gobierno del estado de tamaulipas - · si 'iiber ju erís.jehz...

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.e , DE TaO.1JI.IlULIP.flS", · Si 'Iiber Ju er ís.j ehz esto; sed flllli6r tua. fe licit as 4 ril. si CU III lonninibus a equ e tiberis degas. = Pyth agoras. ti-e / .. ser- lih e ... .. s;ci tu rnaYQT [e lic dad -¡;j- cr en t r e. hombre, tOIl ti bres co- ma tu. (un. 9. 1831. Octubre 27: de (Año J. o ) CONGRESO DEL EST DO. medidas-de sanare sino en los casos muy precisos.-y es conveniente la Iniciativa. gcncia; mas esta tienesus limites que ' si traspasa dezenera en debilidad censurable. Señ,or. =Un, hombres se pro -]' juste usar oportunamente de nuncio ' en Yucatán por el centralismo y su la beniznidud y del ri.o-or (leja ley: voz- al úcinó á UIlOS)" arredró á otros, que !yerra vez diseuiparset' 1 .. , 1 aunque fieles a sus promesas querrán se que repite los errores .no es perdonable. conservaran las' instit-uciones sancionadas En Yucatan se obró contra el sistema hubieron de someterse á la ley del mas ' federal: lugar- tiene -la indulgerrcirumas si fu er te. Los- pronunciados se lrau conven- \se encuentra ' rebeldía será preciso que ' á c i-Io de que 1.0 pueden sostenerse, por que la pers rasion se substituya lá fuerza. . Eas StI plan está en contradiecion con el voto instituciones-federalesse juraron l es -obli- g'C nernl, y pOI' ello y recelando- resultados , zncion á toda costa sostenerlas- E con-- " !:t _ fIue es serrnn funestos han.dicho que quie - srreso zeneral. tiene ecursos para : hacer · reu rol-ver al órden'.PudQ aquel pronun- ' entrar al órden á los inquietos y. para ha- ciamiento ser un estravío, pero las comli- cer castigar los- rebeldes. 'Pamaulipas ciones, que pretenden sus autores pnra-en- que está acá en un nincon-de la repúblien ·trar en .s u deber son un crimen. Se dió unt será el pyimero fll!e acuda con: todos: ·n taque á la ley fundamental al, pronunciar- ! recursos, ciiando la ley lb llame. 9.08- mil · se " yeso acaso sería un error del entend i- I- alíen tes de este -estado marcharonopo- miento; mas aiiora no-es ya una equivoca-jnerse á los-españoles invasores en 'Fafnpi- cion sino una perseverancia obstinada .q e lco; sufrieron las penalidade todas de ' la da .á la ley nuevos descalabroso. jguerrn, y no' pensaron. en- ef peligro, sino : Se antes una conliciorr; y qne ·denod.ados corrían alicampo de honor; reprobada. Se acordaron: lY esos y el .estado cllcn; - das en un' estado y se proscribieren. En ha presentaran con sus pechos a Yucatan quieren condiciones- ras a)-; ras bayoneta de los centralistns, _ TO' son · surdus. AqucH,a coalicion y ras otras Ine- I enemigos los atacan o didns se· proponlan como medios de mnn- el sistema )' turban ord' _ 11 públieo, q }le t ener el sistema , y- en Yucntan .descnbierra los osados que en -Cabo Rojo pisaron - ,y claramente se ataca. Jamas debe ae - i tras Estos obraban comonacron · cederse á esas peticiones, que ' degradarán \contra- nación, y aquellos obran: contra- sn - á·las autoridades supremas: deben dese - ¡ pátria misma; ros \iBOS violaban el dere- , e inr e porque la ley las prohibe, porque o cho de las naciones, r e tos pisan todos h1 opinión nncional las reprueba. les derechos. ' 1' 21' ln,nlip!1s d'i& ya. una los gobiernos libres no deben adop- leccioi de Ult .e n? se Universidad Autónoma de Tamaulipas

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Page 1: Gobierno del Estado de Tamaulipas - · Si 'Iiber Ju erís.jehz ...bibliotecadigital.tamaulipas.gob.mx/archivos/descargas/c...el Citado de Yucatan, siempre que vuelvan circule, y se

.e ,DE TaO.1JI.IlULIP.flS",

· Si 'Iiber Ju erís.jehz esto; sed flllli6r tua. fe licit as4 ril. si CU III lonninibus aeque tiberis degas. =Pythagoras.

