impuestos de primera y segunda categoria

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UNIVERSIDAD CATÓLICA LOS ÁNGELES DE CHIMBOTE” “AÑO DE LA PROMOCION DE LA INDUSTRIA RESPONSABLE Y DEL COMPROMISO CLIMATICO” TRABAJO ENCARGADO DE: “IMPUESTOS DE PRIMERA Y SGUNDA CATEGORIA” ASIGNATURA : D° TRIBUTARIO CICLO : V DOCENTE : Lic. INTEGRANTES: Muriel Shupingahua, Débora Y. Mori lecca, Alex Jesús TINGO MARÍA-2014

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Page 1: Impuestos de primera y segunda categoria

“UNIVERSIDAD CATÓLICA LOS ÁNGELES DE CHIMBOTE”

“AÑO DE LA PROMOCION DE LA INDUSTRIA RESPONSABLE Y DEL COMPROMISO CLIMATICO”

TRABAJO ENCARGADO DE:“IMPUESTOS DE PRIMERA Y SGUNDA

CATEGORIA” ASIGNATURA : D° TRIBUTARIOCICLO : VDOCENTE : Lic. INTEGRANTES: Muriel Shupingahua, Débora Y.

Mori lecca, Alex Jesús 

TINGO MARÍA-2014

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IMPUESTODEFINICION: El impuesto es una clase de tributo (obligaciones generalmente pecuniarias en favor del acreedor tributario) regido por derecho público. Se caracteriza por no requerir una contraprestación directa o determinada por parte de la administración hacendaria (acreedor tributario)."potestad tributaria del Estado",

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CATEGORIADEFINICION: En filosofía, una categoría es una de las nociones más abstractas y generales por las cuales las entidades son reconocidas, diferenciadas y clasificadas. Mediante las categorías, se pretende una clasificación jerárquica de las entidades del mundo. Entidades muy parecidas y con características comunes formarán una categoría, y a su vez varias categorías con características afines formarán una categoría superior.

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IMPUESTO DE PRIMERA CATEGORÍA (IMPUESTO A LAS UTILIDADES)

El Impuesto de Primera Categoría, grava las utilidades tributarias de los negocios, dejando afectas las rentas provenientes del capital y de las empresas comerciales, industriales, mineras y otras. Este impuesto se determina sobre la base de las utilidades líquidas obtenidas   por la empresa, vale decir, sobre los ingresos devengados o percibidos menos los gastos, y se declara anualmente en abril de cada año por todas aquellas rentas devengadas o percibidas en el año calendario anterior.

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RESPECTO DE ALGUNAS ACTIVIDADES

(agricultura, minería y transporte), el contribuyente puede pagar el impuesto según un sistema de renta presunta, en la medida que cumpla con las condiciones señaladas en la ley. 

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LAS TASAS DEL IMPUESTO DE PRIMERA CATEGORÍA, VIGENTES DESDE EL AÑO 2004, TIENEN EL SIGUIENTE COMPORTAMIENTO:

Impuesto/Años

2004 al 2010

20112012 y siguientes

Impuesto 1° Categoría

17% 20% 20%

El libro denominado Fondo de Utilidades Tributables (FUT) debe ser llevado por toda empresa para el control de las utilidades generadas por éstas, el retiro o distribución de las mismas y de aquellas que quedan pendiente de retiro o distribución, como también para el control de los respectivos créditos asociados a dichas utilidades.

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IMPUESTO ÚNICO DE SEGUNDA CATEGORÍA ( IMPUESTO A LAS RENTAS

DEL TRABAJO)El Impuesto Único de Segunda Categoría se aplica a las rentas del trabajo dependiente, tales como los sueldos, pensiones (excepto las de fuente extranjera) y rentas accesorias o complementarias a las ya mencionadas.

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El Impuesto Único es un tributo progresivo que se determina mediante una escala de tasas, empezando por un primer tramo exento hasta un último tramo con una tasa marginal de 40%. Su cálculo se realiza sobre el salario y/o remuneraciones del trabajo, deduciendo previamente los pagos por concepto de seguridad social y de salud.

Este impuesto debe ser retenido y enterado mensualmente en arcas fiscales por el respectivo empleador o pagador de la renta. Si un trabajador tiene más de un empleador, para los efectos de progresividad del impuesto, deben sumarse todas las rentas obtenidas e incluirlas en el tramo de tasas de impuesto que corresponda, y proceder a su reliquidación anual en abril del año siguiente al que ha sido percibida la renta.

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Un trabajador dependiente que tenga un sólo empleador y que no obtenga ninguna otra renta en un año tributario, no está obligado a efectuar una declaración anual de renta, ya que el impuesto único que afecta a su remuneración ha sido retenido mensualmente por el empleador o pagador.

Por su parte, aquellas personas que perciben ingresos provenientes del ejercicio de su actividad profesional o de cualquier otra profesión u ocupación lucrativa en forma independiente, no se encuentran gravadas con este impuesto único, sino que con los Impuestos Global Complementario o Adicional.

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Sin embargo, estas personas están sujetas a una retención o pago provisional del 10% sobre la renta bruta al momento de percibirla.  Esta retención o Pago Provisional son utilizados por el contribuyente rebajándolos como crédito de los impuestos personales antes indicados, pudiendo solicitar la devolución del excedente que resulte de la liquidación anual practicada, en los casos que correspondan de acuerdo con la Ley.

