reglamento de inv canonn

Upload: jaime-martinez-hernandez

Post on 09-Jan-2016

214 views

Category:

Documents


0 download

DESCRIPTION

Las disposiciones legales para obtener un financiamiento de proyectos

TRANSCRIPT

  • 1

    UNIVERSIDAD NACIONAL SAN LUIS GONZAGA DE ICA VICE RECTORADO DE INVESTIGACION Y DESARROLLO

    OFICINA GENERAL DE PLANEAMIENTO DE LA INVESTIGACION E INNOVACION CIENTIFICA

    REGLAMENTO PARA PROYECTOS DE INVESTIGACIN CON FUENTES DE

    FINANCIAMIENTO DE DONACIONES Y TRANSFERENCIAS, Y RECURSOS

    DETERMINADOS

    INDICE:

    CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES.

    CAPITULO II DE LA CONVOCATORIA, POSTULACIN E INTEGRANTES DE LOS PROYECTOS DE INVESTIGACIN.

    CAPITULO III DE LOS PROYECTOS DE INVESTIGACIN.

    CAPITULO IV DE LA EVALUACIN DE LOS PROYECTOS DE INVESTIGACIN.

    CAPITULO V DEL FINANCIAMIENTO Y PRESUPUESTO DEL PROYECTO DE INVESTIGACIN.

    CAPITULO VI DE LAS RESPONSABILIDADES, OBLIGACIONES Y PENALIDADES.

    CAPITULO VII DE LOS DERECHOS DE AUTOR Y PATENTES DE LOS PROYECTOS DE INVESTIGACIN.

    CAPITULO VIII DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS.

    .

  • 2

    PRESENTACIN

    El Vice Rectorado de Investigacin y Desarrollo de la Universidad Nacional San Luis Gonzaga de Ica, tiene dentro de sus funciones la promocin, coordinacin y apoyo a la investigacin, para lo cual presenta el siguiente documento: REGLAMENTO PARA PROYECTOS DE INVESTIGACIN CON FUENTES DE FINANCIAMIENTO DE DONACIONES Y TRANSFERENCIAS, Y RECURSOS DETERMINADOS.

    El presente Reglamento comprende ocho captulos, cuarenta y dos artculos y tres disposiciones complementarias.

    En el primer captulo: Disposiciones Generales, se detalla la finalidad, objeto, aplicacin, base legal del reglamento, proyectos de investigacin y promocin. El segundo y tercer captulo contiene la convocatoria, postulacin, el perfil de los integrantes del proyecto y las caractersticas que debe tener el proyecto de investigacin para su correcta postulacin.

    El cuarto captulo desarrolla los procedimientos para la presentacin del proyecto, su evaluacin y las caractersticas del comit evaluador, los factores que deben ser tomados en la evaluacin y los resultados de la misma.

    El quinto captulo contempla los lineamientos para el uso de los recursos provenientes del Canon, Sobre Canon, y Regalas Mineras de los proyectos de investigacin.

    Los captulos sexto, sptimo y octavo, contemplan las responsabilidades, obligaciones y penalidades y desarrollan la normativa de los derechos de autor y patentes que puedan ser generadas en los proyectos de investigacin, y las disposiciones complementarias finales respectivamente.

    El objetivo de este documento es que se convierta en una herramienta de trabajo que contribuya en la elaboracin y propuesta de proyectos de investigacin con fondos de Donaciones y Transferencias, y Recursos Determinados.

  • 3

    REGLAMENTO PARA PROYECTOS DE INVESTIGACIN CON FUENTES DE FINANCIAMIENTO DE DONACIONES Y TRANSFERENCIAS, Y RECURSOS DETERMINADOS EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL SAN LUIS GONZAGA

    OFICINA GENERAL DE PLANEAMIENTO DE LA INVESTIGACIN E INNOVACIN CIENTFICA

    CAPTULO I DISPOSICIONES GENERALES

    Artculo 1.-Finalidad: Establecer las disposiciones reglamentarias para la convocatoria, evaluacin y financiamiento de proyectos de investigacin en la Universidad Nacional San Luis Gonzaga de Ica, con fondos de Donaciones y Transferencias, y Recursos Determinados.

    Artculo 2.-Objeto: En el presente reglamento se determina: a) Los procedimientos para la promocin, convocatoria y evaluacin de proyectos de investigacin. b) El financiamiento y presupuesto de los proyectos de investigacin. c) Obligaciones y responsabilidades de los integrantes del proyecto de investigacin.

