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Compañía Minera Punta de Lobos Ltda. Compañía Minera Punta de Lobos Ltda. REGLAMENTO DE CONDUCCIÓN INTERNA CMPL

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Reglamento de conducción interna CMPL

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Compañía Minera Punta de Lobos Ltda.

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Compañía Minera Punta de Lobos Ltda. REGLAMENTO DE CONDUCCIÓN INTERNA CMPL

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INDICE

PÁG. I.-) PROPOSITO 3 II.-) ALCANCE 3 III.-) DEFINICIONES 3 FAENA MINERA 3 AREA MINA 3 AREA PLANTA 4 CAMPAMENTO 4 IV.-) RESPONSABILIDADES 6 V.-) GENERALIDADES 6 VI.-) LICENCIAS INTERNAS DE CONDUCCIÓN 7 REQUISITOS OBTENCION 7 VII.-) NORMAS DE CONDUCCIÓN VEHÍCULOS LIVIANOS 8 GENERALIDADES 8 CONDUCCIÓN 8 ADELANTAMIENTO 10 ESTACIONAMIENTO 11 VIII.-) NORMAS DE CONDUCCIÓN EQUIPOS DE PRODUCCIÓN O SERVICIOS 12 IX.-) RESPONSABILIDADES CONDUCTORES 15 X.-) NORMAS DEL REGLAMENTO DE SEGURIDAD MINERA 16 XI.-) EMERGENCIAS 16 CONDICIONES CLIMATICAS ADVERSAS 16 EMERGENCIAS DECLARADAS 16 XII.-) ESTANDAR VEHÍCULOS LIVIANOS 17 XIII.-) PROHIBICIONES 19 XIV.-) INFRACCIONES Y SANCIONES 20 XV.-) ACUSO RECIBO 21

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I.-) PROPÓSITO Establecer normas internas para controlar él transito y la conducción de vehículos y maquinarias, previniendo incidentes que puedan causar daños a las personas y/o propiedad. II.-) ALCANCE Este documento es de competencia de todas las áreas operativas y de servicios de Compañía Minera Punta de Lobos Ltda., incluyendo las empresas contratistas, subcontratistas que prestan s ervicios a CMPL. III.-) DEFINICIONES FAENA MINERA Comprende todas las labores que se realizan, desde las etapas de construcción del conjunto de instalaciones y lugares de trabajo de la Industria Extractiva Minera, tales como: minas, plantas, talleres, casa de fuerza, campamentos, bodegas en general, etc. En la totalidad de las labores, instalaciones y servicios de apoyo e insfractructura necesaria para asegurar el funcionamiento de la industria extractiva minera. AREA MINA Comprende las áreas de explotación de los rajos de mina kainita y mina loberas, almacenamientos de explosivos, caminos a botaderos y en general a todas las vías por donde circulen los camiones de extracción, maquinaria pesada, equipos de servicio, y vehículos de apoyo en tránsito mina.

EQUIPOS DE PRODUCCIÓN Cargadores Frontales. Camiones de Extracción. Camión semi-Remolque. Perforadotas. Moto niveladora. Similar que se incorpore en el futuro.

EQUIPOS DE SERVICIOS Camiones de Explosivos. Grúas. Tractor. Camiones Regadores. Camiones Lubricadotes. Retroexcavadora. Camiones Plumas. Minibús transporte personal. Camión Abastecimiento de Combustibles.

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EQUIPOS LIVIANOS Es aquel que puede ser usados para actividades relacionadas con el trabajo, que pueden ser registrados y aprobados para transitar en carreteras y que pueden usarse para transporte de personas y cargas máximas de 3.500 Kg. Algunos vehículos de tracción en las 4 ruedas, camionetas pick-up, camionetas para servicios generales, vehículos de transporte de personal hasta 12 personas, etc.

MIRADOR Lugares preparados para recibir visitas y cuyo propósito es facilitar una vista panorámica de las instalaciones y del desarrollo de la Mina.

ESTACIONAMIENTO Lugares destinados exclusivamente para estacionamientos de vehículos livianos, buses o maquinaria minera.

LORO VIVO Personal encargado del cierre en los accesos al área mina que opera durante el desarrollo del procedimiento de Tronadura. AREA PLANTA Comprende el área donde se ubican las plantas de chancado y harneo N°2 y N° 4, incluyendo las canchas de almacenamiento para sus productos, además de los talleres de mantención.

PLANTAS DE CHANCADO Comprende las áreas del chancado y harneo de plantas N°2 y N° 4 , sección de harneros, correas transportadoras y tolvas necesarias para la operación de esta sección.

