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UNIVERSIDAD MAYOR DE SAN SIMÓN
Facultad de Ciencias Económicas
Departamento de Posgrado
“DIPLOMADO EN TRIBUTACION
31 ª VERSION”
MONOGRAFIA
REDUCCIÓN DE LA CARGA TRIBUTARIA MEDIANTE
PROCEDIMIENTOS TRIBUTARIOS VIGENTES
Tutor: Lic. Marcela Torrico Caballero
Postulante: Yanneth Giovana Choque Cruz
Abril, 2019
Cochabamba – Bolivia
i
Dedicatoria
A mi familia todo por todo su apoyo, paciencia y comprensión, a
Dios por todas las bendiciones y oportunidades de cada día.
ii
Agradecimiento
Al postgrado de la facultad de economía por darme la
oportunidad de titularme en la modalidad de diplomado en la
especialidad de tributación, y a los docentes por compartir sus
conocimientos en el transcurso del diplomado, que gracias a su
dedicación pudo realizarse esta monografía.
iii
INDICE
1. INTRODUCCIÓN................................................................................................................................... 1
2. RESUMEN ............................................................................................................................................ 3
3. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA ...................................................................................................... 4
3.1. Formulación del problema .......................................................................................................... 5
4. OBJETIVOS........................................................................................................................................... 6
4.1. Objetivo general .......................................................................................................................... 6
4.2. Objetivos específicos ................................................................................................................... 7
5. JUSTIFICACIÓN .................................................................................................................................... 7
5.1. Relevancia Social ......................................................................................................................... 7
5.2. Relevancia Económica ................................................................................................................. 7
5.3. Relevancia Política ...................................................................................................................... 8
5.4. Relevancia Teórica ...................................................................................................................... 8
6. ALCANCE ............................................................................................................................................. 9
6.1. Temporal ..................................................................................................................................... 9
6.2. Espacial ....................................................................................................................................... 9
7. MARCO DE REFERENCIA ...................................................................................................................... 9
7.1. Marco institucional ..................................................................................................................... 9
7.2. Marco conceptual ..................................................................................................................... 12
7.2.1. Comercio ........................................................................................................................... 12
7.2.2. Economía........................................................................................................................... 13
7.2.3. Economía Subterránea ...................................................................................................... 13
7.2.4. Empresas ........................................................................................................................... 13
7.2.5. Estado ............................................................................................................................... 14
7.2.6. Ingreso Fiscal ..................................................................................................................... 14
7.2.7. Legislación ......................................................................................................................... 14
7.2.8. Mercado ............................................................................................................................ 14
7.2.9. Productividad .................................................................................................................... 14
7.2.10. Pequeñas y Medianas Empresas (PyMEs) ......................................................................... 15
7.2.11. Sector Informal.................................................................................................................. 15
7.2.12. Tributación ........................................................................................................................ 15
iv
7.2.13. Administración Tributaria.................................................................................................. 15
7.2.14. Procedimientos Tributarios ............................................................................................... 16
7.2.15. Carga Fiscal ........................................................................................................................ 16
7.2.16. Presión Fiscal ..................................................................................................................... 16
7.2.17. Evasión Fiscal..................................................................................................................... 16
7.2.18. Elusión Fiscal ..................................................................................................................... 17
7.3. Marco legal ............................................................................................................................... 17
8. DESARROLLO PRÁCTICO .................................................................................................................... 21
9. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES ............................................................................................ 28
9.1. Conclusiones generales ............................................................................................................. 28
9.2. Recomendaciones ..................................................................................................................... 29
10. REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS ..................................................................................................... 31
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REDUCCIÓN DE LA CARGA TRIBUTARIA MEDIANTE PROCEDIMIENTOS
TRIBUTARIOS VIGENTES
1. INTRODUCCIÓN
Para empezar, la interrogante que cuestiona esta monografía es, ¿por qué no se logra una recaudación
total de los impuestos?, y es debido a la cantidad de impuestos que tan solo hablando del Impuesto al
Valor Agregado (IVA) o el Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas (IUE), en cada gestión no se
logra recaudar el 100% debido al costo final que representan que en una economía con un Sistema
Tributario de base amplia, en consecuencia a las imprecfecciones de dichos impuestos crean una carga
tributaria que obliga al contribuyente a no pagar o a cambiar de régimen.
Sin embargo para la administración Tributaria no existe una presión fiscal alguna, que se trata de la
incultura tributaria por parte de los contribuyentes; por lo que trata de cumplir sus funciones de manera
eficiente, ayudando al contribuyente mediante normas que faciliten el pago dichas obligaciones o
prorrogas que extiendan el tiempo de presentación y pago de dichas obligaciones; al mismo tiempo que
tratan de crear cultura tributaria incentivando con reducciones de multas y sanciones, pero aun así no se
logra recaudar lo suficiente.
Quiero continuar diciendo que la base para una buena percepción de ingresos fiscales, es a través de la
“informacion”, y esto se logra a traves del interes y la tecnología. Los contribuyentes deberían innovarse
incorporando tecnología informática a sus empresas, para de esta forma estar digitalizado y capacitarse en
materia tributaria para poder cumplir con las obligaciones que le corresponda, estando conectado
regularmente con el portal tributario. Implementando programas informáticos donde a futuro el
contribuyente este mas familiarizado en materia tributaria, con la finalidad de que el contribuyente se
identifique con sus obligaciones, logrando un control interno, donde el contribuyente llegue a fiscalizar y
fiscalizarse a sí mismo, a través de la mejora del portal tributario virtual, como resultado de constantes
sugerencias al portal tributario.
¿Por qué no se logra recaudar el 100% de los impuestos?, porque la recaudación no va ligada a la
obligación del contribuyente, y esto se refleja en el sistema tributario discriminado de contribuyentes
quienes no pagan porque no hay normas que reflejen esas responsabilidades y obligaciones; invadiendo a
la economía con regímenes y sectores gremiales, sector informal, contribuyentes influenciados a
inscribirse en paraísos fiscales evadiendo obligaciones, burocracia y corrupción.
Las sobrevivientes del sistema tributario son las PyMEs quienes al verse enfrentadas a una presión
tributaria o una constante persecución fiscal, que en el afán de continuar dentro de la economía del país o
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convertirse en competidores en el mercado global buscan alternativas legales o ilícitas; pero en definitiva
desaparecen debido a una desaceleración económica por incrementos salariales, imposición de dobles
aguinaldos, redistribución de recursos sin ningún estudio o efecto que podría ocasionar en nuestra
economía.
La finalidad de esta monografía es darle una solución a la recaudación de los impuestos, donde desde
el punto de vista ético y tributario se lograría a través de la declaración total de compras y ventas. Pero
para llegar a ese resultado se debe llegar a universalizar el régimen general e incluir a los regímenes
especiales dentro del sistema tributario, con la finalidad de inscribirlos como contribuyentes, donde
mediante una nueva norma establecer obligaciones tributarias donde todos los que realicen actividades
comerciales y/o productivas estén obligados a informar, declarar y pagar impuestos, y de esta forma
percibir un mayor ingreso fiscal.
Como efecto de dichas acciones se pueda crear cultura tributaria desde los ciudadanos, los nuevos
profesionales y a las emergentes empresas imponiendo un sistema tributario que haga frente al sector
informal.
En conclusión reducir la carga fiscal por medios legales una normativa a largo plazo, re-
estructuración de nuestro Sistema Tributario Vigente, implantar nuevos modelos de incentivo a las
empresas manufactureras, y recomendar estudios antes de redistribuir los ingresos percibidos por la
recaudación de impuestos, para que nuestros representantes estatales evalúen los efectos que podría
ocasionar una constante redistribución de recursos, previniendo una desaceleración económica.
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2. RESUMEN
Bolivia, país de las oportunidades llena de burocracia y un sistema tributario obsoleto.
Cada gestión incrementa la cantidad de contribuyentes registrados y de forma asimétrica la
recaudación fiscal según su productividad empresarial. ¿Debido a que? A una carga fiscal que sufren las
PyMEs. ¿Por qué?, porque los nuevos contribuyentes deciden inscribirse en los distintos regímenes con el
afán de incrementar sus utilidades en la categoría de contribuyentes menores. Esto supone que nuestro
sistema tributario no designa correctamente a los contribuyentes y sus obligaciones, que como resultado
emergen varios contribuyentes evasores perjudicando a empresas formales creando una competencia
desleal e ilícita ya que estos regímenes discriminan ciertos impuestos porque no están obligados a emitir
facturas o están liberados y/o exentos. Estos regímenes o gremios por la magnitud significativa en el
Sistema Tributario se volvió flexible a las exigencias de estos contribuyentes, quienes diversifican sus
bienes o servicios haciendo difícil la vinculación de actividad y el cruce de información que como
consecuencia da lugar a facturas depuradas, facturas que para las empresas legalmente constituidas
significa un gasto, lo que incrementa su carga fiscal, llegando al cierre de las mismas que ofrecían empleo
a la sociedad, de los cuales mediante su sueldo ponen dinero en circulación en el comercio y el ahorro,
dejando una desaceleración económica, donde ante la necesidad de circulación monetaria el Estado
redistribuye los ingresos percibidos de las empresas nacionalizadas, haciendo posible el doble aguinaldo,
bonos y rentas que en vez de ser pagar deudas externas o en la inversión en nuevos proyectos. Donde esta
redistribución ocasiona dos efectos que ponen en aprieto a la economía y a los contribuyentes, una de
ellas es una carga fiscal insoportable a aquellas empresas formales quienes en un instinto de
supervivencia busca otros medios para reducir su carga fiscal y otro efecto paralelo un doble aguinaldo
provoca una gran volatilidad monetaria en el sector informal mismo que recae en una deficiente
recaudación fiscal desincentivando al ahorro, incrementando las posibilidades de inflación .
