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UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS CARRERA DE ECONOMÍA ANÁLISIS DEL IMPACTO DE LA LEY ORGÁNICA DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL USO Y GESTIÓN DEL SUELO EN LAS FINANZAS (GAD MUNICIPALES) PROYECTO DE INVESTIGACIÓN PRESENTADO COMO REQUISITO PARCIAL PARA APROBAR EL TRABAJO DE TITULACIÓN, PARA OPTAR AL TÍTULO DE ECONOMISTA. ARMIJOS VELOZ JORGE ANDRES TUTOR ECONOMISTA, ANTONIO REA Quito, Febrero de 2018

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UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR

FACULTAD DE CIENCIAS

ECONÓMICAS CARRERA DE ECONOMÍA

ANÁLISIS DEL IMPACTO DE LA LEY ORGÁNICA DE

ORDENAMIENTO TERRITORIAL USO Y GESTIÓN DEL SUELO EN

LAS FINANZAS (GAD MUNICIPALES)

PROYECTO DE INVESTIGACIÓN PRESENTADO COMO REQUISITO

PARCIAL PARA APROBAR EL TRABAJO DE TITULACIÓN, PARA

OPTAR AL TÍTULO DE ECONOMISTA.

ARMIJOS VELOZ JORGE ANDRES

TUTOR

ECONOMISTA, ANTONIO REA

Quito, Febrero de 2018

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DERECHOS DE AUTOR

Yo, ARMIJOS VELOZ JORGE ANDRÉS, con cedula de ciudadanía N°

1717879231, en calidad de autor del trabajo de investigación: “ANÁLISIS DEL

IMPACTO DE LA LEY ORGÁNICA DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL USO

Y GESTIÓN DEL SUELO EN LAS FINANZAS (GAD MUNICIPALES)”, autorizo a

la Universidad Central del Ecuador hacer uso de todos los contenidos que me

pertenecen o parte de los que contiene esta obra, con fines estrictamente

académicos o de investigación.

Los derechos que como autor me corresponden, con excepción de la presente

autorización, seguirán vigentes a mi favor, de conformidad con lo establecido

en los artículos 5, 6, 8 y 19 y demás pertinentes de la Ley de Propiedad

Intelectual y su Reglamento.

Asimismo, autorizo a la Universidad Central del Ecuador para que realice la

digitalización y publicación de este trabajo de investigación en el repositorio

virtual, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 144 de la Ley Orgánica de

Educación Superior.

Quito, febrero de 2018

Armijos Veloz Jorge Andrés

C.C.: 1717879231

TELF: 0984903780

[email protected]

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iii

DECLARACIÓN DE AUTORÍA Y AUTENTICIDAD

Yo, Jorge Andrés Armijos Veloz declaro que este Plan de Investigación es de

autoría propia.

Armijos Veloz Jorge Andrés

C.C.: 1717879231

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HOJA DE APROBACIÓN DEL TUTOR

Yo, REA TOAPANTA ANTONIO RICARDO, en calidad de tutor del trabajo de

titulación “ANÁLISIS DEL IMPACTO DE LA LEY ORGÁNICA DE

ORDENAMIENTO TERRITORIAL USO Y GESTIÓN DEL SUELO EN LAS

FINANZAS (GAD MUNICIPALES)”, elaborado por el estudiante Armijos Veloz

Jorge Andrés, estudiantes de la Carrera de Economía, Facultad de Ciencias

Económicas de la Universidad Central del Ecuador, considero que el mismo

reúne los requisitos y méritos necesarios en el campo metodológico y en el

campo epistemológico para ser sometido a la evaluación por parte del jurado

examinador que se designe, por lo que lo apruebo, a fin de que el trabajo

investigativo sea habilitado para continuar con el proceso de titulación

determinado por la Universidad Central del Ecuador.

En la ciudad de Quito a los 6 días del mes de marzo del año 2018

________________________________

FIRMA

Eco. Antonio Ricardo Rea Toapanta

C.I. 1704885654

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vi

DEDICATORIA

Dedico este proyecto de investigación a quien fue un gran apoyo durante el

tiempo de elaboración de tesis, a mi esposa quien me apoyo en todo momento, a

mis padres que nunca dejaron de apoyarme, a mis maestros quienes nunca

desistieron en compartir sus conocimientos diariamente.

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AGRADECIEMITOS

He terminado mi carrera universitaria, agradezco al Economista Antonio Rea,

que ha sido muy importante en el desarrollo y finalización de mi proyecto de

investigación

Agradezco a la Universidad Central del Ecuador, a mi Facultad de Ciencias

Económicas por forjarme como un buen ciudadano y un profesional.

Agradezco a todos aquellos que me brindaron su apoyo.

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viii

ÍNDICE ANALÍTICO

DERECHOS DE AUTOR ………………………………………………………………….…....ii

DECLARACIÓN DE AUTORÍA Y UTENTICIDAD………………………………….….iii

HOJA DE APROBACIÓN DEL TUTOR…………………………………………….……..iv

DEDICATORIA……………………………………………………………………………………vi

AGRADECIEMITOS……………………………………………………………………….....…vii

INDICE ANALITICO……………………………………………………………………………vii

RESUMEN…………………………………………………………………………………………xiv

ABSTRACT………………………………………………………………………………………..xv

CONTENIDO

CAPÍTULO I ............................................................................................................................ 1

1.1.1. JUSTIFICACIÓN ...................................................................................................... 1

1.1.2. PREGUNTA / HIPÓTESIS ................................................................................... 2

1.1.3. OBJETIVOS ............................................................................................................... 2

Objetivo general .............................................................................................................................. 2

Objetivo específicos ....................................................................................................................... 3

1.1.4. ALCANCE .................................................................................................................. 3

1.1.5. METODOLOGÍA ...................................................................................................... 3

CAPÍTULO II .......................................................................................................................... 5

2. Base Legal y Antecedentes .......................................................................................... 5

2.1. Constitución Política de la República .................................................................. 5

2.2. Código orgánico de planificación y finanzas públicas .................................. 6

2.3. Código orgánico de organización territorial .................................................... 9

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2.4. Ley orgánica de ordenamiento territorial uso y gestión del suelo ........12

2.5. Metodología de planes de ordenamiento territorial- Secretaría Nacional

de Planificación y Desarrollo (Senplades) ...............................................................15

2.6. Marco Teórico……………………………………………………………………………….17

CAPITULO III ....................................................................................................................... 22

3. ANÁLISIS DE LA INFORMACIÓN PRESUPUESTARIA GAD MUNICIPALES

AÑO 2015 ............................................................................................................................. 22

3.1. Identificación de los GAD analizar según estrato .........................................23

3.2. Composición de los ingresos ................................................................................32

3.3. Ingresos más representativos ..............................................................................44

3.4. Modelo de equidad territorial.............................................................................49

3.5. Composición de los gastos ....................................................................................58

3.6. Gastos más representativos ..........................................................................63

CAPITULO IV. ...................................................................................................................... 69

4. ANALISIS COMPARTIVO ENTRE LAS FINANANZAS DE LOS GAD Y LA

LOOTUGS .............................................................................................................................. 69

4.1. Alcance del catastro urbano y rural .............................................................69

4.2. Avance del Catastro e impacto de la Lootugs en las finanzas de los GAD

Municipales .........................................................................................................................80

4.2.1. Impacto en los gastos ...................................................................................................... 84

4.2.2. Impacto en los Ingresos ................................................................................................ 93

INFORME FINAL (DISCUSIÓN) .................................................................................... 96

CONCLUSIONES .............................................................................................................. 106

BIBLIOGRAFÍA……………………......................................................................................112

ANEXOS (ENTREVISTAS) ............................................................................................ 112

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x

GRÁFICOS

Gráfico N° 1. Articulación Sistema de Planificación y Sistema de Finanzas

Públicas ................................................................................................................................... 7

Grafico N° 2. Articulación de los principales instrumentos del Sistema

Nacional Descentralizado de Planificación Participativa .................................... 8

Grafico N° 3. Ley orgánica de ordenamiento territorial uso y gestión del

suelo ....................................................................................................................................... 12

Grafico N° 4. Estratificación de Gobiernos Autónomos Descentralizados

Municipales ......................................................................................................................... 24

Gráfico N° 5. Tipos de recursos financieros de los GAD ................................... 33

Grafico N° 6. Participación de los ingresos de los GAD Municipales ........... 45

Grafico N° 7. Participación de los ingresos por estrato de los GAD

Municipales ......................................................................................................................... 45

Grafico N° 8. Niveles de Gobiernos Sub-nacionales ........................................... 52

Grafico N° 9. Sistema de transferencias antes y después del 2010 .............. 53

Grafico N° 10. Distribución del Modelo de Equidad Territorial .................... 54

Grafico N° 11. Detalle de los siete criterios constitucionales ......................... 55

Grafico N° 12. Ponderadores MET para el periodo 2018- 2021. .................. 57

Grafico N° 13. Participación porcentual de los gastos para el año 2015. .. 63

Grafico N° 14. Participación porcentual de los gastos por estrato para el

año 2015. .............................................................................................................................. 64

Grafico N° 15. Concentración de promedio de personas por hogar a nivel

cantonal ................................................................................................................................ 77

Gráfico N° 16. Mapa de cantones sin catastro urbano. ..................................... 82

Gráfico N° 17. Mapa de cantones sin catastro urbano. ..................................... 83

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xi

TABLAs

Tabla N° 1. GAD Municipales pertenecientes al Estrato 1 ............................... 24

Tabla N° 2. GAD Municipales pertenecientes al Estrato 2 ............................... 26

Tabla N° 3. GAD Municipales pertenecientes al Estrato 3 ............................... 27

Tabla N° 4. GAD Municipales pertenecientes al Estrato 4 ............................... 29

Tabla N° 5. GAD Municipales pertenecientes al Estrato 5 ............................... 30

Tabla N° 6. GAD Municipales pertenecientes al Estrato 6 ............................... 31

Tabla N° 7. Estratificación actualizada al 2015 GAD Municipales ................ 32

Tabla N° 8. Composición de los ingresos de los GAD Municipales ............... 35

Tabla N° 9. Base imponible tarifa .............................................................................. 40

Tabla N° 10. Composición del ingreso de capital en montos. ......................... 46

Tabla N° 11. Composición del ingreso de capital en porcentaje ................... 46

Tabla N° 12. Participación de los ingresos tributarios y no tributarios en el

total de ingresos propios ............................................................................................... 47

Tabla N° 13. Recaudación por impuesto predial urbano y rural. ................ 48

Cifras en dólares ................................................................................................................ 48

Tabla N° 14. Participación de la recaudación por impuesto predial urbano

y rural en el total de ingresos propios. ..................................................................... 48

Tabla N° 15. Ponderadores MET para el periodo 2011- 2017. ..................... 57

Tabla N° 16. Asignación por MET y nivel de Gobierno .................................... 57

Tabla N° 17. Composición de los gastos de los GAD Municipales ................. 59

Tabla N° 18. Composición y concentración de los gastos de capital e

inversión de los GAD Municipales .............................................................................. 65

Tabla N° 19. Composición y concentración del gasto en inversión de los

GAD Municipales ............................................................................................................... 66

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Tabla N° 20. Composición del gasto en obra pública de los GAD Municipales

.................................................................................................................................................. 67

Tabla N° 21. Contenidos mínimos en las bases catastrales............................. 70

Tabla N°22. Costos aproximados de cartografía por hectárea y provincia -

Componente 1 .................................................................................................................... 72

Tabla N°23. Costos aproximados de cartografía por hectárea y estrato -

Componente 1 .................................................................................................................... 73

Tabla N°24. Costos aproximados de re levantamiento por predio -

Componente 2 .................................................................................................................... 74

Tabla N°25. Costos aproximados de re levantamiento por predio y

provincia - Componente 2 ............................................................................................. 75

Tabla N°26. Costos aproximados de re levantamiento por predio y estrato

- Componente 2 .................................................................................................................. 76

Tabla N°27. Costos aproximados actualización catastral por provincia -

Componente 1 y 2 ............................................................................................................. 78

Tabla N°28. Costos aproximados actualización catastral por estrato -

Componente 1 y 2 ............................................................................................................. 79

Tabla N°29. Resumen de estado del catastro urbano de los GAD

Municipales. ........................................................................................................................ 81

Tabla N°30. Resumen de estado del catastro rural de los GAD

Municipales. ........................................................................................................................ 81

Tabla N° 31. Cuentas para medición de impacto ................................................ 84

Tabla N° 32. Impacto promedio porcentual de contar con un catastro

urbano en el total de los gastos de inversión y capital. ...................................... 85

Tabla N° 33. Impacto porcentual en los “Gastos de capital e inversión” –

Catastro urbano – Estrato 1. ......................................................................................... 87

Tabla N° 34. Impacto porcentual en los “Gastos de capital e inversión” –

Catastro urbano – Estrato 2 y 3. .................................................................................. 88

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xiii

Tabla N° 35. Impacto porcentual en los “Gastos de capital e inversión” –

Catastro urbano – Estrato 4 y 5. .................................................................................. 89

Tabla N° 36. Impacto promedio porcentual de contar con un catastro rural

en el total de los gastos de inversión y capital. ...................................................... 90

Tabla N° 37. Impacto porcentual en los “Gastos de capital e inversión” –

Catastro rural por estrato. ............................................................................................. 91

Tabla N° 38. Impacto en los “Ingresos por recaudación de catastro urbano

y rural” en dólares por estrato. .................................................................................... 95

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xiv

RESUMEN

ANÁLISIS DEL IMPACTO DE LA LEY ORGÁNICA DE ORDENAMIENTO

TERRITORIAL USO Y GESTIÓN DEL SUELO EN LAS FINANZAS (GAD

MUNICIPALES)

Autor:

Armijos Veloz Jorge Andrés

Tutor:

Econ. Antonio Rea

El presente trabajo de investigación analiza el impacto de la “Ley Orgánica de

Ordenamiento Territorial Uso y Gestión del Suelo” en las Finanzas de los

Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD) Municipales, en base a la

agrupación por estratos (metodología del Banco de Desarrollo del Ecuador)

para el año 2015. La catástrofe sufrida el 16 de Abril del 2016 dejó en evidencia

la falta de un catastro actualizado y en algunos casos la carencia de uno, ya que

al momento de la tragedia se necesitaba ubicar a los predios en los distintos

cantones y contabilizar las pérdidas humanas así como los daños ocasionados

en los predios por el terremoto, por lo que se puso en vigencia la LOOTUGS,

que exige a los GAD Municipales contar con un catastro actualizado, sin

embargo hay GAD Municipales pequeños que no cuentan con los recursos

suficientes para levantar un estudio Catastral Multifinalitario porque los

ingresos que disponen los GAD corresponden a transferencias por parte del

Gobierno Central y autogestión, no hay punto de comparación entre el GAD

Municipal de Quito y el GAD Municipal de El Pan en Azuay, este GAD Municipal

no podrá levantar un estudio catastral con la misma facilidad que el GAD de

Quito, el no tener un registro actualizado afecta directamente a la recaudación

del impuesto predial perjudicando sus ingresos por autogestión. Si hubiera

una actualización catastral en los GAD Municipales la recaudación por

impuestos prediales sería más eficiente.

PALABRAS CLAVE: GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO / ESTRATOS

/ CATASTRO / RECAUDACION PREDIAL / LOOTUGS

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xv

ABSTRACT

ANALYSIS OF THE IMPACT OF THE ORGANIC LAW OF TERRITORIAL ORDERING USE AND MANAGEMENT OF SOIL IN FINANCES (MUNICIPAL

GADS)

Author:

Armijos Veloz Jorge Andrés

Tutor:

Econ. Antonio Rea

The present research work analyzes the impact of the "Organic Law of

Territorial Land Use and Management" in the Finances of the Municipal

Autonomous Decentralized Governments (GAD), based on the grouping by

strata (methodology of the Development Bank of Ecuador) for the year 2015.

The catastrophe suffered on April 16, 2016 showed the lack of an updated

cadastre and in some cases the lack of one, since at the time of the tragedy it

was necessary to locate the properties in the different cantons and account for

human losses as well as the damages caused in the properties by the

earthquake, for which the LOOTUGS was put into effect, which requires the

Municipal GAD to have an updated cadastre, however there are small

Municipal GADs that do not have the sufficient resources to raise a study

Cadastral Multifinal because the revenues available to the GAD correspond to

transfers from the Central Government and self-management, there is no point

of comparison between the Municipal GAD of Quito and the Municipal GAD of

El Pan in Azuay, this Municipal GAD can not raise a cadastral survey with the

same ease as the GAD of Quito, not having an updated record directly affects

the collection of the pre-tax dial damaging their income by self-management.

If there was a cadastral update in the Municipal GAD, the collection of property

taxes would be more efficient.

KEYWORDS: DECENTRALIZED AUTONOMOUS GOVERNMENT / STRATEGIES / CATASTRO / PREDIAL COLLECTION / LOOTUGS

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1

CAPÍTULO I

JUSTIFICACIÓN

Con la aprobación de la Constitución de 2008 se reconfiguraron varios

procesos tanto en el ámbito Nacional como en el Sub-nacional esto entorno a

un nuevo régimen de desarrollo, centrado en el Buen Vivir y un Estado

Constitucional de Derechos y Justicia; esto cambios desembocaron en la

reorganización territorial del Estado y la recuperación de sus facultades

esenciales como las de planificación, distribución, rectoría, regulación y

control.

En una primera fase, la acción estatal se enfocó en un proceso integral de

reforma democrática del Estado que, en lo principal, se concentró en recuperar

las facultades de rectoría, planificación, regulación y control del Estado, y en

desarrollar un nuevo modelo de organización territorial que promueva un

reparto equitativo de poder en los territorios. En ese marco, se apostó por un

modelo de descentralización que cambió su tradicional enfoque de

transferencia de competencias y recursos “a la carta” y “uno a uno”, por uno

sistémico, en el que según el texto: “Territorio y descentralización: Regulación

de las competencias de explotación de materiales áridos y pétreos; gestión

ambiental; fomento de las actividades productivas y agropecuarias; vialidad; y

gestión de los servicios de prevención, protección, socorro y extinción de

incendios; Senplades; 2015; pág. 11.” manifiesta: “los gobiernos autónomos

descentralizados deben ejercer sus competencias constitucionales en virtud

de los principios de unidad, subsidiariedad, equidad, solidaridad,

complementariedad, corresponsabilidad y autonomía, de tal manera que

llegue a su fin el histórico e inequitativo modelo de Estado “bicentralista” y se

pase a uno policéntrico y equipotente”.

El Código Orgánico de Ordenamiento Territorial y Descentralización

(COOTAD), es instrumento legal que recoge los mecanismos de transferencias

de recursos a los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD) Provinciales,

Municipales y Parroquiales, así como las competencias exclusivas y

concurrentes de estos.

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2

Sin embargo desde la vigencia de la nueva carta magna (2008) y del marco

jurídico que se ha configurado en estos años para el ejercicio de las

competencias, la mayoría de GAD aún no disponen de catastros actualizados,

es a partir del terremoto de abril de 2016 en donde se evidenció la fuerte

necesidad de contar con estos insumos, es por esta y otra razones que se da

paso a la creación de la Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial Uso y

Gestión del Suelo (LOOTUGS), con la que Gobierno Central espera regular y

sancionar el incumplimiento de las competencias de los GAD en sus territorios,

los GAD de nivel municipal son lo que tienen más y principalmente dentro de

sus acciones se contempla el uso y gestión del suelo, es por tal razón que es

prioritario determinar cómo han ido evolucionando las Finanzas de los GAD

Municipales las misma que se refleja en la ejecución del presupuestaría de

estos y como la nueva ley los impactaría, esto con el fin de poder determinar

cuáles sería sus necesidades de gasto prioritarias y si estas han sido ejecutadas

durante el año 2015.

PREGUNTA / HIPÓTESIS1

La expedición de la nueva “Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial Uso y

Gestión del Suelo” marca nuevas necesidades y reformas en las finanzas de los

Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales, ante esto surge la

pregunta: ¿Existe un impacto de la Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial

Uso y Gestión del Suelo en las finanzas de los GAD Municipales?

OBJETIVOS

Objetivo general

Elaborar un análisis sobre el impacto que genera la Ley Orgánica de

Ordenamiento Territorial Uso y Gestión del Suelo sobre las finanzas de los GAD

Municipales.

1 Se aplica un nivel de investigación exploratoria.

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3

Objetivo específicos

1. Revisar la base legal y los antecedentes.

2. Analizar la información presupuestaria de los dos GAD Municipales por

Estratos para el periodo 2015.

3. Identificar y analizar en qué cuentas presupuestarias de los GAD

Municipales impacta la LOOTUGS.

ALCANCE

El alcance de esta investigación se encuentra enmarcado en el análisis

cualitativo de la LOOTUGS y sus disposiciones respecto a la actualización

catastral, y el análisis cuantitativo de las finanzas sub-nacionales para el año

2015 de acuerdo a la Estratificación de los GAD a nivel Municipal del Ecuador,

tomando como referencia a los dos Municipios más representativos.

Cabe indicar, que la estratificación que se utilizará en la presente investigación,

es la Estratificación dada por el Banco del Estado, la misma que establece seis

estratos esto con el fin de comparar en cada estrato GAD con similares

características, por lo que la estratificación está determinada a través del

tamaño de la población.

El presente análisis se realizará ex ante, ya que la aplicación de la ley inicia en

el año 2016, y las últimas bases de datos disponibles de la ejecución

presupuestaria de los GAD es al año 2015, por estas razones no se puede

elaborar una proyección ya que no se dispone aún de un valor de línea base,

con el impacto de la LOOTUGS en las finanzas sub - nacionales.

Bajo la estructura de este análisis se espera determinar en qué cuentas

presupuestarias impacta esta nueva Ley.

METODOLOGÍA

En el presente proceso de investigación se aplicará el método mixto ya que se

utilizará datos numéricos, al analizar la composición numérica de los ingresos

y gastos de los GAD Municipales seleccionados, y no numéricos al revisar las

diversas normativas y antecedentes que dan cuenta de las competencias de los

GAD Municipales respecto a la gestión y uso de suelo y lo específico a la

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4

actualización catastral, esto con el fin de contestar la pregunta de investigación

y cumplir con los objetivos específicos.

También, el análisis de la normativa nos permitirá tener un enfoque

cualitativo, es decir de las cualidades que esta tiene y que atañen a la ejecución

de las competencias de los GAD Municipales, por otro lado al analizar la

información presupuestaria del año 2015 se estará aplicando una metodología

en términos cuantitativos. Encadenándose está metodología mixta con un tipo

de investigación de nivel exploratorio, ya que se investigará un objeto de poco

estudio, esta última afirmación se realiza ya que la ley es nueva y aún nos hay

los análisis suficientes de esta normativa en relación a las finanzas sub-

nacionales.

Adicionalmente se puede afirmar que este análisis también responde a un

método deductivo pues se partirá de normativas nacionales, valores,

supuestos ya establecidos y aceptados como verdaderos y con ellos a través

del razonamiento lógico deducir varias suposiciones. El método deductivo es

aquél que parte los datos generales aceptados como valederos, para deducir

por medio del razonamiento lógico, varias suposiciones, es decir; parte de

verdades previamente establecidas como principios generales, para luego

aplicarlo a casos individuales y comprobar así su validez2.

2 http://colbertgarcia.blogspot.com/2008/04/metodo-deductivo-y-metodo-inductivo.html

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5

CAPÍTULO II

2. Base Legal y Antecedentes

2.1. Constitución Política de la República

A partir del 20 de Octubre de 2008 se publica en el Registro Oficial No. 449 la

nueva Constitución de la República del Ecuador, con una aprobación

mayoritaria del pueblo Ecuatoriano a través de consulta popular, en base a

esta nueva carta magna se empiezan a transfigurar nuevos procesos de

gobernanza y dar mayor peso a la descentralización, el mismo que iría de la

mano en búsqueda de la consecución de un nuevo concepto nacional llamado

Buen Vivir o Sumak kawsay.

Es así que el Art. 1 establece que el Ecuador es un Estado constitucional de

derechos y justicia, social, democrático, soberano, independiente, unitario,

intercultural, plurinacional y laico. Se organiza en forma de república y se

gobierna de manera descentralizada y el Art. 3 literal siete determinan que

uno de los deberes primordiales del Estado es promover el desarrollo

equitativo y solidario de todo el territorio, mediante el fortalecimiento del

proceso de autonomías y descentralización.

Bajo este contexto y como lo detalla el Art. 225 el sector público del Ecuador

se conforma por:

- Los organismos y dependencias de las funciones Ejecutiva, Legislativa,

Judicial, Electoral y de Transparencia y Control Social.

- Las entidades que integran el régimen autónomo descentralizado.

- Los organismos y entidades creados por la Constitución o la ley para el

ejercicio de la potestad estatal, para la prestación de servicios públicos

o para desarrollar actividades económicas asumidas por el Estado.

- Las personas jurídicas creadas por acto normativo de los gobiernos

autónomos descentralizados para la prestación de servicios públicos.

“El título V brinda los lineamiento generales sobre la organización territorial

del Estado y los vincula al concepto de gobierno autónomo descentralizado y

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6

a la definición de las competencias de cada nivel de gobierno”3. En el Art. 238

se detalla los niveles de los GAD y los principios generales en los que se

basaran. Los gobiernos autónomos descentralizados gozarán de autonomía

política, administrativa y financiera, y se regirán por los principios de

solidaridad, subsidiariedad, equidad interterritorial, integración y

participación ciudadana. En ningún caso el ejercicio de la autonomía permitirá

la secesión del territorio nacional. Constituyen gobiernos autónomos

descentralizados las juntas parroquiales rurales, los concejos municipales, los

concejos metropolitanos, los consejos provinciales y los consejos regionales.

Como describe Plan Nacional de Descentralización 2012- 2015 en el modelo

anterior, todas las competencias del gobierno central podían

“descentralizarse” a excepción de las regularmente calificadas como

intransferibles, requiriéndose tan solo de la simple voluntad de los gobiernos

subnacionales para asumirlas y ejercerlas “a la carta”, a partir de un modelo de

negociación “uno a uno”, que fomentaba prácticas excluyentes y clientelares, y

que no consideraba la integralidad del país”.

Así, el nuevo enfoque o modelo de desarrollo dado por la nueva constitución

concibe a la descentralización a través de los GAD como un nuevo orden de

gobernanza y de ejecución de acciones definidas a través del ejercicio de

competencias en territorio y por nivel de gobierno.

2.2. Código orgánico de planificación y finanzas públicas

Se aprueba en el año 2010 el Código Orgánico de Planificación y Finanzas

Públicas y se publica en el Registro Oficial No. 306 del 22 de Octubre del mismo

año, teniendo por objeto según se detalla en su Art. 1 organizar, normar y

vincular el Sistema Nacional Descentralizado de Planificación Participativa con

el Sistema Nacional de Finanzas Públicas, y regular su funcionamiento en los

diferentes niveles del sector público, en el marco del régimen de desarrollo,

3 SENPLADES, Preguntas frecuentes sobre descentralización fiscal en el Ecuador, Quito –Ecuador, pág.13.

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7

del régimen del buen vivir, de las garantías y los derechos constitucionales, (..)

regulan el ejercicio de las competencias de planificación y el ejercicio de la

política pública en todos los niveles de gobierno, el Plan Nacional de

Desarrollo, los planes de desarrollo y de ordenamiento territorial de los

Gobiernos Autónomos Descentralizados, la programación presupuestaria

cuatrianual del Sector Público, el Presupuesto General del Estado, los demás

presupuestos de las entidades públicas; y, todos los recursos públicos y demás

instrumentos aplicables a la Planificación y las Finanzas Públicas.