CONTENEDORES Lugares adaptados como oficinas y/o talleres por el personal de empresas contratistas para planificar las tareas diarias. CAMPAMENTO

PABELLONES Lugar donde se ubican los dormitorios de trabajadores de la empresa y contratistas, destinado para el descanso después de la jornada de trabajo.

CASINO Lugar destinado para la atención de la alimentación de los trabajadores.

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OFICINAS Oficina Mina, destinado y equipado para efectuar las funciones administrativas de ingeniería y de operación para la conducción de la Empresa.

SALA DE RECREACION Lugar destinado a la recreación del trabajador durante sus horas de descanso, (sala de juegos, sala de TV. ).

ESTANQUES DE AGUA POTABLE Lugar donde se ubican los estanques almacenadores de agua potable que abastecen las necesidades del Casino y Pabellones.

PLANTA DE TRATAMIENTO DE AGUA Planta destinada para el tratamiento de aguas servidas del campamento y que posteriormente es recuperada para regadío de caminos.

TALLERES DE MANTENIMIENTO Lugar donde se realizan las labores de mantenciones, inspecciones, revisiones y reparaciones de equipos.

BODEGA Lugar destinado al almacenamiento de materiales y repuestos necesarios para el buen funcionamiento de las operaciones.

PATIO DE SALVATAJE Almacenamiento de todos los desechos que resultan del proceso de explotación y chancado de sal, que puedan ser reutilizados

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IV.-) RESPONSABILIDADES

Será responsabilidad de las Administración CMPL y Administración de Empresas Contratistas prestadoras de servicio, ejecutar todas las medidas de seguridad necesarias para evitar perdidas por incidentes que involucren transito vehicular, asegurando que el personal a cargo se encuentre capacitado para la función de conducción, que los equipos de trabajo esté en condiciones operativas y que él trafico este debidamente señalizado en todos los puntos de operación. V.-) GENERALIDADES

El tránsito vehicular por las áreas mina, planta y campamento es por la derecha, lo cuál permitirá a los operadores de camiones de extracción tener visibilidad segura y eficiente, además de una buena percepción de profundidad en la entrada de botaderos, permitiendo observar con mayor precisión las grietas y/o deslizamientos en los bordes de éstos. Además, en área mina asegura la entrada y salida de las rampas principales y bancos, ya sea por derrumbes y/o caídas de colpas de sal, observar orilla de caminos, bermas y advertir riesgos de grietas. La velocidad máxima en faena CMPL es de 50 Km./hr. , excepto cuando una señalización indique lo contrario, la cual deberá respetarse íntegramente. La velocidad máxima en interior mina será de 30 Km./hr. , excepto cuando una señalización indique lo contrario, la cual deberá respetarse íntegramente. Todo vehículo que ingrese a la faena deberá hacerlo con las luces encendidas (día y noche), además pértiga y baliza encendida mientras este en operación. Aquellos vehículos livianos que circulen en las áreas mina, planta, o campamento deberán ser autorizados por los supervisores respectivos. Con respecto a los teléfonos celulares, ya sean los que requieran uso de manos libres o los regulares, solo podrán ser usados por el conductor mientras el vehículo este estacionado en un lugar seguro y señalizado. Todo vehículo que ingrese al área industrial debe estar equipado con una radio base o su conductor portar una radio manual, con las frecuencias habilitadas para mantener una comunicación efectiva. Los estacionamientos vehiculares están debidamente señalados, según el tipo de vehículo que corresponda, en todas las áreas de la faena CMPL y su postura serán de la forma aculatada. No se permitirán vehículos estacionados en áreas que no les corresponda.

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Los conductores deberán inspeccionar a lo menos una vez por turno y en cada cambio de turno el estado general del vehículo, debiendo quedar registro esta actividad en check list cambio de turno para vehículos livianos. El uso del cinturón de seguridad es obligatorio para todo tipo de vehículos de traslado dentro y fuera de las faenas de CMPL. VI.-) LICENCIAS INTERNAS DE CONDUCCIÓN

REQUISITOS OBTENCION. Los requisitos para conducir vehículos u operar equipos en las áreas mina, planta y campamento, tanto para personal de CMPL como para el de Empresas Contratistas deberán cumplir con lo siguiente:

• Inducción Hombre Nuevo CMPL o contratista. • Instrucción teórica y práctica del equipo o vehículo. • Curso aprobado de Reglamento de Conducción de Vehículos. • Licencia Municipal vigente. • Credencial Interna Vigente. • Hoja de vida de conductor (otorgado por el Registro Civil) • Examen Psicosensotécnico emitido por Organismo acreditado. • Todas las personas que requieran operar equipos de levante deben contar con la

certificación de competencia otorgado por un organismo de capacitación acreditado. • Todas las personas que requieran operar equipos de producción, equipos de

servicio, deben contar con la certificación de competencias como operador por parte de un instructor designado por CMPL o la Empresa Contratista que lo requiera.

