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UNIVERSIDAD PRIVADA ANTENOR ORREGO FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLITICAS ESCUELA PROFESIONAL DE DERECHO “APROXIMACIONES A UN ARBITRAJE CONCURSAL DENTRO DE UN PROCEDIMIENTO DE INSOLVENCIA” TESIS PARA OPTAR EL TÍTULO DE ABOGADO AUTOR : Br. CARLOS MANUEL RAMÍREZ CASTILLO ASESOR : Dra. NELLY LOZANO YBAÑEZ

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UNIVERSIDAD PRIVADA ANTENOR ORREGO

FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLITICAS

ESCUELA PROFESIONAL DE DERECHO

“APROXIMACIONES A UN ARBITRAJE CONCURSAL DENTRO

DE UN PROCEDIMIENTO DE INSOLVENCIA”

TESIS

PARA OPTAR EL TÍTULO DE

ABOGADO

AUTOR : Br. CARLOS MANUEL RAMÍREZ CASTILLO

ASESOR : Dra. NELLY LOZANO YBAÑEZ

TRUJILLO – PERÚ2006

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ii

A Carmen, mi

madre y a mis

abuelos Carlos

y Maria

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iii

Este trabajo no podría haberse logrado sino gracias a los

aportes de determinadas

personas quienes con sus comentarios, correcciones y

sugerencias enriquecieron ésta

investigación; por lo que no puedo dejar de agradecer al

doctor Luis Alberto Chávez

Hartley, a Lucio Sanchez Povis alumno de la Pontificia

Universidad Católica del Perú a Carlota Castillo Guzmán

y en especial a la doctora. Nelly Lozano Ibáñez por no

sólo una mera asesoría en ésta investigación, sino por

todos los conocimientos transmitidos y que se reflejan

en éste trabajo.

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iv

PRESENTACIÓN

SEÑORES MIEMBROS DEL JURADO:

Con la firme convicción de que el Derecho es una disciplina por la cual las instituciones

creadas por el hombre pueden ser modificadas para el mejor desenvolvimiento de la sociedad y

en cumplimiento con las exigencias académicas pongo a su disposición el presente trabajo de

investigación denominado: “APROXIMACIONES A UN ARBITRAJE CONCURSAL DENTRO

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DE UN PROCEDIMIENTO DE INSOLVENCIA”, el cual ha sido fruto de varios meses de trabajo

y dedicación.

La presente investigación busca proponer una nueva forma de resolver conflictos

concursales, utilizando un mecanismo alternativo como el Arbitraje, estableciendo previamente

sus posibles ventajas dentro de un procedimiento concursal, con el objetivo de tener

procedimientos concursales con mayor celeridad, dando a los privados una alternativa nueva a

escoger y tener por ende un sistema de recuperación de créditos efectivo.

Economía y Derecho son disciplinas que cada día se complementan más, no es raro en

la actualidad que una de estas ciencias recoja experiencias de la otra para incorporarlas a su

propio radio de acción. En virtud de ello, para la elaboración del presente trabajo hemos

recurrido al auxilio del Análisis Económico del Derecho, corriente jurídica que mediante cálculos

de costo-beneficio busca maximizar los recursos en un mundo donde éstos son escasos.

No obstante teniendo en consideración que toda obra humana es imperfecta, tenemos la

firme convicción de que la presente investigación servirá para quienes estén interesados en una

rama del derecho que cada día toma mas importancia y vigencia como el Derecho Concursal

como un incentivo para futuras investigaciones.

Carlos M. Ramírez

Castillo

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RESUMEN

En el año de 1992 nuestro país tuvo un cambio radical en materia de Derecho

Concursal. Con la dación de la Ley de Reestructuración Empresarial, Decreto Ley N.º 26116, la

cual derogó la Ley Procesal de Quiebras, se pasó de un sistema judicial a un procedimiento

administrativo, tramitado ante Indecopi. La insolvencia pasó entoces a ser competencia de una

entidad administrativa, la cual a partir de ese momento resolvería y supervisaría el desarrollo de

los procedimientos de insolvencia y el Poder Judicial sólo quedaba como autoridad que podría

revisar lo resuelto por el Indecopi en vía de acción contencioso administrativa.

Estos dos cambios importantes ocasionaron un incremento en la demanda de los

servicios por reestructuración patrimonial generando una carga procesal que afectó la celeridad

de los procedimientos concursales. Sin embargo, en estos tres últimos años y paralelamente a la

entrada en vigencia de la Ley General del Sistema Concursal Nro. 27809, las estadísticas

reflejan una disminución en la demanda de procedimientos concursales siendo cada vez menos

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las solicitudes de insolvencia presentados ante Indecopi; a pesar de esto, la demora percibida en

los procedimientos concursales aún es grande.

Con la Descentralización de funciones se buscó eficiencia y celeridad a través de la

delegación de las facultades de Indecopi hacia las Cámaras de Comercio para resolver

expedientes concursales mediante un contrato de franquicia, sin embargo, para el caso de la

ciudad de Lima, a partir de noviembre de 2004, Indecopi ha decidido eliminar las Comisiones

Descentralizadas y mantener el control de dichos procedimientos en la sede central. Esto se

justificaría por la poca afluencia de concursos que desde la puesta en vigencia de la Ley del

Sistema Concursal se ha verificado, empero aún se aprecia una gran demora. En este orden de

ideas, tenemos una ley no eficaz a la que desde su publicación pocos se acogen y en relación

con la cual, a pesar de la disminución de carga procesal, todavía se observa una demora

equiparable a la del Poder Judicial.

Bajo este sistema administrativo, los acreedores saben que su deudor está

potencialmente en condiciones de ir a Indecopi por un procedimiento concursal tramitado bajo el

amparo de la Ley General del Sistema Concursal, éstos lamentablemente no tienen otra opción,

Indecopi mantiene dicha hegemonía no permitiendo que los privados pacten de manera ex ante

insolvencia sus propias reglas. Dado este esquema administrativo, las resoluciones expedidas

por el Tribunal en segunda instancia podrán ser cuestionadas en vía judicial alargando aún más

el procedimiento; motivo por el cual, quien presta dinero no puede predecir la real dimensión del

riesgo. Si tenemos en cuenta el hecho de que reestructurar una empresa en Indecopi demora

alrededor de ocho años y liquidarla aproximadamente tres años constataremos que existe una

clara demora para la recuperación de los créditos por parte del Indecopi.

