f wo llllfill - asu digital repositorywo llllfill 3m & natural de ptíebll o do c^^^ ^t^ cn...

2
Wo llllfill 3m & natural del ptíeblo do c^^^t ^t^ cnj China «le edad de vi^ alios, que lie cd^ciiido con los Sí es. VASIGikp y C ñ , lo que se csprrsa en las cliuisulas siguides la .— Quedo ccmpvcmcticlo dcede chora u cmbai.eaime para la HAEAXA'cu la Isla de Cuba cn el luquc que me seralon dichos Sres. V V . 2 a .— Quedo igualmente comprcmetido y sugeto por el lamino de ccho años á trabajar en dicho pais de'la Ma de CuLa alas ordenes de los Sres.Touiciísi PUENTE y Ca. ó alas de la persona a quien ellos traspasasen esta Contrata ojiara lo cual Ies faculto, en todas las tarcas alli acostumbradas, en el campo, en las 'poblaciones, 6 en Ííoncle quiera que me destinen, sea cu casas particulares,,establecimientos de cualquiera clase de industria j urtes/ó bien en ingenios, vegas, cafetales; sitios,-potreros, estan'ílus" y cuanto concierne á las labores urbanas y rurales sea de la especie que fueren. « 、, 3 a .—Los ocho afíos de compromiso que dejo contraidos en los terminoj espref^dos ctí a cláusula anteriorpHiicfjji.arán á desde el dia que me proporcionen patrono depues de mi llegada al puerto citado de la .HABANA, sierrip^e que yo llegare en y desde e �o ctavo dia águíente al de mi salida del hospital ó enfermería, caso de llegar enfermo ó incapaz de trabajar al tiempo de rni desembarque. ,• ' * - 4 a . Las horas en que be de trabajar dependerán de ,1a clase de trabajo que me dé, y gegun las atenciones que diciio trabajo requiera, lo cual queda al arbitrio del patron á cuyas ordenes se me ponga, siempre qxíé se me cien liis horas. seg:uidas^(le descanso cada 21 horas, y el tiempo preciso ademas para la comida y almuerzo con aixcglo á lo que enastas necesiiiclades twbieran ¿ losde mas trabajadores asalariados en aquel pais. ' ' 'a 4 : ‘, ,.5 a .—Ademas de las líoms (le descanso, en los dias de trabajo, no podrá liácerseme desempeñar cn los,.Dotóingos? mas^aí)or'ós. <]ue las de necesidad practicadas en tales dios según la indole de los queliacéres en que me ocupen. f " , ' . ^ … G a , ~ M e sugeto igualmente al t orden y (lisciplina que ge observ'e cn el éstableciinientó, taller, finca 6 casa particular«aclonde ,e ine destine, y me someto al sistema de corrcceion mué en los mismos se inpone por faltas dé aplicación -y .qon^táncia en erimbajar <le obediemia Á las ordenes de los patronos ó de SUB represe.ntantcsJ y por todas aquella?enja gravrdad r*o haga precisa la intciií encion (lelas leyes. . 、• : .•- / . 7 a .—Por ninguna razón o por ^ingun pretcsto podré, durante los ocho afíos poi. los‘:cuafós quedo compcmctido)’ en este Contrata, negar mis servicios al patron que^ me tomeni á evadirme de su poder, ni á intentarlo^iq^icra por^iiiiiguna cuusa, ni ^ lliÜLfrtfíUL' lIffi^UÜTl lilJociriiracíqn. - 一一 ^^ 丨丨 , _".,. ^L._::'‘.、•- . H. a .——En cuanto Á ctisordc enfcimcdcd conTengo y estipulo que esta, esccde de una £ C ip a IÍTI se ^ e su P cn da D Hilarioy QUE €ste no vuelva á correrme hesta mi restablecimieiiío ó lo que es igual ; hasta qué mi salud peí mita g<rup»¥jne de. nuevo cn el sci yicio de mi patrono.. ' " -. Los Señores VARGAS y Ca. en nombre de la referida Compafiia BG obligan por guparte'para. cor migo . I. Á que desde el dia en que v principien á contarse los ccho afíos de mi ccmprcniko, pimcljmí también a COITCIme e salítiio de cuatro pesos al mes. '. : II. Á que se me suministre de alimento! cada dia ccho onzas de carne -y(¿boniatos otrs^ viandas sanas j a l i m e n t i c i a s . , ' ' : I I I . Á que ‘durante mis enfe™e<iades:rsc.iñc proporcione en la eñfern^na la asistencia que mis males reclamen ansilios, medicinas y facultativo qne mis dolencias y conservaciori ecsijan fueren portel tieippó "que fueren-. 、、 1Y. Á que se me den dos mudas de repa, una cami&a de lana y una frasada anuíiles» - . / 广 “ \ 广 Y. Será de cuenta do los mismos Señores y por la de quien corresponds mi pasage hasta^k HABANA y mi manutención borilo, VI. Los mismos Señores me adelantarán la cantidad de dcce p^sos fuertes en oro ó plata para mi habilitación al viage le voy á emprender, la misma gtie satisfaré cn la. II ABAN A ár las ordenes de dichos Señores con un pesd al mea que.s'e descontará (le ir salaria por la persona á quien íuese traspasado este Contrato, entcndienclpsé que por niiíguñ otro concepto po<Trá' liacél-seme descuento Í 【i mo . VII.- Á darme gratis 3 mydas de ropa y demás utensilios necesarios el clia'de mivembafque. ^ 、v VIII‘ Á que se rae conceda la protección de las leyes que rijan en la Ysk de GÉiba. 1 t IX., Á que transcurridos los 8 afíos estipulados en esta N Contrata teii'dié libertad para de j n i trabajo sin qui pueda servir de pretesto para prolongar esta Contrata, contra mi y,c>l¿ntad; cualesquiera' deudas;^ empeños 6 ccínprcmfsos qu ' M 、- . . V i . ... r •.- "!':>,.-••/ contraído. •‘ .'‘ “ • DECLARO baber rccibido en efectiro seeun se C.BpreW. tu la ultima clausula laf surca de doce mencionados r tegraré en la H ABANA en la forina establecida cn dicha clausula* •一 : D E C L A R O tsmbicn que me confoimo con el salario estimulado, suuque sé y me consta es mucho . mayor el que ganfc otros jornaleros libres y los' esclavos en la Isla ele Cuba; porque esta 'diferencia la juzgo compensada con las'otras ventojas qtife ha de propomonáime mi. patronoy Jas que aparecen cn este Cci) trato. / •. •.Y en íé‘ de que cumpliremos mutuamente lo que queda pa^idt) cn este documéiito fiimanaos clos de un" 1 tenor y parsítin solo efccto ambos contratantes en t F » 9 - <3

