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Plan de Acción 2017Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria [1]

ÍNDICE

Índice................................................................................................... 1

Objeto y alcance del documento........................................................... 2

La Agencia: Información corporativa..................................................... 3

Líneas de actuación de la Agencia......................................................... 6

Actividades de soporte y funcionamiento interno ......................................................8

Actividades de desarrollo normativo ........................................................................11

Emisión de autorizaciones y certificados ..................................................................14

Actividades de supervisión: Plan de Supervisión 2017 ..............................................17

Actividades de difusión ............................................................................................28

Actividades de seguimiento de planes estratégicos y de impulso de la seguridad.....30

Actividades de representación exterior ....................................................................33

Plan de Acción 2017Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria [2]

OBJETO Y ALCANCE DEL DOCUMENTO

De conformidad con el artículo 12 del Real Decreto 1072/2014, de 19 de diciembre, por el que secrea la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria y se aprueba su estatuto, dicha Agencia dispondráde un plan de acción anual, sobre la base de los recursos disponibles. Dicho plan es propuesto porel Director al Consejo Rector, para su aprobación.

El presente documento pretende realizar una descripción de los objetivos que la AESF pretendeponer en marcha durante el año 2017, así como de las principales actividades defuncionamiento ordinario, tales como autorización de vehículos o líneas, homologación decentros o emisión de certificados de seguridad.

Abreviaturas

AESF Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria

AEVAL Agencia Estatal de Evaluación de las Políticas Públicas y la Calidad de los Servicios

AI Administrador de infraestructuras

EEM Entidad encargada de mantenimiento

EF Empresa Ferroviaria

EUAR Agencia Ferroviaria de la Unión Europea (anteriormente Agencia FerroviariaEuropea (ERA)

ETI Especificación Técnica de Interoperabilidad

IF Instrucción Ferroviaria

LSF Ley 38/2015 de 29 de septiembre, del sector ferroviario

OTIF Organización intergubernamental para el tráfico internacional de mercancías porferrocarril.

PAI Programa Anual de Inspección a Empresas Ferroviarias

RCF Reglamento de Circulación Ferroviaria, aprobado mediante Real Decreto 664/2015de 17 de julio.

RID Reglamento relativo al transporte internacional de mercancías peligrosas porferrocarril

RFIG Red Ferroviaria de Interés General

RINF Registro de Infraestructuras

SGS Sistema de Gestión de la Seguridad

Plan de Acción 2017Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria [3]

LA AGENCIA: INFORMACIÓN CORPORATIVA

Marco legal y competencias

La Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria (AESF) es un organismo público de los regulados en laLey 28/2006, de 18 de julio, de Agencias estatales para la mejora de los servicios públicos, adscritoal Ministerio de Fomento a través de la Secretaría General de Infraestructuras.

Su Estatuto fue aprobado mediante el Real Decreto 1072/2014, de 19 de diciembre, que fija comoinicio de su actividad el 1 de abril de 2015.

Dentro de su ámbito de competencias -la Red Ferroviaria de Interés General-, ejercerá comoautoridad responsable de la seguridad ferroviaria, tal y como se establece en la Ley 38/2015, de29 de septiembre, del Sector Ferroviario, realizando la ordenación y supervisión de la seguridadde todos los elementos del sistema ferroviario: las infraestructuras, el material rodante, elpersonal ferroviario y la operación ferroviaria.

Asimismo, llevará a cabo las funciones relacionadas con la interoperabilidad del sistemaferroviario de competencia estatal, correspondiéndoles asimismo el otorgamiento, suspensión yrevocación de licencias a las empresas ferroviarias.

Plan de Acción 2017Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria [4]

Principios de actuación de la Agencia

La Agencia se guiará por los siguientes principios de actuación:

a) Independencia en su actuación, respecto de las funciones que tiene asignadas en

materia de seguridad del transporte ferroviario.

b) Competencia y responsabilidad en el desarrollo y aplicación de las normas de seguridad

ferroviaria nacionales e internacionales, así como en el control de los procedimientos.

c) Promoción y difusión de una cultura de seguridad ferroviaria en todos los ámbitos de

actuación.

d) Calidad, eficacia, eficiencia y transparencia en el ejercicio de sus funciones.

Órganos de gobierno, ejecutivos y estructura de la Agencia

Son Órganos de Gobierno de la Agencia su Presidencia y el Consejo Rector.

El Director de la Agencia es el órgano ejecutivo y el responsable de la dirección y gestión ordinariade la misma. Es nombrado por el Consejo Rector a propuesta del Presidente.

La Agencia está estructurada en las siguientes unidades:

Subdirección General de Infraestructuras

Es la encargada del ejercicio de las funciones relacionadas con la emisión de autorizacionesde seguridad de administradores de infraestructura y su posterior supervisión, así comocon todo lo relacionado con la infraestructura y equipos fijos.

Subdirección General de Coordinación de la Seguridad Ferroviaria

Es la encargada del ejercicio de las funciones relacionadas con la emisión de licencias ycertificados de seguridad de empresas ferroviarias y su posterior supervisión,

Plan de Acción 2017Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria [5]

habilitaciones a candidatos distintos de empresas ferroviarias, así como con todo lorelacionado con material rodante, su mantenimiento y el personal ferroviario y sus centrosasociados.

Asimismo, le corresponde el seguimiento global de la seguridad del sistema ferroviario ycoordinará el desarrollo de los procedimientos de funcionamiento técnico, así como larepresentación externa de la Agencia.

División de Administración

Directamente dependiente del Director de la Agencia desarrollará tareas de apoyo a laDirección y al Consejo Rector, así como las funciones de gestión que le seanencomendadas.

Plan de Acción 2017Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria [6]

LÍNEAS DE ACTUACIÓN DE LA AGENCIA

Las actuaciones de la AESF durante 2017 tienen una importante vocación de continuidad respectoa las acciones puesta en marcha en los años precedentes.

Pueden articularse alrededor de diferentes objetivos:

ACTUACIONES DE SOPORTE para el resto de acciones de la AESF, encaminadas a la mejora de sufuncionamiento interno y de dotar de herramientas a la organización para facilitar sudesempeño.

ACTUACIONES OPERATIVAS, relativas a las competencias propias de la AESF, que se desarrollana partir de cuatro conceptos claves:

o El desarrollo normativo y la regulación en materia de seguridad einteroperabilidad, tanto desde el punto de vista técnico como jurídico.

o La emisión de licencias, autorizaciones, certificados u homologaciones requeridospor los diferentes elementos y organizaciones del sector ferroviario para suincorporación al sector.

o La supervisión del sector, que debe configurarse en un subconjunto muysignificativo del Plan de Acción de 2017.