Llegando dos salidas factibles para reducir la carga fiscal mediante procedimientos legales sería: re-
estructurando el Sistema Tributario Vigente, para reorganizar a los contribuyentes mediante un estudio de
mercado re-categorizando a los contribuyentes o en su defecto crear formularios específicos para los
regímenes especiales y llegar a una recaudación optima que solvente los gastos erogados del Estado,
obviamente amparado bajo una Nueva Norma que universalice nuestro Sistema Tributario; y otra salida
para las empresas medianas y pequeñas que tratan de sobrevivir al actual Sistema Tributario seria a través
de una eficaz planificación fiscal mediante normativa actual.
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3. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA
El enfriamiento de la economía y el incremento de costos administrativos asfixian a las pequeñas
empresas, por ello las PyMEs suelen ser frágiles ante presiones e instabilidades económicas cambiarias,
debido a que no gozan de un importante respaldo financiero, a consecuencia de una desaceleración
económica producto una constante redistribución de recursos a través del doble aguinaldo, rentas y bonos
que son aprobados y distribuidos por normativas vigentes establecidas, que desde el punto de económico
del país es factible debido los informes económicos emitidos en cada gestión fiscal, cuyo resultado es
reflejado en el PIB, resultante entre los ingresos fiscales percibidos, y la productividad de distintas
empresas. Poniendo en un balanza a empresas grandes, medianas y pequeñas empresas, obligando a
cumplir con disposiciones legales que llegan a convertirse en una carga fiscal para aquellas empresas
pequeñas, donde a consecuencia de presiones y competencias ilícitas del sector informal las PyMEs
llegan a cerrar sus negocios mismas que generan empleo a las de 2 millones de trabajadores, a pesar de
que el gobierno se propone a apoyar el crecimiento de las PyMEs a través de nuevas medidas normativas
pero que en defecto de las mismas se observan contradicciones o vacíos legales que los sectores
informales aprovechan para beneficiarse, y ante esa situación las PyMEs se encuentran nuevamente con
una presión tributaria y una economía informal que avanza.
Una constante exigencia y presión por parte de los operativos o inicios de fiscalizaciones por parte de la
Administración Tributaria llega a generar futuras contingencias a las PyMEs, imponiendo una fuerte
aplicación de multas que en algunos casos extremos son abultadas e incluso da lugar a un inicio de
procesos penales que eventualmente pueden concluir con la privación de libertad de los contribuyentes o
responsables legales; e incluso al comiso de sus bienes, que por tratar de cumplir con sus obligaciones
comenten errores en la declaración de impuestos (IVA, IUE o presentación de Estados Financieros) y
como consecuencia llegan a ser perseguidos por constantes fiscalizaciones, que como resultado llegan a
convertirse en multas pecuniarias que exceden la capacidad económica de la empresa obligándoles a
cerrar sus negocios. Entre las multas podemos mencionar Multa por Incumplimiento a Deberes Formales
(MIDF), Multa por Omisión de Pago, llegando en casos graves de responsabilidad civil como Multa por
Defraudación Fiscal, Evasión, Asociación Ilícita, Falsedad en la Declaración Jurada de Bienes y Rentas,
Contratos Lesivos al Estado, entre otros., llegando algunos a considerarse delitos.
En Bolivia, el Servicio de Impuestos Nacionales (SIN), en la gestión 2005 llegó a registrar 257.343
contribuyentes entre activos e inactivos, y en 2017 se logró registrar a 956.751 contribuyentes entre
activos e inactivos, este incremento de contribuyentes registrados se debió a la constante tarea de
verificación y control a los domicilios tributarios de los sujetos pasivos, realizando operativos formativos
y coercidos dictados por normas aplicados por la Administración Tributaria en cumplimiento de sus
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funciones, con el objetivo de crear cultura tributaria, formando a contribuyentes responsables dándoles a
conocer de sus obligaciones y derechos para lograr una contribución tributaria responsable, oportuna y
correcta en beneficio del país. Pero a pesar de eso, los informes de recaudación muestran una realidad
amarga en los informes finales, demostrando de que de todos los contribuyentes registrados, 400.812 son
contribuyentes activos de los cuales 78,38% régimen general y 21,62% régimen especiales de los cuales
el 48.81% personas naturales, 42.33% empresas unipersonales y 8.86% empresas jurídicas y sucesiones
indivisas de los cuales tenemos el siguiente informe de recaudación en 2017: Graco participan 1.26%
recaudan 36%, Pricos participan 0.03% recaudan 43%, Resto participan 77% recaudan 20.6%, Los
regímenes especiales 21.6% aportan 0.21%. Donde se observa que los contribuyentes que menos tributan
son los Resto y los Regímenes especiales llegando a formar el 98% de todos los contribuyentes activos
sin mencionar al sector informal.
Ante los datos atribuidos se podrían tomar medidas que podrían aumentar las recaudaciones y de forma
simétrica reduciendo la carga fiscal en las PyMEs a través del control del sector informal, mediante
constantes operativos realizados por funcionarios capacitados de la Administración Tributaria a los
sectores donde operan los sujetos pasivos en calidad de ambulantes o puestos improvisados que invaden
las calles o crean mercados clandestinos. Y del resultado de los operativos se brinde un informe global de
resultados tanto del sector informal y de los regímenes especiales, e implementar un formulario donde se
recaude hasta donde su capacidad económica lo permita, de esta forma regularizar el comercio,
incentivando a que las demás empresas paguen sin ninguna presión tributaria, teniendo un mercado con
cultura tributaria incentivando a las nuevas empresas donde la mejor forma de reducir la carga fiscal sería
a través del cumplimiento de obligaciones de forma unánime.
3.1. Formulación del problema
Con base a la información obtenida, se llega a las siguientes cuestiones:
a) ¿Por qué las Pequeñas y Medianas Empresas (PyMEs) buscan reducir su carga fiscal?
b) ¿Qué medidas legales utilizan las PyMEs para lograr reducir su carga fiscal?
c) ¿Qué medidas debería implementar el Estado para incentivar el surgimiento de PyMEs?
d) ¿Cómo controlar el sector informal?
e) ¿Qué aspectos del comercio informal afectan a las PyMEs?
Dando una respuesta general a las anteriores preguntas, da lugar al análisis de estudios
macroeconómicos donde dan a conocer que los incrementos salariales y los dobles aguinaldos están
siendo usados principalmente para el consumo de productos importados y que de alguna forma estamos
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financiando la industria de otros países. Lo que preocupa, porque como consecuencia se tiene una
desaceleración productiva en la economía, existiendo un disminución de la demanda de los productos de
fábrica local, favoreciendo a la industria extranjera, matando y desincentivando a la industria local,
dejándolos con poca actividad productiva o comercial, y ante nuevas normas que intentan regular el
sistema económico tributario llenan de obligaciones a las distintas empresas tal sería el caso de la
inscripción del ROE dando obligaciones patronales y laborales a empresas unipersonales o empresas
pequeñas, que junto con el incremento de salarios, retroactivos, tolerancia maternal e imposición del
doble aguinaldo incrementa su carga tributaria y excesivas multas o ante la creciente valuación monetaria,
caemos en desventaja dejando de ser competitivos en el comercio exterior, debido a la inestabilidad
económica llegando a cerrar empresas, retrocediendo en una economía global y moderna.
Todo indica que en un país regido por un modelo neoliberal, el Estado debería tratar de bajar la
presión fiscal para hacer más competitiva la industria local, pero eso no pasa en Bolivia. Ya que se
debería tratar con prudencia el manejo de los incrementos salariales, e incentivar la inversión directa
extranjera, avanzando en la formación de empresas industriales, a través de Inversiones o re- inversiones
en tecnologías similares a los países vecinos, capacitando los futuros profesionales haciéndolos más
productivos.
Pero el panorama en nuestro país es otro, donde en vez de mejorar empeoramos, al adoptar maniobras
y medidas de evasión tributaria al incurrir en actividades ilícitas como el contrabando y aprobando el
surgimiento de empresas informales.
