intervencion tema 1
DESCRIPTION
Educacion infantilTRANSCRIPT
-
5/19/2018 Intervencion Tema 1
1/68www.altamar.es
-
5/19/2018 Intervencion Tema 1
2/68www.altamar.es
Unidad didctica 1
-
5/19/2018 Intervencion Tema 1
3/68
www.altamar.es 3
Definicin de infancia
Es un perodo de la vida de un nio o una nia.
Se extiende desde su nacimiento hasta la pubertad.
Se producen unos importantes cambios psicolgicos, sociales y biolgicos.
De su correcto desarrollo depender en buena parte su evolucin en las
etapas vitales posteriores.
-
5/19/2018 Intervencion Tema 1
4/68
www.altamar.es 4
La atencin a la infancia a lo largo de la historia
En el mundo antiguo
Antigua Mesopotamia. Cdigo de Hammurabi.
Captulos dedicados a la higiene y los cuidados de los nios y nias.
Primera legislacin que regula la proteccin de los hurfanos.
Los vedas de la India.
Las antiguas sociedades de Grecia y Roma:
Valor como propiedad o como inversin en el futuro adulto.
Poco valor de los vnculos sanguneos.
Excepcin: M.F. Quintiliano. Mostr inters por la pedagoga.
En toda la antigedad estaban extendidos y tolerados el
infanticidio, el abandono, la esclavitud o el maltrato.
-
5/19/2018 Intervencion Tema 1
5/68
www.altamar.es 5
La atencin a la infancia a lo largo de la historia
En el mundo antiguo
Concepcin romana del hijo:
Al nio romano recin nacido se le posaba en el suelo.
El padre lo reconoca tomndolo en sus brazos y elevndolo
del suelo (
elevare
).
Si el padre no
elevaba
al nio, ste era abandonado,
expuesto ante la puerta, al igual que suceda con los hijos de
los esclavos cuando el amo no saba qu hacer con ellos.
-
5/19/2018 Intervencion Tema 1
6/68
www.altamar.es 6
La atencin a la infancia a lo largo de la historia
La poca medieval y renacentista
Expansin y consolidacin del cristianismo (s. II y III):
Se impone la nueva moral cristiana. Repercusiones en la consideracin de la
familia y la infancia.
Se fundamenta en el matrimonio como forma prioritaria de unin.
Las relaciones de consanguinidad se convierten en lazos de unin
indisoluble.
Religin musulmana:
Propagacin de ideas que contribuyen a la mejora de la atencin a la
infancia.
El libro de la crianza del nio, Ibn-Al-Jazzar. Manual de pediatra.
-
5/19/2018 Intervencion Tema 1
7/68
www.altamar.es 7
La atencin a la infancia a lo largo de la historia
La poca medieval y renacentista
Otras aportaciones significativas:
San Agustn (354-430)
San Juan Crisstomo (384-407)
Ibn Miskawayh (1030)
Avicena (980-1037)
Averroes (1126-1198)
Ramon Llull (1232-1315)Alfonso X el Sabio (1221-1284).
Se debe educar a los menores: Por
ley natural a los propios hijos, por
bondad a los ajenos y por motivos
morales a los abandonados.
-
5/19/2018 Intervencion Tema 1
8/68
www.altamar.es 8
La atencin a la infancia a lo largo de la historia
El humanismo y el comienzo de la educacin
A partir del Renacimiento: inters ms especfico por la infancia como una
etapa diferenciada de la vida y que tiene que ser objeto de atencin.
Empiezan a proliferar instituciones destinadas a la proteccin de la infancia
como los orfanatos.Mtodos educativos:
Figura del maestro como protagonista de la educacin y centro del
conocimiento.
Disciplina y severidad: se permite el maltrato.
Destacan:J. Comenio (1592-1670).
Juan Bautista de la Salle (1651-1684).
Vicente de Pahul (1581-1660).
-
5/19/2018 Intervencion Tema 1
9/68
www.altamar.es 9
La atencin a la infancia a lo largo de la historia
De la Ilustracin al siglo xx
J. J. Rousseau (1712-1778)
J. H. Pestalozzi (1746-1827)
F. Frbel (1752-1852).
Reclama el respeto por las
emociones y las fases madurativas
de los pequeos.
Busca integrar socialmente a los
menores de escasos recursos a travs
del aprendizaje de un oficio.
Introduce el juego como principal
estrategia pedaggica en los
primeros jardines de infancia.
Nuevas ideas Primeros pedagogos
-
5/19/2018 Intervencion Tema 1
10/68
www.altamar.es 10
La atencin a la infancia a lo largo de la historia
Industrializacin y reglamentacin estatal
La industrializacin de la 2 mitad de siglo XIX utiliz a los menores como
fuerza de trabajo en tareas muy duras y en condiciones de sobreexplotacin.
El Estado adopt leyes protectoras de la infancia.
A finales de siglo se incorpora en la mayora de los pases desarrollados unconjunto de leyes de proteccin y regulacin de la infancia.
En Espaa: ley Tolosa Latour de 1904, que naci con la intencin de proteger
a los nios menores de 10 aos y de regular su actividad.
-
5/19/2018 Intervencion Tema 1
11/68
www.altamar.es 11
La atencin a la infancia a lo largo de la historia
La poca dorada de la pedagoga y la psicologa
En la 2 mitad siglo XIX se produce la eclosin de un movimiento
pedaggico conocido como Escuela Nueva, que propone una renovacin
de los mtodos pedaggicos existentes a partir de una concepcin
diferente que tiene sobre la infancia.
M. Montessori (1870-1952), O. Decroly (1871-1932), C. Freinet (1896-
1966), o A. S. Neill (1883-1973) experimentan nuevas prcticas educativas
y las difunden por todo el mundo.
La psicologa se vuelca en el estudio de la infancia, como etapa decisiva en
el futuro desarrollo de la persona: J. Piaget (1896-1980), L. Vigotski (1896-
1934), H. Wallon (1879-1962) o S. Freud (1856-1939).
Esta ebullicin se ralentiz a causa de las dos guerras mundiales, la guerra
civil espaola, los totalitarismos, las dictaduras y el miedo al comunismo.
