criterios de agrupación de familia para productos de gas … · intemperie en estaciones de gas...

13
DATCER-161.01 1 Criterios de agrupación de familia para Productos de Gas y Seguridad.

Upload: dangkhue

Post on 01-Oct-2018

214 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

DATCER-161.01 1

Criterios de agrupación de familia para Productos de Gas y Seguridad.

DATCER-161.00 2

I N D I C E 1. Familia de modelos. ................................................................................................................ 3 2. Definición de una familia de modelos................................................................................... 3 3. Criterios establecidos para definir la familia de modelos. ..................................................... 3 3.1 NOM-011-SEDG-1999 "Recipientes portátiles para contener gas L.P., no expuestos a calentamiento por medios artificiales. Fabricación”, .................................................................... 3 3.2 NOM-012/2-SEDG-2003 “Recipientes a presión para contener gas L.P., tipo no portátil, destinados a ser colocados a la intemperie en plantas de almacenamiento, estaciones de gas L.P., para carburación e instalaciones de aprovechamiento. Fabricación.” 3 Para definir la familia de modelos correspondiente a la norma NOM-012/2-SEDG-2003 es indispensable cumplir con los siguientes criterios:.......................................................................... 3 3.3 NOM-012/3-SEDG-2003 “Recipientes a presión para contener gas L.P., tipo no portátil, destinados a ser colocados a la intemperie en estaciones de gas L.P., para carburación e instalaciones de aprovechamiento. Fabricación”, .................................................. 4 3.4 NOM-012/4-SEDG-2003. “Recipientes a presión para contener gas L.P., tipo no portátil, para uso como deposito de combustible en motores de combustión interna. Fabricación” ........................................................................................................................................... 4 3.5 NOM-012/5-SEDG-2003 “Recipientes para contener gas L.P., tipo no portátil destinados a vehículos para el transporte de gas L.P. Fabricación”............................................ 4 3.6 NOM-016-SEDG-2003 “Válvula utilizada en recipientes portátiles para contener gas licuado de petróleo.- Especificaciones y métodos de prueba.” ..................................................... 4 3.7 NOM-018/3-SCFI-1993. "Distribución y consumo de gas L.P. - recipientes portátiles y sus accesorios parte 3.- Cobre y sus aleaciones – Conexión Integral (cola de cochino) para uso en gas L.P.”,................................................................................................................................... 5 3.8 NOM-018/4-SCFI-1993 “Distribución y consumo de gas L.P., recipientes portátiles y sus accesorios parte 4.- Reguladores de baja presión para gases licuados de petróleo”. ...... 5 3.9 NOM-019-SEDG-2002 “Aparatos domésticos para cocinar alimentos que utilizan gas natural o L.P. Especificaciones y métodos de prueba.” ................................................................. 5 3.10 NOM-020-SEDG-2003 “Calentadores para agua que utilizan como combustible gas L.P. o natural, de uso doméstico y comercial. Requisitos de seguridad, métodos de prueba y marcado” ................................................................................................................................................ 7 3.11 NOM-090-SCFI-2004 “Encendedores portátiles, desechables y recargables – Especificaciones de seguridad”.......................................................................................................... 8 3.12 NOM-093-SCFI-1994 “Válvulas de relevo de presión (seguridad, seguridad – alivio y alivio) operadas por resorte y piloto; fabricadas de acero y bronce”, .......................................... 9 3.13 NOM-113-SCFI-1995 “Líquido para frenos hidráulicos empleado en vehículos automotores – Especificaciones de seguridad y métodos de prueba.”, .................................... 10 3.14 NOM-118-SCFI-2004 “Industria cerillera - Cerillos y fósforos - Especificaciones de seguridad” ............................................................................................................................................ 10 3.15 NOM-133/1-SCFI-1999 “Productos infantiles – Funcionamiento de andaderas para la seguridad del infante - Especificaciones y métodos de prueba”,................................................ 10 3.16 NOM-133/2-SCFI-1999 “Productos infantiles – Funcionamiento de carriolas para la seguridad del infante - Especificaciones y métodos de prueba”,................................................ 11 3.17 NOM-133/3-SCFI-1999 “Productos infantiles – Funcionamiento de corrales y encierros - Especificaciones y métodos de prueba” ..................................................................... 12 3.18 NOM-140-SCFI-1999 “Artículos escolares - Tijeras- Especificaciones y Métodos de prueba”, ................................................................................................................................................ 12 3.19 NMX-X-033-1975 “Termostatos utilizados en hornos que emplean gas L.P., gas natural o manufacturado como combustible. Especificaciones y métodos de prueba”, ......... 13