De conformidad con la Ley del Sector Ferroviario, la responsabilidad de la seguridaden la circulación sobre la Red Ferroviaria de Interés General corresponde a losadministradores de infraestructuras y a las empresas ferroviarias que en ellaoperan.

Por su parte, corresponde a la autoridad responsable de seguridad, velar por elcumplimiento del marco normativo por los agentes del sistema y de que éstosutilizan un sistema de gestión de la seguridad adecuado.

Por ello, uno de los objetivos de este año, es desarrollar y aplicar una estrategia queoriente las actividades y fije sus prioridades de supervisión.

o La difusión, como herramienta fundamental de mejora del conocimiento en elsector.

ACTUACIONES ESTRATÉGICAS, de mayor nivel y a medio plazo:

o Seguimiento de acciones estratégicas de mejora de seguridad en el sector, quepor su envergadura requieren de acciones continuadas a lo largo del tiempo. En

Plan de Acción 2017Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria [7]

ellas, la AESF puede funcionar de catalizador y coordinador de las actuaciones deotros agentes.

o De especial importancia estratégica para la AESF es la preparación a medio plazopara el cambio introducido por el Cuarto Paquete ferroviario aprobado en 2016,que configurará en los próximos años un nuevo escenario en el Espacio FerroviarioÚnico Europeo, con un importante cambio de relaciones entre la AgenciaFerroviaria de la Unión Europea y las autoridades nacionales de seguridad.

o Representación internacional y participación en diversas organizaciones que van amarcar las políticas y legislaciones futuras en materia de seguridad einteroperabilidad.

Los objetivos planteados dentro de cada una de estas líneas de actuación son los recogidos en los

apartados siguientes:

Plan de Acción 2017Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria [8]

Actividades de soporte y funcionamiento interno

Como ya se ha dicho, los primeros objetivos de la Agencia durante estos primeros ejercicios estánrelacionados con dotarse a sí misma de herramientas de diversa índole, que faciliten sudesempeño:

SOP-1. Definición de una estructura detallada de la AESF con atribuciones de responsabilidades alas diferentes unidades, enfocada a disponer, a medio plazo, de objetivos e indicadoresde cumplimiento.

Esta actividad tiene que enfocarse para que, a medio plazo, la AESF pueda contar con un sistema degestión de competencias que permita delimitar las acciones formativas y de conocimientosrequeridas por cada uno de los puestos de la Agencia.

SOP-2. Proseguir con las actividades de formación del personal de la AESF publicando elsegundo Plan de Formación propio de la AESF.

Durante 2017 se ha previsto un Plan de Formación ampliando los contenidos en materia de seguridade interoperabilidad, con alto nivel de especialización, a través del cual se integran en la organizaciónno solo el personal integrado inicialmente en la AESF sino también el personal de nuevo ingreso en2016 y el que se incorpore en 2017.

El Plan de Formación 2017 incluye formación en aspectos como:

Instalaciones de seguridad ferroviaria.

Conceptos generales de seguridad e interoperabilidad.

Evaluación de Riesgos.

ERTMS

Personal ferroviario.

Mercancías peligrosas. Normativa de cargamento.

El nuevo Reglamento de Circulación Ferroviaria.

Material rodante.

Investigación de accidentes/incidentes.

Asimismo, el Plan de formación incluye materias como el procedimiento sancionador, dado que laAESF ha asumido competencias en materia sancionadora tras la entrada en vigor de la Ley 38/2015,de 29 de septiembre, y sobre gestión documental, tan importante para las actuales organizaciones.

El Plan también incluye formación en ofimática, impulsando la utilización y conocimiento de las nuevastecnologías.

El Plan tiene un apartado especial para la formación en idiomas, esencial en el ámbito decompetencias de la AESF donde los funcionarios tienen que asistir de forma habitual a reuniones quese celebran en otros idiomas, especialmente inglés, por lo que se va a dar una especial importancia alos cursos presenciales de idiomas.

Plan de Acción 2017Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria [9]

Por otra parte, el personal de la AESF puede asistir a los cursos generales organizados por elMinisterio de Fomento en base al convenio firmado entre el Ministerio y la AESF.

SOP-3. En materia de personal, proseguir con las acciones que permitan cubrir progresivamentelos puestos vacantes de la estructura, tanto de personal funcionario, como de las plazasde expertos del sector. Estudiar la posibilidad de contratación laboral (Prioritario en loscampos de mayor especialización técnica, como material rodante y control mando yseñalización).

SOP-4. Continuación con la formalización de los procedimientos de trabajo de las diferentesáreas de actividad de AESF, para disponer a lo largo de 2017 de un conjunto deprocedimientos homogéneos para la realización de las principales actividades,completando progresivamente el desarrollo del Mapa de Procesos de la AESF.

Durante 2017 se pretende trabajar en los procedimientos que afectan a actividades básicas de laAESF, como:

Emisión de certificados de seguridad de empresas ferroviarias y su posterior supervisión.

Autorización de entrada en servicio de vehículos.

Gestión de expedientes de modificación de vehículos.

Certificación de entidades encargadas de mantenimiento y su posterior vigilancia.

Realización de inspecciones a centros relacionados con el personal ferroviario (deformación y de reconocimiento psicofísico)

Inscripción de datos en el REF.

Guías al sector para la realización de trámites.

SOP-5. Proseguir con las actividades internas de la AESF que posibiliten adquirirprogresivamente mayor independencia de gestión de los servicios centrales delMinisterio, así como continuar con la puesta en servicio de programas ofrecidos por elMinisterio de Hacienda y Función Pública.

Plan de Acción 2017Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria [10]

En 2017 se culminará la implementación de las diferentes aplicaciones, en materia de personal ygestión del gasto, aportadas por el Ministerio de Hacienda y Función Pública a las entidades públicaspara su funcionamiento: CANOA e INVENTARIO.

La primera tiene por objeto la contabilidad analítica que permitirá hacer una adecuada y eficienteimputación de costes e ingresos.

La segunda tiene por finalidad la realización del inventario de bienes de la AESF que permitirá unavaloración de los mismos que se integre en las cuentas de la AESF así como el control del mobiliariode la AESF.

SOP-6. Acciones para la implantación de sistemas de gestión de la calidad de los serviciosofrecidos por la AESF, para dar respuesta a los requerimientos establecidos por la AgenciaEstatal de Evaluación de las Políticas Públicas y la Calidad de los Servicios (AEVAL).

