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Lección 11- Concepto de Derecho Aeronáutico:Es el Conjunto de principios y normas jurídicas de derecho privado y público, de
orden interno e internacional, que rigen las relaciones e instituciones de la actividad
aeronáutica o derivada de ella.
2- 2-Fuentes del Derecho Aeronáutico:Las fuentes del derecho aeronáutico son la Ley !de carácter internacional por
relacionar varios Estados", La jurisprudencia, La doctrina pero principalmente junto
con la ley Los usos y costumbres conforman la principal fuente real del derecho
aeronáutico.
3- Caracteres del Derecho Aeronáutico:#nternacionalidad !$erecho #nternacional público y privado", %niformidad
Legislativa, $inamismo !por la aplicaci&n de nuevas tecnologías", 'eglamentarismo
!tiene su propio reglamento interno para la aplicaci&n del derecho", (utonomía
!Legislativa, didáctica, científica y administrativa" )olítica !porque los estados
definen una política a*rea tanto de la utili+aci&n espacio a*reo como de la inversi&nque requiere esta actividad en infraestructura"
Lección 24- Distinción entre espacio Aéreo y el Aire.El (ire es la totalidad de la atm&sfera como elemento común a todos los hombres y
sin posibilidad de apropiaci&n, mientras el Espacio (*reo es el que es utili+able
mediante rutas de navegaci&n, sujeto a la soberanía del territorio que ocupan sobre
el Estado que dichas rutas ocupen. El Estado soberano protege su espacio a*reo
fijando una altura mínima de límite de vuelo. El propietario del suelo está limitado
en su dominio sobre la utili+aci&n del espacio sobre *l al igual que del subsuelo.
- !"ué es la Frontera aérea#La rontera a*rea es la proyecci&n de los límites de la superficie soberana del
Estado en el volumen a*reo.
$- !"ué esta%lece el códi&o Aeronáutico con respecto al paso de una aerona'e#En su artículo - determina que /ninguna persona podrá, en ra+&n de und erecho de
propiedad o de posesi&n, opon*rsele al paso de una aeronave. 0i este paso le
produce perjuicio, la persona afectada tendrá derecho a la indemni+aci&n
correspondiente.
Lección 3(- Concepto de aerona'e:(eronave es toda construcci&n, maquina o aparato capa+ de transportar personas o
cosas, que pueda sustentarse y despla+arse en el espacio a*reo sin cone1i&n materialala tierra.
)- !Cuál es la *aturale+a ,urdica de la aerona'e#La aeronave es un bien jurídico mueble, registrable siendo de esta manera una cosa
mueble de naturale+a compuesta
- De/inición de 0atricula:Es el documento e1pedido por las autoridades aeronáuticas del Estado de origen que
determina la individuali+aci&n en tipo, clase, y nacionalidad, e inscripci&n de la
aeronave al registro correspondiente
1-!Cuales son los reuisitos para la o%tención de la inscripción de unaaerona'e#.
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)resentaci&n de contrato de compraventa y título del mismo junto con el certificado
de aeronavegabilidad e1pedido por la autoridad aeronáutica, junto con la
identificaci&n y descripci&n de la misma dada por el fabricante.
11- !n ue consiste la cancelación de la atricula#La cancelaci&n de la matricula es una sanci&n por un quebrantamiento de lo
dispuesto en la legislaci&n, o por decisi&n propia de propietario de retirar de serviciola nave, o por adquisici&n de otra nueva matrícula en otro país.
La sanci&n se da en caso de no reunir las condiciones de mantenimiento, transporte
ilícito, abandono o inutili+aci&n de la nave, o en cumplimiento de un mandato
judicial.
Lección 412- !Cuales son los odos ori&inarios de aduirir la propiedad de la aerona'e#En primer lugar la construcci&n de la aeronave, seguido por la (djunci&n !cuando
unen dos partes de dos propietarios diferentes para lograr una aeronave", la
%sucapi&n, el abandono a favor del Estado, La presa o apresamiento !en conflicto
b*lico", El Comiso !decomiso por actos ilícitos incorporándola al patrimonio delEstado" y la 'equisa para seguridad nacional o por cuestiones de necesidad socia
indemni+ando al propietario.
13- !Cuales son los odos deri'ados de aduirir la propiedad de la aerona'e#0on modos derivados de adquisici&n aeronáutica, La compraventa, la sucesi&n,
donaci&n y permuta, debiendo estos estar registrados los contratos en el 'egistro
3acional de (eronaves.
