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UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SANTAESCUELA DE INGENIERIA CIVIL
CURSO: INSTALACIONES ELECTRICAS MODULO 5Profesor del Curso : Ms.Sc. Csar L. Lpez Aguilar
Ingeniero Mecnico Electricista CIP 67424
I. ACCESORIOS ELECTRICOS, TOMACORRIENTES,
CAJAS DE SALIDA, ENCHUFES
II. INSTALACION DE EQUIPOS DE ALUMBRADO
III.TABLEROS ELECTRICOS.
IV.CIRCUITOS DERIVADOS
III. Practica 5
IV. Bibliografia:
CODIGO NACIONAL DE ELECTRICIDAD UTILIZACION, PERU. EDIT.
MINISTERIO DE ENERGIA Y MINAS 2006
12/06/2013 Ing. Csar Lpez Aguilar 1
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12/06/2013 Ing. Csar Lpez Aguilar 2
Ejemplo de Circuito de Tomacorrientes
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12/06/2013 Ing. Csar Lpez Aguilar 3
Ejemplo de Circuito de Iluminacin
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12/06/2013 Ing. Csar Lpez Aguilar 4
150-700 Tomacorrientes: Generalidades
(1) Las configuraciones de tomacorrientes deben cumplir los
requerimientos de las Normas Tcnicas Peruanas; deben ser aptas
para operar a 220 V y deben corresponder a los regmenes de 10
A, 15 A, 20 A, 30 A, 50 A o 60 A (ver Diagrama 1),
DIAGRAMA 1
(Ver Reglas 150-700, 150-702, 150-746, 330-052, 330-102, 420-014 y el Anexo B)
Configuraciones de tomacorrientes sin enclavamiento
Tomacorrientes para circuitos monofsicosde 250 V, 3 conductores
G : Conductor de proteccin
o de enlace equipotencial.
Y : Terminal no conectado a
tierra.
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150-700 Tomacorrientes: Generalidades
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12/06/2013 Ing. Csar Lpez Aguilar 6
150-700 Tomacorrientes: GeneralidadesDIAGRAMA 2
(Ver Reglas 070-020, 150-700, 330-052, 330-102, 420-014 y el Anexo B)
Configuraciones de Tomacorrientes Con Enclavamiento
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TOMACORRIENTES NORMALIZADOS
1
2
3
1 2
3
1 2
3
y
3
1 2
10 A16 A 15 A
NTP 370.054 NTP-IEC 60884-1
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Los enchufes de los electrodomsticos
preparados para puesta a tierra
1
23 1
23
1 2
3
y
1
2
3
12/06/2013 Ing. Csar Lpez Aguilar 8
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No debe ser posible la conexin de una sola espiga
X
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NO QUITAR EL ESPIGO
DE PAT DEL ENCHUFE
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150-700 Tomacorrientes: Generalidades
(4) Los tomacorrientes no deben tener una base de tipo atornillable.
(5) Los tomacorrientes con bornes expuestos deben ser usados
nicamente en accesorios, canalizaciones metlicas y equipossimilares.
(6) Los tomacorrientes ubicados en pisos deben encerrarse en
cajas para pisos.
(7) Los tomacorrientes con capacidad nominal de 30 A o ms quedeban ser instalados boca abajo, deben estar provistos con un
medio de enclavamiento o bloqueo para prevenir desconexiones no
intencionales.
(12) Los corredores o escaleras de uso pblico en edificaciones
para uso residencial, deben tener por lo menos un tomacorriente
doble por cada 10 m de longitud o fraccin.
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12/3712/06/2013 Ing. Csar Lpez Aguilar 12
150-702 Tomacorrientes en Unidades de Vivienda
(1) Para los propsitos de esta regla, se entiende como pared
terminada, cualquier acabado de pared que se extienda hasta 450
mm desde el piso, con mampostera sin mortero, paneles de
madera u otros materiales parecidos.
