c o l e c c i ó n i n v e s t i g a c i o n e s · c o l e c c i ó n i n v e s t i g a c i o n e...

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C O L E C C I ó N I N V E S T I G A C I O N E S POLíTICA Y ELECCIONES EN SAN LUIS POTOSí, 1810-2010 DE LA DIPUTACIóN PROVINCIAL AL SPOT POLíTICO-ELECTORAL TELEVISIVO Sergio Alejandro Cañedo Gamboa Pablo Sergio Aispuro Cárdenas Ma. de la Luz Galván Salazar (coordinadores) elecciones 6.indb 5 13/09/13 12:20

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C o L e C C i ó n i n v e S t i g a C i o n e S

PoLítiCa y eLeCCioneS en San LuiS PotoSí, 1810-2010

De La DiPutaCión ProvinCiaL

aL spot PoLítiCo-eLeCtoraL teLeviSivo

Sergio alejandro Cañedo gamboaPablo Sergio aispuro CárdenasMa. de la Luz galván Salazar

(coordinadores)

elecciones 6.indb 5 13/09/13 12:20

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Primera edición: 2013

Diseño de portada: natalia rojas nieto

© todos los derechos son propiedad de sus autores

D. r. © el Colegio de San LuisParque de Macul 155Colinas del ParqueSan Luis Potosí, 78299

D. r. © instituto Federal electoralviaducto tlalpan 100, esquina Periférico SurCol. arenal tepepanMéxico, D.F., 14610

iSbn: 978-607-7601-76-0

impreso y hecho en México

324.7242P769

Política y elecciones en San Luis Potosí, 1810-2010 : de la Diputación Provincial al spot político-electoral televisivo / Sergio alejandro Cañe-do gamboa, Pablo Sergio aispuro Cárdenas, María de la Luz galván Salazar (coordinadores) ; alejandro uribe golithz … [ y otros] . — 1ª edición. — México : instituto Federal electoral ; San Luis Potosí, San Luis Potosí : el Colegio de San Luis, a.C., 2013

218 páginas : ilustraciones, mapas, cuadros ; 23 cm. — (Colección investigaciones) incluye bibliografía a pie de página y al inal de cada capítuloiSbn: 978-607-7601-76-0

1. elecciones – San Luis Potosí 2. San Luis Potosí – Política y gobier-no i. Cañedo gamboa, Sergio alejandro, coordinador. ii. aispuro Cárdenas, Pablo Sergio, coordinador iii. galván Salazar, María de la Luz, coordinador iv. uribe golithz, alejandro, coautor. v. t. vi. s.

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ínDiCe

Presentación / Leonardo Valdés Zurita . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9Prólogo / pablo sergio Aispuro Cárdenas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 11introducción / sergio Alejandro Cañedo Gamboa y Ma. de la Luz Galván salazar . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 13

Las primeras elecciones en San Luis Potosí. elecciones para diputados a las Cortes de Cádiz y elecciones para diputados de la Diputación Provincial, 1808-1823 / Alejandro Uribe Golithz . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 21

elecciones para gobernador en San Luis Potosí: tensiones y conlictos postelectorales en la capital del estado, 1869 / Flor de María salazar Mendoza y Julio César Medina Barbosa . . . . . . . . . 47

Los procesos electorales de 1949 en San Luis Potosí / Luz Carregha Lamadrid . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 63

Cambios en las demarcaciones de los distritos electorales del estado de San Luis Potosí en tres años clave, 1950, 1980 y 2005: algunas relexiones preliminares / Xochizeltzin Castañeda Camacho, Miguel Aguilar Robledo y Enrique Delgado López . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 87

La segunda vuelta electoral en San Luis Potosí, 1995-2005 / David Eduardo Vázquez salguero . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 113

La iesta de la democracia y sus reservas al derecho de admisión en el estado de San Luis Potosí / Roy González padilla . . . . . 133

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el no milagro de la multiplicación del pluralismo político. apuntes sobre la airmación de la diversidad política en San Luis Potosí / patricio Rubio ortiz . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 165

Más que sólo 30 segundos: el spot político-electoral televisivo / Javier Contreras Alcántara . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 181

Sobre los autores . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 211

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La FieSta De La DeMoCraCia y SuS reServaS aL DereCHo De aDMiSión

en eL eStaDo De San LuiS PotoSí1

roy gonzález Padilla

introducción

El sistema electoral y su coniguración

a decir de adam Przeworski,2 los resultados en una democracia depen-derán sobre todo de aquellas instituciones encargadas de regular la com-petencia, por una parte, y, por la otra, de los recursos especíicos con los que cuenten los actores, además de las estrategias prácticas que pongan en marcha en los procesos políticos en que participen.

Podríamos añadir que no sólo dichos resultados, sino la mecánica de las instituciones y el intercambio de recursos y estrategias entre los actores políticos en una realidad dada descansan de manera perentoria sobre el andamiaje normativo que los sostenga.

en este sentido, giovanni sartori 3 apunta que los sistemas electo-rales –y nosotros diríamos, también los códigos jurídicos que los sus-tentan– tienen como característica particular ser los instrumentos más manipuladores (y manipulables, agregaríamos) de la política. Por ello, si una vez que se establece un acuerdo electoral sus beneiciarios protegen

1 este trabajo es una versión actualizada y modiicada de un artículo del mismo autor, titulado “La coniguración de un sistema de partidos a través de reformas al sistema electoral: la experiencia del Partido conciencia Popular”, publicado en Revista mexicana de estudios elec-torales 9 (2010): 99-124. el autor agradece los valiosos comentarios de los dictaminadores anó-nimos, quienes contribuyeron al enriquecimiento cualitativo del documento que se presenta, cuya versión inal, por obvias razones, es de entera responsabilidad del primero.

2 adam Przeworski, Democracia y mercado: reformas políticas y económicas en la Europa del Este y América Latina (cambridge: cambridge university Press, 1995), 110.

3 giovanni sartori, “representational systems”. en International Encyclopedia of the social sciences, vol. 13 (nueva York: MacMillan / Free Press, 1968), 123.

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sus propios intereses y se esfuerzan por seguir en el juego con las re-glas que conocen,4 resulta necesario recoger algunas evidencias empíricas que permitan explicar las consecuencias políticas de las leyes electorales emanadas de dichos acuerdos. es en este tenor de ideas donde encuen-tra su propósito este trabajo.

durante poco más de una década los legisladores del estado de san Luis Potosí han establecido y modiicado una serie de reglas en materia electoral, que han redundado en la coniguración de un sistema de par-tidos –el cual se forma de manera esencial ante la competencia entre partidos políticos para la obtención de escaños electorales y el control gubernamental–5 gracias a la introducción de limitantes tanto para la constitución de nuevos partidos políticos como para la conservación de su registro, además de haber convenido una serie de blindajes que les garantizarán su permanencia en el sistema electoral.

esta coniguración partidista en la entidad no ha impedido, sin em-bargo, la manifestación de excepciones –o anomalías políticas–6 en el contexto político estatal. el Partido conciencia Popular (pcp) –único partido político estatal que carece de registro nacional– ha sobrevivido a todas las modiicaciones que en materia electoral se han aprobado desde su constitución en 1997 hasta el presente, situación que lo convierte en el único partido de origen estatal que se ha mantenido en el contexto político de la entidad –en su momento, el nava Partido Político (npp) fue otro partido de origen estatal, que sin embargo desapareció en vir-tud de las reformas introducidas para las elecciones de 2000, año en el que perdió su registro de manera deinitiva.7

es evidente que las excepciones las más de las veces nos permitirán identiicar singularidades más que encontrar generalidades, ya que la

4 giovanni sartori, Ingeniería constitucional comparada. Una investigación de estructuras, incentivos y resultados (México: Fondo de cultura económica, 1994), 40.

5 steven B. Wolinetz, “Party systems and Party system types”. en Handbook of party politics, eds. richard Katz y William crotty (Londres: sage, 2006), 51.

6 Marcel Boogers, “Local Political Parties in the netherlands: anomaly or Prototype?” en Independent Local Lists in East and West European Countries. Farewell to the party Model?, eds. M. reiser y e. Holtmann (Manchester: vs verlag, 2008), 51.

7 un análisis de este partido político estatal lo encontramos en tomás calvillo, El navismo o los motivos de la dignidad (san Luis Potosí: Formas impresas Káiser, 1986); y everardo Blanco Livera, El navismo. Inluencia de un movimiento político regional en la transición democrática nacional (tesis de licenciatura en relaciones internacionales, el colegio de san Luis, 2003).

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evidencia demuestra que estas reformas en la materia han inhibido, por un lado, la consolidación de partidos minoritarios; y, por otro, induci-do su desaparición, lo que en consecuencia ha fortalecido a los parti-dos importantes –nos referimos a aquellos partidos que cuentan–8 de la entidad, aunque éste no es el único efecto observable en el análisis del binomio sistema electoral-sistema de partidos.

toda vez que este estudio versa sobre las variables establecidas du-rante poco más de una década –desde la entrada en vigencia de la Ley electoral para el estado de san Luis Potosí, publicada en octubre de 1994, hasta la de 2008, aún vigente–,9 las cuales en mayor o menor medida han permitido o no la constitución de nuevos partidos oicia-les; o, en cambio, han condicionado su permanencia, nos referiremos nada más al sistema de elección por mayoría relativa para la designación de diputados locales en el estado, toda vez que dichas reglas se basan en criterios sobre los resultados que arrojen las elecciones en este caso particular.