4. OBJETIVOS
Los objetivos son los siguientes:
4.1. Objetivo general
Analizar qué aspectos fomentan a las PyMEs a reducir la carga fiscal y de esta forma saber si
existiría una presión económica impuesta por la Administración Tributaria, saber cómo afecta
económicamente a las PyMEs, si existe una competitividad o qué serie de ventajas y desventajas
tiene asimétricamente frente a una empresa del sector informal. Con el objetivo de buscar
medidas que podría asumir o mejorar el Estado a través de la Administración Tributaria para
apoyar e incentivar el sector formal y lograr una eficiente recaudación de recursos, proponiendo
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integrar un nuevo modelo económico social comunitario productivo para el bienestar del pueblo
soberano, a través de una nueva estructura del Sistema Tributario vigente.
4.2. Objetivos específicos
Los objetivos específicos son los siguientes:
a) Conocer las principales razones para que las PyMEs quieran reducir su carga fiscal.
b) Evaluar cuáles son las obligaciones tributarias de las PyMEs, y si son adecuadas.
c) Señalar como llega a afectar la recaudación de impuestos ante la existencia de
empresas informales.
d) Analizar medidas se pueden reducir el incremento de empresas informales.
5. JUSTIFICACIÓN
Las principales razones para la realización de esta monografía son:
5.1. Relevancia Social
La carga fiscal en las PyMEs y la baja recaudación de los regímenes especiales, tiene un
impacto social tanto para los contribuyentes y el desarrollo del país, que debido a una creciente
economía oculta que provoca un ciclo destructivo y una pelea constante entre los agentes de
retención (la Administración. Tributaria) y los contribuyentes.
Y según información proporcionada por la Administración Tributaria el 98% de los
contribuyentes no contribuyen, donde dentro de este rango están los Regímenes Especiales y Los
Restos, siendo los contribuyentes que contribuyen menos.
El Servicio de Impuestos Nacionales en el transcurso de su implementación y constante
actualización, que en forma de incentivar a la sociedad se creó el “Día de la Cultura Tributaria”
que se celebra cada 3 de septiembre, en un incentivo de crear cultura tributaria en la sociedad.
5.2. Relevancia Económica
Ante una economía que avanza muy a pesar del cumplimiento e incumplimiento de normas,
las recaudaciones por impuestos contribuyen al financiamiento de las actividades del sector
público y a gastos que generan bienestar para el pueblo soberano, y ante una deficiente
recaudación fiscal por el sector informal o los distintos regímenes especiales el país sufre un
gran impacto económico incrementando su deuda externa y disminuyendo su ingreso Fiscal,
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mismas que se deben a las transacciones del sector informal realizadas en los distintos mercados
de nuestra economía, evadiendo los derechos y obligaciones del sistema tributario.
5.3. Relevancia Política
Y ante una economía que gira a través de aspectos políticos y no así del cumplimiento de
normas legislativas que regulan el comercio, dejando sin valor a las mismas. Debido a que el
Estado toma decisiones que afectan seriamente a la economía, debería hacerse cumplir primero
las políticas económicas, siguiendo un modelo económico que ayuden al crecimiento y
desarrollo de la economía.
Porque las PyMEs formales no perciben ningún beneficio por cumplir con sus obligaciones,
que más al contrario sufren de una carga fiscal que las obliga a cierre de sus empresas. Ya que el
Servicio de Impuestos Nacionales incentiva a no contribuir al reducir las obligaciones tributarias
beneficiando a los que incumplen la norma y mal acostumbrando a las mismas.
Por el abuso burocrático y la facilidad de imponer o comisar obligaciones y derechos sin
equidad por parte del Servicio de Impuestos Nacionales.
A causa de que existe una competencia injusta, desleal e ilícita entre el mercado formal e
Informal. Injusta, por no estar dentro del régimen que le corresponde omitiendo sus derechos y
obligaciones; desleal por incrementar y fomentar a las emergentes empresas a un régimen
equivocado, donde uno de los factores que destruye la economía de las demás empresas es la
capacidad de diversificar fácilmente sus productos o servicios; e ilícita por evadir el pago de los
impuestos al no inscribirse como contribuyente o realizar actividades ilícitas como el
contrabando.
5.4. Relevancia Teórica
Debido a que la mayoría de las empresas en Bolivia son Pequeñas y Medianas, se debería
implementar soluciones factibles e inmediatas para lograr incrementar los ingresos fiscales, a
través de operativos y normas que incentiven la integración de los regímenes especiales al pago
de impuestos o una planificación fiscal para reducir el impacto de una carga fiscal en las PyMEs.
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6. ALCANCE
6.1. Temporal
La siguiente monografía tiene una investigación bibliográfica que se desarrolló durante los
últimos meses de la gestión 2018, pero la información obtenida y descrita se remonta desde las
gestiones 2002 hasta 2018.
6.2. Espacial
El proceso investigación de tipo bibliográfico de esta monografía, toma en cuenta la realidad
tributaria de los contribuyentes o representantes legales registrados como PyMEs en el Servicio
de Impuestos Nacionales de toda Bolivia.
7. MARCO DE REFERENCIA
7.1. Marco institucional
La crisis económica que atravesaba Bolivia en la década de los 80 estableció la necesidad de
elaborar un nuevo sistema tributario con el objetivo de frenar las altas tasas de inflación y generar
mejores condiciones para el crecimiento económico del país.
La nueva reforma impositiva se materializó con la Ley 843 de 20 de mayo de 1986, transformando
radicalmente la estructura de la Administración Tributaria, estableciendo sólidos criterios técnicos y
modernizando sus instrumentos.
La medida fiscal redujo los más de cien impuestos existentes a sólo seis impuestos permanentes y
una contribución por única vez, denominada “Regularización Impositiva”. Este era un impuesto del
3% sobre el patrimonio neto delas firmas y de las personas, lo que permitió a los contribuyentes
sanear su situación con el Fisco respecto de las obligaciones tributarias vencidas antes del 31 de
diciembre de 1985. Asimismo, se crearon los regímenes especiales como el Sistema Tributario
Integrado (STI), el Régimen Tributario Simplificado (RTS) y el Régimen Tributario Rural Unificado
(RTRU).
Entre los impuestos introducidos podemos mencionar el Impuesto al Valor Agregado (IVA), que
es una adaptación positiva del impuesto indirecto establecido en Europa y otros países de
Latinoamérica, siendo hoyen día el impuesto de mayor recaudación a nivel nacional con una alícuota
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vigente a la fecha del 13%. Figuran también el Impuesto a las Transacciones (IT), que actualmente
tiene una alícuota del 3%, y el Impuesto a los Consumos Específicos (ICE), entre otros.
Paulatinamente se fueron mejorando los servicios de la Administración Tributaria, por ejemplo, se
adecuó el Registro Único de Contribuyentes (RUC) a las particularidades de la nueva normativa para
contar con un registro de contribuyentes real a nivel nacional, esto se dio gracias a la aplicación de un
sistema computacional en línea que redujo en ese tiempo los márgenes de error a menos del 2%.
También se implantó el cobro de los impuestos mediante el Sistema Bancario, los controles
sistematizados a los contribuyentes, la recaudación con valores, control de presentación de
Declaraciones Juradas, etc.
En 1988, con la misión fundamental de ejercer un control efectivo en los sujetos de mayor
significancia fiscal, se creó el segmento de Grandes Contribuyentes (GRACO) para otorgar un trato
preferencial y atención personalizada.
La reforma estructural progresiva promulga la Ley 1340 de 28 de mayo de 1992, la cual pone en
vigencia el segundo código tributario, efectivizando una importante labor de imagen corporativa,
cambiando el nombre de la institución y reforzando la acción de comunicación.
Se da un salto cualitativo al área de informática, inaugurando un moderno centro de computación e
informática, con tecnología de punta, elevando la precisión y eficiencia de servicios hacia los
contribuyentes, dando origen a los avances tecnológicos más importantes de las últimas décadas en
toda la Administración Pública.
Entre los sistemas más importantes y vigentes a la fecha está la incorporación del sistema de
acceso y consulta telefónica gratuita, la cual permite absolver las dudas de los contribuyentes y de la
población en general desde cualquier punto del país. Asimismo, gracias al internet, con información
de carácter tributario, se comenzó a brindar servicios de alcance nacional e internacional, dotando a
usuario de la posibilidad de efectuar consultas en línea.
Con la actualización de los sistemas se logró depurar el Padrón de Contribuyentes, alcanzando un
crecimiento promedio anual del 14,79% de inscritos, además, por primera vez el Padrón incluyó datos
del Régimen Agropecuario Unificado (RAU).
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Hubo reformulaciones que se realizaron a la Ley 843, a través de la Ley 1606, dentro las cuales,
por ejemplo, se puede citar la eliminación del Impuesto a la Renta Presunta de las Empresas (IRPE) y
el Impuesto a la Renta Presunta de los Propietarios de Bienes (IRPPB) para crear el Impuesto sobre
las Utilidades de las Empresas (IUE).
