fase (caso disciplinario)

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Unidad II: PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS GRUPO N° 1 REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA EXPERIMENTAL LIBERTADOR INSTITUTO DE MEJORAMIENTO PROFESIONAL DEL MAGISTERIO NÚCLEO ACADÉMICO MÉRIDA

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Page 2: Fase (caso disciplinario)

PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO

Un procedimiento administrativo implica el desarrollo formal de las acciones que se requieren para concretar la intervención administrativa necesaria para la realización de un determinado objetivo. Su propósito es la concreción de un acto de carácter administrativo.

Page 3: Fase (caso disciplinario)

Planteamiento del Problema

Acta de Citación al Docente

Acta de Entrevista al Docente

Informe de Director

ANÁLISIS DE CASO DISCIPLINARIO REAL

Page 4: Fase (caso disciplinario)

F: 00República Bolivariana de Venezuela

Ministerio del Poder Popular para la Educación Zona Educativa del Estado MéridaAulas Anexas Edelmira de Lobo

Municipio Autónomo Campo ElíasEjido Estado Mérida

NOMBRE DEL INVESTIGADO: Jesús Manuel Colina

CEDULA DE IDENTIDAD: 9.245.070

CARGO: Docente

ESCUELA BASICA O UNIDAD EDUCATIVA: Aulas Anexas Edelmira de Lobo

MUNICIPIO: Campo Elías

ESTADO: Mérida

DIA, MES Y AÑO DE INICIO DEL PROCEDIMIENTO: 06 de Abril de 2015

NUMERO TOTAL DE FOLIOS: 04.

Page 5: Fase (caso disciplinario)

F: 01

Planteamiento del Problema

En las Aulas Anexas Edelmira de Lobo ubicada en el Municipio Campo Elías de Ejido, actualmente labora el Prof. Jesús Manuel Colina C.I. Nº: 9.245.070, quien se desempeña como Docente de Aula en 5to. Grado, cuenta con una matrícula de 33 alumnos, 12 hembras y 21 varones, durante varios días se ha notado que éste docente llega reiteradamente tarde a la escuela, continuamente durante varios meses, al principio se pensó que era debido a que cambió de residencia y actualmente vive a las afuera del Municipio pero ya es muy constante las faltas en su horario.

En la primera semana de Enero el funcionario arriba mencionado ha llegado tarde todos los días sin ningún tipo de justificación, por lo que el Director decide aperturar un procedimiento administrativo. Siendo Testigo su compañera de trabajo Prof. Noreina Duarte Cedula de Identidad Nº 16.038.883 de 3er grado único.

Page 6: Fase (caso disciplinario)

F: 02República Bolivariana de Venezuela

Ministerio del Poder Popular para la Educación Zona Educativa del Estado MéridaAulas Anexas Edelmira de Lobo

Ejido Municipio Campo ElíasEstado Mérida

Acta de Citación al Docente Ejido, 06 / 04 /2015.

CiudadanoJesús Manuel ColinaPresente.- Me permito informarle que he aperturado una investigación en relación a los hechos en que usted presuntamente ha incurrido, los cuales podrían estar tipificados como causales de amonestación escrita, con base en el Artículo 152, numeral 1 del Reglamento del Ejercicio de la Profesión Docente. Tal hecho consiste: Retardo reiterado en el cumplimiento del horario del trabajo, es decir a la escuela, llegando reiteradamente tarde al aula de clase continuamente durante tres meses.A los fines de que se produzca su descargo y plantee lo conducente en ejercicio de su derecho a la defensa, le envío la presente citación a los fines de que comparezca ante mi persona el: 03/04/2015; a las 8:00 a.m. en este despacho

Cargo: DirectorNombre: Benedicta Márquez Sello de la Dependencia C.I: 5.202.605

Recibido: Jesús Manuel Colina Fecha y Hora: 06/04/2015 a las 10:00 am

Page 7: Fase (caso disciplinario)

F: 04Republica Bolivariana de Venezuela

Ministerio del Poder Popular para la Educación Zona Educativa del estado MéridaAulas Anexas Edelmira de Lobo

Ejido Municipio Campo ElíasEstado Mérida

Acta de Entrevista con el DocenteCiudadano:Jesús Manuel ColinaPresente.