Por último, el enfoque utilizado para el análisis, comparación y va-loración del sistema electoral –entendido como el modo según el cual el elector maniiesta por medio del voto el partido o el candidato de su preferencia, según el cual esos votos se convierten en escaños–,10 en cuanto implica su inluencia sobre el sistema de partidos,11 es empírico y de orientación estadística con el in de tratar los componentes de los sistemas electorales como variables en el marco de una relación multi-causal12 que permita explicar los efectos, previsibles o no, en la conigu-ración del sistema estatal de partidos.

8 “Los partidos que cuentan deben tener potencial para formar coaliciones; o bien, po-tencial para presionar” (sartori, Ingeniería..., 47).

9 al momento de concluir el presente artículo, el congreso potosino había aprobado en lo general y lo particular, con excepción de algunos artículos, la nueva Ley electoral para el estado 2011; sin embargo, este estudio no la incluye en virtud de que aún no había entrado en vigor y no se habían realizado comicios que permitieran observar sus efectos.

10 dieter nohlen, sistemas electorales y partidos políticos (México: universidad nacional autónoma de México / Fondo de cultura económica, 1994), 34.

11 este documento encuentra como telón de fondo el debate político y cientíico sobre los sistemas electorales y su relación con los sistemas de partidos bajo los tres aspectos fundamen-tales que representan las tres dimensiones del debate: la importancia de los sistemas electorales, sus efectos políticos y su valoración (nohlen, sistemas…, 35).

12 nohlen, sistemas…, 39.

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así, un análisis simultáneo sobre el sistema electoral y el sistema de partidos nos permitirá abordar y tratar de responder a la hipótesis cen-tral del presente trabajo, es decir, que la incidencia directa de las leyes electorales sobre la llegada de nuevos actores a la arena política se puede comprobar con base en los resultados comiciales.13

La dimensión de lo local como enfoque teórico

Los partidos políticos locales han sido vistos por lo regular como partes integrantes de organizaciones políticas más grandes dentro de toda una gama de instituciones representativas. sin embargo, muchos estados de la república se encuentran familiarizados con la existencia de partidos políticos que carecen de vínculos formales con partidos supralocales,14 entre los que se encuentra el Partido conciencia Popular (pcp) en el estado de san Luis Potosí.

en tal virtud, toda vez que la existencia de dichas organizaciones políticas ha sido percibida como una anomalía política –pues al carecer de lazos vinculantes con los partidos políticos nacionales desempeñan un papel distinto en la política local, ya que se encuentran más enfoca-dos en lo que se discute en el ámbito local que en las iliales de los par-tidos nacionales, lo que los convierte en un fenómeno extraordinario de la política local–,15 sabemos poco acerca de cómo se organizan y operan los partidos políticos locales;16 y no sólo esto, pues si bien existen en

13 nohlen, sistemas…, 35.14 el Partido encuentro social (pes) y el Partido estatal de Baja california (pebc), am-

bos en Baja california; el Partido renovación sudcaliforniana (prs) en Baja california sur; el Partido orgullo chiapas (poc) en chiapas; el Partido de la revolución coahuilense (prc), el Partido Joven (pj), el Partido Primero coahuila (ppc) y el Partido unidad democrática de coahuila (pudc), todos en coahuila; el Partido duranguense (pd) en durango; el Partido de la revolución socialista de nayarit (prsn); el Partido cruzada ciudadana (pcc) y el Par-tido demócrata (pd), ambos en nuevo León; el Partido unidad Popular (pup) en oaxaca; el Partido conciencia Popular (pcp) en san Luis Potosí; el Partido alianza ciudadana (pac) y el Partido socialista (ps), ambos en tlaxcala; el Partido alternancia veracruzana (pav) y el Partido cardensita veracruzano (pcv) ambos en veracruz.

15 Boogers, “Local Political Parties…”, 51.16 Hans geser, “he Local Party as an object of interdisciplinary comparative study”.

en Local parties in political and organizational perspective, eds. Martin saiz y Hans geser (Boul-der, co: Westview Press, 1999), 3-36.

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la literatura especializada estudios que versan sobre partidos políticos locales en el país,17 no se cuenta aún con un estudio sistematizado que dé cuenta de cómo éstos se forman, cuáles son sus singularidades, par-ticularidades, similitudes y diferencias entre ellos y sus semejantes, así como las condiciones y factores que inciden en su permanencia o desa-parición del sistema político, por citar nada más algunas de las más representativas cuestiones que habría que responder en lo inmediato. Y desde ya coincidimos con dalton y Wattenberg,18 en el sentido de que hace falta una sistematización sobre cómo el estatus de los partidos está cambiando en las democracias –y no sólo en aquellas democracias in-dustrializadas más avanzadas, sino también en las emergentes o recien-tes, como sería el caso de México–, así como un análisis de las múltiples consecuencias de las tendencias de los partidarios.

sin embargo, hasta ahora pocos han sido los que han pretendido dar un giro conceptual y analítico que explique una realidad diversa; o, como menciona sawicki,19 hace falta un análisis realista de los partidos políticos y, sobre todo, y aquí nos detenemos, que considere la dimen-sión local de los partidos políticos.

es verdad que los estudios tradicionales, sobre todo a partir del tra-bajo seminal de sartori,20 tienden a marginalizar a los partidos políticos pequeños de la producción literaria de ciencia política, sobre todo debi-do a la noción contestataria de relevancia.21

17 como lo recogen –ya sea de manera directa o coyuntural– los textos de armando cuen-ca, El cambio político en Querétaro. Reforma electoral y elecciones 1978-2003 (México: univer-sidad autónoma de Querétaro, 2008); Manuel Larrosa y Leonardo valdés, coords. Elecciones y partidos políticos en México (México: universidad autónoma Metropolitana, 1994); azalia López, Historia de los partidos políticos en sinaloa (1909-1946) (México: siglo XXi, 2010); Francisco Martínez, “el primer partido político indígena en México”. Derecho y cultura 13 (2004): 103-116; Luis Miguel rionda, origen y evolución de los partidos políticos en el estado de Guanajuato (México: instituto electoral del estado de guanajuato, 1998); o daniela spenser, El partido socialista Chiapaneco: rescate y reconstrucción de su historia (México: ciesas, 1988).

18 russell J. dalton y Martin Wattenberg, parties without partisans: political Change in Advanced Industrial Democracies (oxford: oxford university Press, 2002).

19 Frédéric sawicki, “La science politique et l’étude des partis politiques”. Cahiers Français. Découverte de la science politique 276 (1996): 51-59. véase la nota 7.

20 giovanni sartori, partidos y sistemas de partidos. Marco para un análisis (Madrid: alian-za editorial, 1992).

21 colin copus, alistair clark y Karin Bottom, “Multiparty Politics in england: small Parties independents and Political associations in english Local Politics”. en Farewell to the

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en esta línea argumentativa, dentro de lo que Martínez denomina “la teoría posclásica de partidos”,22 podríamos encontrar el enfoque teó-rico que sirve para los efectos del partido que se analiza; a saber, aquel que considera el hecho evidente de que los partidos políticos pequeños tienen una forma diversa de relevancia respecto a los que dominan en el mainstream de la política, el cual no requiere un impacto político directo, sino que puede resultar de un efecto indirecto.23

en suma, es esta noción de relevancia lo que hace que el estudio de los partidos políticos locales –y en particular del pcp– como unidad de análisis particular valga la pena de emprender.

Las reglas del juego (1994-2008)

Por más de una década, las leyes electorales en el estado de san Luis Potosí han sufrido diversas modiicaciones, algunas sustanciales y otras tan sólo de forma, cuando no han sido sustituidas en su totalidad por nuevas normas en la materia.

cierto es que las reformas en materia electoral no se han ocupado tan sólo en lo que concierne a los partidos políticos, sino que han in-troducido nuevas instituciones –como el consejo estatal electoral o las agrupaciones políticas– o modiicado las ya existentes para adecuarlas en su momento a la realidad y el contexto al que respondieron. algunas de estas reformas, sin duda alguna, suscitaron grandes polémicas que llevarían a su revisión e incluso a su rectiicación.

a partir de esta base se propone identiicar aquellas modiicacio-nes en los ordenamientos legales sobre dos particulares: primero, las relativas a los requisitos de constitución y registro de nuevos partidos políticos estatales; y, segundo, aquéllas sobre el umbral legal para la con-servación de dicho registro. ello nos permitirá encontrar relaciones de causalidad entre dichas modiicaciones y la evidencia empírica que nos

party Model? Independent Local Lists in East and West European Countries, coords. Marion reiser y everhard Holtmann (Manchester: vs verlag, 2008): 253-276.

22 víctor Hugo Martínez, “Literatura contemporánea de partidos: breviario de una (inexistente) teoría general”, Iberofórum 1 (2008): 6.

23 Hanna Herzog, “Minor Parties: he relevancy Perspective”. Comparative politics 3 (1987): 317-329.

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demuestre su incidencia, o no, en la coniguración del sistema de par-tidos propio de la entidad, y advertir las implicaciones verdaderas que cualquier modiicación sobre las reglas del juego electoral, por mínima que sea, tiene en la consolidación de la democracia en el estado.

La ley electoral de 1994

en octubre de 1994 entró en vigor la Ley electoral del estado de san Luis Potosí,24 la cual en su artículo 26 dispuso como requisitos fun-damentales para la constitución y registro deinitivo de los partidos políticos:

1. Presentar su declaración de principios, programa de acción y los esta-tutos que normen sus actividades.

2. acreditar de manera fehaciente que cuenta con un mínimo de mil ailiados enlistados en su padrón interno, cuando menos en siete de los distritos locales electorales en la entidad.

3. realizar ante notario público una asamblea en cada uno de los dis-tritos electorales uninominales donde se aprueben los documentos internos que deben proponerse.