La mejora de la calidad de los servicios de la AESF debe estar presente en todas sus actividades,propiciando la detección continua de puntos de mejora. En especial, el desarrollo de la mayor parte delas acciones de este Plan, en particular de algunas como las SOP-4, SOP-7, DIF-1, DIF-4 o DIF-6, seconsidera que pueden suponer mejoras en la calidad de los servicios ofrecidos.

El seguimiento de estas actividades de calidad se reflejará con la redacción del informe anual deevaluación, de acuerdo con las directrices que imparta AEVAL.

SOP-7. Desarrollo de la sede electrónica de la AESF, incorporando nuevos trámites, como p.ej.relacionados con mercancías peligrosas.

Plan de Acción 2017Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria [11]

Actividades de desarrollo normativo

De acuerdo con sus competencias, corresponde a la AESF el fomento y desarrollo del marconormativo en materia de seguridad e interoperabilidad, tanto en sus aspectos más técnicos comojurídicos. El año 2017 debe ser el del impulso de un nuevo marco jurídico como consecuencia de latransposición de las nuevas Directivas del Cuarto Paquete.

NOR-1. Desarrollar normativa legal y técnica en materia de seguridad, a través de la redacciónde los correspondientes borradores y de asistencia durante su tramitación a los órganoscentrales del Ministerio.

Dentro de sus competencias de desarrollo del marco normativo en materia de seguridad, se planteaque durante el año 2017 se desarrolle el siguiente calendario normativo:

a) Iniciar la elaboración del Reglamento de Seguridad e Interoperabilidad Ferroviaria , querefunda diversa normativa en la materia:

La transposición de las nuevas Directivas de Seguridad1 (2016/796/UE) e Interoperabilidad(2016/797/UE)2.

El desarrollo reglamentario de la Ley del Sector Ferroviario en las materias competencia dela AESF.

El desarrollo de un régimen de la actividad inspectora y de supervisión de la AESF, en virtuddel artículo 65.5 de la LSF.

Una nueva regulación sobre pasos a nivel, en sustitución de la Orden de 2 de agosto de2001 por la que se desarrolla el artículo 235 del Reglamento de la Ley de Ordenación de losTransportes Terrestres, en materia de supresión y protección de pasos a nivel.

b) Proponer y definir el marco legal y técnico para la circulación tranviaria en determinadostramos de la RFIG.

c) Iniciar el desarrollo de un marco legal y técnico para la circulación de vehículos históricos porla RFIG.

d) Tramitar propuestas de modificaciones del Reglamento RCF que pudieran plantearse yemisión de directrices interpretativas mediante Fichas-Guía de aplicación.

e) Impulsar la tramitación de la modificación del RD 412/2001, de 20 de abril, por el que seregulan aspectos relacionados con el transporte y circulación de mercancías peligrosaspor ferrocarril.

f) Proseguir la tramitación de la orden de mantenimiento de vehículos ferroviarios, ensustitución de la parte vigente de la Orden FOM/233/20063.

1Directiva 2016/798/UE de 11 de mayo de 2016, sobre la seguridad ferroviaria.

2Directiva 2016/797/UE de 11 de mayo de 2016, sobre la interoperabilidad del sistema ferroviario dentro de la UniónEuropea

3Orden FOM/233/2006 de 31 de enero, por al que se determina el régimen de homologación de los centros dematerial rodante y sus condiciones de funcionamiento.

Plan de Acción 2017Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria [12]

g) Traducir y tramitar hasta su publicación del RID 2017, que entró en vigor el 1 de enero de 2017.

h) Revisar para su alineación de los reglamentos internaciones sobre el transporte de mercancíaspeligrosas por ferrocarril (RID) y por carretera (ADR).

i) Revisar la Orden FOM/2924/2006, de 19 de septiembre, por la que se regula el contenidomínimo del informe anual para el transporte de mercancías peligrosas por carretera, porferrocarril o por vía navegable, en aquellos aspectos que afecten al ferrocarril, para orientarlo a laobtención de datos más adaptados a este modo de transporte.

j) Continuar la tramitación de las Instrucciones Ferroviarias de Infraestructura (IFI), deEnergía (IFE) y Material Rodante (IF MR), que supone el complemento de normativa nacional alas ETIs aplicables, en virtud de lo establecido en la Orden FOM/167/20154.

k) Iniciar la redacción de una Instrucción Ferroviaria sobre Control, Mando y Señalización.

l) Desarrollar una Especificación Técnica sobre frenado de trenes.

NOR-2. Posible emisión de recomendaciones técnicas al sector si se considera de utilidad o sedemanda por el sector, así como guías para facilitar la tramitación de procesos frente ala AESF.

Entre otras, posibles recomendaciones a desarrollar en 2017:

a) Guías de aplicación del RCF y la ETI OPE5 (Fichas-guía de aplicación del RCF)

b) Criterios sobre contenidos de los SGS.

c) Procesos previos a la puesta en servicio de líneas modificadas.

d) Marcado de vehículos.

e) Condiciones de retorno al servicio de material previamente apartado.

f) Contenido mínimo de expedientes de mantenimiento.

g) Criterios para diseño seguro de infraestructuras.

h) Criterios para la aplicación del Reg. 402/20136 de evaluación de riesgos en modificaciones de laactividad de empresas ferroviarias y de los SGS.

i) Orientaciones sobre el registro de peligros de empresas ferroviarias.

En cuanto a guías para el sector, algunas de las posibles a desarrollar en 2017 pueden ser:

a) Expedientes de modificación del subsistema control, mando y señalización en vehículos.

4Orden FOM/167/2015 de 6 de febrero, por la que se regulan las condiciones para la entrada en servicio desubsistemas de carácter estructural, líneas y vehículos ferroviarios.

5Especificación Técnica de Interoperabilidad relativa al subsistema «explotación y gestión del tráfico» del sistemaferroviario de la Unión Europea, aprobada mediante el Reglamento (UE) 2015/995 de la Comisión, de 8 de junio de2015

6Reglamento 402/2013 de 30 de abril, relativo a la adopción de un método común de seguridad para la evaluación yvaloración del riesgo.

Plan de Acción 2017Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria [13]

b) Compatibilidad del tren con la ruta.

c) Procesos de autorización de subsistemas móviles y vehículos

d) Puesta en el mercado de componentes de interoperabilidad

NOR-3. Dentro del proceso de limpieza y eliminación de normas nacionales, iniciado por laAgencia Ferroviaria Europea en cumplimiento de lo establecido de las Directivas deInteroperabilidad y Seguridad, proseguirá el estudio, iniciado en 2016, de inventario yanálisis de la normativa nacional.

