oficio multiple 158-2014

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Tele!ax: (066) 322222 emad; uqelhuanta@hotrnail.com Jr. Odilón Vega 138 - Huanta C'.C. Archivo2014 EPPIJAGI cia/ sec. consideración y alta estima. Aprovecho la ocasión para reiterarle las muestras de mi especial En consecuencia, la Dirección de la Institución Educativa Secundaria a su cargo, deberá presentar el respectivo Plan de Trabajo que incluya las actividades descritas en el numeral 2.8. del INFORME 1600-2014-MINEDUNMGP/-OIGEBR-DES. Bajo responsabilidad funcional en calidad de MUY URGENTE, a la UGEL Huanta. Se adjunta el informe referido. Por lo que, la Dirección Regional de Educación Ayacucho, AUTORIZA a que en las Instituciones Educativas del Nivel Secundario de Educación sica Regular de la UGEL Huanta, se implemente la jornada adicional de dos horas pedagógicas semanales, para docentes nombrados. Tengo el agrado de dirigirme a usted, con la finalidad de comunicarte que, ~-~ :. •iv:~~ en atención a los documentos de la referencia, se dispuso que 'A partir del o 2014 (01 de setiembre). la ~ -e• ':¡·ornada laboral de 24 horas semanales del rofesor del Nivel Secundario de la Modalidad de EBR drá ~ ~. ~ ... ~.:~ ~ incrementarse a razón de no más de dos horas pedagógicas semanales. autorizadas oor la Dirección Regional ~ e •G(!f de Educación. si es que la necesidad de servicio lo requiere". : a) DECRETO DE URGENCIA N°002-2014 b) Novena Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la Ley N°29944, Ley de Reforma Magisterial e) INFORME Nº 1600-2014-MINEDUNMGP/-DIGEBR-DES d) OFICIO MULTIPLE 0029-2014-MINEDUNMGP-DIGEDD-DITD e) OFICIO MUL TIPLE Nº 404-2014-GRA-DRE/OA-APER REF. : Presentar Plan de Trabajo de Incremento de Jornada Laboral en EBR Secundaria ASUNTO OFICIO MULTIPLE 0158 -2014-ME-GRA-DREA/DUGEL-AGl-HTA SEÑORES: DIRECTORES DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS DEL NIVEL SECUNDARIO JURISOICCION UGEL HUANTA PRESENTE.- Huanta, 15 de setiembre del 2 014 .AÑO DE LA PROMOCIÓN DE LA llIDUSTRIA RESPONSABLE Y Da COMPROMISO CLIMA TICO' ··=- !!OO';ItRIO DHDUCAC!óN m - REPUBLICADEL PERU DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN A YACUCHO UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL 'RECAREDO PEREZ PALMA VALDIVIA* de HUANTA

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Page 1: Oficio multiple 158-2014

Tele!ax: (066) 322222 emad; [email protected] Jr. Odilón Vega N° 138 - Huanta

C'.C. Archivo2014 EPPIJAGI cia/sec.

consideración y alta estima. Aprovecho la ocasión para reiterarle las muestras de mi especial

En consecuencia, la Dirección de la Institución Educativa Secundaria a su cargo, deberá presentar el respectivo Plan de Trabajo que incluya las actividades descritas en el numeral 2.8. del INFORME N° 1600-2014-MINEDUNMGP/-OIGEBR-DES. Bajo responsabilidad funcional en calidad de MUY URGENTE, a la UGEL Huanta. Se adjunta el informe referido.

Por lo que, la Dirección Regional de Educación Ayacucho, AUTORIZA a que en las Instituciones Educativas del Nivel Secundario de Educación Básica Regular de la UGEL Huanta, se implemente la jornada adicional de dos horas pedagógicas semanales, para docentes nombrados.

