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CORPORACION MUNICIPAL DE RENCAESCUELA “GENERAL MANUEL BULNES PRIETO”ANIBAL ZAÑARTU Nº 2870 RENCA FONO 6418272RBD 10205-9 E mail dire [email protected] . 1 CORPORACION MUNICIPAL DE RENCA ESCUELA “GENERAL MANUEL BULNES PRIETO” E 315 ANIBAL ZAÑARTU Nº 2870 RENCA FONO 6418272 RBD 10205-9 E mail_dire [email protected]. MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR 2012 Adquirir desde jóvenes tales o cuales hábitos no tiene poca importancia: tiene una importancia absoluta”. Aristóteles, (384 a.c)

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CORPORACION MUNICIPAL DE RENCAESCUELA “GENERAL MANUEL BULNES PRIETO”ANIBAL ZAÑARTU Nº 2870 RENCA FONO 6418272RBD 10205-9 E mail dire [email protected].

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CORPORACION MUNICIPAL DE RENCA

ESCUELA “GENERAL MANUEL BULNES PRIETO” E 315

ANIBAL ZAÑARTU Nº 2870 RENCA FONO 6418272

RBD 10205-9 E mail_dire [email protected].

MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR

2012

“Adquirir desde jóvenes tales o cuales hábitos

no tiene poca importancia:

tiene una importancia absoluta”.

Aristóteles, (384 a.c)

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ARTÍCULO 1°. Objetivos.

1.1. El presente Manual establece un conjunto de normas y procedimientos que regulan los deberes y derechos de todos los alumnos y alumnas de kínder a octavo básico además tiene por finalidad promover y desarrollar en todos los integrantes de la comunidad educativa los principios y elementos que construyan una sana convivencia escolar, con especial énfasis en una formación que favorezca la prevención de toda clase de violencia o agresión. Los estudiantes estarán sujetos, al cumplimiento de normas, deberes y obligaciones, tanto al ordenamiento interno de la escuela GENERAL MANUEL BULNES PRIETO como a la legislación vigente en el país. 1.2. Asimismo establece protocolos de actuación para los casos de maltrato escolar, los que deberán estimular el acercamiento y entendimiento de las partes en conflicto e implementar acciones reparatorias para los afectados.

1.3. Lo anterior es sin perjuicio de impulsar acciones de prevención tales como talleres de habilidades socio – afectivas, habilidades para la vida, alfabetización emocional, competencias parentales, entre otros, teniendo en cuenta especialmente el proyecto educativo institucional.

1.4. El presente manual tiene como objetivo asegurar el normal desarrollo de las actividades estudiantiles dentro de los recintos y lugares en que éstas se realicen, además velar permanentemente por el prestigio de la escuela. El logro de estos objetivos exige que los derechos y obligaciones de los alumnos y alumnas, deban ser cumplidos y hechos cumplir por todos los miembros que componen la comunidad de la Escuela General Manuel Bulnes Prieto.

ARTÍCULO 2°. Conceptos.

2.1. La sana convivencia escolar es un derecho y un deber que tienen todos los miembros de la comunidad educativa, cuyo fundamento principal es la dignidad de las personas y el respeto que éstas se deben. Es un aprendizaje en sí mismo que contribuye a un proceso educativo implementado en un ambiente tolerante y libre de violencia, orientado a que cada uno de sus miembros pueda desarrollar plenamente su personalidad, ejercer sus derechos y cumplir sus deberes correlativos.

2.2. Por comunidad educativa se entiende aquella agrupación de personas que, inspiradas en un propósito común, integran la institución educacional, incluyendo a alumnos, alumnas, padres, madres y apoderados, profesionales de la educación, asistentes de la educación, equipos docentes directivos y sostenedores educacionales.

ARTÍCULO 3ºMARCO LEGAL DEL MANUAL DE CONVIVENCIA

Los principios del presente Reglamento de Convivencia Escolar se subordinan a un conjunto

de marcos legales que le otorgan legitimidad y obligatoriedad.

1.- Constitución Política de la República de Chile. 1980

2.- Ley Orgánica Constitucional de Enseñanza. Ley Nº18.962 de 1990

3.- Declaración Universal de los Derechos Humanos.

4.- Convención de los Derechos del Niño.

5.-Decreto Nº87/1990.

6.-Ley de Integración Social para Personas con Discapacidad. Ley Nº19.284 de 1994

7.- Ley de Justicia Penal Adolescente. Ley Nº20.084

8.- Instructivo Presidencial sobre Participación Ciudadana, y la Política de Participación de

Padres, Madres y Apoderados en el sistema educativo.

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ARTÍCULO 4º. Derechos y deberes de la comunidad educativa.

4.1. Todos los integrantes de la comunidad educativa deberán promover y asegurar una sana convivencia escolar y realizar sus actividades bajo las máximas del respeto mutuo y la tolerancia.

4.2. Los miembros de la comunidad educativa tienen derecho a desarrollarse en un ambiente sano y a recibir la formación integral necesaria para construirlo. En caso de que dicho ambiente no se cumpla o se vea afectado, sus integrantes tendrán derecho a denunciar, reclamar, ser oídos y exigir que sus demandas sean atendidas en resguardo de sus derechos. A su vez, están obligados a colaborar en el tratamiento oportuno de situaciones de conflicto o maltrato entre cualquiera de los integrantes de la comunidad educativa y en el esclarecimiento de los hechos denunciados.