Mediante este proceso, se pretende localizar normativa en aquellos aspectos en los que es posible laexistencia de normas nacionales (principalmente casos específicos y puntos abiertos) susceptibles deser notificada a la Comisión Europea, realizando, en su caso, este proceso, así como detectar, tantonormas redundantes que pudieran existir con la normativa europea, como carencias normativas.

Plan de Acción 2017Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria [14]

Emisión de autorizaciones y certificados

La AESF emite los documentos que permiten el acceso al mercado de la mayor parte de lasentidades del sector (empresas ferroviarias, administradores de infraestructura, entidadesencargadas de mantenimiento, centros de mantenimiento, centros de personal ferroviario…) o loselementos principales del sistema ferroviario (infraestructuras o vehículos) y su personal.

El número de estos expedientes a tramitar durante 2017 no se puede determinar a priori, ya quedepende de las peticiones del sector, si bien su gestión supone buena parte de la actividad de laAESF.

AUT-1. Emisión de licencias de empresas ferroviarias, que previsiblemente en 2017 continuarácon el posicionamiento de nuevos operadores para la futura apertura del mercado deviajeros.

En la actualidad 39 empresas disponen de licencia.

AUT-2. Emisión de certificados de seguridad de empresas ferroviarias (nuevos, ampliaciones orenovaciones), tras la evaluación de sus sistemas de gestión de la seguridad.

Una veintena de empresas disponen actualmente de certificados, si bien sólo operan una decena deellas.

AUT-3. Emisión de las autorizaciones de seguridad de los administradores de infraestructura(nuevas, ampliaciones o renovaciones).

Durante 2017 no son previsibles nuevas autorizaciones, tras la reciente renovación de lasautorizaciones de ADIF, ADIF AV y de la Sociedad administradora de la Línea Figueras-Perpiñán.

AUT-4. Certificación de entidades encargadas de mantenimiento de vagones, actuando laAESF como organismo de certificación según el Reglamento 445/20117.

Actualmente hay 15 EEM certificadas. En los próximos años, se espera un incremento de lacertificación voluntaria, ya sea de manera completa o de determinadas funciones, para prepararsepara la extensión progresiva a otros tipos de vehículos ferroviarios.

7Reglamento 445/2011 de 10 de mayo, relativo a un sistema de certificación de las entidades encargadas delmantenimiento de los vagones de mercancías y por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 653/2007.

Plan de Acción 2017Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria [15]

AUT-5. Homologación de centros de mantenimiento de material rodante.

Actualmente son unos 50 centros con unas 150 instalaciones distribuidas por toda España.

AUT-6. Homologación de centros de personal ferroviario: centros de formación y dereconocimiento psicofísico.

Actualmente son 10 los centros de formación homologados y 20 los de reconocimiento médico.

AUT-7. Autorización de puesta en servicio de líneas previstas para 2017 y conformidad con loscambios de las condiciones de explotación, así como tramitación de las comunicacionesprevias de futuras actuaciones.

Durante 2017 está prevista la puesta en marcha de actuaciones tan relevantes como las que seencuentran en curso en el Corredor Mediterráneo o la incorporación de nuevos tramos de altavelocidad, p.ej. en los accesos a Granada o Murcia.

AUT-8. Autorización de entrada en servicio de vehículos y gestión de expedientes demodificación.

En años anteriores, se han abierto más de 70 nuevos expedientes. Durante 2017, también seproseguirá con el seguimiento de expedientes abiertos en años anteriores, que incluyen algunos tansignificativos como los nuevos trenes de alta velocidad desarrollados por los fabricantes nacionales.

AUT-9. Autorización de cursos de formación de maquinistas y exámenes de maquinistas.

Debido a la gran demanda de maquinistas en el sector, por la elevada edad media de los que estánen activo, en el año 2017 se espera superar las cifras de 2016 (con unos 350 aspirantes presentadosa pruebas) y se calculan que se acreditarán más de 400 nuevos maquinistas.

AUT-10. Actividades en materia de emisión de licencias de maquinistas en formato europeo endesarrollo de la Orden FOM/2872/20108.

Si bien en 2016 se inició la emisión de las licencias en formato europeo, gracias al acuerdo con laFábrica de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda, en 2017 se pretende finalizar el proceso deacreditación de maquinistas de la antigua FEVE que están integrados en RENFE. Así mismo se va a

8Orden FOM/2872/2010 de 5 de noviembre, por la que se determinan las condiciones para la obtención de lostítulos habilitantes que permiten el ejercicio de las funciones del personal ferroviario relacionadas con la seguridaden la circulación, así como el régimen de los centros homologados de formación y de los de reconocimientomédico de dicho personal

Plan de Acción 2017Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria [16]

iniciar el canje de los títulos A por licencias de conducción, y su correspondiente acreditación enformato europeo.

AUT-11. Realización de exámenes de Consejeros de Seguridad para el transporte de mercancíaspeligrosas por ferrocarril, estando previstas dos convocatorias en 2017.

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Actividades de supervisión: Plan de Supervisión 2017

El “Reglamento 1077/2012 de la Comisión, de 16 de noviembre de 2012, sobre un método comúnde seguridad para la supervisión por parte de las autoridades nacionales de seguridad tras laexpedición de certificados de seguridad o autorizaciones de seguridad” establece el procedimientoque las autoridades nacionales de seguridad aplicarán para vigilar el cumplimiento de la obligaciónlegal de las empresas ferroviarias y los administradores de infraestructuras de utilizar un sistemade gestión de la seguridad que garantice el control de todos los riesgos asociados a susactividades, incluidos los relacionados con el suministro de mantenimiento y de material y con elempleo de contratistas.

Dicho procedimiento, también servirá para comprobar la aplicación de las obligaciones de“vigilancia interna” que dichas empresas deben disponer, en virtud del “Reglamento 1078/2012 dela Comisión, de 16 de noviembre de 2012, sobre un método común de seguridad en materia devigilancia que deberán aplicar las empresas ferroviarias y los administradores de infraestructurasque hayan obtenido un certificado de seguridad o una autorización de seguridad, así como lasentidades encargadas del mantenimiento”.

Según este Reglamento 1077/2012, se entenderá por “supervisión”, el conjunto de mecanismosaplicados por la autoridad nacional de seguridad para vigilar el desempeño en materia deseguridad después de que se haya concedido el certificado o la autorización de seguridad.

Con esta supervisión, se pretende comprobar si se alcanzan, durante la explotación, los resultadosindicados en la solicitud del certificado o de la autorización de seguridad y si se cumplen concarácter permanente todos los requisitos necesarios establecidos en la normativa.

