

2. La corrupción como vehículo de inserción en el sistema

La corrupción, sin embargo, no es solamente una técnica de la política, sino también un modo de entrar en ella. En la vida cotidiana de las institu-ciones, la corrupción no excluye a los actores del sistema que los alberga, sino más bien les permite, en su ejercicio, introducirse a este sistema formal de diversas maneras. De un lado, permite a los servidores y funcionarios públicos introducirse, a través de la práctica de actos de corrupción, en dinámicas de acción que los integran en el aparato de redes informales que funcionan en el interior del sistema político. De otro lado, permiten a los ciudadanos poner en práctica mecanismos políticos a través de dicho ejercicio y generar demandas al sistema.

Queda claro que se trata de un asunto perverso, en el sentido del uso de mecanismos ilegales para poner en práctica la política, pero eso muestra justamente la complejidad del asunto. La corrupción, en lugar de sacar a los sujetos del sistema, permite que entren en él. En lugar de convertir al sujeto en un marginal a la lógica formal, constituye una herramienta de acceso a los mecanismos institucionales. La corrupción entonces, excede las dinámicas de la transgresión marginalizada o dispuesta en el extremo radical de la política, la corrupción se muestra en su centro, como uno de sus dispositivos.

De ahí su importancia en el aprendizaje político de los actores, que manifiestanquelacorrupciónesunatécnicafundamentalparalainserciónde los sujetos en el sistema. De tal manera, no resulta ser un fenómeno residual, sino un campo central de la política institucional. Al mismo tiempo, resulta ser un elemento que funciona como núcleo de acción de diversas agrupaciones y redes de poder.

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Del mismo modo, en algunos casos, la corrupción no funciona sola-mente para ir en contra de la justicia, sino también como un recurso para demandar justicia. En este sentido no se trata solamente de una manera de romper el sistema, sino paradójicamente, de hacerlo funcionar. Esto, por supuesto, también es perverso, pues condiciona a los sujetos, incluso a quienes “tienen la razón y las pruebas” en los procesos judiciales, a de-mandar y solicitar, a pagar y a buscar ser partícipes de actos de corrupción que les permitan –contra la apariencia- lograr que sus casos sigan el orden de los procedimientos formales. Esto se debe a que se generan dinámicas de corrupción que funcionan de los dos lados de los actores del sistema y para los dos lados de los enfrentados en un juicio: el ofrecimiento de los actos de corrupción es similar para los acusados, como para los que pro-ducen la demanda. Ninguno de los dos lados está fuera de la estructura y deberá hacer lo necesario para que su caso llegue a buen término. Como hemos indicado, incluso “si se tiene la razón y las pruebas”, es muchas veces necesario llevar a cabo actos de corrupción para asegurarse de que los procesos sigan su “correcto funcionamiento”.

De igual modo, es paradójico que la corrupción no siempre funcione al margen de la ley, sino que gesta maneras de funcionar dentro de la nor-matividad. En esos casos se muestra las zonas grises de la normativa y de lascodificaciones,quenosiemprepuedencubrirlotodo:laley,finalmente,es siempre perfectible, nunca está del todo completa (Mujica 2005c). En este terreno, la investigación de campo muestra la existencia de diversos atípicos(AtienzayRuizManero,2006)quelaleynologracubrir,peroquepueden implicar actos de corrupción (por ejemplo, los trueques de per-sonal para la contratación de familiares que hemos descrito en el capítulo anteriornoestáncodificadoscomocorrupciónenelcódigopenal).Enla vida social, los actores que ponen en práctica la corrupción buscan las maneras de utilizar la ley a su favor, de reinventarla desde adentro y jugar consusmárgenes.Lacorrupciónexcedelastipificacionesy,porende,lasdefinicionesdelderecho:lacorrupciónnopuedeserpensadasolamentecomo aquello que indica la norma.