Tengo el agrado de dirigirme a usted, con la finalidad de comunicarte que, ~-~ :. •iv:~~ en atención a los documentos de la referencia, se dispuso que 'A partir del año 2014 (01 de setiembre). la

~ -e• ':¡·ornada laboral de 24 horas semanales del rofesor del Nivel Secundario de la Modalidad de EBR drá ~ ~. ~ ... ~.:~ ~ incrementarse a razón de no más de dos horas pedagógicas semanales. autorizadas oor la Dirección Regional

~ e •G•(!f de Educación. si es que la necesidad de servicio lo requiere". • •

: a) DECRETO DE URGENCIA N°002-2014 b) Novena Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la Ley N°29944, Ley

de Reforma Magisterial e) INFORME Nº 1600-2014-MINEDUNMGP/-DIGEBR-DES d) OFICIO MULTIPLE Nº 0029-2014-MINEDUNMGP-DIGEDD-DITD e) OFICIO MUL TIPLE Nº 404-2014-GRA-DRE/OA-APER

REF.

: Presentar Plan de Trabajo de Incremento de Jornada Laboral en EBR Secundaria

ASUNTO

OFICIO MULTIPLE N° 0158 -2014-ME-GRA-DREA/DUGEL-AGl-HTA SEÑORES: DIRECTORES DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS DEL NIVEL SECUNDARIO JURISOICCION UGEL HUANTA PRESENTE.-

Huanta, 15 de setiembre del 2 014

.AÑO DE LA PROMOCIÓN DE LA llIDUSTRIA RESPONSABLE Y Da COMPROMISO CLIMA TICO'

··=- !!OO';ItRIO DHDUCAC!óN m- REPUBLICADEL PERU

DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN A YACUCHO UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL

'RECAREDO PEREZ PALMA VALDIVIA* de HUANTA

Page 2: Oficio multiple 158-2014

' En los considerandos del Decreto Supremo Nº 225-2014-EF. se mencionan el Oficio W 1375-2014- MINEDU/SG y el Informe Nº 244-2014-MINEDUFSPE-UP del Ministerio de Educación.

"Autorícese al Ministerio de Educación a realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de los Gobiernos Regionales, a fin de financiar el incremento de la jornada laboral del profesor de nivel secundaria a que se refiere fa Novena Disposición Complementaria, Final y Transitoria de la Ley fv'O 29944, Ley de Reforma Magisterial, para cuyo efecto deberá contarse con la autorización de las Direcciones Regionales de Educación o las que hagan sus veces, señalada en fa citada disposición. Dichas disposic!ones presupuestarías -sa autorizan mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Educación, a propuesta de este último".

2.3. Considerando lo dispuesto en el"citado Décreto ce Urgencia Nº 002-2014, mediante Decreto Supremo Nº 225-2014-EF1 se autoriza una transferencia de partidas en el presupuesto del sector público para el año fiscal 2014, de los cuales corresponde S/.51 598 845,00 (Cincuenia y un MQlones Quinientos Noventa y Ocho Mil Ochocientos Cuarenta y Cinco y 00/100) Nuevos Soles, para financiar el incremento de dos horas de la jornada

Mediante Decreto de Urgencia N° 002-2014 se dictaron medidas extraordinarias y urgentes adicionales en materia económica y financiera para estimular la economía nacional, estableciéndose en el numeral 9.2 lo siguiente:

2.1. La Novena Disposición Complementaria Final y Transitona de !a Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, establece que, a partir del año 2014, la jornada laboral de 24 horas semanales del profesor de nivel secundaria de la modalidad de educación básica regular, podrá incrementarse a razón de no más de dos horas pedagi)gicas semanales, autorizadas por la Dirección Regional de Educación o la que haga sus veces, si es que la necesidad del servicio lo requiere. La evaluación para determinar la necesidad del servicio se realiza por lo menos cada dos años. Un profesor puede alcanzar un máximo de treinta horas pedagógicas.

