directrices rurales medellín. directrices, lineamientos, y criterios
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Directrices de Ordenamiento Territorial Rural para Medellín
IV. DIRECTRICES, LINEAMIENTOS Y CRITERIOS 1. Estructura Ecológica Principal ....................... 593
1.1. Áreas de Protección y Conservación .......................... 595
1.2. Áreas de Producción Sostenible .................................. 601
1.2.1. Áreas de Producción Forestal ................................................... 601
1.2.2. Áreas de Producción Minera..................................................... 609
1.3. Áreas y Gestión del Riesgo ........................................... 611
2. Estructura Físico-Espacial ................................ 612
2.1. Espacio Público ................................................................ 615
2.2. Equipamientos ................................................................. 618
2.3. Centralidades .................................................................. 620
2.4. Conectividad y Movilidad ............................................... 624
2.5. Hábitat Rural ................................................................... 628 2.5.1. Dinámica de Ocupación ............................................................. 628 2.5.2. Hábitat de la Vivienda y en Entorno ............................................ 630
2.6. Servicios Públicos .......................................................... 632
3. Estructura Socioeconómica y Cultural ...... 636
3.1. Dinámica y Estructura de la Población ........................ 641
3.2. Dinámica y Estructura Económica ............................... 645
3.3. Patrimonio Territorial ................................................... 653
3.4. Gestión del Turismo ........................................................ 658
4. Estructura Política y Gobernabilidad .......... 661
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DIRECTRICES DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL RURAL PARA MEDELLÍN
IV. DIRECTRICES, LINEAMIENTOS Y CRITERIOS METODOLÓGICOS
Como venimos planteando desde el mismo marco conceptual, el alcance del presente estudio es construir un referente conceptual, diagnóstico y prospectivo, que de las directrices, lineamientos y criterios metodológicos para la planificación y gestión del territorio rural del municipio de Medellín, centrado en sus competencias y los niveles de decisión, con sujeción o subordinación a las disposiciones u orientaciones de autoridades e instancias de mayor jerarquía o prevalencia en el tema. En este contexto, las Directrices son concebidas como las normas generales, principios, objetivos y políticas determinantes para el ordenamiento del suelo rural que deben acoger los planes y proyectos que complementen y desarrollen el POT, Acuerdo 046 de 2006, en relación directa con lo establecido y reglamentados desde el ámbito nacional por el Decreto 3600 de 2007 y normas de mayor prevalencia.
Cabe aclarar que las Directrices no se restringen a la adopción de la normativa de orden nacional, sino que los municipios están en grado y competencia de desarrollar dichas determinantes, sin contradecirlas, generando la base normativa sobre la cual deberán regirse los Planes Especiales Rurales, por tratarse de normas jerárquicamente superiores, esto con el fin de vincularse de manera proactiva a la normativa nacional, regional y local ya existente.
Los Lineamientos, por su parte, se conciben aquí como orientaciones que buscan la definición de aspectos hacia los cuales debe tender el proceso de identificación, caracterización y gestión de las diferentes estructuras, a partir de la formulación de los Planes Especiales Rurales, basados en los énfasis programáticos, proyectuales y temáticos y en sus pesos específicos, planteados por las realidades particulares de los corregimientos.
Finalmente, se construyen los Criterios Metodológicos, como juicios y reflexiones acerca de los aspectos que deben ser abordados, y del proceso lógico y metodológico que deberían seguir los Planes Especiales Rurales en sus diferentes estructuras y variables.
� Principios Generales de Ordenamiento Territorial Rural Conforme a lo dispuesto por la Ley 388 de 1997, y los Decretos Nacionales 879 de 1998 y 4002 de 2004, el acuerdo 46 de 2006 revisó y ajustó el Plan de Ordenamiento Territorial de Medellín (Acuerdo 62 de 1999) y sus normas complementarias. Tanto en su primera
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generación como en la de 2006 plantea que: “Las políticas, proyectos, programas e instrumentos que se desprendan del Plan de Ordenamiento han de ser estructurados bajo un enfoque urbano-rural Municipal, enmarcado en una más amplia concepción de desarrollo Metropolitano subregional y regional […].” (Artículo 4, acuerdo 46 del 2006). En el artículo 5 plantea: ¨El Plan de Ordenamiento Territorial está concebido como un medio para facilitar el crecimiento y desarrollo de la ciudad y su ruralidad bajo criterios de sustentabilidad y sostenibilidad ambiental, humana, económica y equidad social, en el que se conjuguen un manejo protector de las potencialidades y fragilidades de los recursos naturales […] que interfieren en la dinámica del territorio permitiendo una distribución equitativa de oportunidades para su disfrute, en términos de habitabilidad y mejoramiento del entorno natural.”
Para efectos del Ordenamiento Territorial Rural, la siguiente es una aproximación a algunos de los principios, objetivos y políticas planteados por el POT para el suelo rural.
� Principios Generales - Participación ciudadana y concertación institucional. - Coordinación, concurrencia y subsidiariedad. - Prevalencia del interés general sobre el particular. - Función social y ecológica de la propiedad. - Distribución equitativa de las cargas y beneficios.
� Los Objetivos de Ordenación del Suelo Rural - Alta producción ambiental - Función ecológica equilibrante para el municipio y el área metropolitana - Eficiente actividad agropecuaria tradicional, oferta ecoturística - Suficiente dotación de vías y equipamientos para su desarrollo integral - Adecuada articulación con el área urbana.
Así, como marco estratégico de actuación, puede leerse el predominio de 3 elementos estructurales: la función de regulación y equilibrio ambiental, el objetivo de desarrollo agrícola y turístico basado en atributos naturales, y la necesidad de dotar y articular adecuadamente las áreas rurales y urbanas.
� Políticas de Desarrollo Rural - Mantener en condiciones de sostenibilidad las actividades agropecuarias
tradicionales. - Promover nuevas actividades económicas relacionadas o compatibles con la función
ambiental, tales como reforestación, agricultura orgánica, ecoturismo, etc. - Controlar los procesos de urbanización y el excesivo fraccionamiento del suelo. - Promover y apoyar el adecuado saneamiento básico rural.
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- Dotar a los cinco Corregimientos de equipamientos comunitarios que favorezcan la interacción de todas sus organizaciones y de sus pobladores, que conduzcan a una utilización sostenible y racional del territorio.
- Dotar de vías y medios de transporte funcional a todos los Corregimientos, de conformidad con las limitaciones físicas del suelo y socioeconómico de las veredas.
El ordenamiento territorial y la gestión ambiental, requieren un compromiso y una función del Estado en todos sus órdenes, lo que exige una función administrativa conjunta y coordinada entre el ámbito nacional y otros entes territoriales departamentales y municipales, así como, entidades administrativas y corporaciones ambientales (CORANTIOQUIA Y AMVA). La Constitución indica la responsabilidad del ordenamiento territorial, las competencias atribuidas a los distintos niveles territoriales, y los principios de coordinación, concurrencia y subsidiariedad, establecidos por la ley1. La aplicación directa de estos principios Ordenados por la constitución y las leyes que la desarrollan, buscan garantizar que las decisiones locales sean coherentes, congruentes y consecuentes en todos los niveles. Los hechos regionales y metropolitanos sobre la ruralidad, así como los intereses nacionales, constituyen el primer nivel de prevalencia o jerarquía normativa, ellos limitan las actividades o exigen requisitos de obligatorio cumplimiento. La protección ambiental y la conservación del patrimonio territorial, es una de las funciones principales de la ruralidad. Son normas de superior jerarquía las siguientes:
- Tratados y acuerdos internacionales acogidos por el nivel Nacional.
- Los Actos Administrativos del nivel nacional como Leyes y Decretos Reglamentarios o Resoluciones de los Ministerios y Los Macroproyectos Regionales de interés nacional, departamental y metropolitano, como las Directrices Metropolitanas de Ordenamiento Territorial Acuerdo 015 de 2006.
- Los Actos Administrativos de las autoridades ambientales: Acuerdos y
Resoluciones que adoptan planes o reglamentaciones específicas que involucran el territorio rural. Por ejemplo el Parque Central de Antioquia, AROVA, ARVÍ, SIRAP, PGIRS, POMCA, Planes Maestros y Densidades Rurales entre otras disposiciones.
- Los Actos Administrativos del Municipio de Medellín se constituyen en
Determinantes Generales para la Ruralidad, son el Plan de Ordenamiento Territorial -POT- Acuerdo 046 de 2006, la política de Desarrollo Rural y el Distrito Rural adoptado por acuerdo 016 de 2007, el Plan Espacial de Protección Patrimonial -PEPP- y otros planes estratégicos o temáticos de ciudad como el de Espacio Público y Equipamiento, el de Desarrollo Turístico, entre otros.
1 C.P.C. Artículo 288
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9 DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS
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PROCESO DE ORDENAMIENTO DEL TERRITORIO RURAL
CONSULTA Y CONCERTACION CIUDADANA, CON ACTORES ESTRATEGICOS E INSTITUCIONALES: Consejos Consultivos de Ordenamiento Territorial CCOT y Consejo Municipal de Desarrollo Rural CMDR, si las UPR así lo requieren, autoridades de Planeación y Ambiental.
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La Consulta y Concertación con el Consejo Consultivo de Ordenamiento Territorial -CCOT- y Consejo Municipal de Desarrollo Rural -CMDR-, se hará cuando así lo requiera el procedimiento jurídico que se reglamente para las Unidades de Planificación Rural -UPR-. La etapa y sus actividades son un proceso transversal al Diagnóstico y la Formulación, por ello se indica en un cuadrante común a ellos. Las etapas de Diagnóstico y Formulación, tienen como resultado final el respectivo Documento Técnico de Soporte. En la etapa de Formulación Prospectiva Territorial, se deberán identificar las variables claves y su posición en los cuadrantes para el diseño del marco de actuación. El Escenario Apuesta o Realizable, corresponde al Modelo de Ocupación adoptado o al Planteamiento Urbanístico cuando se trate de un PER de escala poligonal y se construye a partir de Imaginarios, la Visión de Futuro y los Objetivos. Los Planes Especiales Rurales como proceso de planeación complementario del POT, están sujetos a niveles de prevalencia con normas de superior jerarquía que le son vinculantes y deben tener como referente la experiencia piloto del PER La Aldea en el Corregimiento de San Sebastián de Palmitas. En la secuencia de sus etapas, es similar al proceso general de adopción del POT y los Planes Parciales en la zona urbana.
� Alcance y Contenido de los Planes Especiales Rurales de Escala Corregimental Los Planes Especiales Rurales son Planes de Estructura que complementan y desarrollan el POT en el componente rural, el área de planeamiento es el territorio corregimental y deberán realizar una caracterización general y específica o detallada del sistema territorial, a partir de la cual se pueda ordenar y regular el suelo, las funciones, los usos y aprovechamientos, dotaciones e intervenciones, de forma coherente y consecuente, con los imaginarios y objetivos de desarrollo rural y el Modelo de Ocupación. Los PER de escala corregimental serán un referente para la retroalimentación del proceso de actualización, revisión y ajuste o modificación del POT en la siguiente generación, así como, para el desarrollo de la norma complementaria y básica que permita una mejor reglamentación y control del territorio, especialmente los procesos de parcelación, urbanización y edificación. El contenido mínimo o básico que deberán desarrollar es el siguiente: - La Metodología de Participación, Consulta y Concertación. Se hará en cumplimiento de
los principios orgánicos de la planeación, se orientará la consulta ciudadana, con actores estratégicos e institucionales en el proceso de diagnóstico y formulación, deberá diseñar los espacios de socialización, reconocimiento, deliberación y apropiación, las técnicas e instrumentos de aplicación, especificaciones sobre cobertura poblacional y territorial. La metodología deberá registrar el perfil de capacidades e intereses de los actores y presentar memorias del proceso de concertación, especialmente con los consejos consultivos si se acude a ellos y con las autoridades de planeación y ambientales.
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- El Plan de Comunicaciones y desarrollo de espacios, medios y piezas pedagógicas de información y conocimiento del proceso planificador y de gestión concertada del Plan.
- La Metodología General de Diagnóstico, Formulación y Adopción del PER. Desarrollar las técnicas e instrumentos analíticos de caracterización (encuestas, censos, muestreos etc.), reconocimiento, observación o bitácoras de campo, priorización y toma de decisiones.
- El Componente Técnico del Sistema Territorial: Diagnóstico y Formulación en las (4) estructuras, macrovariables, variables e indicadores, que permitan una caracterización actualizada y pertinente del sistema territorial, así como elaborar los correspondientes documentos técnicos de soporte.
� Estructura Ecológica Principal
- Sistema de Áreas de Protección y Conservación - Sistema de Áreas de Producción Sostenibles - Sistema de Áreas y Gestión del Riesgo
� Estructura Físico-Espacial - Sistema de Espacio Público - Sistema de Equipamientos - Sistema de Centralidades Suburbanas de nivel corregimental y veredal - Sistema de Conectividad y Movilidad. - Sistema del Hábitat Rural - Sistema de Servicios Públicos
� Estructura Socioeconómica y Cultural - Dinámica y Estructura de la Población - Dinámica y Estructura Económica - Patrimonio Territorial - Gestión del Turismo
� Estructura Político-Institucional y de Gobernabilidad - Articulación de Políticas Públicas - Modelo de Gestión
- El Sistema de Información. Hace parte de los documentos técnicos de soporte del PER, son
de tipo documental, cartográfico y de otros registros como el fotográfico y de video; diseño de las Bases de Datos alfanumérica y espacial, con sistematización del levantamiento de información primaria como censos y encuestas, así como el soporte cartográfico de la información espacial digital. Construir la línea base y sistematizar las variables e indicadores.
5
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Los PER presentarán como mínimo los siguientes mapas temáticos en sistemas de información geográfica y la respectiva geodatabase, siguiendo las especificaciones o estándares compatibles del Municipio y el Departamento Administrativo de Planeación Municipal DAPM. La escala general será 1:10.000, para las variables que lo ameriten y en las áreas suburbanas detallar en escala 1:5.000.
- El Modelo de Ocupación del corregimiento y/o Planteamiento Urbanístico del polígono en la
menor escala de planificación. - El Sistema Natural y la Estructura Ecológica Principal. La zonificación ambiental y del suelo
de protección, homologada con las disposiciones de las autoridades ambientales. - Mapa de usos del suelo y mapa de intervenciones específicamente en la delimitación y
manejo de áreas de producción forestal, agrícolas y mineras. - El Sistema Construido y la Estructura Físico Espacial:
- Espacio Público y Equipamientos; Centralidades y Axialidades o Corredores suburbanos delimitados y jerarquizados.
- Conectividad y Movilidad, con el inventario del estado de las vías jerarquizadas con las secciones actuales (diagnóstico) y propuestas (formulación), los modos de circulación y conexiones interveredales.
- Hábitat y Servicios Públicos (mapa de Densidades Netas de ocupación diferenciadas en suelo suburbano y rural-rural, estructura predial por tamaño y tenencia, la vivienda por tipologías, análisis espacial de localización y cobertura de los sistemas de servicios públicos en cada uno de ellos).
- El Programa de Ejecución, Seguimiento y Control del PER. Identificación espacializada de
los proyectos estratégicos identificados a nivel de perfiles y el programa de ejecución por prioridades de corto, mediano y largo plazo, así como indicadores y costos estimados que permitan hacer el seguimiento del plan.
La ruralidad del municipio de Medellín, está enmarcada en un contexto regional y metropolitano, de obligada referencia para su ordenamiento, especialmente por compartir los sistemas territoriales, la base natural de recursos y ecosistemas estratégicos. Por tal razón, muchas de las determinantes son competencias de la autoridad ambiental y de concertación con otros municipios vecinos; los asuntos de competencia municipal están más relacionados con la clasificación y uso del suelo en los respectivos planes de ordenamiento territorial. De los Planes de Ordenamiento Territorial, se derivan otros instrumentos de planificación y gestión del componente rural, en escalas menores con unidades de análisis como el corregimiento, un polígono específico de intervención y otras que el municipio identifique como Unidad de Planificación Rural -UPR-. A continuación presentamos Directrices de competencia municipal, Lineamientos generales temáticos, estratégicos y programáticos, así como Criterios Metodológicos para procesos de planeación y gestión en escalas menores del territorio rural, la corregimental y de polígonos o partes del territorio que ameritan planes específicos y de detalle para su desarrollo.
DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS
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ambiental, cuyo fundamento constitucional se
encuentra en los artículos 58, 67, 79, 80, 81, 95
(numeral 8), 268 (numeral 7), 277 (numeral 4),
289, 313 (numeral 9), 317, 330 (numeral 5), 334,
360, 361 y 366 de la Constitución Política de
1991, en los que se destaca el interés del
constituyente primario por garantizar el
derecho de la sociedad a gozar de un ambiente
sano, otorgando al Estado y a las personas el
deber de proteger la diversidad e integridad del
ambiente, conservar las áreas de especial
importancia ecológica y fomentar la educación
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participación ciudadana en las decisiones que
afecten la integridad ambiental3.
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forma de polígonos las áreas que se requieren
conservar y proteger para ga
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ustento a los
proc
esos
ec
ológ
icos
es
enciales
de
l territorio
co
rregimen
tal y
mun
icipal.
Conforme a los principios de coordinación,
concurrencia y subsidiariedad, la normatividad
local, puede ser más exigente que las
declaraciones más generales de los órganos
superiores, pero en ningún caso podrá
desconocer, ignorar o desproteger zonas que
Partir de
la cartografía de los plan
es de orde
namiento de
orde
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perio
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s en
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clasific
acione
s en
los
uso
s de
l su
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restric
cion
es.
3 DETERMINANTES DE LOS PLANES DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL. Angel Massiris Cabeza, San
tafé de Bo
gotá: 2
000,
http://www.la
blaa
.org/blaav
irtua
l/geo
grafia/deter/in
dice
.htm
.
596 DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS
Directrices
Lineamientos
Criterios Metodológicos
los entes nacionales o regionales declararon
en conservación o frente a las cuales estos
exigieron
condiciones
especiales
de
conservación.
El POT y sus complementarios deben delimitar
las áreas de conservación y protección de los
recursos naturales y paisajísticos en zonas
rurales y urbanas. Para que estas zonas se
reconozcan como áreas protegidas deben ser
reservadas, alinderadas y delimitadas en los
acuerdos aprobatorios de los POT o acuerdos
de concejos municipales. Estas delimitaciones
se deben hacer respetando las declaraciones
de áreas protegidas regionales y nacionales.
Promover en el ordenamiento del territorio, el
uso
equitativo
y racional del suelo, la
preservación y
defensa
del
patrimonio
ecológico y cultural localizado en su ámbito
territorial y la prevención de desastres en
asentamientos de alto riesgo
[…].”, y
“garantizar que la utilización del suelo por
parte de sus propietarios se ajuste a la función
social de la propiedad […] y velar […] por la
protección del medio ambiente y la prevención
de desastres.”
La Estructura Ecológica Principal debe acoger
el Acuerdo 046 de 2006 el POT de Medellín, el
Distrito de Manejo Integrado del Área de
Reserva de Laderas Occidentales del Valle de
Aburrá -AROVA- y en el Plan de Ordenamiento
y Manejo de la Cuenca del Río Aburrá –
POMCA-.
Analizar c
uáles
son
catego
rías
y zo
nific
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s de
las
fig
uras
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larada
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la
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ctura
actual y
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, su
s área
s de
influ
encia directa.
597 DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS
Directrices
Lineamientos
Criterios Metodológicos
La zonificación y régimen de uso de la
Estructura Ecológica Principal debe estar
subordinada
a los
requerimientos
y zonificaciones de las categorías y figuras
declaradas y propuestas que se sobreponen,
propendiendo por armonizar los instrumentos
de planificación y no generando conflictos
entre ellos. Por ello deben
analizar las
categorías
productivas del suelo
según
POMCA, AROVA y POT.
El P
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rregimen
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calas
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or
detalle
(E: 1
:25.00
0).
La definición
espacial de la Estructura
Ecológica Principal implica para las áreas de
conservación
y protección
ambiental,
establecer unas áreas bien delimitadas y
caracterizadas, que contengan los principales
elementos naturales que determinan la oferta
ambiental del territorio. Algunos de los
atributos propios
de estas
áreas
son:
garantizar la conectividad ecológica, garantizar
la oferta de bienes y servicios ambientales,
garantizar el balance entre las actividades
productivas, el desarrollo urbano y
la
conservación
y protección
ambiental,
garantizar la oferta de espacios verdes y
paisajes naturales tanto urbanos como rurales.
Adopción de la normativa de orden nacional,
entre ellas el Decreto 3600 de 2007, donde La
Estructura Ecológica Principal, constituye un
Determinante para efectos de la planificación
territorial y
el desarrollo físico-espacial
integral, aplicables
a áreas
de manejo
ambiental esenciales, recursos naturales para
la conservación y preservación de vital
importancia; el establecimiento y puesta en
Es n
eces
aria la
delim
itación
clara y
precisa
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l, de
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que
se
iden
tifique
n El sistema es
tructuran
te natural (o
rográfico,
598 DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS
Directrices
Lineamientos
Criterios Metodológicos
marcha de las políticas ambientales.
El Decreto 3600 de 2007 define La Estructura
Ecológica Principal así: Conjunto de elementos
bióticos y abióticos que dan sustento a los
procesos ecológicos esenciales del territorio,
cuya finalidad principal es la preservación,
conservación, restauración, uso y manejo
sostenible de los
recursos naturales
renovables, los cuales brindan la capacidad de
soporte para el desarrollo socioeconómico de
las poblaciones.
Artículo 3°. Categorías del suelo rural. […] el
componente rural del plan de ordenamiento y
su cartografía deberán determinar y delimitar
cada una de las categorías de protección y de
desarrollo restringido a que se refiere el
artículo 4. Para lo cual se deben señalar las
medidas para garantizar su conservación y
protección. Dentro de esta categoría, se
incluyen las establecidas por la legislación
vigente, tales como:
1. Las áreas del sistema nacional de áreas
protegidas.
2. Las áreas de reserva forestal.
3. Las áreas de manejo especial.
•
Áreas de
l Sistem
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Pa
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les
Naturales.
•
Distrito
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ejo Integrad
o •
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•
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s y
subc
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acione
s de
finidas
.
599 DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS
Directrices
Lineamientos
Criterios Metodológicos
4. Las
áreas
de especial importancia
ecosistémica, tales
como
páramos y
subpáramos, nacimientos de agua, zonas de
recarga de acuíferos, rondas hidráulicas de los
cuerpos de agua, humedales, pantanos, lagos,
lagunas, ciénagas, manglares y reservas de
flora y fauna.
•
Protección
esp
ecial de
páram
os, su
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os,
nacimientos
de
agua
y z
onas d
e recarga
de
acuíferos
•
Paisajes que
merecen
esp
ecial p
rotección
•
Hum
edales
Las Zonas hídricas de protección especial
Incluye las áreas de páramos, subpáramos, los
nacimientos de agua y las zonas de recarga de
acuíferos, zonas marinas y costeras, ciénagas,
pantanos, lagos, lagunas y demás ecosistemas
hídricos continentales (Ley 99/93, arts 1 y 5,
numeral 24).
Asimismo, son objeto de protección y control
especial las aguas destinadas al consumo
doméstico humano y animal, las zonas de
criaderos y hábitat de peces, crustáceos y
demás especies que
requieran
manejo
especial, las fuentes, cascadas, lagos y otros
depósitos o corrientes de aguas naturales o
artificiales, que se encuentran en áreas
declaradas dignas de protección (Decreto-Ley
2811/74, art. 137). La Ley 199 de 1993 en su
Artículo 111 declara de interés público, las
áreas de importancia estratégica para la
conservación de recursos hídricos que surten
de agua los
acueductos municipales y
distritales.
En las
zon
as rurales
y s
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y
las
accion
es de
co
nserva
ción
y
recu
peración
ne
cesa
rias.
600 DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS
Directrices
Lineamientos
Criterios Metodológicos
Para facilitar el control sobre el manejo de los
recursos hídricos del país, se ha declarado
como bienes inalienables e imprescriptibles del
Estado (Decreto-Ley 2811/74, art. 83):
•
El álveo
o cau
ce natural de las co
rrientes.
•
El lech
o de
los de
pósitos na
turales de
agu
a.
•
Las playas m
arítimas, fluviales
y la
custres.
•
Una
faja pa
ralela o líne
a de
marea
s máxim
as o
la del cau
ce perman
ente de río
s o lago
s, hasta
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anc
ho.
•
Las áreas oc
upad
as por nevad
os y los
cau
ces
de lo
s glaciares.
•
Los
estratos
o
depó
sitos
de las
agua
s su
bterráne
as.
debe
estab
lece
r en térm
inos
del m
anejo, lo
s us
os del sue
lo
y las
cobe
rturas
vege
tales,
las
activ
idad
es,
los
equipa
mientos
y la
s restric
cion
es de es
tas zo
nas.
Los departamentos y municipios dedicarán un
porcentaje no inferior al 1% de sus ingresos
corrientes para la adquisición y mantenimiento
de dichas zonas o para financiar esquemas de
pago por servicios ambientales.
Se destacan cuatro tipos de servicios
ambientales
que
reciben
compensaciones
económicas: el secuestro y almacenamiento de
carbono
(asociadas a
las
plantaciones
forestales), la protección de la biodiversidad
(por ejemplo, donantes que pagan a los
pobladores locales por proteger y restaurar
áreas para crear un corredor biológico),
protección de cuencas hidrográficas (por
ejemplo, los usuarios aguas abajo pagan a los
dueños de fincas aguas arriba por adoptar
usos de la tierra que limiten la deforestación, la
erosión del suelo, riesgos de inundación, etc.),
y por la belleza escénica (por ejemplo, una
empresa de turismo paga a una comunidad
local para que en vez de cazar en un bosque,
Hay
dificultad
en
la
determ
inac
ión
de
una
compe
nsac
ión
econ
ómica
equiva
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a los
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econ
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de
los
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bien
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ecológ
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principa
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ológ
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clarifica
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títulos
de
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o só
lo p
ara
controlar
sus
usos
, sino
también
co
ntrolar
el
fracciona
miento de
la propied
ad.
