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Universidttd de ColimaFacultad de Economa
ESTUDIO FINANCIERO Y FISCAL DELARRENDAMIENTO FINANCIERO
EN EL AO 2002
TESIS
Que para obtener el grado de:
Maestro en Ciencias Area Finanzas
Presenta:
C.P. Pedro Flores Garca
Director de Tesis:
Mtro. Juan Flores Preciado
Villa de lvarez, Colima. Junio de 2002.
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UNIVERSIDAD DE COLIMA
FACULTAD DE ECONOMIA
ESTUDIO FINANCIERO Y FISCAL DEL ARRENDAMIENTO FINANCIERO EN
EL AO 2002.
TESIS
QUE PARA OBTENER EL GRADO DE
MAESTRO EN CIENCIAS AREA FINANZAS
PRESENTA:
C.P. PEDRO FLORES GARCIA
ASESOR:
MTRO. JUAN FLORES PRECIADO
VILLA DE ALVAREZ, COL. ENERO de 2002
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UNIVERSIDAD DE COLIMA
FACULTAD DE ECONOMIA
ESTUDIO FINANCIERO Y FISCAL DEL ARRENDAMIENTO FINANCIERO EN
EL AO 2002.
TESIS
QUE PARA OBTENER EL GRADO DE
MAESTRO EN CIENCIAS AREA FINANZAS
PRESENTA:
C.P. PEDRO FLORES GARCIA
ASESOR:
MTRO. JUAN FLORES PRECIADO
VILLA DE ALVAREZ, COL. ENERO de 2002
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INDICE
RESUMEN 5
INTRODUCCIN 6
OBJETIVOS 7
JUSTIFICACIN 8
METODOLOGA 10
CAPITULO I.
ANTECEDENTES
Antecedentes, 14. Arrendamiento en el mbito internacional, 14. Arrendamiento en el mbito
nacional, 15. Situacin actual, 17.
CAPITULO II
CONCEPTO, ELEMENTOS Y MODALIDADES
Definicin, 19. Elementos del contrato, 21. Modalidades, 21. Arrendamiento neto, 22.
Arrendamiento global, 22. Arrendamiento ficticio, 24.
CAPITULO III
MARCO FINANCIERO Y FISCAL
Antecedentes, 26. Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crdito, 27.
Cdigo Fiscal de la Federacin, 28. Ley del Impuesto Sobre la Renta, 28. Ley del Impuesto al
Activo, 29.
CAPITULO IV
GENERALIDADES
Requisitos a cumplir por el arrendatario, 32. Plazo, monto, tasa de inters y otros parmetros,
33. Caractersticas generales, 34. Crditos Puros, 35. Aumento de Capital, 35. Arrendamiento
Financiero, 36. Arrendamiento Puro, 37. Diferencias y similitudes, 38.
CAPITULO V
ESTUDIO FINANCIERO
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Consideraciones financieras, 42. Capital de trabajo, 43. Rendimiento sobre la inversin, 44.
Capacidad de crdito, 47. Registro en los estados financieros, 49. Disminucin en el costo de
financiamiento, 52.
CAPITULO VI
ESTUDIO FISCAL
Introduccin, 54. Rgimen fiscal especial que provoca el diferimiento de impuestos, 55.
Deduccin de intereses y la reforma fiscal, 60. Herramienta de planeacin en prestaciones a
empleados, 63.
CAPITULO VIII
INCONGRUENCIA DE LAS DISPOSICIONES FISCALES
Renta o inversin?, 68.
CAPITULO IX
METODOLOGA PARA LA EVALUACIN CUANTITATIVA
Mtodos de evaluacin de proyectos de inversin, 69. Metodologa propuesta, 70
CONCLUSIONES
SUGERENCIAS
ANEXOS
BIBLIOGRAFIA
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RESUMEN
Estudio Financiero y Fiscal del Arrendamiento Financiero en el ao 2002.
Este trabajo de investigacin est orientado a realizar un estudio financiero y fiscal del
arrendamiento financiero, desde el enfoque del arrendatario, que nos permita realizar un
anlisis y evaluacin de esta alternativa financiera.
Como alternativa de financiamiento, el arrendamiento financiero ampla la capacidad
crediticia de la empresa, al tener sta la posibilidad de vender sus propios activos a una
arrendadora financiera para posteriormente rentarlos (lease back), obteniendo as recursos
monetarios nuevos. Por otro lado, al constituirse el propio bien como garanta del contrato, se
deja libre y sin afectacin otros activos, que pueden ser utilizados como garanta para otros
crditos.
El cambio en las disposiciones fiscales ha quitado beneficios a esta alternativa de
financiamiento. Alguna literatura consultada atribuye al arrendamiento financiero beneficios
fiscales que actualmente ya no es posible aplicar en las empresas, por ejemplo el de utilizarlo
como herramienta de planeacin para prestaciones a empleados. Se maneja tambin, que el
arrendamiento financiero tiene un rgimen fiscal que provoca el diferimiento de impuestos, se
comprob que no existe tal rgimen especial, pues el tratamiento fiscal que se aplica en
materia de los montos en deduccin de inversiones e intereses es el mismo que con otros tipos
de financiamiento.
Por otro lado existen incongruencias en las propias disposiciones fiscales, al sealar
por un lado que el arrendamiento financiero es un contrato de uso o goce de un bien y por el
otro una enajenacin.
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SUMMARY
Financial and fiscal study of the financial lease in the year 2002.
This investigation work is guided to accomplish a financial and fiscal study of the
financial lease, from the approach of the lessee, that permit us to accomplish an analysis and
evaluation of this financial alternative.
As an alternative of financing, the financial lease widens the credit capacity of the
company, upon having this the possibility of selling their fixed assets to a lessor, for
thereinafter lease them, obtaining thus new monetary resorces. On the other hand, as its assets
are constituted as guarantee of the contract, it frees other assets whitout affectation, that they
can be used as guarantee for other credits.
The change in the fiscal arrangements has removed benefits to this financing
alternative. Some consulted literature attributes to the financial lease fiscal benefits that no
longer has, for example that of using it as a tool for planning benefits to its personnel. It is also
said that the financial lease has a fiscal regimen that provokes to put off some taxes, but as this
paper explains, not such special regimen exists.
On the other side, there is incongruence in the fiscal regulations, upon indicating on
the one hand that the financial lease is a contract to use or posses a good and by the other just
a sale.
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INTRODUCCIN
Mediante el presente trabajo de investigacin el objetivo es realizar un estudio
financiero y fiscal desde el enfoque del arrendatario, que permita conocer el contrato, sus
caractersticas, sus efectos financieros, la realidad actual de esta alternativa de financiamiento
y en s, todas las variables que permitan al interesado en este tema evaluar la alternativa de
financiamiento. Se pretende responder preguntas como Qu efectos produce en la
informacin financiera?, Cules son las diferencias y similitudes de esta alternativa financiera
con respecto al crdito refaccionario, aumento de capital, o arrendamiento puro?, Cules son
los beneficios fiscales asociados a esta alternativa financiera?, En que medida el cambio de
las disposiciones fiscales ha afectado a los contratos de arrendamiento financiero?.
El impacto financiero neto de las erogaciones ser distinto segn la alternativa de
financiamiento elegida. En todo proyecto de inversin debe evaluarse el impacto que tienen
los impuestos derivados de la alternativa seleccionada, ya que estos inciden en el costo
integral de financiamiento. Las disposiciones fiscales son continuamente modificadas, por ello
los anlisis financieros deben incluir esos cambios para evitar distorsiones en la evaluacin del
proyecto.
Esta investigacin es conveniente ya que servir de gua a los interesados en el tema.
Tiene trascendencia social, porque los aspectos han sido tratados de manera objetiva y sin
tendencias sensacionalistas. Tiene implicaciones trascendentes para una amplia gama de
problemas prcticos. La informacin aqu expuesta puede servir de gua, se puede comentar,
desarrollar o cuestionar.
El presente trabajo incluir los orgenes del arrendamiento financiero, el concepto, las
modalidades, el marco legal, un estudio financiero y fiscal, la propuesta de una metodologa
cuantitativa, y se proponen cambios al marco fiscal que regula al arrendamiento financiero.
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OBJETIVOS
El establecimiento de los objetivos es parte fundamental en cualquier estudio, ya que
son los puntos de referencia o sealamientos que guan el desarrollo de una investigacin y a
cuyo logro se dirigen los esfuerzos. 1
Considero muy trascendente que en todo trabajo de investigacin se expresen los
objetivos que se pretenden lograr, con la finalidad de lograr un eficaz y eficiente trabajo de
investigacin, as tambin, para que los usuarios e interesados sobre la investigacin conozcan
a detalle que se pretende lograr a travs de la misma.
Es importante que los objetivos se expresen con claridad para que orienten el estudio y
eviten desviaciones en el proceso de investigacin.
De acuerdo a lo expuesto en las lneas anteriores, el objetivo que se pretenden con el
presente trabajo de investigacin es realizar un estudio financiero y fiscal desde el enfoque
del arrendatario, que permita conocer el contrato, sus caractersticas, sus efectos financieros,
su impacto fiscal, la realidad actual de esta alternativa de financiamiento, y en s, las variables
que le permitan al interesado en el tema evaluar esta alternativa financiera.
1 Rojas Ral, Gua para realizar investigaciones sociales. Plaza y Valds Editores. 1996. Pg. 57
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JUSTIFICACION
Por justificacin se entiende sustentar, con argumentos convincentes, la realizacin
de un estudio; en otras palabras, sealar porqu y para qu se va a llevar a cabo2
El arrendamiento financiero en los ltimos aos ha adquirido una importancia
relevante como fuente de financiamiento externo para las empresas, debido a sus ventajas
comparativas, tanto fiscales como financieras sobre otras clases de crditos tales como: rpida
resolucin del financiamiento, crdito del 100% del valor del bien, tasas de inters
competitivas, liberacin de otras lneas de crdito, proteccin al capital de trabajo, etc.3
El arrendamiento financiero como fuente adicional de financiamiento mantiene o
incrementa el capital de trabajo de la empresa, mejorando su liquidez, aumenta el rendimiento
sobre la inversin de los accionistas; mantiene o ampla la capacidad crediticia de la empresa
por ser una fuente de financiamiento adicional a las fuentes bancarias tradicionales;
disminuye el costo integral del financiamiento por el diferimiento de impuestos provocados
por el rgimen fiscal especial del contrato, libera otras fuentes de fondos tradicionales al
gravar exclusivamente los bienes arrendados. 4
Se tornara muy repetitivo seguir sealando las caractersticas en primera instancia que
posee el Arrendamiento financiero. Se puede agregar, que toda empresa mexicana o de
cualquier parte del mundo est en busca de la mejor alternativa de financiamiento, ya sea para
disminuir o eliminar sus problemas de liquidez, para planes de expansin, u otro motivo.