Las licencias internas de conducir deben ser autorizadas por el administrador de contrato de la empresa contratista y por administrador de contrato CMPL al cual le presta servicio ó en su defecto por alguna jefatura que lo reemplace, para luego pasar por un examen práctico tomado por un Instructor CMPL y previa asignación por el Departamento de Prevención de Riesgos. Los operadores de equipos de producción y chóferes de transporte, su examen psicosensotécnico deberá renovarse anualmente. Los conductores de vehículos livianos, su examen psicosensotécnico deberá renovarse cada cuatro años. Será responsabilidad del usuario la renovación oportuna de sus licencias municipal e interna.

Todo conductor deberá llevar permanentemente consigo su licencia de conducir Interna, la que podrá ser requerida en cualquier momento por, supervisores, prevención de riesgos, seguridad industrial, autoridad fiscalizadora u otra.

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VII.-) NORMAS DE CONDUCCIÓN VEHÍCULOS LIVIANOS.

GENERALIDADES

• El conductor debe hablar el idioma español, acreditar experiencia en conducción y

demostrar la necesidad del trabajo a desarrollar. • En todo momento se debe portar radio de comunicaciones que tenga programado

los canales de las áreas de ingreso.

• El uso de los implementos de protección personal es obligatorio, siendo los mínimos: cinturón de seguridad, lentes, zapatos de seguridad.

• Dar cumplimiento a los requerimientos para la obtención de Licencia Interna de

Conducir según sea el equipo a operar por este reglamento.

• Todo conductor u operador debe estar debidamente autorizado de acuerdo a este reglamento y está obligado a portar la Licencia Interna de Conducir, como igualmente la Licencia Municipal al día o documento que lo sustituya en forma legal.

• Antes de entrar en servicio debe realizar inspección de PRE-uso. Esta inspección

debe incluir: frenos, dirección, luces y neumáticos, pértiga, baliza, radio de comunicaciones, extintor, triángulos reflectantes, cinturón de seguridad, barra de protección contra volcamientos, documentación.

• Un vehículo o equipo podrá ingresar puntualmente a la mina sin tener los elementos

como baliza,pértiga o radio de comunicaciones, siempre y cuando sea escoltado por un vehículo que cumpla con los requisitos para transitar en la mina. Los conductores de escoltas deben estar autorizados para conducir al interior mina.

• Queda estrictamente prohibido el ingreso al área mina tanto de peatones, como

automóviles. CONDUCCIÓN

• El tránsito general de vehículos por las vías de las áreas mina, planta o campamento es por el lado derecho, sin excepciones.

• Todo vehículo ajeno a la operación antes de ingresar a las áreas mina, planta o

campamento, deberá solicitar su autorización de ingreso al Líder Extracción Mina.

• Al aproximarse a un lugar de afluencia de personas y vehículos (oficinas, talleres, miradores, etc.), el conductor debe disminuir la velocidad y estar atento a las contingencias que puedan presentarse.

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• La velocidad máxima en las áreas mina, planta, o campamento será de 50 Km./hora o aquella que esté señalizada.

• Todo vehículo que se detenga detrás de un equipo de producción y/o servicio,

tendrá que ubicarse a una distancia mínima de 50 metros, que le permita maniobrar con facilidad en caso que estos equipos inicien un movimiento de retroceso.

• En todo momento deberá ver perfectamente el espejo retrovisor del vehículo que le

antecede, a fin de asegurarse que su vehículo sea visto completamente por dicho conductor.

• Durante la marcha todo conductor deberá guiar su vehículo a una distancia mínima

de 50 metros respecto a otros vehículos, especialmente del equipo de producción. En otras circunstancias debe tomarse la distancia prudente y necesaria para reaccionar frente a imprevistos, todo conductor no debe ubicarse en la estela polvorienta que dejan los vehículos o equipos que le preceden, dejando como mínimo 50 metros de separación entre móviles.

• La colocación de conos en cualquier área siempre indicara "cierre temporal del

lugar" y estos deben ser respetados, solicitando permiso al líder de extracción correspondiente cada vez que alguien tenga que pasar a realizar un trabajo determinado.

• El derecho preferente a vía, dentro de la mina, tiene el siguiente orden prioritario:

Vehículos de emergencia (Ambulancia), que hagan uso de sus señales audibles y visuales. Vehículo que efectúan el cambio de turno Camiones que transporten explosivos, debidamente señalizados. Camiones de extracción cargados Camiones ó Equipos pesados que son escoltados. Camiones de extracción vacíos. Las demás maquinarias pesadas (Cargadores, etc.) Vehículos de Servicios (Camión Aljibe, Abastecimiento de Combustible) Vehículos livianos (camionetas y similares).