Upload: others

Post on 11-May-2020

0 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: F Wo llllfill - ASU Digital RepositoryWo llllfill 3m & natural de ptíebll o do c^^^ ^t^ cn China t j «le edad de vi^ alios que lie cd^ciiid,o co n los Sí es. VASIGikp y Cñ l,o

W o l l l l f i l l

3m & natural del ptíeblo do c ^ ^ ^ t ^ t ^ cnj China

«le edad de v i ^ alios, que lie cd^cii ido con los Sí es. V A S I G i k p y C ñ , lo que se csprrsa en las cliuisulas siguides :

l a .— Quedo ccmpvcmcticlo dcede chora u cmbai.eaime para la HAEAXA'cu la Isla de Cuba cn el luquc que me seralon dichos Sres. ‘ ‘ ’:分 V V . �

2 a .— Quedo igualmente comprcmetido y sugeto por el l amino de ccho años á trabajar en dicho pais de'la M a de CuLa alas ordenes de los Sres.Touiciísi PUENTE y Ca. ó alas de la persona a quien ellos traspasasen esta Contrata ojiara lo cual Ies faculto, en todas las tarcas alli acostumbradas, en el campo, en las 'poblaciones, 6 en Ííoncle quiera que me destinen, sea cu casas particulares,,establecimientos de cualquiera clase de industria j urtes/ó bien en ingenios, vegas, cafetales; sitios,-potreros, estan'ílus" y cuanto concierne á las labores urbanas y rurales sea de la especie que fueren. • « �、,