Por lo que este cuerpo legal consigue recoger en un solo cuerpo legal el Sistema

de Planificación y el Sistema de Finanzas Públicas de la siguiente forma:

Gráfico N° 1. Articulación Sistema de Planificación y Sistema de

Finanzas Públicas

Fuente: Ministerio de Finanzas

Elaboración: Ministerio de Finanzas

En lo que respecta o atañe a los GAD el objetivo del código establece que es

articular y coordinar la planificación nacional con la planificación de los

Vinculacion planificacion con finanzas públicas:

el presupuesto como expresión financiera del Plan;

inversión pública un instrumento para el desarrollo , no variable

de ajuste para recortarse a favor de privilegiar la deuda.

Progarmacion y gestion presupuestaria plurianual:

mejorar ejecucion los primeros meses del año;

garantizar recursos para un proyecto hasta su

conclusion

Simplificación de procesos y seguridad jurídica

simplificacion de trámites; un solo codigo remplaza a LOAFIC,

Ley de Presupuestos, Ley de Responsabilidad y Transparencia

Fiscal, entre otras leyes, se eliminan algunas contradicciones

legales.

Planificación nacional y territorial, orientadas hacia una intervención según resultados de desarrollo;

mejor coordinación

Gestión eficiente de los recursos:

No marcar los billetes; manejo integrado de la

liquidez

Optimización del manejo de endeudamiento:

eliminación de trabas legales para contratar deuda antes de iniciar el presupuesto;

gestión de pasivos contingentes; nuevos instrumentos de capacitación de recursos.

Conformación y funciones del Consejo Nacional de

Planificación:

participación del Ejecutico, los GADs y la ciudadania

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8

distintos niveles de gobierno y entre éstos; y, definir y regular la gestión

integrada de las Finanzas Públicas para los distintos niveles de gobierno, y su

ámbito de aplicación es la dirección de la política pública, ejercida por el

gobierno central, los GAD y los procesos e instrumentos del Sistema Nacional

Descentralizado de Planificación Participativa, en el marco de sus

competencias así como la coordinación de los procesos de planificación del

desarrollo y de ordenamiento territorial, en todos los niveles de gobierno.

Grafico N° 2. Articulación de los principales instrumentos del Sistema

Nacional Descentralizado de Planificación Participativa

Fuente: Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas

Elaboración: Propia

Nota: La Secretaría Técnica del Sistema Nacional Descentralizado de Planificación

Participativa será ejercida por la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo.

Así, en el Art. 12 detalla que la planificación del desarrollo y el ordenamiento

territorial es competencia de los gobiernos autónomos descentralizados en

sus territorios y que se ejercerá a través de sus planes propios y demás

instrumentos, en articulación y coordinación con los diferentes niveles de

gobierno, en el ámbito del Sistema Nacional Descentralizado de Planificación

Planificación Nacional

PND

Gobierno Central

Articulación planificación territorial

ETN

Gobierno Central y GAD

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9

Participativa, respecto a la definición de la política pública el Art. 15 determina

que la definición de la política pública nacional le corresponde a la función

ejecutiva, dentro del ámbito de sus competencias y que los gobiernos

autónomos descentralizados formularán y ejecutarán las políticas locales para

la gestión del territorio en el ámbito de sus competencias, las mismas que

serán incorporadas en sus planes de desarrollo y de ordenamiento territorial

y en los instrumentos normativos que se dicten para el efecto.

Mientras que el Sistema Nacional Descentralizado de Planificación

Participativa según el Art. 18 constituye el conjunto de procesos, entidades e

instrumentos que permiten la interacción de los diferentes actores, sociales e

institucionales, para organizar y coordinar la planificación del desarrollo y del

ordenamiento territorial en todos los niveles de gobierno.

Por lo antes mencionado el Plan Nacional Desarrollo - PND y la Estrategia

Territorial Nacional – ETN deberá ser desarrollado por el Gobierno Central a

través de la Secretaria Nacional de Planificación, mientras que los Planes

propios representados a través de los Planes de Ordenamiento Territorial

deberán ser elaborados por los GAD.

El presente código establece que es necesario costear las competencias, previo

a la transferencia de estas a los GAD, el costeo depende de las particularidades

de la competencia que se esté analizando, los valores determinados en el

costeo serán los transferidos por parte del Gobierno Central a los GAD para la

ejecución de la competencia descentralizada. Respecto a las finanzas públicas

de los GAD, estos pueden tomar como referencia el presente código, pues no

es obligatoria para estos niveles de gobierno la aplicación del manejo

financiero y presupuestario que establece el Código de planificación y finanzas

públicas.

2.3. Código orgánico de organización territorial

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10

El ámbito de acción del presente código según lo estipula su Art. 1 es establecer

la organización político-administrativa del Estado ecuatoriano en el territorio:

el régimen de los diferentes niveles de GAD y los regímenes especiales, con el

fin de garantizar su autonomía política, administrativa y financiera.

Además, desarrolla un modelo de descentralización obligatoria y progresiva a

través del sistema nacional de competencias, la institucionalidad responsable

de su administración, las fuentes de financiamiento y la definición de políticas

y mecanismos para compensar los desequilibrios en el desarrollo territorial.

Los niveles de organización territorial del Estado ecuatoriano está dado por

regiones, provincias, cantones y parroquias rurales. También por razones de

conservación ambiental, étnico culturales o de población, podrán constituirse

regímenes especiales de gobierno: distritos metropolitanos, circunscripciones

territoriales de pueblos y nacionalidades indígenas, afroecuatorianas y

montubias y el consejo de gobierno de la provincia de Galápagos.

Los niveles de organización territorial se transforman en gobiernos sub

nacional a través de la figura: Gobiernos autónomos descentralizados (GAD)

para el nivel provincial, cantonal o distrito metropolitano y parroquial rural;

ya que actualmente no se cuenta con un nivel regional las funciones de este

nivel de gobierno son asumidas por el Gobierno Central. Por lo mencionado

cada circunscripción territorial tendrá un GAD para la promoción del

desarrollo y la garantía del buen vivir, a través del ejercicio de sus

competencias y estos estarán integrados por ciudadanos electos

democráticamente quienes ejercerán su representación, de la misma forma los

GAD cuentan con autonomía es decir ninguna función del Estado ni autoridad

extraña podrá interferir en la autonomía política, administrativa y financiera

propia de los gobiernos autónomos descentralizados, salvo lo prescrito por la

Constitución y las leyes de la República.

Ya que la presente investigación se enfoca en los GAD Municipales a

continuación se describirán sus competencias exclusivas, establecidas en el

Art. 55 del COOTAD, siendo las competencias exclusivas aquellas atribuciones

que le corresponden solo a este nivel de gobierno, sin embargo estas pueden

gestionarse de manera concurrente entre diferentes niveles de gobiernos:

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11

a) Planificar, junto con otras instituciones del sector público y actores de la

sociedad, el desarrollo cantonal y formular los correspondientes planes de

ordenamiento territorial, de manera articulada con la planificación nacional,

regional, provincial y parroquial, con el fin de regular el uso y la ocupación del

suelo urbano y rural, en el marco de la interculturalidad y plurinacionalidad y

el respeto a la diversidad;

b) Ejercer el control sobre el uso y ocupación del suelo en el cantón;

c) Planificar, construir y mantener la vialidad urbana;

d) Prestar los servicios públicos de agua potable, alcantarillado, depuración de

aguas residuales, manejo de desechos sólidos, actividades de saneamiento

ambiental y aquellos que establezca la ley;

e) Crear, modificar, exonerar o suprimir mediante ordenanzas, tasas, tarifas y

contribuciones especiales de mejoras;

f) Planificar, regular y controlar el tránsito y el transporte terrestre dentro de

su circunscripción cantonal;

g) Planificar, construir y mantener la infraestructura física y los equipamientos

de los espacios públicos destinados al desarrollo social, cultural y deportivo,

de acuerdo con la ley. Previa autorización del ente rector de la política pública,

a través de convenio, los gobiernos autónomos descentralizados municipales

podrán construir y mantener infraestructura física y los equipamientos de

salud y educación, en su jurisdicción territorial.

h) Preservar, mantener y difundir el patrimonio arquitectónico, cultural y

natural del cantón y construir los espacios públicos para estos fines;

i) Elaborar y administrar los catastros inmobiliarios urbanos y rurales;

j) Delimitar, regular, autorizar y controlar el uso de las playas de mar, riberas

y lechos de ríos, lagos y lagunas, sin perjuicio de las limitaciones que establezca

la ley;

k) Preservar y garantizar el acceso efectivo de las personas al uso de las playas

de mar, riberas de ríos, lagos y lagunas;

l) Regular, autorizar y controlar la explotación de materiales áridos y pétreos,

que se encuentren en los lechos de los ríos, lagos, playas de mar y canteras;

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12

m) Gestionar los servicios de prevención, protección, socorro y extinción de

incendios; y,

n) Gestionar la cooperación internacional para el cumplimiento de sus

competencias.

Cabe indicar que las competencias exclusivas que este código les asigna deben

ser asumidas por los GAD de manera progresiva, según lo determine el Consejo

Nacional de Competencias - CNC, con los recursos debidamente costeados,

como lo ordena la constitución. Las competencias que les fueron asignadas

antes de la Constitución o la ley deben continuarlas ejerciendo (Art. 125)

2.4. Ley orgánica de ordenamiento territorial uso y

gestión del suelo

Se puede resumir que la presente ley abarca las siguientes temáticas:

Consolida en un solo cuerpo legal el ordenamiento territorial y el uso y

gestión del suelo.

Propone estrategias de coordinación que articulen la planificación

entre los diferentes niveles de gobierno.

Incorpora en los Planes de Ordenamiento Territorial municipales y

metropolitanos, el planeamiento urbanístico, que detalla el uso, la

ocupación y gestión del suelo.

Determina estándares mínimos para generar hábitats dignos y plantea

herramientas técnicas que faciliten de forma pública, privada o mixta la

gestión del suelo (FUNCIÓN SOCIAL).

Crea el Consejo de Uso y Gestión del Suelo, la Superintendencia de

Ordenamiento Territorial y Uso y Gestión del Suelo; y el Catastro

Nacional Integrado Georeferenciado

La ley ordenamiento territorial, se nutre de las siguientes normativas:

Grafico N° 3. Ley orgánica de ordenamiento territorial uso y gestión del

suelo

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13

Fuente: Senplades- Subsecretaría de Planificación Territorial

Elaboración: Senplades- Subsecretaría de Planificación Territorial

El objeto de la presente ley según lo detalla el Art. 1 es fijar los principios y

reglas generales que rigen el ejercicio de las competencias de ordenamiento

territorial, uso y gestión del suelo urbano y rural, y su relación con otras que

incidan significativamente sobre el territorio o lo ocupen, para que se articulen

eficazmente, promuevan el desarrollo equitativo y equilibrado del territorio y

propicien el ejercicio del derecho a la ciudad, al hábitat seguro y saludable, y a

la vivienda adecuada y digna, en cumplimiento de la función social y ambiental

de la propiedad e impulsando un desarrollo urbano inclusivo e integrador para

el Buen Vivir de las personas, en concordancia con las competencias de los

diferentes niveles de gobierno.

Ya que la presente investigación responde a las implicaciones que tiene la

presente Ley sobre el tema catastral en las finanzas públicas es necesario

definir los conceptos de uso u gestión de suelo, los mismos que han sido

tomados del artículo 21 y 44, correspondientemente. Por lo que el uso es la

destinación asignada al suelo, conforme con su clasificación y sub-

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14

clasificación. Los usos serán determinados en los respectivos planes de uso y

gestión de suelo y en sus instrumentos complementarios y la gestión del suelo

es la acción y efecto de administrarlo, en función de lo establecido en los planes

de uso y gestión de suelo y sus instrumentos complementarios, con el fin de

permitir el acceso y aprovechamiento de sus potencialidades de manera

sostenible y sustentable, conforme con el principio de distribución equitativa

de las cargas y los beneficios.

Por lo que el Uso y Gestión del suelo se verán reflejados en el plan de uso y

gestión de suelo el mismo que incorporará los componentes estructurales y

urbanísticos.

Sin embargo para que los GAD Municipales que tienen la competencia

exclusiva de uso y gestión de suelo, puedan planificarlo adecuadamente y

regulen los asentamientos humanos, así como las construcciones de su

circunscripción territorial, es necesario que estos cuenten con el catastro

actualizado, es por esta razón que el Art. 100 y la transitoria novena de la

presente Ley regulan la actualización catastral y que ésta alimente al Catastro

Nacional Georeferenciado.

Art. 100.- Catastro Nacional Integrado Georreferenciado. Es un sistema de

información territorial generada por los Gobiernos Autónomos

Descentralizados municipales y metropolitanos, y las instituciones que

generan información relacionada con catastros y ordenamiento territorial,

multifinalitario y consolidado a través de una base de datos nacional, que

registrará en forma programática, ordenada y periódica, la información sobre

los bienes inmuebles urbanos y rurales existentes en su circunscripción

territorial.

El Catastro Nacional Integrado Georeferenciado deberá actualizarse de

manera continua y permanente, y será administrado por el ente rector de

hábitat y vivienda, el cual regulará la conformación y funciones del Sistema y

establecerá normas, estándares, protocolos, plazos y procedimientos para el

levantamiento de la información catastral y la valoración de los bienes

inmuebles tomando en cuenta la clasificación, usos del suelo, entre otros. (..)

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15

Transitoria Novena.- Para contribuir en la actualización del Catastro Nacional

Integrado Georeferenciado, los Gobiernos Autónomos Descentralizados

municipales y los metropolitanos, realizarán un primer levantamiento de

información catastral, para lo cual contarán con un plazo de hasta dos años,

contados a partir de la expedición de normativa del ente rector de hábitat y

vivienda4, señalada en la Disposición Transitoria Tercera de la presente Ley.

Vencido dicho plazo, los Gobiernos Autónomos Descentralizados municipales

y metropolitanos que no hubieren cumplido con lo señalado anteriormente,

serán sancionados de conformidad con lo dispuesto en el numeral 7 del

artículo 107 de esta Ley.

Es decir incurren en una falta grave que implica entre cincuenta y cien salarios

básicos unificados.

2.5. Metodología de planes de ordenamiento territorial-

Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo

(Senplades)

Los Planes de Ordenamiento Territorial, responden a la planificación que los

GAD realizan sobre sus territorios, considerando la ejecución de sus

competencias, su realidad territorial actual y su visión de desarrollo y

ordenamiento territorial.

Ya que la Senplades es el ente rector de la Planificación Nacional y con el fin de

homologar la estructura de los Planes de Ordenamiento Territorial expidió en

Acuerdo No. SNPD-008-2017 del lunes 12 de junio de 2017 la “NORMA

TÉCNICA DEL CICLO DE LA PLANIFICACIÓN Y LA INVERSIÓN PÚBLICA”, la

misma que en su título III trata sobre los lineamientos para la formulación,

actualización, articulación, seguimiento y evaluación de los planes de

desarrollo y ordenamiento territorial (PDOT) de los gobiernos autónomos

4 El Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda estableció las “NORMAS TECNICAS PARA CATASTRO DE BIENES INMUEBLES URBANOS, RURALES “en Acuerdo Ministerial 29 Registro Oficial Suplemento 853 de 03-oct.-2016, por lo que los GAD tienen hasta Octubre del 2018 para tener actualizado sus catastros.

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16

descentralizados, en este sentido dicha norma establece que el PDOT tendrán

una vigencia de cuatro años y estos deben estar compuestos de:

Diagnóstico

Propuesta

Modelo de Gestión

El diagnóstico contendrá un análisis de problemas y potencialidades

considerando su modelo territorial vigente y los analizará a través de los

componentes: biofísico; socio-cultural; económico; asentamientos humanos,

movilidad, energía y conectividad; y, político institucional y de participación

ciudadana y como parte transversal el incluirá la variable "riesgo" (amenaza y

vulnerabilidad).

La propuesta contendrá el modelo territorial deseado considerando la visión

de mediano plazo, objetivos estratégicos de desarrollo y políticas, metas e

indicadores, los mismos que deben estar articulados con la Visión de Largo

Plazo, el Plan Nacional de Desarrollo y la Estrategia Territorial Nacional,

establecida por el Gobierno Central, así como con los programas y proyectos

que necesite ejecutar el GAD para el ejercicio de sus competencias.

Mientras que el modelo de gestión deberá reflejar la forma de articulación y

los recursos con los que cuenta el GAD para ejecutar su PDOT en mediano

plazo.

En este sentido el tema catastral viene a insertarse de forma transversal en el

PDOT de los GAD Municipales o Metropolitanos ya que este les permitirá

planificar su ordenamiento territorial y buscar formas de articulación para

contar con su catastro actualizado.

2.6. Marco Teoríco

En esta sección se abordará la revisión bibliográfica sobre los grandes

conceptos que permitirán abordar y sustentar el proyecto de investigación

realizado. Para esto partiremos de los conceptos Macro para encadenarlos en

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17

forma deductiva con los micros conceptos que permitirán dar una vista rápida

del enfoque base en el cual se desarrolló este documento. Es así que los

conceptos que se utilizaran son: Descentralización, Descentralización Fiscal,

catastro.

La Descentralización

Este concepto aborda el marco general bajo el cual se sustenta el análisis de

esta investigación, por lo que para definir conceptualmente se consideró el

documento Descentralización Fiscal: Marco Conceptual, Proyecto Regional de

Descentralización Fiscal desarrollado por la Cepal5 y la GTZ6, en este se define

a la descentralización según el documento Cepal- GTZ, (1993),

Descentralización Fiscal: Marco Conceptual, Proyecto Regional de

Descentralización Fiscal, Santiago de Chile, pág.8. “como un proceso de

transferencias de competencias y recursos desde la administración nacional o

central de un determinado Estado, hacia las administraciones subnacionales:

estatales y municipales en los países federales, y regionales y locales en los

países constitucionalmente unitarios…. De esta manera se entendería que un

país se está descentralizando cuando sus administraciones subnacionales o

territoriales vienen gozando de un cúmulo de competencias significativo que

requiere a su vez, de la disponibilidad oportuna y adecuada de recursos

financieros para ello”. Es así que el Ecuador al estar organizado en provincias,

cantones y parroquias que son representadas por gobiernos elegidos

democráticamente en sus territorios, y a su vez estos gobiernos subnacionales

gozan de competencias, se puede decir que el Ecuador tiene una organización

descentralizada lo cual se corrobora a través de la revisión del documento “La

descentralización en el Ecuador: opciones comparadas”, ya que aquí describe

que “las principales características de la organización del Estado

ecuatoriano pueden definirse en los siguientes términos: estado unitario,

régimen presidencialista, organización descentralizada territorial

5 Comisión Económica para América Latina y el Caribe 6 Deutsche Gesellschaft für Technische Zusammernarbeit (GTZ) GmbH. Cooperación Técnica

Alemana

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18

(provincias, cantones) y sectorialmente (ministerios)-, separación de

funciones autónomas (ejecutivo, legislativo y judicial) y alto fraccionamiento

territorial (22 provincias y 219 cantones)”7. Actualmente son 24 provincias y

221 cantones.

Es así que el proceso de Descentralización se trata de distribuir el poder que

se encuentra en un centro, y la distribución de este poder debe ser de forma

equitativa, democrática, garantizando autonomía en los niveles

descentralizados. La Descentralización es administrativa finananciera.

La Descentralización se la concibe como una reforma al Estado y esto se da ya

que este proceso es dinámico y responde a hitos en los países que causan

rupturas y cambios o reformas de política pública, por lo que la estructura de

la Descentralización se puede decir que está dada por tres enfoques según

Deutsche Gesellschaft für Internationale Zusammenarbeit (GIZ) GmbH,

BALANCE DE LA DESCENTRALIZACIÓN EN EL ECUADOR 1998-2016, pág. 10.:

1. Descentralización Administrativa. “Conjunto de políticas que permiten

transferir a los gobiernos subnacionales la administración y prestación

de servicios sociales tales como educación, salud, asistencia social o

vivienda. La descentralización administrativa puede implicar la

delegación de autoridad decisoria en estas áreas, pero esta no es una

condición necesaria”. La descentralización administrativa puede estar

acompañada –como puede no estarlo- de una descentralización fiscal.

2. Descentralización Fiscal. Se refiere al conjunto de políticas destinadas

a aumentar los ingresos o la autonomía fiscal de los gobiernos

subnacionales. Estas políticas pueden asumir diversas formas

institucionales, tales como un aumento de las transferencias del

gobierno central, la creación de nuevos impuestos subnacionales o la

delegación por parte del gobierno nacional de autoridad impositiva a

los gobiernos subnacionales.

7 Flacso - Sede Ecuador, Senplades, GTZ, COSUDE, PDDL, PRODESIMI

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19

3. Descentralización Política. Es el conjunto de reformas constitucionales

y electorales destinadas a abrir nuevos espacios de representación sub-

nacional, o a activar los que ya existían pero permanecían latentes o

inefectivos. Estas medidas están destinadas a delegar autoridad política

(...) a actores subnacionales (…) o bien a fortalecer la autonomía política

de los gobiernos subnacionales”.

Descentralización Fiscal

Para la descentralización fiscal debe darse en primer lugar una división

territorial en el caso ecuatoriano está dada por las zonas de planificación,

Gobiernos Provinciales, municipios y gobiernos parroquiales, esta consiste en

la transferencia de competencias y recursos desde el gobierno central a los

GAD, lo que implica es una transferencia de responsabilidades en materia de

ingresos y gastos que los distintos niveles de gobiernos están la

responsabilidad de administrar, sin embargo como dice el documento de la

COMISION ECONOMICA PARA AMERICA LATINA Y EL CARIBE,

Descentralización Fiscal: Marco Conceptual, Proyecto Regional de

Descentralización Fiscal CEPAL –GTZ, Santiago de Chile, 1993, pág. 8: “la

descentralización fiscal ocurre cuando las competencias fiscales (ingresos y

gastos públicos) se desplazan del nivel superior o central hacia el inferior o

subnacional y constituye por lo general un proceso dirigido desde el nivel

central”. “Un país está descentralizado cuando sus administraciones

subnacionales o territoriales vienen gozando de un cumulo de competencias

significativo que requiere a su vez, de la disponibilidad oportuna y adecuada

de recursos financieros para ello.”

La descentralización fiscal va de la mano con la descentralización

administrativa y política, asegurando que la autonomía de los gobiernos

subnacionales se vea reflejada a través del manejo financiero de sus ingresos

y gastos, teniendo un control operativo y financiero sobre el territorio.

Catastro

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20

Según el documento Erba, Diego (2007). Catastro Multifinalitario aplicado a la

definición de políticas de suelo urbano, Cambridge, USA. lo define al “Catastro

Territorial, en general, en América Latina como en la gran mayoría de los

países del mundo, los catastros fueron originariamente estructurados con

fines tributarios. Se registraban datos que permitían, a través de diferentes

métodos, determinar el valor del inmueble y el monto del impuesto. La

mayoría de los Catastros Territoriales aún persigue ese objetivo y sus bases de

datos conforman el denominado Catastro Económico (también conocido como

Catastro Fiscal). Entre los numerosos métodos que pueden ser aplicados para

la determinación del valor del inmueble, su localización, forma y dimensiones

normalmente constituyen elementos esenciales para el cálculo. Estos datos

provienen de relevamientos topográficos, geodésicos y/o fotogramétricos y

constan en documentos cartográficos y bases alfanuméricas que conforman el

Catastro Geométrico (también denominado Catastro Físico por algunos

autores). Con el pasar del tiempo, los administradores percibieron que el

Catastro tenía una función mucho más relevante aún que las anteriormente

mencionadas y pasaron a organizarlo como complemento de los Registros de

Inmuebles, constituyendo así el Catastro Jurídico. Napoleón fue uno de los

precursores de esta nueva visión, manifestando su interés de colocarlo a

servicio del Derecho Civil en su Código, diciendo: un buen catastro parcelario

será el complemento del Código en lo que se refiere a la posesión del suelo. Es

necesario que los mapas sean suficientemente precisos y detallados para fijar

límites y evitar litigios”.

El poder de policía territorial es ejercido por el Catastro en dos sentidos:

positivo, cuando protege el derecho de propiedad mediante la publicidad

inmobiliaria, y negativo cuando describe las limitaciones al derecho de

propiedad, pudiendo inclusive restringir el poder de disposición de su titular

para que el ejercicio de ese derecho sea compatible con el Interés Público.

Surge de esta manera el Catastro Fiscal que, como fue apuntado, algunos

autores definen como sinónimo de Catastro Económico cuando en realidad se

debe considerar que el Catastro es fiscal pues fiscaliza: que los documentos

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21

que definen objetos de derecho cumplan las normas que tutelan la función

social de la propiedad o que los documentos catastrales no coliden con lo que

las normas urbanísticas y ambientales fijen para el territorio de su

jurisdicción.

Un buen Catastro es aquel que contribuye a la distribución equitativa de las

cargas tributarias, promueve la seguridad de la propiedad inmueble y crea

bases para la planificación urbana y regional. Justamente esta última

afirmación abrió el camino para la visión moderna del Catastro

Multifinalitario. Este registro pasa a contemplar, además de los aspectos

económicos, físicos y jurídicos tradicionales, los datos ambientales y sociales

del inmueble y de las personas que en él habitan.

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22

CAPITULO III

3. ANÁLISIS DE LA INFORMACIÓN PRESUPUESTARIA

GAD MUNICIPALES AÑO 2015

Para el desarrollo de este capítulo es importante detallar el significado de

Descentralización Fiscal, para esto se ha considerado un documento de la

Comisión Económica para América Latina y El Caribe (CEPAL), que nos detalla

este tema.

Dicho documento define que un “sistema fiscal descentralizado presupone la

existencia, al menos de dos niveles distintos de competencia política. La

descentralización fiscal ocurre cuando las competencias (ingresos y gastos

públicos) se desplazan del nivel superior o central hacia el inferior o

subnacional y constituye por lo general un proceso dirigido desde el nivel

central. De modo que la concesión de cierta independencia administrativa a las

autoridades locales no se considera generalmente como descentralización

fiscal. Cuando se examina un proceso de descentralización en su dimensión

fiscal, por lo general se estudian sistemas políticos con gobiernos nacionales.

Por diversas razones de tipo político y económico, se analiza la convivencia y

las posibilidades de transferir ciertas facultades a los gobiernos

subnacionales”.8

Es así que el proceso de descentralización fiscal busca transferir facultades

desde el Gobierno Central a los Gobiernos Autónomos Descentralizados para

que estos puedan manejar sus propios recursos en procura de una mejor

prestación de servicios, esta lógica pretende atender con mayor eficiencia los

servicios solicitados por la ciudadanía, y esta eficiencia, en teoría está dada por

la cercanía que tienen los GAD con su circunscripción territorial.

La transferencia de facultades tiene como base:

“a) Determinar una clara asignación por niveles de gobierno de

responsabilidades de gasto, de acuerdo a sus competencias.

8 Comisión Económica para América Latina y El Caribe (CEPAL), Descentralización fiscal: marco conceptual, Santiago de Chile, 1993.

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23

b) Mayor autonomía financiera con las correspondientes facultades

tributarias, que permita generar recursos y responsabilidad.

c) Sistema de transferencias “adecuado”, que permita superar el desequilibrio

fiscal vertical y horizontal.

d) Reglas claras para la utilización del endeudamiento sub-nacional con

responsabilidad.”9

Respecto al presupuesto de los GAD el COOTAD en el capítulo VII determina

que este se ajustará a los planes regionales, provinciales, cantonales y

parroquiales respectivamente, en el marco del Plan Nacional de Desarrollo, sin

menoscabo de sus competencias y autonomía. Este deberá ser elaborado de

forma participativa, la ejecución de inversión pública deberá tener

concordancia con los planes de desarrollo de cada GAD, todo programa o

proyecto financiado con recursos públicos tendrá objetivos, metas y plazos, al

término del cual serán evaluados.

En el caso de los gobiernos autónomos descentralizados parroquiales rurales

se regirán por lo previsto en este capítulo, en todo lo que les sea aplicable y no

se oponga a su estructura y fines.