-
5/19/2018 Intervencion Tema 1
12/68
www.altamar.es 12
La atencin a la infancia a lo largo de la historia
Hacia el reconocimiento mundial de la infancia
Declaracin de Ginebra
(1024)
Declaracin Universal de los
Derechos Humanos (1948)
Declaracin Universal de los
Derechos del Nio (1959)
Convencin sobre los
Derechos del Nio (1989)
La atencin y la proteccin a
la infancia alcanzan la
cobertura y el
reconocimiento
internacional del que gozan
hoy en da
-
5/19/2018 Intervencion Tema 1
13/68
www.altamar.es 13
La atencin a la infancia a lo largo de la historia
Hacia el reconocimiento mundial de la infancia
Todo este proceso que culmina en 1989 (Convencin de los Derechos
del nio) supone un cambio cualitativo importante en dos frentes:
Los organismos internacionales
toman el relevo a las
reglamentaciones estatales en
cuanto a establecer el marco de
proteccin, atencin y derechos
de la infancia.
Por primera vez se reconocen a los
nios y nias unos derechos
civiles, ms all de los de
proteccin y ayuda.
-
5/19/2018 Intervencion Tema 1
14/68
www.altamar.es 14
La atencin a la infancia a lo largo de la historia
La vulneracin de los derechos de los nios y las nias
Los derechos de la infancia distan mucho de
ser respetados de forma universal y son
todava muchos los casos en que las
necesidades fundamentales de los nios y
nias no se ven satisfechas.
De los 2 200 millones de nios y nias que
hay en el mundo, el 86 vive en pases en
desarrollo, as como ms del 95 de los que
mueren antes de alcanzar los 5 aos, y son
muchos los que no tienen acceso a la
enseanza primaria o estn sometidos a
trabajos forzados o a abusos sexuales.
-
5/19/2018 Intervencion Tema 1
15/68
www.altamar.es 15
Organismos internacionales de atencin a la infancia
Despus de la segunda guerra mundial miles de nios y nias quedaron
hurfanos y sin hogar especialmente en Europa.
Esta situacin hizo surgir organismos de proteccin a la infancia.
Segn su relacin con los gobiernos, podan ser de dos tipos:
Organismos internacionales oficiales o gubernamentales.
Organizaciones que no dependen de los gobiernos (ONG).
-
5/19/2018 Intervencion Tema 1
16/68
www.altamar.es 16
Organismos internacionales oficiales o gubernamentales
UNICEF
(Fondo Internacional de Emergencia de las UN)
Es la agencia de las Naciones Unidas que tiene como objetivo:
Garantizar el cumplimiento de los derechos de la infancia.
Contribuir al bienestar de los nios, nias y jvenes en todo el mundo.
Se cre en 1946 por resolucin de la Asamblea de la ONU como Fondo
Internacional de Emergencia.
Naci con el objetivo de atender a los millones de nios y nias europeos
que quedaron desamparados tras la segunda guerra mundial.
En 1953 pas a llamarse por su nombre actual:
Ampli su objetivo a escala mundial.
Ampli su objetivo a la proteccin de todos los nios y nias sin
distincin de raza, credo, nacionalidad o religin.
-
5/19/2018 Intervencion Tema 1
17/68
www.altamar.es 17
Organismos internacionales oficiales o gubernamentales
UNICEF
Dispone de numerosos programas de atencin a la
infancia a nivel mundial.
Su actuacin se dirige especialmente a los pases pobre,
trabajando prioritariamente sobre los ejes siguientes:
Supervivencia y desarrollo del nio y de la nia.
Educacin bsica e igualdad entre los sexos.
El VIH/sida y la infancia.
Proteccin del nio y la nia contra la violencia, laexplotacin y los malos tratos.
Promocin de polticas y asociaciones a favor de los
derechos de los nios y nias.
-
5/19/2018 Intervencion Tema 1
18/68
www.altamar.es 18
Organismos internacionales oficiales o gubernamentales
Unesco
(Organizacin de las N U para la Educacin, la Ciencia y la Cultura)
Naci en 1945 con el objetivo de :
ontribuir a la conservacin de la paz y de la seguridad estrechando
mediante
la educacin, la ciencia y la cultura la colaboracin entre las naciones con el fin
de asegurar el respeto universal de la justicia, de la ley, de los derechos humanos y
de las libertades fundamentales para todos, sin distincin de raza, sexo, idioma o
religin.
Incorpora un programa de Educacin Preescolar.
Actualmente su misin es:
Dar apoyo al desarrollo de una poltica internacional que promueva la atencin
de la infancia desde todos los mbitos, la erradicacin del analfabetismo, el
fomento de la escolarizacin y, en definitiva, la consecucin de un sistema de
educacin que favorezca el bienestar de los nios y nias de una manera integral.
-
5/19/2018 Intervencion Tema 1
19/68
www.altamar.es 19
Organismos internacionales oficiales o gubernamentales
OMS
(Organizacin Mundial de la Salud)
Es el organismo de las Naciones Unidas
especializado en gestionar polticas de
prevencin, promocin e intervencin
en salud a nivel mundial.
Fue creado en 1948 con el objetivo de
conseguir que todos los pueblos de la
Tierra puedan gozar del grado mximo
de salud que se pueda lograr.
La salud infantil forma parte de susobjetivos prioritarios.
-
5/19/2018 Intervencion Tema 1
20/68
www.altamar.es 20
Organismos internacionales oficiales o gubernamentales
OMEP
(Organizacin Mundial de Educacin Preescolar)
Fundada en 1948 a partir de un seminario de la UNESCO.
Promueve la educacin de los nios y nias y trabaja para garantizar su
bienestar, salud y desarrollo.
Entre sus objetivos destacan:Promover las mejores condiciones de vida para cada nio o nia, su
bienestar, su crecimiento y su felicidad.
Estimular la investigacin cientfica que permita influir sobre las
condiciones anteriormente citadas.
Apoyar todas las iniciativas dirigidas a mejorar la Educacin
Preescolar.
Es entidad consultiva de la UNESCO, de UNICEF y del Consejo de Europa,
en cuyas reuniones tiene representacin.