Con el objeto de darle sostenibilidad a las tareas efectuadas, se promulgó la Ley 2166, cambiando
la denominación de la Administración Tributaria por el nombre que a la fecha sigue vigente “Servicio
de Impuestos Nacionales”, estableciendo autonomía financiera y la institucionalización.
En la gestión 2003, se promulga la Ley 2492 que establece el nuevo Código Tributario vigente
hasta el día de hoy, que regula el régimen jurídico del sistema tributario boliviano, aplicando todos
los tributos de carácter nacional, departamental, municipal y universitario.
En 2005, se promulgó una nueva Ley de Hidrocarburos, creando el Impuesto Directo a los
Hidrocarburos (IDH), el cual constituye, aproximadamente, un tercio de la recaudación tributaria
actual. El siguiente cuadro muestra la recaudación progresiva de los diferentes impuestos desde la
gestión1990 a 2005.
Asimismo, a partir de la gestión 2005 la cantidad de contribuyentes se fue incrementando
principalmente por el cambio del RUC al NIT, por lo que al 31 de enero de 2005 el Padrón de
Contribuyentes alcanzó a 146.159.
La transferencia de los recursos permite a las regiones administrar independientemente los
ingresos tributarios que les corresponde y superar las trabas que anteriormente existían para su
desarrollo. Es así, que en el 2011 la Ley 154 de Clasificación y Definición de Impuestos y de
Regulación para la creación y/o modificación de impuestos, faculta tanto a departamentos como a
municipios a crear sus propios impuestos.
Con el objetivo de acompañar el crecimiento económico del país con una eficiente recaudación
tributaria, el Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) cumple un conjunto de actividades como
campañas de control fiscal, ferias de cultura tributaria, implementación de nueva tecnología y otros
para reforzar el cumplimiento voluntario del pago de tributos y transparentar la actividad
institucional.
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Por ello, el SIN emprendió un proceso de modernización de la operativa tributaria y bajo el
principio de simplicidad, a través del Modelo de Administración del Sistema Impositivo (MASI), se
ha implementado el Padrón de Contribuyentes Biométrico Digital, cuya inscripción se realiza a través
de la Oficina Virtual, misma que permite que al presente más de 300.000contribuyentes pueden
presentar sus declaraciones juradas desde la comodidad de su casa, su oficina o cualquier otro lugar
del mundo, con un computador o teléfono celular conectado a internet.
La adopción de modernos sistemas tecnológicos, junto a la creación de nueva infraestructura
institucional en las principales ciudades del país y al desarrollo de modernos y eficientes sistemas de
fiscalización y educación tributaria han permitido el crecimiento sostenido delas recaudaciones, que
se destinan para impulsar el desarrollo nacional y la lucha contra la pobreza.
En 2012, el SIN logró la recaudación más alta de la historia tributaria de Bolivia al llegar a un
récord histórico de más de 37mil millones de bolivianos, el triple de lo recaudado en 2005 y un 24%
más a lo obtenido en 2011.
Ya para la Gestión 2017 se llega a se logró registrar a 956.751 contribuyentes entre activos e
inactivos, donde de todos los contribuyentes registrados, 400.812 son contribuyentes activos de los
cuales 78,38% Régimen General y 21,62% Régimen Especiales de los cuales el 48.81% Personas
Naturales, 42.33% Empresas Unipersonales y 8.86% Empresas Jurídicas y Sucesiones Indivisas de
los cuales tenemos el siguiente informe de recaudación en 2017: GRACO participan 1.26% recaudan
36%, PRICOS participan 0.03% recaudan 43%, RESTO participan 77% recaudan 20.6%, Los
regímenes especiales 21.6% aportan 0.21%. Donde se observa que los contribuyentes que menos
tributan son los Resto y los Regímenes especiales llegando a formar el 98% de todos los
contribuyentes activos sin mencionar al sector informal.
7.2. Marco conceptual
Los principales conceptos asociados al problema son los siguientes:
7.2.1. Comercio
Es la actividad socioeconómica consistente en el intercambio de algunos materiales que
sean libres en el mercado de compra y venta de bienes y servicios, para la venta o
transformación. Es el cambio o transacción de algo a cambio de otra cosa de igual valor. La
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tendencia a cambiar bienes diferentes responde a un criterio de maximización de utilidad
que se desarrolla en los seres humanos. El comercio, puede decirse, es la expresión más o
menos consolidada y estable de esta tendencia natural al intercambio.
7.2.2. Economía
Ciencia que estudia los métodos más eficaces para satisfacer las necesidades humanas
materiales, mediante el empleo de bienes escasos. Por tanto, es Administración eficaz y
razonable de los bienes por el Estado, realizando una adecuada distribución de recursos
materiales o expresivos teniendo como objetivo global extender a todos los sectores sociales
los servicios y medios fundamentales para una vida digna.
También es referido como un conjunto de bienes y actividades como el ahorro de
trabajo, tiempo o de otros bienes o servicios que al mismo tiempo que tiene que reducir los
gastos en este sentido economía es un sinónimo de eficiencia cuyos resultados integran la
riqueza de una colectividad o un individuo, Transformándose una economía competitiva de
mercado, siendo a su vez un Sistema económico en el que las decisiones tienden a obtener
el mayor beneficio según los precios de la oferta y la demanda con un mínimo de
regulación.
7.2.3. Economía Subterránea
Son todas las actividades ilícitas que no se registran y que son gravadas. Este tipo de
economía no tiene un ingreso declarado por lo tanto no se contabiliza en el Producto Interno
Bruto (PIB), esta economía también se conoce como una economía negra u oscura.
7.2.4. Empresas
Unidad de control y decisión que utiliza diferentes insumos para producir bienes o
servicios. Las empresas, según su propiedad, pueden ser privadas o públicas; en el primer
caso pertenecen a un empresario o conjunto de empresarios, mientras que en el segundo la
propiedad es del Estado, ya sea a nivel nacional, regional o municipal. La gestión de la
empresa, que antiguamente casi sin excepción correspondía al empresario, se encuentra
ahora siempre en manos de un cuerpo organizado de empleados especializados, la gerencia,
salvo en los casos de empresas pequeñas o de características muy especiales. En las
empresas públicas la gestión puede efectuarse directamente por funcionarios
gubernamentales o puede estar a cargo de una gerencia técnica, más o menos independiente
de las decisiones políticas.
14
Es un sistema con su entorno definido como la industria en la cual se materializa una
idea, de forma planificada, dando satisfacción a demandas y deseos de clientes, a través de
una actividad económica.
7.2.5. Estado
Se refiere a una forma de organización social, económica soberana y coercitiva,
conformada por un conjunto de los órganos del gobierno de un país soberano, las cuales se
derivan en instituciones que tienen el poder de regular la vida comunitaria nacional,
generalmente solo en un territorio determinado o territorio nacional.
7.2.6. Ingreso Fiscal
Es el total del caudal recaudado por el Estado para financiar las actividades del sector
público y sus erogaciones, tales ingresos son recaudados por conceptos de impuestos,
derechos, productos y aprovechamientos.
7.2.7. Legislación
Se denomina legislación al cuerpo de leyes que regulan determina materia o ciencia o al
conjunto de leyes a través del cual se ordena y regula del gobierno y el soberano, también se
entiende como ordenamiento jurídico y que establece aquellas conductas y acciones
aceptables o rechazables de un individuo, empresa, ente otras.
7.2.8. Mercado
El mercado es, el ambiente social o virtual que propicia las condiciones para el
intercambio; en otras debe interpretarse como las institución u organización social a través
de la cual los ofertantes (productores o vendedores) de un determinado bien o servicio,
entran en estrecha relación comercial a fin de realizar abundantes transacciones
comerciales.
7.2.9. Productividad
La productividad es una medida relativa que mide la capacidad de un factor productivo
para crear determinados bienes en una unidad de tiempo.
Se determina como la capacidad de un sistema productivo para elaborar los productos
requeridos y el grado en que los recursos empleados en el proceso productivo son
aprovechados. Mayor productividad, utilizando los mismos recursos, resulta en mayor
15
rentabilidad para la empresa. De allí que el concepto de productividad es aplicable a una
empresa industrial o de servicios, a un comercio particular, a un ramo de la industria o,
incluso, a toda la economía d una nación.
7.2.10. Pequeñas y Medianas Empresas (PyMEs)
La sigla PyME se utiliza para hacer referencia las Pequeñas y Medianas Empresas, y se
caracterizan por ser diferentes a las grandes empresas por su capital, personal y estructura
empresarial. Por lo general las PyMEs están compuestas por una cantidad limitada de
personas o trabajadores, cuentan con un presupuesto más reducido y por lo tanto reciben
cierta ayuda o asistencia de los gobiernos correspondientes.
7.2.11. Sector Informal
Es denominado como un conjunto de empresas, trabajadores y actividades económicas
que operan fuera del marco legal. El sector informal no solo evita el pago de impuestos y de
otras regulaciones, sino que también no goza de los servicios y protección que la ley y el
Estado proporcionan.
