reglamento ujcm

19
2009 Reglamentos UJCM Reglamento de: Investigación y Producción Intelectual Universidad José Carlos Mariátegui www.ujcm.edu.pe

Upload: elviis-ventura

Post on 12-Sep-2015

215 views

Category:

Documents


3 download

DESCRIPTION

nuevo reglamento de la universidad jose carlos mariategui para proyectos de investigacion

TRANSCRIPT

  • 2009

    Reglamentos UJCM

    Reglamento de:

    Investigacin y Produccin Intelectual

    Universidad Jos Carlos Maritegui

    www.ujcm.edu.pe

  • UNIVERSIDAD JOS CARLOS MARITEGUI

    REGLAMENTO DEL INSTITUTO DE INVESTIGACIN Y PRODUCCIN INTELECTUAL

    TITULO I

    GENERALIDADES, BASE LEGAL, OBJETIVOS Y FUNCIONES

    CAPTULO I

    BASE LEGAL

    Art. 1 La base legal que norma esta funcin bsica de la Universidad es la Ley Universitaria, Ley N 23733; la Ley de creacin de la Universidad, Ley N 25153, el Estatuto de la Universidad aprobado por Resolucin No.168-2002-CO-UPM; el Reglamento General, aprobado por Resolucin No.002-2003-CO-UPM, y dems normas internas.

    CAPTULO II

    DISPOSICIONES GENERALES

    Art. 2 El Instituto de Investigacin de la Universidad Jos Carlos Maritegui; cuyas siglas es ININVESTU esta constituido por profesores investigadores de la Universidad, y por investigadores invitados.

    Art. 3 El presente Reglamento norma las polticas y acciones de Investigacin y Produccin Intelectual que realizan los docentes de la UJCM; as como el funcionamiento acadmico-administrativo del Instituto de investigacin y de las actividades intelectuales antes detalladas.

    Art. 4 El Instituto de Investigacin es un organismo que promociona, organiza, coordina e integra la investigacin universitaria, vinculada con el desarrollo institucional, local, regional y nacional.

    Art. 5 La Universidad estimula y fomenta la investigacin individual, en equipo e interdisciplinaria, dentro de una poltica que se orienta fundamentalmente a la generacin de conocimientos cientficos y propuestas tecnolgicas destinadas a la formacin acadmica y a la solucin de problemas locales, regionales y nacionales. Se impulsar la investigacin que enriquezca la cultura nacional y universal.

  • CAPITULO III

    DE LOS FINES Y OBJETIVOS

    Art. 6 Son fines del Instituto de Investigacin:

    a) La promocin y fomento de la investigacin para el desarrollo institucional;

    b) La formulacin y ejecucin de proyectos de investigacin para el desarrollo local, regional y nacional, en convenio con entidades pblicas, privadas y organismos gubernamentales y no gubernamentales;

    c) La asesora y consultora en materia de investigacin cientfico tecnolgico y humanstica;

    d) La integracin del docente universitario en las actividades de investigacin;

    e) La contribucin al mejoramiento de las condiciones de trabajo de los docentes que realicen trabajos de investigacin a partir de los recursos internos y externos;

    f) La promocin de la produccin intelectual de los docentes de la Universidad Jos Carlos Maritegui; y,

    g) La proyeccin de una imagen institucional del ms alto nivel acadmico en materia de investigacin y Produccin Intelectual.

    Art. 7 Son objetivos del Instituto de Investigacin:

    a) Impulsar el desarrollo de la investigacin y produccin intelectual en todas las reas del conocimiento humano que respondan a la solucin de los principales problemas de la Regin y coadyuven al mejoramiento de la calidad educativa y por tanto de la acreditacin de la universidad;

    b) Promover la investigacin cientfica, tecnolgica y humanstica de manera planificada;

    c) Establecer los mecanismos normativos y operativos que permitan la captacin de recursos humanos, materiales y presupuestarios para el desarrollo de proyectos de investigacin;

    d) Definir los lineamientos de poltica de investigacin y proponer estrategias para su ejecucin;

    e) Definir las reas y lneas de investigacin pertinentes;

    f) Desarrollar proyectos interdisciplinarios de investigacin con participacin de docentes de las diferentes carreras profesionales;

    g) Propiciar la coordinacin interinstitucional optimizando el uso de los recursos;

  • h) Establecer las acciones mas adecuadas para informacin y capacitacin de nuestros docentes;

    i) Promover la difusin de la investigacin en forma peridica mediante publicaciones;

    j) Desarrollar tecnologa propia y adecuar la existente a la realidad local y regional para su utilizacin; y,

    k) Difundir permanentemente a la comunidad los avances y logros en materia de investigacin cientfica y tecnolgica adems de la produccin intelectual, que implementa la Universidad Jos Carlos Maritegui.

