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  • 8/7/2019 Estatuto CAAMEC V

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    Santiago de Chile, Mayo de 2010

    Universidad Tcnica Federico Santa Mara

    Centro de Alumnos de Ingeniera Mecnica

    Campus Santiago

    ESTATUTO

    CENTRO DE ALUMNOS

    DEINGENIERA MECNICA

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    2Centro de Alumnos de Ingeniera Mecnica UTFSM Campus Santiago

    ESTATUTO CENTRO DE ALUMNOS DE INGENIERA MECNICA

    CAPTULO 1

    DEFINICIN Y OBJETIVOS

    TTULO 1

    DEFINICIN

    Art. 1 El Centro de Alumnos de Ingeniera Mecnica (CAAMEC) es un organismo

    sin fines de lucro y de libre asociacin de los Estudiantes matriculados de lacarrera de Ingeniera Civil Mecnica de la Universidad Tcnica FedericoSanta Mara Campus Santiago.

    Art. 2 El Centro de Alumnos de Ingeniera Mecnica es de carcter autnomo. Suaccionar se lleva a cabo en todas aquellas reas que interese a susrepresentados, y principalmente en las reas de bienestar, acadmica,cultural y de extensin.

    Para el desarrollo del trabajo podr crear o aceptar todos aquellos

    organismos que estime pertinentes, y actuar en forma subsidiaria y contralorde aquellas agrupaciones creadas para tales efectos.

    Art. 3 Como cuerpo de Organizacin Estudiantil, el Centro de Alumnos deIngeniera Mecnica forma parte de la Comunidad Universitaria y de laFederacin de Estudiantes de la UTFSM Campus Santiago, de la forma enque los estatutos de esta lo determinen, sin perjuicio de coaligarse con otrasinstituciones semejantes en pro de lograr los objetivos del Centro de Alumnosde Ingeniera Mecnica.

    Art. 4 El Centro de Alumnos de Ingeniera Mecnica es el representante de todoslos alumnos matriculados en la carrera de Ingeniera Civil Mecnica ante losdiversos estamentos concernientes al quehacer estudiantil.

    Art. 5 El poder y la autoridad del Centro de Alumnos de Ingeniera Mecnica resideen cada uno de sus representados. Ambas facultades podrn ser ejercidaspor los integrantes del Centro de Alumnos de Ingeniera Mecnica segn

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    3Centro de Alumnos de Ingeniera Mecnica UTFSM Campus Santiago

    establece el presente estatuto, en situaciones que la contingencia lorequiriese, debiendo ser expuesta dicha situacin en Asamblea Mecnica.

    TTULO 2

    OBJETIVOS

    Art 6. Son objetivos de la Mesa Directiva del Centro de Alumnos de IngenieraMecnica:

    a. Representar a los estudiantes expuestos en Art.4 ante la ComunidadUniversitaria y Nacional.

    b. Defender los Derechos Acadmicos, Administrativos y Econmicos desus Representados.

    c. Participar activamente en la solucin de las problemticas que afectena nuestra Casa de Estudios.

    d. Propender el desarrollo integral de cada uno de sus representados conel fin de hacer un aporte sustancial al desarrollo del pas.

    e. Manifestar y dar a conocer, directamente o mediante lasorganizaciones que lo integran, el pensamiento estudiantil en materiasuniversitarias, educacionales, econmicas, sociales, culturales y en

    general todas las inquietudes que se planteen en la vida universitarianacional e internacional.

    f. Procurar la solucin de los problemas que afecten a susrepresentados.

    g. Velar por el derecho de cada uno de sus miembros a integrar losrganos y agrupaciones mencionadas en Art.2, y en la responsabilidadde coordinar sus acciones a fin de evitar entorpecimientos, procurandola plena participacin en las actividades generales del Departamento,Universidad u otra instancia cualquiera sea su naturaleza o condicin.

    h. Mantener una comunicacin constante con autoridades y acadmicos,en particular con el Departamento de Ingeniera Mecnica informandoal Estudiantado de resoluciones y actividades que emanen de estosmiembros de la Comunidad Universitaria.