601 DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS
Directrices
Lineamientos
Criterios Metodológicos
trabajen en turismo de observación de la vida
silvestre).
En el Acuerdo 046 de 2006 el POT de Medellín
artículo 13, cuando plantea los objetivos para
el municipio, señala que se debe “valorar el
medio natural como elemento estructurante
principal
del
ordenamiento
territorial
y componente esencial del espacio público”.
Incorporar nuevas directrices en la revisión y
ajuste del POT.
Unificar c
riterios
y prop
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ins
trumen
tos
y los
med
ios
más
eficac
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ara
el O
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, ins
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Hom
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dos
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lo 405
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que
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1.2.
Área
s de
Pro
ducc
ión So
sten
ible
1.2.1.
Área
s de
Pro
ducc
ión Fo
rest
al
Directrices
Lineamientos
Criterios Metodológicos
La Constitución Política es explícita en
considerar el carácter sostenible de las
actividades económicas, empezando por el
Estado quien deberá planificar "el manejo y
aprovechamiento de los recursos naturales,
para garantizar su desarrollo sostenible,
conservación, restauración o sustitución", así
como "prevenir y controlar los factores de
deterioro ambiental... y exigir la reparación de
los daños causados" (Art. 80).
La Ley 99 de 1993 define el ordenamiento
ambiental del territorio como "la función
atribuida al Estado de regular y orientar el
proceso de diseño y planificación de uso del
territorio y
de los
recursos naturales
Deb
en ide
ntifica
rse
las
área
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aptitu
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rregimientos
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, y biofís
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de
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ción
, ins
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tos de
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tión, etc.
Deb
en
resp
etarse
ad
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los
sigu
ientes
principios
metod
ológ
icos
:
602 DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS
Directrices
Lineamientos
Criterios Metodológicos
renovables de la nación, a fin de garantizar su
adecuada explotación
y su desarrollo
sostenible" (Art.7).
E
scal
amie
nto
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las
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iracion
es
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s de
biene
star.
De acuerdo al Decreto 1791/96 los bosques, en
tanto
parte integrante y soporte de la
diversidad biológica, étnica y de la oferta
Con
ba
se
en
la
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ión,
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y
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, las
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ramas
de
man
ejo
silvicultural o
forestal q
ue
603 DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS
Directrices
Lineamientos
Criterios Metodológicos
ambiental, son un recurso estratégico de la
Nación y, por lo tanto, su conocimiento y
manejo son tarea esencial del Estado con
apoyo de la sociedad civil. Por su carácter de
recurso estratégico, su utilización y manejo
debe enmarcarse dentro de los principios de
sostenibilidad
consagrados
por
la
Constitución Política como base del desarrollo
nacional.
utiliz
ación
y man
ejo
sosten
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recu
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Man
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l Plan
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ean
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ncia d
irecta
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fasis de
ges
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se de
term
inen
. El Decreto 2811 de 1974 define un área forestal
productora como
aquella que debe ser
conservada permanentemente con bosques
naturales o artificiales para obtener productos
forestales para comercialización o consumo
(Art. 203), y como área forestal protectora-
productora la zona que debe ser conservada
permanentemente con bosques naturales o
artificiales
para proteger los
recursos
naturales renovables y que, además, puede
ser objeto de actividades de producción sujeta
necesariamente al mantenimiento del efecto
protector (Art. 205).
Deb
en asu
mir la in
dica
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dad
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28
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ad) y territoria
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ente la
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tor,
protec
tor-p
rodu
ctor,
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uctor,
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área
s forestales
(sea
n es
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604 DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS
Directrices
Lineamientos
Criterios Metodológicos
naturales
o plan
tada
s)
existentes
, y
los
usos
co
mplem
entario
s, restrin
gido
s y
proh
ibidos
de
los
mismos
. El Decreto 877 de 1976 ofrece indicaciones
para la determinación y delimitación de las
áreas forestales protectoras-productoras y de
las áreas forestales productoras. Entre las
primeras incluye, entre otras, todas las tierras
ubicadas en regiones cuya precipitación esté
entre dos mil y cuatro mil milímetros (2.000 y
4.000 mm) por año y su pendiente esté
comprendida entre el 51% y el 100%,
coincidiendo
comúnmente
con
las
formaciones de bosque húmedo tropical,
bosque muy húmedo premontano, bosque
pluvial montano y bosque muy húmedo
montano bajo, áreas de incidencia sobre
embalses para centrales
hidroeléctricas,
acueductos o sistemas de riesgo, lagos,
lagunas, y ciénagas naturales o artificiales, y
todas las tierras que por sus condiciones de
suelo
hagan
predominante el carácter
protector pero admitan aprovechamientos por
sistemas que aseguren su permanencia (Art.
9). Entre las segundas, incluye las áreas
cubiertas de bosques naturales, que por su
contenido maderable sean susceptibles de un
aprovechamiento
racional y
económico
siempre que no estén comprendidas dentro
de las áreas protectoras-productoras; las
áreas
cubiertas
de bosques
artificiales
establecidas con fines comerciales; así como
las áreas que estando o no cubiertas de
bosques, se consideren aptas para el cultivo
forestal por sus condiciones naturales (Art.
10).
Es im
perativo qu
e se
estim
ule la produ
cción prim
aria
de b
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ixtos o
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prov
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, aptitu
d y
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los mismos
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tificar ig
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ente
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es
sociales
y
los
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sí
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al mismo, pa
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trategias
de
nego
ciac
ión
y ge
stión
territoria
l más
indica
das.
605 DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS
Directrices
Lineamientos
Criterios Metodológicos
El Decreto 1791 de 1996 define
el
aprovechamiento sostenible como el uso de
los recursos maderables y no maderables del
bosque que se efectúa manteniendo el
rendimiento normal del bosque mediante la
aplicación de técnicas silvícolas que permiten
la renovación y persistencia del recurso.
Define
las
plantaciones
Forestales
Protectoras–Productoras como aquellas que
se establecen en áreas forestales protectoras-
productoras, en las cuales se puede realizar
aprovechamiento
forestal condicionado al
mantenimiento
o renovabilidad de la
plantación.
Entre los principios generales que plantea el
Decreto se resaltan:
- El desarrollo sostenible de los bosques es tarea
conjunta y coordinada entre el Estado, la
comunidad y
el sector privado, quienes
propenderán
para que
se optimicen sus
beneficios y servicios ambientales, sociales y
económicos.
- El aprovechamiento sostenible de la flora silvestre
y de los
bosques
es una
estrategia de
conservación y manejo del recurso. Por lo tanto,
el Estado debe crear un ambiente propicio para el
desarrollo del sector forestal.
- Las plantaciones forestales cumplen una función
fundamental como fuentes de energía renovable y
abastecimiento de materia prima, mantienen los
procesos ecológicos,
generan
empleo y
contribuyen al desarrollo socioeconómico
nacional, por lo cual se deben fomentar y
estimular su implantación.
Enco
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anismos
para
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des
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instrumen
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y
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Santa Elena: E
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centrarse es
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nación
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en
núcleo
s prod
uctivos
de
ca
rácter
protec
tor-
prod
uctor a
ctua
lmen
te existen
tes.
El Decreto 3600 de 2007 incluye dentro de las
áreas de protección y conservación ambiental
los terrenos que deben ser mantenidos y
Deb
en id
entificarse
y delim
itarse en
cad
a un
o de
los
PER las
áreas
mejor d
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y
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de
ap
rove
cham
iento
agrosilvícola, co
n ba
se e
n la
606 DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS
Directrices
Lineamientos
Criterios Metodológicos
preservados por su destinación
a usos
forestales. En ellos no pueden autorizarse
subdivisión, parcelación o edificación de
inmuebles que impliquen la alteración de su
uso actual.
parte
de
la Es
tructura
Ecológ
ica
Principa
l en
la
catego
ría de área
s de
protección de
l sue
lo ru
ral, en
tre
las
que
se incluy
en las
área
s de
protec
ción
y
cons
erva
ción
ambien
tal y la
s área
s pa
ra la
produ
cción
agríc
ola
y ga
nade
ra y
de
explotac
ión
de rec
urso
s na
turales.
Es signific
ativo el aum
ento de la dem
anda
soc
ial p
or
espa
cios
púb
licos
con
valores
paisa
jísticos
para
el
uso recrea
tivo de
carác
ter pa
sivo
y activo. P
or ello
el
PER deb
erá prop
ende
r po
r clas
ifica
cion
es del sue
lo,
defin
ición de
interven
cion
es rurales
y de us
os que
no
rivalicen
co
n riv
alicen
co
n dich
as
form
as
de
aprove
cham
iento, e
ncon
trand
o los
mec
anismos
de
gestión
que
la h
agan
pos
ible, en
el marco
de
los
principios
con
stitu
cion
ales
. Se
de
ben
gene
rar
los
instrumen
tos
para
la
gene
ración
, reha
bilitac
ión,
y man
tenimiento
de
espa
cios
púb
licos
y áreas
de interés am
bien
tal d
e los
corre
gimientos
co
n recu
rsos
prov
enientes
de
las
obligac
ione
s urba
nísticas
gen
erad
as en su
elo urba
no
(revisa
r Artíc
ulo 34
4 PO
T), a
sí com
o la in
corporac
ión
efec
tiva de
las ca
rgas
soc
iales en
los instrumen
tos de
plan
eación
interm
edia del sue
lo ru
ral.
prod
ucción
de
cultivo
s de
ciclo c
orto a
lternad
os
con
plan
tacion
es mixtas
de fru
tales
y árbo
les
mad
erab
les.
Con
el ob
jetivo
de au
men
tar
su ap
orte a
la
cons
erva
ción
de
bien
es y
servicios
ambien
tales,
las
área
s forestales
protec
toras-prod
uctoras
debe
n forta
lece
r interve
ncione
s de
reha
bilitac
ión y
restau
ración
eco
lógica
con
mira
s a la con
ectiv
idad
biológ
ica
de g
rand
es á
reas
de
interés am
bien
tal
(esp
ecialm
ente en Ba
ldías-Am
aya-Rom
eral).
Técn
ica, m
etod
ológ
ica
y op
erativam
ente n
o se
rá
posible realizar le
vantam
ientos
prim
arios de
tod
a la inform
ación
nece
saria
, po
r lo cu
al se
rá
fund
amen
tal, a pa
rtir de
los an
álisis rea
lizad
os en
el m
arco
de es
ta C
onsu
ltoría
, y de la exp
erienc
ia
espe
cífica de
las en
tidad
es ejecu
toras, pon
derar y
jerarquiza
r las
varia
bles
y
dimen
sion
es de
la
inda
gación
que
se
realizará
en e
l se
no d
el P
lan
Espe
cial Rural, co
n ba
se en
las
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sida
des
espe
cíficas
de
inform
ación,
a las
esca
las
apropiad
as, p
ara ca
da uno
de los co
rregimientos
, y
que
son
a su
vez
, prod
ucto d
e su
s retos
y po
sibilidad
es e
spec
ífica
s de
des
arrollo territorial.
A es
te p
ropó
sito, el P
lan
Espe
cial R
ural d
eberá
sopo
rtar
suficientem
ente
la
elec
ción
de
las
dimen
sion
es,
varia
bles
, e
inda
gacion
es
espe
cíficas
que
realizará.
El Acuerdo 046 de 2007 incluye dentro de las
políticas de ordenamiento
territorial la
necesidad de promover nuevas actividades
económicas relacionadas o compatibles con la
función ambiental, tales como reforestación,
agricultura orgánica, ecoturismo, etc.
Rev
isar,
con
base
en
la inform
ación
de de
talle
originad
a en
los PE
R, los crite
rios fís
icos
, so
ciales
y
econ
ómicos
con
bas
e en
los cu
ales
se de
term
inan
las
área
s ba
jo las
interven
cion
es de
Gen
erac
ión
de
Actividad
es Fo
restales
–G
AF-
y de
Pres
erva
ción
Ac
tiva –P
A-. En
sum
a, lo
s Plan
es Esp
eciales Rurales
de
berán ofrece
r los insu
mos
técn
icos
de de
talle para
Iden
tificar c
atas
tralm
ente los
predios
sob
re los
cu
ales
los PE
R propo
ndrán las interven
cion
es de
GAF
y P
A, con
el o
bjeto
de rea
lizar una
ges
tión
más
precisa
y eficaz
sob
re dicha
s área
s.
Rea
lizar m
esas
de tra
bajo con
dicho
s prop
ietario
s pa
ra son
dear la
s ex
pectativas
de us
o y man
ejo de
607 DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS
Directrices
Lineamientos
Criterios Metodológicos
la rev
isión de
las interven
cion
es rurales
definidas
por
el A
cuerdo
046
de
2007
, co
mo
resp
uesta
a an
álisis
de estad
o, aptitu
d y viab
ilidad
de los diferentes
uso
s de
l sue
lo y actividad
es eco
nómicas
. Deb
en exp
lorarse y profun
diza
rse los instrumen
tos e
ince
ntivos
fisca
les, trib
utarios, p
ara
el d
esarrollo
de
actividad
es fores
tales so
sten
ibles, en los ca
mpo
s de
la inve
stigac
ión, la plan
tación
, el man
ejo
y la
orde
nación
forestal sos
tenible en
los co
rregimientos
.
la tierra
, y
buscar c
onciliarlo
s co
n los
interese
s co
lectivos
que
el P
ER deb
e prop
oner claramen
te.
Deb
e inda
garse
sobre
éxito
s y las falenc
ias qu
e en
prog
ramas
y proye
ctos
de ince
ntivo forestal y
de
plan
eación
de
bo
rdes
urba
nos
se
han
prop
uesto a la fe
cha (R
IA, L
aderas
, Plan Siem
bra,
Plan
es d
e Bo
rde, P
lane
s de
Cerros
Tutelares,
entre
otro
s), co
n án
imo
de rep
licar lo
positiv
o y
supe
rar los
asp
ectos ne
gativos
..
Los
PER de
ben
realizar,
en las
área
s de
protec
ción
y con
servac
ión am
bien
tal, as
í com
o en
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aprov
echa
miento de
recu
rsos
naturales
, un
análisis esp
ecial d
e los po
sibles
con
flictos
de us
o ge
nerado
s po
r otro tipo
de proy
ectos o iniciativas
institu
cion
ales
, púb
licas
, priv
adas
o m
ixtas, con
el
objeto d
e bu
scar com
plem
entarie
dade
s en
tre los
distintos prog
ramas
relac
iona
dos co
n los us
os del
suelo
y la E
structura
Ecológ
ica
Principa
l, ya
sea
de
co
nserva
ción
y
protec
ción
, de
ap
rove
cham
iento de
los recu
rsos
o de mitiga
ción
de
l riesg
o y co
ntrol d
e las am
enaz
as.
San Sebastián de Palmitas: E
l én
fasis protec
tor-p
rodu
ctor d
e los área
s de
aptitu
d forestal d
el corregimiento
de P
almita
s ob
ligan
a q
ue e
l PE
R p
lantee
, so
porta
do en an
álisis de de
talle corregimen
tal, instrumen
tos de
ges
tión territoria
l fav
orab
les a la con
solidac
ión de
uso
s de
prese
rvac
ión ac
tiva, que
reco
nozcan
los bien
es y servicios
ambien
tales de
estas
áreas
. En
tre estos
es fund
amen
tal e
l estud
io del apo
rte a la
regu
lación
hídric
a, com
o func
ión territoria
l signific
ativa a
esca
la re
gion
al.
Aunq
ue el P
OT de
term
ina un
21,5%
para el uso
agrop
ecua
rio, y
AROVA
plantea
que
el 2
2.57
% está incluido
en un
a zo
na de prod
ucción
agrícola so
sten
ible,
actualmen
te sólo
el 2
.7% d
el corregimiento
está p
lantea
do e
n el P
OT
con
la in
terven
ción
de
Res
taurac
ión
de A
ctividad
es R
urales
, lo cua
l rep
rese
nta
una
contradicción en
el a
bordaje institu
cion
al de la plane
ación de
l uso
del sue
lo en Pa
lmita
s. E
s im
porta
nte dirim
ir es
ta orie
ntac
ión de
la política
del sue
lo en el
Corregimiento.
San Cristóbal:
El P
OT
determ
inó qu
e el 50%
de las área
s de
GAF
en Med
ellín
se en
cuen
tran en
este co
rregimiento. E
n razó
n de
esta func
ión prod
uctiva,
segu
ramen
te fav
orec
ida
por la a
cces
ibilid
ad vial,
el P
ER corregimen
tal de
be e
xplorar los mec
anismos
para
la rec
onve
rsión
de vas
tas área
s qu
e ho
y se
en
cuen
tran en
cob
erturas de
rastrojos ba
jos y altos, a áreas
forestales
protectoras
-produ
ctoras
, bajo sistem
as silvop
astoriles
o agrofores
tales.
608 DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS
Directrices
Lineamientos
Criterios Metodológicos
El PER
deb
e es
tudiar la
nec
esidad
de es
tablec
er con
dicion
es de reha
bilitac
ión morfológica
, paisa
jístic
a y ec
ológ
ica pa
ra la
inco
rporac
ión de
áreas
mineras
com
o pa
rte de la E
structura Ec
ológ
ica Principa
l en el S
uelo de Ex
pans
ión Urban
a, R
ural S
uburba
no y/o R
ural, y de
ser nec
esario, p
ropo
ner mec
anismos
técn
icos
, juríd
icos
y fina
ncieros pa
ra el fom
ento de dich
a reha
bilitac
ión.
Altavista: A
sí com
o pa
ra la
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minera, la
produ
cción forestal, u
so poten
cial del corregimiento, se ve
res
tring
ida po
r la in
fraes
tructura vial existen
te en el
corre
gimiento. Por ta
l raz
ón, la reforestac
ión ne
tamen
te com
ercial deb
e co
ncen
trarse so
bre área
s relativ
amen
te cerca
nas al corredo
r que
se ge
nerará a partir de
la nue
va vía a San
Anton
io de Prad
o, o en todo
cas
o, aprov
echa
ndo los de
sarro
llos qu
e se
gen
eren
a partir de ella.
Es esp
ecialm
ente nec
esario para el corregimiento de
Alta
vista, la
exp
loración
que
los PE
R deb
en re
alizar para la gen
erac
ión de
los instrumen
tos metod
ológ
icos
pa
ra el p
ago de
ces
ione
s de
esp
acio púb
lico na
tural e
n el sue
lo rural del corregimiento, produ
cto de
aprov
echa
mientos
urban
ísticos
en su
sue
lo urban
o o de
ex
pans
ión.
Deb
en dife
renc
iarse claram
ente en el corregimiento, la
s ce
sion
es urban
ísticas
corresp
ondien
tes a es
pacio pú
blico, de aq
uella
s referid
as a in
fraes
tructura vial y
de equ
ipam
ientos
institu
cion
ales
y de se
rvicios de
salud
y edu
cativ
o, para no
con
tinua
r inc
remen
tand
o el déficit qu
e el corregimiento po
see en
esta materia. E
n cu
alqu
ier c
aso, el e
spac
io púb
lico ge
nerado
deb
e se
r fun
damen
talm
ente de ca
rácter natural, c
on un co
mpo
nente arbó
reo do
minan
te, c
omo co
rresp
onde
a áreas
de
con
tacto urba
no-ru
ral.
San Antonio de Prado: E
l PE
R corregimen
tal de
be d
efinir
a un
a es
cala a
decu
ada
las área
s de
aptitu
d forestal p
rotectora-prod
uctora y las
de
carácter
netamen
te protector, c
onside
rand
o co
mo insu
mo el hec
ho de qu
e el POT de
term
ina qu
e ce
rca de
l 45%
del corregimiento de
be te
ner u
n us
o forestal produ
ctor-
protec
tor p
ero tan só
lo 4,8% es de
sign
ado pa
ra la
interven
ción
de Gen
erac
ión de
Actividad
es Fores
tales.
Está plantea
do para el corregimiento, la
nec
esidad
de co
nvertir áreas
forestales
netam
ente produ
ctoras
a protectoras
-produ
ctoras
, por lo
cua
l es im
porta
nte qu
e el PER
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alte
rnativas
técn
icas
, eco
nómicas
y ju
rídicas
en es
te sen
tido.
En res
pues
ta a lo
anterior, se
rec
omiend
a la id
entificac
ión de
los lotes y pred
ios, hoy
en us
o forestal produ
ctor, y
que
son
estratégico
s y/o prioritarios po
r su
ap
orte a la
gen
erac
ión de
biene
s y se
rvicios am
bien
tales pa
ra el c
orregimiento, con
el o
bjetivo de
leva
ntar una
líne
a ba
se que
permita
cua
ntifica
r o sim
ular dicho
ap
orte, ide
ntifica
ndo igua
lmen
te sus
prin
cipa
les be
neficiario
s.
Se ide
ntifica
n co
mo
retos de
ges
tión
la con
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de á
reas
fores
tales prod
uctoras a
área
s forestales
protectoras
, prod
uctiv
as b
ajo
nuev
os e
sque
mas
de
prod
ucción
y ges
tión so
sten
ible de de
l bos
que (biotecn
olog
ía y bioco
mercio), s
in des
med
ro de los ob
jetiv
os de co
nserva
ción
del re
curso hídrico, así com
o de
la
inco
rporac
ión de
prácticas
de co
nserva
ción
de su
elos
y de restau
ración
eco
lógica
en plan
tacion
es fo
restales
. La
prese
rvac
ión de
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de regu
lación
hídric
a pu
ede se
r solve
ntad
a a tra
vés de
la adq
uisición
de pred
ios de
l Mun
icipio, a
sí com
o de
obligac
ione
s urba
nísticas
ge
nerada
s en
sue
los su
burban
os y de vivien
da cam
pestre. E
sta alternativa de
bería
ser con
side
rada
en el m
arco
de los PE
R, d
e ca
ra a su reglam
entación
.
609 DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS
Directrices
Lineamientos
Criterios Metodológicos
Santa Elena: E
l PER
deb
e an
alizar lo
s mec
anismos
e in
strumen
tos pa
ra la
con
servac
ión de
áreas
fores
tales protec
toras-prod
uctoras, esp
ecialm
ente por su
pape
l en la provisión
de se
rvicios recrea
tivos
bas
ados
en su
oferta
paisa
jística.
Es im
porta
nte qu
e se
gen
eren
los instrumen
tos técn
icos
, jurídicos
, eco
nómicos
y fiscales
para la con
servac
ión de
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con
uso
forestal protector-produ
ctor, q
ue
perm
itan aten
uar los rie
sgos
y la
s tend
encias
de ca
mbio de
este us
o a us
os res
iden
ciales
y/o agrícolas
. La ex
istenc
ia de un
a de
man
da rec
reativa de
escala
metropo
litan
a ha
ce pos
ible y nec
esaria la
protección de
los bo
sque
s plan
tado
s o na
turales. N
o ob
stan
te, e
n algu
nas área
s de
l corregimiento, que
el P
ER deb
e de
term
inar de man
era más
precisa
, un us
o forestal in
tens
ivo es
pos
ible y re
comen
dable.
1.2.2.
Área
s de
Pro
ducc
ión Miner
a Directrices
Lineamientos
Criterios Metodológicos
Los recursos del subsuelo y los no renovables
como
los
MC, son
estratégicos en el
desarrollo territorial y endógeno de la región
metropolitana, las áreas de mayor potencial
minero en Altavista y San Cristóbal, deberán
contribuir en la recuparación de la estructura
ecológica principal, según el principio de
integridad ecológica
con
la restitución
morfológica del paisaje y mejoramiento de la
conectividad ecosistémica; podrán aportar al
sistema de zonas verdes y espacios públicos
como ecoparques luego de terminada la vida
útil de las reservas y proceso de explotación.
También juegan un papel estratégico en el
control de la expansión urbana en el Borde
Rural-Urbano.
Delim
itar
el área
de
may
or po
tenc
ial pa
ra PA
RQUES
MINER
O IN
DUST
RIALE
S Y AG
ROIN
DUST
RIALE
S.
Iden
tificad
o el po
lígon
o po
tenc
ial,
realizar los
estudios
técn
icos
de factibilida
d y el diseñ
o de
los Pa
rque
s Minero
Indu
stria
les
y Ag
roindu
stria
les; es
tablec
er los
requ
isito
s am
bien
tales
e ince
ntivos
eco
nómicos
que
impu
lsarán
la
iniciativ
a privad
a pa
ra la
con
form
ación de
los Pa
rque
s.
Iden
tificar la
s área
s licen
ciad
as en ex
plotac
ión minera y las
área
s de
retiro
minero
o zo
na de
am
ortig
uamiento
reglam
entada
s de
100
metros o más
con
el u
so re
side
ncial,
usos
institu
cion
ales
y equ
ipam
ientos
. La
s ex
tracc
ione
s ub
icad
as e
n su
elos
sub
urba
nos
y en
la
zona
rural una
vez
ago
tada
s las rese
rvas
, po
drán
pas
ar a
ser clas
ifica
das co
mo
suelo
de p
rotecc
ión
con
mira
s a
la
compe
nsac
ión y mitiga
ción
de im
pactos
; se po
drán
des
tinar
a es
pacio
público
natural co
mo
parque
s Ec
ológ
icos
de
Borde.
Rea
lizar el C
enso
Minero co
mo la líne
a ba
se te
rritoria
l y
ambien
tal p
ara co
mplem
entar la inform
ación prim
aria de
licen
cias
y plane
s de
man
ejo, con
la id
entificac
ión de
las
cond
icione
s óp
timas
y áreas
de may
or poten
cial para el
establec
imiento de
l parqu
e.