    Artculo 3.-Aplicacin: El presente Reglamento es aplicable a la promocin, presentacin, elaboracin y evaluacin de proyectos de investigacin en la Universidad Nacional San Luis Gonzaga de Ica, que sern financiados con Donaciones y Transferencias, y Recursos Determinados; siendo de cumplimiento obligatorio para la Universidad, el Vicerrectorado de Investigacin y Desarrollo, Facultades, Institutos de Investigacin y otras dependencias.

    Artculo 4.-Base Legal: El presente reglamento tiene como sustento legal las siguientes normas:

    Constitucin Poltica del Per. Ley N 27785, Ley Orgnica del Sistema Nacional de Control y de la Contralora General

    de la Repblica. Ley N 27506, Ley de Canon y sus modificatorias. Ley N 28451, Ley del Fondo de Desarrollo Socioeconmico del Proyecto Camisea. Ley N 28258, Ley de Regalas Mineras. Ley N 23733, Ley Universitaria. Ley N 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Ley N 28562, Ley que autoriza crdito suplementario en el Presupuesto del Sector Pblico

    para el Ao Fiscal 2005 Artculo 12.

    Ley N 29952, Ley del Presupuesto del Sector Pblico para el Ao Fiscal 2013. Ley N 28303, Ley Marco de Ciencia Tecnologa e Innovacin Tecnolgica. Decreto Legislativo N 1017, Ley de Contrataciones del Estado. Decreto Legislativo N 29873, Ley que modifica el D.L. 1017. Decreto Legislativo N 822, Ley Sobre el Derecho de Autor. Decreto Legislativo N 823, Ley de Propiedad Industrial. Decreto Legislativo N 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de

    Remuneraciones del Sector Pblico.

  • 4

    Decreto Supremo N 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones.

    Decreto Supremo N 005-2002-E.F, Reglamento de la Ley de Canon y sus modificatorias. Decreto Supremo N 157-2004-E.F, Reglamento de la Ley de Regalas Mineras. Decreto Supremo N 184-2008-EF, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. Decreto Supremo N 138-2012-EF, que modifica el D.S. 184. Estatuto vigente de la Universidad Nacional San Luis Gonzaga de Ica Normas aplicables.

    Artculo 5. Los proyectos de investigacin pueden ser de carcter multidisciplinario e interdisciplinario y son prioritarios para su financiamiento con Fondos de Donaciones y Transferencias, y Recursos Determinados. Los proyectos desarrollados en Ciencia Aplicada, que se ajusten a la Ley del FOCAM, as como los que se encuentren contemplados en el Plan Nacional Estratgico de Ciencia, Tecnologa e Innovacin para el Desarrollo Humano, y el Plan Bicentenario Per 2021.

    Artculo 6.-Promocin: El Vicerrectorado de Investigacin y Desarrollo dentro de su poltica, y a travs de los Directores de Investigacin de las Facultades e Institutos promueve la elaboracin de proyectos de investigacin financiados con Donaciones y Transferencias, y Recursos Determinados.

    CAPTULO II DE LA CONVOCATORIA, POSTULACIN E INTEGRANTES DE LOS PROYECTOS DE

    INVESTIGACION

    Artculo 7.-Convocatoria: El Vicerrectorado de Investigacin y Desarrollo; convoca a la comunidad universitaria para la presentacin de proyectos de investigacin financiados con Donaciones y Transferencias, y Recursos Determinados, en coordinacin con la Oficina de Presupuesto (o la que haga sus veces). La convocatoria debe incluir un cronograma detallado desde su inicio hasta la Publicacin de los resultados.

    Artculo 8.-Postulacin: El proyecto de investigacin para su postulacin debe:

    a) Ser presentado por un investigador Responsable del Proyecto, quien es Profesor Ordinario, con vnculo laboral vigente con la universidad, quien debe acreditar experiencia en el rea de estudio del proyecto de investigacin y preferentemente contar con publicaciones indizadas realizadas en el rea de estudio; no pueden ser responsables quienes ejerzan cargos de autoridad universitaria (Vicerrectores y Decanos)..

    b) Estar registrado en el SIGU dimensin 8 en el estado de Pendiente de Evaluacin, para luego ser presentado en Mesa de Partes de la universidad, foliado y dirigido al Rector; para el Registro debe observarse el anexo N 01.

    Artculo 9.-Integrantes del equipo de investigacin: Los integrantes pueden ser profesores de la misma universidad, profesores de otras universidades, pblicas o privadas, profesores cesantes, profesionales de otras instituciones pblicas y privadas,

  • 5

    profesionales independientes, estudiantes universitarios de pre y post grado, y deben tener experiencia en el rea asignada por el Responsable del Proyecto.