(2) Para los propsitos de esta regla, los tomacorrientes deben
tener una capacidad mnima de 10 A, 250 V y deben tener alguna
configuracin aprobada. Todo equipo electrodomstico con unacapacidad nominal mayor de 15 A, debe ser considerado como
una instalacin fija, debe ser provisto con medios de desconexin
y de proteccin adecuados, y debe ser alimentado desde un
circuito derivado independiente.(3) Excepto que se prevea de otra manera en el Cdigo, en las
unidades de vivienda se deben instalar tomacorrientes en las
paredes terminadas de cada cuarto o rea, que no sean cocinas,
baos, pasadizos, lavanderas, sanitarios, cuartos de depsito,
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13/3712/06/2013 Ing. Csar Lpez Aguilar 13
150-702 Tomacorrientes en Unidades de Vivienda
o armarios, de modo que no se tenga ningn punto a lo largo de la
lnea de piso de cualquier espacio de pared utilizable, que se
encuentre a ms de 2 m de un tomacorriente, medidos en forma
horizontal desde un tomacorriente ubicado en ese espacio o en un
espacio adyacente.
(4) Se debe proveer por lo menos un tomacorriente doble en cada
rea, tal como un balcn, terraza o porche, que no sea clasificadacomo un cuarto o rea terminada, de acuerdo con la Subregla (3).
(5) Los tomacorrientes a que se hace referencia en las Subreglas
(3) y (4) deben ser:
(a) Tomacorrientes dobles; o(b) Tomacorrientes simples dispuestos para proveer un nmero
equivalente de dispositivos de contacto.
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14/3712/06/2013 Ing. Csar Lpez Aguilar 14
150-702 Tomacorrientes en Unidades de Vivienda
(7) En las unidades de vivienda se debe instalar en cada cocina:
(a) Un tomacorriente por cada refrigerador; y
(b) Donde se disponga de una tubera de gas, o una salida de gas
provista para una cocina de gas, se debe proveer un tomacorriente
detrs de la ubicacin prevista para la cocina, a no ms de 130 mm
del piso, y tan cerca al eje como sea posible, medido a lo largo de la
lnea del piso; y(c) Se debe proveer un nmero suficiente de tomacorrientes a lo
largo de la pared detrs de mostradores de trabajo (excluyendo
fregaderos, equipos fabricados y superficies de trabajo aisladas con
menos de 300 mm de largo), de modo que ningn punto medido
horizontalmente a lo largo de la pared se encuentre a ms de 900mm de un tomacorriente; y
(d) Por lo menos un tomacorriente doble en las reas de comedor,
cuando se encuentre dentro del ambiente de la cocina.
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15/3712/06/2013 Ing. Csar Lpez Aguilar 15
150-702 Tomacorrientes en Unidades de Vivienda(11) Ningn punto en un pasillo de una unidad de vivienda, debe
estar a ms de 4,5 m de un tomacorriente doble, midiendo esta
distancia como el camino ms corto que seguira el cordn de
alimentacin de un electrodomstico conectado al tomacorriente, sinatravesar el espacio de una puerta.
(12) Se debe proveer por lo menos un tomacorriente doble:
(a) En cada cuarto o rea de lavandera; y
(b) En cada cuarto de depsito; y(c) En cualquier rea de stano no terminada.
(13) Se debe instalar por lo menos un tomacorriente cerca al
lavatorio ubicado en cada bao o lavandera.
(14) Los tomacorrientes instalados en baos, en la medida de lo
posible, se deben ubicar a por lo menos 1 m, pero en ningn caso amenos de 500 mm de una tina o un compartimiento de ducha,
midindose esta distancia en forma horizontal entre el tomacorriente
y la tina o ducha, sin atravesar paredes, tabiques u obstculos
similares.
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16/3712/06/2013 Ing. Csar Lpez Aguilar 16
150-702 Tomacorrientes en Unidades de Vivienda
(15) Cuando se instala un tomacorriente en un cuarto de bao y
lavandera combinado con caeras de salida para la lavadora, el
tomacorriente para la lavadora debe ser instalado detrs de laubicacin prevista para sta, y a no ms de 600 mm del piso.
(18) En cada unidad de vivienda de una o ms plantas, se debe
proveer por lo menos un tomacorriente doble en el exterior, de
modo que sea fcilmente accesible, donde requiera ser utilizado
por electrodomsticos que por necesidad deban ser usados en
exteriores.
(20) Se debe proveer por lo menos un tomacorriente doble, por
cada espacio para un carro en un garaje de una unidad de
vivienda.