Iden
tificar y delim
itar las Zo
nas Ex
cluida
s Res
tring
idas
se
gún
Cód
igo
de Minas
y
Zona
s Res
tring
idas
de
Ec
osistemas
Esp
eciales de
la Leg
islación
Ambien
tal ley
99
de
93
, y
zona
s de
alto rie
sgo
actualizad
as de
co
nces
ione
s de
ag
ua
así
como
otros
perm
isos
as
ociado
s.
Iden
tificar las
res
tricc
ione
s y
potenc
ialid
ades
soc
iales,
institu
cion
ales
, ge
ológ
icas
, mineras
, am
bien
tales,
econ
ómicas
, y
amen
azas
geo
lógica
s, p
rese
ntad
as y
de
finidas
de
form
a pa
rticipa
tiva
con
los
actores
estra
tégico
s y el clúster de la con
strucc
ión.
- Iden
tificar e
l nu
mero
de m
inas
el tip
o de
de
MC su
bene
ficio, trans
form
ación y es
tado
de la actividad
. -
Iden
tificac
ión
Infra
estru
cturas
y
zona
s de
may
or
cons
umo y prod
ucción
de MC, la oferta y la
dem
anda
de
la actividad
edific
adora y los MC.
- Rea
lizar m
apas
de área
s po
r un
criterio de de
nsidad
Desarrollo ambientalmente sostenible y
económicamente competitivo de la minería de
materiales de construcción y de sus industrias
asociadas, mediante
un proceso
de
reordenamiento de su actividad extractiva y
transformadora, establecimiento
del uso
futuro del suelo, según lo dispuesto por el
610 DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS
Directrices
Lineamientos
Criterios Metodológicos
POT para cada zona específica, el grado de
afectación
de
procesos
erosivos,
características geotécnicas del suelo, uso
actual, calidad ambiental y disponibilidad de
agua.
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I.
En las áreas de producción minera de
materiales de construcción (MC) se realizará el
ordenamiento minero ambiental (OMA) y
territorial (POT, Arts. 402, 403, 405 y 410)
mediante la figura territorial y de gestión del
Parque
Minero
Industrial
-PMI-
y Agroindustrial, con miras a configurar un
Parque de Borde o Ecoparque una vez
agotadas las reservas.
Las
áreas
de mayor potencial minero
coinciden con las zonas de alta restricción
que sumado al registro de eventos de
desastres por inundación en la cuencas
medias y bajas de las quebradas Altavista, La
Picacha y la Hueso, La Leonarda y San
Francisca, deben reorientar su uso como
suelo de protección; finalmente al localizarse
dichas áreas en el Borde Urbano Rural, se
obligan bajas densidades consecuentes con el
modelo de ciudad compacta, por lo anterior se
revertirá la transformación de los frentes
abandonados en suelo de expansión urbana.
En San Sebastián de Palmitas, San Antonio y en Santa Elena, don
de la
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611 DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS
1.3.
Área
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l Riesg
o Directrices
Lineamientos
Criterios Metodológicos
Incorporar las ZAR recientemente identificadas en
los PER. En las zonas definidas de alto riesgo no
recuperable (En el estudio actual para los riesgos
clasificados entre 4 y 5) y en las zonas de riesgo
recuperable, se llevará a cabo la gestión integral del
riesgo GIR (POT. Art 122°)
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Según la Dirección Nacional de Planeación4 las
variables a tener en cuenta son:
• Conocimiento y monitoreo del riesgo.
• Gestión correctiva y prospectiva del riesgo.
• Fortalecimiento de las organizaciones para la
gestión del riesgo
• Preparación para la atención de emergencias y
desastres: Plan Local de Emergencia
Transferencia y Seguimiento del riesgo.
Evaluar
la estratificación socioeconómica
o disminución de cargas a los predios afectados y en
alto riesgo no recuperable o mitigable (clases 4 y
5), pues son suelos que no deben estar ocupados y
tampoco deben
ser responsabilidad de un
particular su estabilización, pues en la mayoría de
los casos, son terrenos afectados por varios
factores en los que participan varios actores en un
área de influencia mayor, son predios abandonados
que aumentan la situación de amenaza y cada vez,
es más costosa su recuperación y difícil su
estabilización.
Las ZAR no recuperables debe ser evaluada la
factibilidad del reasentamiento y adquisición por el
Municipio para su recuperación como suelo de
protección.
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612 DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS
Directrices
Lineamientos
Criterios Metodológicos
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613 DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS
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614 DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS
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vanc
e de
dicho
proc
eso o ca
racterizar si e
l fen
ómen
o ya
es de
urban
izac
ión y su
irreve
rsibilid
ad, p
ara tomar dec
isione
s ad
ecua
das so
bre las
dotacion
es y la
calidad
del entorno
y de la viviend
a en
tipo
logías
y te
cnolog
ías claram
ente carac
teriz
adas
. El con
trol y
la re
gulación
sob
re la
dinám
ica de
ocu
pación
en los co
rregimientos
, alcan
ce de los PE
R, e
s clav
e pa
ra garan
tizar la
co
nserva
ción
de las área
s ob
jetivo de
protección, la
s área
s prod
uctivas
y la
s área
s su
burban
as, q
ue com
o se
rec
onoc
e en
las
políticas
y definicione
s de
ley, son
las área
s de
reside
ncia y servicios
de la pob
lación
rural, de
apo
yo a la
bas
e ec
onóm
ica ag
raria
y el p
oten
cial turístico. Las
áreas
de ex
pans
ión urba
na y el b
orde
urban
o-rural req
uieren
de
una po
lítica clara
y efec
tiva de
co
nten
ción
que
rev
alore al paisa
je, c
omo un
idad
de plan
ifica
ción
y por con
sigu
iente su
jeto a reg
ulac
ión so
bre las de
nsidad
es,
cobe
rturas, tipo
logías
de vivien
da y otro
s us
os o edificac
ione
s etc.
Los es
tánd
ares
mínim
os de ca
lidad
de la viviend
a y el entorno
de la viviend
a rural, de
ben se
r reg
ulad
os para ca
da tipo
logía en
form
a ge
neral e
n el P
ER C
orregimen
tal, co
n su
jeción
a lo
ya disp
uesto en
el P
OT y de
man
era es
pecífica po
r la norma bá
sica
qu
e ad
opte cad
a PE
R de de
talle en los resp
ectivos
polígon
os. b
) Los
están
dares mínim
os del sistema de
con
ectividad
rural-rural
y de
l esp
acio púb
lico efec
tivo co
nstru
ido en
gen
eral, tam
bién
deb
en ser re
gulado
s de
form
a ge
neral e
n el P
ER C
orregimen
tal y
de
man
era es
pecífica en
los PE
R de Detalle a que
hay
a luga
r. Lo
s sistem
as te
cnológ
icos
de se
rvicios pú
blicos
están
sujetos
a la
s directric
es y política
s de
l ámbito nac
iona
l y le
gislativo: lo
s av
ance
s so
bre los op
erad
ores
o prestad
ores
com
unita
rios de
servicios
púb
licos
y el referen
do por el a
gua, así com
o la política
de
subs
idios foca
lizad
os por el g
obierno mun
icipal. C
omo directric
es gen
erales
se tie
nen:
615 DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS
-
Aseg
urar ade
cuad
as con
dicion
es de sa
neam
iento a toda
s las ac
tividad
es e in
stalac
ione
s en
el territorio.
- Im
plem
entar s
istemas
de ac
uedu
cto pa
ra uso
múltip
le adm
inistra
dos po
r la co
mun
idad
-
Aprove
char al m
áxim
o fuen
tes alternativas
de en
ergía
Des
arrollar la in
fraes
tructura
requ
erida pa
ra e
l tratamiento loca
l de los residu
os sólidos
com
o iden
tificar lo
s sitio
s de
aco
pio,
sepa
ración
, trans
form
ación y reciclaje.
Deb
ido
a la d
eficienc
ia
de referen
tes
que
perm
itan
cono
cer la c
alidad
y e
ficienc
ia d
e los
servicio
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de
man
era
sistem
ática, en ca
da PER
se ha
ce nec
esario re
alizar un inve
ntario-cen
so y actua
lizar y com
pletar la
bas
e de
datos
del m
unicipio
a 20
06 en ac
uedu
ctos
(solo es
tán los 15
multivered
ales
), en
san
eamiento bá
sico
no es
tá actua
lizad
o man
ejo de
residu
os sólidos
. Hay
proye
ctos
dispe
rsos
de
aprove
cham
iento
de res
iduo
s cu
yos resu
ltado
s no
se
han
gene
ralizad
o, se
debe
estab
lece
r el
enca
dena
miento para el aprov
echa
miento en
hue
rtas y so
lares ag
roec
ológ
icos
. 2.1.
Espa
cio Pú
blico
Directrices
Lineamientos
Criterios Metodológicos
De acuerdo a lo dispuesto en el Plan Especial
de Espacio Público se deberá incorporar
efectivamente al sistema estructurante de
Espacio Público de ciudad los elementos
naturales, construidos y complementarios del
ámbito
rural,
reconociendo
sus
singularidades y
funcionalidad en los
diferentes ámbitos rural-regional, de enlace
rural-urbano y los que configuran escenarios
más locales, nivel rural-rural.
Articular el s
istema de
esp
acio púb
lico rural a
l sistema
region
al a trav
és de ac
cion
es com
o la re
cupe
ración
de
los
caminos
antiguo
s y
la implan
tación
de
nuev
os
elem
entos
de e
nlac
e y
cone
ctividad
ade
cuad
amen
te
emplaz
ados
y
con
la utiliz
ación
de tecn
olog
ías
amab
les co
n el ambien
te y re
spetuo
sos de
l patrim
onio
histórico y cu
ltural.
• R
ealizar
un
inve
ntario
exha
ustivo
de
los
elem
entos
cons
titutivos
de
l sistem
a de
es
pacios
pú
blicos
, discrim
inán
dolos
por
los
compo
nentes
na
tural,
cons
truido
y co
mplem
entario
, inco
rporan
do en
es
tos
los
esce
nario
s de
reco
nocimiento
y ap
ropiac
ión
loca
l.
• Id
entificad
o ca
da elemen
to que
hag
a pa
rte del
sistem
a de
es
pacio
público, de
term
inar la
jerarquía en
el s
istema, escala, nivel o ámbito
region
al, co
rregimen
tal y ve
reda
l, lo q
ue a
su
Iden
tificar e
n el P
rogram
a de
Res
taurac
ión
de Á
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Deg
rada
das, aqu
ellas qu
e po
tenc
ialm
ente pue
dan se
r us
adas
com
o es
pacios
púb
licos
seg
ún el P
OT ac
orde
co
n la clasificac
ión de
l sue
lo.
616 DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS
Directrices
Lineamientos
Criterios Metodológicos
Forta
lecimiento
de los
enlac
es d
el e
spac
io p
úblico
rural-u
rban
o y rural-reg
iona
l a trav
és de la ade
cuac
ión
de parqu
es line
ales
de qu
ebrada
de prim
er orden
que
a su
vez
sea
n co
nectores
eco
lógico
s y co
rredo
res de
ac
tividad
turís
tica, pos
ibilitan
do la
circ
ulac
ión pe
aton
al
de m
anera preferen
te.
vez
debe
incidir
en
las
sigu
ientes
co
nsiderac
ione
s:
- Nivel Regional: En
este ca
so prope
nder por la
afec
tación
del esp
acio púb
lico pa
ra que
sea
ac
cesible, re
cono
cido
y aprop
iado
por lo
s ha
bitantes
de la re
gión
. De igua
l forma de
ben se
r ad
ecua
dos pa
ra sop
ortar c
arga
turís
tica, aco
rdes
co
n la cap
acidad
calcu
lada
inclus
o en
sue
los de
protec
ción
. En es
te cas
o ce
ñirse a su
s restric
cion
es.
- Nivel Corregimental: Lo
s es
pacios
púb
licos
que
pe
rtene
zcan
a este ám
bito de influ
encia o se
rvicio
debe
n se
r afectad
os de tal m
anera qu
e el con
junto
de la
pob
lación
del corregimiento pu
eda ac
cede
r fácilm
ente, p
romov
er su us
o y ap
ropiac
ión po
r pa
rte de las au
torid
ades
loca
les e institu
cion
es
comun
itaria
s y orga
niza
cion
es del nivel
corre
gimen
tal.
- Nivel Veredal: L
os esp
acios pú
blicos
de
reco
nocimiento más
loca
l, de
ben se
r ade
cuad
os
de ta
l man
era qu
e las co
mun
idad
es vered
ales
pu
edan
hac
er uso
frec
uente y diario para la
realizac
ión de
actividad
es propias
de los ám
bitos
más
vec
inales
. •
Iden
tificad
os lo
s elem
entos qu
e co
nstituy
en e
l sistem
a de
esp
acios pú
blicos
y determinad
o el
nive
l de
relación
qu
e co
nstituy
e de
be
asigná
rsele
una
func
ión
preferen
cial d
erivad
a de
su
s co
ndicione
s ge
omorfológica
s y/o
tradición
e h
istoria
, en
tre las
cua
les
podrían
nombrarse
:
- Espacios
Públicos para la contemplación:
Mira
dores pa
norámicos
, así com
o pa
rajes
naturales de
reco
nocida
aprop
iación
soc
ial y
cu
ltural p
ara la re
crea
ción
pas
iva.
- Espacios
para el uso educativo e investigativo:
La función ecológica del espacio público
natural prevalece sobre otras, por ello se
restringe
el
tipo
de
intervención,
aprovechamiento o manejo de los elementos
constitutivos del componente natural, que
hacen parte a su vez del sistema de espacio
público
en cada una
de las
escalas
jerarquizadas; dicha restricción homologada
con
las
disposiciones
ambientales, son
determinantes
en
los
procesos
de
urbanización, suburbanización, parcelación,
edificación y
desarrollo de las
demás
actividades productivas.
Implem
entación
de
un
prog
rama
de
parque
s ag
roec
ológ
icos
, cam
pesino
s y recrea
tivos
a nivel lo
cal
(rural-rural
y rural-u
rban
o)
articulad
o co
n las
prop
uestas
de AR
OVA
y A
RVÍ, qu
e prop
enda
n po
r la
gene
ración
y
man
tenimiento
de los
elem
entos
del
sistem
a na
tural. Definir las co
ndicione
s, re
querim
ientos
y
espe
cificac
ione
s técn
icas
es
peciales
pa
ra
la
gene
ración
del e
spac
io p
úblico
cons
truido
en s
uelo
rural do
nde
pred
omine
el p
aisa
je n
atural, la m
ínim
a interven
ción
y el m
áxim
o ap
rove
cham
iento ec
oturístic
o y ed
ucativo.
Dar co
ntinuida
d y
celerid
ad a
la co
nstru
cción
de
parque
s de
bo
rde
como
med
ida
de fre
no a
la
expa
nsión urba
na hac
ia zon
as don
de deb
e prev
alec
er
el uso
púb
lico, la
recu
peración
ambien
tal y paisa
jístic
a.
Los Planes Especiales Rurales deberán
reconstruir el sistema de espacialidades
públicas construidas o artificiales rurales
veredales
y suburbanas
de
escala
corregimental, basados en la identificación y
caracterización de la población rural.
Deberán ser Identificadas las áreas a ser
afectadas para luego incorporarlas al sistema
de espacios públicos, principalmente bajo el
instrumento de las cesiones obligatorias. Para
la adquisición de predios privados cuya
vocación sea albergar funciones públicas
éstas deberán a proceder afectarse por los
instrumentos de enajenación voluntaria o
Implem
entar
estra
tegias
y
mec
anismos
de
ad
ministra
ción
del esp
acio púb
lico co
n la participac
ión
de entidad
es priv
adas
com
petentes
, bajo reglas
claras
sobre
la p
rese
rvac
ión
del us
o pú
blico, fom
ento d
e ac
tividad
es para la aprop
iación
y des
tinac
ión co
rrecta,
regu
lación
del aprov
echa
miento ec
onóm
ico, así com
o incluir
en
la
administra
ción
a
las
mismas
orga
niza
cion
es co
mun
itaria
s en
lo qu
e resp
ecta a
espa
cios
púb
licos
más
loca
les o ve
cina
les.
617 DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS
Directrices
Lineamientos
Criterios Metodológicos
forzosa como lo estipula la Ley 388 de 1997
(Artículos 55, 57, 57, 58, 59, 60, 61 y 62) o
determinar incentivos tributarios para que los
privados mantengan un uso acorde con la
vocación pública del predio.
Inmue
bles
que
pod
rían ad
ecua
rse pa
ra
zoológ
icos
, jardine
s bo
tánico
s y pa
rque
s ec
ológ
icos
, a lo
s cu
ales
se vinc
ulan
cen
tros de
form
ación, prim
aria, s
ecun
daria
s y su
perio
r, un
iversitaria
y te
cnológ
ica y se
rvirían
de
complem
ento y exten
sión
a sus
program
as
acad
émicos
. - Espacios para la recreación activa y uso
intensivo: Lug
ares
que
por sus
con
dicion
es
geom
orfológica
s y co
ndicione
s de
acc
esibilida
d,
pued
en ser des
tinad
os a la
práctica de
actividad
es
de re
crea
ción
y dep
orte, tales
com
o ex
cursione
s,
caminatas
, cab
alga
tas y ca
mpa
men
tos, in
clus
o pa
ra la
realizac
ión de
dep
ortes ex
tremos
, que
requ
ieren ad
ecua
cion
es esp
eciales.
• Id
entificar las
áreas
deg
rada
das co
mo
frentes
mineros
ab
ando
nado
s,
con
recu
peración
ge
omorfológica
y bue
n man
ejo am
bien
tal, qu
e so
n de
poten
cial rea
decu
ación
y ap
ropiac
ión
para esp
acios de
uso
púb
lico med
iante dise
ños
urba
nísticos
y
arqu
itectón
icos
, tales
como:
anfitea
tros
abierto
s, med
ias
torta
s, jardines
temáticos
, pa
rque
s recrea
tivos
, pa
rque
s de
bo
rde y de
mem
oria cultural.
Pres
entar la cartografía del sistema jerarquiza
do
de esp
acio púb
lico en
esc
ala 1:5.00
0.
El P
ER de San Sebastián de Palmitas otorga
rá prio
ridad
al e
spac
io púb
lico en
las zo
na de influ
encia inmed
iata de las Es
tacion
es del T
eleférico ac
tuales
y
prop
uestas
(futuras
API), la C
entra
lidad
Tradicion
al articu
lada
con
la Aldea
y la
recu
peración
de los ca
minos
para ge
nerar la infra
estru
ctura de
l Parqu
e Ec
ológ
ico
Cam
pesino
, en co
ncorda
ncia con
AROVA
y el P
EPP.
En San Sebastián de Palmitas reviste priorid
ad la
iden
tificac
ión y ad
ecua
ción
del esp
acio púb
lico na
tural e
n el m
arco
del P
arqu
e Ec
ológ
ico Cam
pesino
y
AROVA
, así com
o la con
figurac
ión de
l sistema de
esp
acialid
ades
púb
licas
con
struidas
. En
San Cristóbal y San Antonio de Prado
debe
n ha
cer én
fasis en
las es
pacialidad
es púb
licas
urban
as y sub
urba
nas qu
e de
berán se
r ap
ortada
s po
r los
proc
esos
de ex
pans
ión en
el B
orde
Urban
o-Rural.
618 DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS
Directrices
Lineamientos
Criterios Metodológicos
El P
ER de Altavista en
Esp
acio P
úblico po
tenc
iará el C
erro de La
s Tres
Cruce
s y el M
anza
nillo, co
mo es
pacio pú
blico co
rregimen
tal, articulan
do la
red
de
equino
rrutas y ca
minos
antiguo
s qu
e le con
ectan co
n los co
rregimientos
de Sa
n An
tonio de
Prado
, San
Cris
tóba
l y Sa
n Se
bastián de
Palmita
s, en torno al
sistem
a de
l cerro del Pad
re Amay
a - A
ROVA
. En
Altavista se
deb
e ha
cer é
nfas
is en las es
pacialidad
es púb
licas
sub
urba
nas po
r sec
tores y en
el b
orde
urban
o-rural c
on lo
s fre
ntes
de minería y la
s fra
njas
de
amortig
uamiento de
impa
ctos
, los
cua
les se
poten
cian
com
o es
pacio pú
blico en
ECO 200
3-20
04.
En S
anta E
lena
hac
er énfas
is en el con
trol d
e la exp
ansión
de área
s su
burban
as sob
re la
s área
s ag
raria
s o mixtas, reg
lamen
tar la participac
ión máx
ima de
la
vivien
da cam
pestre re
spec
to a la
viviend
a ca
mpe
sina
. En
San
ta E
lena
, otorga
r priorid
ad a
la
cons
olidac
ión
de las
cen
tralidad
es sub
urba
nas, e
n co
ncorda
ncia con
el Pa
rque
ARVÍ (Pied
ras Blan
cas) y las
API
iden
tificad
as.
2.2.
Equipa
mient
os
Directrices
Lineamientos
Criterios Metodológicos
En el Acuerdo 046
de 2006 están
contemplados instrumentos de gestión del
suelo para generación de equipamientos en el
artículo 324, pero para suelo urbano y de
expansión, debiéndose extender para el suelo
rural, aunque en el artículo 327 del citado
Acuerdo, da lugar a
“facultades
para
reglamentar ámbitos de reparto” en donde se
genere la obligación, como
también la
compensación parcial en dinero de las
obligaciones urbanísticas, que se invertirá en
las zonas de la ciudad de acuerdo con
estudios técnicos se encuentren más
deficitadas
y en las
que
se estén
desarrollando procesos de regularización y
legalización.
Deb
erán
ser exp
lorado
s otros instrumen
tos de
ges
tión
como
el Fo
ndo
de Com
pens
acione
s qu
e pe
rmita
tra
nsferir
recu
rsos
y
compe
nsar
obligac
ione
s ge
nerada
s en
proce
sos de
urban
izac
ión
en sue
lo d
e ex
pans
ión
y po
r pa
rcelac
ión
de recreo
, ha
cia
el
sistem
a de
esp
acio púb
lico y eq
uipa
miento rural.
• Los
eq
uipa
mientos
de
se
rvicios
colectivos
bá
sico
s qu
e se
co
nstru
yan
en su
elo
rural,
debe
rán
cons
iderar sistem
as alternativos
de
co
nstru
cción, patrone
s es
peciales
, ajus
tado
s a
la no
rmas
de
sism
o-resisten
cia. Inco
rporar
tecn
olog
ía digita
l en la in
fraes
tructura ed
ucativa
y de
sa
lud
instalad
a en
las
cabe
ceras
corre
gimen
tales
con
cone
xión
virtua
l co
n los
centros ed
ucativos
y pue
stos
de sa
lud ub
icad
os
en la
s ce
ntralidad
es vered
ales
. •
Los
equ
ipam
ientos
de ed
ucac
ión ex
istentes
en
suelo rural d
eberán
ade
cuarse
a la
prestac
ión
de varios se
rvicios en
el s
itio de
emplaz
amiento
y dise
ñar un
plan
para futuras
ampliacion
es
Rev
isar la no
rmativa
para qu
e se
reco
nozca
las
infra
estru
cturas
de
se
rvicios
colectivos
de
do
minio
privad
o, se ince
ntive su
func
iona
miento y se
reg
ule el
aprove
cham
iento ec
onóm
ico qu
e realizan
del esp
acio
público.
619 DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS
Directrices
Lineamientos
Criterios Metodológicos
El sistema de equipamientos tendrá como
objetivo equilibrar funcionalmente el territorio
corregimental, deberán ofrecer la prestación
de programas para el desarrollo humano y
comunitario, de manera
coordinada y
complementaria ajustarse
al perfil
de
necesidades de la población residente y
flotante, según
el potencial
agro y
ecoturístico, posibilitando así la generación
de redes solidarias y de apoyo a la base
económico-productiva, la incorporación de
nuevos procesos tecnológicos y culturales,
que garanticen la atención de los derechos
ciudadanos y desarrollen capacidades para la
competitividad sistémica al territorio.
Los eq
uipa
mientos
existen
tes de
berán
tene
r un
plan
de m
ejoram
iento y ad
ecua
ción
de la in
fraes
tructura as
í co
mo
también
ajustarse
a a
ccione
s co
mplem
entaria
s co
n el esp
acio púb
lico qu
e lo circ
unda
para favo
rece
r la acces
ibilid
ad y el a
prov
echa
miento ex
terno de
sus
instalac
ione
s pa
ra actividad
es afin
es.
ajus
tada
s a
nuev
os req
uerim
ientos
y p
rocu
rar
que es
tén pa
isajísticam
ente in
tegrad
os.
• Los
equ
ipam
ientos
de
servicios
colectivos
en
dominio privad
o qu
e se
be
neficien
de los
recu
rsos
del p
aisa
je s
i se
req
uiere
debe
rán
pres
entar un
plan
de m
anejo
aproba
do p
or la
autorid
ad ambien
tal y
de plan
eación
mun
icipal.
Para la realizac
ión
actividad
es recrea
tivas
prop
ias
de los
ámbitos
rurales, en
tre ellas
depo
rtes
extre
mos
, se
co
nstru
irán
las
instalac
ione
s de
infra
estru
ctura
requ
eridas
, gu
arda
ndo
las
med
idas
de
se
gurid
ad
corre
spon
dien
te y re
gulada
por la
ley.
• Tras ev
alua
r la viabilidad
téc
nica
y eco
nómica
de a
ctividad
es turísticas
, prioriz
ar la
ejec
ución
para
la
cons
trucción
y ad
ecua
ción
de
ho
sped
ajes
, albe
rgue
s y
posa
das
para el
visitante y el tu
rista.
Pres
entar la cartografía del sistema jerarquiza
do
de equ
ipam
ientos
en es
cala 1:5.000
.
