monografia nic 38.docx

79
ACREDITADA POR ACCREDITATION COUNCIL FOR BUSINESS SCHOOLS AND PROGRAMS (ACBSP), EUROPEAN COUNCIL FOR BUSINESS EDUCATION (ECBE) Y AXENCIA PARA A CALIDADE DO SISTEMA UNIVERSITARIO DE GALICIA (ACSUG) ESCUELA PROFESIONAL DE CONTABILIDAD Y FINANZAS NIC 38 – ACTIVOS INTANGIBLES Dra. Antonieta T. Delgadillo Ávila 606 – 55N Presentado por CHANG JIMENEZ, MEI LIN. DÍAZ CASAS, MABELY LILIBETH. FLORES VARGAS, ELIZABETH NOELIA. HIDALGO MARTINEZ, DIEGO. OLIVARES TORRES, YENIFER LUCERO. RUBIO SALAZAR, BRENDA. 1

Upload: brendis9695

Post on 20-Feb-2016

51 views

Category:

Documents


1 download

TRANSCRIPT

Page 1: monografia NIC 38.docx

ACREDITADA POR ACCREDITATION COUNCIL FOR BUSINESS SCHOOLS AND PROGRAMS (ACBSP), EUROPEAN COUNCIL FOR BUSINESS EDUCATION (ECBE)

Y AXENCIA PARA A CALIDADE DO SISTEMA UNIVERSITARIO DE GALICIA (ACSUG)

ESCUELA PROFESIONAL DE CONTABILIDAD Y FINANZAS

NIC 38 – ACTIVOS INTANGIBLES

Dra. Antonieta T. Delgadillo Ávila

606 – 55N

Presentado por

CHANG JIMENEZ, MEI LIN.

DÍAZ CASAS, MABELY LILIBETH.

FLORES VARGAS, ELIZABETH NOELIA.

HIDALGO MARTINEZ, DIEGO.

OLIVARES TORRES, YENIFER LUCERO.

RUBIO SALAZAR, BRENDA.

SEMESTRE ACADÉMICO 2015 - II

LIMA - PERÚ

1

Page 2: monografia NIC 38.docx

A Dios por permitirnos plasmar nuestra

dedicación y elaboración de este

trabajo, a nuestro profesor por formar

parte de nuestro desarrollo profesional.

INDICE

2

Page 3: monografia NIC 38.docx

Dedicatoria 2

Introducción 5

CAPITULO I

ACTIVOS INTAGIBLES

1.1 Definición…………………………………………….…………………………… 6

CAPITULO II

CRITERIOS DE VALORIZACION DE LOS ACTIVOS INTANGIBLES

2.1 Valorización de activos por adquisición separada……….... ………………. 10

2.2 Valorización de activos procedentes de una combinación de negocios……………………………………………………..……………………..... 11

2.3 La adquicion mediante una subvención del gobierno…………………...…. 14

2.4 Permuta de activos………………………………………………………...….. 15

2.5 Plusvalía o “goodwill” generado internamente………………….…….…….. 16

2.5.1 Otros activos generados internamente……………………………………. 19

CAPITULO III

VALORIZACIÓN DE LOS ACTIVOS INTANGIBLES TRAS SU RECONOCIMIENTO INICIAL: REVALORIZACIÓN,

AMORTIZACIÓN, DETERIORO DE VALOR Y ENAJENACIÓN

3.1 Revalorización de los activos intangibles…………………………………… 23

3.2 La amortización de los activos intangibles………………………………….. 25

3.3 El deterioro de valor de los activos intangibles…………………………….. 28

3.4 Retiro y enajenación de activos intangibles………………………………… 33

CAPITULO IV

3

Page 4: monografia NIC 38.docx

INFORMACION A REVELAR

4.1 Aplicación en los estados financieros y de resultados………………….. 34

Casos prácticos 36

Conclusión 56

Glosario 57

Fuentes de información 59

4

Page 5: monografia NIC 38.docx

INTRODUCCIÓN

Los activos intangibles, como las patentes, marcas, concesiones de uso y explotación de derechos, la cartera de clientes, el conocimiento del personal, son los activos que complementan a los tangibles para lograr una medición más correcta del valor total de una organización.

El tema en cuestión fue seleccionado tomando como base la importancia que hoy en día representa para las organizaciones no sólo la capacidad de desarrollar dichos activos, sino también su correcto tratamiento en cuanto al reconocimiento y medición por parte del sistema de información contable.

Es por eso que, si bien se logra concluir que lo más importante en la contabilidad es el reflejo de los números, que hace tomar decisiones y cumplir con las obligaciones legales, no puede dejar de reconocerse que en una organización, el contador ya no garantiza una visión correcta de los fenómenos económicos, si no puede analizar el valor que se crea por medio de los activos intangibles, cuestión muy difícil de manifestar en números en un balance tradicional.

Estos elementos son los que brindan un nuevo enfoque sobre la contabilidad basado especialmente en el conocimiento, creando valor y crecimiento.

Es dable considerar que si bien la contabilidad ha avanzado en la medición y reconocimiento contable de este tipo de activos, y admitiendo el innegable valor de los mismos en la generación de resultados, aun no se ha llegado a precisar la forma más adecuada en que tales recursos, puedan ser incorporados al patrimonio.

La contabilidad trae consigo, entre otros, el concepto de aproximación a la realidad, pero cuando se trata de esta sección del patrimonio muchas veces permanece bastante alejada de la realidad.

Por esto, el presente trabajo se centra en el tratamiento de la problemática contable relacionada con la valuación de los activos intangibles, y en su reconocimiento como tales. Asimismo, para completar el análisis de la temática elegida se efectuará una breve aproximación al tratamiento que reciben dichos activos en el Sistema tributario argentino vigente.

NIC 38

5

Page 6: monografia NIC 38.docx

ACTIVOS INTANGIBLES

CAPITULO I

1.1. DEFINICIÓN

Para analizar en profundidad los criterios de valoración de los activos intangibles, es imprescindible tener clara su definición, así como los criterios necesarios para que cualquier "recurso" intangible pueda considerarse un "activo" y en definitiva, pueda ser capitalizado. La NIC 38 (par. 8) define un activo intangible como todo aquel "activo identificable, de carácter no monetario y sin apariencia física". La propia definición recoge las primeras dos condiciones que deben cumplirse para que un recurso intangible, adquirido o generado internamente por la empresa, sea reconocido en el balance empresarial, por lo tanto debe cumplir con lo siguiente:(1) que el recurso intangible cumpla con la definición de "activo" del Definición marco conceptual, de activo intangible y (2) que sea "identificable"

Junto a estas condiciones, que a continuación analizaremos en detalle, la NIC 38 (2004) incluye en su párrafo 21 dos más, en línea con los requisitos generales de reconocimiento de cualquier activo, recogidos en el marco conceptual:

NIC 38 (par. 21), nos dice que: Un activo intangible se reconocerá si, y sólo si: (a) es probable que los beneficios económicos futuros que se han atribuido al mismo fluyan a la entidad; y (b) el costo del activo puede ser medido de forma fiable.

Para evaluar el grado de cumplimiento de estos dos últimos requisitos, la empresa recurrirá a "hipótesis razonables y fundadas" que representen de la mejor forma posible los beneficios económicos que se esperan obtener del activo a lo largo de su vida útil. Además, en estas estimaciones, la norma señala que la empresa deberá recurrir preferentemente a la evidencia procedente de fuentes externas, tal como lo señala NIC 38 (par. 22 y 23):

(22)La entidad evaluará la probabilidad de obtener beneficios económicos futuros utilizando hipótesis razonables y fundadas, que representen las

6

Page 7: monografia NIC 38.docx

mejores estimaciones de la gerencia respecto al conjunto de condiciones económicas que existirán durante la vida útil del activo.

(23) Una entidad utilizará su juicio para evaluar el grado de certidumbre asociado al flujo de beneficios económicos futuros que sea atribuible a la

utilización del activo, sobre la base de la evidencia disponible en el momento del reconocimiento inicial, otorgando un peso mayor a la evidencia procedente

de fuentes externas.

Sin el cumplimiento de las condiciones anteriores, los intangibles no podrán ser registrados como parte del patrimonio empresarial, reconociéndose como gastos del ejercicio, todos los desembolsos incurridos para su obtención (Par. 9 : La propia NIC 38 en su párrafo 9 enumera ejemplos de recursos intangibles, que en muchos casos son excluidos del balance al no cumplir con los criterios recogidos en la definición de activos intangibles.). Sólo en las operaciones de adquisición de empresas, los intangibles que no cumplan los requisitos generales de reconocimiento formarán parte, como veremos más adelante, formará parte del plusvalía reconocida en la fecha de adquisición (NIC 38 , par. 10).

Si tenemos en cuenta la definición de activo del marco conceptual (El marco conceptual define un activo como todo "recurso controlado por la empresa como consecuencia de sucesos pasados del que se espera obtener en el futuro beneficios económicos"), para el cumplimiento del primero de los requisitos es necesario que el recurso intangible esté “controlado” por la empresa y pueda “generar beneficios económicos futuros”, así mismo, a fin de cumplir con las características recogidas en su definición, cualquier activo intangible debe ser “identificable”.

Como destacaremos más adelante, la característica de "identificabilidad" (NIC 38, par.11) es especialmente necesaria en las combinaciones de empresas, a fin de diferenciar los activos intangibles de la empresa adquirida, de la plusvalía.

La definición de un activo intangible requiere que éste sea identificable para poderlo distinguir de la plusvalía. La plusvalía reconocida en una combinación

de negocios es un activo que representa los beneficios económicos futuros que surgen de otros activos adquiridos en una combinación de negocios que no están identificados individualmente y reconocidos de forma separada. Los

beneficios económicos futuros pueden proceder de sinergias entre los activos identificables adquiridos o de activos que, individualmente, no cumplen las

condiciones para su reconocimiento en los estados financieros. NIC 38 (PAR. 11)

La - NIC 38, par. 12- considera un activo como identificable cuando es separable o surge de derechos legales o contractuales. Además, la propia

7

Page 8: monografia NIC 38.docx

norma explica el término "control" así como los conceptos que forman parte del "beneficio económico" procedente del activo.

Un activo es identificable si:(a) es separable, es decir, es susceptible de ser separado o escindido de la

entidad y vendido, transferido, dado en explotación, arrendado o intercambiado, ya sea individualmente o junto con un contrato, activo

identificable o pasivo con los que guarde relación, independientemente de que la entidad tenga la intención de llevar a cabo la separación; o

(b) surge de derechos contractuales o de otros derechos de tipo legal, con independencia de que esos derechos sean transferibles o separables de la

entidad o de otros derechos y obligaciones. NIC 38 (PAR. 12)

De acuerdo a lo dispuesto en sus párrafos 13 a 17, la empresa tendrá el control sobre él “siempre que tenga el poder de obtener los beneficios económicos futuros que subyacen en el mismo y además pueda restringir el acceso de terceras personas a tales beneficios.”

Una entidad controlará un determinado activo siempre que tenga el poder de obtener los beneficios económicos futuros que procedan de los recursos que

subyacen en el mismo, y además pueda restringir el acceso de terceras personas a tales beneficios. La capacidad que la entidad tiene para controlar

los beneficios económicos futuros de un activo intangible tiene su justificación, normalmente, en derechos de tipo legal que son exigibles ante los tribunales. En ausencia de tales derechos de tipo legal, será más difícil demostrar que

existe control. No obstante, la exigibilidad legal de un derecho sobre el elemento no es una condición necesaria para la existencia de control, puesto

que la entidad puede ejercer el control sobre los citados beneficios económicos de alguna otra manera. NIC 38 (PAR. 13)

Asimismo, se considerará como beneficio económico futuro los “ingresos ordinarios procedentes de la venta, los ahorros de coste y otros rendimientos diferentes que deriven del uso del activo”.

Entre los beneficios económicos futuros procedentes de un activo intangible se incluyen los ingresos de actividades ordinarias procedentes de la venta de

productos o servicios, los ahorros de costo y otros rendimientos diferentes que se deriven del uso del activo por parte de la entidad. Por ejemplo, el uso de la

propiedad intelectual, dentro del proceso de producción puede reducir los costos de producción futuros, en lugar de aumentar los ingresos de actividades

ordinarias futuros. NIC 38 (PAR. 17)

CAPITULO II

8

Page 9: monografia NIC 38.docx

CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LOS ACTIVOS INTANGIBLES

Si el intangible cumple con los requisitos impuestos por la propia definición y los criterios de reconocimiento generales, podrá reconocerse en el balance de la empresa de acuerdo a los criterios de valoración dispuestos en la norma.

El reconocimiento de una partida como activo intangible exige, para la entidad, demostrar que el elemento en cuestión cumple:

(a) la definición de activo intangible (véanse los párrafos 8 a 17); y(b) los criterios para su reconocimiento (véanse los párrafos 21 a 23).