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150-400 Tableros en Unidades de Vivienda
(1) Debe instalarse un tablero en cada unidad
de vivienda.(2) Todo tablero debe tener un solo suministro,
protegido por un dispositivo de proteccin
contra sobrecorrientes en la caja de
conexin.(3) Previo acuerdo, contra posibles riesgos de
incendios por fallas a tierra en el cable
alimentador, se puede instalar un dispositivo
de corriente diferencial. Este dispositivo decorriente diferencial residual debe tener una
sensibilidad adecuada y ser del tipo
selectivo con ID de 30 mA .
Red de Distribucin
Tablero
(1)
(2)
30 mA
Alimentador
(3)
(3)
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150-400 Tableros en Unidades de Vivienda
(4) En el tablero de la unidad devivienda se debe instalar un
interruptor automtico general deltipo termomagntico. Asimismo,cuando se requiera se recomienda lainstalacin de un interruptor deaislamiento
(5) Cada circuito derivado, debe estarprotegido por un interruptorautomtico del tipo termomagntico.
(6) Se debe instalar al menos uninterruptor diferencial o de falla atierra, de 30 mA de sensibilidad.
(7) El interruptor diferencial mencionado en (6) actuar como interruptorde cabecera, en instalaciones de hasta tres circuitos derivados.
(4)
(4)
(5)
(6) y (7)
TABLERO
Ejemplo:
In 40 A
30 mA
In 40 A
In 16 A
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150-400 Tableros en Unidades de Vivienda
(8) En instalaciones con ms de
tres circuitos derivados, stospueden agruparse de a tres y
poner a la cabeza de cada
grupo un interruptor diferencial
de 30 mA de sensibilidad.
Vase tambin la
Regla 040-216 (3)
30 mA 30 mA
TABLERO
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150-400 Tableros en Unidades de Vivienda
(9) Para mejorar la continuidad de
servicio de la instalacin, esrecomendable instalar un
interruptor diferencial de 30 mA
de sensibilidad en cada circuito
derivado, aguas abajo delinterruptor automtico
respectivo.
Vase tambin laRegla 040-216 (4)
TABLERO
30 mA 30 mA 30 mA
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Interruptor
diferencial
Interruptores
termomagnticos
Barra de
puesta a
tierra
Interruptor
termomagntico
general
REFERENCIAL
12/06/2013 Ing. Csar Lpez Aguilar 21
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150-402 Ubicacin de Tableros
(1) Los tableros no deben ser ubicados en carboneras,
armarios de ropa, cuartos de bao, escaleras, ambientes de
doble altura, lugares peligrosos, ni en ningn otro lugar
poco adecuado.
(2) Los tableros en unidades de vivienda se deben ubicar
tan alto como sea posible, pero teniendo en cuenta queninguna manija de dispositivo de proteccin quede a ms
de 1,7 m sobre el nivel del piso.
150-404 Sealizacin de Advertencia y Peligro
Todo los tableros deben tener sealizacin de advertencia ypeligro claramente visible, de acuerdo a la norma DGE
Smbolos Grficos en Electricidad.
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Peligro!
Riesgo elctrico
Para indicar la
presencia de un riesgo
elctrico
141-02-02
12/06/2013 Ing. Csar Lpez Aguilar 23
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Mala instalacin
Tablero debe ser accesible12/06/2013 Ing. Csar Lpez Aguilar 24
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INSTALACION DE CAJAS DE SALIDA Y ACCESORIOS070-3000 Mximo Nmero de Salidas por Circuito
(1) No deben haber ms de 12 salidas en cualquier circuito
derivado de 2 conductores, excepto lo permitido por otras reglasdel Cdigo.
(2) Se considera para cada salida un consumo no menor de 1 A,
excepto lo permitido por la Subregla (3).
(3) Cuando la carga de cada salida es conocida, se permite que elnmero de salidas sea mayor que 12, en la medida que la corriente
total del circuito no exceda el 80% de la capacidad nominal del
dispositivo de sobrecorriente que lo protege.
(4) Cuando se empleen configuraciones fijas multi-salida, cada 1,5
m o fraccin de longitud continua de tal configuracin debe
contarse como una salida, mas en lugares donde es frecuente
utilizar muchos artefactos simultneamente, cada 300 mm o
fraccin de configuracin debe ser contado como una salida.
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070-3002 Cajas de Salida
(1) Debe instalarse una caja o un dispositivo equivalente en cada
punto de salida, interruptor, tomacorriente o unin de tuberas,
canalizaciones, cables con armadura o cables con cubierta nometlica.
