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Documento Técnico 0501DOT10-V1 REQUISITOS SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO PARA CONTRATISTAS Macroproceso: CHE Gestionar Capital Humano y Empresarial Proceso: CHE 1 Gestionar Capital Humano Subproceso: CHE 1.3. Gestionar Seguridad y Salud en el Trabajo Actividad: Gestionar la Seguridad en el Trabajo Tarea: Lineamientos SST Contratistas

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Documento Técnico 0501DOT10-V1 REQUISITOS SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

PARA CONTRATISTAS

Macroproceso: CHE Gestionar Capital Humano y Empresarial

Proceso: CHE 1 Gestionar Capital Humano Subproceso:

CHE 1.3. Gestionar Seguridad y Salud en el Trabajo Actividad:

Gestionar la Seguridad en el Trabajo Tarea:

Lineamientos SST Contratistas

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CONTENIDO

1 OBJETIVO ............................................................................................................................................. 4

2 ALCANCE.............................................................................................................................................. 4

3 GLOSARIO ............................................................................................................................................ 4

4 REQUISITOS GENERALES ..................................................................................................................... 6

5 REQUISITOS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO ............................... 7

5.1 IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS, VALORACIÓN DE RIESGOS Y CONTROLES ....................................... 9

5.2 EXÁMENES MÉDICOS OCUPACIONALES (INGRESO, PERIÓDICOS, RETIRO) ............................................................. 9

5.3 DOTACIÓN Y ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL EPP ............................................................ 10

5.4 SEÑALIZACIÓN Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO ................................................................................. 10

5.5 MÁQUINAS EQUIPOS Y HERRAMIENTAS............................................................................................ 10

5.6 REPORTE E INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES E INCIDENTES DE TRABAJO ........................................................... 11

5.7 PREPARACIÓN Y RESPUESTA ANTE EMERGENCIAS ........................................................................................ 11

6 REQUISITOS DE CONTROL OPERACIONAL .......................................................................................... 12

6.1 CONTROLES PARA EL PELIGRO DE TRABAJO EN ALTURAS ............................................................................... 12

6.2 CONTROLES PARA EL PELIGRO ELÉCTRICO .............................................................................................. 13

6.3 CONTROLES PARA PELIGROS EN ESPACIOS CONFINADOS ................................................................... 14

6.4 CONTROLES PARA PELIGROS TRABAJOS EN CALIENTE ........................................................................ 14

6.5 CONTROLES PARA PELIGROS POR SUSTANCIAS QUÍMICAS .................................................................. 15

6.5.1 Almacenamiento de productos químicos ............................................................................................ 15

6.5.2 Gases comprimidos ......................................................................................................................... 16

6.5.3 Plaguicidas ..................................................................................................................................... 16

6.6 CONTROLES PARA PELIGROS BIOLÓGICOS ........................................................................................... 16

7 REQUISITOS PARA LA EJECUCIÓN DE OTRAS ACTIVIDADES ............................................................... 16

7.1 EXCAVACIONES ..................................................................................................................................... 16

7.2 EQUIPOS PARA IZAJE DE CARGAS .................................................................................................... 17

7.3 SERVICIO DE TRASNPORTE TERRESTRE .......................................................................................... 17

7.4 MANIPULADORES DE ALIMENTOS ..................................................................................................... 17

7.5 EMPRESAS DE VIGILANCIA PRIVADA ................................................................................................. 18

8 REQUISITOS GESTIÓN AMBIENTAL ...................................................................................................... 18

8.1 EMPRESAS DE VIGILANCIA PRIVADA ................................................................................................. 19

8.2 MANEJO COMPONENTE BIÓTICO ................................................................................................................ 20

8.3 ABASTECIMIENTO DE AGUA .............................................................................................................. 20

8.4 MANEJO DE RESIDUOS ............................................................................................................................ 20

8.5 RESIDUOS PELIGROSOS ...................................................................................................................... 21

8.6 TRANSPORTE MERCANCÍAS PELIGROSAS ........................................................................................ 22

8.7 CONTROL DE LA CALIDAD DEL AIRE .................................................................................................. 22

8.8 TRANSPORTE MATERIALES, EQUIPOS Y ESCOMBROS ..................................................................................... 23

8.9 CONSUMO DE MATERIALES E INSUMOS ....................................................................................................... 23

8.10 GESTIÓN SOCIAL ............................................................................................................................... 23

9 CONTRATISTA PERSONA NATURAL .................................................................................................... 24

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9.1 DISPOSICIONES GENERALES ............................................................................................................ 24

9.2 AFILIACIÓN Y COBERTURA ................................................................................................................ 24

9.3 COTIZACIÓN Y PAGO ......................................................................................................................... 25

9.4 OBLIGACIONES DE XM COMO CONTRATANTE................................................................................... 26

9.5 OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA ................................................................................................... 26

10 SEGUIMIENTO ................................................................................................................................. 27

11 REFERENCIAS ................................................................................................................................. 27

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1 OBJETIVO Indicar al Contratista que todas las actividades a ejecutar en el marco de un contrato, sean realizadas teniendo en cuenta la legislación vigente, los documentos contractuales, las políticas y lineamientos propios para evitar desviaciones e incumplimientos en los temas de seguridad y salud en el trabajo.

2 ALCANCE

Este documento aplica para todos los contratos de prestación de servicios que se ejecuten en XM. Se exceptúan aquellos contratos cuyas actividades sean de índole administrativo que sean inferiores a un mes, tales como, asesoría, consultoría, entre otros y no requieran la ejecución de trabajos operativos.

3 GLOSARIO

Accidente Ambiental: Suceso inesperado y repentino que afecta directamente los recursos naturales adyacentes o ubicados dentro de las instalaciones. Será también accidente ambiental, el ocurrido por causa o con ocasión del transporte de sustancias o equipos de propiedad de la empresa. Accidente de trabajo: Es todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión de trabajo y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional o psiquiátrica, una invalidez o la muerte. Es también accidente de trabajo, aquel que se produzca durante la ejecución de órdenes del empleador, aún fuera del lugar y horas de trabajo, durante el traslado de los trabajadores o contratistas desde su residencia a los lugares de trabajo o viceversa; igualmente, cuando el transporte lo suministre el empleador y durante la ejecución de actividades recreativas, deportivas o culturales cuando se actúe por cuenta o en representación del empleador. Contratista: Persona natural o jurídica que responde ante XM por la efectiva gestión de actividades de asesoría, interventoría, diseño, supervisión, construcción, operación, mantenimiento, entre otras. Disposición final de residuos: Es el proceso de aislar y confinar los escombros y residuos no peligrosos de forma definitiva en escombreras y en rellenos sanitarios, respectivamente, lugares especialmente seleccionados y diseñados para prevenir la contaminación y los riesgos a la salud humana. Elemento de Protección Personal (EPP): Se entiende por elemento de protección personal “todo equipo, aparato o dispositivo especialmente proyectado y fabricado para preservar el cuerpo humano, en todo o en parte, de riesgos específicos de accidentes del trabajo o enfermedades laborales”. Emergencia: Toda situación súbita que requiere atención inmediata debido a que afecta o puede afectar la vida, la integridad física de las personas o al medio ambiente y que exige una respuesta mayor a la establecida para la operación cotidiana de los procesos. Espacio Confinado: Es un espacio cerrado o parcialmente cerrado que en principio no está diseñado o no se pretende que sea ocupado por personas y tiene una entrada o salida restringida