El ejercicio financiero comprende desde el primero de enero y termina el

treinta y uno de diciembre de cada año

3.1. Identificación de los GAD analizar según estrato

Con el fin de realizar el análisis descriptivo de los Gobiernos Autónomos

Municipales, se propone usar la estratificación utilizada por el Banco del

Estado o como actualmente es su nombre Banco de Desarrollo del Ecuador, en

los estudios que realizan sobre finanzas sub – nacionales, esta estratificación

está dada por la variable población, como se detalla en la siguiente imagen.

9 Senplades, Preguntas frecuentes sobre descentralización fiscal en el Ecuador, Quito, 2014.

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24

Grafico N° 4. Estratificación de Gobiernos Autónomos Descentralizados

Municipales

Fuente: Banco de Desarrollo del Ecuador

Elaboración: Banco de Desarrollo del Ecuador

En este sentido los GAD Municipales10 que se encuentran en cada uno de los

estratos considerando las proyecciones poblacionales del INEC para el año

2015, ordenadas de menor a mayor son:

Tabla N° 1. GAD Municipales pertenecientes al Estrato 1

PROVINCIA Cantón ESTRATO POBLACIÓN

MORONA SANTIAGO PABLO SEXTO Estrato 1 2.354

EL ORO CHILLA Estrato 1 2.503

GALAPAGOS ISABELA Estrato 1 2.690

AZUAY EL PAN Estrato 1 3.149

SUCUMBIOS SUCUMBIOS Estrato 1 3.679

AZUAY GUACHAPALA Estrato 1 3.720

PASTAZA SANTA CLARA Estrato 1 3.937

AZUAY OÑA Estrato 1 3.943

NAPO CARLOS JULIO AROSEMENA TOLA Estrato 1 4.133

AZUAY SAN FERNANDO Estrato 1 4.186

ORELLANA AGUARICO Estrato 1 4.318

LOJA QUILANGA Estrato 1 4.394

MORONA SANTIAGO SAN JUAN BOSCO Estrato 1 4.543

LOJA OLMEDO (LOJA) Estrato 1 4.681

10 Son 221 GAD Municipales en el Ecuador.

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25

ZAMORA PAQUISHA Estrato 1 4.922

EL ORO LAS LAJAS Estrato 1 5.014

CAÑAR SUSCAL Estrato 1 5.870

EL ORO MARCABELI Estrato 1 5.991

EL ORO ATAHUALPA Estrato 1 6.290

AZUAY SEVILLA DE ORO Estrato 1 6.529

ZAMORA NANGARITZA Estrato 1 6.611

CAÑAR DELEG Estrato 1 6.626

ZAMORA YACUAMBI Estrato 1 6.638

NAPO QUIJOS Estrato 1 6.685

MORONA SANTIAGO LOGROÑO Estrato 1 6.800

BOLIVAR LAS NAVES Estrato 1 6.899

CHIMBORAZO PENIPE Estrato 1 7.026

LOJA CHAGUARPAMBA Estrato 1 7.099

TUNGURAHUA MOCHA Estrato 1 7.214

SUCUMBIOS CUYABENO Estrato 1 7.329

PASTAZA ARAJUNO Estrato 1 7.424

LOJA SOZORANGA Estrato 1 7.512

ZAMORA CENTINELA DEL CONDOR Estrato 1 7.549

MORONA SANTIAGO PALORA Estrato 1 7.553

EL ORO BALSAS Estrato 1 8.135

CARCHI SAN PEDRO DE HUACA Estrato 1 8.458

GALAPAGOS SAN CRISTOBAL Estrato 1 8.693

MORONA SANTIAGO TIWINTZA Estrato 1 9.003

NAPO EL CHACO Estrato 1 9.172

TUNGURAHUA CEVALLOS Estrato 1 9.191

ZAMORA PALANDA Estrato 1 9.322

SUCUMBIOS GONZALO PIZARRO Estrato 1 9.487

LOJA PINDAL Estrato 1 9.783

ZAMORA EL PANGUI Estrato 1 9.992

Fuente: Banco de Desarrollo del Ecuador e INEC.

Elaboración: Propia

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26

Tabla N° 2. GAD Municipales pertenecientes al Estrato 2

PROVINCIA Cantón ESTRATO POBLACIÓN

ZAMORA CHINCHIPE Estrato 2 10.170

MANABI OLMEDO (MANABI) Estrato 2 10.283

MORONA SANTIAGO LIMON INDANZA Estrato 2 10.365

MORONA SANTIAGO SANTIAGO Estrato 2 10.463

MORONA SANTIAGO HUAMBOYA Estrato 2 10.507

AZUAY PUCARA Estrato 2 10.596

CAÑAR EL TAMBO Estrato 2 11.153

GUAYAS GRAL. ANTONIO ELIZALDE (BUCAY) Estrato 2 12.090

LOJA GONZANAMA Estrato 2 12.187

CHIMBORAZO PALLATANGA Estrato 2 12.210

CARCHI MIRA Estrato 2 12.423

GUAYAS ISIDRO AYORA Estrato 2 12.841

GUAYAS MARCELINO MARIDUEÑA Estrato 2 12.879

CHIMBORAZO CHAMBO Estrato 2 12.917

SUCUMBIOS PUTUMAYO Estrato 2 13.004

CHIMBORAZO CHUNCHI Estrato 2 13.083

AZUAY GIRON Estrato 2 13.175

BOLIVAR ECHEANDIA Estrato 2 13.408

EL ORO PORTOVELO Estrato 2 13.417

IMBABURA PIMAMPIRO Estrato 2 13.458

TUNGURAHUA TISALEO Estrato 2 13.462

SUCUMBIOS CASCALES Estrato 2 13.521

LOJA ZAPOTILLO Estrato 2 13.624

CARCHI ESPEJO Estrato 2 13.966

AZUAY CHORDELEG Estrato 2 14.150

PASTAZA MERA Estrato 2 14.692

TUNGURAHUA PATATE Estrato 2 14.928

LOJA ESPINDOLA Estrato 2 14.939

BOLIVAR CALUMA Estrato 2 15.054

PICHINCHA PEDRO VICENTE MALDONADO Estrato 2 15.209

CARCHI BOLIVAR (CARCHI) Estrato 2 15.325

CHIMBORAZO CUMANDA Estrato 2 15.540

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27

LOJA CELICA Estrato 2 15.701

LOJA PUYANGO Estrato 2 16.169

IMBABURA SAN MIGUEL DE URCUQUI Estrato 2 16.976

AZUAY NABON Estrato 2 17.017

BOLIVAR CHIMBO Estrato 2 17.020

GUAYAS PALESTINA Estrato 2 17.620

BOLIVAR CHILLANES Estrato 2 17.652

GALAPAGOS SANTA CRUZ Estrato 2 18.070

LOS RIOS QUINSALOMA Estrato 2 18.735

MORONA SANTIAGO GUALAQUIZA Estrato 2 18.901

MANABI JUNIN Estrato 2 19.399

Fuente: Banco de Desarrollo del Ecuador e INEC.

Elaboración: Propia

Tabla N° 3. GAD Municipales pertenecientes al Estrato 3

PROVINCIA Cantón ESTRAT

O BEDE

POBLACIÓ

N

AZUAY SANTA ISABEL Estrato 3 20.124

LOJA MACARA Estrato 3 20.181

TUNGURAHUA QUERO Estrato 3 20.368

MORONA

SANTIAGO SUCUA Estrato 3 21.491

GUAYAS LOMAS DE SARGENTILLO Estrato 3 21.549

MORONA

SANTIAGO TAISHA Estrato 3 22.802

ZAMORA YANTZAZA Estrato 3 22.810

TUNGURAHUA BAÑOS DE AGUA SANTA Estrato 3 22.838

CAÑAR BIBLIAN Estrato 3 22.889

MANABI PUERTO LOPEZ Estrato 3 22.989

PICHINCHA PUERTO QUITO Estrato 3 23.084

COTOPAXI SIGCHOS Estrato 3 23.185

GUAYAS NOBOL Estrato 3 23.218

ORELLANA LORETO Estrato 3 23.262

PICHINCHA SAN MIGUEL DE LOS BANCOS Estrato 3 23.303

MANABI JARAMIJO Estrato 3 23.336

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28

LOS RIOS PALENQUE Estrato 3 23.536

GUAYAS BALAO Estrato 3 23.741

COTOPAXI PANGUA Estrato 3 23.824

MANABI SAN VICENTE Estrato 3 23.948

LOJA PALTAS Estrato 3 24.335

MANABI FLAVIO ALFARO Estrato 3 25.099

MANABI JAMA Estrato 3 25.252

GUAYAS COLIMES Estrato 3 25.353

EL ORO ZARUMA Estrato 3 25.544

LOS RIOS MONTALVO Estrato 3 26.927

AZUAY PAUTE Estrato 3 27.983

EL ORO PIÑAS Estrato 3 28.729

AZUAY CAMILO PONCE ENRIQUEZ Estrato 3 28.793

COTOPAXI SAQUISILI Estrato 3 28.839

BOLIVAR SAN MIGUEL DE BOLIVAR Estrato 3 28.914

GUAYAS

ALFREDO BAQUERIZO MORENO

(JUJAN) Estrato 3 29.034

GUAYAS SIMON BOLIVAR Estrato 3 29.266

NAPO ARCHIDONA Estrato 3 29.309

AZUAY SIGSIG Estrato 3 29.387

MANABI 24 DE MAYO Estrato 3 29.471

LOJA CALVAS Estrato 3 29.682

ZAMORA ZAMORA Estrato 3 29.735

ESMERALDAS RIOVERDE Estrato 3 29.789

ESMERALDAS MUISNE Estrato 3 30.532

EL ORO ARENILLAS Estrato 3 30.690

MANABI PICHINCHA Estrato 3 30.752

LOS RIOS URDANETA Estrato 3 31.623

LOJA SARAGURO Estrato 3 32.658

CARCHI MONTUFAR Estrato 3 33.155

LOJA CATAMAYO Estrato 3 34.046

MANABI ROCAFUERTE Estrato 3 36.219

MANABI PAJAN Estrato 3 38.096

PICHINCHA PEDRO MONCAYO Estrato 3 38.700

ORELLANA LA JOYA DE LOS SACHAS Estrato 3 39.317

LOS RIOS PUEBLOVIEJO Estrato 3 41.257

MANABI TOSAGUA Estrato 3 41.283

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29

GUAYAS NARANJITO Estrato 3 41.309

TUNGURAHUA PILLARO Estrato 3 41.693

LOS RIOS MOCACHE Estrato 3 41.729

LOS RIOS BABA Estrato 3 42.508

GUAYAS SANTA LUCIA Estrato 3 42.828

IMBABURA COTACACHI Estrato 3 43.087

ESMERALDAS ELOY ALFARO Estrato 3 43.637

MANABI BOLIVAR-CALCETA Estrato 3 44.119

CHIMBORAZO ALAUSI Estrato 3 45.752

CHIMBORAZO COLTA Estrato 3 46.121

CHIMBORAZO GUANO Estrato 3 46.646

AZUAY GUALACEO Estrato 3 46.954

GUAYAS PEDRO CARBO Estrato 3 48.507

SANTO DOMINGO LA CONCORDIA Estrato 3 48.612

ESMERALDAS ATACAMES Estrato 3 49.033

MANABI SANTA ANA Estrato 3 49.055

LOS RIOS VALENCIA Estrato 3 49.204

IMBABURA ANTONIO ANTE Estrato 3 49.661

Fuente: Banco de Desarrollo del Ecuador e INEC.

Elaboración: Propia

Tabla N° 4. GAD Municipales pertenecientes al Estrato 4

PROVINCIA Cantón ESTRATO

BEDE POBLACIÓN

COTOPAXI LA MANA Estrato 4 50.019

MORONA SANTIAGO MORONA Estrato 4 50.292

GUAYAS PLAYAS Estrato 4 50.940

SUCUMBIOS SHUSHUFINDI Estrato 4 51.703

CHIMBORAZO GUAMOTE Estrato 4 52.398

ESMERALDAS SAN LORENZO Estrato 4 52.634

GUAYAS EL TRIUNFO Estrato 4 52.717

EL ORO HUAQUILLAS Estrato 4 55.304

EL ORO EL GUABO Estrato 4 57.736

GUAYAS BALZAR Estrato 4 58.382

MANABI PEDERNALES Estrato 4 60.570

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30

MANABI SUCRE Estrato 4 61.258

TUNGURAHUA PELILEO Estrato 4 62.797

GUAYAS SALITRE Estrato 4 62.884

COTOPAXI SALCEDO Estrato 4 64.000

CAÑAR CAÑAR Estrato 4 65.729

CAÑAR LA TRONCAL Estrato 4 66.266

GUAYAS SAN JACINTO DE YAGUACHI Estrato 4 70.493

NAPO TENA Estrato 4 70.845

LOS RIOS VENTANAS Estrato 4 72.363

PASTAZA PASTAZA Estrato 4 73.802

LOS RIOS BUENA FE Estrato 4 74.115

MANABI JIPIJAPA Estrato 4 74.754

COTOPAXI PUJILI Estrato 4 75.998

EL ORO SANTA ROSA Estrato 4 77.191

LOS RIOS VINCES Estrato 4 78.611

CAÑAR AZOGUES Estrato 4 79.917

EL ORO PASAJE Estrato 4 81.883

GUAYAS EMPALME Estrato 4 81.915

SANTA ELENA SALINAS Estrato 4 82.112

GUAYAS NARANJAL Estrato 4 82.564

ORELLANA FRANCISCO DE ORELLANA Estrato 4 84.080

GUAYAS SAMBORONDON Estrato 4 84.634

MANABI MONTECRISTI Estrato 4 88.597

PICHINCHA MEJIA Estrato 4 95.759

CARCHI TULCAN Estrato 4 96.441

PICHINCHA CAYAMBE Estrato 4 98.242

Fuente: Banco de Desarrollo del Ecuador e INEC.

Elaboración: Propia

Tabla N° 5. GAD Municipales pertenecientes al Estrato 5

PROVINCIA Cantón ESTRATO

BEDE POBLACIÓN

PICHINCHA RUMIÑAHUI Estrato 5 101.609

MANABI EL CARMEN Estrato 5 101.784

BOLIVAR GUARANDA Estrato 5 102.586

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31

SUCUMBIOS LAGO AGRIO Estrato 5 106.863

SANTA ELENA LA LIBERTAD Estrato 5 108.565

IMBABURA OTAVALO Estrato 5 117.425

MANABI CHONE Estrato 5 132.144

ESMERALDAS QUININDE Estrato 5 136.925

GUAYAS DAULE Estrato 5 147.219

LOS RIOS BABAHOYO Estrato 5 167.963

SANTA ELENA SANTA ELENA Estrato 5 168.219

GUAYAS MILAGRO Estrato 5 186.581

COTOPAXI LATACUNGA Estrato 5 191.539

LOS RIOS QUEVEDO Estrato 5 196.769

IMBABURA IBARRA Estrato 5 204.568

ESMERALDAS ESMERALDAS Estrato 5 208.615

LOJA LOJA Estrato 5 248.473

CHIMBORAZO RIOBAMBA Estrato 5 249.891

MANABI MANTA Estrato 5 250.495

EL ORO MACHALA Estrato 5 273.390

GUAYAS DURAN Estrato 5 278.296

MANABI PORTOVIEJO Estrato 5 307.463

TUNGURAHUA AMBATO Estrato 5 365.072

SANTO DOMINGO SANTO DOMINGO DE LOS COLORADOS Estrato 5 418.957

AZUAY CUENCA Estrato 5 580.706

Fuente: Banco de Desarrollo del Ecuador e INEC.

Elaboración: Propia

Tabla N° 6. GAD Municipales pertenecientes al Estrato 6

PROVINCIA Cantón ESTRATO BEDE POBLACIÓN

PICHINCHA QUITO Estrato 6 2.551.721

GUAYAS GUAYAQUIL Estrato 6 2.589.229

Fuente: Banco de Desarrollo del Ecuador e INEC.

Elaboración: Propia

La estratificación permite hacer una diferenciación entre los GAD de este nivel

de gobierno, ya que a pesar de que todos son GAD Municipales no todos tienen

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32

la misma capacidad en prestación de servicios respecto a sus competencias, ni

la misma capacidad de recaudación; y parte de estas características

presupuestarias están dadas por su población, ya que a mayor población

mayor demanda de servicios, y a una mayor prestación de servicios mayor

recaudación por parte del GAD.

Como ya se señaló anteriormente para clasificar los GAD Municipales por

estratos se utilizó en el presente estudio las proyecciones poblacionales del

INEC al 2015, debido a esto y ya que la gráfico cuatro mostraba la

estratificación según del Censo de Población y Vivienda del 2010, el número

contenido por estrato a cambiado, según se detalla en la siguiente tabla, cabe

indicar que este ejercicio se lo realizó con el fin de que la estratificación

responda a una estructura e información más actualizada, y de esta forma

pueda ser comparable con la información presupuestaria del 2015, que se va

analizar posteriormente.

Tabla N° 7. Estratificación actualizada al 2015 GAD Municipales

Estrato Delimitación

Cantidad

Municipios % Población

Estrato 1 1 - 9.999 44 2%

Estrato 2 10.000 - 19.999 43 4%

Estrato 3 20.000 - 49.999 70 14%

Estrato 4 50.000 - 99.999 37 16%

Estrato 5 100.000 -1.000.000 25 33%

Estrato 6 > 1.000.000 2 32%

Fuente: Banco de Desarrollo del Ecuador e INEC.

Elaboración: Propia

3.2. Composición de los ingresos

Como lo detalla el Art. 163 del COOTAD de conformidad con lo previsto en la

Constitución, los gobiernos autónomos descentralizados generarán sus

propios recursos financieros y, como parte del Estado, participarán de sus

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33

rentas, de conformidad con los principios de subsidiariedad, solidaridad y

equidad interterritorial.

Ante esto y según lo establece el Art. 171 del COOTAD los tipos de recursos

financieros de los Gobiernos Autónomos Descentralizados, se resumen en la

siguiente gráfica:

Gráfico N° 5. Tipos de recursos financieros de los GAD

Fuente y elaboración: Senplades - Preguntas frecuentes sobre descentralización físcal en el

Ecuador

A continuación se especifican los ingresos que contienen una desagregación

que va más allá que la que se refleja en la Gráfica N°5.

i. Los Ingresos propios están compuestos por los ingresos tributarios y

no tributarios, y estos dan cuenta de la recaudación de recursos

obtenidos en el ejercicio o cumplimiento de las competencias de los

GAD en su circunscripción territorial.

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34

Se define como Competencia a las capacidades de acción de un nivel de

gobierno relacionadas a un sector, se ejercen a través de facultades y

son establecidas por la Constitución, la ley y el CNC (COOTAD, Art. 113).

ii. Las Transferencias del PGE a los GAD están dados por:

Modelo de Equidad Territorial: Garantizar una provisión

equitativa de bienes y servicios públicos, relacionados con las

competencias exclusivas de cada nivel de gobierno autónomo

descentralizado, a todos los ciudadanos del país,

independientemente del lugar de su residencia, para lograr

equidad territorial (Art. 191 COOTAD)

iii. Participación en las rentas de explotación o industrialización de

recursos naturales no renovables.

a. Explotación de recursos naturales no renovables: Compensar

a los gobiernos autónomos descentralizados por la explotación

de recursos naturales no renovables, los efectos negativos de su

explotación y la disminución del patrimonio nacional. Se

financian con los recursos establecidos en las leyes sectoriales

existentes o que se crearen, relacionadas con la generación,

explotación o industrialización de recursos naturales no

renovables11.

La ley 010 y la ley 047, son las únicas leyes por medio de las

cuales se asignan recursos por la explotación de recursos

naturales no renovables. La ley 010 Fondo para el Eco-

desarrollo Regional Amazónico y de fortalecimiento de sus

organismos seccionales, y corresponde a los ingresos

provenientes de un impuesto aplicado a cada barril de petróleo

que se extraiga en la Región Amazónica y se comercialice en los

mercados interno y externo, que equivale a un dólar por barril.

Mientras que la ley 047 establece la asignación del 5% de la

11 Senplades, Nuevo sistema de transferencias a favor de los GAD, Quito 2015, página 28.

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35

venta de energía originada en las centrales hidroeléctricas de

Paute, Pisayambo y Agoyán en beneficio de las provincias de

Azuay, Cañar, Morona Santiago y Tungurahua.12

b. Nuevas competencias: Garantizar que los gobiernos

autónomos descentralizados asuman las nuevas competencias

que estaban siendo ejercidas por el gobierno central, las cuales

tienen que considerar el principio de subsidiaridad y equidad

territorial (Art. 203 COOTAD), las nuevas competencias que han

sido descentralizadas para el nivel municipal son tránsito,

transporte terrestre y seguridad vial y preservar el patrimonio

arquitectónico y cultura.

Bajo este contexto legal y con el fin de revisar la estructura de los ingresos de

los GAD Municipales, se utilizará la Base SIM (Sistema de Información

Municipal) elaborada por el Banco de Desarrollo para el año 2015, en esta base

la composición de los ingresos está dada por cuatro grande grupos y en los que

agrupan indistintamente los ingresos anteriormente mencionados, pero

guardan concordancia con el COOTAD:

Tabla N° 8. Composición de los ingresos de los GAD Municipales

1 INGRESOS

1.1 INGRESOS PROPIOS

1.1.1 INGRESOS TRIBUTARIOS

1.1.1.1 IMP.UTILIDAD VENTA INMB. URBANOS

1.1.1.2 A LOS PREDIOS URBANOS

1.1.1.3 IMPUESTO A PREDIOS RURALES

1.1.1.4 A LOS ACTIVOS TOTALES

1.1.1.5 ALCABALAS

1.1.1.6 REGISTRO

1.1.1.7 IMPUESTO A LOS VEHICULOS

1.1.1.8 ESPECTACULOS PUBLICOS

1.1.1.9 PATENTES (MENSUAL Y ANUAL)

1.1.1.10 MULTAS E INTERESES

1.1.1.11 OTROS TRIBUTARIOS

12 Senplades, Preguntas frecuentes sobre descentralización fiscal en el Ecuador, página

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36

1.1.1.12 CONTRIBUCION ESPECIAL DE MEJORAS

1.1.3 INGRESOS NO TRIBUTARIOS

1.1.3.1 ARRENDAMIENTOS

1.1.3.2 TASAS

1.1.3.3 RENTAS DE INVERSIONES FINANCIERA

1.1.3.4 DERECHOS POR INSCRIPCIONES Y REG

1.1.3.5 MULTAS, INTERESES Y VARIOS

1.1.3.6 OTROS NO TRIBUTARIOS

1.2 TRANSFERENCIAS CORRIENTES

1.2.1 FODESEC RET. AUTOMATICA

1.2.2 OTRAS

1.2.3 DONACIONES CORRIENTES

1.2.4 APORTES Y PARTICIPACIONES CORRIENTES

1.3 INGRESOS DE CAPITAL

1.3.1 VENTA DE ACTIVOS

1.3.2 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL

1.3.3 RECUPERACION DE INVERSIONES

1.4 FUENTES DE FINANCIAMIENTO

Fuente: BASE SIM

Elaboración: Propia

1. Ingresos propios: Los ingresos generados por el propio GAD través de

la recaudación de ingresos tributarios, ingresos no tributarios, y

Empréstitos que atañe a la gestión del GAD, el art. 491 del COOTAD

establece las clases de impuestos municipales:

o El impuesto sobre la propiedad urbana;

o El impuesto sobre la propiedad rural;

o El impuesto de alcabalas;

o El impuesto sobre los vehículos;

o El impuesto de matrículas y patentes;

o El impuesto a los espectáculos públicos;

o El impuesto a las utilidades en la transferencia de predios

urbanos y plusvalía de los mismos;

o El impuesto al juego; e,

o El impuesto del 1.5 por mil sobre los activos totales.

I. Impuesto a los Predios Urbanos:

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37

El artículo 501 del COOTAD establece el sujeto del impuesto a los predios

urbanos.- Son sujetos pasivos de este impuesto los propietarios de predios

ubicados dentro de los límites de las zonas urbanas, quienes pagarán un

impuesto anual, cuyo sujeto activo es la municipalidad o distrito

metropolitano respectivo, en la forma establecida por la ley.

Para los efectos de este impuesto, los límites de las zonas urbanas serán

determinados por el concejo mediante ordenanza, previo informe de una

comisión especial conformada por el gobierno autónomo correspondiente, de

la que formará parte un representante del centro agrícola cantonal respectivo.

Cuando un predio resulte cortado por la línea divisoria de los sectores urbano

y rural, se considerará incluido, a los efectos tributarios, en el sector donde

quedará más de la mitad del valor de la propiedad.

Para la demarcación de los sectores urbanos se tendrá en cuenta,

preferentemente, el radio de servicios municipales y metropolitanos, como los

de agua potable, aseo de calles y otros de naturaleza semejante; y, el de luz

eléctrica.

El artículo 504 establece la banda impositiva del impuesto a los predios

urbanos.- Al valor de la propiedad urbana se aplicará un porcentaje que

oscilará entre un mínimo de cero punto veinticinco por mil (0,25 %o) y un

máximo del cinco por mil (5 %o) que será fijado mediante ordenanza por cada

concejo municipal.

II. Impuesto a los Predios Rurales

El artículo 515 del COOTAD establece el sujeto del impuesto a los predios

rurales.- Es sujeto pasivo del impuesto a los predios rurales, la o el propietario

o la o el poseedor de los predios situados fuera de los límites de las zonas

urbanas. Para el efecto, los elementos que integran la propiedad rural serán la

tierra y las edificaciones.

El artículo 517 establece la banda impositiva del impuesto a los predios

rurales.- Al valor de la propiedad rural se aplicará un porcentaje que no será

inferior a cero punto veinticinco por mil (0,25 x 1000) ni superior al tres por

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38

mil (3 x 1000), que será fijado mediante ordenanza por cada concejo municipal

o metropolitano.

III. Impuesto de Alcabalas

El artículo 531 del COOTAD establece el sujeto del impuesto.- Son sujetos

pasivos de la obligación tributaria, los contratantes que reciban beneficio en el

respectivo contrato, así como los favorecidos en los actos que se realicen en su

exclusivo beneficio.

Salvo estipulación específica, se presumirá que el beneficio es mutuo y

proporcional a la respectiva cuantía. Cuando una entidad que esté exonerada

del pago del impuesto haya otorgado o sea parte del contrato, la obligación

tributaria se causará únicamente en proporción al beneficio que corresponda

a la parte o partes que no gozan de esa exención.

Se prohíbe a las instituciones beneficiarias con la exoneración del pago del

impuesto, subrogarse en las obligaciones que para el sujeto pasivo de la

obligación se establecen en los artículos anteriores.

El artículo 532 del COOTAD establece la determinación de la base

imponible del impuesto.- La base del impuesto será el valor contractual, si

éste fuere inferior al avalúo de la propiedad que conste en el catastro, regirá

este último.

Si se trata de constitución de derechos reales, la base será el valor de dichos

derechos a la fecha en que ocurra el acto o contrato respectivo.

Para la fijación de la base imponible se considerarán las siguientes reglas:

a) En el traspaso de dominio, excepto el de la nuda propiedad, servirá de base

el precio fijado en el contrato o acto que motive el tributo, siempre que se

cumpla alguna de estas condiciones:

1. Que el precio no sea inferior al que conste en los catastros oficiales

como valor de la propiedad; y,

2. Que no exista avalúo oficial o que la venta se refiera a una parte del

inmueble cuyo avalúo no pueda realizarse de inmediato.

b) Si la venta se hubiere pactado con la condición de que la tradición se ha de

efectuar cuando se haya terminado de pagar los dividendos del precio

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39

estipulado, el valor del avalúo de la propiedad que se tendrá en cuenta será el

de la fecha de la celebración del contrato.