-
5/19/2018 Intervencion Tema 1
21/68
www.altamar.es 21
Organismos internacionales oficiales o gubernamentales
UIPE
(Unin Internacional de Proteccin a la Infancia)
Fundada en el 1946.
Sus objetivos eran:
El socorro a los menores sin ningn tipo de distincin.
Mantener relaciones entre organismos y personalidades de los
diferentes pases que trabajan en beneficio del bienestar de los nios y
nias.
Elevar el nivel de proteccin a la infancia y contribuir al desarrollo
moral y fsico de los nios y nias.
-
5/19/2018 Intervencion Tema 1
22/68
www.altamar.es 22
Organismos internacionales oficiales o gubernamentales
IIN
(Instituto Interamericano del Nio, la Nia y Adolescentes)
Creado en 1927 como un centro de accin social, de estudio, consulta y
propaganda en Amrica sobre temas relacionados con el bienestar de los
nios y nias.
En 1949 pas a ser reconocido como organismo especializado de la
Organizacin de Estados Americanos (OEA).
Su finalidad es fomentar la proteccin de los menores en todos los
aspectos y en todos los pases americanos y contribuir al desarrollo de
polticas que garanticen la promocin y el ejercicio de los derechos de la
niez y la adolescencia.
-
5/19/2018 Intervencion Tema 1
23/68
www.altamar.es 23
Organismos No Gubernamentales
En 1945, la Carta de las Naciones Unidas reconoci formalmente la
existencia de las Organizaciones No Gubernamentales.
Las ONG son entidades de carcter privado, sin nimo de lucro,
generalmente creadas independientemente de los gobiernos y de los
organismos internacionales.
Tienen la misin de:
Denunciar las causas de violacin de los derechos humanos.
Hacer incidencia para que esta realidad injusta sea modificada.
Sensibilizar a la poblacin sobre la realidad existente.
No tienen la misin de reemplazar las acciones de Estados y organismosinternacionales pero atienden las necesidades de la poblacin desatendida.
Suelen trabajar bajo el paraguas de los derechos humanos, pero pueden
especializarse en diferentes campos de accin.
-
5/19/2018 Intervencion Tema 1
24/68
www.altamar.es 24
Organismos No Gubernamentales
Suelen trabajar bajo el paraguas de los derechos humanos, pero pueden
especializarse en diferentes campos de accin.
De las dedicadas especficamente
a la infancia, algunas son:
Save the Children.
SOS Infancia.
Payasos sin Fronteras.
Federacin Espaola de
Padres de Nios con Cncer.
La Fundacin Vicente Ferrer.
-
5/19/2018 Intervencion Tema 1
25/68
www.altamar.es 25
Organismos No Gubernamentales
Otros campos de accin de estas organizaciones son:
Promocin de los derechos humanos y denuncia de su
violacin. Amnista Internacional, Asociacin contra la
Tortura, SOS Racismo, etc.
Ayuda Humanitaria. ADRA, Caritas internacional, CruzRoja, Media Luna Roja, Mdicos Sin Fronteras, etc.
Proteccin del medio ambiente. Greenpeace, World
Wide Fund for Nature, etc.
Cooperacin para el desarrollo. Cooperacci,
Educacin Sin Fronteras, Entrepueblos, Intermn-Oxfam, Justicia y Paz, Mon-3, Mundubat, etc.
Todas ellas de una u otra manera estn
relacionadas con la infancia.
-
5/19/2018 Intervencion Tema 1
26/68
www.altamar.es 26
El marco internacional de los derechos de la infancia
La Declaracin de Ginebra
El primer paso formal hacia el
reconocimiento de los derechos de los nias
y nias se dio en 1923 cuando EglantyneJebb (1876-1928), fundadora de Save the
Children Fund(Londres, 1919) y la Unin
Internacional de Auxilio al Nio(Ginebra,
1920) tiene la primera idea de formular una
Declaracin de los Derechos del Nio.
-
5/19/2018 Intervencion Tema 1
27/68
www.altamar.es 27
El marco internacional de los derechos de la infancia
La Declaracin de Ginebra
El documento se compone de cinco artculos.
Se conceptualiza la niez como un colectivo que debe ser objeto
de medidas especiales de proteccin, para garantizar su normal
desarrollo material y espiritual.
En septiembre de 1924, la Sociedad de las Naciones acord en
Ginebra adoptarla sin modificar el texto.
En 1934 la Declaracin fue aprobada por segunda vez.
En 1946 el Cosejo Econmico y Social de las Naciones Unidas
recomend retomar la Declaracin de Ginebra.
-
5/19/2018 Intervencion Tema 1
28/68
www.altamar.es 28
El marco internacional de los derechos de la infancia
La Declaracin de Ginebra
1. El nio debe ser puesto en condiciones de desarrollarse normalmente
desde el punto de vista material y espiritual.
2. El nio hambriento debe ser alimentado, el nio enfermo debe ser
atendido, el nio deficiente debe ser ayudado, el nio desadaptado debe
ser radicado, el hurfano y el abandonado deben ser recogidos y
ayudados.
3. El nio debe ser el primero en recibir socorro en caso de calamidad.
4. El nio debe ser puesto en condiciones de ganarse la vida y debe ser
protegido de cualquier explotacin.
5. El nio debe ser educado inculcndole el sentimiento del deber que tiene
de poner sus mejores cualidades al servicio del prjimo.
-
5/19/2018 Intervencion Tema 1
29/68
www.altamar.es 29
El marco internacional de los derechos de la infancia
La Declaracin de los derechos de los nios
Tras la segunda guerra mundial se retom la preocupacin por la
proteccin y los derechos de la infancia.
El proceso que culmino el 20 de noviembre de 1959 con la aprobacin, por
parte de la Asamblea General de las Naciones Unidas, del documento
conocido como Declaracin de los Derechos del Nio.
Este documento consta de un prembulo y 10 artculos.
En el prembulo se pone de manifiesto la exigencia que tiene la sociedad
de proporcionar proteccin a los pequeos y dotarlos de derechos, einsta a gobiernos nacionales para que se reconozcan esos derechos y los
incorporen a su normativa promulgando medidas legislativas.
