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Hacia
un
Gestin
_ Integral de las
P R Ministerio
del mbiente
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2/16
...
Ministerio
del Ambiente
acia
una
Gestin
Integral
de
las
Sustancias Qumicas,
Materiales y
Residuos Peligrosos
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3/16
Hacia
una
ge.tln Integral ele la
u.tancla.
qumica., materiale p re ieluo pellg.o.o.
Dnde
e.t6n la. u.tancla.
Oumlca ?
Las sustancias qumicas
son
parte de
procesos
biolgicos e industriales,
que
si bien
son
los
que sustentan la vida sobre la tierra, un manejo inadecuado que se haga de ellas,
incrementa
los
riesgos y efectos adversos
que
se puedan presentar, con relacin a la
salud
humana
y al ambiente.
u.tancla
o Producto? De echo o Re lduo?
A nivel nacional y mundial se manejan muchos trminos que a veces pueden ser
confusos. En la siguiente tabla se puede observar cmo los trminos que se definen
a nivel mundial se presentan en nuestra legislacin nacional.
MUNDI L
N CION L
* Producto Qumico
* Sustancia Qumica
Mercanca Peligrosa
Material Peligroso
* Desecho Peligroso - Residuos Peligroso
Hacia
dnde vamo.?
Respecto al manejo de
las
sustancias qumicas y en
particular,
de aquellas que
presentan propiedades peligrosas, la
tendencia
es
hacia un manejo
ambientalmente racional, acatando el Enfoque Precautorio y la gestin en su
ciclo
de
vida.
En
tal
sentido, existe
un
esfuerzo
global
hacia un
manejo
sinrgico a
nivel nacional, regional y mundial.
Se ha formulado
y han
entrado
en vigor varios instrumentos, algunos de
carcter
voluntario y declarativo y otros de carcter vinculante y obligatorio a nivel
internacional, con miras a fortalecer la gestin ambiental y en particular, el
manejo
ambientalmente
racional de las sustancias qumicas.
, Declaracin de Rio, Agenda
21
Principio
15
ACUERDOS INTERNACONALES MARCO
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Decla.acln
ele
la Confe.encla
ele las Naciones
Un
lelas
sob.e
el Meello
Humano,
(Estocolmo, 1'72)
Entre los principios de esta Declaracin
marco
del derecho ambiental
internacional,
se
destacan los
que
estn ms relacionados a las sustancias qumicas
y que nuestro pas
se
ha comprometido a aplicar:
Principio
6.
Debe ponerse fin a la descarga de sustancias txicas y de otras materias yo l
liberacin de calor, en cantidades o concentraciones tales que el medio no pueda
neutralizarlas,
para que no se
causen daos graves o irreparables a
los
ecosistemas. Debe apoyarse la justa lucha de los pueblos de todos los pases
contra la contaminacin.
Principio 7.
Los
Estados debern
tomar
todas las medidas posibles para impedir la
contaminacin
de
los mares
por
sustancias que puedan
poner
en peligro
la
salud del hombre,
daar los
recursos vivos y la
vida
marina, menoscabar las
posibilidades
de
esparcimiento o entorpecer otras utilizaciones legtimas del
mar.
Hay otras consideraciones de esta Declaracin
que tambin
inciden indirectamente
en
la
gestin
de
las sustancias qumicas.
Decla.acin ele la Confe.encla ele las Naciones
Un
lelas
sob.e el
Meello
Ambiente el
Desa
ollo,
(Ro ele 'anel.o, 1 2 )
Uno de los instrumentos mar co respecto al desarrollo sostenible, presenta entre
sus
prinCipios los siguientes relacionados a las sustancias qumicas.
Principio
11.
Con el fin de proteger el medio ambiente, los Estados debern aplicar ampliamente
el criterio de precaucin conforme a sus capacidades. Cuando haya peligro de dao
grave o irreversible, la falta de certeza cientfica absoluta no deber utilizarse como
razn para postergar la adopcin de medidas eficaces en funcin de los costos para
impedir la degradacin del medio ambiente.
Principio 16.
Las autoridades nacionales deberan procurar fomentar la internalizacin de
los
costos
ambientales y el uso de instrumentos econmicos, teniendo
en
cuenta
el
criterio de que el que contamina debe, en principio, cargar con los
costos
de la
contaminacin, teniendo debidamente en cuenta el inters pl:>lico y sin distorsiones
el comercio ni las inversiones internacionales.
Programa 21, (Ro de Jane.ro, 1992)
La Seccin del Programa 21 Conservacin y Gestin de
los
Recursos
para
el
Desarrollo presenta las reas de programa sobre sustancias qumicas y residuos
peligrosos:
Captulo l
Ges n Ecol.lcam ente Racional de los Produelos Oumlcos
,.lcos,
incluida la
Prevencin
del 'rflco Internacional Ilcito de
Produelos ,.lcos Pell.ros.s
Considera que
las
mejores prcticas modernas demuestran que
los
productos
qumiCOS pueden utilizarse
ampliamente,
con eficacia econmica y con alto grado
de seguridad. Asimismo, identifica que dos de los principales problem as son a la
falta de informacin cientfica para poder evaluar
los
riesgos asociados al uso de
los productos qumicos y b la falta de recursos para evaluar los productos
qumicos de
los
cuales
s se
dispone de infor macin.