    Artculo 10. El Responsable del Proyecto debe tener a su cargo slo un proyecto financiado con Donaciones y transferencias, y Recursos Determinados.

    Artculo 11. Los estudiantes que integren el equipo de investigacin deben estar cursando carreras afines a las actividades programadas en el proyecto de investigacin.

    Artculo 12. Ningn miembro del equipo de investigacin debe tener pendiente la presentacin de informes tcnicos o econmicos producto de otros proyectos convocados por la universidad, cualquiera fuera su naturaleza, ni tener sancin administrativa vigente.

    CAPTULO III DE LOS PROYECTOS DE INVESTIGACION

    Artculo 13. El Proyecto de Investigacin se adecua al Protocolo adjunto: I. RESUMEN EJECUTIVO

    1. Aspectos Generales 1.1. Titulo del Proyecto de Investigacin 1.2. Tipo de investigacin 1.3. Duracin del proyecto 1.4. Localizacin del proyecto 1.5. Nombre de la Universidad 1.6. Entidad ejecutora (Facultad, Centro de Investigacin, otros) 1.7. Lnea de investigacin (Disciplina o carrera profesional) 1.8. Relevancia tecnolgica o cientfica 1.9. Relevancia Social 1.10. Financiamiento 1.11. Presupuesto 1.12. Impacto ambiental

    II. EQUIPO DE INVESTIGACION 2. Investigadores 2.1. Investigador principal

    2.1.1. Grado Acadmico 2.1.2. Experiencia

    2.2. Co investigadores 2.2.1. Grado acadmico 2.2.2. Experiencia

    2.3. Colaboradores 2.3.1. Grado acadmico 2.3.2. Experiencia

    III. INSTITUCIONES INVOLUCRADAS. 3.1. Organizaciones sociales 3.2. Organizaciones pblicas

  • 6

    3.3. Empresas privadas 3.4. Organizaciones cientficas 3.5. Otras

    IV. GRADO DE APOYO AL PROYECTO 4.1. Entidad ejecutora principal 4.2. Organizacin social 4.3. Organizacin pblica 4.4. Organizacin cientfica 4.5. Otros colaboradores

    V. CONTENIDO DEL PROYECTO (Primera parte) 5. Planteamiento del problema 5.1. Descripcin de la realidad problemtica (rbol de causa efecto) 5.2. Delimitacin de la investigacin

    5.2.1. Delimitacin espacial 5.2.2. Delimitacin social 5.2.3. Delimitacin temporal 5.2.4. Delimitacin conceptual

    5.3. Formulacin del problema 5.3.1. Problema principal 5.3.2. Problemas especficos

    5.4. Objetivo (rbol de medios y fines) 5.4.1. Objetivo principal 5.4.2. Objetivos especficos

    5.5. Justificacin de la investigacin 5.5.1. Justificacin 5.5.2. Importancia 5.5.3. Limitaciones

    5.6. Soluciones posibles 5.6.1. Alternativas de soluciones

    VI. CONTENIDO DEL PROYECTO (Segunda parte) 6. Marco Terico 6.1. Antecedentes de la investigacin 6.2. Bases tericas 6.3. Definicin de trminos

    VII. CONTENIDO DEL PROYECTO (Tercera parte) 7. Hiptesis y variables 7.1. Hiptesis general 7.2. Hiptesis especificas 7.3. Variables 7.4. Operacionalizacin de las variables

    VIII. CONTENIDO DEL PROYECTO (Cuarta parte) 8. Metodologa de la investigacin. 8.1. Tipo y nivel de la investigacin 8.2. Mtodo y diseo de la investigacin 8.3. Poblacin y muestra de la investigacin 8.4. Tcnica e instrumento de recoleccin de datos 8.5. Procesamiento de la informacin

  • 7

    8.6. Matriz de Consistencia.

    IX. CONTENIDO DEL PROYECTO (Quinta parte) 9. Administracin del proyecto. 9.1. Presupuesto (codificados por partidas) 9.2. Cronograma en el horizonte del proyecto (mnimo 1 ao mximo 3 aos) 9.3. Fuentes de Informacin.

    X. ANEXOS 10.1. Curriculum de los investigadores. 10.2. rbol de causas efectos (Problema) 10.3. rbol de medios fines (Objetivos) 10.4. Impactos ambientales y mitigacin 10.5. Marco lgico del proyecto 10.6. Carta de compromiso de organizaciones sociales, pblicas, privadas, cientficas

    que apoyaran al proyecto.

    Artculo 14.

