interim guidance on night operations - aircraft management guidelines app. 14 - spanish translation

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GUÍA PARA EL MANEJO SEGURO DE AERONAVES REPORTE 390 APENDICE 14 Orientaciones provisionales sobre las operaciones nocturnas Por intermedio del Subcomité de Aviación de la OGP se efectuó una revisión de todos los accidentes nocturnos 1 de aviación costa afuera basada en los datos recolectados entre 1990 y 2007. Se encontró que la rata de accidentes nocturnos costa afuera fue 8.4 por cada 100.000 horas de vuelo, comparado con la rata total de 1.6 por cada 100.000 horas de vuelo. Esta gran disparidad urgió la formación de un Grupo de Trabajo de Operaciones Nocturnas para estudiar las medidas de reducción del riesgo. Esta guía resultante proporciona una revisión sobre los principales controles considerados necesarios para las operaciones nocturnas, con un énfasis particular colocado en las actividades nocturnas costa afuera de helicóptero, tanto para los vuelos rutinarios planeados, como para aquellos que se efectúan en el evento de una emergencia. La guía proporcionada se presenta en un formato basado en riesgo para enfatizar la conexión entre las amenazas, lo controles asociados y las medidas de recuperación/mitigación asociadas (sumariadas en la figura Uno). En interés de la brevedad, no se duplican los controles comunes en cada amenaza. La guía es presentada en un nivel de tal modo que los miembros de la OGP puedan utilizarla, donde sea aplicable en su proceso de evaluación de riesgos y por lo tanto se establezcan expectativas claras con respecto al manejo del riesgo de aviación nocturna con sus operadores de aeronaves. Se encarece los miembros de la OGP que evalúen los controles de riesgo al nivel de detalle necesario para sus operaciones individuales. 1 Como referencia: la Organización de Aviación Civil Internacional define «noche» como las «horas comprendidas entre el fin del crepúsculo civil vespertino y el comienzo del crepúsculo civil matutino o de cualquier otro período entre la puesta y la salida del sol que pueda especificar la autoridad competente. (El crepúsculo civil termina por la tarde cuando el centro del disco solar es de 6 grados por debajo del horizonte y empieza por la mañana cuando el centro del disco solar es de 6 grados por debajo del horizonte.) This translation of IOGP Report 390 Appendix 14, published August 2013, has been kindly supplied by a member company of the International Association of Oil & Gas Producers (IOGP). The accuracy of the translation has not been verified by IOGP. IOGP accepts no responsibility or liability for the accuracy of the translated report. In all cases, only the original English version is authentic. IOGP reports are subject to regular review and re-publication. IOGP cannot guarantee that unofficial translation reflects the most current version of any report. 1

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Get an overview of the principal controls considered necessary for night operations, both for routine planned flights and those conducted in the event of an emergency.

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  • GUA PARA EL MANEJO SEGURO DE AERONAVES REPORTE 390 APENDICE 14

    Orientaciones provisionales sobre las operaciones nocturnas

    Por intermedio del Subcomit de Aviacin de la OGP se efectu una revisin de todos los accidentes nocturnos1 de aviacin costa afuera basada en los datos recolectados entre 1990 y 2007. Se encontr que la rata de accidentes nocturnos costa afuera fue 8.4 por cada 100.000 horas de vuelo, comparado con la rata total de 1.6 por cada 100.000 horas de vuelo. Esta gran disparidad urgi la formacin de un Grupo de Trabajo de Operaciones Nocturnas para estudiar las medidas de reduccin del riesgo. Esta gua resultante proporciona una revisin sobre los principales controles considerados necesarios para las operaciones nocturnas, con un nfasis particular colocado en las actividades nocturnas costa afuera de helicptero, tanto para los vuelos rutinarios planeados, como para aquellos que se efectan en el evento de una emergencia. La gua proporcionada se presenta en un formato basado en riesgo para enfatizar la conexin entre las amenazas, lo controles asociados y las medidas de recuperacin/mitigacin asociadas (sumariadas en la figura Uno). En inters de la brevedad, no se duplican los controles comunes en cada amenaza. La gua es presentada en un nivel de tal modo que los miembros de la OGP puedan utilizarla, donde sea aplicable en su proceso de evaluacin de riesgos y por lo tanto se establezcan expectativas claras con respecto al manejo del riesgo de aviacin nocturna con sus operadores de aeronaves. Se encarece los miembros de la OGP que evalen los controles de riesgo al nivel de detalle necesario para sus operaciones individuales.