Los eq
uipa
mientos
que
se va
yan a co
nstru
ir de
berán
ajus
tarse
a un
a no
rmativa
que
cond
icione
la
adec
uación
de
las
nuev
as infraes
tructuras
a n
ormas
ge
nerales de
recu
peración
y protección de
l paisa
je, a
sí
como ajus
tarse a los requ
erim
ientos
esp
ecífico
s de
la
comun
idad
loca
l a la
cua
l se de
stinarán
sus
servicios
. Deb
erán
se
r ev
alua
dos
los
prog
ramas
pa
ra la
cons
trucción de
albergu
es de hu
éspe
des y turis
tas, así
como
de las
infra
estru
cturas
requ
eridas
pa
ra la
realizac
ión de
actividad
es re
crea
tivas
esp
eciales.
La política de usos del suelo deberá revisar
los criterios de localización de equipamientos,
especialmente
los
asociados
con
instalaciones de apoyo a las actividades
productivas agropecuarias, agroindustriales,
forestales, minero-industriales, eco-turísticas,
recreativas, hoteleras, centros logísticos y
otros equipamientos de ciudad de gran
formato e impacto localizados en la ruralidad,
como
los
centros
penitenciales
y equipamientos de seguridad, planteando la
reglamentación básica específica para éstos y
las áreas de influencia.
Definición de
l program
a de
ges
tión de
l sue
lo des
tinad
o a la adq
uisición
de inmue
bles
para la con
strucción de
eq
uipa
mientos
en
suelo
rural,
cuya
loc
alizac
ión
se
base
en
la vo
cación
de
l luga
r y
prox
imidad
a
la
poblac
ión
para la
pres
tación
de
servicios
colectivos
, ba
jo estrategias
de aten
ción
alte
rnativa.
En San Sebastián de Palmitas y Santa Elena el énfas
is estará en
el n
uevo
perfil de se
rvicios y eq
uipa
mientos
en las área
s de
salud
, rec
reativas
, edu
cativas
y
administra
tivas
, de
ámbito corregimen
tal s
uburba
no y vered
al, articulad
os al a
gro-ec
oturismo y el sistema de
mov
ilidad
por cab
le o teleférico. E
n és
tos y en
Altavista la fu
nción fin
anciera no
se pres
ta, e
valuar la
impo
rtanc
ia de la lo
calizac
ión de
dicho
servicio.
620 DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS
Directrices
Lineamientos
Criterios Metodológicos
En San Cristóbal y San Antonio de Prado, el é
nfas
is estará en
mejorar la
s co
ndicione
s de
calidad
del sistema de
equ
ipam
ientos
presion
ados
por la
exp
ansión
urba
na en el Borde
Urban
o-Rural, a
sí com
o mitiga
r el impa
cto de
instalac
ione
s region
ales
y de jerarquía de
ciuda
d.
En Altavista el énfas
is será en
el rep
lantea
miento de
l sistema de
equ
ipam
ientos
sub
urba
nos pa
ra cad
a se
ctor o zon
a, que
disminuy
a la dep
ende
ncia con
los
equipa
mientos
urban
os de Be
lén y La
América, optim
izar la
s co
ndicione
s de
loca
lizac
ión, acces
ibilid
ad y m
ovilid
ad, y
a su ve
z revise
el p
oten
cial de los fre
ntes
ab
ando
nado
s de
minería y el futuro Pa
rque
Minero Indu
stria
l, pa
ra nue
vas infra
estru
cturas
e in
stalac
ione
s requ
eridas
y ado
ptar la
s med
idas
de co
mpe
nsac
ión en
los bo
rdes
urban
o-rurales y las área
s rurales ag
roforestales
. 2.3.
Cent
ralid
ades
Directrices
Lineamientos
Criterios Metodológicos
Las políticas y objetivos territoriales en torno a
las
centralidades rurales
las
constituyen
efectivamente en centros de apoyo a la base
económica, centros
de servicios
sociales
básicos, generales y especializados en función
del perfil de las necesidades locales y en áreas
residenciales consolidadas de los pobladores
tradicionales, así como en áreas de expansión
de nuevos pobladores permanentes.
Las
Cen
tralidad
es
Rurales
requ
ieren
de
una
caracterizac
ión de
tallada
sob
re su pe
rfil y
func
ión en
el sistem
a ge
neral
de ce
ntralidad
es urba
nas
y su
burban
as, e
inclus
o las region
ales
y lo
s co
rredo
res
de ac
tividad
múltip
le de
dive
rso
tipo
y jerarquía,
espe
cialmen
te lo
s de
sub
urba
niza
ción
en torno a los
ejes
viales
region
ales
y las
áreas
produ
ctivas
que
sirven
o atie
nden
.
Com
o qu
eda co
nsigna
do en el D
ecreto 360
0 de
20
07Cap
ítulo IV
– A
rtícu
lo 16 Orden
amiento de
los
centros
poblad
os r
urales
. El c
ompo
nente
rural de
l plan
de
orde
namiento
o un
idad
de
plan
ifica
ción
rural d
eberá co
nten
er por lo
men
os
los sigu
ientes
asp
ectos:
• La
delim
itación
de los ce
ntros po
blad
os
• La
s med
idas
de protec
ción
para ev
itar qu
e se
afec
te la
EEP
y los
suelos
en
catego
ría d
e protec
ción
. •
La
definición de
uso
s principa
les, com
patib
les,
cond
iciona
dos y proh
ibidos
.
• La
s no
rmas
para pa
rcelac
ión y las de
nsidad
es
máx
imas
de
finidas
po
r la
Corpo
ración
Au
tóno
ma Reg
iona
l.
• La
definición de
ces
ione
s ob
ligatorias
• La
loca
lizac
ión
y dimen
sion
amiento
de la
El sistema de centralidades orientará el modelo
de ocupación
territorial,
concentrando la
población
en las
áreas
con
mejores
oportunidades
para la atención de sus
necesidades
y para el desarrollo local
sostenible, frenando así la ocupación dispersa y
de áreas apartadas que configuran un territorio
disfuncional.
Forta
lece
r el sistem
a de
ce
ntralidad
es no
só
lo
ampliand
o la
cobe
rtura
de
los
servicios
que
conc
entra
, sino
también
, afianz
ando
el én
fasis
y vo
cación
que
han
ven
ido ad
quirien
do cad
a ca
bece
ra
corre
gimen
tal d
entro
de las diná
micas
de integrac
ión
region
al, e
ntre lo
s se
rvicios ad
ministra
tivos
, soc
iales,
públicos
, culturales y co
merciales
.
El sistema de centralidades rurales deberá
articular los distintos nodos y corredores de
actividad en cada uno de sus niveles y
Potenc
iar
el sistem
a incipien
te de
ce
ntralidad
es
vereda
les y co
rregimen
tales
agrega
ndo
func
ione
s y
mejoran
do el sistema de
con
ectiv
idad
y m
ovilid
ad.
621 DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS
Directrices
Lineamientos
Criterios Metodológicos
jerarquías, conectados e integrados entre sí
para atender el conjunto de la población
residente y flotante, favoreciendo la atención de
las
necesidades
básicas
y apoyando las
dinámicas de desarrollo local, sirviendo de
enlace con otros centros de ciudad y región,
promover la función en red con otros centros
corregimentales
y de municipios
vecinos,
mediante convenios de administración asociada
o delegada, procurando la integración efectiva
los servicios y el equilibrio funcional del sistema
territorial.
Prom
over la
participac
ión co
njun
ta del sec
tor privad
o y el sec
tor p
úblico en
la gen
erac
ión y/o ad
ministra
ción
de
nu
evos
ce
ntros
de se
rvicios
administra
tivos
, so
ciales
, cu
lturales, p
úblicos
y c
omerciales
que
se
ajus
ten a las de
man
das de
la pob
lación
urban
a y rural
de lo
s co
rregimientos
.
infra
estru
ctura bá
sica
de se
rvicios pú
blicos
• La
definición y tra
zado
del sistema de
esp
acio
público de
l cen
tro pob
lado
.
• La
definición y tra
zado
del sistema vial con
la
defin
ición de
los pe
rfiles viales
.
• La
de
finición
y loca
lizac
ión
de
los
equipa
mientos
colec
tivos
.
Integrar y com
plem
entar el sistema de
cen
tralidad
es
de ca
da co
rregimiento
con
el au
men
to de
la
capa
cida
d de
aten
ción
de
los
centros
de men
or
jerarquía, inc
orpo
ración
de
servicios
de a
poyo
a la
prod
ucción
, el fom
ento cultural d
e las co
mun
idad
es y
a la organ
izac
ión so
cial.
Dar prelación al espacio público como uso, en
los casos en que sea compatible y pueda
condicionarse. Efectuarse de manera prioritaria
cuando su uso sea el principal, con el objetivo
de impedir la ubicación de viviendas y otros
usos de interés
particular en áreas
pertenecientes a
la estructura ecológica
principal cercanos a los centros poblados
rurales.
Las
centralidad
es
subu
rban
as
debe
rán
ser
delim
itada
s e iden
tificad
as ade
cuad
amen
te seg
ún el
tipo
de interve
nción
que
requ
ieren, d
esarrollo p
ara
nuev
as c
entra
lidad
es, rede
sarro
llo, co
nsolidac
ión
y mejoram
iento
integral q
ue implica
la reg
ularizac
ión
del a
sentam
iento.
Coo
rdinar
las
estra
tegias
de
forta
lecimiento
e integrac
ión de
las ce
ntralidad
es, no
dos y co
rredo
res
de su
burban
izac
ión, de
finiend
o priorid
ades
en
la
interven
ción
y ejecu
ción
seg
ún la
s ca
racterísticas
de
cada
corregimiento.
Articular de los diferentes
servicios
con
centrado
s en
los no
dos o
corre
dores de
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a travé
s de
un
espa
cio
público
de a
ltas es
pecificac
ione
s técn
icas
y
espa
ciales
con
corredo
res ve
hicu
lares y pe
aton
ales
co
ntinuo
s, a
sí com
o luga
res pa
ra e
l en
cuen
tro y e
l es
parcim
iento co
ntiguo
s a los ed
ificios
colec
tivos
. En
los ce
ntros po
blad
os ru
rales de
berán iden
tificarse
las
área
s qu
e de
berán
afec
tarse
para
lueg
o inco
rporarse
al sistem
a de
es
pacios
pú
blicos
, principa
lmen
te b
ajo
el ins
trumen
to d
e las ce
sion
es
obligatorias. P
ara la adq
uisición
de pred
ios privad
os
cuya
voc
ación se
a albe
rgar fu
ncione
s pú
blicas
éstas
622 DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS
Directrices
Lineamientos
Criterios Metodológicos
debe
rán
a proc
eder a
fectarse
por los
ins
trumen
tos
de ena
jena
ción
volun
taria
o fo
rzos
a co
mo lo estipula
la Ley
388
de 19
97 (A
rtícu
los 55
, 57, 57, 58, 59, 60,
61 y 6
2) o
determinar in
centivos
tributarios pa
ra que
los
privad
os man
teng
an un
us
o ac
orde
co
n la
voca
ción
púb
lica de
l predio.
En la
s ce
ntralidad
es corregimen
tales y en
los ce
ntros
poblad
os rurales
deb
erán
proye
ctarse
el traza
do del
sistem
a de
es
pacios
pú
blicos
integran
do
los
elem
entos ex
istentes
ide
ntifica
dos prev
iamen
te, as
í co
mo
los
requ
eridos
pa
ra co
mpletar el sistem
a,
man
tenien
do
los
principios
de
co
ntinuida
d y
acce
sibilidad
ex
igidos
po
r la Le
y 36
1 de
19
97,
articulad
os al s
istema vial y com
o vinc
ulan
te con
los
equipa
mientos
colec
tivos
. La
con
strucción de
nue
vos eq
uipa
mientos
colec
tivos
, tales co
mo ed
ucac
ión, biene
star soc
ial, sa
lud, cultura
y de
porte
de
berán
sujetarse
al
traza
do
que
prev
iamen
te de
berá efec
tuarse
en
los
centros
poblad
os en
los
cuales
se
de
berá indica
r la
loca
lizac
ión prec
isa de
los ed
ificios
púb
licos
. En ca
so
tal
que
se
requ
ieren
nuev
as
área
s,
debe
rán
afec
tarse
aque
llos
pred
ios
que
mue
stran
tene
r utilid
ad p
ública
o interés so
cial, en
este
caso
para
cons
trucción de
equ
ipam
ientos
. En San Sebastián de Palmitas
• Fortalece
r las
centralidad
es v
ered
ales
con
el mejoram
iento
de los
equ
ipam
ientos
de
educ
ación, rec
reativos
y d
e sa
lud
prim
ordialmen
te. Ev
alua
r el
requ
erim
iento de
nue
vos pu
estos de
salud
vered
ales
com
o en
la cen
tralidad
de La
Fris
ola.
• Articu
lar las
cen
tralidad
es vered
ales
y sub
urba
nas, por cab
les aé
reos
con
los co
rredo
res region
ales
antigua
carretera al m
ar y con
exión Ab
urrá-C
auca
. • Articu
lar las
propu
estas de
l PER
La Alde
a co
mo nu
evo ce
ntro gravitacion
al del corregimiento an
te su ce
rcan
ía a la
nue
va con
exión region
al cen
tro-occiden
te.
En gen
eral aum
entar la ca
pacida
d func
iona
l servicios
al a
gro en
las ce
ntralidad
es.
En San Cristóbal
• In
tegrar lo
s eq
uipa
mientos
de las ce
ntralidad
es de La
Palma, Trave
sías
el L
lano
y La Lo
ma a tra
vés de
un sistem
a de
esp
acio púb
lico co
mo plataforma de
co
ntinuida
d pe
aton
al y veh
icular con
alto
s es
tánd
ares
técn
icos
y esp
aciales.
623 DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS
Directrices
Lineamientos
Criterios Metodológicos
• A
rticu
lar las
cen
tralidad
es vered
ales
y dem
ás sec
tores urba
nos de
l corregimiento co
n la cab
ecera co
rreg
imen
tal a
trav
és del fo
rtalecimiento vial y el e
mpleo
alternativo de
med
ios de
tran
sporte para zo
nas es
carpad
as.
• M
antene
r la ace
ptab
le cob
ertura en se
rvicios pú
blicos
y com
erciales
y ampliar su
atenc
ión a la pob
lación
rural m
ás apa
rtada
y des
articulad
a de
los ce
ntros
poblad
os, a
trav
és de med
idas
alte
rnativas
que
no term
inen
gen
eran
do cam
bios
culturales y proc
esos
de oc
upac
ión no
planific
ados
. En Altavista
• C
onstitu
ir ce
ntralidad
es efectivas
en los se
ctores
de Ag
uas Frías, El C
oraz
ón y El M
anza
nillo, d
otán
dolas co
n la prestac
ión de
servicios
bás
icos
que
alcan
cen
a cu
brir las de
man
das de
los ha
bitantes
en ca
da uno
de ellos.
• Ante la des
articulac
ión fís
ico-es
pacial y soc
ial e
ntre la
cab
ecera co
rregimen
tal y
los otros se
ctores
del corregimiento, cad
a un
a co
rresp
ondien
te a vertie
ntes
de
dife
rentes
microcu
enca
s, pos
ibilitar la
atenc
ión en
servicios
colec
tivos
más
com
plejos
de los ha
bitantes
de es
tos se
ctores
en las ce
ntralidad
es zon
ales
más
cerca
nas.
• R
econ
figurar lo
s co
rredo
res viales
esp
ecialm
ente la
sep
arac
ión de
circ
ulac
ione
s y el sistema pe
aton
al que
con
duce
a A
ltavista Cen
tral y
la vías a Ag
uas
Frías, calle 31B
, de tal m
anera qu
e las se
ccione
s viales
sea
n se
guras y am
bien
talm
ente ade
cuad
as, a
sí com
o func
iona
les pa
ra la
s ac
tividad
es re
side
nciales,
comerciales
y dem
ás servicios
. En San Antonio de Prado
• In
trodu
cir s
ervicios
culturales y co
merciales
en la cen
tralidad
de Po
trerito, ya qu
e es
sue
lo sub
urba
no de nive
l 1, y
mejorar la
prestac
ión de
servicios
bás
icos
. • Articu
lar las ce
ntralidad
es urban
as: Cen
tro T
radicion
al, La
Verde
y E
l Lim
onar a travé
s de
l mejoram
iento de
l esp
acio púb
lico qu
e ex
iste entre estas
y la
loca
lizac
ión de
nue
vos eq
uipa
mientos
en los ejes
que
sirv
en de co
nexión
entre la
s mismas
. Con
servar la
cap
acidad
func
iona
l de la cen
tralidad
corregimen
tal.
En Santa Elena
• C
onse
rvar el c
arác
ter tra
dicion
al de las ce
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es del corregimiento qu
e se
con
stitu
ye en un
atra
ctivo pa
ra el v
isita
nte, res
ervo
rio de la m
emoria y la
iden
tidad
loca
l. Fo
rtalece
r las
cen
tralidad
es que
prestan
servicios
no só
lo a la
s co
mun
idad
es m
ás cerca
nas, sino también
a hab
itantes
de otros se
ctores
, así
como a visitantes
es el cas
o de
: Barro Blanc
o, El P
lace
r, El Plan y Maz
o.
• In
crem
entar las
restric
cion
es a la
s pa
rcelac
ione
s de
viviend
a ca
mpe
stre no só
lo por la
presión
que
gen
eran
sob
re lo
s recu
rsos
naturales
, sino también
, por el
increm
ento que
gen
eran
en la dem
anda
de los otros se
rvicios, la
cua
l termina afec
tand
o a los ha
bitantes
loca
les y qu
e tie
nen es
te te
rritorio
com
o su
prim
era y
única vivien
da.
• C
oncretar la
s ac
cion
es previstas
por el P
lan Mae
stro P
arqu
e Reg
iona
l “AR
VÍ” p
ara la cua
lificac
ión de
los co
rredo
res de
actividad
múltip
le, p
rincipa
lmen
te el
que se
extiend
e 2 km
. en la vía que
con
duce
a R
ione
gro en
tre la
s intersec
cion
es de ac
ceso
al P
lan ha
sta el C
erro, y
en se
gund
a med
ida, la
ade
cuac
ión de
los co
rredo
res de
Med
ia Lun
a y Maz
o, en los qu
e de
berá procu
rarse co
nserva
r su
s cu
alidad
es paisa
jístic
as, c
onstruir luga
res pa
ra el v
isita
nte oc
asiona
l y
mejorar la
s co
ndicione
s de
mov
ilida
d pe
aton
al de los ha
bitantes
loca
les.
• Aum
entar la cap
acidad
de co
bertu
ra en los se
rvicios so
ciales
, culturales y co
merciales
en el corregimiento aten
dien
do la
s pa
rticu
larid
ades
de la dem
anda
loca
l.
624 DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS
2.4.
Co
nect
ividad
y M
ovilida
d Directrices
Lineamientos
Criterios Metodológicos
El Plan de Movilidad de la zona rural de Medellín
debe ajustarse a los lineamientos y directrices
que en esta materia se tengan a nivel
departamental y nacional (ejes viales de
carácter regional y nacional que cruzan los
corregimientos de Medellín).
El Plan de
Movilidad del Área Metropolitana del Valle de
Aburrá, debe contener un completo plan de
movilidad para la zona rural de los municipios
que la conforman entre ellos Medellín, que
defina las directrices generales en concordancia
con el resto de los municipios de área
metropolitana y de la región central de
Antioquia.
Se deb
en con
struir indica
dores viales
y de tra
nspo
rte
que
perm
itan
evalua
r en
el tie
mpo
el plan
de
mov
ilidad
. Indica
dores
que
debe
n se
r co
mpa
rado
s co
n los qu
e se
man
ejen
a nivel in
ternac
iona
l a fin de
po
der de
term
inar si c
ada co
rregimiento en
particular,
de a
cuerdo
a s
us s
ingu
larid
ades
, es
tá b
ien
o mal
servido.
Insu
mos
del Plan de
Con
ectividad
y M
ovilid
ad
Rural: la inform
ación de
l Mod
elo de
Ocu
pación
, clas
ifica
ción
y uso
s de
l sue
lo, d
emás
sistemas
es
tructuran
tes territoria
les.
• Etap
a de
Diagnóstico de
l Plan de
CONEC
TIVIDAD
Y M
OVILIDAD
RURAL
: • Carac
teriz
ar el S
istema de
Infra
estru
ctura y
Tran
sporte
• Carac
teriz
ar la
dem
anda
des
de la
pob
lación
y las ac
tividad
es eco
nómico-prod
uctivas
en
func
ión de
la m
ovilid
ad.
• Carac
teriz
ar el territorio y la
estructura
ecológ
ica en
func
ión de
la dem
anda
y oferta
de
mov
ilidad
. • Etap
a de
Formulación de
l Plan de
CONEC
TIVIDAD
Y M
OVILIDAD
RURAL
: • Jerarqu
izac
ión de
l Sistema de
Infra
estru
ctura.
• Esp
ecifica
cion
es Téc
nica
s (sec
cion
es) y
proy
ectos de
l Sistema de
Infra
estru
ctura.
• Esp
ecifica
cion
es Téc
nica
s de
l sistema de
Tran
sporte. P
lan de
acción co
n priorid
ades
de
Inve
rsión.
La
carto
grafía
debe
rá
estar
basa
da
en
restitu
cion
es
recien
tes
y ortofotos
que
acom
pañe
los
plan
es de
mov
ilidad
en
los
corre
gimientos
deb
erá
ser en
escala
1:10
.000
pa
ra ind
icar los
elemen
tos de
l sistema
gene
ral
jerarquiza
do, en
áreas
sub
urba
nas se
rá e
scala
El Plan de Movilidad de la zona rural debe ser el
resultado de un ejercicio
integral de
planificación y no un eje estructurante a partir
del
cual esta se realice. Dadas las
características
particulares
de
cada
corregimiento, se deben elaborar planes de
movilidad
para cada uno
de ellos. La
planificación vial y de transporte debe ser el
resultado de una evaluación socioeconómica
actual y potencial que responda e incentive la
vocación agrícola de los corregimientos.
La d
efinición
de las
sec
cion
es v
iales
no p
odrá s
er
gené
rica pa
ra to
dos los co
rregimientos
, tan
to para las
cone
xion
es u
rban
o-rurales, c
omo
para las
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-rurales. M
erec
en e
spec
ial aten
ción
las
vías
en las
zo
nas su
burban
as de algu
nos co
rregimientos
. El estud
io que
se realice pa
ra eva
luar la
situ
ación de
l tra
nspo
rte al interior d
e la zon
a rural d
eberá revisa
r el
tema
del tra
nspo
rte interve
reda
l y
de e
stas
con
su
centralidad
, siem
pre
ligad
o a
la de
man
da de
pa
sajeros.
Elab
orar un
Plan
de
Mov
ilidad
Rural,
con
la
realizac
ión
de
un
completo
diag
nóstico
o ca
racterizac
ión
detallada
qu
e dé
cu
enta de
la
situac
ión ac
tual de la zon
a rural e
n ge
neral y
de ca
da
corre
gimiento
en pa
rticu
lar,
con
énfasis
en las
varia
bles
e
indica
dores
de
infra
estru
ctura
y
625 DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS
Directrices
Lineamientos
Criterios Metodológicos
trans
porte
, lev
antand
o la in
form
ación so
cioe
conó
mica
relacion
ada co
n la m
ovilid
ad de las pe
rson
as y de la
prod
ucción
seg
ún la
s ac
tividad
es eco
nómicas
.
1:5.00
0 y en
plane
s de
detalle deb
erá iden
tificar
los proy
ectos en
esc
ala 1:20
00. L
a ge
odatab
ase
debe
se
r ac
tualizad
a y
compa
tible co
n los
demás
sistemas
de inform
ación mun
icipal.
Una
ve
z fin
alizad
a la etap
a de
l diag
nóstico
y co
nocida
s toda
s las ne
cesida
des de
mov
ilidad
, no
s po
demos
en
foca
r en
prop
oner o
form
ular las
solucion
es
que
satis
faga
n dich
as
nece
sida
des,
tenien
do prese
nte el m
odelo de
ocu
pación
territoria
l y
las
cond
icione
s pa
rticu
lares
de ca
da un
o de
los
corre
gimientos
, es
elabo
rar un
plan
vial d
el sistema
estru
cturan
te te
rritoria
l de co
nectividad
y m
ovilid
ad en
la fo
rmulac
ión de
los PE
R Plane
s Es
peciales
Rurales
de
cad
a un
o de
ellos.
El Plan de Movilidad de la zona rural se debe
contener como variables de la infraestructura
vial las asociadas con la jerarquía en el sistema,
conexiones regionales y
metropolitanas,
urbano-rurales, rurales y red de caminos; y del
transporte las variables de demanda y oferta,
asociadas con las relaciones urbano-rurales y la
rural-rural del sistema local.
De se
r estric
tamen
te nec
esaria la
intercon
exión en
tre
los
diferentes
se
ctores
de
los
corre
gimientos
, se
de
berán ev
alua
r co
nexion
es alte
rnativas
a la
s viales
, pu
es com
o ya
ha
men
cion
ado
son
de a
lto impa
cto
ambien
tal. Ap
arte de los ca
minos
con
valor históric
os
iden
tificad
os en
el territorio
rural,
existe un
a red
peaton
al q
ue s
irve
de a
cces
o a
cada
uno
de
los
sectores
de los co
rregimientos
. Cam
inos
y sen
deros
peaton
ales
que
deb
en s
er inc
luidos
en
el p
lan
de
mov
ilidad
com
o un
a de
las alternativas
utilizad
as para
acce
der a la zon
a y es
pecíficam
ente a cad
a un
a de
las vivien
das as
entada
s allí.