4. Que se celebre una asamblea estatal constitutiva ante la presencia de fedatario público.

en cuanto a la constitución de nuevos partidos políticos, además de los requisitos antes señalados, se dispuso como prerrogativa de todas aquellas organizaciones interesadas en constituirse como partido políti-co que el consejo estatal electoral sufragara los gastos y honorarios que originase la intervención de fedatarios públicos en los actos jurídicos necesarios para la constitución de nuevos partidos políticos.

uno de los errores evidentes de este ordenamiento electoral se en-contraba en lo dispuesto en el artículo 49, fracción iv, relativo a las causas para la pérdida de registro y cancelación de inscripción de los partidos:

24 periódico oicial del Estado Libre y soberano de san Luis potosí, “Ley electoral del estado de san Luis Potosí”, decreto 216, 14 de octubre de 1994.

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artículo 49.- Los partidos políticos estatales perderán su registro por al-guna de las siguientes causas:

[…] iv. Por haber obtenido el 1.5% de la votación emitida en la entidad, en la última elección de diputados locales.

es de obviar que la voluntad del legislador estribó en establecer el umbral legal determinante en la coniguración del sistema de partidos; sin embargo, no se advirtió dicho error, lo que en consecuencia pudo haber ocasionado conlictos legales. no obstante, los resultados de las elecciones de 1997 muestran que no hubo partido alguno al que le pu-diera haber afectado de manera sustancial este umbral, ya que aquellos partidos que perdieron su registro en el estado obtuvieron porcentajes en la votación para diputados locales por debajo de 1% (cuadro 1).25

La ley electoral de 1999

en septiembre de 1999 se modiicó sustancialmente la Ley electoral de 1994 y la nueva Ley electoral para el estado de san Luis Potosí,26 la cual, a la par de introducir reformas esenciales 27 en materia de partidos políticos, deja en libertad a éstos para coligarse y establecer la forma en que los votos se computarán para cada partido coligado –lo que redun-da en un fortalecimiento de la voluntad interna de los partidos, con independencia de las normas vigentes– e introduce una fórmula para asignar regidurías –por el principio de representación proporcional– en los ayuntamientos, lo que permitiría una mejor representación de las voluntades políticas. en este aspecto de la representación proporcional se instauran reglas de gobernabilidad para las elecciones de ayunta-mientos, lo que le aseguraba al partido que obtuviera la mayoría de sufragios en la elección presidencial los puestos de presidente muni-

25 el Partido del Frente cardenista de reconstrucción nacional (pfcrn), el Partido Po-pular socialista (pps) y el Partido demócrata Mexicano (pdm) perdieron ese mismo año su registro nacional.

26 periódico oicial del Estado, 30 de septiembre de 1999.27 tales como la perfección de la igura de la segunda vuelta electoral, la introducción de

la igura del delegado municipal, el otorgamiento pleno de permanencia e independencia de las decisiones tomadas por el consejo estatal electoral en la materia, así como la especiicación de los procedimientos que se deben seguir en caso de elecciones extraordinarias de ayuntamientos.

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cipal, primer regidor y síndicos, sin mediar para ello la representación proporcional.28

ahora bien, en consecuencia, para las elecciones de 2000 las reglas para la constitución y registro de nuevos partidos políticos habían cam-biado de forma signiicativa:

1. en primer término, los distritos electorales uninominales para la elec-ción de diputados por el principio de mayoría relativa aumentaron de los trece determinados en la Ley electoral de 1994 a quince distritos.

2. además de elaborar y presentar los documentos básicos para su cons-titución, así como la realización de las asambleas en los diversos distri-tos, las organizaciones que pretendieran constituirse y ser registradas como partido político estatal debían acreditar:

a) contar en por lo menos ocho de los distritos electorales con un mínimo de ailiados por distrito que representasen como míni-mo 3% sobre el total de los ciudadanos inscritos en el padrón electoral.

b) en ningún caso el número total de ailiados debía ser inferior a 2% de la lista nominal de electores en el estado.29

estas modiicaciones sustanciales redundaron en cambios funda-mentales: la modiicación de las bases de apoyo de los partidos políticos en virtud del reacomodo de los distritos electorales y el estrechamiento de los requisitos para la constitución de nuevos partidos políticos, lo

28 otra de las reformas importantes en materia de partidos políticos fue que se eliminó la prohibición a éstos para postular en forma simultánea candidatos a diputados por ambos principios (mayoría y representación proporcional), lo que dejó abierta la posibilidad de incluir a dichos candidatos en las listas de representación proporcional y permitió que los candidatos que contendieran en la elección mediante una campaña política y no resultaran ganadores tu-vieran acceso al cargo por medio de los votos obtenidos por el partido que los postuló en forma proporcional al resultado de las elecciones.

29 el padrón electoral (pe) es la base de datos que contiene el nombre y la información básica de todos aquellos ciudadanos mexicanos que han solicitado formalmente y de manera individual su registro para ines electorales. La lista nominal de electores (ln) es la base de datos que contiene el nombre y la fotografía de los ciudadanos registrados en el pe y a quienes se les ha entregado su credencial para votar con fotografía [instituto Federal electoral, “elementos operativos”. en Elecciones federales 2006. organización del proceso electoral (México: ife, 2006), 41-43].

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cual modiicaría de igual forma el sistema de partidos de la entidad.30 sin embargo, los cambios en el sistema de partidos, provocados por las reformas electorales, resultaron fundamentales para que los partidos do-minantes controlaran, además del acceso, la permanencia de las fuerzas políticas ya registradas.31

Fundamentales resultarían entonces estas reformas para la (re)con-iguración del sistema político de la entidad, ya que, si bien en un primer tiempo permitieron la única elección local registrada donde participaron dos partidos políticos estatales en las mismas elecciones (cuadro 2), a la postre redundarían en la desaparición del npp por no haber alcanzado el umbral legal introducido por las reformas de 2% de la votación emitida para diputados locales bajo el principio de mayoría relativa.32

en julio de 2002, frente a las experiencias electorales de los comi-cios del 2000, se modiicaron diversas disposiciones de la Ley electoral del estado de 1999. La primera de ellas, que sería muy criticada y refor-mulada en 2005, fue el traslado de las elecciones municipales al tercer domingo de octubre de cada tres años para evitar la concurrencia de los procesos electorales estatales y federal.

esto permite inferir que el ánimo del legislador para dicha modii-cación habría sido muy inluido por el hecho de que no se contaba con el tiempo local indispensable para ponderar las ofertas políticas tratán-dose de las elecciones de ayuntamientos, ya que al concurrir la elección federal cada seis años con las municipales se haría necesario preservar

30 según muestran las estadísticas (cuadro 1), pareciera que para las elecciones de 2000 se presentaron a esos comicios nuevos partidos políticos en el estado; sin embargo, no se cons-tituyó partido político estatal alguno y sólo se inscribieron y participaron en dicha elección el Partido auténtico de la revolución Mexicana (parm), el Partido del centro democrático (pcd), el Partido democracia social (pds) –que perdieron su registro nacional ese mismo año–, el Partido de la sociedad nacionalista (psn) y el Partido alianza social (pas) –que perderían su registro nacional en el año 2003–, además del Partido convergencia (pc); todos ellos partidos políticos nacionales.

31 La nueva ley establecía en su artículo 47 que una de las causas por la cual los partidos políticos estatales perderían su registro, además de haber dejado de reunir los requisitos antes comentados y exigidos para obtenerlo, era haber alcanzado menos de 2% de la votación emitida en la entidad, en la última elección de diputados locales.

32 Los resultados de estos comicios evidencian cuán importante resulta cualquier modi-icación a las reglas electorales, sobre todo si se observa que el pcp apenas alcanzaría el umbral legal establecido para conservar su registro.

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las ofertas políticas locales “frente a las que les son ajenas (sic)”, según lo manifestado en la propia exposición de motivos de dichas reformas.

en lo que se reiere al régimen jurídico de los partidos políticos, esta reforma vuelve a modiicar los requisitos para constituirse, registrarse o inscribirse como tales, al introducir exigencias como:

1. acreditar que se cuenta en el estado con un número de ailiados que signiique al menos 0.75% de los electores inscritos en el listado no-minal que se hubiere utilizado en la última elección estatal.

2. Que dichos ailiados provengan de al menos las dos terceras partes de la totalidad de los municipios.

3. Que dicho número de ailiados en cada uno de los municipios no sea menor a 1% de los electores de su listado nominal.33

sobre la posibilidad de coalición de los partidos políticos de recien-te registro o inscripción, se limitó a estos la posibilidad de hacerlo en el primer proceso electoral en el que participaran, lo cual respondió en esencial a dos factores: el primero, evitar que los partidos de reciente constitución se uniesen de manera oportunista bajo las siglas y recursos de otros partidos más consolidados para sostenerse; y, segundo, some-terlos al escrutinio social, es decir, enfrentarlos ante la sociedad para obtener su consolidación o, de lo contrario, perecer en el intento.

además de estas modiicaciones que desfavorecían de forma no-table a los partidos políticos recién creados o que intentaran obtener su registro estatal, la introducción de una nueva mecánica blindó a los partidos nacionales con presencia y registro en el estado para que éstos, ante una eventualidad de proporciones nacionales –es decir, que alguno de ellos llegare a perder su registro nacional–, mantuviesen su regis-tro estatal. Llamar a esto un blindaje electoral no es gratuito: si algún partido se encontrara en el supuesto antes mencionado, bastaría con que hubiese obtenido al menos 2% de la votación emitida en la última elección de diputados y que presentara una solicitud ante el consejo estatal electoral para que se le garantizara dicho beneicio y las demás

33 sería aventurado airmar que estas reformas trajeron como consecuencia que a partir de entonces ninguna organización obtuvo su registro como partido político estatal de manera formal; sin embargo, es evidente que dichas modiicaciones hicieron aún más complicado el acceso a la posible constitución de un partido político local.

