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PLAN GENERAL DE CONVIVENCIA INSTITUTO BARRIO DE BILBAO

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PLAN GENERAL DE CONVIVENCIA

INSTITUTO BARRIO DE BILBAO

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ÍNDICE1. INTRODUCCIÓN Y JUSTIFICACIÓN..................................................................................2

1.1. Principios generales......................................................................................................3

1.2. Comunidad Educativa...................................................................................................4

1.3. Contenido y estructura del Plan de Convivencia..........................................................4

1.4. Elaboración y revisión del plan de convivencia............................................................5

1.5. Derechos y deberes de los miembros de la Comunidad Educativa.............................6

2. ACTUACIONES PARA FAVORECER LA CONVIVENCIA...................................................8

2.1. Criterios generales........................................................................................................8

2.2. Actividades a desarrollar en cada curso.......................................................................8

3. NORMAS DE CONVIVENCIA............................................................................................10

3.1. Normas de convivencia en el aula..............................................................................11

3.2. Elementos básicos para las normas de aula..............................................................12

3.3. Criterios generales para la aplicación de sanciones..................................................13

3.4. Prevención del acoso escolar.....................................................................................14

3.5. Asistencia y puntualidad..............................................................................................15

3.5.1. Anulación de matrícula por inasistencia..............................................................16

3.5.2. Modificación del procedimiento de evaluación por absentismo..........................16

4. PARTICIPACIÓN DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA........................................................17

4.1. Consejo Escolar..........................................................................................................17

4.2. Comisión de Convivencia............................................................................................18

4.3. Claustro.......................................................................................................................18

4.4. Junta de delegados y delegadas................................................................................19

4.5. Grupos.........................................................................................................................19

4.6. Departamentos............................................................................................................20

4.7. Equipos docentes........................................................................................................20

4.8. Evaluación del Plan de Convivencia...........................................................................21

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PLAN DE CONVIVENCIA

1. INTRODUCCIÓN Y JUSTIFICACIÓN

Este documento recoge el Plan de Convivencia, como documento marco que debe completarse y concretarse en cada curso, mediante el Plan Anual de Convivencia que se incluirá en la correspondiente Programación General Anual. Sustituye al Reglamento de Régimen Interior que había tenido el centro hasta el curso 2018-2019. Esta sustitución viene obligada por el Decreto 32/2019 de abril (BOCM 15/04/19) que establece el marco regulador de la convivencia en los centros docentes de la Comunidad de Madrid. Este decreto deroga el 15/2007 en el que se apoyaba el citado Reglamento de Régimen Interior del instituto. Además, coincidiendo con el comienzo de la elaboración de este plan, se había concluido la aprobación del nuevo Proyecto Educativo del centro, actualizado como consecuencia de la transformación del IES Barrio de Bilbao en un centro específico de Formación Profesional.

Como punto de partida, este Plan de Convivencia se fundamenta en la normativa de carácter superior, que está en vigor, en el momento de su elaboración inicial, de forma que, en caso de contradicción o dudas sobre su interpretación, prevalezca dicha normativa sobre lo que se establece en este documento. Además, el Plan de Convivencia estará supeditado a la normativa e instrucciones que aprueben las administraciones central y autonómica, relacionadas con la convivencia en los centros docentes y los derechos y deberes de los miembros de la Comunidad Educativa. La normativa en vigor, que sustenta este Plan de Convivencia, a la que se hace referencia, es la siguiente:

• Constitución Española.

• Ley Orgánica 8/1985 reguladora del Derecho a la Educación (LODE).

• Ley Orgánica 2/2006 de Educación (LOE), modificada por la Ley Orgánica 8/2013, para la mejora de la calidad educativa (LOMCE).

• Ley 2/2010 de la Comunidad de Madrid, de Autoridad del Profesor.

• Ley 2/2016, de la Comunidad de Madrid, de Identidad y Expresión de Género e Igualdad Social y no Discriminación.

• Ley 3/2016, de la Comunidad de Madrid, de Protección Integral contra la LGTBI-fobia y la Discriminación por Razón de Orientación e Identidad Sexual.

• Plan de Lucha contra el Acoso Escolar de enero de 2016, aprobado por el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid.

• Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

El Plan de Convivencia complementa y pasa a formar parte del Proyecto Educativo del Centro y, por tanto, debe ser coherente con los principios que se plantean y desarrollan en dicho proyecto y debe favorecer la consecución de sus objetivos.

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En cualquier caso, este Plan de Convivencia debe orientarse a facilitar la participación de todos los miembros de la Comunidad Educativa y favorecer la convivencia, evitando cualquier forma de acoso, discriminación o violencia. Con todo ello, además, se crean las condiciones adecuadas para que se desarrollen de forma satisfactoria y provechosa las diversas actividades educativas.

Se debe poner especial empeño en reducir al máximo las arbitrariedades en las actuaciones y decisiones que afecten a cualquiera de las personas que estudian o trabajan en el instituto. Además, debe ser un documento manejable y concreto que se centre en las cuestiones que afectan al conjunto de la Comunidad Educativa, dejando para otros documentos de gestión los procesos y normas que afectan de forma específica al personal que trabaja en el instituto.