Este captulo propone seis reas de
programas:
Expansin
y
aceleracin
de
la evaluacin
internacional
de los
riesgos
de
los
productos
qumicos
Armonizacin
de
la clasificacin
y
el
etiquetado de los productos qumicos
Intercambio
de
informacin sobre
los
producto s qumicos txicos y sobre el riesgo
que entraan los productos
qumicos
Organizacin de
programas de
reduccin
de
riesgos
omento
de la capaCidad y
los
medios
nacionales para la gestin
de los
productos
qumiCOS
Prevencin del trfico internacional ilcito
de
producto s txicos
y
peligrosos
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Captulo
20.
Gestl6n Ecolglcamente Racional de 1
0
De.echo. Pell
o.,
Incluida la 'evencl6n del
'r6llcolnte
aclonal Ilcito
de
De.echo.
Pell
Establece como objetivo
general
impedir en lo posible y
reducir
al
mnimo
la
produccin
de
desechos peligrosos, y somete r
esos
desechos a
una
gestin que
impida que provoquen daos al medio ambiente Este captulo propone
cuatro reas de programas:
Promocin de
la
prevencin y
la
reduccin
al
mnimo de
los
desechos peligrosos.
Promocin y fortalecimiento de la capacidad institucional en materia de gestin de
desechos peligrosos.
Promocin y
fortalecimiento de la
cooperacin
internacional
en
materia
de gestin
de los movimientos transfronterizos de desechos peligrosos.
Prevencin del trfico
internacional
ilcito
de
desechos peligrosos.
CUIIII e Muncllal
.ob.e
el
De.a
ollo
'o.tenlble, (Johanne.bu.go,
2002)
En
la cual se concluy con la Declaracin de Johannesburgo y su Plan de
Aplicacin reafirma la adhesin a la Declaracin de Ro y el Programa 21.
Reafirma el compromiso asumido en el Programa 21 de utilizar, de manera
ambientalmente racional, en todo su ciclo de vida, los productos qumicos y los
desechos peligrosos, para
lograr
el desarrollo sostenible y
proteger la
salud
humana y el medio ambiente con la
meta
de lograr para el 2020
que
las
sustancias qumicas sean utilizadas y produCidas minimizando los efectos
adversos sobre la salud
humana
y al ambiente, haciendo uso de
procedimientos para la evaluacin y
manejo
de riesgos con sustento cientfico
y,
teniendo
en cuenta el principio de precaucin enunciado en el principio
15
de la
Declaracin
de
Ro sobre el Med io
Ambiente
y el Desarrollo.
Culeon al.una.
medida. Clue
propone
el
Plan
de
Apllcael6n
de
Johanne.bur.o?
Promover la ratificacin y aplicacin de los instrumentos internacionales sobre
productos qumicos y desechos peligrosos.
Alentar a los pases a que apliqu en lo antes posible, el nuevo sistema de
clasificacin y
etiquetado
de productos qumicos armonizados a nivel
mundial
para que
entre plenamente
en
funcionamiento a ms tardar el 2008.
Promover iniciativas encaminadas a preven ir el trfico ilcito internacional de
productos qumicos peligrosos y desechos peligrosos y prevenir
los
daos que
pudieran provocar el movimiento transfronterizo y la eliminacin de desechos
peligrosos.
Alent ar la elaboracin de datos coherentes e integrados sobre productos
qumicos, por e jemplo,
por
medi o de registros nacionales sobre emisiones y
transferencias de contaminantes.
Promover la reduccin de
los
riesgos que plantean
los
metales pesados que
son perjudiciales para la salud humana y
el
medio ambiente, incluso mediante
un examen de los estudios sobre el tema, as como la evaluacin general del
mercurio y sus compuestos llevada a cabo
por
el Programa de las Naciones
Unidas para
el
Medio Ambiente.
Confe.encla Inte.naclonal
.ob.e
la
Ge.tln cle lo.
P.oclucto. Oullllco el Enfo....e e.t.atgico pa.a
,
a
ge.tin
cle p.oclucto . . . .llllco. a niuel
inte.naclonal-
AICM, (Dubal, 2006)
El Enfoque estratgico comprende los tres documentos siguientes:
Declaracl6n de Dubal .obre la GeUI6n de lo.
Producto.