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    4Centro de Alumnos de Ingeniera Mecnica UTFSM Campus Santiago

    TTULO 3

    DEBERES Y DERECHOS

    Art. 7 Toda persona representada por Centro de Alumnos de Ingeniera Mecnicatiene los siguientes Derechos:

    a. Derecho a ser elegido y elegir a sus representantes del Centro deAlumnos de Ingeniera Mecnica en conformidad con el presenteEstatuto y la reglamentacin vigente.

    b. Derecho a integrar organismos y comisiones del Centro de Alumnosde Ingeniera Mecnica.

    c. Derecho a acceder a las prestaciones de servicios que pudiera ofrecerel Centro de Alumnos de Ingeniera Mecnica.

    d. Derecho a participar en todas las actividades que se desarrollen en elCentro de Alumnos de Ingeniera Mecnica.

    e. Derecho a ser informado de las gestiones del Centro de Alumnos deIngeniera Mecnica.

    f. Derecho a ser representado ante cualquier miembro de la ComunidadUniversitaria por el Centro de Alumnos de Ingeniera Mecnica.

    g. Derecho a velar por que se cumpla el presente Estatuto, la

    reglamentacin vigente y toda obligacin del Centro de Alumnos deIngeniera Mecnica.

    Art. 8 Toda persona representada por Centro de Alumnos de Ingeniera Mecnicatiene los siguientes Deberes:

    a. Respetar y conocer el presente Estatuto.

    b. Respetar las resoluciones emanadas del Centro de Alumnos. deIngeniera Mecnica en acorde con los objetivos de la organizacin.

    c. Asistir a Asamblea Mecnica Ordinaria.d. A participar de las elecciones o de cualquier otra convocatoria que

    hiciere el Centro de Alumnos de Ingeniera Mecnica.

    e. Estar disponible para cualquier llamado del Centro de Alumnos deIngeniera Mecnica ante la eventualidad.

    f. Mantenerse informado de todas las acciones realizadas por el Centrode Alumnos de Ingeniera Mecnica.

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    5Centro de Alumnos de Ingeniera Mecnica UTFSM Campus Santiago

    CAPTULO 2

    ORGANIZACIN Y ESTRUCTURAS

    TTULO 1

    ASAMBLEA MECNICA

    Art. 9 La Asamblea Mecnica es el lugar de reunin de la Comunidad Estudiantil.

    Las Asambleas Mecnicas sern de carcter pblico, y por tanto, podrasistir a ella cualquier persona con derecho a emitir su opinin, sinperjuicio de la facultad existente de parte de la Mesa Directiva de determinarla clausura del debate. En caso que la Mesa Directiva considere pertinente laAsamblea se limitar a la gente representada por el Centro de Alumnos deIngeniera Mecnica, en la forma establecida en el presente Estatuto.

    Art. 10 La Asamblea tiene por finalidad:

    a. Dar a conocer y resolver sobre todas aquellas materias que la MesaDirectiva o el Consejo de Delegados (Ttulo 3), sometan a suconsideracin.

    b. Modificar los fines propios y especficos del Centro de Alumnos IngenieraMecnica.

    c. Establecer y modificar las reas de trabajo que deba implementar elCentro de Alumnos de Ingeniera Mecnica.

    Art. 11 La Asamblea Mecnica deber ser convocada con a lo menos 48 horas deanticipacin a su realizacin. Junto con la convocatoria se deber adjuntar unacta con las temticas a tocar, y dejando la posibilidad de agregar temas a latabla hasta 3 horas antes de su realizacin.

    Art. 12 Las Asambleas Mecnicas podrn tener carcter de Ordinaria oExtraordinaria, definindose estas en los Art.19 y Art. 20.

    Art. 13 La Asamblea Mecnica ser presidida por el presidente del Centro deAlumnos de Ingeniera Mecnica, quien velar por el orden y correctodesarrollo de sta. Pudiendo, si lo estima necesario, suspenderla opostergarla por 2 das hbiles.

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    Art. 14 La redaccin de Tabla y Acta de la Asamblea Mecnica estar a cargo del

    Secretario General del Centro de Alumnos de Ingeniera Mecnica.