1.1. Principios generales

De acuerdo con lo que establece la LOE y el decreto que regula la convivencia en los centros educativos, los principios generales que de este documento son los siguientes:

a) La inclusión de todos los miembros de la comunidad educativa y el respeto por sus derechos y sus deberes.

b) La participación y la responsabilidad compartida de todos los miembros de la Comunidad Educativa.

c) El reconocimiento de la autoridad del profesorado en sus distintas funciones y competencias y de la labor, en general, de todo el personal del centro, en beneficio de la convivencia.

d) El reconocimiento de la labor de las familias en la educación del alumnado menor de edad y de la importancia de su corresponsabilidad en la construcción de una convivencia positiva.

e) El reconocimiento del importante papel del alumnado en la construcción de una convivencia escolar positiva.

f) La importancia del carácter educativo y preventivo para regular las acciones relacionadas con la convivencia entre los miembros de la comunidad educativa.

g) La relevancia de la autonomía que las disposiciones vigentes otorgan al centro, para definir, impulsar y evaluar nuestro propio marco normativo.

h) El respeto por las normas del centro como marco de convivencia.

i) La integración de la convivencia dentro del proceso de enseñanza-aprendizaje.

j) La coordinación y colaboración entre las personas que, en diversas funciones, trabajan para construir una convivencia pacífica.

k) El compromiso con la prevención y eliminación del acoso escolar y ciberacoso, tanto dentro como fuera de las aulas.

l) La resolución pacífica de los conflictos en situaciones de simetría entre iguales para la mejora de la convivencia en el ámbito educativo.

m) El rechazo de cualquier forma de violencia y la protección de las víctimas.

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1.2. Comunidad Educativa

La Comunidad Educativa incluye a las personas que estudian y trabajan en el instituto y a los familiares responsables del alumnado menor de edad. Se clasifican en los sectores:

• Profesorado

• Alumnado

• Personal de administración y servicios

• Familias

No obstante, es importante plantear una definición ampliada de Comunidad Educativa,en un centro como el IES Barrio de Bilbao, que imparte enseñanzas de Formación Profesional orientadas a la atención a personas y que, por tanto, lleva aparejada la presencia y participación, en espacios compartidos con el alumnado y el profesorado del instituto, de personas en distintas situaciones y funciones. Esto se da en formas diversas, tales como la presencia de modelos en el propio centro, en módulos prácticos; la convivencia con clientela, usuarios o personal en centros de trabajo; el trabajo compartido en actividades desarrolladas conjuntamente con otros centros educativos o con otras entidades; etc. Todas ellas son actividades educativas, en las que participan personas que, desde un punto de vista estricto, no estarían incluidas en ninguno de los sectores de la Comunidad Educativa y sin embargo, en la práctica, están formando parte de las personas que colaboran e influyen de forma relevante en la formación de nuestro alumnado, especialmente en relación con los comportamientos y actitudes que favorecen o dificultan la convivencia.

Por lo expuesto anteriormente, se hará referencia a estas situaciones al tratar sobre los derechos y deberes de los miembros de la Comunidad Educativa y se entenderá que la gestión de la convivencia, también en lo relativo a normas y conductas, abarca a las personas que participan o colaboran en nuestras actividades educativas.

1.3. Contenido y estructura del Plan de Convivencia

El Plan de Convivencia se estructura en cuatro apartados:

Esta introducción, que incluye los principios sobre los que se sustenta el Plan de Convivencia y los derechos y deberes de los miembros de la Comunidad Educativa.

Las actuaciones para promover un ambiente positivo de convivencia en el instituto.

Las normas de convivencia.

Los procesos de participación de los miembros de la comunidad educativa.

De acuerdo con las enseñanzas de Formación Profesional que se imparten en el instituto, conviene tener en cuenta la aportación que hace la Ley Orgánica de Educación que, en su artículo 40.1 define los objetivos de la Formación Profesional en el sistema educativo. Así, debemos tener presente, en este plan de convivencia, en las acciones que se desarrollen a partir de él y en la aplicación de las normas que se exponen más adelante,

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la contribución a los resultados de aprendizaje de nuestro alumnado que debemos procurar, según mandato del citado artículo, destacando especialmente los recogidos a continuación, por su relación con las actitudes y la convivencia:

• Aprender por sí mismos y trabajar en equipo, así como formarse en la prevención de conflictos y en la resolución pacífica de los mismos en todos los ámbitos de la vida personal, familiar y social, con especial atención a la prevención de la violencia de género.

• Fomentar la igualdad efectiva de oportunidades entre hombres y mujeres, así como de las personas con discapacidad, para acceder a una formación que permita todo tipo de opciones profesionales y el ejercicio de las mismas.

• Trabajar en condiciones de seguridad y salud, así como prevenir los posibles riesgos derivados del trabajo.

• Desarrollar una identidad profesional motivadora de futuros aprendizajes y adaptaciones a la evolución de los procesos productivos y al cambio social.

• Afianzar el espíritu emprendedor para el desempeño de actividades e iniciativas empresariales.

• Preparar al alumnado para su progresión en el sistema educativo.

• Conocer y prevenir los riesgos medioambientales.

1.4. Elaboración y revisión del plan de convivencia

El proceso para la elaboración y revisión del Plan de Convivencia debe contar con la participación democrática de toda la comunidad educativa. Para ello, antes de la aprobación de cualquier renovación o revisión, deberá ser informado por los órganos de coordinación del instituto y se distribuirá como borrador en los distintos sectores de la Comunidad Educativa, incluyendo a los delegados y delegadas de los grupos (y con con su intermediación a todo el alumnado del centro). Las aportaciones de los miembros de la Comunidad Educativa deberán ser valoradas y, en su caso, incorporadas al texto definitivo.

Los pasos que deberán aplicarse serán los siguientes:

• Se iniciará el procedimiento de modificación o nueva redacción del Plan de Convivencia en base a propuestas presentadas por la dirección del centro o por cualquier sector de la Comunidad Educativa, a través de sus representantes en el Consejo Escolar, y tras la aprobación de la solicitud de revisión por dicho órgano. El procedimiento se puede llevar a cabo en cualquier momento del curso.

• Una vez iniciado el procedimiento, la Comisión de Convivencia del Consejo Escolar elaborará un borrador que será presentado a toda la comunidad educativa. Esa presentación supone la distribución de dicho borrador, al menos, a todos los departamentos didácticos, al representante del personal no docente en el Consejo Escolar y a la junta de delegados. Con el mandato de hacerlo llegar a todos los miembros de la Comunidad Educativa

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• Serán recogidas todas las aportaciones realizadas por los miembros de la Comunidad Educativa, a través de los órganos de participación o de gobierno y de coordinación.