Oumlco.
a Nivel
Internacional
Contiene las siguientes consideraciones:
1 La
gestin
racional de los
productos qumicos es esencial
para que
se alcance
el
desarrollo sostenible, que implica la erradicacin de la pobreza y las enfermedades, la
mejora de la
salud humana y del
medio
ambiente y el aumento y mantenimiento del
nivel
de
vida
de
los pases
cualquiera
que sea su grado
de
desarrollo;
8)
Llevar
a
la prctica los
acuerdos internacionales pertinentes sobre gestin
de
productos
qumicos, a fortalecer la coherencia y las sinergias que existen entre ellos y a
poner empeo en subsanar, segn
proceda,
las deficiencias existentes en el marco
de
una poltica internacional relacionadacon los
productos
qumicos;
12
Aprobar
la
Estrategia
de
Poltica Global, que, junto con la Declaracin constituye el
f,rme compromiso con el Enfoque estratgiCO y su aplicacin;
24 Estar decididos a proteger a los nios ya los que
no han nacido
, de la exposicin a
productos
qumicos que
perjudiquen su
vida en el futuro;
25 Poner
empeo
en
prevenir el trfico ilcito
de
sustancias,
productos
y desechos
qumicos
txicos, peligrosos, prohibidos y rigurosamente
restringidos
.
http:///reader/full/Johanne.bu.gohttp:///reader/full/Johanne.bu.go -
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E hates la l PoliUca Global
Tiene como objeto lograr la gestin racional de los productos qUlmlcos
durante todo
su ciclo de vida de manera
que para
el 2020 los productos
qumicos se
utilicen y produzcan de
manera
que
se logre la
minimizacin
de
los
efectos
adversos importantes
en la
salud humana y el medio ambiente.
Este objetivo se lograr de varias maneras entre ellas, mediante la
rea l izacin
de
las
actividades
propuestas en el
Plan de
Accin Mundial.
Plan
l
Accin Munellal
Presenta las esferas de trabajo y
actividades
conexas, agentes metas/ plazos,
indicadores
de
progreso y aspectos
de
la
aplicacin
para la consecucin
de
los siguientes objetivos:
Reduccin
de
los riesgos
Conocimientos e
informacin
Gobernanza
Creacin
de capacidad
y cooperacin tcnica
Trfico internacional ilcito
--------------------------------------
..
----------------------------------- -
CONVENIOS INTERN CION LES SOBRE
SUST NCI S
QUfMIC S
l
Per
al
igual que mucho s pases del mundo comparte la tarea
de
procurar
la gestin
ambientalmente
racional
de
los productos qumicos
y
los residuos o
desechos peligrosos, es as que ha suscrito varios Convenios Internacionales e
iniciativas para
sumarse a estos esfuerzos.
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7/24/2019 Gestion de sustancias qumicas y materiales peligrosos
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CONVENIO DE
B SILE
Convenio "e 8a l lea ob e el
Cont.ol
"e lo. Movimiento.
T.an.fronte . lzo. "e lo. De.echo.
Pel lg o o
.u Eliminacin (Rallf lca"o el
28
"e
oclub.e
1991 me"iante
Re.olucln
Legls lal lva N 26214)
l
Convenio
de
Basilea se aprueba a
fin de proteger,
mediante un
estricto
control, la salud humana
y
el ambiente contra los efectos nocivos que puedan
derivarse
de la
generacin y el
manejo de
los desechos peligrosos y
otros
desechos
2 s
considerado el
tratado internacional
ms exhaustivo respecto a
residuos peligrosos en todo
su
ciclo de vida, promoviendo que
se
apliquen
controles estrictos desde
su
generacin, su
almacenamiento,
transporte,
tratamiento, reuso,
reciclado,
recuperacin, hasta su eliminacin final.
Cule
on
.u.
ObJ.tlvo.?
Reducir los movimientos transfronterizos de los desechos peligrosos y otros desechos
a un mnimo consistente
con su
manejo ambientalmente racional.
Tratar
y disponer de
los desechos peligrosos
y
otros desechos
lo
ms cercano a
su
fuente
generadora
de
manera ambientalmente
racional.
Minimizar la generacin de desechos peligrosos
y
otros desechos (en trminos de
cantidad y
potencial de
peligrosidad .
Cule
on
.u.
p.lnclpal
p lcI.n ?
p l icac in del proced im ien to
fundamentado
previO
para
el control
global de
los
movimientos transfronterizos
de
residuos.
Aplicacin de medidas apropiadas para
el manejo
ambientalmente
racional
de los
desechos peligrosos
y
otros desechos.
Slo permitir la importacin y exportacin
de
desechos peligrosos otros desechos
segn
lo dispuesto en el Convenio.
Promulgacin de disposiciones legislativas
nacionales adecuadas para prevenir y
castigar el trfico ilcito.
2
Texto del Convenio de Basilea
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Manejo
adecuado
entodo elciclode
Vida
I
Importacin!Exportacin
Notificacinde exportacinapals
Impo
rtador
y
de
transito
GIIIIKlfWt.i6n
Respuestadeimportacin
y
t
ra
nsito
AdQpclOn de rued>das que
mlnfffik::en-olmr,,"mo la
Con.troldeltrficoillcito
generndn de 1D!ifduor;
pclig",....
DisposicinFinal
Contar coninstal ado nesadecuadas
paralaeliminacinambientalmen
te
racionalde losresiduos
pe
li
grosos
n
nnpql
AOOJlOO Od I1teatJa3 (tUI:::
u.tem
91
mlnlrnnel
Recuperaci6n/ Reciclado Reutfllzacln
I dA re5Hju01i
Contarconinstalac.anas
adocv:d8$ pare, el
;el
Vro503
r&Wuoo
max"Tllzat
I!I
recupcmci6n ,
recic lado
o
raul 1>.aclOn
8
fi
n
de
rnlnimlznt
la
generacinde losresiduOs
maneJo ambl.'lIal"",nte a ~ 1 O < l a
d
los
En cado
etapa
del
ci
clo de vldo
se
debe velar por que
los
personas que participen
en
el manejo de residuos
peligrosos y otr
e
residuos estn adecuadamente
capacitadas.
certificadas.
autorizado
s o
habilitado
s y adopten
losmed i
da
sne
ce
s
ario
s
poro Impedir una
contamlnaci6n.asrcomo es
ar
preparados
para
reducir1 mnimo
consecuenciassobre la salud
humano
yel
ambiente
de
una
p
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9/16
CONVENIO DE
ROTTERDAM
Convenio
de
Rotterdam
sobre el Consentimiento Fundamentado
Previo Aplicable a Ciertos Plagulcldas Productos Oumlcos
Peligrosos Objeto de Comercio
Internacional, (Ratificado el
12 de
agosto
de
2005 mediante
Decreto
upremo
NI051-2005-RE).
El Convenio de otlerdam aplica el consentimiento fundamentado previo (CFP) a
las sustancias qumicas listadas en su Anexo 111
Esto
significa que, a cada
pas
parte
se le proporciona el material necesario para una adecuada toma de decisin,
respecto a s la importacin de una sustancia
ser
permitida, restringida o prohibida.
Esta decisin es difundida a todos los dems pases partes a fin que implementen las
medidas adecuadas para prohibir la exportacin de sustancias a pases que han
prohibido
su
importacin. Por lo cual, cada pas
parte
debe notificar al pas
importador
respecto a
una
exportacin
y
recibir la autorizacin correspondiente.
lCu l s su ObJetivo?
Promover la responsabilidad compartida
y los esfuerzos
conjuntos de
las
Partes en la
esfera del comercio internacional
de
ciertos productos qumicos peligrosos a fin de
proteger la salud
humana y
el ambiente frente a posibles daos
y
contribuir a
su
utilizacin ambientalmente racional, facilitando
el
intercambio de informacin
acerca de sus caractersticas, estableciendo un proceso nacional de adopcin de
decisiones sobre su importacin y exportacin y difundiendo
esas
decisiones a las Partes.
lCu les
son
.u .
principal
dlspo.lclon.s?
Notificacin de
las
medidas reglamentarias
firmes.
Presentacin de propuestas relativas a
formulaciones plaguicidas extremadamente
peligrosas.
Transmisin de respuestas sobre la
importacin relativas a
los
productos qumicos
sujetos al CFP incluidos en el anexo 11
Emisin
y
acuso de notificaciones de
exportacin.
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C
..
l s la Slt . .acln Nacional
,especto a e.te Convenio?
Actualmente, el Per ha presentado respuesta firme a veintisiete 27) sustancias
qumicas
y
respuesta provisional a trece 13) sustancias qumicas listadas en el
Anexo 111 del Convenio. Igualmente,
ha
presentado dos (02) notificaciones
de
medidas reglamentarias firmes.
Una
notificacin respecto a la Endrina y otra
respecto al Dinitro-orto-cresol
(DNOC).
ste ltimo, fue incorporado al Anexo 111
del Convenio luego que un segundo pas
Parte
present
su
notificacin
y
se
procedi al proceso de inclusin de una sustancia qumica
al
Anexo 111 segn lo
establecido en el Convenio.
Pgina
Web
de la Secretara del Convenio de Rotterdam: www.pic.lnt
..
Uancla.
O . lft ca.
del
An o l Slt ..acln
Nacional
NC:
o
consentimiento CBC: Consentimiento
bajo
condiciones C: Consentimiento
Producto qumico
Nmero o
nmeros
CAS
Categora
Decisin
2,4,5-Ty
sales
y steres de 2,4 ,5-T
93-76-5 Plaguicida FirmeNC
Aldrina
309-00-2 Plaguicida FrmeNC
Bina
pacrilo
485-31-4
Plaguicida Firme
NC
C
aptarol
2425-06-1
Plaguicida
Firme
NC
C
ordano
5
7-74-9
Pagu
cida Firme NC
Cor
dlme
f
ormo
6164-98
-3
Pagu
ci
da RrmeN C
Clorobenzilato
5101 5-6 Pla
gul
cida
F rme NC
DDT
5
-29-3
Pl
ag
u
cida
Firm
eNC
Dieldrina
60-57-1
Plagu
i
cl
da
Firm
eNC
Dinitro-orto-cresol
(DNOC)
y
sus
sales
(como
sales
de
amonio
, potasio y
sodio)
534-52-1,
2980
-
64-5
,
5787-96-2, 2312-76-7
Plaguicida
FirmeNC
Dinoseb
y
sales
y
steres de dinoseb
88-85-7 Plaguicida
Firme
NC
1,2-dibromoetano
(EDB)
106-93-4 Plaguicida Firme
NC
Dicloruro
de
elileno
107-06-2 Plaguicida Firme
NC
xido de elileno
75-21-8 Plaguicida Firme
NC
Fluoroacetamida
640-19-7 Plaguicida Firme NC
HCH
(mezcla
de
ismeros)
608-73-1 Plaguicida Firme NC
Heptacloro
76-44-8
Plaguicida Firme NC
Hexaclorobenzeno
118-74-1 Plaguicida
Firme
NC
Lindano
58-89
-9
Plaguicida
FirmeNC
Compuestos
de mercurio
,
ncluidos
compuestos inorgnicos
de
mercurio,
compuestos
alqu
licos
de
mercurio y
Plaguicida
Firme
NC
compuestos alcoxialqulicos
y
arlicos
de
mercur
io
Monocrotofos
69
2
3-
22-4
Paguicida
Firme NC
Parati
n
56-38
-2
Paguicida
Firme
NC
Pen
a
cloro
fe
n
ol
y s
ales
y
stere
s
de
pen l
ac
lorofenol
87-868 Plaguicida
Firme NC
T
oxa eno 800
1-
35
-2
Plagulcida
F
rme
NC
Tributilo de Estao
-xido
de tributilo de
estao
56-35-9
-Benzoato de
tributilo de
estao 4342-36-3
-
Cloruro de tributilo de estao 1461-22-9
-Fluoruro de tributilo de estao
1983-10-4
Plaguicida
Prov. C
-Linoleato de
tribut
ilo de
estao 24124-25-2
-Metacrilato de
lributilo
de
estao 2155-70-6
Naftenato de tributilo de estao 85409-17-2
Formulaciones de polvo seco
con
una mezcla
de:
-
7
o
ms de
benomilo,
- 10o ms de carbofurano y
- 15o mas de
tiram
17804-35-2
1563-66-2
137-26-8
Formulacin
plaguicida
extremadamente
peligrosa
Prov. CBC
http://www.pic.lnt/http://www.pic.lnt/ -
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11/16
lI.tanela.
Ollmlca.
eI.1
An
o ltllael6n Naelonal
NC: o consentimiento CBC: Consentimiento bajo condiciones
C:
Consentimiento
(1) Monocrotofos
(Fonmulaciones lquidas solubles de
la
sustancia que sobrepasen los 600 gil de
ingrediente activo)
6923-22-4
Formulacin
plaguicida
extremadamente
peligrosa
F
rme NC
Methamidofos
(Formulaciones lquidas sotubles de ta
sustancia que
sobrepasen tos
600
gn de
ing
red
i
ente activo)
10265-92-6
F
ormutacin
ptaguicda
extremadamente
petigrosa
FrmeNC
Fosfa
midon
(Formulaciones
lquidas
so lubles
de
la
susta
n
cia que sobrepase
n
os 1000 gil de
in
grediente activo)
13171-21-6(mezda,
ismeros
E) y Z))
23783-98-4(ismero (Z))
297
-99-4( ism
ero E)
Formutacin
plaguicid
a
extremadamente
peligrosa
Firme NC
Metilparatin (concentrados emulsificables
(CE)
con 19,5 o
ms
de ingred
iente
activo y
polvos
que
contengan
1,5
o
ms
de
ingrediente activo)
298-00-0
Formulacin
plaguicida
extremadamente
peligrosa
Firme NC
(1) Paratin (se incluyen todas las
formulaciones: aerosoles,
polvos
secos
(PS),
concentrado emulsificable
(CE),
grnulos
(GR)
y
polvos humedecibles (PH), excepto
las suspensiones en cpsula (SC))
56-38-2
Formulacin
plaguicida
extremadamente
peligrosa
Firme NC
Amianto:
-Actinolita
-Antofilita
-Amosita
- Crocidolita
- Tremolita
77536-66-4
77536-67-5
12172-73-5
12001-28-4
77536-68-6
Industrial
Industrial
Industria
l
Industrial
Industrial
Pro
v C
Sfenilos polibromados (PSS)
36355
01-8(he
xa-)
27858-07-7 (octa-)
13654-096 (deca-)
Industrial Prov. C
Sifenilos polidorados P
CS)
133
6-
36-3 Industria
l
Prov.
Terfen ilos poJldorados
PCn
617
88-33-8 Industrial Prov. C
Plomo tetraetilo
78
-0
0-2 Industr
al pr
ov
. C
Plomo
telrametilo
75-74-1
Industrial
Prov
. C
Fosfato de tris (2,3-dibromopropilo
)
126-72-7 Indust
r a
Pr
o
v
9
-
7/24/2019 Gestion de sustancias qumicas y materiales peligrosos
12/16
Convenio
de
E.tocolmo
.ob.e Contaminante.
O.gnlco.
Persistente.
COP,
(Ratificado el12 de ago.to de 200S
mediante
Decreto
'up.emo
N 067-200S-RE)
El Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgnicos Persistentes (COP),
toma en consideracin el criterio de precaucin del Principio
15
10 de la Declaracin
de
Ro
sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo para la proteccin de la salud
humana
y el
ambiente para las
sustancias qumicas
altamente
peligrosas, txicas,
persistentes y bioacumulables .
lC e. ,.
Ob'etl
Proteger la salud
humana
y el medio ambiente frente a los contaminantes
orgnicos persistentes.
Cule. I.n
.u
Inclpale,
"h
,lclone,?
Eliminacin de la
Produccin
y Uso
de
los COP:
La mayora
de
los COP producidos intencionalmente son sujetos
de
eliminacin
inmediata con algunas excepciones como por
ejemplo
los PCB 11. Si
bien
la produccin de
PCB
ya ha
sido el iminada su uso
contina permi t ido hasta el 2025
en
aquellos
equipos
que los
contengan asegurando su
eliminacin
ambientalmente
rac ional.
Restriccin en la Produccin y Uso de los COP:
El
Convenio
permite el uso
l imitado
y
estrictamente controlado de ciertos
COP a la vez que
se
investigan
alternativas
a
su
uso. Este es el caso
del DDT que
est
permit i o
nicamente
para el
control de
vectores como los
mosqui tos
hembras que transmiten la
malaria;
sin embargo en el
Per
an cuando
no
est prohibido
tampoco
se ha
usado en los ltimos aos.
10
Pr lnclpl
0
15:
Con el fin de
proteger
el
medio ambiente
, los Estados
deber6n aplicor ampliamente
el
criterio
de precaucin conforme o s
u>
capacidades. Cuando
hoyo
peligro de
doa
grave o irreversible lo falto de
certeza cientfico absoluto no deber6 utilizarse como rozn poro po
s
tergar lo adopcin
de
medidos
eficaces
en funcin de los costos
poro
imp ed ir lo degradacin
del
medio
ambiente
.
PCS s glos en ing
ls de los
bifenilos
polidorados
Reduccin
o
Eliminacin de
las
Liberaciones
Derivadas de la Produccin
No-Intencional
de los
COP:
El Convenio promueve
el
uso
de
las mejores tcnicas disponibles y mejores
prcticas ambientales
para
reducir las l iberaciones
totales
derivadas de
fuentes antropgenas de cada uno de los productos qumicos incluidos en el
Anexo
C
con la meta de seguir reducindolas al mnimo y, en los casos en
que sea
viable eliminarlas
definit ivamente.
Reduccin o
Eliminacin
de las Liberaciones Derivadas de
las
Existencias
y
Desechos:
El Convenio de Estocolmo
se
articula
con
el Convenio de Basilea
para
la
identif icacin
de residuos
que
contienen COP
para
la reduccin de su
generacin y promocin de las
mejores
prct icas disponible y
para
su
manejo adecuado reduciendo
las
posibles liberaciones de
los COPo
Intercambio
de Informacin:
Cada pas Parte debe facilitar la accesibi l idad
a
informacin sobre la
salud y seguridad
humana
difundiendo
informacin
sobre alternativas
a los COP y reportando
respecto
la
implementacin
del Convenio.
Investigacin Desarrollo
y Vigilancia:
Un componente importante es la
promocin de investigacin sobre las
alternativas
de los COP mitigacin
de los efectos
adversos
en la
salud
reproductiva
y los COP potenciales
no incluidos en los Anexos del
Convenio.
-
7/24/2019 Gestion de sustancias qumicas y materiales peligrosos
13/16
O.
COP eom
el
C
I.?
El
Convenio de Estocolmo
entr en vigor el
17 de
mayo de 2004,
con
doce
(12) COP, conocidos como
la
docena sucia. ~ s t s eran
consideradas
las
sustancias
ms
toxicas
y
persistentes creadas
por el
hombre
.
Entre los plaguicidas
figuran
:
aldrina*,
clordano*, DDT*,
dieldrina*,
endrina*,
heptacloro*,
hexaclorobenceno (HCB)*, mirex *,y
toxafeno*.
Entre
los qumicos industriales figuran: hexaclorobenceno * ybifenilos policlorados
(PCB)**
.
Entre
los qumicos como
subproductos no
intencionales figuran:
hexaclorobenceno *, bifenilos policlorados**, dioxinas y furanos**. Asimismo,
el Convenio estableci que todo pas Parte tiene el derecho
de
proponer
nuevas sustanciasqumicas aser
incluidas
enel listado COPo Es asque en la
cuarta
reunin de la
Conferencia de lasPartes
del
Convenio,
celebrado
en
el2009,
se adoptaron
9nuevos COP:
Alfa hexaclorociclohexano** Pentaclorobenceno**
Beta hexaclorociclohexano
**
Sulfonatodeper fluorooc tano(PFOS),sus
Clordecona**
salesy fluorurodeperfluorooctanosulfonilo
Hexabromobifenilo**
(PFOSF)**
terde hexabromodifenilo
y
delter de ter dete trabromod ifen i lo
y
delterde
heptabromodifenilo** pentabromodifenilo**
Lindano*
Prohibido 1 poro
UI O
agrcola
No le encuentran prohibidol en el Per
Asimismo,tressustanciasadicionales
se
encuentran enprocesode revisin para su
inclusinal listadoCOPdelConvenio.Estassustanciasson :lasparafinasdoradasde
cadenacorta,elendosulfny
el
hexabromocidododecano.
Cul
.s la
Sltuad. Naclo 1 pecto a h
Co.venl.?
En
cumplimiento a
las
obligaciones dispuestas en
el
Artculo
7
del Convenio de
Estocolmo, el Per ejecuta el Proyecto para elaborar
el
Plan Nacional de
Implementacin del Convenio de Estocolmo sobre contaminantes orgnicos
persistentes (PNI-COP).
El
Proyecto
se
inicien enerodel2005 y comprendicinco
fases,durante
las
cualessedesarrollaron elPerfilNacionalde SustanciasQumicas, los
Invem:arios de Plaguicidas Contaminantes Orgnicos Persistentes, de Bifenilos
Polidorados(PCB)y de Dioxinas yFuranos.
En
juniode2007
el
Proyectopresenta
comoresultadoelPlanNacionaldeImplementacindelConveniodeEstocolmoenel
Per, que comprende
los
Planes de Accin para
el
DDT,
los
Plaguicidas COP,
los
Bifenilos Polidorados, las Dioxinas y Furanos, adems de
seis
estrategias:
Desarrollode Investigacinen materia deCOP
Sensibilizacin
y
FormacindeCiudadana
para
laImplementacindelPNI-COPPer
FortalecimientodeCapacidadesAnalticaen
COPs
en
el
Per
Normativa
SitiosContaminados
RETC
El proceso de elaboracin
del
Plan
Nacional del Convenio de Estocolmo
permiti realizar accionesde
difusin
y
sensibil izacin a los
tomadores
de
decisionesypblico en general a nivel
nacional.
Actualmente,
con la inclusin de los
nueve nuevos COP en el 2009, este
Plan se encuentra
hoy
en proceso de
revisinyactualizacin.
Pg ina web delSecretaradelConveniodeEstocolmo:www.pops.lnt
Sustancias Oumlcas Listada. en lo. Ane.os del Convenio de
E tocolmo .ob.e Contaminante. O.gnlco.
Pe
.... tente.
NuevosCOP
Nmerosde Situacin Norma
SustanciaQumica
CAS Nacional
Lassustanciasasereliminadas(AnexoA)
: : : Prohibidoeregistro -re -up -m NO
:':
9
:
:-::
ec
-to ':S -re -o
""'
7: 037
-:-
.AG
Aldri
na
309002
(12.09.1991)
Aifa hexaclorociclohexano 319846
Betahexaclo
ro
ciclo
hexano 319
85
7
Clor
dano
57749
Prohi
bido
eregstro ResolucinJefatura lN
03699AG
SE
NASA(03.04.1999)
Resol
u
cinJefatural
N
09899AG
SENASA(03
.
08
.
99)
Dieldrina
60571
Proh
bido Decreto
SupremoN'
03791AG
(12
.09.
1991
)
E
nd
rna
72208
Pr
ohib
i
doel
registro
DecretoSupremo
N037
9
AG
(12.
09
.
1991)
t
erdehexabro
modifenilo
y
68631492
terdeheptabromodi fenilo
20712215-4
446255-227
2071221
65
terde
etrab
romod feniloy 5436431
terdepentabromod i
fenilo
60348609
Heptacloro
76448
P
rohibid
oelregistro D
ecretoSupremo
N03791AG
(12.09.
1991)
Hexab
romobifenilo 36355018
http://www.pops.lnt/http:///reader/full/03.08.99http:///reader/full/03.08.99http:///reader/full/03.08.99http:///reader/full/03.08.99http:///reader/full/03.08.99http://www.pops.lnt/http:///reader/full/03.08.99 -
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14/16
. .. stanclasO mlcas Listadas en los Ane.os del onvenio
de
Estocolmo sobre Contaminantes Orgnicos Persistentes
NuevosCOP
Nmeros de Situacin Norma
Sustancia
Qumica
CAS
____
Lassustanciasasereliminadas(AnexoAl
Hexaclorobenceno 118-74-1
Pro
hb
ido
el regislro
Resoluck)nJelatural
N036-
99-AG
SENASA(03.04 .1999)
Resoluck)nJela
luraN
098-99-AG
SENASA(03.08.99)
Lindano
58-
89-9 Prohibido
el
regis
tro
Resoluc
inJelaturalN043-
2000
-AG
SE
NASA
(16.
