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¿Qué es el Fondo de Seguro de Depósito ?• El FSD es una institución cuyo objetivo es
proteger a los depositantes en caso lainstitución financiera miembro de FSD dondemantiene su depósitos quiebre. El Fondo de
Seguro de Depósitos (FSD) fue creadomediante la Ley General de InstitucionesBancarias, Financieras y de Seguros, aprobadaen 1991 mediante Decreto Legislativo Nº 637.
• Desde el inicio de sus actividades, el FSD hacumplido con el mandato legal de proteger elahorro, cubriendo las cuentas de aquellaspersonas afectadas por los procesos deresolución de Peruinvest, Banco Popular, BancoHipotecario, Cajas Rurales de Ahorro y CréditoValle del Río Apurímac y Ene, Selva Central,Majes, Banco República, Banco Banex, BancoOrión, Serbanco, Banco Nuevo Mundo, NBKBank y Banco Latino.
La presente información es proporcionada de conformidad a Ley de Protección al Consumidor en materia de servicios financieros
(Ley Nº 28587), el reglamento de Transparencia de Información y disposiciones aplicadas a la contratación de Usuarios del Sistema
Financiero (Resoluc ión SBS 8181-2012) y el Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley Nº 29571).)
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¿Cómo protege el FSD a losDepositantes?Para el período periodo Marzo - Mayo 2013:el monto máximo que cubre el FSD es de S/.S/. 90,471.00 o equivalente en dólares. Estemonto, de acuerdo a Ley, es actualizadotrimestralmente según el Índice de Precios alPor Mayor (IPM). La cobertura del seguro
respalda los depósitos nominativos, bajocualquier modalidad, de las personas naturalesy jurídicas privadas sin fines de lucro, así comolos depósitos a la vista de las demás personas jurídicas. Dicho monto incluye todos losdepósitos asegurados que un depositantetiene en una misma entidad financiera.
La presente información es proporcionada de conformidad a Ley de Protección al Consumidor en materia de servicios financieros
(Ley Nº 28587), el reglamento de Transparencia de Información y disposiciones aplicadas a la contratación de Usuarios del Sistema
Financiero (Resoluc ión SBS 8181-2012) y el Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley Nº 29571).)
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¿Los depósitos de quién se
encuentran asegurados?
El Fondo asegura los depósitos nominativos de
personas naturales y personas jurídicas privadassin fines de lucro y depósitos a la vista de lasdemás personas jurídicas (excepto del sistema
financiero).
La presente información es proporcionada de conformidad a Ley de Protección al Consumidor en materia de servicios financieros
(Ley Nº 28587), el reglamento de Transparencia de Información y disposiciones aplicadas a la contratación de Usuarios del Sistema
Financiero (Resoluc ión SBS 8181-2012) y el Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley Nº 29571).)
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Los recursos del FSD para cumplir con sus objetivos son :
• El aporte inicial efectuado por el BCR.• Las primas que desembolsan sus miembros• Los ingresos provenientes por las multas impuestas
por la SBS y el BCR.• Los depósitos, títulos valores y otros bienes que
permanezcan durante diez años en una entidad delsistema financiero y no hayan registrado ningúnmovimiento.
• El dinero, los valores y los demás activos depositadospor las entidades en liquidación en el Banco de laNación, en calidad de remanente de los procesos deliquidación y que no hayan sido sujeto de reclamospor un período de cinco años.
• El rendimiento de los activos propios del FSD.
• Las líneas de crédito del Tesoro Público aprobadosmediante un Decreto de Urgencia.• Las líneas de crédito obtenidas con garantía del
Tesoro Público aprobadas por Decreto de Urgencia.• Demás recursos que el FSD obtenga con aprobación
del Consejo de Administración.La presente información es proporcionada de conformidad a Ley de Protección al Consumidor en materia de servicios financieros
(Ley Nº 28587), el reglamento de Transparencia de Información y disposiciones aplicadas a la contratación de Usuarios del Sistema
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¿Qué instrumentos respalda el
FSD?1. Los depósitos nominativos, bajo cualquier modalidad, de las personas
naturales y las personas jurídicas privadas sin fines de lucro.