Uno de los objetivos principales de nuestro Sistema Concursal es solucionar el problema

de los elevados costos de transacción. Dentro de estos costos ubicamos a los costos de

coordinación entre los acreedores que pugnan de manera lícita por recuperar su crédito y

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conseguir un escenario que facilite la negociación entre ellos para que puedan llegar a un

acuerdo que maximice la unidad productiva una vez presentada la insolvencia de una empresa,

vale decir que lleguen a conocer si es que la empresa en insolvencia vale más liquidada o

reestructurada. Sin embargo, vemos que en la realidad ponerse de acuerdo entre una

multiplicidad de acreedores es muy difícil, siendo poco probable que dichos acreedores tengan

los elementos necesarios para tomar la mejor decisión en un ambiente de insolvencia y pánico

donde Indecopi no facilita la negociación y no hay una efectiva labor de fiscalización.

Prestar dinero es un acto privado, por ende el cobrarlo también debería serlo; el Estado

no interviene en la determinación de reglas que regirán su cobro, sólo interviene para dar las

normas que se aplicarán supletoriamente en caso de falta de acuerdo, o cuando ante un

incumplimiento del deudor, alguna de las partes presentar una acción legal que debe ser resuelta

por la justicia estatal, pudiendo las partes pactar ex ante insolvencia las reglas que promuevan

una competencia distinta a la tradicional. Con todo lo esbozado, la presente investigación busca

promover una nueva forma de resolver los conflictos concursales utilizando como mecanismo

alternativo el Arbitraje que goza en la actualidad en nuestro país de prestigio y rapidez, pudiendo

competir con el sistema concursal actual, de manera que sean los particulares quienes decidan

lo mejor para sus intereses y optar entre Indecopi o un Arbitraje Concursal.

Luego de una investigación se encontró como resultado en estadísticas proporcionadas

por el mismo Indecopi, que existe una considerable caída en la demanda por servicios

concursales, por lo que cada vez menos los privados confían en dicho organismo. Con los

expedientes recopilados ante Indecopi - sede Trujillo se constató una demora considerable en el

trámite de los procedimientos de insolvencia. Luego de las entrevistas realizas a especialistas en

Derecho Concursal y Arbitral se pudo comprobar que el total de los entrevistados opinaron que

recuperar un crédito en nuestro país es difícil y nuestro sistema concursal actual carece de

predictibilidad; por lo que tener la posibilidad de pactar reglas ex ante insolvencia, entre ellas un

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arbitraje concursal, se presenta como una alternativa válida y lícita para recuperar acreencias en

insolvencia de manera oportuna. Con la información obtenida por la Cámara de Comercio de

Lima, se apreció claramente que cada vez más, los privados buscan un mecanismo distinto a la

justicia ordinaria para resolver sus conflictos de intereses, donde el aumento del arbitraje en

cuanto al número de procesos y su cuantía a resolver es considerable. Finalmente proponemos

un anteproyecto legislativo para dar jurisdicción al arbitraje sobre los procedimientos

concursales.

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ABSTRACT

In the year of 1992 our country had a radical change in the matter of Bankruptcy Law.

With the Law of Enterprise Reconstruction, Nr. 26116, which countermanded the Procedural Law

of Bankruptcies, went from a judicial system to an administrative procedure, transacted before

Indecopi. Then, the insolvency was left to the jurisdiction of an administrative organization like

Indecopi, which from that moment on would solve and supervise the development of the

insolvency procedures, and the Judicial Power only stood as the authority that could review the

Indecopi’s decisions by means of an administrative contentious process.

These two important changes caused an increase in the demand of services by

patrimonial reconstruction generating an overload that affected the speed of the procedures.

Nevertheless, in these three last years and parallelly to the General Law of the System

Bankruptcy —Law Nr. 27809— getting into effect, statistics reflect a diminution in the demand of

files being less the cases of insolvency presented to Indecopi; in spite of this, the delay perceived

in the bankruptcy procedures is still great.

Decentralization of functions looked for efficiency and speed through the delegation of

the faculties of Indecopi towards the Chambers of Commerce by means of a tax exemption

contract, nevertheless, for the city of Lima, since November, 2004, Indecopi has decided to

eliminate the Decentralized Commissions and to maintain the control of these procedures in the

central seat. This would be justified by the little concurrence of creditors meetings since the Law

of the Bankruptcy System came into force; however still a great delay is appraised, reason why it

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is probable that without Decentralized Commissions a still greater delay exists. In this order of

ideas, we have a noneffective law that from their publication few take refuge, and in spite of the

diminution of burden there is still a great delay, similar to the Judicial Power.

With this administrative system, the creditors know that their debtor is potentially in

conditions to turn to Indecopi by a transacted insolvency procedure under the shelter of the

General Law of the Bankruptcy System. These people lamentably do not have another option,

because Indecopi maintains this hegemony not allowing that the prevailed ones agree their own

rules to of ex- way before insolvency; Combined to that, given to this administrative scheme, the

resolutions sent by the Court in second instance could be questioned in judicial route even

extending more the procedure; and for this reason who lends money cannot predict the real

dimension of the risk, reason why at the present time that renders in our country, he does to a

great interest rate. If we consider in addition the fact that reconstructing a company in Indecopi

takes some eight years and if we want to eliminate it it takes approximately three years we will

state that a clear delay exists to recover the credits on the part of Indecopi.

One of the primary targets of our Bankruptcy System is to solve the subject of the high

costs of transaction, within these costs we locate the costs of coordination between the creditors

who struggle for an allowed way to recover their credit and to obtain a scene that facilitates the

negotiation among them so that they can reach an agreement that maximizes the productive unit

once presented the insolvency of a company.that is that they get to know if the insolvent

company is worth more eliminated or reconstructed. Nevertheless we see that. in reality, to put

itself in agreement between a multiplicity of creditors is very difficult, being little probable that

these creditors have the necessary elements to take the best decision in an atmosphere of

insolvency and panic where Indecopi does not facilitate the negotiation and there is no effective

work of control.

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One knows that to lend money it is a private act, therefore receiving it also should be

private. the State does not take part in the determination of the rules that they will govern the

collection, it only takes part to give the norms that will be applied very auxiliarily in case of lackof

agreement, or when before a breach, some of the parts presents/displays a legal battle that must

be decided by the Judicial Power. Yet the outlined thing, the present investigation looks for to

promote a new form to solve the bankruptcy conflicts using as an alternative mechanism the

Arbitration, that enjoys prestige and rapidity at present in our country, being able to compete with

the present Bankruptcy system, so that they are the parties that decide better the their interests

and choose between Indecopi or an Arbitration.