Sin los actos de corrupción no solo los funcionarios se verían en dificultadesparamovilizarsedentrodelasredes,sinoquealgunosciuda-danostendríandificultadesparapodermovilizarsedentrodelsistemadejusticia. En este sentido, algunos pueden argumentar que se trata de una lógica viciosa, en donde es el mismo sistema corrupto el que genera que la corrupción sea un mecanismo de inserción. En efecto, la lógica del sistema está estructurada por prácticas que se han sedimentado, pero más allá de

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lascalificacionesolosjuiciosquesepuedenestablecer,loqueintentamosmostrar es que se trata de un sistema que tiene coherencia incluso dentro de sus propias contradicciones. La corrupción, en lugar de excluir, incluye en el sistema. Y esto resulta una paradoja funcional y perversa: la informa-lidad en este caso, es parte de lo formal. En este sentido, la corrupción le da una estructura diferente a la política.

3. Autoridades subversivas, ciudadanos transgresores

Las autoridades que pueblan el espacio político no están fuera de las lógicas de corrupción, sino que son parte activa de ellas: se enfrentan a estas prácticas tanto si es que las ponen en funcionamiento, como cuando no denuncian aquellas que ocurren con evidencia a su alrededor. Pero no se trata de una estructura que funciona sin los propios actores, la corrupción no es una sustancia inmanente o una estructura fantasma, sino un modo de práctica concreta y reconocible, un fenómeno reinventado por los sujetos que la performan. La corrupción es una herramienta que existe en tanto es utilizada por los sujetos.

Estos sujetos son las autoridades judiciales, los burócratas y los ciuda-danos. Las autoridades, que son las que ejercen el Poder formal del Palacio de Justicia (desde los trabajadores de las Mesas de Partes hasta los Jueces de las cortes), son parte del sistema de poder y corrupción, como hemos visto en los capítulos anteriores. En este sentido, sin embargo, hay que en-tender que dicha participación no es tangencial, no se trata de accidentes recurrentes en una dinámica de trabajo adherida a las reglas o a la normativa delacodificación,sinomásbiendeunaparticipaciónactiva,consciente,sistemática en las prácticas de corrupción, una participación estratégica. Se trata de autoridades subversivas.

Aquello se debe a que la transgresión sistemática no proviene del exterior del sistema, sino que se gesta en sus prácticas interiores. Esta sub-versión, sin embargo, no implica una anulación del sistema, no se pretende traer abajo el sistema político, ni la democracia, ni el Estado; son prácticas y autoridades subversivas en la medida que dichas prácticas transgreden la estructura desde adentro, subvierten “el orden correcto de las cosas” (incluso cuando las prácticas de corrupción estén dirigidas a mantener los procedimientos), resquebrajan la ley formal que sustenta la estructura del Estado, haciendo ingresar a sus columnas elementos que le dan forma al sistema, pero que lo contradicen. La subversión en este caso es una posición transgresorasistemáticaqueterminaporperfilarperversamenteelsistema

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en lugar de destruirlo directamente. Pero en ese mismo camino termina por minar la estructura que funciona con múltiples contradicciones informales en su interior.

En ese camino, los ciudadanos no son piezas marginales del sistema, sino actores fundamentales de las lógicas de transgresión. A las autoridades subversivas les corresponden unos ciudadanos transgresores. Estos ponen en práctica diversos mecanismos de corrupción, y tampoco son agentes tangencialesopasivosdelsistema.Resultansersujetosquesevinculanconel aparto formal a través de los modos de transgresión: esto no quiere decir que no existan personas honestas o que se acerquen al sistema sin intereses que se vinculen con formas de corrupción o transgresión; lo que quiere decir es que es muy común encontrar lo contrario, incluso en la demanda de derechos formales o en la demanda y búsqueda de justicia.

Las autoridades, en sus funciones subversivas, y los ciudadanos, en sus acciones transgresoras, construyen un escenario de prácticas que le da una forma particular a la política institucional del Estado.

4. Los sistemas políticos y los sistemas sociales

La corrupción representa uno de los márgenes internos más radicales de la política de Estado. Y es justamente en los márgenes de los fenómenos donde podemos estudiar con más precisión su propio centro, su núcleo de funcionamiento (Mujica 2006). En ese sentido, tenemos lógicas que funcionando en el espacio de lo informal, penetran de modo profundo las estructuras más formales, las estructuras aparentemente más duras del sistema.