En el sector informal suelen no cumplirse las leyes del trabajo ni otras regulaciones
sanitarias, de seguridad o simplemente burocráticas, que el Estado impone al sector privado;
tampoco se pagan -o no se pagan por completo- diversos impuestos y tasas que exige el
fisco. El sector informal suele ser de bastante amplitud en los países menos desarrollados,
aunque tampoco es despreciable en las economías más adelantadas, donde se le llama
también economía sumergida o subterránea.
7.2.12. Tributación
Vocablo que significa tanto el tributar, o pagar impuestos, como el sistema o régimen
tributario existente en una nación. La tributación tiene por objeto recaudar los fondos que el
Estado necesita para su funcionamiento, pero, según la orientación ideológica que se siga,
puede dirigirse también hacia otros objetivos: desarrollar ciertas ramas productivas,
redistribuir la riqueza, etc.
7.2.13. Administración Tributaria
Entidad de derecho público, autárquica con independencia administrativa, funcional,
técnica y financiera, con jurisdicción y competencia en todo el territorio nacional,
personería jurídica y patrimonio propio.
16
Reducir la evasión y la defraudación, mediante la administración eficiente del Sistema
Tributario, la facilitación del cumplimiento voluntario, el control riguroso y transparente de
las obligaciones tributarias, y la cobranza y sanción de los que incumplen; estimulando el
permanente desarrollo de su recurso humano y el reconocimiento de la comunidad hacia los
objetivos institucionales.
7.2.14. Procedimientos Tributarios
Es un procedimiento cuyo acto resolutorio es un acto de liquidación. Este acto de
liquidación es un acto administrativo.
El acto administrativo es una declaración unilateral (lo diferencia de los contratos) de
voluntad, juicio o conocimiento realizada por la Administración Tributaria en el ejercicio de
una potestad administrativa distinta de la potestad reglamentaria.
7.2.15. Carga Fiscal
La carga tributaria es la relación que existe entre el impuesto sobre la renta que paga un
contribuyente y el total de ingresos netos de este (ingresos brutos menos ingresos exentos y
no afectos) y se determina respecto a la economía global de cada país, caso en el cual
corresponde a la relación resultante entre los ingresos fiscales frente al producto interno
bruto del país.
7.2.16. Presión Fiscal
Es un término económico para referirse al porcentaje de los ingresos que los particulares
y empresas aportan efectivamente al Estado en concepto de tributos en relación al producto
bruto interno. De ese modo, la presión tributaria de un país es el porcentaje del PIB
recaudado por el Estado por impuestos, tasas y otros tributos.
La presión tributaria se mide según el pago efectivo de impuestos y no según el monto
nominal que figura en las leyes, de tal modo que, a mayor evasión impositiva menor presión
fiscal, aunque formalmente las tasas impositivas puedan ser altas. De hecho, en países con
alta tasa de evasión, el Estado suele elevar la presión impositiva sobre los habitantes con
menos posibilidades de evasión, usualmente los consumidores.
7.2.17. Evasión Fiscal
Es la actividad ilegal realizada por el sujeto pasivo para no pagar o reducir el monto de
los impuestos.
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Conocida también como fraude fiscal, es la actividad ilícita en la que incurren personas o
empresas cuando ocultan bienes o ingresos a las autoridades tributarias, o sobrevaloran los
conceptos deducibles, con el fin de pagar menos impuestos de los que legalmente les
corresponden.
Cuando supera una cierta cuantía, se considera delito fiscal, pudiéndose sancionar con
penas privativas de libertad, mientras que los fraudes de menor cuantía se tramitan como
infracción administrativa, sancionándose con multas.
7.2.18. Elusión Fiscal
Es la actividad realizada por el sujeto pasivo al amparo de la ley para no pagar o reducir
el monto del impuesto (“arbitraje de impuestos”)
Es tambien, cualquier acción, en principio por vías legales, que persigue evitar o
minimizar el pago de impuestos.
Constituye una forma de planificación fiscal agresiva, en la que el interesado aprovecha
vacíos legales para obtener ventajas no previstas por la normativa tributaria de su país.
Los paraísos fiscales son un instrumento típico de la elusión fiscal; se trata de
jurisdicciones que facilitan a quienes se registran en ellas (personas o empresas) una
tributación reducida y opacidad en las operaciones.
7.3. Marco legal
El marco legal de esta monografía esta establecido por la normativa vigente del Estado
Plurinacional de Bolivia, mencionadas a continuación:
➢ La Constitución Política del Estado
Art. 108 Tributar en proporción a la capacidad económica, conforme a Ley.
➢ Código de Comercio Decreto Ley Nº 14379 de 25 de febrero de 1977
CAPITULO II OBLIGACIONES DE LOS COMERCIANTES
Art. 25 (OBLIGACIONES DE LOS COMERCIANTES)
Son obligaciones de todo comerciante:
1. Matricularse en el registro de comercio;
18
(nota de la editorial: la Ley 2235 de fecha 31 de julio de 2001, ley del
dialogo 2000 señala lo siguiente: El sector de los pequeños productores
que excluido de las obligaciones establecidas en los numerales 1) y 2) del
artículo 25 y del artículo 28 del código del comercio)
2. Inscribir en el mismo registro todos aquellos actos, contratos y
documentos sobre los cuales la ley exige esa formalidad;
3. Comunicar a la autoridad competente, en su caso, la cesación de pagos
por las obligaciones contraídas, en plazos señalados por ley;
4. Llevar la contabilidad de sus negocios en la forma señalada por ley;
5. Cumplir con las obligaciones tributarias de la manera prescrita por ley;
6. Conservar sus libros, documentos y demás papeles relacionados con sus
negocios por el tiempo que señala la ley;
7. Obtenerse de ejecutar actos que simplifiquen competencia desleal;
8. Las demás señaladas por Ley.
➢ Ley 843 Texto Ordenado, Complementado y Actualizado al 30/09/2018
IVA Art. 1 Créase en todo el territorio nacional un impuesto que se denominará
Impuesto al Valor Agregado (IVA) que se aplicará sobre:
a) Las ventas de bienes muebles situados o colocados en el territorio
del país, efectuadas por los sujetos definidos en el Artículo 3 de
esta Ley;
b) Los contratos de obras, de prestación de servicios y toda otra
prestación, cualquiera fuere su naturaleza, realizadas en el
territorio de la Nación; y
c) Las importaciones definitivas.
Art. 3 Son sujetos pasivos del impuesto quienes:
a) En forma habitual se dediquen a la venta de bienes muebles;
b) Realicen en nombre propio, pero por cuenta de terceros venta de
bienes muebles;
c) Realicen a nombre propio importaciones definitivas;
d) Realicen obras o presten servicios o efectúen prestaciones de
cualquier naturaleza;
e) Alquilen bienes muebles y/o inmuebles;
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f) Realicen operaciones de arrendamiento financiero con bienes
muebles.
IT Art. 72 El ejercicio en el territorio nacional, del comercio, industria, profesión, oficio,
negocio, alquiler de bienes, obras y servicios o de cualquier otra actividad - lucrativa o
no cualquiera sea la naturaleza del sujeto que la preste, estará alcanzado con el impuesto
que crea este Título, que se denominará Impuesto a las Transacciones, en las condiciones
que se determinan en los artículos siguientes.
También están incluidos en el objeto de este impuesto los actos a título gratuito que
supongan la transferencia de dominio de bienes muebles, inmuebles y derechos.
No se consideran comprendidas en el objeto de este impuesto las ventas o transferencias
que fueran consecuencia de una reorganización de empresas o de aportes de capitales a
las mismas. La reglamentación definirá qué debe entenderse, a estos fines, por
reorganización de empresas y dispondrá los requisitos a cumplir por los sujetos
involucrados en la misma.
Art. 73 Son contribuyentes del impuesto las personas naturales y jurídicas, empresas
públicas y privadas y sociedades con o sin personalidad jurídica, incluidas las
empresas unipersonales.
IUE Art. 36 Créase un Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas, que se aplicará en todo
el territorio nacional sobre las utilidades resultantes de los estados financieros de las
mismas al cierre de cada gestión anual, ajustadas de acuerdo a lo que disponga esta Ley y
su reglamento.
Los sujetos que no estén obligados a llevar registros contables, que le permitan la
elaboración de estados financieros, deberán presentar una declaración jurada anual al 31
de diciembre de cada año, en la que incluirán la totalidad de sus ingresos gravados
anuales y los gastos necesarios para la obtención de dichos ingresos y mantenimiento
de la fuente que los genera. La reglamentación establecerá la forma y condiciones que
deberán cumplir estos sujetos para determinar la utilidad neta sujeta a impuesto,
conforme a los principios de contabilidad generalmente aceptados.
➢ Ley 2492 Código Tributario Boliviano (Texto Ordenado, Complementado y Actualizado
al 30/09/2018)
20
Art. 9 (CONCEPTO Y CLASIFICACIÓN)
I. Son tributos las obligaciones en dinero que el Estado, en ejercicio de su
poder de imperio, impone con el objeto de obtener recursos para el
cumplimiento de sus fines.