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según la ubicación, tamaño o medios. Además, es un espacio que puede representar un riesgo para la seguridad y salud de cualquier persona que entre, debido a uno o más de los siguientes factores: Su diseño, construcción, localización o atmósfera, los materiales o sustancias que contiene, las actividades de trabajo que se realizan, o los riesgos de seguridad, proceso y mecánicos presentes. Excavación: Extracción de tierras realizada en zonas localizadas del terreno. SST: Seguridad y salud en el trabajo. Incidente de trabajo: Suceso acontecido en el curso del trabajo o en relación con este, que tuvo el potencial de ser un accidente, en el que hubo personas involucradas sin que sufrieran lesiones o se presentaran daños a la propiedad y/o pérdida en los procesos. Infraestructura: Conjunto de bienes o servicios que se consideran necesarios para la operación y funcionamiento de XM. Lista de mercancías peligrosas: Es el listado oficial que describe más exactamente las mercancías peligrosas transportadas más frecuentemente, a nivel internacional y que se publican en el Libro Naranja de la Organización de las Naciones Unidas titulado “Recomendaciones relativas al transporte de mercancías peligrosas”, del Consejo Económico y Social, versión vigente. Maquinaria rodante de construcción o minería: Vehículo automotor destinado exclusivamente a obras industriales, incluidas las de minería, construcción y conservación de obras, que por sus características técnicas y físicas no pueden transitar por las vías de uso público o privadas abiertas al público. Persona advertida (RETIE): Persona suficientemente informada y supervisada por personas calificadas, que le permitan evitar los riesgos que podría generar al desarrollar una actividad relacionada con la electricidad. Persona calificada (RETIE): Persona natural que demuestre su formación (capacitación y entrenamiento) en el conocimiento de la electrotecnia y los riesgos asociados a la electricidad. Persona habilitada (RETIE): Profesional competente, autorizado por el propietario o tenedor de la instalación, para realizar determinados trabajos con riesgo eléctrico, con base a su conocimiento y no presente incapacidades físicas o mentales que pongan en riesgo su salud o la de terceros. Persona calificada (Trabajo en altura): Ingeniero con experiencia certificada mínimo de dos años para calcular resistencia de materiales, diseñar, analizar, evaluar, autorizar puntos de anclaje y elaborar especificaciones de trabajos, proyectos o productos acorde con lo establecido en la legislación vigente. La persona calificada es la única que da la autorización a un punto de anclaje sobre el cual se tengan dudas. Plan de manejo ambiental o PMA: Es el conjunto detallado de medidas y actividades producto de una evaluación ambiental. Están orientadas a prevenir, mitigar, corregir o compensar los impactos y efectos ambientales debidamente identificados, que se causen por el desarrollo de un proyecto, obra o actividad. Incluye los planes de seguimiento, monitoreo, contingencia, y abandono según la naturaleza del proyecto, obra o actividad. Profesional competente (RETIE): Es la persona natural (técnico, tecnólogo o ingeniero formado en el campo de la electrotecnia), que además de cumplir los requisitos de persona calificada cuenta con matrícula profesional vigente y que según la normatividad legal, loautorice o acredite para el ejercicio de la profesión y ha adquirido conocimientos y habilidades para desarrollar actividades en este campo. Residuo: Objeto, material, sustancia o equipo que es desechado o botado luego de ser usado o utilizado para una labor o actividad. Riesgo Eléctrico: Es aquel susceptible de ser producido por instalaciones eléctricas, partes de las mismas, y cualquier dispositivo eléctrico bajo tensión, con potencial de daño suficiente para producir fenómenos de electrocución y quemaduras.

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SGSST- Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo: Este Sistema consiste en el desarrollo de un proceso lógico y por etapas, basado en la mejora continua y que incluye la política, la organización, la planificación, la aplicación, la evaluación, la auditoría y las acciones de mejora con el objetivo de anticipar, reconocer, evaluar y controlar los riesgos que puedan afectar la seguridad y salud en el trabajo. Trabajos en alturas: Se considera trabajo en alturas, toda labor o desplazamiento que se realice a 150 centímetros o más sobre un nivel inferior. Trabajos en Caliente: Actividades que puedan producir una fuente de ignición en presencia de materiales inflamables o combustibles. Comprende operaciones con generación de calor, producción de chispas, llamas o elevadas temperaturas en proximidad de gases, líquidos inflamables o material combustible y de recipientes que contengan o hayan contenido gases licuados. 4 REQUISITOS GENERALES Durante la ejecución de los contratos suscritos con XM, El Contratista debe:

� Conocer las Políticas y declaraciones de Seguridad, Salud en el Trabajo y Gestión Ambiental del Grupo ISA, publicadas en la página http://www.isa.co/es/nuestra-compania/Paginas/codigos-y-politicas.aspx

� Pagar oportunamente los salarios, descansos, prestaciones sociales e indemnizaciones a que hubiere lugar.

� Contar con las autorizaciones laborales requeridas para el desarrollo del contrato (horas extras entre otras).

� Contar, divulgar a todos los trabajadores y ubicar en un lugar visible la Política de Seguridad y Salud en el Trabajo, los objetivos, el Reglamento de Higiene y Seguridad Industrial y el Reglamento interno de trabajo propios de la Empresa.

� Asistir a las reuniones, comités, inducciones y capacitaciones organizadas por ISA y sus empresas.

� Responder a las solicitudes de mejoramiento, estableciendo e implementando los planes de acción resultantes de hallazgos de inspecciones, seguimientos, incumplimientos legales, contractuales, auditorías, entre otros.

� Antes del inicio de las actividades en campo todo el personal del Contratista debe contar con la inducción en Seguridad, salud en el Trabajo.

� Rendir cuentas sobre el desempeño de la gestión en seguridad, salud en el trabajo y ambiental durante la ejecución de los trabajos, en los comités de seguridad, reuniones de seguimiento y en los informes que debe presentar.

� Ejercer la autoridad necesaria para asegurar el cumplimiento de todos los requisitos en el sitio de trabajo y para suspender actividades en las cuales se identifique riesgo inminente para la seguridad, salud en el trabajo y para el medio ambiente.

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5 REQUISITOS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Previo al inicio de los trabajos, se informará al Contratista, de acuerdo al tipo de contrato, los requisitos específicos en materia de seguridad, salud en el trabajo y gestión ambiental, los cuales están contenidos en el presente documento y la manera como se realizará seguimiento a los mismos. El contratista debe:

� Conformar o tener conformado el Comité paritario de seguridad y salud en el trabajo o � contar con un vigía de SST. � Contar con los registros que permitan evidenciar el cumplimiento de las medidas de control

definidas en la identificación de aspectos e impactos ambientales y planes de manejo ambiental.

� Contar con una matriz legal actualizada que incluya los requisitos legales en materia de seguridad y salud en el trabajo aplicables a su negocio.

� El Contratista debe cumplir con la ley en materia de Seguridad Social Integral, para lo cual afiliará a los trabajadores que requiera para la ejecución del objeto del Contrato, a una Administradora de Fondo de Pensiones (A.F.P.), una Empresa Promotora de Salud (E.P.S.), una Administradora de Riesgos Laborales (A.R.L.) y a una Caja de Compensación Familiar. El Contratista debe entregar a XM el listado de los trabajadores que requiera para la ejecución del objeto del Contrato, la constancia de la afiliación respectiva y mensualmente constancia de los pagos a la Seguridad Social Integral.

Los soportes de pago deben ser entregados mensualmente en las fechas establecidas teniendo en cuenta la siguiente tabla:

Empresas con más de 200 empleados Empresas con menos de 200 empleados Trabajadores Independientes

2 últimos dígitos de verificación

Día hábil de cada mes de vencimiento

2 últimos dígitos de verificación

Día hábil de cada mes de vencimiento

2 últimos dígitos de verificación

Día hábil de cada mes de vencimiento

00 al 10 1 00 al 08 1 00 al 07 1

11 a1 23 2 09 al 16 2 08 al 14 2

24 a1 36 3 17 al 24 3 15 al 21 3

37 a1 49 4 25 al 32 4 22 a128 4

50 al 62 5 33 al 40 5 29 al 35 5

63 al 75 6 41 al 48 6 36 al 42 6

76 al 88 7 49 al 56 7 43 al 49 7

89 al 99 8 57 al 64 8 50 al 56 8

65 al 72 9 57 al 63 9

73 a179 10 64 al 69 10

80 al 86 11 70 al 75 11

87 al 93 12 76 al 81 12

94 al 99 13 82 al 87 13

88 al 93 14

94 al 99 15

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� Entregar la base de datos diligenciada con los requisitos específicos que debe cumplir el personal. Cuando ingrese un trabajador nuevo entregar la base de datos diligenciada con la información de dicho trabajador. Anexo 1. Base de datos SST.

� En el evento que el Contratista utilice personal extranjero, para la ejecución de los trabajos objeto del contrato, acreditará que tiene cubiertos los riesgos inherentes a los trabajos a ejecutar, salvo que el empleado extranjero se encuentre cubierto por los riesgos de invalidez, vejez y muerte de origen común en su país natal o cualquier otro, caso en el cual no tendrá que afiliarse a una Administradora de Fondo de Pensiones (A.F.P.) en Colombia, lo que debe acreditar con la certificación respectiva.

� Definir e implementar un procedimiento para el Autoreporte de las condiciones de salud y seguridad por parte de sus trabajadores.

� Implementar medidas para el control del alcoholismo, tabaquismo y farmacodependencia. Ningún empleado del Contratista podrá portar o consumir bebidas alcohólicas o estar en estado de embriaguez o bajo el efecto de sustancias sicotrópicas durante la ejecución del trabajo objeto del contrato.