ARTÍCULO 5º NORMAS DEL ESTABLECIMIENTO

Las normas son aquellas que regulan, fijan límites y responsabilidades con respecto a aquellas situaciones que inciden en el funcionamiento regular y sobre la interrelación de los miembros de la comunidad educativa.

De acuerdo al perfil de los educandos, expresado en nuestro Proyecto Educativo Institucional, las normas descritas a continuación tienen un carácter formativo.

5.1.- De Funcionamiento

1.- Mantener sobre el 85% de asistencia.

2.- Toda inasistencia deberá ser justificada por el apoderado, en la libreta de comunicaciones, la cual será revisada por el/la profesor(a) de curso.

3.- En caso de más de 1 día de inasistencias, el apoderado deberá presentar en forma oportuna, en Inspectoría, el certificado médico u otro tipo de justificativo.

4.- El horario de ingreso al establecimiento es a las 8:30 Am, registrándose como atraso el ingreso después de las 8:30 a.m., exceptuando las alumnas Embarazadas y los casos autorizados por la dirección ( por enfermedad y distancia) que ingresan a las 9:.00 a.m.

Período Hora

1º Período 08:30 a 10:00

Recreo 10:00 a 10:20

2º Período 10:20 a 11:50

Recreo 11:50 a 12:00

3º Período 12:00 a 13:30

Recreo 13:30 a 14:15

4º Período 14:15 a 15:45

5.- En caso de atraso, debido a situaciones médicas u otras, el alumno debe acompañarse del apoderado o traer el justificativo o documento médico.

6.- El establecimiento funciona con jornada escolar completa, por tanto el horario de salida es a las 15:45 hrs, exceptuando algunos casos en que amerita la salida antes del horario establecido.

7.- El retiro excepcional de los alumnos antes del término de la jornada, sólo lo hará el

apoderado o persona autorizada y corresponderá a razones de salud o situaciones familiares

relevantes o emergentes. El retiro debe hacerlo el apoderado personalmente y será

registrado en libro de salida en Inspectoría.

8.- En caso de que el alumno, por razones de salud, no pueda realizar actividades de

educación física, deberá presentar certificado médico.

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9.- Los alumnos deben mantener una adecuada presentación e higiene personal todos los

días de la semana.

10.-Los alumnos de los niveles prebásicos deben vestir el buzo azul y delantal asignado.

Los alumnos de los niveles básicos deben vestir diariamente el uniforme escolar que

representa a la institución.

Niñas: Falda escocés gris, polera gris y chaleco gris o azul, calcetas o pantys de color gris,

zapatos negros. Los colets, pinches u otros adornos para el pelo deben ser de color gris, o

azul. No se permiten maquillaje.

Varones: Pantalón gris, polera gris, chaleco o polar gris o azul, zapatos negros y cotona . El

pelo deberá ser corto y sin colas. No se permite el uso de aros.

11.- En el uso de Parka, polar o chaquetón, sólo se permite el color, azul o gris, sin adornos

de colores.

12.- Para las salidas del establecimiento, los alumnos deberán usar el uniforme oficial de la

escuela.

13.- No se permite el uso tinturas de color en el pelo, el uso de piercing, aros llamativos,

collares o pulseras. Los alumnos(as) que asistan con alguno de estos, tendrán que

entregarlo a cualquier docente o Inspector que le solicite lo retire de su presentación

personal.

15.- Las alumnas en situación de embarazo o maternidad, al igual que los alumnos y

alumnas con VIH y/o estudiantes en situación de riesgo social y autonomía sexual, tendrán

los mismos derechos que los demás alumnos en relación a su ingreso y permanencia en el

establecimiento, no pudiendo ser objeto de ningún tipo de discriminación.

16.- Los alumnos que egresen de octavo básico con NEE, serán ubicados en colegios que

cuenten con los especialistas adecuados para su integración, permitiendo la continuidad de

sus estudios.

17.- Ningún alumno podrá ser discriminado por géneros, razas o etnias e inmigrantes.

18.- Todo alumno deberá ser aceptado independiente de su religión o creencia

5.2.- De Interacción

Teniendo presente la formación valórica en que queremos que se socialicen nuestros

alumnos, como componente esencial en la educación para la vida en comunidad, éstos

deben:

1.- Respetar necesidades, emociones, sentimientos e ideas de los demás.

2.- Ser responsables ante compromisos adquiridos.

3.-Mantener un trato amable, afectivo y respetuoso con todas las personas de la comunidad

educativa.

4.-Utilizar un vocabulario adecuado (no grosero) durante su permanencia en el

establecimiento.

5.-Ser solidarios y demostrar espíritu de servicio con quien lo necesita.

6.-Ser tolerantes y capaces de controlarse ante situaciones de conflicto, para no agredir a

otros ni verbal, ni físicamente.

7.-Respetar las diferencias de sexo, raza, religión u otra condición de sus pares.

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8.- Ser capaces de reconocer sus errores y corregirlos.

9.-Demostrar honestidad y honradez.

10.-Mantener una conducta sexual apropiada al contexto escolar.

5.3.- Roles y Funciones de Carmen Gloria Toloza Tapia Coordinador y Encargado de

Convivencia escolar

* Proponer o adoptar las medidas y programas conducentes al mantenimiento de un clima escolar sano;

* Diseñar e implementar los planes de prevención de la violencia escolar del establecimiento;

* Informar y capacitar a todos los integrantes de la comunidad educativa acerca de las consecuencias del maltrato, acoso u hostigamiento escolar y de cualquier tipo de conducta contraria a la sana convivencia escolar;

* Conocer los informes e investigaciones presentadas por los profesores jefes.