• La propuesta y las aportaciones serán informadas por el Claustro y el Consejo Escolar.

• Con todo ello, el director aprobará el Plan de Convivencia y lo hará público, de forma que esté disponible no solo para los miembros de la Comunidad Educativa, sino también para cualquier persona que esté interesada en el funcionamiento del centro.

Una vez aprobado el Plan de Convivencia, en su conjunto o aplicando modificaciones al existente, entrará en vigor de forma inmediata.

1.5. Derechos y deberes de los miembros de la Comunidad Educativa

Los derechos y deberes de los miembros de la Comunidad Educativa son los que establece el Decreto 32/2019, de 9 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el marco regulador de la convivencia en los centros docentes de la Comunidad de Madrid.

La finalidad principal de este plan de convivencia es la protección de los derechos de todos los miembros de la comunidad educativa, a la vez que se ponen los medios para que cada uno de ellos pueda poner en práctica sus deberes.

En cuanto a los derechos y deberes de los padres, madres o tutores legales, a los que hace referencia el citado decreto, todos ellos deben entenderse siempre referidos a los del alumnado menor de edad.

Por otro lado, como ya se ha indicado en apartados anteriores, las personas que colaboran en las actividades educativas del centro deben ser tenidas en cuenta en este Plan de Convivencia, por lo que, para ellas, también establecemos los correspondientes derechos y deberes.

En este sentido, debemos considerar que formarán parte de la comunidad educativa, de forma temporal y solo aplicable a las actividades o programas en los que participen, a las personas que colaboran en actividades educativas del centro en los siguientes casos:

• Modelos que acuden al centro a recibir tratamiento por parte de los alumnos.

• Personal de empresas que acuden al centro para hacer demostraciones.

• Personal y alumnos de otros centros educativos que colaboran con nosotros.

• Personal de las empresas que colaboran con el centro en el módulo de FCT.

En algunas de estas circunstancias, los departamentos responsables de las actividades en las que participen personas externas al centro adoptarán unas normas específicas que darán a conocer de forma previa a dichos participantes. También podrán elaborar, si fuera preciso, modelos de consentimiento para que sean firmados antes de participar en las actividades previstas.

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DERECHOS Y DEBERES DE LAS PERSONAS EXTERNAS AL CENTRO QUE COLABORAN EN ACTIVIDADES EDUCATIVAS

DERECHOS DEBERES

• Derecho al respeto y consideración hacia su persona por parte de todos los miembros de la comunidad educativa y a que su participación se desarrolle en un ambiente adecuado y que se preserve su integridad física y moral

• Derecho a informar y ser informado sobre cualquier aspecto educativo, administrativo o legal que tenga relación con su colaboración con el centro.

• Derecho a la confidencialidad en el tratamiento de sus datos personales

• Tendrán la obligación de dirigirse con respeto y consideración hacia todos los miembros de la comunidad educativa, preservando la integridad física y moral de la misma.

• Tendrán que respetar la labor educativa y la autoridad del profesorado y de la dirección, así como seguir la indicaciones de otros agentes de la comunidad educativa o que presten sus servicios a la misma.

• Tendrán la obligación de leer las normas y de firmar un consentimiento informado para mejorar la calidad y seguridad durante su participación.

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2. ACTUACIONES PARA FAVORECER LA CONVIVENCIA

Tal y como se recoge en el decreto 32/2019 el Plan de Convivencia es el documento en el que se fundamenta y se concreta el modelo de convivencia del centro. En él se coordinan las acciones de toda la comunidad educativa para construir un clima. Escolar dentro de los principios democráticos que garanticen una educación para todos y favorezcan la prevención y el tratamiento educativo de los conflictos y una intervención efectiva de la convivencia escolar.

2.1. Criterios generales

Para mantener un buen clima de convivencia debe involucrarse todo el personal del instituto, docente y no docente, aunque con especial responsabilidad por parte del equipo directivo, que facilitará la puesta en práctica de las iniciativas que se propongan por parte de los integrantes de la Comunidad Educativa, además de planificar, de acuerdo con los distintos departamentos, en cada curso, un plan anual que incluya actividades para favorecer las relaciones y mejorar la convivencia.

También el Departamento de Actividades Complementarias y Extraescolares tendrá como uno de sus principales cometidos, la coordinación de acciones que faciliten un clima positivo de convivencia y el establecimiento de vínculos, tareas y actividades comunes a distintos sectores de la Comunidad Educativa.

Se deben tomar en consideración, además, las actuaciones relacionadas con las instalaciones que, dependiendo de su tendencia, pueden facilitar o entorpecer las relaciones. Por ello, para las intervenciones en los espacios y el equipamiento, siempre se analizarán las consecuencias relacionadas con la convivencia, para adoptar las decisiones correspondientes, teniéndolo en cuenta.

2.2. Actividades a desarrollar en cada curso

Los centros de Formación Profesional tienden a “departamentalizarse” excesivamente de forma que, a veces no existe relación alguna entre los ciclos. En el IES Barrio de Bilbao trabajamos cada año para evitar que se produzca este hecho, tanto entre el alumnado como entre el profesorado.

Así pues, y teniendo en cuenta los apartados que deben estar presentes en el Plan de Convivencia de un centro, nuestro instituto desarrollará las siguientes actividades:

• Actividades encaminadas a facilitar la integración y la participación del alumnado:

▫ Presentación y acogida al comienzo del curso por parte del equipo directivo y de los tutores/as y equipos docentes al comienzo del curso, tanto para alumnos nuevos como para aquellos que ya forman parte de nuestra comunidad educativa.

▫ Una vez comenzado el curso serán preferentemente los tutores/as los que pongan en marcha un conjunto de actividades que faciliten el conocimiento por parte de todo el alumnado del plan de convivencia del centro: elección de representantes, normas, derechos y deberes, medidas disciplinarias etc.

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• Actividades encaminadas al fomento de los valores democráticos y la resolución de pacífica de conflictos

• Actividades que contribuyan a favorecer la relación y el conocimiento de la comunidad educativa, de las enseñanzas que se imparten en el centro.

• Actividades que desde el plan de acción tutorial, contribuyan a la promoción de la convivencia en el centro.

• Actividades de difusión, selección e intercambio de buenas prácticas que se realicen en el centro relacionadas con la convivencia (metodologías de trabajo, agrupamientos, etc.)

• Participación en campañas solidarias en colaboración con agentes sociales externos al centro (Fundación Glorr, campaña de recogida de juguetes, etc)

• Actividades dirigidas a favorecer la relación de las familias y el centro educativo.

En distintos momentos del curso y principalmente, en aquellos etapas con alumnos y alumnas menores de edad (fundamentalmente FP Básica) se convocará a las familias a reuniones con el equipo directivo, departamento de orientación y los tutores con el objeto de ofrecer información general sobre el centro: proyecto educativo, características del curso, plan de convivencia, vías de colaboración, etc.

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3. NORMAS DE CONVIVENCIA

A continuación se exponen las normas que serán de aplicación a los alumnos y alumnas, a partir de lo que se ha expuesto en los apartados anteriores.

a) La asistencia a clase

Los estudios que se cursan en el IES Barrio de Bilbao tienen carácter presencial por lo que la asistencia a clase es obligatoria. Si un alumno o alumna faltase a clase, tiene la obligación de presentar la justificación de su ausencia al tutor o tutora del grupo y, en general, al profesorado que imparta las clases a las que hubiera faltado. Deberá hacerlo de forma inmediata a su incorporación, tras su ausencia.

b) La puntualidad en clase y en todos los actos programados por el centro

Si un alumno o alumna llega tarde deberá solicitar permiso al docente que esté impartiendo la clase, para incorporarse al grupo. La reiteración en retrasos podrá dar lugar a la no admisión a clase y será considerada una falta grave.

c) El mantenimiento de una actitud correcta en clase, no permitiéndose el uso de móviles, salvo que el profesor o profesora lo autorice. Tampoco se permite la introducción en el instituto de objetos o sustancias peligrosas

La grabación, publicidad o difusión de sonidos o imágenes sin autorización expresa y la introducción en el centro de objetos o sustancias peligrosas será considerada falta muy grave.

d) Traer todos los instrumentos y materiales necesarios para cada clase que figuren en la Programación Didáctica y de acuerdo con las indicaciones del docente

El alumnado tiene la obligación ineludible de traer los instrumentos y materiales necesarios para seguir las clases con aprovechamiento. En su casa, durante algún momento del día anterior, debe repasar qué materiales necesita llevar al instituto de acuerdo con el horario de clases. No traerlos será considerado una falta.

e) El respeto a la autoridad del profesorado, tanto dentro de clase como en el resto del recinto escolar

El alumnado tiene la obligación de respetar la autoridad del profesorado en el desarrollo de la actividad docente y acatar las indicaciones que reciba de profesores y profesoras en cualquier dependencia del Instituto o durante las actividades complementarias y extraescolares. En el caso de los menores de edad, para abandonar el centro antes de la finalización de la jornada escolar, deberán comunicar los motivos y solicitar autorización a Jefatura de Estudios o al profesorado de guardia.

Cualquier falta de respeto al profesorado tendrá la correspondiente sanción.

f) El respeto a las indicaciones del personal de administración y servicios

El alumnado tiene la obligación de acatar las instrucciones que le sean dadas por el personal de administración y servicios en cumplimiento de las funciones que tengan encomendadas. Cualquier falta de respeto tendrá la correspondiente sanción.

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g) El trato correcto hacia los compañeros y compañeras, no permitiéndose ningún tipo de violencia física o verbal

Para facilitar las relaciones interpersonales y la convivencia es imprescindible comportarse con educación, respetando a los demás. Cualquier comportamiento agresivo será sancionado.

h) La realización de trabajos y tareas fuera del horario lectivo, que plantee el profesorado

En la programación de la actividad docente y con el fin de asegurar la adquisición de hábitos de trabajo y de conocimientos, el profesor o profesora puede considerar necesario encargar tareas o actividades de estudio. El alumnado tiene la obligación de realizarlas de manera eficiente en tiempo y forma.

i) El cuidado y respeto de todos los materiales que el centro pone a disposición de alumnado y profesorado

En el Instituto nos esforzamos por contar con materiales adecuados que los alumnos y alumnas tienen la obligación de usar con responsabilidad y conservar. También deben respetar los recursos y materiales ajenos, teniendo prohibido su deterioro o sustracción. El deterioro intencionado o el uso negligente de los recursos materiales supondrá la obligación de su reparación, además de conllevar la correspondiente sanción.

j) El cuidado de las instalaciones y del conjunto de los edificios del instituto

El alumnado tiene la obligación de respetar y cuidar las instalaciones del Instituto.

k) Abstención de fumar o consumo de bebidas alcohólicas dentro del centro

La legislación vigente prohíbe fumar dentro del recinto escolar. Si como consecuencia de una inspección y por incumplimiento de lo prescrito, alguien motivase una denuncia se procederá a facilitar los datos del infractor para que asuma su responsabilidad individual. Todo ello sin perjuicio de las sanciones internas de las que pueda ser objeto.

l) Cumplir con las normas de organización y funcionamiento del instituto

El cumplimiento de las normas de organización y funcionamiento permite que se puedan desarrollar con normalidad las tareas de enseñanza y aprendizaje que se realizan en el centro y, por tanto, favorecen el respeto de los derechos de los miembros de la comunidad educativa. Por ello, los alumnos y alumnas, en la medida que les corresponda, deben cumplir las normas de organización y funcionamiento.

3.1. Normas de convivencia en el aula

Estas normas serán un conjunto de compromisos breves y precisos consensuados por el alumnado y el equipo docente que les imparte clase, bajo la coordinación del tutor o tutora del grupo. Estos compromisos serán de obligado cumplimiento para el alumnado y el profesorado del grupo, tanto en el aula de referencia como en el resto de espacios del centro: talleres, salón de actos, biblioteca…

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• Elaboración:

◦ Durante el mes de septiembre, se efectuarán reuniones de tutores por niveles educativos, asesorados por el Departamento de Orientación, donde se darán directrices para su elaboración.

◦ A lo largo de las primeras sesiones de tutoría, el alumnado, dirigido por el tutor o tutora de cada grupo, trabajará en la elaboración del documento que tendrá como resultado las normas de aula. El tutor o tutora velará porque las normas resultantes de este debate sean concisas y claras y no contradigan las Normas de Convivencia del Centro. Este proceso no podrá durar más de cuatro sesiones de tutoría.

◦ Una vez completado este proceso, el tutor o tutora someterá la propuesta al equipo docente y al alumnado del grupo para su aprobación, que deberá realizarse por mayoría absoluta de cada uno de los sectores.

◦ Se dará la máxima publicidad de las normas de aula entre profesorado, alumnado y familias (siempre que el alumnado sea menor de edad).

Un ejemplar de las normas deberá quedar en lugar visible del aula del grupo. El contenido de las normas de aula deberá ser claro y conciso y tratará de forma obligatoria los siguientes aspectos:

Puntualidad, cumplimiento de horarios y justificación de faltas.

Comportamiento en clase. Respeto al mobiliario e instalaciones. Limpieza y orden en el aula.

Procedimiento para la elección de delegados.

Solución de conflictos en el aula y régimen sancionador.

• Aplicación:

Estas Normas afectan a todos los usuarios de cada una de las aulas del Centro, siendo de obligado cumplimiento por todos ellos.

• Revisión:

Si se detectara que las normas no fuesen oportunas, el tutor o tutora podrá plantear las modificaciones que considere oportunas.

3.2. Elementos básicos para las normas de aula

Como base para establecer las normas de aula, se expone a continuación una relación que debe servir de punto de partida para cada grupo. Las normas de aula que se establezcan podrán incluir parte de las siguientes o incluso otras que no estén citadas aquí.

• La solidaridad y el respeto deben presidir nuestras relaciones.

• El cuidado de nuestra higiene personal y nuestra indumentaria.

• El respeto al derecho de los demás a trabajar.

• La asistencia a clase con puntualidad.

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• Traer el material necesario para el desarrollo de cada materia.

• El respeto al resto de los compañeros, evitando los insultos, los malos gestos, la violencia y las actitudes sexistas, racistas o cualquier otro tipo de discriminación.

• Mantenimiento del silencio mientras otra persona esté hablando, esperando a que termine.

• El respeto a los turnos de palabra.

• Colaboración en la realización de trabajos en grupo, por lo que se debe ser responsable, asumiendo las propias tareas y prestando ayuda al resto de compañeros.

• La adopción de posturas correctas en aulas.

• El manejo de los materiales relacionados con la materia que se esté impartiendo en ese momento.

• El respeto a las normas establecidas para las pruebas escritas individuales, no debiendo copiar ni hacer preguntas a otros compañeros.

• El mantenimiento de la limpieza y el orden en las aulas (suelos, mesas, pizarra, etc.), no estando permitido comer o beber en las aulas.

• El cuidado de todos los enseres necesarios para el desarrollo de la labor educativa.

• La solicitud de permiso y la corrección para entrar en un aula en la que ya ha dado comienzo una clase.

• La atención a las exposiciones en las clases, tanto del profesorado como de otros alumnos o alumnas.

• El alumnado no podrá levantarse sin permiso del profesor o profesora.

• No utilización en el aula de cualquier dispositivo electrónico que no se haya autorizado por el profesor o la profesora, que podrá recogerlo y llevarlo a Jefatura de Estudios.

• La permanencia en el aula, una vez comenzada la clase salvo con permiso del profesor o profesora.

• La comunicación de no asistencia o retraso el profesor o profesora a Jefatura de Estudios.

• Seguimiento de las indicaciones del profesorado de guardia.

3.3. Criterios generales para la aplicación de sanciones

Las sanciones o medidas correctoras que se apliquen para corregir comportamientos contrarios a las normas de convivencia, serán las que se establecen el decreto 32/2019, que establece el marco regulador de la convivencia en los centros docentes de la Comunidad de Madrid.

En dicho decreto se clasifican las faltas contra las normas de convivencia, por lo que se consideran faltas leves las que van en contra de las normas de convivencia o infringen los

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derechos y deberes de los miembros de la comunidad educativa, sin que puedan ser consideradas graves o muy graves.

Las faltas graves o muy graves son las que establece el citado decreto.

Tanto para las faltas leves como para las graves o muy graves, las medidas correctoras que se aplicarán también serán las que se contemplan en ese mismo decreto.

En cualquier caso se tendrán siempre en cuenta los siguientes criterios:

a) La imposición de sanciones tendrá finalidad y carácter educativo, procurará la mejora de la convivencia en el centro y en ningún caso podrá ir en contra de la integridad física y la dignidad personal del alumno o alumna.

b) Se deberán tener en cuenta, con carácter prioritario, los derechos de la mayoría de los miembros de la comunidad educativa y los de las víctimas de actos antisociales, de agresiones o de acoso.

c) Se tendrá en cuenta la edad, situación, circunstancias personales y sociales del alumno o alumna, así como el contexto en el que se hayan producido las conductas contrarias a las normas de convivencia.

d) En caso de que se hubiera producido violencia verbal o física, se deberán tener en cuenta las secuelas psicológicas y sociales de los agredidos y la alarma y repercusión que hayan provocado en la comunidad educativa.

e) Se tomarán medidas para prevenir y, en su caso, corregir las conductas que den lugar a situaciones de acoso. En esos casos se aplicarán los procedimientos y protocolos establecidos por la administración educativa.

f) Se aplicarán las correcciones a los actos contrarios a las normas de convivencia que ocurran en el recinto educativo, en las actividades complementarias y extraescolares y en otros que ocurran fuera del instituto, cuando intervengan miembros de la comunidad educativa o estén relacionados con la actividad del centro.

3.4. Prevención del acoso escolar

Al tratamiento del acoso escolar en el IES Barrio de Bilbao le damos un carácter preferentemente preventivo. Se trata de detectar los casos que pudieran ser problemáticos con antelación y trabajar en la línea de evitar que lleguen a producirse situaciones de acoso.

Debemos tener en cuenta que, en nuestro centro, dadas las edades del alumnado, son poco probables los casos de acoso, pero esa menor probabilidad de que ocurra no nos debe impulsar a bajar la guardia, por el contrario es una ventaja que debemos aprovechar para realizar las labores preventivas, mucho más asequibles si se trata de mantener la atención sobre un menor número de situaciones de riesgo.

Se tratará, en todo caso, de utilizar los instrumentos y documentación que pone a nuestra disposición la Consejería de Educación. No obstante, el Plan Anual de Convivencia incluirá un apartado dedicado al acoso escolar, en el que se concretarán los procedimientos a aplicar y se planificarán en cada curso académico actividades de carácter preventivo.

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Para iniciar el protocolo correspondiente que ha puesto a nuestra disposición al consejería, es preciso que cualquier persona que detecte una situación que pueda ser considerada de riesgo lo ponga en conocimiento de la dirección del centro, para que se inicien los pasos correspondientes para ejecutar el protocolo y, en su caso, adoptar las medidas preventivas que fueran precisas.

3.5. Asistencia y puntualidad

La asistencia a las clases es obligatoria. Si por causas excepcionales se produjesen ausencias, deberán ser convenientemente justificadas. El justificante deberá ser mostrado a los profesores o profesoras a cuyas clases se haya faltado, en la primera clase a la que asista con dichos profesores.

• Criterios para la justificación de faltas

Los profesores tomarán medidas para minimizar el perjuicio académico del alumnado cuando las faltas se hayan justificado con los siguientes motivos:

• Enfermedad.

• Consulta médica.

• Actividades organizadas por el instituto.

• Motivadas por otras situaciones de fuerza mayor.

Para otros motivos, queda a criterio del docente decidir si las faltas se consideran justificadas o no, pero no requerirán ninguna actuación específica para compensar los perjuicios académicos que pudieran acarrear dichas faltas.

• Sanciones por faltas injustificadas

Una falta de asistencia injustificada se considera una falta leve.

En cualquier caso, cuando se vuelva a producir una falta injustificada, de este tipo, se sancionará al alumno con un apercibimiento escrito, poniendo en conocimiento de la familia el hecho, si es menor de edad. La reiteración en tres ocasiones de este tipo de faltas injustificadas se considera falta grave, según el artículo 34 del Decreto 32/2019 de 15 de abril, que regula la convivencia en la Comunidad de Madrid.

• Incumplimiento de la norma de puntualidad

Cuando un alumno o alumna no es puntual supone un problema para él mismo y para los demás, ya que dificulta el desarrollo de las clases. Además supone una falta de respeto hacia sus compañeros y hacia el profesorado.

• Acceso a las aulas de alumnos y alumnas que llegan tarde

Cuando un alumno o alumna llegue tarde a clase solicitará la entrada al profesor o profesora encargado de la clase en ese momento. El profesorado siempre registrará el retraso y permitirá incorporarse al aula a quien llegue tarde, salvo en los casos en los que se produzca reiteración y el docente decida aplicar una sanción. La sanción por reiteración supone un apercibimiento por escrito avisándole de que no será admitido en clase de incurrir en nuevos retrasos. La no admisión al aula, a partir de ese momento, será

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equivalente a la expulsión de clase y supondrá la aplicación de los procedimientos previstos en ese caso.

Tal como se ha especificado con anterioridad, las ausencias injustificadas se consideran faltas leves y, cuando se produzcan con reiteración, pasarán a tener la consideración de faltas graves.

3.5.1. Anulación de matrícula por inasistencia

Los tutores o tutoras de los ciclos de grado medio y superior de Formación Profesional tramitarán, según la normativa vigente, las medidas previstas para el alumnado que tenga faltas excesivas y que pueden llegar a provocar la anulación de matrícula.

El alumnado de esos niveles educativos debe ser informado sobre el procedimiento de anulación de matrícula por inasistencia. Dicha información se aportará en la documentación que se incluye en la matrícula o en los primeros días de clases.

En dichas enseñanzas, en su modalidad presencial, es imprescindible la asistencia, por lo que este procedimiento se aplica tanto para las ausencias injustificadas como para las justificadas. En cualquier caso, la dirección del instituto debe valorar las causas de las ausencias y las circunstancias personales de cada alumno o alumna, en la resolución del citado procedimiento.

3.5.2. Modificación del procedimiento de evaluación por absentismo

Cada departamento, para los módulos que imparte, establecerá en su programación de forma clara y precisa el nivel de faltas injustificadas y justificadas que conducen a la modificación del procedimiento de evaluación establecido con carácter general para el alumnado.

Las programaciones de los departamentos también detallarán el procedimiento a aplicar, debiendo incluir en cualquier caso una notificación por escrito, apercibiendo sobre el exceso de faltas de asistencia y la consecuencia que tendría si no se interrumpen de forma inmediata dichas faltas. Esa notificación deberá ser previa a la adopción de cualquier medida que tenga repercusión en la evaluación. Además, a partir de dicha notificación, el alumno o alumna (o su tutor legal, si fuera menor de edad) tendrá un plazo de 5 días lectivos para presentar alegaciones que pudieran ser tenidas en cuenta antes de aplicar las modificaciones previstas.

Cuando ya se adopten de forma firme las medidas establecidas para esos casos en la programación, el profesor o profesora deberá comunicarlo por escrito, al alumno o alumna o a su familia, si fuera menor de edad.

La medida podrá ser revisada por el profesor o profesora responsable del módulo si se corrige el absentismo.

En cualquier caso, las medidas relativas a los procedimientos de evaluación no sustituyen ni pueden interferir en la aplicación de la normativa respecto a la anulación de matrícula por inasistencia, en los casos en los que proceda.

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4. PARTICIPACIÓN DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA

Todos los miembros de la comunidad educativa deben estar involucrados y participar en la gestión de la convivencia en el instituto a través de los distintos órganos del centro y mediante los procedimientos establecidos tanto en la normativa general como en este plan de convivencia y que regulará el Consejo Escolar.

Este planteamiento implica que los miembros de la comunidad educativa deben disponer de vías de participación en la elaboración de los planes anuales de convivencia y en las modificaciones que se apliquen al plan general. También existirán cauces de participación en el control del cumplimiento de las normas de convivencia en las evaluaciones que se realicen de los planes y de su puesta en práctica.

En cualquier caso, siempre se facilitarán procedimientos para que cualquier persona perteneciente a la comunidad educativa pueda comunicar de forma confidencial, al profesorado responsable o a algún miembro del equipo directivo, cualquier información o solicitud relativa a la convivencia en el centro y especialmente a problemas de acoso escolar, ciberacoso, violencia de género y LGTBIfobia. Además, siempre se tomarán medidas para que cualquier comunicación de estos asuntos se realice sin que suponga ningún riesgo ni para el que efectúa dicha comunicación ni para otras personas.

Para encauzar la participación de la comunidad educativa y hacerla posible para todos sus miembros se utilizarán los órganos que están previstos en la normativa y que se exponen más abajo.

4.1. Consejo Escolar

El Consejo Escolar, como principal órgano colegiado que incluye a todos los sectores de la comunidad educativa, debe ser el que, en última instancia, canalice la participación de todas las personas que formamos dicha comunidad. Además, tendrá encomendadas las siguientes competencias:

• Realizar un informe anual que incluya la evaluación del plan de convivencia.

• Elegir a las personas que integran la comisión de convivencia.

• Establecer los mecanismos y garantías para la participación de todos los sectores de la comunidad educativa en los procesos relativos a la convivencia, incluyendo la elaboración de los planes correspondientes.

• Ser informado de la resolución de conflictos y velar por que se atengan a la normativa vigente. Si se trata de una medida disciplinaria por una conducta que perjudique gravemente la convivencia del centro, podrá analizar y, en su caso, revisar la decisión adoptada.

• Indicar a la dirección del centro las directrices para elaborar o modificar el plan y las normas de convivencia.

• Realizar propuestas para mejorar la convivencia.

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4.2. Comisión de Convivencia

El Consejo Escolar del instituto creará una comisión de convivencia, formada por miembros de dicho consejo, pertenecientes a los distintos sectores del instituto y con la presencia, en todo caso, del equipo directivo, concretamente de las personas que ocupen los cargos en la dirección y en la jefatura de estudios. En la comisión de convivencia podrá participar el orientador u orientadora del instituto y también otros miembros de la comunidad educativa que designe el Consejo Escolar.

Será el Consejo Escolar el que apruebe en cada momento la composición de la comisión de convivencia y establezca su funcionamiento.

Las competencias de la comisión de convivencia serán las siguientes:

• Elaborar el Plan de Convivencia general y el anual.

• Promover actuaciones que favorezcan la convivencia, el respeto, la tolerancia, el ejercicio efectivo de derechos y el cumplimiento de deberes, la igualdad entre hombres y mujeres y la lucha contra el acoso escolar y la LGTBIfobia.

• Evaluar periódicamente la situación de la convivencia en el centro y los resultados de aplicación de las normas de convivencia.

• Informar de sus actuaciones al Claustro y al Consejo Escolar, incluyendo los resultados obtenidos en las evaluaciones realizadas. También informará a la junta de delegados y, a través del representante en el Consejo Escolar, al personal no docente.

• Asegurar que las normas de convivencia de aula estén en consonancia con las generales del centro.

• Tratar incidencias o problemáticas concretas, que se produzcan en el instituto, para proponer posibles actuaciones a la dirección o a la jefatura de estudios.

La comisión de convivencia se reunirá siempre que se considere conveniente, por convocatoria expresa de la dirección del instituto. En todo caso, tendrá las siguientes reuniones:

• Una o varias reuniones a principio de curso, para elaborar el plan anual de convivencia.

• Al menos una reunión por trimestre, para evaluar la situación del instituto en cuanto a la convivencia.

• Una reunión a final de curso para la evaluación final.

4.3. Claustro

Las competencias del Claustro de profesores, en relación con la convivencia, son las siguientes:

• Realizar propuestas para la elaboración del plan de convivencia.

• Realizar aportaciones para la evaluación anual de la convivencia y del plan de convivencia.

Para una mejor operatividad, las propuestas y aportaciones a las que se refieren estos puntos se canalizarán a través de los departamentos.

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4.4. Junta de delegados y delegadas

En el inicio de cada curso se constituirá la junta de delegados de los grupos del centro, a la que convocará jefatura de estudios.

La junta de delegados debe servir para canalizar la información de la junta de delegados al alumnado del centro y viceversa. De esta forma se podrá establecer un nexo entre el Consejo escolar y la comisión de convivencia y cada uno de los miembros del sector del alumnado.

La junta de delegados deberá:

• Participar de forma activa en los procesos de elaboración y reforma del plan de convivencia.

• Hacer llegar a todo el alumnado las informaciones y propuestas tratadas en el Consejo Escolar y en las reuniones de la junta de delegados con la dirección o jefatura de estudios.

• Canalizar las propuestas del alumnado y delegados de grupo en relación a la mejora de la convivencia.

• Promover en el alumnado la necesidad de ayudar al equipo directivo y al profesorado en la prevención y resolución de conflictos.

• Trasladar a cada uno de los grupos, las directrices sobre la elaboración de las normas de aula.

• Participar en acciones y programas de mejora de la convivencia del centro, de ayuda entre iguales, en especial en casos de acoso, de igualdad efectiva entre hombres y mujeres y LGTBIfobia.

4.5. Grupos

El alumnado deberá elaborar, conjuntamente con el tutor o tutora de cada grupo, las normas de aula, tal como se establece en este Plan de Convivencia y de acuerdo con las directrices que estipule el plan anual correspondiente. En cualquier caso, dentro de cada grupo, el alumnado tendrá las siguientes responsabilidades respecto a la gestión de la convivencia:

• Cualquier alumno o alumna comunicará al tutor o tutora del grupo las incidencias que le afecten o de las que tenga conocimiento aunque afecten a otras personas. Si fuera necesario o lo considerara conveniente, lo podrá comunicar también a Jefatura de Estudios.

• Especialmente en los casos en los que puedan detectarse situaciones de acoso, ciberacoso, violencia de género o LGTBIfobia, lo pondrá en conocimiento de la dirección del centro, para que puedan adoptarse las medidas correspondientes.

• Cualquier alumno o alumna podrá plantear propuestas al resto del grupo, utilizando para ello las sesiones de tutoría o los periodos que el tutor o tutora habilite para ello, respecto a cambios en las normas de aula o para que se tengan en cuenta, a nivel general, en el plan de convivencia del instituto.

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• Cualquier miembro del grupo podrá solicitar a Jefatura de Estudios la realización de una asamblea para acogerse a lo previsto en el artículo 4.3, en su apartado l), del Decreto 32/2019, en el que se indica que el alumnado tiene derecho a “ las decisiones colectivas que adopten (...) con respecto a la asistencia a clase, cuando estas hayan sido resultado del ejercicio del derecho de reunión y sean comunicadas previamente a la dirección del centro”. Para la realización de la asamblea, la solicitud deberá realizarse con al menos dos días de antelación, a Jefatura de Estudios, y deberá indicar día y hora de celebración. Como resultado de la asamblea, el delegado o delegada del grupo presentará el acuerdo respecto a la asistencia a clases, indicando el día o los días y los periodos afectados, la justificación de ese acuerdo y la relación de nombres apellidos y firmas de los que participan en el acuerdo. Esta presentación ante Jefatura de Estudios deberá realizarse con una antelación de al menos un día lectivo respecto a las fechas afectadas por el acuerdo. En caso de que no se cumplan estos requisitos, podrán considerarse injustificadas las ausencias que se produzcan.

4.6. Departamentos

Con el fin de facilitar y aprovechar la organización horaria para la participación del profesorado en las tomas de decisión y en los procesos de evaluación de la convivencia, los departamentos deben cumplir una función muy relevante en la transmisión de la información y de las propuestas en el seno del Claustro. Los departamentos apoyarán la participación de los docentes a partir de las siguientes consideraciones:

• En las reuniones de los departamentos se pondrán en común las circunstancias y situaciones que inciden sobre la convivencia y que encuentre el profesorado en su labor educativa.

• A partir de esos intercambios de información el departamento podrá elaborar propuestas y, en cualquier caso, realizará una aportación a la evaluación de la convivencia en cada trimestre y especialmente al final de cada curso académico.

• Los jefes de los departamentos transmitirán al resto del Claustro la evaluación de la convivencia realizada por su departamento y al equipo directivo, en cualquier momento, las propuestas que, sobre este tema, surjan de ese departamento.

4.7. Equipos docentes

Otra vía fundamental para la participación del profesorado en el gestión de la convivencia es a través de los equipos docentes. Estos equipos se reunirán en las siguientes circunstancias:

• En las sesiones de evaluación inicial, para los grupos de Formación profesional básica.

• En las sesiones parciales y finales de evaluación de todos los grupos.

• En cualquier circunstancia que pudiera considerarse necesario, pudiendo ser convocada por el tutor o la tutora, por Jefatura de Estudios o por la Jefatura del departamento de familia profesional correspondiente. Para elegir lugar, fecha y hora de la reunión, la persona que convoque consultará a Jefatura de Estudios.

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Los equipos docentes establecerán acuerdos con las siguientes finalidades:

• La puesta en marcha actuaciones relativas a la convivencia en el grupo correspondiente.

• La elaboración de propuestas a Jefatura de Estudios, a la dirección del instituto o al Consejo Escolar, para la mejora de la convivencia en el grupo o con carácter general.

• La elaboración, al final de cada curso, de una evaluación de la convivencia que formará parte de la memoria de tutoría. Esa evaluación podrá incluir propuestas de mejora.

4.8. Evaluación del Plan de Convivencia

Cada curso el Plan Anual de Convivencia establecerá el procedimiento de evaluación de la convivencia, del propio plan anual y de este plan general, de forma participativa. Por tanto, deberá establecer un procedimiento en el que tenga cabida la intervención de los distintos sectores de la comunidad educativa, a través de los órganos de gobierno, de los de coordinación didáctica y de la junta de delegados.

La evaluación del Plan de Convivencia formará parte, cada año, de la memoria del curso e incluirá las propuestas de mejora que se acuerden. Dichas propuestas de mejora podrán afectar tanto al plan anual, como la plan general.

En Madrid, 20 de febrero de 2020

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