(2) No deben utilizarse cajas de salida no metlicas con mtodos
de alambrado que impliquen canalizaciones metlicas, o cables
con armadura o con cubierta metlica, a menos que las cajas
provean de enlaces equipotenciales que conecten todas las
aberturas para ingreso de conductores.
(3) Las cajas deben ser provistas de una tapa o una cubierta para
un artefacto o luminaria.
(4) En cada caja se debe dejar por lo menos 150 mm de conductor
libre para poder efectuar los empalmes o las conexiones a
artefactos, a menos que se considere que los conductores deben
ser solamente enlazados a travs de portalmparas,
tomacorrientes o dispositivos similares, sin realizar empalmes.
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170-100 EQUIPOS DE ALUMBRADO INTERIOR
170-100 Generalidades
Las Reglas 170-100 a 170-822 se aplican a:
(a) La instalacin de luminarias, portalmparas, artefactos
colgantes, lmparas de filamentos incandescentes y lmparas de
descarga, en interiores; y
(b) El alambrado y a los equipos elctricos usados en conjunto con
ste.
170-102 Tensin
Las tensiones de los circuitos derivados en las unidades de
vivienda, as como en instalaciones que no sean unidades de
vivienda, no deben ser menores, ni deben sobrepasar las
tolerancias indicadas en la Norma Tcnica de Calidad de los
Servicios Elctricos.
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170-104 ProteccinLas luminarias, portalmparas y rieles de alumbrado, no deben ser
conectados a circuitos derivados protegidos con dispositivos de
sobrecorriente con capacidad nominal o ajustados a ms de:(a) 15 A en unidades de vivienda; o
(b) 15 A en otros circuitos que no sean unidades de vivienda, en la
medida que la tensin nominal exceda de 220 V; o
(c) 20 A en otros circuitos que no sean unidades de vivienda, en la
medida que la tensin nominal del circuito no exceda de 220 V; o(d) 40 A en otros circuitos que no sean unidades de vivienda y la
carga consista en:
(i) Lmparas incandescentes con luminarias y portalmparas con
base tipo mogul; o
(ii) Lmparas de descarga de alta intensidad, con o sin sistemasauxiliares de alumbrado, en la medida que la tensin nominal no
exceda de 220 V; o
(iii) Lmparas halgenas, con portalmparas de doble terminal,
en la medida que la tensin nominal no exceda de 220 V;
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170-300 Partes VivasLas luminarias, portalmparas y equipos asociados, deben ser
instalados de modo que, no hayan partes vivas expuestas al
contacto cuando estn en uso.
170-318 Altura Mnima de Luminarias
(1) Cuando se instala una luminaria (o portalmparas) a menos
de 2,1 m sobre el piso y es fcilmente accesible, debe ser
protegida contra daos mecnicos, ya sea mediante una guarda
o una ubicacin adecuada.
(2) Se permite el uso de una lmpara porttil flexible en lugar de
una luminaria fija que se menciona en la Subregla (1).
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170-328 Alumbrado de Escaleras en Unidades deVivienda
(1) Excepto lo previsto en la Subregla (2), todas las escaleras en
una unidad de vivienda deben ser iluminadas, y donde lasescaleras tengan cuatro o ms peldaos, el alumbrado debe ser
controlado mediante interruptores de tres vas o su equivalente
funcional, ubicados en la cabecera y en la base de la escalera.
(2) Las escaleras a los stanos o azoteas, que no contenganreas terminadas ni conduzcan a accesos al exterior, como
garajes, y que no sirven a ms que a una unidad de vivienda, se
permite que tengan el alumbrado controlado por un solo
interruptor, ubicado al inicio de la escalera.
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150-704 Circuitos Derivados en InstalacionesResidenciales
(1) Los circuitos derivados de un tablero instalado segn los
requerimientos de la Regla 150-400, no deben conectarse asalidas o equipos elctricos de cualquier otra unidad de vivienda.
(2) Cada tomacorriente destinado a un congelador debe ser
alimentado por un circuito derivado, que no alimente ninguna otra
salida, excepto un tomacorriente empotrado, destinado aalimentar a un reloj elctrico.
(7) Debe preverse un circuito derivado independiente para los
tomacorrientes instalados en un ambiente de lavandera.