El presente documento pretende recoger los objetivos generales de las actividades de supervisióna realizar durante el año 2017 para lograr paulatinamente lo establecido en el Reglamento1077/2012.

Los criterios básicos de la AESF para establecer la supervisión son los siguientes:

A. LA SUPERVISIÓN PUEDE LLEVARSE A CABO EN DIFERENTES NIVELES.

La supervisión de la correcta aplicación por los agentes responsables del marco normativoen materia de seguridad se puede llevar a cabo en diferentes niveles:

a) En relación con la accidentalidad global de la red.b) En relación con la certificación de los actores que intervienen en el sector

ferroviario (administradores, empresas, centros…) y la supervisión de su correctaaplicación en el tiempo.

c) En relación con los diferentes elementos que constituyen el sistema: materialrodante, personal, infraestructura…

B. LA SUPERVISIÓN DEBE ABARCAR AL MAYOR NÚMERO POSIBLE DE AGENTES DEL SECTOR .

La supervisión no debe restringirse únicamente a la actividad de empresas yadministradores de infraestructura, sino que debe incluir otros agentes como entidadesencargadas de mantenimiento y los diversos centros que prestan servicios al sector.

Plan de Acción 2017Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria [18]

C. LA SUPERVISIÓN A LOS DIFERENTES AGENTES Y ELEMENTOS DEL SECTOR NO PUEDE CONSIDERARSE

AISLADAMENTE.

La actividad de empresas ferroviarias, entidades encargadas de mantenimiento, centros demantenimiento, centros de formación, centros médicos, cargadores, etc, estáestrechamente interrelacionada, y por tanto, su supervisión debe tener una perspectivaglobal. De igual modo, los resultados de las inspecciones del material rodante o el personalferroviario tienen una repercusión directa sobre la supervisión a realizar en los sistemas degestión de seguridad.

Para dotar de una perspectiva global a las actividades de supervisión la AESF ha establecidomecanismos para permitir el intercambio continuo de información entre las diferentesunidades (Material Rodante, Personal, Sistemas de Gestión de Empresas Ferroviarias,Cargamentos, Mercancías Peligrosas, Operaciones…). Mediante su análisis conjuntopueden decidirse acciones combinadas de supervisión desde diferentes frentes paraabordar deficiencias del sistema.

A partir de los resultados de las diferentes acciones de supervisión, de los resultados de lasevaluaciones de certificados y homologaciones, de los datos de seguimiento de laaccidentalidad y de denuncias y alertas, se determinarán nuevas acciones de supervisiónasí como directrices a aplicar en la auditoría y supervisión de los Sistemas de Gestión.

Plan de Acción 2017Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria [19]

De manera resumida, los principales parámetros-objetivo que se pretende alcanzar durante esteaño en acciones de supervisión se resumen en el siguiente cuadro:

OBJETIVOS 2017

ADMINISTRADORES DE INFRAESTRUCTURA Visitas y acompañamientos: aprox. 40 (*)

EMPRESAS FERROVIARIAS Auditorías totales o parciales de los sistemas degestión de la seguridad: 8

Auditorías parciales de aplicación deprocedimientos de mercancías peligrosas: 3

Inspecciones in situ (programa en cooperacióncon ADIF): 2.270 inspecciones (**)

Inspecciones in situ (directamente con recursosde la AESF, para propiciar la formación de futuropersonal inspector):

o Vehículos: 40o Personal, operaciones, cargamentos y

mercancías peligrosas: 20 jornadas.

CENTROS DE MANTENIMIENTO DE MATERIALRODANTE

Inspecciones a instalaciones: 115 (***)

ENTIDADES ENCARGADAS DEMANTENIMIENTO

Auditorías: 22 (***)

CENTROS DE FORMACIÓN Inspecciones anuales y de renovación: 10 (***)

CENTROS DE MÉDICOS Inspecciones anuales y de renovación: 20 (***)

(*) Pendiente de confirmar en función de la aprobación del Plan de Inspección de ADIF

(**) Ver más detalle en la actividad SUP-29

(***) No se incluyen inspecciones o auditorías para nuevos solicitantes de homologaciones o certificados

Plan de Acción 2017Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria [20]

Actividades de supervisión sobre el sistema global

SUP-1. Publicación del Plan de Supervisión a través de este Plan de Acción para 2017 y sucomunicación al sector.

SUP-2. Elaboración del informe anual de la AESF9 a la Agencia Ferroviaria Europea, y revisiónde los informes anuales10 de las entidades ferroviarias.

SUP-3. Realizar un seguimiento periódico de la accidentalidad de la red. Para ello sedesarrollará un boletín mensual de accidentalidad de uso interno de las diferentesunidades de la AESF, que permita disponer de información para la planificación de lasactuaciones de supervisión.

SUP-4. Continuar con la gestión como herramienta interna de trabajo de un sistema deinformación geográfica de incidentes/accidentes en la AESF, para control estadístico ypara que ayude a definir los planes de supervisión.

SUP-5. Proseguir con la tarea de seguimiento del cumplimiento de las recomendaciones de laCIAF o con las denuncias recibidas sobre seguridad.

Supervisión de los administradores de infraestructura

SUP-6. Auditorias parciales de los SGS de ADIF y de LFP s.a., tras la asunción por esta empresade la administración de la infraestructura de la línea Figueres-Perpignan.

SUP-7. Supervisión del cumplimiento de los condicionados incluidos en las autorizaciones deseguridad de ADIF, ADIF AV y LFP.

SUP-8. Supervisión de la adecuación de los SGS de ADIF y ADIF AV lo establecido en el nuevoReglamento de Circulación Ferroviario.

SUP-9. Revisión de los documentos reglamentarios emitidos por ADIF y ADIF AV en desarrollodel RCF.

9Informe anual establecido en el artículo 4.3 del Reglamento sobre la seguridad en la circulación ferroviaria en laRFIG, aprobado mediante RD 810/2007, de 22 de junio.

10Informes anuales que tienen que presentar los administradores de infraestructuras y las empresas ferroviarias envirtud de los artículos 9.4 y 15.4 respectivamente del Reglamento sobre la seguridad en la circulación ferroviaria enla RFIG, aprobado mediante RD 810/2007, de 22 de junio.

Plan de Acción 2017Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria [21]

SUP-10. Auditorias específicas para seguimiento del cumplimiento de las recomendaciones dela CIAF dirigidas a ADIF.

SUP-11. Campaña de acompañamiento en las inspecciones realizadas por ADIF y ADIF-AVdentro de su Plan Anual de Seguridad en la Circulación para vigilancia de sus propiasactividades

El Reglamento 1078/2012 obliga a las empresas, administradores y entidades encargadas demantenimiento a instaurar mecanismos, dentro de sus sistemas de gestión de la seguridad, paracomprobar que éste se aplica de forma correcta y efectiva.