• Se entiende por “derecho preferente a vía”, a la acción de ceder el paso a otro

vehículo cuándo al enfrentar un cruce éste no esté regulado.

• El conductor u Operador que enfrente un signo “Pare” ó “Ceda el Paso” debe detener el vehículo y permitir el paso a los otros vehículos que circulan por la otra vía.

• Los vehículos de emergencia, quienes haciendo uso de sus señales visibles y audibles se encuentren en situación de emergencia, podrán sobrepasar la señalización siempre y cuándo se hayan asegurado que los otros vehículos le están dando la preferencia.

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• Nunca debe estacionarse o conducir, en o cerca, de las zonas ciegas que tienen los equipos de producción.

• Los conductores deberán respetar y obedecer todos los letreros y señalización de

tránsito que encuentre, como también, las indicaciones de los señaleros o loros premunidos de banderolas que encuentren en la vía o equipos atravesados en la vía y que se encuentren realizando una función de cierre.

• Todo conductor al enfrentarse en el camino, con letreros amarillos–negro y leyenda

¡PELIGRO EXPLOSIVOS!, debe disminuir su velocidad, extremar las precauciones, hacer abandono del lugar y solicitar nuevas instrucciones, esta señalización existente está indicando zona de carguío de tronadura. La distancia mínima a mantener con cualquier vehículo de transporte de explosivos es de 50 metros.

ADELANTAMIENTO

50 m

Frecuencia

Adelantamiento de Camiones por Vehículos Livianos

• Todo conductor al adelantar camiones de extracción o aljibes, debe comunicarse por

radio con el operador del camión de extracción para solicitar el adelantamiento y esperar confirmación, extremar sus precauciones en cuanto a visibilidad, asegurándose en todo momento, que podrá realizar la maniobra sin riesgos y lo más alejado del vehículo que rebasa, a fin de evitar atropellamientos por giros bruscos y/o impactos por caídas de material. Para el adelantamiento de los otros equipos, es suficiente la comunicación visual con el operador.

• Debe existir un radio de exclusividad de los equipos pesados de 50 mts,

principalmente cargadores frontales en las maniobras de carguío, para romper ese radio y transitar mas cerca de esos equipos deberá establecerse contacto radial con el operador e informarle la intención de circular a menos de 50 mts. del equipo.

• No se adelantarán camiones y/o Equipos pesados cuando:

Se aproxime a una curva Exista una intersección de caminos Se aproxime a la cima de una cuesta

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El camino esté obstruido El camino esté resbaladizo Exista poca visibilidad Exista derrame de sal Cuando se le responda que no puede hacerlo. Cuando la señalización lo prohíba

ESTACIONAMIENTO

• Los vehículos livianos que requieran estacionar cerca de un camión de extracción, deberán informar de tal situación al operador del camión y ubicarse delante del Camión a una distancia superior a los 50 metros y fuera de la pista de circulación.

• Se prohíbe estrictamente estacionar vehículos en zonas de curva, pie de los

cortes ( Patas), bordes de bancos, canchas o botaderos que evidencien quebraduras o hundimientos y en los lugares de acceso y salida de equipos de producción y de apoyo.

• Ningún vehículo liviano deberá estacionar en lugares destinados al aparcamiento

de equipos de producción y/o servicios, si es necesario realizar esta detención, debe solicitarse autorización al líder extracción mina.

• Los vehículos livianos o de apoyo (líderes extracción mina, mecánicos, etc.) que

requieran ingresar a un área de trabajo o producción, deben pedir permiso radial a los operadores de equipos de producción y/o servicios para poder ingresar a ella, la autorización por parte de los operadores debe ser clara y precisa.

• La empresa es la que define zonas de estacionamiento en el interior de las áreas

mina, planta o campamento.

• En presencia de trabajos en el camino de la mina con utilización de equipos pesados, los conductores deberán detenerse y solicitar autorización de paso vía radial. Solo podrá continuar la marcha cuando el operador de este le indique por el mismo medio que puede proseguir.

• Cuando se deba estacionar en horarios que no exista luz natural en las áreas de

mina o planta, el vehículo deberá quedar estacionado con sus luces de estacionamiento, luces de emergencia, baliza y pértiga encendida, freno aplicado y motor detenido.

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VIII.-) NORMAS DE CONDUCCIÓN EQUIPOS DE PRODUCCIÓN O SERVICIOS.