• /)~ " p;les ti-e / ..J~l/(iJ(ul. dc ser- lih e... ..~e • s;ci turnaYQT [e lic dad -¡;j- cr en t r e. hombre, tOIl ti bres co­ma tu.

(un. 9. )~1831.Octubre 27: de(Año J. o )

-------------------~-----------,,-----=--~,--

CONGRESO DEL EST~ DO.

\~t 3 rse medidas-de sanare sino en los casosmuy precisos.-y es conveniente la i~dül-

Iniciativa. gcncia; mas esta tienesus limites que' sitraspasa dezenera en debilidad censurable.

Señ,or.=Un, pl~?ado dé hombres se pro-] ' ~erá pue~ juste usar oportunamente denuncio' en Yucatán por el centralismo y su la beniznidud y del ri.o-or (leja ley: EPq~e

voz- al úcinó á UIlOS)" arredró á otros, que !yerra p~drá seo-nnd~~vez diseuiparset' ~ 1.. , ~ .. 1

aunque fieles a sus promesas querrán se que repite los errores .no es perdonable.conservaran las' instit-uciones sancionadas En Yucatan se obró contra el sistemahubieron de someterse á la ley del mas ' federal: lugar-tiene-la indulgerrcirumas sifuerte. Los-pronunciados se lrau conven- \se encuentra ' rebeldía será preciso que ' áci-Io de que 1.0 pueden sostenerse, por que la pers rasion se substituya lá fuerza. . EasStI plan está en contradiecion con el voto institucione s-federales se juraron l es-obli­g'C ne rnl, y pOI' ello y recelando- resultados, zncion á toda costa sostenerlas- E ~ con--" !:t _

fIue es serrnn funestos han.dicho que quie- srreso zeneral. tiene ecursos para: hacer· reu rol-ver al órden'.PudQ aquel pronun-' entrar al órden á los inquietos y.para ha­ciamiento ser un estravío, pero las comli- cer castigar á~ los- rebeldes. 'Pamaulipasciones, que pretenden sus autores pnra-en- que está acá en un nincon-de la repúblien

· t ra r en .su deber son un crimen. Se dió unt será el pyimero fll!e acuda con: todos: ~:;¡

· ntaque á la ley fundamental al,pronunciar- !recursos, ciiando la ley lb llame. 9.08-mil· se" yeso acaso sería un error del entend i- I- alíen tes de este-estado marcharon-á opo­miento; mas aiiora no -es ya una equivoca-jnerse á los-españoles invasores en 'Fafnpi­cion sino una perseverancia obstinada.q e lco; sufrieron las penalidade todas de ' lada .á la ley nuevos descalabroso. jguerrn, y no' pensaron. en- ef peligro, sino

: Se pretend~ó antes una conliciorr; y fi~ qne ·denod.ados corrían alicampo de honor;reprobada. Se acordaron: d~s~ues. med~-: lY esos rms~~os" y ~~an.to~ el.estado cllcn;

- das en un' estado y se proscribieren. En ha presentaran con f~rmeZ't sus pechos aYucatan ~e quieren condiciones- ras a )- ;ras bayoneta de los centrali stns, _TO' son

· surdus. AqucH,a coalicion y ras otras Ine- Imeno~ enemigos los qu~ atre\,j?o~ atacano didns se ·proponlan como medios de mnn- el sistema )' turban t~l ord' _11 públieo, q }le

t ener el sistema, y- en Yucntan.descnbierra los osados que en -Cabo Rojo pisaron ~ues­

-, y claramente se ataca. Jamas debe ae - i tras pl~l}a~ Estos obraban comonacron· c ederse á esas peticiones, que' degradarán \contra- nación, y aquellos obran: contra-sn- á· las autoridades supremas: deben dese- ¡pátria misma; ros \iBOS violaban el dere­, e inr e porque la ley las prohibe, porque o cho de las naciones, r e tos pisan todos

h1 opinión nncional las reprueba. les derechos. '1'21' ln,nlip!1s d'i& ya. unaEl~ los gobiernos libres no deben adop- leccioi de Ult.e n? se o(e~ae ifflpmH~~e_.te

