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UNIVERSIDAD ESTATAL DE MILAGRO ANALISIS DE 5 ARTICULOS DE LA LEY DE EDUCACION SUPERIOR CONTEMPLADOS EN LA CONSTITUCION DEL ECUADOR 2008 REALIZADO POR: LUIS NOBLECILLA PILOSO

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Análisis de los Artículos

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UNIVERSIDAD ESTATAL DE MILAGRO

ANALISIS DE 5 ARTICULOS DE LA LEY

DE EDUCACION SUPERIOR

CONTEMPLADOS EN LA

CONSTITUCION DEL ECUADOR 2008

REALIZADO POR: LUIS NOBLECILLA

PILOSO

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Referente a esta polémica ley muchas personas enel Ecuador han opinado y siguen opinando ya quela misma tiene como fin hacer mejoras al sistemade educación y enseñanza a continuación sepresentan 5 de los artículos establecidos para leyde educación superior:

ART. 51

ART. 4

ART. 55

ART. 66ART. 53

ANEXOS

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Para la designación del personal académico, así comopara el ejercicio de la docencia y la investigación, no seestablecerán limitaciones que impliquendiscriminaciones derivadas del origen racial, género,posición económica, política o cualesquiera otras desimilar índole, ni éstas podrán ser causa de remoción,sin perjuicio de que el profesor deba ser leal a losprincipios que inspiran a la institución.

OPINIONPROFESIONAL

OPINIONPERSONAL

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EDUCACION SUPERIOR CAMBIOS DE FONDO

Por: Ricardo Hidalgo Ottolenghi Fecha: 20/03/2009

A propósito del mandato constitucional sobre la gratuidad de la educación superior, en estos días se hadiscutido mucho sobre los montos que se requerirían para solventarla y sobre las diversas interpretacionesde la denominada “responsabilidad académica”. Sin embargo, hasta ahora ninguna autoridad se haocupado de manifestar los cambios- en términos de calidad- que deben emprender las universidades.En el ámbito de la educación superior han surgido nuevos paradigmas, modelos educativos yorganización del aprendizaje dirigidos a responder a las necesidades actuales, que otorgan mayorresponsabilidad al estudiante en el proceso de un aprendizaje significativo y complejo; poniendo énfasisen valores como solidaridad, creatividad, responsabilidad, ética, equidad, autonomía, y sobre todo en uncompromiso con el aprendizaje permanente para la mejora del desempeño profesional.Así, por ejemplo, el enfoque de la educación basada en problemas mejora la calidad de los aprendizajes,cambiando la orientación de un currículo basado en la exposición del maestro, a uno más integrado ycentrado en el estudiante, reemplazando la clásica enseñanza pasiva, dirigida, reproductiva, memorística,poco integradora y no significativa. En la actualidad, uno de los objetivos de las instituciones deeducación superior, públicas o privadas, debe ser lograr profesionales críticos, innovadores, flexibles, quesepan comunicarse bien, pensar por sí mismos en términos conceptuales, abstractos y prácticos; capacesde aprender a aprender para transformar. En otras palabras, debemos insistir en el compromiso de lasentidades de formación para mejorar su capacidad de convertirse en instituciones inteligentes quefaciliten la construcción individual y colectiva del conocimiento en las distintas profesiones.Para alcanzar el propósito ideal de generar profesionales con perfiles acordes a las necesidades del país, esurgente la introducción de cambios curriculares. El rediseño curricular debe convertirse en un espacio deoportunidad, en la medida que en nuestro medio se puede hacer mucho en este ámbito con una visiónintegral, manteniendo la necesaria coherencia entre el contexto, las competencias, la red curricular, lametodología de aprendizaje y las estrategias de evaluación en consonancia con el modelo educativo