11. ANÁLISIS

Con Oñcío Nº 1073-2014-MINEDUNMGP-ÚIGEDD-DITD, la Dirección de Trayectoria Docente y Bienestar Docente de la Dirección Generai de Desarro!lo Docente solicitó a la Dirección de Educación Secundaria emitir informe respecto a la labor que realizará el profesor del nivel secundaria en la jornada adicional prevista en el Decreto de Urgencia Nº 002-2014, correspondiente al presente año, con permanencia en la Institución Educativa.

.. \

ANTECEDENTES l.

Tengo a bien dirigirme a usted, en relación con el asunto del rubro, a fin de manifestarle lo siguiente: -

San Borja, 1 de setiembre del 2014 Fecha

Oficio Nº 1073-2014-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITD Referencia

Decreto de Urgencia NO 002-2014 - Asunto

BREY ROJAS ARROYO Coordinador de Desarrollo Curricular DES

ISY FAINGOLD VIGIL Director de Educación Secundaria

INFORMEN° Jf>OÜ2014-MINEDUNMGP-DIGEBR-DES

·1-m11e1oP'""""°"ºº1a1.-.;usrn.~,Q,¡~a;,,oooo -occool;~elos """"°3$ eoo ~Mol i'&ru 'Ktf1 - 2016"

me~t1óNl O!RECCIÓN DE EDUCACIÓN

SECUNDAR!/\

1101.10 N" .,,,, Q_2 ..

. . . : . . . Mínisterio- :- , , de Educación-- ·

Page 3: Oficio multiple 158-2014

,\

Participar en procesos de planificación, organización, ejecución y evaluación de actividades institucionales que fortalezcan y consoliden las relaciones entre la institución educativa y la comunidad, asl como los awendízajes de los estudiantes,

'

d)

Brindar atención a la familia del estudiante, concertando entrevistas que permitan recoger información relevante sobre éi'. asl como ofrecer pautas-de intervención, fortaleciendo así el binomio escuela-familia.

e)

Realizar asesoría personalizada a los estudiantes, cumpliendo el rol de orientador que es inherente a toda labor oocente.

·=-~

b)

a) Planificar en forma colegiada, con el equipo de profesores de la misma área o de áreas diferentes, las unidades didácticas (Unidades y Proyectos de Aprendizaje), las cuales deben estar articuladas entre sL y vinculadas al contexto que rodea a los estudiantes, y/o relacionados a temas de su interés, que propicien aprendizajes significativos, tomando en cuenta las competencias que se desean lograr.

. 8. De tal manera, para poder concretar estos aspectos relacionados con el aprendizaje de las áreas curriculares y con el acompañamiento personalizado a las necesidades de los estudiantes, los docentes deben participar en una amplia variedad de acciones, las que suelen quedar inconclusas porque no se cuenta con el tiempo suficiente. La ampliación de dos horas adicionales por semana a la labor docente permitirá que se pueda cumplir con las siguientes actividades, las cuales serán adoptadas e implementadas en función de las necesidades de los estudiantes y de la institución educativa:

2.7 .. De otro lado, el énfasis en la centralidad del estudiante, y su atención Integral, requiere procesos de acompañamiento permanente hacia él y una comunicación efectiva con su familia, que asegure una orientación que favorezca su desarrollo personal en todas sus dimensiones como ser humano .

·-: - ... '_.:.

2.6. En ese sentido, es preciso indicar que el enfoque por competencias, previsto en el diseño curricular vigente, requiere la intervención del docente 'no sólo en su aula de clase sino en diversos espacios de participación conjunta con sus colegas y con el personal directivo de su Institución Eoucativa, con el fin de integrar y articular las distintas competencias y capacidades a partir de las demandas de los adolescentes y de las características sociales, económicas - productívas y culturales del contexto, que permita a los estudiantes adquirir aprendizajes significativos y comprender la realidad en su complejidad, desde una perspectiva hoiistica,