• Los conductores deben conocer sus responsabilidades y poner en práctica sus mejores hábitos en el manejo defensivo, respetar las señalizaciones del tránsito existentes y velocidades máximas permitidas. Es obligación usar los elementos de protección personal que la empresa les entrega para su cuidado personal.

• Antes de poner en servicio un equipo, el conductor debe realizar inspección de Pre-

Uso para verificar entre otras cosas: El estado general del equipo Frenos Dirección Luces Presiones del sistema hidráulico y aceite Neumáticos Extintores contra incendio Este Pre-Uso incluye una limpieza de la cabina de los equipos de producción, responsabilidad de cada operador. Cada vez que sea necesario debe limpiarse vidrios y espejos.

• Se prohíbe llevar pasajeros en la cabina, con excepción del personal en instrucción,

del personal de Higiene Industrial cuando esté efectuando análisis ambientales y del personal de mantención en chequeo del equipo.

• Cuando un equipo se encuentre en panne en el camino, se pedirá al operador

autorización para pasar. Si este no se encuentra y alrededor del equipo a unos cuatros metros hay ubicados conos reflectantes, indicara que el equipo puede ser adelantado. Caso contrario se solicitará permiso al líder extracción mina.

• Si bajando o subiendo una rampa un camión sufre un desperfecto mecánico o avería

eléctrica, se deberá respetar lo siguiente:

Conducir en forma inmediata al pie del banco o próximo a la berma de seguridad. Activa frenos y control de la velocidad del equipo hasta su detención total. Notificar el problema al supervisor. Encender las luces de estacionamiento

• Ante la presencia de equipos de servicios operando en las vías de tránsito, el

conductor extremará las medidas defensivas que el caso requiere.

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• Los equipos deben circular separados entre sí, a una distancia de 50 metros, debiendo ser mayor si tales condiciones así lo requieren, como lo son los factores climáticos de camanchaca(neblina), vientos, etc. También deben extremar las medidas preventivas en caminos resbaladizos, buscando alternativas seguras de tránsito, la supervisión indicará las medidas de prevención a aplicar, según sea el caso.

50 m.

Distancia de Seguridad entre Camiones

• Los conductores de camiones al aproximarse al sector de carguío de materiales, deben reducir gradualmente la velocidad, observando las condiciones de acceso, obstáculos en su camino, personas y otros equipos que transitan en el sector.

• El conductor no debe pasar con su equipo por detrás de un camión u otro vehículo

que esté desplazándose hacia atrás o en una posición.

• Nunca debe pasar la cabina de un camión por debajo del balde de un cargador frontal.

• La salida del camión del punto de carguío, sólo se debe iniciar una vez que el

operador del equipo de carguío le indique por un medio sonoro que el equipo ya se encuentra cargado. El conductor al salir debe estar atento a las condiciones de tránsito en la zona.

• Se prohíbe a los conductores salir de la cabina del camión cuando éste se esté

cargando.

• No se podrá vaciar en las rampas de alimentación plantas si no se cuenta con su respectivo puntero. Solo podrá vaciar la carga a piso previa autorización del líder de extracción.

• No deberá mover el camión si la tolva no ha llegado a la posición de descanso

después de haber vaciado.

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• La salida de las áreas de descarga de las rampas de la planta debe ser a velocidad reducida con el fin de controlar cualquier contingencia que se presente por el tránsito del sector.

• Todo vehículo que se detenga en una intersección detrás de un equipo pesado, con

o sin pendiente en el camino, tendrá que ubicarse a una distancia mínima de 50 metros, de manera que le permita maniobrar con facilidad en caso que el vehículo pesado inicie el retroceso. Desde su ubicación deberá ver perfectamente el espejo retrovisor del camión a fin de asegurarse que su vehículo sea visto completamente por operador del vehículo pesado (camión u otro).

• Todo vehículo que requiera ingresar a un sector de trabajo deberá solicitar

autorización al responsable del área. Así por ejemplo en un frente de carguío al operador del cargador, en un botadero al operador del cargador o puntero, en una zona de perforación al operador de la perforadora, etc.

• Si ingresa por una emergencia alguna ambulancia a la mina, lo harán con su baliza

y sirena encendida. El conductor informará por canal 1 a todos los móviles del recorrido hacia la emergencia. Esto hará que todos los vehículos en su camino deban detenerse para permitir su libre acceso.

• Al enfrentarse dos vehículos o equipos en similares condiciones, la preferencia la

tendrá siempre el vehículo que sube.

• Debe tenerse presente que el choque por atrás a otro camión tiene altas probabilidades de ocasionar un accidente fatal, por lo tanto, las distancias de separación entre camiones, deben ser respetadas íntegramente.

