departamento de comercio exterior mercado único y libre de cambios global trade advisory - abril...

29
Departamento de Comercio Exterior Mercado único y libre de cambios Global Trade Advisory - Abril 2004

Upload: ramon-franco-gonzalez

Post on 23-Jan-2016

212 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: Departamento de Comercio Exterior Mercado único y libre de cambios Global Trade Advisory - Abril 2004

Departamento de Comercio Exterior

Mercado único y libre de cambios

Global Trade Advisory - Abril 2004

Page 2: Departamento de Comercio Exterior Mercado único y libre de cambios Global Trade Advisory - Abril 2004

Global Trade Advisory – Abril 2004

Registro de Operaciones.

Sólo pueden realizarse operaciones de cambio en

las entidades financieras autorizadas por el Banco

Central.

Requisitos impositivos, lavado, actividades ilícitas.

Imposibilidad de compensar operaciones.

Mercado Único y Libre de Cambios.Las r

eg

las d

e ju

eg

o e

n e

l n

uevo e

scen

ar i

o

Page 3: Departamento de Comercio Exterior Mercado único y libre de cambios Global Trade Advisory - Abril 2004

Global Trade Advisory – Abril 2004

Regímenes Informativos (control de BCRA).

Eliminación de automaticidad de operaciones.

Ley 19.359 (Decreto 480/95): Régimen Penal

Cambiario.

Mercado Único y Libre de Cambios.Las r

eg

las d

e ju

eg

o e

n e

l n

uevo e

scen

ar i

o

Page 4: Departamento de Comercio Exterior Mercado único y libre de cambios Global Trade Advisory - Abril 2004

Global Trade Advisory – Abril 2004

Mercado Único y Libre de Cambios.

Importación.

VISTA

- Mercadería embarcada -

90 días para demostrarla nacionalización de

la mercadería

ANTICIPADO

- original nro. 2 del despacho -

Mercaderias en General

Bienes de Capital

BIENES PLAZO DE PAGO

Productos criticos p/salud, Materias Primas y Bienes

Insumos, equipos y rep p/Centrales

Nucleares o Inst. productoras de

hidrocarburos "off

PAGO DIFERIDO

Mercadería nacionalizada

Otras Materias Primas y Bienes

Intermedios

nacionalización de la mercaderíaEn 360 días deberá demostrarse la

Page 5: Departamento de Comercio Exterior Mercado único y libre de cambios Global Trade Advisory - Abril 2004

Global Trade Advisory – Abril 2004

Pagos Anticipados Vencido el plazo pertinente para la presentación de la documentación de importación, el importador deberá, dentro de los 5 días posteriores:

Ingresar monto del Pago Anticipado, si no presentó documentación y no tiene autorización expresa de BCRAMonto de la diferencia, en caso de que el valor de la mercadería ingresada sea inferior al pago realizado.

TC Aplicable para estos ingresos:Surgirá de comparación TC Ref. De la fecha de realizado el pago VS. TCMULCBCRA (Com “A”3619) de la fecha del ingreso. Se aplicará el menor de los dos.

Divisas:Deberán ser cedidas a BCRA a Valor Normal Puesto, en la misma fecha de liquidación con importador y al tipo de cambio aplicado.

Importación.

Mercado Único y Libre de Cambios.

Page 6: Departamento de Comercio Exterior Mercado único y libre de cambios Global Trade Advisory - Abril 2004

Global Trade Advisory – Abril 2004

Mercado Único y Libre de Cambios.

Pago de Importación.

Documentación:

Copia de factura comercial.

Original Nro. 2 del Despacho de Importación.

Formulario de venta BCRA.

Copia Documento de Transporte.

DDJJ por Com. A3602

Validación Com. A3602

Page 7: Departamento de Comercio Exterior Mercado único y libre de cambios Global Trade Advisory - Abril 2004

Global Trade Advisory – Abril 2004*

Mercado Único y Libre de Cambios.

EXPORTACIÓN.

La liquidación de divisas por exportaciones de bienes deben liquidarse dentro de los plazos máximos mediante acreditación en cuenta del exportador por el 100% del valor de la exportación, salvo excepciones.

Plazos máximos aplicados a exportaciones oficializadas a partir del 06/12/01 según tipo de producto (entre 60 y 360 días desde cumplido de embarque).

Exportaciones oficializadas antes del 06.12.01 y pendientes de cobro al 10.01.02, el plazo para ingresar las divisas es el pactado entre el exportador y su cliente del exterior.