After an investigation we found as a result in statistics provided by the Indecopi itself, that

there is a considerable fall in the demand by Bankruptcy services, leading us to conclude that

less and less the parties trust this organism. Also, with the files compiled before Indecopi - host

Trujillo was stated a considerable delay in proceeding of the insolvency procedures. After

interviewing experts in Bankruptcy Law and Arbitration, we could verify that the total of the

interviewed people thought that to recover a credit in our country is difficult and our present

concursal system lacks predictability; Reason why to have the possibility of agreeing to ex- rules

before insolvency, among them a bankruptcy arbitration, appears like a valid alternative and

allowed to recover credits in insolvency in an opportune way. With the data obtained by the

Chamber of Commerce of Lima, it was appraised clearly that more and more, the parties look for

a mechanism that is not ordinary justice to solve his conflicts of interests, where the increase by

the arbitration as far as the number of processes and its quantity to solve is considerable. Finally,

we propose a legislative first draft to give jurisdiction to the arbitration on the bankruptcies

procedures.

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ÍNDICE

Dedicatoria......................................................................................................................................ii

Agradecimiento.............................................................................................................................. iii

Presentación.................................................................................................................................. iv

Resumen.. ......................................................................................................................................v

Abstract...........................................................................................................................................ix

Índice.............................................................................................................................................xiv

Índice de Abreviaturas..................................................................................................................xxii

Introducción...................................................................................................................................23

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CAPÍTULO IINTROUCCIÓN: El PROBLEMA DE LA INVESTIGACIÓN

1. Realidad Problemática............................................................................................................26

2. Formulación del Problema......................................................................................................30

3. Justificación del Problema......................................................................................................30

4. Hipótesis.................................................................................................................................30

5. Objetivos de la Investigación..................................................................................................31

5.1. Objetivo General.............................................................................................................31

5.2. Objetivos Específicos.......................................................................................................31

6. Definición de Términos Operacionales...................................................................................32

6.1. Derecho Concursal...........................................................................................................32

6.2. Insolvencia.......................................................................................................................32

6.3. Arbitraje............................................................................................................................33

6.4. Indecopi............................................................................................................................33

6.5.Comisión..........................................................................................................................33

6.6. Deudor.............................................................................................................................34

6.7 Acreedores.......................................................................................................................34

6.8. Actividad Empresarial.......................................................................................................34

6.9. Junta de Acreedores.........................................................................................................34

CAPÍTULO IIMETODOLOG ÍA

1. Población y Muestra................................................................................................................35

1.1. Población y Muestra para los Expedientes Concursales................................................35

1.2 Población y Muestra para las Entrevistas......................................................................35

2. Diseño de la Investigación......................................................................................................36

3. Técnicas e Instrumentos utilizados en la Investigación..........................................................37

4. Técnica de Recolección de Datos utilizados en la Investigación............................................38

5. Técnica de Selección de Muestra...........................................................................................39

5.1. Para la Entrevista............................................................................................................39

5.2. Para los Expedientes......................................................................................................39

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CAPÍTULO IIIMARCO TEORICO

SUB - CAPÍTULO IANTECEDENTES O INVESTIGACIONES PREVIAS .

1. Tesis........................................................................................................................................40

1.1.Universidad Nacional De Trujillo...................................................................................40

1.1.1. Raúl Maximiliano Fernández Flores...................................................................40

1.1.2. Amparo Grace Tinoco Bacon.............................................................................41

1.1.3. Irma Elena Augusto Dioses.................................................................................43

1.2. Universidad Nacional Mayor de San Marcos................................................................43

1.2.1. Juan Amadeo Alva Gómez..................................................................................43

2. Artículos Periodísticos y Revistas.........................................................................................44

2.1. Revista Themis...................................................................................................44

2.1.1. Huáscar Ezcurra Rivero............................................................................44

2.2. Revista Ius Et Veritas...........................................................................................45

2.1.2. Huáscar Ezcurra Rivero.............................................................................45

2.3. Diario El Comercio...............................................................................................46

2.2.3. Huáscar Escurra Rivero............................................................................46

SUB - CAPÍTULO IIBASES TEÓRICO - CIENTÍFICAS

1. Aspectos Históricos del Derecho Concursal...........................................................................47

1.1. Evolución del Derecho Concursal. La Quiebra desde Roma hasta las Ordenanzas de

Bilbao y el Primer Código de Comercio Peruano de 1853...............................................47

1.2. La Nueva Visión del Derecho Concursal.........................................................................50

1.3 Evolución del marco Legal Peruano................................................................................51

1.3.1. Con la ley Procesal de Quiebras - Ley Nº 7566...................................................51

1.3.2. Ley de Reestructuración Empresarial: Un Cambio de Sistema: Decreto Ley

Nº 26116..............................................................................................................54

1.3.3. La Ley de Reestructuración Patrimonial: Decreto. Ley. Nº 845.............................56

1.3.4. Ley de Fortalecimiento del Sistema de Reestructuración Patrimonial. Ley N°

27146…………………………………………………………………………………..…60

1.3.5. Ley General del Sistema Concursal: Ley N° 27809 (LGSC)................................61

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1.3.5.1. Principales Modificaciones de la Legislación Concursal Vigente..........63

1.3.5.2. El Título Preliminar y sus Objetivos: Una Nueva Visión de Indecopi….64

1.3.5.3. La Desactivación de las Comisiones Descentralizadas: ¿Avance o

Retroceso para la Celeridad de los Procedimientos?............................70

2. Necesidad de Regular el Derecho Concursal.........................................................................71

2.1. La Búsqueda por Precedencia de cobrar.....................................................................72

2.2. Los Procesos de Ejecución Ordinaria Devienen en Ineficaces e Injustos..................72

2.3. Liquidación Total del Patrimonio de Empresas Viables y El “Efecto Buffet”................74

2.4. Dificultades para la Negociación: Elevados Costos de Transacción...........................75

2.5. El Efecto de Quiebras en Cadena................................................................................77

2.6.Generación de Mercados Poco Competitivos...............................................................77

3. Definiendo Roles: La Meta del Sistema Concursal y sus Funciones......................................78

3.1. La Meta del Sistema Concursal......................................................................................78