ADIF y ADIF AV cubren estos requisitos a través de su Plan Anual de Seguridad en la Circulación,en el que se incluyen las operaciones de vigilancia interna sobre diferentes actividades de lasempresas.

Formando parte de las acciones de supervisión de la AESF se realizarán acompañamientos a lasinspecciones incluidas en el Plan Anual de Seguridad de ADIF. El objetivo alcanzar un 4% devisitas de inspección acompañadas. Asimismo, esta acción tiene la finalidad de formar a losfuncionarios de nueva incorporación a la Agencia en las técnicas de supervisión de los elementos dela infraestructura ferroviaria.

SUP-12. Continuación en la elaboración de los procedimientos de trabajo para la realización enel futuro de inspecciones/auditorías particulares de la aplicación de losprocedimientos de los administradores de infraestructura en aspectos concretos,como por ejemplo, tratamiento de pasos a nivel, procedimientos de gestión de cambiosy modificaciones en instalaciones, seguimiento del plan de actuación de tratamiento detrincheras, estaciones y cruces entre andenes, cerramiento de líneas, etc.

SUP-13. Otras acciones de supervisión:

Visitas informativas para conocimiento de la RFIG y sus instalaciones.

Inspecciones según evolución de los sucesos de seguridad en la RFIG.

Inspecciones de cumplimiento de condiciones de las autorizaciones de puestaen servicio.

Se estima una cantidad total de 12 visitas informativas y 20 de inspecciones.

SUP-14. Seguimiento y tramitación de las solicitudes de puesta en servicio de líneas previstaspara 2017, con especial atención a la implantación de la Orden FOM/167/2015 y de losrequisitos de interoperabilidad y seguridad.

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SUP-15. Incorporación de procesos de auditoría a los expedientes de puesta en servicio denuevas líneas y revisión y seguimiento de las realizadas en los últimos años, paraverificar el cierre de puntos pendientes.

SUP-16. Programa especial de supervisión de actuaciones en el Corredor Mediterráneo. Visitasinformativas, informes y eventuales auditorías e inspecciones.

SUP-17. Auditoría del proceso de gestión de riesgos realizado por ADIF y ADIF AV en losexpedientes de las autorizaciones de reducción de la Línea Límite de Edificación y delDominio Público tramitados en 2016.

SUP-18. Auditoría de las autorizaciones de pasos a nivel provisionales realizadas por ADIF yADIF AV.

SUP-19. Finalización, en colaboración con ADIF, de un estudio general sobre la seguridad entúneles.

SUP-20. Revisión de los SGS de los Puertos, para que dispongan de un contenido mínimo ycomprobación de su adaptación al RCF.

SUP-21. Prosecución de las visitas informativas a redes ferroviarias de puertos iniciadas en2016.

Supervisión de las empresas ferroviarias

SUP-22. Establecimiento de procedimientos de trabajo internos que aseguren la coordinación delas diferentes acciones de supervisión de las distintas unidades de la AESF paradisponer de estrategias y acciones combinadas de supervisión a las entidades del sector.

SUP-23. Supervisión del cumplimiento de los condicionados incluidos en los certificados deseguridad de las diferentes empresas ferroviarias que están operando.

SUP-24. Campaña específica de auditoría de la adaptación al RCF del SGS de las empresasferroviarias.

SUP-25. Revisión y propuestas de mejora de los documentos elaborados por las empresasferroviarias en desarrollo del RCF, como los Libros de Normas del Maquinista o losLibros de Itinerarios.

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SUP-26. Asesoramiento y seguimiento al proyecto de revisión y homogeneización de los SGS delas empresas ferroviarios pertenecientes a la Asociación de Empresas FerroviariasPrivadas.

La Asociación de Empresas Ferroviarias Privadas ha iniciado la redacción de un SGS unificado, quepondrá a disposición de sus asociados, para facilitar la implantación de dichos sistemas y aprovecharsinergias en el desarrollo de procedimientos. La AESF está colaborando en esta iniciativa, quepermite homogeneizar los modos de actuación, facilitando las tareas de evaluación y posteriorsupervisión, como una oportunidad para que los SGS de las empresas mejoren y estén adecuados asu actividad.

SUP-27. Auditorías de la aplicación de los SGS de las empresas ferroviarias, ya sea medianteauditorías y visitas, o mediante petición de evidencias del cumplimiento de sus propiosprocedimientos.

Se prevén unas 8 auditorías durante 2017. El programa de auditorías, que tendrá continuidadrespecto al efectuado en años anteriores, podrá incluir acciones de diferente índole:

a) AUDITORÍAS GENERALES DE APLICACIÓN DEL SGS:Auditorías completas del SGS. Auditorías que incluirán revisión documental, entrevistas e

inspecciones, que se aplicarán, en principio a:

Empresas con certificado de seguridad cerca de la finalización de su plazo de vigencia.

Empresas de reciente inicio en la operación (p.ej. tras un primer año de funcionamiento),para comprobar el cierre de posibles puntos abiertos en el momento de la emisión delcertificado.

Empresas que no han sido sometidas a auditorías durante el año anterior o que hatrascurrido un periodo largo desde su última auditoría.

b) AUDITORÍAS DE SEGUIMIENTO:Auditorías parciales de seguimiento a las empresas auditadas en años anteriores para comprobarel seguimiento de los planes de acción solicitados en los informes finales de auditoría parasolventar los reparos o no conformidades detectadas.

c) AUDITORÍAS DE SUPERVISIÓN PARCIAL, para comprobación de determinados procedimientos del

SGS, mediante auditorías parciales “in situ” que incluirán revisión documental, entrevistas e

inspecciones o basadas en envíos formales de información y revisión documental. La

designación de las empresas sobre las que realizar este tipo de acciones, podrá realizarse a la

vista de evolución anómala de indicadores o bien de denuncias.

d) AUDITORÍAS PARCIALES DE COMPROBACIÓN DE APLICACIÓN DEL RCF, para comprobación de laaplicación de los nuevos procedimientos incluidos en sus SGS.

SUP-28. Auditorías parciales específicas del cumplimiento de la normativa en materia demercancías peligrosas de las empresas ferroviarias.

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SUP-29. Ejecución en coordinación con ADIF de un programa de inspección a empresasferroviarias.

Por otro lado, en el marco legal actual, existen competencias compartidas en las que confluyenaspectos de responsabilidad de la AESF y de los administradores, actuando cada uno en el ámbito desus competencias, en materia de inspección de las actividades de las empresas ferroviarias quecirculan por la RFIG:

La AESF tiene la potestad de inspección y supervisión de la seguridad de los elementos delsistema ferroviario.