Page 8: Departamento de Comercio Exterior Mercado único y libre de cambios Global Trade Advisory - Abril 2004

Global Trade Advisory – Abril 2004

CIRCUITO OPERATIVO DEL CONTROL DE INGRESO DE DIVISAS PROVENIENTES DE EXPORTACION

Mercado Único y Libre de Cambios.

EXPORTADOR AFIP

ENTIDADFINANCIERA

BCRA

Sistema SECOEXPO

Cumplimiento

Rég.Penal Cbiario.

Incentivos a las Expo

Cumplimiento

Incumplimiento

$

$

SIM

Page 9: Departamento de Comercio Exterior Mercado único y libre de cambios Global Trade Advisory - Abril 2004

Global Trade Advisory – Abril 2004

CIRCUITO OPERATIVO DEL CONTROL DE INGRESO DE DIVISAS PROVENIENTES DE EXPORTACION

Mercado Único y Libre de Cambios.

El plazo máximo para el ingreso de las divisas es de 90 días hábiles luego de operado el vencimiento original.

Si el ingreso de las divisas se produce luego de vencido el plazo máximo dispuesto, se aplicará la Com. “A” 3608 (T.C. de ref. vs. T.C. libre del día).

Page 10: Departamento de Comercio Exterior Mercado único y libre de cambios Global Trade Advisory - Abril 2004

Global Trade Advisory – Abril 2004

Mercado Único y Libre de Cambios.

Cobro de Exportación.

Documentación:

Copia de factura comercial.

Copia Completa Permiso de Embarque*. Formulario de compra BCRA.

(* En caso de que el mismo no se encuentre conforme declarado deberá adjuntarse el POSTEMBARQUE correspondiente)

Page 11: Departamento de Comercio Exterior Mercado único y libre de cambios Global Trade Advisory - Abril 2004

Global Trade Advisory – Abril 2004

Mercado Único y Libre de Cambios.

DETERMINACION DE PLAZOS SEGUN POSICION ARANCELARIA (Solo para PE Oficializados hasta el 29/04/2003)

Exp

ort

ació

n

Plazo

Posición Arancelaria

Re.53/02**

No

No

Re.116/02

Plazo Dec.690/02Anexo XVIII

Re.42/02

Plazo

Plazo

si

No

Re.72/03*

Plazo

* Solo Anexo I

** Agrega al Anexo II el Art. 2 de Res. 72/2003

si

si

si

No

Nota: PE Oficializados a partir del 30/04/2003 se rigen por plazos según Resolución 120/2003

Page 12: Departamento de Comercio Exterior Mercado único y libre de cambios Global Trade Advisory - Abril 2004

Global Trade Advisory – Abril 2004

Determinación de Plazos según embarque de la Mercadería

Mercado Único y Libre de Cambios.

Fecha de Oficialización: Entre 06/12/2001 y 13/01/2002

Deberán aplicarse los plazos incluidos en la "Resolucion 1/2001"

                   

Fecha de Oficialización: Entre 14/01/2002 y 01/05/2002

Deberán aplicarse los plazos incluidos en la "Resolución 13/2002"

                   

Fecha de Oficialización: Entre 02/05/2002 y 13/06/2002

Deberán aplicarse los plazos incluidos en la "Decreto 690/2002 - Anexo XVIII"

                   

Fecha de Oficialización: Entre 14/06/2002 y 21/08/2002

1) Se deberá buscar la Posicion Arancelaria de la mercadería en la "Resolución 42/2002"

2) Si la posición buscada no se encuentra en la planilla anterior, deberá buscar en el "Decreto 690/2002 - Anexo XVIII"

                   

Fecha de Oficialización: Entre 22/08/2002 y 12/12/2002

1) Se deberá buscar la Posicion Arancelaria de la mercadería en la "Resolucion 116/2002"

2) Si la posición buscada no se encuentra en la planilla anterior, deberá buscar la misma en la "Resolución 42/2002"

3) Si la posición buscada no se encuentra en la planilla anterior, deberá buscar en el "Decreto 690/2002 - Anexo XVIII"

Page 13: Departamento de Comercio Exterior Mercado único y libre de cambios Global Trade Advisory - Abril 2004

Global Trade Advisory – Abril 2004

Determinación de Plazos según embarque de la Mercadería

Mercado Único y Libre de Cambios.