* Requerir a la Dirección, a los profesores o a quien corresponda, informes, reportes o antecedentes relativos a la convivencia escolar;

* Determinar, con alcance general, qué tipo de faltas y sanciones serán de su propia competencia y aquellas que puedan resolverse directamente por los profesores u otras autoridades del establecimiento, así como los procedimientos a seguir en cada caso; y

* Aplicar sanciones en los casos fundamentados y pertinentes.

5.4.- De Convivencia de los alumnos en el Aula

1.- Mantener un trato respetuoso con su profesor y pares.

2.- Ingresar oportunamente a la sala de clases.

3.- Salir de la sala de clases, sólo con autorización del profesor(a).

4.- Demostrar disposición al trabajo escolar.

5.- Cumplir con las tareas y compromisos oportunamente.

6.- Cooperar y mantener el orden y aseo de la sala, como de las dependencias de la escuela.

ARTÍCULO 6º DERECHOS DE LOS ALUMNOS

1.- A recibir aprendizajes de tal calidad, que les permita a futuro una integración social, educativa o laboral, de acuerdo a sus posibilidades.

2.- A recibir una formación integral, funcional y pertinente, de acuerdo a un programa educativo individual.

3.- A un trato respetuoso y cordial por parte de toda la comunidad educativa, al que debe retribuir con la misma actitud.

4.- A manifestar respetuosamente sus inquietudes, necesidades, discrepancias o intereses, tanto a su profesor jefe, como a otro funcionario del establecimiento.

5.- A ser reconocido, valorado y estimulado por las conductas positivas, las que quedarán registradas en su hoja de vida.

6.- A tener asistencia médica gratuita en accidentes escolares, a través del Seguro Escolar contemplado en el Decreto 313 de 1972. Todos los alumnos y alumnas de nuestro país tienen derecho a un seguro escolar gratuito que los protege en el caso de que sufran un

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accidente mientras desarrollen sus actividades estudiantiles, en el trayecto directo, de ida o regreso entre su casa y la escuela.

7.- A la reserva de aquella información relativa a sus situaciones personales y familiares.

8.- A recibir los beneficios de alimentación, de traslado, de becas, u otros, siempre que lo amerite un Informe Social.

9.- A recibir atención de los profesionales de apoyo del establecimiento, según sus necesidades pedagógicas y/o personales.

10.- A participar en actividades artísticas, deportivas y/o recreativas.

11.- A ser informados respecto de sus derechos y deberes, expuestos en el presente Manual de Convivencia Escolar.

12.- A ser informado de las fechas de evaluaciones y de sus resultados oportunamente.

13.- A ser evaluado, en situaciones de conflicto, de acuerdo a los criterios y normas definidas

en el presente Manual de Convivencia Escolar.

14.- A ser escuchado y apelar, en situaciones de conflicto y cuando sea objeto de sanción.

15.- A disfrutar de un ambiente limpio, cómodo y seguro mientras permanece en el

establecimiento (sala, patios, baños, comedor).

16.- A ser apoyado y protegido por las autoridades y profesionales pertinentes del

establecimiento, en situaciones de violencia intrafamiliar, drogas o abuso sexual.

17.- A ser evaluado y apoyado, mediante estudio de casos, cuando su situación pedagógica

y/o conductual lo amerite.

ARTÍCULO 7º DEBERES DE LOS ALUMNOS

7.1.- De Funcionamiento

1.-Tener su libreta de comunicaciones y llevarla consigo diariamente.

2.-Asistir en forma diaria y sistemática a clases.

3.- Ser puntual en el horario de ingreso al establecimiento.

4.-Participar de los talleres de la Jornada Escolar Completa y cumplir obligatoriamente con

los compromisos y/o presentaciones finales de éstos.

5.- Ingresar oportunamente a la sala de clases y permanecer en ella durante la jornada.

6.- Mantener una conducta adecuada en horarios de recreo.

7.- Participar de todas las clases y actividades de Educación Física.

8.- Asistir diariamente con el uniforme escolar y con buzo del establecimiento, el día que por horario le corresponda realizar Educación Física.

9.- Cuidar y mantener una higiene personal adecuada, sin uso de maquillaje, piercing, joyas, aros en los varones u otros adornos que no sean parte del uniforme escolar.

10.- No está permitido el consumo de cigarrillos, alcohol, drogas, tanto dentro como fuera del establecimiento.

11.- Abstenerse del uso de elementos cortantes y de peligrosidad, tales como corta cartón, cuchillos, pistolas u otros que atenten contra la seguridad de los demás.

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12.- Cuidar las áreas verdes, el aseo de la sala, patios, baños, usando los receptores de basura, no rayar paredes ni puertas.

13.- Cuidar el mobiliario de todas las dependencias del establecimiento

14.- No usar celulares, mp3, mp4, ni ningún objeto que no corresponda en horario de clases.

15.- Ante una salida pedagógica o extra programática planificada, presentar al profesor, la autorización firmada por el apoderado.

16.- Comportarse adecuada y responsablemente en las salidas y actividades fuera del

establecimiento.

17.-Representar a la escuela, en todas las actividades deportivas o artísticas en que haya

sido elegido y se compromete.

18.- En el caso de los alumnos de talleres laborales, deberán cumplir y realizar las prácticas

laborales que se le designen, representando adecuadamente a la escuela.

19.-Respetar a las autoridades, profesores, pares y demás miembros de la comunidad

educativa, tanto dentro como fuera del establecimiento.

20.-Respetar y resguardar su seguridad e integridad física como la de los demás

compañeros.

21.- Demostrar actitudes solidarias y de espíritu de servicio, ante compañeros más

disminuidos física o intelectualmente.

22.- Respetar y no hurtar las pertenencias ajenas.

23.- Mantener control ante conflictos y pedir intervención de un adulto, evitando situaciones

de maltrato físico o psicológico entre pares.

24.- Cumplir con sus obligaciones escolares, tareas, trabajos, disertaciones y materiales

solicitados por el/la profesor(a).

25.- Asistir puntualmente a todas las evaluaciones semestrales.

26.- Asistir puntualmente a todas las entrevistas, citaciones o tratamiento con los

profesionales no docentes.

27.-Comunicar oportunamente situaciones de amenazas, robos u otras que atenten contra si

mismo o con los demás, a su profesor jefe, Inspector o Director.

ARTÍCULO 8°. Prohibición de conductas contrarias a la sana convivencia escolar.

Se prohíbe cualquier acción u omisión que atente contra o vulnere la sana convivencia escolar. La autoridad competente investigará, de conformidad a la normativa interna del establecimiento, las conductas consideradas como maltrato escolar, las que deberán ser debidamente explicitadas y, de ser pertinente, castigadas mediante un sistema gradual de sanciones.

a) En la sala de clases se prohíbe lanzar papeles y objetos; los gritos o cualquier falta

que impide una clase ordenada y armoniosa.

b) ) A las estudiantes se les prohíbe el uso de maquillaje, cabello teñido, esmalte en las uñas, aros colgantes, aros artesanales, aros en nariz y/o boca, collares, pulseras, que no correspondan al uso de uniforme, igualmente a los varones los peinados o cortes de pelo irregular y el cabello teñido.

c) Se prohíbe a todos los alumnos, damas y varones el uso de cadenas, cuchillos, cartoneros, elementos contundentes y punzantes y el porte o tenencia o uso de

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cualquier elemento peligroso que sea, o pueda ser considerado arma que pueda atentar contra la seguridad de cualquier miembro de la comunidad educativa.

d) Los alumnos deberán cuidar dependencias del colegio, especialmente baños, mobiliarios, paredes, no permitiendo hacer rayas ni menos destrucción de ellos, lo que podrá significar reparar y/o pagar daño, y en caso de actitud maliciosa, puede merecer la suspensión de 20 días o cancelación en forma inmediata de la matricula.

e) El teléfono de secretaría no es de uso de los alumnos. Si éste carece, en caso de extrema gravedad podrá solicitarlo al Docente y/o Inspector General. Con todo, los teléfonos celulares no podrán activarse en periodo de clases, debiendo estar apagados.

f) Se prohíbe toda clase de compraventas entre alumnos

g) El colegio no se responsabilizará por pérdidas de joyas, celulares, textos, cuadernos, equipos deportivos, calculadoras, agendas, balones, parkas, bufandas, equipo de música y otros implementos que deberán ser cuidados por el propio alumno.

h) A los alumnos les estará estrictamente prohibido fumar dentro y fuera del colegio vistiendo o no uniforme escolar.

i) Los alumnos de la Escuela General Manuel Bulnes Prieto incurrirán en falta gravísima si hacen uso de Red Internet para: ofender, amenazar, injuriar, calumniar o desprestigiar a cualquier integrante de la Comunidad Escolar, provocando daño psicológico al, o los afectados. Esta falta será causal de cancelación de matrícula.

ARTÍCULO 9°. Definición de maltrato escolar.

9.1. Se entenderá por maltrato escolar cualquier acción u omisión intencional, ya sea física o psicológica, realizada en forma escrita, verbal o a través de medios tecnológicos o cibernéticos, en contra de cualquier integrante de la comunidad educativa, con independencia del lugar en que se cometa, siempre que pueda:

• Producir el temor razonable de sufrir un menoscabo considerable en su integridad física o psíquica, su vida privada, su propiedad o en otros derechos fundamentales;

• Crear un ambiente escolar hostil, intimidatorio, humillante o abusivo; o

• Dificultar o impedir de cualquier manera su desarrollo o desempeño académico, afectivo, moral, intelectual, espiritual o físico.

9.2. Se considerarán constitutivas de maltrato escolar, entre otras, las siguientes conductas:

• Proferir insultos o garabatos, hacer gestos groseros o amenazantes u ofender reiteradamente a cualquier miembro de la comunidad educativa;

• Agredir físicamente, golpear o ejercer violencia en contra de un alumno o de cualquier otro miembro de la comunidad educativa;

• Agredir verbal o psicológicamente a cualquier miembro de la comunidad educativa;

• Amedrentar, amenazar, chantajear, intimidar, hostigar, acosar o burlarse de un alumno u otro miembro de la comunidad educativa (por ejemplo: utilizar sobrenombres hirientes, mofarse de características físicas, etc.);

• Discriminar a un integrante de la comunidad educativa, ya sea por su condición social, situación económica, religión, pensamiento político o filosófico, ascendencia étnica, nombre, nacionalidad, orientación sexual, discapacidad, defectos físicos o cualquier otra circunstancia;

• Amenazar, atacar, injuriar o desprestigiar a un alumno o a cualquier otro integrante de la comunidad educativa a través de chats, blogs, fotologs, mensajes de texto, correos electrónicos, foros, servidores que almacenan videos o fotografías, sitios webs, teléfonos o cualquier otro medio tecnológico, virtual o electrónico;

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• Exhibir, transmitir o difundir por medios cibernéticos cualquier conducta de maltrato escolar;

• Realizar acosos o ataques de connotación sexual, aun cuando no sean constitutivos de delito;

• Portar todo tipo de armas, instrumentos, utensilios u objetos cortantes, punzantes o contundentes, ya sean genuinos o con apariencia de ser reales, aun cuando no se haya hecho uso de ellos; o

• Portar, vender, comprar, distribuir o consumir bebidas alcohólicas, drogas o sustancias ilícitas, o encontrarse bajo sus efectos, ya sea al interior del establecimiento educacional o en actividades organizadas, coordinadas, patrocinadas o supervisadas por éste.

ARTÍCULO 10º SANCIONES

Reconocimiento positivo:

El Colegio dispone de un sistema de reconocimiento de méritos y acciones positivas

realizadas por los alumnos. Este sistema reconoce los siguientes méritos:

1. - Actitudes de honradez mostradas en el cumplimiento de sus deberes escolares.

2. - Actitudes solidarias o de preocupación por sus compañeros.

3. - Actividades de bien comunitario, en beneficio de sus compañeros o de la Comunidad. 4. - Participación en actividades extraescolares, en representación del Colegio.

5. - Desempeño eficiente y destacado en las labores de su curso o en representación de su

Colegio.

6. - Reconocimiento positivo realizado por el Profesor Jefe o los Docentes de Asignatura y

que ha quedado registrado en su Hoja de Vida o Libro de Clases.

7. - Participación en Actividades de Ornato y Aseo del Colegio, en Actividades Sociales,

Recreativas, Culturales o Solidarias organizadas por su Curso o el Centro de Alumnos.

8. - Presentación Personal ejemplar correcta durante el desarrollo del año escolar, o en

Actividades en Representación del Colegio

9. - Sobresaliente responsabilidad escolar que se demuestra en su asistencia, puntualidad,

responsabilidad en el cumplimiento de sus deberes, aplicación y rendimiento.

Para la aplicación práctica y reconocimiento concreto de estas acciones y actitudes positivas,

se implementará un sistema de estímulos especiales.

Una sanción es un acto que implica una llamada de atención y de responsabilidad para quien

ha vulnerado una norma del establecimiento.

Para el logro de nuestra Misión, el objetivo de la sanción es permitir que los sujetos tomen

conciencia de las consecuencias de sus actos, se responsabilicen por ellas y desarrollen

compromisos genuinos de la reparación del daño a costa de su propio esfuerzo.

En este sentido, la aplicación de las sanciones de este Reglamento, que a posterior se

describen, se definen bajo criterios de graduación, procedimientos, responsables y espacios

de apelación.

Cabe destacar que según lo establecido en la Convención de los Derechos del Niño, es

necesario educar a los niños en el conocimiento y ejercicio de sus derechos y deberes.

En caso de intimidación y maltrato entre alumnos, el establecimiento debe contemplar, en su

Reglamento de Convivencia, procedimientos de resolución pacífica de conflictos y establecer

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sanciones para el o los alumnos agresores. Además debe velar por la protección y seguridad

del niño que ha sido agredido.

OBSERVACIONES

Toda sanción debe tener como fin la formación del alumno y de sus compañeros, debe ayudarlo a reconocer su falta y a reflexionar sobre ella.

Toda sanción debe ser proporcional a la gravedad de la falta y guardar relación con su naturaleza.

Siempre quien aplique una sanción debe manifestar claramente su confianza en el alumno y en su capacidad para reparar su falta y rectificar la conducta.

10.2.- Sanciones de Tipo Formativas

Servicio Comunitario (ej: limpiar la sala de clases)

Servicio pedagógico (ej: Ayudar en cursos Menores)

De reparación (ej: Restituir el cuaderno roto)

De recuperación estudios (ej: disertación o trabajo específico)

10.3.- Sanciones Extremas

La sanción más extrema que puede aplicarse a un alumno es ser expulsado de la

escuela, por la gravedad de esta medida se aplicarán los siguientes procedimientos:

El caso en cuestión se presentará al Consejo de Profesores, el cual tendrá un carácter de consultivo, y el resolutivo será de exclusiva responsabilidad y competencia de la Dirección del establecimiento.

Sólo podrá ser aplicada cuando no ha sido posible corregir la conducta problema por otros medios.

Sólo se justifica cuando no se dispone de los medios adecuados para proporcionar al alumno la ayuda que necesita o cuando la permanencia del alumno en el colegio perjudique seriamente la formación o la integridad de sus compañeros.

Los padres deben estar advertidos con tiempo suficiente de la situación de sus hijos.

10.4. Medidas y Sanciones Disciplinarias. Se podrá aplicar a quien incurra en conductas contrarias a la sana convivencia escolar, y especialmente en los casos de maltrato, alguna o algunas de las siguientes medidas o sanciones disciplinarias:

a) Diálogo personal pedagógico y correctivo;

b) Diálogo grupal reflexivo;

c) Amonestación verbal;

d) Amonestación por escrito;

e) Comunicación al apoderado;

f) Citación al apoderado;

g) Derivación psicosocial (terapia personal, familiar, grupal; talleres de reforzamiento, educación o de control de las conductas contrarias a la sana convivencia escolar); (es responsabilidad de los padres cumplir con este compromiso)

h) Asistencia a charlas o talleres relativos al consumo o efectos de las bebidas alcohólicas, las drogas o sustancias ilícitas;

i) Servicios comunitarios a favor del establecimiento educacional, tales como apoyo escolar a otros alumnos, ayudantía a profesores, asistencia a cursos menores, entre otras iniciativas;

j) Suspensión temporal;

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k) Condicionalidad de la matrícula del alumno;

l) No renovación de la matrícula para el próximo año escolar; o

m) Expulsión del establecimiento educacional, sólo aplicable en casos de especial gravedad, debidamente fundamentados, y luego de haber agotado todas las medidas correctivas anteriores, con pleno respeto al principio del debido proceso establecido en las normas respectivas.

11.2. Si el responsable fuere un funcionario del establecimiento, se aplicarán las medidas contempladas en normas internas, así como en la legislación pertinente.

11.3. Si el responsable fuere el padre, madre o apoderado de un alumno, en casos graves se podrán disponer medidas como la obligación de designar un nuevo apoderado o la prohibición de ingreso al establecimiento.

10.5 Criterios de aplicación.

Toda sanción o medida debe tener un carácter claramente formativo para todos los involucrados y para la comunidad en su conjunto. Será impuesta conforme a la gravedad de la conducta, respetando la dignidad de los involucrados, y procurando la mayor protección y reparación del afectado y la formación del responsable.

Deberán tomarse en cuenta al momento de determinar la sanción o medida, los siguientes criterios:

a) La edad, la etapa de desarrollo y madurez de las partes involucradas;

b) La naturaleza, intensidad y extensión del daño causado;

c) La naturaleza, intensidad y extensión de la agresión por factores como:

• La pluralidad y grado de responsabilidad de los agresores;

• El carácter vejatorio o humillante del maltrato;

• Haber actuado en anonimato, con una identidad falsa u ocultando el rostro;

• Haber obrado a solicitud de un tercero o bajo recompensa;

• Haber agredido a un profesor o funcionario del establecimiento;

d) La conducta anterior del responsable;

e) El abuso de una posición superior, ya sea física, moral, de autoridad u otra;

f) La discapacidad o indefensión del afectado.

ARTÍCULO 11º Sobre la calificación de las infracciones

Las infracciones de los estudiantes se clasificarán en: leves, graves, gravísimas

Las Faltas se basan en la responsabilidad y compromiso frente a las obligaciones asumidas, originando sanciones consecuentes y proporcionales a la gravedad de las faltas

FALTAS LEVES. Se consideran infracciones LEVES las siguientes: a) Asistir al colegio sin los útiles escolares. b) Asistir al colegio sin el uniforme oficial o solo de manera parcial. c) Llegar atrasado a clases o cualquier actividad oficial del colegio. d) Conversar en clases sin la autorización del profesor. e) Salir de la sala durante el desarrollo de las clases sin autorización. f) Usar durante la jornada escolar: joyas, personal stereos, u otros elementos ajenos

a la asignatura en desarrollo.

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g) Comer durante el desarrollo de la clase, o realizar una actividad que no corresponda a la asignatura.

h) Presentarse desaseado con maquillaje o con el pelo suelto (las damas).

Sanciones asociadas a faltas leves a) Amonestación escrita. b) Trabajo colaborativo. Estamentos dirimentes: Docentes de aula ; Jefatura de curso; Inspectoría.

FALTAS GRAVES. Se considerarán infracciones GRAVES las siguientes:

a) Impedir el normal desarrollo de una clase, profiriendo gritos, tirando objetos, molestando a sus compañeros.

b) La reiteración de faltas Leves. c) No justificar atrasos o inasistencias. d) Intentar y/o copiar en prueba, exámenes, trabajos de investigación, etc. Y de intentar

y/o ayudar de cualquier forma en pruebas escritas u orales. e) Adulterar trabajos de alumnos de la misma clase o de curso superior o anterior con la

finalidad de obtener provecho en el proceso evaluativo del mismo. f) Negarse a realizar las actividades escolares dentro de la sala de clases o fuera de ella

(Ed. Física u otra) ordenadas por docentes y/o cualquier autoridad del establecimiento. g) Negarse de manera individual y/o de manera grupal a realizar pruebas en la fecha

indicada, salir al pizarrón o ser interrogados por el profesor. En general, por todo acto o comportamiento que impida el normal desarrollo de la clase y de cualquier proceso evaluativo (entregar la prueba en blanco, romper la prueba, ocultarse, etc.)

h) Organizar y/o participar de cualquier actividad que impida el normal desarrollo de las actividades académicas o extra curriculares, etc.

i) El(los) alumno(s) que entreguen una prueba en blanco serán llamados en forma inmediata por el docente de la asignatura y/o por la Dirección, Jefe de U.T.P., o Inspector General para su evaluación escrita u oral inmediata , Se le informará al apoderado y el alumno (a) tendrá la oportunidad de realizar la prueba , de lo contrario se calificara con la nota mínima (2.0)

j) Resistirse en cualquier forma, a cumplir las órdenes o disposiciones emanadas por las autoridades de la Escuela General Manuel Bulnes Prieto , tales como la Dirección, Jefe de U.T.P., Inspector General, Docentes. Utilizar el nombre o símbolo de la institución sin la autorización de la autoridad competente, en hechos que lesionen la buena imagen del Colegio para su provecho personal.

k) Las manifestaciones de palabra o de hecho en actos que perturben el orden interno del Colegio y toda expresión o comportamiento desmesurado, dirigida en contra de autoridades nacionales, y las propias del establecimiento, o de los actos académicos y extra curriculares, sea o no con ocasión del desempeño de sus funciones.

l) Faltar el respeto a alumnos, apoderados, docentes, directivos docentes, funcionarios, administrativos, auxiliares ya sea de manera verbal, alzando la voz, decir improperios, dar portazos, haciendo gestos groseros o amenazantes.

m) Faltar el respeto a los símbolos patrios o religiosos. n) Ingresar sin autorización a la sala de computación y laboratorio estando sin el docente

a cargo. o) Ensuciar y/o rayar murallas, suelos, baños o pegar carteles con consignas de

cualquier índole o expresiones ofensivas a la institución o a las buenas costumbres. Sanciones asociadas a las faltas graves. a) Trabajo apoyo pedagógico. b) Suspensión de clases. c) Condicionalidad de la matricula. Estamentos dirimentes: Jefatura de curso; Inspectoría; Orientadora; Comité de sana

convivencia escolar

Circunstancias atenuantes previas a la sanción de faltas leves y graves. Desarrollo psicoafectivo. Reconocimiento espontaneo de la falta. Enmienda o compensación del perjuicio causado

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Intachable comportamiento anterior. Inducción de tercero, mayores en edad o madurez psicoafectiva.

Circunstancias agravantes previas a sanción de faltas leves y graves

Recurrencia de la falta. Medidas disciplinarias vigentes. Representatividad del alumno. Premeditación de la falta cometida. Aprovechamiento de la confianza depositada. Encubrimiento de faltas concomitantes. Grado de complicidad frente a la falta.

FALTAS GRAVISIMAS. Se considerarán especialmente infracciones GRAVÍSIMAS las siguientes:

a) La reiteración de conductas calificadas como graves (2) b) La comisión – de palabra o de hecho – de actos de violencia o intimidación en contra

de alumnos, docentes directivos, docentes, funcionarios administrativos y auxiliares. c) Ocasionar daños o destrucción de los bienes del colegio d) La adulteración de notas, firmas de padres o de las autoridades del establecimiento

y/o documentos oficiales: el Libro de Clases sólo puede ser manipulado por profesionales de la educación por ser un Instrumento Legal; y su uso indebido por parte del alumnado será causal de inmediata expulsión y sanciones legales que correspondan.

e) El ingresar a los recintos del colegio, revistas, imágenes u material audiovisual de carácter inmoral y que atente a las buenas costumbres.

f) Sustraer, hurtar, robar material del establecimiento, de sus padres, profesores o de cualquier funcionario o miembro de la comunidad educativa.

g) Ingresar a los recintos de la institución bajo los efectos del alcohol o de sustancias psicotrópicas.

h) El adquirir, fomentar, suministrar, traficar o almacenar dentro de los recintos o dependencias del colegio drogas o estupefacientes y/o bebidas alcohólicas.

i) Ingresar y/o consumo de cigarrillos al interior del colegio o en su entorno j) Promover, fomentar o participar en cualquier forma acciones o conductas violatorias

del orden público o jurídico. k) Organizar y/o promover la indisciplina dentro del aula, que genere daño físico o

psicológico a los docentes o a los alumnos. l) Realizar la cimarra. La suma de dos infracciones seguidas será motivo de retiro

del establecimiento. m) Justificar con personas ajenas a la familia, no siendo ni el apoderado(a) o tutor(a)

apoderado suplente. n) Agredir físicamente con o sin objetos o instrumentos de cualquier naturaleza a

cualquier miembro de la unidad educativa o) Realizar Bullying a cualquier miembro de la comunidad educativa

Sanciones asociadas a las faltas gravísimas. a) Extrema condicionalidad de la matricula. b) Caducidad de la matricula. c) Cancelación de matrícula y traslado de Establecimiento. Estamentos dirimentes: Inspectoría; Comité de sana convivencia escolar; Dirección

A MODO DE COROLARIO. 1. En situaciones de flagrancia se aplicará sanción sin necesidad de antecedentes o

pruebas. 2. Una falta gravísima puede ameritar cancelación de matrícula con inmediatez y sin

pasos previos. 3. Situaciones no consideradas en este manual, serán resueltas por la Dirección del

colegio.

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ARTÍCULO 12º Técnicas para la Resolución de Conflictos

Las técnicas que se utilizarán para aplicar los procedimientos de cada sanción permitirán

afrontar positivamente los conflictos.

La negociación: las personas implicadas en el problema dialogan cara a cara para llegar a un acuerdo.

La mediación: Un tercero neutral ayuda a las partes en conflicto a alcanzar un acuerdo o arreglo mutuamente aceptable.

La conciliación y arbitraje: Con la ayuda de un tercero, árbitro o juez con poderes reconocidos por todos como autoridad decide una salida o solución al conflicto que debe ser acatada por las personas en conflicto.

12.1 Mediación.

El establecimiento podrá implementar instancias de mediación u otros mecanismos de similar naturaleza como alternativa para la solución pacífica y constructiva de los conflictos de convivencia escolar. Este sistema incluirá la intervención de alumnos, docentes, orientadores, otros miembros de la comunidad educativa y especialistas.