    Art. 15 Cada tema de la Tabla es introducido por el involucrado directo de dichotema, para luego abrir el debate.

    Art. 16 Las decisiones dentro de la Asamblea Mecnica sern aprobadas con lamayora simple de un 50% ms un voto del total de los asistentes, segn Art.4.

    Art. 17 Para cualquier instancia en la que se requiera un qurum porcentual elredondeo debe efectuarse hacia el entero mayor.

    Art. 18 La Asamblea Mecnica Ordinaria es la instancia normal de encuentro entre laMesa Directiva y sus representados. Este tipo de sesin debe llevarse acabo a lo menos una vez por mes. Para poder sesionar se debe contar conun qurum de al menos un representante de la Mesa Directiva ms un 75%,como mnimo, de los miembros del Consejo de Delegados y/o unrepresentante por generacin de Estudiantes representados, segn Art. 4.

    Art. 19 La Asamblea Extraordinaria es una instancia que responde a lacontingencia existente en torno a un tema especfico, es por esto que latabla para esta slo contar con el tema planteado. La convocatoria a estainstancia podr ser ejercida por parte de cualquier miembro de la MesaDirectiva, de parte de los miembros del Consejo de Delegados conaprobacin del 75 % de sus miembros o mediante la solicitud expresa alSecretario General, mediante firmas del 12% de los alumnos representadospor el Centro de Alumnos de Ingeniera Mecnica. Esta instancia deber serconvocada con a lo menos 12 horas de anticipacin. En caso de que lasdecisiones a adoptar en esta sesin puedan involucrar movilizaciones oacciones que atenten contra el normal funcionamiento de las actividadesacadmicas se requerir para sesionar un qurum de al menos el 25% deltotal de representados, segn Art. 4. La aprobacin de este tipo desituaciones debe ser a travs de plebiscito, con una participacin mnima del40% del alumnado representado y aprobndose con el 50% ms un voto deltotal de los votos vlidamente emitidos. El plebiscito ha de realizarse el dahbil siguiente a la asamblea. De modo excepcional se puede convocar a

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    una Asamblea Extraordinaria con 8 horas de anticipacin en el caso deencontrarse en movilizaciones o paro.

    Art. 20 La Mesa Directiva deber convocar a Asamblea Mecnica finalizado cadauno de los semestres para entregar un resumen de gestin y adjunto undocumento donde se especificar todos los giros o recibos realizados por elCentro de Alumnos de Ingeniera Mecnica.

    TTULO 2

    MESA DIRECTIVA

    Art. 21 La Mesa Directiva es el mximo organismo de representacin de losestudiantes del Art. 4 y en ella recae la responsabilidad directa de concretarlos objetivos planteados en el presente Estatuto, es por esto que en ellosrecaen facultades de autoridad y sern elegidos conforme a este Estatuto.

    Art. 22 La Mesa Directiva podr tomar acuerdos y resoluciones con qurum de tresde sus miembros y por mayora simple, en caso de empate dirimir el

    Presidente.

    Art. 23 La Mesa Directiva del Centro de Alumnos es un rgano colegiado de cincomiembros, integrada por:

    a. Presidente.

    b. Vice-Presidente.

    c. Secretario General.

    d. Secretario de Finanzas.

    e. Secretario de Bienestar.

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    Art. 24 Sern tareas especficas de la Mesa Directiva:

    a. Supervisar en forma general el cumplimiento de los derechos de los

    estudiantes representados por el Centro de Alumnos de IngenieraMecnica.

    b. Respetar y velar por el cumplimiento del presente Estatuto.

    c. Administrar el patrimonio del Centro de Alumnos de IngenieraMecnica.

    d. Realizar un informe semestral de su gestin.

    e. Formar comisiones u organizaciones para tareas especficas cuandocorresponda.

    f. Ser partcipes del Consejo de Delegados.