    1 Como referencia: la Organizacin de Aviacin Civil Internacional define noche como las horas comprendidas entre el fin del crepsculo civil vespertino y el comienzo del crepsculo civil matutino o de cualquier otro perodo entre la puesta y la salida del sol que pueda especificar la autoridad competente. (El crepsculo civil termina por la tarde cuando el centro del disco solar es de 6 grados por debajo del horizonte y empieza por la maana cuando el centro del disco solar es de 6 grados por debajo del horizonte.)

    This translation of IOGP Report 390 Appendix 14, published August 2013, has been kindly supplied by a member company of the International Association of Oil & Gas Producers (IOGP). The accuracy of the translation has not been verified by IOGP. IOGP accepts no responsibility or liability for the accuracy of the translated report. In all cases, only the original English version is authentic. IOGP reports are subject to regular review and re-publication. IOGP cannot guarantee that unofficial translation reflects the most current version of any report.

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  • Figura 1 Esquema basado en el control del riesgo de las operaciones nocturnas y las medidas de recuperacin.

    1 Controles Comunes Controles Comunes que aplican a todas las amenazas asociadas a las operaciones nocturnas Control 1.1 Vuelo Nocturno IFR Los vuelos de noche deben ser efectuados con los procedimientos de las Reglas de Vuelo por Instrumentos (IFR), utilizando aeronaves multimotores certificadas IFR. Para aquellas operaciones nocturnas en las que solamente se pueden efectuar bajo procedimientos las Reglas de Vuelo visual (VFR), el operador deber efectuar una evaluacin de riesgo apropiada. Control 1.2 Tripulacin calificada para vuelo Nocturno Los vuelos de noche debern ser efectuados utilizando dos pilotos, con habilitacin en el equipo utilizado y habilitacin vlida y vigente en vuelo por instrumentos y vuelo nocturno. Se debe considerar el factor de fatiga cuando se programa la tripulacin para reserva de vuelo nocturno y para efectuar vuelo nocturno. (Vea AMG Seccin 5.6) Control 1.3 Experiencia Nocturna del Piloto Antes de operar como Piloto a Mando, los Pilotos deben tener una experiencia de 25 horas de vuelo de noche. En el caso de operaciones costa afuera las 25 horas deben ser en tiempo costa