(10) Cuando en una vivienda de una o ms plantas, se preveacontar con un garaje con puerta elctrica, se debe proveer un
circuito derivado independiente para el equipo correspondiente, y
en el mismo se deben conectar los tomacorrientes y artefactos de
iluminacin instalados en el rea de garaje.
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150-704 Circuitos Derivados en InstalacionesResidenciales
(11) Cuando se tengan tomacorrientes instalados en una
alacena, gabinete o un estante, destinados a alimentar a unhorno de microondas, de acuerdo con la Regla 150-702 (16), se
debe proveer un circuito derivado independiente que no
alimente a otras salidas, y este circuito no debe ser considerado
como parte del circuito requerido bajo la Subregla (3).
(12) Cuando una vivienda tenga equipos de aire acondicionado,
ya sea de tipo centralizado o equipos individuales para
ambientes especficos de la vivienda, debe proveerse para los
mismos uno o ms circuitos derivados independientes que no
alimenten a otro tipo de electrodomsticos.
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150-744 Conexiones de Alimentacin para Artefactos
(1) Los calentadores elctricos y artefactos electrodomsticos
para cocina deben tener slo un punto de conexin para su
alimentacin.(2) Cuando en una unidad de vivienda se instale una secadora
elctrica de ropa, cuyo consumo exceda de 15 A, teniendo en
cuenta lo expresado en la Regla 150-702 (2), se debe conectar a
travs de un interruptor automtico o un interruptor provisto confusibles, instalado adyacente a la misma, y debe proveerse para
el equipo un circuito derivado independiente.
(3) Para instalarse una secadora elctrica de ropa en una unidad
de vivienda, cuyo consumo no exceda de 15 A, se debe utilizar
un cordn elctrico con enchufe adecuado.
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150-744 Conexiones de Alimentacin para Artefactos
(4) Cuando deba instalarse en una unidad de vivienda una cocina
elctrica autosoportada, cuyo consumo nominal exceda de 15 A,
de acuerdo con lo expresado en la Regla 150-702 (2), se debeproveer la conexin a travs de un interruptor provisto con fusibles
o un interruptor automtico instalado adyacente a la cocina y
alimentado desde un circuito derivado independiente.
(5) El interruptor provisto con fusibles o interruptor automticorequerido en la Subregla (4) debe ser instalado:
(a) En la pared detrs de la ubicacin de la cocina, sin exceder de
250 mm de distancia entre el borde superior de la cocina y el
centro del interruptor; y
(b) A no ms de 200 mm de alguno de los bordes laterales de la
cocina, en la medida que est alejado de zonas peligrosas y
pueda ser fcilmente accesible para mantenimiento.
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150-744 Conexiones de Alimentacin para Artefactos
(6) Para instalarse una cocina elctrica autosoportada en una
unidad de vivienda, cuyo consumo no exceda de 15 A, se debe
utilizar un cordn elctrico con enchufe adecuado.(7) Se permite que los electrodomsticos cuya conexin se prev
mediante alguno de los mtodos de alambrado descritos en la
Seccin 070, pueden ser alimentados mediante conexiones de
cordn utilizando enchufes y tomacorrientes adecuados, en lamedida que su corriente nominal no exceda de 15 A .
(8) Los tomacorrientes requeridos en las Subreglas (3) y (6)
deben ser para montaje al ras, en la medida de lo posible.
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150-746 Artefactos Electrodomsticos con Consumos
Mayores de 1500 W
(1) Cada calentador elctrico o artefacto electrodomstico para
cocina, cuyo consumo exceda de 1 500 W, debe ser alimentadodesde un circuito derivado usado nicamente para ese
electrodomstico.
150-806 Equipos de Calefaccin con Capacidad Nominal
Menor que 100 000 kcal/h (ver Anexo B)
(1) Excepto lo permitido en la Subregla (3), toda la energa
elctrica para los equipos de calefaccin y sus equipos
asociados que operen en conexin con los mismos, debe serobtenida del mismo circuito derivado, el cual no debe utilizarse
para ninguna otra carga.
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ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS
Leer las siguientes reglas del CNE
150-704 Circuitos Derivados en Instalaciones Residenciales
150-744 Conexiones de Alimentacin para Artefactos
150-746 Artefactos Electrodomsticos con Consumos Mayoresde 1500 W
170 INSTALACION DE EQUIPOS DE ALUMBRADO