Este requerimiento se aplicará a los costos soportados inicialmente, para adquirir o generar internamente un activo intangible, y para aquéllos en los que

se haya incurrido posteriormente para añadir, sustituir partes del mismo o realizar su mantenimiento. NIC 38 (PAR. 18)

La NIC 38 reconoce el criterio de "coste" como criterio general para el reconocimiento inicial de los activos intangibles ( Un activo intangible se medirá inicialmente por su costo – NIC 38, par. 24), siendo distinta la medida de referencia en función de la forma en que se materialice la adquisición del activo, prevaleciendo en la mayoría de los casos el valor razonable como medida de referencia del coste . Para el análisis de los distintos criterios de valoración, según la forma de adquisición del activo, se distinguirá entre las cuatro tipologías recogidas en la propia NIC 38:

a) La adquisición separada.

b) La adquisición como parte de una combinación de negocios.

c) La adquisición mediante una subvención del gobierno.

d) Permuta de activos y

e) La plusvalía generada internamente y otros activos generados internamente.

2.1. VALORACIÓN DE ACTIVOS POR ADQUISICIÓN SEPARADA

9

Page 10: monografia NIC 38.docx

En este tipo de adquisición, el criterio de la NIC 38 dispone que, el activo intangible adquirido de forma independiente.

(25) Normalmente, el precio que una entidad paga para adquirir separadamente un activo intangible reflejará las expectativas acerca de la

probabilidad de que los beneficios económicos futuros incorporados al activo fluyan a la entidad. En otras palabras, la entidad esperará que haya una

entrada de beneficios económicos, incluso si existe incertidumbre sobre la fecha o el importe de éstos. Por tanto, el criterio de reconocimiento de la

probabilidad que figura en el párrafo 21(a), se considerará siempre satisfecho en el caso de activos intangibles adquiridos de forma separada.

(26) Además, el costo de un activo intangible adquirido de forma independiente puede, habitualmente, ser medido con fiabilidad. Esto es particularmente

válido cuando la contrapartida por la compra adopta la forma de efectivo o de otros activos monetarios. NIC 38 (PAR. 25 y 26)

La NIC 38, par. 25 y 26 - considera que los activos adquiridos de forma independiente cumplen el criterio de "probabilidad' sobre la obtención de beneficios económicos futuros y el de "fiabilidad' en el cálculo de su coste y por lo tanto, pueden ser reconocidos en el balance de la empresa. Por lo tanto, será reconocido por su coste de adquisición, compuesto por el precio de adquisición más los aranceles, impuestos no recuperables y otros gastos en los que se incurra hasta la puesta en marcha del bien.

(27) El costo de un activo intangible adquirido de forma separada comprende:(a) el precio de adquisición, incluidos los aranceles de importación y los

impuestos no recuperables que recaigan sobre la adquisición, después de deducir los descuentos comerciales y las rebajas; y

(b) cualquier costo directamente atribuible a la preparación del activo para su uso previsto. NIC 38 (PAR. 27)

Del mismo modo, la NIC 38 aclara el tipo de gastos que pueden formar parte del activo, como es el caso de los gastos de naturaleza jurídica o los gastos financieros incurridos hasta la puesta en marcha del bien. En este último concepto - la NIC 38, par. 32 - se refiere al tratamiento alternativo de capitalización de los gastos financieros permitido en la NIC 23 (NIC 23, PAR.6)

(32)Cuando el pago de un activo intangible se aplace más allá de los términos normales de crédito, su costo será el equivalente al precio de contado. La

diferencia entre este importe y el total de pagos a efectuar se reconocerá como un gasto por intereses, a lo largo del periodo del crédito, a menos que se lo

capitalice de acuerdo con la NIC 23 Costos por Préstamos. NIC 38 (PAR. 32)

Otros costes que pueden añadirse al precio de adquisición del bien, siempre que sean directamente atribuibles a su puesta en marcha, son:

10

Page 11: monografia NIC 38.docx

(a) los costos de las remuneraciones a los empleados (según se definen en la NIC 19), derivados directamente de poner el activo en sus condiciones de uso;(b) honorarios profesionales surgidos directamente de poner el activo en sus

condiciones de uso; y(c) los costos de comprobación de que el activo funciona adecuadamente. NIC

38 (PAR. 28)

2.2. VALORACIÓN DE ACTIVOS PROCEDENTES DE UNA COMBINACIÓN DE NEGOCIOS

Aunque la NIC 38 menciona el criterio de reconocimiento y cálculo del valor razonable de un activo intangible procedente de una combinación de negocios, el tratamiento contable de este tipo de operaciones se recoge en la NIIF 3 (2008).

Las operaciones de adquisición van a permitir a la empresa adquirente, reconocer en su balance activos, pasivos y contingencias de la empresa adquirida, siempre y cuando sean identificables y cumplan una serie de requisitos adicionales según el tipo de elemento patrimonial. En el caso concreto que nos ocupa, los activos intangibles no sólo deben cumplir con la característica de identificabilidad sino que, además, su valor razonable debe poder estimarse de forma fiable. Si bien la norma no se refiere de manera explícita a la necesidad de garantizar la "probabilidad" de obtener beneficios económicos futuros procedentes del activo, la propia NIC 38 (par. 33) reconoce que este criterio queda garantizado por el simple hecho de poder calcular con fiabilidad el valor razonable del activo intangible.

(33)De acuerdo con la NIIF 3 Combinaciones de Negocios, cuando se adquiera un activo intangible en una combinación de negocios, su costo será su valor

razonable en la fecha de adquisición. El valor razonable de un activo intangible reflejará las expectativas de los participantes del mercado en la fecha de la

adquisición acerca de la probabilidad de que los beneficios económicos futuros incorporados al activo fluyan a la entidad. En otras palabras, la entidad

esperará que haya una entrada de beneficios económicos, incluso si existe incertidumbre sobre la fecha o el importe de éstos. Por tanto, el criterio de

reconocimiento de la probabilidad que figura en el párrafo 21(a), se considerará siempre satisfecho en el caso de activos intangibles adquiridos en una

combinación de negocios. Cuando un activo adquirido en una combinación de negocios sea separable o surja de derechos contractuales o de otro tipo legal,

existirá información suficiente para medir con fiabilidad su valor razonable.

Por tanto, el criterio de valoración de la fiabilidad incluido en el párrafo 21(b), se considerará siempre satisfecho en el caso de activos intangibles adquiridos

en las combinaciones de negocios. NIC 38 (PAR. 33)

11

Page 12: monografia NIC 38.docx

Para la estimación del valor razonable de los activos intangible, se tendrá en cuenta que:

(35)Cuando un activo intangible adquirido en una combinación de negocios sea separable o surja de derechos contractuales o de otro tipo, existirá información suficiente para medir con fiabilidad su valor razonable. Cuando exista un rango

de posibles resultados con diferentes probabilidades para las estimaciones empleadas para medir el valor razonable de un activo intangible, esa

incertidumbre se tendrá en cuenta en la medición del valor razonable del activo. NIC 38 (PAR. 35)

Además, en esta norma, se toman como referencia los precios de mercado como estimación más fiable del valor razonable, no obstante, la propia norma incluye otras alternativas posibles para el cálculo del valor razonable, de acuerdo a lo dispuesto en los siguientes párrafos de la presente NIC 38:

(36)Un activo intangible adquirido en una combinación de negocios podría ser separable, pero solo junto con un contrato relacionado, activo o pasivo identificable. En tales casos, el adquirente reconocerá el activo intangible

independientemente de la plusvalía, pero junto con la partida relacionada.(37) La entidad adquirente podrá reconocer un grupo de activos intangibles

complementarios como un solo activo siempre que los activos individuales tengan vidas útiles similares. Por ejemplo, los términos “marca” y

“denominación comercial” se emplean a menudo como sinónimos de marca registrada y otro tipo de marcas. Sin embargo, los primeros son términos

comerciales generales, normalmente usados para hacer referencia a un grupo de activos complementarios como una marca registrada (o marca de servicios) junto a un nombre comercial, fórmulas, componentes y experiencia tecnológica

asociados a dicha marca. NIC 38 (PAR. 36 Y 37)

Podemos decir entonces, que de acuerdo con la NIIF 3 "Combinaciones de Negocios", cuando se adquiera un activo intangible en una combinación de negocios, su costo será su valor razonable en la fecha de adquisición. El valor razonable de un activo intangible reflejará las expectativas de los participantes del mercado en la fecha de la adquisición acerca de la probabilidad de que los beneficios económicos futuros incorporados al activo fluyan a la entidad.

En otras palabras, la entidad esperará que haya una entrada de beneficios económicos, incluso si existe incertidumbre sobre la fecha o el importe de éstos.

12

Page 13: monografia NIC 38.docx

De acuerdo con la NIC 38 y la NIIF 3, la empresa adquirente reconocerá un activo intangible de la adquirida, en la fecha de la adquisición, de forma separada de la plusvalía, con independencia de que el activo haya sido reconocido por la adquirida antes de la combinación de negocios. Esto significa que la adquirente reconocerá como un activo, de forma separada de la plusvalía, un proyecto de investigación y desarrollo en curso de la adquirida si el proyecto satisface la definición de activo intangible. Un proyecto de investigación y desarrollo en proceso de la entidad adquirida cumplirá la definición de activo intangible cuando:

a) Cumpla la definición de activo; y

b) Sea identificable, es decir, sea separable o surja de derechos contractuales o de otro tipo legal.

Cuando un activo intangible adquirido en una combinación de negocios sea separable o surja de derechos contractuales o de otro tipo, existirá información suficiente para medir con fiabilidad su valor razonable. Cuando exista un rango de posibles resultados con diferentes probabilidades para las estimaciones empleadas para medir el valor razonable de un activo intangible, esa incertidumbre se tendrá en cuenta en la medición del valor razonable del activo.

Un activo intangible adquirido en una combinación de negocios podría ser separable, pero solo junto con un contrato relacionado, activo o pasivo identificable. En tales casos, el adquirente reconocerá el activo intangible independientemente de la plusvalía, pero junto con la partida relacionada.

La entidad adquirente podrá reconocer un grupo de activos intangibles complementarios como un solo activo siempre que los activos individuales tengan vidas útiles similares. Por ejemplo, los términos “marca” y “denominación comercial” se emplean a menudo como sinónimos de marca registrada y otro tipo de marcas. Sin embargo, los primeros son términos comerciales generales, normalmente usados para hacer referencia a un grupo de activos complementarios como una marca registrada (o marca de servicios) junto a un nombre comercial, fórmulas, componentes y experiencia tecnológica asociados a dicha marca.

2.3. LA ADQUISICIÓN MEDIANTE UNA SUBVENCIÓN DEL GOBIERNO.

13

Page 14: monografia NIC 38.docx

La NIC 38 (2004) en el párrafo 44 se refiere al tratamiento recogido en la NIC 20 para el reconocimiento de activos intangibles procedentes de subvenciones oficiales.

La Nic 20 recoge dos criterios de valoración para los activos adquiridos así como para la subvención obtenida: a) el valor razonable, como tratamiento de referencia; ó b) el valor simbólico más todos los gastos directamente atribuibles hasta la puesta en marcha del bien, como alternativa.

(44) En algunos casos, un activo intangible puede ser adquirido sin cargo alguno, o por una contraprestación simbólica, mediante una subvención del gobierno. Esto puede suceder cuando un gobierno transfiere o asigna a una entidad activos intangibles, tales como derechos de aterrizaje, licencias para explotar emisoras de radio o televisión, licencias de importación o bien cuotas

o derechos de acceso a otros recursos de carácter restringido. De acuerdo con la NIC 20 Contabilización de las Subvenciones del Gobierno e Información a

Revelar sobre Ayudas Gubernamentales, una entidad puede optar por reconocer, en el momento inicial, tanto el activo intangible como la subvención, por sus valores razonables. Si la entidad decidiese no reconocer inicialmente el activo por su valor razonable, reconocerá el activo, inicialmente, por un importe

nominal, (el otro tratamiento permitido en la NIC 20), más cualquier desembolso que sea directamente atribuible a la preparación del activo para el

uso que se pretende darle. NIC 38 (PAR. 44)

El valor razonable queda definido en la propia norma como “el precio que sería percibido por vender un activo o pagado por transferir un pasivo en una transacción no forzada entre participantes del mercado en la fecha de medición.” (NIC 38, par. 8). Según dispone la NIC 20, si se opta por reconocer el activo intangible y la correspondiente subvención por el valor razonable, ésta podrá reconocerse en el balance como un ingreso diferido o como deducciones del importe en libros de los activos con los que se relacionan. Asimismo, la imputación a resultados se realizará a lo largo de la vida útil del activo, reconociéndose como ingreso del ejercicio o como menor valor debido a la amortización, tal como se mostrará (NIC 20, par. 26 y 27):

(26) Un método reconoce las subvenciones como ingreso diferido, que se reconoce en resultados sobre una base sistemática a lo largo de la vida útil del

correspondiente activo. (27) El otro método deduce la subvención al calcular el importe en libros del

correspondiente activo. La subvención se reconoce en resultados a lo largo de la vida de un activo que se amortiza como una reducción del gasto por

depreciación. (NIC 20, PAR. 26 Y 27)

2.4. PERMUTA DE ACTIVOS

14

Page 15: monografia NIC 38.docx

La NIC 38 nos manifiesta sobre el criterio de valoración utilizando de forma prioritaria el criterio del valor razonable, siempre y cuando se cumplan dos condiciones : a) que la operación tenga carácter comercial; y b) el valor razonable del bien entregado o del bien recibido puedan ser estimados de forma fiable . En ambos casos, la propia norma se ocupa de recoger las condiciones necesarias para que pueda confirmarse tanto el carácter comercial de la operación (NIC 38, par. 46) como la fiabilidad en la estimación realizada de los valores razonables de los activos. Además, la NIC 38 añade que, en los casos en que se pueda aplicar el criterio del valor razonable, se tomará como referencia el valor del activo entregado, salvo que "se tenga una evidencia más clara del valor razonable del activo recibido"(NIC 38, par. 47).