14- !Cuales son los reuisitos para la aduisición y trans/erencia de doinio dela aerona'e#
4odos los contratos deben ser registrados por el 'egistro (eronáutico 3acional, así
como los motores o aeronaves en construcci&n, la trasferencia deberá reali+arse por
escritura pública e inscribirse en el 'egistro (eronáutico 3acional. La Escrituraserá otorgada se si acompa5a al protocolo la certificaci&n e1pedida por el registro
nacional de aeronaves donde no cuente con gravámenes o interdicciones sobre los
otorgantes.
1- De/inición y caracterstica de la hipoteca aeronáutica.Las aeronaves por ser bienes muebles registrables, al igual que los buques pero a
diferencia de los vehículos terrestres son los únicos bienes muebles registrables
susceptibles de ser hipotecados como garantía real del cumplimientote un cr*dito,
pudiendo el propietario de la nave continuar en posesi&n de la misma. $ebe
constituirse por escritura pública e inscribirse en el 'egistro 3acional de (eronaves.
La 6ipoteca se e1tingue a los 7 a5os de la fecha de inscripci&n pudiendo ser
renovada. EL privilegio del acreedor hipotecario se e1tiende al seguro y a lasindemni+aciones por los da5os y perjuicios ocasionados por terceros.
LCC56* $1$- !"ué es el re&istro *acional de Aerona'es#Es el 8rganismo público encargado del 'egistro de las (eronaves, registrando
t*cnicamente las características de las aeronaves, y al mismo tiempo todos los
aspectos relacionados con la situaci&n jurídica patrimonial del mismo bien,
otorgando así una seguridad a los propietarios y terceros.
1(-!A car&o de uien se encuentra el 7e&istro Aeronáutico *acional y decuantas secciones cuenta#
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Esta a cargo del 'egistro (eronáutico 3acional, la (utoridad (eronáutica Civil
constando de dos secciones, El 'egistro (eronáutico 3acional y el 'egistro
(eronáutico (dministrativo.
1)-!Cuáles son las inscripciones o%li&atorias en el 7e&istro Aeronáutico*acional#
a" :atriculas y certificados de aeronavegabilidad. b" Contratos o documentos que acrediten la procedencia de la nave, o sus motores,
así se encuentren en construcci&n
c" Contratos de 4ransferencia, locaci&n, cr*ditos privilegiados.
d" :edidas cautelares !Embargos, secuestro, etc"
e" )&li+as de seguros.
f" 'esoluci&n de )*rdida o abandono.
g" $atos de los propietarios y todo acto jurídico que e1tinga, cree o modifique un
derecho real sobre el mismo.
1-!Cuáles son las inscripciones o%li&atorias en el 7e&istro AeronáuticoAdinistrati'o#
a" Las licencias (eronáuticas para el personal aeronáutico y convalidaci&n delicencia de personal e1tranjero
b" Escrituras de Constituci&n de 0ociedades de e1plotaci&n aeronáuticas, Estatutos
o modificaci&n de los mismos.
c" )ermisos y certificados de operador aeronáutico
d" (utori+aci&n para creaci&n o utili+aci&n de talleres aeronáuticos.
e" 6abilitaci&n de aeropuertos o aer&dromos y sus estructuras dependientes.
f" uncionamiento de establecimientos de ense5an+a aeronáutica.
2- !Cuáles son los reuisitos para la inscripción de una aerona'e#El propietario o su representante deberán presentar la escritura del mismo, debiendo
inscribirse en el registro aeronáutico nacional dentro de los 2; días de su
otorgamiento, y todo lo que requiera el reglamento.
LCC56* (21- *oción del 8ersonal AeronáuticoEs todo personal que est* afectado a funciones t*cnicas y administrativas vinculadas
con las actividades de la aviaci&n civil que cuente con el certificado de idoneidad y
licencia entregada por la $#3(C.
22-Coentar a cerca del certi/icado de idoneidad y el otor&aiento de laisa.
Las personas afectadas a ala actividad aeronáutica deben ser id&neas en su
especialidad por el grado t*cnico y el riesgo que implicaría para la vida y los bienes
de la persona la falta de conocimiento en la materia, es por esto que la $#3(C está acargo de la e1aminaci&n, ree1aminaci&n y convalidaci&n de idoneidad de todo aquel
que desee reali+ar tareas sea en tierra como en aire relacionadas con la actividad
aeronáutica, e1pidiendo así el certificado o licencia habilitante correspondiente de
#doneidad.