    El contenido del proyecto de investigacin tiene carcter de declaracin jurada para efectos legales, y adems debe adjuntar:

    a) Formulario de trmite documentario con el cargo de Recibido en Mesa de Partes.

    b) Constancia de haber sido registrado en el SIGU dimensin 8 en estado Pendiente de Evaluacin mediante captura de pantalla del registro en el internet (ver anexo 01).

    c) Informe del Comit de tica, (si la investigacin se realiza en humanos, muestras de origen humano, organismos vivos, animales de laboratorio, y uso o liberacin de organismos genticamente modificados, agentes biolgicos, materiales que presenten riesgos en bioseguridad, etc.)

    d) Certificaciones y autorizaciones de ser necesarias, si el proyecto involucra trabajo con comunidades y pueblos originarios, sitios arqueolgicos, especies protegidas, reas silvestres protegidas.

    e) Carta de compromiso del Responsable del Proyecto e integrantes, donde aseguran su participacin en la ejecucin del proyecto y el cumplimiento de las actividades propuestas. As como de no tener impedimentos acadmicos o administrativos con la universidad al momento de presentar el proyecto.

    f) El presupuesto del proyecto, que debe estar formulado a nivel de Genrica de Gasto y programado de acuerdo a lo establecido en el desarrollo de la investigacin.

    g) El Cronograma de Requerimientos, que debe establecer las fechas en las que se deber adquirir y ejecutar los requerimientos contenidos en el proyecto de investigacin.

  • 8

    Artculo 15.

    Las investigaciones pueden tener duracin variable no menor a 12, ni mayor a 36 meses, la ampliacin o profundizacin del tema del proyecto que surja durante el proceso, ser objeto de un nuevo proyecto de investigacin.

    CAPTULO IV DE LA EVALUACIN DE LOS PROYECTOS DE INVESTIGACION

    Artculo 16. El Vicerrectorado de Investigacin y Desarrollo propone el Comit Evaluador por rea de investigacin.

    Artculo 17.-Comit Evaluador: El Comit Evaluador est constituido por tres miembros; un Profesor Ordinario de la Facultad del rea de investigacin de la categora de profesor principal, y dos investigadores externos (evaluadores externos) sin vnculo laboral vigente con la universidad, con experiencia en el tema de investigacin presentado, de preferencia profesionales con publicaciones en revistas indizadas en el rea a evaluar.

    Artculo 18. Los miembros del Comit Evaluador no deben tener relacin de parentesco hasta el segundo grado de consanguinidad y cuarto de afinidad con ninguno de los miembros del equipo de investigacin del proyecto evaluado. Los evaluadores no podrn evaluar proyectos de los que formen parte.

    Artculo 19.-Factores de Evaluacin: Los factores de evaluacin de los proyectos de investigacin presentados son: a) Competencia del equipo de investigacin. b) Cualidades de la propuesta de investigacin. c) Mrito tcnico, cientfico y social del proyecto. d) Presupuesto y cooperacin interinstitucional-empresarial. e) Contribucin a la formacin, capacitacin y especializacin de los recursos humanos. f)Posibilidad de generar un derecho de propiedad intelectual con los resultados esperados. g) rea del proyecto.

    Artculo 20. Los resultados de la evaluacin pueden ser:

    a) Aprobado: Cuando el proyecto cumpla con todos los requisitos y tenga el puntaje mnimo de 70 puntos como promedio.

    b) Observado: Cuando el proyecto tenga algunos defectos de forma que puedan ser subsanados en un plazo establecido por el Comit Evaluador. (La observacin slo se realiza por una nica vez).

    c) Rechazado: Cuando no subsane las observaciones realizadas y cuando no tenga el puntaje mnimo de 70 puntos, como promedio final.

  • 9

    d) La calificacin se ajustar a la tabla de evaluacin de Proyectos de Investigacin contemplada en el Anexo 02.

    Artculo 21. El Vicerrectorado de Investigacin y Desarrollo designar una comisin para consolidar los resultados de las evaluaciones de los proyectos de cada rea.

    Artculo 22. Los postulantes cuyos proyectos sean declarados Rechazados, podrn retirar sus expedientes dentro de los 30 das calendario, posteriores a la publicacin de los resultados en la oficina de Planeamiento de la Investigacin e Innovacin Cientfica.

    CAPTULO V DEL FINANCIAMIENTO Y PRESUPUESTO DEL PROYECTO DE INVESTIGACIN

    Artculo 23. Los recursos provenientes de las Fuentes de Financiamiento de Donaciones y Transferencias, y Recursos Determinados con que cuenta la universidad, sern utilizados para la ejecucin de proyectos de investigacin sin perjuicio de otros usos que permita la Ley.