3.1.1. El Sistema Concursal: Un Mecanismo de Distribución de Recursos...................79

3.1.2 La Eficiencia como Meta del Sistema Concursal.................................................81

3.1.2.1. Eficiencia en la Reducción de los Costos Ex Post Insolvencia..............82

3.1.2.2. Eficiencia en la Reducción de los Costos Ex Ante Insolvencia..............84

3.1.2.3. Eficiencia en la Reducción de los Costos Administrativos.....................85

3.2 La Función del Derecho Concursal: Fundamentalmente un instrumento de Reducción

de Costos de Transacción..............................................................................................86

3.2.1. Los Costos Generados por la Incertidumbre Existente acerca de la

Intangibilidad del Patrimonio del Deudor en Crisis.............................................87

3.2.2. Los Costos de reunir a los Acreedores Involucrados..........................................88

3.2.3. Los Costos de determinar el Derecho que le asiste a cada Acreedor

Involucrado.........................................................................................................89

3.2.4. Los Costos Derivados de No Tener Claridad Sobre las Posibles Alternativas

de Acuerdo.........................................................................................................89

3.2.5. Los Costos de Acceder a la Información Relevante...........................................90

3.2.6. Los Costos de Lograr un Acuerdo. .....................................................................91

4. El Teorema de Coase.............................................................................................................91

4.1. Contratación Ex Ante Insolvencia....................................................................................94

4.2. Contratación Ex Post Insolvencia... ...............................................................................95

5. La Privatización del Acuerdo de Reestructuración o Liquidación: Una Aproximación para el

Arbitraje Concursal..................................................................................................................95

5.1. El Arbitraje como una Alternativa para Resolver Conflictos Concursales: La Cláusula

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Arbitral de Insolvencia.....................................................................................................98

5.2. Razones que Justifican un Tribunal Arbitral................................................................101

5.3. Ventajas de Someter el Procedimiento Concursal a una Autoridad distinta al

Indecopi…………………………………………………………………………………………103

CAP ÍT ULO IV RESULTADOS

SUB - CAP Í TULO I RESULTADOS DE LOS EXPEDIENTES, ENTREVISTAS Y ESTADÍSTICAS

1. Expedientes Concursales Revisados Tramitados en Indecopi Sede Trujillo......................106

1.1. Procedimientos Concursales Tramitados en Indecopi -Sede Trujillo para los Años

2000 - 2005................................................................................................................107

1.2. Procedimientos Concursales Tramitados en Indecopi - Sede Trujillo Según Tipo de

Concurso para los Años 2000 - 2005. .......................................................................109

1.3. Clasificación de los Procedimientos Concursales para los años 2000 – 2005 según

su Estado: Concluido o en Trámite.... ……………………………………...………..…...110

1.4. Detalle del Estado Actual de los Procedimientos Concursales para los Años 2000 -

2005............................................................................................................................111

2. Resultados de las Entrevistas Realizadas a los Especialistas en la Materia........................113

2.1. Opinión de los Entrevistados a la Primera Pregunta: ¿Como considera Usted a los

Procedimientos Concursales tramitados ante Indecopi, en materia de celeridad? …113

2.1.1. Razones de por qué los Entrevistados Opinaron que los Procedimientos

Concursales son Lentos. ...............................................................................115

2.1.2. Razones de por qué los Entrevistados Opinaron que los Procedimientos

Concursales son Breves..............................................................................117

2.2 Opinión de los Entrevistados acerca de la Segunda Pregunta: ¿Cree usted que r

Recuperar un Crédito en nuestro País es Difícil? En caso de ser afirmativa su

respuesta indique las razones que la sustentan ........................................................118

2.3 Razones de por qué los Entrevistados Opinaron que recuperar un Crédito en

Nuestro País es Difícil................................................................................................119

2.4.Opinión de los Entrevistados a la Tercera Pregunta: Las encuestas reflejan que

con la dación de la ley concursal N° 27809 la demanda por servicios de

reestructuración ha caído de manera estrepitosa, vale decir que desde su

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fecha de publicación casi nadie se acoge a los procedimientos concursales.

¿Cual cree usted que seria la razón fundamental de esta caída?..............................121

2.5. Opinión de los Entrevistados a la Cuarta Pregunta y la Viabilidad para que las Reglas

de la Insolvencia se Puedan Pactar ex ante..............................................................122

2.5.1. Tipos de Reglas que los Entrevistados opinaron Podrían pactarse ex ante

Insolvencia....................................................……............................................124

2.5.2. Razones de por qué los Entrevistados opinaron que no sería Posible Pactar

Reglas ex ante Insolvencia..............................................................................126

2.5.3. Razones de por qué el Entrevistado Prefirió Abstenerse en dar una Opinión

sobre la Viabilidad de Pactar Reglas Ex ante Insolvencia..............................127

2.6. Opinión de los Entrevistados a la Quinta Pregunta y la Propuesta de Permitir que un

Tribunal Arbitral de Manera Alternativa a Indecopi Resuelva Conflictos

Concursales.................................................................................................................129

2.6.1. Razones de por qué los Entrevistados opinaron a favor de la Alternativa del

Tribunal Arbitral................................................................................................129

2.6.2. Razones de por qué los Entrevistados opinaron en contra de la Alternativa

del Tribunal Arbitral...........................................................................................131

2.6.3. Razones de por qué los Entrevistados mantuvieron una Posición Neutral.......133

2.7. Opinión de los Entrevistados a la Sexta Pregunta y la Posibilidad que los Privados

Puedan Elegir entre Indecopi o un Tribunal Arbitral, Logrando una Competencia

entre Ambos Organismos que Busque Tener Procedimientos Concursales mas

Rápidos y por ende Conseguir un Sistema Efectivo de Recuperación de Créditos,

donde Indecopi Realizaría Labores de Fiscalización en los Casos en que se Opte por

el Arbitraje...................................................................................................................135

2.7.1. Razones de por qué los Entrevistados opinaron a favor de la Alternativa del

Tribunal Arbitral.................................................................................................136

2.7.2. Razones de por qué los Entrevistados opinaron en contra de la Alternativa del

Tribunal Arbitral..................................................................................................138

2.7.3. Razones de por qué los Entrevistados mantuvieron una Posición Neutral…...140

3. Datos Estadísticos Proporcionados por Indecopi sobre los Procedimientos Concursales –

Sede Trujillo. Boletín Mensual Noviembre del 2005. Año 05 – Nª 21...................................141

3.1. Empresas acogidas al Sistema Concursal. (Estadísticas desde 1993 hasta octubre del

2005................................................................................................................................141