23- Clasi/icación del 8ersonal AeronáuticoEl personal aeronáutico se divide en dos ramas principales<
a" )ersonal de vuelo< Comandante, Copiloto, 8perador de radio, Comisario de
abordo, :ecánico, (+afatas.
b" )ersonal de 4ierra< =efatura de (eropuerto, 0ervicios de seguridad y
>igilancia, Control (*reo, 0ervicios de (u1ilio !?omberos y rescate", 0ervicio
:ecánico y :antenimiento, etc@
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24- De/inición de Coandante de Aerona'e.El Comandante es la má1ima autoridad abordo al mando de la aeronave desde el
momento que se le entrega el plan de vuelo y lo firma hasta la entrega de la
aeronave. Es el representante del E1plotador, a falta de designaci&n el piloto asume
la funci&n del Comandante.
2- !Cuál es la representación ue e,erce el coandante#Ejerce la representaci&n del E1plotador, así como la representaci&n del Estado a
cuya bandera corresponde la aeronave, teniendo tambi*n la funci&n de notario y de
oficial público.
2$- !Cuales son las /unciones técnicas ue e,erce el coandante#a" >erificaci&n de la documentaci&n de la nave, tripulantes y pasajeros yBo carga.
b" #nspecci&n de la carga, estibe y peso para que no afecte la aeronavegabilidad.
c" (doptar medidas de seguridad para que la carga ni los pasajeros y tripulantes
sean afectados
d" $enegar el embarque a pasajeros o tripulantes que no reúnan las condiciones
físicas o psíquicas que pudieran afectar la seguridad del vuelo.
e" Cumplir y hacer cumplir las normas y ordenamientos de aeronavegaci&n.f" Constatar las condiciones t*cnicas de la nave y su equipamiento para que cumpla
con los requisitos de aeronavegaci&n
g" Cumplir las directivas del control de tránsito a*reo, pudiendo asumir otra
decisi&n si la del control a*reo pudiere afectar la seguridad de la nave y sus
tripulantes yBo pasajeros, previa notificaci&n a la torre y asumiendo toda
responsabilidad en forma personal y directa.
2(- !Cuáles son las /unciones ue cuple el Coandante coo o/icial p9%lico#4iene las funciones de notario y oficial público, registrando nacimientos,
defunciones y testamentos in e1tremis, entregando copia a la autoridad competente.
2)- !Cuáles son las edidas ue de%e toar el coandante en caso de delitocoetido a %ordo de una aerona'e#
El comandante podrá reali+ar el apresamiento de quien cometa un ilícito en su nave,
entregando a la autoridad (eroportuaria al arribo, o negando a despegar en el caso
que el ilícito no haya sido cometido en vuelo, de ser el arribo en aeropuerto
e1tranjero remitirá copia de la actuaci&n al C&nsul )araguayo del Estado de arribo.
2- !Cuál es la tripulación tipo#La tripulaci&n mínima la determina el porte de la aeronave, pero se considera
tripulaci&n tipo a< 2 comandante, 2 copiloto, 2 radiotelegrafista, 2 mecánico
navegante, un comisario de abordo y el sobrecargo necesario !a+afatas".
LCC56* )3- Concepto de in/raestructuraLa infraestructura son las instalaciones y servicios necesarios para la correcta
operaci&n, mantenimiento, carga y descarga, y seguridad de la aeronave.
31- Di/erencia entre aeródroo y aeropuertoEl aer&dromo es el área definida de tierra o agua destinada al despegue y aterri+aje,
mantenimiento y movimiento de aeronaves de poca envergadura y autonomía.
:ientras que el aeropuerto es una estructura mas compleja destinada a uso de
(eronaves de mayor envergadura y autonomía, pudiendo ser aeropuertos
internacionales o nacionales dependiendo de las instalaciones aduaneras, narc&ticos
y migraciones.
32- !"ué es el ser'icio de protección al 'uelo#Es la asistencia que se le da al piloto por parte del control a*reo sobre climatología,
rutas de vuelo, altitud, datos t*cnicos sobre la pista en dimensiones y estado de la
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misma, para que pueda reali+ar correctamente y complementar un vuelo visual o por
instrumentos que la aeronave posee. El controlador de vuelo asume la
responsabilidad penal y civil por los datos que provee en caso de siniestro, si son
imputables al mismo.
33- !"ué son las restricciones al doinio en %ene/icio de la Circulación Aérea#
La infraestructura del aeropuerto no solo comprende al edificio y a los servicios,sino que tambi*n afecta a un área de seguridad circundante al aeropuerto, la cual
está sometida a una reglamentaci&n especial sobre las alturas de las construcci&n
aleda5as, se5ali+aci&n de las mismas, para evitar que se conviertan en obstáculos y
perjudiquen la seguridad de operaci&n, estas +onas se denominan +onas de
seguridad, limitando el dominio del propietario del suelo en altura para no constituir
un obstáculo o peligro para la actividad aeronáutica, y no pudiendo oponerse el
propietario al paso de la aeronave.