03.2000)
Mi
r
ex 2385-85-5 Pro
h
bido
el
registro
Reso l
ucin
J
efatural
N060-2000-AG
SENASA
(17.
04.2000)
Pentaclorob
enceno
608-93-5
Toxafeno
8001-35-2 Prohbidoe
regis
tro
Decreto
Sup
remo N037-91AG
(12.09.1991
Bifenil
ospoliclorados
Lassustanciasaserrestringidas(AnexoBl
DDT 50-29-3
Proh
bi
doelreg
is
tro DecretoSupremo N037-91-AG
(12.0
9.1991)
Sulfo
na
to
de
1763-23-
1
perfluorooctano
.sussa lesy
fluorurodeperfluo
rooc
tano
sulfonilo
Las
sustancias
de
produccin
no
intencional
(Anexoel
D
oxi
n
as
F
ur
anos
-
Hexaclorobenceno
118-74
-1
Proh
ibido
er
egi
s
tro ResolucinJefatura
lN"
036-99-AG
SENASA
(03.04
.1999)
Pentac
lor
oben
c
eno 608-93
-5
B
fenilos
policlorados
Endosulfan 959-98-8
Hexabromociclododecano 25637-99-4
P
arafinas
cloradasdecadena
corta
85535-84-8
Resolucin
JefaturalN
098-99-AG
SENASA(03.08 .99)
Las sustanciasen revisn (Fuente:Comitde Examende losContaminantes
Org
nicosPersistentes)
Ine.ementando la
Sine.gia.
Laarticulacinde accionesanivelnacionaleinternacional
para lograr
lagestin
ambientalmente racional de
las
sustanciasqumicasen todo su ciclo de vida es un
esfuerzomundial que proporci ona variosbeneficiosimportantes_
Uno de ellos siendo la maximizacin en el uso eficaz de
los
recursos. De igual
manera una
mayor
coordinacin resultara en mayor
disponibilidad
de
capacidadestcnicas,usomseficientede personalcalificadoymejor
continuidad
de lasacciones
implementadas
.
Deestamanera se facilitara la implementacinde
los
conveniosi nternacionales
sobre lassustanciasqumicasque buscanlagestinambientalmente racionalde las
sustancias qumicas en
todo su
ciclo de vida con
el
fin de proteger la salud
humana yelambiente anivelmundial.
http:///reader/full/03.08.99http:///reader/full/03.08.99http:///reader/full/03.08.99 -
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15/16
H CI
UNA GESTI6N INTEGR L DE
L S SUST NCI S
OUIMICAS M TERI LES y
RESIDUOS
PELIGROSOS
CUERDOS INTERN C ION LES M RCO
Declaracin de Estocolmo de
la
Conferencia de las Naciones
Unidas sobre el
Medio Humano
Declaracin
de
Ro
de la Conferencia
de
las Naciones Unidas
sobre el
Medio Ambiente y
el Desarrollo
y
el
Programa
21
Declaracin
de
Johannesburgo
de la
Conferencia
de
las
Naciones Unidas sobre
el
Desarrollo Sostenible y
el
Plan de
Aplicacin
Enfoque Estratgico
para la
Gestin de Productos Qumicos
a nivel Internacional - SAlCM
CONVENIOS INTERN C ION LES
SOBRE
SUST NCI S
QUfMIC S
Convenio de Basilea sobre el Control de los Movimientos
Transfronterizos de
los
Desechos Peligrosos
y
su Eliminacin
Convenio
de Rotterdam
sobre
el
Consentimiento
Fundamentado
Previo Aplicable a Ciertos Plaguicidas y Productos Qumicos
Peligrosos
Objeto
de Comercio Internacional
Convenio de
Estocolmo sobre
Contaminantes
Orgnicos
Persistentes
Ministerio
del Ambiente
VICE MINISTERIO DE GESTiN AMBIENTAL
DIRECCIN GENERAL DE POLfTICAS NORMAS E
INSTRUMENTOS DE GESTiN AMBIENTAL
Av. J
av
ier Prado Oeste N 1440,
San
Isidro, Lima -
Per
Te lfono
+
511 611 -6000
www minam.gob.pe
http:///reader/full/www.minam.gob.pehttp:///reader/full/www.minam.gob.pehttp:///reader/full/www.minam.gob.pehttp:///reader/full/www.minam.gob.pe -
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16/16
Mlnlsterlo
del mbiente
Av Javier Prado Oeste 1440, San Isidro - Lima 27 - Per
Telfono: (51-1) 611-6000
http:///reader/full/www.minam.gob.pehttp:///reader/full/www.minam.gob.pe