    Art. 25 El Presidente es la mxima autoridad del Centro de Alumnos de IngenieraMecnica y tiene por funciones y atribuciones:

    a. Representar oficialmente a los nombrados en Art. 4 ante cualquierentidad interna o externa a la Universidad Tcnica Federico SantaMara, esto implica ser portavoz de la organizacin y firmar tododocumento en el cual se manifieste la voluntad de los representadospor el Centro de Alumnos de Ingeniera Mecnica.

    b. Presidir y convocar las sesiones de la Mesa Directiva, AsambleasMecnicas o cualquier tipo de instancia que requiera tal direccin.

    c. Participar del Consejo de Departamento de Ingeniera Mecnica, delConsejo de Delegados y del Consejo de Federacin.

    d. Firmar junto al Secretario de Finanzas las autorizaciones de gastos yel balance anual.

    e. Coordinar la ejecucin de las tareas a las cules se aboque el Centrode Alumnos. de Ingeniera Mecnica.

    f. Convocar a Plebiscito.

    Art. 26 Sern funciones y atribuciones del Vice-Presidente:

    a. Apoyar oficialmente al Presidente en todas sus funciones.

    b. Subrogar al Presidente en caso de ausencia temporal o impedimentode ste, o cuando expresamente el Presidente le entregue el mandatoasumiendo todas sus facultades y deberes.

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    c. Responsable y supervisor directo de las funciones ejecutivas y tareasque estn llevndose a cabo en el Centro de Alumnos. de IngenieraMecnica.

    d. Velar por la marcha regular de la Secretara de Bienestar.

    e. Fiscalizador directo del funcionamiento del Consejo de Delegados.

    Art. 27 Sern funciones y atribuciones del Secretario General:

    a. Redactar actas registrando todas las informaciones que emanen delas reuniones en las que participe la Mesa Directiva, y publicarlas a loms una semana despus de ellas.

    b. Redactar los comunicados con informacin oficial que se dirijan a losrepresentados segn Art. 4 o dems miembros de la ComunidadUniversitaria.

    c. Administrar toda la informacin que maneje el Centro de Alumnos deIngeniera Mecnica ya sea generando, archivando o comunicandodicha informacin.

    d. Firmar junto al Presidente las actas oficiales y, en general, tododocumento oficial del Centro de Alumnos de Ingeniera Mecnica.

    e. Subrogar al Vice-Presidente en sus funciones en caso de ausenciatemporal o impedimento.

    f. Ser partcipe, en calidad de oyente, del Consejo de Departamento ydel Consejo de Delegados.

    g. Ser canal directo con la Secretara General de Federacin.

    Art. 28 Sern funciones y atribuciones del Secretario de Finanzas.

    a. Administrar todos los fondos del Centro de Alumnos de IngenieraMecnica conforme a los acuerdos de la Mesa Directiva.

    b. Mantener al da un registro de los fondos y el patrimonio pertenecienteal Centro de Alumnos de Ingeniera Mecnica.

    c. Realizar el balance anual y semestral del Centro de Alumnos deIngeniera Mecnica. Dar cuenta del estado financiero cuando estosea requerido.

    d. Ejecutar y/o planificar actividades para el financiamiento del Centro deAlumnos de Ingeniera Mecnica.

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    e. Subrogar al Secretario General en todas sus funciones en caso deausencia temporal o impedimento.

    f. Coordinar con la Federacin, Departamento y/o Universidad cualquierconcurso pblico por fondos o becas para el Centro de Alumnos deIngeniera Mecnica.

    Art 29 Sern funciones y atribuciones del Secretario de Bienestar.

    a) Encargada de la implementacin de las actividades del Centro deAlumnos tendientes a satisfacer las necesidades de los estudiantes,procurar su bienestar, motivar y promover el sentimiento decooperacin mutua entre ellos.

    b) mantener el enlace con Federacin de Estudiantes en situacionesfavorables o adversas de comunicacin entre las 2 entidades.

    Art. 30 En caso de renuncia de uno de los miembros de la Mesa Directiva, deberser anunciado en una asamblea. La Mesa Directiva acordar de formaunnime al reemplazante de dicho miembro, pudiendo ser electo, entre losmiembros de la Mesa o colaboradores de esta. De ser la renuncia de ms deun miembro o toda la Mesa Directiva, el Consejo de Delegados deberefectuar la convocatoria a Elecciones anticipadas de Mesa Directiva bajocondiciones establecidas en una Asamblea Mecnica General. Durante este

    perodo de tiempo el Consejo de Delegados asumir las funciones de laMesa Directiva hasta que se tenga una nueva Mesa Electa, vindose estaltima obligada asumir a la brevedad.