Fecha de Oficialización: Entre 13/12/2002 y 07/03/2003

1) Se deberá buscar la Posicion Arancelaria de la mercadería en la "Resolución 53/2002"

2) Si la posición buscada no se encuentra en la planilla anterior, deberá buscar la misma en la "Resolución 116/2002"

3) Si la posición buscada no se encuentra en la planilla anterior, deberá buscar la misma en la "Resolución 42/2002"

4) Si la posición buscada no se encuentra en la planilla anterior, deberá buscar en el "Decreto 690/2002 - Anexo XVIII"                   

Fecha de Oficialización: Entre 08/03/2003 y Vencidos con Anterioridad al 30/04/2003

1) Se deberá buscar la Posicion Arancelaria de la mercadería en la "Resolución 72/2003"

2) Si la posición buscada no se encuentra en la planilla anterior, deberá buscar la misma en la "Resolución 53/2002"

3) Si la posición buscada no se encuentra en la planilla anterior, deberá buscar la misma en la "Resolución 116/2002"

4) Si la posición buscada no se encuentra en la planilla anterior, deberá buscar la misma en la "Resolución 42/2002"

5) Si la posición buscada no se encuentra en la planilla anterior, deberá buscar en el "Decreto 690/2002 - Anexo XVIII"                   

Permisos de Embarque NO vencidos al 30/04/2003

1) Se deberá buscar la Posicion Arancelaria de la mercadería en la "Resolución 72/2003"

Page 14: Departamento de Comercio Exterior Mercado único y libre de cambios Global Trade Advisory - Abril 2004

Global Trade Advisory – Abril 2004

Mercado Único y Libre de Cambios.

Comunicaciones A3471 punto 4.iv-C34351

Sin autorización previa de BCRA

Débito en cuenta

Legislación:

Pago de Fletes de Impo/Expo

Page 15: Departamento de Comercio Exterior Mercado único y libre de cambios Global Trade Advisory - Abril 2004

Global Trade Advisory – Abril 2004

Mercado Único y Libre de Cambios.

Factura del Flete

Documento de Transporte (si estuviera disponible)

DDJJ Informando acerca del ingreso de divisas (Solo para expo)

Certificación Contable

Formulario de venta BCRA y Com. A 3602

Documentación:

Pago de Fletes de Impo/Expo

Page 16: Departamento de Comercio Exterior Mercado único y libre de cambios Global Trade Advisory - Abril 2004

Global Trade Advisory – Abril 2004

Pago de Servicios al Exterior

Mercado Único y Libre de Cambios.

Legislación:

Comunicaciones A3471 punto 4.iv-C34351

Sin autorización previa de BCRA

Débito en cuenta

Page 17: Departamento de Comercio Exterior Mercado único y libre de cambios Global Trade Advisory - Abril 2004

Global Trade Advisory – Abril 2004

Mercado Único y Libre de Cambios.

Pago de Servicios al Exterior

Formulario de venta BCRA

Copia de la Factura y/o Copia del contrato

Certificación contable

Carta con DDJJ impositiva y Comunicación A3602

Documentación:

Page 18: Departamento de Comercio Exterior Mercado único y libre de cambios Global Trade Advisory - Abril 2004

Global Trade Advisory – Abril 2004

Cobros al Exterior de Servicios

Comunicación A3473 y complementarias.

Crédito en cuenta.

Plazo:105 días hábiles para su efectiva liquidación.

Legislación:

Formulario de compra BCRA

Copia de Factura

Documentación:

Mercado Único y Libre de Cambios.

Page 19: Departamento de Comercio Exterior Mercado único y libre de cambios Global Trade Advisory - Abril 2004

Global Trade Advisory – Abril 2004

Mercado Único y Libre de Cambios.

Compra de mercaderíasno ingresadas al país y vendidas a 3ros. países

Comunicación A3616

Sin autorización previa de BCRA

Débito/crédito en cuenta

Pago igual o menor al cobro

Legislación:

Page 20: Departamento de Comercio Exterior Mercado único y libre de cambios Global Trade Advisory - Abril 2004

Global Trade Advisory – Abril 2004

Mercado Único y Libre de Cambios.