3.2. Empresas acogidas al Sistema por Sectores Económicos. Estadísticas desde Enero

2004 hasta octubre del 2005.........................................................................................143

3.3. Empresas acogidas al Sistema por tipo de solicitante. Estadísticas desde Enero 2004

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hasta octubre del 2005..................................................................................................143

3.4. Decisión de la Junta de Acreedores. Estadísticas desde Enero 2004 hasta

octubre del 2005)............................................................................................................145

3.5. Reconocimiento de Créditos. Monto Reconocidos en el Sistema: Estadísticas desde Enero 2004 hasta octubre del 2005................................................................................146

4. Datos Estadísticos del Centro De Conciliación y Arbitraje de a Cámara de Comercio

Sede Lima.............................................................................................................................147

4.1. Casos Ingresados al Centro de Arbitraje desde 1993 al 31 Marzo del 2005................148

4.2. Cuantías Ingresadas al Centro de Arbitraje desde 1993 a Marzo 2004.......................149

4.3. Duración Promedio de los Procesos Arbitrales dentro del Centro de Arbitraje.............149

4.4. Arbitrajes por Sectores Económicos.............................................................................151

SUB – CAPÍTULO IIRESULTADOS DE LA INVESTIGACIÓN

1. Legislación Concursal a Modificar……………………………………………………………......152

1.1. Referente al

Glosario…………………………………………………………….................153

1.2. Referente a las Autoridades Concursales……………………………………..…….…....154

1.3. Referente a las Reglas de Competencia Territorial....................................................155

1.4. Referente a la Competencia Alternativa de los Procedimientos Concursales............157

1.5. Referente a la Participación del representante de Indecopi......………………….........156

1.6. Referente al Procedimiento Concursal Preventivo......................................................157

1.7. Referente a la admisión de la Solicitud del Procedimiento Concursal Preventivo........158

1.8. Referente a la Impugnación de Acuerdo de Junta de Acreedores...............................159

1.9. Instancias Competentes en Acciones de Garantía u otras Demandas Judiciales en

Materia Concursal.......................................................................................................160

1.10. Facultades de la Comisión para interponer Nulidad de Cosa Juzgada……………….1611.11. Abandono del Procedimiento…………………………………………………………........162

2. Efectos de la modificatoria de la legislación Concursal Vigente…...………………..............162

2.1. Ventajas………………………………………………………………………………………..163

2.1.1. Posibilidad de Elección de los Privados............................................................163

2.1.2. Competencia entre dos instituciones. ..............................................................163

2.1.3. Celeridad en los Procedimientos Concursales y Protección al Crédito...........163

2.1.4. Descongestionamiento de la Sobre Carga Administrativa...............................164

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2.1.5. Seguridad de los Laudos Arbitrales..................................................................164

2.2 Desventajas...................................................................................................................165

2.2.1. Incremento de los costos de la insolvencia.......................................................165

SUB – CAPÍTULO IICONTRASTACIÓN DE LA HIPOTESIS

1. Diseño de la Investigación....................................................................................................166

2. Hipótesis Planteada para nuestra investigación...................................................................166

3. Diseño para la Contrastación de Hipótesis...........................................................................167

4. Contrastación de Hipótesis..................................................................................................168

Conclusiones Generales..............................................................................................................170

Conclusiones Específicas............................................................................................................174

Recomendaciones.......................................................................................................................175

Bibliografía...................................................................................................................................177

Anexos

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ÍNDICE DE ABREVIATURAS

Art. , art. = Artículo / artículo

Ibídem / Idem ibid = Lo mismo

LGSC = Ley General del Sistema

Concursal

op. cit. = Obra citada

p. , pp. = Página / páginas

s/e = Sin edición

SRP = Sistema de Reestructuración Patrimonial

v. g. = Por ejemplo

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INTRODUCCIÓN

Desde la primera disposición legal referente al Derecho Concursal, que fue la aplicada

en nuestro país teniendo como base la Ley Española sobre las Ordenanzas de Bilbao de 1737,

en la cual la quiebra se regulaba como una institución propia y exclusiva de los comerciantes,

hasta la actual Ley General del Sistema Concursal Nª 27809, hemos experimentado cambios

radícales en casi tres siglos de desarrollo. En especial, durante el transcurso de los últimos 15

años hemos sido partícipes de cambios profundos que tienen un matiz desestatizante, debido a

que nuestros legisladores comprendieron que el problema de la insolvencia es un tema que

concierne sobre todo a los privados y no al Estado. Así con la Ley de Reestructuración

Patrimonial, Decreto Ley Nª 26116 y sus sucesivas modificaciones que derogaron a la fallida ley

de Quiebras, establecieron importantes cambios, siendo uno de los más importantes la facultad

de que la junta de acreedores decida el destino de la empresa en insolvencia, dejando de lado

las funciones del síndico y al juez de quiebras, dando paso a que los acreedores planteen el

principal problema del derecho concursal, el cual no es sancionar al quebrado sino satisfacer a

los acreedores que han quedado impagos.

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Este sistema sui generis, cambia los parámetros judiciales y pasa a convertirse en un

esquema administrativo a cargo del Indecopi, en donde se busca reestructurar y salvar las

empresas viables cuando el valor del negocio en marcha es mayor al valor del negocio liquidado.

Empero, Indecopi ha tenido algunos problemas en la tramitación de los procedimientos

concursales, tales como el incremento en la demanda por servicios concursales, lo cual ha

desencadenado procedimientos cada vez más lentos y es causa de que no tengamos un sistema

efectivo de recuperación de créditos; por otro lado al ser los acreedores quienes deciden el

destino de la empresa, los costos de coordinación se elevan, por lo que es difícil lograr un

acuerdo entre una multiplicidad de acreedores, siendo poco probable que éstos tengan los

elementos necesarios para tomar la mejor decisión en un ambiente de insolvencia y pánico,

donde Indecopi no facilita la negociación y todos desean recuperar sus acreencias.

Con estas consideraciones previas buscamos proponer una nueva forma de resolver

conflictos concursales mediante un arbitraje pactado ex ante insolvencia con el objeto de tener

un sistema efectivo de recuperación de créditos, procedimientos más rápidos, dándoles a los

particulares la posibilidad de optar por un Arbitraje Concursal o seguir con el esquema de

Indecopi.

Para el primer capitulo de nuestro trabajo abordaremos la realidad problemática que

afronta el Indecopi y su lentitud en los procedimientos concursales, vale decir, los problemas que

motivaron la realización de la presente investigación; delimitaremos la justificación de nuestro

problema, los principales objetivos a lograr y nuestra hipótesis.