En pocas de recursos financieros limitados, y donde prevalecen tasas hasta del 35%
en Impuesto Sobre la Renta para los contribuyentes, es indispensable la implementacin de
mecanismos jurdicamente viables que no slo permitan proteger los fondos empresariales,
sino que tambin, tiendan a la minimizacin de cargas tributarias como consecuencia de sus
erogaciones. De manera tentativa y como se analizar en el cuerpo capitular, el arrendamiento
2 Rojas Ral. Op. Cit. Pg 45 3 Siu Carlos, Huerta Ernestina, Marquet Luis. Arrendamiento financiero, estudio contable, fiscal y financiero, .IMPC.1999,. Pg 11. 4 Haime Luis. El Arrendamiento financiero, sus repercusiones fiscales y financieras. Ediciones Fiscales ISEF. 1998. Pg 15
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financiero pudiera ser la alternativa de financiamiento que protege el capital de trabajo y
tiende a la reduccin de las cargas tributarias.
Por todo lo anterior, llevar a cabo ste estudio financiero y fiscal del arrendamiento
financiero desde el enfoque del arrendatario, permite a los administradores, asesores
financieros, consultores de reas afines, contadores e interesados en el tema; obtener
elementos para conocer esta alternativa financiera, sus caractersticas, efectos financiero y la
realidad actual de esta alternativa de financiamiento.
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METODOLOGIA
El mtodo cientfico es la lgica general, tcita o explcitamente empleada para dar
valor a los mritos de una investigacin.5
Como toda actividad en la vida, es bien importante guiarse bajo un procedimiento,
entendiendo ste: como una secuencia cronolgica para lograr un objetivo.
Tomando la metodologa de varios autores en la materia, tales como Ral Rojas
Soriano, Fernando Arias Galicia, Roberto Hernandez Sampieri y otros, los cuales tienen ms
puntos en comn que de discordancia, el mtodo est formulado en las siguientes etapas:
Clasificacin de la investigacin:
Con base a la fuente de donde se va a obtener la informacin a investigacin se
considera documental. En lo que respecta al objetivo que se pretende en la investigacin con
el manejo de resultados queda clasificada como transversal. De la misma manera este estudio
se encuentra ubicado en el nivel descriptivo ya que lo que se pretende es: realizar un estudio
financiero y fiscal del arrendamiento financiero desde el enfoque de las arrendatarias.
Eleccin del tema:
Para la eleccin del tema de investigacin se sigui el procedimiento deductivo; es
decir, de lo general a lo particular; esto es, se elabor un listado de materias contenidas en el
plan de estudios de la Maestra, seleccionando finalmente el arrendamiento financiero,
teniendo como motivacin:
Desempear actualmente el cargo de Director de Finanzas y Contabilidad para una
empresa particular y por consecuencia trabajar en el rea.
Existe informacin documental.
Aunque el tema ya se trat, algunos anlisis resultan contrarios a las disposiciones de
las leyes respectivas.
5 Cerro, A.L. y Bervia, P.A. Metodologa cientfica. Bogot, Colombia. Edit. Mc. Graw-Hill, 1980. Pg. 3
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Es de inters personal
Es de inters para administradores, empresarios, asesores financieros, contadores,
economistas y dems interesados.
Es de relevancia para la Facultad, la Universidad y la Sociedad Mexicana.
Posteriormente se definieron los marcos jurdicos, geogrficos, histricos y
conceptuales, as como el tipo de investigacin.
Planteamiento del problema
De toda la gama de problemas planteados sobre el tema de este trabajo de
investigacin se eligi el que se consider ms viable, importante y relevante; sin embargo,
durante la investigacin pueden enunciarse algunos ms que se requieran en el mismo.
Revisin
Antes de la formulacin de las hiptesis se realiz una revisin de material
documental acerca del problema planteado, confirmando a su vez, que existe suficiente
informacin documental. Se encontr que existe bastante informacin en direcciones de
Internet.
Formulacin de Hiptesis.
Hiptesis conceptual:
Respecto lo que opina Luis Haime Levy6
El arrendamiento financiero como fuente adicional de financiamiento mantiene o
incrementa el capital de trabajo de la empresa, mejorando su liquidez; aumenta el rendimiento
sobre la inversin de los accionistas; mantiene o amplia la capacidad crediticia de la empresa,
por ser una fuente adicional a las fuentes bancarias tradicionales; disminuye el costo integral de
financiamiento por el diferimiento de impuestos provocados por el rgimen fiscal especial del
contrato; libera otras fuentes de fondos al gravar exclusivamente los bienes arrendados.
6 Haime Luis. Op Cit. Contraportada
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A la vez que es una fuente adicional de recursos se utiliza como herramienta de
planeacin en el otorgamiento de beneficios y prestaciones a los ejecutivos de las empresas, as
como generador de recursos adicionales para la empresa, al poder vender y arrendar sus
propios activos fijos.
Hiptesis general
El arrendamiento financiero es una alternativa de financiamiento que permite a la
arrendataria obtener los beneficios de otras alternativas de financiamiento y adems trae
beneficios fiscales asociados.
Hiptesis especficas
El arrendamiento financiero como fuente alterna de financiamiento:
a. Mantiene o incrementa el capital de trabajo
b. Aumenta el rendimiento sobre la inversin
c. Ampla la capacidad crediticia de la empresa
d. Tiene un rgimen fiscal especial que provoca el diferimiento de impuesto
logrando con ello la disminucin del costo integral de financiamiento
e. Es una herramienta de planeacin en el otorgamiento de beneficios y
prestaciones a los empleados de las empresas.
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1.ANTECEDENTES
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1.1 ANTECEDENTES
Resulta bastante impreciso sealar la fecha en la cual nace la actividad que hoy se
conoce como arrendamiento, lo que s podemos resaltar que esta actividad se realizaba antes de
la era cristiana, existen antecedentes de que en Mesopotamia, con el surgimiento de las
primeras ciudades hacia el ao 4000 A.C. y en Babilonia en 1690 A.C., se arrendaban las
tierras y herramental agrcolas, el pago consista en parte de la cosecha. Tambin se tiene el
antecedente con los Fenicios, pues estos que vivan ordinariamente del comercio, basaron parte
de su desarrollo en el arrendamiento de embarcaciones dedicadas a dicha tarea7
1.2 ARRENDAMIENTO EN EL AMBITO INTERNACIONAL
Seala Carlos Siu8 que el arrendamiento financiero en el mbito internacional, surge a
principios de la dcada de los aos cincuenta en los Estados Unidos de Amrica e Inglaterra.
Este nace como una alternativa de solucin a las necesidades de las empresas de contar con
nuevos mecanismos que les permitieran adquirir activos fijos para su crecimiento y desarrollo
sin que se viera afectada su liquidez y solvencia, y de paso eliminaban otras restricciones que
se tendran al contratar otra clase de crditos.
En la actualidad una de las principales fuentes de financiamiento de tipo externo en los
Estados Unidos es el arrendamiento financiero. Segn el autor referido, ms del 30% de las
inversiones en bienes de capital se han financiado a travs de sta figura jurdica. La
Asociacin Americana de Arrendamiento de Equipo indica que cerca del 80% de las empresas
de los Estados Unidos utilizan en la actualidad el arrendamiento, lo cual expresado en cifras,
indica que dicha actividad est por encima de los 100,000 millones de dlares anuales.
En otros pases como el Canad y Japn los activos se financian a travs del
arrendamiento en un 9% y 8% respectivamente. En el Japn existen cerca de 600 compaas
que conforman la industria arrendadora. En otros pases europeos existen importantes
empresas de arrendamiento que cuentan con sucursales alrededor del mundo.
7 Siu Carlos, et al, op cit, pg 19 8 Ibid, pg 20
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1.3 ARRENDAMIENTO EN EL AMBITO NACIONAL
En la dcada de los sesenta, cuando el arrendamiento financiero se da por primera
vez en los pases latinoamericanos, son considerados pioneros en este ramo Brasil, Venezuela
y Mxico; entre otros pases del rea se emplea poco dicha alternativa.9
Como se comenta en el prrafo anterior, es en los aos sesentas cuando se empieza a
utilizar en nuestro pas la figura del arrendamiento financiero, de acuerdo con Carlos Siu10 las
primeras arrendadoras tuvieron una importante aceptacin por parte del pblico al que
otorgaban sus servicios, esto se debi a las ventajas que en ese entonces ofrecan; una de stas
consista en que cada arrendadora tena el respaldo de una institucin financiera extranjera a
empresas pequeas, medianas o grandes, en otras circunstancias ser acreditado de este tipo de
financiamiento hubiese sido difcil sobre todo para las dos primeras, aunado a esto, bajo un
punto de vista fiscal, las rentas que cubran las empresas a las arrendadoras eran deducibles
en su totalidad..
Es en el ao de 1982 cuando la Comisin Nacional Bancaria, expidi una serie de
normas y reglamentos tendientes a regular y controlar la actividad de las arrendadoras, es
decir, antes de este ao no exista una legislacin especfica que regulara el arrendamiento
financiero, por tanto puede establecerse que se aplicaban las disposiciones del derecho federal
comn u otros mtodos de interpretacin jurdica. Esto ltimo lo confirma en su obra el Dr.