• ••• El DIAGNÓSTICO DE CONECTIVIDAD Y MOVILIDAD RURAL.
Los insu
mos
del Diagnóstico
de u
n PL
AN D
E CONEC
TIVIDAD
Y M
OVILIDAD
RURAL
, so
n los inve
ntarios co
mpletos
del sistema
vial jerarqu
izad
o, sus
infra
estru
cturas
y el s
istema de
tran
sporte, la en
cues
ta orig
en–d
estin
o, in
dica
dores de
cob
ertura, c
alidad
y efic
ienc
ia del sistema ex
istente, así com
o índice
s de
ac
cide
ntalidad
, la ca
racterizac
ión so
cioe
conó
mica de
la pob
lación
, su distrib
ución es
pacial y la
s ac
tividad
es produ
ctivas
, con
aná
lisis por seg
men
tos y merca
dos,
volumen
, valor y des
tinos
de co
mercializac
ión de
la produ
cción.
626 DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS
Directrices
Lineamientos
Criterios Metodológicos
El aná
lisis esp
acial d
el te
rritorio
y la
estructura ec
ológ
ica principa
l, ec
osistemas
estratégico
s, clasificac
ión y us
os del sue
lo m
odelo de
ocu
pación
, patrim
onio,
espa
cio pú
blico y eq
uipa
mientos
soc
iales y de
de so
porte
a la
produ
cción, organ
izac
ión de
produ
ctores
y re
des o ca
dena
s prod
uctivas
poten
ciales
o poten
ciales
nu
evos
uso
s y roles de
l territorio rural com
o el tu
rismo, perfiles
y escalas
de se
rvicios turís
ticos
aprop
iado
s pa
ra cad
a co
rregimiento, la
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pres
arial,
infra
estru
ctura, sistema de
cen
tralidad
es y corredo
res etc.
Una
vez
con
ocidas
toda
s las po
tenc
ialidad
es y res
triccione
s o de
ficienc
ias de
cad
a un
o de
los co
mpo
nentes
de la m
ovilid
ad, y
a en
unciad
os, s
e form
ulan
las
solucion
es gen
erales
para la zon
a rural y particulares
por corregimientos
. Lo
s as
pectos
que
se de
ben reco
ger o
carac
teriz
ar son
los sigu
ientes
: • Caracterizar el Sistema de Infraestructura y Transporte.
o
Rea
lizar un inve
ntario que
reco
ja el e
stad
o de
las vías
que
com
unican
la zon
a urba
na con
la zon
a rural, la zon
a rural c
on la
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y la
s qu
e co
mun
ican
la zon
a rural a
su
interio
r, clas
ificá
ndolas
por je
rarquía de
l sistema y med
iante aforos
de trá
nsito
determinar el n
úmero y la com
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de ve
hícu
los qu
e po
r dicho
s co
rredo
res viales
circulan
. Inc
luir ca
minos
y cab
les.
o
Determinar de qu
é man
era es
tá servida
la zon
a rural e
n ge
neral y
por corregimientos
, lev
antar los
indica
dores de
cob
ertura, e
ficienc
ia y calidad
, con
aná
lisis esp
acial
que invo
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riables
geo
gráficas
com
o topo
grafía, d
istanc
ia y perfiles
de los co
rredo
res, así com
o las área
s co
n may
or cob
ertura y la
s más
deficita
das.
o
Se d
ebe
determ
inar cóm
o es
el sistem
a de
trans
porte
para
la zon
a rural en
gen
eral y p
or corregimientos
, cu
áles
son
los
mod
os d
e tra
nspo
rte u
tilizad
os p
or la
comun
idad
rural p
ara sa
tisface
r sus
nec
esidad
es de mov
ilida
d (de su
s ha
bitantes
y sus
produ
ctos
agro indu
stria
les).
o
Tipo
de infra
estru
cturas
de tra
nspo
rte que
dispo
nen los co
rregimientos
. o
Es
fun
damen
tal co
noce
r có
mo
se m
ueve
la
poblac
ión, cuá
les so
n los principa
les motivos
de
los viajes
, en
que
los
rea
lizan
, co
n qu
e fre
cuen
cias
. Pa
ra e
llo e
s fund
amen
tal realizar u
na e
ncue
sta
origen
– d
estin
o, m
ediante
la c
ual se
pue
da llega
r a
cono
cer és
tos
y otros
datos
que
perm
itan
determ
inar las
verda
deras
nece
sida
des de
tran
sporte de la zon
a rural d
e Med
ellín
. o
As
í mismo, es im
porta
nte co
noce
r los
índice
s de
acc
iden
talid
ad en la zon
a rural.
• Caracterizar la demanda desde la población y las actividades económico-productivas en función de la movilidad.
La pob
lación
ase
ntad
a en
los co
rregimientos
tiene
nec
esidad
es dife
renc
iales de
des
plaz
arse
por m
últip
les motivos
, ya
sea
n es
tos
labo
rales, de es
tudio, de recrea
ción
, com
pras
, salud
, etc. a
lgun
os derivan
su su
sten
to en su
propia pa
rcela o qu
e pres
ta sus
servicios
labo
rales en
su en
torno, o que
por el c
ontra
rio nec
esita
des
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arse
al interior d
el corregimiento, de la m
isma ca
bece
ra, o
a la
zon
a urba
na de
l mun
icipio.
Los
datos
sobre
la po
blac
ión
requ
eridos
en
la elab
orac
ión
de un
Plan
de
Mov
ilidad
Rural,
son
fund
amen
talm
ente lo
s sigu
ientes
:
o
Núm
ero de
hab
itantes
y cóm
o es
tán distrib
uido
s en
el territorio.
o
Com
posición
soc
ioec
onóm
ica de
los ha
bitantes
. o
Sistem
as produ
ctivos
(estructura y tene
ncia de la tierra produ
ctiva. Id
entificac
ión, actua
lizac
ión y man
ejo de
la U
AF y la
UAF
E. Aná
lisis de la produ
cción po
r seg
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tos
y merca
dos. V
olum
en y valor d
e la p
rodu
cción. U
sos de
l su
elo
en fun
ción
de
la clasific
ación
y ap
titud
agrológ
ica. C
apac
idad
máx
ima, á
rea
sembrad
a, á
reas
de
explotac
ión forestal y m
inera, con
ectiv
idad
y equ
ipam
ientos
de so
porte
a la
produ
cción. O
rgan
izac
ión de
produ
ctores
y red
es o cad
enas
produ
ctivas
poten
ciales
, así
como de
stinos
y ló
gica
s de
com
ercializac
ión.
627 DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS
Directrices
Lineamientos
Criterios Metodológicos
o
Análisis de la pob
lación
eco
nómicam
ente activa (PEA
), la ocu
pación
, mujer ru
ral y
relevo
gen
erac
iona
l, de
pend
encia de
los jefes de
hog
ar y vulne
rabilid
ad por in
gres
os
familiares
. Sistemas
de man
ejo ag
ro te
cnológ
ico. Ren
dimientos
– M
erca
deo - R
edes
de distrib
ución.
• Caracterizar el territorio y la estructura ecológica en función de la demanda y oferta de movilidad. D
espu
és de co
noce
r todo
s los as
pectos
de la pob
lación
, es ne
cesa
rio determinar la
s ca
racterísticas
geo
morfológica
s de
l territorio ru
ral e
n ge
neral y por
cada
corregimiento
en p
articular, clas
ifica
r aq
uello
s ac
cide
ntes
naturales
y a
rtificiales qu
e lim
itan
la con
ectividad
vial rural e
inve
stigar sistemas
alte
rnativos
para co
ndicione
s similares.
• ••• LA FORMULACIÓN DEL PLAN DE CONECTIVIDAD Y MOVILIDAD RURAL:
La fo
rmulac
ión en
mov
ilidad
requ
iere por corregimiento discrim
inar lo
s as
pectos
técn
icos
de ca
da eje vial e
n pa
rticu
lar, de
acu
erdo
a la
jerarquía en
el s
istema.
La Formulac
ión de
be atend
er to
das las de
ficienc
ias de
tectad
as en el diagn
óstico, así m
ismo, deb
e bu
scar fo
rtalece
r aqu
ellos as
pectos
pos
itivo
s iden
tificad
os en
el m
ismo, e
labo
rand
o prop
uestas
que
inv
oluc
ren
toda
s las
varia
bles
a fin d
e po
der co
noce
r co
n un
alto
grado
de
certe
za q
ue p
roye
ctos
req
uiere
cada
co
rregimiento, la
prio
ridad
y el impa
cto es
perado
por este en
la com
unidad
, pue
s muy
seg
uram
ente se en
contrarán situac
ione
s do
nde la re
lación
cos
to-ben
eficio
de algun
os proye
ctos
no so
n favo
rables
, pero aú
n as
í deb
en ser aco
metidos
por el b
eneficio soc
ial q
ue re
pres
entan pa
ra la
com
unidad
. Situ
ación qu
e de
be ser
bien
eva
luad
a pa
ra entrega
r las
herramientas
ade
cuad
as a la
Adm
inistra
ción
Mun
icipal, q
ue le
permita
n tomar la
s mejores
y opo
rtuna
s de
cision
es en materia de
inve
rsión y en
la elabo
ración
de las no
rmas
o esp
ecifica
cion
es té
cnicas
que
le permita
n regu
lar d
e un
a man
era más
eficaz
el s
istema de
mov
ilidad
y el territorio
rural.
La formulac
ión de
berá seg
uir la estructura o co
nten
idos
definidos
en las directric
es para la elabo
ración
de un
plan de
mov
ilidad
, elab
oran
do propu
estas de
so
lución
en materia vial y de tra
nspo
rte para la com
unicac
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no-ru
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o-region
al
En con
clus
ión, en la fa
se de la fo
rmulac
ión, un plan
de mov
ilidad
deb
e se
r la co
nclusión
lógica
de un
bue
n ejercicio de
planificac
ión integral, q
ue re
coja to
das las
varia
bles
que
lo com
pone
n da
da su im
porta
ncia en la re
configurac
ión, re
orientac
ión o co
nsolidac
ión de
l mod
elo de
ocu
pación
y planificac
ión de
l des
arrollo
rural.
En él s
e de
be dejar con
struida la plataform
a qu
e le permita
a la
Adm
inistra
ción
Mun
icipal definir las no
rmas
gen
erales
y esp
ecífica
s qu
e en
materia de mov
ilidad
de
be ajustar el P
OT
en la
nue
va gen
erac
ión, com
o también
pod
er con
tar co
n todo
s los insu
mos
nec
esarios pa
ra la
elabo
ración
de los plan
es de de
sarro
llo
loca
les de
cad
a pe
ríodo
de go
bierno
.
628 DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS
2.5.
Hábita
t Ru
ral
2.5.1.
Diná
mica de
Ocu
pación
Directrices
Lineamientos
Criterios Metodológicos
Todo Plan Especial Rural por ser un
instrumento complementario del POT debe
atender lo dispuesto en el componente general
sobre
el modelo
de ocupación
y lo
específicamente ordenado para el componente
Rural, Objetivos y Políticas.
Densidades Máximas en el Suelo Rural: M
ientras
se ad
opta un
a nu
eva
reglam
entación
co
n la
Autorid
ad A
mbien
tal,
las
prop
uestas
se
ajus
tarán
estrictam
ente a ellas pa
ra nue
vos de
sarro
llos y se
fle
xibilizarán
pa
ra
el
reco
nocimiento
de
las
pree
xisten
cias
a m
enos
que
se
trate d
e vivien
da
loca
lizad
a en
alto
riesg
o y su
jeta a
reu
bica
ción
o
política de
reas
entamiento.
• ••• El área de Planeamiento
del
PER
Corregimen
tal es
el territorio
Corregimen
tal y
del
PER de
Detalle pa
ra los
políg
onos
en
las
interven
cion
es en
las
cuales
se
ob
liga
éste
instrumen
to de
plan
eación
, se
rá de
l resp
ectivo
políg
ono de
limita
do en el POT. En todo
s los PE
R el
Modelo de Ocupación
es
el p
rimer e
jercicio d
e an
álisis esp
acial a
l cua
l se de
be lleg
ar, lue
go de la
evalua
ción
de
l co
mpo
nente
gene
ral y
rural de
l PO
T, la
clasific
ación de
l sue
lo y la
con
figurac
ión de
los
sistem
as e
structuran
tes
del territorio
, ad
emás
de
la ca
racterizac
ión
detallada
de
l sistem
a de
as
entamientos
y la
viviend
a rural.
• ••• Las escalas de planificación
y ge
stión
del
mod
elo
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ción
y d
ensida
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o 1:5.00
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el P
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tal o
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cífica.
La
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o de
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urba
niza
ción
e impa
cto
de la
expa
nsión urba
na en el esp
acio ru
ral.
La revisión y ajuste del POT en el componente
estructural y de largo plazo, deberá replantear
la clasificación del suelo en especial el rural
agrario o mixto y el suburbano, éste último a
partir del umbral máximo de suburbanización
diferenciada entre centralidades suburbanas,
corredores suburbanos y áreas suburbanas
sobre las cuales el uso principal será el
residencial y
la tipología de vivienda
campesina, con participación diferencial de la
parcelación de recreo o vivienda campestre.
Dicha clasificación y diferenciación del suelo
suburbano, debe atender los
hechos o
preexistencias del territorio singulares en cada
corregimiento, así como las potencialidades y
nuevos roles o jerarquías que se jugarán en el
sistema
de asentamientos corregimental,
municipal y regional.
El co
nten
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gene
ral
de los
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corre
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a la
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s de
Prese
rvac
ión
de Infraes
tructura
-AP
I- y Mac
roproy
ectos no
previstos
en el POT.
629 DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS
Directrices
Lineamientos
Criterios Metodológicos
Las Unida
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ión
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del
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tamiento,
la
titulac
ión,
reco
nocimiento
de
edifica
cion
es y el rea
juste de
tierras.
Establecer una propuesta efectiva del modelo
de ocupación sobre el Borde Urbano-Rural
para contener la expansión urbana e indicar el
sistema de relaciones en la frontera con otros
municipios o corregimientos e impacto en los
asentamientos rurales
veredales
y la
centralidad (es) corregimental (es).
Los
PER
corre
gimen
tales
debe
rán
hace
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, para
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La Igua
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rá prio
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a lo
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lígon
os
630 DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS
Directrices
Lineamientos
Criterios Metodológicos
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red
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solid
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ncial.
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o-rural.
En Santa Elena ha
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s su
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arqu
e AR
VÍ y la
s AP
I ide
ntifica
das.
2.5.2.
Hábita
t de
la Viviend
a y en
Ent
orno
Directrices
Lineamientos
Criterios Metodológicos
Privilegiar y
otorgar mayor nivel de
prevalencia a la vivienda campesina respecto
al avance y participación de la vivienda
campestre o parcelación de recreo en las
áreas suburbanas, centralidades y corredores
suburbanos.
Iden
tificar las
áreas
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urba
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en las
cua
les
se
hará énfas
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interés so
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sina
y
la 1ª
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rural
• ••• Lo
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a de
dos
pisos
máx
imo
de
altura, s
istemas
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s y cu
biertas resisten
tes
631 DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS
Directrices
Lineamientos
Criterios Metodológicos
a ve
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ales
, vien
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fuertes, in
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os.
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gua
lluvia,
reutiliz
ación
de
agua
s grises
, sistem
as
de
iluminac
ión y ve
ntila
ción
.
Articular la política del suelo rural y las
propuestas de los Planes Especiales Rurales -
PER- con el Plan Estratégico Habitacional en
el componente Rural, el cual debe alinear los
objetivos,
metas
y programas
de
sostenibilidad del hábitat, cobertura, calidad,
gestión del suelo, legalización o titulación,
asequibilidad financiera, fortalecimiento de la
organización social y los instrumentos de
gestión para acceder a vivienda de interés
social rural, en especial hacer operativo el
Sistema Habitacional Rural, el cual establece
otros actores y competencias diferentes a la
vivienda urbana.
Los es
tánd
ares
mínim
os de ca
lidad
de la viviend
a y
el entorno
de la viviend
a rural, de
ben se
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orma
básica
qu
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a PE
R de de
talle
en los resp
ectivos
po
lígon
os.
Los PER deberán identificar la vivienda rural
afectada
por
macroproyectos
de
infraestructura y localización en riesgo que
incrementa la demanda de áreas residenciales
en suelo
seguro y
nuevas soluciones
habitacionales de desarrollo prioritario. A su
vez harán énfasis en el Mejoramiento Integral
del Hábitat Rural en todas las tipologías y
cada uno de los factores de calidad de la
vivienda y el entorno, especialmente en la
titulación, confinamiento estructural, agua
potable y saneamiento.
Los
estánd
ares
mínim
os
del
sistem
a de
co
nectividad
rural-rural y
del
espa
cio
público
efec
tivo
cons
truido
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eneral, también
deb
en ser
regu
lado
s de
form
a ge
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en
el
PER
Corregimen
tal y
de man
era es
pecífica en
los PE
R
de Polígon
o o Detalle a que
hay
a luga
r.
632 DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS
Directrices
Lineamientos
Criterios Metodológicos
La Posada Turística Campesina debe ser
reconocida como
un tipo
de vivienda
campesina que a su vez es unidad productiva
y también podrá aplicar como vivienda de
interés social rural -VISR- y patrimonio
familiar, para acceder a varios mecanismos e
instrumentos de gestión social, territorial y
sectorial, en los programas de agro y
ecoturismo.
En San Sebastián de Palmitas y Santa Elena el énfas
is se ha
rá en la viviend
a ca
mpe
sina
y con
solidac
ión de
las ce
ntralidad
es corregimen
tales su
burban
as,
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los atrib
utos
de ca
lidad
en es
pecial la
tene
ncia, la se
gurid
ad estructural, a
gua po
table y sa
neam
iento.
En San Cristóbal y San Antonio de Prado, el é
nfas
is estará en
protege
r la viviend
a ca
mpe
sina
existen
te y m
ejorar la
s co
ndicione
s de
calidad
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a y so
bre los Bo
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Urban
o-Rurales
. En
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is será el rec
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imiento de
la in
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no y sub
urba
no, su
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de los factores
de may
or criticidad
com
o la
loca
lizac
ión en
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go, a
cces
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ad y m
ovilid
ad pea
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l en el esp
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ión minera o co
linda
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de co
mpe
nsac
ión co
n las área
s reside
nciales su
burban
as y ru
rales.
2.6.
Serv
icios Pú
blicos
Directrices
Lineamientos
Criterios Metodológicos
El gobierno municipal conjuntamente con la
autoridad ambiental,
debe promover la
investigación y desarrollo de tecnologías
alternativas
que
garanticen
mejor
aprovechamiento de los recursos, disminuya
la presión
sobre
éstos
y garantice
la
sostenibilidad de los respectivos sistemas:
• As
egurar
adec
uada
s co
ndicione
s de
sa
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iento a toda
s las ac
tividad
es e in
stalac
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s en
el territorio.
• Im
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dos po
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• ••• La
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servicios
públicos
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te
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ia
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cial,
servidum
bres
pú
blicas
o
privad
a,
dond
e se
633 DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS
Directrices
Lineamientos
Criterios Metodológicos
para ser los ejes ordenadores de los planes
maestros
de servicios
públicos rurales.
Ampliar
las
coberturas y
la calidad,
optimizando los sistemas tecnológicos y los
costos de operación de los servicios.
energía
• Des
arrollar la infraes
tructura
requ
erida
para e
l tra
tamiento
loca
l de
los
residu
os só
lidos
co
mo
iden
tificar
los
sitio
s de
ac
opio,
sepa
ración
, tra
nsform
ación y reciclaje.
• Es
timular proc
esos
de
reco
lecc
ión
de ag
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lluvias
en las vivien
das pa
ra re
ducir la de
man
da de
uso de
acu
educ
tos qu
e requ
ieren bo
mbe
o pa
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distrib
ución de
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a • En
Ges
tión, edu
cación
a lo
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uario
s.
• Cap
acita
ción
a los
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comun
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rvicios
ambien
tales
comun
itaria
s qu
e se
gen
eren
. • Es
timulo
y fin
anciac
ión
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esarrollo y
uso
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tecn
olog
ías alternativas
Saneamiento. En
servicios
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el
tema
prioritario es el san
eamiento, pue
s la calidad
en el
mismo
aseg
ura
fuen
tes
de ag
ua qu
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charse
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un
tratamiento
men
os com
plejo
(con
men
ores
requ
erim
ientos
fina
ncieros).
Los sistem
as san
itario
s se
cos so
n un
a alternativa
exce
lente
pues
red
ucen
el co
nsum
o de
agu
a y
hace
n muy
sen
cilla
s las ac
tividad
es de sa
neam
iento
básico
. Se co
ncluye
que
el s
anita
rio eco
lógico
sec
o es
una
opc
ión
saluda
ble
al trans
form
ar la
excreta
human
a en
un
prod
ucto inoc
uo pa
ra la sa
lud
individu
al y com
unita
ria. 5
Agua Potable. L
a distrib
ución
de a
gua
potable
a tra
vés de
acu
educ
tos tecn
ifica
dos no
obe
dece
a la
garantice
la func
iona
lidad
y
facilidad
en
el
man
tenimiento y la ope
ración
. • •••
La
im
plem
entación
de
se
rvicios
públicos
en
zo
nas su
burban
as o de alto riesg
o mitiga
ble o no
, o en
una
zo
na de protec
ción
, deb
erá ce
ñirse a lo
estip
ulad
o en
el PO
T y
de
conformidad
con
lo
establec
ido en
la Ley
99 de
1.993
y la
Ley
142
de
1.99
4.
• ••• Tratán
dose
de
zona
s co
n us
o de
protección
o man
ejo am
bien
tal, no
se pe
rmitirá la
ubica
ción
de
rede
s qu
e aten
ten
contra ellas
o les
gene
ren
impa
ctos
neg
ativos
, o
no cue
nten
con
la
licen
cia
ambien
tal
o plan
de
man
ejo
corre
spon
dien
te,
cuan
do a
sí s
e requ
iera d
e co
nformidad
con
las
disp
osicione
s vige
ntes
. La
s rede
s de
los se
rvicios
públicos
no
po
drán
ob
stac
ulizar
los
desp
laza
mientos
y
la libre circulac
ión
de los
peaton
es y de los diferentes
med
ios de
tran
sporte.
• ••• La
loca
lizac
ión, m
anejo y op
erac
ión de
relleno
s sa
nitario
s de
con
tinge
ncia, plan
tas de
tratamiento
de
basu
ras
esco
mbreras
incine
rado
res
para
dese
chos
só
lidos
y
relle
nos
sanitario
s de
co
ntinge
ncia, es
tarán
acorde
con
los
criterios
de
las
área
s po
tenc
iales
defin
idas
po
r el PG
IRS
Reg
iona
l pa
ra la loca
lizac
ión
de las
zona
s de
se
rvicios am
bien
tales
Identificar en los PER corregimentales los
requerimientos de suelo
para nuevas
infraestructuras en los diversos servicios
públicos como Áreas de Preservación de
Infraestructura -API- (plantas de tratamiento
de aguas residuales solo en las centralidades,
tanques de almacenamiento, distribución y
potabilización solo para las centralidades,
ubicación de sistemas de telecomunicaciones
locales, viabilidad y localización de estaciones
energéticas solares o eólicas etc.)
5 Res
eña: G
uerre
ro Herná
ndez
María T
eres
a, F
ritch
e Ta
miset Jan
, Martín
ez Zúñ
iga Raú
l, Herná
ndez
Molinar Yolan
da. Diseñ
o y co
nstru
cción de
san
itario
s ec
ológ
icos
sec
os en
área
s rurales Rev
Cub
ana Sa
lud Púb
lica 20
06; 3
2 (3) :
634 DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS
Directrices
Lineamientos
Criterios Metodológicos
lógica
del des
arrollo ru
ral, do
nde el agu
a tie
ne uso
s múltip
les.
Las
activ
idad
es
rurales
deman
das
gran
des ca
ntidad
es de ag
ua no po
table. SE su
giere
implem
entar mec
anismos
de
distrib
ución
de a
gua
para m
últip
les us
os y e
duca
r a
la p
oblación
en
el
tratamiento ca
sero del agu
a pa
ra la
coc
ina y el ase
o pe
rson
al. L
as viviend
as cam
pesina
s tie
nen ad
emás
gran
des
oportunida
des
de au
toab
astecimiento
a tra
vés
de ag
uas
lluvias
, na
cimientos
prop
ios
o fuen
tes
cercan
as.
(Ane
xo:
Doc
umen
to
sobre
sistem
as de ag
ua para us
o múltip
le)
Energía. E
n las área
s rurales se
req
uiere co
ntinua
r redu
cien
do los
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de
l se
rvicio de
en
ergía
eléc
trica
para
la p
oblación
rural, ha
cer ca
mpa
ñas
para su
uso
racion
al y b
usca
r fuen
tes alternativas
(m
icroce
ntrales,
energía
solar,
cons
truccione
s bioc
limáticas
es
pecialmen
te pa
ra el cu
ltivo
de
flo
res). E
l acc
eso a es
te servicio de
man
da entre el
15 y el 2
0% de un
salario m
ínim
o pa
ra la
s familia
s.
Participación
Comunitaria.
La
participa
ción
co
mun
itaria
en
la a
dministra
ción
de
la p
restac
ión
del s
ervicio de
acu
educ
to es un
a tra
dición
que
deb
e co
nserva
rse. E
stá
demos
trado
que
ello
no
sólo
forta
lece
el tejido so
cial sino qu
e ge
nera eficienc
ia
en la
s ac
tividad
es ope
rativas
y adm
inistra
tivas
.
Telecomunicaciones.
Las
tecn
olog
ías
inalám
bricas
son
una
excelen
te o
portu
nida
d pa
ra
mas
ifica
r el acc
eso a las teleco
mun
icac
ione
s en
la
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rural.