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  • afuera. Tambin deben completar dentro de los ltimos 12 meses un entrenamiento inicial o recurrente de pro eficiencia en vuelo nocturno (Vea AMG Seccin 8.1.7 y Control 1.4) Cuando se programan tripulaciones para operaciones nocturnas, las parejas de tripulantes deben considerarse especficamente, para evitar, siempre que sea prctico, una tripulacin que tenga baja experiencia reciente total. Control 1.4 Experiencia Nocturna Reciente del Piloto Todos los pilotos asignados a operaciones nocturnas debern mantener experiencia nocturna reciente de no menos de 3 ciclos nocturnos en los 90 das precedentes. Un ciclo nocturno consiste en una aproximacin estabilizada, un aterrizaje y un despegue. Para operaciones costa afuera, la experiencia nocturna reciente debe ser efectuada en una plataforma costa afuera. El uso de un simulador del mismo tipo y serie que se est volando puede ser utilizado si se acuerda con el Supervisor de Aviacin del Miembro de la OGP siempre y cuando el aparato tenga la capacidad de simular la aproximacin y el aterrizaje a una plataforma costa afuera. Adems el simulador especfico que va a ser usado debe ser aprobado por las autoridades nacionales para este uso. En latitudes extremas donde el tiempo nocturno es limitado durante los meses de verano, se puede acordar un alivio de verano con el Supervisin de Aviacin del Miembro de la OGP. Control 1.5 Entrenamiento nocturno de tierra Los Operadores areos que efectan operaciones nocturnas costa afuera, debern efectuar entrenamiento anual nocturno de tierra en operaciones costa afuera para los pilotos. Control 1.6 Poltica de Vuelo Nocturno de Emergencia Debe establecerse una Poltica de Vuelo Nocturno de emergencia en todas las circunstancias en que razonablemente se pueden esperar solicitudes de vuelos nocturnos de emergencia en respuesta a emergencias mdicas, tiempo meteorolgico u otras emergencias. Los Miembros de la OGP en consulta con el operador areo, debern desarrollar, utilizando la metodologa de evaluacin del riesgo, una poltica documentada de medevac de emergencia. Esta debe ser emitida por ambas partes y tener un nivel adecuado de autorizacin para el requerimiento de tales vuelos. En reconocimiento de su riesgo ms alto, los vuelos costa afuera de emergencia solamente pueden ser requeridos en situaciones genuinas de amenaza de la vida en donde el riesgo de esperar hasta la primera luz es considerado que sobrepasa el peso del riesgo del vuelo nocturno de emergencia. Una vez que la emergencia pasa, los vuelos subsiguientes, tales como los pendientes, deben ser efectuados bajo la Poltica de Vuelo Nocturno Rutinario. Los Pilotos deben ser programados para reserva nocturna de acuerdo con los principios establecidos en AMG Seccin 5.6.6 Control 1.7 Poltica de Vuelo Nocturno Rutinario (No Emergencia) La programacin para los vuelos nocturnos que no son de emergencia solamente puede ser efectuada despus de una evaluacin del riesgo hecha por el Miembro de Compaa de la OGP que debe considerar en particular la efectividad del Plan de respuesta de emergencia y la Capacidad de Bsqueda y Rescate (SAR). Debe evitarse vuelo rutinario (no emergencia) de gra (Vea AMG Apndice 9)

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  • 2. Tiempo Atmosfrico - Controles Las condiciones de tiempo atmosfrico fuerzan a la aeronave a desviarse de la trayectoria de vuelo original y esto resulta en una aeronave accidentada Control 2.1 Poltica de tiempo Atmosfrico Adverso Cuando las condiciones de tiempo atmosfrico tienen el potencial de cuestionar la capacidad de proporcionar un SAR adecuado, se debe desarrollar una Poltica de Tiempo Atmosfrico Adverso para proporcionar un proceso formalizado entre el Operador de la aeronave y la Compaa para comunicarse cuando las operaciones de vuelo nocturno deben ser restringidas o suspendidas temporalmente. La poltica deber considerar el ms alto riesgo potencial de las operaciones nocturnas y los ms alto desafos para el SAR. Las limitaciones en la noche, por ejemplo por estados del mar, o por elevacin, inclinacin y vaivn de las plataformas de aterrizaje, normalmente sern ms restrictivas que durante tiempo diurno. (Vea AMG Apndice 6) Control 2.2 Reportes Meteorolgicos Los reportes meteorolgicos del destino debern cumplir los requisitos descritos en AMG Apndice 6.3.4. Los sistemas de indicacin de viento deben ser iluminados. Control 2.3 Radar Meteorolgico Todas las aeronaves contratadas que sean habilitadas para operar de noche, debern estar equipadas con radar meteorolgico a color. En el caso de que el radar est inoperativo, la aeronave no volar en la noche en condiciones IMC y solamente si los pronsticos meteorolgicos indican que no hay probabilidad de tormentas, tormenta elctrica, turbulencia o formacin de hielo. 3. Desorientacin controles El Piloto volando se desorienta y la aeronave se accidenta Control 3.1 Procedimientos Estndar de Operacin (SOP) El Operador Areo debe tener documentado un Procedimiento CRM/Procedimientos Estndar de Operacin (SOPs) relativos a las operaciones nocturnas, los cuales deben incluir criterios de aproximacin estabilizada y un procedimiento claro de aproximacin frustrada/sobrepaso (Vea tambin Control 6.1) Las listas de verificacin (Chequeo) de Desafo (Challenge) Respuesta que se vayan a utilizar debern reflejar estos procedimientos y definir claramente las responsabilidades de cada piloto. Los SOPs para la operaciones diurnas IFR y las operaciones nocturnas no deben diferir. Control 3.2 Entrenamiento en Simulador Las tripulaciones que operen cualquier aeronave por la noche debern efectuar un entrenamiento inicial y entrenamiento recurrente en un simulador especfico del tipo o FTDs (Flight Training Devices) cuando estn razonablemente disponibles para ese tipo de aeronave (Vea AMG Seccin 8.1.2.2) El uso de simuladores para tripulaciones que operan costa afuera de noche deber incorporar facilidades dedicadas a operaciones nocturnas costa afuera e incluir:

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  • Aproximaciones estabilizadas Procedimientos de aproximacin por instrumento Aproximaciones frustradas/sobrepasos Procedimientos de emergencia Simulacin de incapacitacin silenciosa de la tripulacin Recobros de visual a instrumentos; y Otras ocurrencias de vuelo conocidas nicas del medio ambiente costa afuera.

    4. Colisin contra la Plataforma de Aterrizaje Controles La aeronave impacta la estructura de la plataforma de aterrizaje y se produce un accidente Control 4.1 Plataforma de aterrizaje despejada de obstculos Para las plataformas de aterrizaje de helicpteros que requieran capacidad nocturna, se debe utilizar El Anexo 14 de OACI Volumen II Helipuertos en las consideraciones de diseo, construccin, o trabajo mayor del tamao del helipuerto y determinacin de obstculos. La aplicacin de este estndar para operaciones costa afuera est referenciada en el CAP 437 reas de aterrizaje para helicpteros Costa Afuera Control 4.2 Luces de la Plataforma de Aterrizaje & Manejo Todas la plataformas nuevas, o aquellas que estn en un reacondicionamiento mayor, debern tener iluminacin de la plataforma diseada para cumplir con los requisitos establecidos por El Anexo 14 de OACI Volumen II Helipuertos (nuevamente el CAP 437 reas de aterrizaje para helicpteros costa afuera detalla la implementacin prctica) Debe tenerse en cuenta que las luces verdes de permetro son un mejoramiento considerable para la seguridad. La iluminacin del helipuerto debe mantenerse con los reportes diligentes de deficiencias de los Oficiales de Aterrizaje de la Plataforma (HLOs Helicopter Landing Officers) y otro personal que pueda estar informado y equipado para peligros extra en las operaciones nocturnas. Control 4.3 Vuelos nocturnos de validacin de la plataforma de aterrizaje Para la aceptacin de la Plataforma de Aterrizaje en las facilidades nuevas deber tenerse en cuenta la iluminacin nocturna. Se deben efectuar vuelos nocturnos dedicados de validacin, comandados por un Capitn de Entrenamiento y acompaado solamente por personal considerado esencial para la validacin, que se efectuarn a todas las nuevas plataformas construidas o cuando se efecta un cambio mayor que pueda afectar la iluminacin. El objetivo de este velo de validacin es confirmar la adecuacin satisfactoria de la iluminacin de la plataforma de aterrizaje y las aproximaciones instrumentos/visuales hacia la plataforma en los ambientes que la rodean; la deficiencias debern ser rectificadas antes de comenzar operaciones nocturnas rutinarias de helicptero. 5. Vuelo Controlado contra el Terreno/Agua (CFIT/W) Controles Una aeronave Aero navegable bajo el control de una tripulacin es volada contra el terreno (o el agua) y la aeronave se accidenta Control 5.1 AFCS/Autopiloto Las aeronaves operadas por la noche debern estar equipada con Piloto Automtico operable o AFCS (Automatic Control Flight System) con las responsabilidades asociadas de la

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  • tripulacin claramente definidas en los SOPs del Operador. Todos los helicpteros con capacidad para efectuar operaciones nocturnas SAR con gra, deber tener capacidad de auto estacionario. (vea AMG Apndice 9) Control 5.2 TAWS/AVAD Una aeronave que ser destinada a proveer vuelo nocturno en base a un contrato de largo trmino deber estar equipada con Sistema Aprobado Clase A de Conciencia del Terreno y Alerta (Terrain Awareness and Warning System TAWS) o capacidad AVAD con alertas de voz apropiadas compatibles con los procedimientos de aproximacin costa afuera. El Operador deber tener procedimientos correspondientes describiendo la accin que debe tomar la tripulacin el caso de una alerta. Control 5.3 Radar Altmetro/IVSI Todas las aeronaves que vuelen de noche deben estar equipadas por lo menos con un radio altmetro con dos pantallas con alertas visuales y auditivas. Ambas pantallas debern estar operables para cualquier vuelo de noche o que se efecta bajo reglas de vuelo por instrumentos IFR, sin tener en cuentas otras excepciones que puedan ser ofrecidas por la Lista de Equipo Mnimo (MEL) aprobada. Adems las aeronaves que sean operadas de noche debern estar equipadas con dos indicadores instantneos de velocidad vertical (IVSI) 6. Prdida de Control Controles La tripulacin pierde el control de una aeronave Aero navegable y la aeronave se accidenta Control 6.1 Aproximaciones Estabilizadas Los Operadores deben detallar un tipo especfico de aproximacin estabilizada y procedimientos mandatorios de sobrepaso en una seccin relevante del Manual de Operaciones (Ref.: Flight Safety Foundation ALAR Briefing Nota7.1) Control 6.2 Uso de Automatizacin Los Operadores debern referenciar el uso de la automatizacin en la Seccin relevante del manual de Operaciones, considerando tanto los beneficios, como los peligros asociados. Control 6.3 Aseguramiento de la Calidad de las Operaciones de Vuelo (FQUA) / Monitoreo de los datos de Vuelo (FDM) Los contratos a largo trmino debern requerir la capacidad FOQUA/FDM que es utilizada rutinariamente para evaluar, entre otras cosas, los estndares de aproximacin y aterrizaje. Las tendencias de las aproximaciones y aterrizajes nocturnos deben ser analizadas separadamente. 7. Medidas de Recuperacin Medidas de mitigacin en el evento de un accidente de aeronave