• Si un camión durante el ciclo de carga y descarga sufre un desperfecto, deberá

detenerse en lo posible a la orilla del camino, poner luces de estacionamiento (Hazard) y acuñar los neumáticos debidamente. El operador dará aviso por radio al Líder de Extracción Mina para que personal especializado haga las revisiones del caso, el operador no debe alejarse de su vehículo a no ser por orden del Líder Extracción Mina, este último informará vía radial al resto del turno para que tomen las medidas necesarias.

• Debe entenderse que la frecuencia 1 es prioritaria para las operaciones mineras,

por lo tanto debe utilizarse estrictamente lo justo y necesario para no saturar dicha frecuencia.

• Cada vez que por razones operacionales se deban cortar caminos por el avance

de la fase de explotación, se cerrará el camino con pretiles y/o se colocarán conos indicando el cierre definitivo, sólo se podrá pasar al área cerrada con el permiso del Líder de Extracción y una vez que se haya cerciorado de quien y que labor realizará dentro de dicha área. El trabajador que obtiene el permiso, se asegurará de colocar los conos en su posición original cada vez que ingresa o sale del lugar.

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IX.-) RESPONSABILIDADES DE LOS CONDUCTORES

• Todo operador tendrá la responsabilidad de cumplir con las instrucciones específicas para la operación de cada Equipo, la cuál incluye capacitación para actuar en casos de emergencia.

• Todo Conductor/Operador autorizado en la faena, debe ceñirse estrictamente al

cumplimiento de ésta Reglamentación vigente sobre tránsito mina.

• Todo Operador deberá tomar conciencia de su responsabilidad al estar operando un equipo de gran tamaño y deberá poner en práctica sus mejores habilidades al conducirlo, recordando que debe actuar en forma segura, evitando todo riesgo que pueda significar la ocurrencia de algún accidente y debiendo usar en todo momento su equipo de protección personal.

• Ningún operador debe prestar su equipo a personas ajenas a las operaciones

mineras, a menos que sea con el propósito de entrenamiento programado con Instructor y con el debido conocimiento de la Jefatura superior.

• Se prohíbe estrictamente transportar personal en las plataformas de los camiones

como asimismo, en los baldes de los cargadores.

• Se prohíbe llevar pasajeros en la cabina de cualquier equipo de operaciones, excepto cuándo ésta sea por motivo de instrucción a operador nuevo, en este caso, deberá contarse con la supervisión directa del Instructor y deberá estar autorizado por el líder de área respectivo.

• Cada operador operará solamente los equipos para los cuales está

formalmente autorizado después de haber recibido la correspondiente instrucción. Para operar los demás equipos debe existir la coordinación con el respectivo Instructor y el conocimiento de su Supervisor Directo.

• Todo operador de maquinaria pesada y conductor de vehículo liviano deberá

cumplir anualmente con los exámenes médicos que le indique la Empresa.

• Los Operadores en todo momento deberán estar atento a ruidos externos o comportamiento anormal de su equipo, dando aviso de inmediato a su jefe directo en caso de presentarse dichas situaciones.

• Los operadores mina deberán comunicar de inmediato a su líder directo y

compañeros de trabajo cuándo detecten colpas o trozo de mineral de sobre tamaño en los caminos que puedan dañar la integridad física o a su equipo.

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• Será obligación de todos los operadores respetar todas las señalizaciones de tránsito especialmente aquellas que regulan las velocidades dentro de la mina.

• Los operadores de los equipos pesados que han sido evaluado con alto nivel

de presión sonora, deberán usar sus protectores de oídos tipo anatómico.

• Todo conductor que maneje vehículos livianos o maquinaria pesadas, deberá usar obligatoriamente el cinturón de seguridad

X.-) NORMAS DEL REGLAMENTO DE SEGURIDAD MINERA

• Se prohíbe trasladar personas sobre la cuchara o balde de equipos de carguío o sobre cualquier otro vehículo que no este autorizado para este propósito.

• Cuando el operador de un equipo de producción o de cualquier vehículo, encuentre un tiro quedado, detendrá inmediatamente la operación que este realizando. Deberá comunicar de inmediato a su supervisor esta situación para que tome las medidas necesarias de acuerdo a las normas establecidas.

• Por ningún motivo los conductores-operadores de los equipos de producción o servicios, facilitarán sus maquinarias a personas no autorizadas o extrañas a la faena para que maniobren los equipos o vehículos a su cargo.

XI.-) EMERGENCIAS

CONDICIONES CLIMATICAS ADVERSAS Ante condiciones climáticas adversas, tales como lluvias, nevazones, relámpagos, granizada u otras, todo conductor u operador debe considerar:

• Estar alerta y prevenido ante un eventual empeoramiento de las condiciones climáticas.