En el día de hoy 13 de Abril de 2015, siendo las 8:00 de la mañana acudió a esta Oficina o Dirección del Plantel Aulas Anexas Edelmira de Lobo, ubicada en el Municipio Campo Elías, el Ciudadano Jesús Manuel Colina, previamente según consta de anexo a la presente acta, en su condición de Docente de Aula, a los fines de ser informado del hecho a la cual se le imputa, a juicio de su superior inmediato, podría configurar una causal de Amonestación Escrita prevista en el Art. 152 del Ejercicio de la Profesión Docente, tal hecho consiste en: Retardo reiterado en el cumplimiento del horario del trabajo

Durante el mes de Enero el Prof. Jesús Manuel Colina llegó tarde a la institución sin presentar ningún tipo de justificación, esto a creado una incomodidad tanto a los alumnos, como a los representantes y a la institución. Ante tales planteamientos, el funcionario citado manifestó lo siguiente: “Siempre he sido consciente de que llego tarde, se me dificulta llegar temprano debido a que ahora vivo fuera de Ejido y el transporte no presta un buen servicio. Sin embargo quiero comprometerme a llegar temprano, es decir al horario de trabajo, ya que soy docente y debo ser modelo para los alumnos”.Después del análisis de los hechos imputados y de los cargos realizados en la entrevista recogida en la presente acta, en mi condición de superior inmediato decidiré a la mayor brevedad sobre la aplicación efectiva de la amonestación o sobre la conclusión del procedimiento con base en alegatos del funcionario.

Jesus Manuel Colina Sello Prof. Benedicta Márquez

Page 8: Fase (caso disciplinario)

F: 06República Bolivariana de Venezuela

Ministerio del Poder Popular para la Educación Zona Educativa del Estado MéridaAulas Anexas Edelmira de Lobo

Ejido Municipio Campo ElíasEstado Mérida

INFORME DEL DIRECTOR

En el día de hoy 13-04-2016, procedí a citar el funcionario Jesús Manuel Colina cédula de identidad Nº9.245.070, quien en relación a los hechos ocurridos en el plantel durante tres meses, lo cual lo responsabiliza de relatar los hechos ocurridos.

Oídas las imputaciones que se le formularon, el funcionario mencionado procedió a justificar su conducta en los siguientes términos: : “Siempre he sido consciente de que llego tarde, se me dificulta llegar temprano debido a que ahora vivo fuera de Ejido y el transporte no presta un buen servicio. Sin embargo quiero comprometerme a llegar temprano, es decir al horario de trabajo, ya que soy docente y debo ser modelo para los alumnos”.

Oídas la testificación de la Prof. Noreina Duarte Cedula de Identidad Nº 16.038.883 que: “Que el docente antes mencionado por lo general siempre llega a la institución treinta minutos después del horario acordado para iniciar la jornada diaria, así mismo manifestó que este comportamiento se viene desde que comenzó el año 2015”.

Ahora bien; analizados los antecedentes del funcionario, su expediente personal, la falta que se le imputa y comprobada como ha quedado su responsabilidad, procedo en uso de la atribución que me otorga el artículo 95 del Reglamento General de la Ley de Carrera Administrativa, a aplicar la sanción de amonestación escrita basada en las disposiciones transitorias de La Ley Orgánica de Educación en su numeral 8.

Superior Jerárquico Sello de la dependenciaNombre:Cédula de identidad:

Page 9: Fase (caso disciplinario)

Planteamiento del ProblemaActa de Citación al Docente

Citación del TestigoActa de Entrevista al DocenteActa Declaración del TestigoInforme de DirectorActa de Aplicación de Amonestación Escrita

ANÁLISIS DE CASO DISCIPLINARIO SIGUIENDO LINEAMIENTOS

Page 10: Fase (caso disciplinario)

F: 00República Bolivariana de Venezuela

Ministerio del Poder Popular para la Educación Zona Educativa del Estado MéridaAulas Anexas Edelmira de Lobo

Municipio Autónomo Campo ElíasEjido Estado Mérida

NOMBRE DEL INVESTIGADO: Jesús Manuel Colina

CEDULA DE IDENTIDAD: 9.245.070

CARGO: Docente

ESCUELA BASICA O UNIDAD EDUCATIVA: Aulas Anexas Edelmira de Lobo

MUNICIPIO: Campo Elías

ESTADO: Mérida

DIA, MES Y AÑO DE INICIO DEL PROCEDIMIENTO: 06 de Abril de 2015

NUMERO TOTAL DE FOLIOS: ______

Page 11: Fase (caso disciplinario)