    CAPITULO IV

    DE LAS FUNCIONES GENERALES

    Art. 8 La investigacin es funcin obligatoria y primordial de la Universidad Jos Carlos Maritegui, que la organiza y conduce libremente a travs de sus centros o institutos especializados, por lo que est obligada a promoverla y apoyarla en su desarrollo cientfico, tecnolgico y humanstico.

    Art. 9 Son funciones del Instituto de Investigacin:

    a) Programar sus actividades anualmente;

    b) Formular perfiles y proyectos de investigacin interfacultativos;

    c) Establecer las normas y procedimientos que debe seguir un proyecto de investigacin para la formulacin, presentacin, inscripcin y ejecucin del mismo, adems de la produccin intelectual hasta su culminacin y publicacin;

    d) Supervisar y evaluar el desarrollo de los proyectos de investigacin y produccin intelectual, propuestos por las unidades del Instituto de Investigacin;

    e) Apoyar a los docentes seleccionados por las unidades de investigacin para participar en eventos cientficos o de investigacin, sean estos nacionales internacionales;

    f) Seleccionar y recomendar los proyectos universitarios de investigacin que por su calidad y trascendencia ameriten ser financiados por la Universidad u otras instituciones con las cuales la Universidad sostiene convenios de cooperacin;

    g) Formular, supervisar y evaluar la aplicacin de la poltica de investigacin en la Universidad;

    h) Promover el desarrollo de planes de cooperacin con instituciones gubernamentales y no gubernamentales dedicadas a este mismo fin para implementar acciones conjuntas;

  • i) Coordinar y supervisar la labor de las unidades de investigacin;

    j) Uniformizar o establecer lineamientos bsicos requeridos para presentar informes o proyectos de investigacin (tesis de grado y otros);

    k) Normar a travs de formatos la ejecucin y presentacin de proyectos de investigacin;

    l) Gestionar y canalizar los fondos especficos asignados en el presupuesto de la Universidad para el desarrollo de la investigacin en la Universidad;

    m) Sistematizar los resultados de los trabajos de investigacin y produccin intelectual para su difusin al mundo cientfico;

    n) Organizar el archivo y el acervo documentario sobre los trabajos de investigacin concluidos y los que estn en ejecucin; y,

    o) Otros que le asignen el las instancias superiores y/o las normas internas pertinentes.

    TITULO II

    DE LA ORGANIZACIN Y ADMINISTRACIN DEL INSTITUTO

    DE INVESTIGACIN

    CAPTULO I

    DE LA DIRECCIN

    Art. 10 El Instituto de Investigacin depende directamente del Vice Rectorado.

    Art. 11 Son rganos de la direccin del Instituto de Investigacin:

    a) La direccin;

    b) La comisin de asesora;

    c) Las unidades de investigacin; y,

    d) La seccin de trmite documentario y archivo.

    Art. 12 La direccin est a cargo de un Director propuesto por el Vice Rectorado ante el Consejo Universitario.

    Art. 13 El Director es responsable de la planificacin, organizacin, direccin y control del Instituto de Investigacin; son sus funciones:

    a) Planificar las acciones del instituto de investigacin;

  • b) Administrar, gestionar y recibir los proyectos de investigacin;

    c) Representar al instituto de investigacin dentro y fuera de la Universidad;

    d) Ratificar la resolucin de aprobacin de inicio de los proyectos de investigacin aprobados en las unidades de investigacin correspondiente;

    e) Emitir resolucin para la produccin intelectual;

    f) Difundir, publicar los proyectos de investigacin y produccin intelectual previa coordinacin con el Vice Rector;

    g) Elaborar y proponer el presupuesto del Instituto de Investigacin ante el Vice Rector para su aprobacin en el Consejo Universitario;

    h) Organizar los diferentes equipos de asesoramiento de Investigacin;

    i) Elaborar y presentar la memoria anual del Instituto de Investigacin;

    j) Promover acciones que permitan incentivar a los docentes y estudiantes a realizar trabajos de investigacin;

    k) Suscribir y rubricar los diferentes documentos que genere el Instituto;

    l) Convocar a los equipos de investigacin a reuniones de coordinacin sobre trabajos de investigacin;

    m) Informar al Vice Rector sobre las ejecucin de los proyectos de investigacin y produccin intelectual; y,

    n) Organizar y participar en la Feria y eventos de creacin y tecnologa universitaria.