Para el segundo capítulo hemos delimitado la población y muestra de expedientes

concursales con los que se trabajó, así como la población y muestra de personas a entrevistar,

señalando las técnicas e instrumentos utilizados en este trabajo y técnicas e instrumentos de

recopilación de información.

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Hemos dedicado el tercer capítulo para el marco doctrinario que va desde los trabajos de

investigación previos y documentos que anteceden a éste, hasta un marco histórico-dogmático

que busca dar una rápida vista a las primeras concepciones de la quiebra, para luego ver el

marco de evolución concursal en nuestro país, los objetivos que plantea la actual legislación

concursal, la importancia del Análisis Económico del Derecho y finalmente las razones por las

cuales creemos conveniente y viable un Arbitraje Concursal dentro de nuestra legislación

nacional.

Para nuestro cuarto capítulo daremos a conocer los resultados productos de la

investigación, tanto de los expedientes como de las entrevistas realizadas a especialistas, las

estadísticas encontradas para demostrar que nuestra propuesta tiene un sustento lógico y

razones suficientes para ser válida; finalmente daremos nuestras conclusiones,

recomendaciones y propondremos un modelo de modificación legislativa para un Arbitraje

Concursal.

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CAPÍTULO I

INTROUCCIÓN: El PROBLEMA DE LA INVESTIGACIÓN

Sumario: 1. Realidad Problemática.- 2. Formulación del Problema.- 3. Justificación del

Problema.- 4. Hipótesis.- 5. Objetivos de la Investigación 6. Definición de Términos Básicos.

1. REALIDAD PROBLEMÁTICA.

La presente investigación tiene como objeto plantear el Arbitraje como mecanismo

alternativo para resolver conflictos concursales y establecer cuáles serían sus posibles

ventajas dentro de un procedimiento concursal con el objeto de tener un sistema efectivo

de recuperación de créditos y procedimientos con mayor celeridad; teniendo nuestro

problema las siguientes características:

a) En el año 1992 el Derecho Concursal peruano tuvo un cambio radical pasando del

esquema judicial de la fallida Ley de Quiebras, a formar parte de un conjunto de

normas en vía administrativa cuyos expedientes serían tramitados ante Indecopi, lo

cual ocasionó un incremento en la demanda de los servicios por reestructuración

patrimonial generando

una carga procesal que afectó la celeridad de los procedimientos concursales.1 Sin

embargo en estos tres últimos años, las estadísticas de nuestro Sistema Concursal

reflejan de manera contundente una clara disminución en la demanda de

1 El incremento por la demanda en los procedimientos concursales no debe necesariamente llevarnos a inferir un contexto de economía en crisis. Así como muchos negocios se liquidan, hay otros muchos que se reestructuran y otros muchos más que se constituyen. Lo que en realidad refleja la mayor demanda de procesos de insolvencia es la existencia de un mecanismo legal que se demuestra como eficaz para reorganizar los negocios en marcha a las nuevas exigencias de un mercado globalizado.

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procedimientos concursales siendo cada vez menos los casos de insolvencia

presentados ante Indecopi. A pesar de esto, la demora percibida en los

procedimientos concursales aún es grande. Además de ello, para el caso de la

ciudad de Lima a partir de noviembre del 2004, Indecopi ha decidido eliminar las

Comisiones Descentralizadas y mantener la hegemonía del control de dichos

procedimientos en la sede central; esto se justificaría por la poca concurrencia de

casos de esta naturaleza que desde la puesta en vigencia de la Ley del Sistema

Concursal se ha verificado, empero aún se aprecia una gran demora, por lo que

podría ser predecible que sin Comisiones Descentralizadas se verifique una demora

aún mayor. En este orden de ideas, tenemos una ley no eficaz a la que desde su

publicación pocos se acogen y con la cual, a pesar de la disminución de carga

procesal, aún se observa una demora equiparable a la del Poder Judicial.

b) Bajo este sistema administrativo los acreedores saben que su deudor está

potencialmente en condiciones de ir a Indecopi por un procedimiento concursal

tramitado bajo el amparo de la Ley General del Sistema Concursal. Éstos

lamentablemente no tienen otra opción, pues Indecopi mantiene dicha hegemonía,

no permitiendo que los privados pacten de manera ex ante insolvencia sus propias

reglas. Hay que recordar que tan privado es el acto de prestar dinero como el de

cobrarlo, sin embargo aún se mantiene la creencia que el Derecho Concursal es de

naturaleza pública.

Dado este esquema administrativo, las resoluciones expedidas por el Tribunal en

segunda instancia podrán ser cuestionadas en vía judicial alargando aún más el

procedimiento; en resumen, quien presta dinero no puede predecir la real dimensión

del riesgo, razón por la que, en la actualidad, quien presta en nuestro país lo hace a

una gran tasa de interés.

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c) Uno de los objetivos principales de nuestro Sistema Concursal es solucionar el tema

de los elevados costos de transacción, los cuales se dividen en Costos de

Búsqueda, Costos de Celebración y Costos de Ejecución2, dentro de estos costos

ubicamos a los costos de coordinación entre los acreedores que pugnan de manera

lícita por recuperar su crédito y conseguir un escenario que facilite la negociación

entre ellos para que puedan llegar al acuerdo que maximice la unidad productiva

una vez presentada la insolvencia de una empresa, vale decir que lleguen a conocer

si es que la empresa en insolvencia vale más liquidada o reestructurada.

Sin embargo vemos que concertar entre una multiplicidad de acreedores es muy

difícil, siendo poco probable que éstos tengan los elementos necesarios para tomar

la mejor decisión en un ambiente de insolvencia y pánico donde Indecopi no facilita

la negociación y no hay una efectiva labor de fiscalización.

d) Según el Documento de Trabajo Nª 008-2000, elaborado por Indecopi en agosto del

2000 bajo el nombre de Perfeccionamiento de Reestructuración Patrimonial.

Diagnóstico de una Década desde 1993 hasta el año 2000, las Juntas de

Acreedores de empresas declaradas en insolvencia han preferido la liquidación del

70% de los casos y sólo la reestructuración en un 30% Esto nos hace presumir que

los acreedores han optado generalmente por sacrificar la unidad productiva y poder

cobrar sus acreencias, sin que hayan tomado la mejor decisión.

Se sabe que reestructurar una empresa en Indecopi demora alrededor de 8 años y

si se desea liquidarla aproximadamente 3 años, evidenciando una clara demora

para el cobro de los créditos.