(46) Una entidad determinará si una transacción de intercambio tiene carácter comercial mediante la consideración de la medida en que se espera que

cambien sus flujos de efectivo futuros como resultado de la transacción.(…)(47) En el apartado (b) del párrafo 21 se especifica que una condición para el reconocimiento de un activo intangible es que el costo de dicho activo pueda ser medido con fiabilidad. El valor razonable de un activo intangible, puede

medirse con fiabilidad si (a) la variabilidad en el rango de las mediciones del valor razonable del activo no es significativa, o (b) las probabilidades de las

diferentes estimaciones, dentro de ese rango, pueden ser evaluadas razonablemente y utilizadas en la medición del valor razonable. Si la entidad es capaz de medir de forma fiable los valores razonables del activo recibido o del

activo entregado, se utilizará el valor razonable del activo entregado para medir el costo del activo recibido, a menos que se tenga una evidencia más clara del

valor razonable del activo recibido. (NIC 38, PAR. 46 Y 47)

2.5. PLUSVALÍA O “GOODWILL”GENERADO INTERNAMENTE

15

Page 16: monografia NIC 38.docx

Se entenderá por plusvalía mercantil o crédito mercantil (“goodwill”) a la diferencia positiva sustentable entre el costo de adquisición de las acciones y el valor patrimonial proporcional de tales acciones, obtenido de los estados financieros de la receptora de la inversión, correspondientes al mes inmediato anterior a la fecha de la negociación. En el caso de que el goodwill surja de las combinaciones de negocios, ya no será contabilizada por ésta Norma, sino, por la NIIF 3 Combinaciones de Negocios párrafos 10, 11 y 12.

(10) A la fecha de adquisición, la adquirente reconocerá, por separado de la plusvalía, los activos identificables adquiridos, los pasivos asumidos y cualquier participación no controladora en la adquirida. El reconocimiento de los activos

identificables adquiridos y de los pasivos asumidos estará sujeto a las condiciones especificadas en los párrafos 11 y 12.

(11) Para cumplir las condiciones de reconocimiento como parte de la aplicación del método de la adquisición, los activos identificables adquiridos y

los pasivos asumidos deben satisfacer, a la fecha de la adquisición, las definiciones de activos y pasivos del Marco Conceptual para la Preparación y

Presentación de los Estados Financieros (…) (12) Además, para cumplir las condiciones para el reconocimiento como parte

de la aplicación del método de la adquisición, los activos identificables adquiridos y los pasivos asumidos deben ser parte de lo que la adquirente y la adquirida (o sus anteriores propietarios) intercambiaron en la transacción de la

combinación de negocios y no el resultado de transacciones separadas (…) (NIIF 3, párrafos 10, 11, 12)

Haciendo una inclusión a la información, existe también la plusvalía mercantil negativa o minusvalía mercantil (“BADWILL”) que vendría a ser la diferencia negativa sustentable entre el costo de adquisición de las acciones y el valor patrimonial proporcional de tales acciones, obtenido de los estados financieros de la receptora de la inversión, correspondientes al mes inmediato anterior a la fecha de la negociación. 

El “goodwill” que se genera internamente en la entidad, no será reconocido como un activo porque no es un activo identificable, no ven un beneficio económico. Véase en el párrafo 49 de la NIC 38.

(49) En algunos casos, se incurre en desembolsos para generar beneficios económicos futuros, sin que por ello se genere un activo intangible que cumpla con los criterios de reconocimiento establecidos en esta Norma. A menudo, se

dice que estos desembolsos contribuyen a formar un “goodwill” generado internamente. El “goodwill” generado por la propia entidad no se reconoce

como un activo porque no es un recurso identificable (es decir, no es separable ni surge de derechos contractuales o derechos legales de otros tipo),

controlado por la entidad, que pueda ser valorizado de forma fiable a su costo.

16

Page 17: monografia NIC 38.docx

Algunas veces es dificultoso identificar a un activo que es generado internamente y que cumpla los criterios para que pueda ser reconocido como un activo porque no se sabe cuándo aparecerá un activo de esta naturaleza y se tendría que analizar si es que generaría futuros beneficios económicos. El párrafo 51 de la NIC 38 nos menciona los problemas por lo que se hace difícil su reconocimiento.

(51) A veces, es difícil evaluar si un activo intangible generado internamente cumple los criterios para su reconocimiento como activo, a consecuencia de los

problemas para:(a) determinar si, y en qué momento, surge un activo identificable del que se

vaya a derivar, la generación de beneficios económicos en el futuro; y(b) establecer el costo del activo de forma fiable. En ciertos casos, el costo de generar un activo intangible internamente no puede distinguirse del costo de

mantener o mejorar el “goodwill” generado internamente, ni tampoco del costo que supone llevar a cabo diariamente las actividades de la entidad.

Por lo tanto, además de cumplir con los requerimientos para el reconocimiento y valorización inicial de un activo intangible, la entidad aplica las condiciones y guías establecidas en los párrafos 52 al 67, para todos los activos intangibles

generados de forma interna.

Es más para decir que, también se encuentra especificado en la NIC 38 (párrafo 63) que: No se reconocerán como activos intangibles las marcas, los títulos de periódicos o revistas, los sellos o denominaciones editoriales, las listas de clientes u otras partidas similares que se hayan generado internamente. Ya que no son considerados por su parte como activos identificables y por lo dispuesto en el párrafo 64.

(64) Los desembolsos incurridos para la generación interna de marcas, títulos de periódicos, sellos o denominaciones editoriales, listas de clientes u otras

partidas similares, no pueden distinguirse del costo de desarrollar la actividad empresarial en su conjunto. Por lo tanto, estas partidas no se reconocerán

como activos intangibles. (NIC 38, par. 64)

Así mismo, para el costo de un activo intangible generado internamente dirigido a los activos que se valorizarán inicialmente al costo (párrafo 24) será el resultado de los desembolsos que se hayan incurrido, el párrafo 65 nos explica que:

(65) El costo de un activo intangible generado internamente para los efectos del párrafo 24, será la suma de los desembolsos incurridos desde el momento

en que el activo intangible cumple las condiciones para su reconocimiento, establecidas en los párrafos 21, 22 y 57.

17

Page 18: monografia NIC 38.docx

El párrafo 71 prohíbe la reintegración, en forma de elementos del activo, de los desembolsos reconocidos previamente como gastos.

Aunque, sólo en algunos casos, los desembolsos se hacen para proporcionar beneficios económicos a la entidad sin que se genere o adquiera un activo intangible y por lo tanto no ser reconocido como tal. En el párrafo 69 nos muestra algunos ejemplos de desembolsos que no son reconocidos en una combinación de negocios tales como:

(a) desembolsos de iniciación (esto es, costos de puesta en marcha de operaciones), salvo que los desembolsos correspondientes formen parte del costo de una partida del activo fijo, siguiendo lo establecido en la NIC 16. Los gastos de iniciación pueden consistir en costos de inicio de actividades, tales

como costos legales y administrativos incurridos en establecer una entidad con personalidad jurídica, desembolsos necesarios para abrir una nueva

instalación, o negocio (esto es, costos de preapertura), o bien desembolsos para iniciar nuevas operaciones de lanzamiento de nuevos productos o

procesos (esto es, costos previos a la operación);(b) desembolsos en actividades de entrenamiento.

(c) desembolsos en publicidad y otras actividades promocionales.(d) desembolsos de reubicación o reorganización de una parte o la totalidad de

una entidad. (Párrafo 69, NIC 38)

A demás, los costos de estos activos intangibles de manera “normal”, se considerarán todos los gastos para beneficios de la entidad y son gastos que se consideran necesarios para su continuo desarrollo. (Párrafo 66)

(66) El costo de un activo intangible generado internamente comprenderá todos los costos directamente atribuibles necesarios para crear, producir y

preparar el activo para que pueda operar de la forma prevista por la Administración. Ejemplos de costos directamente atribuibles son:

(a) los costos de materiales y servicios utilizados o consumidos en la generación del activo intangible;

(b) los costos de los beneficios a los empleados (según se definen en la NIC 19 Beneficios a los Empleados) derivadas de la generación del activo intangible;

(c) los honorarios para registrar los derechos legales; y(d) la amortización de patentes y licencias que se utilizan para generar activos

intangibles.En la NIC 23 Costos de Financiamiento, se establecen los criterios para el reconocimiento de los costos de financiamiento como componentes del costo

de los activos intangibles generados internamente.

Pero también están clasificados los costos que no son considerados dentro del

18

Page 19: monografia NIC 38.docx

costo de activos intangibles generados internamente (NIC 38, párrafo 67), tales como:

(a) los gastos administrativos, de venta u otros gastos indirectos de carácter general, salvo que su desembolso pueda ser directamente atribuido a la

preparación del activo para su uso;(b) las ineficiencias, identificadas, y las pérdidas operativas iniciales en las que se haya incurrido antes que el activo alcance el desempeño normal esperado;

y(c) los gastos de entrenamiento del personal que ha de operar con el activo.

(NIC 38, Párrafo 67).

2.5.1 OTROS ACTIVOS GENERADOS INTERNAMENTE

Será necesario que las empresas tengan muy claro el tipo de actividades pertenecientes a la "fase de investigación" o a la "fase de desarrollo", porque las primeras no podrán, bajo ninguna circunstancia, ser capitalizadas de acuerdo a lo dispuesto en la NIC 38 . Además, si la empresa no es capaz de diferenciar entre ambas fases, se verá obligada a considerar que todos los desembolsos incurridos, forman parte de la fase de investigación y por lo tanto, tendrá que imputarlos al resultado del ejercicio (NIC 38 , par . 53)

La NIC 38 diferencia las actividades de investigación y desarrollo adquiridas a terceros de las realizadas por la empresa como parte del proceso de generación interna de un activo intangible. Así, la norma se refiere a la necesidad de distinguir entre la "fase de investigación" y la "fase de desarrollo" para el posible reconocimiento de los activos intangibles generados internamente por la empresa.

La "investigación" se define como todo " es todo aquel estudio original y planificado, emprendido con la finalidad de obtener nuevos conocimientos científicos o tecnológicos. " (NIC 38 , par. 8) .Entonces, La NIC 38 obliga a la empresa a cargar directamente a resultados todos los gastos procedentes de la fase de investigación, debido a que “la entidad no puede demostrar que exista un activo intangible que pueda generar probables beneficios económicos en el futuro”, el cual es una condición necesaria e indispensable para el reconocimiento de cualquier activo intangible, y, por lo tanto, los gastos incurridos deben imputarse directamente a resultados, , y bajo ninguna circunstancia capitalizados, tal como especifica esta norma:

19

Page 20: monografia NIC 38.docx

(54) No se reconocerán activos intangibles surgidos de la investigación (o de la fase de investigación en proyectos internos). Los desembolsos por

investigación (o en la fase de investigación, en el caso de proyectos internos), se reconocerán como gastos del periodo en el que se incurran.

(55) En la fase de investigación de un proyecto interno, la entidad no puede demostrar que exista un activo intangible que pueda generar probables

beneficios económicos en el futuro. Por lo tanto, los desembolsos correspondientes se reconocerán como gastos en el momento en que se

produzcan. NIC 38 (PAR. 54 Y 55)

La fase de "desarrollo" representa un estado más avanzado frente a la de "investigación" (NIC 38, par. 58) y permite abrir la puerta a la capitalización de los desembolsos incurridos en ella, siendo además obligatorio, si se cumplen todas las condiciones recogidas en la norma (NIC 38, Par.57). La empresa debe demostrar su intención y capacidad financiera para terminar el proyecto, la posibilidad de vender el activo, así como realizar una estimación fiable los beneficios económicos que se esperan obtener de él. Es importante señalar que respecto a los criterios de es totalmente obligatorio.

(57) Un activo intangible surgido del desarrollo (o de la fase de desarrollo en un proyecto interno), se reconocerá como tal si, y sólo si, la entidad puede

demostrar todos los extremos siguientes:(a) Técnicamente, es posible completar la producción del activo intangible de

forma que pueda estar disponible para su utilización o su venta.(b) Su intención de completar el activo intangible en cuestión, para usarlo o

venderlo.(c) Su capacidad para utilizar o vender el activo intangible.

(d) La forma en que el activo intangible vaya a generar probables beneficios económicos en el futuro. Entre otras cosas, la entidad debe demostrar la

existencia de un mercado para la producción que genere el activo intangible o para el activo en sí, o bien, en el caso de que vaya a ser utilizado

internamente, la utilidad del mismo para la entidad.(e) La disponibilidad de los adecuados recursos técnicos, financieros o de otro tipo, para completar el desarrollo y para utilizar o vender el activo intangible.