2. Los intereses devengados por los depósitos anteriormente mencionados,
a partir de la fecha de constitución o de su última renovación
3. Los depósitos a la vista de las demás personas jurídicas,exceptuando los correspondientes a las empresas del sistema financiero.
Cuentas mancomunadas: En el caso de existir cuentas mancomunadas en
un mismo miembro del Fondo, su monto se distribuye a prorrata entre lostitulares de la cuenta de que se trate; y la cobertura tiene lugar, respecto de
cada uno de ellos, con arreglo a los límites y condiciones enunciados en el
artículo 153º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros
y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702 y modificatorias.
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(Ley Nº 28587), el reglamento de Transparencia de Información y disposiciones aplicadas a la contratación de Usuarios del Sistema
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¿Qué instrumentos NO respalda
el FSD?
Tampoco están cubiertos los depósitos correspondientes a personasvinculadas a la empresa, sus accionistas, personal de dirección y deconfianza, los depósitos de otras empresas del sistema financiero nacional
o del extranjero, los depósitos constituidos con infracción de la ley y los
instrumentos, que gozando formalmente de la denominación de depósito,sean esencialmente acreencias no depositarias.
El FSD no cubre los depósitos de los titulares que durante los 2 (dos) años previosa la declaración de disolución y liquidación, se hubieren desempeñado como directores ogerentes de la entidad de que se trate, y de las personas pertenecientes a los grupos económicosque tengan participación mayor al 4% (cuatro por ciento) en la propiedad de la empresa,
siempre que hayan participado directa o indirectamente en su gestión
Los certificados, bonos y cualquier otro instrumento emitidoal portador no están asegurados por el FSD.
Asimismo, los cheques u otras formas permitidas de orden de pagos girados con cargo auna entidad miembro del FSD declarado en disolución y liquidación, que no hayan sidopagados antes del cese de operaciones, por cualquier motivo, no se encuentran amparadospor la cobertura del seguro de depósitos
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(Ley Nº 28587), el reglamento de Transparencia de Información y disposiciones aplicadas a la contratación de Usuarios del Sistema
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Preguntas Frecuentes
7.- ¿Qué pasa con las
deudas que tenía con
el banco quebrado? ?
12.-¿Dónde debe inscribirse
el depositante para que sus
ahorros estén protegidos por el FSD?
11.-¿Cuánto cuesta al
depositante contar con
el seguro de depósitos?
10.- ¿Que instrumentos
no respalda el FSD?
9.- ¿Que instrumentos
respalda el FSD?
8.- ¿Qué debo hacer si encuentro
alguna empresa que capta
depósitos del público y
no es miembro del Fondo?
6.- ¿Qué debo hacer si mi
banco quiebra, cuándo recupero
mi dinero?
5.- ¿Qué sucede con los depósitos
CTS, depósitos de menores u
otros sin disposición plena?
4.- ¿Cuál es la cobertura máxima que
me ofrece el Fondo, depende ésta de la
empresa en donde tenga mi dinero?
3.- ¿Qué sucede si tengo
depósitos en más de una
empresa miembro del Fondo?
2.- ¿Los depósitos mantenidos en
qué entidades se encuentranasegurados?
1.-¿Los depósitos de quién se
encuentran asegurados?
11.-¿Cuánto cuesta al
depositante contar con
el seguro de depósitos?
9.- ¿Que instrumentos
respalda el FSD?
2.- ¿Los depósitos mantenidos en
qué entidades se encuentranasegurados?
11.-¿Cuánto cuesta al
depositante contar con
el seguro de depósitos?
9.- ¿Que instrumentos
respalda el FSD?
2.- ¿Los depósitos mantenidos en
qué entidades se encuentranasegurados?
1.-¿Los depósitos de quién se
encuentran asegurados?
12.-¿Dónde debe inscribirse
el depositante para que sus
ahorros estén protegidos por el FSD?
1.-¿Los depósitos de quién se
encuentran asegurados?
7.- ¿Qué pasa con las
deudas que tenía con
el banco quebrado? ?
12.-¿Dónde debe inscribirse
el depositante para que sus
ahorros estén protegidos por el FSD?
1.-¿Los depósitos de quién se
encuentran asegurados?