Formulario de compra o venta BCRA

Factura de compra o venta

Documento de Transporte

Carta con DDJJ impositiva

Documentación:

Compra de mercaderíasno ingresadas al país y vendidas a 3ros. países

Page 21: Departamento de Comercio Exterior Mercado único y libre de cambios Global Trade Advisory - Abril 2004

Global Trade Advisory – Abril 2004

Inversiones en el Exterior

Formulario de venta BCRA.

Carta con DDJJ Impositiva.

DDJJ sobre límite USD 2.000.000 ó anexo Com A3909 sobre

pago del mes inmediato anterior de impuestos a los

débitos y créditos en cta.cte. (3 veces) y/ó constancia de

pago de derechos de exportación.

Documentación:

Mercado Único y Libre de Cambios.

Page 22: Departamento de Comercio Exterior Mercado único y libre de cambios Global Trade Advisory - Abril 2004

Global Trade Advisory – Abril 2004

ENTIDAD

SOLICITANTE

DOMICILIO

CONCEPTO DE LA OPERACIÓN COD.CONCEPTO

COD.INSTRUM.VENDIDO COD.INSTRUM.RECIBIDO COD. MONEDA IMPORTE (sin centavos)

BENEFICIARIO DEL EXTERIOR (**)

DOMICILIO

BANCO RECIBIDOR DEL EXTERIOR (**):

Declaro bajo juramento que las informaciones consignadas son exactas y verdaderas, en los términos previstos en el Régimen Penal Cambiario, del cualtengo pleno conocimiento de sus normas y sanciones.

Firma Aclaración y Nro. de documento

Certif icamos que la/s f irma/s que anteceden concuerdan con las registradas en nuestros libros (***)

Fecha Firma y Sello

(*) - Cuando se trate de un turista debe registrarse fecha de ingreso al país, código de país de origen y número de pasaporte o documento habilitante para ingresar al país.(**)- Cuando corresponde de acuerdo a la operación solicitada.

(***) -Cuando el solicitante no tenga firma registrada en la entidad por tratarse de un particular, la certificación se refiere a que la firma fue puesta en presencia del funcionario

certificante y que se constató su identidad mediante verificación del documento de identidad.

CODIGO ENTIDAD

CUIT/CUIL/CDI(*)

BANCO CENTRAL DE LA REP UBLICA ARGENTINA

GERENCIA DE EXTERIOR Y CAMBIOS

VENTA DE CAMBIOS A CLIENTES

FECHA N° DE BOLETO

MERCADO LIBRE DE CAMBIOS (asignado por la entidad)

COD.PAIS ORIG.(**) F.DE INGRESO(**)

CODIGO DEL PAIS

COD.POSTAL

CODIGO SWIFT

FECHA DE EMBARQUE(**)

CUENTA Nº

TIPO DE CAMBIO

Mercado Único y Libre de Cambios.

Formulario de Venta de Cambio

005ABN Amro Bank Com. A 4042

Del Doc. de Transporte

Operación

Com. A 4042

Com. A 4042

Operación

Page 23: Departamento de Comercio Exterior Mercado único y libre de cambios Global Trade Advisory - Abril 2004

Global Trade Advisory – Abril 2004

ENTIDAD

SOLICITANTE

DOMICILIO

CONCEPTO DE LA OPERACIÓN COD.CONCEPTO

COD.INSTRUM.COMPRADO COD. MONEDA IMPORTE (sin centavos)

PAGADOR (**):

DOMICILIO

BANCO PAGADOR DEL EXTERIOR (**):

Declaro bajo juramento que las informaciones consignadas son exactas y verdaderas,en los términos previstos en el Régimen Penal Cambiario,del cual tengo pleno conocimiento de sus normas y sanciones.

Firma Aclaración y Nro. de documento

Certif icamos que la/s f irma/s que anteceden concuerdan con las registradas en nuestros libros (***)

Fecha Firma y Sello

(*) - Cuando se trate de un turista debe registrarse fecha de ingreso al país, código de país de origen y número de pasaporte o documento habilitante para ingresar al país.(**)- Cuando corresponde de acuerdo a la operación solicitada.

(***) -Cuando el solicitante no tenga firma registrada en la entidad por tratarse de un particular, la certificación se refiere a que la firma fue puesta en presencia del funcionario

certificante y que se constató su identidad mediante verificación del documento de identidad.