-
5/19/2018 Intervencion Tema 1
30/68
www.altamar.es30
La Declaracin de los derechos de los nios
Art. 1. El nio disfrutar de todos los derechos enunciados en esta declaracin. Estos
derechos sern reconocidos a todos los nios sin excepcin alguna ni distincin o
discriminacin por motivos de raza, color, sexo, idioma, religin, opiniones polticas o
de otra ndole, origen nacional o social, posicin econmica, nacimiento u otra
condicin, ya sea del propio nio o de su familia.
Art. 2. El nio gozar de una proteccin especial y dispondr de oportunidades y servicios,
dispensado todo ello por la ley y por otros medios, para que pueda desarrollarse fsica,
mental, moral, espiritual y socialmente en forma saludable y normal, as como en
condiciones de libertad y dignidad. Al promulgar leyes con este fin, la consideracin
fundamental a que se atender ser el inters superior del nio.
Art. 3. El nio tiene derecho desde su nacimiento a un nombre y a una nacionalidad.
-
5/19/2018 Intervencion Tema 1
31/68
www.altamar.es 31
La Declaracin de los derechos de los nios
Art. 4. El nio debe gozar de los beneficios de la seguridad social. Tendr derecho a crecer y
desarrollarse en buena salud; con este fin debern proporcionarse, tanto a l como a su
madre, cuidados especiales, incluso atencin prenatal y postnatal. El nio tendr derecho
a disfrutar de alimentacin, vivienda, recreo y servicios mdicos adecuados.
Art. 5. El nio fsica o mentalmente impedido o que sufra algn impedimento social debe recibir
el tratamiento, la educacin y el cuidado especiales que requiere su caso particular.
Art. 6. El nio, para el pleno desarrollo de su personalidad, necesita amor y comprensin.
Siempre que sea posible, deber crecer al amparo y bajo la responsabilidad de sus padres
y, en todo caso, en un ambiente de afecto y de seguridad moral y material; salvo
circunstancias excepcionales, no deber separarse al nio de corta edad de su madre. La
sociedad y las autoridades pblicas tendrn la obligacin de cuidar especialmente a los
nios sin familia o que carezcan de medios adecuados de subsistencia. Para el
mantenimiento de los hijos de las familias numerosas conviene conceder subsidios
estatales o de algn otro tipo.
-
5/19/2018 Intervencion Tema 1
32/68
www.altamar.es 32
La Declaracin de los derechos de los nios
Art. 7. El nio tiene derecho a recibir educacin que ser gratuita y obligatoria por lo
menos en las etapas elementales. Se le dar una educacin que favorezca su
cultura general y le permita, en condiciones de igualdad de oportunidades,
desarrollar sus aptitudes y su juicio individual, su sentido de responsabilidad
moral y social y llegar a ser un miembro til de la sociedad.
El inters superior del nio debe ser el principio rector de quienes tienen la
responsabilidad de su educacin y orientacin; dicha responsabilidad incumbe, en
primer trmino, a sus padres.
El nio debe disfrutar plenamente de juegos y recreaciones, los cuales deben
estar orientados hacia los fines perseguidos por la educacin; la sociedad y las
autoridades pblicas se esforzarn por promover el goce de este derecho.
Art. 8. El nio debe, en todas las circunstancias, figurar entre los primeros que reciban
proteccin y socorro.
-
5/19/2018 Intervencion Tema 1
33/68
www.altamar.es 33
La Declaracin de los derechos de los nios
Art. 9. El nio debe ser protegido contra toda forma de abandono, crueldad y
explotacin. No ser objeto de ningn tipo de trata. No deber permitirse al
nio trabajar antes de una edad mnima adecuada; en ningn caso se le
dedicar ni se le permitir que se dedique a ocupacin o empleo alguno que
pueda perjudicar su salud o educacin o impedir su desarrollo fsico, mental o
moral.
Art. 10. El nio debe ser protegido contra las prcticas que puedan fomentar la
discriminacin racial, religiosa, o de cualquiera otra ndole. Debe ser educado
en un espritu de comprensin, tolerancia, amistad entre los pueblos, paz y
fraternidad universal, y con plena conciencia de que debe consagrar sus
energas y aptitudes al servicio de sus semejantes.
-
5/19/2018 Intervencion Tema 1
34/68
www.altamar.es 34
El marco internacional de los derechos de la infancia
Convencin de los Derechos del Nio
En 1978 se propuso la elaboracin de otro texto, cuya redaccin culmino,
tras 10 aos de negociaciones, en el redactado definitivo de la Convencin
de los Derechos del Nio.
Este documento fue aprobado por unanimidad por la Asamblea Generalde las Naciones Unidas el 20 de Noviembre de 1989 y firmado por 20
pases entre ellos Espaa.
En nuestro pas, la Convencin transformaba los derechos de la infancia en
jurdicamente vinculantes.
Actualmente, la Convencin ha sido aceptada por todos los pases delmundo, excepto dos (Somalia y Estados Unidos).
-
5/19/2018 Intervencion Tema 1
35/68
www.altamar.es 35
El marco internacional de los derechos de la infancia
Convencin de los Derechos del Nio
El significado de la convencin
Conserva los principios de la Declaracin de 1959 e introduce muchos
aspectos no tratados anteriormente.
Se compone de 54 artculos que sealan derechos civiles, polticos,econmicos, sociales y culturales.
Los nios y nias de todo el mundo son considerados no slo objeto de
proteccin especial, sino tambin sujetos de derechos civiles y polticos,
que los equiparan a la condicin de ciudadanos.
Reconoce que en todos los pases del mundo hay nios y nias que vivenen condiciones excepcionalmente difciles y que necesitan especial
consideracin.
-
5/19/2018 Intervencion Tema 1
36/68
www.altamar.es 36
Convencin de los Derechos del Nio
Art. 1. Se define como nio todo ser humano menor de dieciocho aos.
Art. 2.
Anuncia la no discriminacin.
Art. 3. Se ocupa del inters superior del nio.
Art. 4. Trata de la obligacin del Estado adoptar las medidas necesarias para dar
efectividad a todos los derechos reconocidos en la Convencin.
Art. 5. Expone que es obligacin del Estado respetar las responsabilidades y los derechos
de la familia de impartir al nio la orientacin apropiada.
Art. 6. De supervivencia y desarrollo.
Art. 7. Seala que todo menor tiene derecho a un nombre y una nacionalidad.
Art. 8.
Trata sobre la preservacin de la identidad.
Art. 9. Regula la separacin de los padres.
Art. 10. De la reunificacin de la familia.
Art. 11. Trata sobre los traslados y las retenciones ilcitas.
-
5/19/2018 Intervencion Tema 1
37/68
www.altamar.es 37
Convencin de los Derechos del Nio
Art. 12.
Legisla el derecho del menor a expresar su opinin y a que sta se tenga en cuenta en
todos los asuntos que le afectan.
Art. 13. Regula la libertad de expresin de los menores.
Art. 14.
Expone la libertad de pensamiento, conciencia y religin del menor.
Art. 15. Se ocupa de la libertad de asociacin de los menores.
Art. 16.
Trata sobre el derecho a la intimidad y a la proteccin a la vida privada.
Art. 17. Seala el derecho al acceso a una informacin adecuada.
Art. 18. Regula la responsabilidad de los padres y la obligacin de los poderes pblicos de ofrecer
apoyo a los nios cuando sea necesario.
Art. 19. Legisla la proteccin de los menores contra los malos tratos, los abusos y la violencia.
Art. 20.
Trata de la especial proteccin de los nios y nias sin familia.
Art. 21. Se ocupa de la adopcin.
Art. 22. Regula la situacin de los nios y nias refugiados y su proteccin.
Art. 23. Trata sobre los derechos de nios y nias que presenten discapacidad fsica o
mental.
.
-
5/19/2018 Intervencion Tema 1
38/68
www.altamar.es 38
Convencin de los Derechos del Nio
Art. 24.
Regula el derecho a la salud y a los servicios sanitarios.
Art. 25. Alude a la evaluacin peridica en el caso de internamiento.
Art. 26. Expone el derecho del menor a disfrutar de la cobertura de la seguridad social.
Art. 27. Anuncia el derecho del menor a tener un nivel de vida adecuado para su desarrollo
fsico, mental, espiritual, moral y social.
Art. 28.
Se refiere al derecho a la Educacin.
Art. 29. Seala los objetivos de la educacin.
Art. 30. Reconoce el derecho de las minoras tnicas o religiosas.
Art. 31. Expone el derecho de los menores al ocio y la cultura.
Art. 32. Defiende al menor del trabajo infantil.
Art. 33. Regula el derecho a estar protegido de las drogas y de su trfico.
Art. 34. Protege a los menores de la explotacin y los abusos sexuales.
Art. 35. Anuncia la obligacin de los gobiernos de impedir la venta y secuestro de nios y
nias.
-
5/19/2018 Intervencion Tema 1
39/68
www.altamar.es 39
Convencin de los Derechos del Nio
Art. 36.
Expone el derecho de los menores a estar protegidos de cualquier otra forma de
explotacin.
Art. 37. Trata sobre la proteccin del menor contra la tortura y la privacin de libertad de
forma ilegal o arbitraria.
Art. 38. Regula los derechos de los menores en caso de conflicto armado.
Art. 39.
Sobre la recuperacin y la reinsercin social.
Art. 40. Legisla la Administracin de la justicia de menores.
Art. 41. Indica que si en un pas existiesen leyes diferentes a las de la Convencin, se aplicaran
las que sean ms favorables al menor.
Art. 42. Trata sobre la difusin de la Convencin, reconociendo que los Estados se
comprometen a difundir los derechos que en ella se recogen.
Arts. 43 a 54 se seala que los Estados miembros y las organizaciones internacionales deben
colaborar para que se cumplan los derechos anteriores.
-
5/19/2018 Intervencion Tema 1
40/68
www.altamar.es 40
El marco internacional de los derechos de la infancia
Convencin de los Derechos del Nio
El contenido de la convencin
Principios bsicos:
No discriminacin.
Inters superior del menor.
Derecho a la vida, la supervivencia y el desarrollo.
Participacin.
-
5/19/2018 Intervencion Tema 1
41/68
www.altamar.es 41
El marco internacional de los derechos de la infancia
Protocolos facultativos
El Protocolo facultativo sobre la participacin de los nios en los conflictos
armados.
Establece los 18 aos como la edad mnima para el reclutamiento
obligatorio.
Exige a los Estados que hagan todo lo posible para evitar que menores
de 18 aos participen directamente en las hostilidades.
El Protocolo facultativo sobre la venta de nios, la prostitucin infantil y la
utilizacin de los nios en la pornografa.
Llama la atencin sobre la necesidad de criminalizar esas gravesviolaciones de los derechos de la infancia.
Hace hincapi en la importancia que tienen la concienciacin pblica y la
cooperacin internacional en las actividades para combatirlas.
-
5/19/2018 Intervencion Tema 1
42/68
www.altamar.es 42
El marco internacional de los derechos de la infancia
Los derechos de la infancia en la Unin Europea
La Carta Europea de los Derechos del Nio aprobada por medio de la
Resolucin A3/0172/92. Concreta de manera especfica los problemas de
los menores derivados de la integracin europea y el mercado nico.
La Carta de Derechos Fundamentales. En su Artculo 24 reconoceespecialmente los derechos de la infancia.
La estrategia sobre los derechos de la infancia. Con el objeto de promover
y proteger de forma eficaz los derechos de la infancia en la poltica
interior y exterior de la Unin Europea y apoyar la labor de los Estados
miembros en este mbito.
-
5/19/2018 Intervencion Tema 1
43/68
www.altamar.es 43
El marco jurdico de la atencin a la infancia en Espaa
El marco internacional
Establece tanto la Convencin de Derechos del Nio, que Espaa ha
ratificado como Estado, como su pertenencia a la Unin Europea.
La legislacin espaola, tanto estatal como autonmica, no puede negar ni
contradecir la Declaracin de los Derechos Humanos, la Convencin sobrelos Derechos del Nio, ni cualquier otro tratado o acuerdo internacional
que haya ratificado.
-
5/19/2018 Intervencion Tema 1
44/68
www.altamar.es 44
El marco jurdico de la atencin a la infancia en Espaa
El marco constitucional
Cualquier actuacin deber circunscribirse a lo que permita la
Constitucin de 1978.
En ella se establece:
La justicia, la libertad y la seguridad como parmetros a promover
para garantizar la convivencia democrtica.
Introduce el concepto de Estado social de derecho que pretende
garantizar el ejercicio de los derechos individuales y conseguir el
bienestar social colectivo, respetando las diferentes culturas,
tradiciones, lenguas e instituciones.
-
5/19/2018 Intervencion Tema 1
45/68
www.altamar.es 45
La proteccin jurdica al menor
Figuras jurdicas relacionadas con la proteccin del menor
La patria potestad.
La tutela.
La curatela y el defensor judicial.El acogimiento familiar y la adopcin.
La proteccin de los menores en nuestro pas viene regulada por la Ley Orgnica
1/1996, de 15 de enero, de Proteccin Jurdica del Men or, de m odificacin parcial
del Cdigo Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil
.
-
5/19/2018 Intervencion Tema 1
46/68
www.altamar.es 46
La proteccin jurdica al menor
La patria potestad
Es el conjunto de derechos y deberes que la ley
reconoce a los padres sobre las personas y bienes de
sus hijos mientras stos son menores de edad o
estn en situacin de incapacidad y tiene como
objetivo velar por el inters superior de los hijos.
Engloba la guarda de los hijos por va natural, implica
la cohabitacin con ellos y su obligacin de cuidarlos,
protegerlos y asistirlos.
Cuando los padres no pueden cuidar del menor, la
entidad pblica asumir la guarda durante el tiemponecesario.
Los poderes pblicos disponen de la posibilidad de
privar de la patria potestad a los progenitores
cuando stos incumplen sus obligaciones.
-
5/19/2018 Intervencion Tema 1
47/68
www.altamar.es 47
La proteccin jurdica al menor
La tutela
Es una institucin jurdica que consiste en el poder concedido por la ley a
una persona fsica de un menor o persona incapacitada (tutelados), en su
beneficio y para su proteccin, bajo control judicial.
Sustituye a la patria potestad cuando sta no puede ser ejercida por lospadres o cuando, aun conservndola, los poderes pblicos deciden alejar
al menor de su domicilio.
La tutela de los menores desamparados corresponde a la entidad pblica
encargada de la proteccin de los menores, que tiene la obligacin de
adoptar las medidas necesarias para su guarda.
La tutela se extingue por emancipacin, por adopcin, por fallecimiento,
por recuperacin de la patria potestad de los progenitores o porque una
resolucin judicial pone fin a la incapacidad que dio origen a la tutela.
-
5/19/2018 Intervencion Tema 1
48/68
www.altamar.es 48
La proteccin jurdica al menor
La curatela
Tiene por objeto la intervencin de la figura del curador, nicamente en
aquellos actos en los que el menor o persona incapacitada no pueda
intervenir por s misma.
Se trata de una asistencia legal, en que el curador se convierte enrepresentante de la persona menor o incapacitada, excepto para todo
aquello que pueda hacer por s misma.
El mbito de actuacin del curador es menor que el del tutor.
-
5/19/2018 Intervencion Tema 1
49/68
www.altamar.es 49
La proteccin jurdica al menor
El defensor judicial
Ser la persona que defienda los intereses del menor cuando:
En algn asunto exista conflicto de intereses entre los menores oincapacitados y sus representantes legales o el curador.
Por cualquier causa, el tutor o curador no desempeare sus funciones,hasta que cese la causa determinante o se designe otra persona paradesempear el cargo.
-
5/19/2018 Intervencion Tema 1
50/68
www.altamar.es 50
La proteccin jurdica al menor
La adopcin y el acogimiento familiar
El acogimiento familiar:
Es una figura que otorga la guarda de un menor a una persona o ncleo
familiar con carcter temporal.
Tiene como objeto integrar socialmente a los menores en un ncleo
familiar que respete su historia y su identidad, debindose mantener
los vnculos con la familia natural, siempre que sea posible.
Se realizar por escrito con el consentimiento de la entidad pblica, los
padres biolgicos y la familia de acogida, la cual puede ser una familia
con hijos, sin hijos o una nica persona.
La adopcin:
Es una figura jurdica que consiste en la creacin de una filiacin por
decisin judicial.
Generalmente supone la desaparicin de los vnculos con la familia
biolgica.
-
5/19/2018 Intervencion Tema 1
51/68
www.altamar.es 51
La proteccin jurdica al menor
La emancipacin
Supone la extincin o la finalizacin de la patria potestad o de la tutela
sobre una persona, de manera que sta pueda pasar a regirse y a regir sus
bienes como si fuera mayor de edad.
Se puede obtener por las vas siguientes:Mayora de edad.
Matrimonio.
Si es mayor de 16 aos, por concesin paterna o materna.
Por concesin judicial.
-
5/19/2018 Intervencion Tema 1
52/68
www.altamar.es 52
La proteccin jurdica al menor
La ley de proteccin del menor
Pretende dar respuesta a las demandas que las transformaciones sociales y
culturales de la sociedad espaola han producido en la situacin social de
los nios y nias.
Parte de los principios siguientes:
Se prima el inters superior del menor sobre cualquier otro.
Las medidas que se vayan a adoptar tienen carcter educativo.
Se procura la colaboracin de la familia y se prima la permanencia en el
entorno familiar.
Se concibe a los menores como sujetos de derecho y por sus
caractersticas de edad necesitados de proteccin.Se buscar la adecuacin a la normativa internacional.
Concibe a los menores como sujetos activos, participativos, creativos y con
capacidad de modificar su medio.
-
5/19/2018 Intervencion Tema 1
53/68
www.altamar.es 53
La proteccin jurdica al menor
La ley de proteccin del menor
Artculo 4. Derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen.
Incluyen la inviolabilidad del domicilio familiar, de la correspondencia y del
secreto de las comunicaciones.
Considera como vulneracin ilegtima de estos derechos cualquier utilizacin
de la imagen o el nombre del menor en los medios de comunicacin cuandosea contraria a sus intereses.
Artculos de 5 a 8. Libertades de asociacin, manifestacin y expresin.
Se incluye el derecho a formar parte de asociaciones y a promoverlas, a
participar en reuniones y manifestaciones pacficas, a expresarse y a ser odo.