    Artculo 24. Los recursos de las Fuentes de Financiamiento de Donaciones y Transferencias, y Recursos Determinados se pueden utilizar en el financiamiento de Proyectos de Investigacin, considerados en el Plan Estratgico de Ciencia y Tecnologa, as como en el Plan del Bicentenario 2021. Los recursos determinados correspondientes al CANON, SOBRECANON y regalas mineras sern destinados para investigaciones que contribuyan al desarrollo de la Regin, los recursos determinados correspondientes al FOCAM sern destinados prioritariamente a: investigaciones en ciencias aplicadas relacionada con la Salud Pblica y prevencin de enfermedades endmicas, sanidad agropecuaria, preservacin de la biodiversidad y el ecosistema de la zona geogrfica de influencia donde se desarrolla las actividades econmicas extractivas y utilizacin eficiente de energas renovables y procesos productivos importantes en el desarrollo Regional. Los fondos tambin podrn ser utilizados para infraestructura y equipamiento vinculados directamente al proyecto de investigacin. En ningn caso se podrn utilizar los fondos para remuneraciones o retribuciones de cualquier ndole al responsable del Proyecto o a los integrantes que tengan vnculo laboral con la universidad.

    Artculo 25. La asignacin econmica para los proyectos de investigacin aprobados y ratificados, se efectuar mediante Resolucin del Consejo Universitario.

    Artculo 26. El financiamiento de proyectos de investigacin con Donaciones y Transferencias, y Recursos Determinados puede ser cofinanciado sin lmite con otras fuentes nacionales o extranjeras, suscribiendo el convenio interinstitucional correspondiente.

    Artculo 27.

  • 10

    La resolucin que aprueba el proyecto de investigacin debe incluir la designacin del Responsable del Proyecto y sus integrantes, quienes previamente firmarn la correspondiente carta de compromiso de fiel cumplimiento del proyecto.

    Artculo 28. La ejecucin del proyecto ser de acuerdo a los cronogramas aprobados debiendo la universidad, cumplir con la ejecucin presupuestal y financiera en su debida oportunidad.

    Artculo 29. El Responsable e integrantes del proyecto, estn obligados a cumplir solidariamente el cronograma establecido bajo responsabilidad.

    Artculo 30. El presupuesto1 para el financiamiento de los proyectos de investigacin ser incluido en el Presupuesto Institucional del ao correspondiente y las adquisiciones que se necesiten para la ejecucin del proyecto debern constar en el Plan Anual de Contrataciones.

    Artculo 31. La oficina de Abastecimiento, es la nica dependencia responsable de realizar las adquisiciones de bienes y servicios, por ello los requerimientos para el desarrollo de los proyectos debern ser solicitados por el Responsable del Proyecto a dicha dependencia (especificando las caractersticas, condiciones, cantidad, calidad de los bienes, servicios u obras que se requiera en el desarrollo del proyecto), salvo viticos y gastos por caja chica segn corresponda.

    Artculo 32. Los bienes y servicios sern adquiridos a nombre de la universidad, los equipos y material no fungible quedarn en el Departamento Acadmico, Facultad o Instituto de Investigacin donde se realiz el proyecto de investigacin (que ser establecido en la aprobacin del proyecto).

    Artculo 33. El Vicerrector de Investigacin y Desarrollo en coordinacin con la Oficina de Presupuesto de la Universidad debepresentarun cronogramade reuniones paradefinir el detalle de los gastos Precisados con exactitud respecto a las caractersticas, condiciones, cantidad, calidad, servicios y equipo que se requiera para el desarrollo del mismo, as como los plazos para la entrega.

    El equipo de investigacin obligatoriamente coordinar con las oficinas de presupuesto, abastecimiento y administracin detallando:

    Bienes. Servicios. Equipo. Material fungible. Cronogramas de viaje (incluyendo pasajes y viticos). Seguros (para cualquier riesgo en el desarrollo de la investigacin y de vida). Gastos de imprevistos. Otros.

  • 11

    1 Entindase como presupuesto al cmputo anticipado del costo o gasto del proyecto de investigacin

    CAPTULO VI DE LAS RESPONSABILIDADES, OBLIGACIONES Y PENALIDADES

    Artculo 34.-Responsabilidades: Los miembros del equipo de investigacin son solidariamente responsables de la veracidad de la informacin consignada en el Proyecto de Investigacin as como del cumplimiento de las actividades propuestas y deben estar en posicin de proveer la documentacin de respaldo en caso de ser requerido.