Haime Levy estableciendo: En los principios de la operacin, el contrato de arrendamiento
financiero fue un contrato especial, agrupado dentro de los innominados, por ser, dadas sus
caractersticas, la yuxtaposicin de dos contratos de carcter civil: uno, el arrendamiento, y el
otro, la compra-venta. 11
Actualmente, este contrato est contemplado en la legislacin, pues est
reglamentado, expresamente, dentro del Cdigo Fiscal de la Federacin. Existen normas
especficas en la Ley del Impuesto Sobre la Renta, y las personas morales que pueden
constituirse para ese fin, tienen que cumplir con las reglas y supervisin de la Secretara de
Hacienda y Crdito Pblico, a travs de las comisiones correspondientes.
9 Ibid, pg 20. 10 Ibid pg 21.
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17
Continuando con los antecedentes, Carlos Herrera establece que el arrendamiento
apareci en Mxico en el ao de 1961, en ese entonces se ofreci la operacin del
arrendamiento financiero como una nueva herramienta de financiamiento, con la ventaja
fiscal de que la Ley del Impuesto Sobre la Renta permita al arrendatario deducir el monto
total de las rentas pagadas. El arrendamiento financiero se canaliz primordialmente al
financiamiento de vehculos y algunos bienes industriales. 12
Seala Carlos Herrera13 que el crecimiento importante de la industria del
arrendamiento financiero se dio en los aos de 1976 y 1981, en ste periodo las arrendadoras
financieras pertenecientes a grupos bancarios rebasaron de financiar un monto anual de 46
millones de dlares a ms de 500 millones. El campo de actividad de las arrendadoras se abre
y se dirige en forma primordial sectores de dinmico crecimiento, no atendidos en su totalidad
por la banca, principalmente construccin y transporte. Sin embargo, se participa tambin en
el financiamiento de multitud de equipos industriales, equipos de cmputo, aeronaves
pequeas y otros bienes.
Es precisamente en los aos sealados en el prrafo anterior (1976 a 1981) cuando las
arrendadoras financieras comenzaron a manejar cifras de gran importancia a nivel nacional.
Sus operaciones adems de arrendamiento financiero se ampliaron en algunos casos a crditos
refaccionarios, hipotecarios y directos. Al observar esto, las autoridades monetarias del pas, y
tomando en cuenta que sirven de mediadoras entre las ins tituciones de crdito y el cliente, es
decir, son un intermediario entre la banca y la empresa, decidieron en las reformas a la Ley
General de Instituciones de Crdito y Organizaciones Auxiliares publicadas el 30 de
diciembre de 1981 que las sociedades dedicadas a esta actividad se incorporaran al sistema
financiero mexicano como organizaciones auxiliares de crdito, sujetas por tanto a concesin
del gobierno federal.
11 Haime Luis. Op cit. Pg 37 12 Herrera Carlos. Op Cit. Pg 36 13 Ibid, pg 37.
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1.4 SITUACION ACTUAL
Dado el crecimiento y desarrollo que present el sector arrendador durante los
ochentas, les fue autorizado el acceso al Mercado de Valores, va pagars financieros y la
emisin de obligaciones. (*)
En 1995 y 1996, aos sumamente crticos para el pas y por consiguiente para el
sector financiero y en especfico para el arrendador, las instituciones que lo integran se
abocaron a solucionar los problemas ms urgentes tales como: la escasez de fuentes de
fondeo, el deterioro en la calidad de cartera, la reestructuracin y recuperacin de sus crditos
vencidos, as como la erosin de su base de capital.14
En el ao 2000, segn artculo(a) de la revista Mundo Ejecutivo,15 las utilidades reales
crecieron un 8% y para el ao 2001 se espera se eleven un 18%. No obstante este repunte, se
est lejos de los niveles de 30% que llegaron a tener hace cinco aos, antes de la crisis
econmica que se suscit en Mxico y que contrajo al mercado del arrendamiento financiero.
De ser acertados los pronsticos referidos, significa que el impacto en utilidades netas sera
superior a los 500 millones de pesos.
A fines de 2001 son 33 las instituciones que ofrecen bienes en arrendamiento
financiero en Mxico, dentro de estas encontramos que nueve son bancarias, 10 las ligadas a
una empresa del extranjero y 14 son independientes.
A decir de las arrendadoras, sin hacer mencin alguna de las tasas de inters, las
expectativas a futuro son buenas, ya que el Presidente Vicente Fox y el secretario de
Economa Luis Ernesto Derbez, establecieron el compromiso de impulsar durante su
administracin a las medianas, pequeas y microempresas, adems que an cuando los
funcionarios bancarios han dicho que ya estn listos para dar crdito, lo cierto es que an se
encuentra restringido y el arrendamiento financiero puede ser una alternativa para hacerse de
los bienes de capital que requieren las empresas.
(*) Las obligaciones representan un crdito en dinero a cargo de la sociedad emisora. 14 Siu Ca rlos, et al. Op cit.- Pg. 24. (a) Se utiliza como referencia, no tiene ningn valor cientfico. 15 Arrendadoras Financieras, Herramienta para elevar la productividad, Mundo Ejecutivo, 2001, Marzo, Pg 102 a 115.
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2. CONCEPTO, ELEMENTOS Y MODALIDADES
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2.1 DEFINICION
Existen variadas definiciones del arrendamiento financiero, podemos darnos cuenta
que algunas coinciden entre s, y que ninguna definicin va en contra de lo establecido en la
Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crdito, que es la disposicin
legal que regula este tipo de contratos
Carlos Siu16 en su obra menciona que el arrendamiento financiero es una operacin
por medio de la cual una persona denominada arrendador, otorga el uso o goce de un bien
tangible a otra persona denominada arrendatario y sta se compromete mediante la firma de
un contrato a realizar pagos peridicos que se integran por los intereses y la amortizacin del
capital. En otras palabras, establece que el arrendatario adquiere el derecho de utilizar el
inmueble, maquinaria o equipo, en su beneficio y la renta que cubre sirve para pagar el costo
del activo fijo, el costo del capital, los gastos de operacin y el margen de utilidad que deber
obtener el arrendador.
Haime Levy 17se expresa de una manera muy similar al texto de Ley, seala que el
arrendamiento financiero es un contrato por medio del cual se obliga a una de las partes
(arrendador) a financiar la adquisicin de un bien, mueble o inmueble, durante un plazo
previamente pactado e irrevocable para ambas partes, que formar parte del activo fijo de otra
persona, fsica o moral. Seala adems (al igual que la disposicin legal) que al final de dicho
plazo, el arrendatario deber ejercer alguna de las tres opciones siguientes:
a. Transferir la propiedad del bien objeto del contrato mediante el pago de una cantidad
determinada, que deber ser inferior al valor de mercado del bien al momento de
ejercer la opcin.
b. Prorrogar el contrato por un plazo cierto durante el cual los pagos sern por un monto
inferior al que se fij durante el plazo inicial del contrato.
c. Obtener parte del precio por la enajenacin a un tercero del bien objeto del contrato.
16 Siu Carlos, et al, op cit, pg 29 17 Levy Haime, op cit, pg 37
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21
En su obra James C. Van Horne seala: Un arrendamiento es un contrato por el cual
el propietario de un activo (el arrendador) concede a otra parte (el arrendatario) el derecho
exclusivo para utilizar el activo a cambio del pago de renta.18
El Banco Nacional de Mxico (BANAMEX) refiere que se trata de un contrato a plazo
forzoso entre dos partes: arrendador, el cul se obliga a adquirir determinados activos, y a
conceder su uso y goce temporal a una persona fsica o moral llamada arrendatario (o
clientes); y este ltimo se obliga a pagar una renta que cubra el valor de adquisicin de los
bienes, ms la carga financiera y sus accesorios.
No obstante que las citas anteriores son bastante claras, es importante apegarnos a las
normas que revisten y le dan nacimiento jurdicamente hablando, a este tipo de contrato. La
ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crdito19 y el Cdigo Fiscal
de la Federacin20, son las disposiciones que regulan en materia financiera y fiscal
respectivamente sta actividad, sin olvidar desde luego las disposiciones especficas en
materia de causacin y pago de impuestos, como son la ley del Impuesto Sobre la Renta, el
Impuesto al Valor Agregado y el Impuesto al Activo.
El contrato referido, est regulado por los artculos 24 a 38 de la Ley General de
Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crdito. El artculo 25 del mencionado
ordenamiento establece: por virtud del contrato de arrendamiento financiero, la arrendadora
se obliga a adquirir determinados bienes y a conceder su uso o goce temporal , a plazo
forzoso, a una persona fsica o moral, obligndose esta a pagar como contraprestacin, que se
liquidar en pagos parciales, una cantidad en dinero determinada o determinable, que cubra el
valor de los bienes, las cargas financieras, y los dems accesorios y a adoptar al vencimiento
del contrato alguna de las opciones terminales a que se refiere el artculo 27 de la citada ley.
Dentro del captulo siguiente, dada su importancia, hablaremos ms sobre el marco legal
(fiscal y financiero) y en especfico se tratarn las opciones terminales.
18 Van James, Administracin Financiera, Prentice Hall 1997, Pg 52 19 Publicada en el Diario Oficial de la Federacin el 14 de Enero de 1985 20 Publicado en el Diario Oficial de la Federacin el 30 de Diciembre de 1981.
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22
2.2 ELEMENTOS DEL CONTRATO
Como toda operacin financiera o contrato de otra ndole, la operacin de
arrendamiento financiero cuenta con tres elementos: los personales, los reales y los formales.
Personales
a. El arrendador. Quien es el que se obliga a conceder el uso o goce temporal de
un bien que legalmente es de su propiedad.
b. El arrendatario. Es la persona, ya sea fsica o moral que adquiere el derecho del
uso o goce temporal del bien referido mediante el pago de una renta.
Reales
a. Todos los bienes muebles o inmuebles que pueden ser susceptibles de
arrendarse
b. El monto total de la operacin, que es la suma de dinero que el arrendatario se
obliga a pagar al arrendador a cambio del uso o goce temporal del bien objeto
del contrato.
Formales
a. El contrato que ampara la operacin, apegado a las disposiciones relativas
b. La ratificacin del contrato ante la fe de un notario o corredor pblico. Adems
puede ser inscrito en el Registro Pblico de la Propiedad.