(f) Su capacidad para medir, de forma fiable, el desembolso atribuible al activo intangible durante su desarrollo. NIC 38 (PAR. 57)

(58) En la fase de desarrollo de un proyecto interno, la entidad puede, en algunos casos, identificar un activo intangible y demostrar que el mismo puede generar probables beneficios económicos en el futuro. Esto se debe a que la

fase de desarrollo en un proyecto cubre etapas más avanzadas que la fase de investigación. NIC 38 (PAR. 58)

20

Page 21: monografia NIC 38.docx

La NIC 38 hace mención a los posibles desembolsos posteriores en los que incurra la empresa tras el reconocimiento inicial de un activo, ya sea adquirido o generado internamente. Se establece que deberán cargarse directamente a resultados, salvo que los desembolsos permitan obtener beneficios económicos adicionales a los inicialmente previstos en el momento de su reconocimiento y además, puedan ser calculados y asignados al activo intangible correspondiente de forma fiable.

(60) Para demostrar si un activo intangible puede generar probables beneficios económicos futuros, la entidad evaluará los rendimientos económicos que se

recibirán del mismo, utilizando los principios establecidos en la NIC 36 Deterioro del Valor de los Activos. Si el activo sólo generase rendimientos

cuando actúe en combinación con otros activos, la entidad aplicará el concepto de unidad generadora de efectivo, establecido en la NIC 36. NIC 38 (PAR. 60)

Por su parte, la NIC 38 (párrafo 20) señala la excepcionalidad del reconocimiento de desembolsos posteriores como parte del valor del activo intangible. Según esta norma, no todos los desembolsos en los que incurre la empresa derivan en la adquisición o generación interna de activos intangibles. Existen casos particulares en los que, a pesar de contribuir a la generación de beneficios económicos, el esfuerzo monetario realizado no conlleva la adquisición de ningún recurso que cumpla con las condiciones necesarias para su reconocimiento, estos desembolsos tan sólo permiten mantener los niveles de beneficios económicos esperados y su asignación al activo de forma fiable entraña gran dificultad. Por este motivo, la NIC 38 considera que, salvo en casos muy excepcionales, los desembolsos incurridos con posterioridad al reconocimiento inicial de un activo no podrán ser capitalizados y deberán cargarse a resultados.

La única excepción a los dispuesto anteriormente es la posibilidad de capitalizar los desembolsos en actividades de desarrollo de un proyecto de I+D en curso procedente de una operación de adquisición, siempre y cuando se cumplan las condiciones generales de capitalización de las actividades de desarrollo dispuestas en la NIC 38.

(20) La naturaleza de los activos intangibles es tal que, en muchos casos, no existe posibilidad de realizar adiciones al activo en cuestión o sustituciones de

partes del mismo. Consiguientemente, la mayoría de los desembolsos posteriores se hacen, probablemente, para mantener los futuros beneficios

económicos esperados incorporados a un activo intangible existente, pero no satisfacen la definición de activo intangible ni los criterios de reconocimiento

contenidos en esta Norma. Además, a menudo es más difícil atribuir un desembolso posterior directamente a un activo intangible determinado que a la

entidad como un todo.

21

Page 22: monografia NIC 38.docx

Por tanto, sólo en raras ocasiones, los desembolsos posteriores—desembolsos efectuados tras el reconocimiento inicial de un activo intangible adquirido o

después de completar un activo intangible generado internamente—se reconocerán en el importe en libros del activo. De acuerdo con el párrafo 63,

los desembolsos posteriores sobre marcas, cabeceras de periódicos o revistas, denominaciones editoriales, listas de clientes u otras partidas similares (hayan

sido adquiridas externamente o generadas internamente) se reconocerán siempre en el resultado del periodo en el que se incurran.

Esto es así porque tales desembolsos no pueden distinguirse de los desembolsos para desarrollar el negocio considerado en su conjunto. NIC 38

(PAR. 20)

22

Page 23: monografia NIC 38.docx

CAPITULO III

VALORIZACIÓN DE LOS ACTIVOS INTANGIBLES TRAS SU RECONOCIMIENTO INICIAL: REVALORIZACIÓN,

AMORTIZACIÓN, DETERIORO DE VALOR Y ENAJENACIÓN

Una vez analizados los distintos criterios aplicables al reconocimiento inicial de los activos intangibles, este apartado se ocupa del criterio de valoración que debe aplicarse con posterioridad. La NIC 38 ofrece dos alternativas: a) el modelo del coste; ó b) el modelo de revalorización. En el primero de ellos, el activo quedará valorado por su coste menos su amortización y las pérdidas por deterioro del valor acumuladas. En el segundo de los modelos indicados, el coste del activo se actualiza por su valor razonable.

Este apartado analiza en detalle el tratamiento recogido para la amortización, el deterioro del valor de los activos, así como la alternativa de revalorización a la que acabamos de referirnos. Asimismo, es importante señalar lo dispuesto en la NIC 38 respecto a los desembolsos realizados en un activo una vez éste ha sido reconocido ya que, "sólo en raras ocasiones", podrán reconocerse como parte del valor en libros porque, normalmente, este tipo de desembolsos no cumplen con los criterios generales de reconocimiento y sólo contribuyen a mantener los beneficios económicos futuros, pero no a mejorarlos.

3.1. REVALORIZACIÓN DE LOS ACTIVOS INTANGIBLES

La NIC 38 permite la revaloración de activos intangibles cuando ésta se realice para todos los activos de la misma naturaleza y de forma simultánea. De esta forma, la norma evita revalorizaciones selectivas así como valores referidos a fechas distintas. El valor razonable, que debe proceder del valor del bien en un mercado activo, es el criterio que debe aplicarse en la revalorización, aunque la propia norma reconoce la dificultad que en muchos casos puede existir para encontrar precios de mercado para los activos intangibles. Por este motivo, se permite mantener el modelo del coste de algún activo en particular, cuando la empresa es incapaz de determinar su valor razonable.

(75)Con posterioridad al reconocimiento inicial, un activo intangible se contabilizará por su valor revaluado, que es su valor razonable, en el momento de la revaluación, menos la amortización acumulada, y el importe acumulado

de las pérdidas por deterioro del valor que haya sufrido. Para fijar el importe de las revaluaciones según esta Norma, el valor razonable se medirá por

referencia a un mercado activo.

23

Page 24: monografia NIC 38.docx

Las revaluaciones se harán con suficiente regularidad, para asegurar que el importe en libros del activo, al final del periodo sobre el que se informa, no

difiera significativamente del que podría determinarse utilizando el valor razonable.(NIC 38, PAR.75)

La frecuencia con la que deben realizarse las revalorizaciones dependerá dela volatilidad del valor razonable, y si la empresa no pudiese continuar estimándolo, por desaparecer el mercado de referencia, el activo permanecerá en el balance societario con el valor de la última revalorización menos la amortización acumulada y las pérdidas por deterioro de valor.

(82) Si no pudiera seguir midiéndose el valor razonable de un activo intangible, por faltar el mercado activo que sirve de referencia, el importe en libros del elemento será el importe revaluado, en la fecha de la última revaluación por

referencia al mercado activo, menos la amortización acumulada y las pérdidas por deterioro del valor acumuladas.(NIC 38, PAR.82)

La propia NIC 38 - par. 83- añade además, que la desaparición del mercado activo para un bien, sugiere la posibilidad de que el activo haya sufrido un deterioro de su valor y que por ello, deban aplicarse las normas recogidas en la NIC 36.

(83) El hecho de que no siga existiendo un mercado activo para proceder a revaluar un elemento del activo intangible, puede indicar que el valor de dicho activo se ha deteriorado, y por tanto que es preciso aplicar el contenido de la

NIC 36.(NIC 38, PAR.83)

En el registro contable, el importe de la revalorización debe llevarse a una reserva de revalorización cuyo valor fluctuará al alza o a la baja en sucesivas revalorizaciones. No habrá impacto en la cuenta de pérdidas y ganancias salvo en dos casos concretos: a) si el importe de la reserva no es suficiente para reconocer una disminución en el valor del activo; ó b) cuando la revalorización sea una reversión de una disminución de valor anterior, reconocida en la cuenta de resultados. Asimismo, en toda revalorización, la amortización acumulada debe ajustarse, reexpresándose o eliminándose con la correspondiente actualización del valor del activo, para que el nuevo valor neto contable del activo sea igual a su importe revalorizado (NIC 38, par. 80)

(80) Cuando se revalúa un activo intangible, la amortización acumulada hasta la fecha de la revaluación puede ser tratada de dos maneras:

(a) reexpresada proporcionalmente al cambio en el importe en libros bruto del activo, de manera que el importe en libros del mismo después de la

revaluación sea igual a su importe revaluado; o

24

Page 25: monografia NIC 38.docx

(b) Eliminada contra el importe en libros bruto del activo, de manera que lo que se reexpresa es el importe neto resultante, hasta alcanzar el importe revaluado

del activo.(NIC 38, PAR.80)

3.2. LA AMORTIZACIÓN DE LOS ACTIVOS INTANGIBLES

Tal y como indica la NIC 38 en su párrafo 89, la vida útil del activo determina la forma en que éste va a contabilizarse ya que existen dos tratamientos distintos, según la vida útil del activo intangible sea considerada finita o indefinida.

(89) La contabilización de un activo intangible se basa en su vida útil. Un activo intangible con una vida útil finita se amortiza (véase los párrafos 97 a 106), mientras que un activo intangible con una vida útil indefinida no se amortiza (véanse los párrafos 107 a 110). Los ejemplos ilustrativos que acompañan a esta Norma ilustran la determinación de la vida útil para diferentes activos

intangibles, y la posterior contabilización de dichos activos sobre la base de las determinaciones de la vida útil. (NIC 38, PAR.89)

La normativa anterior sobre intangibles, no permitía considerar la vida útil de un activo como indefinida, sin embargo, en la redacción de la actual NIC 38 , se consideró necesario reconocer que en muchos casos no puede determinarse el período en el que van a obtenerse los beneficios económicos procedentes del activo y que, por lo tanto, la vida útil de algunos activos intangibles debe considerarse indefinida. Con el objeto de poder determinar la vida útil del activo, la NIC 38 en su párrafo 90 incluye distintos factores a tener en cuenta, relacionados con la obsolescencia técnica del activo, el ciclo de vida del producto, la estabilidad de la industria y la utilización que la empresa espera dar al bien .

(90) Para determinar la vida útil de un activo intangible, es preciso considerar muchos factores, entre los que figuran:

(a) la utilización esperada del activo por parte de la entidad, así como si el elemento podría ser gestionado de forma eficiente por otro equipo directivo

distinto;(b) los ciclos típicos de vida del producto, así como la información pública

disponible sobre estimaciones de la vida útil, para tipos similares de activos que tengan una utilización parecida;

(c) la incidencia de la obsolescencia técnica, tecnológica, comercial o de otro tipo;

(d) la estabilidad de la industria en la que opere el activo, así como los cambios en la demanda de mercado para los productos o servicios fabricados con el

activo en cuestión;

25

Page 26: monografia NIC 38.docx

(e) las actuaciones esperadas de los competidores, ya sean actuales o potenciales;

(f) el nivel de los desembolsos por mantenimiento necesarios para conseguir los beneficios económicos esperados del activo, así como la capacidad y

voluntad de la entidad para alcanzar ese nivel;(g) el periodo en que se controle el activo, si estuviera limitado, así como los límites, ya sean legales o de otro tipo, sobre el uso del elemento, tales como

las fechas de caducidad de los arrendamientos relacionados con él; y(h) si la vida útil del activo depende de las vidas útiles de otros activos

poseídos por la entidad.

Los activos intangibles cuya vida útil se considere indefinida no tendrán que amortizarse, pero deberán someterse a las pruebas de deterioro de valor dispuestas en la NIC 36. Además, la empresa deberá evaluar anualmente si continúan dándose las condiciones que llevaron a determinar el carácter indefinido de su vida útil.

(107) Los activos intangibles con una vida útil indefinida no se amortizarán.(108) Según la NIC 36, la entidad comprobará si un activo intangible con una

vida útil indefinida ha experimentado una pérdida por deterioro del valor comparando su importe recuperable con su importe en libros

(a) anualmente, y (b) en cualquier momento en el que exista un indicio de que el activo puede haber deteriorado su valor.

(109) La vida útil de un activo intangible que no está siendo amortizado se revisará cada periodo para determinar si existen hechos y circunstancias que

permitan seguir manteniendo una vida útil indefinida para ese activo. Si no existen esas circunstancias, el cambio en la vida útil de indefinida a finita se contabilizará como un cambio en una estimación contable, de acuerdo con la

NIC 8.(110) Con arreglo a la NIC 36, reconsiderar la vida útil de un activo intangible como finita, en lugar de como indefinida, es un indicio de que el activo puede

haber visto deteriorado su valor. Como consecuencia, la entidad comprobará si el valor del activo se ha deteriorado, comparando su importe recuperable,

determinado de acuerdo con la NIC 36, con su importe en libros, y reconociendo cualquier exceso del importe en libros sobre el importe

recuperable como una pérdida por deterioro del valor.(NIC 38, PAR. 107-110)

La NIC 38 con respecto al tratamiento de la amortización para los bienes con una vida útil limitada – “finita”- debe evaluarse la vida útil del bien, calcular su valor residual y aplicar sobre la base de amortización el método de amortización seleccionado . Sin embargo, la NIC 38 vuelve a recoger con mayor grado de detalle la forma de aplicación de sus criterios generales.

