la notificacion electronica obligatoria

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  • 8/7/2019 LA NOTIFICACION ELECTRONICA OBLIGATORIA

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    LA NOTIFICACION ELECTRONICA OBLIGATORIA Y ELAPODERAMIENTO A UN TERCERO - (ASESOR FISCAL?) -

    Ya sabemos todos que desde el da 1 de Enero de 2011 ha entradoen vigor la notificacin electrnica obligatoria por parte de la AEAT (RD1363/2010, de 29 de octubre- BOE 16 de noviembre).

    Los obligados a recibir esta notificaciones (todas las sociedadesque tengamos como clientes) pueden encontrarse con algunosproblemas si no solucionan determinadas cuestiones previas. Intentar

    esbozar algunas recomendaciones para nuestro colectivo deprofesionales. Qu debemos ir preparando con carcter previo a recibirla comunicacin de inclusin en este sistema de notificaciones?.

    Somos conscientes de que la gran mayora de nuestros clientes nisiquiera tienen el certificado digital para poder operar telemticamentecon la AEAT (segn cifras de la propia AEAT el 90% de las sociedadescarecen de este certificado). Una vez reciban la comunicacin deinclusin empezar a contar el plazo de los 10 das para los accesos

    peridicos al buzn electrnico de comunicaciones, por tanto debemosadelantarnos, el primer paso debe ser:

    1.IR SOLICITANO YA!! LOS CERTIFICADOS DIGITALES DENUESTROS CLIENTES (Si alguna sociedad carece de mediosinformticos, debera ser su administrador, gerente,socio, quien solicite en su domicilio particular estecertificado.)

    No esperar a recibir la primera carta para empezar a gestionarlo,

    ya que se prev una avalancha de tramitaciones para este ao 2011.

    Una vez conseguido este primer objetivo ya nos posibilita anosotros, como profesionales, descargar sobre cada una de lassociedades la obligacin de asumir sus propias notificaciones.

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    Esto es muy importante que todos lo tengamos claro porque elhecho de asumir sus notificaciones nos obliga a implantar en nuestros

    despachos un sistema seguro, fiable y fehaciente de traslado a cada unode nuestros clientes de sus respectivas notificaciones, el no hacerlo deesta manera nos podra reportar la consiguiente responsabilidadprofesional.

    El siguiente paso a seguir, aprovechando que nuestros clientesdisponen del certificado digital, sera:

    2.GUIAR A NUESTRO CLIENTE PARA QUE, A TRAVES DELPORTAL DE LA AEAT, NOS D EL APODERAMIENTO PARA

    REALIZAR TODOS LOS TRAMITES QUE YA HACEMOS PORINTERNET (el apoderamiento puede ser genrico y amplio opuede ser parcial. Los que slo llevan laboral puedenapoderarse para la presentacin de las declaraciones deretenciones que presenten), y que en la mayora de loscasos no disponemos de la correspondiente autorizacin.HAY QUE TENER EN CUENTA AL REALIZAR ELAPODERAMIENTO QUE NO DEBEMOS INCLUIR ELAPODERAMIENTO PARA LA RECEPCION DE LAS

    NOTIFICACIONES ELECTRONICAS, en la pantalla pararealizar el apoderamiento existen varias opciones, una deellas es el de las notificaciones (sta no se debe marcar).

    Este es un proceso sencillo que se realiza desde el propioordenador del cliente, accediendo al portal de la AEAT sin tener quedesplazarse a ningn sitio ni tener que hacer documento alguno.

    Esto es MUY IMPORTANTE, porque al igual que en el puntoanterior estamos cubriendo nuestra responsabilidad por la presentacin

    de declaraciones, escritos, recursos, etc. en nombre de terceros sintener que preocuparnos de rellenarle para cada trmite unaautorizacin.

    Al recibir este apoderamiento (excluyendo las notificaciones)tambin tenemos grandes ventajas a la hora de solicitar y recogercertificaciones, informacin, datos, expedientes, etc.

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    Con estas 2 indicaciones hemos resuelto el problema de lanotificacin y adems hemos cubierto nuestra responsabilidad

    profesional en 2 frentes que actualmente tenemos abiertos.Para finalizar, apuntar un ltimo supuesto que aliviara un poco la

    tensin entre Cliente-Asesor. Se trata de que el cliente, una vezobtenga su certificado digital y reciba la comunicacin de inclusin,visite el portal del Servicio de Notificaciones Electrnicas(http://notificaciones.060.es), este proceso puede ser guiado pornosotros. Al hacerlo por primera vez se le mostrar un formulario paraque indique una direccin de correo electrnico a la que se le enviar unaviso de cortesa cada vez que una notificacin sea depositada en subuzn.

    3.Mi recomendacin es que no slo se indique una direccinde correo de la empresa, o varias separadas por puntos ycomas, sino que, adems, se incluya la del colaboradorsocial (la nuestra). De esta manera, las notificaciones lasrecibirn en la propia empresa, y al mismo tiempo, elasesor recibir un aviso de que su cliente ha recibido unanotificacin (nuestra misin ser llamar al cliente, sin

    ninguna responsabilidad, para indicarle que entre al portal,se descargue la notificacin y nos la enve.

    El propio interesado ser quien tenga que acceder al contenido dela misma para, posteriormente, remitrsela a su asesor, que ser quienfinalmente se encargue de su tramitacin.

    Atentamente,

    Jos Castao Semitiel

    COMISIN ESTUDIOS FISCALES

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    ANEXO PANTALLAS DE INTERNET

    1) Pantalla para obtencin del certificado digital (sta es la opcinde la FNMT-gratuita, existen otras que podrais elegir):

    2) Pantalla de la AEAT para realizar el apoderamiento con lasopciones: poder general para trmites tributarios y poderpara trmites tributarios especficos.

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    3) Pantalla de la AEAT: poder general para trmites tributarios.

    4) Pantalla de la AEAT: poder para trmites tributariosespecficos