Residuos Sólidos. El tratamiento
de los
res
iduo
s de
be ser loc
al. Es
nec
esario sep
arar los
res
iduo
s
635 DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS
Directrices
Lineamientos
Criterios Metodológicos
segú
n su
s ca
racterísticas
, ob
tene
r su
máx
imo
aprove
cham
iento
y disp
oner loca
lmen
te de
los
dese
chos
fin
ales
pa
ra
redu
cir
deman
das
energé
ticas
en tra
nspo
rte.
Prom
over el en
cade
namiento
de los
diferentes
residu
os que
se prod
ucen
en el corregimiento pa
ra
el aprov
echa
miento en
hue
rtas ca
seras y a nive
l de
agroindu
stria
s y so
lares ag
roec
ológ
icos
.
Palmitas: P
oten
cializar la
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ídric
a pa
ra a
utoa
bastec
erse
y o
frece
r el rec
urso
a la
deman
da turística
de S
an Jerón
imo. C
lave
s: san
eamiento
básico
, protec
ción
de la cue
nca, uso
racion
al, c
onstrucción de
tanq
ues de
alm
acen
amiento.
Aprove
char el p
oten
cial hidroeléc
trico
en la cue
nca de
la S
ucia con
struye
ndo microce
ntrales pa
ra el a
utoa
bastec
imiento y la exp
ortación
de en
ergía eléc
trica
. Pa
ra el u
so en los tra
pich
es fo
men
tar la en
ergía co
n rued
as Pelton o otras fuen
tes alternativas
San Cristóbal: Es
timular el d
esarrollo de técn
icas
que
permita
n la aplicac
ión de
prin
cipios
de la bioclim
ática a la con
strucc
ión de
inve
rnad
eros
con
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or
deman
da de en
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trica
. Es
timular proce
sos de
reco
lección de
agu
as lluv
ias en
las vivien
das pa
ra re
ducir la de
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da de us
o de
acu
educ
tos qu
e requ
ieren bo
mbe
o pa
ra la
distribu
ción
de
agua
. Fom
entar los
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de rie
go com
unita
rios co
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ejo ad
ecua
do de agu
as.
Fomen
tar o
tras fuen
tes en
ergé
ticas
para los cu
ltivo
s de
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de man
era qu
e es
te cos
to no im
plique
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or gan
ancia y de
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galidad
. Prog
ramar re
ubicar viviend
as don
de es im
posible ga
rantizar lo
s se
rvicios sa
nitario
s ya
sea
por con
dicion
es de sa
lubridad
y ries
go o por que
la cota de
servicios
no
lo permite
. Altavista: D
ado el alto
índice
de es
case
z de
la cue
nca de
la Q
. Alta
vista y la alta
tasa
de crec
imiento en
la pob
lación
Des
arrollar c
ampa
ñas efec
tivas
para lograr
un uso
más
eficiente de
l rec
urso
hídric
o (re
ducción en
el con
sumo, re
circulac
ión de
agu
as gris
es, rec
olec
ción
de ag
uas llu
vias
).
636 DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS
Directrices
Lineamientos
Criterios Metodológicos
Prog
ramar re
ubicar viviend
as don
de es im
posible ga
rantizar lo
s se
rvicios sa
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s do
nde es
impo
sible ga
rantizar lo
s se
rvicios sa
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s ya
sea
, por con
dicion
es
de salub
ridad
y ries
go, o po
rque
la cota de
servicios
no lo permite
. San Antonio de Prado: D
esarrollar c
ampa
ñas efec
tivas
para lograr un us
o más
eficiente de
l rec
urso
hídric
o (re
ducción en
el c
onsu
mo, re
circulac
ión de
agu
as
grises
, rec
olec
ción
de ag
uas llu
vias
) dad
a la alta
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de crec
imiento en
la pob
lación
. Prog
ramar re
ubicar viviend
as don
de es im
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rantizar lo
s se
rvicios sa
nitario
s ya
sea
por con
dicion
es de sa
lubridad
y ries
go o por que
la cota de
servicios
no
lo permite
. Santa Elena: D
esarrollar ca
mpa
ñas efec
tivas
para lograr un us
o más
efic
iente de
l rec
urso
hídric
o (re
ducción en
el c
onsu
mo, rec
irculac
ión de
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as gris
es,
reco
lección de
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as lluv
ias) dad
o el alto
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de es
case
z de
la cue
nca de
la Q
. San
ta Elena
y la
alta
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de crec
imiento en
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lación
. Prog
ramar re
ubicar viviend
as don
de es im
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rantizar lo
s se
rvicios sa
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s, ya se
a po
r con
dicion
es de sa
lubridad
y ries
go, o
porqu
e la cota de
servicios
no
lo permite
. 3.
Estr
uctu
ra Soc
ioec
onóm
ica y Cu
ltur
al
Las directric
es gen
erales
orie
ntad
as a la
Estructura So
cio-Ec
onóm
ica en
el O
rden
amiento Te
rritoria
l, se
bas
an en la nec
esaria
articulac
ión de
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de de
sarro
llo rural sob
re la
ges
tión am
bien
talm
ente sos
tenible de
los recu
rsos
naturales
, la prod
ucción
ec
onóm
ica
con
inco
rporac
ión de
valor agreg
ado
e inve
stigac
ión
de tec
nologías
aprop
iada
s, la
produ
ctividad
y com
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sistém
ica, la
seg
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y sob
eran
ía alim
entaria
y la
equ
idad
e in
clus
ión so
cial de la pob
lación
en los be
neficios de
l des
arrollo.
Las D
irectric
es G
enerales
se es
tablec
en en el m
arco
de las nu
evas
fun
cion
es y relac
ione
s de
la ruralidad
en los diferentes
ám
bitos el corregimen
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litan
o y region
al, c
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integrac
ión crec
iente de
los es
pacios
urban
os, s
uburba
nos y rurales,
que marca
n la fu
erte in
terdep
ende
ncia sistémica en
tre ellos; en la con
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rane
idad
hay
multip
licidad
de nu
evas
func
ione
s de
l su
elo
rural vinc
ulad
as al de
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llo ag
rícola, pe
cuario, forestal, ag
roindu
stria
l, minero, artesa
nal,
de se
rvicios, turis
mo,
espa
rcim
iento, cultura, inve
stigac
ión y co
nserva
ción
de la biodive
rsidad
, los recu
rsos
naturales
y el p
atrim
onio, en
tre ellos el
paisaje cu
ltural.
637 DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS
La E
structura So
cioe
conó
mica y Cultural e
n el com
pone
nte de
orden
amiento territoria
l rural, d
esarrolló
las mac
rova
riables
de la
Estru
ctura y Dinám
ica Po
blac
iona
l, Es
tructura y Dinám
ica Ec
onóm
ica, el P
atrim
onio H
istóric
o Cultural y
la G
estió
n de
l Turismo,
por su
aso
ciac
ión directa co
n el m
odelo de
ocu
pación
en es
a es
trech
a relación
pob
lación
-territorio
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uerdo co
n el
compo
rtamiento de
las va
riables
y te
nden
cias
, se co
nsideraron
las sigu
ientes
, Dire
ctric
es, L
inea
mientos
y C
riterios ge
nerales, en
algu
nos ca
sos co
n én
fasis po
r las
singu
larid
ades
corregimen
tales.
La d
inám
ica
poblac
iona
l en
metrópo
lis q
ue sigue
n sien
do las
prin
cipa
les atractoras
de
poblac
ión
rural de
la
región
bajo
su
influ
encia, es un
a va
riable es
tructural m
uy dinám
ica y a la vez
de gran
inercia qu
e no
se tra
nsform
a sino
en largos
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tes
tempo
rales, lue
go d
e proc
esos
sistemáticos
y c
ontin
uos
de interve
nción. Igu
almen
te la
base
eco
nómica
prod
uctiva
y su
s va
riables
mac
roec
onóm
icas
, tam
poco
son
sen
sibles
y flex
ibles al orden
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r la vía de
las po
líticas
territoria
les, dad
o qu
e es
tá prin
cipa
lmen
te re
gida
por la
s po
líticas
globa
les de
merca
dos, sin emba
rgo de
sde la persp
ectiva de
l mod
elo de
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endó
geno
, el territorio es un
factor poten
cial de de
sarro
llo ta
n releva
nte co
mo los otros factores
eco
nómicos
(la tie
rra, e
l cap
ital
mon
etario, físico, te
cnológ
ico, soc
ial y hum
ano).
Los linea
mientos
de
política
de d
esarrollo rural p
lasm
ados
en
el D
istrito R
ural (Ac
uerdo
16 d
e 20
07) co
mo
instrumen
to d
e ge
stión, con
el o
bjetivo de
mejorar lo
s Índice
s de
Des
arrollo H
uman
o y Calidad
de Vida
, med
iante la atenc
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s ho
gares
rurales
y la a
sisten
cia
técn
ica
agrope
cuaria, de
be a
mpliar su
actua
ción
y c
obertura c
on inc
remen
to s
ustanc
ial y
sosten
ido de
l Gas
to P
úblico So
cial, inv
ersion
es en proy
ectos prod
uctivos
con
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pres
arial, infra
estru
cturas
de so
porte
y
gene
ración
de instrumen
tos fisca
les de
ince
ntivo, sub
sidio y créd
ito bland
o co
n el ban
co de las op
ortunida
des. C
on la
creac
ión
del D
istrito A
grario R
ural de Med
ellín
se preten
de la
con
solidac
ión de
las área
s de
des
arrollo agrop
ecua
rio, la protec
ción
de la
econ
omía cam
pesina
y la
seg
uridad
alim
entaria
, objetivos
com
unes
al P
OT.
En el P
lan de
Des
arrollo 200
8-20
10 la
defen
sa de la Eco
nomía C
ampe
sina
y de los pa
isajes
rurales ca
mpe
sino
s co
mo pa
trimon
io
a co
nserva
r, lleva
en sí m
ismo, un gran
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te a la
s nu
evas
realidad
es urban
o rurales qu
e pres
entan los Corregimientos
de
Med
ellín
y en es
pecial el inc
remen
to en la ren
ta de la tierra y la
sub
división
de pred
ios muy
por deb
ajo de
l tam
año de
las UAF
es
tablec
idos
por el INCODER
para Med
ellín
. La inviab
ilidad
de la eco
nomía cam
pesina
por sí m
isma, plantea
nec
esariamen
te el
hech
o de
que
hac
erla sos
tenible, re
quiere de su
bsidios o tra
nsferenc
ia de recu
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de afue
ra del sistema prod
uctivo.
El P
rogram
a de
Empren
dimiento
a su
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plantea
: Con
solidar los
Cen
tros de
Des
arrollo E
mpres
arial Zo
nal -C
edez
o- com
o incu
bado
ras de
empres
as y c
entro
s de
articu
lación
de
los circuitos
y ca
dena
s prod
uctivas
loc
ales
de
nues
tras
comun
as y
638 DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS
corre
gimientos
. Po
r su
parte e
l Plan de
Des
arrollo T
urístico
Corregimen
tal, men
cion
a prop
uestas
esp
ecífica
s de
interven
ción
he
chas
por cad
a co
mun
idad
en pro de
forta
lece
r la ac
tividad
turís
tica a tra
vés de
los sigu
ientes
proye
ctos
soc
iales y cu
lturales:
•
Rec
uperac
ión de
la agricultura trad
iciona
l,
•
Con
certa
ción
de un
program
a de
piscicu
ltura in
tegral que
gen
ere un
a ca
dena
produ
ctiva de
truc
ha.
•
Asistenc
ia téc
nica
califica
da, co
n el fin de mejorar la
produ
ctividad
de las fin
ca des
de una
persp
ectiv
a de
planificac
ión
participa
tiva.
También
tien
e co
mo prog
ramas
soc
iales im
pulsar y con
solidar exp
erienc
ias co
mo La
Escue
la N
ueva
, el S
istema de
Apren
diza
je
Tutoria
l (SA
T), los
Proye
ctos
Ambien
tales Es
colares PR
AES, La Cáted
ra Territorio, la Mae
stría
en Ag
roec
olog
ía y el D
iplomad
o en
Edu
cación
y D
esarrollo R
ural Sos
tenible, com
o prog
ramas
sus
ceptibles de
gen
erac
ión de
dinám
icas
seg
ún lo
s requ
erim
ientos
de
cad
a co
rregimiento.
La Estructura So
cio-Ec
onóm
ica en
los Plan
es Esp
eciales Rurales
se en
marca
en los Artíc
ulo 5°
y El A
rtícu
lo 7° de
los principios
rectores
del P
OT, sob
re la
sos
tenibilidad
del te
rritorio
, la reva
loriz
ación de
lo rural y la
con
tribu
ción
que
dicho
esp
acio hac
e al
sistem
a de
la
ciud
ad, de
sde
la p
rotección
y co
nserva
ción
de
los ec
osistemas
estratégico
s, e
l pa
trimon
io n
atural y cultural;
dina
mizar la
eco
nomía lo
cal, co
n un
enfoq
ue claro de ge
neración
de em
pleo
y de mejoram
iento de
ingres
os fa
milia
res.
Los es
pacios
rurales
req
uieren
de po
líticas
de de
sarro
llo, e
n las qu
e se
com
bine
n las med
idas
enc
aminad
as al a
umen
to de la
compe
titividad
del sec
tor ag
rario
y al fom
ento de ac
cion
es de claro co
nten
ido territoria
l y soc
ial. El proce
so del des
arrollo deb
e en
tend
erse
com
o un
a po
sibilidad
de co
nexión
entre la
s co
mun
idad
es ru
rales med
iante relacion
es eco
nómicas
y soc
iales muc
ho
más
estab
les co
n el m
edio urban
o.
En términos
gen
erales
la Política de Desarrollo Rural p
ara
Med
ellín
deb
erá
tene
r co
mo
punto
de p
artid
a las
sigu
ientes
orientac
ione
s:
•
Con
side
rar la integrac
ión crec
iente de
los es
pacios
urban
os y ru
rales
•
Integrar en las po
líticas
de de
sarro
llo rural la
s preo
cupa
cion
es por la
ges
tión so
sten
ible del ambien
te y de los recu
rsos
na
turales.
•
Con
side
rar la m
ultip
licidad
de
nuev
as fun
cion
es d
el s
uelo rural v
incu
lada
s al d
esarrollo a
grícola, p
ecua
rio, forestal,
agroindu
stria
l, artesa
nal, de
servicios
, turismo, esp
arcimiento, cultura, inv
estig
ación, y con
servac
ión de
la biodive
rsidad
y
de lo
s recu
rsos
naturales
.
639 DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS
•
Prom
over el d
esarrollo y la
inve
stigac
ión de
tecn
olog
ías ap
ropiad
as al d
esarrollo de la produ
cción rural.
•
Prom
over asp
ectos de
com
petitividad
, sus
tentab
ilidad
de recu
rsos
naturales
, seg
uridad
y sob
eran
ía alim
entaria
, equ
idad
e
inclus
ión so
cial para la pob
lación
de los co
rregimientos
. •
Ince
ntivar la
s ac
tividad
es no ag
rícolas
com
o ge
nerado
ras de
empleo
e in
gres
os para la pob
lación
rural.
•
Definir ince
ntivos
fiscales
, trib
utarios y so
ciales
para la promoc
ión de
las ac
tividad
es ru
rales co
n én
fasis en
la produ
cción
agrope
cuaria, a
groind
ustrial y fo
restal.
•
Inco
rporar la
s nu
evas
tecn
olog
ías de
inform
ación y co
mun
icac
ión al des
arrollo ru
ral.
•
Forta
lece
r la p
olítica
de
desa
rrollo rural p
ara
los
corre
gimientos
de
Med
ellín
, med
iante
la implem
entación
de
un
obse
rvatorio d
el d
esarrollo rural, qu
e le s
irva
de s
oporte a
cadé
mico, téc
nico
y o
rgan
izativo, a
los
actores
soc
iales
vinc
ulad
os al d
esarrollo corregimen
tal (se
ctor púb
lico, priv
ado y co
mun
itario
).
•
Prom
over la
con
strucción de
cap
ital soc
ial y te
jido em
pres
arial com
o so
porte
del des
arrollo ru
ral.
•
Prom
over una
edu
cación
con
textua
lizad
a qu
e ge
nere in
terés y co
mpe
tenc
ias ap
ropiad
as para de
sempe
ñarse en
la nue
va
realidad
rural.
•
Prom
over acu
erdo
s en
tre autoridad
es civiles, ambien
tales, hab
itantes
rurales
y fue
rza pú
blica pa
ra evitar la exp
ansión
urba
na sob
re la
fron
tera agrícola y zo
nas de
alto
ries
go.
•
Valoración
eco
nómica y co
mpe
nsac
ión de
territorio
s qu
e prov
een bien
es y servicios
ambien
tales.
El m
odelo de
organ
izac
ión es
pacial o proyecto de ciudad, definido en
el P
lan de
Orden
amiento Te
rritoria
l (A
rtícu
lo 12°
) define
como co
mpo
nentes
del m
odelo y qu
e co
nstituy
en dire
ctric
es de orde
namiento en
el territorio ru
ral, los sigu
ientes
: •
Una
zon
a rural c
on alta
produ
cción am
bien
tal, qu
e cu
mple un
a func
ión ec
ológ
ica eq
uilibrante pa
ra el m
unicipio y el á
rea
metropo
litan
a, c
on u
na e
ficiente
actividad
agrop
ecua
ria tradicion
al, oferta e
coturís
tica, s
uficiente
dotación
de
vías
y
equipa
mientos
para su
des
arrollo in
tegral y ade
cuad
a articulac
ión co
n el área urba
na.
•
Uno
s bo
rdes
de protec
ción
o cinturone
s ve
rdes
de co
nten
ción
, resp
ecto de la presión
que
ejerza la exp
ansión
urban
a so
bre los ex
tremos
sup
eriores de
las lade
ras oriental y occiden
tal.
A su
vez
, el A
cuerdo
16 de
200
7 qu
e prop
one la creac
ión de
l Distrito Rural en los corregimientos de Medellín
, Ado
pta co
mo
Principios
que
orie
ntarán
la Política
de Des
arrollo
Rural para los co
rregimientos
de Med
ellín
, los
siguien
tes:
•
El ser hum
ano es
el cen
tro del des
arrollo sos
tenible y su
sten
table
640 DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS
•
El valor del te
rritorio
rural e
stá da
do por su ap
orte a la
coh
esión territoria
l y re
gion
al, a
la coh
esión ec
onóm
ica y so
cial, y
a
la sos
tenibilidad
ambien
tal.
•
La eco
nomía ru
ral se ba
sa en la equ
idad
, la inclus
ión so
cial, la so
beranía y se
gurid
ad alim
entaria
. •
Lo ru
ral e
s integral: a
mbien
tal, ec
onóm
ico, soc
ial, cu
ltural y
político
, y se co
nstru
ye des
de la
dem
ocracia y la participac
ión
ciud
adan
a.
•
Hac
er u
na V
alorac
ión
econ
ómica
de los
servicios
ambien
tales
en c
ada
uno
de los
corregimientos
. (In
strumen
tos
de
gestión)
El dec
reto 3.600
en su
artícu
lo 4 con
side
ra categ
orías de
protección en
sue
lo ru
ral, aq
uellas área
s pa
ra la
produ
cción ag
rícola y
gana
dera y de ex
plotac
ión de
recu
rsos
naturales
y estab
lece
que
no po
drá au
toriz
arse
actua
cion
es urban
ísticas
de su
bdivisión,
parcelac
ión o ed
ifica
ción
que
alte
ren o tra
nsform
en su us
o ac
tual. E
n es
tos se
incluy
en lo
s qu
e se
gún la clasificac
ión de
l IGAC
pe
rtene
zcan
a la
s clas
es I, II y III, o aq
uellas ne
cesa
rias pa
ra la
con
servac
ión de
los recu
rsos
de ag
uas, con
trol d
e proc
esos
eros
ivos
y zon
as de protec
ción
ambien
tal. La
EEP
sirv
e de
sop
orte a la
s ac
tividad
es soc
ioec
onóm
icas
El patrim
onio eco
lógico
es un
asu
nto qu
e de
be estar in
cluido
den
tro de la estructura ec
olog
ía prin
cipa
l mun
icipal com
o área
s bien
de
finidas
, pero requ
ieren un
aná
lisis y m
anejo de
sde lo soc
ial y
esp
ecialm
ente des
de el rec
onoc
imiento qu
e los po
blad
ores
ha
cen
de e
stos
lug
ares
para
establec
er con
un
nive
l de
detalle a
prop
iado
para
la e
scala
de los
Plane
s co
rregimen
tales su
es
tructura, carac
teriz
ación e iden
tificac
ión de
man
era es
pecífica y co
herente co
n el POT, lo
s plan
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rácter lo
cal o
region
al y con
toda
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osicione
s de
may
or je
rarquía.
Se deb
e bu
scar des
de la
s restric
cion
es de us
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uestas
de los diferentes
estud
ios la fo
rma de
arm
onizar la
s prop
uestas
ex
istentes
, en la m
ayoría de los ca
sos la sob
repo
sición
con
figu
ras de
con
servac
ión y protec
ción
obligan
a que
las prop
uestas
se
acojan
a lo
ya disp
uesto po
r la au
torid
ad ambien
tal.
Se deb
e incluir e
n los ejercicios
de plan
ifica
ción
del te
rritorio
que
se lleve
n a ca
bo en los co
rregimientos
, el p
atrim
onio históric
o –
cultu
ral co
mo
una
varia
ble
determ
inan
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n el a
nálisis y d
efinición
de p
ropu
estas pa
ra e
l orde
namiento
territoria
l rural, qu
e prom
ulgu
en por la
con
servac
ión, m
anejo y protec
ción
de los elem
entos arqu
itectón
icos
, arque
ológ
icos
, paisa
jísticos
, urban
ísticos
y etno
gráficos
con
valor de interés pa
trimon
ial.
641 DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS
Se deb
e co
nsiderar el p
atrim
onio te
rritoria
l com
o un
instrumen
to im
pres
cind
ible para reforzar la
iden
tidad
de los ha
bitantes
de los
cinc
o co
rregimientos
y, po
r ex
tens
ión, para atraer a visita
ntes
que
lo valoren
y disfru
ten, al p
ermitir un
a may
or proye
cción de
es
tos bien
es a trav
és del con
ocim
iento y el re
speto.
Para in
cluir los
resu
ltado
s de
l traba
jo sob
re patrim
onio en el Plan Es
pecial R
ural se requ
iere aco
ger los
están
dares es
tablec
idos
pa
ra la
Estructura Ec
ológ
ica Pr
incipa
l y en el cas
o de
los sitio
s a incluir en
los inve
ntarios de
biene
s de
interés pa
trimon
ial s
e requ
iere com
o mínim
o ev
alua
r y an
alizar la
s va
riables
que
se co
nsideran
en las ba
ses de
datos
man
ejas
por el m
unicipio, e
n todo
s los ca
sos de
be existir un
a ge
orreferenc
iación
de las área
s y sitio
s tra
bajado
s.
Los
Plan
es E
spec
iales
Corregimen
tales, d
eben
ide
ntifica
r aq
uellas
zona
s qu
e pres
entan
una
mejor “ap
titud
turística” y
las
ac
tividad
es u otro
s us
os com
patib
les co
n es
a ac
tividad
turís
tica, que
con
templen
la ejecu
ción
de ob
ras de
infra
estru
ctura qu
e sirvan
no
solo a
l se
ctor turismo, sino
que
repres
ente e
fectos
pos
itivo
s pa
ra o
tros se
ctores
con
side
rado
s co
mplem
entario
s y
compa
tibles.
Los resu
ltado
s de
la propu
esta de zo
nificac
ión turís
tica a tra
vés de
las ZD
TP, d
eben
inco
rporarse
a un marco
regu
latorio
a nivel
corre
gimen
tal, en
el c
ual q
uede
n es
tipulad
as la
s mod
alidad
es y proce
dimientos
de op
erac
ión, parám
etros pa
ra la
ejecu
ción
de
proy
ectos, re
stric
cion
es y tratam
iento es
pecial para inve
rsione
s ligad
as al turismo en
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turales y rurales.
Los Plan
es Esp
eciales de
ben im
plem
entar m
ecan
ismos
de ca
ptac
ión, re
gistro, o
rgan
izac
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inistro
de da
tos, estab
lecimiento
de in
dica
dores de
seg
uimiento y ejec
ución de
la estrategia turís
tica, ya qu
e toda
vía se
prese
ntan
deb
ilidad
es en los sistem
as de
inform
ación al servicio de
l turismo, tan
to en ám
bito reg
iona
l com
o loca
l. Un ejem
plo de
ello es la existen
cia en
Med
ellín
del
SITU
R, s
istema co
n prop
ósito
s interesa
ntes
pero aú
n co
n falenc
ias en
la re
colección de
la in
form
ación y el m
anejo de
la m
isma.
3.1.
Diná
mica y Es
truc
tura
de la Pob
lación
Directrices
Lineamientos
Criterios Metodológicos
Según lo expuesto en el Acuerdo 046 de 2006
que ajusta el POT de Medellín, se entiende en
los lineamientos generales, que la población
es el centro de sus decisiones y su bienestar
como el objetivo principal (línea 2) y da a
entender que el equilibrio y sostenibilidad de
Gen
erar las
cond
icione
s de
pe
rman
encia
de la
poblac
ión
rural y
supe
ración
de
las
cond
icione
s es
tructurales
de
pobrez
a o
vulnerab
ilidad
soc
ial,
med
iante la protección de
la viviend
a ca
mpe
sina
, la
unidad
ag
rícola
familia
r UAF
, las
unidad
es
agrope
cuarias
asoc
iativas
entre a
quellas
unidad
es
• ••• Con
solidar
un
sistem
a pe
rman
ente
de
inform
ación so
bre los co
rregimientos
(en
este ca
so
sobre
poblac
ión
rural)
y un
ob
servatorio qu
e pe
rmita
disp
oner de
inform
ación
actualizad
a en
relación
a la
estructura y mov
ilidad
pob
lacion
al.