La política, que había sido abordada sobre todo en su disposición normativa, jurídica, en su ingeniería, requiere también de una mirada desde sus prácticas cotidianas. La ciencia política es, en ese sentido, una disciplina que integra a las otras disciplinas que han estudiado la política, y que tiene en el campo de complementación de aquellas un potencial importante. La mirada que hemos propuesto intenta dar a esta ciencia una perspectiva mi-cropolítica, puesto que ahí también se estructuran las relaciones de poder, se discute y negocia la formalidad.

¿Cuál es la función de la micropolítica en este terreno? Pues permite entender el encuentro entre los Sistemas Políticos –estructuras formales, estables y determinadas exteriormente- con los sistemas sociales –modos de pensar y poner en prácticas las relaciones entre actores-. En esta intersección es donde encontramos los espacios grises de funcionamiento de la ingeniería

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política y los diseños institucionales; asimismo, podemos reconocer el rostro cotidiano de la política, cuyo sistema implica en la práctica un sistema de relaciones sociales, campos de relaciones entre actores, espacios de tensión que no terminan, sino que se transforman junto a las Instituciones.

La corrupción aparece aquí como un fenómeno ambiguo. Por un lado, es parte de las dinámicas de relaciones sociales; por otro lado, es parte que se integra a la política, aunque de manera informal. Sin embargo, en esa integración funda un sistema, una disposición de las cosas que indica que la normativa requiere también de una análisis del presente. Si bien un análisis aséptico de las estructuras del Estado indica con rapidez que la corrupción noformapartedesusdispositivos,sinoqueloscortaoquelosatrofia;lamirada que proponemos permite indicar que se trata de formas políticas diferentes que se interpenetran: una (el Estado) proviene del acuerdo for-malizado, la otra (la corrupción) es una práctica social. ¿Cuál es la relación entre estas?

La Política (como ingeniería) y la política (como práctica social) no están separadas entre sí, y la corrupción es una manera de entenderlo y de mostrar su encuentro. Esto nos enseña también que los límites de la Política y del Estado no están solamente en sus fronteras exteriores, sino en su propio interior social.

5. La corrupción como performance de la política

Las prácticas de corrupción se muestran como vehículos de encuen-tro entre los actores, formas locales de uniones de redes informales. Su práctica es un mecanismo ritualizado que negocia el poder y la autoridad. Este conjunto de mecanismos de fusión se yuxtapone a una serie de suce-sosqueproducenfisionesenlasredes,sumovilización,desarticulaciónodesplazamiento, así como la expulsión o inclusión de un nuevo miembro. Una falta a la complicidad que imbrica a los actores del acto de corrupción, implicará la expulsión de un miembro o la integración de este a otra de las redes internas. La entrada de un nuevo funcionario moviliza las alianzas: puedesucederqueunaredsefisioneparaasociarseaestenuevoactor,oquedosredesseunifiquenparahacerlefrente.Esteconjuntoderela-ciones si bien no son percibidas por los ciudadanos ajenos al sistema, es rápidamente comprendida por los que lo habitan en la vida cotidiana. Los actores y funcionarios saben quién tiene capacidad del ejercicio del poder y la autoridad y en qué momento, y diseñan estrategias para conseguir sus objetivos de acuerdo a la posición relativa de las redes.

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Por otro lado, el ingreso de miembros nuevos en los rangos más bajos de la estructura resulta un proceso importante. Aquí es donde se empieza a aprender la dinámica de la vida cotidiana y la lógica del poder, donde los actores deciden su modo de integración a una red o su salida del puesto laboral. Un miembro nuevo es acogido por actores inmediatamente re-lacionados a su puesto y que pertenecen a una red de corrupción o de poder interno. Se le presenta al grupo haciéndolo participar de espacios de integración extralaboral (los almuerzos son espacios fundamentales, así como las celebraciones y convites para consumo de alcohol). Estos vínculos iniciales deben ser correspondidos con favores (actos de corrupción) que son parte de la cadena de prácticas que antes hemos esbozado. El nuevo actor se da cuenta rápidamente de qué se trata el asunto, reconoce las di-námicas transgresoras y las prácticas de corrupción de las que es partícipe, y decide estratégicamente sus acciones. De tal modo que gran parte de los nuevos miembros o trabajadores deciden participar de una red de prácticas de corrupción. Aunque no se trate de un grupo de identidad, sí lo es de referencia y de protección dentro de la estructura del Palacio de Justicia y de las redes laborales en el Estado.