2.3 MODALIDADES
Al igual que cualquier mercanca o servicio que se ofrece, este contrato tiene distintas
y variadas formas de establecer obligaciones y derechos, seala Haime Levy 21 que se puede
considerar que el contrato de arrendamiento financiero es una modalidad del contrato de
21 Levy Haime, op cit, pg 42
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23
arrendamiento puro, o que el primero se inspir en el segundo para poder surgir, dadas las
necesidades de adquirir equipo por medio de un financiamiento pero con un pago inicial
reducido que no afectar la liquidez de la empresa. Seala adems, que los pagos parciales de
este tipo de contratos se asemejan a las rentas de un arrendamiento puro y el hecho de no
tener que hacer un pago anticipado o enganche lo acerca ms an a sta operacin. Sin
embargo, con el transcurso del tiempo, las diferencias entre ambos contratos ha crecido y las
variedades de arrendamiento financiero han surgido.
Despus de haber documentado diversos autores, podemos establecer para efectos de
ste estudio, que el arrendamiento financiero lo podemos clasificar en: neto, global y ficticio.
2.3.1 Arrendamiento neto
En este tipo de contratacin, el arrendatario cubre todos los gastos en la adquisicin y
utilizacin del bien arrendado. Las erogaciones que puede tener el arrendatario son entre
otras: los de instalacin, impuestos de importacin, as como los desembolsos por concepto de
derechos, fletes, trasportes, acarreos, seguros contra riesgos en la transportacin, manejo,
comisiones sobre compras y honorarios a agentes aduanales, etc. Para clarificar lo anterior, el
arrendador slo financia el costo de adquisicin del bien, por ejemplo en el arrendamiento de
un bien industrial, el cual recupera a travs del cobro de las rentas peridicas pactadas durante
el plazo inicial forzoso y de la opcin que se ejerzan al trmino del contrato.
Seala Haime Levy 22 (sin mostrar estadstica alguna) que esta es la modalidad ms
aceptada en Mxico y que a pesar de existir otras, es el ms difundido en el medio mexicano.
2.3.2 Arrendamiento global
Se puede establecer que es la contrapartida del arrendamiento neto, esto es, el
arrendador cubre las erogaciones distintas al costo de adquisicin y las incorpora al costo del
contrato, para que, a travs de las rentas peridicas y de alguna de las opciones que se elijan al
trmino del contrato, dicho costo sea finalmente pagado por el arrendatario y recuperado por
la arrendadora. En otras palabras, la arrendadora financia la adquisicin del bien, ms todos
22 Ibid, pg 47
-
24
los gastos necesarios para tener el activo en lugar y condiciones que permitan su
funcionamiento.
2.3.3 Arrendamiento ficticio
Tambin se le conoce con el nombre de Venta y Arrendamiento Ficticio (sale and
lease back, en ingls).
No obstante que la palabra ficticio pudiera generar cierta confusin en el sentido de
presuntamente implicar una simulacin de actos en perjuicio de un tercero o cualquier otra
persona o institucin, lo cierto es que est figura est perfectamente prevista en la Ley
General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crdito, en su artculo 24 fraccin
III, y establece que las arrendadoras podrn adquirir bienes del futuro arrendatario, con el
nico compromiso de darlos a este en arrendamiento financiero.
As las cosas, el arrendamiento financiero en su modalidad de lease back parece una
operacin inversa al arrendamiento financiero normal: A travs del arrendamiento ficticio,
una empresa industrial o comercial, sin garantas que ofrecer, y con lneas de crdito
cerradas, puede vender sus activos fijos* o parte de ellos a una arrendadora financiera,
la cual celebra un contrato de arrendamiento financiero por los mismos, de esta manera,
el arrendatario, quien no requiere de nuevos activos fijos, sino nicamente
financiamiento, obtiene recursos monetarios frescos adicionales para operar, ya que al
vender a la arrendadora sus activos, obtiene de sta el valor de mercado en efectivo y de
forma inmediata. Bajo este escenario, nunca pierde la posesin de sus activos fijos, as como
tampoco la propiedad, simplemente cambia el esquema legal de propiedad de dichos bienes.
No debemos olvidar el efecto fiscal que implica la enajenacin de los bienes bajo el
escenario del prrafo anterior, ya que se puede generar una utilidad o una prdida por la
realizacin de los activos, dependiendo de los valores pactados, del tipo de activo y del plazo
transcurrido entre la adquisicin de los activos y su enajenacin a la arrendadora.
* Siempre y cuando sea posible, y no se encuentre garantizando deudas de la empresa
-
25
Como seala Haime Levy23, el arrendamiento ficticio es otra fuente de fondos con la
que cuentan las empresas para financiar sus operaciones, pero en todos los casos existe la
necesidad de analizar profundamente las posibilidades; evaluarlas cuantitativa y
cualitativamente y ver si son apropiadas para el tipo de empresa que hace el anlisis. No se
deben tomar decisiones apresuradas, sino, por el contrario, analizar profundamente todos los
caminos con los que se cuenta con el objeto de reducir el riesgo de tomar una decisin
equivocada.
23 Op cit pg 126
-
26
3. MARCO FINANCIERO Y FISCAL
-
27
3.1 ANTECEDENTES
Como se haba comentado, el arrendamiento financiero en Mxico surgi a principios
de la dcada de los aos sesenta. En aquella poca no estaba contemplado en ningn
ordenamiento jurdico, al respecto las autoridades fiscales con la finalidad de orientar la
actividad promulgaron diversos criterios, reglas, miscelneas, etc. Adems se utilizaba el
Cdigo Civil y disposiciones del derecho federal comn o cualquier otro mtodo de
interpretacin jurdica.
Como un primer intento de legislar en materia fiscal lo que hoy se conoce como
arrendamiento financiero, la Secretara de Hacienda, a travs de la Direccin General del
Impuesto Sobre la Renta, dio a conocer en Abril de 1966 el criterio 13 (ver anexo uno), el
cual equiparaba el arrendamiento financiero con la operacin mercantil denominada ventas en
abonos. Este criterio fue revocado en Septiembre de 1969, porque no se daba la simetra
fiscal, esto es, el fisco resultaba perjudicado al tener los contratantes (arrendador y
arrendatario) fuertes deducciones resultantes de la operacin
Al conocer de la citada revocacin, las arrendadoras solicitaron se otorgara un
tratamiento diferente al estipulado en la revocacin, sin embargo las autoridades no slo
confirmaron la revocacin, sino sealaron que era obligacin del arrendador calcular la
depreciacin del bien en tanto no se transfera la propiedad y que al vender un bien a un costo
inferior al de mercado iba en contra de la ley, la diferencia era un ingreso acumulable.
Con la finalidad de cubrir el vaco jurdico que origin la revocacin del criterio 13,
las autoridades fiscales emitieron el oficio nmero 537-6194. A grandes rasgos, en este se
estableci que los arrendadores de equipo slo podran considerar como costo la depreciacin
del equipo arrendado, conforme los porcentajes mximos que se fijaron en el artculo 21 de la
propia ley.
Finalmente es en el ao de 1974, cuando se incorpora la figura del arrendamiento a la
Ley del Impuesto Sobre la Renta. De esta manera se inicia la legislacin especfica en materia
-
28
fiscal, ya que como comenta Luis Haime Levy, 24 los causantes se regan por oficios circulares
emitidos por la autoridad fiscal, y no por el articulado mismo de las leyes.
3.2 LEY GENERAL DE ORGANIZACIONES Y ACTIVIDADES
AUXILIARES DEL CREDITO.
Las reformas a la Ley General de Instituciones de Crdito y Organizaciones Auxiliares
publicadas el 30 de Diciembre de 1981, seala que las sociedades dedicadas a esta actividad
se deben incorporar al sistema financiero mexicano como organizaciones auxiliares de
crdito, sujetas por tal hecho a concesin del gobierno federal.
Retomando lo que ya habamos sealado, el contrato de arrendamiento financiero est
regulado en los artculos 24 a 38 de la Ley general de Organizaciones y Actividades
Auxiliares del Crdito. El artculo 25 del ordenamiento que estamos citando seala las
obligaciones y derechos tanto del arrendador como del arrendatario. Un punto que no
habamos tocado es el referente al trmino del arrendamiento. La referida ley, en su artculo
25, establece que al trmino del contrato se deben tomar alguna de las opciones terminales
que seala el artculo 27 de la citada disposicin legal. Dichas opciones terminales son:
Comprar los bienes a un precio inferior a su valor de adquisicin, que quedar
expresamente sealado en el contrato,
Prorrogar el plazo para continuar con el uso o goce temporal, pagando una
renta menor a la que ordinariamente se haba pactado,
Participar con la arrendadora financiera en el precio de venta de los
bienes a un tercero, en las proporciones que se fijen en el contrato.
Es importante sealar, que de acuerdo con los que dispone la Ley General
de Organizaciones y Actividades auxiliares del Crdito, artculo 27, las opciones
terminales estn orientadas a que las ejerza el arrendatario y nunca un tercero. El
comentario viene en razn de que algunas arrendadoras o algn autor25, han
sealado como ventaja el que un tercero ejerza la opcin de comprar el bien a
24 Haime Luis, op cit, pg 55.
-
29
precio inferior al de mercado. Ya veremos en el capitulo del estudio fiscal, que esta
situacin an cuando expresamente no est permitida ni prohibida, en materia de
Impuesto Sobre la Renta se puede establecer la presuncin de la utilidad por parte
de las autoridades fiscales en los trminos del artculo 91 fraccin I del sealado
ordenamiento.
3.3 CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION
El artculo 15 del Cdigo Fiscal de la Federacin seala, que para efectos fiscales el
arrendamiento financiero: es el contrato por el cual una persona se obliga a otorgar a otra el
uso o goce temporal de los bienes tangibles a plazo forzoso, obligndose esta ltima a
liquidar, en pagos parciales como contraprestacin, una cantidad en dinero determinada o
determinable que cubra el valor de adquisicin de los bienes, las cargas financieras y los
dems accesorios y a adoptar al vencimiento del contrato alguna de las opciones terminales
que se establece en la ley de la materia.