    Artculo 35.-Obligaciones del Responsable del Proyecto de investigacin:

    a) Gestionar el desarrollo del Proyecto de Investigacin. b) Presentar los requerimientos a la Oficina de Abastecimiento de acuerdo a lo establecido en los

    cronogramas aprobados. c) Asegurar que los bienes adquiridos por el proyecto queden en las dependencias de la

    universidad donde se realiz la investigacin. d) Presentar los informes tcnicos y econmicos de acuerdo al cronograma establecido. e) Publicar los resultados de la investigacin en revistas especializadas preferentemente

    indizadas, o revistas propias de la universidad que sigan un procedimiento editorial con criterios de indizacin.

    f) Coordinar con el equipo de investigacin el orden de aparicin de los investigadores en las publicaciones en revistas indizadas y otras publicaciones.

    g) Incluir el nombre de la universidad en todas las publicaciones que genere el proyecto, conservando los investigadores, sus derechos de autor.

    h) Informar a la autoridad universitaria en caso de que se genere una patente. i) Informar al Vicerrectorado de investigacin y Desarrollo cualquier situacin que perjudique la

    ejecucin del proyecto.

    Artculo 36.-Obligaciones del equipo de investigacin: a) Comprometerse y cumplir con los objetivos del proyecto de investigacin. b) Cuidar los bienes e insumos que estn bajo su responsabilidad. c) Presentar al Responsable del Proyecto los informes tcnicos y econmicos de la investigacin

    que este a su cargo. d) Respetar los acuerdos en el orden de aparicin de los investigadores en todas las publicaciones

    que genere el proyecto. e) Participar en las publicaciones que genere el proyecto dependiendo de la responsabilidad en el

    mismo.

    Artculo 37.-Penalidades: El Responsable del Proyecto y los miembros del equipo de investigacin sern penalizados en los siguientes casos: a) Cuando incumplan las obligaciones y responsabilidades descritas en el presente Reglamento. b) El uso de la funcin con fines de lucro.

  • 12

    c) Si se comprueba ilcito en la autora del proyecto. d) Por incumplimiento de los cronogramas establecidos.

    Artculo 38. De acuerdo a lo estipulado en el artculo 38 del presente reglamento se aplicar las siguientes penalidades: a) Exclusin del equipo de investigacin. b) Devolucin de los fondos recibidos. c) Inhabilitacin para formar parte de futuros proyectos de investigacin.

    Artculo 39. Las penalidades a que den lugar, de conformidad con el presente reglamento, son independientes de las implicancias y responsabilidades de carcter civil o penal que asimismo puedan derivarse.

    CAPTULO VII DE LOS DERECHOS DE AUTOR Y PATENTES DE LOS PROYECTOS DE INVESTIGACIN

    Artculo 40. El autor conserva los derechos intelectuales, pudiendo ceder los derechos patrimoniales a la Universidad Nacional San Luis Gonzaga de Ica.

    Artculo 41. Si se prev como resultado de la investigacin la obtencin de una patente sta puede ser tramitada de manera personal, o por intermedio de empresas especializadas en registro de patentes, su financiamiento debe estar incluido en el presupuesto del proyecto.

    Artculo 42. Todo lo no establecido en el presente captulo del reglamento deber ceirse a las normas sobre propiedad industrial y derechos de autor vigentes.

    CAPTULO VIII DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

    Primera. Los aspectos no contenidos en el presente reglamento son absueltos por el Vicerrectorado de Investigacin y Desarrollo.

    Segunda. Forman parte del presente reglamento los siguientes anexos: Anexo N 1 ProtocoloSIGU DIMENSION 8 Anexo N 2 Tabla decalificacin de proyectos

    Tercera. El presente Reglamento entra en vigencia a partir del da siguiente de publicacin de la Resolucin por el Consejo Universitario.

  • 13

    ANEXO 01

    PROTOCOLO SIGU DIMENSION 8

    El proyecto de investigacin (Formato SIGU dimensin 8) contiene: a) Nombre del proyecto de investigacin (descripcin). b) Tipo de investigacin. c) Duracin del proyecto (unidad de tiempo en meses). d) Tipo de financiamiento. e) Presupuesto. f) Universidad (nombre). g) Sede. h) Entidad Universitaria (Facultades, Centros de Investigacin). i) Especialidad, Disciplina o Carrera Profesional (nombre). j) Relevancia cientfica. k) Relevancia social. l) Objetivos del proyecto. m) Resumen del proyecto, que incluye: resumen, hiptesis (de haberla), justificacin, marco terico

    o tecnolgico (de ser necesario), marco conceptual. n) Bibliografa. o) Anexos (cronograma). p) Presupuesto (acorde a los requerimientos del proyecto). q) Nombre y currculo vitae (para la presentacin en investigacin fsico) de los integrantes del

    grupo.