II. Los tributos se clasifican en: impuestos, tasas, contribuciones especiales;
y
III. Las Patentes Municipales establecidas conforme a lo previsto por la
Constitución Política del Estado, cuyo hecho generador es el uso o
aprovechamiento de bienes de dominio público, así como la obtención de
autorizaciones para la realización de actividades económicas.
Art. 13 (CONCEPTO)
La obligación tributaria constituye un vínculo de carácter personal, aunque su
cumplimiento se asegure mediante garantía real o con privilegios especiales.
En materia aduanera la obligación tributaria y la obligación de pago se regirán
por Ley especial.
Art. 21 (SUJETO ACTIVO)
El sujeto activo de la relación jurídica tributaria es el Estado, cuyas
facultades de recaudación, control, verificación, valoración, inspección previa,
fiscalización, liquidación, determinación ejecución y otras establecidas en este
Código son ejercidas por la Administración Tributaria nacional, departamental y
municipal dispuestas por Ley. Estas facultades constituyen actividades inherentes
al Estado.
Las actividades mencionadas en el párrafo anterior, podrán ser otorgadas en
concesión a empresas o sociedades privadas.
Art. 22 (SUJETO PASIVO)
Es sujeto pasivo el contribuyente o sustituto del mismo, quien debe cumplir
las obligaciones tributarias establecidas conforme dispone este Código y las
Leyes.
21
Art. 23 (CONTRIBUYENTE)
Contribuyente es el sujeto pasivo respecto del cual se verifica el hecho
generador de la obligación tributaria. Dicha condición puede recaer:
1. En las personas naturales prescindiendo de su capacidad según el
derecho privado.
2. En las personas jurídicas y en los demás entes colectivos a
quienes las Leyes atribuyen calidad de sujetos de derecho.
3. En las herencias yacentes, comunidades de bienes y demás
entidades carentes de personalidad jurídica que constituyen una
unidad económica o un patrimonio separado, susceptible de
imposición. Salvando los patrimonios autónomos emergentes de
procesos de titularización y los fondos de inversión administrados
por Sociedades Administradoras de Fondos de Inversión y demás
fideicomisos.
8. DESARROLLO PRÁCTICO
En Bolivia, el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas se constituye en la autoridad fiscal
competente; siendo responsable de la formulación y diseño de políticas para la obtención de recursos para
el Estado, a través de tributos.
Dicho Ministerio ríge a la Administración Tributaria Nacional, conformada por el Servicio de
Impuestos Nacionales y la Aduana Nacional de Bolivia, quienes recaudan, fiscalizan y garantizan la
correcta aplicación de las normas; facilitando a los contribuyentes el pago de sus impuestos.
El primer documento que hace referencia al sistema tributario de Bolivia respecto a los regímenes
especiales fue presentado en 1987, donde mediante una disposición legal se establece un régimen el
“Régimen Tributario Simplificado”. Afirmando que la mayoría de los sistemas tributarios
latinoamericanos han incorporado a sus legislaciones regímenes especiales de tributación para los
contribuyentes de menor significancia fiscal. Donde de manera preventiva y en un acto de recaudar más
impuestos se llega a implementar estos regímenes especiales, para lograr disminuir el sector informal y de
esa forma incrementar el ingreso Fiscal.
22
Pero consecuentemente dejaron que está disposición legal llege a tener mas importancia que la misma
ley, llegando a vulnerar principios de prelación normativa, debido a la carencia de nuevos procedimientos
o normas que regulen los regímenes especiales tales como nueva normativa para dichos regímenes, o
nuevas responsabilidades u obligaciones que accionen el cumplimiento del IVA, ya que como dichos
regímenes están exentos, liberados de dicho impuesto.
Consecuentemente Roberto Ugarte Quispaya (2005) quien evalúa la capacidad recaudadora del IVA
en los sectores de pequeños contribuyentes, ante la escasa cantidad de registrados, llego a la conclusión de
un análisis relacionado a las compras y ventas, identificando el problema en la aplicación del IVA y
plantea medidas importantes como la de impulsar una alternativa para que este sector pague impuestos, y
esta forma las futuras PyMEs emergentes puedan incorporarse a la formalidad del cumplimiento
impositivo. Pero en consecuencia no pudo ser posible debido al problema estructural del sistema
económico existiendo una inmensa economía informal, donde el peso de las recaudaciones recae en pocos
contribuyentes, donde en identificar y clasificar a dichas pequeñas empresas requiere de personal
capacitado para el asesoramiento u operativos en sectores informales, ya que hay que varios coexisten en
el incumplimiento, fraude y evasión tributaria.
Asimismo, Freddy Alex Magariños Eguez (2008), afirma que la legislación tributaria vigente no
responde a las actuales necesidades del país, por lo que establecen medidas de forma gradual
implementando disposiciones fiscales que modifiquen al ordenamiento jurídico tributario boliviano que
este en concordancia con la Constitución Política del Estado, donde en caso de existir vacíos y
contradicciones, recuran a doctrinas o jurisprudencias internacionales con el objeto de poner control a los
sectores informales. Una forma factible a largo plazo, pero las medidas impuestas serían nueva normativa,
lo que provocaría una confusión entre los contribuyentes, sintiéndose invadidos por nuevas obligaciones,
y al mismo tiempo la administración Tributaria va aplicando sanciones pecuniarias ante la omisión o
incumplimiento de las mismas; dando inicio a lo que denominan los contribuyentes como persecución
fiscal.
En consecuencia, Dico Soliz (2009), indica que la política tributaria impulsada por el ejecutivo, de
acuerdo con los datos del SIN se diluye cuando se trata de grandes comerciantes que se refugian en los
regímenes especiales, pero mas enfocados en el régimen tributario simplificado, misma afirmación a la
cual varios contribuyentes registrados en ese régimen calificaron como injusto al existir varios
contribuyentes, donde a consecuencia el sistema tributario se vuelve poco a poco flexible a las exigencias
de los contribuyentes, sacando ventaja los evasores, teniendo como resultado menos recaudación fiscal.
23
Por su parte, el ministerio de economía y finanzas públicas (2011) explica que a raíz de la deficiente
recaudación tributaria y el creciente incremento de empresas informales, llego a la conclusion de que es
debido a importantes vacíos de información con relación a las PyMEs y particularmente en lo que se
refiere a su cuantificación y caracterización contemplando la realidad socioeconómica del país. Es a falta
de esta información que no permite que exista una comprensión acerca del funcionamiento del sector
productivo de las PyMEs. En este sentido para garantizar una efectiva implementación de la política que
requiere la identificación de las PyMEs a través de un completo estudio del sector.
Mismas que al realizar una evaluación a las necesidades de las PyMEs, lograron identificar los
principales problemas que enfrentan los emprendedores, donde su rival no se encuentra en el mercado
sino en sus principales necesidades, tales como: ayuda financiera, asesoramiento, amenidad y celeridad en
los trámites, capacitación y desarrollo; y vinculaciones. Ante lo mencionado por las PyMEs se llega a la
siguiente conclusión, nos encontramos con un sistema tributario burocrático, a funcionarios sin
capacitación o sin personal disponible para acudir a las necesidades de las PyMEs, al poco incentivo que
da el Estado a las PyMEs quienes en su mayoría son productoras e incentivan el empleo a las nuevas
generaciones.
A su vez, la Patria (2013), afirma que es necesario que se apliquen regulaciones y establecer categorías
al sistema tributario, de modo que todos paguen impuestos y dentro de esta categorización incluir a los
regímenes especiales, y no así en función al monto de sus capitales, el giro del negocio y las utilidades
que percibe, porque actualmente estos pequeños comerciantes cometen una abierta evasión impositiva,
ganando por doble partida al realizar sus actividades comerciales, declarando mínimas cuantías. A lo cual
la administración Tributaria toma acciones más operativas haciendo seguimiento a las principales o
grandes transacciones, con el objetivo de cotejar o cruzar información y de esa forma notificar a esos
contribuyentes.
Al mismo tiempo, El Día (2013), explica el presidente de la confederación nacional de las micro y
pequeñas empresas (CONAMYPE) Victor Ramírez, que el 90% de los pequeños emprendimientos que
surgen en el país no contribuyen al Estado por las baja utilidades que perciben debido a falta de políticas
de incentivo, y normas jurídicas que regulen el contrabando y la venta de ropa usada. Toda acción tiene
doble efecto, por una parte favorece a unos y desfavorece a otros, si bien los operativos y la aplicación de
nuevas normas ayuda a regular el sistema tributario vigente, también llega a saturar la carga fiscal de los
contribuyentes quienes en la confusión o con el temor de sanciones y la poca información incurren en
nuevas obligaciones, que en muchos casos por la confusión o en una mala interpretación o mal
asesoramiento cambiaron de régimen donde a consecuencia sufren una responsabilidad mayor.