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En mi opinión es beneficioso para el sector de la educacion el quererimplementar nuevas y diversas formas de manejo de las leyes y recursos parael bienestar de los estudiantes universitarios y el sector docente en si.Pero cabe recalcar que muchas personas están en contra de dicho cambio noprecisamente preocuparse en el bienestar universitario mas bien son suspropios intereses y porque no corruptos intereses que tratan de fomentardiscordia entre el sector universitario y el gobierno de turno lo cual no permiteel avance del país hacia una nueva era de prosperidad y desarrollo ya que conuna buena implementación didáctica se puede llegar a producir muy buenosprofesionales que se desempeñen en sus diferentes áreas de trabajo tanto aquícomo en el extranjero.Aunque vale recalcar que la forma de debate y discusión entre el gobiernoactual y los diferentes organismos seccionales no es la más adecuada ya que elquerer agredir e inculpar a muchas personas y a veces innecesariamente haceque se torne un ambiente un poco hostil del gobierno para con los organismosseccionales y viceversa . Solo tomando conciencia y entendiendo ycomprendiendo a cabalidad los muchos y diferentes artículos de este nueva leyde educación superior podemos contribuir de alguna u otra forma al deseo dequerer cambiar y mejorar el sistema de educacion universitario.

LUIS NOBLECILLA PILOSO

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Las universidades y escuelas politécnicas son personas jurídicas sinfines de lucro. El Estado reconoce y garantiza su autonomía académicay de gestión y autogestión económica y administrativa. LaConstitución Política de la República garantiza la autonomía de lasuniversidades y escuelas politécnicas, sin injerencia alguna, concebidacomo la responsabilidad para asegurar la libertad en la producción deconocimientos y el derecho sin restricciones para la búsqueda de laverdad, la formulación de propuestas para el desarrollo humano y lacapacidad para autorregularse, dentro de los lineamientos de laConstitución Política de la República, la presente ley, sus estatutos yreglamentos.

OPINION PERSONAL

OPINION PERSONAL

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ART.4, literal b)

TEXTO ACTUALTener una educación superior de calidad y pertinente que permita iniciar una carreraacadémica y/o profesional;

TEXTO SUGERIDO“b) Tener una educación superior de calidad y pertinente durante todos los años deformación del individuo en el campo académico, tecnológico o profesional”

RAZONESLas enmiendas se sugieren porque, redactada la norma en la forma como propone esteartículo del Proyecto, daría lugar a que se interprete que solo debe existir calidadeducativa al inicio de una carrera y no durante todos los años de estudio, minimizandode esta forma, la responsabilidad educativa de calidad total, de principio a fin delaprendizaje.Además, está olvidando la ley, la formación tecnológica que ahora, con el ingreso de lasciencias y disciplinas del conocimiento humano en la red de la informática mundial, estetipo de educación superior, se encuentra en primer orden.

CELSO MALDONADO A.ASAMBLEISTA ALIANZA PAIS

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Pues pienso que esta bien que las universidades ycolegios laboren sin fines de lucro pero la nuevaley de educación superior debería fomentar yhacer cumplir a cabalidad todas y cada unas desus leyes impuestas y sobre todo prestar mayoratención en instituciones localizadas en zonasrurales que carecen muchas veces de serviciosbásicos e implementos necesarios para su buenfuncionamiento.

LUIS NOBLECILLA PILOSO

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Se garantiza la estabilidad del personal académico,que no podrá ser removido sin causa debidamentejustificada. Para la remoción se requiere la resoluciónfundamentada de las dos terceras partes del órganocolegiado superior, previo el trámite administrativo enque se garantizará el derecho de defensa, demostrablecon la comparecencia y a falta de ésta con la citación alrespectivo docente. El estatuto definirá los casos deapelaciones.

OPINION PROFESIONAL

OPIINION PERSONAL

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Autoridades de las instituciones de educación superior católicas observados1.El artículo 53 (SENPLADES) establecía un régimen de excepción para la elecciónde los rectores y vicerrectores de las instituciones de educación superior quefuncionan amparadas por el modus vivendi entre el Estado ecuatoriano y la Santa

Sede.

2.Este régimen consistía en que estas autoridades se eligen de acuerdo a lo quedeterminen sus estatutos; mientras que las demás autoridades, administrativas yacadémicas, se someterían a las reglas generales de esta Ley.

3.El artículo 55 del informe para el primer debate eliminó el inciso del artículo 53referido.

“El Gobierno del Ecuador garantiza en la República la libertad de enseñanza. LaIglesia Católica tiene, pues, el derecho de fundar planteles de enseñanza,proveyéndolos de personal suficientemente idóneo, y de mantener los existentes. Enconsecuencia, el Gobierno se obliga a respetar el carácter propio de esos, institutos;y, por su parte, la Iglesia se obliga a que ellos se sujeten a las leyes, reglamentos yprogramas de estudio oficiales, sin perjuicio del derecho de la Iglesia para dar,además, a dichos planteles carácter y orientación católicos.”