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prerrogativas que la Ley electoral les coniere a los partidos políticos estatales.

ello resulta incluso irrisorio si observamos los resultados electora-les deinitivos de diputados por el principio de mayoría relativa que en las últimas elecciones han obtenido las dos fuerzas políticas na-cionales, el pan y el pri. aunque, no obstante esto, las experiencias en las elecciones locales de los demás partidos con presencia nacional no han sido del todo satisfactorias, ya que en los comicios de 2003 el Partido de la revolución democrática (prd), el Partido del trabajo (pt), el Partido verde ecologista de México (pvem) el pc, el psn y el pas obtuvieron votaciones por debajo de los diez puntos porcentuales. en el caso particular del pvem y el psn, la estadística muestra resulta-dos superiores a los 37 puntos porcentuales; sin embargo, son resultados com partidos ya que presentaron candidaturas en coalición con otros partidos.

no obstante estas modiicaciones favorables a los partidos dominan-tes, hubo que resolver la situación jurídica y social de aquellas organiza-ciones que no contasen con los requisitos mínimos para su constitución formal como partidos políticos o que no obtuvieran los mínimos ne-cesarios para su conservación como tales, por lo cual se introdujo la igura de las asociaciones políticas.34 de aquí la clara dirección de estas reformas electorales: contener el ascenso de partidos políticos estatales y contener de igual forma las demandas sociales que generaría irreme-diablemente la imposibilidad de registro de partidos minoritarios a raíz de estas modiicaciones y la eventual multiplicación de intereses diversiicados.35

34 Las cuales podrían constituirse reuniendo cuando menos 200 asociados en el estado y teniendo delegaciones cuando menos en seis municipios de la entidad, así se verían favorecidos con un mínimo de inanciamiento público para apoyo de sus actividades.

35 una reforma estructural adicional en materia electoral fue circunscribir la segunda vuelta electoral como igura de excepción, delimitando los casos en que, en vista de una di-ferencia reducida entre los votos obtenidos por los partidos que ocuparen el primero y el segundo lugar de la elección respectiva, debiera ser necesaria una segunda votación para dotar de mayor legitimidad a dichos comicios. entre las reformas más cuestionadas destaca la eli-minación de los recursos de revocación y de revisión bajo el argumento, por demás increíble, de que dichos medios de impugnación retardaban la defensa de los intereses de quienes los promovían, debido a que “la experiencia ha demostrado”, según redactaron los legisladores en su exposición de motivos, que por lo común los organismos electorales conirman sus acuer-

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Por último, en julio de 2005 se aprobaron nuevas modiicaciones a la Ley electoral del estado de 199936 sin que se hubiera efectuado cambio alguno sobre los requisitos de constitución de partidos o su pérdida de registro, pues dichas reformas versaron en lo relativo a la igura de las asociaciones políticas,37 la segunda vuelta electoral,38 el inanciamiento público y privado de los partidos políticos,39 el empa-te del calendario de elecciones municipales con las de gobernador y diputados locales para llevar a cabo en una sola jornada electoral estos comicios, y la introducción –de nueva cuenta– de los recursos de re-vocación y revisión suprimidos en la reforma de julio de 2002, lo que garantizaba el ejercicio de las funciones jurisdiccionales de las autori-dades electorales en aras de la efectiva seguridad jurídica que todo acto de autoridad debe proveer.

La ley electoral de 2008

conducida sobre todo por una ley sui géneris,40 en 2007 se dio paso a una reforma a la constitución general que tenía como intención atar todos los cabos sueltos que durante poco más de una década habían puesto de maniiesto una serie de procesos electorales, y por medio de la cual se construía un cimiento hacia la renovación de la conianza en los

dos o resoluciones al conocer los mencionados recursos, por lo que los mismos ocasionaban pérdida de tiempo.

36 periódico oicial del Estado, 30 de julio de 2005.37 se aumentaron de 200 a 500 el número mínimo de asociados para su conformación,

además de precisar los demás requisitos para su constitución y lo relativo a su inanciamiento.38 Habiéndose determinado que desapareciera de la legislación en la materia bajo el ar-

gumento de la reducción de costos electorales, así como el desgaste y acotamiento que la igura había experimentado durante su vigencia. respecto al análisis particular de la experiencia de la segunda vuelta en la entidad, véase José Luis Morán López y rodolfo Flores gonzález, Doble vuelta: la experiencia de la segunda votación en san Luis potosí 1997-2003 (México: consejo estatal electoral de san Luis Potosí, 2003).

39 disminuyendo el primero y conteniendo en lo mínimo el segundo.40 se trata de la Ley para la reforma del estado, publicada a inicios de 2007, la cual giraba

en torno a cinco “grandes” ejes: a) régimen de estado y de gobierno; b) democracia y sistema electoral; c) federalismo; d) reforma del poder judicial, y e) garantías sociales [Lorenzo córdova vianello, “La reforma electoral y el cambio político en México”. en Reforma política y electoral en América Latina 1978-2007, coords. daniel Zovatto y J. Jesús orozco Henríquez (México: unam-instituto de investigaciones Jurídicas, 2008), 675].

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procesos electorales y se reivindicaba que la política democrática tenía un cauce abierto y fortalecido.41

sobre este telón, en la entidad se decidió transitar en esa misma dirección42 integrando en la iniciativa de creación de la nueva Ley elec-toral para el estado modiicaciones a diversos ordenamientos jurídicos sobre la materia,43 sin que hubiera cambio alguno respecto a la consti-tución de partidos o pérdida de registro.44

además de lo anterior, las ventajas que aporta la unidad legislati-va, que en el caso implica que en un mismo cuerpo normativo se en-cuentren regulados los tres grandes aspectos de la materia electoral –los procesos electorales, los institutos políticos y los medios de impugna-ción–, fue factor determinante al momento de optar por un solo cuer-po de legislación en lugar de tres distintos que, por separado, versaran sobre los aspectos de esta materia.45

41 ciro Murayama, “reforma para la consolidación democrática vs. contrarreforma desde el interés privado”. en Democracia sin garantes. Las autoridades vs. la reforma electoral, coords. Lorenzo córdova vianello y Pedro salazar ugarte (México: unam-instituto de investigaciones Jurídicas, 2009), 2. siguiendo a córdova, la realidad política rebasó a las normas y abrió un delicado lanco que podía repercutir de forma seria en la conianza y en la credibilidad de las elecciones y de las instituciones encargadas de organizarlas y validarlas, por lo que fue inminen-te la reacción de las fuerzas políticas del país, que llevó a la aprobación, con un gran consenso de éstas, de la reforma electoral 2007-2008 (córdova, “La reforma…”, 26).

42 atendiendo el contenido de las disposiciones transitorias del decreto que introdujo di-chas reformas constitucionales, en las que destacan las disposiciones contenidas en los artículos 116 y 134 reformados, que incidían de manera directa en la legislación electoral de los estados.

43 Que incluyeron adecuaciones tanto a la constitución local como a la Ley orgánica del Poder Judicial del estado, la Ley de referéndum y Plebiscito, la Ley de responsabilidades de los servidores Públicos del estado y Municipios y la Ley orgánica del Municipio Libre.

44 en cuanto a la Ley electoral vigente, se introdujo la imposibilidad de que los partidos políticos y los particulares contratasen tiempos en radio y televisión para la difusión de men-sajes políticos; se hicieron obligatorias las bases de la coordinación en materia de iscalización de partidos políticos; se limitaron las campañas para gobernador a 90 días, las de diputados y ayuntamientos a 60 días; y las precampañas a dos tercios de las primeras; se recortaron los topes y gastos de campaña; se limitaron las aportaciones de simpatizantes respecto del inanciamiento privado; se estableció el impedimento para que las organizaciones gremiales y asociaciones con ines distintos a los de los partidos políticos interviniesen en la constitución de éstos; se limitó la intervención de los organismos electorales en la vida interna de los partidos; se precisaron las reglas para la liquidación de bienes de los partidos políticos; y se reguló la aplicación de sanciones para aquellos servidores públicos que en la publicidad oicial incluyesen elementos de promoción personal, entre otros.

45 de esta forma se conservó una sola Ley electoral para regir los tres aspectos enunciados, pero se expidió como una nueva ley en razón de la necesidad de reordenar y sistematizar su

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La anomalía del sistema: el partido conciencia popular (pcp)

La historia del pcp es por demás reciente. sus orígenes se remontan hacia el año 1994, cuando una incipiente organización política hacía su aparición en el contexto político de la entidad sin mayores recursos que el capital social de sus integrantes,46 bajo el lema “siempre libres en México por san Luis Potosí”. en ese entonces contaba con poco más de 3 000 ailiados de proveniencia diversa, pero sobre todo con una base social popular, de ahí su nombre, conciencia Popular, que se le otorgó de manera oicial el 4 de noviembre de 1997, mediante su registro ante el entonces denominado consejo estatal electoral, como nuevo parti-do político estatal.47

La historia de conciencia es muy especial: se da de alta como una organiza-ción adherente al pri cuando en aquellos tiempos era uno de los requisitos para constituirse como partido político. en el pri no se consideraba que había opciones reales de participación por parte de este organismo, y se de-cidió en un momento en que en verdad se consideraba un suicidio político el salirse del propio pri. no teníamos las condiciones actuales de diversii-cación en cuanto a la participación de acceso real a los puestos de elección popular por parte de otros partidos si no era por medio del pri.48

no obstante la efervescencia del momento, ya que se constituía el segundo partido político estatal en obtener su registro en la historia de la entidad, junto con el npp, el panorama al que conciencia Popular se en-frentaría en su primera experiencia electoral no sería del todo alentador.

contenido, amén de encontrarse modiicados tanto por su orden como por su contenido más de la mitad de los dispositivos de la ley de 1999, siendo relevante para el objeto del presente docu-mento que, no obstante ello, se mantuvieron los mismos parámetros ya establecidos en esta ley respecto a los requisitos para la constitución y conservación del registro de partidos políticos.