10.- ¿Que instrumentos
no respalda el FSD?
3.- ¿Qué sucede si tengo
depósitos en más de una
empresa miembro del Fondo?
8.- ¿Qué debo hacer si encuentro
alguna empresa que capta
depósitos del público y
no es miembro del Fondo?
10.- ¿Que instrumentos
no respalda el FSD?
3.- ¿Qué sucede si tengo
depósitos en más de una
empresa miembro del Fondo?
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1.-¿Los depósitos de quién se encuentran asegurados?
Ctas. Corrientes
Ctas. Plazo
Ctas. Ahorro Depósitos
de C.T.S.
Certificado de depósito
No negociables.
Depósito en
garantía
Depósito paraCuotas iniciales
Plan progresivo
De depósitos.
Retenciones
judiciales.Intereses por
depósito.
Intereses por
depósito.
Depósito a la vista
inactivos.
Depósito de ahorro
inactivos.
Depósitos a
plazo inactivos.
COBERTURA
DE LA S.B.S
Plan progresivo
De depósitos.
Depósito de ahorro
inactivos.
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OTROS ALCANCES
• Los certificados, bonos y cualquier otroinstrumento emitido al portador no estánasegurados por el Fondo. El Fondo tampoco cubrelos depósitos cuyos titulares sean:
• Personas que durante los 2 (dos) años previos a ladeclaración de disolución y liquidación de laempresa, se hubieren desempeñado comodirectores o gerentes de la misma.
• Personas pertenecientes a los grupos económicosque tengan una participación mayor al 4 % (cuatropor ciento) en el capital social de la empresa al
momento de la declaración de disolución yliquidación, siempre que hayan participado directao indirectamente en su gestión.
• Accionistas, personal de dirección y de confianzade la empresa que al momento de la declaraciónde disolución y liquidación tengan tal condición.
• Personas vinculadas a la empresa según loscriterios establecidos por la SBS
• Empresas del sistema financiero nacional que seanmiembros del Fondo o sus similares del extranjero.
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2.- ¿Los depósitos mantenidos en qué entidades se
encuentran asegurados?
La Ley Nº 26702 ha establecido quelas siguientes empresas,autorizadas a captar depósitos delpúblico, son miembros del FSD :– Empresa Bancaria– Empresa Financiera– Caja Municipal de Ahorro y
Crédito– Caja Rural de Ahorro y Crédito
Es necesario destacar que para quecualquiera de estas empresas searespaldada por el FSD, deberáefectuar aportes al mismo durante24 meses.
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3.- ¿Qué sucede si tengo depósitos en más de
una empresa miembro del Fondo?
La cobertura tiene lugar por persona en cada empresa
miembro del fondo. Si tengo depósitos en más de unaempresa miembro, éstos se encuentran asegurados encada empresa hasta por el monto máximo de cobertura.
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4.- ¿Cuál es la cobertura máxima que me
ofrece el Fondo, depende ésta de laempresa en donde tenga mi dinero?
El monto máximo de cobertura del FSDpara el periodo para el periodo Marzo -Mayo 2013 es de S/. 90,471 porpersona en cada empresa miembro delFondo, comprendido los intereses, yeste monto se va ajustandotrimestralmente en función al Índice dePrecios al Por Mayor que publica elINEI. Dicho monto es el mismo paracualquier Institución Financiera que seamiembro del Fondo. Si se presentarancuentas mancomunadas, el monto sedistribuirá a prorrata entre los titularesde la cuenta y los límites se aplicaránrespecto de cada uno de ellos
individualmente. El monto no cubiertopor el FSD constituye crédito a sertomado en cuenta para los fines de laliquidación y de acuerdo a las normaslegales existentes.
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5.- ¿Qué sucede con los depósitos CTS,
depósitos de menores u otros sindisposición plena?
Tratándose de depósitos por compensación por tiempo de
servicios (CTS), depósitos de menores, depósitos en garantía oen retención judicial y otros sobre los cuales el titular no tienedisposición plena, el pago de las imposiciones cubiertas por elFondo se realizará mediante la apertura de depósitos concaracterísticas similares a los originales, a nombre de losrespectivos titulares, en otras empresas.