    Art. 14 La Comisin de Asesora est a cargo de un equipo multidisciplinario de docentes asesores de cada facultad, propuestos ante el Vice Rectorado por el Director del Instituto de Investigacin, en mrito a su competencia y calificacin en investigacin; as mismo integra la comisin de Asesora el Director de la Escuela de Postgrado.

    Son funciones de la Comisin de Asesora:

    a) Asesorar al rgano directivo en la aprobacin y ejecucin de los proyectos de investigacin y produccin intelectual; y,

    b) Revisar e informar los proyectos de investigacin y produccin Intelectual al rgano directivo para su evaluacin.

    Art. 15 Las Unidades de Investigacin son unidades acadmicas operativas que se gestan en las Facultades para el desarrollo de la investigacin y nuevos conocimientos, conjuntamente con los Departamentos Acadmicos; tendrn un Coordinador.

  • Son Funciones de las Unidades de Investigacin:

    a) El control del avance y cumplimiento de los trabajos respectivos;

    b) Elevar la relacin de las lneas y proyectos de investigacin a la Direccin del Instituto, para que sta a su vez elabore un listado nico el cual ser difundido en todas las Facultades, con la finalidad que los docentes interesados en diferentes temas puedan adscribirse en forma multidisciplinaria en los diferentes Proyectos de Investigacin;

    c) Los responsables de las Unidades de Investigacin al trmino de la investigacin elevarn un informe final a la Direccin del Instituto de Investigacin;

    d) La Direccin, en coordinacin con las Unidades de Investigacin tendrn a su cargo:

    o Realizar el seguimiento y evaluacin de programas y proyectos universitarios de investigacin y elevar el informe tcnico y/o econmico al Vice Rectorado;

    o Revisar , estudiar, recomendar sistemas y procedimientos que aseguren y simplifiquen el seguimiento de los planes, lneas, programas, proyectos y otros referidos a la investigacin;

    o Promover y facilitar la conformacin de grupos Inter y multidisciplinarios de investigacin en la universidad con la participacin de alumnos.

    Art. 16 La seccin de Trmite Documentario y Archivo estar a cargo de un jefe de seccin que integra las funciones de secretara y es responsable de la documentacin e informacin cientfica de la Direccin del Instituto de Investigacin.

    Son Funciones del Jefe de Seccin:

    a) Trmite documentario;

    b) Archivo;

    c) Organizar redes de informacin;

    d) Provee informacin sobre las Lneas de Investigacin;

    e) Organizar informacin sobre investigaciones recientes;

    f) Procesar informacin de los Proyectos; y,

    g) Otras que se deriven de su funcin y las que se asigne la autoridad del Instituto de Investigacin.

    CAPITULO II

  • DE LOS PROYECTOS DE INVESTIGACIN

    Art. 17 Los proyectos de investigacin sern presentados a la unidad de investigacin correspondiente, a travs de la secretara respectiva, preferentemente por equipos de docentes, y estarn a cargo de un investigador responsable.

    Art. 18 Los proyectos de investigacin sern aprobados por las Unidades de Investigacin, siendo ratificados por el directorio del Instituto de Investigacin.

    Art. 19 Tienen prioridad los proyectos de investigacin de carcter interdisciplinario vinculados al desarrollo institucional, local y regional.

    Art. 20 Los proyectos son desarrollados por docentes de la Universidad, pudindose contratar adicionalmente especialistas, cuando no exista el recurso humano en la universidad.

    Art. 21 Los proyectos de investigacin se realizarn en dos niveles, BSICA y APLICADA:

    a) La Investigacin Bsica es la orientada a la creacin , aplicacin y profundizacin de los conocimientos de las ciencias bsicas, y apoyar la Investigacin Aplicada; y

    b) La investigacin aplicada esta orientada a la solucin de problemas especficos en el medio local, regional y nacional; se orientar a integrarse a la estructura productiva.