MARIANGEL MUÑOZ VICUÑA

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En algunas instituciones debería hacerse unainvestigación exhaustiva referente al personal docentey administrativo que labora en dichos planteleseducativos ya que han salido a la luz casos de abusosde parte de profesores hacia los alumnos de variasíndoles, y tambien de actos de corrupción por partedel personal administrativo al pedir a los padres defamilia y al alumnado en general sumas de dineroinnecesarias con fines autolucro y sin dar parte alpersonal concerniente. Estos son actos sumamentedeplorables con los cuales hay que acabar.

LUIS NOBLECILLA PILOSO

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El personal no docente de los centros de educaciónsuperior estará sujeto a la Ley de Servicio Civil yCarrera Administrativa o a los Códigos de Trabajoo Civil y al escalafón administrativo, según fuerenempleados o trabajadores, de acuerdo a lascaracterísticas contractuales y según sea lainstitución pública o particular.

OPINIONPROFESIONAL

OPINIONPERSONAL

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66.- De la educación: (Principios y finalidades).- Laeducación es un derecho irrenunciable de laspersonas, deber inexcusable del Estado, lasociedad y la familia; área prioritaria de lainversión pública, requisito del desarrollo nacionaly garantía de equidad social. Es responsabilidaddel Estado definir y ejecutar políticas que permitanalcanzar estos propósitos.

CÉSAR ESQUETINI CÁCERES

ELSA RODRÍGUEZ VEGA

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Pues el personal no docente debe regirse a las leyesdel código civil y acatar todas las leyes perotambién es justo que ellos reciban unaremuneración justa acorde al trabajo realizado y altiempo realizado en dichas instituciones. El hechode que no pertenezcan al personal docente nodebería ser motivo de alguna discriminación porparte del alumnado personal docente oadministrativo en general.

LUIS NOBLECILLA PILOSO

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Los profesores de los centros de educación superiorserán evaluados anualmente en su trabajo y desempeñoacadémico. En el reglamento de evaluación docente, queserá expedido por el CONESUP a partir de unapropuesta del Consejo Nacional de Evaluación yAcreditación, se establecerán los criterios de evaluación,las formas de participación estudiantil, los estímulosacadémicos y económicos y las limitaciones a la garantíade estabilidad.

OPINIONPROFESIONAL

OPINIONPERSONAL

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PRINCIPIO DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES

Por este principio se garantiza a todos los actores del sistema de educación superiorlas mismas posibilidades en el acceso, permanencia, movilidad y egreso del sistema,sin discriminación alguna, considerando una pauta distributiva basada en el mérito.En este principio se establece que las instituciones de educación superiorparticulares deberán beneficiar con becas o ayudas económicas, a por lo menos el15% del número total de sus estudiantes. Por otra parte la educación superiorpública es gratuita (derecho establecido en la Constitución), tomando en cuenta queel estudiante debe tomar por lo menos el 60% de todas las materias/créditos quepermite la malla curricular en cada período, ciclo o nivel; no se cubren los arrastresni segundas o terceras matrículas, o pérdidas de nivel; cubre una sola carrera yexclusivamente rubros de escolaridad. Sin duda, un tema que llama la atención sonlos exámenes libres de suficiencia, para aquellas personas que no hayan obtenido eltítulo de bachiller o su equivalente, a fin de certificar conocimientos y habilidadesrequeridos.

Dr. Bolívar G. León O.

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Yo creo que la evaluación es indispensable para elpersonal docente en general pero debería darse untiempo prudencial para el cual poder tener un buendesempeño durante la evaluación y tratar de corregirlas pequeñas o grandes falencias que pueda tener eldocente para con el alumnado y poder brindar así unaeducación de calidad, para todos y cada uno de losecuatorianos y porque no tambien los hermanoslatinoamericanos que quieran instruirse y lograrobtener una carrera universitaria en nuestro país.

LUIS NOBLECILLA PILOSO

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PRESIDENTE CORREA

GRATUIDAD DE EDUCACION

DEBATE LEY DE EDUCACION SEMPLADES

RECHASO A LEY DE EDUCACION

SUPERIOR