CODIGO SWIFT

Nº DE OFICIALIZACION (**)

TIPO DE CAMBIO

COD.PAIS ORIG.(**) F. DE INGRESO(**)

CODIGO DEL PAIS

COD.POSTAL

FECHA N° DE BOLETO

MERCADO LIBRE DE CAMBIOS (asignado por la entidad)

CODIGO ENTIDAD

CUIT/CUIL/CDI(*)

BANCO CENTRAL DE LA REP UBLICA ARGENTINA

GERENCIA DE EXTERIOR Y CAMBIOS

COMPRA DE CAMBIOS A CLIENTES

Mercado Único y Libre de Cambios.

Formulario de Compra de Cambio

005ABN Amro BankCom. A 4042

Permiso de Embarque

Com. A 4042

Page 24: Departamento de Comercio Exterior Mercado único y libre de cambios Global Trade Advisory - Abril 2004

Global Trade Advisory – Abril 2004

Mercado Único y Libre de Cambios.

RELEVAMIENTO DE EMISIONES DE TITULOS Y DE OTRAS

OBLIGACIONES EXTERNAS DEL SECTOR PRIVADO FINANCIERO Y

NO FINANCIERO (REGIMEN TRIMESTRAL) (Com. A3602)*

SEGUIMIENTO DE ANTICIPOS Y PRESTAMOS DE PREFINANCIACION

ADEUDADOS AL EXTERIOR (REGIMEN MENSUAL)

(Com A3609)

Regímenes Informativos

* Condición para poder realizar pagos al exterior, bajo cualquiera de los conceptos que se encuentran en la presente presentación.

Page 25: Departamento de Comercio Exterior Mercado único y libre de cambios Global Trade Advisory - Abril 2004

Global Trade Advisory – Abril 2004

Comunicación A 3602

Sujetos Comprendidos

Cobertura delRelevamiento

Todo deudor perteneciente al sector financiero o al sector privado no financiero que mantenga deudas pendientes a la fecha de referencia por una o más de las operaciones comprendidas.

Títulos de deuda emitidos en el país y en el exterior.

Pasivos con residentes del exterior por cualquier concepto y tipo de acreedor, con excepción de las líneas de crédito tomadas en el exterior por las entidades locales.

Page 26: Departamento de Comercio Exterior Mercado único y libre de cambios Global Trade Advisory - Abril 2004

Global Trade Advisory – Abril 2004

Comunicación A 3602

Deuda generada antes de la fecha de corte del último período cuya presentación ha vencido.Ej.: Antes del 31/12/03

Certificado de validación+ DDJJ

Deuda generada después de la fecha de corte del último período cuya presentación ha vencido y antes de la fecha de corte del período con la presentación próxima a vencer.Ej.: Entre el 01/01/04 y el 31/03/04

Deuda generada y a cancelar en el mismo período.Ej.: Entre el 01/04/04 y el 30/06/04

DDJJ

Ejemplo: Fecha actual 10/05/04

Page 27: Departamento de Comercio Exterior Mercado único y libre de cambios Global Trade Advisory - Abril 2004

Global Trade Advisory – Abril 2004

Toda negociación de cambio que se realice sin intervención de

institución autorizada para efectuar esas operaciones;

Operar en cambios sin estar autorizado;

Falsa declaración relacionada con las operaciones de cambio;

Mercado Único y Libre de Cambios

Régimen Penal Cambiario.Objetos de sanción:

Page 28: Departamento de Comercio Exterior Mercado único y libre de cambios Global Trade Advisory - Abril 2004

Global Trade Advisory – Abril 2004

Omisión de rectificar las declaraciones producidas y de

efectuar los reajustes correspondientes si las operaciones

reales son distintas de las denunciadas;

Operación de cambio que no se realice por la cantidad,

moneda ó tipo de cotización, plazos y demás condiciones

establecidas por las normas vigentes;

Acto u omisión que se infrinja al régimen de cambios.

Régimen Penal Cambiario.Objetos de sanción:

Mercado Único y Libre de Cambios.

Page 29: Departamento de Comercio Exterior Mercado único y libre de cambios Global Trade Advisory - Abril 2004

Global Trade Advisory – Abril 2004

Multa de hasta 10 veces el valor de la infracción cometida.

Prisión de 1 a 8 años.

Suspensión de hasta DIEZ (10) años ó cancelación de la

autorización para operar ó intermediar en cambios.

Inhabilitación hasta DIEZ (10) años para actuar como

importador, exportador, corredor de cambio ó en instituciones

autorizadas para operar en cambios.

Mercado Único y Libre de Cambios.

Régimen Penal Cambiario.Penalidades: