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INSTITUTO DE EDUCACIÓN SECUNDARIA
“NÚM. 1 - LIBERTAS”
TORREVIEJA
http://ies1libertas.edu.gva.es
DENOMINACIÓN Bachillerato
MODALIDAD Ciencias / Humanidades y Ciencias
Sociales
TITULACIÓN Bachillerato
CURSO Primero y Segundo
APROBADO POR:
FECHA:
GENERALITAT VALENCIANA
CONSELLERIA D’EDUCACIÓ, INVESTIGACIÓ, CULTURA I
ESPORT Direcció Territorial d’Alacant
INSTITUTO DE EDUCACIÓN SECUNDARIA NÚM. 1 - LIBERTAS Polígono Aguas Nuevas, Sector 25 s/n
Apdo. Correos 315 – 03183 TORREVIEJA 965290100 - Fax 965290101
e-mail: [email protected] http://ies1libertas.edu.gva.es
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1. DESCRIPCIÓN GENERAL
El Bachillerato constituye una etapa post-obligatoria incluida en la Educación
Secundaria. El Bachillerato comprende dos cursos académicos, en los que los
alumnos cursarán materias comunes, propias a la modalidad de bachillerato
elegida y materias optativas.
Normativa vigente:
Ley Orgánica 8/1985 de 3 de Julio de 1985, Derecho a la educación (BOE de
04.07.85)
Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad
educativa. (BOE de 10.12.2013, nº 295)
Decreto 87/2015, de 5 de junio, del Consell, por el que establece el currículo
y desarrolla la ordenación general de la Educación Secundaria Obligatoria y el
Bachillerato en la Comunitat Valenciana (DOCV de 10.06.2015)
DECRETO 136/2015, de 4 de septiembre, del Consell, por el que se modifican
el Decreto 108/2014, de 4 de julio, del Consell, por el que se establece el
currículo y desarrolla la ordenación general de la Educación Primaria en la
Comunitat Valenciana, y el Decreto 87/2015, de 5 de junio, del Consell, por el
que se establece el currículo y se desarrolla la ordenación general de la
Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato en la Comunitat
Valenciana. (DOCV de 09.09.2015)
2. FINALIDADES
El bachillerato es una etapa postobligatoria de la educación secundaria que tiene
por finalidad proporcionar al alumnado formación, madurez intelectual y humana,
así como los conocimientos y habilidades que les permitan desarrollar funciones
sociales e incorporarse a la vida activa con responsabilidad y competencia.
Asimismo, capacitarán al alumnado para acceder a la educación superior.
3. CONDICIONES DE ACCESO
Podrán acceder a los estudios de Bachillerato los alumnos y alumnas que estén en
posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y hayan
superado la evaluación final de Educación Secundaria Obligatoria por la opción de
enseñanzas académicas.
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De acuerdo con el artículo 53.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, el
título de Técnico de Artes Plásticas y Diseño permitirá el acceso directo a
cualquiera de las modalidades de Bachillerato.
Asimismo, conforme al artículo 65.3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, el
título de Técnico Deportivo permitirá el acceso a cualquiera de las modalidades
de Bachillerato.
4. DURACIÓN
Un curso académico, con 175 jornadas lectivas, incluidos los días dedicados a
exámenes y actividades complementarias y extraescolares. La jornada es de
mañana, de 8:00 a 15:05 con 7 periodos lectivos y 2 recreos.
En 1º de Bachillerato los miércoles, jueves y viernes su horario lectivo finaliza a
las 13:50.
En 2º de Bachillerato los miércoles y viernes su horario lectivo finaliza a las
13:50.
1ª (55’) 08:00– 08:55
2ª (55’) 08:55 – 09:50
3ª (55’) 09:50 – 10:45
4ª Recreo 1
(20’) 10:45 – 11:05
5ª (55’) 11:05 – 12:00
6ª (55’) 12:00– 12:55
7ª (55’) 12:55– 13:50
8ª Recreo 2
(20’) 13:50 – 14:10
9ª (55’) 14:10 – 15:05
5. PERMANENCIA
El alumnado tendrá derecho a permanecer escolarizado en Bachillerato, en
régimen ordinario diurno, durante un máximo de cuatro años, consecutivos o no.
El alumnado que agote dicho límite sin haber superado todas las materias podrá
continuar sus estudios en los regímenes de Bachillerato nocturno o a distancia,
así como presentarse a las pruebas que se organicen para obtener directamente
el título de bachiller.
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6. CONDICIONES DE PROMOCIÓN Y TITULACIÓN
Promoción
Se promocionará al segundo curso cuando se hayan superado todas las
materias cursadas o se tenga evaluación negativa en dos materias como
máximo.
Quienes promocionen al segundo curso sin haber superado todas las
materias, deberán matricularse de las materias pendientes del curso
anterior.
Permanencia de un año más en el mismo curso.
El alumnado que finalice el primer curso de Bachillerato y tenga evaluación
negativa en más de dos materias, tendrá que permanecer un año más en
primero, que cursará en su totalidad.
Evaluación final de Bachillerato.
Los alumnos y alumnas realizarán una evaluación individualizada al finalizar
Bachillerato, en la que se comprobará el logro de los objetivos de esta etapa y el
grado de adquisición de las competencias correspondientes en relación con las
siguientes materias:
a) Todas las materias generales cursadas en el bloque de asignaturas
troncales. En el supuesto de materias que impliquen continuidad, se tendrá
en cuenta sólo la materia cursada en segundo curso.
b) Dos materias de opción cursadas en el bloque de asignaturas troncales, en
cualquiera de los cursos. Las materias que impliquen continuidad entre los
cursos primero y segundo sólo computarán como una materia; en este
supuesto se tendrá en cuenta sólo la materia cursada en segundo curso.
c) Una materia del bloque de asignaturas específicas cursada en cualquiera
de los cursos, que no sea Educación Física ni Religión.
Sólo podrán presentarse a esta evaluación aquellos alumnos y alumnas que hayan
obtenido evaluación positiva en todas las materias. A estos efectos, sólo se
computarán las materias que como mínimo el alumno o alumna debe cursar en cada
uno de los bloques. Además, en relación con aquellos alumnos y alumnas que
cursen Lengua Cooficial y Literatura, sólo se computará una materia en el bloque
de asignaturas de libre configuración autonómica, con independencia de que los
alumnos y alumnas puedan cursar más materias de dicho bloque.
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La superación de esta evaluación requerirá una calificación igual o superior a 5
puntos sobre 10.
Los alumnos y alumnas que no hayan superado esta evaluación, o que deseen
elevar su calificación final de Bachillerato, podrán repetir la evaluación en
convocatorias sucesivas, previa solicitud.
Se tomará en consideración la calificación más alta de las obtenidas en las
convocatorias a las que se haya concurrido.
Se celebrarán al menos dos convocatorias anuales, una ordinaria y otra
extraordinaria.
En el caso de alumnos y alumnas que deseen obtener el título de Bachillerato por
más de una modalidad, podrán solicitar que se les evalúe de las materias
generales y de opción de su elección del bloque de asignaturas troncales,
correspondientes a las modalidades escogidas.
Título de Bachiller
Para obtener el título de Bachiller será necesaria la superación de la evaluación
final de Bachillerato, así como una calificación final de Bachillerato igual o
superior a 5 puntos sobre 10. La calificación final de esta etapa se deducirá de la
siguiente ponderación:
a) con un peso del 60 %, la media de las calificaciones numéricas obtenidas en
cada una de las materias cursadas en Bachillerato.
b) con un peso del 40 %, la nota obtenida en la evaluación final de
Bachillerato.
Asimismo, los alumnos y alumnas que se encuentren en posesión de un título de
Técnico o de Técnico Superior o de Técnico de las Enseñanzas Profesionales de
Música o de Danza, podrán obtener el título de Bachiller por la superación de la
evaluación final de Bachillerato en relación con las materias del bloque de
asignaturas troncales que como mínimo se deban cursar en la modalidad y opción
que escoja el alumno o alumna.
En el título de Bachiller deberá hacerse referencia a que dicho título se ha
obtenido de la forma indicada en el párrafo anterior, así como la calificación final
de Bachillerato, que será la nota obtenida en la evaluación final de Bachillerato.
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7. EVALUACIÓN Y MATERIAS INCOMPATIBLES
En el supuesto de que algún alumno o alumna se matricule en una materia de
modalidad de segundo curso que sea incompatible a efectos de evaluación con
alguna de primero por no haber sido cursada por dicho alumno o alumna, este
último o esta última deberá matricularse obligatoriamente de la materia de
primero correspondiente.
Esta materia de primer curso deberá ser cursada y, en su caso, podrá sustituir a
la materia optativa de segundo curso; en cualquier caso, la evaluación de la
materia de modalidad de segundo curso estará condicionada a la previa
superación de la materia de primero.
En aquellos casos en que las materias de segundo curso elegidas por parte del
alumno o alumna impliquen continuidad con materias de primero que no hubiese
cursado, el alumnado, o sus representantes legales si es menor de edad, deberá
aceptar expresamente el conocimiento de dicha circunstancia y de las
consecuencias derivadas de la misma previamente a formalizar su matrícula en
las materias correspondientes.
8. CAMBIOS DE MODALIDAD
En este caso, se requerirá que el alumno o alumna se matricule de las materias de
segundo curso de la nueva modalidad elegida y, adicionalmente, de todas las
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materias de primero de la nueva modalidad que no hubiese superado previamente
al cursar la anterior modalidad.
Los cambios de modalidad también podrán ser solicitados por parte del alumnado
que repita el segundo curso. En tal caso, habrá de matricularse de todas las
materias de la nueva modalidad, de ambos cursos, que no hubiese superado
previamente al cursar la anterior modalidad.
En los procedimientos de cambio de modalidad, las materias cursadas y no
superadas en primero en la modalidad que se abandona no tendrán la
consideración de materias pendientes cuando no pertenezcan a la nueva
modalidad elegida y, en consecuencia, no sea necesaria su superación para
completar la nueva modalidad. Las materias del bloque de asignaturas troncales
cursadas y superadas en la modalidad que se abandona cuya superación no sea
necesaria para completar la nueva modalidad, podrán sustituir a las asignaturas
especificas del primer o del segundo curso al realizar el cambio de modalidad.
El alumnado que repita el primer curso podrá elegir una nueva modalidad al volver
a cursar primero.
El cambio de itinerario en la modalidad de Humanidades y Ciencias Sociales se
realizara en los mismos términos y siguiendo el mismo procedimiento establecido
para los cambios de modalidad, por analogía.
8. CAMBIO DE LA PRIMERA LENGUA EXTRANJERA CURSADA
El alumnado que haya cursado en primer curso una determinada Lengua
Extranjera, y desee cambiar de Lengua Extranjera por razones justificadas,
podrá solicitar dicho cambio si repite primer curso en su totalidad o bien en el
momento en que se encuentre en condiciones de promocionar a segundo curso.
Este cambio siempre estará supeditado a la oferta y a las posibilidades
organizativas del centro.
Cuando el cambio de Lengua Extranjera se produce al iniciar el segundo curso de
la etapa:
a) Si el alumno o alumna superó la Lengua Extranjera de primer curso, podrá
matricularse en la nueva Lengua Extranjera de segundo curso tras la
superación de una prueba de nivel a realizar por el departamento didáctico
correspondiente, mediante la cual se acredite un nivel de competencia
adecuado para iniciar el estudio de la lengua en segundo curso. En este caso,
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el alumno o alumna no tendrá que cursar la Lengua Extranjera de primer curso
al considerarse que no existe incompatibilidad a efectos de evaluación.
b) Si el alumno o alumna obtuvo evaluación negativa en la Lengua Extranjera de
primer curso, podrá realizar el cambio de Lengua Extranjera si supera la
prueba de nivel a que se refiere el apartado anterior, si bien deberá
matricularse en la anterior Lengua Extranjera de primer curso como materia
pendiente.
Los cambios de Lengua Extranjera deberán ser autorizados por la dirección
general competente en materia de ordenación y centros docentes de la
Conselleria de Educación, según el siguiente procedimiento y plazo. La dirección
de los centros públicos o los titulares de los centros privados remitirán las
solicitudes del alumnado antes del 31 de octubre, adjuntando el informe del
departamento didáctico respectivo, y un certificado expedido por el centro. La
dirección general competente en materia de ordenación y centros docentes
resolverá en el plazo máximo de tres meses. Las solicitudes podrán entenderse
desestimadas si no se dictase resolución expresa en dicho plazo.
9. ANULACIÓN DE LA MATRÍCULA
Los alumnos y alumnas podrán solicitar al director o directora del centro docente
donde esté matriculado la anulación de la matrícula correspondiente cuando
acredite hallarse en alguna de las circunstancias siguientes:
1. Enfermedad prolongada de carácter físico o psíquico.
2. Incorporación a un puesto de trabajo
3. Obligaciones ineludibles de tipo personal o familiar que impidan la normal
dedicación al estudio.
4. Otras circunstancias, debidamente justificadas, que revistan carácter
excepcional.
Las solicitudes deberán formularse, en todo caso, antes de finalizar el mes de
abril.
10. MATERIAS, ITINERARIOS Y OPTATIVIDAD
El I.E.S. NÚM. 1 - LIBERTAS oferta dos modalidades para el alumnado que
cursa 1º de Bachillerato:
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1º BACHILLERATO MODALIDAD CIENCIAS
MATERIA/HORAS 1º
BLOQUE DE ASIGNATURAS TRONCALES 21 Filosofía 3 Lengua castellana y literatura 3 Primera lengua extranjera 3 Troncal de modalidad 1: Matemáticas I 4 Troncal de modalidad 2: Física y química 4 Troncal de modalidad 3: Dibujo Técnico I / Biología y Geología
4 BLOQUE DE ASIGNATURAS ESPECÍFICAS 7
Educación Física 2 BLOQUE I: 3 BLOQUE II: Anatomía Aplicada / Cultura científica / Religión 2
BLOQUE DE LIBRE CONFIGURACIÓN AUTONÓMICA 4 Valenciano: lengua y literatura 3 Tutoría 1
TOTAL 32
ESPECÍFICA BLOQUE I:
Análisis Musical I; Dibujo Artístico I; Lenguaje y Práctica Musical; Segunda
Lengua Extranjera I; Tecnología Industrial I; Tecnologías de la Información y
la Comunicación I; Volumen; o una materia del bloque de asignaturas troncales no
cursada por el alumno o alumna, que será considerada específica a todos los
efectos.
Serán de oferta obligada las materias Segunda Lengua Extranjera I y
Tecnologías de la Información y la Comunicación I, siempre que exista
disponibilidad horaria de profesorado con destino definitivo en el centro para
su impartición, y esta no implique un incremento de plantilla.
2º BACHILLERATO MODALIDAD CIENCIAS
MATERIA/HORAS 2º
BLOQUE DE ASIGNATURAS TRONCALES 21 Lengua castellana y literatura II 3 Primera lengua extranjera II 3 Historia de España 3 Troncal de modalidad 1: Matemáticas II 4 Troncal de modalidad 2: Física / Biología 4 Troncal de modalidad 3: Dibujo Técnico I I/ Química 4
BLOQUE DE ASIGNATURAS ESPECÍFICAS 8 Específica 1 4 Específica 2 4
BLOQUE DE LIBRE CONFIGURACIÓN AUTONÓMICA 4 Valenciano: lengua y literatura 3 Tutoría 1
TOTAL 33
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Geología
En virtud del artículo 28.4 del Real Decreto 1105/2014, los alumnos y
alumnas cursarán dos materias del bloque de asignaturas específicas, a elegir
entre las siguientes:
a) Análisis Musical II.
b) Ciencias de la Tierra y del Medio Ambiente.
c) Dibujo Artístico II.
d) Fundamentos de Administración y Gestión.
e) Historia de la Música y de la Danza.
f) Imagen y Sonido.
g) Psicología.
h) Segunda Lengua Extranjera II.
i) Técnicas de Expresión Gráfico-Plástica.
j) Tecnología Industrial II.
k) Tecnologías de la Información y la Comunicación II.
l) Una materia del bloque de asignaturas troncales no cursada por el alumno o
alumna, que será considerada específica a todos los efectos.
Serán de oferta obligada las materias Segunda Lengua Extranjera II y
Tecnologías de la Información y la Comunicación II, siempre que exista
disponibilidad horaria de profesorado con destino definitivo en el centro para
su impartición, y esta no implique un incremento de plantilla.
1º BACHILLERATO MODALIDAD HUMANIDADES Y CIENCIAS SOCIALES
MATERIA/HORAS 1º
BLOQUE DE ASIGNATURAS TRONCALES 21 Filosofía 3 Lengua castellana y literatura 3 Primera lengua extranjera 3
ITINERARIO DE
HUMANIDADES
ITINERARIO DE CIENCIAS
SOCIALES
Troncal de modalidad 1: Latín I Troncal de modalidad 1: Matemáticas
Aplicadas a las Ciencias Sociales I 4
Troncal de modalidad 2: Griego I Troncal de modalidad 2: Economía 4
Troncal de modalidad 3: Asignatura a elegir entre:
Historia del Mundo Contemporáneo
Literatura Universal.
4
BLOQUE DE ASIGNATURAS ESPECÍFICAS 7 Educación Física 2 BLOQUE I: 3
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BLOQUE II: Anatomía Aplicada / Cultura científica / Religión 2 BLOQUE DE LIBRE CONFIGURACIÓN AUTONÓMICA 4
Valenciano: lengua y literatura 3 Tutoría 1
TOTAL 32
ESPECÍFICA BLOQUE I:
Análisis Musical I; Dibujo Artístico I; Lenguaje y Práctica Musical; Segunda
Lengua Extranjera I; Tecnología Industrial I; Tecnologías de la Información y
la Comunicación I; Volumen; o una materia del bloque de asignaturas troncales no
cursada por el alumno o alumna, que será considerada específica a todos los
efectos.
Serán de oferta obligada las materias Segunda Lengua Extranjera I y
Tecnologías de la Información y la Comunicación I, siempre que exista
disponibilidad horaria de profesorado con destino definitivo en el centro para
su impartición, y esta no implique un incremento de plantilla.
2º BACHILLERATO MODALIDAD HUMANIDADES Y CIENCIAS SOCIALES
MATERIA/HORAS 2º
BLOQUE DE ASIGNATURAS TRONCALES 21 Lengua castellana y literatura II 3 Primera lengua extranjera II 3 Historia de España 3
ITINERARIO DE
HUMANIDADES ITINERARIO DE CIENCIAS SOCIALES
Troncal de modalidad 1: Latín
II
Troncal de modalidad 1:/Matemáticas
Aplicadas a las Ciencias Sociales II 4
Troncal de modalidad 2:
Griego II
Troncal de modalidad 2: Economía de la
Empresa
4
Troncal de modalidad 3: Asignatura a elegir entre:
Geografía
Historia del Arte
Historia de la Filosofía
4
BLOQUE DE ASIGNATURAS ESPECÍFICAS 8 Específica 1 4 Específica 2 4
BLOQUE DE LIBRE CONFIGURACIÓN AUTONÓMICA 4 Valenciano: lengua y literatura 3 Tutoría 1
TOTAL 33
En virtud del artículo 28.4 del Real Decreto 1105/2014, los alumnos y
alumnas cursarán dos materias del bloque de asignaturas específicas, a elegir
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entre las siguientes:
1. Análisis Musical II.
2. Ciencias de la Tierra y del Medio Ambiente.
3. Dibujo Artístico II.
4. Fundamentos de Administración y Gestión.
5. Historia de la Música y de la Danza.
6. Imagen y Sonido.
7. Psicología.
8. Segunda Lengua Extranjera II.
9. Técnicas de Expresión Gráfico-Plástica.
10. Tecnología Industrial II.
11. Tecnologías de la Información y la Comunicación II.
12. Una materia del bloque de asignaturas troncales no cursada por el
alumno o alumna, que será considerada específica a todos los efectos.
Serán de oferta obligada las materias Segunda Lengua Extranjera II y
Tecnologías de la Información y la Comunicación II, siempre que exista
disponibilidad horaria de profesorado con destino definitivo en el centro para
su impartición, y esta no implique un incremento de plantilla.
11. EVALUACIÓN
A comienzo de curso, el profesorado de las distintas asignaturas dará a conocer
al alumnado por escrito los criterios de evaluación, calificación y recuperación de
la materia.
Al mes del inicio de curso, el Equipo Docente realizará una sesión de evaluación
inicial con objeto de recoger e intercambiar información sobre las
características del grupo y de sus alumnos/as.
A lo largo del proceso de aprendizaje se realizarán tres sesiones de evaluación,
repartidas proporcionalmente de acuerdo con el calendario lectivo. De cada
sesión de evaluación se levantará acta, que el tutor/a entregará en Jefatura de
Estudios. De cada sesión de evaluación se remitirá a los padres/madres del
alumnado el correspondiente boletín de calificaciones.
La evaluación de los alumnos y alumnas tendrá las siguientes características:
1. Se realizará teniendo en cuenta los objetivos educativos de la etapa que se
desarrollan con los criterios que se establecen en el currículo y la
programación de cada asignatura.
2. Además, en el I.E.S. NÚM. 1 - LIBERTAS se ha acordado desarrollar unos
objetivos comunes a todas las asignaturas, que son:
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A. LECTURA COMPRENSIVA. Todas las asignaturas tienen en la lectura
comprensiva un método de trabajo para potenciar la autonomía de los
alumnos en la construcción de su propio aprendizaje. Por ello en todas las
materias se desarrollarán actividades, tanto individuales como colectivas,
sobre las distintas técnicas que la hacen efectiva en el dominio del
lenguaje y la correcta interpretación de los distintos textos que cada una
emplea para transmitir información, prescribir procedimientos o fomentar
valores y hábitos. Para conseguir el dominio de los elementos del texto o
vocabulario básico será necesaria la consulta habitual de diccionarios u
otros tipos de instrumentos de interpretación. Después de una lectura
global, para superar la superficialidad de la primera impresión se pasará a
la lectura detenida con técnicas de fijación o recuerdo, subrayado,
anotaciones y reescrito. Se realizarán síntesis verbales y escritas de los
textos para promover la asimilación de sus contenidos y la comprensión de
las relaciones lógicas que se establecen entre sus elementos.
B. EXPRESIÓN ORAL Y ESCRITA. Desde todas las asignaturas se realizarán
actividades que ayuden a potenciar y estimular el buen uso del idioma,
tanto de su adecuada comprensión como de su expresión. Estas actividades
podrán incluir, entre otras, las intervenciones orales breves, los debates,
lecturas y exposiciones orales amplias, las composiciones escritas en
lenguaje personal, los trabajos con artículos de prensa, la lectura de libros
(distintos de los libros de texto). En las intervenciones orales se les
corregirá a los alumnos los defectos de expresión, y en los exámenes y
trabajos las faltas de ortografía y sintaxis. Tanto en la calificación de
cada prueba corregida como en la evaluación trimestral, los profesores
tendrán en cuenta, positiva o negativamente según los casos y del modo
que estipule cada Departamento Didáctico, el avance o el nivel alcanzado
por cada alumno/a con respecto a este objetivo común de expresión.
3. Se realizará de forma diferenciada por asignaturas teniendo en cuenta la
madurez académica de los alumnos y sus posibilidades de progreso en estudios
posteriores.
4. Debe realizarse de forma continua y tiene un carácter eminentemente
formativo. El carácter continuo de la evaluación implica el seguimiento
permanente del proceso educativo de los alumnos/as. Los profesores
recogerán información mediante la observación sistemática, el análisis de los
trabajos de los alumnos/as y las pruebas específicas.
5. La calificación se indicará según una escala numérica de 0 a 10.
6. La evaluación final será el resultado del proceso de evaluación continua y se
realizará en el mes de junio.
7. Convocatoria extraordinaria. Si se suspende alguna asignatura en junio, hay
una oportunidad para superarla en los exámenes extraordinarios que se
GENERALITAT VALENCIANA
CONSELLERIA D’EDUCACIÓ, INVESTIGACIÓ, CULTURA I
ESPORT Direcció Territorial d’Alacant
INSTITUTO DE EDUCACIÓN SECUNDARIA NÚM. 1 - LIBERTAS Polígono Aguas Nuevas, Sector 25 s/n
Apdo. Correos 315 – 03183 TORREVIEJA 965290100 - Fax 965290101
e-mail: [email protected] http://ies1libertas.edu.gva.es
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realizarán en las fechas que determine la conselleria competente en materia
de educación.
8. En la prueba extraordinaria, si el alumno no se presenta, la nota se reflejará
como NP (no presentado)
9. Cada Departamento incluye en sus programaciones la forma en que
concretarán los procesos de evaluación y recuperación en el marco de la
evaluación continua.
12. SERVICIOS ADICIONALES DEL CURSO
Biblioteca de consulta y préstamo durante los recreos que se asignen para
ello.
Departamento de Orientación Escolar.
Fecha de impresión: 01 de junio de 2011