24
Apoyando al párrafo anterior, en Cochabamba, Jhenny Nava (2013), afirma que las PyMEs generan el
80% de los empleos en dicha ciudad, dato confirmado por la Cámara Departamental de la Pequeña
Industria y Artesanía de Cochabamba (CADEPIA). Este dato da a entender la importancia de las PyMEs
y tomar medidas para el incentivo a la inversión directa extranjera o a que las PyMEs busquen una forma
de competir con empresas internacionales similares, y la mejor forma de ir a la par con la competencia es
a través de la inversión en tecnologías y capacitación de su personal, y de esa forma incentivar al
gobierno de abrir empresas sólidas capaces de contribuir impuestos y de generar empleos.
Por su parte, Rodrigo Paniagua (2014), explica que las manufacturas presentan aproximadamente un
quinto de la producción cochabambina y según FUNDEMPRESA se ha registrados un crecimiento en el
número de nuevas empresas, sin embargo, el Ministerio de Trabajo, Caja Nacional del Salud, Fondo de
Pensiones entre otros no tiene similar crecimiento en nuevos registros. Ya que, a pesar de tener nuevas
empresas, la tasa de cierres es creciente, dando poco tiempo de vida a las Micro y Pequeñas Empresas,
porque desde que inician hasta que deciden cerrar sus puertas en transcurren aproximadamente 3 años.
Cruel realidad, ya que al existir PyMEs capaces de cumplir con las constantes presiones fiscales por parte
de la Administración Tributaria, hay nuevos emprendimientos que apenas comienzan y no logran cumplir
con las exigencias debido al poco incentivo del estado, cerrando casi de inmediato dejando a esos
contribuyentes con deudas o responsabilidades a los principales socios.
En consecuencia, ante la necesidad de una normativa se lanza el Nuevo Sistema de Facturación, La
Patria (2015), menciona el Representante de la Organización de Pequeñas y Medianas Empresas, Alfredo
Encinas de Oruro, que dentro de ese departamento existen contribuyentes que tiene bajo conocimiento en
materia tributaria y no que creen que con un curso se vuelvan aplicados en la materia, y muy aparte de la
burocracia y la falta de instalaciones donde a diario el sistema se cae por la deficiente red y cuando es
plazo de declaraciones, aclarando que la administración Tributaria no es flexible con aquellos
contribuyentes que quieren cumplir con la normativa tributaria, que en defecto no constan con suficientes
recursos para comprar un equipo de computación y mucho menos tener acceso a internet. Es una de las
consecuencias al no establecer oficinas jurisdiccionales en los departamentos con más PyMEs tales casos
como en Oruro que existen empresas manufactureras donde apenas cuentan con servicios básicos, o
como Tarija, Sucre o Potosí departamentos donde existen empresas que en cierto modo mueven al país,
demostrando que somos un país productor o manufacturero capaces de competir con la competencia
extranjera, pero el Estado no hace más que desincentivar a la inversión en esas empresas al importar
productos que podría ser fabricados en nuestro país.
25
En primer lugar, debemos evaluar dos grandes aspectos que definen el tema: que hace el SIN para
incrementar el número de contribuyentes y lograr incrementar la recaudación de impuestos, y por qué las
PYMES o las nuevas empresas buscan reducir su carga tributaria legalmente.
Por otra parte, tenemos a Alberto, Pacheco (2017) quien tiene una postura importante enfatizando la
relación de atencion al cliente del servicio de impuestos nacionales entre los contribuyentes y ciudadanos
lo cual es defectuosa y abusiva; ya que el SIN ha llegado a respetar más los derechos de los sectores
agremiados y no así de los profesionales independientes y las pequeñas empresas. Quienes al no contar
con una voz tendrán que sufrir permanentes controles tributarios estrictos. Sufriendo una constante
presión fiscal y ante una obligación incesante de pago que en muchas empresas grandes o informales no
existe este tipo de fiscalización. Antes eso el contribuyente PYME acechado por incesantes controles
tendrá que tener todo al día, porque el SIN tiene una vasta normativa tributaria para aplicarla, periodos de
presentación poco claros, altas multas, y un deficiente e inexperto sistema de control por los que pueden
existir fallas donde al final termina en instancias coactivas, comiso de sus bienes y/o congelamiento de
cuentas.
De forma semejante apoya Hugo, Siles (2017) quien asegura que existe asimetría tributaria entre
sectores formales e informales, tan solo hablando del SIN ente otras instituciones, la burocracia genera
altos costos de transacción para los contribuyentes formales, lo que no sucede con los sectores informales
que ni pagan impuestos ni otras obligaciones sociales, cosa que es distinta en caso de las pequeñas
empresas al verse perdidos en el sistema tributario contratan contadores quienes algunos por falta de ética
o desconocimiento ponen en aprietos económicos a los contribuyentes, o en su defecto cobran altos
honorarios para resolver sus obligaciones con el SIN. Lo peor es que la normativa tributaria está en
continua modificación que genera mayores costos administrativos en empresas formales; donde
periódicamente el SIN emiten nuevas Resoluciones Normativas de Directorio (RND) o aplicaciones
informáticas a través del portal de buzón de notificaciones, que el contribuyente tiene que conocer y hacer
cumplir de lo contrario significan multas y sanciones; mismas que el sector informal no cumple;
obligando al contribuyente a estar constantemente actualizado en materia tributaria, mientras que al sector
informal le es indiferente estar informado en normas que no es posible que cumplan, Esta asimetría entre
el Sector formal e Informal desalienta las actividades económicas para las emergentes empresas, llegando
a realizarse actividades masivas de contrabando e informalidad desincentivando a la inversión,
producción y generación del empleo.
Asimismo Alex, Yassmani (2018) presenta a Bolivia como un país en vías de desarrollo e innovación
donde cualquier negocio puede llegar a ser rentable ya sea por sus paraísos fiscales y la gran expectativa
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de industrialización pero a su vez es un país con barreras de entrada impidiendo la inversión tanto interna
como extranjera, demostrado en su tabla de factores problemáticos, llegando a la conclusión de que
Bolivia tiene un 19,1% corrupción, 17,2% burocracia gubernamental e ineficiencia, 15,5% regulaciones
laborales restrictivas, 11,1% tasas tributarias y 9,2% regulaciones tributarias llegando a sumar el 72.1%
realzando la negativa para la apertura de nuevas empresas, dejando un 27,9% de posibilidades para que
sea posible. Sin mencionar a la normativa que está desactualizada, mientras que las normas tributarias
vigentes pisotean a las actuales empresas que sobreviven a una enorme persecución, presión y carga
fiscal, a pesar de que existe normativa que puede incentivar la inversión pero que no están vigentes o
carecen de procedimiento jurídico, o en su defecto no se realiza su correcta aplicación en equilibrio fiscal.
Donde al Estado no le importa fomentar o incentivar la inversión financiera al contraer constantemente
deudas con países extranjeros donde una garantía de cobro es a través del uso de nuestros recursos
naturales, importando personal capacitado para manejar y aprovechar nuestros recursos, que si se hubiera
invertido en industrias y capacitación de personal, nuestro país agoniza de deudas, percibiendo poco
Ingreso Fiscal.
Y también en un informe del Doing Business del Banco Mundial (2018) calificó a Bolivia como una
de las economías más difíciles para hacer negocios. En los indicadores que presenta el organismo
internacional señala que la apertura de un negocio (se evalúan 11 indicadores negativos) ocupando el
puesto 177 (de 190) con 14 procedimientos, 45 días y el equivalente al 54,1% del ingreso per cápita (unos
$us 1.663).
En lo referente a lo que hacen las PYMES o las nuevas empresas para reducir su carga tributaria
legalmente, tenemos al informe de finanzas y banca en Bolivia (2011) donde economistas expertos en la
materia indican que existe una gran diferencia entre los que pagan puntualmente sus impuestos y los que
no pagan o evaden esta responsabilidad usando una cantidad de estrategias, según estos analistas, el sector
informal infesta el país aportando el 60% de actividad económica dejado un pequeño porcentaje
disponible que contribuye, donde las observaciones señalan a que grandes empresarios se camuflan en
estos regímenes especiales lo que provoca un baja recaudación para el Estado. Los regímenes especiales
fueron creados para facilitar el pago de impuestos del sector informal que debido a su magnitud se lanzó
una normativa preventiva y temporal que ahora es muy difícil disolver este régimen que va en constante
crecimiento que a la larga será difícil de controlar, dentro los regímenes especiales están el Régimen
Tributario Simplificado (RTS), Sistema Tributario Integrado (STI) y el Régimen Agropecuario Unificado
(RAU), donde no solo los grandes empresarios optan por esta salida fácil sino las emergentes PYMES
que en consecuencia crea malos hábitos tributarios, provocando una deficiente recaudación de impuestos
y dejando que las estrategias evasivas se vuelvan indetectables e incontrolables.