Tambin, el artculo 14, fraccin IV del citado ordenamiento asimila a la enajenacin
de bienes las operaciones que se efecten a travs de esta figura jurdica. Estas operaciones
obviamente deben celebrarse por escrito, expresamente consignar el valor del bien objeto de
la operacin y la tasa de inters que se pacte, o la mecnica para su determinacin.
3.4 LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Mediante la celebracin de un contrato de arrendamiento financiero, el arrendatario se
obliga a realizar pagos peridicos a la arrendadora, los cuales incluyen tanto una parte del
valor del bien, como los intereses generados por el financiamiento. Para los efectos fiscales
del arrendatario, no se deduce bajo la misma regla la erogacin de la mensualidad, sino de la
forma siguiente:
25 Haime Luis, op cit, pg 131
-
30
Costo del bien, debido a que en este tipo de contratos se adquieren activos
fijos, la deduccin se realiza va depreciacin26,
Intereses, hasta el 2001 se dedujeron a travs de la aplicacin directa del
componente inflacionario, a partir del 2002 cambi la forma, mas no el fondo,
ya no existe tal aplicacin de componente inflacionario,27 pero se debe
determinar el ajuste anual por inflacin acumulable, esto significa que directa o
indirectamente slo se logra la deduccin de lo intereses que exceden la
inflacin ( intereses reales, en el captulo del estudio fiscal se analizar el
tema).
Esto permite establecer en principio, que ya sea con reglas que estuvieron vigentes
al 2001 o las de 2002, en el arrendamiento financiero o en cualquier otro financiamiento
donde exista una obligacin en numerario pendiente de cumplimiento, no todos los
intereses que se paguen al arrendador tienen un impacto en impuestos como gasto al
100%, y que en el peor de los casos, la deuda pueden significar un ingreso en lugar de
una deduccin, lo que finalmente influir en el costo total de la operacin.
3.5 LEY DEL IMPUESTO AL ACTIVO
En materia de Impuesto al Activo, debemos observar lo siguiente:
De acuerdo con el artculo 5-A del Reglamento del Impuesto al Activo, los
bienes que sean objeto de contratos de arrendamiento financiero, forman parte
del valor del activo del arrendatario en el ejercicio de que se trate, por tanto s
objeto de este impuesto.
26 La depreciacin es la cantidad que se obtiene de multiplicar el mo to original de la inversin por la tasa de depreciacin fiscal en los trminos del artculo 37 de LISR. (Por ejemplo la tasa de un vehculo es 25% por ao) 27 En el captulo 6.1.1 se aborda este tema.
-
31
En los trminos del artculo 5 de la Ley del Impuesto al Activo no son
deducibles las deudas contratadas con el sistema financiero* o su
intermediacin.
* El sistema financiero de acuerdo al art. 8 de Ley Impuestos Sobre la Renta comprende entre otros: instituciones de crdito, de seguros y fianzas, almacenes generales de depsito, arrendadoras financieras, uniones de crdito, sociedades de inversin de renta variable, factoraje financiero, casas de bolsa, casas de cambio, etc.
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32
4. GENERALIDADES
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33
4.1 REQUISITOS A CUMPLIR POR EL ARRENDATARIO
Cada arrendadora de acuerdo con sus polticas, exige un mnimo de requisitos a
cumplir para la celebracin de los contratos de arrendamiento financiero. Los requisitos que
solicita la arrendadora son similares a los que piden las instituciones bancarias para otorgar sus
prstamos, pero al igual que es esos casos, depende de las circunstancias y caractersticas
inherentes a cada empresa, a sus necesidades y posibilidades. Por tanto los requisitos
sealados son enunciativos mas no limitativos, pues la arrendadora podr solicitar ms
informacin o no requerir la que se seala. Dentro de la informacin solicitada normalmente
se pide, ya sea en fotocopia simple o certificada ante notario pblico:
a. Escritura constitutiva
b. Modificaciones a la escritura constitutiva, en su caso
c. Ratificacin de poderes, ltima escritura de otorgamiento de poderes o
cancelacin de poderes.
d. Acta de la ltima asamblea de accionistas
e. Estados financiero dictaminados en su caso de los tres ltimos ejercicios,
incluyendo relaciones analticas y notas a los estados financieros.
f. Estados financieros con una antigedad no mayor a tres meses.
g. Si la compaa se dedica a la construccin deber entregar copia de los
contratos, as como una relacin de las obras en proceso: avance, estimaciones
por cobrar, finiquitos, fecha de terminacin, etc.
h. Carta donde se explique su historia, experiencias, productos que maneja,
principales clientes, principales competidores, proyectos a realizar, etc.
i. Estados financieros proyectados, durante el horizonte econmico.
j. Descripcin detallada del bien que ser objeto de contrato, y en caso de ser
sale and lease back, se debe indicar el destino pretendido para los recursos.
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34
k. Aval y datos de este. Si es persona fsica se pide relacin patrimonial.
4.2 PLAZO, TASA, MONTO Y OTROS PARAMETROS
Cualitativamente es importante conocer los conceptos que conforman la estructura del
arrendamiento, de acuerdo con BANAMEX, la estructura se conforma as:
Modalidad Caractersticas
Monto a financiar En funcin del activo arrendado y la calificacin del emisor
Plazo De acuerdo a la calidad del activo y del emisor
Tasa de inters En funcin del fondeo y riesgo de crdito.
Amortizacin de capital Creciente, igual, periodos de gracia
IVA Costo de adquisicin: se cobra por anticipado. Financiamiento:
sobre inters real segn se vayan devengando las rentas.
Liquidacin de intereses Mensual, trimestral, semestral (de acuerdo al fondeo)
Pago de rentas Anticipadas o vencidas
Prepagos Existen penas administrativas y financieras.
Anticipos De acuerdo a las caracterstica del contrato de compra-venta
Tipo de moneda Moneda nacional o extranjera (dependiendo del activo)
Seguros Contratados por el banco por cuenta del cliente
Comisiones por apertura Cobrada a la firma del contrato o proporcionalmente en cada
disposicin
Opcin de compra Por lo general el 1% sobre el precio valor factura, sin iva
Gastos de ratificacin Es menor que los gastos de inscripcin por el gravamen
-
35
Las polticas crediticias de Banco Santander Mexicano establecen para el ao 2002
en materia de arrendamiento financiero, un parmetro entre 3% a 8% de sobretasa *a de
inters, adicional a la tasa TIIE.
Normalmente, de acuerdo con informacin proporcionada por el Grupo Financiero
Caterpillar,* al momento de la firma del contrato se pagan los siguientes conceptos:
a. Enganche
b. Comisin de apertura
c. Depsito en garanta
d. Los seguros
Segn la compaa referida, el enganche corresponde al 10% del valor factura del bien,
sin incluir el Impuesto al Valor Agregado, la comisin de apertura es del 2% sobre la misma
base y el depsito en garanta corresponde a la ltima renta.
4.3 CARACTERISTICAS GENERALES
Para poder elegir una alternativa financiera habr primero que conocer sus
caractersticas, despus sus diferencias y similitudes con otras, ya que si no conocemos la
alternativa fcilmente se puede caer en graves errores, basta citar por ejemplo que Carlos
Herrera seala errneamente en su obra, al referirse a las ventajas del arrendamiento
financiero, que para efectos contables el arrendamiento no se contabiliza como pasivo
exigible y, en consecuencia, no limita la capacidad de endeudamiento del arrendamiento28.
Existen muchas fuentes de financiamiento, como por ejemplo el crdito bancario, el
arrendamiento financiero, el arrendamiento puro, las uniones de crdito, los fondos de
fomento, el factoraje, los instrumentos de mercado de dinero y capitales, etc. Dada la facilidad
de comparacin del arrendamiento financiero, el crdito refaccionario y el aumento de capital ,
*a No debemos olvidar que la tasa est en funcin de las condiciones de riesgo de crdito, de fondeo entre otros. * Caterpillar Arrendadora Financiera, S.A. de C.V. Organizacin Auxiliar de Crdito 28 Herrera Carlos, Fuentes de financiamiento, SICCO, 1998, pg 47
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36
veremos primeramente sus caractersticas generales, posteriormente las diferencias y
similitudes. Las caractersticas que se relacionan son enunciativas, mas no limitativas.
4.3.1 Crditos Puros
a. Se otorgan nicamente por el sistema financiero o por lo proveedores de
equipo.
b. Prcticamente es indispensable tener una situacin financiera razonablemente
sana para ser sujeto de crdito.
c. Por lo general se bloquean las lneas de crdito o parte de ellas. Adems se
gravan activos
d. El costo de financiamiento rara vez tiene un efecto en los impuestos del
100%, ya que indirectamente la deuda contratada puede generar al cierre de
cada ejercicio el ingreso anual por inflacin acumulables (art. 46 LISR).
e. En virtud de la adquisicin del activo, se obtiene el beneficio de la
depreciacin fiscal actualizada, conforme los artculos 37 y correlacionados
de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.
f. De acuerdo con Luis Haime Levy, 29 la tasa de inters nominal es ms bajo
que en cualquier otra fuente de recursos.
4.3.2 Aumento de capital
a. En materia de impuestos, si los socios cobran intereses, estos seran
deducibles sin olvidar el efecto que puede generar el ajuste anual por
inflacin. Si los socios, bajo la figura de dividendos reciben rendimiento
sobre ese aumento de capital, estos no son deducibles. A diferencia de los
intereses que s disminuyen la base de impuestos, los dividendos que se pagan
a los accionistas no son una partida que permita un ahorro de impuestos
(artculo 29 Ley del Impuesto Sobre la Renta)
29 Haime Luis, op cit, pg 96
-
37
b. En virtud de no ser deducibles los dividendos, el costo fiscal y laboral es de
un 45% sobre las deducciones no permitidas
c. Los dividendos no provenientes de la CUFIN* estn gravados a una tasa
efectiva del 47.06% (artculo 88 Ley del Impuesto Sobre la Renta)
d. Por la razn de disminuir el endeudamiento, la empresa mostrar una
situacin financiera y una estructura de capital ms sana.
e. No bloquea otras fuentes de financiamiento bancario, por el contrario
aumenta las expectativas de ser sujeto de crdito.
f. Sin embargo, comparativamente, el rendimiento del capital de los accionistas
disminuye al tener una menor palanca financiera.