2 Clasificación efectuada por Robert Cooter y Thomas Uler. Citado por Bullard Gonzáles, Alfredo, Derecho y Economía. El Análisis de las Instituciones Legales, Palestra, Lima, 2003, p. 474.

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Esta demora nos ha llevado a ser considerados por el Banco Interamericano de

Desarrollo, en el año 2002, en el “último lugar en el ranking de niveles de protección

al crédito en América Latina”3.

e) Con todo lo esbozado, con el objetivo de proteger al crédito, consideramos

necesario plantear un mecanismo alternativo para resolver estos conflictos

concursales como el Arbitraje, que goza en la actualidad de prestigio y rapidez en

nuestro país; pudiendo competir con el sistema concursal actual de procedimientos

tramitados ante Indecopi, de manera que sean los particulares quienes decidan lo

mejor para sus intereses: ir a Indecopi por el procedimiento tradicional u optar por

un Arbitraje Concursal.

2. FORMULACIÓN DEL PROBLEMA.

¿Resultará necesario modificar la Ley del Sistema Concursal peruano dando facultades

para que un Tribunal Arbitral tenga competencia para resolver los Procedimientos

Concursales?

3. JUSTIFICACIÓN DEL PROBLEMA.

La presente investigación busca determinar la viabilidad de la modificatoria de la Ley

General del Sistema Concursal Nª 27809 para que un Tribunal Arbitral pueda resolver de

manera alternativa los procedimientos concursales, con el objetivo de que exista mayor

agilidad en dichos procedimientos y por ende tengamos un sistema efectivo de

recuperación de créditos, cumpliendo de esta manera el objetivo fundamental de la ley

concursal vigente, vale decir, proteger el crédito en nuestro país; permitiendo que no

3 Escurra Rivero, Huáscar, Diario El Comercio, edición del 2 de marzo de 2002.

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sea solo Indecopi quien mantenga el monopolio de los procedimientos concursales

como hasta ahora lo ha hecho, sino que muy por el contrario, pueda competir en

eficacia con una institución como el arbitraje y que sean los privados quienes decidan

cuál de ambas opciones es la más conveniente para cada caso concreto.

4. HIPÓTESIS.

“Con el fin de obtener celeridad en los procedimientos concursales, que se proteja al

crédito en nuestro país y que los privados puedan elegir entre Indecopi o un Tribunal

Arbitral y por ende lo más conveniente para sus intereses; resulta necesario modificar la

Ley del Sistema Concursal dando facultades para que un Tribunal Arbitral tenga

competencia para resolver dichos procedimientos”.

5. OBJETIVOS DE LA INVESTIGACIÓN.

5.1. Objetivo General.

Plantear la propuesta de modificación de la ley del Sistema Concursal colocando a

la jurisdicción arbitral como una alternativa viable para los procedimientos

concursales.

5.2. Objetivos Específicos.

a) Plantear la viabilidad del Arbitraje Concursal en un procedimiento de

insolvencia.

b) Dar a conocer la problemática de los cambios producidos legislativamente

en materia concursal durante los últimos años.

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c) Analizar la eficacia respecto de la decisión que toman los acreedores sobre

el destino del patrimonio del deudor dentro del procedimiento concursal

peruano.

c) Precisar la importancia del Sistema Concursal como herramienta

fundamental

de reflotamiento cuando una empresa entra en insolvencia económica.

d) Desarrollar un estudio acerca de las ventajas comparativas de acceder a la

jurisdicción Arbitral, en razón a la especialidad y calidad moral con que

cuenta un árbitro.

e) Determinar la utilidad de aplicar el Análisis Económico del Derecho, como

medio para identificar los costos de transacciones ex ante y ex post

insolvencia.

6. DEFINICIÓN DE TÉRMINOS OPERACIONALES.

6.1. Derecho Concursal.

Es la rama de derecho orientada a regular la situación excepcional en que se

encuentra el deudor que no puede hacer frente a sus obligaciones. Contiene

normas de derecho procesal, administrativo, civil, comercial y penal orientadas a

brindar un marco legal que asista a la reestructuración del patrimonio de un

deudor o a la liquidación ordenada del mismo, según el caso. El término Concurso

para la Real Academia significa, en primer lugar, concurrencia, y como término de

derecho, Concurso de Acreedores significa juicio universal para aplicar los

haberes de un deudor al pago de sus acreedores.

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6.2. Insolvencia.

La insolvencia es una situación jurídica referente a los procedimientos concursales

y es, además, el presupuesto objetivo unitario de dichos procedimientos. A pesar

de ello, la insolvencia es uno de los conceptos más imprecisos en su significación,

aunque la dificultad no está en sí misma, sino en sus aplicaciones concretas. En el

esclarecimiento del problema poco o nada contribuye su etimología, ya que si

solvencia proviene de solvens, soluto, calidad del que paga, insolvencia es

insolvens, es decir, calidad del que no paga; pero estos términos en la doctrina

tienen diferente tratamiento. La Ley del Sistema Concursal entiende por

Insolvencia al estado económico-financiero en virtud del cual una persona natural

o jurídica, independientemente de su actividad, ha sufrido una pérdida

considerable de parte de su patrimonio o se encuentra impedida de afrontar

temporal o definitivamente el pago de sus obligaciones.

6.3. Arbitraje.

Es un método de resolución de conflictos alternativo del judicial. Se trata de un

mecanismo mediante el cual esos conflictos pueden ser resueltos por particulares

que no revisten la calidad de jueces estatales. Producido un diferendo o un

conflicto de intereses entre dos o más partes, éstas deciden someter su

controversia a un tercero que provee la solución. Para muchos autores se trata de

una jurisdicción privada (individual o colegiada), instituida por voluntad de las

partes o por decisión legal, por la que se desplaza la potestad de juzgar hacia

órganos diferentes de los tribunales estatales. Este método tiene carácter

adversarial, pues es un tercero neutral quien decide la cuestión planteada, siendo

su decisión, en principio, obligatoria. Las partes se convierten en contendientes a

efectos de lograr un laudo favorable a su posición. Nosotros diremos que el

arbitraje es una institución jurídica heterocompositiva, en virtud de la cual una

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tercera persona, objetiva e imparcial, nombrada por las partes mediante convenio,

resuelve en base a una potestad específica el conflicto ínter subjetivo de intereses

jurídicos, en caso de ser la materia susceptible de libre disposición por las

personas afectadas por la discrepancia.