    Art. 22 En caso de proyectos de investigacin con financiamiento externo, los convenios y/o aceptacin de donaciones debern ser suscritos por el Rector de la Universidad, previo informe del Instituto de Investigacin.

    Art. 23 Los proyectos preferentemente tendrn una duracin promedio de un ao y debern incluir su presupuesto calendarizado por trimestre. Se presentarn hasta la ltima semana del mes de septiembre para ser incluidos en la propuesta del plan y presupuesto del Instituto, para el ao siguiente.

    Art. 24 las Unidades de Investigacin realizarn una evaluacin trimestral del avance de los proyectos de Investigacin y presentarn el Informe correspondiente a la Direccin del Instituto.

    Art. 25 Los proyectos sern financiados con recursos provenientes de la Universidad y convenios nacionales e internacionales, siendo administrados por la Universidad en todos los casos.

    Art. 26 La Universidad asignar una partida especfica para la subvencin de proyectos de investigacin a ser desarrollados en las unidades de investigacin.

    Art. 27 Los docentes que perciban bonificaciones por investigacin, estn obligados a participar en certmenes acadmicos y cientficos organizados por la Universidad, sobre temas relacionados a sus proyectos u otros referidos a la investigacin que realizan.

    Art. 28 Los estudiantes de pregrado y postgrado que participen en calidad de auxiliares al proyecto se harn acreedores a una certificacin correspondiente por el ININVESTU.

  • CAPITULO III

    DEL DOCENTE INVESTIGADOR

    Art. 29 Los docentes investigadores son: El autor (responsable) y coautores al Proyecto de Investigacin, que conlleve a grados de Maestra y Doctorado, los que gozarn de una bonificacin mensual y con carcter temporal, adicional a su remuneracin ordinaria.

    Art. 30 La bonificacin se establecer como nica de acuerdo al rgimen del profesor.

    Art. 31 El trmino de los mximos de los trabajos de investigacin es de ao y medio; excepcionalmente y por causas debidamente justificadas pueden exceder dicho trmino; quedan exceptuadas de los trminos sealados, las realizadas por los docentes que desempean cargos administrativos.

    Art. 32 El Director del Instituto de Investigacin, verificar el rgimen del docente investigador, y en coordinacin con el Vice Rector, formular mensualmente el cuadro respectivo para el pago de bonificaciones al investigador; de acuerdo al informe de los coordinadores de la Unidad de Investigacin y a las partidas o convenios aprobados.

    Art. 33 Los profesores ordinarios de cualquier categora podrn participar en calidad de investigadores autores o coautores.

    Art. 34 Los profesores contratados podrn participar como coautores al proyecto; los alumnos de postgrado o de pregrado podrn participar en calidad de auxiliares al proyecto.

    Art. 35 La Universidad podr disponer libremente de los resultados de las investigaciones, sin perjuicio de los derechos del autor

    Art. 36 Se reconoce el derecho de autora, de los investigadores; corresponde a la Universidad la obligacin de patentar y registrar los derechos del autor ante INDECOPI.

    CAPITULO IV

    DE LOS PARTICIPANTES EN PROYECTOS DE INVESTIGACIN.

    Art. 37 Son obligaciones del investigador autor del proyecto:

    a) Conducir los proyectos, organizando a los integrantes del equipo, asignando actividades especficas, dirigiendo las reuniones de trabajo y evaluando la participacin de cada integrante;

    b) Formular informes parciales trimestralmente y por duplicado, precisando el avance, los aportes y nivel de participacin de los integrantes del equipo;

    c) Presentar los requerimientos e informes econmicos documentados de la ejecucin de proyectos;

  • d) Presentar el informe final de la investigacin;

    e) Concurrir a las reuniones que convoque la unidad de investigacin;

    f) Promover la difusin de los resultados de su investigacin, organizando y participando en eventos cientficos; y,

    g) Realizar actividades conducentes al logro de los objetivos del proyecto.

    Art. 38 Son obligaciones del coautor (es):

    a) Trabajar cordialmente, con el autor del proyecto de investigacin;

    b) Reemplazar al Investigador Principal en caso de ausencia o abandono, debiendo comunicar tal situacin a la Unidad respectiva;

    c) Cumplir las actividades asignadas por el autor;

    d) Coordinar con los otros participantes para el cumplimiento de los objetivos del proyecto; y,

    e) Asistir puntualmente a las reuniones de trabajo, de coordinacin y ejecucin del proyecto.