    Art. 31 El Presidente y Vice-Presidente de la Mesa Directiva deben llevar por lomenos dos semestres cursados en la carrera de Ingeniera Civil Mecnica enel Campus Santiago. Al momento de postularse para el cargo.

    Art. 32 El Presidente y Vice-Presidente deben tener una Prioridad Acadmica mayoro igual a cinco mil (5000), al momento de resultar electo. El resto de losintegrantes de la Mesa Directiva deben tener una Prioridad Acadmica mayoro igual a cuatro mil trescientos (4300), bajo la misma condicin.

    Art. 33 No podrn ser integrantes de la Mesa Directiva:

    a. Los integrantes del Consejo de Delegados, a menos que este(os)renuncie(n) a su(s) cargo(s).

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    b. Los alumnos no pertenecientes al Departamento de IngenieraMecnica del Campus Santiago.

    c. Los integrantes de la Mesa Directiva de Federacin.

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    TTULO 3

    CONSEJO DE DELEGADOS

    Art. 34 El Consejo de Delegados es un rgano colegiado encargado de asesorar a laDirectiva en todas aquellas materias en que sta solicite, y de representar losintereses de cada generacin, curso u rgano que sea reconocido por elCentro de Alumnos.

    Art. 35 El Consejo de Delegados debe ejercer una funcin fiscalizadora tanto a la

    Mesa Directiva como algn rgano existente al interior del Centro deAlumnos de Ingeniera Mecnica segn se establece en el Art. 70 .

    Art. 36 El Consejo de Delegados estar conformado por representantes de cadageneracin, curso u rgano, elegidos en escrutinio segn normativa delCaptulo 3 Ttulo 2, debiendo designar de entre sus miembros un Secretario yun Presidente.

    Art. 37 Los Delegados tienen por funcin primordial representar y defender los

    intereses de su generacin, curso u rgano, ante la Mesa Directiva.

    Art. 38 Son atribuciones y obligaciones del Consejo de Delegados:

    a. Servir de nexo entre la Mesa Directiva y sus respectivos representados.

    b. Coordinar actividades entre las distintas generaciones o cursos.

    c. Proponer proyectos de desarrollo acadmico, estudiantil, artstico,cultural, recreativo y de extensin a la Mesa Directiva y prestar su apoyopara la ejecucin de stos.

    Art. 39 No podrn ser Delegados:

    a. Los integrantes de la Mesa Directiva del Centro de Alumnos de IngenieraMecnica.

    b. Los alumnos no pertenecientes al Departamento de Ingeniera Mecnicadel Campus Santiago.

    c. Los integrantes de la Mesa Directiva de la Federacin de Estudiantes.

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    Art. 40 El Consejo de Delegados podr sesionar en forma Ordinaria como

    Extraordinaria.

    Art. 41 La sesin ordinaria ser convocada con una periodicidad que determine elPresidente del Consejo de Delegados, debiendo ser convocado a lo menosuna vez al mes. El Consejo para entrar en sesin, debe contar con el 50 %de sus miembros segn Art. 18.

    Art. 42 Si el Consejo de Delegados no cumple con sus funciones, o en su defecto nocumple con el qurum establecido para sesiones ordinarias descrito en el Art.

    39 en ms de 2 oportunidades seguidas, quedar inhabilitado de seguirejerciendo su labor y esta ser asumida por la Mesa Directiva.

    Art. 43 Si uno de los Delegados del Consejo no asiste en 2 sesiones seguidas, elPresidente del Consejo de Delegados tendr la facultad de inhabilitarlo desus cargos.

    Art. 44 El Consejo de Delegados podr ser convocado a sesin extraordinaria por elPresidente del Centro de Alumnos, en cumplimiento de un acuerdo de laMesa Directiva o a solicitud de a lo menos el 50% de los miembros delConsejo de Delegados segn criterio Art. 18.Se citar mediante aviso fijadocon a lo menos 24 horas de anticipacin. No podr se sesionar si es que noalcanza el 75 % de sus miembros segn Art. 18. En dicha sesin solo setocar la temtica planteada para dicha convocatoria.