• Evitar tomar acciones no coordinadas con los Líderes de áreas responsable.

• Informar de su actividad y ubicación al Líder de áreas correspondiente.

• El ingreso a la mina estará restringido a la autorización del Líder de Extracción Mina.

EMERGENCIAS DECLARADAS

• Ocurrida una emergencia, el Líder de Extracción Mina informará por frecuencia abierta a todos los conductores y operadores, ya sea un incendio, choque, volcamiento u otro, y todos los conductores u operadores cederán el paso a los vehículos de emergencia, los que transitarán con todas sus señales luminosas y sonoras en funcionamiento.

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• Líder de Extracción Mina indicará si es necesario paralizar las operaciones en el sector de emergencia. De ser así, todos los equipos se detendrán en el sector hasta que el Líder de Extracción Mina indique lo contrario.

• Los conductores se abstendrán de acudir al lugar de emergencia, excepto cuando su presencia sea solicitada, mantendrán sus radios en las frecuencias abiertas de la mina, cualquiera sea y en el lugar que se encuentre, absteniéndose de usarla excepto para comunicaciones relacionadas con la emergencia.

XII.-) ESTANDARES VEHÍCULOS LIVIANOS

VEHÍCULOS LIVIANOS Es aquel que puede ser usados para actividades relacionadas con el trabajo, que pueda ser registrados y aprobados para transitar en carreteras y que pueden usarse para transportar personas y cargas máximas de 3.500 Kg. Algunos ejemplos de vehículos livianos son autos de pasajeros, vehículos de tracción 4 ruedas, camionetas pick-up, camionetas para servicios generales, vehículos de transporte de personal hasta 12 personas, etc.

EQUIPAMIENTO Cinturón de Seguridad 3 Puntas Delanteros

SI

Barra antivuelco externa SI Pértiga 3,60 mts. con luz roja y bandera roja (20 x 30cms.) . medida desde el piso hasta punta de la pértiga. (luz intermitente)

SI

Extintor PQS 1kg en El interior SI Permiso de circulación y revisión técnica Vigentes Baliza color amarillo / ámbar SI

• Los vehículos deberán estar en buenas condiciones mecánicas y eléctricas

(neumáticos, dirección, frenos, luces, revisión técnica al día, etc.) • Los vehículos deberán portar los implementos de seguridad ( triángulos, Gata

hidráulica, herramientas, extintor.)

• Se recomienda uso de neblineros en todas las camionetas que suben y bajan a Iquique o Área Mina.

• Todo vehículo liviano es considerado como un equipo crítico, por lo tanto se debe

contar con su pauta de mantención y además ser incluido en el programa de control de perdida, para ser incorporado en las inspecciones.

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• Camionetas que no cumplan con los estándares antes mencionados no pueden ingresar a las dependencias de CMPL.

El color de las Balizas esta estandarizado según la función que desempeñe el vehículo dentro de la faena, estos son:

Camionetas Amarillo o Ámbar. Vehículos de transporte de personal Color Azul. Vehículos de Emergencia Color Rojo. Equipos y Maquinaria pesada Color Amarillo o Ámbar. Camión con Explosivos Color Rojo.

• El número de ocupantes de cualquier vehículo o equipo especificado anteriormente

queda determinado por el número de cinturones de seguridad operativos que tengan dichos vehículos o equipos, sea este de dos y tres puntas.

• Las consideraciones que se deben incorporar en el estándar de vehículos livianos son las siguientes:

El peso de la carga no debe exceder lo establecido por el fabricante. El ancho de la carga no debe sobrepasar el ancho de la camioneta. La altura de la carga no debe obstaculizar la tercera luz de freno ni el espejo retrovisor central. La carga que supere el largo del pick up debe estar debidamente señalizada y visible. La carga debe estar debidamente estibada, amarrada y con malla protectora. La carga pequeña debe estar sujeta de tal manera que no se desplace durante el movimiento del vehículo. Sé prohíbe el transporte de objetos o carga en el interior de la camioneta, esta acción podría originar una maniobra inesperada y producir un accidente. Los cilindros de gases deben ser trasladados de acuerdo a lo establecido en la Legislación vigente y/o normas internas de CMPL. El traslado de sustancias peligrosas debe considerar la naturaleza del producto de acuerdo a lo establecido en el Sistema de Información de Materiales Peligrosos en Faena de CMPL.