Se establecen los requisitos de respeto a las libertades de los dems y laautorizacin de los padres, tutores o guardadores.
Artculo 10. Medidas para facilitar el ejercicio de los derechos. Derecho de los
menores a recibir asistencia adecuada de las Administraciones Pblicas para
poder hacer efectivo el ejercicio de sus derechos.
-
5/19/2018 Intervencion Tema 1
54/68
www.altamar.es 54
La proteccin jurdica al menor
La ley de proteccin del menor
Artculos 12, 17, 18 y 19. Sobre las actuaciones de proteccin. Establece dos
situaciones susceptibles de intervencin por parte de los poderes pblicos:
Situaciones de riesgo.
Son aquellas que perjudican el desarrollo personal o social del menor,
pero que no tiene la gravedad suficiente para justificar una separacindel menor del ncleo familiar.
Intervencin: intentar reducir los factores de riesgo y promover factores
de proteccin.
Situaciones de desamparo.
Se producen a causa del incumplimiento o del imposible o inadecuadoejercicio de los deberes de proteccin, siendo el perjuicio del menor tan
grave que justifica su separacin del ncleo familiar.
Intervencin: La entidad pblica asume, de manera provisional, la tutela
del menor, concediendo la guarda a un centro de acogida o a una familia
acogedora.
-
5/19/2018 Intervencion Tema 1
55/68
www.altamar.es 55
La proteccin jurdica al menor
La ley de proteccin del menor
Artculos 12 a 15. Obligaciones de los ciudadanos, autoridades y atencin
inmediata.
Obligacin de toda persona que detecte una situacin de riesgo o posible
desamparo de un menor, de prestarle auxilio inmediato y de comunicar el
hecho.
El deber de los ciudadanos de comunicar a las autoridades pblicas, la
ausencia del menor, de forma habitual o sin justificacin, del centro escolar.
Obligacin de las autoridades y servicios pblicos de prestar la atencin
inmediata que precise cualquier menor.
-
5/19/2018 Intervencion Tema 1
56/68
www.altamar.es 56
La proteccin jurdica al menor
La ley de proteccin del menor
Artculo 20. Acogimiento familiar. Puede presentar tres modalidades:
Acogimiento familiar simple. Tendr carcter transitorio, pero se
contempla la posibilidad de convertirla en permanente.
Acogimiento familiar permanente. Si la edad y las circunstancias delmenor y la familia as lo aconsejen, la entidad pblica solicitar al juez
que atribuya a los acogedores la funcin de tutela.
Acogimiento familiar preadoptivo. Es el perodo de preparacin para la
adopcin autentica y verdadera, no podr exceder de un ao.
-
5/19/2018 Intervencion Tema 1
57/68
www.altamar.es 57
La proteccin jurdica al menor
La ley de proteccin del menor
Artculos 21 y 22. Los servicios especializados y la informacin a los familiares:
Procurar que la acogida residencial de un menor dure el menor tiempo
posible.
Deber informar a los padres, tutores o guardadores sobre la situacin si no
existe resolucin judicial que lo prohba.
Artculos 24 y 25. Sobre la adopcin:
Se mantiene como criterio en la adopcin tanto nacional como internacional
el inters superior del nio.
Se constituye por resolucin judicial.
Se tendr en cuenta el inters del adoptando y la idoneidad del adoptante.
Excepto en casos concretos, la adopcin produce la extincin de los vnculos
entre el adoptado y su familia anterior.
-
5/19/2018 Intervencion Tema 1
58/68
www.altamar.es 58
Responsabilidad penal del menor
El Cdigo Penal fija la mayora de edad penal en los 18 aos y exige laregulacin de la responsabilidad penal de los menores de dicha edad en
una ley independiente.
La ley que regula dicha responsabilidad es la L.O. 5/2000, de 12 de enero,
reguladora de la responsabilidad penal de los menores. Esta ley pretende:
Compaginar la aplicacin de un procedimiento sancionador-educativoque respete los intereses del menor.
Con el inters propio de las personas perjudicadas o vctimas del
hecho cometido por el menor.
Introduce el principio de la responsabilidad solidaria de los padres,
tutores, acogedores o guardadores con el menor responsable.
Establece el lmite de los 14 aos de edad para exigir responsabilidad
sancionadora, con dos tramos de edad:
De 14 a 16 aos.
De 16 a 18 aos.
-
5/19/2018 Intervencion Tema 1
59/68
www.altamar.es 59
Los sistemas educativo y sanitario
El sistema educativo
En el Ttulo I de La Ley Orgnica 2/2006, de 3 de mayo, de Educacin se
establece la ordenacin de las enseanzas en las siguientes etapas:
Educacin Infantil.
Educacin Primaria.
Enseanza Secundaria Obligatoria.
Bachillerato.
Formacin Profesional.
Otras etapas que se reflejan en la LOE son: las enseanzas de idiomas,
artsticas y deportivas, la educacin de personas adultas y las
enseanzas universitarias.
Componen la enseanza bsica y tienen
carcter obligatorio y gratuito.
-
5/19/2018 Intervencion Tema 1
60/68
www.altamar.es 60
Los sistemas educativo y sanitario
El sistema educativo
En el Ttulo II. Equidad en la educacin:
Se aborda los grupos de alumnado que requieren una atencin
educativa diferente a la ordinaria por presentar alguna necesidad
especfica de apoyo educativo.
Establece los recursos precisos para acometer esta tarea con el
objetivo de lograr su plena inclusin e integracin.
Se incluye en este ttulo el tratamiento educativo de las alumnas y
alumnos que requieren determinados apoyos y atenciones especficas
derivadas de circunstancias sociales, de discapacidad fsica, psquica o
sensorial o que manifiesten trastornos graves de conducta.
Con esta ley se reconoce por primera vez la atencin especfica que
necesita el alumnado con altas capacidades intelectuales.
-
5/19/2018 Intervencion Tema 1
61/68
www.altamar.es 61
Los sistemas educativo y sanitario
El sistema educativo
El Ttulo III se refiere al papel del profesorado.
El Ttulo IV sobre los centros docentes, su tipologa y su rgimen jurdico.