DATCER-161.01 3

1. Familia de modelos. Es el conjunto de modelos del mismo tipo de producto, que presentan características comunes y cuyas variantes entre ellos, cumplen con las especificaciones establecidas en las normas oficiales mexicanas o normas mexicanas aplicables y/o criterios de certificación correspondientes, permitiéndose con ello el agruparlos dentro de un certificado de conformidad, facilitando así el proceso de certificación. 2. Definición de una familia de modelos. Una vez que la agrupación propuesta por el cliente es analizada y aceptada por el personal del área de certificación de ANCE, el responsable de atender la solicitud, debe seleccionar el o los modelos representativos de la familia, para que el solicitante proceda al envío de las muestras al laboratorio de pruebas seleccionado por el cliente. La aprobación de la familia por el área de certificación, debe obtenerse previo ingreso de la solicitud de servicios de certificación. Para el análisis correspondiente es necesario presentar, según sea el caso, la información indicada en la hoja de revisión preliminar para ingresar solicitudes y/o la especificada en el complemento de solicitud de servicios de certificación. 3. Criterios establecidos para definir la familia de modelos. 3.1 NOM-011-SEDG-1999 "Recipientes portátiles para contener gas L.P., no

expuestos a calentamiento por medios artificiales. Fabricación”, Para definir la familia de modelos correspondiente a la norma NOM-011-SEDG-1999 es indispensable cumplir con los siguientes criterios: Común. (tipo A) Semicapsulado. (tipo B) Especiales. (tipo C) Para los tipos A y B el lote mínimo es de 100 piezas, del cual se realiza un muestreo 9 de piezas, de las cuales 6 son para pruebas de laboratorio y 3 son muestras testigo. Para el tipo C el lote mínimo es de 50 piezas, del cual se realiza un muestreo 6 de piezas, de las cuales 3 son para pruebas de laboratorio y 3 son muestras testigo. 3.2 NOM-012/2-SEDG-2003 “Recipientes a presión para contener gas L.P., tipo no

portátil, destinados a ser colocados a la intemperie en plantas de almacenamiento, estaciones de gas L.P., para carburación e instalaciones de aprovechamiento. Fabricación.”

Para definir la familia de modelos correspondiente a la norma NOM-012/2-SEDG-2003 es indispensable cumplir con los siguientes criterios: Recipientes con capacidad nominal mayor a 5 000 litros, destinados a ser colocados a la intemperie en plantas de almacenamiento, estaciones de gas L.P., para carburación e instalaciones de aprovechamiento.

DATCER-161.00 4

Nota: La muestra estará constituida por un solo recipiente.

3.3 NOM-012/3-SEDG-2003 “Recipientes a presión para contener gas L.P., tipo no portátil, destinados a ser colocados a la intemperie en estaciones de gas L.P., para carburación e instalaciones de aprovechamiento. Fabricación”,

Para definir la familia de modelos correspondiente a la norma NOM-012/3-SEDG-2003, es indispensable cumplir con los siguientes criterios: Recipientes con capacidad nominal de 100 litros a 1 000 litros destinados a ser colocados a la intemperie en estaciones de gas L.P., para carburación e instalaciones de aprovechamiento. Nota: La muestra estará constituida por tres recipientes. Recipientes con capacidad nominal mayor a 1 000 litros y hasta 5 000 litros, destinados a ser colocados a la intemperie en estaciones de gas L.P., para carburación e instalaciones de aprovechamiento. Nota: La muestra estará constituida por dos recipientes. 3.4 NOM-012/4-SEDG-2003. “Recipientes a presión para contener gas L.P., tipo no

portátil, para uso como deposito de combustible en motores de combustión interna. Fabricación”