� El Contratista que ejecute actividades en campo debe suministrar a los trabajadores protector solar para controlar el riesgo de radiación ultravioleta (radiación solar).

� En caso de realizar trabajos en horas de la noche, el Contratista debe tomar las medidas de precaución necesarias como: iluminación, señalización reflexiva, dotación y elementos de protección personal (EPP) adecuados, entre otros; además debe tener en cuenta los descansos que requiere el personal y en caso de que se requiera, solicitar el permiso ante ante la autoridad competente.

� Cuando se presenten cambios en los alcances de los contratos, se podrá solicitar al contratista otros requisitos en materia de seguridad, salud en el trabajo y gestión ambiental a los solicitados inicialmente.

� Mantener un plan de inspecciones, el cual incluya el seguimiento al cumplimiento de los controles operacionales del personal asignado al contrato.

� Contar con un cronograma de actividades de Seguridad y Salud en el trabajo, para los contratos que aplique según requerimiento de XM.

� Cuando se requiera del uso de equipos de medición, deben contar con la debida calibración. � Informar a XM sobre la ocurrencia de hechos, accidentes, no conformidades, situaciones

laborales de seguridad y salud en el trabajo y ambiental que puedan causar algún perjuicio. � El contratista debe asegurar que su personal cuente con las competencias requeridas para

la ejecución de las actividades, las cuales deben estar soportadas en términos de formación y experiencia.

� Mantener un plan de capacitación de seguridad, salud en el trabajo y gestión ambiental, para el personal asignado al contrato con XM y tener disponibles los registros de formación. Adicional el Contratista debe definir los mecanismos mediante los cuales evaluará la eficacia de la formación. Para la ejecución de actividades con riesgos críticos, XM podrá solicitar al Contratista, evidencia de la medición de la eficacia, de los eventos de formación al personal asignado al contrato.

� El Contratista debe entregar la información de cada uno de los trabajadores que se requiera para el inicio de actividades (Listado de personal, nombre completo, cédula, cargo a desempeñar) y demás requerimientos hechos por XM.

� Los registros que evidencian el cumplimiento de los requisitos en materia de seguridad y salud en el trabajo, deben ser archivados por el contratista durante 20 años y podrán ser

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solicitados por XM en cualquier momento. Los requisitos ambientales y de seguridad y salud en el trabajo deben estar disponibles y de fácil acceso.

5.1 IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS, VALORACIÓN DE RIESGOS Y CONTROLES XM entregará al Contratista la identificación de peligros, valoración de riesgos y determinación de controles que se puedan presentar en la ejecución de las actividades del contrato, según el formato Matriz de Peligros, valoración de Riesgos y Controles. Anexo 2. Esta matriz contiene los peligros, riesgos y controles mínimos a implementar por el Contratista durante la ejecución del contrato. El contratista debe ajustar la matriz, para el inicio de actividades en campo, según considere necesario. En esta matriz el contratista deberá incluir otras actividades no misionales o subcontratadas, que no estén consideradas en la inicial como por ejemplo, transporte de personal, equipos e insumos, limpieza de baños, entre otras La revisión y actualización de la matriz de peligros, valoración de riesgos y determinación de controles, se debe hacer cuando se presenten las siguientes situaciones:

� Resultados de inspecciones, auditorías, investigación de accidentes o incidentes de trabajo en los cuales se identifique un peligro o riesgo que no se haya identificado anteriormente o que los controles no sean los adecuados o suficientes.

� Por cambios en las funciones o actividades de los trabajadores. � Cuando se presenten cambios en la legislación que puedan impactar la valoración del riesgo

o la implementación de los controles. � Cuando se modifique el alcance del contrato. � Cuando XM o quien este delegue, lo solicite.

El Contrratista debe implementar los controles y divulgar a su personal la matriz de identificación de peligros, valoración de riesgos, dejando evidencia de las acciones realizadas. Para la ejecución de actividades no rutinarias, críticas, cambios en el proceso normal de trabajo, situaciones no planificadas, de corta duración que se presentan durante la ejecución de los trabajos, subcontratadas con riesgos críticos, u otras actividades no incluidas en la matriz, el Contratista debe elaborar un Análisis de Trabajo Seguro “ATS” Anexo 3. Los riesgos fisicoquímicos (incendios y explosiones) deben ser identificados sólo en la matriz de emergencias, en los contratos que aplique. 5.2 EXÁMENES MÉDICOS OCUPACIONALES (INGRESO, PERIÓDICOS, RETIRO) El Contratista debe realizar los exámenes de ingreso, periódicos y de egreso a su personal, los cuales deben ser realizados por un médico Especialista en Medicina del Trabajo o en Seguridad y Salud en el Trabajo con licencia vigente. La periodicidad de los exámenes será según lo definido en el SGSST de la empresa Contratista. Para trabajadores expuestos a intensidades de ruido por encima de los niveles permisibles, el Contratista debe realizar exámenes médicos periódicos que incluyan audiometrías, según las guías del Ministerio de Trabajo (GATISO). Los certificados de aptitud médica deben ser entregados a XM y deben indicar el cargo y/o los riesgos específicos para los cuales es apto el trabajador, adicional debe estar firmados por el médico especialista con su respectiva licencia y por el trabajador.

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5.3 DOTACIÓN Y ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL EPP El contratista debe suministrar a los trabajadores los EPP requeridos para el control de los riesgos; además, debe contar con los registros del suministro de los mismos. Los EPP deben ser entregados antes del inicio de actividades y durante la ejecución de las mismas, XM podrá solicitar en cualquier momento los registros. El Contratista debe entregar dotación (ropa y calzado de labor) a su personal y contar con los respectivos registros de entrega. El Contratista debe sensibilizar al personal sobre el uso correcto y cuidado de los equipos y EPP que se deben usar durante la ejecución del contrato. 5.4 SEÑALIZACIÓN Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO El Contratista debe delimitar, cerrar y señalizar las zonas de trabajo, sitios, elementos que puedan generar lesiones a las personas, zonas de almacenamiento, sendero de circulación en obra, salidas de emergencia y puntos de encuentro, entre otros. Hacer cerramientos al área de trabajo en sitios expuestos a la comunidad, con el fin de evitar el ingreso de personas no autorizadas y la circulación de partículas, suelo y polvo provenientes de la obra hacia predios vecinos. Las señales deben cumplir entre otras, con los colores de seguridad y contraste y las formas geométricas y significados correspondientes. 5.5 MÁQUINAS EQUIPOS Y HERRAMIENTAS El contratista debe:

� Garantizar la entrega, disponibilidad, calidad y el buen estado de los equipos, máquinas y herramientas requeridas para la ejecución de las actividades.

� Contar con un programa escrito de mantenimiento de equipos y herramientas, incluyendo listas de chequeo, debiendo utilizar equipos y herramientas, de los cuales, se asegure su estado técnico de diseño original y en condiciones de seguridad, adecuadas para la labor contratada y acordes con la clasificación de áreas donde se realizará el trabajo.

� Contar con registros de mantenimiento preventivo para los equipos, maquinaria y herramientas,

� No usar en obra herramientas, maquinaria y equipos, hechizas, que pongan en peligro la integridad física de los trabajadores.

� Controlar y vigilar permanentemente el debido almacenamiento, cuidado y uso correcto de los equipos y materiales, incluyendo los entregados en custodia a los contratistas para la ejecución del contrato.

� Disponer de fundas para el almacenamiento de herramientas de corte, como cuchillos, machetes, entre otros.

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5.6 REPORTE E INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES E INCIDENTES DE TRABAJO En caso de presentarse un Accidente de trabajo durante la ejecución del contrato, el Contratista debe: Reportar inmediatamente los accidentes de trabajo y los incidentes de trabajo con alto potencial de daño propios y de sus propios contratistas al administrador técnico del contrato o responsable de Seguridad y Salud en el Trabajo de XM.

� Remitir a XM copia del Formato Único de Reporte de Accidentes de Trabajo FURAT. � Realizar la investigación del accidente de trabajo, conformando el comité investigador en los

términos establecidos en la ley y enviar copia a XM. � En caso de accidente grave o mortal, en la investigación debe participar un profesional con

licencia en SST suministrado por la Empresa Contratista. El Contratista debe informar a XM el lugar, fecha y hora de la investigación de los accidentes graves y mortales, quien a discreción participará en la investigación de los mismos.

� Entregar a XM la información de los accidentes de trabajo ocurridos durante la ejecución del contrato, en el formato definido para tal fin.

� Ejecutar el plan de acción que se genere como resultado de la investigación. Entregar a XM las evidencias del cumplimiento de las acciones. En caso de accidente grave o mortal, se debe enviar a XM copia de la investigación enviada a la ARL y las evidencias del cumplimiento de las acciones establecidas en la investigación.

� Divulgar entre sus trabajadores y subcontratistas las “lecciones aprendidas del evento”. � Remitir a XM la información de los accidentes ocurridos en la pestaña caracterización de

accidentalidad en el formato establecido para el fin. � El contratista debe realizar la gestión necesaria para que sus trabajadores realicen el reporte

de los incidentes de trabajo y realizar las investigaciones de los mismos. Si del resultado de la investigación del evento surgen medidas que impliquen la participación de XM como Empresa Contratante, la empresa Contratista debe enviar la información al administrador del contrato, para analizar la situación en conjunto con Salud Integral.

� En los incidentes de trabajo que se generen durante la ejecución de actividades con alto potencial de daño, en los cuales XM considere necesario participar de la investigación, lo solicitará a la empresa Contratista

5.7 PREPARACIÓN Y RESPUESTA ANTE EMERGENCIAS El contratista deberá conocer y aplicar el plan de emergencias de ISA e informar cualquier actividad que pueda modificar la identificación de amenazas de la misma. El contratista debe contar con equipos de protección y control de incendios (extintores) en todos los sitios de trabajo que no estén cubiertos por los equipos dispuestos por XM y donde se manejen sustancias químicas inflamables, donde se realicen trabajo con chispa y donde se use maquinaria, equipos y vehículos. La clase de extintor dependerá de la clase de riesgo y el tipo de fuego que se pueda presentar. Toda emergencia y evacuación debe ser informada al administrador técnico del contrato y control de obra de forma inmediata. El Contratista debe presentar un informe de lo ocurrido, dentro de las 48 horas siguientes.

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El Contratista debe garantizar que una vez inicien las actividades objeto del contrato, los recursos para emergencias estén instalados y funcionando en su totalidad al momento de inicio de la ejecución del contrato. El Contratista debe contar con un esquema de atención en emergencias médicas, donde se especifique: Las personas contacto en la empresa, centros asistenciales más cercanos y recursos disponibles para traslado. Garantizar que una vez atendida la urgencia o evacuado el paciente, se disponga de atención adecuada de cualquier herido o enfermo hasta la solución del problema si es de baja complejidad, o hasta su ingreso al centro hospitalario o clínico adecuado. Si ocurre una emergencia relacionada con residuos peligrosos, una vez superada la misma, el contratista debe informar por escrito a la Autoridad Ambiental correspondiente, según lo estipulado por la legislación ambiental vigente. Disponer de planes de emergencias y/o contingencias, para la ejecución de actividades no misionales, subcontratadas o ejecutadas directamente por el Contratista, que lo requieran. 6 REQUISITOS DE CONTROL OPERACIONAL 6.1 CONTROLES PARA EL PELIGRO DE TRABAJO EN ALTURAS Para la realización de trabajos en alturas, el Contratista debe cumplir con las siguientes indicaciones: Los trabajadores del Contratista que realicen trabajos en alturas deben tener su respectivo certificado para trabajo seguro en alturas, el cual podrán obtener mediante capacitación o por certificación en la competencia laboral. El Contratista debe entregar copia de los siguientes certificados, antes de la ejecución de las actividades en campo: Capacitación para trabajadores operativos: Nivel Avanzado: 40 horas. Capacitación para coordinador de trabajo en alturas: 80 horas certificadas de intensidad, 60 teóricas y 20 practicas. Disponer como mínimo de una persona ejerciendo el rol de coordinador de trabajo en alturas en el sitio de trabajo para realizar todas las actividades descritas en la resolución 1409 de 2012 o la normatividad que la actualice o sustituya, además para elaborar, revisar y verificar en el sitio de trabajo el permiso de trabajo correspondiente. El Contratista debe entregar a XM el registro de reentrenamiento anual con una intensidad horaria de 20 horas de todo trabajador que realice trabajo en alturas, de acuerdo a los requerimientos de la ley. El Contratista debe presentar el certificado de aptitud médico ocupacional de cada trabajador para trabajos en alturas vigente. El Contratista debe diligenciar el formato Permiso para trabajos en alturas Anexo 4. entregado por XM, antes de iniciar la ejecución de cada una de las actividades que impliquen este riesgo, el cual debe ser diligenciado por el trabajador o por el empleador y debe ser revisado y verificado en el sitio de trabajo por el coordinador de trabajo en alturas. El Contratista debe asegurar que cuando se desarrollen trabajos con riesgo de caídas de alturas, exista acompañamiento permanente de una persona (Trabajar mínimo entre 2 personas); este acompañante debe estar en capacidad de activar el plan de emergencias en el caso que sea necesario.

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El Contratista debe suministrar a sus trabajadores los elementos de protección personal específicos para trabajos en alturas que establece la Resolución 1409 de 2012, la norma que le actualice o sustituya. Estos elementos y equipos de protección deben contar con una resistencia mínima de 5.000 libras (22,2 kilonewtons – 2.272 kg), certificados por las instancias competentes del nivel nacional o internacional (certificado del fabricante) y deben ser resistentes a la fuerza, al envejecimiento, a la abrasión, la corrosión y al calor. El Contratista debe contar con los sistemas de acceso para el trabajo en alturas y debe presentar el certificado del fabricante de los sistemas de acceso. Contar con hojas de vida de los sistemas de acceso donde estén consignados los datos de: fecha de fabricación, tiempo de vida útil, historial de uso, registros de inspección, registros de mantenimiento, ficha técnica, certificación del fabricante y observaciones. Contar con inspecciones a los sistemas de acceso, las cuales se deben realizar antes de cada uso por parte del usuario y mínimo una vez al año por el coordinador de trabajo en alturas. Disponer y diligenciar los formatos de inspección de todos los elementos y equipos de protección personal para trabajo en alturas, por lo menos una vez al año, por intermedio de una persona o equipo de personas avaladas por el fabricante y/o calificadas según corresponda. El Contratista debe disponer de un plan de rescate de trabajo en alturas escrito y practicado, acorde con las actividades que se ejecuten y que garantice una respuesta organizada y segura ante cualquier incidente o accidente que se pueda presentar en el sitio de trabajo. Utilizar andamios debidamente certificados, de carga, modulares o multidireccionales y cumpliendo con los requisitos establecidos en la normatividad nacional e internacional vigente. No improvisar empalmes o amarres de varias escaleras entre sí. 6.2 CONTROLES PARA EL PELIGRO ELÉCTRICO Para la realización de trabajos en sistemas eléctricos, El Contratista debe cumplir con las siguientes indicaciones: Para los contratos que no requieran Plan de trabajo, El Contratista debe diligenciar el formato Permiso para trabajos con riesgo eléctrico Anexo 5. entregado por XM, antes de iniciar la ejecución de cada una de las actividades que impliquen este riesgo. Contar con la matrícula profesional del personal competente (técnico, tecnólogo o ingeniero formado en el campo de la electrotecnia) de los trabajadores que intervengan instalaciones o equipos eléctricos. El personal calificado que va a intervenir equipos eléctricos debe contar con capacitación en prevención del riesgo eléctrico. El personal que dictará capacitación en riesgo eléctrico debe contar con Licencia en Salud Ocupacional. Las personas que no intervenga instalaciones o equipos eléctricos y que por su actividad este expuesto indirectamente a riesgo eléctrico, debe contar con inducción en prevención del riesgo eléctrico que contenga como mínimo: distancias de seguridad, señalización, actuación en caso de emergencias, factores de riesgo eléctrico comunes, áreas y equipos restringidos. Para las actividades donde se intervengan instalaciones o equipos eléctricos, El contratista debe contar con un procedimiento de seguridad documentado para la prevención del riesgo eléctrico. El contratista debe entregar un certificado que demuestre que el personal este habilitado para el servicio contratado.

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6.3 CONTROLES PARA PELIGROS EN ESPACIOS CONFINADOS El Contratista que durante la ejecución del contrato realice actividades en espacios confinados, debe tener en cuenta los siguientes requisitos: El Contratista debe diligenciar el formato Permiso para trabajos en espacios confinados Anexo 6. entregado por XM, antes de iniciar la ejecución de cada una de las actividades que impliquen este riesgo. En espacios confinados el contratista debe asegurar a sus trabajadores una atmosfera adecuada para su respiración, para lo cual deberá realizar mediciones, con equipos debidamente calibrados y disponer en el sitio de trabajo de los certificados de calibración.

PRUEBAS REQUERIDAS ALARMA BAJA ALARMA ALTA O2 19.5% O2 23.5% O2 CO 0 PPM CO 25 PPM CO H2S 0 PPM H2S 10 PPM H2S INFLAMABILIDAD O% LEL 10% LEL El Contratista debe garantizar que el personal que va a ingresar a espacios confinados, cuente con la capacitación en prevención de riesgos en espacios confinados enfocado al servicio que se va a prestar. El contratista debe contar con un procedimiento de seguridad documentado para la prevención de los riesgos generados en espacios confinados. Asegurar que cuando se desarrollen trabajos en espacios confinados con riesgos de atrapamiento y deficiencia de oxígeno, exista acompañamiento permanente de una persona (Trabajar mínimo entre 2 personas). Esta persona debe estar en capacidad de activar el plan de emergencias en el caso que sea necesario. 6.4 CONTROLES PARA PELIGROS TRABAJOS EN CALIENTE El Contratista que realice estas actividades, debe tener en cuenta los siguientes requisitos: Diligenciar el formato Permiso para trabajos en caliente Anexo 7. entregado por XM, antes de iniciar la ejecución de cada una de las actividades que impliquen este riesgo. Contar con capacitación en los procedimientos de seguridad para el personal que ejecute los trabajos. El contratista debe contar con un procedimiento de seguridad documentado para la prevención de los riesgos generados por trabajos en caliente. Suministrar los equipos y elementos de protección personal que se requieran para ejecutar los trabajos.

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6.5 CONTROLES PARA PELIGROS POR SUSTANCIAS QUÍMICAS El contratista debe mantener un listado actualizado de las sustancias químicas utilizadas durante la ejecución del contrato, las cuales deben estar rotuladas y etiquetadas. El contratista debe contar con las hojas de datos de seguridad de los productos químicos completas de acuerdo a la NTC 4435 además deben estar disponibles en los lugares donde se utilicen los productos. Utilizar productos químicos autorizados por las autoridades. Consumir las cantidades aprobadas de productos controlados por estupefacientes. En caso de superarlas se deberá realizar el trámite respectivo para obtener el Certificado en Subdirección de Control y Fiscalización de Sustancias Químicas y Estupefaciente. En caso que el contratista durante la ejecución del contrato, requiera almacenar productos químicos, debe elaborar y cumplir con lo estipulado en la matriz de incompatibilidades químicas. El personal debe estar capacitado en manejo de productos químicos. Para el almacenamiento de productos químicos debe disponer de mecanismos de contención de derrames. Para el transporte y manejo de productos químicos debe cumplir con lo definido en la legislación vigente. Cumplir con criterios de seguridad y rotulado para el trasvase de sustancias químicas. 6.5.1 Almacenamiento de productos químicos

� Disponer de un área de almacenamiento de uso exclusivo para sustancias químicas. � Las vías de circulación en el área de almacenamiento deben estar demarcadas � Disponer de un extintor ubicado en lugar de fácil acceso, cargado y vigente � Mantener unas condiciones de ventilación adecuadas � El área debe estar libre de humedad, goteras o agua lluvia. � El área debe estar libre de moho, lama, tierra o polvo. � Los Productos químicos deben estar protegidos de luz solar directa y alejados de fuentes de

calor o ignición. � Los recipientes deben estar debidamente etiquetados. � Cumplir con la matriz de compatibilidad y tarjetas de emergencias bajo sistema Naciones

Unidas. � La matriz de compatibilidad debe estar publicada y visible en el sitio de almacenamiento. � Las etiquetas deben estar visibles y en buen estado. � Los recipientes deben estar en buen estado y tapados. � Se debe disponer de diques u otros dispositivos anti-derrames. � Las estanterías deben estar en buenas condiciones de estabilidad � Se debe disponer de Kit para la atención de derrames completo, con inventario e instructivo

de uso. � En el sitio de almacenamiento se debe disponer de las Hojas de datos de seguridad

disponibles y en buen estado.

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6.5.2 Gases comprimidos

� Los compartimientos de los gases deben estar señalizados. � Los cilindros vacíos se deben almacenar separados y en compartimentos debidamente

identificados. � Los cilindros se deben asegurar para evitar caídas y disponer con capucha de seguridad.

6.5.3 Plaguicidas

� Entregar el Carné de aplicadores de plaguicidas otorgado por la Dirección Seccional de Salud local en zonas urbanas (vigente).

� Contar con capacitación en manejo adecuado de plaguicidas. � Entregar copia de la licencia de operación para la aplicación de plaguicidas, expedida por la

Dirección Local de Salud o el documento que lo soporte. � No se permitirá el lavado de equipos dentro de las instalaciones de XM. Éste es

responsabilidad de la empresa contratada, con los medios establecidos para esto. 6.6 CONTROLES PARA PELIGROS BIOLÓGICOS Agua de consumo humano: El Contratista debe asegurar la disponibilidad de agua apta para el consumo humano y mantener en cada frente de trabajo puntos de hidratación que garanticen que el agua no se contamine y la cual contenga la cantidad suficiente para el número de trabajadores de cada frente. Así mismo, debe disponer de vasos individuales para el consumo de agua. Vacunación: El contratista debe entregar copia del carné de vacunación o certificado de vacunación, de acuerdo a los riesgos biológicos identificados previamente en el reconocimiento de la zona de trabajo y actividades que desarrollará. 7 REQUISITOS PARA LA EJECUCIÓN DE OTRAS ACTIVIDADES 7.1 EXCAVACIONES El Contratista que durante la ejecución de las actividades objeto del contrato realice actividades de excavación, debe tener en cuenta los siguientes requisitos: Contar con procedimientos de seguridad documentado para el manejo de excavaciones, donde se incluya que en las excavaciones circulares (Pilas) se debe realizar protección de las paredes con secciones anilladas de acero, concreto armado u otro material de la debida resistencia, las cuales deben colocarse de manera progresiva con el avance de la excavación. Que los lados de las zanjas que excedan de 1,50 metros de profundidad deben estar apuntalados y entibados con tablas de madera sólida y las paredes de las zanjas de más de 1,20 metros de profundidad, donde la calidad del terreno ofrezca riesgo de derrumbe, deberán estar entibadas, a menos que tengan un declive que coincida con el ángulo de reposo de la tierra. Elaborar un ATS de las actividades que involucren excavaciones antes de iniciar los trabajos en sitio. Contar con capacitación en el procedimiento documentado de seguridad para el manejo de excavaciones.

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El Contratista debe diligenciar el formato Permiso de trabajo para excavaciones. Anexo 8 entregado por XM, antes de iniciar la ejecución de cada una de las actividades que impliquen este riesgo. El contratista debe demarcar los sitios de excavación, apertura de zanjas, perforaciones, pilotajes o pilas en los sitios de trabajo. 7.2 EQUIPOS PARA IZAJE DE CARGAS El Contratista que durante la ejecución de las actividades objeto del contrato, requiera el uso de equipos de izaje de cargas debe tener en cuenta los siguientes requisitos:

� Presentar certificado específico para operador de equipos de izaje. � Tener un plan de izaje para cada actividad realizada, que contenga como mínimo inspección

preoperacional, inspección de eslingas, cables, cadenas, ganchos, cuerdas y todos los demás accesorios destinados a la manipulación de materiales en los aparatos para izar con su respectivo ATS.

� Entregar los registros de mantenimiento preventivo donde se haya verificado que los elementos y dispositivos de seguridad se encuentren en correcto funcionamiento.

7.3 SERVICIO DE TRASNPORTE TERRESTRE El Contratista que para la realización de sus actividades contractuales tenga que suministrar transporte a sus trabajadores o preste el servicio de transporte a XM, debe cumplir con lo siguiente:

� Disponer de la aprobación del Plan Estratégico de seguridad vial, por parte de la autoridad competente, una vez entrada en vigencia la resolución.

� Contar con la tarjeta de propiedad del vehículo, el SOAT, certificado de revisión técnico mecánica y de gases vigente de los vehículos.

� Transportar a su personal en vehículos autorizados para este fin. � El conductor deberá portar la licencia de conducción de acuerdo al tipo de vehículo que va a

conducir y el certificado de aptitud médica específico para el cargo de conductor. Para contratos de servicio de transporte el Contratista debe entregar a XM:

� El cronograma de implementación del Plan Estratégico de Seguridad Vial el cual debe ser revisado cada dos (2) años para ser ajustado en lo que se requiera. Este Plan contendrá, como mínimo, las 6 acciones propuestas en la Ley 1503 de 2011. Este requisito aplica para empresas que administren flotas de vehículos automotores o no automotores superiores a diez (10) unidades.

� Contar con los registros de mantenimiento preventivo cada 10.000 km. � Presentar registros de capacitación en manejo defensivo de los conductores.

7.4 MANIPULADORES DE ALIMENTOS El Contratista que para la realización de sus actividades contractuales tenga que manipular alimentos, debe cumplir con los siguientes:

� Tener carné de manipulador de alimentos.

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� Presentar el certificado de aptitud médica para manipulador de alimentos. Los exámenes y evaluaciones medicas deben incluir como mínimo: KOH, coprológico, citoquímico de orina y frotis faríngeo cada año.

� Disponer un plan de saneamiento el cual debe incluir como mínimo: programa de limpieza y desinfección (sustancias usadas, concentraciones, formas de uso, equipos, implementos y periodicidad para limpieza y desinfección), programa de control de plagas y plan de gestión de residuos.

� Tener un plan de capacitación continuo y permanente para el personal manipulador de alimentos en los contratos superiores a un año, que contenga como mínimo formación en materia de educación sanitaria, especialmente en cuanto a prácticas higiénicas en la manipulación de alimentos.

7.5 EMPRESAS DE VIGILANCIA PRIVADA

� Entregar copia de las credenciales del personal de vigilancia vigentes (un año de vigencia). � Entregar copia del permiso para tenencia o porte de armas de reserva. � Portar obligatoriamente en un lugar visible la credencial de identificación expedida por la

Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada para los vigilantes, manejadores caninos y supervisores.

� Entregar copia del certificado de aptitud médico y certificado de aptitud psicofísica anual para el porte y tenencia de armas.

� El Contratista debe contar con un programa de vacunación y desparasitación para caninos. 8 REQUISITOS GESTIÓN AMBIENTAL

� Contar, previo al inicio de las actividades, con todos los permisos ambientales para el correcto desarrollo del contrato.

� El Contratista debe dar cumplimiento a los términos, condiciones y requisitos establecidos en los actos administrativos expedidos por las diferentes autoridades ambientales propios de su razón social y aquellos actos administrativos que sean delegados por XM para su cumplimiento. Los requisitos derivados de dichos actos, deberán incluirse en un cronograma de actividades para el respectivo seguimiento.

� Tramitar y cumplir los requerimientos y compromisos derivados de los permisos ante diferentes autoridades o aquellas acordadas con propietarios para el uso de recursos, suspensión de servicios, disposición de residuos, accesos viales, ocupación de cauces, fuentes de materiales, entre otros.

� El contratista debe dejar registros de las actividades realizadas mediante reportes escritos y fotográficos, donde se evidencien las acciones, con una secuencia de antes, durante y después de ejecutados los trabajos.

� El Contratista será responsable por cualquier deterioro o daño producido a cualquier recurso natural causados como consecuencia de la ejecución de las actividades del contrato. El Contratista debe efectuar las labores de remediación, recuperación o compensación, derivadas de los daños producidos a entera satisfacción de XM, y compensará a XM en caso de que esta sea requerida legalmente a responder por aquellos.

En caso de presentarse un accidente ambiental durante la ejecución del contrato, el Contratista debe:

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� Notificar inmediatamente al administrador técnico del contrato de XM, quien determinará la necesidad de informar a la autoridad ambiental.

� Realizar las acciones requeridas para corregir la situación. � Realizar el análisis de causas y definir e implementar el plan de acción. � Divulgar entre sus trabajadores y subcontratistas las lecciones aprendidas del evento. � El Contratista tomará todas las medidas conducentes a evitar la contaminación del aire, el

agua o el suelo. Si por razón de la actividad del Contratista, XM se viere en la necesidad de aplicar medidas de recuperación, mitigación o rehabilitación, estas labores se harán con cargo al Contratista.

� Instalar señalización ambiental en todos los sitios estratégicos del proyecto o sitios con condiciones de susceptibilidad ambiental que puedan afectarse por la construcción de las obras.

8.1 EMPRESAS DE VIGILANCIA PRIVADA XM entregará al Contratista la identificación de los aspectos e impactos ambientales que se puedan presentar en la ejecución de las actividades del contrato, con la respectivas medidas de control según el formato Identificación de Aspectos e Impactos Ambientales – Contratistas, Anexo 9. Esta matriz contiene los aspectos, impactos y controles mínimos a implementar por el Contratista durante la ejecución del contrato. En esta matriz el contratista deberá incluir otras actividades no misionales o subcontratadas, que no estén consideradas en la matriz inicial, como por ejemplo, transporte de equipos e insumos, limpieza de baños, lavado de mezcladora, almacenamiento de materiales de excavación, almacenamiento y transporte de químicos, entre otras. El contratista debe ajustar la matriz, para el inicio de actividades en campo, según considere necesario.

� Revisar y actualizar la Identificación de Aspectos e Impactos Ambientales cuando se presenten las siguientes situaciones:

� Cuando así se determine en una inspección, auditoría, investigación de accidente ambiental, en los cuales se identifique un aspecto o impacto ambiental que no se haya identificado anteriormente o que los controles no sean los adecuados o suficientes.

� Cuando se presenten cambios en la legislación que puedan impactar la definición de las medidas de administración.

� Cuando se vayan a realizar actividades diferentes a las inicialmente definidas y que no hayan sido identificadas en el Formato de Identificación de Aspecto e Impactos Ambientales.

� Cuando se presente un impacto que no estaba previsto inicialmente. � Cuando se presenten cambios en el alcance de los contratos que impliquen nuevos

aspectos e impactos � Cuando XM o quien en su defecto delegue, lo solicite. � Nota: Si ninguna de las condiciones se presenta, se debe revisar como mínimo cada año y

en todos los casos se debe dejar la trazabilidad de sus revisiones. � Implementar las medidas de administración definidas en el formato - Identificación de

Aspectos e Impactos Ambientales – Contratistas Anexo 9. � Identificar e implementar las acciones del PMA que estén a cargo del Contratista e incluirlas

en el cronograma de actividades ambientales del proyecto para realizar el respectivo seguimiento.

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8.2 MANEJO COMPONENTE BIÓTICO El Contratista debe:

� Contar con los permisos requeridos para el aprovechamiento forestal (tala de árboles) y dar cumplimiento a los requisitos derivados de los permisos de aprovechamiento forestal otorgados a XM. Se prohíbe la tala de árboles, corte o poda de vegetación (corte de árboles) cuando no se cuente con el respectivo permiso.

� Realizar la poda de árboles en los sitios definidos, siempre y cuando esta no afecte la supervivencia del árbol y permita la operación de la línea.

� Apilar cerca al área de trabajo, el material de descapote (pasto, tierra negra o materia orgánica) resultante de una excavación, explanación o zona de préstamo, cubrirlo con costales, material de fique u otro material y humedecerlo periódicamente, con el fin de que pueda ser utilizado posteriormente en la empradización o restauración paisajística, teniendo en cuenta las medidas preventivas necesarias para evitar que estos materiales puedan afectar cuerpos de agua cercarnos.

� El material no reutilizable proveniente del descapote debe transportarse hasta los sitios aprobados por las autoridades ambientales.

� Contar con todas las medidas o acciones necesarias para la protección de la fauna y la flora presente en las zonas donde se ejecuten actividades objeto del contrato, teniendo en cuenta aquellas acciones incluidas en el plan de manejo.

� Tener en cuenta las obras para el control de erosión previstos en el plan de manejo ambiental.

8.3 ABASTECIMIENTO DE AGUA

El Contratista deberá garantizar que el agua utilizada para consumo de su personal en los sitios de trabajo sea potable y se cuente con la factura de compra de la misma. 8.4 MANEJO DE RESIDUOS

Aplicar lo definido en la legislación ambiental vigente en lo relacionado con el manejo de los residuos peligrosos y no peligrosos generados.

� Disponer todos los residuos generados en los sitios aprobados por las autoridades ambientales y la autoridad municipal para el caso de escombros y madera.

� El Contratista debe efectuar a su propio costo las labores de recolección, almacenamiento temporal, tratamiento y disposición final de todos los residuos peligrosos y no peligrosos que se generen como consecuencia de sus actividades de conformidad con la normativa nacional vigente y los estándares de XM.

� Mantener disponible el registro de la disposición (copia del pago de la factura de servicio de aseo o copia de contrato con la empresa que dispone dichos residuos o permisos ambientales requeridos para las empresas que prestan el servicio).

� Los residuos sólidos que puedan ser aprovechables, deben ser reciclados o en su defecto llevados a los rellenos sanitarios municipales cercanos.

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� Ningún residuo generado por el Contratista puede ser abandonado, enterrado o quemado a cielo abierto.

� Está prohibida la utilización de los residuos de alimentos de humanos para la alimentación de cerdos.

� Los residuos líquidos y las aguas residuales generadas por las actividades del Contratista, deben ser manejadas acorde con la legislación ambiental vigente.

� El contratista debe contar con puntos ecológicos para la segregación de los residuos que cumpla el código de colores a continuación:

COLOR DEL RECIPIENTE O

BOLSA PLÁSTICA TIPO DE RESIDUO

Residuos Reciclables (papeles, cartones, plásticos, envases de vidrio, metales limpios y secos)

Residuos No Reciclables (servilletas y similares, papeles engrasados, estos de comida, envolturas, papeles metalizados, restos de barrido)

Residuos Peligrosos – Riesgo Biológico

(Gasas, Algodón, Guantes de látex, Materiales de curación, Elementos infectados con fluidos biológicos, Papel contaminado, medicamentos vencidos)

Residuos Peligrosos (Pilas, aceites usados y sus envases, estopas, cartones y papeles impregnados de aceites y pinturas, solventes)

� Los contratistas que ejecuten obras en instalaciones de XM deben contar con sus propios recipientes para el manejo de los residuos generados en sus actividades y la disposición de los mismos.

� Al finalizar la obra, el contratista debe remover sus instalaciones provisionales. 8.5 RESIDUOS PELIGROSOS

� Contar con un Plan de Gestión Integral de Residuos Peligrosos escrito y actualizado. � Disponer de registros de capacitación del personal encargado de la gestión y el manejo de

losresiduos peligrosos. � Contar con un plan de contingencia actualizado para atender cualquier accidente o

eventualidad que se presente y contar con personal entrenado para su implementación. � Disponer de un plan de recolección selectiva y gestión ambiental de pilas, llantas, bombillas

o computadores (cuando aplique). � Ningún residuo peligroso generado por el Contratista podrá ser depositado en rellenos

sanitarios destinados a la disposición final de residuos no peligrosos. � Entregar a XM la autorización emitida por la autoridad ambiental para el almacenamiento,

tratamiento, aprovechamiento o disposición final de los residuos peligrosos. � La clasificación de residuos peligrosos debe realizarse, de acuerdo con la clasificación

establecida en la normatividad vigente. � Cuando los residuos peligrosos tengan su disposición final en el extranjero, el Contratista

debe presentar la declaración de exportación de residuos peligrosos para el transporte de desechos peligrosos y los documentos que certifiquen la correcta disposición.

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� Asegurar que los equipos y materiales comprados en el exterior no tengan elementos nucleares o posibles elementos tóxicos, incluidos los PCB.

� El Contratista que preste servicio de incineración de residuos peligrosos, debe contar con licencia ambiental.

� En caso de generar una cantidad de residuos peligrosos mayor a 10 Kg/mes contados desde el inicio del proyecto hasta su finalización y dividido por el número de meses de duración del proyecto, se deberá realizar el reporte ante el IDEAM el 31 de marzo de cada año al final del proyecto y entregar a XM el soporte de dicho reporte.

8.6 TRANSPORTE MERCANCÍAS PELIGROSAS El Contratista debe:

� Para el manejo de mercancías peligrosas se deberá contar con capacitación para todo el personal que interviene en las labores de embalaje, cargue, descargue, almacenamiento, manipulación, disposición adecuada de residuos, descontaminación y limpieza

� Disponer para todo recorrido del plan de transporte que contenga como mínimo: Hora de salida del origen y de llegada al destino, ruta seleccionada, listado de los teléfonos para notificación en caso de emergencia.

� Disponer de las tarjetas de emergencia de los materiales a transportar. � Disponer de la Tarjeta de Registro Nacional para el Transporte Mercancías Peligrosas. � Disponer de un plan de contingencia para el transporte de hidrocarburos o sustancias

nocivas aprobado por la autoridad ambiental con jurisdicción en la zona de donde sale la carga.

� Para el transporte es indispensable el porte del Manifiesto de Carga y el registro nacional para el transporte de mercancías peligrosas.

� Para transporte de combustibles el Contratista debe contar póliza vigente de seguro de responsabilidad civil extracontractual.

� Contar con elementos para atención de emergencias que incluya como mínimo: (2) dos extintores de incendios multipropósito, elementos de protección personal para la atención de derrames, linterna, botiquín de primeros auxilios, equipo para la recolección y limpieza, material absorbente.

8.7 CONTROL DE LA CALIDAD DEL AIRE

� Los vehículos, volquetas, equipos de trabajo, piloteadora, plantas eléctricas y maquinaría en general, deben tener dispositivos o medidas para mitigar el ruido y las emisiones de gases y sustancias o partículas en suspensión, que puedan afectar la fauna, la vegetación, las fuentes de agua y las comunidades aledañas.

� Solo se permite la descarga atmosférica de gases contaminantes y material particulado por por debajo de los niveles máximos permisibles. En el momento de los procesos de cargue o descargue de gases, se deben seguir las buenas prácticas para el manejo de los mismos con el fin de evitar fugas.

� Durante la ejecución de obras civiles, se deben tener en cuenta las restricciones de lugares establecidas en la ley para el trabajo en horas diurnas y los niveles de ruido permitidos. En caso de trabajo nocturno se deberá contar con los respectivos permisos de las autoridades regionales.

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� Contar con un programa de mantenimiento de herramientas, maquinaria y equipos y entregar a XM el soporte de la ejecución del mismo

� Todos los vehículos deben contar con el certificado de revisión técnico mecánica y de gases vigente y entregar a XM la relación de los vehículos utilizados y los certificados correspondientes.

� Los sistemas de refrigeración utilizados por el Contratista no pueden contener sustancias agotadoras de la capa de ozono (Clorofluorocarbonos - (R-11), Hidroclorofluorocarbonos - HCFC (R-22)).

8.8 TRANSPORTE MATERIALES, EQUIPOS Y ESCOMBROS

� El transporte de escombros, material de concreto y agregados sueltos de construcción, se debe realizar cumpliendo la normativa que regule la materia.

� Aplicar las medidas de seguridad y ambientales en el aprovisionamiento de aceite y combustible de maquinaria y equipos en los sitios de trabajo.

� El contratista debe poseer el permiso vial y ambiental, cuando se requiera en el transporte de materiales, sustancias químicas, maquinaria y equipos.

� Cumplir con los requisitos normativos para el transporte de carga indivisible extrapesada y extradimensionadas.

8.9 CONSUMO DE MATERIALES E INSUMOS

El Contratista que para la ejecución de las actividades objeto del contrato requiera el uso de material pétreo, madera o combustible, debe:

� Contar con copia de la licencia ambiental vigente, certificado de registro minero vigente y presentar a XM la factura de compra, cuando ésta lo solicite para el caso de material pétreo.

� Presentar a XM, cuando ésta lo solicite, la factura de compra de un establecimiento legalmente constituido para el caso de madera y combustibles.

� El Contratista antes de disponer los materiales a utilizar en la obra, deberá entregar a XM o a quien éste designe, el listado de las fuentes de los materiales y los sitios de depósito a utilizar. XM o quién éste designe podrá hacer en cualquier momento una inspección con el Contratista para la verificación de dichas fuentes y a los sitios en los cuales serán depositados.

8.10 GESTIÓN SOCIAL El contratista debe:

� Incorporar y acoger en su actuación, los lineamientos y los acuerdos voluntarios que XM suscriba.

� Incluir en el cronograma de actividades ambientales, aquellas acciones del plan de comunicaciones del proyecto que sean responsabilidad del Contratista y contar con las evidencias respectivas de su ejecución.

� Velar por el respeto de los derechos humanos y de la diferencia cultural del territorio en el que desarrolle las actividades.

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� En caso de hallazgos arqueológicos se debe dar aviso inmediato a XM y suspender las actividades de excavación, pilas, pilotaje o explanación.

� Reparar inmediatamente todo tipo de infraestructura o bienes que resulten afectados por sus actividades y dejar evidencia de la gestión.

� El Contratista no podrá contratar para la ejecución del contrato mano de obra infantil, ni someter a las personas a trabajo forzado o mediante coacción.

9 CONTRATISTA PERSONA NATURAL 9.1 DISPOSICIONES GENERALES Todo Contratista como personal natural con contrato de prestación de servicios cuya duración sea superior a un mes deberá estar afiliado al Sisema General de Riesgos Laborales. Se entiende como contrato formal de prestación de servicios, aquel que conste por escrito. Se entienden actividades de alto riesgo aquellas actividades correspondientes a las clases IV y V aque hace referencia el Decreto Ley 1295 de 1994 y la clasificación de actividades económicas establecidas en el Decreto 1607 de 2002 o la norma que lo modifique, adicione o sustituya. 9.2 AFILIACIÓN Y COBERTURA El Contratista tiene el derecho a la libre escogencia de su Administradora de Riesgos Laborales, debiendo afiliarse a una sola. El trabajador dependiente que simultáneamente suscriba uno o más contratos de prestación de servicios civiles, comerciales o administrativos, entre otros, en calidad de contratista, debe seleccionar la misma Administradora de Riesgos Laborales en la que se encuentre afiliado como trabajador dependiente. Salud Integral deberá afiliar al Sistema General de Riesgos Laborales a los contratistas con persona natuaral, de conformidad con lo establecido en el parágrafo 3 del artículo 2 de la Ley 1562 de 2012. La cobertura del Sistema General de Riesgos Laborales se inicia el día calendario siguiente al de la afiliación; para tal efecto, dicha afiliación al Sistema debe surtirse como mínimo un día antes del inicio de la ejecución de la labor contratada. La finalización de la cobertura para cada contrato corresponde a la fecha de terminación del mismo. Para la afiliación ante la Administradora de Riesgos Laborales, Salud Integral presentar el formulario electrónico establecido para tal fin por el Ministerio de Salud y Protección Social, así como los soportes que se requieran. El formulario debe contener como mínimo, el valor de los honorarios, las circunstancias de tiempo, modo, lugar y la clase de riesgo. Los Admnistradores de Contrato informarán a Salud Integral las novedades para presentar la declaración en forma anticipada a su ocurrencia; aquellas novedades no previsibles, se reportarán el día de su ocurrencia o máximo el día hábil siguiente a aquel en el cual se tenga conocimiento.

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La declaración de novedades por parte de Salud Integral deberá hacerse mediante formulario electrónico, según el formato que adopte el Ministerio de Salud y Protección Social. Los Contratistas que celebren o realicen simultáneamente varios contratos, deben estar afiliados al Sistema General de Riegos Laborales por la totalidad de los contratos suscritos, en una misma Administradora de Riesgos Laborales. 9.3 COTIZACIÓN Y PAGO La cotización de las personas, se realizará teniendo en cuenta el mayor riesgo entre:

� La clase de riesgo del centro de trabajo de la entidad o institución, � El propio de la actividad ejecutada por el contratista.

Cuando las entidades o instituciones no tengan centros de trabajo se tomará la actividad principal de XM. La Administradora de Riesgos Laborales deberá verificar la clasificación de la actividad económica con la cual fue afiliado el contratista, para lo cual, podrá pedir copia del contrato firmado y en caso de encontrar inconsistencia realizará la reclasificación, de lo cual deberá informar al contratante para efectos de la reliquidación y pago de las cotizaciones, sin perjuicio de las sanciones a que haya lugar. Ingreso base de cotización. La base para calcular las cotizaciones de las personas a las que les aplica el presente decreto no será inferior a un (1) salario mínimo legal mensual vigente, ni superior a veinticinco (25) salarios mínimos legales mensuales vigentes y debe corresponder a la misma base de cotización para los Sistemas de Salud y Pensiones. Cuando las personas perciban ingresos de forma simultánea provenientes de la ejecución de varios contratos, las cotizaciones correspondientes serán efectuadas por cada uno de ellos conforme a la normativa vigente. No obstante, cuando se alcance el límite de los veinticinco (25) salarios mínimos legales mensuales vigentes, deberá cotizarse empezando por el de mayor riesgo. Pago de la cotización. El Contratista deberá realizar el pago mensual de las cotizaciones al Sistema General de Riesgos Laborales de manera anticipada, dentro de los términos previstos por las normas vigentes. Al Contratista le corresponde pagar de manera anticipada, el valor de la cotización al Sistema General de Riesgos Laborales, cuando la afiliación sea por riesgo I, II o III, conforme la clasificación de actividades económicas establecidas en el Decreto 1607 de 2002 o la norma que lo modifique, adicione o sustituya. XM debe pagar el valor de la cotización de manera anticipada, cuando la afiliación del contratista sea por riesgo IV o V. XM verificará el pago mensual de aportes por parte de los trabajadores independientes al Sistema General de Riesgos Laborales.

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9.4 OBLIGACIONES DE XM COMO CONTRATANTE

� Presentar el formulario para afiliación contratista persona natural a la ARL (decreto 723 de 2013). Anexo 10.

� Reportar a la Administradora de Riesgos Laborales los accidentes de trabajo y enfermedades laborales.

� Investigar todos los incidentes y accidentes de trabajo. � Realizar actividades de prevención y promoción. � Incluir a los Contratistas en el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo. � Permitir la participación del .Contratista en las capacitaciones que realice el Comité Paritario

de Seguridad y Salud en el Trabajo. � Verificar en cualquier momento el cumplimiento de los requisitos de seguridad y salud

necesarios para cumplir la actividad contratada de las personas a las que les aplica el presente decreto.

� Informar a los contratistas afiliados en riesgo IV y/o V sobre los aportes efectuados al Sistema General de Riesgos Laborales.

� Adoptar los mecanismos necesarios para realizar el pago anticipado de la cotización, cuando el pago del aporte esté a cargo de XM.

� XM incluirá dentro de sus estadísticas de accidentalidad y enfermedad laboral al personal Contratista.

9.5 OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA

� Procurar el cuidado integral de su salud. � Contar con los elementos de protección personal necesarios para ejecutar la actividad

contratada, para lo cual asumirá su costo. � Informar a XM la ocurrencia de incidentes, accidentes de trabajo y enfermedades laborales. � Participar en las actividades de Prevención y Promoción organizadas por XM, el Comité

Paritarios de Seguridad y Salud en el Trabajo o la Administradora de Riesgos Laborales. � Cumplir las normas, reglamentos e instrucciones del Sistema de Gestión de la Seguridad y

Salud en el Trabajo SG-SST. � Informar oportunamente a XM toda novedad derivada del contrato. � Presentar a XM el concepto médico de aptitud para el desarrollo de su labor, este concepto

rendrá vigencia por tres (3) años y será válido para todos los contratos que suscriba el Contratista, siempre y cuando se haya valorado el factor de riesgo más alto al cual estará expuesto en todos los contratos. En el caso de perder su condición de contratista por un periodo superior a seis (6) meses continuos, deberá realizarse nuevamente el examen.

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10 SEGUIMIENTO

XM verificará el cumplimiento de todas las medidas de SST contempladas en los documentos contractuales y en la legislación vigente sobre el tema. En caso de detectar incumplimientos de ley o requisitos contractuales por parte del Contratista que pongan en peligro la vida, amenacen la integridad física de personal del Contratista o de terceros, instalaciones, equipos o al medio ambiente, XM o quien este designe ordenará el retiro del personal del Contratista del sitio o la suspensión de los trabajos, hasta que se implemente la acción correctiva que mitigue dicho hallazgo. Esta orden de suspensión debe plasmarse en un acta, consignando la fecha, hora y las razones por las cuales tomó la decisión en cuestión. Todos los riesgos y costos derivados de la suspensión de los trabajos serán por cuenta y responsabilidad del Contratista. El Contratista se obliga a subsanar las razones que motivaron la suspensión en el menor plazo posible, sin perjuicio de que XM pueda imponerle las sanciones pactadas en el Contrato por incumplimiento de las obligaciones derivadas del mismo. Si por incumplimiento de las obligaciones legales ambientales en el marco de las actividades objeto del contrato es impuesta una sanción por parte de la Autoridad Ambiental, el Contratista mantendrá indemne a XM y las sanciones que por este concepto se impongan, serán pagadas directamente por el Contratista, quien mediante el presente documento, autoriza que le sea descontado del saldo insoluto del valor del contrato. 11 REFERENCIAS

1. Manual HSE Para Contratistas Intercolombia

2. Decreto 723 de 2013