LCC56* 34- De/inición de Circulación aérea.
La circulaci&n a*rea es la actividad de navegaci&n a*rea reali+ada a trav*s dediferentes espacios a*reos soberanos, atendiendo a la legislaci&n internacional y
nacional correspondiente, fijándose rutas de vuelos a las cuales hay que seguir.
3- !Cuales son los reuisitos esta%lecidos en nuestro códi&o aeronáutico conrespecto a la eplotación de los ser'icios de transporte nacional einternacional#
La e1plotaci&n de servicios a*reos internacional requiere la previa autori+aci&n del
)oder ejecutivo, mientras que la e1plotaci&n nacional solo requiere la autori+aci&n
de la (utoridad (eronáutica Civil, ambas clases de e1plotaciones posteriormente
deberán obtener el Certificado de E1plotador de 0ervicios (*reos, cumpliendo
requisitos legales, jurídicos y financieros.
3$- !Cuál es la altura nia en ue una aerona'e puede so%re'olar so%re unapo%lación#La determina la (utoridad (eronáutica Civil, y esta indicada en la ruta de vuelo y
constatada por el operador de tráfico a*reo. 0e prohíbe en +ona urbani+ada el vuelo
acrobático.
3(-!"ué esta%lece el códi&o aeronáutico con respecto a las ercaderaspeli&rosas y el echa+ón aeronáutico#
0i hubiese pasajeros en la nave no se podrán transportar mercaderías peligrosas, y
con respecto ala echa+&n se permitirá en caso e1cepcional, porque la echa+&n puede
afectar en su caída a personas o bienes en la superficie, solo será posible en caso de
inminente peligro.
LCC56* 13)- !Cuáles son los contratos de utili+ación de aerona'es#(rrendamiento o locaci&n y fletamento !total o parcial".
3- De/inición de locación de aerona'esLa Locaci&n de aeronaves o de motores es un contrato por el cual el locador
concede al locatario el uso y goce de una aeronave, por tiempo o distancia
determinada, a cambio de una remuneraci&n determinada, transfiriendo al locatario
la calida de e1plotador. El e1plotador es el responsable de poner en estado de
aeronavegabilidad y de la tripulaci&n de la nave
4- De/inición de /letaento
El contrato de fletamento es un contrato por el cual el e1plotador de la aeronave pone a disposici&n de la otra parte una porci&n o totalidad del espacio de carga de la
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nave, el contratante no es responsable de la tripulaci&n ni del estado de
aeronavegabilidad de la nave.
41- De/inición de interca%io de aerona'esEn un contrato por el cual dos o mas e1plotadores convienen en cederse
recíprocamente la utili+aci&n de sus aeronaves, formali+ado por escrito por
determinado pla+o con o sin tripulaci&n y registrado en el 'egistro (eronáutico. Encaso de transferirse la tenencia se aplicarán las normas de locaci&n y en caso
contrario las de fletamento.
LCC56* 1142- !"ue es el certi/icado de eplotador de ser'icio aéreo#El Certificado de e1plotador a*reo es el otorgado a una persona física o jurídica por
la (utoridad (eronáutica Civil para reali+ar la e1plotaci&n de servicios a*reos con
aeronaves de transporte comercial.
43- !"ue se entiende por certi/icado de operador aéreo#El certificado de operador a*reo es el documento entregado a una persona física o
jurídica por la (utoridad (eronáutica Civil para reali+ar la e1plotaci&n de serviciosa*reos con aeronaves de transporte 3o comercial.
44- ;ransporte aéreo de/inición0e considera servicio de transporte a*reo a toda clase de actos destinados a trasladar
en aeronaves, personas o cosas, de un aer&dromo a otro.
4- !Cuál es la naturale+a ,urdica del transporte aéreo y sus caracteres#Es un contrato especial del tipo de los contratos de obra, sus caracteres son
Consensuales, bilaterales, eneralmente onerosos, impersonal, no formal y de
adhesi&n.
4$- !Cuál es la clasi/icación del ;ransporte aéreo por el lu&ar#
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El equipaje esta compuesto por todos los artículos y efectos personales del pasajero
necesario y apropiado para usar y proporcionar comodidad durante el viaje. Esta
compuesto por valijas, ropa, joyería, artículos frágiles, cámaras fotográficas, peque5as
máquinas, muestras comerciales, documentos. Etc.
2- Fora de prue%a del contrato de euipa,e.
El tal&n de equipaje, acredita salvo prueba en contrario la propiedad de los bienestransportados como equipaje, es por esto que junto con el boleto de viaje y el tal&n de
equipaje se prueba el contrato de equipaje.