642 DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS
Directrices
Lineamientos
Criterios Metodológicos
la ciudad, dependen de las interrelaciones con
la región, así como entre lo urbano y lo rural
(Línea 4).
El desarrollo debe pensarse en armonía con el
entorno y para las comunidades rurales
asentadas en dichos lugares
Garantizar una ocupación de los espacios
rurales en función de la capacidad de carga
de los territorios, de modo que no se pierda la
calidad de las condiciones de habitabilidad y
su carácter rural.
Evitar asentamientos de población en áreas
de alto riesgo o que no garanticen los
mínimas condiciones dignas de habitabilidad.
Establecer programas orientados a grupos
específicos de la población, en especial
aquellos de mayor vulnerabilidad. En este
sentido, visualizar el rol de la mujer en la
producción de alimentos y en el acceso al
control equitativo de los bienes y servicios del
territorio.
prod
uctivas
men
ores
a
la UAF
y
desa
rrolland
o ca
pital
human
o y
social,
espe
cialmen
te
orga
niza
cion
al en torno al des
arrollo lo
cal.
Adelan
tar
el prog
rama
de Rea
sentam
iento
de
Poblac
ión
loca
lizad
a en
zon
as d
e alto riesg
o no
recu
perable
(POT
Art 13
5°),
como
una
actuac
ión
integral p
rioritaria p
ara
garantizar la
protec
ción
de
las
vida
s hu
man
as,
la
salud
pública
y la
sosten
ibilid
ad ambien
tal.
• ••• Es
tructurar
y alim
entar
un
sistem
a de
inform
ación
perm
anen
te en
las
zona
s rurales,
dond
e se
iden
tifique
n los as
entamientos
hum
anos
tanto co
ncen
trado
s co
mo disp
erso
s y la estructura y
compo
sición
de
la p
oblación
. Es
ta informac
ión
es
vital a
fin de
realizar m
apas
dinám
icos
que
permita
n ev
alua
r área
s de
co
nflictividad
territoria
l y/o
de
oportunida
des
para el de
sarro
llo rural a
esca
la
loca
l. • •••
Dad
o qu
e la Inform
ación
que
se en
cuen
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disp
onible, p
rese
nta inco
nsistenc
ias en
las distintas
fuen
tes
(DAN
E, SISB
EN,
Cen
so Ag
rope
cuario,
ECV, etc) y
que
en algu
nos
caso
s ha
y su
b-
registros en
los da
tos, se de
be:
• ••• Es
tablec
er una
única
fuen
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ación pa
ra
los
estudios
qu
e se
ad
elan
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en
los
corre
gimientos
, en es
te cas
o la sum
inistra
da por el
SISB
EN al c
onside
rarla
com
o la m
ás ajustad
a a la
realidad
y
la qu
e may
or nú
mero
de va
riables
co
nsidera
para e
l an
álisis d
e la situ
ación
socio
– ec
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ica en
los Corregimientos
. • •••
Proc
urar com
plem
entar o ajus
tar la in
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ación
de la
pob
lación
por vered
as y/o sec
tores, en el cas
o de
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E pa
ra relac
iona
r y diferenc
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interio
r de
cad
a un
o de
los co
rregimientos
y en el
caso
de
la in
form
ación
SISB
EN com
plem
entar los
datos de
los es
tratos 4, 5 y 6.
• ••• Crear m
ecan
ismos
tend
ientes
a con
servar en su
tie
rra a
la po
blac
ión
rural,
evita
ndo
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El a
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de
la p
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, es un
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segm
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y en es
pecial a lo
s grup
os vulne
rables
(niño
s y niña
s, m
adres ca
beza
de
familia
, mad
res
lactan
tes,
tercera
edad
, discap
acita
dos
y po
blac
ión
en
situac
ión
de
desp
laza
miento).
Situación Socioeconómica
En
la
política
de
orden
nacional,
departamental y local, es clara la necesidad y
urgencia de mejorar las condiciones de vida
de la población y la intención de lograr
mayores niveles de equidad e inclusión
social, aún más apremiante en la ruralidad,
toda vez que es en el campo donde los
índices socio-económicos son mas críticos.
Con
servar
las
Artes
y oficios
ance
strales,
repres
entado
s en
un sa
ber y un
a cu
ltura trad
iciona
l co
n fuerte a
rraigo
al c
ampo
y a
formas
de
vida
ca
mpe
sina
s..
Rec
uperac
ión
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pcione
s de
empleo
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iante
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produ
ctivas
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as a
mejorar y
ha
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mpe
titivas
las
lab
ores
del c
ampo
y u
na
utiliz
ación
intens
iva
de man
o de
ob
ra y
de
tecn
olog
ías lim
pias
,
643 DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS
Directrices
Lineamientos
Criterios Metodológicos
Para lograrlo, es precisa una determinación
política decidida y resuelta a establecer
objetivos, estrategias
y programas que
busquen mejorar las condiciones de vida de
los pobladores rurales, mediante:
Una política encaminada a dinamizar la
economía local, con un enfoque claro de
generación de empleo y de mejoramiento de
ingresos familiares.
Una cobertura amplia de servicios públicos y
sociales (salud, recreación, agua potable,
fortalecimiento de organizaciones sociales,
etc). Calidad y cobertura de educación formal
y formación para el trabajo.
Gen
erar valor agreg
ado a la produ
cción ag
rícola y
pecu
aria, es
pecialmen
te en
la micro ca
dena
de
alim
entos, e
stim
ular la
inve
rsión
pública
y privad
a,
así c
omo el estím
ulo y ac
ompa
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esos
de
empren
dimiento y co
mercializac
ión o ap
ertura de
nuev
os m
erca
dos. A
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lación
con
las po
líticas
de
mujer y jó
vene
s rurales.
desp
lace
n a
la
ciud
ad
en
cond
icione
s de
prec
arieda
d y vu
lnerab
ilidad
. • ••• Im
pulsar y
cons
olidar ex
perie
ncias
como
La
Escu
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va, e
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tales
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olog
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o en
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y Des
arrollo
Rural
Sosten
ible,
como
prog
ramas
su
scep
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gen
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s requ
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En materia So
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ministra
ción
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icipal
debe
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iento
nutricion
al de
las
poblac
ione
s de
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caso
s recu
rsos
, en es
pecial lo
s niño
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servir de recurso turístico y cultural para
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El Programa de gobierno de la actual
Administración municipal en sus ejes y
programas, da un tratamiento especial a
objetivos sociales y donde los grupos de
mayor vulnerabilidad tienen prioridad.
Por una Medellín Solidaria, se enfoca a:
- Erradicación del hambre y la Seguridad
Alimentaria
- Atención integral a niños y niñas de 0 a 5
años
- Desarrollo y bienestar para el conjunto de
la población
- Mejorar los índices de Educación
- Salud con calidad.
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644 DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS
Directrices
Lineamientos
Criterios Metodológicos
- Ampliación de coberturas y servicios de
calidad para la tercera edad
- Paridad: Promoveremos la igualdad de
géneros y la autonomía de las mujeres
- Defenderemos y promocionaremos la
condición de juventud
- Por una Medellín diversa
Evita
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645 DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS
Directrices
Lineamientos
Criterios Metodológicos
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. En San Sebastián de Palmitas, San Cristóbal, Santa Elena y San Antonio de Prado, donde hay comunidades rurales afectadas por macroproyectos
regionales, se deben prever las medidas de reasentamiento y compensación a fin de proteger a moradores por las intervenciones territoriales.
3.2.
Diná
mica y Es
truc
tura
Eco
nómica
Directrices
Lineamientos
Criterios Metodológicos
Estructura y tenencia de la Tierra
En el tema de las densidades habitacionales,
el Artículo 424° del POT, busca que los
aprovechamientos constructivos en suelo
rural se establecen en concordancia con la
política de bajas densidades y con prevalecía
de la valoración de los aspectos ecológicos
del área rural.
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646 DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS
Directrices
Lineamientos
Criterios Metodológicos
• En relación Aprovechamientos en suelo
rural, el Artículo 428° con respecto a las
densidades en los suelos suburbanos se
regirán por lo que establezca Corantioquia,
de conformidad con lo señalado en la ley 99
de 1993.
• Frenar o
disminuir
el proceso
de
subdivisión o parcelación de predios, que
tal y como se viene presentando limita y
hace inviable la producción campesina.
• Conservar los predios que son propiedad
de instituciones públicas, como garantía de
uso racional y público, así como procurar
adquirir tierras que
sean de interés
ambiental.
• El alto nivel de ilegalidad de predios y de
viviendas es uno de los fenómenos que se
presenta
con
frecuencia
en
los
corregimientos y debe ser considerada una
estrategia o programa encaminado a su
solución como política pública de carácter
prioritario.
• Conservar un mínimo
de tamaño
de
predios, que permita mantener el carácter
rural de los corregimientos.
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El Artículo 425°. De las áreas mínimas de
lotes, busca
controlar una
subdivisión
exagerada de los lotes con el fin de que no se
afecten los usos del suelo ni se aumente la
densificación de las zonas rurales, así mismo
se evite la saturación de los acueductos y
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647 DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS
Directrices
Lineamientos
Criterios Metodológicos
sean las soluciones al saneamiento de las
aguas servidas.
El área mínima de los lotes para desarrollos
por
partición
o parcelación,
varía
dependiendo de aspectos tales como la
zonificación de usos generales del suelo y el
tipo de intervención posible. El área mínima
del predio será consecuente
con
las
densidades que
se establezcan
por la
autoridad competente y las normas que sobre
índice de ocupación y altura máxima y área
mínima de lote se determinen.
En suelo rural. La subdivisión predial en suelo
rural, diferente al suelo de protección y al
suelo suburbano, estará sujeta al tamaño
mínimo equivalente a la unidad agrícola
familiar UAF
acorde con
la actividad
predominante,
sea
de
explotación
agropecuaria o forestal.
En suelos suburbanos. Se establecerán los
tamaños mínimos de los
predios
en
concordancia con las densidades que se
establezcan
por la autoridad ambiental
competente para cada una de las áreas de
intervención.
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• En suelos de protección se considera
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y culturales.
648 DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS
Directrices
Lineamientos
Criterios Metodológicos
autoricen deben tener como propósito
apoyar programas de investigación en
materias propias de la zona, el turismo
ecológico o dirigido.
• En relación a las áreas de aptitud forestal el
Artículo 397, hace manifiesto que se trata
de terrenos de propiedad pública o privada,
reservados
exclusivamente
para
la
protección, mantenimiento y la utilización
racional de áreas forestales protectoras,
protectoras – productoras.
• Sobre el uso forestal protector, se trata de
zonas
que
debe
ser
conservada
permanentemente con bosques naturales o
artificiales. En esta área prevalece el efecto
protector y sólo se permite la obtención de
productos secundarios del bosque Excepto
aquellos predios que a diciembre 31 de
2004, presentan actividades agropecuarias,
las cuales se mantendrán.(Art 398)
• El uso forestal protector-productor, es una
zona que debe ser manejada priorizando la
conservación de los recursos naturales
renovables, puede ser objeto de actividades
de producción estableciendo
prácticas
adecuadas de conservación del suelo,
privilegiando dentro de cada actividad el
efecto protector.
• En relación al uso agropecuario, se trata de
terrenos aptos para el establecimiento de
actividades
productivas
agrícolas,
pecuarias, forestales y pesqueras, de mayor
productividad, con buenas perspectivas de
comercialización, que deberán contar con
formas de gestión adecuadas que pueden
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649 DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS
Directrices
Lineamientos
Criterios Metodológicos
incluir procesos adicionales que generen
valor agregado a la actividad productiva.
(Art 400)
• Frente al uso mixto, el Articulo 401 lo define
por la mezcla de actividades agropecuarias,
áreas
de
esparcimiento,
vivienda
campesina, vivienda campestre, donde
debe prevalecer el mantenimiento de un
paisaje caracterizado por bajas densidades
e índices de ocupación bajos y unas
actividades de producción primaria,
producción
agropecuaria
(agrícola,
pecuaria y forestal) de predominio.
• Se dará prevalecía a
la producción
(agrícola, pecuaria, pesquera y forestal, y a
las
edificaciones de apoyo
a su
funcionamiento.
• En cuanto a la Explotación de materiales,
el Artículo 402 las define como el área de
explotación
minera
con
destino
al
aprovechamiento de los recursos para la
industria la construcción. Al interior de
dicha zona se incluyen los frentes activos o
zonas de explotación, así como las zonas
de protección minero.
• Frenar y
revertir
la dinámica
de la
ampliación de frontera agrícola y pecuaria
sobre zonas de protección y conservación,
máxime cuando se hace sobre áreas con
vocación forestal.
• Se debe impulsar iniciativas encaminadas a
conservar paisajes agrícolas y pecuarios
tradicionales allí donde sea apropiado, así
como la cultura (saberes ancestrales) y
formas de producción campesina (en
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650 DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS
Directrices
Lineamientos
Criterios Metodológicos
especial la de alimentos).
• Conservar los usos del suelo propios del
campo, como contención a los procesos de
urbanización, estableciendo claramente y
de manera planificada las áreas y sus
funciones
• Garantizar la preservación de las áreas de
importancia ecológica estratégica, como
proveedoras
de bienes y
servicios
ambientales
3.600 Articulo 5 categorías de desarrollo
restringido,
• Capítulo 3 suelo rural suburbano Usos
localización Articulo 9 donde especifica la
definición de usos
• Articulo 12 normas aplicables para el
desarrollo de usos comerciales y de
servicios
• Articulo 13 Normas para usos industriales
• Capitulo 5 Áreas de actividad industrial en
suelo rural no suburbano.
Sistemas Productivos
En el marco de los lineamientos para la
política de desarrollo rural, el Acuerdo 16 de
2007 crea el Distrito Rural para los
corregimientos
de
Medellín,
como
instrumento de gestión, con el objetivo de
promover y coordinar acciones, programas y
proyectos orientados a mejorar los Índices de
Desarrollo Humano y de Calidad de Vida,
mediante una estrategia de atención integral a
los hogares rurales de los Corregimientos,
garantizando que dicha población fortalezca
su aporte a la producción rural y a la
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651 DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS
Directrices
Lineamientos
Criterios Metodológicos
conservación ambiental.
• Con la propuesta de la creación del Distrito
Agrario Rural de Medellín se pretende la
consolidación de las áreas de desarrollo
agropecuario, la protección de la economía
campesina y la seguridad alimentaria
• La poca opción de empleo, requiere de
generar
alternativas
productivas
encaminadas
a mejorar
y hacer
competitivas las
labores
del campo
mediante la utilización intensiva de mano
de obra y de tecnologías limpias, generar
valor agregado a la producción agrícola y
pecuaria, estimular la inversión pública y
privada, así
como
el estímulo
y acompañamiento
a procesos
de
emprendimiento.
• Hacer rentable (y conservar) la producción
de alimentos mediante el estímulo a las
actividades agrícolas y
pecuarias, el
mejoramiento de los sistemas y técnicas de
producción, el conocimiento y manejo de
las
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652 DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS
Directrices
Lineamientos
Criterios Metodológicos
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653 DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS
Directrices
Lineamientos
Criterios Metodológicos
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3.3.
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Directrices
Lineamientos
Criterios Metodológicos
Patrimonio Ecológico
Las áreas correspondientes al patrimonio
ecológico deben ser incluidas dentro de la
estructura ecológica
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654 DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS
Directrices
Lineamientos
Criterios Metodológicos
aquellos espacios naturales que por su valor
de uso tienen una significación cultural para
los habitantes de los corregimientos.
Incluir en los ejercicios de planificación del
territorio que se lleven a cabo en los
corregimientos, el patrimonio ecológico como
una variable determinante en el análisis y
definición de propuestas para el ordenamiento
territorial rural.
Definir el plan de manejo y gestión del
patrimonio ecológico que considere su puesta
en valor en los cinco corregimientos.
Adoptar dentro del patrimonio ecológico,
aquellos espacios naturales que por su valor
de uso tienen una significación cultural para
los habitantes de los corregimientos.
Determinar bajo la Estructura Ecológica
Principal, la adopción y articulación de los
elementos
identificados como
patrimonio
ecológico en la normatividad existentes sobre
protección
y conservación
ambiental
declarada para estos espacios naturales de
valor patrimonial.
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pecífica
y clara las área
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Patrimonio Histórico Cultural
Ley 1185 de 2008 ley general de cultura
Articulo
cuatro 4 del decreto
3.600
Categorías de protección en el suelo rural
lo constituyen las áreas e inmuebles
considerados como patrimonio cultural.
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655 DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS
Directrices
Lineamientos
Criterios Metodológicos
• Incluir en los ejercicios de planificación del
territorio que se lleven a cabo en los
corregimientos, el patrimonio histórico –
cultural como una variable determinante en
el análisis y definición de propuestas para el
ordenamiento
territorial
rural,
que
promulguen por la conservación, manejo y
protección
de
los
elementos
arquitectónicos,
arqueológicos,
paisajísticos, urbanísticos y etnográficos
con valor de interés patrimonial.
• Declarar los Bienes de Interés Cultural (BIC)
identificados y propuestos por el Plan
Especial de Protección Patrimonial de
Medellín (PEPP).
• Formular y operativizar el plan de manejo y
gestión de los Bienes de Interés Cultural
identificados.
• Adoptar dentro del inventario patrimonial
cultural, aquellos elementos que por su
significación colectiva, poseen un valor de
uso
para
los
habitantes
de
los
corregimientos y por lo tanto hacen parte
del patrimonio territorial de Palmitas, San
Cristóbal, Altavista, San Antonio de Prado y
Santa Elena respectivamente.
• Realizar un estudio que permita determinar
y caracterizar el patrimonio intangible de
los cinco corregimientos de Medellín.
• Considerar el patrimonio territorial como un
instrumento imprescindible para reforzar la
identidad de los habitantes de los cinco
corregimientos y, por extensión, para atraer
a visitantes que lo valoren y disfruten, al
permitir una mayor proyección de estos
bienes a través del conocimiento y el
defin
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pa
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656 DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS
Directrices
Lineamientos
Criterios Metodológicos
respeto.
• Definir los Sitios Prioritarios de Interés
Especial presentes en cada uno de los cinco
corregimientos. Estas zonas tienen por
objetivo
preservar
sitios
de interés
arqueológico, histórico, cultural y natural
que
en la actualidad se encuentran
deteriorados o bien no poseen ninguna
medida de protección, y que por sus
características deben ser considerados en
cualquier tipo de planificación futura.
Para todos los cinco corregimientos se recomienda definir que otros espacios naturales poseen un valor patrimonial no solo desde la
institucionalidad sino desde el valor de uso que los habitantes del corregimiento hacen de ellos.
Es urgente definir y operativizar un plan de manejo y protección del patrimonio arqueológico y urbanístico de Santa Elena que reglamenten unas
normas mínimas de comportamiento al fin de garantizar su preservación en el tiempo, ya que estos elementos de valor patrimonial, cada vez se
encuentran más amenazados por la afluencia creciente de visitantes.
Para Palmitas es necesario emprender esfuerzos para recuperar y mantener la Cuchilla de Las Baldías y el Cerro del Padre Amaya como conectores
ecológicos del patrimonio cultural.
Al igual que para Palmitas, en el corregimiento de San Cristóbal es necesario emprender esfuerzos para recuperar y mantener la Cuchilla de Las
Baldías y el Cerro del Padre Amaya como conectores ecológicos del patrimonio cultural. Para el cerro El Picacho, es necesario consolidar su plan de
manejo propuesto por el estudio “Plan de Manejo y Gestión Integral de los Cerros Tutelares de Medellín”, ya que este cerro debe preservase en su
función como zona de protección de los referentes paisajísticos del patrimonio cultural.
Para la Quebrada Iguaná y su vegetación asociada, se deben plantear estudios de intervención a fin de mantener su función como nodos
estructurantes en la Red de conectividad del patrimonio ecológico y paisajístico.
Para Altavista es necesario emprender esfuerzos para recuperar y mantener el sistema de Cuchilla El Astillero, El Barcino y Manzanillo como
conectores ecológicos del patrimonio cultural.
657 DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS
Directrices
Lineamientos
Criterios Metodológicos
En San Antonio de Prado se recomienda de manera urgente declarar el Cerro Padre Amaya, las Cuchillas Romeral y El Astillero, como áreas de
preservación estricta. Para la Quebrada Doña María y su vegetación asociada, se deben plantear estudios de intervención a fin de mantener su
función como corredor biótico rural articulador en la red de conectividad ecológica.
En Santa Elena es urgente la implementación de un plan de manejo que vele por la integridad del Alto de La Yegua, bosques de la ECA, bosques de la
Aguada, bosques de Piedras Blancas, laguna de Guarne, quebrada Santa Elena, la Cascada Bocana y Cerro Verde, con el fin de garantizar su
protección y mantenimiento, ya que la presión ejercida por el número creciente de visitantes, está comprometiendo su valor como patrimonio natural
rural.
En Palmitas, declarar al Templo de San Sebastián de La Aldea y la Posada de los arrieros en La Volcana como Bienes de Interés Cultural Municipal
(BIC-M).
Para el sector de El Tambo, se debe priorizar un proyecto de protección integral teniendo en cuenta los valores arqueológicos, paisajísticos y el uso
actual que garanticen su preservación como patrimonio paisajístico del corregimiento.
Para San Cristóbal, se recomienda iniciar con prontitud labores de recuperación debido al deterioro físico en que se encuentran la mayoría de
inmuebles potenciales de ser declarados Bienes de Interés Cultural Municipal (BIC-M).
Se recomienda elaborar un estudio en las veredas El Yolombo, Boquerón, San José de La Montaña y El Llano que permita definir si, además de su
importancia arqueológica, estas veredas conforman un paisaje cultural continuo en el tiempo. En tal caso delimitarlo y definir su plan de manejo, que
incluya la investigación de estos sitios arqueológicos, ya que poseen un excelente paisaje en áreas fácilmente acondicionadas para el turismo. Esto
se debe complementar con una propuesta de restricciones al cambio de uso, a la densificación poblacional y a la destrucción de la arquitectura en
piedra.
Para Altavista, se recomienda iniciar con prontitud labores de recuperación de los inmuebles potenciales de ser declarados Bienes de Interés Cultural
Municipal (BIC-M), ya que estos sitios no cuentan con ningún plan de protección o mantenimiento y están expuestos a un deterioro físico permanente.
Es urgente la puesta en marcha de un plan de protección o mantenimiento del patrimonio arqueológico de Altavista, ya que está expuesto a un
deterioro físico permanente básicamente por el desconocimiento ciudadano y además por la presión ejercida por la expansión urbana informal, ya
que estos sitios arqueológicos se encuentran ubicados en la frontera entre el área urbana de Medellín y el área rural de los sectores de San José de
Manzanillo, Altavista Central y Aguas Frías.
En San Antonio de Prado, declarar la Truchera los Muñoz y Casa finca El Barcino-"La Lechería" en la vereda Astilleros como Bienes de Interés
Cultural Municipal (BIC-M).
658 DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS
Directrices
Lineamientos
Criterios Metodológicos
Al igual que en San Cristóbal, para el patrimonio arqueológico y paisajístico, se recomienda elaborar un estudio en la vereda Astilleros que permita
definir si, además de su importancia arqueológica, esta vereda conforma un paisaje cultural rural continuo en el tiempo, y en tal caso delimitarlo y
definir su plan de manejo, que incluya la investigación de estos sitios arqueológicos, ya que poseen un excelente paisaje en áreas fácilmente
acondicionadas para el turismo. Esto se debe complementar con una propuesta de restricciones al cambio de uso, a la densificación poblacional y a
la destrucción de la arquitectura en piedra.
En Santa Elena, declarar las iglesias de Santa Elena central y Mazo, como Bienes de Interés Cultural Municipal (BIC-M).
3.4.
Ge
stión de
l Tur
ismo
Directrices
Lineamientos
Criterios Metodológicos
Oferta y Potencial Turístico
Se debe conservar y revalorar el patrimonio
territorial de Palmitas, San Cristóbal, Altavista
y San Antonio de Prado, ya que este es la
base de la oferta turística y permite definir el
potencial
turístico
de
estos
cuatro
corregimientos ubicados al occidente de
Medellín.
A partir
de la definición del potencial
turístico, se sugieren emprender estudios de
mercado que determinen la demanda turística
con el fin de sentar las bases para elaborar en
el futuro la estrategia más adecuada en la
gestión turística.
Desde diversas entidades, se debe brindar el
apoyo institucional a aquellas iniciativas
locales a nivel corregimental que busquen
cualificar la infraestructura y los servicios de
apoyo a la actividad turística.
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659 DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS
Directrices
Lineamientos
Criterios Metodológicos
Como
una
manera
de fortalecer la
infraestructura turística, es necesaria la
puesta en marcha de un proyecto que
contemple la definición, el diseño y la
implementación de la señalética tanto del
patrimonio territorial como de los distintos
atractivos turísticos presentes
en los
corregimientos.
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Estrategia de Gestión Turística
Es necesario aunar esfuerzos desde la
gestión institucional que promueva entre
todos los interesados del desarrollo del
turismo en los espacios rurales de los
corregimientos, la implementación de una
estrategia turística
fundamentada en el
patrimonio territorial de los corregimientos,
que opere basada en productos turísticos
acordes con las cualidades territoriales de de
cada uno de los corregimientos.
Canalizar y viabilizar las iniciativas locales
que pueden servir de soporte a una futura
estrategia turística a implementar en cada
uno de los cinco corregimientos de Medellín.
Elaborar una estrategia de aprovechamiento
social del patrimonio y el uso turístico
correcto para cada uno
de los cinco
corregimientos,
para que
el territorio
corregimental pase a ser concebido en sí
mismo como un producto cultural.