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cv -,.J\),

ú la pátria, y los que in ntaquen se -est ro- bre es te pa rt iculnr h:1l1 ocurrido en algu­liarán en los pocos per o firmes brazos de nas juutns electorales mun icipales, ha de­los Tamaulipecos, Estas conside rac ionc.., crctado lo si;.;nicnte.y las IlIUY juiciosas que la honorable IcgisJ Art . Unico. P odr án opl::r los empleosIatura de <lu er eta ro cspende en rcpre- mun icipales del es tado, los e'!n:u~c ros (le

. sentacion qu e hace á ·V. 8015:" sobre el par- uaciou qne ha.m rCCOl lOci,;o e ~' I;n:s:.- y' fOl~­

tienlar, han dado merito á que este congre- malm cntc la iurl cpcurlcuciu de los csla­-60 , qu eri endo secundar la inicia tiva del ¡d.os un i , ~ os ll1.' ji ca n ()~ , c:on. tal quc huyanh onora ble de Ql1eretaro, la haga suya. [sido vcc.uos (le! cstuuo al t rcmpo de la 1111­

"E sta legis)atura faltaría á los pactos .f'c- ib l i~~cion ~e la coustituciou.. cnsndos cond erales, y a sus solemnes prontezas, SI nO¡llIejlc:llla o se hayan ca.;ado Hc~plles. ­usara de los medios qu e la ley le da pa ra ] L o tcndrú cutcurli.lo el gnhe rn ,\llor<l ue se haga que I.os infelic es oprin?idos \clcl .estarlo, ?' d i~ ¡)(:lH! rá Sl~ cUlIll'lil.uiell1.0,en Yucatan respiren, y .los -est ravia dos haciendolo rmpnnur, pu blicar, y cirenlar.

. vuelvan á la senda const itu cional, y por to- = Allifluio "R odrig ue: Fernonncz , dipu­do inicia en la augusta enmara de diputa- tado presidcntc.;---Antollio Can ales, -d il'u­dos el decreto siguiente, tal io scercta rio.= Loren: o Cartilla, di-

Art, l. Se concede una amnistía á los putado seoretnrio.pronunciados por la república central en Por tan to, mando se imprima, publique,el Citado de Yucatan , siempre que vuelvan circul e, y se le dé el dchi ,lo cum plimicn­al órden constitucional dentro del ter- Itu. Ciudud- Yictoriu set iembre 2G de 1831.mino que lC8 'designe el gobierno. IS- e de la iusrnlacion del conurcso de es-

Art. 2. No s~ pasara P.0l· nada de 10lte cstado.= l-'rullú-co Vit«! Fcrnandez,que se oponga a la acta coustitu tiva, - Y or falta del sec reta rio, Gcrouimo Ecr-

o constitucion federal ó particular de aquel nandez Tijcrina oficial lIH1J Or.estado.

Art. 3 . El gobierno hará que el regiomen federal se restablezca en aquel estado,

. a rreglandose est rictamente á lo prevenido El go!Jerl1ndor consti tucional del es ta-e n sn constitucion y leyes _pa rticulares. do de 'I'a muulipas, á tod os sus ha bitantes

Sala de sesiones en Cil1dad- Victoria ti sabed; que el con greso del mismo estad o,d e octubre de 1831. 8. o de la instalacion ha decr et ado lo siguien te.del congreso de es te estado.=José Ignn- Núm. 13. El congreso const itucionalcio Saldaña, diputado presidentc.ee.tu- del estado libr e de las Tamaul ipns: te nien­tonio Canales, diputado sccret ario.eeLo- do en considerac ion la necesidad qnerenzo Cortina, diputado secreta río. . hay de que el número de imlividuos

de los ayuntamientos y municipalidadesdel estado sea siempre completo, ¡JAra d i­cipar las duelas que puedan ofrecerse so-

El gobern ador constitucional del estarlo bre él mod o de cub ri r las vacantes quelibre de las Tamaul ipas, á tod os .sus ha- ocurran, ha decretado lo siguien te , _bitantes sabed; qu e el congreso del mismo Art . 1. Siempre que -P OI" cualquieraestado ha dec re tado lo siguiente. causa falten en al¡rlHl ayuntam icuto la mi-

Núm. 12. E l congreso consti tucional del tad ele los individu os que lo componen, elestado libre de las -T nmaulipas: teni endo gobierno mandará reun ir á los electoresen consideracion: qu e el cargo municipal qu e nomhrnron el_ayuntamient o de aq uelen los vecinos del estado no es reelegible, ano, pa ra que en d día qu e el mismo go­Gue los hijos de nacion qu e ha reconocido bierno señale pro ced an á hace r el norn-«n uestra ind ep endencia son ncredores á bra miento de los ind ividuos que falteo ,al ternar con los del es tado en los referi- Art. 2. Si la falta. fuere de nl¡rllllo dedos cargos, y para obviar las dudas que SO· , íos a lcaldes plll' mu erte ó por cu alquiera

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CJ.·udad-:''"ictoria ~7 de Octubrt .

31;ot ra cansa den'tro:le los se is meses prime-] ;,COIi esta fecha J igo al eiudada uo Es.lOS de haber rec ibido la vuru, se proeede-¡Itevan F. .Austin lo que siWJe.-"AI ciuda­rá á nuevo nombrau iicu to en los termi uos¡da no eomisar.io de Uejar digo lo -siguieute.que es prcsn el a rt ícu lo anterior. Si hu- -.-"Conform e ni soberano decreto de 17hi ere ven cido )'lI seis meses, se remplaza-Ido octubre de 182 .5, se es tablece la adua­rá la vacante flor el que deba .succcder al lna marítima de Ga lvest ón, y la receptoría'á lca l.lc eu tumo segun la le)'. lsuhalternn á ella de Brasoria; pasando a

Art, 3. ~n los pueblos qae por su po-l:llllll'! pun to el administrador nombradob lucion no haya nyunrumi ento, las ,"aean -lIPor cl supremo gobierno d. Jorg~ Fisher:tes del alcalde y procurador sindico que jo que aviso á Y. á fin de.que se sirva cir­eomflon~n su resp ectiva mu uicipali.lnd, se-!cnlarlo á quienes corresponde en ese de­.,án remplazad os conforme el aruculo l. o lf1artamento." - · Lo que traslado á V, Varaou cualqulern tiempo del año. '1'8u inteligencia, encnrgnndole que eontri-

. Art. 4. Luego qu e muera Ó Re impo- huia: con su influjo para que se logren lossibilite totalment e al¡!uno de los iudividuos 'flues de la ley)' el adelanto de ' la hacieu­del ayunta miento Ó municipalidad in.dica-;-¡da ~públ i c:! ; hacicnd~ especial rncute que -scdos en esta ley, el alcalde rcspecuvo ólolvidc n las ocurrencias personales 'con elq uien sus reces haga lo avisará 111 gouier- Iad llliilist l'lldor Fisher, como que \10 puc-­no para los efectos consiguientes. - den influir en el ejercicio dc l empleo que'

Art . 5. Si alguno de los individ uos ce- le tiene dado la federaeion."-Iusertolo·sisteutos en los ayuntami entos y municipn- á V. pa ra su inreligcncin y en "respuestalidades impidiere de alguna manera el \á su oficio núm. í de 30 rlol pr ócsimo pasa­clllu p l ~m i en to de.esta ley se !"ámultad o porld? ; encar;randole qu~ por ~u ~arte es p~c­el ~oblel'l1o en curcue nta pesos. . ¡CISO contribuya al objeto indicado; desis -

Lo ten(~rá entep d ido el g~be:nador del iti.~ndo de t,?dll euestion por lo pasado,. yestado y di sp ondrá su cum plimiento, ha- ciñeudosc a los asuutos de su empleo, SIl1

ciendolo imprimir, publicar, y circ ular.= mezclarlos con los del servicio de muuici­Antonio Nodn:f,Jue:: Fernandcz, diputado 'llOIlidades y de particulares , de que resul ­presid cnt e.=Alltonio Canales, dipntadoltaron las complicaciones antecedente s:secretario.=Lorell::o Cortina, diputado'Dios y libertad, Matamoros octubre 3 d<lsecre ta rio. 183 1.= l\l anuel iUier y Teran.=C.. Jorzc

01 ,. • ~

Por tanto, mando se imprima, publique, F'ishcr, administrador marítimo de Gal­. c ircule y se le dé el debido cumplimiento. vest ón, ',; ' •. Ciudad- Victoria setiem bre 27 de 1831. \ Y tengo el honorde participalo á V. pa­S. o de la instalacion del congreso (le este ra su conocimiento y fines consiguientes,estarlo.- F rallcisco Vital F el'llllllcle:;'=jreproduciendo las seguridades de mi con­Por falta del secretario Geronimo F er- sideracion )' aprecio. . ,nandcz Tijerina , oficia l mayor. Dios y liber tad, Matamoros á 6 de

octubre de 183 1.=Jorgc E isher.

. A Du ANA l\IARITIlUA DE GALVEST ON' j

.(i instancia del interesado damo s lusrcr. á I . . " ,. '1 d ~ . . b El alma se IC\'~llD ~a como.oc un pro.fundo letargo al ~ecr

a siguiente o] len f:. [ cc.~mo . 81 . CO- en los papeles públicos, 3S l de la ca pit..l de la fcdemcion,mumdante general de los estados internos como de todos los es tados que la compo nen, l. prefere nciade oriente que Se está dando en es tos momentos á la grande obra, a 1:1

• obra m:ls, importante de la sociedad, que es el arreglo de.una buena administració n de j usticia,

El et'smo. SI' . comandante rreneral de Este movimiento general, que se siente por todas par tee.. • e- nos ahorra 105 esfuerzos qnc pudiéramos hacer par a rece-

.Ios estados internos de oriente, en nota mendar- la urg enc ia con que debe llevarse á cabo una em­oficial de 3 del corriente se ha servido ce- pr€Sa, hajo todos aspecto, <Ieabso.luta oecdid:,d. El he-

. . tcho constante de que tod os 105; gobiernos ")' legislat uras hanmUlltCurmC Jo fI lie eOpto. ; rn elt e unanimemente lo, ojo , .1 desmantelado ale"".r de la .

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-----;'7-:::-'---:--c-c -:=::= :-:::--;:-:-:-;-"-'-- r----,;;-:--:--;;--.,..""'"l.71p;e'l!'1 áet f.sl!l.io <le T amaulipas diriJida por Juan .'1nlonio Agurrre.

38~..jn9.tici~, convence c~n -evirielld iJ quc~ to,h fa- r:apüblica esta como que- cada ft1erQ constituye un verdadero privilegro.1Dtl~,tmentc per.ma:hda-le que el act ual eistem 1 j udicial es L l prueba de elle es el ahinco de todos. los aforados . 'p~

pe~l~o en sumo grafo, y deznmd.i que ~ la carre ra sea me no perder nunca l a~ prerogativas de ese pri vilegio, á cuyaj orado, ~J. que de uu.r -vez 0.0 pue de llega r a la des ea ble sombra se cometieron siempre impunes atentados. Nosotrosperfeccioo, prcctsm Irnos por basa constitu cional que no hay privrlegics

·~c'3elente; ..di.i,:ur30s hemos leido en e l Re gistro oficial y I en la .re publicóI , r ca.da vez anhelamos mas p~ r la ~ifus.i0 lle.' S,.)I, e n la ,..~hlc de Pueb la J' en' el Censor de \' eru cruz !1 O. de tribunales especiales; que son otros tantos -t rivilegioa,lire ' es ta su bh tn a materia de la ju-t icia; y recel amos mu cho que son otras tantas ele -es form adas contra el otro princip iotom Ir part~ e n e5:..z .cue~tio n, trat ... 'Ia con rnaestria por tan rlp. la iguatdad civ.H. Eotieedalo Edipo, q,!e no ~ o~r~o~ EO~OS

~ablo ,4 · es~rl tore:. ct~rtos ea. nuestr-a .conciencia, y no por Davones, como d lc~ el ~tro e~D. la comedia de I erenr.~o.Una hu -nild.td hipócrita , que somos mcapucas de adelantar Echem .•;;: una rn pida Ojeada a lAS fueres q ue ya nos CH"·CO~"l de ,¡trove,ch:>. ~e~pues que p!~rnH t¡ln~i.estr.tS han ago. : u [Jd ~n . Fuero de 103 eres, diputados. y altee funciG~arios

t.:W0. la m~~i Sin ~~j U' :lC~O U0 1 ~ otra ~..5 pl .{a por recoger. Y cuidado que O? es ta n claro como se supone. . '\ a seStO em barg o, sien-le el asun to de una B cund ioj;¡,J in 'l"'ot 1- sabe la competencia que bebe cuando el suceso ruidoso det~. c.r eemos que puede s.er contemplado biljO ' '.:" ' f sp~to , g0'7ro.;tdor Salg.,do; y ab~ r-d está c~rriend~ tram!tes la ~lq~e Si ng padecemo s eq;ul)'oclcion., está to. Iae¡ por - cs I~ sr. ·Q.f)l otaoa R~o con el, Juez de prt~cra lD!!tancla. (~e I\~~J l~

mtn~.r , Estn es la unidad ,fe la j usti cia, de :londe nace ce . F uero mrlit.u -, que pue de subdivrdrrse en privi legiados: sunVhcid,ut, su pres tesn- sin festinacron. v s:¡ econ-rmia. de priv ilegiado, PU !S ~ I de urtiile rla, iogeuiero s y supa ioresSI I.t c rg.mizacicn j u.Iicial no " atlr tz:t ted.rs "e~tas 'calill,ute;¡ at rae al sayo a los demás mih tares , y ar rastra tambi én cont i~ ;~?o~S y a de te:;e~glfi 'lr ,;;e \-y conv eni r e'n q u~ " oaia se t~d~~ . 1 3s ciudadanos, no s tl l d 'ld ¡~~ , Otr~ fuero .mllitar , es pe·~i¡"I' que merez ca e l C:a.nbre tle bue na admi:'ll~tracion de cialisimo p;¡ l'a conoce r de los de lito.. de infidencia, de cuya es·Justi.cia, c lla.' c?m'i~n~ ql1e se J. la de un : gobie r,lo pop"u l;u= t ensa ~ecf pequ isimos son los que s ~ e~ . :;l pan . ; Ol l;l nque .l'-'~<H1 ~e

cepre.¡ ~nt;(~I~o..,.q lle ~~e :l.~ e ~ ".1 los pri ncibtcs inv ariables de j cerquillo, de .cor.on'l,, :1 d? cuulqu ier.r ot ra cla!l e. pn ~ ttegla~au orden judicial an:tlog'l a 'tu naturalez -r. da . Fuero ec lesiastice, ce una naturaleza su perio r- a .n ues ­- Coutr.i estos pr incipies peca.directamente h mlllticwlici- : t~('s limit ados al.canees, no habi'en~lo vo~ ido de~cllb rir i)Qt(11 t de f,Jé ro~ y cU.tndo j " cim B ¡'I"'ro..¡ f' , t.e" 'I ' u ". I qlJ ~ canal. ..e úerlV;t de 101 s" beraOl;1 n:lcl.onal, que es entre

, - . ' "' ." 'h~ q e JM - , . f 'r a no s-ot r-o i' e" un ~q'Ji v. ll ~ ;} te de . ~ ;;H V'lZ trib l :nl C' ':...¡..¡ uosotro-s e l o.ngen de todo pode r; y au.nqtJc este ue ra estáS i e~ {lc>(te r re'7i-slatlvo e; UllO ·si et éJ' ~ ' 11tl.o ,~~ ot','.>'- · .•..: ' !O: .tlv:d o ea ¿f ,..trfic ~.l l o l ij 1 d~ 1<1 conHitucion fc>.J eral. t¡l m-

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• H.tY olr!l ¡u · cnVA"I" nte. m' h ' 1 m1nrfola nada m~nos que de otro t ri bu:H l pr l\'i1egl'ldisimo ,. . "'... - le ., m1.' p :) ~J'!ro ! o contr,l '11 ,. . di ' d I I l' .