Para definir la familia de modelos correspondiente a la norma NOM-012/4-SEDG-2003, es indispensable cumplir con los siguientes criterios: Recipientes con capacidad máxima de 300 litros, para utilizarse como deposito de combustible para motores de combustión interna que carburan a gas L.P. Nota: La muestra estará constituida por tres recipientes. 3.5 NOM-012/5-SEDG-2003 “Recipientes para contener gas L.P., tipo no portátil

destinados a vehículos para el transporte de gas L.P. Fabricación” Para definir la familia de modelos correspondiente a la norma NOM-012/5-SEDG-2003, es indispensable cumplir con los siguientes criterios: Recipientes con capacidad máxima de 55 000 litros, para el transporte de gas L.P. en auto tanques, remolques y semirremolques. Nota: La muestra estará constituida por un solo recipiente. 3.6 NOM-016-SEDG-2003 “Válvula utilizada en recipientes portátiles para contener

gas licuado de petróleo.- Especificaciones y métodos de prueba.”

DATCER-161.01 5

Para definir la familia de modelos correspondiente a la norma NOM-016-SEDG-2003, es indispensable cumplir con los siguientes criterios: Válvula de acoplamiento indirecto: Tipo 1.- de 10 m³/min como mínimo y sin dispositivo de máximo llenado. Tipo 2.- de 2 m³/min hasta menos de 10 m³/min y sin dispositivo de máximo llenado. Tipo 3.- de 2 m³/min hasta menos de 10 m³/min y con dispositivo de máximo llenado. Válvula de acoplamiento directo Tipo 2.- de 2 m³/min hasta menos de 10 m³/min y sin dispositivo de máximo llenado. Tipo 3.- de 2 m³/min hasta menos de 10 m³/min y con dispositivo de máximo llenado. Nota: La muestra estará constituida por 7 piezas. 3.7 NOM-018/3-SCFI-1993. "Distribución y consumo de gas L.P. - recipientes

portátiles y sus accesorios parte 3.- Cobre y sus aleaciones – Conexión Integral (cola de cochino) para uso en gas L.P.”,

Para definir la familia de modelos correspondiente a la norma NOM-018/3-SCFI-1993, es indispensable cumplir con los siguientes criterios: Conexión sencilla. Nota: La muestra estará constituida por diez piezas. 3.8 NOM-018/4-SCFI-1993 “Distribución y consumo de gas L.P., recipientes

portátiles y sus accesorios parte 4.- Reguladores de baja presión para gases licuados de petróleo”.

Para definir la familia de modelos correspondiente a la norma NOM-018/4-SCFI-1993, es indispensable cumplir con los siguientes criterios:

Criterio (para cada modelo)

Tipo de regulador Misma capacidad de flujo

(en m3/h)

Mismo diámetro de roscas de entrada y

salida

Mismo tipo de roscas de entrada y

salida Una entrada SI SI SI Dos entradas SI SI SI Acoplamiento

directo SI No Aplica No Aplica

Nota: La muestra estará constituida por cinco piezas. 3.9 NOM-019-SEDG-2002 “Aparatos domésticos para cocinar alimentos que utilizan

gas natural o L.P. Especificaciones y métodos de prueba.” Para definir la familia de modelos correspondiente a la norma NOM-019-SEDG-2002, es indispensable cumplir con los siguientes criterios: I. Mismo tipo de producto:

DATCER-161.00 6

1 Estufa Con o sin calentador de alimentos. 1.1 De piso 1.2 Para empotrar 2 Parrillas 2.1 Abierta 2.2 Para sobreponer 2.3 Con gabinete 2.4 Para empotrar 3 Hornos y asadores para empotrar o sobreponer 3.1 Horno 3.2 Horno parrilla 3.3 Asador-Horno 3.4 Horno-Asador-Parrilla 3.5 Asador 3.6 Asador abierto 3.7 Asador-Parrilla Adicionalmente: 1) Se permiten cambios estéticos, gráficos, identificación de quemadores y variaciones de color. Se permiten variaciones en cuanto al número de quemadores superiores, siempre y cuando: La capacidad térmica de los quemadores sea la misma individualmente y estén en la misma posición. Se permite la eliminación de quemadores entre los diferentes modelos. Se permite la adición de quemadores siempre y cuando se realicen las pruebas complementarias que demuestren el cumplimiento con la norma. La capacidad térmica del quemador del horno debe ser la misma entre los diferentes modelos. 3) Características eléctricas: Tensión: 127 V ± 10% ó 220 V ± 10% Frecuencia: 60 Hz Corriente: de 0,0 – 1,5 A Para valores de corrientes mayores de 1,5 A los aparatos agrupados en familia deberán tener el mismo valor de corriente. 4) No se permite agrupar en una misma familia a productos en los cuales su sistema de cocción es totalmente a gas con productos que cuentan con elementos calefactores en parte superior o en el horno. (Productos híbridos). 5) Para productos con elementos calefactores y sistema de cocción a gas, mismo número de elementos calefactores con mismo consumo de corriente y misma posición. 6) Se permiten diferentes marcas, siempre y cuando sean fabricadas por la misma planta productiva. 7) Se permiten variantes de componentes externos (copete, capelo, puertas de horno, perillas, jaladeras, patas, niveladores, etc), en cuanto a forma, diseño y material, siempre y cuando se realicen las pruebas complementarias que demuestren cumplimiento con la norma. 8) Mismo tipo de encendido: - De piloto. - Eléctrico, electrónico o manual (siempre y cuando se realicen las pruebas complementarias). 9) Equipo eléctrico: Pueden clasificarse en la misma familia modelos con diferentes accesorios eléctricos (lámpara, reloj o control de tiempo, sistema de encendido eléctrico o electrónico, motor de convección, etc.) siempre y cuando se evalúe el modelo más completo o se realicen las

DATCER-161.01 7

pruebas complementarias. Además deben especificarse las características eléctricas nominales para cada modelo y cumplir con el punto 3 anterior. 10) Tipo de control para el horno: Termostato o termocontrol (siempre y cuando se evalúe el modelo con termostato o se realicen las pruebas complementarias). II. En estufas: - Mismo tamaño: 20” 30” etc. - Si cuenta con horno. Con asador Sin asador Nota 1: pueden agruparse en la misma familia modelos con y sin asador, siempre y cuando, se utilice el mismo quemador tanto para la función de hornear como para la función de asar. Se evalúa el modelo con asador o se realicen las pruebas complementarias relacionadas con el asador. Nota 2: pueden agruparse en la misma familia modelos con y sin asador, con un quemador adicional para asar en parte superior de la cavidad del horno, siempre y cuando el quemador del horno tenga la misma capacidad térmica. Se evalúa el modelo con asador superior en la cavidad del horno o se realicen las pruebas complementarias relacionadas con el asador. III. En parrillas. - Se evaluará la parrilla más completa, considerando que si existen parrillas de diferentes tamaños en la misma familia, se deben realizar pruebas complementarias que demuestren el cumplimiento con la norma. - Se permiten variaciones en cuanto al número de quemadores, siempre y cuando: Se conserve el mismo tamaño de las parrillas. La capacidad térmica de los quemadores sea la misma individualmente y estén en la misma posición. Se permite la eliminación de quemadores entre los diferentes modelos. Se permite la adición de quemadores siempre y cuando se realicen las pruebas complementarias que demuestren el cum - Se permite la variación en tamaños de las parrillas, siempre y cuando se conserve el mismo número de quemadores con la misma capacidad térmica y en la misma posición y sea evaluada la parrilla con el menor tamaño. NOTA: La muestra estará constituida por una pieza. 3.10 NOM-020-SEDG-2003 “Calentadores para agua que utilizan como combustible

gas L.P. o natural, de uso doméstico y comercial. Requisitos de seguridad, métodos de prueba y marcado”

Para definir la familia de modelos correspondiente a la norma NOM-020-SEDG-2003, es indispensable cumplir con los siguientes criterios: Todos los calentadores de agua se clasificarán de acuerdo a su carga térmica en:

DATCER-161.00 8

Doméstico, cuya carga térmica es menor o igual a 35 kW y Comercial, cuya carga térmica es mayor a 35 kW y menor o igual a 108 kW Calentadores de agua tipo almacenamiento. - Automático con aislamiento térmico y depósito galvanizado. - Automático con aislamiento térmico y depósito porcelanizado. - Automático sin aislamiento térmico y depósito galvanizado. - Automático sin aislamiento térmico y depósito porcelanizado. - Semiautomático con aislamiento térmico y depósito galvanizado. - Semiautomático con aislamiento térmico y depósito porcelanizado. - Semiautomático sin aislamiento térmico y depósito galvanizado. - Semiautomático sin aislamiento térmico y depósito porcelanizado. - Misma válvula termostática (termostato) o válvula semiautomática. - Misma capacidad volumétrica en litros. - Mismo tipo de quemador. - Mismos materiales usados en su construcción. - Mismo deflector. - Mismo difusor Calentadores de agua tipo instantáneo. - Tipo 1, flujo de agua fijo y flujo de gas variable. - Tipo 2, flujo de agua variable y flujo de gas variable. - Tipo 3, flujo automático de agua y flujo automático de gas. - Clase A, presión de apertura menor o igual a 9,8 kPa - Clase B, presión de apertura mayor a 9,8 kPa y menor o igual a 19 kPa - Clase C, presión de apertura mayor a 19 kPa y menor o igual a 98 kPa - Clase D, presión de apertura mayor a 98 kPa - Mismo sistema valvular. - Mismo tipo de quemador. - Mismo flujo de agua en litros por minuto (L/min). - Mismos materiales usados en su construcción. Calentadores de agua de rápida recuperación. - Clase A, con aislamiento térmico y depósito galvanizado. - Clase B, con aislamiento térmico y depósito porcelanizado. - Clase C, sin aislamiento térmico y depósito galvanizado. - Clase D, sin aislamiento térmico y depósito porcelanizado. - Mismo tipo de quemador. - Misma válvula termostática (termostato). - Misma capacidad de flujo de agua en litros por minuto (L/min). - Mismo difusor. - Mismos materiales usados en su construcción. (Estos productos deben cumplir también con la norma NOM-003-ENER-2000 “Eficiencia térmica de calentadores de agua para uso doméstico y comercial. Límites, método de prueba y etiquetado”, por lo que deberá consultar los criterios de agrupación de familia correspondientes). NOTA: La muestra estará constituida por dos piezas. 3.11 NOM-090-SCFI-2004 “Encendedores portátiles, desechables y recargables –

Especificaciones de seguridad” Para definir la familia de modelos correspondiente a la norma NOM-090-SCFI-2004, es indispensable cumplir con los siguientes criterios:

DATCER-161.01 9

Con base al Criterio en Materia de Certificación aprobado por la Secretaría de Economía el día 30 de julio de 2004, deben cumplir con las siguientes condiciones: Mismo tipo. Misma marca. Mismos materiales usados en su construcción, elaboración o fabricación. Mismo mecanismo de encendido. Misma capacidad del recipiente de almacenamiento de combustible. Misma forma del recipiente de almacenamiento de combustible. Misma forma externa del producto, permitiéndose variaciones estéticas y de serigrafía. Misma fábrica (Indicar nombre del fabricante, dirección y teléfono de la fábrica). Para estos productos por tipo se debe entender: recargable, desechable, de combustible líquido, de combustible gas, ajustable, no ajustable. Nota 1: De acuerdo a las diferentes condiciones y tipos, se contemplan “n” números de familias que puedan resultar de las combinaciones de dichas condiciones para cada tipo de encendedor. Nota 2: Como información complementaria el cliente debe ingresar información técnica que describa la forma del recipiente de almacenamiento de gas y el sistema de encendido (fotografías, diagramas de trazo, etc.) MUESTREO El número de piezas a seleccionarse, estará sujeto al siguiente criterio: * Encendedores Desechables: 50 Unidades. * Encendedores Recargables de Plástico: 50 Unidades. * Encendedores Recargables Metálicos: 5 unidades. 3.12 NOM-093-SCFI-1994 “Válvulas de relevo de presión (seguridad, seguridad – alivio