Por su parte, ADIF y ADIF-AV, conforme al artículo 104 de la Ley 38/2015, de 29 deseptiembre, del sector ferroviario, tienen la potestad de policía en relación con la circulaciónferroviaria, el uso y la defensa de la infraestructura, con la finalidad de garantizar la seguridaden el tráfico, la conservación de la infraestructura. Además controlarán el cumplimiento delas obligaciones que tiendan a evitar toda clase de daño, deterioro de las vías, riesgo opeligro para las personas. En virtud de esta potestad, ADIF dispone de una estructuraterritorial para la realización de diversos tipos de inspecciones sobre empresas ferroviarias,que tradicionalmente viene realizando.

En virtud de lo anterior, AESF y ADIF han establecido mecanismos conjuntos de coordinación quepermitan el intercambio de información sobre las actividades de inspección sobre el territorio yplanificar acciones concretas combinadas de supervisión más eficaces. Para ello, se ha establecidoun grupo conjunto de seguimiento y coordinación, que permite la redefinición del programa deinspección y valorar los resultados conjuntamente.

Para 2017, la AESF ha realizado una propuesta de Programa Anual de Inspección a Empresas (PAI)a ADIF, en el que el objetivo global ha sido mantener al menos un nivel global similar de supervisión aldel año anterior, y se ha elaborado a partir de los siguientes parámetros y datos básicos referidos a2016:

a) Datos sobre el plan de control ejecutado.

b) Volumen de tráficos de cada una de las empresas.

c) Información de los resultados obtenidos en el transcurso de la ejecución del plan de 2016:anomalías detectadas.

d) Valores medios de la accidentalidad e incidentalidad de las empresas.

e) Madurez de los sistemas de vigilancia interna de las empresas.

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A partir de estos parámetros, se ha realizado una distribución inicial homogénea elaborada a partir deratios de 2016, que posteriormente ha sido modulada con una serie de factores correctores a modo de“bonus/malus”, que pretenden orientar de una manera más eficaz y objetiva las inspecciones arealizar por empresa y por tipo de inspección.

El resumen del programa anual de inspección a empresas propuesto es el siguiente:

INSPECCIONES EN COLABORACIÓNAESF/ADIF

Cargamentos 275

Mercancías Peligrosas 90

Registradores 215

Vagones 1.240

Viajes en cabina 295

Control de alcohol y drogas 155

TOTAL 2.270

Adicionalmente, también se tendrán en cuenta los pesajes realizados en la red de ADIF, para elanálisis de sobrecargas en la red (unos 34.000 pesajes al año)

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SUP-30. Elaboración de los procedimientos de trabajo para la realización en el futuro deinspecciones a las empresas ferroviarias en aspectos concretos, tales como:

Cargamentos. Equipamientos del tren y Conducción. Registradores de velocidad, etc.

Estos procedimientos podrán ser utilizados tanto por personal de la AESF, como porpersonal de ADIF, dentro del programa conjunto de inspección a empresas ferroviarias.

SUP-31. Preparación del personal de la AESF para la realización de inspecciones in situ devehículos, personal, mercancías peligrosas y operaciones. En primera fase, seacompañará al personal inspector de ADIF para adquirir competencia y formación. Porello se plantea un número pequeño de inspecciones.

SUP-32. En caso de publicación a lo largo de 2017 de recomendaciones de la AESF que lorequieran, redacción de informes particularizados sobre el cumplimiento por parte delas empresas de dichas recomendaciones.

SUP-33. Redacción de informes particularizados de feed-back sobre las actividades de vigilanciainterna de las empresas a lo largo del último año, en cumplimiento del Reglamento UE1078/2012.

SUP-34. Realización de campañas sobre aspectos específicos de la seguridad, a definir enfunción de los resultados de las inspecciones/auditorías, por ejemplo, sobredeterminados tipos de transportes, vagones, cargamentos, mercancías peligrosas oexcesos de carga.

Supervisión a otras entidades del sector

SUP-35. Proseguir con las inspecciones anuales a Centros de Mantenimiento.

SUP-36. Actuando como la AESF como organismo de certificación según el Reglamento445/2011, proseguir con la realización de auditorías a entidades encargadas demantenimiento certificadas de vagones, tanto periódicas, como para la comprobacióndel cierre de puntos pendientes del proceso de certificación.

SUP-37. Conforme a la Orden FOM/2872/2010 de personal ferroviario, realización deactividades de inspección en relación con los centros médicos: inspecciones anuales yrecepción de informes anuales de actividad.

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SUP-38. En relación con los centros de formación de personal ferroviario, además de lasactividades recogidas en la Orden FOM/2872/2010 de personal ferroviario, medianteinspecciones anuales y recepción de informes anuales de actividad, se pretende reforzarla inspección de cursos de formación (contenidos, recursos empleados, tecnologíasusadas, ejecución de prácticas…).

SUP-39. Elaboración de informes de conclusiones sobre las inspecciones realizadas en el añoanterior a centros de formación y médicos, para contemplar sus conclusiones en lossucesivos planes de supervisión.

SUP-40. Extender las actividades de supervisión a las empresas operadoras de las terminalesferroviarias y a los procesos relacionados con la seguridad que se producen en estasinstalaciones.

Actividad sancionadora

SUP-41. Tramitación de expedientes sancionadores como consecuencia de las funciones deauditoría o denuncia en desarrollo de la potestad sancionadora asignada a la AESF en laLey del Sector Ferroviario.

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Actividades de difusión

La difusión es una de las mejores herramientas para fomentar la cultura de la seguridad en elsector. La AESF considera que la divulgación es uno de los mecanismos más eficaces para lograr amedio plazo el cumplimiento de la normativa y de los procesos de autorización y supervisión.

DIF-1. Acciones de difusión y visibilidad de la AESF: difusión de notas de prensa, creación deboletines periódicos o foros de distribución de newletters…

DIF-2. Participación en foros de diferentes organizaciones que sirvan de difusión ypresentación de la actividad de la Agencia.

DIF-3. Impulso de convenios y acuerdos con otras organizaciones del sector, para elintercambio de acciones formativas (CEDEX, ADIF, RENFE…).

DIF-4. Actualización y mejora de la página web, elaborando procedimientos internos para suactualización y revisión.