  • 14

    ANEXO N 02 TABLA DE CALIFICACION

    I COMPETENCIA DEL EQUIPO DE INVESTIGACION, INSTITUCIONES INVOLUCRADAS Y GRADO DE APOYO (20%) 20 PUNTOS

    1. DEL INVESTIGADOR PRINCIPAL CALIFICACION CUALITATIVA CALIFICACION CUANTITATIVA

    0 1 2 3 4 CALIFICACION FACTOR DE CONVERSION PUNTAJE a. Experiencia en investigacin

    cientfica o desarrollo tecnolgico. Sin

    experiencia 1 ao 1 3 aos 4 6 aos Mas de 6

    aos 0.50

    b. Capacitacin relacionada con el proyecto propuesto.

    Sin capacitacin

    Menor de 1 mes

    1 2 meses 3 5 meses Mas de 5 meses

    0.50

    c. Publicaciones (libros, artculos cientficos, etc.)

    Sin publicacin 1 Publicacin 2 publicacin 3 Publicacin

    Mas de 3 Publicacin 0.25

    d. Derecho o propiedad intelectual solicitado y/o otorgado. Ninguno 1 2 o mas 0.25

    2. DE LOS CO-INVESTIGADORES DEL MISMO GRUPO DE INVESTIGACION DEL INVESTIGADOR PRINCIPAL

    a. Nivel acadmicoCoinvestigador 1 Ningn Msc. 1 Msc. MSc. - Dr. 0.25 b. Nivel acadmico Coinvestigador 2 Ningn MSc. 1 Msc. MSc. - Dr. 0.25 c. Nivel acadmico Coinvestigador 3 Ningn MSc. 1 Msc. MSc. - Dr. 0.25 d. Nivel acadmico Coinvestigador 4 Ningn MSc. 1 Msc. MSc. - Dr. 0.25 e. Nivel acadmico Coinvestigador 5 Ningn MSc. 1 Msc. MSc. - Dr. 0.25 f. Experiencia del Coinvestigador 1 Sin experien. 1 ao 2 aos 3 aos 4 aos 0.25 g. Experiencia del Coinvestigador 2 Sin experien. 1 ao 2 aos 3 aos 4 aos 0.25 h. Experiencia del Coinvestigador 3 Sin experien. 1 ao 2 aos 3 aos 4 aos 0.25 i. Experiencia del Coinvestigador 4 Sin experien. 1 ao 2 aos 3 aos 4 aos 0.25 j. Experiencia del Coinvestigador 5 Sin experien. 1 ao 2 aos 3 aos 4 aos 0.25 3. APORTE DE LA ENTIDAD EJECUTORA a. Infraestructura logstica y otros. No tiene Escasa Regular Buena Muy buena 0.25 4. APOYO AL PROYECTO POR OTRAS

    INSTITUCIONES.

    a. Grado de apoyo al proyecto. Sin apoyo Provisin de oficinas Adems

    laboratorios Adems

    materiales Adems asesora

    C y T 0.25

    b. Competencia en el tema de la propuesta. No tiene Escasa Regular Buena Muy buena 0.25

    c. Aporte econmico. No aporta Si aporta 0.25

  • 15

    SUB TOTAL RUBRO I

    II CUALIDADES DE LA PROPUESTA DE INVESTIGACION (11%) 11 PUNTOS 1. CUALIDADES DE LA PROPUESTA

    DE INVESTIGACION. CALIFICACION CUALITATIVA CALIFICACION CUANTITATIVA

    0 1 2 3 4 CALIFICACION FACTOR DE CONVERSION PUNTAJE a. Importancia del tema propuesto para

    la localidad y la regin, pas. No tiene Baja Media Alta Prioridad de desarrollo 1.00

    b. Originalidad del tema propuesto. Reducida Media Alta Muy alta Pionera 0.50 c. Actualidad del tema propuesto. No tiene Reducida Media Actual Muy actual 0.50 d. Relevancia de los resultados para el

    avance de la Ciencia y Tecnologa y/o del conocimiento.