2.5. ,.,Al respecto, de acuerdo con el artículo 12 de la Ley Nº 29944, la carrera Pública Magisterial reconoce cuatro (4) áreas de desempeño laboral para el ejercicio de cargos y funciones de los profesores, entre las que se encuentra, el área de gestión pedagógica que comprende tanto a Jos profesores que ejercen funciones de enseñanza en el aula Y. actividades curricular~ comolemehtarias al interior de la institución educativa y en la comunidad, corno a los que desempeñan cargos jerárquicos en orientación y consejería estudiantil, jefatura, asesoría, formación entre pares, coordinación de programas no escolarizados de educación lnlclal y coordinaclón académica en las áreas de formación establecidas en el plan curricular. '

2.4. Así, mediante Oficio Nº 1073-2014-MINEDUNMGP-DIGEDD-DITD, la Dirección de Trayectoria Docente y Bienestar Docente de la Dirección General de Desarróllo Docente solicitó informe respecto a la labor que realizará el profesor del nivel secundaria en la jornada adicional, correspondiente al presente año, la cual requiere permanencia en la Institución

· Educativa

laboral de 24 horas semanales de los profesores de nivel secundaría de la modalidad de educación básica regular a nivel nacional, de conformidad con lo establecido en fa Novena Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la Ley Nº 29944.

'Mo de le ProrncciOO de t.'.! lnd1.1Stria Responsable y del c.omptolrisc QimMJto" ·oe.::~t.io dé" IS$ Pttss(.)l;.s ('.0.1 Oiscapaddad oo e) Pero 2007 - 2010

'\/' o

Dirección de Educación Secunda

·' '. !

Ministerio · · de Educación

....-"'.~ .• •••• •• . ' . . ~ .. · : ~

Page 4: Oficio multiple 158-2014

Con la conformidad del funcionario que suscribe, remítase el presente informe y sus antecedentes a la Dirección General de Educaqión Básica Regular, para su atención correspondiente.

L. n 1 sn. 2014 rma, u

BRíNROJAS ARROYO Coordinador de Desarrollo Curricular DES

Es todo en cuanto informo a usted para su conocimiento y fines.

Se recomienda remitir el presente informe a la Dirección General de Desarrollo Docente y a la Dirección General de Desarrollo de las Instituciones Educativas.

3.2.

En mérito a las consideraciones expuestas, 'de acuerdo con lo solicitado por la Dirección de Trayectoria Docente y Bienestar Docente de la Dirección General de Desarrollo Docente, en el presente informe·se señala.la labor que desempeñará el profesor del nivel secundaria en el incremento de la jornada láboral, conforme a lo establecldo en el Decreto de Urgencia Nº 002-2014.

3.1.

CONCLUSIÓN Y RECOMENDACIÓN 111.

En relación con lo señalado, a efectos de cumplir con las finalidades antes expuestas, corresponderá que el Director de la Institución Educativa organice las actividades que desempeñarán ros profesores en el incremento de la jornada laboral, con permanencia en la escuela, atendiendo a la demanda de los estudiantes y las características sociales, económicas-productivas y culturales de su contexto.

2.9.

·f) Desarrollar actividades y materiales destinados a la recuperación y nivelación de los aprendizajes de los estudiantes (el horario de recuperación y nivelacíón se realizará en coordinación con la dirección de la institución educativa y con los padres de familia)

e) Realizar investigación diagnóstica de la realidad de los estudiantes a nlvel cognitivo, emocional, social.

tales como el día del logro. la semana de la democracia, los concursos escolares, ferias, etc.

"M~ d.e la Promoción de la tnriusliia Responsable y del Ccfn¡Jfomi:so ai~lico" "Oeoenlo delas Personas oon Discapacidad en el ?e.u 2007 - 2-016'

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de Ed M!llll~"§ifil.lHl6.f.áJUC.o.cróN DIRECCIÓN OE EDUCACIÓN

SECUNDARIA

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