6.4. Indecopi.

Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la

Propiedad Intelectual.

6.5. Comisión.

La Comisión de Procedimientos Concursales del Indecopi y las Comisiones que

se instalen en virtud de convenios celebrados con entidades privadas.

6.6. Deudor.

Persona natural o jurídica, sociedad conyugal y sucesión indivisa, que tiene un

crédito pendiente. Se incluye a las sucursales en el Perú de organizaciones o

sociedades extranjeras.

6.7. Acreedores.

Personas naturales o jurídicas, sociedades conyugales, sucesiones indivisas y

otros

patrimonios autónomos que sean titulares de un crédito.

6.8. Actividad Empresarial.

Actividad económica, habitual y autónoma en la que confluyen los factores de

producción, capital y trabajo, desarrollada con el objeto de producir bienes o

prestar servicios.

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6.9. Junta de Acreedores.

Reunión de los acreedores dentro de un procedimiento concursal.

CAPÍTULO II

METODOLOGÍA

Sumario: 1. Población y Muestra.- 2. Diseño de la Investigación.- 3. Técnicas e Instrumentos

utilizados en la investigación.- 4. Técnicas e Instrumentos de Recolección de Datos Utilizados en

la Investigación.- 5. Procesamiento de Información.

1. POBLACIÓN Y MUESTRA.

1.1. Población y Muestra para los Expedientes Concursales.

Para el análisis de los expedientes se ha tomado como población todos los

procedimientos concursales concluidos, tramitados desde el año 2000 hasta 2005,

trabajando con una muestra del 20% tramitados ante la sede de Indecopi Trujillo

1.2 Población y Muestra para las Entrevistas.

Se ha tomado como población a todos los especialistas en Derecho Concursal,

Derecho Arbitral y Derecho Económico, por lo que esta investigación ha recogido

las opiniones de 20 de ellos, distribuidos de la siguiente manera:

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Especialistas en Derecho Concursal 10

Especialistas en Derecho Arbitral 5

Especialistas en Derecho Económico 5

Total 20

2. DISEÑO DE LA INVESTIGACIÓN.

El diseño de investigación es: Ex post Facto Prospectivo por las siguientes razones:

a) Teniendo en consideración una investigación descriptiva y un tipo de problema

explicativo se propuso como hipótesis de tipo causal en la cual las variables

independientes no son manipulables, por lo que nos dedicaremos al estudio del

posible efecto de la variable dependiente; a esto le llamamos ex post facto.

b) Se debe agregar además que por el hecho de medirse a futuro los resultados de la

presente investigación se convierten en Ex post Facto Prospectivo.

Causa Efecto

C X

En donde “ C “ es la causa y “ X “ el efecto.

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3. TÉCNICAS E INSTRUMENTOS UTILIZADOS EN LA INVESTIGACIÓN.

La presente investigación ha utilizado las siguientes técnicas e instrumentos:

a) Técnica Instrumento

Internet Páginas Web

Todos conocemos la vigencia e importancia de Internet en nuestros días, por lo que

esta técnica ha sido de gran importancia para el desarrollo de nuestra investigación,

ya que gracias a ello se tuvo acceso para revisar doctrina y legislación a nivel

mundial, se pudo lograr diversas entrevistas en tiempo real y por correo electrónico

con especialistas que no residen en nuestra ciudad.

b) Técnica Instrumento

Fotocopiado Fotocopia

Gracias a la técnica del fotocopiado se ha tenido acceso a diversas obras y revistas

que contienen doctrina nacional y extranjera, así como a trabajos de investigación

ubicados en las bibliotecas donde se realizó la presente investigación —muchos de

ellos imposibles de adquirir en nuestro medio por estar agotados o no ser de

ediciones nacionales—, logrando así conseguir valiosa información,.

c) Técnica Instrumento

Observación Senso-perceptual

Por medio de la Observación se ha constatado la realidad de muchas ventajas que

ofrece el trámite por vía administrativa, pero también muchos problemas existentes

en nuestro Sistema Concursal que serán desarrollados en la presente investigación.

d) Técnica Instrumento

Recopilación de Expedientes Guía de Información

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Con la ayuda de la guía de información se ha recopilado una muestra de

expedientes concursales tramitados en lndecopi sede Trujillo y que han sido usados

como sustento en los resultados de nuestra investigación.

e) Técnica Instrumento

Entrevista Cuestionario

Por medio un cuestionario se ha logrado entrevistar a especialistas de la materia

con el objeto de que respondan a su criterio si es viable la introducción de los

árbitros en el Procedimiento Concursal y cuyos resultados mostraremos en los

capítulos siguientes.

4. TECNICA DE RECOLECCIÓN DE DATOS UTILIZADOS EN LA INVESTIGACIÓN.

Para la recolección de los datos de este trabajo se ha utilizado las siguientes técnicas:

a) Compra de libros, por el cual se ha tenido acceso a diversa bibliografía

especializada en Derecho Concursal y Arbitral.

b) Por medio de la visita a diversas bibliotecas se ha fotocopiado diversas obras y

revistas que han sido necesarias para la elaboración del presente trabajo.

c) Con la ayuda de entrevistas realizadas a especialistas en la materia, a través de la

elaboración de un cuestionario, se ha tenido acceso a diversas opiniones de

importantes juristas y gente especializada en el tema.

d) Así mismo se ha visitado al Indecopi en sus sedes de Trujillo y Lima, para conseguir

datos precisos sobre los expedientes y las estadísticas de los Procedimientos

Concursales.

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e) También se ha hecho uso de Internet a través de la cual se ha tenido acceso a

diversas páginas web en materia Concursal y Arbitral donde se ha podido encontrar

artículos sobre la materia, datos estadísticos y se ha podido tener acceso a la

absolución de preguntas con especialistas que viven en la ciudad de Lima.

5. TÉCNICA DE SELECCIÓN DE MUESTRA.

5.1. Para la entrevista.

Se ha hecho uso de la técnica de selección de muestra de tipo No Probabilístico,

en la modalidad de sujetos a exportar, en razón de que las personas a entrevistar

serán escogidas por el mismo investigador de acuerdo con el criterio de

especialidad.

5.2. Para los Expedientes.

Se ha hecho uso de la técnica de selección de muestra de tipo Probabilístico en la

modalidad de aleatoria, en razón de un expediente por mes.

Ambas muestras están orientadas a marcar una tendencia, dado que los resultados que

se obtendrán son confiables.

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