F: 01

Planteamiento del Problema

En las Aulas Anexas Edelmira de Lobo ubicada en el Municipio Campo Elías de Ejido, actualmente labora el Prof. Jesús Manuel Colina C.I. Nº: 9.245.070, quien se desempeña como Docente de Aula en 5to. Grado, cuenta con una matrícula de 33 alumnos, 12 hembras y 21 varones, durante varios días se ha notado que éste docente llega reiteradamente tarde a la escuela, continuamente durante varios meses, al principio se pensó que era debido a que cambió de residencia y actualmente vive a las afuera del Municipio pero ya es muy constante las faltas en su horario.

En la primera semana de Enero el funcionario arriba mencionado ha llegado tarde todos los días sin ningún tipo de justificación, por lo que el Director decide aperturar un procedimiento administrativo. Siendo Testigo su compañera de trabajo Prof. Noreina Duarte Cedula de Identidad Nº 16.038.883 de 3er grado único.

Page 12: Fase (caso disciplinario)

F: 02República Bolivariana de Venezuela

Ministerio del Poder Popular para la Educación Zona Educativa del Estado MéridaAulas Anexas Edelmira de Lobo

Ejido Municipio Campo ElíasEstado Mérida

Acta de Citación al Docente Ejido, 06 / 04 /2015.

CiudadanoJesús Manuel ColinaPresente.- Me permito informarle que he aperturado una investigación en relación a los hechos en que usted presuntamente ha incurrido, los cuales podrían estar tipificados como causales de amonestación escrita, con base en el Artículo 152, numeral 1 del Reglamento del Ejercicio de la Profesión Docente. Tal hecho consiste: Retardo reiterado en el cumplimiento del horario del trabajo, es decir a la escuela, llegando reiteradamente tarde al aula de clase continuamente durante tres meses.A los fines de que se produzca su descargo y plantee lo conducente en ejercicio de su derecho a la defensa, le envío la presente citación a los fines de que comparezca ante mi persona el: 03/04/2015; a las 8:00 a.m. en este despacho

Cargo: DirectorNombre: Benedicta Márquez Sello de la Dependencia

C.I: 5.202.605

Recibido: Jesús Manuel MolinaFecha y Hora: 06/04/2015 a las 10:00 am

Page 13: Fase (caso disciplinario)

F: 03República Bolivariana de Venezuela

Ministerio del Poder Popular para la Educación Zona Educativa del estado MéridaAulas Anexas Edelmira de Lobo

Ejido Municipio Campo ElíasEstado Mérida

Ejido, 06 Abril 2015Citación del Testigo

Se notifica a la ciudadana Noreina Duarte, titular de la Cédula de Identidad Nº 16.038.883, en su carácter de Docente de Aula de 3er grado, que debe comparecer ante la Dirección de este Plantel el día 13 del mes Abril del año 2015 a las 10 am, para que rinda declaración en la averiguación que se sigue al Docente: Jesús Manuel Colina Cédula de Identidad Nº 9.245.070 del 5to. grado en esta institución en cuanto presuntamente ha incurrido en: Retardo en forma reiterada al lugar de trabajo.

___________________________Director del Plantel. Sello de la Dependencia

Recibido: Noreina Duarte C.I. V-16.038.883Fecha: 06 Abril 2015Hora: 10 a.m.

Page 14: Fase (caso disciplinario)

F: 04Republica Bolivariana de Venezuela

Ministerio del Poder Popular para la Educación Zona Educativa del estado MéridaAulas Anexas Edelmira de Lobo

Ejido Municipio Campo ElíasEstado Mérida

Acta de Entrevista con el DocenteCiudadano:Jesús Manuel ColinaPresente.