Los
Planes Especiales Corregimentales,
deben
identificar aquellas
zonas
que
presentan una mejor “aptitud turística” y las
actividades u otros usos compatibles con esa
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660 DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS
Directrices
Lineamientos
Criterios Metodológicos
actividad turística, que
contemplen la
ejecución de obras de infraestructura que
sirvan no solo al sector turismo, sino que
represente efectos positivos para otros
sectores considerados complementarios y
compatibles.
Definir una zonificación territorial turística,
que consiste en poner en marcha las Zonas
de Desarrollo Turístico Prioritario (ZDTP)
planteadas para los
corregimientos de
Palmitas, San Cristóbal y Santa Elena. Esta
propuesta de zonificación debe incorporar
además la localización de los atractivos
turísticos,
equipamientos
turísticos,
infraestructura básica, sitios aptos para
miradores, sitios aptos para acampada, sitios
de interés de flora, caídas de agua, etc.
Además de un catastro georeferenciado de
los
atractivos turísticos y
fichas
de
caracterización
y evaluación de los
principales atractivos y la identificación de
las actividades turísticas posibles de realizar.
Los
resultados
de la propuesta
de
zonificación turística a través de las ZDTP,
deben incorporarse a un marco regulatorio a
nivel corregimental, en el cual queden
estipuladas
las
modalidades
y procedimientos de operación, parámetros
para la ejecución de proyectos, restricciones
y tratamiento
especial para inversiones
ligadas al turismo en área naturales y rurales.
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661 DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS
Directrices
Lineamientos
Criterios Metodológicos
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A partir de la línea base, definir el potencial turístico basado en el patrimonio territorial de Palmitas, San Cristóbal, Altavista y San Antonio de Prado.
Para Santa Elena, es urgente adoptar y darle curso a la línea base que ya se levanto en el corregimiento por parte del CEPREA, en donde se da cuenta
de la actual oferta turística y la planta turística, lo cual permitirá definir cuál es el potencial turístico basado en el patrimonio territorial de Santa Elena.
4. Es
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200
7.
662 DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS
Para la
zona
rural, su
des
arrollo e
conó
mico, s
ocial,
político, a
mbien
tal y
territoria
l, ya
se
han
elab
orad
o prop
uestas
de
instrumen
tos a inco
rporar o arm
onizar en el O
rden
amiento Te
rritoria
l7 , algun
os de ellos ya
se en
cuen
tran op
eran
do en otras
zona
s de
la re
gión
y el p
aís, ta
les co
mo:
•
Figu
ras po
lítico
– ad
ministra
tivas
com
o las de
Distrito A
grario, los Cen
tros de
Ges
tión
Agroem
pres
arial y So
cied
ades
Ag
rícolas
en
Tran
sición
SAT
, en
tre o
tras as
eguran
el pa
pel q
ue se
espe
ra d
esem
peñe
el s
uelo rural e
n la seg
uridad
alim
entaria
de
la p
oblación
rural, de
l mun
icipio y
el Va
lle d
e Ab
urra, la p
erman
encia
de a
ctividad
es a
grop
ecua
rias,
agríc
olas
y los
mod
os d
e vida
cam
pesina
, as
ociado
s a
la s
ostenibilidad
eco
lógica
rural y
urban
a y
como
control y
conten
ción
de la exp
ansión
urban
a y la sub
urba
niza
ción
inform
al.
Es fu
ndam
ental e
l rec
onoc
er la
s zo
nas do
nde se
realizan
actividad
es eco
nómicas
del sec
tor p
rimario. L
as actividad
es de minería
en los
corregimientos
de
Altavista
y Sa
n Cris
tóba
l am
erita
n la c
reac
ión
y func
iona
miento
de la
figura
de P
arqu
es M
inero
Indu
stria
les (art. 410
POT), q
ue permita
n co
nstru
ir ac
uerdos
púb
lico – privad
os para de
limita
r, orde
nar y
ase
gurar la ex
plotac
ión
racion
al y té
cnica de
l rec
urso
estratégico
, la ge
neración
de em
pleo
y la
aplicac
ión de
los co
ntroles am
bien
tales requ
eridos
por la
no
rma, bajo el prin
cipio de
preca
ución.
•
Instrumen
tos de
Ges
tión de
l Sue
lo e In
mob
iliaria
. Hac
iend
o us
o de
los artíc
ulos
vigen
tes de
la Ley
9 de 19
89 y de la Ley
38
8 de
199
7, el M
unicipio pue
de definir un
a po
lítica de
con
trol a
la esp
eculac
ión y co
mpe
tenc
ia de rentas
del sue
lo, e
n es
pecial a trav
és de
la c
alifi
caci
ón d
e su
elo
para
man
ejos
esp
ecia
les
y pr
iorit
ario
s: de Vivien
da de Interés So
cial R
ural o
Vivien
da Prio
ritaria, o
cua
lquier otro
objeto de
interés pú
blico, com
o las Área
s de
Prese
rvac
ión de
Infra
estru
ctura -A
PI-, las
Área
s de
Man
ejo Es
pecial -A
ME-
y des
estim
ular des
arrollos de
alta
den
sida
d en
los su
elos
de bo
rde rural –
urban
o y en
su
elo su
burban
o. Esto im
plicaría un ajus
te del O
rden
amiento Te
rritoria
l, en
tanto pa
rte de las zo
nas de
exp
ansión
definidas
invo
lucran
zon
as m
uy res
trictivas
geo
gráfica y am
bien
talm
ente, tan
to en Sa
n Cris
tóba
l com
o en
Alta
vista, esp
ecialm
ente
en e
ste
últim
o, d
onde
el c
onflicto de
uso
entre m
inería y u
rban
izac
ión, termina po
r urba
niza
r e
inco
rporar a
l merca
do
inmob
iliario
sue
lo con
otra
s func
ione
s y po
tenc
ialid
ades
ambien
tales o mineras
. La falta
de co
ntrol d
el sue
lo, finalmen
te
afec
ta a la
pob
lación
loca
l, qu
e ve
com
prom
etida su
perman
encia en
el lug
ar por el inc
remen
to en las rentas
del sue
lo,
como se
viene
prese
ntan
do con
el a
vanc
e de
la parce
lación
.
7 Área
Metropo
litan
a de
l Valle de Ab
urra. D
irectric
es M
etropo
litan
as de Orden
amiento Te
rritoria
l. “H
acia una
reg
ión de
ciuda
des”. A
cuerdo
Metropo
litan
o No. 15/no
viem
bre de
20
06. D
ocum
ento de Sop
orte Téc
nico
. Va
lle de Ab
urra. F
ebrero de 10
07
663 DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS
El re
ajus
te d
el t
ierr
as es otro in
strumen
to para co
ntrolar la de
nsidad
, la su
bdivisión pred
ial y
la re
gulariz
ación de
los pred
ios qu
e no
cum
plen
con
la unida
d mínim
a de
actua
ción
-UMA- que
estab
lece
el d
ecreto nac
iona
l 360
0 de
200
7, define és
ta unida
d co
n un
a ex
tens
ión mínim
a de
dos
hec
táreas
y para reco
nocimientos
de área
s inferio
res a las es
tablec
idas
, deb
erá ha
cerse reajus
te
de tierras, que
permita
la le
galizac
ión o regu
lariz
ación de
los pred
ios, aún
en el cas
o de
preex
istenc
ias.
El rea
juste
de tierra
s también
es fund
amen
tal en
la
regu
lariz
ació
n de
los
ase
ntam
ient
os s
ubur
bano
s y
cons
erva
ción
de
las
activ
idad
es a
grop
ecua
rias, los
mod
os d
e vida
cam
pesina
y los
criterios pa
ra la
determ
inac
ión
de d
ensida
des qu
e ha
n sido
prop
uestos
por C
ORAN
TIOQUIA. C
on re
spec
to a la
s va
riables
o criterios de
eva
luac
ión y de
finición de
las de
nsidad
es en su
elo
rural, no
se
tiene
clarid
ad sob
re la
diná
mica
poblac
iona
l rural en
el Va
lle d
e Ab
urra y M
edellín
com
o principa
l rece
ptor d
e po
blac
ión, lo
cual in
cide
en
el u
so d
el sue
lo, el m
odelo
de o
cupa
ción
y las
den
sida
des ne
tas tanto
de sue
lo u
rban
o, com
o su
burban
o y rural.
•
Instrumen
tos de
Política
Fisca
l y del Sue
lo. O
rientad
os a la
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ión So
cioe
conó
mica y es
tablec
imiento de
ince
ntivos
tribu
tario
s a
los
campe
sino
s qu
e alivien
las
cargas
con
tribu
tivas
y g
aran
ticen
los
cos
tos
de p
erman
encia
para e
sta
poblac
ión. D
e he
cho
el a
porte
del sec
tor rural a
la g
enerac
ión
de e
mpleo
, au
nque
poc
o sign
ifica
tivo
en las
cue
ntas
mun
icipales
y re
gion
ales
, res
ulta de su
ma im
porta
ncia y evitaría
que
esta po
blac
ión se
des
plaz
ara a la ciuda
d en
bus
ca de
oportunida
des labo
rales pa
ra la
sob
revive
ncia, co
mo
en lo
hac
e ac
tualmen
te. En
síntesis, e
s im
porta
nte
man
tene
r las
actividad
es d
e prod
ucción
y a
utoc
onsu
mo
pred
ominan
tes
en la
zona
rural, po
rque
a n
ivel e
conó
mico
garantizan
la
perm
anen
cia de
la pob
lación
rural, la cu
al difícilm
ente alcan
zaría
los nive
les y la calidad
de vida
que
tien
e en
el c
ampo
, de
sarro
lland
o ac
tividad
es no ca
lificad
as en su
elo urba
no m
al re
mun
erad
as.
Rec
urso
s e
instrumen
tos
de c
ompe
nsac
ión
y ob
ligac
ione
s urba
nísticas
urban
as, pa
gada
s y
trans
ferirlas
o redirig
idas
a la
inve
rsión en
la zon
a rural, co
n la creac
ión de
l Fon
do de Com
pens
acione
s (art. 487
POT), p
ara do
tar las
cen
tralidad
es e in
vertir
en la
con
servac
ión, m
ejoram
iento y recu
peración
ambien
tal. Igua
lmen
te, las
obligac
ione
s de
ntro del corregimiento po
r proce
sos
de u
rban
izac
ión, p
arce
lación
y c
onstrucción
(loteo
con
más
de
5 de
stinac
ione
s), pe
rmita
n ca
ptar p
lusvalías
y co
mpe
nsar,
med
iante inve
rsione
s co
n es
tos recu
rsos
, en las ce
ntralidad
es sub
urba
nas ve
reda
les o co
rregimen
tales.
•
Otro
s instrumen
tos de
Plane
ación y Ges
tión. El ins
trumen
to com
plem
entario
más
impo
rtante pa
ra la
s interven
cion
es en la
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, es el P
lan Es
pecial R
ural C
orregimen
tal y
por polígon
os o áreas
men
ores
de plan
eamiento do
nde se
requ
ieran
(art. 450
y 451
POT). E
ste instrumen
to permite
la planificac
ión co
ncertada
de de
talle y des
arrollo de po
rcione
s de
l territorio
664 DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS
rural y
se co
nstituy
e en
herramienta útil a ca
da zon
a, en co
rresp
onde
ncia con
su co
ndición ac
tual y su vo
cación
com
o un
idad
es hom
ogén
eas de
l paisa
je te
rritoria
l.
Inco
rporar en el O
rden
amiento Te
rritoria
l la fig
ura de
Parqu
es A
groe
cológico
, Ag
ropa
rque
o P
arqu
es T
emáticos
de de
sarro
llo
rural a
groe
cológico
, ge
stiona
dos co
mo mac
roproy
ectos, de tal forma qu
e es
te in
strumen
to pos
ibilite recu
perar e ince
ntivar la
prod
ucción
agrop
ecua
ria y fores
tal y
permita
a la
pob
lación
rural m
ejorar sus
con
dicion
es de vida
y su ca
pacida
d de
obten
er
ingres
os e
n form
a co
mpe
titiva. L
os m
acroproy
ectos
de P
arqu
es p
uede
n inco
rporarse
a los
Plane
s Es
peciales
Rurales
Corregimen
tales, as
í co
mo
la de
limita
ción
y
declaratoria de
rese
rvas
forestales
pa
ra prom
over la pres
erva
ción
de
la
biod
iversida
d, esp
ecialm
ente en las zo
nas de
borde
rural – urban
o, con
el m
anejo ad
ecua
do de las cu
enca
s hidrog
ráficas
y la
s microcu
enca
s, el u
so ra
cion
al de los su
elos
, así com
o el con
trol d
e ag
entes co
ntam
inan
tes.
La P
olítica
Ambien
tal d
e Med
ellín
, el S
istema de
Ges
tión Am
bien
tal d
e Med
ellín
-SIG
AM - y el P
lan Am
bien
tal M
unicipal 200
7–
2019
–PA
M- de
finen
las
estrategias
, prog
ramas
y p
roye
ctos
en
materia a
mbien
tal qu
e invo
lucran
dire
ctam
ente los
cinco
co
rregimientos
del m
unicipio
8 . Es
tas es
trategias
, program
as y proye
ctos
son
el fun
damen
to y la
apu
esta del m
unicipio para la
Reg
ión Cen
tral d
e An
tioqu
ia, en
la que
el V
alle de Ab
urra es ep
icen
tro ja
lona
dor de
l des
arrollo reg
iona
l y se ha
propu
esto el
ecoturismo co
mo un
a de
las alternativas
para man
tene
r los ec
osistemas
estratégico
s en
los pa
rque
s loca
les y region
ales
: Arví,
AROVA
, La
Res
erva
La
Rom
era, M
iraflo
res, S
an M
igue
l, el S
istema
de P
áram
os y B
osqu
es A
ltoan
dino
s. E
ste
Con
junto
de
ecos
istemas
con
form
an el p
roye
cto en
con
strucción de
nominad
o ”Parqu
e Cen
tral d
e An
tioqu
ia”,
actualmen
te im
pulsad
o po
r la
Gob
erna
ción
de An
tioqu
ia con
la participac
ión de
las Corpo
racion
es A
utón
omas
Reg
iona
les CORAN
TIOQUIA, CORNAR
E, el
Área
Metropo
litan
a de
l Va
lle d
e Ab
urrá y los
más
de
30 m
unicipios qu
e co
nforman
la
región
cen
tral, en
tre o
tros en
tes co
n injerenc
ia e
n el territorio. En
este
sentido, tan
to e
l Pa
rque
Arví,
como
el p
roye
cto
de P
arqu
e Ec
ológ
ico
Cam
pesino
de
San
Seba
stián de
Palmita
s, que
ya cu
enta con
un pe
rfil y
es un
o de
los proy
ectos de
l Plan de
Des
arrollo M
unicipal y C
orregimen
tal,
se con
stitu
yen en
pun
tos de
partid
a y de
referen
cia de
sum
a im
porta
ncia con
mira
s a la con
figurac
ión de
l Parqu
e Cen
tral d
e An
tioqu
ia com
o ap
ortes iniciales de
l Mun
icipio de Med
ellín
a este gran
proye
cto region
al.
Rev
isar y re
defin
ir la clasificac
ión de
las zo
nas ho
mog
énea
s, uso
y m
anejo se
gún la clasificac
ión de
l Distrito de Man
ejo Integrad
o realizad
o po
r CORAN
TIOQUIA y
de
acue
rdo
con
ello, revisa
r las
interven
cion
es p
ropu
estas
en e
l Plan
de
Orden
amiento
Territoria
l para el sue
lo ru
ral.
8 Ver Cua
dro 3 Es
trategias
, program
as y proye
ctos
del Plan Am
bien
tal d
e Med
ellín
– PAM
. Dispo
nible en
Internet e
n http://www.m
edellin.gov
.co/po
liticaa
mbien
tade
med
ellin
/inde
x.html
665 DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS
Articular el o
rden
amiento territoria
l, el uso
del sue
lo y la
ges
tión de
sarro
llo ru
ral c
on la
creac
ión y/o prom
oción de
organ
izac
ione
s qu
e ag
rupe
n a
los prod
uctores rurales en
fun
ción
de
la cap
acita
ción
para
la a
sociatividad
, el m
ejoram
iento
continuo
de
los
prod
uctos, lo
s en
cade
namientos
produ
ctivos
, y ges
tión de
las rede
s de
merca
do y com
ercializac
ión ap
rove
chan
do el m
erca
do
directo
con
la z
ona
urba
na y
las
sub
region
es c
entra
les.
Com
o instrumen
tos
se p
ropo
nen
las
Socied
ades
Agrarias
de
Tran
sformac
ión – SA
T (Ley
811
de 20
03); la definición de
Áreas
de Des
arrollo Agrop
ecua
rio y R
ural propu
estas po
r el INCODER
y los Cen
tros Pr
ovinciales
de Ges
tión Ag
roem
pres
arial (Dec
reto 298
0 de
200
4), q
ue in
corporan
los en
cade
namientos
produ
ctivos
y la participac
ión directa de
l hab
itante rural e
n la com
ercializac
ión de
sus
produ
ctos
. Lo
s prog
ramas
prio
ritarios
en los
Plane
s Es
peciales
Rurales
, de
berán
cons
iderar e
l prog
rama
de h
ábita
t rural so
sten
ible,
orientad
o a prom
over y fo
men
tar e
l des
arrollo sos
tenible de
los as
entamientos
rurales, con
sulta
do sus
carac
terís
ticas
y dinám
icas
pa
rticu
lares de
háb
itat y
viviend
a rural e
nmarca
dos en
las sigu
ientes
líne
as de ac
ción
(art. 13
5 PO
T): reg
ularizac
ión de
tierras
rurales; m
ejoram
iento integral de ve
reda
s y ce
ntros po
blad
os y n
uevo
s de
sarro
llos de
viviend
a rural.
La im
plem
entación
de la política
rural atie
nde a las prob
lemáticas
por dim
ension
es, ratifica y plan
tea med
idas
relac
iona
das y
complem
entaria
s al uso
de los instrumen
tos an
terio
rmen
te des
crito
s, orie
ntad
os al m
anejo y ap
rove
cham
iento so
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ible de los
recu
rsos
, co
ntrol de
la
expa
nsión
urba
na, su
burban
izac
ión
y mejoram
iento
integral d
el h
ábita
t; de
sestim
ular y
con
trolar el
fracciona
miento de
predios
, con
servac
ión y mod
erniza
ción
de la bas
e ec
onóm
ico-prod
uctiva principa
lmen
te orie
ntad
a al sec
tor
prim
ario con
valor a
greg
ado, m
ejores
prácticas
tec
nológica
s y de
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del sue
lo, redu
cción
de lo
s factores
y con
dicion
es de
pobrez
a y
exclus
ión, m
ejorar los
servicios
, eq
uipa
mientos
e infraes
tructuras
de
sopo
rte a
l de
sarro
llo loc
al y
en
lo p
olítico
forta
lecimiento de
la ges
tión y may
or in
versión pú
blica en
la ruralidad
. Aum
entar c
apac
idad
es té
cnicas
y el n
ivel de eficienc
ia e
impa
cto tanto en
el sec
tor p
úblico co
mo en
el p
rivad
o y co
mun
itario
. En
la política
de de
sarro
llo ru
ral s
e so
stiene
que
en la m
edida en
que
se av
ance
en las situac
ione
s de
scritas
, los
hab
itantes
de
los
territorio
s rurales pu
eden
exp
erim
entar un
inc
remen
to p
rogres
ivo
de s
us ing
reso
s, e
interes
arse
cad
a ve
z más
por las
ac
tividad
es eco
nómicas
agrop
ecua
rias, agroind
ustriales
, eco
-turís
ticas
y de protec
ción
ambien
tal. El re
cono
cimiento de
l valor de
la naturalez
a y de
los se
rvicios am
bien
tales po
r pa
rte del E
stad
o y de
la com
unidad
pue
de gen
erar un co
ntex
to fa
vorable pa
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que la fu
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de tra
bajo rural se ca
lifique
mejor y vincu
le al s
ector de
los se
rvicios en
mejores
con
dicion
es de em
pleo
, pue
de
contrib
uir a la disminuc
ión de
l des
plaz
amiento de
la fu
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labo
ral rural hac
ia lo
s ca
scos
urban
os de la ciuda
d e im
pide
que
el
suelo
rural se
des
tine
a otras ac
tividad
es e
conó
micas
ren
tables
de
corto
plazo
com
o la e
xpan
sión
urban
a, la
extra
cción
de
materiales y la con
strucción de
finc
as de recreo
, entre otra
s, que
con
lleva
n a la des
trucción y pé
rdida de
los recu
rsos
naturales
, as
í com
o a un
uso
con
suntivo o irrev
ersible de
l sue
lo.
666 DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS
El prin
cipa
l referen
te para los Plan
es E
spec
iales Rurales
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667 DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS
Directrices
Lineamientos
Criterios Metodológicos
Articular las políticas públicas, los mecanismos e
instrumentos de gestión, ambiental, económica y
social con la política territorial.
• Figuras político – administrativas como
las de Distrito Agrario, los Centros de
Gestión Agroempresarial y Sociedades
Agrícolas en Transición SAT, entre otras.
• Instrumentos
de Gestión
del Suelo
e Inmobiliaria (Ley 9 de 1989 y Ley 388 de 1997),
como política de control a la especulación y
competencias de rentas del suelo, a través de
la calificación
de suelo
para manejos
especiales y prioritarios: de Vivienda de Interés
Social Rural o Vivienda Prioritaria, o cualquier
otro objeto de interés público, como las Áreas
de Preservación de Infraestructura -API-, las
Áreas de Manejo
Especial -AME-
y desestimular desarrollos de alta densidad en
los suelos de borde rural – urbano y en suelo
suburbano.
• El reajuste del tierras para controlar la
densidad, la subdivisión predial e integrar los
que no cumplen con la Unidad Mínima de
Actuación -UMA- para la regularización de los
asentamientos suburbanos y conservación de
las actividades agropecuarias.
• Instrumentos de Política Fiscal y del Suelo.
Orientados a la Estratificación Socioeconómica
y establecimiento de incentivos tributarios a
los
campesinos
que
alivien
las
cargas
contributivas y garanticen los costos de
permanencia para esta población.
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Incorporación y uso de instrumentos legales del
Ordenamiento Territorial y de manera articulada y
simultánea con la implementación de la política
de Desarrollo Rural para los corregimientos.
• Creación de Fondos de Compensación (art. 487
668 DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS
Directrices
Lineamientos
Criterios Metodológicos
POT) que permitan transferir recursos de
obligaciones urbanísticas de los procesos de
urbanización (especialmente de los nuevos
desarrollos
del
suelo
de expansión),
parcelación de recreo y edificación hacia la
ruralidad, especialmente orientados hacia la
consolidación
y redesarrollo
de
las
centralidades corregimentales y veredales, el
mejoramiento
integral del hábitat y
la
recuperación ambiental.
• Fondos de Compensación por prestación de
bienes y servicios ambientales, con aportes de
las sobretasas Ambiental y Metropolitana; y del
Fondo de Regalías por los materiales de
construcción.
• Fondos de Solidaridad para desarrollar y
aplicar nuevas tecnologías
en servicios
públicos rurales.
• Estratificación Socioeconómica ajustada y
acorde con el uso potencial del suelo que
estimule y promueva la conservación y las
actividades
productivas
sostenibles,
especialmente
las
agropecuarias
y agroforestales.
• Articulación del BPPIM con Líneas de crédito y
emprendimiento
del
Banco
de
las
Oportunidades para el Desarrollo Rural, entre
otras fuentes financieras.
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Explorar la incorporación de instrumentos de
gestión en el ordenamiento territorial como los
Parques: Agroecológicos, Agroparque o Parques
Temáticos Ecoturísticos y Recreativos y zonas de
reserva de la sociedad civil. Los Parques Minero
Industriales y Agroindustriales, articulados con
los Centros de Actividad Logística y las Áreas de
Preservación de Infraestructura.
669 DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS
Directrices
Lineamientos
Criterios Metodológicos
Explorar la incorporación de instrumentos de
gestión en el ordenamiento territorial como los
Parques: Agroecológicos, Agroparque o Parques
Temáticos Ecoturísticos y Recreativos y zonas de
reserva de la sociedad civil. Los Parques Minero
Industriales y Agroindustriales, articulados con
los Centros de Actividad Logística y las Áreas de
Preservación de Infraestructura, bajo parámetros
ambientales de producción limpia y sostenible,
que garanticen luego
de su vida útil, la
transformación en parques ecológicos.
Articulación de políticas e instrumentos de
gestión, en torno a una institucionalidad que
descentralice y facilite la coordinación de las
actuaciones en la ruralidad, como la Gerencia
Rural o
Dependencia con
autonomía para
gestionar y aplicar recursos y apoyarse en las
Casas de Gobierno y el Consejo Consultivo
Municipal de Desarrollo Rural.
Articular el Ordenamiento Territorial de escala
corregimental o menor escala de planeación -
UPR-, con el Distrito Rural y otros instrumentos
de política Fiscal, Económica y Social, con otros
Planes Temáticos o Estratégicos Generales como
Plan Estratégico Habitacional, el Plan Especial de
Protección Patrimonial,
Plan de Desarrollo
Turístico y Planes de Desarrollo Corregimentales,
Presupuesto Participativo etc.
670
FUEN
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672
FUEN
TES
Directrices de Ordenamiento Territorial Rural para Medellín
LISTADO GENERAL DE FUENTES• Fuentes Normativas• Fuentes Documentales• Fuentes Cartográficas• Fuentes Estadísticas
Directrices
de Ordenamiento Territorial Rural para Medellín
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FUENTES
674
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11
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14
Decreto Naciona
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15
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