26

Page 27: monografia NIC 38.docx

Así, en relación al valor residual, la NIC 38 supone que éste será nulo excepto cuando : a) exista un compromiso por parte de un tercero para comprar el bien al final de la vida útil; ó b) exista un mercado activo sobre el que poder determinar el valor residual del activo al final de su vida útil. Si no se cumplen alguna de las dos condiciones anteriores, se presume que el valor residual no puede ser calculado y por lo tanto es nulo . Además, la NIC 38 obliga a revisar anualmente el valor residual del activo y abre la posibilidad de reconocer un valor residual superior al importe en libros, generando cargos nulos por amortización (NIC 38, par. 103).

(103) El valor residual de un activo intangible podría aumentar hasta un importe igual o mayor que el importe en libros del activo. En ese caso, el cargo por amortización del activo será nulo, a menos y hasta que, su valor residual

disminuya posteriormente hasta un importe inferior al importe en libros del activo.(NIC 38, PAR.103)

Otro de los matices destacables se refiere a los métodos de amortización aplicables. Además, la (NIC 38, par. 97) obliga a aplicar el método lineal cuando no pueda determinarse de forma fiable el patrón de consumo de los beneficios económicos procedentes del activo. De acuerdo a este mismo párrafo, la amortización del activo continuará hasta que el bien sea clasificado como disponible para su venta, según la NIIF 5, o sea retirado del balance de la compañía.

(97) El importe depreciable de un activo intangible con una vida útil finita, se distribuirá sobre una base sistemática a lo largo de su vida útil. La amortización

comenzará cuando el activo esté disponible para su utilización, es decir, cuando se encuentre en la ubicación y condiciones necesarias para que pueda operar de la forma prevista por la gerencia. La amortización cesará en la fecha

más temprana entre aquélla en que el activo se clasifique como mantenido para la venta (o incluido en un grupo de activos para su disposición que se

haya clasificado como mantenido para la venta) de acuerdo con la NIIF 5, y la fecha en que se produzca la baja en cuentas del mismo. El método de

amortización utilizado reflejará el patrón de consumo esperado, por parte de la entidad, de los beneficios económicos futuros derivados del activo. Si este patrón no pudiera ser determinado de forma fiable, se adoptará el método

lineal de amortización. El cargo por amortización de cada período se reconocerá en el resultado del periodo, a menos que otra Norma permita o

exija que dicho importe se incluya en el importe en libros de otro activo.(NIC 38, PAR.97)

27

Page 28: monografia NIC 38.docx

3.3. EL DETERIORO DE VALOR DE LOS ACTIVOS INTANGIBLES

Para la valoración y reconocimiento del deterioro de valor de los activos intangibles, incluido la plusvalía, la NIC 38 y la NIIF 3 , se refieren al contenido de la NIC 36, donde se recoge el procedimiento a seguir en su evaluación y reconocimiento contable es, para las primeras, se deberá dotar la correspondiente provisión por la parte no recuperable del valor neto contable del bien ; es decir, por su diferencia respecto al valor de mercado del activo, mientras que en el caso de un deterioro irreversible, el valor del activo deberá corregirse, registrando la pérdida de valor como un gasto extraordinario del ejercicio.

El procedimiento de cálculo de las pérdidas irreversibles según la NIC 36 (2004), ésta se ocupa tanto del registro contable como del procedimiento a seguir en la evaluación del deterioro de valor sufrido por un activo.Si observamos el contenido de la NIC 36 (2004), en la evaluación del deterioro de valor de un activo deben seguirse tres etapas: 1) identificación de los activos que podrían estar deteriorados; 2) estimación del valor recuperable del activo; y 3) registro contable de la pérdida por deterioro.

En la primera de las etapas señaladas, en la que deben identificarse los activos cuyo valor puede haberse deteriorado, se tendrán en cuenta como mínimo, las fuentes externas e internas señaladas en la NIC 36 (NIC 36, PAR.12-14). Este análisis deberá realizarse en cada fecha de cierre del balance y si se confirma algún indicio de deterioro, se procederá a estimar el importe recuperable del activo en cuestión. Además, en el caso de la plusvalía, los activos intangibles con una vida útil indefinida así como los activos intangibles en curso, la empresa tiene que estimar su valor recuperable anualmente y siempre en la misma fecha.(NIC 36, PAR.10 Y PAR.96).

(10) Con independencia de la existencia de cualquier indicio de deterioro del valor, la entidad deberá también: (a) Comprobar anualmente el deterioro del valor de cada activo intangible con una vida útil indefinida, así como de los

activos intangibles que aún no estén disponibles para su uso, comparando su importe en libros con su importe recuperable. Esta comprobación del deterioro

del valor puede efectuarse en cualquier momento dentro del periodo anual, siempre que se efectúe en la misma fecha cada año.(…)

(b) Comprobar anualmente el deterioro del valor de la plusvalía adquirida en una combinación de negocios, de acuerdo con los párrafos 80 a 99.

(96) La comprobación anual del deterioro del valor para una unidad generadora de efectivo a la que se haya asignado una plusvalía podrá efectuarse en

28

Page 29: monografia NIC 38.docx

cualquier momento durante un periodo anual, siempre que se realice en la misma fecha cada año(…)(NIC 38, PAR.10 Y PAR.96).

El valor recuperable de un activo es el mayor entre su valor de uso y su valor razonable menos los costes asociados a la venta.

(6)Importe recuperable de un activo o de una unidad generadora de efectivo es el mayor entre su valor razonable menos los costos de venta y su valor en uso.

(NIC 36, PAR.6)

De forma general, siempre que existan indicios suficientes, o sea obligatoria su estimación, la empresa deberá calcular ambos (NIC 36, PAR.20 Y PAR.21), siendo el de mayor importe el valor recuperable del activo. Sin embargo, no siempre será necesario realizar cada año un nuevo cálculo del valor razonable. Se podrá utilizar el inmediatamente anterior, siempre que fuese significativamente superior al valor en libros del activo y además, durante el tiempo transcurrido desde el último cálculo, no haya tenido lugar ninguna circunstancia que pudiese haber provocado una reducción de la diferencia. Además, si el valor recuperable se hubiese calculado para toda una unidad generadora de efectivo, los activos y pasivos que componen la unidad no pueden haber cambiado significativamente desde que se realizó el último cálculo (NIC 36 , par. 24) .

La norma recoge en detalle las directrices que deben seguirse en el cálculo del valor de uso y el valor razonable menos los costes de venta. El cálculo del valor de uso es el que presenta una mayor dificultad, poniendo la norma mayor énfasis sobre su forma de cálculo; a dicho respecto la empresa tendrá que estimar los futuros flujos de efectivo derivados del activo, así como el tipo de descuento, compuesto este último por el valor temporal del dinero y por los riesgos específicos del activo (NIC 36, par. 55).

(55) La tasa o tasas de descuento a utilizar serán las tasas antes de impuestos, que reflejen las evaluaciones actuales del mercado

correspondientes: (a) al valor temporal del dinero; y (b) de los riesgos específicos del activo para los cuales las estimaciones de flujos de efectivo

futuros no hayan sido ajustadas.(NIC 36. PAR.55)

En el cálculo de los flujos de efectivo futuros (No se permite considerar como parte de los flujos de efectivo las entradas y salidas de efectivo por actividades de financiación, los cobros y pagos del impuesto sobre las ganancias ni los flujos netos que se esperan tengan lugar por una posible reestructuración futura o una mejora en el rendimiento del activo - NIC 36 , par. 44 y 50) se tendrá en cuenta el estado actual del bien y se incluirán las proyecciones de entradas y salidas de efectivo derivadas de su uso y

29

Page 30: monografia NIC 38.docx

mantenimiento, así como los flujos netos derivados de su enajenación o disposición al final de su vida útil (NIC 36, par. 39).

(39) Las estimaciones de los flujos de efectivo futuros incluirán: (a) proyecciones de entradas de efectivo procedentes de la utilización continuada

del activo; (b) proyecciones de salidas de efectivo en las que sea necesario incurrir para generar las entradas de efectivo por la utilización continuada del

activo (incluyendo, en su caso, los pagos que sean necesarios para preparar al activo para su utilización), y puedan ser atribuidas directamente, o distribuidas según una base razonable y uniforme, a dicho activo; y NIC 36 © IASCF 1711 (c) los flujos netos de efectivo que, en su caso, se recibirían (o pagarían) por la

disposición del activo, al final de su vida útil.(NIC 36, PAR.39)

Además, en las proyecciones a futuro de los flujos de efectivo se deberán utilizar hipótesis razonables y fundamentadas, pudiendo utilizarse los presupuestos financieros más recientes de la empresa, extrapolando las proyecciones a largo plazo con tasas de crecimiento nulas o decrecientes, tal como se menciona en la NIC 36, par. 33.

La segunda de las medidas de estimación del valor recuperable del activo se refiere al valor razonable menos los costes asociados a la venta o disposición del activo. Para esta medida, la norma considera como mejor evidencia, el precio de venta neto derivado de un compromiso formal, realizado en condiciones de independencia (NIC 36, par. 25).

(25) La mejor evidencia del valor razonable del activo menos los costos de venta es la existencia de un precio, dentro de un compromiso formal de venta,

en una transacción realizada en condiciones de independencia mutua, ajustado por los costos incrementales directamente atribuibles a la disposición del

activo.(NIC 36, PAR.25)

Sin embargo, si no fuese posible estimarlo de esta forma, podrán utilizarse los precios de mercado o transacciones recientes con activos similares en el mismo sector industrial.

Una vez terminadas la primera y segunda etapa y si el valor recuperable es inferior al valor en libros del activo, debe estimarse por diferencia el importe de la pérdida por deterioro y proceder a su reconocimiento contable. Para ello, debe reducirse el valor en libros del activo hasta su valor recuperable y reconocer la pérdida por deterioro en el resultado del ejercicio. Sólo en el caso de activos revalorizados, la pérdida se imputará a la reserva de revalorización del activo correspondiente, imputándose sólo el exceso sobre ésta a los resultados hasta reconocer la pérdida por deterioro del valor del activo en su

30

Page 31: monografia NIC 38.docx

totalidad.

Asimismo, la norma permite la reversión de las pérdidas por deterioro del valor cuando así lo indiquen los cálculos del valor recuperable en los ejercicios siguientes. No obstante, la citada reversión nunca podrá dar lugar a un valor en libros superior al que el activo hubiese tenido si no se hubiesen reconocido pérdidas por deterioro del valor en ejercicios anteriores. Cualquier importe por encima deberá considerarse y registrarse como una revalorización.(NIC 36, PAR.114, PAR.117, PAR.119, PAR.121).

El procedimiento anterior es exclusivamente aplicable a los activos individualesya que, el tratamiento para las pérdidas por deterioro de valor la plusvalía difiere del expuesto en el párrafo anterior. El primer paso que debe darse a la hora de valorar el deterioro de valor de la plusvalía, consiste en su asignación a una o varias unidades generadores de efectivo (UGE), debido a su incapacidad de generar flujos de caja de forma independiente y en definitiva, para calcular su valor recuperable. En esta asignación, la empresa tendrá en cuenta los criterios recogidos en el párrafo 80 de la NIC 36 (2004): “a) la UGE o UGEs a las que quede asignado la plusvalía deben representar el nivel más bajo que, dentro de la entidad, permita gestionar internamente la plusvalía; y b) la UGE o UGEs no pueden ser mayores al segmento principal o secundario determinado de acuerdo a lo dispuesto en la NIFF 8(Segmentos de Operación)”. Una vez asignado la plusvalía en la UGE o UGEs correspondientes se calculará la pérdida de valor por diferencia entre su valor recuperable y su valor en libros, incluyendo en este último lo correspondiente a la plusvalía. (NIC 36, Par 90). Si el valor recuperable es inferior, debe procederse a reconocer la pérdida por deterioro del valor sobre el valor en libros de la plusvalía y posteriormente, al resto de activos que componen la UGE de forma proporcional a su valor en libros.(90) Una unidad generadora de efectivo, a la que se ha distribuido la plusvalía, se someterá a la comprobación del deterioro del valor anualmente, y también

cuando existan indicios de que la unidad podría haberse deteriorado, comparando el importe en libros de la unidad, incluyendo la plusvalía, con el

importe recuperable de la misma. Si el importe recuperable de la unidad excediese a su importe en libros, la unidad y la plusvalía atribuida a esa unidad

se considerarán como no deteriorados. Si el importe en libros de la unidad excediese su importe recuperable, la entidad reconocerá la pérdida por

deterioro del valor de acuerdo con el párrafo 104. (NIC 36, PAR.90)

31

Page 32: monografia NIC 38.docx

Sin embargo, la propia norma establece un límite para la reducción del valor del activo que impide que éste pueda llegar a ser negativo. De acuerdo al párrafo 105 de la NIC 36, el importe en libros no podrá reducirse por debajo del mayor de los siguientes: “el valor razonable del bien menos los costes de venta, el valor de uso del activo o cero”. Para el reconocimiento de las pérdidas por deterioro de valor de los activos de la UGE se seguirá el mismo procedimiento que para los activos individuales; es decir, imputando la pérdida al resultado del ejercicio excepto en el caso de los activos revalorizados.