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XIII.-) PROHIBICIONES

• Se prohíbe que conduzcan los estudiantes en prácticas o memoristas. • Estrictamente prohibido pasar el equipo a personas que no están autorizadas para

operarlo. • Queda estrictamente prohibido sacar combustibles de los estanques de los

vehículos y utilizar mangueras para realizar “sifón” con la boca para efectuar trasvasije de bencina del estanque auxiliar al principal, los vehículos deberán contar con implementos adecuados para el efecto.

• No se permitirá el transporte y/o almacenaje de gasolina en tambores o recipientes

no autorizados por el Departamento de Prevención de Riesgos.

• Estará estrictamente prohibido para el conductor que por prescripción medica debe usar lentes ópticos, conducir un vehículo de la compañía o de las empresas contratistas sin utilizar este elemento. Su uso deberá ser permanente desde que suba al vehículo y antes de poner en marcha el motor, se le aconseja cerciorarse que los cristales se encuentren en perfectas condiciones y limpios.

• Esta absolutamente prohibido a los vehículos y/o conductores no autorizados o que

no cuenten con los implementos de seguridad exigidos, ingresar a las áreas Mina y Planta. Similar prohibición existe para los conductores de vehículos no relacionados directamente con los procesos y operaciones mineras.

• Estará prohibido a los conductores de vehículos de la empresa y contratistas,

alejarse de la faena, hacia la zona del salar, por razones no operacionales, sin contar con la autorización del Administrador de la faena,

• Esta absolutamente prohibido conducir vehículos para los cuales el conductor no

esta autorizado ni cuente con las licencias de conducir municipal e interna de CMPL.

• Esta prohibido usar los dispositivos especiales propios de vehículos de emergencia (balizas) durante la conducción fuera de la faena; Al salir de faena deberá bajarse la pértiga y cubrir la baliza.

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XIV.) INFRACCIONES Y SANCIONES

Se entiende incluidas en este Reglamento, las obligaciones e infracciones que aparecen en la Ley de Tránsito Nº 18.290. ( modificaciones 11 de Octubre del 2005) La empresa, también procederá a aplicar las sanciones que estime conveniente de acuerdo a las disposiciones contempladas en el Título XIX, articulo 54, del Reglamento Interno de la Empresa. Protección Industrial está facultado para controlar las licencias internas de conducir, municipal de conducir, revisión técnica del vehículo, además de toda documentación pertinente del conductor y vehículos. Además está facultado para realizar Inspecciones vehiculares, en caso de encontrar cualquier anomalía, deberán informar de inmediato a la administración de CMPL para administrar las infracciones que corresponda por incumplimiento a las disposiciones de este Reglamento.

• Son infracciones o contravenciones graves las siguientes: No poseer Licencia Interna de Conducir Licencia no concordante con el equipo o vehículo que opera o conduce. Ingresar a la mina y/o áreas de operaciones sin radio de comunicaciones. Conducir un vehículo bajo la influencia del alcohol, drogas o estupefacientes. Conducir un vehículo en condiciones físicas o síquicas deficientes. Conducir un vehículo de la empresa sin estar autorizado para ello. No respetar la señal PARE. No respetar un señalero o loro. Conducir un vehículo a mayor velocidad de lo permitido. Conducir un vehículo cuyos neumáticos tengan sus bandas de rodaduras desgastadas o hayan perdido sus condiciones de adherencia. Conducir un vehículo con sus sistemas de dirección o frenos en forma deficientes. Conducir sin utilizar el cinturón de seguridad, tanto el conductor como el acompañante. Conducir un vehículo contra el sentido del transito.

Las sanciones establecidas cuando una persona comete una infracción a las normas de conducción dentro del recinto de la Empresa serán las siguientes:

Primera infracción Amonestación verbal y escrita Segunda infracción Suspensión por 30 días de su licencia interna Tercera infracción Suspensión definitiva( No podrá manejar en faena)

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XV.) ACUSO RECIBO

Certifico que recibí de parte de Compañía Minera Punta de Lobos Ltda. El “REGLAMENTO DE CONDUCCIÓN INTERNA CMPL”. Prometo leer y aprender el contenido de este Reglamento, comprometiéndome a respetar estas disposiciones en mis labores diarias. Nombre : ............................................................................................... Cargo : ............................................................................................... Área de Trabajo: .................................................................................. R.U.T. : ........................................ Firma : ......................................... Fecha : ........................................

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REGLAMENTO DE CONDUCCION INTERNA CMPL

PREPARADO POR: GIOVANNI COPELLO COPELLO JEFE DEPARTAMENTO MINA CMPL REVISADO POR: ROBERTO MORALES DINAMARCA JEFE DEPARTAMENTO DE PPRR CMPL APROBADO POR: TOMAS MUNZENMAYER SCHÜLLER SUB-GERENCIA DE OPERACIONES CMPL

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