    Art. 45 Los acuerdos del Consejo de Delegados en sesin ordinaria comoextraordinaria se deben adoptar por la mayora absoluta de los miembrospresentes. En caso de empate dirimir el Presidente del Consejo justificandoen Acta su determinacin.

    Art. 46 Si al trmino de una reunin quedan puntos pendientes, el Consejo seentender convocado automticamente para el da hbil siguiente, sinperjuicio de la facultad que le compete al Presidente del Consejo deDelegados de postergar dicha sesin hasta un mximo de 72 horas,entendindose que en el comienzo de esta se cuenta con el qurumnecesario para sesionar.

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    Art. 47 En caso que un Delegado dejase vacante una plaza o fuese destituido de sucargo, podr ser reemplazado por otro compaero de su generacin, curso urgano, con un respaldo mayor al 50% de las firmas de sus representados y

    validado por el Consejo de Delegados.

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    CAPTULO 3

    ELECCIONES Y PLEBISCITO

    TTULO 1

    ELECCIONES MESA DIRECTIVA

    Art. 48 La eleccin de la Mesa Directiva se realizar por votacin universal, pblica,simple e informada.

    Art. 49 La eleccin de la Mesa Directiva ser mediante listas cerradas donde debenir detallados los cargos a que postulan los alumnos de acuerdo al Art.23 yArt.33. Dicho detalle deber ser entregado a ms tardar seis semanas antesde la finalizacin de clases segn el calendario acadmico oficial de dichoao de la Universidad Tcnica Federico Santa Mara Campus Santiago.

    Art. 50 El perodo de campaa ser de 3 das hbiles (los 3 primeros das hbilesdel ltimo mes de clases), dentro de los cuales se deber desarrollar a lomenos 1 foro entre las listas partcipes

    Art. 51 El periodo de votacin se llevar a cabo los 3 das hbiles posteriores a loexpuesto en el Art. 49.

    Art. 52 Los resultados debern ser publicados por el Tricel el da hbil siguiente altrmino de la votacin.

    Art 53 Se considerara como lista ganadora aquella que obtenga la mayora simplede los votos (cincuenta por ciento ms un voto).

    Art. 54 El cambio de mando de la Mesa Directiva se realizar la primera semana delmes de Abril del ao siguiente a las Elecciones.

    Art. 55 Si no se presentase lista alguna en el periodo expuesto en el Art. 49, la MesaDirectiva actual deber llamar a una nueva celebracin de elecciones, a mstardar la segunda semana de clases del ao siguiente, segn lo

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    calendarizado por la Universidad Tcnica Federico Santa Mara CampusSantiago.

    Art. 56 De ocurrir la situacin expuesta en el Art. 55, cualquier Estudianterepresentado segn el Art. 4, tiene la facultad de llamar a AsambleaMecnica Extraordinaria con la finalidad que en ella se propusiese una MesaInterina. Est deber ser aceptada por el 50% ms un voto de los asistentesa dicha Asamblea. La Mesa Interina se encargar a su debido tiempo depromover un nuevo proceso eleccionario

    Art. 57 La Mesa Directiva tiene la facultad de ser reelecta. Los integrantes de laMesa Directiva en ejercicio, pueden ser parte de listas en candidatura.

    Art. 58 Para el inicio de actividades del Centro de Alumnos de Ingeniera Mecnica,se llamar a elecciones extraordinarias de Mesa Directiva. Las fechas yplazos sern establecidos por el Tricel, conforme a sus facultades.

    TTULO 2

    ELECCIONES DEL CONSEJO DE DELEGADOS

    Art. 59 La postulacin a los cargos del Consejo de Delegados se celebra la primerasemana de Abril.

    Art. 60 El periodo de campaa ser de 3 das hbiles.

    Art. 61 El periodo de elecciones se llevar a cabo durante los 3 das hbilesposteriores a lo expuesto en el Art. 58.