46 recordemos que no sería hasta las modiicaciones hechas a la Ley electoral de 2000, en el 2002, cuando serían introducidas en el texto legal y reconocidas como asociaciones políticas con personalidad propia y acceso al inanciamiento público.

47 Óscar carlos vera Fábregat, “el futuro es hoy: conciencia Popular”. en Voces (México: consejo estatal electoral de san Luis Potosí, 2001), 19-20.

48 Jorge alejandro vera noyola, fundador y secretario general del pcp, entrevista personal, 11 de agosto de 2011.

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sería posible elaborar una suposición carente de todo sustento em-pírico que la respalde; sin embargo, es muy probable que, ante la ger-minación de nuevos partidos políticos estatales, los legisladores de la Lv Legislatura del estado hayan modiicado la legislación electoral para impedir su crecimiento. con independencia de que esta hipótesis sea comprobable o no, el hecho invariable es que el 30 de septiembre de 1999 se publicó una nueva Ley electoral para el estado que abrogó la anterior de 1994, donde se incluía, entre otra serie de modiicaciones ya comentadas, la ampliación de 1.5 a 2 puntos porcentuales sobre la vo-tación para diputados electorales en la entidad como requisito mínimo para que cualquier partido político estatal conservara su registro.

con este ajuste al umbral legal, se presentaron a las elecciones esta-tales de 2000 trece partidos políticos (cuadro 2)49 –registro que es igual de relevante si se considera que en ninguna otra elección para diputados locales han participado más de trece partidos políticos–. del total de ellos, una vez emitidos los resultados deinitivos de dichos comicios, relativos a la elección de diputados por el principio de mayoría relativa, cuatro de ellos perdieron su registro en la entidad, y en consecuencia desapareció el npp.

en el caso del npp, por contar nada más con registro estatal, fue el único que desapareció, pues no obtuvo el mínimo requerido de 2% de la votación para diputados locales por mayoría para mantener su regis-tro. cosa distinta sucedió en el caso de los demás partidos políticos que no volvieron a participar en elecciones posteriores.50

Para el pcp no todo fue la dulce luna de miel esperada. con una votación inal de 16 117 votos, sobre la base de un total de votos válidos emitidos de 783 067, pudo conservar su registro como partido político estatal por un margen por demás reducido, al haber obtenido una vota-ción de 2.06 por ciento.

así comparte dicha experiencia alejandro vera noyola:

es una elección donde nos pega la realidad de una forma terrible porque logramos exclusivamente mantener de hecho el registro colocando un re-gidor en todo el estado. entonces, esa elección en verdad fue una desilu-

49 incluidos los dos únicos estatales, el npp y el pcp.50 véase la nota 30.

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sión; creíamos que nos iba a ir mejor; nunca consideramos las desventajas reales […] o sea, un partido estatal maneja unas desventajas terribles, desde no aparecer en boletas federales, no contar con los recursos federales que se requieren, el voto útil, el voto de cascada […] en in, es una desven-taja por la propia naturaleza de los partidos estatales impresionante que se da; entonces nos pega esa realidad en la primera elección.

encontramos aquí una primera evidencia que fortalece nuestra hi-pótesis. ante la emergencia de nuevos partidos políticos en el sistema político estatal, tanto en el ámbito regional como nacional, habría que instaurar una serie de reformas que permitiesen un control sobre el sis-tema de partidos que de manera necesaria redundase en una (re)coni-guración del mismo. en palabras de vera noyola:

sin duda fue por intereses políticos de la clase local [aumentar el umbral legal], con intenciones claras de desaparecer […] en ese momento in-cluso estaba el npp también. claro que en la clase política local esto no trascendió porque los mínimos requeridos para mantener el registro los establecen las legislaturas locales; entonces fue sin duda un límite y un in-terés local del pri y del pan; en este caso, del pri porque en ese momento contaba con la mayoría total dentro del congreso, para evitar la compe-tencia por parte de otros organismos políticos.

La modiicación del umbral legal que permita en un primer mo-mento la conservación del registro de cualquier partido político estatal, y que al inal le dé acceso a la asignación de escaños bajo las reglas convenidas, no es del todo gratuita ya que, a la postre, en términos de sartori,51 las barreras excluyentes por lo general cumplen con el propó-sito para el que las crea.52

del análisis sobre estos resultados, salta a la vista una particularidad. tanto el pvem, el pc y el psn como el pas –todos ellos con registro na-cional–, obtuvieron una votación menor al umbral establecido de 2 por ciento. toda vez que las reglas electorales sobre la pérdida de registro

51 sartori, Ingeniería…, 24.52 Para un análisis de los efectos evidentes que el ajuste sobre el umbral legal tiene, véase

sartori, Ingeniería…, 23-24; y nohlen, sistemas…, 69-71.

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necesariamente implican sólo a partidos políticos estatales, se excluye de éstas a aquéllos con presencia nacional, lo que les permitió, no obstante los magros resultados, continuar en posibilidad de presentar candida-turas en la entidad.

siguiendo este análisis, es de resaltar que, a pesar del escaso margen de votación que obtuvo el pcp en sus primeros comicios, la mayoría de los partidos políticos nacionales no pudieron alcanzar una votación por arriba de dicho margen, lo que permite tener un primer indicio de la particularidad del naciente pcp.

La segunda experiencia a la que se enfrentaría el pcp serían las elec-ciones de 2003, las cuales se llevarían a cabo bajo las mismas reglas electorales de los comicios anteriores, en ausencia de reformas sustan-ciales en materia de constitución y mantenimiento de partidos políti-cos. en estas elecciones, después de un proceso de consolidación en la entidad y de aprendizaje, el pcp obtendría una votación inal cercana a 3.88%, lo cual implicaría un aumento de casi 90% respecto al porcenta-je obtenido en la votación de 2000. gracias a estos resultados colocaría su primer diputado por el principio de representación proporcional, lo que venía a conirmar su crecimiento en la entidad.53 este crecimiento se correspondería con la escasa votación que en el estado tendrían pt, pvem, pc, psn y pas, que obtuvieron cada uno menor porcentaje de la votación válida emitida que el pcp –cabe mencionar que, no obstante estos resultados, tanto el pt como el pvem colocarían un diputado por el principio de representación proporcional cada uno–. Por su parte, el psn y el pas perderían ese año su registro nacional.

a decir de vera noyola: “Para la segunda elección logramos esta-blecer ya condiciones de un crecimiento sustancial. nos vamos al más del doble de la votación que habíamos obtenido en el 2000; se obtienen alrededor de 15 regidores y el primer diputado”.

una evidencia más que sustenta el ánimo de conservar el statu quo del sistema de partidos en la entidad fue la modiicación hecha en el 2002 a la Ley electoral del 2000, relativa al aumento en los requisitos mínimos para constituir un partido político en la entidad (cuadro 4). esta reforma sustancial fortaleció el sistema de partidos estatal al cir-

53 en las mismas elecciones resultaron electos cuatro regidores en distintos ayuntamien-tos del estado.

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cunscribir las contiendas electorales subsiguientes entre los partidos po-líticos que se encontrasen ya registrados, al limitar el acceso de nuevas fuerzas políticas en virtud de dicha modiicación en las reglas electora-les, lo que coincide con lo mencionado por vera noyola:

tenemos que sujetarnos a las reglas establecidas; e incluso se han ido mo-diicando las propias reglas actuales de la repartición, por ejemplo, de los tiempos aire [en medios de comunicación], pues no es otra cosa más que el fortalecimiento de los partidos grandes […] estamos en desventaja aun teniendo un buen candidato porque nos tenemos que limitar a los tiem-pos aire que el mismo instituto [ife] nos dé […] entonces, el crecimiento es nulo y paulatino por parte de cualquier partido emergente, y la reforma está hecha para que los grandes se sigan manteniendo porque ellos son los que tienen los grandes tiempos […] entonces, para ir creciendo y poder competir en términos reales, pues es un trabajo de elección tras elección para seguir obteniendo espacios, seguir creciendo para estar en mejores condiciones de participación en las siguientes elecciones […] esto está he-cho para que los grandes se mantengan y vayan desapareciendo los emer-gentes o evitar que crezcan exponencialmente; que tenga que ser muy paulatino el crecimiento, muy breve, muy limitado.

a la postre, en los comicios registrados en el 2006, el pcp obtendría 3.97% de la votación para diputados locales por el principio de mayo-ría relativa;54 y en las elecciones de 2009 habría de consolidarse en la entidad al haber obtenido 5.22% de dicha votación –que contrasta con el menor porcentaje que para dicha elección de diputados por el prin-cipio de mayoría relativa obtuvieron partidos nacionales como el pt y el Partido social demócrata (psd), el cual incluso perdería su registro nacional ese mismo año. Para vera noyola:

en la tercera elección se logra consolidar aún más el partido, se obtienen más de 30 puestos de elección popular, se obtienen presidencias munici-pales por el propio partido –porque antes se habían obtenido por medio

54 Fueron electos por el pcp, además de un diputado por el principio de representación proporcional, cinco presidentes municipales, veinte regidores y cuatro síndicos en diversos ayun-tamientos del estado.