Contra lo que parece ser evidente, es decir, que los actores practican la corrupción con el único objetivo de ganar dinero, la vida cotidiana en el Palacio muestra en los niveles micropolíticos, que aquel no es necesaria-mente el motivo inmediato. En otras palabras, el dinero o los bienes ma-teriales son un asunto importante en la lógica de las redes de corrupción, sin embargo es un objetivo que se traza a un plazo mediano. La interacción y pertenencia en las redes de corrupción obedece en primera instancia a la necesidad de un grupo de sustento. Los nuevos miembros se ven en la necesidad de pertenecer a una lógica de actos corruptos como mecanismos de pertenencia, inclusión y protección: los meritos de los actos corruptos otorgan bonos para la posibilidad de movilizarse en la red informal y en los cargos formales, la capacidad para efectuar ciertos actos y el ingenio para evadir las normas, reglas o impasses legales. Así, la meritocracia y lascertificacionesformales,losconocimientosyelbuendesempeño,sonparte de un conjunto de elementos que marchan junto a la habilidad en el ejercicio de formas de transgresión y corrupción. Este conjunto marca la posibilidad de permanencia y movilidad dentro del sistema.

Entonces, el terreno empieza a tomar forma y con esta nueva dispo-sición nos damos cuenta que la dinámica que genera este juego complejo rebasa, con mucho, las divisiones políticas o partidarias. Las relaciones de poder, muchas veces sostenidas en la disposición de las redes informales,

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van a obedecer más bien a un criterio de asociación más cotidiano, más personal y en ocasiones menos ideológico. El poder depende tanto de las amistades personales, enemistades y disputas, como de los partidos polí-ticos a los que pertenecen sus miembros (debido a que está conformado también por redes informales). Es más, existen redes en las que miembros, militantes o no militantes de diversos partidos políticos, interactúan sin ningún problema. La lógica partidaria se rearma cerca de un periodo de elecciones en donde los sujetos deben decidir sus movimientos de acuerdo a las posibilidades de su partido de ganar elecciones. Aunque hay muchos quenotienenomanifiestanunafiliaciónformal.

Los sistemas de corrupción, estas micropolíticas, no resultan entonces estructurasestables,nosonmafiasconunaorganizaciónvertical,organizadaa través de códigos con mandatos comunes y sentido de pertenencia de los sujetos. Tampoco son, en la mayor parte de los casos, clientelas, puesto que requerirían para serlo de lógicas estables entre un patrón y un cliente. Se trata, como hemos ido viendo, de lógicas segmentarias, grupos de actores que sefusionanyfisionan;conglomeradossinunacabezaestableoúnica.Sonsistemas que se desplazan coyunturalmente, sin una organización vertical. Nosontampocounacomunidad,puestoquenohayidentificaciónconelconjunto. Se trata de sistemas abiertos dispuestos al uso de la corrupción como una herramienta contextual. Esto hace más complejo el fenómeno al que nos referimos, le imprime un sentido vinculado con la política desde su práctica cotidiana, local.

Aquí el poder se vuelve a su rostro más cotidiano, en donde los dis-cursos,lasprácticasylasestrategiassemodificansegúnlascircunstancias.El poder y la autoridad salen de los casilleros estáticos que parece imprimir la mirada exterior, rebasan la formalidad de la estructura y la replantean desde adentro en juegos dialógicos que reinventan la ley, rehacen las nor-mas y vuelven la política a su terreno más cotidiano: al punto inicial de susrelacionesyconflictos.Lacorrupciónseconvierteahíenunvehículofundamental de acción, de asociación, de reciprocidad; vínculo que permite generar alianzas, construir grupos y hasta estructurar de cierto modo la política. El poder se vuelve a las técnicas de la corrupción que lo empiezan a constituir y lo convierten a la performance de los sujetos, pues siempre es una acción inconclusa, nunca se detiene, nunca descansa. El problema entonces no es que la corrupción destruya la política, sino que se convierta en parte de ella.

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