Una de las principales diferencias entre el tratamiento de las pérdidas de valor la plusvalía es la prohibición de su reversión por considerarse el aumento del valor recuperable esta misma como una generación interna y por lo tanto, no capitalizable de acuerdo a la NIC 38 y la NIC 36 (par 124)

(124) Una pérdida por deterioro del valor reconocida en la plusvalía no se revertirá en los periodos posteriores.(NIC 36, PAR.124)

En caso de producirse una mejora en el valor recuperable de la UGE, la empresa sólo podrá revertir las pérdidas para los activos de la UGE, de forma proporcional a su valor en libros, siempre que el nuevo valor del activo no sea superior a su valor recuperable o el importe en libros que hubiese tenido el activo de no haberse reconocido en ejercicios anteriores ninguna pérdida por deterioro de valor.

3.4. RETIRO Y ENAJENACIÓN DE ACTIVOS INTANGIBLES

32

Page 33: monografia NIC 38.docx

El activo intangible será retirado del balance cuando sea vendido o no se espere obtener de él más beneficios (NIC 38, par. 112). La diferencia entre el importe neto de la venta o disposición (La disposición del activo no sólo se refiere a la venta, ya que el activo también puede donarse o realizar sobre el un arrendamiento financiero - NIC 38, par. 114) y su valor neto contable, dará lugar a la pérdida o ganancia que se reconocerá de acuerdo a los criterios dispuestos en la NIC 18 (En el caso en que el bien sea vendido y posteriormente arrendado deberá aplicarse lo dispuesto en la NIC 17 para determinarla fecha de la enajenación.) , si bien los ingresos no podrán considerarse procedentes de la "actividad ordinaria" de la empresa.

El mayor grado de detalle de la NIC 38 (2004) permite hacer hincapié en aspectos tales como la venta a crédito del activo o el tratamiento de las sustituciones de parte del activo. Según queda dispuesto en la NIC 38, si el bien se enajenase con una venta a crédito, la diferencia entre el valor de contado del bien y el importe nominal de la contrapartida se reconocerá como un ingreso ordinario por intereses. Por otra parte, si en lugar de enajenarse la totalidad del activo se procediese a la sustitución de una parte del mismo, la parte sustituida se dará de baja por su importe en libros, pudiendo utilizarse como estimación de su valor inicial, el coste de la sustitución en el momento actual.

(115) Si, de acuerdo con el criterio de reconocimiento del párrafo 21, la entidad reconociera dentro del importe en libros de un activo el costo de derivado de la sustitución de parte del activo intangible, dará de baja el importe en libros de la

parte sustituida. Si no fuera practicable para la entidad la determinación del importe en libros de la parte sustituida, podrá utilizar el costo de la sustitución

como indicativo de cuál podría ser el costo de la parte sustituida, en la fecha en la que fue adquirido o generado internamente.

(116) La contrapartida a cobrar por la venta o disposición por otra vía de un activo intangible se reconocerá inicialmente por su valor razonable. Si se

aplazase el pago a recibir por el activo intangible, la contrapartida recibida se reconocerá inicialmente al precio equivalente de contado. La diferencia entre el

importe nominal de la contrapartida y el precio equivalente de contado se reconocerá como un ingreso por intereses, de acuerdo con la NIC 18, de forma

que refleje el rendimiento efectivo derivado de la cuenta por cobrar.(NIC 38, PAR.115 Y PAR.116).

CAPITULO IV

33

Page 34: monografia NIC 38.docx

INFORMACIÓN A REVELAR

4.1 Aplicación en los estados financieros y de resultados

Los párrafos 118 a 128 de la NIC 38 (2004) se ocupan de este aspecto informativo para el caso de los activos intangibles. La NIC 38 (2004) va más allá y exige información adicional sobre los activos revalorizados, los desembolsos en investigación y desarrollo cargados a resultados, los activos intangibles para los que se ha considerado una vida útil indefinida o aquéllos cuyo valor es significativo en los estados financieros de la entidad, activos con restricciones en su titularidad, activos adquiridos a través de una subvención y reconocidos por su valor razonable o el importe de los compromisos de la entidad para la adquisición de activos intangibles - NIC 38, par . 122.

(122) Una entidad revelará también:(a) En el caso de un activo intangible con vida útil indefinida, el importe en

libros de dicho activo y las razones sobre las que se apoya la estimación de una vida útil indefinida. Al aportar estas razones, la entidad describirá el factor o los factores que han jugado un papel significativo al determinar que el activo

tiene una vida útil indefinida.(b) Una descripción, el importe en libros y del periodo restante de amortización

de cualquier activo intangible individual que sea significativo en los estados financieros de la entidad.

(c) Para los activos intangibles adquiridos mediante una subvención del gobierno y reconocidos inicialmente por su valor razonable (véase el párrafo

44): (i) el valor razonable por el que se han registrado inicialmente tales activos;

(ii) su importe en libros; y (iii) si la medición posterior al reconocimiento inicial se realiza utilizando el modelo del costo o el modelo de revaluación;

(d) La existencia y el importe en libros de los activos intangibles cuya titularidad tiene alguna restricción, así como el importe en libros de los activos intangibles

que sirven como garantías de deudas.(e) El importe de los compromisos contractuales para la adquisición de activos

intangibles.(NIC 38, PAR.122)

Asimismo, cabe destacar que la NIC 38 recomienda incorporar en la memoria una "breve descripción sobre los activos intangibles significativos controlados por la entidad", pero que no han podido ser reconocidos por la empresa al no cumplirse los criterios dispuestos en la norma - NIC 38, par. 128.

(128) Se aconseja, pero no se exige, que las entidades aporten la siguiente información:

34

Page 35: monografia NIC 38.docx

(a) una descripción de los activos intangibles completamente amortizados que se encuentren todavía en uso; y

(b) una breve descripción de los activos intangibles significativos controlados por la entidad, pero que no se reconozcan como activos por no cumplir los

criterios de reconocimiento fijados en esta Norma, o porque fueron adquiridos o generados antes de que tuviese vigencia la versión de la NIC 38 Activos

intangibles emitida en 1998.

La NIC 38, la NIC 36 y NIIF 3 recogen la información que debe revelarse sobre las pérdidas por deterioro del valor de los activos intangibles y de la plusvalía. De acuerdo a lo dispuesto en los párrafos 126 a 137 de la NIC 36, la empresa está obligada a informar, para cada clase de activo, de las pérdidas por deterioro de valor sufridas, las reversiones, su incidencia en las cuentas de patrimonio neto, los cálculos realizados en la estimación de los valores razonables de los activos y las principales clases de activos afectadas, así como circunstancias que han dado lugar a al reconocimiento o reversión de las pérdidas por deterioro del ejercicio. Asimismo, la información demandada es mayor y más específica en el caso de pérdidas por deterioro de valor de cuantía significativa, así como en casos particulares, citados en la norma, entre los que se encuentran las UGEs en las que se haya quedado asignado plusvalía o activos intangibles a los que se ha asignado una vida útil indefinida.

35

Page 36: monografia NIC 38.docx

CASOS PRACTICOS

CASO N°1: EVALUACION DE ACTIVOS INTANGIBLES

La empresa “INDUSTRIAL LIMA” SAC posee una marca comercial está protegida legalmente a través de su registro en el INDECOPI. La marca en cuestión ¿es un activo intangible?

SOLUCION:

La marca comercial adquirida por la empresa “INDUSTRIAL LIMA” SAC es un activo intangible de la entidad por las siguientes razones:

Es un activo de la entidad, es decir es un recurso controlado por la entidad como resultado de sucesos pasados, del que la entidad espera obtener, en el futuro, beneficios económicos. En este caso el control se evidencia por el derecho legal.

La entidad compro la marca comercial con la expectativa de aumentar sus ingresos futuros, ya sea vendiendo productos o vitando que sus competidores lo hagan (beneficio económicos futuros).

Es un activo identificable, ya que se evidencia por la protección legal través de su registro y puede ser vendido, es decir, es separable.

Es un activo de carácter no monetario, es decir, no se conserva en moneda ni es un activo que se recibirá en una cantidad fija o determinable de dinero, y,

El activo no tiene apariencia física, puesto que es un derecho legal.

CASO N°2 : RECONOCIMIENTO DE LA AMORTIZACION ACUMULADA

Se amortiza en un 20% el software es de s/. 100,000. Nos piden determinar el monto de la amortización anual. Considerar un valor residual de s/.00 y una vida útil de 5años.

SOLUCION:

A efectos de determinar la amortización anual, debemos realizar el siguiente cálculo:

36

Page 37: monografia NIC 38.docx

Amortización= Costo del activo-Valor residual

Vida útil

Amortización= S/. 100,000 – S/. 00

5 años

Amortización = S/. 20,000.

Debe ser así, el registro contable debería ser:

37

---------------------xx-------------------------------------

68 VALUACION Y DETERIORO DE ACTIVOS Y PROV. 20,000.

682 Amortizaciones de Intangibles

6821Amortizacion de intangibles adquiridos-costo

(Software)

39 DEPRECIACION, AMORTIZACION Y AGOTAMIENT. 20,000.

392 Amortización acumulada

3921 Intangibles- Costo

39213 Programas de computadora (Software)

x/x Por la amortización acumulada del software

------------------------xx-------------------------------------

94 GASTOS ADMINITRATIVOS 20,000.

78 CARGAS CUBIERTAS POR PROVISIONES 20,000.

781 Cargas cubiertas por provisiones

x/x Por el destino de la amortización.

Page 38: monografia NIC 38.docx

CASO Nº 3: ADQUISIÓN Y AMORTIZACIÓN DE UNA PATENTE

El 01.01.2014 la empresa “UNITEL” S.A ha adquirido una patente por un importe de s/. 24000 más IGV y se estima que esta patente será utilizada por un periodo de ocho (8) años, puesto que se espera obtener beneficios económicos futuros durante dicho periodo. En tal sentido la empresa nos consulta acerca del tratamiento tributario y contable con respecto a la amortización del intangible.

SOLUCIÓN:

En principio debemos indicar que la patente es un título que otorga el Estado a un titular para ejercer un derecho exclusivo de comercializar un invento o invención (material o inmaterial) durante un periodo de vigencia determinado y en un territorio específico.

Asimismo, la NIC 38 “Activos Intangibles” señala que un intangible es un activo de carácter no monetario y sin apariencia física, que además cumple con los criterios de: identificabilidad, control y generación de beneficios económicos futuros.

En ese sentido, la compra de esta patente califica como un activo intangible para la empresa “UNITEL”S.A y debe ser tratada de acuerdo a lo señalado en la NIC 38 “Activos Intangibles”.

Por consiguiente, en el presente caso para registrar la amortización de la patente debemos tener en cuenta lo siguiente:

VALOR DE LA PATENTE S/. 24,000IGV 18% S/. 4,320TOTAL S/. 28,320

VIDA UTIL 8 AÑOSAMORTIZACION ANUAL S/. 3,000AMORTIZACIÓN MENSUAL S/. 250AMORTIZACIÓN 2014 S/. 500

38

Page 39: monografia NIC 38.docx

Por consiguiente, la empresa “UNITEL” S.A deberá realizar los siguientes asientos:

X134 INTANGIBLES 24, 000 342 PATENTES Y PROPIEDAD INDUSTRIAL 3421 PATENTES 34211 COSTO 40 TRIBUTOS CONTRAPRESTACIONES Y APORTES 4, 320 AL SISTEMA DE PENSIONES Y SALUD POR PAGAR 401 GOBIERNO CENTRAL 4011 IGV 40111 IGV-CTA PROPIA 46 CUENTAS POR PAGAR DIVERSAS-TERCEROS 28, 320 465 PASIVOS POR LA COMPRA DE ACTIVO INMOVILIZADO 4655 INTANGIBLES

X/X POR LA ADQUISICIÓN DE LA PATENTE.X2

46 CUENTAS POR PAGAR DIVERSAS-TERCEROS 28, 320 465 PASIVOS POR LA COMPRA DE ACTIVO INMOVILIZADO 4655 INTANGIBLES 10 EFECTIV O Y EQUIVALENTE DE EFECTIVO 28,32 104 CUENTAS CORRIENTES EN INSTITUCIONES FINANCIERAS 1041 CUENTAS CORRIENTES OPERATIVAS

X/X POR EL PAGO EFECTUADOX3

68 VALUACIÓN Y DETERIORO DE ACTIVOS Y 500 PROVISIONES 682 AMORTIZACIÓN DE INTANGIBLES 6821 AMORTIZACION DE INTANGIBLES ADQUIRIDOS - COSTO 68212 PATENTES Y PROPIEDAD INDUSTRIAL 39 DEPRECIACIÓN,AMORTIZACIÓN Y AGOTAMIENTO 500 ACUMULADOS 392 AMORTIZACIÓN ACUMULADA 3921 INTANGIBLES - COSTO 39212 PATENTES Y PROPIEDAD INDUSTRIAL

X/X POR LA AMORTIZACIÓN DE LA PATENTE CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2013

39

Page 40: monografia NIC 38.docx

X492 COSTO DE PRODUCCIÓN 500 921 COSTOS INDIRECTOS 78 CARGAS CUBIERTAS POR PROVISIONES 500 781 CARGAS CUBIERTAS POR PROVISIONES

X/X POR EL DESTINO DEL GASTONo obstante lo antes indicado, para efectos tributarios el precio pagado por la patente (activo intangible de duración limitada), a opción del contribuyente, podrá ser considerado como gasto y aplicado a os resultados del negocio en un solo ejercicio o amortizarse proporcionalmente en el plazo d diez (10) años.