4.3.3 Arrendamiento Financiero
a. Para el manejo adecuado del contrato, se requiere un conocimiento de las
disposiciones fiscales.
b. No necesariamente se bloquean otras fuentes de financiamiento.
c. Al igual que la contratacin de cualquier otro pasivo, altera la palanca
financiera.
d. Es sujeto del impuesto al activo.
e. Dependiendo la negociacin y el monto solicitado, no necesariamente se
exigen garantas, dado que el bien constituye tal.
f. Dependiendo del equipo adquirido y de su tasa de depreciacin fiscal, el
diferimiento de impuestos es ms elevado que en cualquier otra alternativa
de financiamiento, lo que hace que su costo disminuya.30*
g. Opcin para recuperar liquidez a travs de Sale and Lease Back.
* Cuenta de Utilidad Fiscal Neta, artculo 124 Ley del Impuesto Sobre la Renta 30 Haime Luis, op cit, pg 99 * Su veracidad es cuestionada en el captulo de estudio fiscal.
-
38
h. El gasto de ratificacin del contrato es menor que los gastos de inscripcin
por el gravamen.
4.3.4 Arrendamiento puro
a. Los bienes objeto de este contrato no se gravan con el Impuesto al Activo
b. En virtud de que el tratamiento fiscal es como gasto operativo, las rentas
peridicas son 100% deducibles y no participan en el ajuste anual por
inflacin (art. 46 LISR)
c. En apariencia la tasa nominal de esta operacin es ms elevada que las
alternativas de financiamiento anteriores.
d. No se pacta opcin de compra.
4.4 DIFERENCIAS Y SIMILITUDES
Seala Luis Haime Levy31 que en la vida prctica existe confusin entre el contrato
de arrendamiento financiero y el arrendamiento puro, pues al llevar ambos la palabra
arrendamiento se asimila uno con el otro, con lo que se cae fcilmente en errores de
interpretacin y aplicacin fiscal. Las diferencias estn perfectamente marcadas, pues uno es
un financiamiento de un activo, y el otro se trata de un simple otorgamiento de uso o goce
temporal de bienes, ya sea muebles o inmuebles En uno de ellos existe la posibilidad de una
opcin de compra, en el otro no existe tal posibilidad, pues si en un arrendamiento puro se
llegara a pactar alguna de las opciones terminales a que se refiere el artculo 27 de la Ley
General de Organizaciones y Actividades Auxiliares de Crdito se considerar como un
contrato de arrendamiento financiero, as lo establece la Regla Decimatercera de las Reglas
Bsicas para la operacin de arrendadoras financieras dadas a conocer el 29 de Agosto de
1990.
31 Haime Luis, op cit, pg 48
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39
Arrendamiento Financiero y Puro, diferencias y similitudes
Arrendamiento Financiero Arrendamiento Puro
Se entregan bienes para uso de un tercero Se entregan bienes para uso de un tercero
Las rentas pactadas incluyen capital e inters Las rentas pactadas son el pago del uso del
bien
Tratamiento fiscal como inversin e
intereses por financiamiento, existiendo un
pasivo
Tratamiento fiscal como gasto operativo
Se convierte en una operacin sustitutiva de
otras fuentes de financiamiento,
comnmente utilizadas en el capital de
trabajo
Evita la desviacin de fondos del arrendatario
en la adquisicin de bienes, asignando recursos
a otras necesidades.
Implica ser sujeto de crdito, por lo cual se
requiere recursos para respaldar su solicitud.
No necesariamente se requiere contar con
recursos que respalden el financiamiento
Se pacta alguna opcin: compra, enajenacin
a un tercero o continuacin del
arrendamiento
No se pacta opcin alguna para el arrendatario.
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40
Arrendamiento Financiero y crdito bancario, diferencias y similitudes
Arrendamiento Financiero Crdito bancario
Se obtienen bienes del activo fijo para ser
utilizados durante la vigencia del contrato, y
adquirir su propiedad al ejercer la opcin de
compra al trmino del mismo
Se obtienen recursos para adquirir bienes del
activo fijo
Se pactan rentas peridicas en las que se
contempla el monto financiado, costos
operativos de la arrendadora, as como la
utilidad requerida
Se pagan y pactan peridicamente capital e
intereses para amortizar durante la vigencia
del contrato unos y otros, hasta su liquidacin
total
Es un contrato irrevocable, que al llegar a su
trmino acaba la relacin de los contratantes
Es un contrato que puede darse por terminado
anticipadamente, si la suerte principal, as
como los intereses devengados hasta ese
momento, son pagados anticipadamente
Existen tres opciones al final del plazo del
contrato
No existe opcin alguna al trmino del plazo
del crdito recibido
Con la suscripcin de ste contrato, es
probable no se cancelen otras fuentes de
financiamiento, ya que los bienes arrendados
son los nicos que quedan en garanta del
contrato.
Con este tipo de financiamiento se grava toda
la empresa, quedando sta imposibilitada para
negociar otras fuentes de financiamiento a
largo plazo.32
32 Ibid, pg 46
-
41
5. ESTUDIO FINANCIERO
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42
5.1 CONSIDERACIONES FINANCIERAS
Seala Carlos Siu33 que una de las premisas fundamentales que deben prevalecer en
toda empresa cuyo objetivo es crecer y desarrollarse, as como alcanzar la productividad y
calidad en los bienes y/o servicios que ofrece a sus clientes, es la de aprovechar sus recursos
internos y externos, de una manera tal que la aplicacin de los mismos genere un beneficio
que sea suficiente para cubrir el costo de capital y obtener una utilidad razonable. En otro
sentido, debemos ser sumamente cautelosos al elegir una alternativa de financiamiento
considerando los pormenores del caso, para as alcanzar la productividad requerida. Por ello al
llevar a cabo la evaluacin de un proyecto de inversin, as como la forma de financiarlo, es
necesario hacer una serie de estudios previos tendientes a determinar el mejor equipo a
adquirir, para inmediatamente analizar cual es la mejor herramienta de financiamiento.
Dada la complejidad e importancia que tiene el arrendamiento financiero como
herramienta de financiamiento, consecuencia del tratamiento fiscal y contable tan particular
para este tipo de operaciones, los prospectos a utilizarlos deben analizar todas las
implicaciones, ventajas y desventajas, tanto desde el punto de vista financiero como fiscal, con
el objeto de poder considerar todos los pormenores del contrato y no tomar una decisin
equivocada al elegir sta o cualquier otra fuente de financiamiento34
El anlisis que hace referencia el prrafo anterior es el relacionado con el costo del
financiamiento y el impacto fiscal de la alternativa elegida, ambos deben realizarse
conjuntamente en un estudio financiero, ya que el efecto que tengan los impuestos en el
proyecto, incidir sin lugar a dudas, en el resultado financiero de la operacin, por lo que
todo anlisis sobre cualquier proyecto de inversin deber incluir el ahorro o aumento de los
impuestos corporativos generados por la operacin que se est analizando en lo particular.35
Al adquirir equipo, muchas son los parmetros que tenemos que considerar, por
ejemplo: plazo, tasa, comisiones, garantas, riesgo, rendimiento, etc, y debemos tener muy en
33 Siu Carlos, et al, op cit, pg 97 34 Haime Luis, op cit, pg 75 35 Ibid, pg 75
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43
cuenta que efectos tienen esas variables en nuestro proyecto financiero. El capital de trabajo,
el rendimiento sobre la inversin, la capacidad crediticia, el registro en los estados
financieros, y la disminucin del costo del financiamiento, son consideraciones financieras
que por lo menos debe analizar el arrendatario al elegir una alternativa de financiamiento.
5.1.1 Capital de trabajo
Antes de ilustrar la manera en que incide este en las empresas, es importante sealar
qu se entiende por capital de trabajo. Se concepta como tal, a los activos circulantes con que
cuenta la empresa para hacer frente a las deudas inmediatas. El efectivo en caja y bancos,
cuentas por cobrar, inventarios, etc, son ejemplo de activos circulantes. En otras palabras el
capital de trabajo viene siendo la suma de los recursos con que cuenta la empresa para sus
operaciones normales y diarias. Ahora bien, tambin se maneja el concepto de capital de
trabajo neto, que no es otra cosa que la diferencia que existe entre los recursos con que cuenta
la empresa (activo circulante) menos las obligaciones (pasivo) a corto plazo.
Seala Luis Haime Levy 36 que cuando las empresas se financian con alternativas
como el arrendamiento financiero para adquirir bienes de activo fijo, esta conserva casi intacto
su capital de trabajo, adems seala que en este tipo de operaciones no se contempla la
obligacin de efectuar pagos fuertes (enganche ) al inicio de la operacin. As mismo, resalta la
importancia que tiene esta alternativa en los proyectos de inversin.
En algunas ocasiones cuando se evala un proyecto de inversin, toda la atencin y
financiamiento se centra en los equipos productivos, dejando de lado las inversiones
necesarias adicionales en otros activos circulantes que van a coadyuvar en el proyecto, que
van a permitir ponerlo en marcha, mantenerlo y desarrollarlo. Inversiones tales como
publicidad, capacitacin, adiestramiento, inventarios adicionales, y en s toda aquella partida
relacionadas pero a la vez independiente al costo del equipo del proyecto.
Por otro lado, Carlos Siu37 comenta que cuando las instituciones bancarias otorgan un
crdito en numerario, lo hacen generalmente en un monto menor al 100% del valor del bien,
mientras que las arrendadoras financieras que ofrecen el llamado crdito de bienes produce un
36 Haime Levy, op cit, pg 76 37 Siu Carlos, et al, pg 97
-
44
financiamiento del 100%. No obstante la afirmacin de Carlos Siu, es necesario sealar que
las arrendadoras en ningn caso financian el Impuesto al Valor Agregado que por la
enajenacin del bien se causa, en los trminos de la ley en la materia.