    Art. 62 Los resultados debern ser publicados por el Tricel, a ms tardar el da hbilsiguiente al periodo determinado en el Art. 61.

    Art. 63 El cambio de mando del Consejo de Delegados se realizar la semanasiguiente a la entrega de resultados de las elecciones.

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    Art. 64 Si no se presentase delegado alguno en el periodo expuesto en el Art. 59, las

    vacantes quedarn impedidas de ser ocupadas por el periodo de unsemestre.

    Art. 65 A cada generacin corresponder elegir slo un delegado, en votacinuniversal, pblica, simple e informada, pudiendo ser reelecto.

    Art 66 Cada curso y rgano reconocido por el Centro de Alumnos, podr elegirsolamente un delegado. El mtodo de eleccin, depende de cadaorganizacin.

    TTULO 3

    TRICEL

    Art. 67 El Tribunal Calificador de Elecciones, Tricel, es un rgano que tiene la labor

    de llevar a cabo las votaciones concernientes a Elecciones de Mesa Directivay Consejo de Delegados, segn el Captulo tres, Ttulos uno y dos.

    Art. 68 El Tricel ser un ente autnomo que deber complementar los puntos que noqueden explcitos en el presente Estatuto sobre la implementacin de unproceso de votacin.

    Art. 69 El Tricel ser conformado por al menos 3 alumnos, con un mximo de 5, deacuerdo al Art. 4, quienes vertern expresamente en Asamblea su intencinde integrar dicho organismo, siendo esta misma quien deba respaldar adichas personas.

    Art. 70 Los miembros del Tricel debern en mutuo acuerdo nombrar un Presidente yun Secretario para el proceso.

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    Art. 71 Los miembros del Tricel controlarn y supervisarn los procesos de votacin.Velando por la transparencia y regular funcionamiento de estos.

    Art. 72 El Tricel debe revisar y hacer pblica la decisin tomada con respecto alproceso eleccionario.

    Art. 73 Se considera voto en blanco a toda papeleta que no contenga preferenciaalguna por las opciones dadas. Ser considerado voto nulo, toda papeletaque tenga marcada ms de (1) preferencia.

    Art 74 Para efectos de conteo de votos, los votos en blanco se sumarn a lalista/candidato con mayor cantidad de votos, al finalizar el recuento desufragios vlidamente emitidos. Los votos nulos no se consideraran para elconteo de las listas/candidatos.

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    CAPTULO 4

    TTULO I

    DE OTRAS ORGANIZACIONES

    Art. 75 Cualquier grupo de estudiantes de Ingeniera Civil Mecnica, podr asociarsea fin de constituir al interior del Centro de Alumnos organizacionesdestinadas a potenciar el pleno desarrollo del alumnado, fijndose en formaautnoma sus objetivos y estructura interna.

    Art. 76 Corresponde a la Directiva del Centro de Alumnos, conforme a lo establecidoen el artculo 22, la responsabilidad de coordinar las acciones que lleven acabo estas organizaciones a fin de que ellas se implementen en formaarmnica.

    Art. 77 Las organizaciones que se formen al interior del Centro de Alumnos podrnslo representar a los estudiantes asociados a ella.

    Art. 78 En eventual caso de que no existiesen interesados en conformar dichorgano tcnico, la Mesa Directiva asume dichas atribuciones, y su normalfuncionamiento es responsabilidad del Vice-Presidente de dicha Mesa.

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    CAPTULO 5

    TTULO I

    DE LAS VARIACIONES AL PRESENTE ESTATUTO Y SU EJECUCIN

    Art. 79 La modificacin de algn capitulo, ttulo, artculo o en su defecto la totalidaddel presente Estatuto se deber llevar a cabo por votacin universal, pblica,e informada. Contando con un qurum de a lo menos el 50 % del total de losrepresentados segn Art.4. La modificacin debe ser aprobada con lamayora simple de un 50% ms un voto del total de los sufragios.

    Art. 80 El presente estatuto entrar en vigencia en el momento de ser aprobado enescrutinio a realizarse durante periodo eleccionario ao 2011.

    Redactado y Revisado el 18 de Mayo de 2010