    Art. 39 Son obligaciones de los miembros auxiliares:

    a) Cumplir las actividades que sean asignadas por el autor o coautor (es); y,

    b) Apoyar aquellas actividades conducentes al cumplimiento de los objetivos del proyecto.

    CAPITULO V

    DE LA CULMINACIN, DIFUSIN Y PUBLICACIN

    Art. 40 Culminado el proyecto de investigacin o la produccin intelectual, se realizar la presentacin del mismo en acto pblico ante la comunidad universitaria y la sociedad.

    Art. 41 El Instituto de Investigacin difundir semestralmente los resultados de los proyectos ejecutados a nivel interno y a nivel externo.

    Art. 42 El Instituto de Investigacin publicar anualmente una revista con resmenes informativos de los proyectos desarrollados en sus diferentes unidades. Se publicar tambin en la memoria anual de las investigaciones realizadas.

    Art. 43 El Instituto de Investigacin se incorporar a las diferentes redes de informacin a travs del servicio de biblioteca de la Universidad

  • CAPTULO VI

    DE LA CAPACITACIN

    Art. 44 El Instituto de Investigacin promover la participacin de los profesores investigadores en eventos a nivel regional, nacional e internacional, de acuerdo a los lineamientos de polticas establecidos en la Universidad.

    DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

    PRIMERA: El Vice Rectorado garantizar que el Instituto de Investigacin cuente con el personal de apoyo necesario y calificado para el cumplimiento de sus funciones.

    SEGUNDA: Cualquier situacin no prevista en el presente Reglamento ser resuelta en primera instancia por el Instituto de Investigacin, en segunda Instancia por el Vice Rectorado; y en ltima instancia por el Consejo Universitario.

    TERCERA: El Reglamento tiene vigencia a partir de su aprobacin por parte del Consejo Universitario, debindose evaluar peridicamente y ser actualizado bienalmente

  • ORGANIGRAMA DEL INSTITUTO DE INVESTIGACIN DE LA UNIVERSIDAD JOS CARLOS MARITEGUI

    =============================================

    VICE RECTOR

    DIRECCIN GENERAL DEL INSTITUTO DE

    INVESTIGACIN

    Trmite documentario y Archivo

    COMISIN DE ASESORA

    UNIDAD OPERATIVA

    DE INGENIERA

    UNIDAD OPERATIVA

    DE CIENCIAS DE LA SALUD

    UNIDAD OPERATIVA DE

    LETRAS Y HUMANIDADES

  • ANEXO 1

    ESQUEMA DEL PROYECTO DE INVESTIGACIN I. GENERALIDADES

    1. Ttulo 2. Personal Investigador

    2.1 Autor (Investigador responsable) 2.2 Coautor (es) 2.3 Asesor (si hubiera)

    3. Tipo de investigacin

    3.1 Por su finalidad 3.1.1 Bsica 3.1.2 Aplicada 3.2 Por su profundidad 3.2.1 Explorativa 3.2.2 Descriptiva 3.2.3 Correlacional 3.2.4 Explicativa

    4. Rgimen de investigacin

    4.1 Libre 4.2 Orientada

    5. Facultad a la que pertenece el investigador 6. Localidad e Institucin donde se desarrollar el proyecto 7. Duracin total del desarrollo del proyecto 8. Fechas probables de inicio y trmino del trabajo de Investigacin

    Inicio: ........./........./........ Trmino: ........./........./........

    9. Recursos disponibles 9.1 Personal 9.2 Material y equipos 9.3 Locales, laboratorios, etc.

    10. Presupuesto 10.1 Honorarios 10.2 Bienes 10.3 Servicios 10.4 Inversiones

    11. Financiamiento 11.1 Con recursos propios 11.2 Con recursos de la Institucin

    II. PLAN DE INVESTIGACIN

    1. Planteamiento del problema de Investigacin 1.1 Etapas para plantear el problema de investigacin 1.1.1. Seleccin del tema de Investigacin. 1.1.2. Definicin del problema. 1.1.3. Delimitacin del problema. 1.1.4. Antecedentes del problema. 1.1.5. Definicin operativa de trminos bsica. 1.1.6. Planteamiento del problema en forma de pregunta.