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.. '.., t" ..1 :tI, ea q 'Je ~ e cO :Jlll:!n ~ e f · ' d d' d d' d .C/:-:J b i"'J' el t rib1 'nl dpnde de~e e t- !JI· ~'" I I "t Y m"::!lfarmi y coni :JMO" e an ee ' I)re~ e . l e z y oce ¡Ul0 3:'1 Il nd urale', de la. ca- ooten'. ,,'" ~ .lqr, , ¡ e 1~Le l o,, es cie ;Interior e : siste:l;ia, p o rqu~ el dij llnto ¡) el ' o n:: u r~an te•• ~ 4. ... _ ' ... .h ue as rI¡;una es C\:lQ· • h ' , d i" I .t ·... le:tte s sobre l. )'at',' , J,'c ','o" n·' ' f ' . eran pr eslJnto$ deu,loJ re s ~I 1", 1clenr}:1 te era _ ..1.'\ :1' a ue~ ' .. . ' 1 • ,~ o ~e COC.lll er m en tre 81 co- '1. ' • .. . I '

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• ~ , , . 1.0 , ;u .l pro - o ¡Ieto rl~ su cre"c(()n Vflue de~mlente por Sl lfa ~ mo liti ra-J l ,)r-<: Io n Ilt raa ab t ':i to á t.u oe;"e~id "1". "e 1 ' ," , r.o t .. , - . . , . -. , . - . -' - . ~ u ... Jl J~ ICll, Co ':i a zcnes qne s'" aleua"o o slctnl"e p:lr,l su 1O'! t1tur. ~on Nos acl.f'.' b re"'h n tll:ral y 61 se obiervl el i le . r . I .' "' .,", ' .' .. 1;' ., b ' t " • . . • ' , p.l r JlJ. ICla no ¡e- mlr.lm~i como puedea anhe lar por consc lcdo lOi> que tCtlgolO! "¡t { _;~ TJ1 :n n ,lo L, uOlvers:\i1dai de la jlHis diccion C~ un:} median;}. pr actica dc!'O'iro ue los nC""''lCi05 sllgetos ii ~ tlel ar..do ~() unte!) contra el Ve:l"';¡O d · la, co- petcoc"'l' ' I':l --' " , ~ I' " " _ .' - '. . .... :'~ . ' ' . competencia; pero ~uho con~.ll lar¡e e.a el gO~:)I erno esp¡¡~o "Y:') Lo) ~cler .o c::. qu e ~ l.1 rdnt~ .~l gotn~ro f) e.~p :l1ltl l , dc qlllen no pOdem(} 5 e,;tal' Sin e5Ml monumento gtltlCO, ¡Ilm que ~r";¡em h here ~:,uI ~l ~s ~~ .~'\ !"u de fl l ~!ÓS, ~e r l e ~hmJ) const:m ~ el lo :,; e~t necesa ri o cerr<ir los oJos á ~ 1¡5 inconYen¡e nte~. . SOrl.~.::nent e , y se c ,c r.lbl.~ muc~o y. t;t;' IY_bueno contra e!tte m:ll, pcql~e[ ~ ;li; las c l)lu~m'ii d e nuestro p¡tpel, y no c,tbe ;¡ en ellus.. m.o el p e{J~ de, t?d o:3 l?.i qlle ar]'1p.Jan na ;! bu eu'\ arlmtnl:S ; €oiLI :S las ob.s en ·ar.wnes qlJe puede !! hace r ~e cQnt '''l la reSllt'."' ;·,H~ IO I: , ~J : J ' l,~t: C I:~ . 'i: est 'l que ~ ;i d ids.~oll .c1 \~ [oeN ..; e$ ,¡ receian del con~uhlo: qtledamo3 corepr oructido-s á con~,i -~c.nJ, m ~J 1U.l c~.n??-~}ble Y m~y propIa uel slsteuu ab., olut o,: nu arl3:S en otro número. ' , ."

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