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  • Control 7.1 Planes de Respuesta de Emergencia/ Bsqueda y Rescate (SAR) La capacidad de Bsqueda y Rescate (SAR)/Respuesta de emergencia debe ser considerada para la actividad nocturna de helicpteros, con un enfoque particular cuando se opera en medioambientales hostiles y con la Poltica de Tiempo Atmosfrico Adverso. Como mnimo deber haber una consideracin de los tiempos estimados de supervivencia del personal dadas las condiciones medioambientales y las medidas de mitigacin (tales como trajes de supervivencia etc.) la disponibilidad, alistamiento y efectividad de los recursos SAR disponibles por la noche y los tiempos estimados de rescate (vea AMG Apndices 6 y 12). Cuando se proporciona capacidad SAR de helicpteros estos debern ser operados por grupos entrenados SAR y equipados con capacidad total de gra y con capacidad de auto estacionario. Control 7.2 Sistemas de marcado de las salidas de emergencia del helicptero Los helicpteros dedicados en operaciones nocturnas debern estar equipados con iluminacin de salida de emergencia (tal como HEELS o EXIS) y que deben ser automticamente activadas enseguida de la inundacin de la aeronave (vea AMG Apndice 9) Control 7.3 Sistema de Flotacin de la Aeronave Los helicpteros que operen costa afuera debern estar equipados con un sistema de flotacin de emergencia. Debern instalarse sistemas automticos de inflamiento. La capacidad certificada de flotacin por estado de mar deber ser un factor en la Poltica de Tiempo Atmosfrico Advero. Control 7.4 Botes salvavidas montados externamente Se deben llevar botes salvavidas y en donde exista una modificacin aprobada aplicable, estos debern estar montados externamente y tener la capacidad de ser inflados interna y externamente. Control 7.5 Equipo de supervivencia Para las operaciones nocturnas, los chalecos salvavidas deben estar equipadas con una luz integral. Los trajes de inmersin aprobados por la autoridad regulatoria local debern ser provistos a la tripulacin y a los pasajeros en medioambientes hostiles y/o cuando sea requerido por una evaluacin de riesgos. Otros equipos como un respirador aparato de auto respiracin (u otros aparatos de emergencia area) o una baliza localizadora personal puede ser requerida en la evaluacin de riesgos. Los pasajeros y la tripulacin debern estar entrenados en el uso de este equipo y en el escape del helicptero sumergido. (Vea AMG Seccin 8) Control 7.6 Seguimiento de Vuelo Satelital Donde sea posible se debe proveer un servicio satelital aprobado de seguimiento para aumentar el sistema de seguimiento de vuelo. Los intervalos de reporte del satlite debern ser al menos a intervalos de dos minutos con frecuencias mayores recomendadas a loe niveles menores. Esto puede ser utilizado en lugar de transmisiones de radio programadas en donde existan procedimientos apropiados para asegurar que se monitorean los datos.

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    1 Controles ComunesControl 1.1 Vuelo Nocturno IFRControl 1.2 Tripulacin calificada para vuelo NocturnoControl 1.3 Experiencia Nocturna del PilotoControl 1.4 Experiencia Nocturna Reciente del PilotoControl 1.5 Entrenamiento nocturno de tierraControl 1.6 Poltica de Vuelo Nocturno de EmergenciaControl 1.7 Poltica de Vuelo Nocturno Rutinario (No Emergencia)

    2. Tiempo Atmosfrico - ControlesControl 2.1 Poltica de tiempo Atmosfrico AdversoControl 2.2 Reportes MeteorolgicosControl 2.3 Radar Meteorolgico

    3. Desorientacin controlesControl 3.1 Procedimientos Estndar de Operacin (SOP)Control 3.2 Entrenamiento en Simulador

    4. Colisin contra la Plataforma de Aterrizaje ControlesControl 4.1 Plataforma de aterrizaje despejada de obstculosControl 4.2 Luces de la Plataforma de Aterrizaje & ManejoControl 4.3 Vuelos nocturnos de validacin de la plataforma de aterrizaje

    5. Vuelo Controlado contra el Terreno/Agua (CFIT/W) ControlesControl 5.1 AFCS/AutopilotoControl 5.2 TAWS/AVADControl 5.3 Radar Altmetro/IVSI

    6. Prdida de Control ControlesControl 6.1 Aproximaciones EstabilizadasControl 6.2 Uso de AutomatizacinControl 6.3 Aseguramiento de la Calidad de las Operaciones de Vuelo (FQUA) / Monitoreo de los datos de Vuelo (FDM)

    7. Medidas de RecuperacinControl 7.1 Planes de Respuesta de Emergencia/ Bsqueda y Rescate (SAR)Control 7.2 Sistemas de marcado de las salidas de emergencia del helicpteroControl 7.3 Sistema de Flotacin de la AeronaveControl 7.4 Botes salvavidas montados externamenteControl 7.5 Equipo de supervivenciaControl 7.6 Seguimiento de Vuelo Satelital