CASO 4: ENAJENACIÓN DE UN DISEÑO DE PRODUCTO

La empresa “PERÚ PROFUNDO” S.A. ha efectuado la enajenación de un diseño de un producto cuyo valor en libros era la siguiente:

DISEÑO (INTANGIBLE) MONTOSCosto S/. 300,000Amortización contable acumulada S/. 100,000Valor neto del diseño S/. 200,000

Así mismo se tiene conocimiento que la enajenación de dicho intangible fue si valor de mercado, por la cantidad de S/. 220,000 más IGV.

Teniendo en cuenta estos datos la empresa nos consulta acerca de los asientos contables a efectuar de acuerdo a la NIC 38 y considerando las normas tributarias.

SOLUCIÓN:

En principio, y considerando el tratamiento tributario, debemos señalar que toda operación debe realizarse a valor de mercado, lo cual se cumple en el caso descrito. Así mismo cabe acotar que el ingreso generado por la enajenación de este intangible por parte de “PERÚ PROFUNDO” S.A. se encuentra sujeta al pago a cuenta del Impuesto a la Renta y al Impuesto a la Renta anual.

Finalmente, desde el punto de vista contable, la empresa debe realizar los siguientes asientos:

40

Page 41: monografia NIC 38.docx

xx65 OTROS GASTOS DE GESTIÓN 655 Costo neto de enajenación de activos inmovilizados y operaciones discontinuas.

6551 Costo neto de enajenación de activos inmovilizados. 65514 Intangibles.

39 DEPRECIACIÓN, AMORTIZACIÓN Y AGOTAMIENTO ACUMULADOS

392 Amortización acumulada3921 Intangibles – costo39215 Fórmulas, diseños y prototipos.

34 INTANGIBLES345 Fórmulas, diseños y prototipos.3452 Diseños y prototipos34521 Costo

x/x Por el costo netos de enajenación del diseño de producto.

xx 16 CUENTAS POR COBRAR DIVERSAS – TERCEROS

165 Venta de activo inmovilizado1654 Intangibles

40 TRIBUTOS, CONTRAPRESTACIONES Y APORTES AL SISTEMA DE PENSIONES Y DE SALUD POR PAGAR

401 Gobierno Central4011 Impuesto General a las Ventas40111 IGV – Cuenta propia

75 OTROS INGRESOS DE GESTIÓN756 Enajenación de activos inmovilizados7565 Intangibles

x/x Por la enajenación del diseño de producto.xx

10 EFECTIVO Y EQUIVALENTE DE EFECTIVO104 Cuentas corrientes en instituciones financieras1041 Cuentas corrientes operativas

16 CUENTAS POR COBRAR DIVERSAS - TERCEROS

165 Venta de activos inmovilizado1654 Intangibles

x/x Por el cobro realizado.

200,000

100,000

259,600

259,600

300,000

39,600

220,000

259,600

41

Page 42: monografia NIC 38.docx

CASO N° 5 : AMORTIZACON DE INTAGINBLES Y APLICACIÓN DE LA NIC 12

EL 01-01-2014 La empresa ANDES PERUANOS S.A. ha adquirido un software por un importe de $/ 24.000 más IGV y se estima que este intangible será utilizado por un periodo de cuatro (4) años, puesto que se espere obtener beneficios económicos futuros durante dicho periodo.

En tal sentido la empresa nos consulta acerca del tratamiento contable y tributario respecto a la amortización de este tangible, sabiendo que para efectos tributarios será considerado como gasto en un solo ejercicio.

OBS: El precio del software fue pagado en su totalidad.

SOLUCION:

En principio debemos definir a la “amortización” como la distribución sistemática del importe amortizable de un activo intangible durante los años de su vida útil. En tal sentido para efectos contables la NIC 38 dispone que el valor del intangible se amortizara en función a su vida útil.

Por otra parte, debemos señalar que la ley del impuesto a la renta solo permite la amortización del precio pagado por los intangibles de duración limitada. En ese sentido, el reglamento de la LIR señala que se considera activos intangibles de duración limitada a aquellos cuya vida útil está limitada por ley o por su propia naturaleza tales como: las patentes, los modelos de utilidad, los derechos de autor, los derechos de llave, los diseños o modelos planos, procesos o formulas secretas y los programas de instrucciones para computadoras (Software).

En consecuencias para efectos tributarios el precio pagado por los activos intangibles de duración limitada, a opción del contribuyente, podrá ser considerado como gasto y aplicado a los resultados del negocio en un solo ejercicio o amortizarse proporcionalmente en el plazo de diez (10) años.

Por lo expuesto, observamos que existe una diferencia entre el tratamiento tributario y el tratamiento contable aplicable a la amortización de los intangibles, el cual lo resumiremos en el siguiente cuadro:

42

Page 43: monografia NIC 38.docx

En tal sentido, la empresa ANDES PERUANOS S.A., para efectos contables amortizara el activo en el plazo de vida útil (4 años), no obstante para efectos tributarios obtara por considerar el activo como gasto en el primer ejercicio (2014).

Una vez explicado ambos tratamientos, a continuación procederemos a analizar la implicancia de la amortización en el ámbito de la NIC 12 (ver cuadro Nº1).

Finalmente, procederemos a realizar los asientos contables correspondientes al ejercicio 2014:

43

TRATAMIENTOCONTABLE

El importe amortizable de un activo intangible con una vida útil finita, se distribuirá sobre una base sistemática a lo

largo de su vida útil.

TRATAMIENTOTRIBUTARIO

El precio pagado por los activos intangibles de duración limitada, a opción del contribuyente podrá ser considerado

como gasto y aplicado a los resultados amortizarse proporcionalmente en el plazo de diez (10) años.

Page 44: monografia NIC 38.docx

XX

68 VALUACION Y DETERIORO DE ACTIVOS Y PROVISIONES

682 Amortización de intangibles

6821 Amortización de intangibles costo

68213 Programas de computadora (software)

39 DEPRESIACION, AMORTIZACION Y AGOTAMIENTO ACUMULADOS

392 Amortización acumulada

3921 Intangibles –Costos

39213 Programas de computadora (software)

x/x Por la amortización del software correspondiente al ejercicio 2013

XX

94 GASTOS ADMINISTRATIVOS

941 Gastos generales

78 CARGAS CUBIERTAS POR PROVISIONES

781 Cargas cubiertas por provisiones

x/x Por el destino del gasto

XX

88 IMPUESTO A LA RENTA

882 Impuesto a la Renta – Diferido

49 PASIVO DIFERIDO

491 Impuesto a la Renta Diferido

4912 Impuesto a la Renta Diferido – Resultados

x/x Por el reconocimiento del pasivo tributario diferido.

6,000

6,000

5,400

6,000

6.000

5,400

44

Page 45: monografia NIC 38.docx

En el ejercicio 2015, se deben efectuar los siguientes asientos:

XX

68 VALUACION Y DETERIORO DE ACTIVOS Y PROVISIONES

682 Amortización de intangibles

6821 Amortización de intangibles costo

68213 Programas de computadora (software)

39 DEPRESIACION, AMORTIZACION Y AGOTAMIENTO ACUMULADOS

392 Amortización acumulada

3921 Intangibles –Costos

39213 Programas de computadora (software)

x/x Por la amortización del software correspondiente al ejercicio 2014

XX

94 GASTOS ADMINISTRATIVOS

941 Gastos generales

78 CARGAS CUBIERTAS POR PROVISIONES

781 Cargas cubiertas por provisiones

x/x Por el destino del gasto

XX

49 PASIVO DIFERIDO

491 Impuesto a la Renta Diferido

4912 Impuesto a la Renta Diferido – Resultados

88 IMPUESTO A LA RENTA

882 Impuesto a la Renta – Diferido

x/x Por el reconocimiento del pasivo tributario diferido.

6,000

6,000

1,800

6,000

6.000

1,800

45

Page 46: monografia NIC 38.docx

Finalmente cabe indicar que los asientos contables efectuados para el Ejercicio 2015 se repetirán para los ejercicios 2016 y 2017.

CUADRO N°1: APLICACIÓN DE LA NIC 12

EJERCICIO

ACTIVO BASECONTABLE

BASE TRIBUTARIA

ADICION/DEDUCCION

DIFERENCIA

DIFERENCIA A REVERTIR

TIPO DE DIFERENCIA

GENERA MONTO

2014 SOFTWARE 24,000 24,000TASA AMORT 25% 100%

2014 AMORT. 6,000 24,000 DEDUCCION 18,000CIERRE 2014

SOFTWARE(VALOR NETO) 18,000 0 18,000

DEDUCIBLE PASIVOTRIBUTARIODIFERIDO

5,400

2015 AMORT. 6,000 0 ADICION 6,000CIERRE 2015

SOFTWARE(VALOR NETO) 12,000 0

12,000 6,000 IMPONIBLE REVERSION DEL PASIVO TRIBUTARIO DIFERIDO

1,800

2016 AMORT. 6,000 0 ADICION 6,000CIERRE2016

SOFTWARE(VALOR NETO) 6,000 0

6,000 6,000 IMPONIBLE REVERSION DEL PASIVO TRIBUTARIO DIFERIDO

1,800

2017 AMORT. 6,000 0 ADICION 6,000CIERRE2017

SOFTWARE(VALOR NETO) 0 0

0 6,000 IMPONIBLE REVERSION DEL PASIVO TRIBUTARIO DIFERIDO

1,800

CASO N° 6: PROGRAMAS DE COMPUTADORA

46

Page 47: monografia NIC 38.docx

La empresa “AGROINDUSTRIA ICA” S.A.C. posee licencias de programas informáticos, por un valor total de S/. 10.000 más el IGV. Las licencias de programas informáticos son utilizadas por el personal administrativo y de producción de la entidad. Estos programas ¿califican como activos intangibles?

SOLUCION:

El párrafo 8 de la NIC 38 Activos Intangibles, define un activo intangible como un activo identificable, de carácter no monetario y sin apariencia física. Como se observa de lo anterior, para que un bien califique como un intangible debe cumplir con:

La definición de activo Ser identificable Ser no monetario No ser tangible

En relación a la primera característica, debemos recordar que la definición de activo es la de ser un recurso:

a) Controlado por la entidad como resultado de sucesos pasadosb) Del que la entidad espera obtener, en el futuro, beneficios económicos

La identificabilidad implica que el activo:

a) Es separable, es decir, es susceptible de ser separado o escindido de la entidad y vendido, transferido, dado en explotación, arrendado o intercambiado, ya sea individualmente o junto con un contrato, activo identificable o pasivos con los que guarde relación, independientemente de que la entidad tenga la intención de llevar a cabo la separación; o

b) Surge de derechos contractuales o de otros derechos de tipo legal, con independencia de que esos derechos sean transferibles o separables de la entidad o de otros derechos y obligaciones.

En cuanto a los activos no monetarios, debe recordarse que son activos monetarios tanto el dinero en efectivo como otros activos, por los que se van a recibir unas cantidades fijas o determinables de dinero. Todos los demás activos no son monetarios. Finalmente, en cuanto a la intangibilidad, ello implica una inexistencia de apariencia física.

En el caso expuesto, las licencias de programas informáticos son activos intangibles de la entidad por las siguientes razones:

Son activos de la entidad porque esta tiene el derecho legal a utilizar el programa según las licencias para generar beneficios económicos futuros.

47

Page 48: monografia NIC 38.docx

Son de carácter no monetario (es decir, no se conservan en moneda ni constituyen un activo que se recibirá en una cantidad fija o determinable de dinero).

No tienen apariencia física (puesto que son programas informáticos electrónicos)

Son identificables (ya que surgen de derechos contractuales).

De ser así, deberíamos reconocer un activo intangible:

------------------------------------xx-----------------------------------34 INTANGIBLES343 Programas de computadora(software)3431 Aplicaciones Informáticas34311 Costos40 TRIBUTOS, CONTRAPRESTACIONES Y APORT. AL SIST. NACIONAL DE PENSIONES Y DESALUD POR PAGAR401 Gobierno central4011 IGV40111 IGV cuenta propia46 CUENTAS PORPAGAR DIVERSAS – TERCEROS465 Pasivos por compra de activo inmovilizado4655 Intangiblesx/x Por las concesiones adquiridas------------------------------------xx-------------------------------------

10 000

1 800

11 800

CASO N° 7: CREACIÓN DE UN NUEVO PRODUCTO

48

Page 49: monografia NIC 38.docx

El 01.09.2014, la gerencia de la empresa “ESTRELLA BLANCA “S.A.C. acordó crear un nuevo juguete electrónico, por lo que se le encarga a la empresa “ELECTRICK”S.A.C. la investigación de la composición material , forma, color, características y otros del nuevo juguete solar. El 30.10.2014 se entrega el resultado de la investigación de lo que sería el nuevo producto. El monto del servicio efectuado asciende a S/. 20 000 más IGV.