  • 1.1.7. Justificacin de la investigacin. 1.2 Formulacin de la hiptesis

    1.2.1. Establecer la hiptesis. 1.2.2. Detectar las variables. 1.2.3. Definir conceptualmente las variables. 1.2.4. Definir operacionalmente las variables.

    1.3 Objetivos de la investigacin 1.4 Evaluacin del problema

    2. Elaboracin del marco terico 2.1 Revisin de literatura 2.2 Construccin de marco terico

    3. Seleccin del diseo de investigacin 3.1. Diseo de investigacin 3.2. Experimento 3.3. Elegir el diseo apropiado (Experimental o no experimental)

    4. Seleccin de la muestra 4.1. Determinar la poblacin. 4.2. Delimitar la poblacin. 4.3. Extraer la muestra.

    5. Recoleccin de la informacin.

    5.1. Seleccionar o elaborar el instrumento de medicin o de recoleccin de la informacin.

    5.2. Calcular la validez y confiabilidad del instrumento de medicin. 5.3. Aplicar los instrumentos de medicin. 5.4. Obtener la informacin. 5.5. Codificar la informacin. 5.6. Procesar la informacin

    6. Anlisis de la informacin (Resultado Discusin)

    6.1. Seleccin de las pruebas estadsticas para analizar la informacin. 6.2. Realizar los anlisis de la informacin. 6.3. Interpretar la informacin.

    7. Citas y Referencias bibliogrficas 8. Contribucin e impacto - conclusiones 9. Anexos

    10. Redaccin del Informe de Investigacin.

    Fecha de presentacin

    _______________________ Firma del Autor

  • 1. Facultad

    2. Ttulo del Proyecto

    3. Tipo de Investigacin

    Tecnolgica

    Bsica o Humanstica

    Aplicada

    4. rea de Investigacin

    5. Autores del Proyecto

    Autor:_______________________________________________________ Categora: __________________ Condicin: __________________

    Tiempo asignado al Proyecto (H/S.): __________________________

    PROYECTO DE INVESTIGACIN

  • Ttulo Profesional: ________________________________________

    Especialidad: ____________________________________________

    Coautor 01: _________________________________________________ Categora: __________________ Condicin: ________________

    Tiempo asignado al Proyecto (H/S): ___________________________

    Ttulo Profesional: ________________________________________

    Especialidad: ____________________________________________

    Coautor 02: ________________________________________________

    Categora: __________________Condicin: ___________________

    Tiempo asignado al Proyecto (H/S.): __________________________

    Ttulo Profesional: _______________________________________

    Especialidad: ___________________________________________

    Miembro Auxiliar:____________________________________________

    Categora: __________________Condicin: ___________________

    Tiempo asignado al Proyecto (H/S.): __________________________

    Ttulo Profesional: ________________________________________

    Especialidad: ____________________________________________

    Apoyo Tcnico: _____________________________________________

    _____________________________________________

    Apoyo Administrativo: ________________________________________

    ________________________________________

    6. Localidad (es) o instituciones(s) donde se realiza la Investigacin:

    ___________________________________________________________

    7. Entidad o personas con las que coordina el Proyecto : _____________________

    ____________________________________________________________________

  • 8. Duracin del Proyecto: __________ (meses)

    9. Fecha de Inicio: ______/_____/_____ (dd/mm/aa)

    ______________________________ ___________________

    Director del Instituto de Investigacin Firma del Autor

  • Sr. Docente:

    Srvase consignar en el encabezamiento de su informe los siguientes datos:

    1. Fecha: ____/_____/_____ (dd/mm/aa)

    2. Nombre del docente responsable del Proyecto:

    __________________________________________________________

    3. Nombre de los miembros del Proyecto

    __________________________________________________________

    __________________________________________________________

    __________________________________________________________

    4. Apoyo Tcnico:

    __________________________________________________________

    __________________________________________________________

    5. Apoyo administrativo:

    __________________________________________________________

    __________________________________________________________

    6. Ttulo del Proyecto:

    7. Resolucin Facultativa N

    INFORME TRIMESTRAL DE AVANCE DE INVESTIGACIN

  • 8. Porcentaje de Avance Trimestral 9.- Porcentaje Acumulado

    ________________________ ____________________

    VB Director del Instituto Firma del Docente Responsable de Investigacin

    Nota: Adjuntar el contenido del avance.