El Ttulo Va la participacin, autonoma y gobierno de los centros.
El Ttulo VI a la evaluacin del sistema educativo.
El Ttulo VII a la inspeccin del sistema educativo.
El Ttulo VIII aborda la dotacin de recursos econmicos y el incremento
del gasto pblico en educacin para cumplir los objetivos de esta ley.
-
5/19/2018 Intervencion Tema 1
62/68
www.altamar.es 62
Los sistemas educativo y sanitario
El sistema de salud
El Sistema Nacional de Salud, implantado y regulado por la Ley 14/1986,
de 25 de abril, General de Sanidad.
Esta ley se basa en el principio de que toda persona tiene derecho a la
salud, independientemente de su situacin econmica y laboral.
Las principales caractersticas del Sistema Nacionalde Salud son:
Universalidad de la atencin sanitaria, es decir,
cubre a toda la poblacin.
Accesibilidad y desconcentracin, para situar
los diferentes servicios sanitarios lo ms cercaposible de la poblacin.
Descentralizacin en la gestin de recursos
sanitarios.
La atencin primaria como base de la atencin
sanitaria.
-
5/19/2018 Intervencion Tema 1
63/68
www.altamar.es 63
Programas y servicios de atencin a la infancia
Recursos y servicios de atencin de la infancia
Atencin en el mbito educativo y socioeducativo
La atencin educativa a los nios y nias de hasta seis aos se lleva a cabo
en las escuelas infantiles.
Los servicios educativos y socioeducativos estn distribuidos de manera
desigual en el territorio.
Existen diferentes servicios destinados a que los nios y nias menores de
tres aos puedan acceder a una atencin socioeducativa de calidad, as
como, favorecer la conciliacin de la vida laboral y familiar.
Algunos de estos son: casas de nios, ludotecas, servicios educativos de
mbito rural, centros de encuentro para nios y mayores, etc.
Para acceder a estos servicios se debe acudir a los servicios sociales de
cada municipio para informarse de cules existen.
-
5/19/2018 Intervencion Tema 1
64/68
www.altamar.es 64
Programas y servicios de atencin a la infancia
Recursos y servicios de atencin de la infancia
Atencin en el mbito social
El sistema pblico de servicios sociales esta compuesto por un conjunto de
servicios y prestaciones que tiene como finalidad la promocin y
desarrollo pleno de todas las personas y familias para la obtencin de un
mayor bienestar social y mejor calidad de vida.
Existen dos niveles de atencin:
Un primer nivel de atencin o servicios sociales bsicos o de atencin
primaria, dirigido al conjunto de la poblacin.
Un segundo nivel de atencin o servicios sociales especializados para
dar respuesta a situaciones de especial complejidad en las que es
necesaria una alta especializacin: son los Servicios de Atencin a la
Infancia, la Adolescencia y/o la Familia.
-
5/19/2018 Intervencion Tema 1
65/68
www.altamar.es 65
El Plan Estratgico Nacional de Infancia y Adolescencia
Fundamentacin y finalidad del plan
El Plan Estratgico Nacional de Infancia y Adolescencia 2006-2009 ha sido
impulsado por el gobierno, a travs del Ministerio de Trabajo y Asuntos
Sociales, y ha contado con la colaboracin de las Comunidades
Autnomas, la Federacin Espaola de Municipios y Provincias (FEMP) y
el movimiento asociativo.La finalidad del plan es promover el bienestar de la infancia y de la
adolescencia con el objetivo de incrementar su calidad de vida y el pleno
desarrollo de sus capacidades como sujetos activos de sus derechos.
Se asienta en los principios y contenidos de la Convencin sobre los
Derechos del Nio.Se definen de forma consensuada las grandes lneas estratgicas de
desarrollo de las polticas de infancia y adolescencia que se desarrollarn
mediante actuaciones integrales y transversales de los diferentes
organismos e instituciones relacionados con ellas.
-
5/19/2018 Intervencion Tema 1
66/68
www.altamar.es 66
El Plan Estratgico Nacional de Infancia y Adolescencia
Objetivo del plan
Impulsar los derechos y proteccin de la infancia en los medios de comunicacin
y las nuevas tecnologas.
Potenciar la atencin e intervencin social a la infancia y adolescencia en
situacin de riesgo.
Intensificar las actuaciones en la infancia y adolescencia estableciendo
mecanismos preventivos y de rehabilitacin ante situaciones de conflicto social.
Garantizar una educacin de calidad para todos que potencie la interculturalidad
y el respeto a las minoras.
Fomentar el desarrollo de intervenciones de prevencin, promocin y proteccin
de la salud dirigidas a la infancia y adolescencia.
Favorecer un entorno fsico, medioambiental, social, cultural y poltico que
permita el desarrollo adecuado de las capacidades de los nios y adolescentes.
Garantizar el ejercicio de la participacin efectiva de los nios, nias y
adolescentes.
-
5/19/2018 Intervencion Tema 1
67/68
www.altamar.es 67
El Plan Estratgico Nacional de Infancia y Adolescencia
Objetivo del plan
Establecer un sistema permanente y compartido de informacin con el
objetivo de mejorar el conocimiento de la situacin de la infancia en Espaa.
Mejorar las polticas relacionadas con la infancia a travs de la coordinacin
y la cooperacin entre las Administraciones Pblicas y dems organismos yagentes implicados de mbito nacional, y de la cooperacin internacional.
Avanzar en la promocin de polticas de apoyo a las familias en el ejercicio
de sus responsabilidades de crianza, cuidado y promocin del desarrollo
personal y de las capacidades potenciales de los nios y nias, y facilitar la
conciliacin de la vida laboral y familiar.
Fomentar la sensibilizacin social sobre los derechos, necesidades e
intereses de la infancia y la adolescencia movilizando a todos los agentes
implicados en los diferentes escenarios de socializacin y redes sociales
comunitarias.
-
5/19/2018 Intervencion Tema 1
68/68
El Plan Estratgico Nacional de Infancia y Adolescencia
Actuaciones del Plan y desarrollo
Establece una secuencia muy detallada.
El desarrollo del Plan las Comunidades Autnomas y algunos
Ayuntamientos han elaborado su propio Plan.