    Irrelevante Limitada relevancia

    Media relevancia

    Alta relevancia

    Muy alta relevancia 0.25

    e. Impacto esperado de los resultados en el plano socio econmico (empleo, produccin, pobreza, exportacin)

    Nulo Muy limitado impacto Limitado impacto

    Impacto medio

    Muy alto impacto 0.50

    SUB TOTAL RUBRO II

    III MERITOS TECNICOS Y CIENTIFICOS DEL PROYECTO (42%) 42 PUNTOS 1. MERITOS TECNICOS Y

    CIENTIFICOS DEL PROYECTO. CALIFICACION CUALITATIVA CALIFICACION CUANTITATIVA

    0 1 2 3 4 CALIFICACION FACTOR DE CONVERSION PUNTAJE a. Planteamiento del Problema, rbol

    causa efecto. Deficiente Pobre Limitado Bueno Muy bueno 1.50 b. Objetivos, rbol de medios y fines Deficiente Pobre Limitado Bueno Muy bueno 1.50 c. Hiptesis de trabajo Deficiente Pobre Limitado Bueno Muy bueno 1.50 d. Operacionalizacin de variables Deficiente Pobre Limitado Bueno Muy bueno 1.50 e. Metodologa de la investigacin Deficiente Pobre Limitado Bueno Muy bueno 1.00 f. Anlisis e interpretacin de datos Deficiente Pobre Limitado Bueno Muy bueno 1.00 g. Interdisciplinaridad con otros

    proyectos. Deficiente Pobre Limitado Bueno Muy bueno 0.50 h. Matriz de consistencia Deficiente Pobre Limitado Bueno Muy bueno 1.00 i. Consideraciones de riesgo

    ambiental. Deficiente Pobre Limitado Bueno Muy bueno 0.50 j. Bibliografia Deficiente Pobre Limitado Bueno Muy bueno 0.50

  • 16

    SUB TOTAL RUBRO III

    IV PRESUPUESTO Y COOPERACION INTER INSTITUCIONAL EN EL PROYECTO (14%) 14 PUNTOS 1. PRESUPUESTO Y COOPERACION

    INTER INSTITUCIONAL EN EL PROYECTO.

    CALIFICACION CUALITATIVA CALIFICACION CUANTITATIVA 0 1 2 3 4 CALIFICACION FACTOR DE CONVERSION PUNTAJE

    a. Formulacin y presentacin de presupuesto Deficiente

    Se ajusta medianamente

    a la norma

    Se ajusta a la norma

    2.00

    b. Cronograma de ejecucin del presupuesto Deficiente Bueno Excelente 0.50

    c. Coherencia y justificacin del presupuesto

    Sin coherencia Coherente

    Muy coherente 0.25

    d. Magnitud de la contrapartida monetaria de la UNICA y de la institucin asociada. No existe Mnimo Mnimo 5% De 6 a 10% Mas de 10% 0.25

    SUB TOTAL RUBRO IV V CONTRIBUCION A LA FORMACION CAPACITACION Y ESPECIALIZACION DE RECURSOS HUMANOS (10%) 10 PUNTOS

    1. CONTRIBUCION A LA FORMACION CAPACITACION Y ESPECIALIZACION DE RECURSOS HUMANOS

    CALIFICACION CUALITATIVA CALIFICACION CUANTITATIVA 0 1 2 3 4 CALIFICACION FACTOR DE CONVERSION PUNTAJE

    a. Participacin de estudiantes tesistas de pre grado.

    Ningn estudiante 1 estudiante 2 estudiante 1.00

    b. Participacin de estudiantes tesistas de post grado (Maestra y doctorado)

    Ningn estudiante 1 estudiante 2 estudiantes 1.00

    c. Participacin de Organizaciones sociales Ninguno 10 participantes Mas de 10

    participantes 0.50

    SUB TOTAL RUBRO V VI POSIBILIDADES DE GENERAR UN DERECHO DE PROPIEDAD INTELECTUAL CON LOS RESULTADOS ESPERADOS

    Y AREA DEL PROYECTO(4%) 1. POSIBILIDADES DE GENERAR UN

    DERECHO DE PROPIEDAD INTELECTUAL CON LOS RESULTADOS ESPERADOS Y AREA DEL PROYECTO

    CALIFICACION CUALITATIVA CALIFICACION CUANTITATIVA 0 1 2 3 4 CALIFICACION FACTOR DE CONVERSION PUNTAJE

    a. Posibilidades de generar derecho de No Si 1.00

  • 17

    propiedad intelectual b. rea del proyecto con respecto al

    investigador. No Si 1.00 c. Matriz del marco lgico. Deficiente Regular Bueno Muy bueno Excelente 0.50 SUB TOTAL RUBRO VI PUNTAJE TOTAL RUBRO I,II,III,IV,V y VI EQUIPO DE TRABAJO VRID - UNICA

  • 18