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Haciendo referencia y énfasis al anterior párrafo, estas estrategias evasivas son peligrosas tanto para el
Estado como para el mismo contribuyente, para el estado significaría menos recaudación provocando un
daño económico que afecta a las empresas que si cumplen con sus obligaciones y derechos; y para el
contribuyente al optar una salida arriesgada y sancionatoria perjudicando a sus empleados dejándolos sin
empleo, al igual que a sus socios más cercanos ya sea dejando sin efecto los contratos o las transacciones
realizadas, y muy aparte que sus clientes sean fiscalizados bajo sospecha.
Continuando con las medidas que toman los contribuyentes para reducir su carga tributaria tenemos el
análisis de José, Ceteri (2018) quien habla del porqué las PYMES buscarían reducir su carga fiscal lo cual
como principal indicador es la situación económica del país, este analista hace una evaluación de
recaudación tributaria de las PYMES que como efecto del enfriamiento económico, del aumento de los
costos específicos, tasas de financiamiento, incremento de tarifas y la competencia de las importaciones o
el contrabando buscan sacar adelante sus empresas a través de medidas legales, dejando al país poco
atractivo para la inversión de nuevas empresas.
Argumentando Lidia, Mamani del periódico de Página Siete (2018) afirma que Bolivia está entre los
países que más impuestos cobra suponiendo una presión tributaria sobre las empresas. En 2017 Mario,
Cazón Presidente del Servicio de Impuestos Nacionales aseguró que la presión tributaria es del 16,5%
respecto al PIB, quien a su criterio no es excesivo. Sin embargo el Presidente de la Cámara Departamental
de Industrial de La Paz afirma que se aplican mayor presión tributaria a las empresas. A lo que respecta es
de considerarse que el Sistema Tributario de Bolivia es amplio por lo que la presión tributaria logra
alcanzar el 26% por encima del promedio de América Latina, respectivamente del crecimiento
económico. Mamani cree conveniente aplicar tasas impositivas diferenciales respecto al IVA porque así la
presión fiscal disminuiría en las empresas industriales y a menor costo para el consumidor.
Entonces que medidas pueden optar los contribuyentes y las PyMEs ante una deficiente ayuda
financiera, asesoramiento y sobre todo rapidez y celeridad en los trámites, buscando una buena atención
al cliente y menos burocracia por parte de la administración Tributaria, factores mencionados
anteriormente ya van mejorando pero porque persiste la necedad de tributar menos, de persistir en
regímenes inadecuados, porque muchos contribuyentes esperan los perdonazos o prorrogas para cumplir
con sus formalidades, y es porque ya están acostumbrados al actual sistema tributario, por lo que es más
que necesario buscar o fomentar conciencia tributaria, haciendo controles intensivos para detectar a los
evasores, realizar programas o cursos educativos, implementar en el colegio la importancia de recaudar
impuestos, preparando a los futuros contribuyentes.
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Debido a la presión tributaria, las empresas no pueden huir de la responsabilidad u obligación de
cumplir con las formalidades correspondientes porque simplemente las normas son para cumplirlas, ante
esta situación las empresas buscan una forma eficiente o eficaz de buscar reducir la carga tributaria
mediante dichas normas. Y una salida alternativa de reducir la carga tributaria de forma legal se resume
en planificación fiscal, cambio del sistema tributario y creación de impuestos al sector informal.
En este entendido el gobierno puede aplicar medidas que no implique una pérdida económica en la
recaudación de impuestos, lo que deriva a una normativa que regule y a consecuencia de eso tenemos a
las PYMES optando por eludir impuestos a través de los regímenes especiales a un sabiendo de los
riesgos que implican.
9. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES
Ante un inestable sistema económico la mejor forma de reducir la carga fiscal sería a través de las
siguientes conclusiones:
9.1. Conclusiones generales
Como resultado del análisis de esta monografía se tienen las siguientes conclusiones:
Desaceleración económica
Malas decisiones financieras por parte de nuestros representantes estatales
Redistribución innecesaria de recursos
Sistema Tributario obsoleto
Políticas tributarias con vacíos legales
Incumplimiento de aplicación del IVA en transacciones gravadas según ley
Mala estructuración del IVA
Incremento de contribuyentes inscritos en los regímenes especiales
Baja recaudación de impuestos por parte de los regímenes especiales
Incremento del sector informal en el mercado
Cierres de las PyMEs debido a una carga fiscal
Personal incapacitado en materia tributaria
Planificación fiscal fraudulenta por parte de las PyMEs
Aplicación de normas para eludir pago de impuestos
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9.2. Recomendaciones
Como resultado de esta monografía tenemos las siguientes recomendaciones:
Buscar o fomentar conciencia tributaria a través de una estructuración general del sistema
económico
Re-estructuración del sistema financiero donde todos los contribuyentes tributen de forma
unánime.
Profundizar la información orientada a generar una verdadera conciencia tributaria, y dar
a conocer o implementar beneficios que tendría el contribuyente y el ciudadano al cubrir
las obligaciones y requerimientos de los impuestos al ser cancelados oportunamente.
Detener los regímenes especiales, e universalizar en un solo régimen general que sea ágil
y sencillo otorgando facilidades de tal manera que contribuyan con el pago de impuestos
de forma equitativa y proporcional a su capacidad económica.
Los funcionarios del Servicio de Impuestos Nacionales que están a cargo dela atención al
cliente y los operativos, deben someterse continuamente a cursos de capacitación en
temas de relaciones humanas y cursos de actualización correspondientes a la materia de
tributación de esta forma brindar un servicio ágil y amena para el contribuyente de forma
personal o en las distintas formas de comunicación
Universalizar el régimen general e incluir a los regímenes especiales dentro del sistema
tributario, con la finalidad de inscribirlos como contribuyentes, donde mediante una
nueva norma establecer obligaciones tributarias donde todos los que realicen actividades
comerciales y/o productivas estén obligados a informar, declarar y pagar impuestos, y de
esta forma percibir un mayor ingreso fiscal.
re-estructuración de nuestro Sistema Tributario Vigente, implantar nuevos modelos de
incentivo a las empresas manufactureras.
Diseñar una eficaz planificación fiscal mediante normativa actual.
Recomendar a nuestros representantes del Estado realizar un estudio antes de redistribuir
los ingresos percibidos por la recaudación de impuestos, para que nuestros representantes
estatales evalúen los efectos que podría ocasionar una constante redistribución de
recursos, previniendo una desaceleración económica.
Las pequeñas sociedades podran reducir su carga tributaria aplicando los siguientes 5
consejos:
Constituir la sociedad en una jurisdicción libre de tributación
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Nombrar un Director Nominativo para eliminar a la máxima autoridad de la
sociedad
Abrir una cuenta bancaria a nombre de la sociedad para pagar y recibir pagos de
todo el mundo sin estar obligado a tributar
Abrir una pasarela de pagos a nombre de la sociedad para poder recibir el dinero
por tarjeta de crédito de los clientes de todo el mundo.
Solicitar tarjetas de débito y crédito a nombre de la sociedad para poder retirar el
dinero en cualquier cajero automático.
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10. REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
Ugarte, Roberto (2005). Análisis sobre la baja capacidad recaudatoria del IVA en el sector de los
pequeños contribuyentes. La Paz: Ugarte, Roberto.
Rojas, Edwin (2006). Control Fiscal en Desarrollo de PyMEs. Santa Cruz: UPSA.
Magariños, Freddy (2008). La supresión del régimen especial simplificado del ordenamiento jurídico
tributario. Sucre – Bolivia: universidad Mayor Real y Pontificia de San Francisco Xavier de
Chuquisaca.
Soliz, Dico (2009). Más de un millón de contribuyentes no tributan. Santa Cruz: Periódico El Deber.
Ministerio de Economía y Finanzas Públicas (2011). Programa de apoyo a la mejora del entorno
financiero y fiscal para el micro, pequeña y mediana empresa; e Informe Financiero de Finanzas y
Banca en Bolivia. La Paz: La Gaceta Oficial de Bolivia.
Fundación Milenio (2012). El comercio informal le gana a la “Evenomics”. La Paz: Fundación Milenio.
La Patria (2013). Ordenaran los regímenes tributarios. Oruro: Periódico La Patria.
El Día (2013). Solo 10% de PyMEs en el país paga impuestos. Santa Cruz: Periódico El Día.
Nava, Jhenny (2013). PyMEs generan 80 porciento de empleo. Cochabamba: Periódico Opinión.
Paniagua, Rodrigo (2014). PyMEs y formalidad en Cochabamba. Cochabamba.
La Patria (2015). Contribuyentes rechazan sistema de Facturación virtual. Oruro: Periódico La Patria.
Finanzas y Banca en Bolivia (2016). LA PRESIÓN TRIBUTARIA EN BOLIVIA LLEGO AL 23 %
Varios sectores salen a protestar contra impuestos. La Paz: Finanzas y Banca en Bolivia.
Banco Mundial (2018). Informe Doing Business. La Paz: Finanzas y Banca en Bolivia.