ARTÍCULO 13. Publicidad y Difusión

El establecimiento deberá adoptar las acciones necesarias para la correcta, oportuna y completa difusión acerca de las normas y planes relativos a la convivencia escolar a través de todos los medios disponibles, como: reuniones de padres y apoderados, agenda escolar, consejos de curso, diarios murales y centro de alumnos, para que la comunidad educativa esté permanentemente informada y pueda ejercer sus derechos. El presente Manual será materia de estudio en el Subsector de Historia y Ciencia Sociales en todos los cursos.

Anualmente, el MCE, estará sujeto a modificaciones si así lo requiere, a través de: Consejo

de Profesores, Centro de Padres y alumnos.

14.-Derechos de los Padres y Apoderado

Ser informados del Proyecto Educativo Institucional y del Reglamento de Convivencia

Escolar

14.1 De los Padres y Apoderados La Escuela General Manuel Bulnes está abierta a la participación activa de todos los Padres, Apoderados y Tutores de nuestros alumnos(as); orientándolos desde nuestro Proyecto Educativo, con normas claras, disciplina, respeto y afecto; fortaleciendo con ello los valores que les forma la Familia. Para alcanzar estos propósitos se hace necesario que los Padres, Apoderados y Tutores velen por el cumplimiento que establecen las normas de nuestro Manual de Convivencia Escolar, para propiciar un clima favorable a los aprendizajes; a la formación integral de sus pupilos(as), de modo que constituyan sus Proyectos de Vida basados en los principios que otorga la Familia y refuerza la escuela. De esto concluye que es tarea de los Padres, Apoderados y/ o Tutores:

Asistir obligatoriamente a Reuniones de apoderados sin niños, tomando en cuenta que las reuniones están calendarizadas y son una vez al mes.

Participar en todas las actividades inherentes a su rol como activo del Centro General de Padres y Apoderados y Subcentro de curso.

Asistir al Colegio con la adecuada sobriedad en presentación, trato y modales.

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Será obligatorio que el apoderado titular o suplente asista a entrevistas, reuniones de curso, que cite un Profesor de Subsector, Profesor Jefe o Dirección con la debida antelación.

Informarse de la marcha académica y disciplinaria de su pupilo: en reuniones de Subcentros del curso, y en hora de atención de apoderados del profesor jefe.

En ningún caso podrán intervenir en materias de carácter Técnico Pedagógico, siendo éstas de exclusiva responsabilidad de los Directivos y Docentes.

Cumplir con el deber de justificar oportunamente las inasistencias del pupilo(a):

1 día de ausencia: justificación personalmente y/o por escrito. 2 o más días de ausencia: justificación personalmente y con certificado médico. Menos del 85% de asistencia bimensual deberán presentarse personalmente

apoderado a justificar con los certificados que corresponden.

Reparar, reponer y / o responsabilizarse de daños, de cualquier índole o material, que provoque su pupilo en mobiliario o infraestructura.

En casos debidamente calificados, según antecedentes que así lo ameriten y por la educación de su pupilo(a), la Dirección del Colegio podrá solicitar el cambio de Apoderado, con aviso escrito y la debida antelación.

El Colegio se reserva el derecho de no renovar matrícula a alumnos cuyo apoderado se encuentre objetado por el Consejo General de Profesores y por el Comité de sana Convivencia por su conducta desleal con el Colegio.

Expresar por escrito o en forma oral cualquier observación o reclamo fundado a situaciones que estime injustas o arbitrarias, para lo cual usará el conducto regular según materia:

Académica: a) Profesor(a) b) Profesor(a) Jefe c) Unidad Técnica Pedagógica d) Dirección

Disciplinaria: a) Profesor(a) Jefe o Subsector b) Inspector General c) Dirección

Otras Materias: a) Subcentro de Padres y Apoderados b) Centro General de Padres y Apoderados c) Dirección y/o Representante Legal El diálogo permanente entre la familia y el Colegio cooperará a la creación de un ambiente consecuente, claro y positivo que permitirá el desarrollo integral del alumno(a) materializando sus proyectos de vida. NOTA: Cualquier situación de Convivencia Escolar , no contemplada en este Manual, será resuelta por el Consejo Directivo. ANEXO LEY CONTRA BULLYNG

1- Define acoso escolar, “entendido como toda acción u omisión constitutiva de agresión u hostigamiento reiterado, realizado fuera o dentro del establecimiento por estudiantes, que en forma individual o colectiva, atenten en contra de otro estudiante, valiéndose para ello de una situación de superioridad o de indefensión del estudiante afectado, causando maltrato, humillación o temor de verse expuesto a un mal de carácter grave, ya sea por medios tecnológicos o cualquier otro medio.

2- Establece la obligación para los alumnos, padres, madres, apoderados, profesionales y asistentes de la educación, propiciar un clima escolar que promueva la buena convivencia de manera de prevenir todo tipo de acoso escolar.

3- Obliga a los padres, madres, apoderados, profesionales y asistentes de la educación, como los equipos docentes y directivos a informar las situaciones de violencia física o psicológica, agresión u hostigamiento que afecte a un estudiante o miembro de la comunidad educativa, de las cuales tomen conocimiento. Todo lo anterior conforme con el MANUAL DE CONVIVENCIA.

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“El cumplimiento de las normas del colegio conlleva a un mejor funcionamiento

de éste y refleja el compromiso de los padres y apoderados por la educación de

sus hijos”.