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¿QUIÉNES SON CONTRIBUYENTES DE PRIMERA O SEGUNDA

CATEGORÍA?Los contribuyentes se clasificarán tributariamente en Primera o Segunda Categoría de acuerdo al tipo de rentas o ingresos que obtengan, pues éstas son las que identifica la Ley de la Renta para clasificarlas con esa denominación, a saber:

Primera Categoría: De las rentas del capital y de las empresas comerciales, industriales, mineras y otras.

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Segunda Categoría: De las rentas del trabajo.

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LEGISLACIÓN TRIBUTARIA BÁSICACódigo Tributario N° 830  Decreto Ley N° 830 sobre Código Tributario (Publicado en el Diario Oficial de 31/12/74 y actualizado hasta la fecha de la última modificación legal).Ley sobre impuesto a la Renta  Notas  Anexo 1  Anexo 2  Anexo 3  Anexo 4Ley sobre Impuesto a la Renta, contenida en el Artículo 1º del Decreto Ley  Nº 824. (Publicado en el Diario Oficial de 31 de diciembre de 1974 y actualizado hasta la fecha de la última modificación legal). El anexo N°4 contiene información sobre la Ley N°20.365 y el Decreto Supremo N°331 publicado en el Diario oficial de 26/05/2010 (Reglamento de la Ley).Ley sobre impuesto de Timbres y Estampillas   anexo 1   anexo 2   anexo 3  anexo4 Decreto Ley N° 3.475, de 1980, sobre impuesto de Timbres y Estampillas (Publicado en el Diario Oficial de 4 de Septiembre de 1980 y actualizado hasta la fecha de la última modificación legal).

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Ley Sobre Impuesto Territorial Ley N°17.235 sobre Impuesto Territorial. Su texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado fue fijado por el D.F.L N°1, publicado en el Diario Oficial de 16/12/1998 y actualizado hasta la fecha de la última modificación legal).Ley N° 20.650. Posterga el reavalúo y prorroga los actuales avalúos de bienes raíces no agrícolas con destino habitacional, y reduce la periodicidad del reavalúo de los bienes raíces de las distintas series. (Publicada en el Diario Oficial de 31.12.2012)Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios Decreto Ley Nº 825, de 1974, Sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, reemplazado por el Decreto Ley Nº 1.606. (Publicado en el Diario Oficial de 03/12/76, conservando su mismo número, actualizado hasta la fecha de la última modificación legal).

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Reglamento de la Ley Sobre Impuestos a las Ventas y Servicios   Decreto supremo N°55, de Hacienda, de 1977, que contiene el Reglamento de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios (Publicado en el Diario Oficial de 02/02/77 y actualizado hasta la fecha de la última modificación legal).Ley Orgánica del Servicio de Impuestos InternosDecreto con Fuerza de Ley N°7, que fija el texto de la Ley Orgánica del SII y adecua disposiciones legales que señala (Publicado en el Diario Oficial de 15/10/80 y actualizado hasta la fecha de la última modificación legal).Ley N°20.322 Fortalece y Perfecciona la Jurisdicción Tributaria y Aduanera

Publicada en el D.O. de 27 de enero de 2009).DFL N°1, 2004 plantas del SIIFija texto refundido y actualizado de las plantas de personal de Servicio de Impuestos Internos y los respectivos requisitos de ingreso y promoción. (Publicado en el Diario Oficial de 9 de julio de 2004 y actualizado hasta la fecha de la última modificación legal)

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DFL N°3 RutCrea el Rol Único Tributario y establece normas para su aplicación. (Publicado en el D.O. N° 27.271, de 15 de Febrero de 1969 y actualizado hasta la fecha de la última modificación legal).Reglamento del Sistema de Rol Único Tributario

Decreto con Fuerza de Ley N°3, de Hacienda, que crea el Rol Único Tributario y establece normas para su aplicación. (Publicado en el Diario Oficial de  15/02/69 y actualizado hasta la fecha de la última modificación legal).Decreto Supremo N°348 de 1975 Decreto Supremo Nº 348, de 1975, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Su texto refundido fue aprobado por Decreto Supremo Nº 79, de 5 de Marzo de 1991(Publicado en el Diario Oficial de 03/06/1991 y actualizado hasta la fecha de la última modificación legal).

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Ley sobre Impuesto a las Herencias, Asignaciones y Donaciones  Word  ReglamentoLey N° 16.271, sobre Impuesto a las Herencias, Asignaciones y Donaciones. (Su texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el D.F.L. N° 1, de Justicia, publicado en el Diario Oficial de  30/05/2000 y actualizado hasta la fecha de la última modificación legal).Decreto Ley Nº 828 de 1974, Reglamento Sobre Impuesto a los Tabacos Manufacturados.  (Publicado en el Diario Oficial   de 31/12/74 y actualizado hasta la fecha de la última modificación legal).Decreto Con Fuerza Ley Nº 2 sobre Plan Habitacional   NotasEl Decreto con Fuerza de Ley Nº 2 fue publicado en el Diario Oficial del 31 de julio de 1959. Su texto definitivo fue fijado por el D.S. Nº 1.101, del Ministerio de Obras Públicas, publicado en el Diario Oficial de 18 de Julio de 1960 y actualizado hasta la fecha de la última modificación legal).

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Ley N° 20.544 Regula el tratamiento tributario de los instrumentos derivados.Ley 18.320 Sobre Cumplimiento Tributario    WordEstablece Normas que Incentivan el Cumplimiento Tributario.(Publicada en el Diario Oficial de 17/07/84 y actualizado hasta la fecha de la última modificación legal).

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GRACIA

S