3- !"ué es el talón de euipa,e#Es el documento e1pedido por el transportista a consecuencia del contrato de pasaje
a*reo que habilita al pasajero para transportar por vía a*rea una cantidad determinada de
equipaje gratuitamente, salvo en caso de e1ceso que deberá abonar un e1tra por el
sobrepeso.
4- 7euisitos del talón de euipa,e.)uede ser e1pedido junto con el pasaje a*reo o por separado, la ausencia, p*rdida o
irregularidad en el tal&n no afecta al contrato, si el porteador no entregara el tal&n no
podrá ampararse en las limitaciones de responsabilidad. El porteador deberá e1pedir untal&n de equipaje en dos ejemplares, que contendrá< a" numeraci&n del billete de pasaje
y de vuelo b" lugar de partida y de destino c" peso y cantidad del bulto d" valor
declarado, en su caso y, e" indicaci&n de que la entrega del equipaje se hará al
portador del tal&n. En el transporte internacional se aplicarán las reglas contenidas en
los convenios y acuerdos internacionales aprobados y ratificados por la 'epública.
- Derechos del pasa,ero:El pasajero tiene derecho a < a" llevar una determinada cantidad de equipaje
gratuitamente, b" disponer de su equipaje si decide no continuar el viaje e desembarcar
en una escala, c" Estimar el valor de su equipaje y convenir un aumento en los límites de
la responsabilidad del transportista.
$- >%li&aciones de pasa,ero.0on obligaciones del )asajero< a" entregar el equipaje al transportista antes de
embarcar, y obtener y conservar el tal&n de equipaje. b" (bonar el e1ceso de equipaje.
c" 'ecibir el equipaje y entregar el tal&n del mismo dando conformidad al contrato de
lo contrato podrá hacer el protesto dentro de los 7 días siguiente. d" (catar las
indicaciones del Comandante y la tripulaci&n en cuanto al equipaje de mano, e" 3o
incluir sustancias peligrosas en el equipaje o ilícitas. f" indemni+ar por el da5o y
perjuicio que ocasionar el equipaje por contener sustancias peligrosas.
(- Duración del Contrato de euipa,es.0e e1tiende desde la recepci&n del equipaje por el transportista, hasta el momento que el
pasajero entrega el tal&n de equipaje y recibe el mismo. 4iene 7 días para el protesto.)- Concepto de contrato de transporte aéreo de ercancasEs el contrato por el cual el transportista por encargo del remitente, se obliga a trasladar
vía a*rea una carga !compuesta por bienes" de un punto determinado a otro y
entregarlos a un destinatario, fijado por el remitente por un precio determinado
- Caractersticas:Es consensual, bilateral, principal, oneroso, y no formal por carecer de solemne.
$- !"ue se entiende por car&a o ercanca#0on todas las cosas entregadas por el remitente que el transportista acepta para ser
trasladadas y entregadas a un remitente.
$1- !Cuales son los casos ue no se consideran car&a o ercanca#
3o se considerará carga o mercancía al equipaje, correspondencias, efectos deltransportista o cosas encontradas en la nave que fueron introducidas clandestinamente.
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$2- leentos del Contrato de transporte de 0ercancasa" 0ujetos< 'emitente !el que envía", 4ransportista !el que lo transporta", E1pedidor !el
que entrega la carga" y destinatario !el que recibe la carga. b" 8bjeto< El transporte
a*reo de la mercancía a cambio de una contraprestaci&n que es el pago del precio por el
mismo. c" orma< Carta de porte que formali+a el contrato.
$3- !"ué es la car&a de porte#En el contrato de transporte a*reo de carga, el remitente, cargador o e1pedidor deberá
e1tender en tres ejemplares como mínimo, una carta de porte o conocimiento, la que
entregará con la carga al porteador. La carta de porte a*reo o conocimiento acredita,
salvo prueba en contrario, el perfeccionamiento del contrato, la recepci&n de la
mercancía por el porteador y las condiciones de la misma. En el caso de que el
porteador aceptase la carga sin la entrega de una carta de porte a*reo o conocimiento o,
de recibida *sta, no contuviera las indicaciones e1igidas por la ley, no tendrá derecho a
ampararse en disposiciones que limiten o e1cluyan su responsabilidad.
$4- !Duración del Contrato de ;ransporte aéreo de ercancas#El contrato de transporte de carga a*rea se inicia con la recepci&n de las mercancías y
subsiste durante el período en que la carga se encuentre en poder del porteador, sea enun aer&dromo, a bordo de la aeronave, o en cualquier lugar para el caso de aterri+aje
for+oso, hasta la entrega final al destinatario o a las autoridades aeronáuticas o
aduaneras, conforme al r*gimen vigente.