En el día de hoy 13 de Abril de 2015, siendo las 8:00 de la mañana acudió a esta Oficina o Dirección del Plantel Aulas Anexas Edelmira de Lobo, ubicada en el Municipio Campo Elías, el Ciudadano Jesús Manuel Colina, previamente según consta de anexo a la presente acta, en su condición de Docente de Aula, a los fines de ser informado del hecho a la cual se le imputa, a juicio de su superior inmediato, podría configurar una causal de Amonestación Escrita prevista en el Art. 152 del Ejercicio de la Profesión Docente, tal hecho consiste en: Retardo reiterado en el cumplimiento del horario del trabajo

Durante el mes de Enero el Prof. Jesús Manuel Colina llegó tarde a la institución sin presentar ningún tipo de justificación, esto a creado una incomodidad tanto a los alumnos, como a los representantes y a la institución. Ante tales planteamientos, el funcionario citado manifestó lo siguiente: “Siempre he sido consciente de que llego tarde, se me dificulta llegar temprano debido a que ahora vivo fuera de Ejido y el transporte no presta un buen servicio. Sin embargo quiero comprometerme a llegar temprano, es decir al horario de trabajo, ya que soy docente y debo ser modelo para los alumnos”.Después del análisis de los hechos imputados y de los cargos realizados en la entrevista recogida en la presente acta, en mi condición de superior inmediato decidiré a la mayor brevedad sobre la aplicación efectiva de la amonestación o sobre la conclusión del procedimiento con base en alegatos del funcionario.

Jesus Manuel Colina Sello Prof. Benedicta Márquez

Page 15: Fase (caso disciplinario)

F: 05Republica Bolivariana de Venezuela

Ministerio del Poder Popular para la Educación Zona Educativa del Estado MéridaAulas Anexas Edelmira de Lobo

Ejido Municipio Campo ElíasEstado Mérida

Acta de Declaración del TestigoHoy 13 de Abril de 2015 siendo las 10 a.m. previa citación compareció por ante la

Dirección de las Aulas Anexas Edelmira de Lobo la docente Noreina Duarte Cedula de Identidad Nº 16.038.883 para dar su declaración con respecto al caso que se le sigue al Docente de 5to. grado de la misma Institución Jesús Manuel Colina Cedula de Identidad Nº 9.245.070 por estar presuntamente cometiendo una falta leve estipulada en el Art. 152 del Ejercicio de la Profesión Docente, tal hecho consiste en: Retardo reiterado en el cumplimiento del horario del trabajo

El testigo expuso: Que el docente antes mencionado por lo general siempre llega a la institución treinta minutos después del horario acordado para iniciar la jornada diaria, así mismo manifestó que este comportamiento se viene desde que comenzó el año 2015.

Finalizada la entrevista, se leyó y conforme firman. __________________ _____________________

El Director del Plantel El Testigo (Nombre y Apellido)

Sello C.I.Nº

Page 16: Fase (caso disciplinario)

F: 06República Bolivariana de Venezuela

Ministerio del Poder Popular para la Educación Zona Educativa del Estado MéridaAulas Anexas Edelmira de Lobo

Ejido Municipio Campo ElíasEstado Mérida

INFORME DEL DIRECTOR

En el día de hoy 13-04-2016, procedí a citar el funcionario Jesús Manuel Colina cédula de identidad Nº9.245.070, quien en relación a los hechos ocurridos en el plantel durante tres meses, lo cual lo responsabiliza de relatar los hechos ocurridos.

Oídas las imputaciones que se le formularon, el funcionario mencionado procedió a justificar su conducta en los siguientes términos: : “Siempre he sido consciente de que llego tarde, se me dificulta llegar temprano debido a que ahora vivo fuera de Ejido y el transporte no presta un buen servicio. Sin embargo quiero comprometerme a llegar temprano, es decir al horario de trabajo, ya que soy docente y debo ser modelo para los alumnos”.

Oídas la testificación de la Prof. Noreina Duarte Cedula de Identidad Nº 16.038.883 que: “Que el docente antes mencionado por lo general siempre llega a la institución treinta minutos después del horario acordado para iniciar la jornada diaria, así mismo manifestó que este comportamiento se viene desde que comenzó el año 2015”.

Ahora bien; analizados los antecedentes del funcionario, su expediente personal, la falta que se le imputa y comprobada como ha quedado su responsabilidad, procedo en uso de la atribución que me otorga el artículo 95 del Reglamento General de la Ley de Carrera Administrativa, a aplicar la sanción de amonestación escrita basada en las disposiciones transitorias de La Ley Orgánica de Educación en su numeral 8.