De no haberlo o de no ser posible establecerlo, se tendrá en cuenta el precio de

adjudicación de los respectivos contratos de promesa de venta;

c) Si se vendieren derechos y acciones sobre inmuebles, se aplicarán las

anteriores normas, en cuanto sea posible, debiendo recaer el impuesto sobre

el valor de la parte transferida, si se hubiere determinado. Caso contrario, la

materia imponible será la parte proporcional del inmueble que pertenezca al

vendedor. Los interesados presentarán, para estos efectos, los documentos

justificativos al jefe de la dirección financiera de la municipalidad

correspondiente y se determinará el valor imponible, previo informe de la

asesoría jurídica;

d) Cuando la venta de derechos y acciones versare sobre derechos en una

sucesión en la que se haya practicado el avalúo para el cobro del impuesto a la

renta, dicho avalúo servirá de base y se procederá como se indica en el inciso

anterior. El impuesto recaerá sobre la parte proporcional de los inmuebles,

que hubieren de corresponder al vendedor, en atención a los derechos que

tenga en la sucesión.

e) En este caso y en el anterior, no habrá lugar al impuesto de alcabala ni al de

registro sobre la parte del valor que corresponda al vendedor, en dinero o en

créditos o bienes muebles.

f) En el traspaso por remate público se tomará como base el precio de la

adjudicación;

g) En las permutas, cada uno de los contratantes pagará el impuesto sobre el

valor de la propiedad que transfiera, pero habrá lugar al descuento del treinta

por ciento por cada una de las partes contratantes;

h) El valor del impuesto en la transmisión de los derechos de usufructo,

vitalicio o por tiempo cierto, se hará según las normas de la Ley de Régimen

Tributario Interno;

i) La base imponible en la constitución y traspaso de la nuda propiedad será la

diferencia entre el valor del inmueble y el del correspondiente usufructo,

calculado como se indica en el numeral anterior;

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40

j) La base imponible en la constitución y traspaso de los derechos de uso y

habitación será el precio que se fijare en el contrato, el cual no podrá ser

inferior, para estos efectos, del que resultare de aplicarse las tarifas

establecidas en la Ley de Régimen Tributario Interno, sobre el veinticinco por

ciento del valor del avalúo de la propiedad, en los que se hubieran constituido

esos derechos, o de la parte proporcional de esos impuestos, según el caso; y,

k) El valor imponible en los demás actos y contratos que estuvieren sujetos al

pago de este impuesto, será el precio que se hubiere fijado en los respectivos

contratos, siempre que no se pudieren aplicar, por analogía, las normas que se

establecen en los numerales anteriores y no fuere menor del precio fijado en

los respectivos catastros.

IV. Impuesto a los Vehículos

El artículo 538 del COOTAD establece la forma de pago del impuesto a los

vehículos.- Todo propietario de todo vehículo deberá satisfacer el impuesto

anual que se establece en este Código.

Comenzando un año se deberá pagar el impuesto correspondiente al mismo,

aun cuando la propiedad del vehículo hubiere pasado a otro dueño, quién será

responsable si el anterior no lo hubiere pagado.

Previa la inscripción del nuevo propietario en la jefatura de tránsito

correspondiente se deberá exigir el pago de este impuesto.

El artículo 539 del COOCTAD establece la base imponible del impuesto.-

La base imponible de este impuesto es el avalúo de los vehículos que consten

registrados en el Servicio de Rentas Internas y en los organismos de tránsito

correspondientes.

Para la determinación del impuesto se aplicará la siguiente tabla que podrá ser

modificada por ordenanza municipal:

Tabla N° 9. Base imponible tarifa

Desde Hasta US$

0 1.000 0

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41

1.001 4.000 5

4.001 8.000 10

8.001 12.000 15

12.001 16.000 20

16.001 20.000 25

20.001 30.000 30

30.00.1 40.000 50

40.001 En

adelante

70

V. Impuesto de Patentes Municipales y Metropolitanas

El artículo 547 establece el sujeto pasivo del impuesto.- Están obligados a

obtener la patente y, por ende, el pago anual del impuesto de que trata el

artículo anterior, las personas naturales, jurídicas, sociedades, nacionales o

extranjeras, domiciliadas o con establecimiento en la respectiva jurisdicción

municipal o metropolitana, que ejerzan permanentemente actividades

comerciales, industriales, financieras, inmobiliarias y profesionales.

El artículo 548 establece la base Imponible del impuesto.- Para ejercer una

actividad comercial, industrial o financiera, se deberá obtener una patente

anual, previa inscripción en el registro que mantendrá, para estos efectos, cada

municipalidad. Dicha patente se la deberá obtener dentro de los treinta días

siguientes al día final del mes en el que se inician esas actividades, o dentro de

los treinta días siguientes al día final del mes en que termina el año.

El concejo, mediante ordenanza establecerá la tarifa del impuesto anual en

función del patrimonio de los sujetos pasivos de este impuesto dentro del

cantón. La tarifa mínima será de diez dólares y la máxima de veinticinco mil

dólares de los Estados Unidos de América.

VI. Impuesto a los Espectáculos Públicos

El artículo 543 del COOTAD establece la base imponible del impuesto.- Se

establece el impuesto único del diez por ciento sobre el valor del precio de las

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42

entradas vendidas de los espectáculos públicos legalmente permitidos; salvo

el caso de los eventos deportivos de categoría profesional que pagarán el cinco

por ciento de este valor.

VII. Impuesto a las Utilidades en la Transferencia de Predios

Urbanos y Plusvalía de los Mismos

El artículo 556 del COOTAD establece el impuesto por utilidades y

plusvalía.- Se establece el impuesto del diez por ciento (10%) sobre las

utilidades y plusvalía que provengan de la transferencia de inmuebles

urbanos, porcentaje que se podrá modificar mediante ordenanza. Sin

embargo, si un contribuyente sujeto al pago del impuesto a la renta tuviere

mayor derecho a deducción por esos conceptos del que efectivamente haya

podido obtener en la liquidación de ese tributo, podrá pedir que la diferencia

que no haya alcanzado a deducirse en la liquidación.

El artículo 558 del COOTAD establece el sujeto pasivo del impuesto.- Son

sujetos de la obligación tributaria a la que se refiere este capítulo, los que como

dueños de los predios, los vendieren obteniendo la utilidad imponible y por

consiguiente real, los adquirentes hasta el valor principal del impuesto que no

se hubiere pagado al momento en que se efectuó la venta.

El comprador que estuviere en el caso de pagar el impuesto que debe el

vendedor, tendrá derecho a requerir a la municipalidad que inicie la coactiva

para el pago del impuesto por él satisfecho y le sea reintegrado el valor

correspondiente. No habrá lugar al ejercicio de este derecho si quien pagó el

impuesto hubiere aceptado contractualmente esa obligación.

Para los casos de transferencia de dominio el impuesto gravará solidariamente

a las partes contratantes o a todos los herederos o sucesores en el derecho,

cuando se trate de herencias, legados o donaciones.

En caso de duda u oscuridad en la determinación del sujeto pasivo de la

obligación, se estará a lo que dispone el Código Tributario.

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43

VIII. Impuesto al juego

El artículo 563 establece los sujetos pasivos de impuesto al juego.- Son

sujetos pasivos de este impuesto, los establecimientos de juegos y demás

actividades similares que funcionen legalmente en el país.

El artículo 564 establece la regulación del impuesto al juego.- El impuesto

al juego será regulado mediante ordenanza municipal o metropolitana.

IX. Impuesto del 1.5 por mil sobre los activos totales

El artículo 552 del COOTAD establece el sujeto activo del impuesto.- Son

sujetos activos de este impuesto las municipalidades y distritos

metropolitanos en donde tenga domicilio o sucursales los comerciantes,

industriales, financieros, así como los que ejerzan cualquier actividad de orden

económico.

El artículo 553 del COOTAD establece el sujeto Pasivo.- Son sujetos pasivos

del impuesto del 1.5 por mil sobre los activos totales, las personas naturales,

jurídicas, sociedades nacionales o extranjeras, domiciliadas o con

establecimiento en la respectiva jurisdicción municipal, que ejerzan

permanentemente actividades económicas y que estén obligados a llevar

contabilidad, de acuerdo con lo que dispone la Ley Orgánica de Régimen

Tributario Interno y su Reglamento.

Para efectos del cálculo de la base imponible de este impuesto los sujetos

pasivos podrán deducirse las obligaciones de hasta un año plazo y los pasivos

contingentes.

Los sujetos pasivos que realicen actividades en más de un cantón presentarán

la declaración del impuesto en el cantón en donde tenga su domicilio principal,

especificando el porcentaje de los ingresos obtenidos en cada uno de los

cantones donde tenga sucursales, y en base a dichos porcentajes determinarán

el valor del impuesto que corresponde a cada Municipio.

Para el pago de este impuesto por parte de las empresas de prestación de

servicios para la exploración y explotación de hidrocarburos, se tendrá en

cuenta lo dispuesto en la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno.

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44

2. Transferencias Corrientes: según el clasificador presupuestario del

ministerio de finanzas, comprenden los fondos recibidos sin

contraprestación, mediante transferencias y donaciones, destinadas a

financiar gastos corrientes, de capital y/o inversión.

3. Ingresos de capital: Según el clasificador presupuestario del

Ministerio de Finanzas, los ingresos de capital provienen de la venta de

bienes de larga duración, venta de intangibles, de la recuperación de

inversiones y de la recepción de fondos como transferencias o

donaciones, destinadas a financiar gastos de capital e inversión.

4. Fuentes de financiamiento: Según el clasificador presupuestario del

Ministerio de Finanzas, son fondos obtenidos a través de la captación

del ahorro interno o externo, para financiar prioritariamente proyectos

de inversión. Están conformados por los recursos provenientes de la

colocación de títulos valores; de la contratación de deuda pública

interna y externa; y, de los saldos de ejercicios anteriores. Cabe indicar

que el gobierno central tendrá noventa días de plazo para otorgar las

garantías para la obtención de créditos externos contraídos por los

gobiernos autónomos descentralizados, siempre y cuando cuenten con

la capacidad de pago respectiva de acuerdo a la ley.

3.3. Ingresos más representativos

A continuación se presenta la concentración de los cuatro tipos de ingresos en

el total de ingresos de los GAD Municipales, siendo los ingresos de capital los

que concentran el 40% de los ingresos totales. Mientras que los ingresos

propios, es decir los ingresos que están dados por la recaudación de su gestión

en la prestación de bienes y servicios en su circunscripción territorial

representan el 21% de los ingresos totales, a penas la cuarta parte del total de

los ingresos están dados por la gestión de Municipios.

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45

Grafico N° 6. Participación de los ingresos de los GAD Municipales

Fuente: BASE SIM

Elaboración: Propia

Sin embargo y como ya se había mencionado anteriormente no todos los GAD

tienen las mismas características, por lo que es necesario también analizar su

concentración a nivel de estratos, por lo que la concentración o participación

de los cuatro rubros principales se puede observar en la gráfica siguiente:

Grafico N° 7. Participación de los ingresos por estrato de los GAD

Municipales

21%

10%

40%

29%

Ingresos propios Transferenciascorrientes

Ingresos de capital Fuentes definanciamiento

Participación de los ingresosAño 2015

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46

Fuente: BASE SIM

Elaboración: Propia

Los GAD más pequeños se encuentran en el Estrato 1, su concentración está

dada en 54% por los ingresos de capital, mientras que los GAD del Estrato 6 la

concentración de los ingresos de capital es del 38% en comparación con el

resto de ingresos, es decir esta cuenta es la que financia en el 40% al total

ingresos de los GAD Municipales. A continuación se muestra la composición de

los ingresos de capital por estrato:

Tabla N° 10. Composición del ingreso de capital en montos.

ESTRATO BEDE 1.3 INGRESOS DE

CAPITAL (USD)

1.3.1 VENTA DE

ACTIVOS (USD)

1.3.2

TRANSFERENCIAS

DE CAPITAL (USD)

1.3.3 RECUPERACION

DE INVERSIONES

(USD)

Estrato 1 107.376.328 361.564 107.014.227 536

Estrato 2 120.720.475 441.359 120.270.772 8.343

Estrato 3 307.641.645 1.443.180 306.197.594 871

Estrato 4 299.864.924 2.296.780 297.554.553 13.591

Estrato 5 510.830.774 3.742.730 504.413.112 2.674.933

Estrato 6 557.037.583 13.206.774 493.829.249 50.001.560

Fuente: BASE SIM

Elaboración: Propia

Tabla N° 11. Composición del ingreso de capital en porcentaje

Estrato 1 Estrato 2 Estrato 3 Estrato 4 Estrato 5 Estrato 6

8% 10% 12% 19% 21%30%11% 13% 13%

12% 8%7%

54% 50% 45%42%

35%

38%

27% 27% 29% 27%36%

24%

Participación de los ingresos por estratoAño 2015

Fuentes de financiamiento

Ingresos de capital

Transferencias corrientes

Ingresos propios

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47

ESTRATO

BEDE

1.3.1 VENTA DE

ACTIVOS

1.3.2 TRANSFERENCIAS

DE CAPITAL

1.3.3 RECUPERACION DE

INVERSIONES

Estrato 1 0% 100% 0%

Estrato 2 0% 100% 0%

Estrato 3 0% 100% 0%

Estrato 4 1% 99% 0%

Estrato 5 1% 99% 1%

Estrato 6 2% 89% 9%

Fuente: BASE SIM

Elaboración: Propia

Con estos datos se determina que los ingresos de capital son los que fondean

en mayor medida a los GAD Municipales, y ya que dichos ingresos están

determinados por las transferencias de capital los mismos que contienen como

subcuentas a las transferencias que realiza el Gobierno Central a este nivel de

gobierno, se puede concluir que el Gobierno Central financia en promedio el

40% de los ingresos totales de los GAD Municipales.

Después de haber analizado el peso que tienen las transferencias del Gobierno

Central en los GAD Municipales, analizaremos la composición de los ingresos

propios, ya que a pesar que es la tercera de cuatro fuentes de financiamiento

de los GAD Municipales, esto por que concentra el 21% del total de ingresos,

responde a la gestión y administración de los GAD Municipales en sus

cantones.

Por lo que, la composición y participación de los ingresos tributarios y no

tributarios en los ingresos propios, está dada mayoritariamente por los

ingresos tributarios en un 57% del total de GAD Municipales. Al analizar estas

cuentas a través de estratos podemos ver que el Estrato 6 en el que se

encuentran Quito y Guayaquil, recauda por medio de tributos el 71% de sus

ingresos propios, mientras que el estrato 3 que contiene GAD medianos

recauda en mayor porcentaje por ingresos no tributarios, 55%.

Tabla N° 12. Participación de los ingresos tributarios y no tributarios en

el total de ingresos propios

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48

ESTRATO BEDE

INGRESOS

PROPIOS INGRESOS TRIBUTARIOS INGRESOS NO TRIBUTARIOS

Estrato 1 100% 56% 44%

Estrato 2 100% 50% 50%

Estrato 3 100% 45% 55%

Estrato 4 100% 55% 45%

Estrato 5 100% 63% 37%

Estrato 6 100% 71% 29%

Fuente: BASE SIM

Elaboración: Propia

Entrando en materia de catastro, analizaremos las cuentas de recaudación por

concepto impuesto predial urbano y rural, ya que el resto de partidas

presupuestarias no dan cuenta del tema catastral. En este sentido los valores

recaudados por este concepto al año 2015 son:

Tabla N° 13. Recaudación por impuesto predial urbano y rural.

Cifras en dólares

ESTRATO

BEDE

1.1 INGRESOS

PROPIOS

1.1.1 INGRESOS

TRIBUTARIOS

1.1.1.2 A LOS

PREDIOS

URBANOS

1.1.1.3

IMPUESTO A

PREDIOS

RURALES

1.1.3 INGRESOS

NO TRIBUTARIOS

Estrato 1 16.742.732,97 9.371.833,52 819.035,25 584.896,95 7.370.899,45

Estrato 2 24.059.878,19 12.083.076,67 1.427.180,12 1.392.529,70 11.976.801,52

Estrato 3 81.540.704,24 36.733.280,30 5.217.020,41 4.149.871,05 44.807.423,94

Estrato 4 134.663.270,30 73.871.454,84 11.396.297,42 4.328.943,26 60.791.815,46

Estrato 5 304.589.519,13 192.590.949,17 28.665.669,11 5.474.689,38 111.998.569,96

Estrato 6 436.844.048,08 308.123.946,04 58.691.291,25 2.637.863,60 128.720.102,04

Fuente: BASE SIM

Elaboración: Propia

Tabla N° 14. Participación de la recaudación por impuesto predial

urbano y rural en el total de ingresos propios.

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49

ESTRATO

BEDE

1.1.1.2 A LOS

PREDIOS URBANOS

1.1.1.3 IMPUESTO

A PREDIOS

RURALES

Estrato 1 9% 6%

Estrato 2 12% 12%

Estrato 3 14% 11%

Estrato 4 15% 6%

Estrato 5 15% 3%

Estrato 6 19% 1%

Fuente: BASE SIM

Elaboración: Propia

A pesar que el insumo principal para el ordenamiento territorial que

comprende el uso y gestión del suelo, es el catastro, según lo establece la

LOOTUGS. La recaudación de los ingresos por impuesto predial apenas

representa en promedio el 14% en los predios urbanos y el 6% en los predios

rurales.

El Art. 504 del COOTAD norma que al valor de la propiedad urbana se aplicará

un porcentaje que oscilará entre un mínimo de cero punto veinticinco por mil

(0,25 %o) y un máximo del cinco por mil (5 %o) que será fijado mediante

ordenanza por cada concejo municipal; y el Art. 517 determina que al valor de

la propiedad rural se aplicará un porcentaje que no será inferior a cero punto

veinticinco por mil (0,25 x 1000) ni superior al tres por mil (3 x 1000), que

será fijado mediante ordenanza por cada concejo municipal o metropolitano.

Es así que los GAD Municipales tienen una banda o rango para el cobro de

impuesto predial, los mismos que deberían ser progresivos, es decir que pague

más el que más predio tiene sin embargo la recaudación de impuesto es

mínima.

3.4. Modelo de equidad territorial

En el punto anterior se concluyó que las transferencias del Gobierno Central

fondean alrededor de la mitad de los ingresos de los GAD Municipales, es por

tal razón que necesario analizar el Modelo de Equidad Territorial ya que este

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50

responde a la asignación directa que se realiza desde el Presupuesto General

del Estado hacia los tres niveles de Gobierno sub - nacionales, Provincias,

Municipios y Parroquias.

Según lo detalla en su introducción el Plan Nacional de Descentralización 2011

– 2015, elaborado entre la Senplades y Consejo Nacional de Competencias –

CNC, “en el Ecuador la descentralización adquirió un importante protagonismo

a mediados de la década de los 90, cuando la agenda neoliberal atravesaba su

mejor momento…. Si bien sus propósitos contaron con la aprobación y

consenso de muchos sectores sociales, incluyendo los niveles de gobierno sub

- nacionales, tuvo muy poco impacto a la hora de redistribuir poder en el

territorio y mejorar los servicios públicos y las condiciones de vida en las

localidades. Ese modelo de descentralización estuvo marcado por un fuerte

voluntarismo, por la falta de articulación entre transferencia de competencias

y de recursos y por la ausencia de capacidades de gestión en el gobierno

central y en los gobiernos locales.

Como está señalado en el documento CONSEJO NACIONAL DE COMPETENCIAS

– SENPLADES; Plan Nacional de Descentralización 2012-2015: SENPLADES /

2ª edición – Quito 2012; página 9. “….La aprobación democrática de la

Constitución de 2008 supuso un nuevo régimen de desarrollo, centrado en el

Buen Vivir, y un Estado constitucional de derechos y justicia; esto incluyó la

reorganización territorial del Estado y la recuperación de sus facultades

esenciales como las de planificación, distribución, rectoría, regulación y

control. La Constitución consagró un Sistema Nacional de Competencias

articulado al de planificación y un nuevo esquema de descentralización

fundamentado en una transferencia obligatoria, progresiva y definitiva de

competencias, cuyo objetivo fundamental es generar equidad territorial”

“A inicios de 2007, la reforma democrática del Estado se posicionó como una

de las principales temáticas en el debate nacional. Específicamente se

analizaron, desde una mirada crítica, conceptos hasta aquellos entonces

“incuestionables”, se develó la instrumentalización que el anterior modelo

hacía de conceptos como descentralización, desconcentración, desarrollo

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51

territorial y autonomías. El debate se centró en cómo los conceptos descritos

podían coadyuvar en la redistribución equitativa y democrática del poder en

el territorio ecuatoriano, en vez de seguir el juego a un régimen de desarrollo

privatizador con un Estado disminuido y con exigua capacidad de regulación.

En ese sentido, se redefinió la descentralización y se determinó que ésta no

depende solamente de los gobiernos locales, sino de todos los niveles de

gobierno, fundamentalmente del gobierno central, pues a éste le corresponde

gobernar las relaciones estatales con el objetivo de democratizarlas, sin

concentrarlas o privatizarlas. La propuesta de nueva organización político

administrativa del Estado ecuatoriano fue pensada alrededor de los conceptos

de autonomía y de región. En el caso de la autonomía, ésta no significó bajo

ningún punto de vista secesión, por el contrario, el COOTAD reconoce como

principio substancial de la nueva organización territorial el de unidad; así, la

autonomía es concebida como una garantía de que ninguna función del Estado

ni autoridad extraña podrá interferir en las potestades y competencias de los

GAD, salvo disposición contraria y expresa de la Constitución o la ley. La

autonomía comprende el derecho y la capacidad efectiva de los niveles de

gobierno para regirse mediante normas y órganos de gobierno propios”13

Es así que estos tres niveles de gobierno responden a un proceso de

Descentralización que tomo fuerza con la vigencia del COOTAD, en el que los

niveles de Gobierno responden a un jefe político electo democráticamente por

los territorios.

13 CONSEJO NACIONAL DE COMPETENCIAS – SENPLADES; Plan Nacional de Descentralización 2012-2015: SENPLADES / 2ª edición – Quito 2012; página 16.

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52

Grafico N° 8. Niveles de Gobiernos Sub-nacionales

Fuente y elaboración: Senplades- NUEVO SISTEMA DE TRANSFERENCIAS A FAVOR DE LOS

GAD.

A partir del año 2011 entra en vigencia la asignación por Modelo de Equidad

Territorial – MET, el mismo que vienen a constituir en nuevo sistema de

transferencias, dicha aseveración se realiza ya que hasta el año 2010 las

asignaciones que se realizaban a los GAD o mejor dicho las pre asignaciones

que se realizaban a los GAD no respondía a ningún modelo sino a leyes

existentes que beneficiaban a pocos Gobiernos Autónomos, como se muestra

en el siguiente esquema.

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53

Grafico N° 9. Sistema de transferencias antes y después del 2010

Fuente y elaboración: Senplades- NUEVO SISTEMA DE TRANSFERENCIAS A FAVOR DE LOS

GAD.

Catorce leyes fueron derogadas, las mismas que respondían a pre asignaciones

que bonificaban solo a ciertos GAD y en el que no se les asignaba a casi la

mayoría de GAD Parroquiales, es así que estas leyes pasan a ser remplazas por

el MET, se mantiene del sistema anterior la Ley 010 y 047, ya que estas

responden a una asignación adicional por extracción de recursos naturales no

renovables de los territorios mayoritariamente amazónicos.

El objetivo del MET según lo detalla el COOTAD, en su artículo 191 es

Garantizar una provisión equitativa de bienes y servicios públicos,

relacionados con las competencias exclusivas de cada nivel de gobierno

autónomo descentralizado, a todos los ciudadanos del país,

independientemente del lugar de su residencia, para lograr equidad territorial.

Como lo determina el COOTAD en su artículo 192 los Gobiernos Autónomos

Descentralizados participarán del 21% de los ingresos permanentes y del 10%

de los ingresos no permanente del presupuesto general del estado, estos

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54

montos se distribuirán en 27% para los GAD Provinciales, 67% GAD

Municipales y 6% GAD parroquiales rurales.

Dichos montos se dividirán en dos tramos denominados:

1. Monto A.

2. Monto B.

El primero responde a los valores que se distribuyeron en el año 2010, de

alguna forma respetando el valor con el que contaban los GAD hasta ese año,

mientras que el Monto B se reparte según siete criterios constitucionales, los

cuales propende a la equidad territorial.

Grafico N° 10. Distribución del Modelo de Equidad Territorial

Fuente y elaboración: Senplades- Modelo de Equidad Territorial en la Provisión de Bienes y

Servicios Públicos - Análisis de las transferencias a los gobiernos autónomos descentralizados

en el período 2011 – 2013

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55

Monto B. Conforme lo detalla el Artículo 193 del COOTAD, este monto equivale

al excedente del total del 21% de ingresos permanentes y 10% de ingresos no

permanentes restados los valores correspondientes a las transferencias

entregadas el año 2010, se distribuirá entre los gobiernos autónomos a través

de la aplicación de los criterios constitucionales conforme a la fórmula y la

ponderación de cada criterio señalada en este Código.

Para la aplicación del monto B se establece se establece la fórmula de cálculo

del MET (artículo 194) y el cálculo de los 7 criterios constitucionales (artículo

195), los mismos que se agrupan en I) Criterios socio demográficos (Población,

Densidad Poblacional, Necesidades Básicas Insatisfechas - NBI, Logros en el

Mejoramiento de Vida) y II) Criterios de gestión (Esfuerzo Fiscal, Esfuerzo

Administrativo e Índice de Cumplimiento de Metas - ICM).

Grafico N° 11. Detalle de los siete criterios constitucionales

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56

Fuente: Senplades- Nuevo sistema de transferencias a favor de los GAD.

Para la distribución de los recursos por Monto B se considera un peso de cada

uno de los siete criterios constitucionales, hasta el momento han existido 3

momentos, los mismos que tienen como marco jurídico el COOTAD ya que este

señala en su “Art. 197. Cada cuatro años, después de la primera modificación

efectuada a los dos años de vigencia de este Código el Consejo Nacional de

Competencias en coordinación con el organismo encargado de la planificación

nacional y del ente rector de las finanzas públicas, determinará sobre la base

de un estudio técnico que propenda a la equidad territorial, la ponderación de

cada i de los criterios constitucionales para la distribución de las

transferencias y emitirá la resolución respectiva que se aplicará desde el año

siguiente de su publicación. Para la ponderación del criterio de esfuerzo fiscal

se contará con el informe previo de la Administración Tributaria Nacional,

quien establecerá los parámetros que se deben considerar para determinar

dicho esfuerzo”

Por lo que los estos tres momentos están publicados en:

1. Se publican para el año 2011 2013 en la Disposición Transitoria Octava

del COOTAD, la ponderación de los criterios constitucionales.

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57

2. En la Resolución No. 003-CNC-2013 se publican los ponderadores para

el año 2014 – 2017.

3. En la Resolución No. 003-CNC-2017 se publican los ponderadores para

el año 2018 – 2021.

Tabla N° 15. Ponderadores MET para el periodo 2011- 2017.

Fuente: COOTAD, Disposición Transitoria Octava y Resolución N° 003-CNC-2013

Los Montos asignados por MET durante el periodo 2011 - 2016 han sido los

siguientes:

Tabla N° 16. Asignación por MET y nivel de Gobierno

Nivel de Gobierno Asignación en millones de dólares

2011 2012 2013 2014 2015 2016

Gobiernos Provinciales (27%) 605 661 744 804 878 681

Gobiernos Municipales y Distritos

Metropolitanos (67%) 1,500 1,641 1,846 1,995 2,180 1,691

Gobiernos Parroquiales (6%) 134 147 165 179 195 151

Total GAD 2,239 2,449 2,756 2,977 3,253 2,524

Fuente: Acuerdos Ministeriales - Ministerio de Finanzas

Elaboración: Propia

Para el nuevo periodo en la Resolución No. 003-CNC-2017 se establecen los

nuevos ponderadores para el periodo 2018 – 2021.

Grafico N° 12. Ponderadores MET para el periodo 2018- 2021.

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58

Fuente: Resolución N° 003-CNC-2017.

3.5. Composición de los gastos

Los egresos fiscales según lo establece el Código de planificación y finanzas

públicas en su Art. 79 se clasifican en egresos permanentes y no permanentes,

y éstos podrán clasificarse en otras categorías con fines de análisis,

organización presupuestaria y estadística.

Egresos permanentes: Son los egresos de recursos públicos que el Estado a

través de sus entidades, instituciones y organismos, efectúan con carácter

operativo que requieren repetición permanente y permiten la provisión

continua de bienes y servicios públicos a la sociedad. Los egresos permanentes

no generan directamente acumulación de capital o activos públicos.

Egresos no-permanentes: Son los egresos de recursos públicos que el Estado a

través de sus entidades, instituciones y organismos, efectúan con carácter

temporal, por una situación específica, excepcional o extraordinaria que no

requiere repetición permanente. Los egresos no-permanentes pueden generar

directamente acumulación de capital bruto o activos públicos o disminución

de pasivos. Por ello, los egresos no permanentes incluyen los gastos de

mantenimiento realizados exclusivamente para reponer el desgaste del

capital.

Los gastos de los GAD deberán contar con un sistema de participación

ciudadana por lo que los presupuestos de estos deberán ser de manera

participativa, de esta forma el Art. 238 del COOTAD determina que las

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59

prioridades de gasto se establecerán desde las unidades básicas de

participación y serán recogidas por la asamblea local o el organismo que en

cada gobierno autónomo descentralizado se establezca como máxima

instancia de participación.

Dicho instancia definirá prioridades anuales de inversión en función de los

lineamientos del plan de desarrollo y de ordenamiento territorial, que serán

procesadas por el ejecutivo local e incorporadas en los proyectos de

presupuesto de las dependencias y servicios de los gobiernos autónomos

descentralizados.

Con estos antecedentes legales y utilizando la base SIM se explicara la

desagregación principal de las partidas de gastos y a qué tipo de gasto

pertenecen.

Tabla N° 17. Composición de los gastos de los GAD Municipales

2 GASTOS

2.1 GASTOS CORRIENTES Y DE PRODUCCIÓN

2.1.1 REMUNERACIONES

2.1.2 SERVICIOS

2.1.3 SUMINISTROS Y MATERIALES

2.1.4 TRANSF. SECTOR PUBLICO Y PRIVADO

2.1.5 IMPREVISTOS

2.1.6 INTERESES DE LA DEUDA

2.1.7 OTROS GASTOS CORRIENTES

2.1.8 GASTOS DE PRODUCCION

2.2 GASTOS DE CAPITAL E INVERSION

2.2.1 BIENES MUEBLES

2.2.2 INMUEBLE Y SEMOVIENTES

2.2.3 INVERSION

2.2.3.1 OBRA PUBLICA

2.2.3.1.1 AGUA POTABLE

2.2.3.1.2 ALCANTARILLADO

2.2.3.1.3 DESECHOS SOLIDOS

2.2.3.1.4 MERCADO

2.2.3.1.5 CAMAL

2.2.3.1.6 CEMENTERIO

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60

2.2.3.1.7 VIAS

2.2.3.1.8 SALUD

2.2.3.1.9 EDUCACION

2.2.3.1.10 PLANES DE DES. Y CATASTRO

2.2.3.1.11 RECREACION

2.2.3.1.12 COMUNIDADES: APORTES Y OBRAS

2.2.3.1.13 OTRAS OBRAS

2.2.3.1.14 TERMINAL TERRESTRE

2.2.3.1.15 DE URBANIZACION Y EMBELLECIMIENTO

2.2.3.1.16 OBRAS PUBLICAS PARA TELECOMUNICACIONES

2.2.3.1.17 CONSTRUCCIONES Y EDIFICACIONES

2.2.3.1.18 CONSTRUCCIONES AGROPECUARIAS

2.2.3.1.19 PLANTAS INDUSTRIALES

2.2.3.1.20 HABLITAR Y PROTEJER SUELO, SUBSUELO Y AREAS ECOL.

2.2.3.1.21 FORMACION DE PLANTACIONES

2.2.3.1.22 EXPLOTACION DE AGUAS SUBTERRANEAS

2.2.3.1.23 OBRAS PARA GENERACION DE ENERGIA

2.2.3.1.24 OBRAS HIDROCARBURIFERAS Y MINERAS

2.2.3.1.25 OBRAS EN LINEAS, REDES E INST. ELECT. Y DE TELECOM.

2.2.3.1.26 MANTENIMIENTO Y REPARACIONES

2.2.3.1.27 ASIGNACIONES A DISTRIBUIR PARA OBRAS PUBLICAS

2.2.3.2 PERSONAL PARA INVERSION

2.2.3.3 BIENES Y SERVICIOS CONSUMO INVER

2.2.3.3.1 AGUA POTABLE

2.2.3.3.2 ALCANTARILLADO

2.2.3.3.3 DESECHOS SOLIDOS

2.2.3.3.4 MERCADO

2.2.3.3.5 CAMAL

2.2.3.3.6 CEMENTERIO

2.2.3.3.7 VIAS

2.2.3.3.8 SALUD

2.2.3.3.9 EDUCACION

2.2.3.3.10 PLANES DE DES. Y CATASTRO

2.2.3.3.11 RECREACION

2.2.3.3.12 COMUNIDADES: APORTES Y OBRAS

2.2.3.3.13 OTRAS OBRAS

2.2.3.3.14 TERMINAL TERRESTRE

2.2.3.3.15 BIENES Y SERVICIOS INVERSION ENTIDAD

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61

2.2.3.4 OTROS GASTOS DE INVERSION

2.2.3.5 TRANSFERENCIAS Y DONACIONES PARA INVERSION

2.2.4 TRANSFERENCIAS Y DONACIONES PARA GASTOS DE CAPITAL

2.3 SERVICIOS DE LA DEUDA

2.4 INVERSIONES FINANCIERAS

2.5 PASIVO CIRULANTE

Fuente: BASE SIM

Elaboración: Propia

a. Gastos corrientes y de producción:

Tomando como referencia el clasificador presupuestario del Ministerio de

Finanzas el gasto corriente considera los gastos realizados en la adquisición de

bienes y servicios recurrentes en el desarrollo de las actividades operacionales

y administrativas, los gastos en personal y sus contribuciones a la seguridad

social, así como bienes y servicios de consumo; gastos financieros; otros

gastos; y, transferencias corrientes.

Mientras que los gastos en producción comprenden los costos realizados en

los procesos de producción de obtención, transformación y/o

comercialización de bienes y servicios destinados al mercado, generados por

empresas públicas, dentro de estos procesos se encuentran involucrados los

gastos en personal y en bienes y servicios. Incluye materias primas, productos

en proceso o semi - elaborados y productos terminados.

b. Gastos de capital e inversión:

De la misma forma que el anterior punto, tomando como referencia el

clasificador presupuestario del Ministerio de Finanzas el gasto de capital

comprende los valores ejecutados en la adquisición de bienes de larga

duración, inversiones financieras y transferencias de capital.

Mientras que el gasto en inversión responde a la ejecución de programas y/o

proyectos que buscan mejorar las capacidades sociales; y, de proyectos de

construcción de obra pública, es decir comprende infraestructura física, bienes

de uso público y productos intangibles patentados, así como las erogaciones

en personal, en bienes y servicios, la construcción de infraestructura y otros

gastos asociados a la inversión.

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62

En este punto el COOTAD en su Art. 228 establece que los egresos del fondo

general se agruparán en áreas, programas, subprogramas, proyectos y

actividades. En cada programa, subprograma, proyecto y actividad deberán

determinarse los gastos corrientes y los proyectos de inversión, atendiendo a

la naturaleza económica predominante de los gastos, y deberán estar

orientados a garantizar la equidad al interior del territorio de cada gobierno

autónomo descentralizado.

Las obras en las que se invertirá en un periodo fiscal, el mismo que es de un

año calendario, deben ser parte del presupuesto participativo que se

determinó con la asamblea local o el organismo que en cada gobierno

autónomo descentralizado que se establezca como máxima instancia de

participación ciudadana, adicionalmente estos deben estar atados a sus planes

de ordenamiento territorial y estos al plan nacional de desarrollo,

cumpliéndose así el ciclo de plan presupuesto.

c. Servicios de la deuda:

Comprende las asignaciones de recursos para atender el pago de amortización,

intereses, comisiones de corto y largo plazos, con residentes (deuda interna) y

no residentes (deuda externa)14.

Los GAD que tienen acceso a endeudamiento externo son aquellos que pueden

acceder a la garantía del gobierno central la misma que está determinada por

la capacidad de pago del GAD es así que los GAD pequeños no pueden acceder

a este tipo de financiamientos y por ende no incurren en los gastos de servicio

de la deuda externa.

d. Inversiones financieras:

Comprenden las inversiones en títulos- valores, acciones y participaciones de

capital negociados en el mercado financiero y el otorgamiento de préstamos

de corto, mediano y largo plazo15.

e. Pasivo circulante:

14 Banco Central del Ecuador, Metodología de la Información Estadística Mensual, 3ra Edición, Abril 2011, página 77. 15 Ministerio de Finanzas, Clasificador Presupuestario, 2015, página 110

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63

El pasivo circulante comprende a las cuentas por pagar en un periodo fiscal,

es decir son pagos exigibles, para lo cual debemos contar con los recursos

suficientes para cubrir con dichas obligaciones.

3.6. Gastos más representativos

En la siguiente gráfica se presenta la concentración de los cinco tipos de gastos

en el total de gastos de los GAD Municipales, siendo los gastos de capital e

inversión los que concentran el 72%, los gastos corrientes y de producción

representan el 19% y el servicio de la deuda (amortización más intereses) el

4% de los gastos totales, es decir los GAD de este nivel de gobierno concentran

sus esfuerzos en la inversión.

Grafico N° 13. Participación porcentual de los gastos para el año 2015.

Fuente: BASE SIM

Elaboración: Propia

Al igual que en los ingresos, en los gastos el análisis también debe ser realizado

por estratos esto en razón de no todos los GAD tienen las mismas

características:

19%

72%

4% 1% 3%

GASTOSCORRIENTES Y DE

PRODUCCIÓN

GASTOS DECAPITAL EINVERSION

SERVICIOS DE LADEUDA

INVERSIONESFINANCIERAS

PASIVOCIRULANTE

Participación de los gastosAño 2015

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64

Grafico N° 14. Participación porcentual de los gastos por estrato para el

año 2015.

Fuente: BASE SIM

Elaboración: Propia

La estructura de gastos es similar para cada estrato, el estrato 6 al ser el de los

GAD más grandes Quito y Guayaquil, invierte más y a su vez este estrato es el

único que tiene inversiones financieras las mismas que representan el 4% del

total de su gasto, al igual tiene un porcentaje del 5% en servicio de la deuda,

los gastos corrientes o de producción representan el 11% mientras que en los

GAD del estrato 1, su gasto corriente y de producción es del 21%.

A nivel de servicio de la deuda se puede observar que todos los GAD incurren

en esta cuenta, para el estrato 1 al 4 su concentración es de 3%, mientras que

pare el estrato 5 es del 4%, con estos datos se puede determinar que todos los

GAD Municipales tienen deudas a largo plazo contraídas, mientras que sus

pasivos circulantes varían entre el 1% y 5%, siendo el estrato 3 el de la

concentración más alta en pasivo circulante, por lo que los GAD que conforman

este nivel de gobierno deben tener una mayor cantidad de recursos en caja

para cumplir con sus exigibles a corto plazo.

Con el fin de poder analizar a mayor detalle el gasto realizado en capital e

inversión y ya que esta cuenta presupuestaria responde a las acciones en

Estrato 1 Estrato 2 Estrato 3 Estrato 4 Estrato 5 Estrato 6

21% 22% 21% 23% 24%11%

74% 73% 70% 69% 67%79%

3% 3% 3% 3% 4% 5%0% 0% 0% 0% 0% 4%

3% 2% 5% 4% 4% 1%

Participación de los gastos por estrato - Año 2015

PASIVO CIRULANTE

INVERSIONES FINANCIERAS

SERVICIO DEUDA

G.CAPITAL E INVERSION

G. CORRIENTES Y PRODUCCIÓN

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65

territorio de los GAD y a su vez es la cuenta que concentra el 72% del total de

los gastos de los GAD Municipales, la desglosaremos a continuación:

Tabla N° 18. Composición y concentración de los gastos de capital e

inversión de los GAD Municipales

Estrato Bienes

muebles

Inmuebles y

Semovientes Inversión

Transferencias

y Donaciones

para gasto de

Capital

Gasto de

Capital e

Inversión

Estrato

1 5% 1% 94% 0% 100%

Estrato

2 5% 1% 94% 0% 100%

Estrato

3 8% 1% 91% 0% 100%

Estrato

4 6% 1% 93% 0% 100%

Estrato

5 5% 2% 93% 0% 100%

Estrato

6 2% 4% 95% 0% 100%

Fuente: BASE SIM

Elaboración: Propia

En esta tabla se ha desagregado el Gasto en capital e inversión, para conocer

su composición, siendo el Gasto en Inversión el que concentra en promedio el

93%, es así que el Gasto en Inversión y de Capital está determinado por la

Inversión.

Por lo antes mencionado en la siguiente tabla se descompone el Gasto en

Inversión, esto con el fin de conocer si efectivamente el gasto que realizan los

GAD Municipales es en obras públicas.

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66

Tabla N° 19. Composición y concentración del gasto en inversión de los

GAD Municipales

Estrato Inversión Obra

Pública

Personal

para

inversión

Bienes y

servicios

consumo

inversión

Otros

Gastos de

Inversión

Transferencias

y donaciones

para inversión

Filtro

Estrato 1 100% 36% 36% 25% 1% 2% PERSONAL

Estrato 2 100% 37% 37% 22% 0% 4% INVERSIÓN

Estrato 3 100% 43% 30% 22% 0% 5% INVERSIÓN

Estrato 4 100% 51% 25% 19% 0% 5% INVERSIÓN

Estrato 5 100% 58% 20% 16% 0% 6% INVERSIÓN

Estrato 6 100% 12% 20% 21% 1% 46% PERSONAL

Fuente: BASE SIM

Elaboración: Propia

En esta tabla se ha incorporado una columna denominada “Filtro” la misma

que indica que si los GAD de un estrato ha invertido más en “obra pública”, el

filtro señalará inversión, mientras que si los GAD de un estrato han invertido

más en personal para inversión el filtro señalará “personal”.

Por lo que los GAD del estrato más pequeño - Estrato 1 - y del estrato más

grande - Estrato 6 -, invierten más en personal que en obra pública con un 36%

y 20%, respectivamente, esto implica que hay un inconveniente ya que muchos

GAD registran en esta cuenta el exceso de personal y para no inflar su gasto

corriente, lo vinculan a inversión que no necesariamente responden a esto,

adicionalmente se puede observar que la inversión en Obra Pública es de 36%

y de 12%, respectivamente, el 12% sorprende de sobremanera ya que este

estrato responde a los GAD más grandes.

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67

Al detallar la composición de Obra Pública para este estrato, como muestra la

siguiente tabla: existen cuentas sin valores como Agua Potable, Desechos

Sólidos, entre otros, se ha realizado las consultas respectivas y esto se debe a

que estos conceptos o partidas son ejecutados por Empresas Públicas

Municipales, las cuales registran en sus balances sus ingresos y gastos, y estos

no constan en la Base de datos presupuestarias de los GAD, convirtiéndose

esto en una limitación a nivel de información. Por lo que en la siguiente tabla

solo se detalla a Quito y Guayaquil que son los cantones que conocemos

empíricamente que sí recaudan por los conceptos antes señalados.

Tabla N° 20. Composición del gasto en obra pública de los GAD

Municipales

Cifras en dólares

CUENTAS PRESUPUESTARIAS GUAYAQUIL QUITO

2.2.3.1 OBRA PUBLICA 66.350.022 38.733.879

2.2.3.1.1 AGUA POTABLE - -

2.2.3.1.2 ALCANTARILLADO 4587 -

2.2.3.1.3 DESECHOS SOLIDOS - -

2.2.3.1.4 MERCADO - -

2.2.3.1.5 CAMAL - -

2.2.3.1.6 CEMENTERIO - -

2.2.3.1.7 VIAS 49.739.136 11.885.880

2.2.3.1.8 SALUD - -

2.2.3.1.9 EDUCACION - -

2.2.3.1.10 PLANES DE DES. Y CATASTRO URBANO - -

2.2.3.1.11 RECREACION - -

2.2.3.1.12 COMUNIDADERS: APORTES Y OBRAS 127.572 -

2.2.3.1.13 OTRAS OBRAS 248.255 155.530

2.2.3.1.14 TERMINAL TERRESTRE - -

2.2.3.1.15 DE URBANIZACION Y EMBELLECIMIENTO 9.237.210 22.276.509

2.2.3.1.16 OBRAS PUBLICAS PARA TELECOMUNICACIONES - -

2.2.3.1.17 CONSTRUCCIONES Y EDIFICACIONES 924.520 4.131.296

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68

2.2.3.1.18 CONSTRUCCIONES AGROPECUARIAS - -

2.2.3.1.19 PLANTAS INDUSTRIALES - -

2.2.3.1.20 HABLITAR Y PROTEGER SUELO, SUBSUELO Y

AREAS ECOL.

- -

2.2.3.1.21 FORMACION DE PLANTACIONES - -

2.2.3.1.22 EXPLOTACION DE AGUAS SUBTERRANEAS - -

2.2.3.1.23 OBRAS PARA GENERACION DE ENERGIA - -

2.2.3.1.24 OBRAS HIDROCARBURIFERAS Y MINERAS - -

2.2.3.1.25 OBRAS EN LINEAS, REDES E INST. ELEC. Y DE

TELECOM.

- 43.102

2.2.3.1.26 MANTENIMIENTO Y REPARACIONES 6.068.742 241.561

2.2.3.1.27 ASIGNACIONES A DISTRIBUIR PARA OBRAS

PUBLICAS

- -

Fuente: BASE SIM

Elaboración: Propia

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69

IV. ANALISIS COMPARTIVO ENTRE LAS FINANANZAS

DE LOS GAD Y LA LOOTUGS

4.1. Alcance del catastro urbano y rural

La Normativa técnica para catastro de bienes inmuebles urbanos, rurales,

expedida por Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda en su Art. 2.-

Definiciones, determina los tipos de catastro los cuales son:

Catastro Económico.- Es el registro en cuyas bases constan datos

descriptivos correspondientes al valor de los inmuebles determinado a

través de diferentes enfoques, bien como el mapa de valores del suelo a

partir del cual se define política tributaria.

Catastro Físico.- Es el registro en cuyas bases constan documentos

cartográficos y datos descriptivos que caracterizan al suelo y a las

construcciones de cada inmueble.

Catastro Jurídico.- Es el registro en cuyas bases constan los datos

personales de los tenedores del inmueble (propietarios, poseedores u

ocupantes), bien como los documentos cartográficos y los datos

descriptivos que permiten identificar de forma clara el límite de la

posesión efectiva determinado por el uso del predio, materializando

por entes naturales o antropológicos (paredes, carcas, etc.), en relación

al límite jurídico que corresponda a la interpretación de los títulos.

Catastro Temático.- Son registros en cuyas bases constan documentos

cartográficos y datos alfanuméricos correspondientes a los aspectos de

infraestructura como son las redes de agua y alcantarillado, energía

eléctrica, gas, telefonía, cable entre otros; ambiental cuyo objetivo es

evaluar la calidad ambiental del medio físico natural y el

comportamiento urbano; y social. Los mismos que son administradas

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70

por empresas privadas o instituciones públicas de diferentes niveles y

áreas de gobierno.|

Catastro Territorial Multifinalitario (CTM).- Es el modelo catastral

que relaciona los Datos Catastrales Básicos registrados en el Inventario

Catastral Básico de la Entidad Catastral Territorial, con los Catastros

Temáticos. La articulación interinstitucional se basa en acuerdos o

convenios a través de los cuales instituciones y temas se van

incorporando de forma gradual al sistema de información catastral. Se

materializa mediante una Infraestructura de Datos Espaciales local

conformada de acuerdo a las normas y estándares definidos por el

Consejo Nacional de Geoinformática (CONAGE).

Con este antecedente se puede determinar que el catastro multifinalitario es

el que agrupa a los otros tipos de catastro que señala la norma, por lo que se

puede decir que la información mínima que debe contener la base de datos

catastral de los Municipios es la siguiente:

Tabla N° 21. Contenidos mínimos en las bases catastrales

Catastro

Económico Catastro Físico Catastro Jurídico Catastro Temático

Catastro

Territorial

Multifinalitario

Val

or

del

su

elo

Val

or

del

In

mu

eble

Car

togr

afía

del

pre

dio

Car

acte

ríst

icas

del

su

elo

Car

acte

ríst

icas

del

inm

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le

Dat

os

per

son

ales

de

los

pro

pie

tari

os

Dat

os

per

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los

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Lím

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(Se

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Bás

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(Se

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Bás

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tale

s y

Soci

ales

)

Dat

os

esp

acia

les

loca

les

(CO

NA

GE

)

Elaboración: Propia

Por lo que el GAD deberá integrar toda la información económica, física,

jurídica y de uso del suelo a nivel predial y así contar con un Catastro

Multifinalitario que incluya lo urbano y rural de su cantón.

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71

La actualización del catastro no solo contribuye a que los GAD puedan tener

identificado como se encuentra su territorio y así determinar y focalizar la

prestación de servicios públicos de su competencia, así como también la

actualización catastral permite al GAD potencializar y maximizar sus ingresos

por recaudación impuesto predial urbano y rural.

Un cantón está compuesto por zonas urbanas y rurales, el Cootad como marco

normativo para los Gobiernos Subnacionales en su Art. 504 establece los

rangos en los que se puede aplicar el cobro de este impuesto. “Al valor de la

propiedad urbana se aplicará un porcentaje que oscilará entre un mínimo de

cero punto veinticinco por mil (0,25 %o) y un máximo del cinco por mil (5 %)

que será fijado mediante ordenanza por cada concejo municipal”.

Mientras que el artículo 139 del Cootad determina que la formación y

administración de los catastros inmobiliarios urbanos y rurales corresponde a

los gobiernos autónomos descentralizados municipales, los que con la

finalidad de unificar la metodología de manejo y acceso a la información

deberán seguir los lineamientos y parámetros metodológicos que establezca

la ley. Es obligación de dichos gobiernos actualizar cada dos años los catastros

y la valoración de la propiedad urbana y rural. Sin perjuicio de realizar la

actualización cuando solicite el propietario, a su costa.

En la búsqueda de información sobre los valores que implican la actualización

o levantamiento de la información catastral, solo se encontró el documento

“Taller estimación valor levantamiento catastro urbano a nivel nacional”

elaborado por el Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda - MIDUVI en el

año 2011, por lo que en este punto se pudo identificar una gran falencia ya que

no existen estudios claros y homologados sobre este tema. En esta sección

abordaremos los costos totales referenciales de la actualización o

levantamiento de información catastral a nivel nacional, esto en razón de

conocer cuánto implicaría obtener como inversión mínima un catastro a nivel

Nacional, posteriormente en la siguiente sección abordaremos solo los GAD

Municipales que no cuentan con catastro y con estos últimos se medirá el

impacto en sus finanzas.

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72

El documento antes citado determina que el costo aproximado de cartografía

por hectárea es de US$ 75, que para le ejecución de esta investigación lo

llamaremos “Componente 1”. Con el fin de facilitar el análisis de los datos

procesados agruparemos los costos obtenidos por provincia y estrato.

Para obtener los valores de la Tabla N°22 se obtuvo la superficie total por

hectárea (ha) y por cantón que maneja la Senplades, a cada superficie en

hectárea por cantón se le multiplicó por US$ 75 obteniendo el costo total, ya

que la información se encontraba por cantón a esta se le agrupo en provincias

y también en estratos, este último costo se obtuvo con la finalidad de guardar

concordancia con los análisis de los anteriores capítulos en los que se presentó

los datos a través de estratos del BDE.

Tabla N°22. Costos aproximados de cartografía por hectárea y provincia

-Componente 1

DPA

Provincia Provincia Hectárea

Costo

por

hectárea

Costo total por

hectárea USD

01 AZUAY 787.264 75 59.044.783

02 BOLIVAR 389.794 75 29.234.552

03 CAÑAR 313.501 75 23.512.544

04 CARCHI 378.257 75 28.369.251

05 COTOPAXI 616.665 75 46.249.876

06 CHIMBORAZO 590.091 75 44.256.816

07 EL ORO 586.682 75 44.001.156

08 ESMERALDAS 1.585.452 75 118.908.911

09 GUAYAS 1.552.528 75 116.439.615

10 IMBABURA 461.903 75 34.642.721

11 LOJA 1.106.533 75 82.989.956

12 LOS RIOS 728.581 75 54.643.557

13 MANABI 1.900.855 75 142.564.141

14 MORONA SANTIAGO 2.401.494 75 180.112.026

15 NAPO 1.253.311 75 93.998.358

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73

16 PASTAZA 2.964.278 75 222.320.842

17 PICHINCHA 946.693 75 71.001.941

18 TUNGURAHUA 340.036 75 25.502.722

19 ZAMORA CHINCHIPE 1.055.971 75 79.197.848

21 SUCUMBIOS 1.809.672 75 135.725.398

22 ORELLANA 2.173.005 75 162.975.395

23 SANTO DOMINGO DE LOS TSACHILAS 377.870 75 28.340.272

24 SANTA ELENA 369.109 75 27.683.178

90 NO APLICA 80.194 75 6.014.515

NO APLICA 128.655 75 9.649.147

Total general 24.898.394

1.867.379.522

Fuente: Senplades y MIDUVI

Elaboración: Propia

La tabla N°23 nos muestra que los GAD Municipales que son parte de la

provincia de Pastaza, son los que presentan un costo más elevado en

comparación con el resto de provincias siendo su costo total de 222.32

millones de USD, mientras que los GAD Municipales que se encuentran en la

provincia del Cañar, presentan un costo de 23.51 millones de USD, esto se debe

a que la provincia de Pastaza, es el que más extensión territorial contiene, los

valores de no aplica responden a las zonas no delimitadas.

Tabla N°23. Costos aproximados de cartografía por hectárea y estrato -

Componente 1

Estrato Hectárea Costo por

hectárea

Costo total por

hectárea USD

Estrato 1 5.064.522,66 75 379.839.199

Estrato 2 2.593.549,52 75 194.516.214

Estrato 3 5.924.609,52 75 444.345.714

Estrato 4 6.616.077,28 75 496.205.796

Estrato 5 3.571.565,62 75 267.867.422

Estrato 6 870.986,99 75 65.324.024

#N/A 257.082,05 75 19.281.154

Total general 24.898.393,63

1.867.379.522

Fuente: Senplades y MIDUVI

Elaboración: Propia

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74

La tabla N°24 desglosa los costos del componente 1 de la información catastral

por estratos, siendo el estrato 6 el que contiene el costo mínimo en

comparación con el resto de estratos y el estrato 4 el que presenta mayor costo

y esto al igual que en la tabla anterior se debe a la extensión territorial más

extensa en el caso del estrato 4 y viceversa en el estrato 6.

De la misma forma el documento del MUDUVI, también detalla que los “Costos

de relevamiento por predio” que lo llamaremos “Componente 2” están

compuestos de la siguiente forma:

Tabla N°24. Costos aproximados de re levantamiento por predio -

Componente 2

Componente US$/ Predio

a. Levantamiento en campo 9

b. Digitación de información 0,5

c. Digitalización de información 1,25

d. Control de calidad interna 2,25

Total Costos Directos (a + b +c + d) 13

Costos Indirectos y utilidades(40% de los costos directos) 5,2

Imprevistos (10% costos directos + indirectos) 1,82

Supervisión y Fiscalización externa (20% del subtotal) 4

COSTO TOTAL 24

Fuente: MIDUVI

Elaboración: Propia

Por lo que el costo por predio es de US$ 24. Este valor lo utilizaremos para

determinar el costo del componente 2 del catastro nacional.

El documento del MIDUVI también determina algunos costos adicionales a los

señalados (componente 1 y 2), sin embargo estos costos tienen que ver con el

levantamiento de información geográfica más específica, que implicaría una

investigación mucho más exhaustiva y por GAD Municipal. Por ende los costos

que se exponen en el presente documento responden los costos mínimos y

aproximados en los que deberían incurrir los GAD Municipales, para la

actualización catastral a nivel nacional. Es necesario nuevamente señalar que

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75

los datos sobre costos referenciales de actualización catastral no están

disponibles al público por lo que este ejercicio es una aproximación.

Para determinar el costo por predio se trabajó bajo el supuesto de que el

promedio de personas por hogar a nivel nacional está compuesto de 3.9,

mientras que a nivel cantonal el promedio de personas por hogar se encuentra

en un rango de 2.9 a 6.01, siendo los cantones de Deleg y Jama los valores

mínimos y máximos, correspondientemente, esta información fue obtenida del

INEC del Censo de Población y Vivienda 2010, por lo que los valores promedio

de personas por hogar obtenidos en el año 2010, se aplicó a la proyección

poblacional del 2015 a nivel cantonal publicada por el INEC, esto en

concordancia con el año de análisis del presente estudio. Por lo que bajo

nuestro supuesto cada hogar representa un predio en nuestra estimación.

A continuación se detalla el número de hogares, predios y costo del

componente 2, obtenidos a nivel cantonal y agregados a nivel provincial y por

estrato.

Tabla N°25. Costos aproximados de re levantamiento por predio y

provincia - Componente 2

Código Provincia

Total de

personas

2015

Total de

hogares

Total

predios

Costo total

por predio

USD

01 AZUAY 824.646 221.071 221.071 5.305.709

02 BOLIVAR 203.344 53.116 53.116 1.274.792

03 CAÑAR 263.048 68.791 68.791 1.650.982

04 CARCHI 181.265 48.939 48.939 1.174.534

05 COTOPAXI 463.819 117.726 117.726 2.825.427

06 CHIMBORAZO 506.325 139.351 139.351 3.344.413

07 EL ORO 680.845 186.699 186.699 4.480.784

08 ESMERALDAS 559.471 135.364 135.364 3.248.730

09 GUAYAS 4.146.996 1.096.795 1.096.795 26.323.086

10 IMBABURA 451.476 117.035 117.035 2.808.852

11 LOJA 500.794 131.832 131.832 3.163.959

12 LOS RIOS 876.912 228.288 228.288 5.478.901

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76

13 MANABI 1.510.375 380.017 380.017 9.120.414

14 MORONA SANTIAGO 179.406 41.121 41.121 986.902

15 NAPO 122.838 26.998 26.998 647.956

16 PASTAZA 102.655 24.820 24.820 595.691

17 PICHINCHA 3.003.799 849.207 849.207 20.380.979

18 TUNGURAHUA 564.260 157.943 157.943 3.790.638

19 ZAMORA 110.296 26.253 26.253 630.066

20 GALAPAGOS 30.172 9.449 9.449 226.775

21 SUCUMBIOS 210.532 52.509 52.509 1.260.204

22 ORELLANA 153.269 36.380 36.380 873.113

23 SANTO DOMINGO 476.345 122.957 122.957 2.950.973

24 SANTA ELENA 367.235 91.488 91.488 2.195.700

Total general 16.490.123 4.364.149 4.364.149 104.739.580

Fuente: INEC y MIDUVI

Elaboración: Propia

La tabla 26 muestra cómo resultados que los GAD Municipales que se

encuentran en la provincia de Guayas son los que tienen un costo más elevado

26,32 millones de USD, esto por la relación directa que existe entre los costos

y la población en este componente, mientras que la provincia de Galápagos es

la que menor costo implica 0,23 millones de USD.

Tabla N°26. Costos aproximados de re levantamiento por predio y

estrato - Componente 2

Estrato Total de personas

2015

Total de

hogares Total predios

Costo total por

predio USD

Estrato 1 280.490 71.903 71.903 1.725.663

Estrato 2 614.313 162.248 162.248 3.893.951

Estrato 3 2.288.468 588.054 588.054 14.113.304

Estrato 4 2.651.743 678.894 678.894 16.293.445

Estrato 5 5.439.771 1.429.865 1.429.865 34.316.765

Estrato 6 5.215.338 1.433.186 1.433.186 34.396.452

Total general 104.739.580

Fuente: INEC y MIDUVI

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77

Elaboración: Propia

La tabla 27 muestra que entre mayor es la población, mayor es el costo y mayor

el estrato, por lo que el estrato 6 contiene a los GAD Municipales que deben

incurrir en un costo más alto y el estrato 1 a los que tienen un menor costo,

esto se debe a que los estratos del BDE están elaborados según el tamaño

poblacional.

Grafico N° 15. Concentración de promedio de personas por hogar a nivel

cantonal

Fuente: INEC y MIDUVI

Elaboración: Propia

La Gráfica 5, es muy interesante ya que muestra la concentración de los GAD

Municipales por promedio de personas por hogar, por lo que la circunferencia

más grande nos dice que a nivel cantonal las familias están compuestas

mayoritariamente por 3,76 personas por hogar.

Finalmente para obtener el valor del costo de actualización del catastro

Nacional, se sumó el componente 1 y 2, a nivel cantonal y se lo agrupó a nivel

de provincia y estrato.

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78

Tabla N°27. Costos aproximados actualización catastral por provincia -

Componente 1 y 2

DPA

Provincia Provincia

Costo total

por predio

USD

Costo total por

hectárea USD

Costo total

referencial de

actualización

catastral

01 AZUAY 5.305.709 59.044.783 64.350.492

02 BOLIVAR 1.274.792 29.234.552 30.509.345

03 CAÑAR 1.650.982 23.512.544 25.163.526

04 CARCHI 1.174.534 28.369.251 29.543.785

05 COTOPAXI 2.825.427 46.249.876 49.075.303

06 CHIMBORAZO 3.344.413 44.256.816 47.601.229

07 EL ORO 4.480.784 44.001.156 48.481.940

08 ESMERALDAS 3.248.730 118.908.911 122.157.641

09 GUAYAS 26.323.086 116.439.615 142.762.702

10 IMBABURA 2.808.852 34.642.721 37.451.573

11 LOJA 3.163.959 82.989.956 86.153.916

12 LOS RIOS 5.478.901 54.643.557 60.122.459

13 MANABI 9.120.414 142.564.141 151.684.555

14 MORONA SANTIAGO 986.902 180.112.026 181.098.927

15 NAPO 647.956 93.998.358 94.646.314

16 PASTAZA 595.691 222.320.842 222.916.533

17 PICHINCHA 20.380.979 71.001.941 91.382.920

18 TUNGURAHUA 3.790.638 25.502.722 29.293.360

19 ZAMORA 630.066 79.197.848 79.827.914

21 SUCUMBIOS 1.260.204 135.725.398 136.985.603

22 ORELLANA 873.113 162.975.395 163.848.508

23 SANTO DOMINGO 2.950.973 28.340.272 31.291.245

24 SANTA ELENA 2.195.700 27.683.178 29.878.879

TOTAL (USD) 104.512.806 1.851.715.861 1.956.228.666

TOTAL (Millones

USD) 1.956

Fuente: Senplades, INEC y MIDUVI

Elaboración: Propia

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79

Tabla N°28. Costos aproximados actualización catastral por estrato -

Componente 1 y 2

Estrato

Costo total

por predio

USD

Costo total

por hectárea

USD

Costo total

referencial

del

levantamiento

o

actualización

catastral

Estrato 1 1.725.663 379.839.199 381.564.862

Estrato 2 3.893.951 194.516.214 198.410.165

Estrato 3 14.113.304 444.345.714 458.459.018

Estrato 4 16.293.445 496.205.796 512.499.241

Estrato 5 34.089.990 267.867.422 301.957.412

Estrato 6 34.396.452 65.324.024 99.720.476

Fuente: Senplades, INEC y MIDUVI

Elaboración: Propia

Para obtener el costo final referencial y mínimo de la actualización o

levantamiento de información del catastro nacional, tuvimos que eliminar a

los cantones que conforman la provincia de Galápagos, esto en razón de que

no se disponía de la real extensión territorial en la que se debería catastrar

considerando que hay hectáreas que son de conservación natural y que no se

pueden considerar, por lo que las tablas N° 28 y 29, consideran el análisis y

cálculo de 218 cantones.

En base a los datos obtenidos se determina que: 1.956 millones de dólares

costaría el levantamiento de información básica para el catastro

multifinalitario, es decir estos costos no incluyen los valores de mapas

temáticos, entendiendo a estos como mapas de:

Tipos de vías

Altura de edificaciones

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80

Comercio y servicios

Uso de suelo

Servicio de transporte

Servicios básicos

Servicios complementarios

Socio económico, etc.

Es decir mapas que den cuenta de la realidad de cada cantón, ya que esto

implicaría un estudio muy específico por GAD. Tampoco este costo obtenido

incluye el valor de la implementación de un sistema informático para

recaudación.

4.2. Avance del Catastro e impacto de la Lootugs en las

finanzas de los GAD Municipales

En este último acápite analizaremos el impacto de la Lootugs que como lo

hemos visto a lo largo del documento está dado por las implicaciones que este

representa a través del levantamiento o actualización catastral en las finanzas

subnacionales. A nivel financiero este impacto será medido en dos momentos,

en el primer momento analizaremos el impacto de la actualización catastral en

los gastos de los GAD Municipales por estrato y posteriormente el impacto de

la actualización catastral en los ingresos de los GAD Municipales por estrato.

Para esto utilizaremos solo la información de la superficie total de los GAD que

aún faltan por catastrar, estos datos que también son preliminares y

corresponden a un análisis realizado por la Senplades. Por lo que vale

nuevamente señalar que para la consecución de este estudio la información

respecto a costos y diagnósticos sobre el estado de los catastros de los GAD a

nivel municipal son escasos para acceso al público.

Se excluye a la región insular ya que no se cuenta con su real superficie para

catastrar, por lo que de los 221 municipios que son se reducen a 218 que son

los cantones del Ecuador continental.

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81

Tabla N°29. Resumen de estado del catastro urbano de los GAD

Municipales.

Fuente y elaboración: Senplades.

Tabla N°30. Resumen de estado del catastro rural de los GAD

Municipales.

CATASTRO RURAL

GAD que actualizan su catastro con créditos del BDE

8

GAD que cuentan con catastro a través de SIGTIERRAS

56

GAD que cuentan con catastro y sistemas propios

41

GAD que NO cuentan con catastro rural georeferenciado

113

TOTAL 218

Fuente y elaboración: Senplades.

CATASTRO URBANO

GAD que actualizan su catastro con créditos del BDE

142

GAD que cuentan con catastro y sistemas propios

32

GAD que NO cuentan con catastro urbano georeferenciado

44

TOTAL 218

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Gráfico N° 16. Mapa de cantones sin catastro urbano.

82

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83

Gráfico N° 17. Mapa de cantones sin catastro urbano.

Gráfico N° 17. Mapa de cantones sin catastro rural.

Fuente: Senplades

Elaboración: Propia

Fuente: Senplades

Elaboración: Propia

83

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84

4.2.1. Impacto en los gastos

Para medir el impacto en un inicio se pretendió utilizar la cuenta

presupuestaria de “planes de desarrollo y catastro” que es una división de la

cuenta “Gastos de capital e inversión”, sin embargo estas no contenían valor

en los GAD que no tienen catastro, por lo que se utilizó la sub desagregación

de esta cuenta, como se detalla a continuación:

Tabla N° 31. Cuentas para medición de impacto

2.2 GASTOS DE CAPITAL E INVERSION Macro Cuenta

2.2.3.1 OBRA PUBLICA Cuenta utilizada

2.2.3.1.10 PLANES DE DES. Y CATASTRO Cuenta sin valor, descartada

2.2.3.2 PERSONAL PARA INVERSION Cuenta utilizada

2.2.3.2.10 PLANES DE DES. Y CATASTRO Cuenta sin valor, descartada

2.2.3.3 BIENES Y SERVICIOS CONSUMO INVER Cuenta utilizada

2.2.3.3.10 PLANES DE DES. Y CATASTRO Cuenta sin valor, descartada Fuente: Base SIM

Elaboración: Propia

Posteriormente se sumaron los valores de las cuentas: 2.2.3.1. OBRA PÚBLICA

+ 2.2.3.2. PERSONAL PARA INVERSION + 2.2.3.3. BIENES Y SERVICIOS

CONSUMO INVERSIÓN de los GAD que no cuentan con catastro urbano en

primera instancia y en un segundo cálculo los GAD que no cuentan con catastro

rural.

Adicionalmente se aplicó los valores del componentes 1 y 2 (75 USD por

hectárea y 24 USD por predio) necesarios para actualizar o levantar el catastro,

descritos en el punto 4.1, tanto para los GAD que no cuentan con catastro

urbano, como para los que no cuentan con catastro rural.

Es así que se unieron los valores de los costos de actualización o levantamiento

de catastro y los valores de gastos de capital e inversión de la tabla 32, esto por

cada uno de los cantones separados por los GAD que no cuentan con catastro

urbano y no cuentan con catastro rural, cabe indicar que las uniones que se

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85

realizaron durante todo este trabajo es a través del código de la división

político administrativa – DPA.

Para obtener los impactos se realizó una división entre el costo de

actualización o levantamiento catastral (numerador) y el gasto de capital e

inversión (denominador) de los cantones que no cuentan con catastro urbano

y posteriormente del rural. Con esto se obtiene el porcentaje que representaría

invertir en catastro sobre su actual gasto de capital e inversión.

A continuación se mostraran los resultados obtenidos sobre el catastro

urbano y posteriormente los del catastro rural por estrato y por GAD que no

cuenta con estos tipos de catastro.

Resultados del catastro urbano:

Tabla N° 32. Impacto promedio porcentual de contar con un catastro

urbano en el total de los gastos de inversión y capital.

Estrato Número de Cantones Promedio de impacto

Estrato 1 14 1%

Estrato 2 6 3%

Estrato 3 11 2%

Estrato 4 8 4%

Estrato 5 5 5%

Total general 44 3% Fuente: Base SIM / BDE; MIDUVI; INEC

Elaboración: Propia

La tabla 33, detalla el número de cantones que no cuentan con catastro urbano

por estrato y el porcentaje promedio del impacto que implicaría contar con un

catastro urbano sobre el total de sus gastos de inversión y capital

considerando las cuentas detalladas en la tabla 32 y por estrato. Es así que esta

tabla nos muestra que si los GAD invierten en promedio un 3% del total de sus

gastos de capital e inversión podrían contar con un catastro urbano

actualizado. Es decir el impacto de la LOOTUGS sobre la actualización catastral

de las zonas urbanas es mínima, por lo que los GAD que no cuentan con este

catastro podrían levantar esta información con una focalización y priorización

de gastos.

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86

A continuación se detallan los valores utilizados para medir el impacto de

contar con un catastro urbano por GAD y por estrato.

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Tabla N° 33. Impacto porcentual en los “Gastos de capital e inversión” – Catastro urbano – Estrato 1.

Fuente: Base SIM / BDE; MIDUVI; INEC; Senplades.

Elaboración: Propia.

El estrato 1 contiene 14 GAD Municipales que no cuentan con catastro urbano, la celda de impacto ha sido ordenada de mayor a menor por lo que el

GAD de Mocha es el que debe invertir más en comparación con el resto de GAD que tiene su misma condición y se encuentran en este estrato, ya que

el impacto en sus gastos es de 2.2% mientras que el GAD de Arajuno es el que menos debe invertir ya que el impacto en sus gastos es de 0,39%. Cabe

recordar que este estrato es el que tiene menor población por lo que se asume que son GAD pequeños.

Estrato BEDE DPA Cantón Cantón

2.2 GASTOS

DE CAPITAL E

INVERSION

2.2.3.1 OBRA

PUBLICA

2.2.3.2

PERSONAL

PARA

INVERSION

2.2.3.3

BIENES Y

SERVICIOS

CONSUMO

INVER

A - Suma obra

pública, personal

para inversión y

bienes y serv

consumo inv

Area_haCosto unitario

por ha

Costo total ha

(Componente 1)

Población

urbana

Promedio por

hogar

Predios

urbanos

Costo unitario

por predio

Costo total por

predio

(Componente 2)

B - Costo total (Suma

componente 1 y 2)Impacto (B/A)

Estrato 1 1804 MOCHA 1.225.916 316.719 524.586 259.311 1.100.616 203 75 15.240 1.268 3,34 380 24 9.111 24.351 2%

Estrato 1 0110 OÑA 1.731.647 592.122 540.199 483.037 1.615.359 369 75 27.673 906 3,26 278 24 6.670 34.343 2%

Estrato 1 0107 SAN FERNANDO 1.230.040 298.140 315.929 577.445 1.191.514 186 75 13.980 1.502 3,61 416 24 9.986 23.966 2%

Estrato 1 0714 LAS LAJAS 1.624.883 471.386 716.227 342.198 1.529.811 289 75 21.673 1.215 3,66 332 24 7.967 29.641 2%

Estrato 1 0705 CHILLA 1.232.819 255.150 473.892 319.957 1.049.000 129 75 9.641 1.020 3,42 298 24 7.158 16.799 2%

Estrato 1 1504 EL CHACO 3.962.333 893.969 1.930.915 866.354 3.691.238 410 75 30.755 4.620 3,91 1.182 24 28.358 59.113 2%

Estrato 1 0113 SEVILLA DE ORO 2.497.986 536.939 750.376 887.192 2.174.507 293 75 21.949 886 3,52 252 24 6.041 27.990 1%

Estrato 1 1114 PINDAL 1.901.575 329.805 1.140.101 312.669 1.782.574 128 75 9.582 1.825 4,16 439 24 10.529 20.111 1%

Estrato 1 1904 YACUAMBI 2.324.022 642.513 1.056.667 511.710 2.210.889 197 75 14.802 1.495 4,47 334 24 8.027 22.829 1%

Estrato 1 1408 SAN JUAN BOSCO 3.325.846 1.347.003 857.816 952.467 3.157.286 152 75 11.379 1.622 4,12 394 24 9.449 20.828 1%

Estrato 1 1412 TIWINTZA 3.079.381 755.869 1.375.619 813.626 2.945.115 152 75 11.420 1.510 5,06 298 24 7.162 18.582 1%

Estrato 1 0609 PENIPE 8.227.008 5.838.261 863.597 836.036 7.537.894 494 75 37.036 1.061 3,08 344 24 8.268 45.304 1%

Estrato 1 0306 DELEG 2.788.014 1.361.178 496.939 653.880 2.511.997 124 75 9.327 565 2,90 195 24 4.676 14.003 1%

Estrato 1 1604 ARAJUNO 6.143.693 1.365.927 1.626.392 1.728.442 4.720.760 164 75 12.287 1.485 5,64 263 24 6.319 18.607 0%

87

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88

Tabla N° 34. Impacto porcentual en los “Gastos de capital e inversión” – Catastro urbano – Estrato 2 y 3.

Fuente: Base SIM / BDE; MIDUVI; INEC; Senplades.

Elaboración: Propia.

El estrato 2 contiene 6 GAD Municipales y el estrato 3 cuenta con 11 GAD Municipales que no tienen catastro urbano, en el estrato 2 el GAD de Cumanda

de la provincia de Chimborazo es el que más debe invertir (6%) mientras que el GAD de Chinchipe de la provincia de Zamora el que menos debe

invertir (1%). En el estrato 3 el GAD de Saquisilí perteneciente a la provincia de Chimborazo es el que más debe invertir (3%) mientras que el GAD

de Colta de esta misma provincia es el que menos debe invertir (1%).

Estrato BEDE DPA Cantón Cantón

2.2 GASTOS

DE CAPITAL E

INVERSION

2.2.3.1 OBRA

PUBLICA

2.2.3.2

PERSONAL

PARA

INVERSION

2.2.3.3

BIENES Y

SERVICIOS

CONSUMO

INVER

A - Suma obra

pública, personal

para inversión y

bienes y serv

consumo inv

Area_haCosto unitario

por ha

Costo total ha

(Componente 1)

Población

urbana

Promedio por

hogar

Predios

urbanos

Costo unitario

por predio

Costo total por

predio

(Componente 2)

B - Costo total (Suma

componente 1 y 2)Impacto (B/A)

Estrato 2 0610 CUMANDA 1.887.594 367.421 522.038 553.391 1.442.849 346 75 25.936 10.418 3,71 2.808 24 67.394 93.330 6%

Estrato 2 0913 PALESTINA 2.423.357 1.000.914 883.870 438.268 2.323.052 237 75 17.782 9.511 3,62 2.627 24 63.056 80.839 3%

Estrato 2 0923 MARCELINO MARIDUEÑA 2.700.848 1.185.387 867.673 474.412 2.527.472 248 75 18.564 7.752 3,73 2.078 24 49.879 68.442 3%

Estrato 2 1104 CELICA 2.831.059 858.483 1.092.431 414.654 2.365.568 262 75 19.618 4.423 3,91 1.131 24 27.149 46.767 2%

Estrato 2 0605 CHUNCHI 2.750.784 661.799 983.005 973.198 2.618.002 205 75 15.376 3.812 3,76 1.014 24 24.332 39.708 2%

Estrato 2 1902 CHINCHIPE 4.656.443 1.504.958 1.894.615 1.007.730 4.407.304 235 75 17.642 3.492 4,01 871 24 20.900 38.541 1%

Estrato 3 0506 SAQUISILI 3.474.392 858.476 1.221.743 578.332 2.658.551 596 75 44.691 7.577 4,30 1.762 24 42.290 86.982 3%

Estrato 3 1316 24 DE MAYO 2.513.416 1.716.151 - 730.841 2.446.992 614 75 46.055 4.477 3,83 1.169 24 28.054 74.110 3%

Estrato 3 0302 BIBLIAN 3.666.029 407.240 1.169.536 944.400 2.521.177 444 75 33.264 5.801 3,54 1.639 24 39.329 72.593 3%

Estrato 3 0108 SANTA ISABEL 4.351.212 653.531 1.535.903 1.570.722 3.760.156 557 75 41.772 6.024 3,70 1.628 24 39.075 80.847 2%

Estrato 3 1406 SUCUA 5.839.704 1.487.452 1.805.205 1.975.684 5.268.341 810 75 60.775 9.177 4,25 2.159 24 51.823 112.598 2%

Estrato 3 1802 BAÑOS DE AGUA SANTA 12.802.517 8.121.938 1.269.197 1.306.689 10.697.825 568 75 42.612 14.996 3,40 4.411 24 105.854 148.466 1%

Estrato 3 1212 MOCACHE 7.877.293 4.534.659 1.753.182 852.318 7.140.159 318 75 23.885 8.512 3,86 2.205 24 52.924 76.809 1%

Estrato 3 2203 LA JOYA DE LOS SACHAS 20.065.547 5.460.417 4.274.390 4.844.602 14.579.410 707 75 53.008 12.643 4,07 3.106 24 74.553 127.561 1%

Estrato 3 1709 PUERTO QUITO 5.971.813 2.362.351 1.392.793 1.188.346 4.943.490 267 75 20.057 3.579 4,04 886 24 21.261 41.319 1%

Estrato 3 0507 SIGCHOS 6.000.008 2.883.591 1.192.213 834.172 4.909.975 306 75 22.986 1.936 4,18 463 24 11.116 34.101 1%

Estrato 3 0603 COLTA 12.841.565 7.026.173 1.448.892 1.812.674 10.287.739 506 75 37.919 2.045 3,12 655 24 15.731 53.649 1%

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Tabla N° 35. Impacto porcentual en los “Gastos de capital e inversión” – Catastro urbano – Estrato 4 y 5.

Fuente: Base SIM / BDE; MIDUVI; INEC

Elaboración: Propia

El estrato 4 contiene 8 GAD Municipales y el estrato 5 cuenta con 5 GAD Municipales que no tienen catastro urbano, en el estrato 4 el GAD de Buena

Fe de la provincia de Los Ríos es el que más debe invertir (8%) mientras que el GAD de Salcedo de la provincia de Cotopaxi el que menos debe invertir

(2%). En el estrato 5 el GAD de Riobamba perteneciente a la provincia de Chimborazo es el que más debe invertir (10%) mientras que el GAD de

Otavalo de la provincia de Imbabura es el que menos debe invertir (3%). Se debe considerar la expansión urbana de estos GAD ya que al estar entre

los estratos más altos es porque tienen una alta población, lo cual ha contribuido a que exista dicha expansión, sin embargo el impacto no es muy alto.

Estrato BEDE DPA Cantón Cantón

2.2 GASTOS

DE CAPITAL E

INVERSION

2.2.3.1 OBRA

PUBLICA

2.2.3.2

PERSONAL

PARA

INVERSION

2.2.3.3

BIENES Y

SERVICIOS

CONSUMO

INVER

A - Suma obra

pública, personal

para inversión y

bienes y serv

consumo inv

Area_haCosto unitario

por ha

Costo total ha

(Componente 1)

Población

urbana

Promedio por

hogar

Predios

urbanos

Costo unitario

por predio

Costo total por

predio

(Componente 2)

B - Costo total (Suma

componente 1 y 2)Impacto (B/A)

Estrato 4 1210 BUENA FE 4.840.691 2.431.349 1.233.293 549.904 4.214.546 975 75 73.092 44.936 4,13 10.880 24 261.129 334.222 8%

Estrato 4 0709 PASAJE 13.767.968 7.824.122 3.068.453 2.193.019 13.085.594 2.474 75 185.578 59.174 3,59 16.483 24 395.592 581.170 4%

Estrato 4 0706 EL GUABO 6.149.533 2.465.947 2.024.527 882.741 5.373.215 822 75 61.617 25.596 3,71 6.899 24 165.581 227.197 4%

Estrato 4 0502 LA MANA 9.805.353 2.694.149 2.529.452 1.735.111 6.958.712 792 75 59.368 28.166 3,76 7.491 24 179.783 239.151 3%

Estrato 4 0904 BALZAR 8.451.662 5.172.905 2.575.126 620.933 8.368.963 1.065 75 79.909 31.657 4,00 7.914 24 189.942 269.851 3%

Estrato 4 0911 NARANJAL 12.926.423 6.559.221 2.552.764 2.347.958 11.459.943 1.137 75 85.296 35.027 3,82 9.169 24 220.065 305.361 3%

Estrato 4 0303 CAÑAR 8.326.998 2.814.883 2.601.042 1.148.602 6.564.527 919 75 68.956 14.091 3,97 3.549 24 85.185 154.141 2%

Estrato 4 0505 SALCEDO 9.202.473 2.868.088 3.139.394 1.591.550 7.599.032 1.004 75 75.265 13.472 3,76 3.583 24 85.991 161.256 2%

Estrato 5 0601 RIOBAMBA 18.432.733 6.571.743 4.927.746 2.597.766 14.097.254 3.880 75 290.970 163.193 3,59 45.458 24 1.090.984 1.381.954 10%

Estrato 5 0701 MACHALA 42.470.598 23.828.138 5.823.566 8.749.565 38.401.269 4.124 75 309.330 256.632 3,69 69.548 24 1.669.151 1.978.482 5%

Estrato 5 1303 CHONE 11.328.544 4.255.522 3.174.420 2.517.760 9.947.702 1.883 75 141.235 53.796 4,10 13.121 24 314.903 456.139 5%

Estrato 5 0801 ESMERALDAS 26.646.325 8.004.952 11.138.266 3.238.137 22.381.356 3.132 75 234.882 109.890 3,97 27.680 24 664.322 899.204 4%

Estrato 5 1004 OTAVALO 16.639.683 9.341.307 3.004.973 3.233.221 15.579.502 3.421 75 256.593 43.468 4,10 10.602 24 254.447 511.040 3%

89

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90

Resultados del catastro rural:

Tabla N° 36. Impacto promedio porcentual de contar con un catastro

rural en el total de los gastos de inversión y capital.

Estrato Número de Cantones Promedio de impacto

Estrato 1 27 190%

Estrato 2 16 120%

Estrato 3 40 128%

Estrato 4 20 102%

Estrato 5 9 89%

Estrato 6 1 14%

Total general 113 133% Fuente: Base SIM / BDE; MIDUVI; INEC

Elaboración: Propia

La tabla 37, detalla el número de cantones que no cuentan con catastro rural

por estrato y el porcentaje promedio del impacto que implicaría contar con un

catastro rural sobre el total de sus gastos de inversión y capital considerando

las cuentas detalladas en la tabla 32 y por estrato. Es así que esta tabla nos

muestra que si los GAD invierten en promedio 133% del total de sus gastos de

capital e inversión podrían contar con un catastro rural actualizado. Es decir

el impacto de la LOOTUGS sobre la actualización catastral de las zonas rurales

es muy fuerte, por lo para contar con este catastro es necesario primero contar

con el apoyo del gobierno central, así como de contar con fuentes de

financiamiento externas a través de cooperación internación con recursos y

asistencia técnica.

El número de GAD que no cuentan con catastro rural es 2.57 veces más

respecto a los GAD que no cuentan con catastro urbano, y es el estrato 3 el que

contiene un mayor número de GAD sin catastro rural respecto al resto de

estratos, el estrato 6 siempre estuvo conformado por dos GAD Quito y

Guayaquil siendo este último el que no cuenta con catastro rural.

Como se detalla en la tabla 37 son 113 GAD cantonales que no cuentan con

catastro rural, el estrato 1 contiene 27 GAD, el estrato 2 contiene 16 GAD, el

estrato 3 contiene 40 GAD, el estrato 4 contiene 20 GAD, el estrato 5 contiene

9 GAD y el estrato 6 contiene 1 GAD.

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Tabla N° 37. Impacto porcentual en los “Gastos de capital e inversión” – Catastro rural por estrato.

Fuente: Base SIM / BDE; MIDUVI; INEC

Elaboración: Propia

ESTRATO

BEDE

DPA

ProvinciaPROVINCIA

DPA

CANTÓNCantón

2.2 GASTOS DE

CAPITAL E

INVERSION

2.2.3.1 OBRA

PUBLICA

2.2.3.2

PERSONAL

PARA

INVERSION

2.2.3.3 BIENES

Y SERVICIOS

CONSUMO

INVER

A - Suma obra

pública, personal

para inversión y

bienes y serv

consumo inv

Area_ha

Costo

unitario por

ha

Costo total ha

(Componente

1)

Población

rural

Promedio

por hogar

Predios

rurales

Costo

unitario por

predio

Costo total

por predio

(Componen

te 2)

B - Costo total

(Suma

componente 1

y 2)

Impacto

(B/A)

Estrato 1 16 PASTAZA 1604 ARAJUNO 6.143.693,42 1.365.926,67 1.626.391,69 1.728.441,58 4.720.759,94 526.432,37 75 39.482.428 5.915 6 1.049 24 25.170 39.507.598 837%

Estrato 3 14 MORONA SANTIAGO 1409 TAISHA 6.050.237,53 2.901.094,42 1.337.251,24 1.475.208,04 5.713.553,70 613.121,46 75 45.984.109 21.174 5 4.103 24 98.484 46.082.593 807%

Estrato 1 19 ZAMORA CHINCHIPE 1903 NANGARITZA 2.172.407,63 443.988,03 1.204.329,84 453.530,64 2.101.848,51 137.165,28 75 10.287.396 4.393 4 987 24 23.693 10.311.088 491%

Estrato 3 08 ESMERALDAS 0803 MUISNE 2.107.435,24 38.362,61 2.005.120,82 50.730,01 2.094.213,44 73.948,49 75 5.546.136 26.185 4 6.118 24 146.832 5.692.968 272%

Estrato 1 14 MORONA SANTIAGO 1410 LOGROÑO 3.716.911,63 1.337.796,60 1.125.406,65 883.661,62 3.346.864,87 117.668,09 75 8.825.106 5.003 5 1.032 24 24.757 8.849.864 264%

Estrato 3 08 ESMERALDAS 0802 ELOY ALFARO 9.522.241,89 4.186.681,66 3.643.245,67 1.272.406,89 9.102.334,22 302.582,01 75 22.693.651 38.166 4 8.557 24 205.378 22.899.029 252%

Estrato 3 15 NAPO 1503 ARCHIDONA 9.463.196,85 4.312.458,97 2.313.402,65 2.336.602,35 8.962.463,97 169.222,33 75 12.691.675 22.811 5 4.590 24 110.154 12.801.829 143%

Estrato 3 07 EL ORO 0710 PIÑAS 3.585.508,85 1.450.315,51 998.032,56 854.981,24 3.303.329,31 60.597,39 75 4.544.804 11.524 4 3.237 24 77.690 4.622.494 140%

Estrato 1 01 AZUAY 0110 OÑA 1.731.646,58 592.122,37 540.199,29 483.037,44 1.615.359,10 28.614,20 75 2.146.065 3.020 3 926 24 22.233 2.168.298 134%

Estrato 3 13 MANABI 1322 SAN VICENTE 4.323.428,09 1.344.533,80 1.829.976,79 1.029.455,66 4.203.966,25 71.924,15 75 5.394.311 13.848 4 3.654 24 87.692 5.482.003 130%

Estrato 3 07 EL ORO 0713 ZARUMA 3.997.782,56 671.475,01 2.140.645,14 1.089.687,81 3.901.807,96 65.026,71 75 4.877.004 15.621 4 4.351 24 104.430 4.981.434 128%

Estrato 3 13 MANABI 1313 SANTA ANA 6.724.860,53 2.142.022,03 2.037.511,74 1.943.744,63 6.123.278,40 99.349,29 75 7.451.197 39.569 4 9.512 24 228.283 7.679.480 125%

Estrato 2 13 MANABI 1307 JUNIN 3.251.662,78 697.666,06 1.679.369,70 558.793,77 2.935.829,53 26.428,96 75 1.982.172 13.834 4 3.502 24 84.055 2.066.227 70%

Estrato 2 07 EL ORO 0711 PORTOVELO 3.278.328,25 898.874,27 1.856.888,55 469.429,11 3.225.191,93 27.903,67 75 2.092.775 4.367 3 1.277 24 30.646 2.123.421 66%

Estrato 4 07 EL ORO 0712 SANTA ROSA 10.474.847,83 6.496.178,87 1.867.778,31 1.911.115,11 10.275.072,29 87.428,00 75 6.557.100 22.155 4 6.087 24 146.077 6.703.177 65%

Estrato 5 07 EL ORO 0701 MACHALA 42.470.598,15 23.828.138,47 5.823.565,83 8.749.564,69 38.401.268,99 33.134,79 75 2.485.109 16.626 4 4.506 24 108.137 2.593.246 7%

Estrato 5 13 MANABI 1308 MANTA 31.666.865,11 13.911.182,51 11.954.263,94 2.534.293,43 28.399.739,88 18.785,80 75 1.408.935 10.055 4 2.585 24 62.036 1.470.971 5%

Estrato 5 24 SANTA ELENA 2402 LA LIBERTAD 13.240.900,34 8.482.635,64 1.054.674,26 2.415.449,73 11.952.759,63 10,88 75 816 - 4 - 24 - 816 0%

91

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92

Para obtener la tabla 38, se calcularon los impactos de los 113 GAD que no

cuentan con catastro rural, se aplicó la misma fórmula que se utilizó para

medir los impactos en los GAD que no cuentan con catastro urbano, es decir se

obtuvo dos valores importantes:

a. El gasto en obra pública, personal para inversión y bienes y servicios de

consumo de inversión de los 113 GAD detallados en la tabla 38.

b. El costo total del contar con un catastro rural que es igual a la suma del

componente 1 (costo total por ha) y del componente 2 (costo total por

predio).

Para obtener los impactos se dividió lo detallado en el ítem b sobre lo detallado

en el ítem a.

Posteriormente y con el fin de facilitar el análisis se obtuvo el impacto

porcentual promedio de los 113 GAD, siendo este de 133%, los GAD que se

encuentran sobre la media son 38 GAD y 75 los que están bajo la media. Se

obtuvo un nueva media de los 38 y 75 GAD, respectivamente, considerándolos

a estos como una “distribución independiente”, finalmente se escogieron 3

GAD que estén al final de cada una de las distribuciones (2 distribuciones una

la que está sobre la media de 133% y otra con los que están bajo esta misma

media), 3 GAD que están en la media de cada distribución y 3 GAD que están al

final de cada una de las distribuciones.

Con estos 9 GAD que están sobre la media y bajo la media de 133%, se obtuvo

la tabla 38. En esta tabla se puede visualizar que el impacto más grande de un

levantamiento o actualización catastral tendría el GAD de Arajuno de la

provincia de Pastaza, siendo el impacto de 837% del total de sus finanzas, esto

se debe principalmente a la cantidad de hectáreas que este cantón tiene, y este

fenómeno es similar en los cantones de la Amazonía Ecuatoriana,

considerando que en esta región hay extensos territorios que son parte de las

reservas naturales es necesario que se trabaje mancomunadamente entre las

entidades del ejecutivo y GAD Municipales, para contar con mapas o

información temática que permitan conocer claramente cómo se encuentran

estos territorios, así como reducir costos.

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93

Los GAD que están alrededor de la media son Oña de Azuay y San Vicente de

Manabí, con un impacto de 134% y 130%, respectivamente. Esto se debe a que

sus gastos de capital e inversión de las cuentas consideradas para este análisis

se encuentran por debajo del promedio de los 113 GAD, con estos datos se

puede decir que su capacidad de gasto no es muy fuerte, por lo que son GAD

pequeños y esto se corrobora con el estrato en el que se encuentran, estrato 1

y 3, respectivamente.

Finalmente el GAD que menos debe invertir es el GAD de La Libertad de la

Provincia de Santa Elena esto se debe a que no cuenta con población rural

según las proyecciones del INEC, lo que causa un impacto ínfimo, sin embargo

este dato podría cambiar con el nuevo censo de población y vivienda que se

llevará a cabo en el 2020,

4.2.2. Impacto en los Ingresos

Para determinar el impacto en los ingresos de los GAD que no cuentan con

catastro urbano y/o rural, se trabajó considerando los siguientes supuestos:

Se estableció una ponderación de 1, para los GAD que no cuentan con

un solo catastro ya sea urbano o rural, posteriormente se aplicó esta

ponderación en los ingresos que obtuvieron en el año 2015 por

concepto de catastro urbano o rural, según sea el caso. Ejemplo:

Guayaquil no tiene catastro rural pero recaudó 1 millón 142 mil en el

año 2015 (que representa el 10% de lo que recauda en el ámbito

urbano) y es a este valor al que se le aplicó la ponderación, ya que hay

que aclarar que a pesar que los GAD no cuentan con un catastro

multifinalitario y completo estos GAD recaudan con mecanismos muy

desactualizados, según sea el caso.Por lo tanto se asumió que si ya

contarán con el catastro que les falta incrementarían al menos en la

misma cantidad sus ingresos.

Se estableció una ponderación de 2, para los GAD que no cuentan con

los dos catastros urbano y rural, posteriormente se aplicó esta

ponderación en los ingresos que obtuvieron en el año 2015 por

concepto de catastro urbano y rural, a pesar que los GAD no cuentan

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94

con un catastro multifinalitario y completo estos GAD recaudan con

mecanismos muy desactualizados. Por lo tanto se asumió que si ya

contarán con el catastro que les falta incrementarían al menos en la

misma cantidad sus ingresos, los ingresos de estos GAD serán en mayor

magnitud, ya que al no contar con catastro no se sabe a ciencia cierta si

los valores que se los realiza actualmente consideran los distintos

factores que contemplan los catastros.

Para los GAD que cuentan con catastro rural y urbano se los representó

con el número 0, para este segmento los ingresos de estos GAD no

variarían ya que al contar con catastro se supone que los ingresos que

perciben por este rubro son reales. Para este análisis no se han tomado

en cuenta a los GAD que cuentan con catastros actualizados tanto

rurales como urbanos.

A pesar de que logren estos GAD contar con un catrasto levantado y/o

actualizado ya sea urbano o rural, sus ingresos no se incrementarían a corto

plazo, este incremento se verá reflejado a mediano o a largo plazo, ya que una

vez obtenidos los valores reales de dichos estudios catastrales, se aplicaría

tasas progresivas por distintos factores a los predios, estos ingresos sería ya

apegados a la realidad de cada GAD. No podemos decir que sus ingresos se

duplicarían ya que esta hipótesis depende del catastro y de la mejora en la

prestación de servicios básicos que se brinde a la ciudadanía de sos territorios

por parte de los GAD.

A continuación en la siguiente tabla podemos ver que estos GAD recaudan por

impuesto predial urbano y rural un determinado valor, pero no es un valor

real, ya que no cuentan con un catastro urbano o real.

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95

Tabla N° 38. Impacto en los “Ingresos por recaudación de catastro

urbano y rural” en dólares por estrato.

Estrato

Base

GAD que no cuentan

con Catastro Urbano

y/o Rural

Incremento en los

ingresos

urbano y rural

Incremento en

los ingresos

urbanos

Incremento

en los

ingresos

Rurales

Estrato 1 28 359.865,35 21.377,67 146.657,26

Estrato 2 19 165.572,59 185.808,13 430.238,53

Estrato 3 44 773.059,37 255.712,92 1.762.375,71

Estrato 4 22 2.150.323,02 359.429,32 1.015.104,54

Estrato 5 11 3.367.283,45 2.103.835,18 934.568,99

Estrato 6 1

1.141.782,32

Fuente: Base SIM / BDE; MIDUVI; INEC

Elaboración: Propia

Esta tabla refleja que en todos los estratos hay GAD que a pesar de no poseer

catastros urbanos y/o rurales, recaudan valores por impuesto predial sin

tener una base bien fundamentada en el valor a pagar por cada predio, a

medida que los GAD son más grandes sus recaudaciones incrementan de la

mano. Hay que tomar en cuenta que si se invirtiera en realizar en actualizar los

catastros los ingresos por dicho rubro serían más eficientes ya que se reflejaría

el valor real de cada predio, haciendo que los valores por impuesto predial

sean más justos y progresivos, lo que en el mejor de los casos los ingresos para

cada GAD aumentarían supuestamente hasta el doble de la recaudación actual.

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96

INFORME FINAL

DISCUSIÓN

BASE LEGAL Y ANTECEDENTES

El presente trabajo de investigación se basó en la siguiente normativa legal:

Constitución Política de La Republica

Código Orgánico de Planificación Y Finanzas Publicas

Código Orgánico de Organización Territorial

Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial Uso y Gestión Del Suelo

Metodología de Planes de Ordenamiento Territorial- Secretaria

Nacional de Planificación y Desarrollo

ANÁLISIS DE LA INFORMACIÓN PRESUPUESTARIA

GAD MUNICIPALES AÑO 2015

El proceso de descentralización fiscal busca transferir facultades desde el

Gobierno Central a los Gobiernos Autónomos Descentralizados para que estos

puedan manejar sus propios recursos en procura de una mejor prestación de

servicios, esta lógica pretende atender con mayor eficiencia los servicios

solicitados por la ciudadanía, y esta eficiencia, en teoría está dada por la

cercanía que tienen los GAD con su circunscripción territorial.

Respecto al presupuesto de los GAD el COOTAD en el capítulo VII determina

que este se ajustará a los planes regionales, provinciales, cantonales y

parroquiales respectivamente, en el marco del Plan Nacional de Desarrollo, sin

menoscabo de sus competencias y autonomía.

Identificación de los GAD analizar según estrato

Para este análisis de los Gobiernos Autónomos Municipales, se usó la

estratificación utilizada por Banco de Desarrollo del Ecuador.

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97

Tabla N° 1. Estratificación actualizada al 2015 GAD Municipales

Estrato Delimitación

Cantidad

Municipios % Población

Estrato 1 1 - 9.999 44 2%

Estrato 2 10.000 - 19.999 43 4%

Estrato 3 20.000 - 49.999 70 14%

Estrato 4 50.000 - 99.999 37 16%

Estrato 5 100.000 -1.000.000 25 33%

Estrato 6 > 1.000.000 2 32%

Fuente: Banco de Desarrollo del Ecuador e INEC.

Elaboración: Propia

Composición de los ingresos

Según lo establecido en el Art. 171 del COOTAD los tipos de recursos

financieros de los GAD:

Ingresos:

Ingresos propios: son ingresos generados por el propio GAD .

Transferencias del PGE a los GAD están dados por:

a) Modelo de Equidad Territorial: Garantizar una provisión equitativa de

bienes y servicios públicos, relacionados con las competencias

exclusivas de cada nivel de gobierno autónomo descentralizado

b) Nuevas competencias: Garantizar que los gobiernos autónomos

descentralizados asuman las nuevas competencias que estaban siendo

ejercidas por el gobierno central.

Participación en las rentas de explotación o industrialización de

recursos naturales no renovables.

a) Explotación de recursos naturales no renovables: Compensar a los

gobiernos autónomos descentralizados por la explotación de recursos

naturales no renovables, los efectos negativos de su explotación y la

disminución del patrimonio nacional. La ley 010 y la ley 0472.3. Ingresos

más representativos

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98

Bajo este contexto legal y con el fin de revisar la estructura de los ingresos de

los GAD Municipales, se utilizará la Base SIM (Sistema de Información

Municipal) elaborada por el Banco de Desarrollo para el año 2015, en esta base

la composición de los ingresos está dada por cuatro grande grupos y en los que

se agrupan indistintamente los ingresos anteriormente mencionados, pero

guardan concordancia con el COOTAD. Estos son:

Ingresos propios

Transferencias corrientes

Ingresos de capital

Fuentes de financiamiento

Los ingresos de capital concentran el 40% de los ingresos totales. Mientras que

los ingresos propios, es decir los ingresos que están dados por la recaudación

de su gestión en la prestación de bienes y servicios en su circunscripción

territorial representan el 21% de los ingresos totales.

Los ingresos de capital son los que fondean en mayor medida a los GAD

Municipales, y ya que dichos ingresos están determinados por las

transferencias de capital los mismos que contienen como subcuentas a las

transferencias que realiza el Gobierno Central a este nivel de gobierno, se

puede concluir que el Gobierno Central financia en promedio el 40% de los

ingresos totales de los GAD Municipales.

Entrando en materia de catastro, se analizó las cuentas de recaudación por

concepto impuesto predial urbano y rural, ya que el resto de partidas

presupuestarias no dan cuenta del tema catastral. En este sentido los valores

recaudados por este concepto al año 2015 son:

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99

Tabla N° 2. Recaudación por impuesto predial urbano y rural.

Cifras en dólares

ESTRATO

BEDE

1.1 INGRESOS

PROPIOS

1.1.1 INGRESOS

TRIBUTARIOS

1.1.1.2 A LOS

PREDIOS

URBANOS

1.1.1.3

IMPUESTO A

PREDIOS

RURALES

1.1.3 INGRESOS

NO TRIBUTARIOS

Estrato 1 16.742.732,97 9.371.833,52 819.035,25 584.896,95 7.370.899,45

Estrato 2 24.059.878,19 12.083.076,67 1.427.180,12 1.392.529,70 11.976.801,52

Estrato 3 81.540.704,24 36.733.280,30 5.217.020,41 4.149.871,05 44.807.423,94

Estrato 4 134.663.270,30 73.871.454,84 11.396.297,42 4.328.943,26 60.791.815,46

Estrato 5 304.589.519,13 192.590.949,17 28.665.669,11 5.474.689,38 111.998.569,96

Estrato 6 436.844.048,08 308.123.946,04 58.691.291,25 2.637.863,60 128.720.102,04

Fuente: BASE SIM

Elaboración: Propia

A pesar que el insumo principal para el ordenamiento territorial que

comprende el uso y gestión del suelo, es el catastro, según lo establece la

LOOTUGS. La recaudación de los ingresos por impuesto predial apenas

representa en promedio el 14% en los predios urbanos y el 6% en los predios

rurales.

Modelo de equidad territorial

Responde a la asignación directa que se realiza desde el Presupuesto General

del Estado hacia los tres niveles de Gobierno sub - nacionales, Provincias,

Municipios y Parroquias. El COOTAD en su artículo 192 los Gobiernos

Autónomos Descentralizados participarán del 21% de los ingresos

permanentes y del 10% de los ingresos no permanente del presupuesto

general del estado, estos montos se distribuirán en 27% para los GAD

Provinciales, 67% GAD Municipales y 6% GAD parroquiales rurales. Dichos

montos se dividen en dos tramos denominados: Monto A y Monto B.

El primero responde a los valores que se distribuyeron en el año 2010, de

alguna forma respetando el valor con el que contaban los GAD hasta ese año,

mientras que el Monto B se reparte según siete criterios constitucionales, los

cuales propenden a la equidad territorial.

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100

Composición de los gastos

Los egresos fiscales según lo establece el Código de planificación y finanzas

públicas en su Art. 79 se clasifican en; egresos permanentes de carácter

operativo que requieren repetición permanente y permiten la provisión

continua de bienes y servicios públicos a la sociedad, y los egresos no-

permanentes son egresos de recursos públicos que se efectúan con carácter

temporal, por una situación específica, excepcional o extraordinaria que no

requiere repetición permanente.

Los gastos son; Corrientes y de producción, de Capital e Inversión, Servicios de

la Deuda, Inversiones Financieras y Pasivo Circulante.

Gastos más representativos

Corrientes y de producción son el 19%, de Capital e Inversión el 79%, Servicios

de la Deuda 4%, Inversiones Financieras 1% y Pasivo Circulante 3%

La estructura de gastos es similar para cada estrato, el estrato 6 al ser el de los

GAD más grandes Quito y Guayaquil, invierte más y a su vez este estrato es el

único que tiene inversiones financieras las mismas que representan el 4% del

total de su gasto, al igual tiene un porcentaje del 5% en servicio de la deuda,

los gastos corrientes o de producción representan el 11% mientras que en los

GAD del estrato 1, su gasto corriente y de producción es del 21%.

A nivel de servicio de la deuda se puede observar que todos los GAD incurren

en esta cuenta, para el estrato 1 al 4 su concentración es de 3%, mientras que

pare el estrato 5 es del 4%, con estos datos se puede determinar que todos los

GAD Municipales tienen deudas a largo plazo contraídas, mientras que sus

pasivos circulantes varían entre el 1% y 5%, siendo el estrato 3 el de la

concentración más alta en pasivo circulante, por lo que los GAD que conforman

este nivel de gobierno deben tener una mayor cantidad de recursos en caja

para cumplir con sus exigibles a corto plazo.

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101

ANALISIS COMPARTIVO ENTRE LAS FINANANZAS DE

LOS GAD Y LA LOOTUGS

Alcance del catastro urbano y rural

La Normativa técnica para catastro de bienes inmuebles urbanos, rurales,

expida por Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda en su Art. 2.-

Definiciones, determina los tipos de catastro: Catastro Económico, Catastro

Físico, Catastro Jurídico, Catastro Temático, Catastro Territorial

Multifinalitario (CTM). Los GAD deberán integrar toda la información

económica, física, jurídica y de uso del suelo a nivel predial y así contar con un

Catastro Multifinalitario urbano y rural de su cantón. La actualización del

catastro no solo contribuye a que los GAD puedan tener identificado como se

encuentra su territorio y así determinar y focalizar la prestación de servicios

públicos de su competencia, así como también la actualización catastral

permite al GAD potencializar y maximizar sus ingresos por recaudación

impuesto predial urbano y rural.

Para obtener el costo final referencial y mínimo de la actualización o

levantamiento de información del catastro nacional, se tuvo que eliminar a los

cantones que conforman la provincia de Galápagos, esto en razón de que no se

disponía de la real extensión territorial en la que se debería catastrar

considerando que hay hectáreas que son de conservación natural y que no se

pueden considerar, por lo que las tablas consideran el análisis y cálculo de 218

cantones.

En base a los datos obtenidos se determina que: 1.956 millones de dólares

costaría el levantamiento de información básica para el catastro

multifinalitario, es decir estos costos no incluyen los valores de mapas

temáticos, entendiendo a estos como mapas de:

Tipos de vías

Altura de edificaciones

Comercio y servicios

Uso de suelo

Servicio de transporte

Servicios básicos

Servicios complementarios

Socio económico, etc.

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102

Es decir mapas que den cuenta de la realidad de cada cantón, ya que esto implicaría

un estudio muy específico por GAD. Tampoco este costo obtenido incluye el valor

de la implementación de un sistema informático para recaudación.

Avance del Catastro e impacto de la Lootugs en las finanzas

de los GAD Municipales

Tabla N°3. Resumen de estado del catastro urbano de los GAD Municipales.

Fuente y elaboración: Senplades.

Tabla N°4. Resumen de estado del catastro rural de los GAD Municipales.

CATASTRO RURAL

GAD que actualizan su catastro con créditos del BDE 8

GAD que cuentan con catastro a través de SIGTIERRAS 56

GAD que cuentan con catastro y sistemas propios 41

GAD que NO cuentan con catastro rural georeferenciado 113

TOTAL 218

Fuente y elaboración: Senplades

Impacto en los gastos

Para obtener los impactos se realizó una división entre el costo de actualización o

levantamiento catastral (numerador) y el gasto de capital e inversión

(denominador) de los cantones que no cuentan con catastro urbano y

posteriormente del rural. Con esto se obtiene el porcentaje que representaría

invertir en catastro sobre su actual gasto de capital e inversión.

Resultados del catastro urbano:

CATASTRO URBANO

GAD que actualizan su catastro con créditos del BDE 142

GAD que cuentan con catastro y sistemas propios 32

GAD que NO cuentan con catastro urbano georeferenciado 44

TOTAL 218

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103

Tabla N° 5. Impacto promedio porcentual de contar con un catastro urbano

en el total de los gastos de inversión y capital.

Estrato Número de Cantones Promedio de impacto

Estrato 1 14 1%

Estrato 2 6 3%

Estrato 3 11 2%

Estrato 4 8 4%

Estrato 5 5 5%

Total general 44 3%

Fuente: Base SIM / BDE; MIDUVI; INEC

Elaboración: Propia

Es así que si los GAD invierten en promedio 133% del total de sus gastos de capital

e inversión podrían contar con un catastro rural actualizado. El impacto de la

LOOTUGS sobre la actualización catastral de las zonas rurales es muy fuerte, es

necesario primero contar con el apoyo del gobierno central, así como de contar con

fuentes de financiamiento externas a través de cooperación internacional

reflejadas en asistencia técnica.

El número de GAD que no cuentan con catastro rural es 2.57 veces más respecto a

los GAD que no cuentan con catastro urbano, y es el estrato 3 el que contiene un

mayor número de GAD sin catastro rural respecto al resto de estratos, el estrato 6

siempre estuvo conformado por dos GAD Quito y Guayaquil siendo este último el

que no cuenta con catastro rural.

Son 113 GAD cantonales que no cuentan con catastro rural, el estrato 1 contiene

27 GAD, el estrato 2 contiene 16 GAD, el estrato 3 contiene 40 GAD, el estrato 4

contiene 20 GAD, el estrato 5 contiene 9 GAD y el estrato 6 contiene 1 GAD.

Impacto en los Ingresos

Para determinar el impacto en los ingresos de los GAD que no cuentan con catastro

urbano y/o rural, se trabajó considerando los siguientes supuestos:

Se estableció una ponderación de 1, para los GAD que no cuentan con un

solo catastro ya sea urbano o rural, posteriormente se aplicó esta

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104

ponderación en los ingresos que obtuvieron en el año 2015 por concepto de

catastro urbano o rural, según sea el catastro que no tienen.

Se estableció una ponderación de 2, para los GAD que no cuentan con los

dos catastros urbano y rural, posteriormente se aplicó esta ponderación en

los ingresos que obtuvieron en el año 2015 por concepto de catastro urbano

y rural, a pesar que los GAD no cuentan con un catastro multifinalitario y

completo estos GAD recaudan con mecanismos muy desactualizados

Para los GAD que cuentan con catastro rural y urbano se los representó con

el número 0, para este segmento los ingresos de estos GAD no variarían ya

que al contar con catastro se supone que los ingresos que perciben por este

rubro son reales.