DIF-5. Actividades de divulgación, impartiendo formación al sector sobre normativa oaspectos de seguridad, p.ej. sobre la aplicación del Reglamento 402/2013 de evaluaciónde riesgos, los métodos de vigilancia interna, el nuevo marco derivado de las nuevasdirectivas del Cuarto Paquete Ferroviario o la aplicación de las Especificaciones Técnicasde Interoperabilidad de Aplicaciones Telemáticas de Pasajeros11 o Mercancías12. Enparticular, se considera fundamental la colaboración en los programas formativos denuevos profesionales del sector (participación en masters, cursos universitarios, cursosselectivos…).

DIF-6. Atención a los ciudadanos y las organizaciones del sector: resolución de consultas,dudas o denuncias, recibidas tanto a través de escritos o consultas a través de losbuzones de la web.

DIF-7. Consolidación de las acciones de difusión al sector puestas en marcha en añosanteriores, a semejanza de las que realizan otras autoridades nacionales de seguridaden otros países: reuniones de retorno de experiencia, p.ej. entre empresas ferroviariaso en los distintos ámbitos territoriales de los administradores de infraestructura.

11Reglamento UE Nº 454/2011 de la Comisión, de 5 de mayo de 2011, relativa a la especificación técnica deinteroperabilidad correspondiente al subsistema «aplicaciones telemáticas para los servicios de viajeros» delsistema ferroviario transeuropeo.

12Reglamento UE Nº 1305/2014 de la Comisión de 11 de diciembre de 2014 sobre la especificación técnica deinteroperabilidad referente al subsistema de aplicaciones telemáticas para el transporte de mercancías en la UniónEuropea y por el que se deroga el Reglamento (CE) nº 62/2006.

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DIF-8. Puesta en marcha de reuniones para la armonización de los criterios de trabajo deevaluadores de seguridad y organismos certificadores.

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Actividades de seguimiento de acciones estratégicas y de impulso dela seguridad.

En este grupo de actuaciones, se incluye el seguimiento de la AESF ha actuaciones de carácterestratégico y a medio plazo que afectan a múltiples agentes del sector. El carácter independientede la AESF la sitúa en una posición inmejorable para colaborar con todos los implicados en laconsecución de objetivos de mejora de la seguridad.

EST-1. Seguimiento de la entrada en vigor del Reglamento de circulación ferroviaria (RCF) ensu primer año de funcionamiento:

El RCF entró en vigor en enero de 2017, tras un periodo transitorio desde su aprobación en julio de2015. Durante este periodo han sido necesarias múltiples actuaciones necesarias para su plenaimplantación.

Sin embargo, su entrada en vigor no supone la finalización de los trabajos en este campo. A partir deahora es necesario proseguir con las tareas derivadas del RCF:

a) Análisis de propuestas de modificación y mejora del RCF, y en su caso, tramitación demodificaciones reglamentarias.

b) Auditoría de la implantación del RCF en los SGS de los diferentes actores del sistema.

c) Evaluación de documentos reglamentarios emitidos en desarrollo del RCF.

d) Desarrollo de especificaciones técnicas complementarias (p.ej. ET Frenado)

e) Emisión de documentos para facilitar la aplicación del RCF (fichas-guía)

f) Resolución de dudas.

EST-2. Seguimiento de los procesos de despliegue e implementación de versiones del ERTMSa la versión 2.3.0.d.

EST-3. Seguimiento del proceso de mejora del ASFA Digital y de “apagón analógico” de lasversiones embarcadas de ASFA analógico.

EST-4. Proseguir con actividades de factor humano, basándose en el acuerdo con el ConsejoGeneral de Colegios de Psicólogos u otros expertos en la materia, con la contrataciónde una consultoría que desarrolle una herramienta que unifique los reconocimientospsicológicos de todos los centros homologados.

EST-5. Proseguir con los trabajos del Catálogo de Profesiones Ferroviarias, desarrollandonuevas cualificaciones profesionales y, en su caso, un Centro Nacional de Referencia.

EST-6. Continuar la actividad del grupo de trabajo formado por la AESF y el Centro dePromoción del Transporte de Mercancías por Ferrocarril, sobre la figura del responsablede las operaciones de carga.

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EST-7. Realización de estudios técnicos específicos sobre aspectos concretos de seguridad.

EST-8. Actividades para preparar la implantación del Pilar Técnico del 4º Paquete Ferroviario.

El Pilar Técnico del 4º Paquete Ferroviario supone una modificación del papel de la Agencia Ferroviaria dela Unión Europea (EUAR) en relación con las autoridades nacionales (y por tanto con la AESF). En elfuturo, EUAR adquiere competencias ejecutivas en la emisión de autorización de puesta en el mercado devehículos, certificados de seguridad de empresas ferroviarias y aprobación previa del ERTMS de vía. Todoello gestionado a través de una “ventanilla única” radicada en la ERA.

Para ello será necesario definir los procedimientos de trabajo conjuntos y establecer acuerdos decolaboración entre EUAR y las autoridades nacionales, para lo cual se va a constituir múltiples grupos detrabajo para abordar estos temas.

Adicionalmente, EUAR ha solicitado la firma de acuerdos voluntarios de colaboración para aprendizajedurante el periodo transitorio.

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Por otro lado, en paralelo a esta nueva distribución de competencias, corresponde a EUAR la auditoría ysupervisión de la actividad de las autoridades nacionales. La AESF debe adaptar sus formas detrabajo y procedimientos ante próximas auditorías europeas.

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Actividades de representación exterior

De acuerdo a sus competencias, corresponden a la AESF la representación internacional delMinisterio de Fomento en materias de seguridad e interoperabilidad ferroviaria, por lo que laAgencia tiene una importante actividad internacional.

EXT-1. Consolidar la participación y representación en grupos de trabajo europeos: AgenciaFerroviaria de la Unión Europea, Comisión Europea, Shift2Rail, OTIF…

EXT-2. Desarrollo de procedimientos conjuntos con las autoridades nacionales de seguridad dePortugal y Francia para la supervisión de tráficos, actividades transfronterizas ydesarrollo de acuerdos de aceptación cruzada de autorizaciones de vehículos.

EXT-3. Participación en el Programa UE de hermanamiento ferroviario con otros países:

a) Con la Republica árabe de Egipto: Apoyo para la implementación de un Sistema de Gestión de laSeguridad, cuya finalización está prevista a lo largo de 2017.

b) Con la Republica de Ucrania: Apoyo para la implementación de un Sistema de Gestión de laSeguridad.

c) Con la Republica de Ucrania: Mejora de la seguridad en el transporte multimodal de mercancíaspeligrosas.

d) Con el reino de Marruecos: “Seguridad en el transporte de mercancías peligrosas por carretera sobrela base del marco reglamentario internacional ADR”