Es innegable la importancia que tiene el capital de trabajo en las finanzas de los entes
econmicos, pues los recursos que esta pudiera erogar para el pago inicial de bienes
pueden ser cubiertos con una alternativa como el arrendamiento financiero, y destinar el
capital de trabajo a cubrir otras necesidades, como materiales de produccin, pago de
deudas, gasto corriente, etc. Es importante resaltar que el arrendamiento financiero no es la
nica alternativa que permite no distraer el capital de trabajo existente hasta antes del
financiamiento, pues esto tambin se logra con cualquier fuente de financiamiento que provea
de fondos suficientes para no distraer los recursos, como por ejemplo los fondos de fomento
federales, estatales, los crditos bancarios, etc. Cada uno de ellos tendr sus particularidades
que lo harn en mayor o menor medida interesante con respecto a los otros, y que desde luego
debemos evaluar para as elegir la mejor alternativa financiera de acuerdo a las condiciones
imperantes en su momento.
5.1.2 Rendimiento sobre la inversin
Seala Gerardo Guajardo Cant38 que el rendimiento sobre el capital contable es la
medida fundamental que determina en qu medida ha obtenido rendimientos sobre los fondos
que los accionistas han confiado a la administracin.
Si al elegir una alternativa de financiamiento se guardan lmites de seguridad con
respecto al nivel de endeudamiento de la empresa, se evitan los riesgos excesivos e intiles y
las altas tasas de inters, luego entonces, el trabajar con capital ajeno es una buena medida
financiera que incrementa el rendimiento sobre la inversin de los accionistas. Al recurrir a
cualquier fuente de financiamiento externa(ajena al capital propio)_desde luego se
incluye al arrendamiento financiero_, la palanca financiera se ve incrementada.
Para ilustrar lo anterior, supongamos el caso de una empresa que tiene tres alternativas
de financiamiento, dos externas como el arrendamiento financiero y el crdito bancario, y una
interna como el aumento de capital social. Las utilidades que se presentan son las que genera
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45
la empresa despus de un ao de haber ejercido la inversin, que para efectos de este caso es
de 300,000.00. Primeramente recordaremos que para obtener el rendimiento sobre la inversin
la mecnica para la obtencin es:
Utilidad distribuible neta/ Capital Contable= Rendimiento Sobre la inversin
Las cifras de la seccin de pasivo y capital en el estado financiero son las siguientes:
Con financiamiento externo Con financiamiento interno
Pasivo
Corto plazo
Cuentas por pagar 100,000 100,000
Otras cuentas 100,000 100,000
Financiamiento externo 100,000 0
Total a corto plazo 300,000 200,000
Largo plazo
Financiamiento externo 300,000 0
Pasivo total 600,000 200,000
Capital Contable
Capital social 1,000,000 1,400,000
38 Guajardo Gerardo, Contabilidad Financiera, Mc Graw Hill, 1996, segunda edicin, pg 333
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46
Reservas de capital 150,000 150,000
Utilidad del ejercicio 300,000 300,000
Capital Contable 1,450,000 1,850,000
Pasivo y Capital 2,050,000 2,050,000
Para efectos de este ejemplo, en razn de facilitar su ilustracin, consideramos que en
las diferentes alternativas :
a. El equipo financiado tiene un costo de contado de 300,000
b. No se le dio efecto al costo del financiamiento ni al beneficio fiscal
c. Tienen el mismo impacto de costo financiero en las utilidades del ejercicio.
d. El aumento de capital los han suscrito y exhibido los mismos accionistas de
la empresa y todos pagaron su aportacin en la misma proporcin.
e. Las utilidades son un ao despus de ejercida la inversin.
f. Los plazos para el pago del crdito, son los mismos para el financiamiento
externo(arrendamiento financiero y crdito bancario)
Razn financiera Financiamiento
externo
Financiamiento
interno
Rendimiento sobre la inversin
(utilidad/capital social)
20.69% 16.21%
Endeudamiento (pasivo total/activo total) 29.26% 9.76%
-
47
Como podemos observar en estos dos cuadros, la utilizacin de una fuente externa
como lo puede ser el arrendamiento financiero, comparada con una fuente interna de
financiamiento, produce los siguientes efectos:
a. Con la utilizacin de fuente interna de financiamiento el rendimiento
porcentual sobre la inversin de los accionistas se ve disminuido, debido a
que a cada accin le corresponde un porcentaje inferior al obtenido con
financiamiento externo.
b. Con la utilizacin de fuente interna de financiamiento el rendimiento sobre la
inversin en pesos y centavos no se ve afectado, pues cada accionista recibe
el mismo rendimiento.
c. Si el capital hubiera sido suscrito y exhibido por otros accionistas, los
intereses de los accionistas iniciales se vera afectados de una manera mas
pronunciada, pues no solo bajara el rendimiento porcentual, sino tambin el
rendimiento en pesos.
Respecto al anlisis del rendimiento sobre la inversin, Luis Haime Levy 39opina que
el financiamiento a travs de instituciones de crdito y de proveedores del equipo es similar al
arrendamiento financiero (guardando las particularidades de cada alternativa) pues la
estructura de capital , en cuanto a capital propio, no se ve modificada, ya que las partidas
afectadas estn relacionadas con cuentas de pasivo y no modifican en ningn momento la
relacin entre utilidades y capital, a excepcin hecha del impacto de los intereses propios de
cada fuente en las utilidades de la empresa.
5.1.3 Capacidad de crdito
Recordemos que en el arrendamiento financiero, el propietario hasta antes del
ejercicio de las opciones terminales es el arrendador. Basado en esta premisa las arrendadoras
en primera instancia garantizan sus financiamiento con los bienes dados en arrendamiento.
Situacin diferente prevalece en un crdito refaccionario, donde generalmente, siempre y
cuando lo considere la institucin bancaria, se establecen gravmenes sobre la planta industrial
39 Haime Luis, op cit, pg 80
-
48
del solicitante, impidindole con este hecho, la contratacin de otros crditos preferentes.
Carlos Siu40 establece que por lo general la arrendadora no solicita garantas adicionales
ni grava los activos, esto se debe a que el activo fijo arrendado responde por el
compromiso adquirido, el bien es propiedad de la primera hasta que finaliza el contrato y
slo al ejercer la opcin de compra, el inmueble, maquinaria y/o equipo, pasa a ser propiedad
de la segunda, por tanto, la empresa arrendadora se encuentra bien protegida y no requiere otra
clase de garanta, excepto en casos especiales como podra ser el de empresas con menos de
dos ejercicios de actividades.
Dadas las condiciones anteriormente expuestas, siempre y cuando la capacidad de
endeudamiento lo permita, podemos sealar que el arrendamiento financiero ampla la
capacidad crediticia. Al respecto Luis Haime Levy41 opina que con el arrendamiento
financiero como fuente alterna de financiamiento se logran dos ventajas fundamentales:
a. Si la planta se encuentra gravada por una institucin de crdito y se requiere
de un mayor financiamiento para nuevos activos fijos, existen las
arrendadoras profesionales, las cuales en su caso, previos estudios de
factibilidad, autorizan el financiamiento gravando exclusivamente los
bienes materia del contrato de arrendamiento. Este gravamen se da de
manera tcita y en sentido figurado, por las razones expuestas en cuanto a la
propiedad legal.
b. El arrendamiento financiero puede ser utilizado como la primera opcin de
financiamiento, ya que por las misma razones del inciso anterior,
generalmente quedaran intactas las garanta para otro tipo de crdito, es
decir, con esta herramienta de financiamiento es posible dejar libre alguna
lnea de crdito con instituciones bancarias.
Por otro lado, tal como fue sealado en el captulo segundo, el arrendamiento
financiero, en la modalidad de ficticio (lease back), permite a las arrendatarias obtener
recursos monetarios frescos adicionales para operar, esto es, una empresa sin garantas que
ofrecer, y con lneas de crdito cerradas, puede vender sus activos a una arrendadora
40 Siu Carlos, op cit, pg 107
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49
financiera, para a su vez celebrar con esta ltima un contrato de arrendamiento financiero, y al
final del plazo ejercer la opcin de compra. De esta manera, obtiene el valor de mercado de los
bienes, nunca pierde la posesin, puede recuperar su propiedad y obtiene un crdito.
No debemos olvidar que el nivel de apalancamiento de la empresa s se ve afectado
tanto por el crdito bancario, como por el arrendamiento financiero, hecho que desde luego
puede resultar inconveniente para el mantenimiento de las lneas de crdito.
5.1.4 Registro en los estados financieros
El Instituto Mexicano de Contadores Pblicos, A.C.42 en su boletn D-5
Arrendamientos, establece la normatividad para el registro del arrendamiento financiero, esto
viene a comentario ya que, an cuando el arrendador es el propietario de los bienes hasta el
trmino del contrato se establece:
a. El arrendamiento financiero deber registrarse como un activo y una
obligacin correlativa.
b. El arrendatario deber depreciar el activo registrado de la misma manera que
sus otros activos en propiedad.
En resumen, podemos establecer que para efectos de registro contable el arrendataria
debe hacer como si fuera de su propiedad. Veamos con un ejemplo el efecto en la informacin
financiera de este boletn.