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de alianzas con otros partidos–, pero ya directamente por el pcp se con-sigue lo suiciente para colocar un diputado y se pelea incluso para tener acceso al siguiente, pero el crecimiento ha sido prácticamente al doble […] en la elección de 2009 volvemos a conseguir la diputación, aunque a la fecha no se ha podido conseguir una diputación directa, pues es complicado por esa desventaja natural en la que nos encontramos, que nos pone en una circunstancia de un handicap para competir en términos reales con un partido nacional o un partido tan posicionado, sobre todo en ciudades grandes, como el pri o el pan, pero sin duda el crecimiento siempre ha sido prácticamente duplicado en cada una de las elecciones. a la fecha tenemos cerca de 60 puestos de elección popular que se han obtenido, entre presidencias municipales directas, regidores, síndicos y diputados.

Ya se precisó que este estudio versa sobre estos resultados; sin em-bargo, para resaltar el grado de consolidación del pcp en la entidad, en dichos comicios serían electos por ese partido, además de un diputado por el principio de representación proporcional, siete presidentes mu-nicipales, veintitrés regidores y nueve síndicos en diversos ayuntamien-tos del estado (algunos de ellos como candidatos propios del partido y otros en coalición). destaca, además, que la totalidad de los diputados por el principio de mayoría relativa fueron propuestos como candidatos propios sin respaldo de coalición o candidatura común con algún otro partido de la entidad.

este carácter excepcional del pcp, que a la fecha es el único partido político con registro estatal, contrasta con la consolidación del sistema de partidos en la entidad,55 ya que, no obstante los resultados obtenidos por las diversas fuerzas políticas contendientes, no han modiicado de manera sustancial el contexto prevaleciente en el sistema de partidos del estado, atendiendo a los resultados históricos que evidencian una inequitativa “repartición del pastel” entre las dos principales fuerzas po-

55 es incuestionable que los resultados presentados en este estudio bosquejan de una for-ma muy sumaria y parcial esta característica del sistema de partidos en la entidad; se descartaron –atendiendo al ánimo del análisis propuesto– los resultados históricos obtenidos por las diversas fuerzas políticas en los diversos escenarios electorales (elecciones de ayuntamientos, diputados de representación proporcional, gobernador), por lo que también descansa en el ánimo de este ensayo alentar la investigación sobre el particular.

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líticas nacionales en el estado, el pan y el pri,56 lo que no necesariamen-te signiica una total oposición del pcp, pero sí un punto sobre el que habría que poner atención. según vera noyola:

cualquier agrupación que quisiera participar se encuentra limitada en extremo. […] Las reglas ahora incluso complican el acceso, por obvias razones; también por lo que hemos visto en algunos partidos en el ámbito nacional, que nada más se crean y carecen de representación real. sin duda hay que poner reglas que permitan la participación de partidos pequeños, eso es un hecho. Pero, contrario a esto, las reglas que existen están dadas para evitar el crecimiento de partidos políticos o que existan mayores op-ciones políticas.

conclusiones

La iesta de la democracia y sus reservas al derecho de admisión

el punto de partida del presente documento ha sido establecer las va-riables sobre las cuales descansa, o no, la coniguración de un sistema de partidos mediante las reformas a los documentos legales en la materia; en este caso, las leyes electorales del estado de san Luis Potosí.

Hemos visto cómo a lo largo de una década las modiicaciones rea-lizadas por los legisladores sobre los requisitos mínimos para la consti-tución de partidos políticos estatales –y los umbrales de permanencia,

56 Los estudios que han analizado de manera histórica estos resultados y que apoyan nues-tra hipótesis central mediante la aplicación de índices de medición (fragmentación, competiti-vidad, número efectivo de partidos, etcétera) podemos encontrarlos en José Luis Morán López, La topografía del voto en san Luis potosí: estadísticas de la elección de gobernador y diputados locales san Luis potosí, julio de 1997 (México: consejo Potosino de ciencia y tecnología, 1999); José Luis Morán López y rodolfo Flores gonzález, Estadísticas electorales básicas de los comicios fe-derales y locales del año 2000 en san Luis potosí (México: consejo estatal electoral de san Luis Potosí, 2003); consejo estatal electoral (cee), Monitoreo 2000: resultados del proceso electoral 2000. Elección de ayuntamientos y diputados locales (México: consejo estatal electoral de san Luis Potosí, 2000); cee, Resultados electorales, segunda votación 1997-2000 (México: consejo estatal electoral de san Luis Potosí, 2000); cee, proceso estatal electoral 2003: jornadas electo-rales. Estado de san Luis potosí (México: consejo estatal electoral de san Luis Potosí, 2003); y rodolfo Flores gonzález y Patricio rubio ortiz, Elecciones en san Luis potosí 1990-2003 (México: el colegio de san Luis, 2004).

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en especíico– han condicionado de alguna forma el sistema de partidos prevaleciente en la entidad hasta la actualidad.

Podríamos atribuir sin duda alguna a distintos factores, además de los enunciados, la particularidad del sistema de partidos en el estado; sin embargo, la singularidad de estas reformas ha permitido establecer cier-tos criterios de causalidad observables de forma empírica por medio del análisis de los resultados electorales históricos, que a la postre permiten relacionar el efecto inal, esperado o no, con una de sus causas principales.

Por su parte, el pcp ha incursionado en la escena político-electoral de la entidad no sin antes haberse enfrentado a los designios discutibles de quienes dominan el mainstream político en el estado, sorteando las barreras que circunscriben cada vez más que pocos sean los invitados a la iesta de la democracia.

en este sentido resulta por demás evidente que las reformas electora-les han hecho del sistema de partidos en el estado uno de tipo restrictivo, el cual, más allá de permitir que nuevas fuerzas políticas ingresen a la arena electoral, ha inhibido su participación en los procesos electorales de la entidad. son ilustrativas de esto las apreciaciones de vera noyola:

además de ser un fenómeno extraordinario […], en las propias autoridades federales existe un desdén y un maltrato a los partidos estatales: eso es un hecho […], ésa es sin duda una circunstancia que efectivamente se da […] Hay que empezar primero por crear condiciones de igualdad entre todas las opciones para tener acceso a los puestos de elección popular, entre los candidatos, en términos reales; con los iltros que se tengan que instituir, obviamente. Pero no generar condiciones de desigualdad y aun con esas condiciones todavía ir limitando más el acceso. entonces, sí a la reforma política, pero para que se creen condiciones reales de acceso, porque de otra forma el pri y el pan son los únicos que van a ir manteniendo esa hegemo-nía que han demostrado, y van a desaparecer o a mantener en un estatus mínimo a los demás partidos políticos. así está hecho el sistema. Y en el ámbito local, ese desdén nos impide un crecimiento exponencial que no sea mediante ir luchando poco a poco, de manera porcentual, para ir obtenien-do mayores recursos y seguir buscando condiciones reales de participación.

es incuestionable, por otra parte, que, en términos democráticos, de cierta manera están garantizados el derecho de asociación con ines

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políticos de la sociedad y, de alguna forma, la posibilidad de constituir sus propios partidos políticos; sin embargo, algunas medidas legales in-troducidas en el sistema electoral han tenido un efecto contrario: la limitación del acceso a una verdadera representación en el sistema de partidos y evidentes reservas al derecho de admisión a los mismos.57

a la par, si bien los resultados electorales dejan entrever un cam-bio mínimo en la proporcionalidad de los votos compartidos por los contendientes de la arena política en los años recientes (en particular aquellos relejados en relación con los partidos políticos de reciente conformación), la magnitud del incremento en la actividad de los par-tidos políticos locales no tiene precedentes y tan sólo ello justiica el estudio pormenorizado de dicho fenómeno.

aun así, a pesar del incremento de partidos políticos locales de recien-te creación en diversas latitudes y su papel importante en las regiones en que se presentan, resulta del todo escasa la producción sistemática de investigación sobre el particular que destaque la relevancia de dichas or-ganizaciones políticas tanto en perspectiva comparada como nacional.58 en cierto modo, lo anterior sugiere que la explicación de la importancia del estudio sobre dichas unidades de investigación es mucho más com-pleja y relativa.59

sin embargo, la mayor parte de la literatura sobre partidos políticos existente en el país –y no sólo aquí– ha tendido a ignorar la dimensión local casi por completo, ya que los tres partidos políticos centrales del sistema político mexicano –pan, pri y prd– son dominantes tanto en el ámbito local como en el nacional, lo que, aunado al sistema electoral contemporáneo, pone en desventaja a los partidos políticos locales, pues dicha particularidad del sistema deviene en una falta de éxito electoral por parte de estos últimos, aunque esto subestima los efectos evidentes que tienen en áreas geográicas especíicas.60

57 Joseph LaPalombara y Myron Weiner, political parties and political Development (Prin-ceton: Princeton university Press, 1969), 404.

58 reiser y Holtmann, “introduction…”.59 Luke samuel sloan, “Measuring Minor Parties in english Local government: Presence

vs. vote share”, ponencia presentada en la 61st political studies Association Annual Conference, transforming politics: New synergies. novotel London West, Londres, 19-21 de abril de 2011.

60 copus, clark y Bottom,“Multiparty Politics…”, 261.