3a.—Los ocho afíos de compromiso que dejo contraidos en los terminoj espref^dos ctí 】a cláusula anterior,pHiicfjji.arán á desde�el dia que me proporcionen patrono depues de mi llegada al puerto citado de la .HABANA, sierrip^e que yo llegare en y desde e�oc tavo dia águíente al de mi salida del hospital ó enfermería, caso de llegar enfermo ó incapaz de trabajar al

tiempo de rni desembarque. 、 ,• • ' * -4a

. ; L a s horas en que be de trabajar dependerán de ,1a clase de trabajo que me dé, y gegun las atenciones que diciio trabajo requiera, lo cual queda al arbitrio del patron á cuyas ordenes se me ponga, siempre qxíé se me cien l i is horas. seg:uidas (le descanso cada 21 horas, y el tiempo preciso ademas para la comida y almuerzo con aixcglo á lo que enastas necesiiiclades twbieran

¿ losde mas trabajadores asalariados en aquel pais. • ' ' 'a ‘ 4 : ‘ ,

, . 5 a .—Ademas de las líoms (le descanso, en los dias de trabajo, no podrá liácerseme desempeñar cn los,.Dotóingos? mas^aí)or'ós. <]ue las de necesidad practicadas en tales dios según la indole de los queliacéres en que me ocupen. f" ,:' . ^ …

Ga , ~ M e sugeto igualmente alt orden y (lisciplina que ge observ'e cn el éstableciinientó, taller, finca 6 casa particular«aclonde ,e ine destine, y me someto al sistema de corrcceion mué en los mismos se inpone por faltas dé aplicación -y .qon^táncia en erimbajar

<le obediemia Á las ordenes de los patronos ó de SUB represe.ntantcsJ y por todas aquella?; enja gravrdad r*o haga precisa la intciií encion (lelas leyes. . 、 、 • : . • -、 ”

/ . 7a .—Por ninguna razón o por ^ingun pretcsto podré, durante los ocho afíos poi. los‘:cuafós quedo compcmctido)’ en este Contrata, negar mis servicios al patron que^ me tome,ni á evadirme de su poder, ni á intentarlo^iq^icra por^iiiiiguna cuusa, ni

^ lliÜLfrtfíUL' lIffi^UÜTl lilJociriiracíqn. 、 - 一 一 ^ ^ 丨 丨 , ; _ " . , . ^L._::、'‘.、•- 、 … 场 一 .

‘ ’ H.a .——En cuanto Á ctisordc enfcimcdcd conTengo y estipulo que BÍ esta, esccde de una £ C ip a IÍTI se ^ e su ?P cn da D Hilario,y QUE

€ste no vuelva á correrme hesta mi restablecimieiiío ó lo que es igual; hasta qué mi salud peí mita g<rup»¥jne de. nuevo cn el sci yicio , de mi patrono.. ' " • - .

• Los Señores VARGAS y Ca. en nombre de la referida Compafiia BG obligan po r guparte'para. cor migo .

I . Á que desde el dia en quevprincipien á contarse los ccho afíos de mi ccmprcniko, pimcljmí también a COITCIme e salítiio de cuatro pesos al mes. ' . : 。 “

I I . Á que se me suministre de alimento! cada dia ccho onzas de carne - y ( ¿ b o n i a t o s otrs^ viandas sanas j a l i m e n t i c i a s . , ' ' 、 : 、 •承

I I I . Á que ‘durante mis enfe™e<iades:rsc.iñc proporcione en la eñfern^na la asistencia que mis males reclamen ansilios, medicinas y facultativo qne mis dolencias y conservaciori ecsijan fueren portel tieippó "que fueren-. 、、

1Y. Á que se me den dos mudas de repa, una cami&a de lana y una frasada anuíiles» : - . /广 “ \ 广

Y . Será de cuenta do los mismos Señores y por la de quien corresponds mi pasage hasta^k H A B A N A y mi manutención borilo, VI . Los mismos Señores me adelantarán la cantidad de dcce p^sos fuertes en oro ó plata para mi habilitación al viage le voy

á emprender, la misma gtie satisfaré cn la. I I ABAN A ár las ordenes de dichos Señores con un pesd al mea que.s'e descontará (le ir salaria por la persona á quien íuese traspasado este Contrato, entcndienclpsé que por niiíguñ otro concepto po<Trá' liacél-seme descuento Í 【imo 产. V I I . - Á darme gratis 3 mydas de ropa y demás utensilios necesarios el clia'de mivembafque. ^ ‘ 、v