$- Clases de responsa%ilidad aeronáutica. Coentar cada una.La responsabilidad aeronauta se divide en dos, en primer lugar, la responsabilidad
aeronáutica penal, por delitos y crímenes sujetos a la legislaci&n penal del Estado de la
nave o del Estado del (eropuerto. F en segundo lugar la 'esponsabilidad Civil por
da5os y perjuicios que puede ser contractual por incumplimiento del contrato o e1tra
contractual en caso de afectar a intereses de terceros la operaci&n y la actividad
aeronáutica !generalmente esta última responsabilidad se da en tierra".
$$- Coentar so%re la responsa%ilidad del porteador con/ore a lo esta%lecidoen los artculos 23 y 24 del Códi&o aeronáutico.
(rt. 9;A. C.(. El porteador responderá por la muerte, lesiones corporales o psíquicas o
da5os de cualquier naturale+a causados a los pasajeros, cuando el hecho causante de las
mismas se haya producido a bordo de la aeronave o durante las operaciones de
embarque o desembarque. 0e entiende por operaciones de embarque, el lapso
comprendido entre el momento en que los pasajeros abandonan la terminal o el recinto
de pasajeros del aer&dromo de salida para dirigirse a la aeronave. Las operaciones de
desembarque concluyen cuando el pasajero, despu*s de salir de la aeronave, ingresa al
edificio terminal o recinto de pasajeros del aer&dromo de llegada.
(rtículo 9;.G El porteador responderá por el da5o derivado de la p*rdida total o parcial,
faltantes, destrucci&n o avería de los equipajes registrados, cargas y correos, cuando el
acontecimiento causante del da5o se ha producido durante el transporte a*reo. ( los
efectos del párrafo precedente, el transporte a*reo comprende el período durante el cual
los equipajes o cargas se encuentran bajo el cuidado del porteador o sus dependientes o
agentes, ya sea en un aer&dromo, a bordo de una aeronave o en un lugar cualquiera en
caso de aterri+aje fuera de un aer&dromo, o incluso en las oficinas del porteador. El
r*gimen establecido para el transporte de cargas se aplicará tambi*n al de correos.
$(- !"ue es el da?o#El da5o es el producto de la acci&n u omisi&n de una persona sobre un bien en forma tal
que lo perturba, en el caso aeronáutico puede ser causado a las persona !muerte, lesi&n,atrasos en el transporte" o a las cosas como el equipaje o la carga !p*rdida, deterioro, o
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atraso en el transporte". )ara determinar el da5o aeronáutico hay que atender a tres
elementos< 2G (preciaci&n del da5o producido !debe ser real y demostrable", 9G
Evaluaci&n< $ebe atender al da5o causado y al lucro cesante que ha causado el da5o AG
E1tensi&n< por más que se hubiese pactado la limitaci&n de la responsabilidad si el
e1plotador, porteador o sus dependientes actuaron con dolo no será aplicable dicha
limitaci&n.$)- !n ue circunstancias el transportador responderá por la uerte o
lesiones corporales de los pasa,eros#El porteador responderá por la muerte, lesiones corporales o psíquicas o da5os de
cualquier naturale+a causados a los pasajeros, cuando el hecho causante de las mismas
se haya producido a bordo de la aeronave o durante las operaciones de embarque o
desembarque.
$- !Cuales son las causas de li%eración de la responsa%ilidad#Las causas de liberaci&n de la responsabilidad están dadas por la falta de dolo o culpa
grave de la acci&n del transportista, siendo la carga de la prueba impuesta al
transportista, habiendo la inversi&n del principio probatorio, esta liberaci&n la otorga el
tribunal del &rgano jurisdiccional competente. El 4ransportista deberá probar< a" queadopt& todas las medidas posibles, b" que pudo tomar otra mediad, o c" que fue culpa de
la víctima.
(- !"ue acciones prescri%en al a?o#)rescribirán al a5o< a" las acciones de indemni+aci&n por da5os causados a los
pasajeros, equipajes o mercancías transportadas b" las acciones de reparaci&n por da5os
causados a terceros en la superficie c" las acciones por da5os emergentes en caso de
abordaje d" las acciones para cobrar cr*ditos provenientes de contratos sobre utili+aci&n
de aeronaves, e" las acciones de repetici&n entre porteadores, por los montos pagados
por abordaje, o entre e1plotadores obligados a pagar sumas en caso de solidaridad o
culpa concurrente f" las acciones por da5os causados por organismos de la (utoridad
(eronáutica Civil o de la administraci&n pública g" las acciones del asegurado contra el
asegurador h" las acciones contra el constructor de aeronaves o productos aeronáuticos,
contados de la fecha de ocurrido el da5o resarcible.