Superior Jerárquico Sello de la dependenciaNombre:Cédula de identidad:

Page 17: Fase (caso disciplinario)

F: 07Republica Bolivariana de Venezuela

Ministerio del Poder Popular para la Educación Zona Educativa del Estado MéridaAulas Anexas Edelmira de Lobo

Ejido Municipio Campo ElíasEstado Mérida

Acta de Aplicación de Amonestación Escrita

En el día de hoy 16/04/2015 en mi condición de Director de las Aulas Anexas Edelmira de Lobo ubicada en el Municipio Campo Elías Estado Mérida, dejo constancia de la aplicación de Amonestación Escrita al Ciudadano Jesús Manuel Colina C.I.Nº: 9.245.070, quien se desempeña como Docente de Aula del 5to. grado de Educación Básica por el siguiente hecho:

Retardo reiterado en el cumplimiento del horario del trabajo según el artículo 152 del Reglamento del Ejercicio de la Profesión Docente en el Numeral 1.

Es mi decisión, el que tales hechos configuran la causal de Amonestación Escrita establecida en las disposiciones transitorias de La Ley Orgánica de Educación en su numeral 8., los cuales no fueron desvirtuados en la oportunidad en que se produjo el descargo del docente sancionado.

El Director

Prof. Benedicta Márquez SelloC.I.Nº: 5.202.605

Page 18: Fase (caso disciplinario)

F: 08República Bolivariana de Venezuela

Ministerio del Poder Popular para la Educación Zona Educativa del Estado MéridaAulas Anexas Edelmira de Lobo

Ejido Municipio Campo ElíasEstado Mérida

La Vega; 20 Abril de 2015Oficio No 230

Ciudadano: Prof. Jesús Manuel ColinaDocente de Aula: 5to. grado

De conformidad con lo establecido en el artículo 166 del Reglamento del Ejercicio de la Profesión Docente, cumplo con comunicarle que en esta misma fecha he decidido aplicarle la sanción de Amonestación Escrita

Retardo reiterado en el cumplimiento del horario del trabajo según el artículo 152 del Reglamento del Ejercicio de la Profesión Docente en el Numeral 1.

Se le informa que se ha enviado copia de la presente comunicación a la Zona Educativa Oficina de Recursos Humanos del Estado Mérida con la información específica; de allí que tiene quince (15) días hábiles para interponer Recurso de Reconsideración contra la presente amonestación, ante el mismo funcionario que aplicó la medida o recurso jerárquico, dentro del lapso de quince (15) días hábiles al jefe inmediato superior a partir desde la fecha de la presente comunicación. Todo ello de conformidad con el artículo 94 y 95 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos.

DirectorProf. Benedicta Márquez SelloC.I. Nº 5.202.605

Page 19: Fase (caso disciplinario)

F: 09República Bolivariana de Venezuela

Ministerio del Poder Popular para la Educación Zona Educativa del Estado MéridaAulas Anexas Edelmira de Lobo

Ejido Municipio Campo ElíasEstado Mérida

Las Vegas; 20 de Abril de 2015Oficio No 235

Ciudadana: Lcda. Olga Escalante M.Jefe de Zona Educativa del Estado MéridaSu despacho.- Con Copia: Jefe de División de Recursos Humanos De conformidad con lo establecido en el artículo 166 del Reglamento del Ejercicio de la

Profesión Docente, cumplo con comunicarle que en esta misma fecha he decidido aplicar contra el ciudadano Prof. Jesús Manuel Colina, titular de la C.l. N° 9.245.070, quien desempeña en este plantel, el cargo de Docente de Aula del 5to. grado, la sanción de Amonestación Escrita por:

Retardo reiterado en el cumplimiento del horario del trabajo según el artículo 152 del Reglamento del Ejercicio de la Profesión Docente en el Numeral 1.

Al funcionario amonestado se le ha enviado copia de la presente comunicación con la información específica para que ejerza su derecho a interponer Recurso de Reconsideración contra la presente amonestación, ante el mismo funcionario que aplicó la medida, o recurso jerárquico dentro del lapso de quince (15) días hábiles a contar desde la fecha de la presente comunicación. Todo ello de conformidad con el artículo 94 y 95 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos.

DirectorProf. Benedicta Márquez SelloC.I. Nº 5.02.605

Page 20: Fase (caso disciplinario)

GRACIAS!