El 01.11.2014, la empresa “ESTRELLA BLANCA” S.A.C. luego del análisis del informe de investigación y la viabilidad del proyecto, procede el diseño, construcción y prueba del prototipo para lo cual invierte la suma de S/. 30 000 más IGV. Se pide al respecto el tratamiento contable de los desembolsos efectuados:

SOLUCION:

El caso planteado se observa que ha incurrido en dos desembolsos, el primero corresponde a una fase de investigación, y el segundo a una fase de desarrollo del nuevo producto. Por lo cual el tratamiento contable es el siguiente:

FASES DE INVESTIGACIONValor S/ 20 000IGV S/ 3 600TOTAL S/ 23 600

EL TRATAMIENTO CONTABLE DEL MONTO PAGADO A LA EMPRESA ELECTRICK S.A.C. : GASTO

FASES DE DESARROLLOValor S/ 30 000IGV S/ 5 400TOTAL S/ 35 400

EL TRATAMIENTO CONTABLE DEL MONTO DESEMBOLSADO PARA EL DESARROLLO DEL BIEN: ACTIVO INTANGIBLE

En consecuencia, de acuerdo a la aplicación de la NIC 38 se deben efectuar los siguientes asientos contables:

a) Contabilización de los gastos de investigación

49

Page 50: monografia NIC 38.docx

------------------------------------xx-----------------------------------63 GASTOS DE SERVICIOS PRESTADOS POR TERCEROS632 Asesoría y consultoría6326 Investigación y desarrollo40 TRIBUTOS, CONTRAPRESTACIONES Y APORT. AL SIST. NACIONAL DE PENSIONES Y DESALUD POR PAGAR401 Gobierno central4011 IGV40111 IGV cuenta propia42 CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES – TERCEROS421 Facturas, boletas y otros comprobantes por pagar4212 Emitidasx/x Por los gastos de investigación del nuevo prototipo.------------------------------------xx-------------------------------------94 GASTOS ADMINISTRATIVOS941 Gastos generales79 CARGAS IMPUTABLES A CTAS DE COSTOS Y GASTOS791 Cargas imputables a cuentas de costos y gastos.x/x Por el destino del gasto

20 000

3 600

20 000

23 600

20 000

50

Page 51: monografia NIC 38.docx

b) Contabilización de los desembolsos por desarrollo del producto

------------------------------------xx-----------------------------------63 GASTOS DE SERVICIOS PRESTADOS POR TERCEROS632 Asesoría y consultoría6326 Investigación y desarrollo40 TRIBUTOS, CONTRAPRESTACIONES Y APORT. AL SIST. NACIONAL DE PENSIONES Y DESALUD POR PAGAR401 Gobierno central4011 IGV40111 IGV cuenta propia42 CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES – TERCEROS421 Facturas, boletas y otros comprobantes por pagar4212 Emitidasx/x Por el desembolso para el desarrollo del nuevo prdct.------------------------------------xx-------------------------------------94 GASTOS ADMINISTRATIVOS941 Gastos generales79 CARGAS IMPUTABLES A CTAS DE COSTOS Y GASTOS791 Cargas imputables a cuentas de costos y gastos.x/x Por el destino del gasto------------------------------------xx-------------------------------------34 INTANGIBLES345 Formulas, diseños y prototipos3452 Diseños y prototipos34521 Costos72 PRODUCCION DE ACTIVO INMOVILIZADO723 Intangibles7233 Formulas, diseños y prototiposx/x Por reconocimiento de intangible.------------------------------------xx-------------------------------------

30 000

5 400

20 000

30 000

35 400

20 000

30 000

51

Page 52: monografia NIC 38.docx

Durante el proceso de su constitución, la empresa “ROTERGO” SAC ha incurrido en desembolsos por s/. 6000 más IGV por pagos al Notario que realizo los trámites correspondientes. Sobre el particular, nos consulta el tratamiento contable y tributario que corresponde a estos desembolsos.

SOLUCION:

El tratamiento contable de los desembolsos por la constitución de una empresa, ha sido precisado por la NIC 38 Intangibles. Así de acuerdo al párrafo 69 de esta NIC, se ha señalado que algunos desembolsos se realizan para suministra a la entidad beneficios económicos futuros, pero no se adquiere, ni se crea ningún activo ni intangible de otro tipo que pueda ser reconocido como tal. En esos casos, el importe se reconoce como un gasto en el momento en que se incurra en él.

Así el citado párrafo señala que uno de los ejemplos de estos desembolsos son los gastos de establecimiento los cuales pueden consistir en costos de inicios de actividades, tales como costos legales y administrativos soportados en la creación de una entidad con personalidad jurídica, desembolsos necesarios para abrir una nueva instalación, una actividad o para comenzar una explotación (costos de preapertura), o bien costos de lanzamiento de nuevos productos o procesos ( costos previos a la explotación).

En este sentido, de acuerdo a lo antes señalado, si una empresa incurre a este tipo de desembolsos, los mismos serán reconocidos como gastos a medida que se incurren.

Siendo esto así, el tratamiento contable a seguir es el siguiente:

52

Page 53: monografia NIC 38.docx

CASO Nº 8: DESEMBOLSOS POR CONSTITUCION DE EMPRESA

Durante el proceso de su constitución, la empresa “ROTERGO” SAC ha incurrido en desembolsos por s/. 6000 más IGV por pagos al Notario que realizo los trámites correspondientes. Sobre el particular, nos consulta el tratamiento contable y tributario que corresponde a estos desembolsos.

SOLUCION:

El tratamiento contable de los desembolsos por la constitución de una empresa, ha sido precisado por la NIC 38 Intangibles. Así de acuerdo al párrafo 69 de esta NIC, se ha señalado que algunos desembolsos se realizan para suministra a la entidad beneficios económicos futuros, pero no se adquiere, ni se crea ningún activo ni intangible de otro tipo que pueda ser reconocido como tal. En esos casos, el importe se reconoce como un gasto en el momento en que se incurra en él.

Así el citado párrafo señala que uno de los ejemplos de estos desembolsos son los gastos de establecimiento los cuales pueden consistir en costos de inicios de actividades, tales como costos legales y administrativos soportados en la creación de una entidad con personalidad jurídica, desembolsos necesarios para abrir una nueva instalación, una actividad o para comenzar una explotación (costos de preapertura), o bien costos de lanzamiento de nuevos productos o procesos ( costos previos a la explotación).

En este sentido, de acuerdo a lo antes señalado, si una empresa incurre a este tipo de desembolsos, los mismos serán reconocidos como gastos a medida que se incurren.

Siendo esto así, el tratamiento contable a seguir es el siguiente:

53

Page 54: monografia NIC 38.docx

------------------------------------xx-----------------------------------63 GASSTOS POR SERVICIOS PRESTADOS A TERCEROS 632 Asesoría y consultoría 6322 Legal y tributaria40 TRIBUTOS, CONTR Y APORTES AL SIST. DE PENSIONES Y DE SALUD POR PAGAR 401 Gobierno central 4011 IGV40111 IGV Cuenta propia42 CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES TERCEROS 421 Facturas, boletas y otros comprobantes por pagar4212 Emitidasx/x Por los servicios del Notario------------------------------------xx-------------------------------------94 GASTOS ADMINISTRATIVOS 79 CARGAS IMP. CUENTA COSTOS Y GASTOS 791 Cargas imp. A cuenta de costos y gastosx/x Por el destino del servicio del notario------------------------------------xx-------------------------------------42 CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES TERCEROS 421 Facturas, boletas y otros comprobantes por pagar4212 Emitidas10 EFECTIVO Y EQUIV. DE EFECTIVO 104 Cuentas corrientes en inst. Financieras 1041 Cuentas corrientes operativasx/x Por cancelación de los servicios legales al notario------------------------------------xx-------------------------------------

6,000

1,080

6,000

7,080

7,080

6,000

7,080

IMPORTANTE:

No obstante el tratamiento contable señalado en el punto anterior, para efectos tributarios, los Gastos Pre-operativos son deducibles a opción de, contribuyente:

54

Page 55: monografia NIC 38.docx

- En el primer ejercicio, o ,- Amortizarse proporcionalmente en el plazo máximo de diez (10) años.

De optarse por la primera alternativa, cabe advertir que no habrá diferencias entre el tratamiento contable y el tratamiento tributario, sin embargo, de optarse por la segunda alternativa, surgirán diferencias temporarias que deberán ser tratadas de acuerdo con la NIC 12 Impuesto a la renta

55

Page 56: monografia NIC 38.docx

CONCLUSIÓN

La NIC 38, es un activo intangible identificable, no monetario y sin apariencia física, este mismo debe ser controlado y debe presentar beneficios económicos futuros. Un activo se reconoce como tal solo si es probable que los beneficios económicos futuros que generara el activo fluyan a la entidad y su costo pueda ser medido confiablemente. Los activos intangibles se pueden adquirir de forma independiente o se pueden generar internamente.

La NIC 38 es sumamente importante porque nos proporciona los lineamientos a seguir para el registro, retiro o amortización de los activos así como nos enseña la manera correcta en que se deban presentar en los estados financieros de cada entidad.

Los recursos intangibles relacionados con la innovación, la creatividad, la tecnología y el conocimiento, se han convertido en la nueva fuente de beneficios para la mayoría de las empresas pero a pesar de los avances normativos existen activos que quedan fuera del balance patrimonial debido a sus características.

La administración de los intangibles es un concepto relevante para cualquier entidad, ya que no solo se refiere a administrar la fuerza de trabajo, ni trata de enfocarse en el control del costo del producto o servicio, sino que busca el incremento de su valor de beneficios.

56

Page 57: monografia NIC 38.docx

GLOSARIO

Activo Intangible: Calificativo de todo aquello que no tiene una presencia

corpórea o física, y que no está destinado por la empresa para su venta

de la empresa.

Capitalizar: Fijar el capital que corresponde a determinado rendimiento o

interés, según el tipo que se adopta para el cálculo.

Patrimonio Empresarial: El patrimonio formado por el conjunto de

bienes, derechos y obligaciones de la empresa constituye los medios

económicos y financieros mediante los cuales la empresa puede cumplir

sus fines.

Plusvalía: Aumento del valor de una cosa, especialmente un bien

inmueble, por circunstancias extrínsecas e independientes de cualquier

mejora realizada en ella.

Ingresos ordinarios: Son la entrada bruta de beneficios económicos que

ingresan a la entidad durante un período, provenientes de las

actividades ordinarias de una entidad.

Activos Complementarios: Son aquellos requeridos para derivar valor a

partir de una inversión primaria

Subvención: Cantidad de dinero que se concede a una persona, una

entidad o una institución como ayuda económica para realizar una obra

o para su mantenimiento.

Valor Razonable: El precio que podría ser recibido al vender un activo o

pagado para transferir un pasivo en una transacción ordenada entre

participantes del mercado a una fecha de medición determinada.

Contraprestación: Servicio o pago que una persona o entidad hace a

otra en correspondencia al que ha recibido o debe recibir.

Amortización: Es la representación contable de la pérdida de valor o

depreciación de carácter irreversible que experimenta el activo corriente

o activo fijo, constituido por el inmovilizado material, el inmovilizado

intangible o inmaterial y las inversiones inmobiliarias.

57

Page 58: monografia NIC 38.docx

Imputar:Señalar la aplicación o inversión de una cantidad, sea al 

entregarla, sea al tomarrazón de ella en cuenta.

Ingresos Diferidos: Son ingresos que recibes por adelantado o pagos por

anticipado que corresponden a servicios o productos que ofreces y que

tienen la finalidad de ser efectivamente cobrados como Ingresos.

Permuta: Intercambio de una cosa por otra sin mediación de dinero,

salvo excepciones. Cambio voluntario que hacen dos funcionarios de los

empleos o destinos que tienen respectivamente.

Goodwill: Es un activo intangible que refleja las conexiones de un

negocio de atención al cliente, la reputación y otros factores similares.

Badwill: Es lo que causa que el valor de una empresa a disminuya

cuando los accionistas y la comunidad inversora encuentra que la

empresa ha hecho algo que no está alineado con las buenas prácticas

empresariales.

Fluctuaciones: Son las oscilaciones de las altas y las bajas que pueden

llegar a experimentar las cotizaciones en un determinado mercado

bursátil.

Flujo Neto de Efectivo: Es la diferencia entre los ingresos netos y los

desembolsos netos, descontados a la fecha de aprobación de un

proyecto de inversión con la técnica de valor presente, es decir tomar en

cuenta el valor del dinero en función del tiempo.

Enajenación: Acto jurídico mediante el cual una persona o entidad le

confiere el uso o derecho de un bien a otra. Es un acto común para

pagar grandes deudas: se traspasan los bienes o se retienen las

utilidades ocasionadas por su utilización. Es similar al embargo.

58

Page 59: monografia NIC 38.docx

FUENTES DE INFORMACIÓN

Ministerio de Economía y Finanzas. (2013). NIC 38. Recuperado de http://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/no_oficializ/nor_internac/ES_GVT_IAS38_2013.pdf. Consultado el día 02 de Octubre del 2015.

Ministerio de Economía y Finanzas. (s.f.). NIC 36. Recuperado de https://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/36_NIC.pdf. Consultado el día 02 de Octubre del 2015.

Asesor Empresarial. (Marzo 2014). NIC 38: Intangibles, (20-26). Recuperado de http://www.asesorempresarial.com/libros/GUIA5_INTANGIBLES/GUIA5_INTANGIBLES.pdf. Consultado el día 02 de Octubre del 2015.

59