(1- !Cuándo la responsa%ilidad se 'uel'e iliitada y no eonerada#En caso de dolo o culpa grave del transportador o sus dependientes, la responsabilidad
se vuelve ilimitada.
(2- !"ué sucede con la responsa%ilidad por da?os en los transportes sucesi'os y&ratuitos#
Cuando se trate de transporte ejecutado sucesivamente por varios porteadores, cada
porteador que reciba pasajeros, equipajes o cargas, quedará sujeto a las disposiciones
establecidas, siendo considerado como parte con respecto al contrato de transporte. Enel caso de transportes sucesivos o combinados, efectuados en parte por aeronaves y en
parte por cualquier otro modo de transporte, las disposiciones del presente c&digo se
aplicarán únicamente al transporte a*reo. 0in embargo, las condiciones relativas a los
otros modos de transporte podrán convenirse en forma especial. Cuando el transporte
a*reo fue contratado con un porteador y es ejecutado por otro, el pasajero, el remitente o
el destinatario, según sea el caso, o los sucesores de *stos, podrán accionar tanto contra
el porteador contractual como contra el porteador de hecho, respondiendo ambos
solidariamente. En el caso de 4ransporte a*reo gratuito de personas será responsable el
porteador si incurre en dolo o culpa grave, esto es aplicable tambi*n al equipaje.
(3- !Cuál es el /undaento de la responsa%ilidad por da?os a terceros en la
super/icie#
H
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El fundamento es la relaci&n e1tracontractual del tercero frente a la reali+aci&n de la
actividad aeronáutica, esta responsabilidad comprende la caída de la aeronave, el
desprendimiento de pie+as de la misma, los ruidos, turbulencias, dan derecho a la
indemni+aci&n por el principio objetivo de la causa y el efecto, sin necesidad de mediar
dolo o culpo.
(4- !Cuál es el concepto de aerona'e en 'uelo a los e/ectos de laresponsa%ilidad#0 considera que una aeronave se encuentra en vuelo desde el momento en que cierra la
puerta para iniciar el carreteo, hasta cuando deja de moverse por su propia fuer+a
motri+, despu*s del aterri+aje. Cuando se tratase de una aeronave más liviana que el
aire, se considera que está en vuelo, desde el momento en que se desprende de la
superficie hasta el momento en que queda sujeta nuevamente a ella.
(- !n ue consiste la responsa%ilidad o%,eti'a#Los da5os causados por una aeronave en vuelo o los que se deriven del desprendimiento
de una de sus partes, de un objeto o persona caída o arrojada de una aeronave, los
resultantes del ruido anormal, del estampido s&nico o de las turbulencias de aire
producidas por los motores de *stas, dan derecho a reparaci&n en los límites fijados eneste c&digo y su reglamentaci&n. 0in embargo, no habrá lugar a la reparaci&n si los
da5os no son consecuencia directa del acontecimiento que los ha originado. La acci&n
prescribe a los A a5os.
($- !n ue un eplotador ueda eiido de responsa%ilidad#El e1plotador estará e1imido de responsabilidad, si prueba< a" que fue privado del uso
de la aeronave por acto de autoridad pública b" que los da5os fueron consecuencia
directa de un acto de guerra o conflicto armado c" que los da5os fueron causados por
un acto de sabotaje o terrorismo y, d" que los da5os fueron causados en circunstancias
del apoderamiento ilícito de la aeronave e" El que sin tener la disposici&n de la
aeronave, la usa sin consentimiento del e1plotador, responde ilimitadamente del da5o
causado. El e1plotador será responsable solidariamente, con los límites establecidos en
este c&digo, salvo que pruebe que tom& las medidas adecuadas para evitar el uso
ilegítimo de la aeronave
((- Concepto de a%orda,e aéreo. Casos.0e entiende por abordaje a*reo, toda colisi&n entre dos o más aeronaves en movimiento
o en vuelo. 0e consideran tambi*n como abordajes los casos en que se causen da5os a
aeronaves en movimiento, aunque no haya verdadera colisi&n. La aeronave está en
movimiento cuando se despla+a en la superficie por su propia fuer+a motri+, cuando se
encuentran en funcionamiento cualquiera de sus servicios o equipos y con la tripulaci&n,
pasajeros o carga a bordo, o cuando se halla en vuelo.
()- !n ue caso eiste culpa concurrente en el a%orda,e#6ay culpa concurrente cuando la colisi&n o el da5o fueron ocasionados por culpa de
dos o más e1plotadores o entre sí ocasionaron un mismo da5o, siendo cara e1plotador
responsable del da5o que ha causado cada nave propia.