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de ahí que una atención insistente sobre la multitud de efectos par-ticulares que implica cualquier modiicación al corpus legal del sistema electoral sobre el entero del sistema político deba ser tratada, argumen-tada y comprobada de manera suiciente, con el ánimo de advertir a sus reformadores sobre el impacto que sus determinaciones tendrán por necesidad sobre la constitución de una nación plenamente democrática, siempre que ésta se encuentre en su horizonte. así lo pone en perspec-tiva vera noyola:

Habrá que someterse a las reglas del juego, necesariamente si se busca una participación institucional pues necesariamente tendrá que ser así, no po-demos sin duda, y nunca lo fomentaremos, que no sea de manera ins-titucional la participación democrática por parte de los integrantes del partido, eso es un hecho, y habrá que ajustarse a las reglas que estén en su momento, y buscar y presionar, ahí sí, para que las elecciones, y no tanto a los partidos sino a la ciudadanía en general, a los candidatos, para no hablar de partidos políticos, se les permita acceder a una elección en tér-minos más o menos equitativos, no en las condiciones actuales, porque en las condiciones actuales los únicos que crecen y que siguen manteniendo su hegemonía pues van a ser los grandes, los pequeños muy poco a poco pueden ir ganando espacios y en la medida en que lo hagan podrán seguir creciendo, pero difícilmente un partido o un candidato puede contender en términos reales si no es con los medios de comunicación y que el sis-tema está dado en ese sentido, entonces es lo que hay que buscar en todo caso que se den esas condiciones de igualdad.

es clara la oportunidad que se presenta de abrir un debate político que cuestione la eminente hegemonía de los partidos políticos mayo-ritarios, si consideramos que éstos tienen un papel importante en la arena política que precisa ser entendido y relejado en el corpus electoral respectivo.

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anexo

cuadro 1. resultados electorales (porcentajes) en la votación para diputados locales por el principio de mayoría relativa (1997-2009)

Pro

ceso

elec

tora

l

1997 37.55 41.82 8.75 3.34 1.16 0.3 0.39 0.76 2.88

2000 38.95 40.80 7.25 2.14 1.77 1.68 2.06 0.34 0.31 1.03 0.3* 0.3* 0.3*

2003 41.97 37.65* 7.06 2.29 37.65* 3.88 1.49 37.65* 1.23

2006 42.14* 23.71* 11.67* 3.66* 4.31* 3.97 1.44 3.32* 2.14*

2009 33.75* 32.22* 6.88* 3.2* 7.85* 5.22 0.85 10.39* 0.61*

* Presentaron candidaturas comunes o coaliciones.Fuente: elaboración propia a partir de datos publicados por el ife y el ceepac.

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cuadro 2. Participación de los partidos políticos en las elecciones para diputados por el principio de mayoría relativa en el estado de san Luis Potosí (1997-2009)

Pro

ceso

el

ecto

ral

1997 • • • • • • • • •

2000 • • • • • • • • • • • • •

2003 • • • • • • • • •

2006 • • • • • • • • •

2009 • • • • • • • • •

Fuente: elaboración propia a partir de datos publicados por el ife y el ceepac.

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cuadro 3. estadística electoral para el estado de san Luis Potosí (1997-2009)

Padrón electoral () y Lista nominal () en los años indicados

1997 2000 2003 2006 2009

pe ln pe ln pe ln pe ln pe ln

n.d. 1 177 262 1 327 331 1 315 822 1 441 130 1 432 445 1 598 433 1 591 376 1 737 956 1 733 017

Fuente: elaboración propia a partir de datos publicados por el ife y el ceepac.

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cuadro 4. requisitos para la constitución y conservación de registro de partidos políticos (1997-2008)

Número de afiliación mínima () y umbral legal de conservación de registro ()

Ley 14/10/94

Reforma 30/04/97

Ley 30/09/99

Reforma 11/02/00

Reforma 08/07/02

Reforma 30/07/05

Ley 10/05/08

am Mil ailiados en por lo menos siete de los trece distritos electorales uninominales

sin modiicación

al menos 39 820 ailiados distribuidos en por lo menos ocho de los quince distritos electorales uninominales

sin modiicación

Más de 9 868 ailiados distribuidos en por lo menos 39 municipios del estado, siempre que se cubra por lo menos el uno por ciento de la lista no-minal de cada municipio

sin modiicación

sin modiicación

ul 1.5% sin modiicación

2% sin modiicación

sin modiicación

sin modiicación

sin modiicación

Fuente: elaboración propia a partir de datos publicados por el ife, el ceepac y el dof, y se tomó como base el padrón electoral y la lista nominal correspondiente para cada año.

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soBre Los autores

aguilar robledo, Miguel

doctor en geografía por la universidad de texas, en austin, estados unidos; licenciado y maestro en geografía por la universidad nacio-nal autónoma de México (unam). Primer investigador del instituto de investigaciones Humanísticas de la universidad autónoma de san Luis Potosí (uaslp), donde permaneció de 1984 a 2002. en 1992 in-gresó al sistema nacional de investigadores (sni) y a la fecha es nivel ii. en 2001 recibió el premio san Luis Potosí a la investigación cien-tíica y tecnológica en el área de ciencias sociales. en 2002 encabezó la creación de la coordinación de ciencias sociales y Humanidades de la uaslp, de la cual es coordinador y profesor. en 2006 la sociedad Mexi-cana de geografía y estadística le otorgó la medalla al mérito Benito Juárez. en 2010 la academia Mexicana de ciencias lo reconoció como miembro regular; ese año recibió el premio universitario uaslp como in-vestigador consolidado, en el área de ciencias sociales y humanidades. es autor o coautor de 64 artículos y 27 libros publicados en México y en el extranjero. es profesor de los Programas Multidisciplinarios en ciencias ambientales y de la Maestría internacional en ambiente y Manejo de recursos, uaslp-universidad de ciencias aplicadas de colonia, alemania; es tutor del posgrado en geografía de la unam; ha sido profesor visitante en el doctorado en geografía de la universidad Pedagógica y tecnológica de colombia y en el instituto geográico agustín codazzi (uptc / igac), en Bogotá, colombia; y en la maestría en Manejo integrado de cuencas y costas de la universidad gadjah Mada, indonesia.

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aispuro cárdenas, Pablo sergio

es licenciado en derecho por la universidad nacional autónoma de México (unam), con mención honoríica por la tesis “La empresa pú-blica en el derecho mexicano”. se ha desempeñado como profesional en el ejercicio libre de la abogacía; en la cátedra universitaria sobre temas jurídicos, políticos y electorales de la universidad autónoma de Baja ca-lifornia (uabc); en la administración pública federal y estatal de Baja california; en el instituto nacional de administración Pública y en el instituto Federal electoral, donde funge en la actualidad como vocal ejecutivo de la Junta Local ejecutiva en el estado de san Luis Potosí.

Ha sido disertante en materia política, social y electoral en diversos foros y ha escrito artículos para periódicos y revistas, así como en espa-cios digitales. tiene concluidos sus estudios de maestría en Procesos e instituciones electorales.

cañedo gamboa, sergio alejandro

doctor en Historia por la universidad de california, san diego, es-tados unidos. especialista en historia de estados unidos durante el periodo nacional por la misma universidad. Maestro en Historia por la universidad iberoamericana, santa Fe, México, d.F. Profesor-investi-gador de el colegio de san Luis desde 1996. secretario académico de el colegio de san Luis durante el periodo febrero 2007-febrero 2012. Ha publicado diversos artículos y capítulos de libros en México y el extran-jero, entre ellos “radical Federalists vs. aristocrats. Ponciano arriaga and Mariano avila’s intellectual Backing of the 14 april 1837 pronun-ciamiento of san Luis Potosi”, en Malcontents, Rebels and pronunciados, ed. Will Fowler (Lincoln: university of nebraska Press, 2012); “he First independence celebrations in san Luis Potosí 1824-1847”, en ¡Viva Mexico! ¡Viva la Independencia! Celebrations of september 16th, ed. William Beezley y david e. Lorey (Wilmington, delaware: scholarly resources, 2001); Los festejos septembrinos en san Luis potosí. protocolo, discurso y transformaciones, 1824-1847 (san Luis Potosí: el colegio de san Luis, 2001); en coautoría con abraham salazar, La agencia consular británica en san Luis potosí. Cinco cuadernos y tres agentes consulares,

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1846-1869, pról. Michael costeloe (san Luis Potosí: el colegio de san Luis / archivo Histórico del estado de san Luis Potosí, 2006); y “de los primeros años de vida republicana a la guerra con estados unidos. san Luis Potosí, 1824-1847”, en Capítulos de la historia de san Luis potosí, siglos XVI al XX, coords. Flor de María salazar Mendoza y carlos rubén ruiz Medrano, pról. Peter guardino (san Luis Potosí: univer-sidad autónoma de san Luis Potosí / archivo Histórico del estado de san Luis Potosí, 2009); en coautoría con Flor de María salazar Mendo-za, “el discurso de unidad del clero potosino frente a la invasión nor-teamericana. Patriotas y defensores irrestrictos de la religión católica, 1846-1847”, en Dios, religión y patria. Intereses, luchas e ideales sociore-ligiosos en México, siglos XVIII y XIX, coord. Brian connaughton y carlos rubén ruiz Medrano (san Luis Potosí: el colegio de san Luis, 2010).

carregha Lamadrid, Luz

Profesora-investigadora de el colegio de san Luis. es doctora en His-toria social y cultural por la universidad autónoma del estado de Morelos. entre los temas de su interés destaca el estudio de las ideas, instituciones y prácticas políticas durante los siglos xix y xx.