V I I I ‘ Á que se rae conceda la protección de las leyes que rijan en la Ysk de GÉiba. : 1 t IX . , Á que transcurridos los 8 afíos estipulados en estaN Contrata teii'dié libertad para de j n i trabajo sin qui pueda servir de pretesto para prolongar esta Contrata, contra mi ‘ y,c>l¿ntad; cualesquiera' deudas; empeños 6 ccínprcmfsos qu

' M 、- . ,. V i ’ . . . . 、r •.- "!':々>,.-••/ •卞、 contraído. • ‘ . ' ‘ “ “ • D E C L A R O baber rccibido en efectiro seeun se C.BpreW. tu la ultima clausula laf surca de doce mencionados r

tegraré en la H A B A N A en la forina establecida cn dicha clausula;* •一

: D E C L A R O tsmbicn que me confoimo con el salario estimulado, suuque sé y me consta es mucho . mayor el que ganfc otros jornaleros libres ‘ y los' esclavos en la Isla ele Cuba; porque esta 'diferencia la juzgo compensada con las'otras ventojas qtife ha de propomonáime mi. patrono; y Jas que aparecen cn este Cci) trato. 寺 • / • . 、

•.Y en íé‘ de que cumpliremos mutuamente lo que queda pa^idt) cn este documéiito fiimanaos clos de un"1 tenor y parsítin solo �efccto ambos contratantes en t ‘

F» :

9 - < 3

Page 2: F Wo llllfill - ASU Digital RepositoryWo llllfill 3m & natural de ptíebll o do c^^^ ^t^ cn China t j «le edad de vi^ alios que lie cd^ciiid,o co n los Sí es. VASIGikp y Cñ l,o

%

娘往古”j島哼

吟城 OT-rrrríí^f

t從別&俅唤作工

不能當.迷H扎之夸

好出燒介綸八曰#

之畤一日两飱亦有.

皆、仔H o六术論蒗

令任從责*1碑?«

作哜术得锊俅職巧

十乂 一一十八欵5裁“

而已O八沁洧.两不,

肩皇后毅立第^十

後〇\工程^Í平

会同給铃鹹肉八雨

C四每砰給發象索

$爻各顼使m竹:

謫H人噙傈由nr

”憑特立合同犮孰.

.紀咸f‘?砰,

r 戰 工 閡 彺 有 起 鹈 各 工 方 ^ P ^ K í ib准卢/r重和r定it瘀悉艮t-喊原义 乍 睜 有 大 處 期 ^ ^ v r i f 當 氇 、

1 .府漱

* \

4

;

?

c

f

C

八年為期饼蒋蜮e外不:

皆,所從措使o三催工考

後八í”2期#

工期S首rn

期與冬钱各工人If.9

處作工必湏it依其地規

大,S5宄办〇夂在<年

有一彳<节五十成年-^

二曲十§四十t各條款典小

爲刻其工I卵W起工之日,

另雜項食物一\t率0三(

三农工絨衫一>洋氈\張

噶蓴此给.银Í一元俾我脩

物o八颔工人在#地方應

搾傕甚身;雞¥k洧久落钱

A樣

放-vX '0

rrf

z

I 效 - i 勢 .

ri ""、〜、、小

入氏华扩三^f^-É^^

^^ É^ M

M^ ^

¿r

4使.sy司捋合同轉與刮人•,

厂論何入钗又封在居家麼房4_等萄

£<年c到樣á到5頭彖.〜曰起計钌到

A身孑芬S小熊作工你逡八醫院风理饺禹

¿洳禮并古!偽通隳要^發命质作工贫

一银若苜不堂々作工或不岍是主爻额、之

.工期之肉事主所有事發\4将籍端!«避不

刀二十三E^-á宋®t后所鉍條例翁Í一

求更臂此箏例挝均兴我熟•罹侬此合同

#s工銀俄病S工煞後S工跟所

y

Í

起針每月义多四大无d與拖夂〇 > 海日

(

MtíMÍ

【办备物以使行艄o H Z船之時选妗唪m

m其地.之人同樣办f o凡滿广年-期任

rl亦不強Í

\