(- !n ue casos el eplotador no será responsa%le por el da?o#El e1plotador no será responsable si prueba que *l y sus dependientes han tomado todas
las medidas adecuadas para evitar el da5o o que les fue imposible tomarlas. El
e1plotador no tendrá derecho a ampararse en lo previsto en el párrafo anterior, cuando el
da5o provenga de su dolo o del de algunas de las personas bajo su dependencia, que
actúen en ejercicio de sus funciones.)- Accidente aéreo. Concepto.
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8/20/2019 ResumenFinaldeAeronáutico.doc
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(ccidente a*reo es todo suceso relacionado con la utili+aci&n de una aeronave, que
ocurre dentro del período comprendido entre el momento en que la persona aborda la
aeronave, o durante el vuelo de la misma o el desembarque de lamisca que ocasiona< a"
una lesi&n o muerte a una persona b" da5o a los bienes materiales de la persona, c" da5o
a la aeronave que afecte su aeronavegabilidad, d" cuando la aeronave desaparece o en
inaccesible totalmente que den lugar a indemni+aci&n.)1- 7eali+ar un %re'e coentario a cerca de la in'esti&ación de los accidentes e
incidentes aeronáuticos. 4odo accidente o incidente de aviaci&n, que se produ+ca en territorio paraguayo, así
como los que ocurran en aeronaves paraguayas en aguas o territorios no sujetos a la
soberanía de otro Estado, será investigado por los organismos especiali+ados de la
(utoridad (eronáutica Civil, para determinar sus causas, establecer las medidas y
acciones correctivas tendientes a evitar su repetici&n y hacer efectiva la responsabilidad
que e1istiese. La C#)(( !Centro de investigaci&n y )revenci&n de (ccidentes (*reos"
es el &rgano encargado de la investigaci&n t*cnica sobre el siniestro, es dependiente de
la $#3(C. La remoci&n o retiro de la aeronave, de los elementos afectados y de los
objetos que pudiesen haber concurrido a producir el accidente, s&lo podrá practicarsecon la autori+aci&n de la (utoridad (eronáutica Civil. En caso de siniestro o aterri+aje
for+oso de una aeronave, el propietario del lugar no podrá oponerse al paso de los
funcionarios que penetren en su predio, ni al transporte de los elementos necesarios para
que la aeronave sea puesta en condiciones de movili+aci&n o para la asistencia de los
accidentados. La (utoridad (eronáutica Civil deberá coordinar toda investigaci&n con
las autoridades judiciales, militares, policiales, sanitarias y aduaneras, dentro de los
límites de sus respectivas competencias. Las aeronaves e1tranjeras que sufran
accidentes o incidentes en el territorio paraguayo y las aeronaves paraguayas que lo
sufran en territorio e1tranjero, quedarán sujetas a la investigaci&n t*cnica prevista en los
convenios internacionales.
)2- Concepto de se&uro aeronáuticoEs el contrato por el cual el asegurador, se obliga a indemni+ar al asegurado o
beneficiario mediante el pago de una prima, por siniestros eventuales de la
aeronavegaci&n, pudiendo ser estos, da5os a la aeronave, a las cosas contenidas, a los
pasajeros o tripulantes, o terceros afectados directamente por el siniestro.
)3- !Cuales son los intereses ase&ura%les#Es obligatorio para todo propietario o e1plotador asegurar los da5os a la aeronave en
forma total o parcial, al personal que ejerce funciones a bordo, ya sea habitual u
ocasionalmente, a pasajeros, mercancías y bienes transportados y para responder por los
da5os que se causen a terceros en la superficie, cubriendo como mínimo los límites de
responsabilidad prescritos en el c&digo (eronáutico. 4oda cláusula de seguro de vida oincapacidad por accidente que e1cluya el riesgo o reparaci&n de da5os resultantes de los
servicios de transporte a*reo público, será nula de pleno derecho.
)4- De/inición de @ocorro aeronáutico.0on el conjunto de acciones y obligaciones tendientes a au1iliar con motivo de un
accidente aeronáutico a las personas o bienes que están en peligro. Estas acciones
comprenden la búsqueda, asistencia y salvamento.
)- De/inición de %9suedaEs el conjunto de operaciones destinadas a la ubicaci&n y determinaci&n del lugar, sitio
o estado de peligro inminente para la aeronave, tripulaci&n o pasajeros. La búsqueda
implica la obligaci&n de prestar asistencia o salvamento dependiendo de la evoluci&n
del siniestro o riesgo inminente.)$- De/inición de Asistencia.
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