A pesar de que logren estos GAD contar con un catastro levantado y/o actualizado

ya sea urbano o rural, sus ingresos no se incrementarían a corto plazo, este

incremento se verá reflejado a mediano o a largo plazo, ya que una vez obtenidos

los valores reales de dichos estudios catastrales, se aplicaría tasas progresivas por

distintos factores a los predios, estos ingresos sería ya apegados a la realidad de

cada GAD. No podemos decir que sus ingresos se duplicarían ya que esta hipótesis

depende del catastro y de la mejora en la prestación de servicios básicos que se

brinde a la ciudadanía de sus territorios por parte de los GAD.

A continuación en la siguiente tabla podemos ver que estos GAD recaudan por

impuesto predial urbano y rural un determinado valor, pero no es un valor real, ya

que no cuentan con un catastro urbano o real.

Tabla N° 6. Impacto en los “Ingresos por recaudación de catastro urbano y

rural” en dólares por estrato.

Estrato

Base

GAD que no

cuentan con

Catastro

Urbano y/o

Rural

Incremento en

los ingresos

urbano y rural

Incremento en

los ingresos

urbanos

Incremento en

los ingresos

Rurales

Estrato 1 28 359.865,35 21.377,67 146.657,26

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105

Estrato 2 19 165.572,59 185.808,13 430.238,53

Estrato 3 44 773.059,37 255.712,92 1.762.375,71

Estrato 4 22 2.150.323,02 359.429,32 1.015.104,54

Estrato 5 11 3.367.283,45 2.103.835,18 934.568,99

Estrato 6 1

1.141.782,32

Esta tabla refleja que en todos los estratos hay GAD que a pesar de no poseer

catastros urbanos y/o rurales, recaudan valores por impuesto predial sin tener una

base bien fundamentada en el valor a pagar por cada predio, a medida que los GAD

son más grandes sus recaudaciones incrementan de la mano. Hay que tomar en

cuenta que si se invirtiera en realizar en actualizar los catastros los ingresos por

dicho rubro serían más eficientes ya que se reflejaría el valor real de cada predio,

haciendo que los valores por impuesto predial sean más justos y progresivos, lo

que en el mejor de los casos los ingresos para cada GAD aumentarían

supuestamente hasta el doble de la recaudación actual.

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106

Conclusiones

1. La base legal determina que el Estado Ecuatoriano debe gobernarse de

forma descentralizada, a través de niveles de gobierno sub-nacional los

mismos que serán autónomos política, administrativa y financieramente. A

partir de la vigencia del Cootad en el año 2010, se norman los aspectos de

la Descentralización, reflejada principalmente a través del ejercicio de

competencias, manejo de sus recursos y la organización territorial ejercida

por los GAD. En este sentido son los GAD Municipales los que tienen un

mayor número de competencias para trabajar, en comparación con los

otros niveles de Gobierno Sub-nacional. Los GAD Municipales son los

encargados de la competencia de ordenamiento territorial, es así que la

LOOTUGS, ley orgánica que se expide posteriormente al terremoto ocurrido

en abril de 2016, que afecto a varios cantones principalmente de la Costa

Ecuatoriana, por lo que está ley establece los parámetros que deben cumplir

los GAD Municipales para en el uso y gestión de suelo, entendiéndose a esto

como la planificación del suelo urbano y rural de sus cantones y para que

este debe ser utilizado (si es para vivienda, uso agrícola, industrial, de

comercio etc..), sin embargo para organizar u ordenar sus territorios es

necesario saber cómo están actualmente organizados, lo cual se logra a

través de la actualización catastral, por lo cual la LOOTUGS en la transitoria

novena y el Acuerdo del MIDUVI sobre “NORMAS TECNICAS PARA dan

plazo a los GAD de dos años para contar con un catastro geo-referenciado,

con esta información se evitaría asentamientos humanos irregulares y que

se encuentran en peligro por deslaves, catástrofes naturales o por

salubridad al carecer de servicios básicos, si se hubiese contado con un

catastro multifinalitario geo-referenciado en el terremoto se hubiese sabido

rápidamente cuales son las casas que se cayeron, cuantos pisos, cuántas

familias y tal vez se hubiese evitado una expansión urbana insegura previo

al terrible incidente.

2. Los GAD municipales son analizados a través de la estratificación del Banco

de Desarrollo BDE, el mismo que los estratifica por medio del número de

población al año 2010, esta información se actualizó al 2015 (año de

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107

análisis) tomando en cuenta las proyecciones poblacionales del INEC, la

metodología en mención divide a los GAD Municipales en 6 estratos siendo

el estrato 1 el que tiene una menor concentración de población y el estrato

6 el que contiene una mayor concentración de población. Los ingresos de

los GAD están dados por: i) Ingresos propios - principalmente recaudación

resultado del ejercicio de sus competencias; ii) Transferencias del PGE -

Modelo de Equidad Territorial y por Nuevas competencias; iii) Otro tipo de

transferencias, legados y donaciones - Fondos recibidos sin

contraprestaciones del sector interno o externo; iv) Participación en las

rentas de explotación o industrialización de recursos naturales no

renovables - La ley 010 Fondo para el Eco- desarrollo Regional Amazónico

y de fortalecimiento de sus organismos seccionales y ley 047 establece la

asignación del 5% de la venta de energía originada en las centrales

hidroeléctricas de Paute, Pisayambo y Agoyán en beneficio de las provincias

de Azuay, Cañar, Morona Santiago y Tungurahua. Sin embargo estos

ingresos en la Base SIM que es la que se utiliza en este análisis agrupa los

ingresos antes mencionados de manera indistinta, pro guardando

coherencia con el marco jurídico.

3. La Base SIM muestra que los ingresos más representativos de los GAD

Municipales son los ingresos de capital, los GAD del Estrato 1 tienen una

concentración del 54% por mientras que el Estrato 6 tienen una

concentración del 38% en comparación con el resto de ingresos. Los

ingresos de capital están compuestos por la venta de activos; transferencias

de capital; recuperación de inversiones; siendo la cuenta de trasferencias

de capital la que pesa entre el 99% y 100% de ingresos de capital es decir

son las transferencias realizadas por el Gobierno Central el que financia en

promedio el 44% de los ingresos de los GAD Municipales. El segundo

ingreso que está fondeando a los GAD Municipales son los empréstitos o

fuentes de financiamiento en promedio financia con el 28%. Por lo que los

ingresos de los GAD de este nivel están dados en más del 60% por ingresos

que no provienen del ejercicio de sus competencias. Entrando en materia

de catastro, las cuentas de recaudación por concepto impuesto predial

urbano y rural son las partidas que dan cuenta de este tema. En este sentido

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108

la recaudación de los ingresos por impuesto predial apenas representa en

promedio el 14% en los predios urbanos y el 6% en los predios rurales.

4. Los egresos fiscales según lo establece el Código de planificación y finanzas

públicas Art. 79 se clasifican en egresos permanentes y no permanentes.

Los egresos permanentes son egresos de recursos públicos que se efectúan

con carácter operativo que requieren repetición permanente y permiten la

provisión continua de bienes y servicios públicos a la sociedad, estos no

generan directamente acumulación de capital o activos públicos. Los

egresos no-permanentes son egresos de recursos públicos que se efectúan

con carácter temporal no requiere repetición permanente. Los egresos no-

permanentes pueden generar directamente acumulación de capital bruto o

activos públicos o disminución de pasivos, en estos egresos se consideran

también los gastos de inversión. Los Gastos más representativos a nivel

Municipal son los Gastos de Capital e Inversión ya que representan en

promedio el 72% del total de gastos, son los GAD del estrato 6 los que tienen

una mayor inversión con 79% de la misma forma son estos GAD los únicos

que tiene inversiones financieras las mismas que representan el 4% del

total de su gasto, y el porcentaje del 5% en servicio de la deuda es el más

alto. Sin embargo al analizar la composición de la cuenta de inversión nos

encontramos que sus gastos en inversión están dados por personal para

inversión en 28% promedio de todos los estratos y obra pública en

promedio el 39%, por lo que el Gasto en Inversión está determinado en

proporciones casi iguales entre el personal para inversión y obra pública.

5. La Normativa técnica para catastro de bienes inmuebles urbanos, rurales,

expedida por Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda en su Art. 2.-

Definiciones, determina los tipos de catastro siendo el catastro multi -

finalitario el que integra todos los tipos de catastro, por lo que al artículo en

mención lo define como “el modelo catastral que relaciona los Datos

Catastrales Básicos registrados en el Inventario Catastral Básico de la

Entidad Catastral Territorial, con los Catastros Temáticos”, es así que el GAD

deberá integrar toda la información económica, física, jurídica y de uso del

suelo a nivel predial y así contar con un Catastro Multifinalitario que incluya

lo urbano y rural de su cantón. La actualización del catastro no solo

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109

contribuye a que los GAD puedan tener identificado como se encuentra su

territorio y así determinar y focalizar la prestación de servicios públicos de

su competencia, así como también la actualización catastral permite al GAD

potencializar y maximizar sus ingresos por recaudación impuesto predial

urbano y rural.

6. El impacto de la LOOTUGS se da tanto a nivel de ingresos (recaudación de

impuesto predial urbano y rural) pero este es efecto a mediano plazo o largo

plazo de la inversión que se debe realizar, por lo que para la actualización

catastral la cuenta presupuestaria que primero se impacta es la de gastos

en inversión, inversión en obra pública, personal para inversión, bienes y

servicio de consumo ya que estas tres cuentas tienen como subcuenta

Planes de Desarrollo y catastro, y el impacto es en esta cuenta específica,

actualmente ésta subcuenta no cuenta con valores en la base SIM para el

año 2015, es decir este año no existió una inversión en actualización

catastral. Para determinar los gastos aproximados que implicara para los

GAD con un catastro actualizado se tomó el documento “Taller estimación

valor levantamiento catastro urbano a nivel nacional” elaborado por el

Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda - MIDUVI en el año 2011, no

existe más información oficial que pueda dar cuenta del costo real que

implica la actualización catastral, este documento establece dos grandes

componentes para el costo total 1. Costos aproximados de cartografía por

hectárea 75USD; y, 2. Costos aproximados de re levantamiento por predio

24USD, por lo cual el costo de actualización catastral para los GAD

cantonales excluyendo los cantones de Galápagos sería de 1.956 Millones

de USD estos costos no incluyen los valores de mapas temáticos como tipo

de vías, altura de edificaciones, comercio y servicios, uso de suelo, servicio

de transporte, servicios básicos, servicios complementarios etc... pues esto

implicaría un estudio muy específico por GAD. Se excluyeron a los 3 GAD de

la región Insular esto en razón que no se dispone de la superficie terrestre

que efectivamente debe ser urbana y rural, ya que esta es una región con un

alto porcentaje de superficie de conservación.

7. Los GAD que no disponen catastro urbano (44 GAD) y catastro rural (113

GAD), excluyendo a los 3 GAD de la región Insular. los impactos se midieron

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110

aplicando una división entre el costo de actualización o levantamiento

catastral (numerador) y el gasto de capital e inversión (denominador) de

los cantones que no cuentan con catastro urbano y posteriormente rural.

8. Si los GAD invierten en promedio un 3% del total de sus gastos de capital e

inversión podrían contar con un catastro urbano actualizado. Es decir el

impacto de la LOOTUGS sobre la actualización catastral de las zonas

urbanas es mínima, por lo que los GAD que no cuentan con este catastro

podrían levantar esta información con una focalización y priorización de

gastos.

9. Si los GAD invierten en promedio 133% del total de sus gastos de capital e

inversión podrían contar con un catastro rural actualizado. Es decir el

impacto de la LOOTUGS sobre la actualización catastral de las zonas rurales

es muy fuerte, por lo que para contar con este catastro es necesario primero

contar con el apoyo del gobierno central, así como de contar con fuentes de

financiamiento externas a través de cooperación internacional.

10. El impacto en los ingresos de los GAD que no cuentan con catastro urbano

y/o rural, se calculó a través del supuesto principal de que incrementarían

al menos en la misma cantidad sus ingresos si actualizan sus catastros, ya

que a pesar de que no cuenten con catastro estos GAD están recaudando

valores, es así que se consideró una ponderación de 1 para los GAD que no

cuentan con un solo catastro ya sea este urbano o rural, posteriormente se

aplicó esta ponderación en los ingresos que obtuvieron en el año 2015 ya

sea por concepto de catastro urbano o rural, según sea el catastro. Se

estableció una ponderación de 2, para los GAD que no cuentan con los dos

catastros urbano y rural, posteriormente se aplicó esta ponderación en los

ingresos que obtuvieron en el año 2015 por concepto de catastro urbano y

rural, a pesar que los GAD no cuentan con un catastro multifinalitario y

completo estos GAD recaudan con mecanismos desactualizados. Para los

GAD que cuentan con catastro rural y urbano se los representó con el

número 0, para este segmento los ingresos de estos GAD no variarían. Los

ingresos de los GAD que actualmente no cuentan con catastro urbano y/o

rural sus ingresos se incrementarían en 6.82 millones USD

aproximadamente.

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111

BIBLIOGRAFÍA

Constitución de la República del Ecuador, 2008

Plan Nacional para el Desarrollo / Plan Nacional para el Buen Vivir, 2013 -

2017

Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y

Descentralización, 2010

Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión de Suelo, 2016

Vásquez Alfredo, Perú 2008, Tomado de :

http://colbertgarcia.blogspot.com/2008/04/metodo-deductivo-y-

metodo-inductivo.html

Base Sistema de Información Municipal, Banco del Estado, 2015.

Senplades

Taller estimación valor levantamiento catastro urbano a nivel nacional,

Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda, 2011.

Promedio de personas por hogar, Instituto Nacional de Estadísticas y

Censos – INEC, Censo de Población y Vivienda 2010.

Normativa técnica para catastro de bienes inmuebles urbanos, rurales,

Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda

Descentralización Fiscal, Comisión Económica para América Latina y El

Caribe (CEPAL), 2011.

Descentralización Fiscal, Comisión Económica para América Latina y El

Caribe (CEPAL), 2011.

Senplades, Preguntas frecuentes sobre descentralización fiscal en el

Ecuador.

Resoluciones del Consejo Nacional de Competencias.

COMISION ECONOMICA PARA AMERICA LATINA Y EL CARIBE,

Descentralización Fiscal: Marco Conceptual, Proyecto Regional de

Descentralización Fiscal CEPAL –GTZ, Santiago de Chile, 1993

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112

Anexos

Entrevistas

I. Wendy Santos – Analista de Información Senplades

1. ¿Sabe de que trata la LOOTUGS ?:

Sí x

No Fin de la entrevista

2. ¿Considera usted que todos los GAD Municipales están en la capacidad de cumplir con el siguiente apartado legal de la LOOTUGS?:

No x

¿Por qué? Los GAD aún no evidencian la importancia, beneficios y la necesidad de un catastro para su ordenamiento territorial

…………………………………………………………………………………

3. ¿Considera usted que la LOOTUGS contribuirá a mejorar los problemas de catastro de los GAD Municipales?:

No x

4. ¿Cree usted que la LOOTUGS genera impacto en las finanzas (ingresos y gastos) de los GAD Municipales?:

Sí x

No

5. ¿Cree usted que los GAD Municipales están en la capacidad financiera de actualizar sus catastros?:

Sí x

No

¿Por qué? Si existe una adecuada administración de los recursos acorde a las necesidades y requerimientos de los GADs

6. ¿Qué recomendación usted haría sobre esta ley y su vinculación con las finanzas de los GAD Municipales?:

Ingeniera Geógrafa Wendy Santos

Analista de Información

Entrevista sobre la Ley de Orgánica de Ordenamiento Territorial Uso y Gestión del Suelo - LOOTUGS y las finanzas de los GAD Municipales

DISPOSICIÓN TRANSITORIA NOVENA.- Para contribuir en la actualización del Catastro Nacional Integrado Georreferenciado, los Gobiernos

Autónomos Descentralizados municipales y los metropolitanos, realizarán un primer levantamiento de información catastral, para lo cual contarán

con un plazo de hasta dos años, contados a partir de la expedición de normativa del ente rector de hábitat y vivienda".

¿Por qué? El marco legal es apenas un componente del catastro, falta fortalecer los conocimientos en los equipos técnicos,

infraestructura tecnológica, normas técnicas, etc.

¿Por qué? El levantamiento del catastro y sistematización del mismo implica rubros altos (generación, actualización y

mantenimiento). Sin embargo generalmente los GADs no consideran se deba realizar esas inversiones al ser un productos que

politicamente no se evidencia para la ciudadanía.

La Ley permite regular el proceso de ordenamiento territorial por lo tanto permite organizar de cierta manera los ingresos y gastos de los GAD´s. Sin

embargo, es necesario analizar si las sanciones en realidad obligan al los GAD´s al cumplimiento de sus competencias como el catastro.

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113

II. Verónica Santillan – Especialista de Planificación Senplades

1. ¿Sabe de que trata la LOOTUGS ?:

Sí x

No Fin de la entrevista

2. ¿Considera usted que todos los GAD Municipales están en la capacidad de cumplir con el siguiente apartado legal de la LOOTUGS?:

No x

¿Por qué?.................................................................

…………………………………………………………………………………

3. ¿Considera usted que la LOOTUGS contribuirá a mejorar los problemas de catastro de los GAD Municipales?:

No x

¿Por qué?.................................................................

4. ¿Cree usted que la LOOTUGS genera impacto en las finanzas (ingresos y gastos) de los GAD Municipales?:

Sí x

No

¿Por qué?.................................................................

5. ¿Cree usted que los GAD Municipales están en la capacidad financiera de actualizar sus catastros?:

No x

¿Por qué?.................................................................

No todos los GAD municipales, depende del tipo de GAD

6. ¿Qué recomendación usted haría sobre esta ley y su vinculación con las finanzas de los GAD Municipales?:

Ingeniera Geógrafa Verónica Santillan

Especialista en Planificación Nacional - Senplades

Entrevista sobre la Ley de Orgánica de Ordenamiento Territorial Uso y Gestión del Suelo - LOOTUGS y las finanzas de los GAD Municipales

DISPOSICIÓN TRANSITORIA NOVENA.- Para contribuir en la actualización del Catastro Nacional Integrado Georreferenciado, los Gobiernos Autónomos Descentralizados municipales y los metropolitanos,

realizarán un primer levantamiento de información catastral, para lo cual contarán con un plazo de hasta dos años, contados a partir de la expedición de normativa del ente rector de hábitat y vivienda".

No todos están en capacidad de relizar el levantamiento del catastro georeferenciado, debido a que el levantamiento debe

ser realizado por equipos externos al GAD (consultores) por el volumen de información a levantar y sitematizar; además no

todos cuentan con infraestructura física para gestionar la inforamción levantada. Por otro lado existe municipio que

gestionan su catastro de una manera adecuada sin necesariamente contar con información georeferenciada.

La ley debe estar acompañada de normativa técnica que no ha sido todavái expedida. Además debe haber un organo que

regule no solo el tema de uso del suelo sino en general de en que se invierte el presupuesto del GAD

Considero que la ley debe ir acompañada de la normativa para avanzar en temas de uso y gestión del suelo, han pasado 2 años desde la vigencia de ley

y considero que no se ha realizado el trabajo completo para su implementción. Si bien es cierto que la regulación del uso del suelo y el contar con

catastros georeferenciado permitiría incidir en las finanzas de los GAD, también debe buscar otras formas de gestión para aumentar sus ingresos.

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114

III. Ana Celi – Analista de Finanzas Territoriales Senplades

1. ¿Sabe de que trata la LOOTUGS ?:

Sí x

No Fin de la entrevista

2. ¿Considera usted que todos los GAD Municipales están en la capacidad de cumplir con el siguiente apartado legal de la LOOTUGS?:

Sí x

No

¿Por qué?.................................................................

Los GAD deberían tener un registro actualizado de su catastro, lo que les permitiría incrementar sus ingresos propios a través de

la recaudaación del impuesto predial. No se si se puede generalizar el que todos los GAD estén en la capacidad técnica y financiera

de cumplir con esta disposición pero todos se beneficiarían de hacerlo.

3. ¿Considera usted que la LOOTUGS contribuirá a mejorar los problemas de catastro de los GAD Municipales?:

Sí x

No

¿Por qué?.................................................................

La LOOTUGS en su capítulo IV se refiere a un Catastro Nacional Integrado Georeferenciado, el mismo que se alimentará de información

actualizada territorializada generada por los GAD municipales y metropolitanos y otras instituciones que generan información

relacionada con catastros y ordenamiento territorial. Si bien el primer esfuerzo de los GAD de actualizar su catastro es bastante

fuerte, el tener un solo sistema que regule este proceso facilitará la ejecución del mismo y su actualización futura no constituirá

un mayor esfuerzo para los GAD y traerá beneficios económicos.

4. ¿Cree usted que la LOOTUGS genera impacto en las finanzas (ingresos y gastos) de los GAD Municipales?:

Sí x

No

¿Por qué?.................................................................

El tener catastros actualizados incremetará su recaudación predial

5. ¿Cree usted que los GAD Municipales están en la capacidad financiera de actualizar sus catastros?:

No x

¿Por qué?.................................................................

No creo que se puede generalizar la capacidad financiera de los GAD.

6. ¿Qué recomendación usted haría sobre esta ley y su vinculación con las finanzas de los GAD Municipales?:

Economista Ana Victoria Celi

Analista de Finanzas Territoriales- Senplades

Entrevista sobre la Ley de Orgánica de Ordenamiento Territorial Uso y Gestión del Suelo - LOOTUGS y las finanzas de los GAD Municipales

DISPOSICIÓN TRANSITORIA NOVENA.- Para contribuir en la actualización del Catastro Nacional Integrado Georreferenciado, los Gobiernos

Autónomos Descentralizados municipales y los metropolitanos, realizarán un primer levantamiento de información catastral, para lo cual contarán

con un plazo de hasta dos años, contados a partir de la expedición de normativa del ente rector de hábitat y vivienda".

Incluir una transitoria en la que se obligue a las instituciones pertinentes el apoyo a los GAD en este proceso. Ejemplo:

Senplades, MIDUVI en temas técnicos y BdE en financiamiento

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IV. Carina Sandoval – Especialista Finanzas Territoriales Senplades

1. ¿Sabe de que trata la LOOTUGS ?:

Sí x

No Fin de la entrevista

2. ¿Considera usted que todos los GAD Municipales están en la capacidad de cumplir con el siguiente apartado legal de la LOOTUGS?:

Sí x

No

¿Por qué?.................................................................

3. ¿Considera usted que la LOOTUGS contribuirá a mejorar los problemas de catastro de los GAD Municipales?:

Sí x

No

¿Por qué?.................................................................

4. ¿Cree usted que la LOOTUGS genera impacto en las finanzas (ingresos y gastos) de los GAD Municipales?:

Sí x

No

¿Por qué?.................................................................

5. ¿Cree usted que los GAD Municipales están en la capacidad financiera de actualizar sus catastros?:

No x

¿Por qué?.................................................................

6. ¿Qué recomendación usted haría sobre esta ley y su vinculación con las finanzas de los GAD Municipales?:

Economista Carina Sandoval

Especialista de Finanzas Territoriales- Senplades

Entrevista sobre la Ley de Orgánica de Ordenamiento Territorial Uso y Gestión del Suelo - LOOTUGS y las finanzas de los GAD Municipales

DISPOSICIÓN TRANSITORIA NOVENA.- Para contribuir en la actualización del Catastro Nacional Integrado Georreferenciado, los Gobiernos

Autónomos Descentralizados municipales y los metropolitanos, realizarán un primer levantamiento de información catastral, para lo cual contarán

con un plazo de hasta dos años, contados a partir de la expedición de normativa del ente rector de hábitat y vivienda".

Que se realice un diagnóstio pevio ajustes de la normativa sobre catastro sobre la capacidad técnica y financiera de los GAD,

para buscar alternativas de apoyo ya sea desde el Gobierno Central, BDE, MIDUVI o Cooperación internacional.

El Ecuador es un territorio multiétnico y multicultural, con extensiones territoriales diversas, con proporciones

urbanas y rurales distintas lo cual muestra que las normativas no pueden ser expedidas sin un previo diagnóstico

de la realidad territorial en este caso de los cantones, por lo cual considero que no todos los GAD Municipales

están en la capacidad de dar cumplimiento a este artículo y a lo que establece la LOOTUGS, ya que hay GAD con

mayor capacidad técnica y financiera y otros que no.

Contribuye en los centros urbanos a regular asentamientos irregulares, centros patyrimoniales, sin embargo hay

temas rurales que también son parte del catastro que no son abordados.

La actualización catastral implica en un primer momento una fuerte inversión que deben realizar los GAD para

contar con datos georeferenciados y mapas temáticos, posteriormente la implementación de un sistema el cual

integra el catastro multifinalitario, por lo que el catastro económico o fiscal está incluido en este, y finalmente la

retribución a través del cobro del predial según tamaño de los predios a través de ordenananzas las mismas que

deben ser progresivas.

Los GAD son distintos y por ende sus capacidades, tienen una alta dependencia fiscal y los montos que se asignan

desde el PGE es función de 7 criterios, repuntando por lo general los GAD que tienen mejores consdiciones

operativas, lo que se refleja en estos criterios, por lo que no todos los GAD tendrán la capacidad de actualizar sus

catastros y tal vez el rural implique también una alta inversión por parte de ellos.

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V. Luis Sánchez – Analista Finanzas Territoriales Senplades

1. ¿Sabe de que trata la LOOTUGS ?:

Sí X

No Fin de la entrevista

2. ¿Considera usted que todos los GAD Municipales están en la capacidad de cumplir con el siguiente apartado legal de la LOOTUGS?:

No X

¿Por qué?.................................................................

Falta de recursos economicos para poder hacer el levantamiento georeferencial.

Falta de registros de algunas propiedades.

3. ¿Considera usted que la LOOTUGS contribuirá a mejorar los problemas de catastro de los GAD Municipales?:

Sí X

No

¿Por qué?.................................................................

4. ¿Cree usted que la LOOTUGS genera impacto en las finanzas (ingresos y gastos) de los GAD Municipales?:

Sí X

No

¿Por qué?.................................................................

5. ¿Cree usted que los GAD Municipales están en la capacidad financiera de actualizar sus catastros?:

No X

¿Por qué?.................................................................

Por la falta del levantamiento georeferencial

6. ¿Qué recomendación usted haría sobre esta ley y su vinculación con las finanzas de los GAD Municipales?:

Economista Luis Sánchez.

Analista de Finanzas Territoriales- Senplades

Entrevista sobre la Ley de Orgánica de Ordenamiento Territorial Uso y Gestión del Suelo - LOOTUGS y las finanzas de los GAD Municipales

DISPOSICIÓN TRANSITORIA NOVENA.- Para contribuir en la actualización del Catastro Nacional Integrado Georreferenciado, los Gobiernos

Autónomos Descentralizados municipales y los metropolitanos, realizarán un primer levantamiento de información catastral, para lo cual contarán

con un plazo de hasta dos años, contados a partir de la expedición de normativa del ente rector de hábitat y vivienda".

Creo que para que las finanzas de los GAD puedan seguir mejorando en el tiempo se necesita establecer

objetivos específicos para cada uno de los niveles de gobierno, adaptados a sus comptencias y a sus

caracteristicas financieras.

A generar el catastro los municipios tendran un regitro de viviendas lo que permitira mejorar su recaudación y a su vez incrementar sus ingresos

propios para mejorar su gestión.

Ademas, esta información permitirá identificar el tipo de viviendas y en donde se encuentran ubicadas, informacion que favorecera a la

implementacion de los servicios publicos mas adecuados a las necesidades de los hogares.

Con leyes como la del incremento del catastro se establce objetivos para incremenetar los ingresos propios de tal manera que se las finanzas de los

GAD sean más sostenibles.