Concepto Sin arr. Fin. % Con arr. Fin %
ACTIVO
Circulante 4,500,000 23.81 4,500,000 18.82
41 Haime Luis, op cit, pg 80 42 Instituto Mexicano de Contadores Pblicos, A.C., Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados, IMPC, 1998, dcima tercera edicin, pg D-5, 2
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50
Concepto Sin arr. Fin. % Con arr. Fin %
Fijo
Equipo arrendado 0 0.00 3,000,000 12.56
Otros activos 13,400,000 70.90 13,400,000 56.07
Activo fijo 13,400,000 70.90 16,400,000 68.63
Diferido
Otros 1,000,000 5.29 1,000,000 4.19
Intereses por amortizar a.f 0 2,000,000 8.36
Activo diferido 1,000,000 5.29 3,000,000 12.55
Activo total 18,900,000 100.00 23,900,000 100.00
PASIVO
Corto Plazo
Cuentas por pagar 2,500,000 13.23 2,500,000 10.46
Arrendamiento financiero 0 0 1,500,000 6.27
Pasivo a corto plazo 2,500,000 13.23 4,000,000 16.73
Largo plazo
Hipotecas 3,000,000 15.87 3,000,000 12.57
Arrendamiento financiero 0 0 3,500,000 14.64
Pasivo largo plazo 3,000,000 15.87 6,500,000 27.19
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Concepto Sin arr. Fin. % Con arr. Fin %
Pasivo total 5,500,000 29.10 10,500,000 43.94
Capital contable
Capital social 9,000,000 47.62 9,000,000 37.65
Reservas de capital 900,000 4.76 900,000 3.77
Utilidades acumuladas 2,500,000 13.23 2,500,000 10.46
Utilidades del ejercicio 1,000,000 5.29 1,000,000 4.18
Capital 13,400,000 70.90 13,400,000 56.06
Pasivo y Capital 18,900,000 100 23,900,000 100
Razones financieras Sin arrend. financiero Con arrend. financiero
Razn de circulante 1.80 1.125
Razn de endeudamiento 29.10% 43.93%
As las cosas y siguiendo el modelo de Luis Haime Levy43 podemos observar los
efectos ms importantes que produce el registro de un contrato de arrendamiento financiero en
el estado de posicin financiera:
a. Se incrementa la inversin en activos fijos, lo que le da una mayor solidez a
las empresas.
43 Haime Luis, op cit, pg 85
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52
b. Se incrementa la inversin en otros activos, esto es por la parte an no
devengada del arrendamiento.
c. La razn del circulante de la empresa se ve disminuida
d. De acuerdo a los datos del caso, la razn de endeudamiento se ve
incrementada considerablemente.
5.1.5 Disminucin en costo del financiamiento
Se puede aseverar que una alternativa de financiamiento te genera distinto costo del
financiamiento, esto si se toma en cuenta el impacto que puedan tener estas erogaciones en
las utilidades fiscales de las empresas, esto es, a mayor deducibilidad de las erogaciones
derivadas del cumplimiento del contrato, menor costo financiero global de la alternativa
de financiamiento. De acuerdo con las ley del Impuesto Sobre la Renta, de manera similar al
crdito bancario, se tiene la opcin de cargar a resultados fiscales la depreciacin de los
bienes, as como la amortizacin del inters devengado a cargo. En virtud de ser un tema muy
amplio, se retomar este artculo en el captulo referido al estudio fiscal.
-
53
6. ESTUDIO FISCAL
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54
Algunas fuentes de financiamiento pueden tener una tasa nominal de inters ms alta
que otras, con distintos flujos de efectivo anuales, pero, al darle el efecto de diferimiento de
impuestos y traer a valor presente los flujos anuales del proyecto bajo las distintas alternativas
de financiamiento, el costo de cada fuente de recursos se ver afectado al grado de que la
opcin ms cara de forma aparente, pueda convertirse en la ms recomendable. 44
El diferimiento de impuestos se puede entender como realizar un pago de impuestos
del presente en el futuro; esto es como consecuencia de las deducciones fiscales que permite el
arrendamiento, o el crdito bancario por ejemplo: depreciacin del bien, inters devengado,
comisiones, otros gastos, etc., la empresa pagar los primeros aos de la operacin unos
impuestos menores. Es importante destacar que otras fuentes de financiamiento generan
deducciones, sin embargo, los valores y porcentajes de deduccin pueden variar con motivo de
la fuente elegida.
Pudiera parecer que lo expresado en el prrafo anterior no tiene mayor importancia,
pero si consideramos que el dinero tiene un costo, y consideramos el valor del dinero a travs
del tiempo, el diferimiento de impuestos puede ser una importante estrategia para disminuir el
costo de financiamiento y generar una nueva fuente de recursos monetarios.
Un aspecto que marc la motivacin para hacer este trabajo fue definitivamente el
fiscal. Del arrendamiento financiero se dicen tantas cosas como escudo contra impuestos,
planeacin de prestaciones a ejecutivos, es deducible totalmente de impuestos y ms
expresiones de autores de libros, as como de los vendedores de agencias de automotoras, que
desconociendo del tema hacen afirmaciones tan alejadas de la realidad como el iva con el
arrendamiento financiero si es deducible*, como si el acreditamiento del iva fuera exclusivo
del arrendamiento financiero.
De acuerdo a lo que refiere Luis Haime Levy, 45 el arrendamiento financiero es una
opcin poco aplicada pero de gran utilidad y que se utiliza como herramienta de
planeacin en el otorgamiento de beneficios y prestaciones a los ejecutivos de las
empresas y disminuye entre muchas otras cualidades el costo integral de financiamiento
44 Haime Luis, op cit, pg 87 * Frase dicha por Jaime Hernndez, agente de ventas de Impulsora Camionera Tapata, S.A. de C.V.
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55
por el diferimiento de impuestos provocado por el rgimen fiscal especial del contrato.
Afirmaciones como las sealadas, es importante cuestionar su veracidad y lo es ms an
verificar si estn dentro de los margenes de la ley.
6.1 REGIMEN FISCAL ESPECIAL
Una hiptesis que planteada al iniciar este trabajo de investigacin, fue que el
arrendamiento financiero tiene un rgimen fiscal especial que provoca el diferimiento de
impuestos logrando con ello la disminucin del costo integral de financiamiento. Esta
hiptesis result de las lecturas de material existente (ver cita 39, pginas anteriores). Es
precisamente con esta hiptesis con la que vamos a iniciar el anlisis fiscal.
El arrendamiento financiero no tiene un rgimen fiscal especial, quiz la mecnica de
registro de la inversin sea algo fuera de lo ordinario, pues el arrendatario conforme al boletn
D-5, de los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados y el artculo 14 del Cdigo
Fiscal de la Federacin, lo registra para efectos contables y fiscales como si fuera de su
propiedad .
Parmetro Arrendamiento Financiero Crdito refaccionario
Registro como inversin S S
Depreciacin fiscal S S
Deduccin de intereses S S
Registro de pasivo S S
Causa IVA e Imp. Al Activo S S
Deduccin por erogacin No No
Ajuste anual por inflacin S S
Tasa de depreciacin fiscal La misma en ambos casos La misma en ambos casos
45 Haime Luis, op cit, contraportada
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56
Significa entonces, que con circunstancias iguales para ambos casos, se tiene el
mismo impacto fiscal, por tanto no se puede hablar de beneficios fiscales como una
ventaja comparativa.
En su obra Felipe Len Gmez comenta al respecto que el arrendatario adquiere el
bien objeto del contrato, por lo que seran aplicables todas las reglas fiscales relacionadas con
la adquisicin de un bien en lo relativo a la parte del precio atribuible al mismo. Por otra parte,
tomando en cuenta que se trata de una operacin con financiamiento, la parte del precio
relativa a los intereses deber considerarse para fines fiscales como tal, aplicando el
tratamiento relativo para dichos intereses que establezcan las diversas leyes fiscales46.
El nico antecedente fiscal que quiz se pueda llamar especial es el referente a los
pagos, pero partiendo de un supuesto general de arrendamiento, pues si los pagos son de
arrendamiento financiero se les da el tratamiento de inversin (artculo 37 LISR ) y si son de
arrendamiento puro, el tratamiento de gasto (artculo 29 fraccin III, LISR), al respecto Felipe
Len Gmez comenta que las diversas leyes fiscales establecen reglas especiales para el
manejo de los pagos que realizan con motivo de contratos de arrendamiento financiero, de
donde resulta muy importante para los mismos, el identificar, en funcin a la definicin
incluida en el cdigo fiscal, si el contrato que estn celebrando es de arrendamiento financiero
o puro, ya que como se ha mencionado, el tratamiento de los pagos por uno u otro concepto es
totalmente diferente47.
Por ejemplo, conforme a las disposiciones legales vigentes, en el cuadro de la
siguiente pgina podemos observar que el impacto en un ejercicio fiscal es el mismo en las
alternativas que se muestran:
46 Len Gmez Felipe, Anlisis Fiscal del Arrendamiento Financiero, IMPC, 1994, pg 45 47 Ibid, pg 43
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Concepto Arrendamiento Financiero Crdito Bancario o directo
de proveedor
Valor del activo fijo 100,000 100,000
Tasa depreciacin fiscal 6% 6%
Depreciacin fiscal 6,000 6,000
Inters devengado a cargo 10,000 10,000
Ajuste inflacionario
acumulable
5,000 5,000
Total deduccin fiscal 11,000 11,000
Ahorro de impuestos 3,850 3,850
Ahora bien, si de proteccin contra impuestos se trata, con el arrendamiento puro se
tiene por lo menos al corto plazo un mayor ahorro de estos, pues en este tipo de
arrendamiento, el 100% del importe pagado al arrendador se considera como un gasto
deducible, en consecuencia se tiene una recuperacin por su impacto en resultados.
Comparativamente si se renta un bien, bajo el esquema de arrendamiento financiero, la
deduccin no est en funcin de las erogaciones, sino en la tasa de depreciacin mxima del
activo, con las disposiciones fiscales de 2002 el inters en apariencia es deducible al 100%,
pero por otro lado se tiene un ingreso por la disminucin real de la deuda (ajuste por inflacin)
En el arrendamiento puro por ejemplo, por cada 1000 pesos de erogacin se tiene un
efecto por la recuperacin fiscal de la siguiente manera:
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Efectos financieros por la recuperacin fiscal en el arrendamiento puro
Importe de la erogacin 1,000
Ahorro en Impuesto Sobre la Renta (35%) (350)
Ahorro en participacin de utilidades a los trabajadores (10%) (100)
Desembolso neto por cada 1000 pesos 550
Debe quedar bien claro, en el arrendamiento financiero a diferencia del puro no se
deducen las rentas, se deducen las inversiones a travs del procedimiento de depreciacin
fiscal que seala el artculo 37 de la ley del Impuesto Sobre la Renta, l