y alivio) operadas por resorte y piloto; fabricadas de acero y bronce”, Para definir la familia de modelos correspondiente a la norma NOM-093-SCFI-1994, es indispensable cumplir con los siguientes criterios: 1er.- Criterio Misma marca. Mismo mecanismo. Misma capacidad. 2do.- Criterio.- Con base en su uso: Tipo I Válvulas de seguridad. Tipo II Válvulas de seguridad –alivio. Tipo III Válvulas de alivio. 3er.- Criterio.- Con base a su forma de operación, cada tipo de válvula sé subclasifican en dos subtipos: Subtipo I Válvula operada por resorte.

DATCER-161.00 10

Subtipo II Válvula operada por piloto. 4to.- Criterio.- Con base a su material de fabricación, las válvulas sé subclasifican en dos subtipos: Subtipo I Acero. Subtipo II Bronce. 5to.- Criterio.- Con base a su intervalo de presión de ajuste, las válvulas sé subclasifican en dos subtipos: Subtipo I 103,45 a 41 379,31 kPa para acero. Subtipo II 34,48 a 2 068,67 kPa para bronce. NOTA: La muestra estará constituida por nueve válvulas, debe incluir tres juegos de tres válvulas, de tres orificios diferentes y cada juego de tres, debe ajustarse a la misma presión de ajuste. En el caso que la familia incluya modelos con asientos blandos, se requiere una válvula adicional por cada tamaño; calibrada a 13 793 kPa, es decir tres válvulas adicionales. 3.13 NOM-113-SCFI-1995 “Líquido para frenos hidráulicos empleado en vehículos

automotores – Especificaciones de seguridad y métodos de prueba.”, Para definir la familia de modelos correspondiente a la norma NOM-113-SCFI-1995, es indispensable cumplir con los siguientes criterios: 1.- Misma Marca. 2.- Misma composición: Liquido para frenos LF3. Liquido para frenos LF4. Liquido para frenos LF5 (Base silicón). Liquido para frenos LF5.1 (Base sin silicón). 3.- Puede variar el contenido y forma de los recipientes (presentación). NOTA: La muestra estará constituida por 4 dm3 y pueden ser de recipientes de diferentes capacidades. 3.14 NOM-118-SCFI-2004 “Industria cerillera - Cerillos y fósforos - Especificaciones

de seguridad” Para definir la familia de modelos correspondiente a la norma NOM-118-SCFI-2004, es indispensable cumplir con los siguientes criterios: Misma marca. Mismo material de los cerillos o fósforos. NOTA: La muestra estará constituida por cincuenta cajas. 3.15 NOM-133/1-SCFI-1999 “Productos infantiles – Funcionamiento de andaderas

para la seguridad del infante - Especificaciones y métodos de prueba”,

DATCER-161.01 11

Para definir la familia de modelos correspondiente a la norma NOM-133/1-SCFI-1999, es indispensable cumplir con los siguientes criterios:

No serán familia en las siguientes condiciones: Sí, son de diferente tipo, con base en la clasificación. Sí, son de diferente tipo de estructura Si, son de diferente sistema ajustable (tipo 2) Sí, son de diferente material. Sí, son de diferente marca Sí, cuentan con diferente número de ruedas. NOTA: La muestra estará constituida por una pieza. 3.16 NOM-133/2-SCFI-1999 “Productos infantiles – Funcionamiento de carriolas para

la seguridad del infante - Especificaciones y métodos de prueba”, Para definir la familia de modelos correspondiente a la norma NOM-133/2-SCFI-1999, es indispensable cumplir con los siguientes criterios:

No serán familia en las siguientes condiciones: Sí, son de diferente tipo, con base en la clasificación. Sí, son de diferente tipo de estructura. Sí, son de diferente material. Sí, son de diferente marca. Sí, cuentan con diferente número de ruedas. Sí, son de bastón y con respaldo de posiciones. Sí, son de diferente fábrica. Sí, son de múltiples ocupantes. Sí son multiusos (ejemplo: 5 en 1, etc.) Sí, son periscópica o de bayoneta. Sí, son de estructura triangular o de triciclo. Nota 1:

CLASIFICACIÓN TIPO 1 (De plegado en X)

TIPO 2 (De altura ajustable)

TIPO 3 (De mecedora)

TIPO 4 (Fija)

CLASIFICACIÓN TIPO 1 (De bastón plegable)

TIPO 2 (Mango abatible plegable )

TIPO 3 (Plegable )

DATCER-161.00 12

Accesorios: Piezas de plástico, agregadas o eliminadas, pueden pertenecer a una misma familia siempre y cuando la carriola siga cumpliendo con el punto 5.9 de la norma NOM-133/2-SCFI-1999, que se refiere a orillas filosas, protuberancias o puntas. NOTA 2: La muestra estará constituida por una pieza. 3.17 NOM-133/3-SCFI-1999 “Productos infantiles – Funcionamiento de corrales y

encierros - Especificaciones y métodos de prueba” Para definir la familia de modelos correspondiente a la norma NOM-133/3-SCFI-1999, es indispensable cumplir con los siguientes criterios:

CLASIFICACIÓN TIPO 1 (Circular)

TIPO 2 (Rectangular)

TIPO 3 (Hexagonal)

TIPO 4 (Otras) No serán familias en las siguientes condiciones: Sí, son de diferente tipo, con base en la clasificación. Sí, son de diferente tipo de estructura Sí, son de diferente material. Sí, son de diferente marca NOTA: La muestra estará constituida por una pieza. 3.18 NOM-140-SCFI-1999 “Artículos escolares - Tijeras- Especificaciones y Métodos

de prueba”,

Para definir la familia de modelos correspondiente a la norma NOM-140-SCFI-1999, es indispensable cumplir con los siguientes criterios: Ser del mismo tipo: Tijera escolar Tijera escolar papelera Ser de los mismos materiales como por ejemplo: Metálicas con: Acero inoxidable Acero al carbón Otros materiales metálicos (de la misma mezcla de dos o más materiales) Mixtas (plástico y metal): Puños de plástico con hojas de acero inoxidable Puños de plástico con hojas de acero al carbón Puños de plástico con hojas de otros materiales metálicos

DATCER-161.01 13

Cuerpo de plástico con hojas insertadas de acero inoxidable Cuerpo de plástico con hojas insertadas de acero al carbón Cuerpo de plástico con hojas insertadas de otros materiales metálicos Plástico: Cuerpo totalmente de plástico Cuerpo totalmente de plástico, articuladas por un eje metálico Definiciones: Tijera Escolar. Instrumento para cortar, compuesto por dos piezas denominadas hojas cuya geometría en la punta es redondeada (punta roma), articuladas por un eje que puede ser un tornillo o un remache capaz de cortar materiales tales como papel bond, cartulina e hilos de estambre, empleados en la educación básica obligatoria, cuya geometría y propiedades garanticen la integridad física del usuario, con una longitud que oscila entre 76,2 mm hasta 152,4 mm. Tijera Papelera Escolar. Instrumento para cortar, compuesto por dos piezas denominadas hojas cuya geometría en la punta es redondeada (punta roma), articuladas por un eje que puede ser un tornillo o un remache capaz de cortar papel bond empleado en la educación básica obligatoria, cuya geometría y propiedades garanticen la integridad física del usuario, con una longitud que oscila entre 76,2 mm hasta 152,4 mm. NOTA: La muestra estará constituida por treinta y dos piezas.

3.19 NMX-X-033-1975 “Termostatos utilizados en hornos que emplean gas L.P., gas natural o manufacturado como combustible. Especificaciones y métodos de prueba”,

Para definir la familia de modelos correspondiente a la norma NMX-X-033-1975, es indispensable cumplir con los siguientes criterios: Los métodos de prueba preestablecidos deben ser estrictamente iguales según la norma de referencia. En caso de tener accesorios, éstos deben ser de las mismas características de operación. Los componentes internos, externos o del circuito mecánico pueden ser semejantes o iguales, pero deben tener el mismo principio de funcionamiento, pudiendo variar la capacidad de operación.