Ha participado en distintos proyectos de investigación, entre ellos, la encuesta estatal de calidad de Políticas Públicas 2012; ha impartido numerosos cursos y dictado varias conferencias. autora de diversos li-bros y artículos; entre sus publicaciones se encuentran 1876. La revuelta de tuxtepec en el estado de san Luis potosí; Índice municipal de gobernan-za local. san Luis potosí 2011 y san Luis potosí. Altiplano, ciudad capital, Región Media y Huasteca. Las dos últimas, en coautoría.

castañeda camacho, Xochizeltzin

Maestra en geografía por la universidad nacional autónoma de Mé-xico (unam), con orientación en ordenamiento territorial. en 2010 se tituló con mención honoríica como licenciada en geografía por la universidad autónoma de san Luis Potosí (uaslp). obtuvo la medalla estudiantes ejemplares 2008, otorgada por el comité de trayectoria de

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Éxito, san Luis Potosí; en 2010 obtuvo el reconocimiento María isabel Lorenzo villa a la mejor tesis de licenciatura de México en el área de sistemas de información geográica, otorgada por la sociedad Mexicana de geografía y estadística. colaboradora del proyecto “Local econo-mic development in Mexico, 1990-2005”, desarrollado por el depar-tamento de geografía, he London school of economics and Political science, reino unido; y en el gobierno del estado de san Luis Potosí. en la actualidad colabora en el proyecto de ciencia básica “Propuesta de ordenamiento ecológico de la actividad turística en la costa sur-occi-dental del Pacíico mexicano con base en la asimilación económica del territorio”, auspiciado por la secretaría de educación Pública (sep) y el consejo nacional de ciencia y tecnología (conacyt).

contreras alcántara, Javier

Profesor-investigador titular en el colegio de san Luis. doctor de in-vestigación en ciencias sociales con mención en ciencia Política por la Facultad Latinoamericana de ciencias sociales (Flacso), sede México. candidato a investigador nacional por el sistema nacional de investi-gadores (sni). Líneas de investigación: pensamiento político contempo-ráneo en México, historia conceptual de lo político, imagen audiovisual en la política. artículos de publicación reciente: “elecciones, relexivi-dad social y cultural performance. notas teóricas para una propuesta de lectura a las campañas electorales”, en Revista de El Colegio de san Luis 3 (2012); “entre la celebración y el desencanto. Perspectivas intelectuales sobre la democracia y la sociedad al arribo del México bicentenario”, Cuadernos de Estudios Latino-Americanos 8 (2011); “venezuela en los bordes de la democracia”, en ¿Autoritarismo o democracia? Hugo Chávez y Evo Morales (México: Flacso, 2009); “el ‘peligro para México’. La batalla por la coniguración de los imaginarios políticos”, en política y sociedad en México. Entre el desencuentro y la ruptura (México: Flacso, 2008).

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delgado López, enrique

es doctor y maestro en Historia de México y licenciado en geografía por la universidad nacional autónoma de México (unam); en la misma universidad fue profesor en las licenciaturas en Historia y geografía, y en el posgrado de estudios Mesoamericanos. en 2007 obtuvo la meda-lla alfonso caso al mejor estudiante de doctorado. es autor de más de veinte artículos especializados y diversos capítulos de libros en el área de historia colonial, historia de la cartografía y geografía histórica, así como autor y coautor de seis libros en temas relacionados con la historia de las ideas geográicas. como resultado de su labor de investigación, ha participado de manera activa en diversos foros académicos nacionales e internacionales. es profesor-investigador de tiempo completo en la coordinación de ciencias sociales y Humanidades de la universidad autónoma de san Luis Potosí (uaslp) desde al año 2006, adscrito a la licenciatura en Historia, de la que es el coordinador; pertenece al siste-ma nacional de investigadores (sni), nivel i, además de cubrir el peril del Programa para el Mejoramiento del Profesorado (Promep).

galván salazar, Ma. de la Luz

Licenciada en ciencias de la comunicación por la universidad autó-noma de san Luis Potosí (uaslp) y egresada de la maestría en educación de la universidad del centro de México (ucem), donde se desempeñó como docente de las licenciaturas en ciencias de la comunicación y ciencias Políticas y administración Pública. es coautora del libro pro-moción cultural en san Luis potosí, el legado de Rogelio Hernández (san Luis Potosí, 2006), y participó en la edición de la antología Cuento potosino (san Luis Potosí: ayuntamiento de san Luis Potosí, 2010). Fue consejera electoral del consejo Local del instituto Federal electoral en san Luis Potosí para los procesos electorales federales 2005-2006 y 2008-2009 y se desempeñó como coordinadora estatal de comunica-ción social de la Junta Local ejecutiva del instituto Federal electoral (ife), entre febrero de 2011 y mayo de 2013.

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gonzález Padilla, roy

abogado por la universidad autónoma de san Luis Potosí (uaslp) y maestro en asuntos Políticos y Políticas públicas por el colegio de san Luis. en la actualidad se desempeña como doctorando en ciencias Po-líticas y sociales por la universidad nacional autónoma de México (unam) y becario del conacyt. su agenda de interés académico se enfo-ca en lo relativo a los temas de transparencia y acceso a la información pública, estudios sobre democracia, electorales y de acción pública local.

Medina Barbosa, Julio césar

cuenta con estudios de licenciatura en Historia por la universidad au-tónoma de san Luis Potosí (uaslp) y fue becario de investigación por el colegio de san Luis, en el Programa de Historia. en coautoría participó en la publicación del libro Discursos patrióticos de la Independencia en san Luis potosí. De la primera República federal a la República restaurada, 1827-1872, el cual formó parte de un proyecto editorial del gobierno del estado de san Luis Potosí y el colegio de san Luis. colaboró en la nueva edición del libro de dudley ankerson, El caudillo agrarista. saturnino Cedillo y la Revolución mexicana en san Luis potosí, uaslp / gobierno del estado de san Luis Potosí, 2011.

rubio ortiz, Patricio

Profesor-investigador del Programa de estudios Políticos e internacio-nales en el colegio de san Luis.

salazar Mendoza, Flor de María

es profesora-investigadora de la universidad autónoma de san Luis Potosí (uaslp). cursó la licenciatura en Literatura Latinoamericana y la maestría en Historia en la universidad iberoamericana. obtuvo su doctorado en el department of Hispanic, Portuguese and Latin ameri-

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can studies de la universidad de Bristol, gran Bretaña. es miembro del sistema nacional de investigadores (sni) y cuenta con el peril deseable del Programa para el Mejoramiento del Profesorado (Promep).

es docente en la coordinación de ciencias sociales y Humanidades en la uaslp, donde imparte las materias de Historia de México. también ha participado en la maestría en Historia en el colegio de san Luis.

Ha coordinado seis libros sobre temas históricos locales y cuenta con diversos capítulos en libros de circulación nacional e internacio-nal. al menos una vez al año asiste a reuniones cientíicas nacionales e internacionales con el in de presentar y discutir los problemas de investigación que desarrolla.

Fue directora del archivo Histórico del estado, Lic. antonio ro-cha, del 3 de diciembre de 2003 al 25 de septiembre de 2009, donde emprendió y consolidó la modernización integral de esa institución.

Fue consejera ciudadana en el consejo estatal electoral y de Parti-cipación ciudadana (ceepac) del 8 de enero al 12 de mayo 2011 y del 16 de junio al 21 de julio de 2011, periodo en el cual fue presidenta de la comisión Permanente de educación cívica y cultura Política de dicho organismo.

uribe golithz, alejandro

candidato a doctor en Historia por la universidad autónoma de Zaca-tecas. trabajos recientes: María isabel Monroy castillo, La Diputación provincial de san Luis potosí, cotejo y transcripción de actas provinciales (México: instituto de investigaciones dr. José María Luis Mora / el colegio de san Luis, 2012); El movimiento de la Independencia en san Luis potosí (san Luis Potosí: congreso del estado de san Luis Potosí / LiX Legislatura, 2010) y La Revolución mexicana en san Luis potosí (san Luis Potosí: congreso del estado de san Luis Potosí / LiX Legislatura, 2010).

actualmente participa en el proyecto “oscilaciones del federalis-mo mexicano. del centralismo a la república liberal. Zacatecas, 1830-1867”, coordinado por la doctora Mariana terán Fuentes en la unidad académica de Historia de la universidad autónoma de Zacatecas; es integrante del seminario “individualidades presas en la fragua de la his-

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toria. siglos xvi-xix”, impartido por el doctor homas calvo en el co-legio de san Luis.

vázquez salguero, david eduardo

doctor en Historia por la Facultad de Filosofía y Letras de la univer-sidad nacional autónoma de México (unam). Miembro del sistema nacional de investigadores (sni). acreedor al premio Francisco Javier clavijero en Historia, en los Premios anuales instituto nacional de antropología e Historia 2004. Ha publicado libros, discos interactivos, artículos en revistas y capítulos de libros, entre otros, el tomo segundo del libro san Luis potosí. Historia de las instituciones jurídicas (México: senado de la república / unam-instituto de investigaciones Jurídicas, 2010). es profesor-investigador del Programa de Historia en el colegio de san Luis, donde lleva a cabo el proyecto “Políticas de crecimiento y desarrollo en san Luis Potosí, 1821-2021” y coordina el seminario Per-manente de investigación sobre impacto Legislativo. es asociado hono-rario de la asociación nacional de institutos y organismos de estudios e investigaciones Legislativas.

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política y elecciones en san Luis potosí, 1810-2010. De la Diputación provincial al spot político-electoral televisi-vo, coordinado por sergio alejandro cañedo gamboa, Pablo sergio aispuro cárdenas, Ma. de la Luz gal-ván salazar, se terminó de imprimir el 9 de agosto de 2013, en los talleres de ofset rebosán, s.a. de c.v. La composición tipográica se realizó en Logos editores, tel. 5516.3575, [email protected]. La edición estuvo al cuidado del departamento de Publicaciones de el colegio de san Luis y los coordi-

nadores. el tiraje consta de 500 ejemplares.

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