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6.- ¿Qué debo hacer si mi banco
quiebra, cuándo recupero mi dinero?
Una vez declarada la disolución de la empresafinanciera la SBS cuidará que en un plazo no mayor a60 días los liquidadores remitan al FSD la relación de lo
asegurados cubiertos, indicando el monto a queascienden sus derechos, diferenciando elcorrespondiente a capital e intereses. Quienes hubiesensido omitidos en la relación pueden formular elreclamo correspondiente ante la Superintendencia enun plazo de 60 días de iniciada la exhibición de dichodocumento, lo cual debe ser certificado notarialmente.El FSD iniciará los pagos en un plazo no mayor de 10días hábiles de recibida la relación, y los pagosproseguirán de manera interrumpida. El plazo paracobrar los fondos vence hasta dentro de 10 añoscontados a partir de la fecha en que se inician lospagos. Una vez transcurrido dicho periodo, elasegurado pierde el derecho de cobertura y el montopasa a formar parte de los recursos del FSD.
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7.- ¿Qué pasa con las deudas que tenía
con el banco quebrado?
Conforme a lo dispuesto en el Articulo 155º de la Ley 26702, si elasegurado mantuviese obligaciones para con el miembro del Fondoen proceso de liquidación, se practica la compensacióncorrespondiente y se le abona sólo el saldo que pueda resultar a sufavor. Esta compensación procede también, ilimitadamente,respecto de las sumas originadas en los depósitos porcompensación de tiempo de servicios y de otra acreencia aun
intangible o inembargable del deudor.
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8.- ¿Qué debo hacer si encuentro alguna
empresa que capta depósitos del público yno es miembro del Fondo?
Debo notificar a la Superintendencia de
Banca y Seguros, ya que los ahorros de todoslos ahorristas en esta empresa podrían estaren peligro.
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9.- ¿Que instrumentos respalda el FSD?El Fondo respalda únicamente:1. Los depósitos nominativos, bajo cualquier
modalidad, de las personas naturales y las
personas jurídicas privadas sin fines delucro;
2. Los intereses devengados por los depósitosanteriormente mencionados, a partir de la
fecha de constitución o de su últimarenovación; y3. Los depósitos a la vista de las demás
personas jurídicas, exceptuando los
correspondientes a las empresas delsistema financiero.
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10.- ¿Que instrumentos NO respalda el FSD?
• El Fondo no cubre los depósitos de los titularesque durante los 2 (dos) años previos a ladeclaración de disolución y liquidación, sehubieren desempeñado como directores ogerentes de la empresa de que se trate, y de laspersonas pertenecientes a los gruposeconómicos que tengan participación mayor al4% (cuatro por ciento) en la propiedad de laempresa, siempre que hayan participado directao indirectamente en su gestión. Tampoco estáncubiertos los depósitos correspondientes apersonas vinculadas a la empresa, sus
accionistas, personal de dirección y deconfianza, los depósitos de otras empresas delsistema financiero nacional o del extranjero, losdepósitos constituidos con infracción de la ley ylos instrumentos, que gozando formalmente dela denominación de depósito, sean
esencialmente acreencias no depositarias." Loscertificados, bonos y cualquier otro instrumentoemitido al portador no estás asegurados por elFondo. Regresar
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11.-¿Cuánto cuesta al depositante contar con el
seguro de depósitos?
• No le cuesta absolutamente nada. Las entidades financieras autorizadas porla SBS a captar depósitos del público, como los bancos, financieras, cajasmunicipales y cajas rurales de ahorro y crédito, deben de manera obligatoria
pagar primas trimestrales al FSD para que sus depositantes se encuentrenasegurados.• Sin embargo, se debe tener en cuenta que las entidades financieras que
ingresen como miembros del FSD, deberán pagar primas durante 24 mesespara que sus depositantes se encuentren cubiertos.
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12.-¿Dónde debe inscribirse el
depositante para que sus ahorros esténprotegidos por el FSD?
El depositante no necesita
inscribirse en ninguna lista paracontar con la protección delseguro de depósitos. Al
depositar sus ahorros en unaentidad miembro del FSD, quedaautomáticamente asegurado.
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